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INSTITUTO '2fJ CIUDAD DE MEXICO AÑos 'CONSTRUYENDO DEMOCRACIA JUNTA ADMINISTRATIVA ACUERDO IECM-JA0056-19 Décima Sesión Extraordinaria 11 de abril de 2019 Acuerdo de la Junta Administrativa por el que se resuelven dos solicitudes de revisión presentadas respecto de los resultados de la entrevista y resultados finales, así como cinco solicitudes sobre la designación de personas ganadoras y listas de reserva del Concurso de Oposición Abierto para seleccionar personal eventual que apoyará a los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral de la Ciudad de México, durante el ejercicio fiscal 2019. Antecedentes 1. El 31 de enero de 2014, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), el Presidente de la República promulgó la reforma constitucional en materia político-electoral, logrando una restructuración y redistribución de funciones entre los Organismos Públicos Electorales de las entidades Federativas y el Instituto Nacional Electoral al homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales, garantizando así la calidad en la democracia electoral, cuyo Decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de febrero de 2014. 11. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General), y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

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Page 1: AÑos 'CONSTRUYENDO DEMOCRACIA ACUERDO IECM-JA0056-19 · publicó en la Gaceta Oficial, una nota aclaratoria al referido decreto. VIII. El 20 de julio de 2017, el Consejo General

~ INSTITUTO ELE~ORAL '2fJ CIUDAD DE MEXICO

AÑos 'CONSTRUYENDO DEMOCRACIA

JUNTA ADMINISTRATIVA ACUERDO IECM-JA0056-19

Décima Sesión Extraordinaria

11 de abril de 2019

Acuerdo de la Junta Administrativa por el que se resuelven dos solicitudes de

revisión presentadas respecto de los resultados de la entrevista y resultados

finales, así como cinco solicitudes sobre la designación de personas ganadoras

y listas de reserva del Concurso de Oposición Abierto para seleccionar personal

eventual que apoyará a los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral de la

Ciudad de México, durante el ejercicio fiscal 2019.

Antecedentes

1. El 31 de enero de 2014, en uso de las facultades que le otorga la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), el Presidente

de la República promulgó la reforma constitucional en materia político-electoral,

logrando una restructuración y redistribución de funciones entre los Organismos

Públicos Electorales de las entidades Federativas y el Instituto Nacional

Electoral al homologar los estándares con los que se organizan los procesos

electorales federales y locales, garantizando así la calidad en la democracia

electoral, cuyo Decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF)

el 10 de febrero de 2014.

11. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General), y se

reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de

Medios de Impugnación en materia electoral, de la Ley Orgánica del Poder

Judicial de la Federación, y de la Ley Federal de Responsabilidades

Administrativas de los Servidores Públicos.

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ANOS CONSTRUYENDO DEMOCRACIA

111. El 15 de noviembre de 2016, mediante Acuerdo JA136-16, la Jun

Administrativa del otrora Instituto Electoral del Distrito Federal (Junta), aprobó

Procedimiento para la selección, inducción y valoración laboral del person

eventual IECM/PRlUTCFyD/6/2016 (Procedimiento); asimismo, el 31 de octub

de 2018 mediante Acuerdo IECM-JA126-18, aprobó su más recien

actualización.

IV. EI17 de noviembre de 2016, se publicaron en la Gaceta Oficial del otrora Distri

Federal (Gaceta Oficial) las reformas a la Ley de Participación Ciudadana d

entonces Distrito Federal (Ley de Participación Ciudadana).

V. El 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial, el Decreto por el que

expide la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local).

VI. El 15 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial, el Reglamento

materia de relaciones laborales del Instituto Electoral de la Ciudad de Méxi

(Reglamento).

VII. El 7 de junio de 2017 se publicó en la Gaceta Oficial, el Decreto por el cual

abroga el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distri

Federal y se expide el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales

la Ciudad de México (Código), en el cual se establece el cambio

denominación del Instituto Electoral del Distrito Federal al Instituto Electoral de

C' ad de México (Instituto Electoral), asimismo el 21 de junio del 2017

publicó en la Gaceta Oficial, una nota aclaratoria al referido decreto.

VIII. El 20 de julio de 2017, el Consejo General del Instituto Nacional

mediante Acuerdo INE/CG328/2017, aprobó la demarcación territorial de I s

distritos electorales uninominales locales en que se divide la Ciudad de México y

sus respectivas cabeceras distritales, el cual fue publicado el1 de septiembre d

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~ ANOS

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CONSTRUYENDO DEMOCRACIA

2017 en el DOF.

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IX. El 4 de agosto de 2017, el Consejo General del Instituto Electoral (Consejo

General), aprobó mediante Acuerdos IECM/ACU-CG-016/2017 e IECM/ACU­

CG-02212017, respectivamente, el Reglamento Interior del Instituto Electoral de

la Ciudad de México (Reglamento Interior), el Reglamento de Funcionamiento de

la Junta Administrativa del Instituto Electoral de la Ciudad de México

(Reglamento de la Junta), así como el Reglamento en Materia de Relaciones

Laborales del Instituto Electoral de la Ciudad de México (Reglamento de

Relaciones Laborales), con motivo de la expedición y entrada en vigor del

Código, publicado en la Gaceta Oficial el16 del mismo mes y año.

X. El 31 de agosto de 2018, mediante Acuerdo I ECM-JA098-18, la Junta aprobó la

actualización del Procedimiento para la revisión de resultados de los procesos

de selección de la Rama Administrativa y de personal eventual (Procedimiento

de Revisión), identificado con el código IECM/PR/UTCFyD/10/2017.

XI. El 31 de diciembre de 2018, se publicó en la Gaceta Oficial, la Ley de

Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de

Recursos de la Ciudad de México (Ley de Austeridad); así como el Decreto por

el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el

ejercicio fiscal 2019.

XII. El 11 de enero de '2019, mediante Acuerdo IECM-JA001-19, la Junta, aprobó el

ajuste a los tabuladores y remuneraciones aplicables al personal en activo, así

como los tabuladores y remuneraciones aplicables al personal de nuevo ingreso

del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para el ejercicio fiscal 2019.

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XIII. EI14 de enero de 2019, mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-001/2019, el Conse

General, aprobó el ajuste al Programa Operativo Anual y al Presupuesto d

Egresos para el Ejercicio Fiscal 2019, con base en las asignaciones autorizad

por el Congreso de la Ciudad de México, para el Ejercicio Fiscal 2019.

XIV. En la misma fecha, mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-002/2019, el

General aprobó la actualización a las Normas de Racionalidad, Austeridad

Disciplina Presupuestal del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para

ejercicio fiscal 2019.

XV. El 31 de enero de 2019, el Consejo General, aprobó mediante Acuer

IECM/ACU-CG-01212019, la Convocatoria del Concurso de Oposición Abie

para seleccionar personal eventual que apoyará a los Órganos Desconcentrad

durante el ejercicio fiscal 2019 (Convocatoria).

XVI. En la misma fecha, mediante Acuerdo IECM-JA017-19, la Junta, aprobó la Gu

de estudio para el examen de conocimientos que se aplicaría a las person s

aspirantes al cargo de Administrativo Especializado "A" y Capturista de Distrit ,

conforme a la Convocatoria.

XVII. EI13 de febrero de 2019, mediante Acuerdo IECM-JA018-19, la Junta, aprobó

registro de aspirantes, así como las sedes, horarios y programación

exámenes de conocimientos y práctico del Concurso de Oposición Abierto pa a

seleccionar personal eventual que apoyará a los Órganos Desconcentrad s

durante el ejercicio fiscal 2019 (Concurso).

XVIII. El 13 de febrero de 2019, mediante Acuerdo I ECM-JA019-19, la Junta, resolv Ó

favorablemente las solicitudes presentadas por las y los CC. Lorena Ramír z

(9 Huerta, Fablola Varela Zamudlo, Rodrigo Nmberto Martlnez Miranda y 4

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Lozano Corchado, para su registro como aspirantes del Concurso.

XIX. El 16 de febrero de 2019, se llevó a cabo la aplicación del examen de

conocimientos del cargo de Administrativo Especializado "A" en la sede de las

33 Direcciones Distritales.

XX. El 16 Y 17 de febrero de 2019, se llevó a cabo la aplicación del examen de

conocimientos y práctico del cargo de Capturista de Distrito en la sede central

del Instituto Electoral.

XXI. El 22 de febrero de 2019, mediante Acuerdo IECM-JA026-19, la Junta, aprobó

los resultados del examen de conocimientos y práctico para los cargos de

Administrativo Especializado "A" y Capturista de Distrito, así como las sedes,

horarios y programación de la evaluación curricular de la Convocatoria, cuyos

resultados fueron publicados en el sitio de internet del Instituto Electoral

www.iecm.mx.

XXII. El 22 de febrero de 2019, mediante el diverso IECM-JA027-19, la Junta, aprobó

el Acuerdo por el que se resuelven las solicitudes de las CC. Diana Joselyn

Guerrero Marín, Eisa María Cerón Rodríguez, María de la Luz Méndez Baca y

Tania Carolina Jardón Cruz, y del C. Carlos Alberto Hernández Mejía, respecto

del registro de aspirantes del Concurso.

XXIII. Del 25 de febrero al 1 de marzo, se llevó a cabo la aplicación de la evaluación

curricular y verificac'lón de requisitos, la cual estuvo a cargo de las 33

direcciones distritales.

XXIV. El 8 de marzo de 2019, mediante Acuerdo IECM-JA038-19, la Junta resolvió las

solicitudes de revisión sobre los resultados del examen de

práctico del Concurso.

conocimientos 19 5

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xxv. En la misma fecha, mediante Acuerdo IECM-JA039-19, la Junta, aprobó lo

resultados de la evaluación curricular, así como la programación, sedes

horarios para la Entrevista del Concurso.

XXVI. El 22 de marzo de 2019, mediante Acuerdo IECM-JA047-19, la Junta resolvi

treinta y una solicitudes de revisión presentadas por las y los aspirante ,

respecto de los resultados de la Evaluación Curricular y una con relación I

examen de conocimientos del Concurso.

XXVII. En la misma fecha, mediante Acuerdo IECM-JA048-19, la Junta, aprobó lo

resultados de la entrevista, así como los resultados finales, de las y lo

aspirantes al Concurso.

XXVIII. El 28 de marzo de 2019, mediante Acuerdo IECM-JA050-19, la Junta resolvi'

las solicitudes de revisión presentadas sobre los resultados del examen

conocimientos, evaluación curricular, entrevista y finales del Concurso.

XXIX. En la misma fecha, mediante Acuerdo IECM-JA051-19, la Junta aprobó

designación de personas ganadoras y las listas de reserva del Concurso.

Considerando

1. Que conforme a los artículos 37, fracción 11, y 81 del Código, el Instituto Elector I

lene en su estructura orgánica una Junta, la cual es el órgano encargado d

velar por el buen desempeño y funcionamiento administrativo de los órganos d

Instituto Electoral, así como supervisar la administración de los recurs

humanos, financieros, materiales.

2. Que en atención a lo dispuesto en los artículos 87, primer párrafo, y 88, fracci'

XIX del Código, la Secretaría Administrativa es el órgano ejecutivo que tiene

[3 su cargo la administración de los recursos humanos, financieros, materiales d

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Instituto Electoral, y el seguimiento a los procesos de incorporación del personal

del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa a las

plazas vacantes o de nueva creación.

3. Que de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento de Relaciones Laborales, el

Instituto Electoral se integra por el personal del Servicio Profesional Electoral

Nacional (Personal del SPEN); el personal de Rama Administrativa, y el personal

Eventual.

4. Que el artículo 184 del Reglamento de Relaciones Laborales, señala que se

considera Personal Eventual a aquellas personas contratadas por el Instituto

Electoral quienes, sin formar parte de la estructura, presten un servicio por

honorarios, por tiempo o trabajo determinado. La vigencia y condiciones de la

contratación del Personal Eventual estarán estipuladas en el contrato

correspondiente. Además, establece que la selección y contratación del personal

que colabore en los procesos electorales y en los procedimientos de

participación ciudadana, se realizará en los términos de la normatividad aplicable

y de la convocatoria que para tal efecto emita el órgano facultado para ello.

5. Que en las Políticas de Operación del Procedimiento, se establece que la

selección del personal eventual que apoyará a los Órganos Desconcentrados en

los procesos electorales locales, los procesos de participación ciudadana y en el

seguimiento, capacitación y evaluación de los órganos de representación

ciudadana, se realizará a través de un concurso de oposición abierto, de

acuerdo con la convocatoria que apruebe el Consejo Gen·eral.

6. Que en las Responsabilidades establecidas en el Procedimiento, al Consejo

General le corresponde aprobar la convocatoria a concurso de oposición abierto,

y a la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo (UTCFyD) elabor~r()

el anteproyecto correspondiente. V

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7. Que de acuerdo con las Políticas de Operación del Procedimiento, la supervisió

del proceso de selección, inducción y valoración laboral del personal eventu I

recaerá en la Comisión o Comité que resulte competente atendiendo

materia de las actividades que desarrollará el personal eventual que

contratado.

8. Que conforme a las Políticas de Operación del Procedimiento, el proceso d

selección se desarrollará de acuerdo a las siguientes etapas:

Primera. Registro de aspirantes.

Segunda. Aplicación de evaluaciones.

Tercera. Resultados Finales.

Cuarta. Designación de Ganadores/as e integración de la Lista de

Reserva de cada puesto.

9. Que con base en el requerimiento formulado por las Direcciones Ejecutivas d

Organización Electoral y Geoestadística, de Participación Ciudadana

Capacitación, de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía y d

Asociaciones Políticas, el Consejo General, mediante Acuerdo IECM/ACU-C -,

012/2019, aprobó la Convocatoria para contratar 209 personas para el cargo d

Administrativo Especializado "A", y 53 para el cargo de Capturista de Distrito.

10. Que derivado de lo señalado en el punto SEGUNDO del Acuerdo antes referid,

el Órgano Colegiado de Supervisión del proceso de selección será esta Junta,

que de conformidad con lo establecido en el Procedimiento, tiene las siguient

• Proponer al Consejo el proyecto de convocatoria a Concurso d

OpOsición Abierto.

• Dar seguimiento al proceso de selección, inducción y valoración labor I

de personal eventual, considerando en todas las etapas, la participaci'

plena y efectiva, en igualdad de condiciones, de las personas c

discapacidad.

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• Aprobar los resultados de las evaluaciones y, en su caso, el acuerdo

relativo a su revisión.

• Aprobar la designación de ganadores y, en su caso, la lista de reserva de

aquellas personas que sean contratadas por un periodo mayor a tres

meses.

• Aprobar los criterios que permitan la oportuna ocupación de plazas

eventuales.

• Elaborar, por conducto de su Secretaría Técnica, los proyectos de

Acuerdo relativos a la operación del concurso de oposición abierto.

11. Que de acuerdo con lo establecido en la Primera Etapa de la Convocatoria, el

Registro de Aspirantes se realizó en el periodo comprendido de 1 al 10 de

febrero de 2019, a través de la plataforma de internet dispuesta para tal efecto,

en el que las personas aspirantes fueron responsables de capturar la

información solicitada en la misma y de agregar el soporte documental que

permita corroborar la veracidad de la misma.

12. Que una vez concluido el periodo de registro, la UTCFyD sometió a la

consideración de esta Junta la aprobación del registro de 4,277 folios asignados

por el sistema, aprobados mediante los Acuerdos IECM-JA018-19, IECM-JA019-

19 e IECM-JA027-19; 2,734 postulados para los cargos de Administrativo

Especializado "A", 355 para Capturista de Distrito, y 1,188 por ambos cargos.

13. Que de acuerdo a lo señalado en la Segunda Etapa de la Convocatoria, a las

personas aspirantes que acrediten el examen de conocimientos y, en su caso,

práctico, le será aplicada una evaluación curricular, con base en la información y

documentación asentada en el periodo de registro, que se realizará del 25 de

14.

febrero al 1 de marzo de 2019.

Que con base en los resultados del examen de conocimientos

mediante Acuerdo IECM-JA026-19, la Junta aprobó las sedes,

y práctico, I (J horarios yV

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programación de la evaluación curricular, la cual la realizó el Personal del SPE

adscrito en las 33 direcciones distritales que corresponden a la demarcación

que llevó a cabo su registro.

15. Que se convocó a la evaluación curricular a 1,383 personas aspirantes, de I

cuales 80 no asistieron a dicha evaluación, y una más se presentó en un horar

posterior al programado, por lo que dicha evaluación se aplicó a 1,302 person

aspirantes, y cuyos resultados fueron aprobados por la Junta mediante Acuer

IECM-JA039-19, los cuales fueron publicados el8 de marzo de 2019.

16. Que con el mismo Acuerdo, la Junta aprobó la programación, sedes y horari

para la entrevista del Concurso, a la cual se convocó a 1,220 person

aspirantes que acreditaron la evaluación curricular.

17. Que mediante Acuerdo IECM-JA048-19, la Junta aprobó los resultad s

obtenidos en la entrevista de 1,164 personas aspirantes; asimismo, descartó

56 personas que no se presentaron, los cuales fueron publicados el 22 de mar

de 2019.

18. Que con el mismo Acuerdo, la Junta aprobó los resultados finales del Concur

de las personas aspirantes postuladas al cargo de Administrativo Especializa o

"A" y Capturista de Distrito, los cuales fueron publicados el 22 de marzo de 201 .

19. Que mediante Acuerdo IECM-JA050-19, la Junta resolvió las solicitudes

revisión presentadas sobre los resultados del examen de conocimiento ,

evaluación curricular, entrevista y finales del Concurso.

Que con el Acuerdo IECM-JA051-19, la Junta, aprobó la designación

personas ganadoras y listas de reserva del Concurso, el cual fue publicado en

sitio de internet del Instituto Electoral el28 de marzo de 2019.

o

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21. Que de acuerdo con las políticas de operación del Procedimiento de Selección,

las personas aspirantes podrán solicitar su revisión de resultados, presentando

un escrito ante la UTCFyD en un plazo de tres días hábiles a partir de la

publicación de resultados, la cual se desahogará en términos del Procedimiento

IECM/PRlUTCFyD/10/2017.

22. Que atendiendo a la fecha de publicación de los resultados de la entrevista y

finales, el periodo para la presentación de solicitudes de revisión fue del 25 al 27

de marzo de 2019; asimismo, conforme a la publicación de la designación de

personas ganadoras y listas de reserva del Concurso, el periodo para la

presentación de solicitud de revisión versó del 29 de marzo al2 de abril de 2019.

23. Que de conformidad con lo señalado en el informe presentado por la UTCFyD,

que forma parte integral del presente Acuerdo, se da cuenta de la recepción de

dos solicitudes de revisión sobre los resultados de la entrevista y finales, en los

siguientes términos:

24. Que de igual modo, el informe presentado por la UTCFyD, da cuenta de la

recepción de cinco solicitudes de revisión sobre la designación de personas

ganadoras y listas de reserva del Concurso, conforme a lo siguiente:

11

()

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25. Que de conformidad con lo establecido en las Políticas de Operación d I

Procedimiento de Revisión, las personas aspirantes deberán presentar u

escrito que deberá contar, cuando menos, con los elementos siguientes:

• Nombre, número de folio y cargo por el que concursa.

• La evaluación respecto de la cual se solicita la revisión.

• Objeto y argumentos que justifiquen la necesidad de realizar la revisió

de los resultados.

• En su caso, y solo cuando sea indispensable, los documentos qu

acrediten su dicho.

• Firma autógrafa o huella de la persona solicitante.

26. Que en las mismas Políticas de Operación del Procedimiento de Revisión

establece que la solicitud será declarada improcedente cuando:

• Cuando no cuente con los elementos señalados en el presen

procedimiento.

• Cuando tenga por objeto modificar los criterios de evaluación previamen

establecidos a su aplicación.

• Cuando sea presentada fuera del plazo establecido para tal efedo.

27. Que del informe presentado por la UTCFyD se desprende que, en caso de I

solicitudes de revisión con folios COY-314-2019 y COY-250-2019, relativos al

resultados de la entrevista, deberán declararse improcedentes, en virtud de q

fueron presentadas respectivamente, el uno y tres de abril del año en curso,

d ir, fuera del plazo establecido para ello, de conformidad con el cómpu

precisado en el considerando 22 del presente Acuerdo.

28. Que del informe presentado por la UTCFyD se desprende que, en el caso de I s

solicitudes de revisión relativas a la designación de personas ganadoras y list s

2

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de reserva, las mismas cumplen con los requisitos establecidos en el

Procedimiento de Revisión, por lo que es procedente el análisis de los casos.

29. Que con base en el informe presentado por la UTCFyD, resulta procedente

realizar la corrección de la calificación final obtenida por la persona aspirante

con folio de registro BJZl093/2019, en los términos expuestos en el mismo.

30. Que derivado de lo expuesto en el informe presentado por la UTCFyD, se

considera viable modificar la lista de reserva del género masculino para el cargo

de Administrativo Especializado "A" de la demarcación Iztapalapa, de

conformidad con los numerales 2 y 5 del propio informe, en los términos

siguientes.

31. Que de acuerdo con el informe de la UTCFyD, se considera viable modificar las

listas de reserva del género masculino para el cargo de Administrativo

Especializado "A" y Capturista de Distrito de la demarcación Cuauhtémoc,

atendiendo a lo expuesto en el numeral 3 del propio informe, toda vez que en

ambos casos la persona participante con el folio CUH/053/2019 estaba

considerada en las listas del género femenino.

32. Que conforme a los argumentos expuestos en el informe de la UTCFyD, se

ratifica la asignación de la persona aspirante con folio de registro CUH/166/2019,

como Reserva 13 del cargo de Administrativo Especializado "A" del género

femenino en la demarcación Cuauhtémoc, en virtud de que mediante Acuerdo

IECM-JA050-19, la Junta determinó ratificar el resultado obtenido en la etapa de

la entrevista.

33. Que las modificaciones a las listas de reserva señaladas en los considerandos

30 y 31 del presente Acuerdo, surtirán sus efectos a partir de la aprobación del

presente Acuerdo, sin perjuicio de los movimientos de personal eventuaj()

realizados con anterioridad. [7 13

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Por lo expuesto y fundado, la Junta emite el siguiente:

Acuerdo

IECM-JA056-19

JUNTA ADMINISTRATIV ACUERDO IECM-JA056-1

PRIMERO. Se resuelven las solicitudes de revisión de los resultados de la entrevista

resultados finales, sobre la designación de personas ganadoras y listas de reserva d

Concurso de Oposición Abierto para seleccionar personal eventual que apoyará a lo

Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral de la Ciudad de México, durante I

ejercicio fiscal 2019.

SEGUNDO. Se declaran improcedentes las solicitudes de revisión de los resultados d

la entrevista y finales de las personas aspirante~ señaladas en el considerando 23 d

presente Acuerdo, por haber sido presentadas extemporáneamente.

TERCERO. Se aprueban las modificaciones señaladas en los considerandos 29, 30

31 del presente Acuerdo, con base en el informe presentado por la Unidad Técnica d

Centro de Formación y Desarrollo, que forma parte integral del presente Acuerdo.

CUARTO. Se ratifica la asignación de la persona aspirante con folio de regist

CUH/166/2019, como Reserva 13 del cargo de Administrativo Especializado "A" d

género femenino en la demarcación Cuauhtémoc, por las razones expuestas en

numeral 32, con base en el informe presentado por la Unidad Técnica del Centro d

Formación y Desarrollo, que forma parte integral del presente Acuerdo.

~INTO. Se instruye a la Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión, así ca

a la Oficina de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales pa

que en el ámbito de sus atribuciones, publiquen el presente Acuerdo con su anexo,

se realicen las modificaciones pertinentes en el apartado de Transparencia del sitio

r.9nternet www.iecm.mx

4

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JUNTA ADMINISTRATIVA ACUERDO IECM-JA056-19

SEXTO. El Presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos las y los integrantes presentes de la Junta

Administrativa del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en sesión pública del once

de abril de dos mil diecinueve, firmando al calce el Presidente y el Secretario de la

Junta, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 del Código de Instituciones

y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, 27 y 32 del Reglamento de

Funcionamiento de la Junta Administrativa.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA

ADMINISTRATIVA

MTRO.MA

MIRANDA

AFGH/MHC/RIMC

EL SECRETARIO DE

ADMINIST

UNTA

~J.~,Z HERNÁNDEZ

15

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INFORME SOBRE LA ETAPA DE REVISiÓN DE LOS RESULTADOS DE LA ENTREVISTA, FINALES Y SOBRE LA DESIGNACiÓN DE PERSONAS GANADORAS E INTEGRACiÓN DE LISTAS DE RESERVA DEL CONCURSO DE OPOSICiÓN ABIERTO PARA SELECCIONAR PERSONAL EVENTUAL QUE APOYARÁ A LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2019

UNIDAD TÉCNICA DEL CENTRO DE FORMACiÓN y DESARROLLO

Abril,2019

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~ ¡INSTITUTO ELECTORAL '2fJ CIUDAD DE MÉXICO UNIDAD TÉCNICA DEL CENTRO DE FORMACiÓN y DESARRO LO

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IECM-JA05619

índice

Introducción 1

1. Recepción de solicitudes de revisión 1

11. Verificación de requisitos 2

111. Análisis por persona aspirante 3

1. Solicitud de revisión del folio BJZl093/2019 3

2. Solicitud de revisión del folio IZP/147/2019 4

3. Solicitud de revisión del folio CUH/053/2019 5

4. Solicitud de revisión del folio CUH/166/2019 6

5. Solicitud de revisión del folio IZP1747/2019 6

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Introducción

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En el marco del Concurso de Oposición Abierto para seleccionar personal eventual que apoyará a los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral de la Ciudad de México, durante el ejercicio fiscal 2019 (Concurso), cuya Convocatoria fue aprobada por el Consejo General mediante Acuerdo IECM-ACU-CG-012-19, la Junta Administrativa (Junta), mediante Acuerdo IECM-JA048-19 de fecha 22 de marzo de 2019, aprobó los resultados de la entrevista y finales del Concurso; asimismo, mediante Acuerdo IECM-JA051-19 de fecha 28 de marzo de 2019, aprobó la designación de personas ganadoras y listas de reserva del Concurso.

En este orden de ideas, conforme a lo establecido en el Procedimiento para la selección, inducción y valoración laboral del personal eventual (Procedimiento de Selección), identificado con el código IECM/PR/UTCFyD/6/2016, las personas aspirantes podrán solicitar su revisión de resultados de cada evaluación o finales, presentando un escrito a la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo (UTCFD), en un plazo de tres días hábiles a partir de la publicación de resultados, la cual se desahogará en términos del Procedimiento para la revisión de resultados de los procesos de selección de la Rama Administrativa y del Personal Eventual (Procedimiento de Revisión), identificado con el código IECM/PR/UTCFyD/10/2017.

La revisión de resultados es el mecanismo orientado a garantizar la certeza y legalidad de las personas aspirantes en la aplicación y calificación de las evaluaciones y resultados finales de los procesos de selección e ingreso de Personal Eventual.

En este sentido, el presente informe da cuenta de las solicitudes de reVISlon presentadas por las personas aspirantes del Concurso respecto de la entrevista y de la designación de personas ganadoras y listas de reserva.

1. Recepción de solicitudes de revisión

Los resultados de la entrevista y finales del Concurso fueron aprobados por la Junta mediante Acuerdo IECM-JA048-19, y publicados el 22 de marzo de 2019 en el sitio de internet del Instituto Electoral, por lo que el periodo de recepción de solicitudes de revisión corrió del 25 al 27 de marzo de 2019.

A partir de ello, mediante Acuerdo IECM-JA050-19 de fecha 28 de marzo de 2019, la Junta resolvió las solicitudes recibidas en el periodo respectivo, sin embargo, en el presente informe se da cuenta de dos solicitudes de revisión adicionales relativas a los resultados de la entrevista, recibidas con posterioridad a la fecha antes señalada:

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Por otra parte, la designación de personas ganadoras y listas de reserva Concurso fueron aprobadas por la Junta mediante Acuerdo IECM-JA051-19, publicaron en el sitio de internet del Instituto Electoral el 28 de marzo de 2019, lo que el periodo para la presentación de solicitudes de revisión corrió del 29 de marzo al 2 de abril de 2019, en el cual se recibieron cinco escritos que se a continuación:

Una vez agotado el término para la presentación de solicitudes de revisi la UTCFD procedió a realizar la verificación del cumplimiento de los requisitos de procedencia establecidos en el Procedimiento de Revisión.

11. Verificación de requisitos

El Procedimiento de Revisión establece que la solicitud deberá presentarse a la UTCFD, en un plazo de tres días hábiles, a partir de la publicación de resultaclJs materia de la revisión, a través de un escrito con los siguientes elementos:

a) Nombre, número de folio y cargo por el que concursa. b) La evaluación respecto de la cual se solicita la revisión. c) Objeto y argumentos que justifiquen la necesidad de realizar la revisión de

los resultados. d) En su caso, y solo cuando sea indispensable, los documentos

acrediten su dicho. e) Firma autógrafa de la persona solicitante.

Respecto de las solicitudes de revisión sobre los resultados de la ",n·t."""i.l·t.,

señaladas en la Tabla 1 del presente informe, las mismas deberán ser decl como IMPROCEDENTES, en virtud de que fueron presentadas en fl'\~m",

extemporánea.

2

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Lo anterior es así ya que los resultados de la entrevista fueron publicados el 22 de marzo de 2019, por lo que el periodo para la presentación de solicitudes de revisión corrió del 25 al 27 de marzo de 2019, mientras que las solicitudes de revisión referidas fueron presentadas en fechas 1 y 3 de abril de 2019.

Respecto de las solicitudes de revisión señaladas en la Tabla 2 del presente informe, a continuación se realiza la verificación del cumplimiento de requisitos de cada una ellas:

Con base en lo anterior, se considera que todas las solicitudes de revisión cuentan con los elementos mínimos para declarar su procedencia.

111. Análisis por persona aspirante

1. Solicitud de revisión del folio BJZl093/2019

La persona aspirante solicita la corrección de la calificación final asentada en la propuesta de designación de personas ganadoras y listas de reserva del cargo de Administrativo Especializado "A" para la demarcación Benito Juárez, ya que no corresponde a la calificación rectificada mediante Acuerdo IECM-JA050-19.

De la revisión realizada al Acuerdo IECM-JA050-19, se advierte que a la persona aspirante le fue modificada la calificación obtenida en la entrevista y, en consecuencia, también le fue rectificada la calificación final para quedar en 9.20; sin embargo, en el anexo del Acuerdo IECM-JA051-19, se asentó la calificación de 8.98 que corresponde a la calificación obtenida previo a la rectificación.

En virtud de lo anterior, se considera viable la solicitud de corrección de la persona aspirante en los siguientes términos, circunstancia que no modifica la prelación de la lista de reserva:

DICE:

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DEBE DECIR:

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2. Solicitud de revisión del folio IZP/147/2019

La persona aspirante solicita la corrección de la calificación final asentada en la de designación de personas ganadoras y listas de reserva para el cargo de Admini"ltr::lli\ln Especializado "A" en la demarcación Iztapalapa, ya que no corresponde a la callific:a<lión final aprobada mediante Acuerdo IECM-JA048-19.

De la revisión realizada al Acuerdo IECM-JA048-19, se advierte que la persona ::Il':rllr::llnrA

obtuvo una calificación final para el cargo de Administrativo Especializado "A" de 8.50; embargo, en el anexo del Acuerdo IECM-JA051-19 se asentó erróneamente la callific:a<jión de 8.10.

En virtud de lo anterior, se considera viable la solicitud de corrección de la aspirante, además de la modificación de la prelación de la lista de reserva en los siguientes términos:

DICE:

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3. Solicitud de revisión del folio CUH/053/2019

La persona aspirante solicita la corrección del género asentado en la propuesta de designación de personas ganadoras y listas de reserva del cargo de Administrativo Especializado "A", ya que fue considerada con el género femenino, cuando lo correcto es masculino.

Para tal efecto, se realizó la verificación de la información disponible en el SISPE 2019 y que fue capturada por la persona aspirante, y se identificó que el género asentado fue femenino; sin embargo, de la revisión realizada a la credencial para votar agradada en el periodo de registro, se confirma que lo correcto es masculino, en consecuencia, resulta viable atender su petición.

En este sentido, es preciso señalar que la persona aspirante, conforme al Acuerdo IECM­JA051-19, fue asignada en la demarcación Cuauhtémoc como Reserva 3 del cargo de Administrativo Especializado "A" con una calificación de 8.86, y como Reserva 4 del cargo de Capturista de Distrito con una calificación de 8.42, todo ello con el género femenino.

En virtud de lo anterior, resulta procedente dejar sin efectos su asignación en las listas de reserva del género femenino, y modificar las listas de reserva del género masculino de ambos cargos, para incorporar a la persona aspirante referida conforme a lo siguiente:

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4. Solicitud de revisión del folio CUH/166/2019

La persona aspirante solicita la revisión correspondiente ya que refiere haber que(jadlo descartada del Concurso por no haberse presentado a la Entrevista programada Junta, señalando que, por el contrario, sí se presentó a la entrevista respectiva.

Al respecto, de la verificación realizada por la UTCFD se advierte que la aspirante referida presentó solicitud de revisión del resultado obtenido en la Enltre,,¡stal cual fue resuelta por la Junta mediante Acuerdo IECM-JA050-19, yen la que se rI .. tl .. rlTllr,n

RATIFICAR el resultado, conservando una calificación final de 8.60 para el Administrativo Especializado "N.

A partir de dicho resultado, mediante Acuerdo IECM-JA051-19 la Junta asignó persona aspirante como Reserva 13 del cargo de Administrativo Especializado "A" género femenino en la demarcación Cuauhtémoc, por lo cual, se destaca que persona no se encuentra descartada del Concurso.

5. Solicitud de revisión del folio IZP/747/2019

La persona aspirante solicita la revisión correspondiente en virtud de que, en el /"\'-UCIIUU

IECM-JA051-19, en el empate de los folios IZP/593/2019 e IZP/747/2019, se optó primero de ellos en aplicación del criterio de desempate número 8, ya que el IZP/593/2019 demostró haber participado en cuatro procesos electorales, mientras folio IZP/747/2019 demostró haber participado en tres procesos electorales.

Al respecto, la persona aspirante con folio IZP/747/2019 manifiesta haber participad cinco procesos electorales y no en tres, como se señaló en la propuesta de desigm",·,rm por lo que argumenta que en dicho desempate se debió optar por éste y no por el IZP/593/2019.

6

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IECM-JA056-19

En este sentido, de la verificación realizada a la documentación disponible en el SISPE 2019 se advierte que la persona aspirante con folio IZP/593/2019 acredita haber participado como Supervisor Electoral en el INE en 2015, como Capacitador Asistente Electoral en el INE en 2009, 2017 Y 2018, Y como Asistente Electoral en el Instituto Electoral de Tamaulipas en 2013.

Por su parte, la persona aspirante con folio IZP/747/2019, acredita haber participado como Instructor Electoral en el IEDF en 2003 y 2006, como Asistente Instructor Electoral en el IEDF en 2009, como Supervisor Electoral en el IEDF en 2012, como Auxiliar Electoral en ellEDF en 2015, y como Supervisor Electoral en ellNE en 2016.

Con base en lo anterior, se considera viable la modificación de la lista de reserva para el cargo de Administrativo Especializado "A" del género masculino de la demarcación Iztapalapa, para quedar como sigue:

DICE:

DEBE DECIR:

Por otra parte, la persona aspirante con folio IZP/747/2019, en su solicitud de revisión también realiza diversos argumentos respecto de las calificaciones obtenidas por diversos folios de la misma demarcación; no obstante, es importante tener en consideración que las Políticas de Operación del Procedimiento de Revisión de resultados señala que los efectos de la revisión serán aplicables únicamente a la persona solicitante, por lo que no resulta procedente realizar el análisis de los resultados del resto de las personas aspirantes.