antonioferos clientelismo y poder monárquico

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CLIENTELISMO Y p O d ER M O N Á R Q U IC O EN LA ESPAÑA DE LOS SIGLOS XVI Y XVII RELACIONES 73, INVIERNO 19 9 8, VOL. XIX Antonio Feros UNIVERSIDAD DE NUEVA YORK

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Es una interesante publicación pensando el poder monárquico en España desde los conceptos de Patronazgo y Clientelismo con mirada que difiere de las consideraciones tradicionales en torno al Absolutismo

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Page 1: AntonioFeros Clientelismo y Poder Monárquico

CLIENTELISMO Y pO d ER MONÁRQUICO

EN LA ESPAÑA DE LOS SIGLOS XVI Y XVII

R E L A C I O N E S 7 3 , I N V I E R N O 1 9 9 8 , V O L . X I X

A n t o n i o F er osU NIVERSIDAD DE NUEVA YORK

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: ,í n los últimos años, lo que historiográficamente se ha- % bía construido como una Monarquía absoluta, centrali- t zada, burocratizada, ha acabado por ser desmantelada.| De lo que ahora se habla es de limitaciones, resistencia,

descentralización, refeudalización, y con ello de clien- telismo nobiliario. El tema central es ahora la dispersión del poder en varios centros, entre varios grupos. En definitiva, lo que interesa ahora a los historiadores no es la creación e imposición de una ideología y de unas estructuras de dominación, sino de las capacidades de individuos, grupos, comunidades y reinos para resistir esa ideología y estructuras, y para crear sus propias alternativas discursivas y políticas.

Es este el resultado de intensivos cambios metodológicos en el estu­dio de la Monarquía hispana. La primera andanada de críticas partió de una serie de autores que cuestionaban el viejo paradigma estatalista, en el que las monarquías modernas eran recreadas a imagen y semejanza de los estados nacionales de los siglos xix y xx. Las ideas defendidas por estos críticos fueron, por ejemplo, expresadas por Jaume Vicens Vives en un trabajo en el que estudiaba la configuración estructural del poder monárquico en la Europa moderna, un poder que a su entender no de­bía ser visto como centralizado, absoluto y burocratizado, sino como un poder estratificado en tres zonas. Una zona controlada por la nobleza, que forzó a la monarquía a reconocer la jurisdicción nobiliar sobre el campesinado, y la propia intervención de la nobleza en los órganos centrales del poder. Una segunda zona constituida por los estamentos sociales y las instituciones en las que éstos adquirían representación -cortes, parlamentos o Estados Generales, mientras que la tercera co­rrespondía a las instituciones monárquicas, las cuales creaban sus pro­pios mecanismos de poder, sus propios "metadiscursos", lo que hacía que estas instituciones "no [fuesen] siempre idóneas con la evolución del principio de la Monarquía absoluta7'.1

Fueron estas las ideas que influyeron en una nueva generación de historiadores de la España moderna, quienes desde la década de 1970

1 Jaume Vicens Vives, "Estructura administrativa estatal en los siglos xvi y xvn", en

C o yu n tu r a económica y réform ism e burgués, Barcelona, 1968, pp. 105-108.

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pusieron en cuestión el paradigma historiográfico anterior. Estos auto­res -Francisco Tomás y Valiente, I. A. A. Thompson, Charles Jago, Pablo Fernández Albaladejo y Antonio M. Hespanha, por dar sólo unos ejem­plos-, comenzaron con sus estudios a llamar la atención sobre las im­portantes limitaciones impuestas a la Monarquía por parte de la nobleza (Tomás y Valiente, Thompson), las Cortes (Thompson, Jago, Fernández Albaladejo), o los consejos reales (Fernández Albaladejo, Hespanha).2 A ello, debe añadirse que en los últimos años se ha tendido a ver a España, y por lo tanto a la España del pasado, no como a una entidad política única, sino como una suma de diversas entidades con experiencias his­tóricas y discursivas distintas. Ha sido especialmente en estos últimos años que desde la historiografía se originó una recuperación de la his­toria particular de los diversos reinos, haciendo que la historia de la mo­narquía hispana se constituyese como la historia de una monarquía compuesta.3

Las críticas al viejo paradigma estatalista se han visto ulteriormente ampliadas por la influencia de Michel Foucault y otros pensadores. Dos son aquí las propuestas que nos interesan. Primero, Foucault y sus se­guidores plantean la necesidad de centrar sus análisis en lo que Fou­cault denominaba la "capilaridad" del poder, y por ello en el estudio de las instituciones "más regionales, más locales... [donde el poder] adop­ta la forma de técnicas y proporciona instrumentos de intervención ma­terial".4 Segundo, se indica la necesidad de no considerar el poder "como un fenómeno de dominación masiva y homogénea de un indivi­duo sobre los otros, de un grupo sobre los otros..." El poder, continua­ba, "tiene que ser analizado como algo que circula, o más bien, como

2 Véase, por ejemplo, Francisco Tomás y Valiente, Los validos en la m onarquía española del s ig lo x v i i , Madrid, 1982; I. A. A. Thompson, W a r a n d G o v er n m e n t in H a bsbu rg Spain , 1 5 60 -16 20 , Londres, 1976 [hay traducción castellana], y C ro w n a n d C ortes. G o v ern m e n t, In st i tu t ion s a n d R epresenta t ion in E arly M o dern C astile, Aldershot, 1993; Pablo Fernández

Albaladejo, F ragm entos de M o narqu ía , Madrid, 1992; Charles Jago, "Habsburg Absolutism

and the Cortes of Castile", A m erican H is tor ica l R ev iew , 86,1981, pp. 307-386; Antonio M.

Hespanha, H istoria das Instituigoes, Coimbra, 1982.

3 Sobre este concepto, véase John H. Elliott,"A Europe of composite monarchies,"

P a s t an d Present, 137,1992, pp. 48-71.

A Michel Foucault, M icrofis ica del poder, Madrid, 1980, p. 142.

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algo que no funciona sino en cadena. No está nunca localizado aquí o allí, no está nunca en manos de algunos"." Aunque quizá lo que voy a decir sea un poco pedestre, la conclusión que podríamos obtener de esta aproximación teórica es que cada individuo, cada comunidad, cada ins­titución es objeto del poder, pero al mismo tiempo sujeto creador del mismo.

No cabe duda que en muchos aspectos ésta ha sido una renovación historiográfica enormemente saludable. Gracias a ella podemos ahora entender la historia de la Monarquía hispana como la historia de una monarquía múltiple con variadas experiencias discursivas e históricas, y por ello compuesta de grupos y reinos que no fueron absorbidos o eli­minados por el discurso y la disciplina monárquica. Las declaraciones y certidumbres de los monarcas, unos monarcas que se veían a sí mismos como absolutos, parecen ahora menos consistentes vistos desde la pers­pectiva de los reinos, de las provincias, de las ciudades y de las institu­ciones que promovían una idea de limitación del poder monárquico. Gracias a estas propuestas, ahora podemos reconstruir la historia del periodo moderno como un periodo complejo en el que los protagonis­tas no se ven reducidos a unos que dominan y a otros que se dejan -pasivamente- dominar. Los resultados más inmediatos han sido dos: la insistencia de que individuos y grupos otrora marginados muestran un elevado grado de autonomía como agentes históricos;" y, segundo, se evidencia un mejor conocimiento de la "resistencia" al poder monárqui­co, las posibilidades y modalidades de esa resistencia, mucho más amplias de lo que anteriormente se reconocía como posible.7

s ib id ., p. 144.

‘ Véase Patricia Nelson Limerick, "Has «minority» history transformed the histori­

cal discourse", Perspec tives , 35/8, 1997, pp. 32-36, y Peter Burke, "Unity and variety in

cultural history", en su Varieties o f cu ltu ra l h is tory , Ithaca, 1997, pp. 183-212.

7 Sobre las ultimas tendencias historiográficas, y cómo éstas han influido en el análi­

sis del poder y la resistencia, véase Pedro Cardim, "Entre textos y discursos. La historio­

grafía y el poder del lenguaje", C uadernos de H istoria M od erna , 17,1996, pp. 123-149. So­

bre el tema de la resistencia, y las posibilidades y modalidades de la resistencia en la

España moderna, véase Jean-Frédéric Schaub, "La crise hispanique de 1640. Le modele

des «revolutions périphériques» en question (note critique)", A nnales H S S , 49/1, 1994,

pp. 219-239.

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Hay, sin embargo, un cierto elemento preocupante en este nuevo pa­radigma historiográfico. En los últimos años, y como resultado de esta preocupación por lo "local", por los obstáculos y resistencia al poder de la Monarquía, se ha tendido a hacer desaparecer al "centro", a la Monar­

quía, y con ello a negarle capacidad de acción y estructuración política. En cierto modo, en los estudios de la Monarquía hispana durante el periodo moderno ha sucedido lo mismo que en el estudio del colonia­lismo europeo en Africa; unos estudios -como ha indicado Frederick Cooper -en los que "no está nada claro lo que era resistido", mientras que el mismo término de colonialismo -o dominación- "aparece en mu­chos casos como una fuerza cuya naturaleza e implicaciones no tienen por qué ser explicados".8

Lo que se propone en este estudio, todavía necesitado de mayores y mejores análisis, no es en ningún modo recuperar los viejos paradigmas interpretativos. La afirmación de que la Monarquía hispana era una Monarquía centralizada, unificada y absoluta en la que las posibilida­des de resistencia u oposición eran nulas, es todavía menos convincente que algunos de los nuevos estudios que niegan realidad a la misma idea de una Monarquía en acción. De lo que realmente se trata aquí es de re­cuperar una más ajustada idea de la Monarquía hispana, como una Mo­narquía que, durante al menos los siglos xvi y xvn, no sólo fue capaz de negociar, sino de integrar y utilizar a esas instituciones y poderes "inter­mediarios" que se suelen ahora presentar como mayores obstáculos al poder monárquico. Elemento clave en este proceso de estructuración monárquica fue la práctica y el lenguaje del clientelismo.9

Pero antes de analizar estos últimos, conviene recordar posiciones historiográficas que aquí se intenta refutar. Desde el caso hispano, el tema del clientelismo político ha estado fuertemente influido por el aná­lisis del llamado caciquismo que afectó al sistema político español des­de, al menos, la segunda mitad del siglo xix hasta las primeras décadas

* Frederick Cooper, "Conflict and Connection: Rethinking Colonial African History",

A m e ric a n H is tor ica l R ev iew , 99/5,1994, p. 1532.

v El concepto "estructuración monárquica" aparece por inspiración de los estudios

del sociólogo inglés Anthony Giddens, especialmente en su trabajo The c o n s t i tu t io n o f socie ty , Berkeley y Los Angeles, 1984.

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del xx. Aunque resumir siempre implica caer en reduccionismos, permí­

tasenos recordar algunos de los planteamientos generales en el análisis de este caciquismo. Primero, el caciquismo es analizado como un fenó­meno político que afectaba a todas y cada una de las esferas políticas y

era una suerte de "corruptela" de unas constituciones políticas que, en el papel, clamaban que tales relaciones o no existían o eran abiertamente ilegales. Segundo, aunque presentado como elemento que garantizaba la gobernación del territorio, en realidad el caciquismo traía consigo la privatización del poder central y promovía la existencia y poder de caciques territoriales; el caciquismo era, en cierto modo, la emanación del persistente localismo y la atomización política. Tercero, las intencio­nes de las distintas partes eran estrictamente materiales y personales, y por lo tanto todas las propuestas ideológicas, así como la expresión de lealtad a principios políticos, no eran más que retórica encubridora de intereses eminentemente privados. Por último, el caciquismo con­temporáneo no debía verse como una creación ex novo, sino como la re­adaptación de la "vieja corrupción" del Antiguo Régimen, lo que en cierto modo demostraría el fracaso de la modernización en España.10

Con esto no quiero decir que hayan sido los historiadores de la España contemporánea los que han creado esta imagen de la España moderna como una etapa más en la eterna dominación del clientelismo corruptor de virtudes y constituciones políticas. Muchos de los histo­riadores de la España moderna también han creado una imagen similar, especialmente al referirse al siglo xvn. Así, por ejemplo, Francisco To­más y Valiente publicaba a comienzos de los ochenta una reedición de su famoso y seminal libro Los validos en la M onarquía española del siglo

,M Sobre las características y continuidad del caciquismo o de un sistema basado en

el "amiguismo político", véase Michael Kenny, "Patterns of Patronage in Spain", A n th r o ­pological Q u a r te r ly , 33, 1960; María Teresa Pérez Picazo y Guy Lemeunier, "Formes du

pouvoir local dans l'Espagne moderne et contemporaine: des bandos au caciquisme nu

royaume de Murcie (xv-xix siècles)", en Klie te lsys tem e im Europa der Frühen N e u ze i t , Anto­

ni Maczak ed., Munich, 1988, pp. 315-341; Jesús Cruz, G en tlem en , bourgeois, and revo lu t io ­naries. Politica l change and cultural persistence am ong the Spanish d o m in a n t groups, 1 75 0 -1850

(Cambridge, 1996), chap. 7; y Ronald Weissman, "Taking patronage seriously: Medite­

rranean values and Renaissance society", en Patronage, A r t , and Socie ty in renaissance Itah/, F. W. Kent y Patricia Simons eds., Oxford, 1987, pp. 25-45.

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xvii, cuyo base teórica eran los análisis neo-marxistas de Perry Ander­son, en el que defendía la llamada "refeudalización" de las monarquías europeas del siglo xvn. El asalto al "estado" por una nobleza conducida por validos aristocráticos, la tesis de Tomás y Valiente, confirmaría esta refeudalización que en última instancia supondría el desmantelamiento de una Monarquía que había sido burocrática y con una primacía del poder público, para convertirse en una Monarquía en la que el poder había sido privatizado y los intereses comunes cercenados.11 Refeudali­zación es término clave en la obra, por otro lado brillante, de Mauro Hernández sobre el gobierno y la élite madrileña del siglo de oro,12 mientras que Thompson ve a la monarquía de los llamados Austrias menores como una Monarquía en decadencia donde el poder se había provincializado para ser dominado por estructuras clientelares contro­ladas por una reforzada aristocracia.13

El error básico de estos análisis es, a mi entender, doble. Primero, el creer qúe similares prácticas implican similares referencias culturales y discursivas. Que existiese clientelismo político en varias épocas no sig­nifica que cada una de las sociedades afectadas vieran el fenómeno clientelar en términos similares. Segundo, y complementariamente, el clientelismo no debe ser visto como síntoma de la existencia de corrup­ción (el dominio de los intereses privados sobre los públicos), en defini­tiva de disfunción y patología políticas. Parece importante, en este sen­tido, insistir que el clientelismo que podríamos llamar "privado" entre señores y clientes, no debe analizarse separado de los lenguajes y accio­nes del poder monárquico, un tema sobre el que insistiremos a lo largo

de este estudio.14

" Tomás y Valiente, Los validos en la M onarqu ía española del sig lo x v i i , cap. 1.

12 Mauro Hernández, A la som bra de la Corona, Madrid, 1995.

n Thompson, W a r a n d g o v er n m e n t , sobre todo, "Conclusión", pp. 336-351 de la edi­

ción castellana.

14 No es este un intento de escribir un ensayo historiográfico sobre el tema del clien­

telismo moderno, sino un intento de ofrecer posibilidades de análisis sobre unos temas

que han sido en cierto modo marginados en el estudio de la Monarquía hispana. En mu­

chas de las referencias bibliográficas que ofrecemos en las notas se pueden encontrar más

referencias al tema del análisis historiográfico del clientelismo en la Europa moderna.

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L a c o n fo r m a c ió n del clientelismo m o d er n o

Si lo que queremos estudiar es el comportamiento práctico de los súbdi­tos de los monarcas hispanos en la época moderna, no cabe duda que la respuesta que vamos a obtener es que ellos, como sus sucesores de los siglos xix y xx, también formaban parte de facciones y redes clientelares. Pero, como hemos indicado anteriormente, esta es una afirmación que no nos ayuda a entender la especificidad de las estructuras políticas mo­dernas. La primera de estas especifidades es la existencia de una cultura política de la que el clientelismo político y el lenguaje para expresar es­tas relaciones eran parte integrante. A diferencia de la cultura política de la España contemporánea, el clientelismo en la España moderna se cons­tituía como elemento básico en la conformación de la experiencia social y política, y por lo tanto lingüística, de cada uno de los individuos.15

En el estudio de la literatura moderna podemos encontrarnos cons­tantes referencias y definiciones de aquellos conceptos que fueron cen­trales al lenguaje clientelar. En el Diccionario de la lengua castellana o española de Sebastián de Covarrubias, publicado a comienzos del siglo xvii, por ejemplo, se indicaba que patrón "es una persona que favorece y ayuda a otros", mientras que la palabra hechura se utilizaba para identificar "a una persona favorecida por su patrón, y para enfatizar todavía más esta relación usamos la palabra criatura, porque este le debe su ser a su protector".1" En el Diccionario de Autoridades, en el que desde comienzos del siglo xvm se recoge la experiencia lingüística de los siglos anteriores, se define cliente como "el que está encomendado, y debajo de la tutela y patrocinio de otro a quien reconoce alguna superio­ridad." Hechura es por su parte definida, entre otras cosas, como "la persona a quien otra ha puesto en algún empleo de honor y convenien-

,!i En la elaboración de este artículo el libro de Bartolomé Clavero, ha servido de ins­

piración y guía A ntid ora . A ntrop o log ía católica de la economía m oderna, Milán, 1991.

Sebastián de Covarrubias Orozco, Tesoro de la lengua castellana o española [1611], Ed.

facs., Madrid, 1984, voces ''patrón", "hechura". Casi todas las voces relacionadas con

clientelismo, favor, y sus derivados, han sido recogidas en apéndice por Clavero, A n t id o ­ra, pp. 234-244.

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cia, que confiesa a él su fortuna y el ser hombre".17 Si convertirse en un verdadero "hombre" implicaba convertirse en un ser social -en partici­par activamente en la gobernación y defensa de la república o comu­nidad- entonces la forma natural para aquellos individuos que carecían del estatus (nobleza) que automáticamente garantizaba su ser social, era el formar parte del círculo de influencia de estos mismos señores. Nada había por lo tanto en estos conceptos que indicase corrupción.

En la lectura atenta de estas definiciones se evidencia una insisten­cia en la dependencia del cliente con respecto al patrón. Durante todo el periodo moderno parecía claro a todos que el destino de cada uno dependía de tener patrones y favorecedores. Lo resaltaba con palabras de impacto popular Bermúdez de Pedraza, quien en su Hospital Real de la Corte recordaba un famoso refrán portugués: "cada uno danza según los amigos que tiene en la sala".,sJuan Velázquez lo mostraba más dra­máticamente, dada su negativa experiencia personal, en un memorial dirigido a Felipe II en 1570 en que señalaba que su patrón, el cardenal de Sevilla, había muerto sin ser capaz de favorecer su carrera, y por ello "Yo no tengo hombre en esta corte que por mí hable", mientras que en 1599 Diego de la Fuente indicaba en su memorial que se encontraba "in­defenso y desamparado" debido a la muerte de su patrón.19 No es me­nos sintomático el hecho de que el juego cortesano más popular en la segunda mitad del siglo xvi, una suerte de juego de la rueda de la for­tuna ideado por Alonso de Barros con el decididamente iluminativo título de Filosofía cortesana moralizada, tuviese como casilla más peligrosa la número 46, conocida como "la muerte del patrón", ya que el jugador que en ella cayese tenía que volver a la casilla número uno perdiendo así todo lo conseguido hasta esos momentos.20

17 D iccionario de autoridades [1726] 3 vols., ed. fac. Madrid, 1973, voces "diente", y "he­

chura".

,K Granada, 1644, fo. 133.

14 Archivo General de Simancas [ags], Cámara de Castilla-Memoriales y Expedien­

tes, leg. 400/fo. 60,1570, y leg. 812/n.p., 1599.

211 La Filosofía cortesana moralizada de Alonso de Barros fue publicada dos veces, una

en Madrid, 1587, y la otra en Ñapóles, 1588. Las dos versiones han sido editadas por Tre-

vor J. Dadson, Madrid, 1987. Alonso de Barros dedicó su libro -que venía acompañado

por un tablero dividido en casillas con el cual poder transformar las reglas del vivir cor-

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La necesidad de contar con la protección de sus patrones tuvo como máxima consecuencia la aparición de un lenguage muy codificado que expresaba la significación de estas relaciones. Así, en este lenguaje se expresaban sentimientos de obligación, respeto e, incluso, servidumbre. "Tu eres mi dueño y yo soy tu hechura", escribió Alonso Ramírez de Prado, consejero de Hacienda, al duque de Lerma, favorito y primer mi­nistro de Felipe m, en marzo de 1600.21 El mismo Ramírez de Prado y su colega Pedro Franqueza, secretario del consejo de Estado, insistían en los mismos términos cuando llamaban a Lerma "nuestro verdadero pa­trón y dueño, siendo nosotros sus hechuras".22 Durante un periodo en el que autoridad paterna y respeto filial encarnaban las ideas de orden, autoridad y obediencia, las relaciones entre patrones y clientes tendían a ser vistas utilizando aquellas como modelo, según declaraba, por ejemplo, Don Quijote, quien continuamente trataba de imbuir en el to­zudo aunque no menos sagaz Sancho, que un señor o patrón debía ser siempre respetado como si fuese un padre.23

"Criatura," "hechura, "y humilde siervo" eran, sin embargo, sólo una pequeña muestra de la complejidad que alcanzó el lenguaje del clientelismo durante los siglos xvi y xvn. Lope de Vega, el más impor­tante dramaturgo de su época, nos ha dejado un catálogo completo del lenguage usado por los clientes en el siglo xvn cuando se dirigían a sus patronos; en el caso de Lope de Vega lo era Luis Fernández de Córdoba, duque de Sessa. En sus cartas a Sessa, Lope de Vega se refiere a sí mismo como "humilde siervo" y "criatura" de Sessa, al tiempo que expresaba continuamente sus obligaciones hacia su patrón o, mejor, "su único due­

tesano en juego de entretenimiento, algo así como el M o n o p o ly - al influyente secretario

privado de Felipe II, Mateo Vázquez de Le^a. Para más información sobre este libro,

véase el estudio introductorio de Dadson, y José Martínez Millán, "Filosofía cortesana de

Alonso de Barros (1587)", en Política, religión e inquisición en la España moderna, P. Fernán­

dez Albaladejo, J. Martínez Millán y V. Pinto Crespo coords., Madrid, 1995, pp. 461482.

21 ags, Cámara de Castilla-Visitas, leg. 2793, lib. 6, fo. 912r.

22 Ibid., fos. 33v-34r, febrero 1606.

11 Miguel de Cervantes, El Ingenioso H idalgo D on Q uijo te de la M ancha, en Obras

C om ple tas, Ángel Valbuena ed., (Madrid, 1943), Primera parte [1605], cap. xx, p. 1076;

sobre este tema véase, F. W. Kent y Patricia Simons, "Renaissance patronage: An intro-

ductory essay", en Patronage, A r t , and Society in Renaissance I taly , p. 15.

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ño". A este lenguaje de la servidumbre se le añadió el del amor, un len­guaje clave en la expresión de servidumbre y lealtad hacia Dios, los pa­dres, y el monarca.24 "Mi amor por tí es tan único", escribió Lope de Vega en una de sus cartas, "que así me atrevo a decirle que le amo, pala­bras que entre personas de tan diferente cualidad podrían ser vistas como una ofensa, a no ser que sigamos el ejemplo de Dios, quien permi­te a los humanos, tan alejados de su perfección, que le amen".2- Era, por lo tanto, la bondad de los sentimientos y no la diferencia de estatus, la que permitía a Lope el uso de un lenguage en el cual lo secular y lo sa­grado se mezclaban y los dos se fincaban en el lenguaje del amor:

Crea vuesa excelencia que deseo verle, que la Cuaresma aparta los amores

de galanes y damas, más no los de señores y criados, y así decía un experi­

mentado que en la Cuaresma hacía ia privación notables efectos; creo que

lo ha hecho v.E. en mi, porque le deseo ver con todo extremo, porque me su­

cede con v.E. lo que a las almas santas que nunca ven a su dueño, sino es

cuando El quiere; y así me sucede a mi, pues nunca veo a v.E. si no es por

revelación y humillación de su grandeza a mi humildad. Hablo, Señor, en

lenguage del tiempo, pero no sé si es a propósito; a lo menos yo hablo

a v.E. como le quiero; perdóneme, que amor es atrevido, y así tengo esta

libertad.26

La existencia de este lenguaje nos lleva a recordar las palabras de Linda Peck, quien nos ha señalado que las relaciones clientelares "re­quieren jugar el papel de devoto seguidor, utilizando un exagerado lenguaje de lealtad, y ello aunque el cliente realmente no tuviese tales

24 Véase Clavero, A n tid o r a , pp. 73 y 91.

25 Episto lario de Lope de Vega Carpió, Agustín González de Amezúa ed., 4 vols. (Ma­

drid, 1941-1943), vol. 3, p. 18.

* ¡bid7 p. 29. Sobre el uso de un lenguaje "secular" para referirse al "mundo huma­

no" y de un lenguaje "sagrado" para referirse al "mundo divino", indicando así las difi­

cultades para concebir la autonomía de cada uno de esos mundos, o mejor, la imposibil­

idad de referirse a uno de los mundos de forma aislada, véase Michael C. Schoenfeldt,

P ra y er a n d power. George H erb er t a n d Renaissance courtsh ip , Chicago y Londres, 1991. Me

gustaría agradecer a Kevin Sharpe el haber llamado mi atención sobre este libro. Véase

también Kent y Simons, "Renaissance patronage: An introductory essay", pp. 15 y ss.

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sentimientos".27 Los historiadores han tendido, pues, a valorar este len­guaje como una simple retórica, la retórica de la lisonja y la disimula­ción, cuando no de una ironía que era intensa (aunque secreta) resistencia, cuando tienen que analizar este lenguaje y, sobre todo, las "verdaderas" intenciones de aquellos que lo utilizaban.28 En relación al lenguaje utili­zado en las relaciones clientelares, F. W. Kent y P. Simons han por ejem­plo cuestionado, sorprendidos por el crecientemente exagerado lenguaje, la posibilidad de que estos "sentimientos de lealtad" puedan ser vistos como expresiones de "reales" sentimientos, e incluso niegan que el pa­tronazgo durante el Renacimiento tenga "una dimensión moral".2v

Lo planteaba desde una perspectiva coetánea el mismo Lope de Vega, quien se justificaba por haber escrito una carta altamente lauda­toria y servil en nombre de su patrón Sessa al favorito del rey, Lerma, asegurando que la carta nunca traería deshonor a su patrón debido a que la había escrito siguiendo "la moda cortesana" y además lo expre­sado eran "simples palabras".30 Lope no fue el único coetáneo que se refirió a estas cuestiones. Para alcanzar el objeto deseado del favor y la protección, el aprender cómo hablar, qué palabras utilizar, las ceremo­nias de la cortesía y las costumbres socialmente aceptadas era tan im­portante como tener "virtudes" o "buenas intenciones". La evidencia era clara en uno de los libros más populares del periodo: la traducción castellana de II Galateo de Giovanni de la Casa por Lucas Gracián Dan- tisco, El Galateo español En contraste con el perfecto cortesano ideado por Castiglione -un cortesano cuyas armas más poderosas eran sus vir­tudes -, El Galateo era una suerte de manual dirigido a enseñar al lector "como ganar el favor para sí mismo lubricando el sistema".31 Las pro­

27 Linda Levy Peck, "«For a King not to be bountiful were a fault»: Perspectives on

Court Patronage in Early Stuart England", Journal o f British S tudies, 25,1986, p. 50.

** Sobre estos temas sigue siendo fundamental Frank Whigham, A m b it io n and

P r iv i leg e . The Social Tropes o f E lizabethan C o u r tesy Theory, Berkeley, 1984; sobre la ironía en

el Renacimiento, véase Dilwyn Knox, Ironia. M edieva l and Renaissance ideas on irony, Leiden y Nueva York, 1989.

29 Kent y Simons, "Renaissance patronage", p. 11.

30 E pistolario de Lope de Vega, vol. 2, pp. 22-23.

11 Hilary Adams, "«II Cortegiano» and «II Galateo»," The M od ern Language R eview , xlii (1947), p. 460; Lucas Gracián Dantisco, El Galateo español [1586] Margherita Morreale,

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puestas de Giovanni de la Casa eran muy simples. En la vida diaria na­die necesitaba demostrar que poseía las virtudes de prudencia, fortale­za, e incluso lealtad. Las buenas maneras eran, sin embargo, necesarias siempre y en todo momento. Al mismo tiempo, las buenas maneras eran

enormemente efectivas porque estaban basadas en convenciones social­mente aceptadas, y para expresarlas lo único que se necesitaba era "pa­labras, costumbres y correctas maneras"; más importante, continuaba De la Casa, es que el fundamento de esas palabras y gestos debía* res­ponder no tanto a los principios, creencias y sentimientos reales del que los realizaba, sino al "contento y agrado de aquéllos con quienes trata".32

La afirmación de Lope de Vega y las propuestas de Dantisco nos llevan de nuevo a un tema que ha preocupado sobremanera a los his­toriadores: ¿cuál es la mejor vía para entender las verdaderas "intencio­nes" de los sujetos históricos, y es el lenguaje utilizado por estos sujetos una guía para desentrañar esas intenciones? De hecho, como han seña­lado numerosos estudiosos, a la hora de analizar textos y conceptos de­bemos estar prevenidos sobre la existencia de conceptos polisémicos y la existencia de contradictorias intenciones por parte de aquéllos que utilizaban este lenguaje de la dependencia clientelar.33 No es menos cier­to, sin embargo, que a pesar de las diversas intenciones los diversos significados de los conceptos, analizados en contextos específicos, refle­jaban no sólo convenciones sociales sino también realidades sociales y políticas.34 En este sentido, como ha escrito Pierre Bourdieu, las relacio­

ed., Madrid, 1968. Además del artículo de H. Adams, véase Daniel Javitch, “Rival arts of

coduct in Elizabethan England: Guazzo's C iv ile C o n versa t io n e and Castiglione's C ourtie r Yearbook o f Italian S tu d ie s , I ,1971, pp. 178-198, y la introducción de Margherita Morreale

a su edición de El Calateo español. Es importante destacar que El Galateo español fue varias

veces publicado en un mismo volumen con una de las novelas picarescas más famosas

El lazaril lo de T ornes .32 Gr^cián Dantisco, El Galateo español, pp. 179,105, y 106.

13 Sobre la significación y problemas de estudiar conceptos coetáneos, y de “enten­

der" estos conceptos y las intenciones detrás de su uso, véase Miri Rubin, C h ar ity a n d C o m m u n i ty in M ed ie v a l C am bridge, Cambridge, 1987, p. 3, y Cardim, "Entre textos y dis­

cursos", pp. 139-141.

34 Sobre este tema, véase -entre otros-, Gabriel Spiegel, "History, Historicism, and the

Social Logic of the Text in the Middle Ages," S pecu lu m , 65,1990, pp. 60,77-78 y 83-84.

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nes lingüísticas simbolizan o reproducen relaciones de poder entre indi­viduos o grupos.1' Y, como brillantemente ha demostrado Mario Biagoli en su estudio de los contextos cultural y cortesano de Galileo, sabemos que las acciones y actividades de los clientes estuvieron en muchos ca­sos guiadas -o determinadas- por el poder de sus patrones y por la aceptación (voluntaria o no) por parte del cliente de esas relaciones de dependencia.36 Tan importante como esto es constatar que, creyesen o no en las palabras que utilizaban, al dirigirse a sus patrones los clientes participaban de una visión en la que la estructuración de una comuni­dad estaba basada en la creación de relaciones jerárquicas de depen­dencia y ayuda mutua. Cualquiera que fuese la "intención" de los agen­tes históricos, "la reproducción constante de formas de conducta social" en palabras del sociólogo inglés Anthony Giddens, es lo que permite la estructuración de una sociedad.37

Debemos en este sentido recordar que las relaciones clientelares eran elemento clave en la configuración de esta sociedad, y que ellas in­cluían todas las posibles combinaciones y todas las posibles "intencio­nes" de un cliente al asegurar su lealtad a un patrón. Lo recogía una de las obras más influyentes en la España moderna, el De Officiis de Cice­rón, donde se incluían todas las posibles intenciones que movían a un cliente a buscar el servicio de un señor: cuando por cualquier razón se sienten atraídos por él; o por honor...; o porque tienen fe en él y creen que defenderá bien sus intereses; o porque temen su poder; o porque tienen determinadas expectativas...; o, finalmente, atraídos por la espe­ranza de compensaciones económicas.38

35 Pierre Bourdieau, Language and sym bolic power, De Gino Raymond y Matthew

Adamson trads., Cambridge, Mass., 1991, p. 37. Sobre el debate historiográfico relativo a

"lenguaje" e "intenciones" en las relaciones clientelares, véase Arthur L. Hermán, "The

Language of Fidelity in Early Modem France," Journal o fM o d e r n H is to ry , 67,1995, pp. 1-

24, con buena bibliografía sobre el debate, pero con una cierta tergiversación de los argu­

mentos defendidos por historiadores que ofrecen posiciones teóricas distintas a las suyas.

* Mario Biagioli, Galileo courtier. The Practice o f Science in the C u ltu re o f A bso lu tism , Chicago y Londres, 1993.

37 Giddens, The C o n s t i tu t io n o fS o c ie ty , p. xxi.

38 Cicerón, Libro de M a rco Tulio Cicerón en que trata de los Oficios, de la A m ic ic ia , D e la Senectud. A ñ ad ié ron se agora nu evam ente los paradoxos, y el Sueño de Scipion, Francisco

Tamara y Juan Jarava, trans., Salamanca, 1582, Lib. II, cap. iii, fos. 79r-v.

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Fue este abanico de posibilidades lo que produjo una fuerte estabili­dad en las relaciones que los diversos clientes establecieron con sus patrones. Sólo la muerte de los patrones, la pérdida de poder de patro­nazgo por parte de un señor, o la existencia de duras condiciones de conflicto de facciones sirvieron para romper lo que en muchos casos eran relaciones que afectaban a varias generaciones y que en muchos casos se hacían más importantes que las lealtades familiares.19

Conviene señalar sin embargo que, tan importante como delimitar las intenciones y depender ~ias de los clientes es recordar que el análisis de las relaciones clientelares requiere estudiar el lenguaje utilizado por los patrones al referirse a sus clientes, y -más importante- las obliga­ciones de los patrones hacia sus clientes y la importancia social y políti­ca de estas obligaciones. Y es precisamente el darse cuenta de que las relaciones clientelares se conforman como una relación en dos direc­ciones lo que hace que su estudio sea central si queremos entender la constitución de las sociedades del periodo moderno. La principal razón del olvido de que las relaciones clientelares creaban obligaciones mutuas es quizá la existencia de una cierta confusión en cuanto a la na­turaleza de las relaciones clientelares, entendidas como las relaciones existentes entre personajes de alta categoría e individuos pertenecientes a los estamentos más bajos de la sociedad. Sin embargo, como Robert Shephard nos ha recordado en su estudio del caso inglés, el clientelismo ponía en contacto a individuos de muy diversa categoría. Así, un patrón perteneciente a la aristocracia podía contar entre sus protegidos a miembros de su casa, a otros aristócratas y nobles, a miembros de las élites urbanas y a simples seguidores y sirvientes.40 Las relaciones con cada uno de estos individuos eran desde luego distintas, pero los con­ceptos eran siempre similares, como lo demuestra una simple compara­

39 So^re la "continuidad" de lealtades a lo largo de generaciones, véase William

Maltby, A lba: A B iograph y o f F ernández A lv a re z de Toledo, Berkeley y Los Ángeles, 1983 [hay

traducción castellana], cap. 3; Mateo Escagedo Salmón, "Los Acebedos," Boletín de la Biblioteca M e n én d ez y Pelayo, 5-9, 1923-1927; y James Casey, The H is to r y o f the Family, Oxford, 1989, p. 59-61.

*' Robert Shephard, "Court Factions in Early Modem England", The jo u rn a l o f M o dern H is to r y , 64,1992, p. 725.

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ción de las cartas que Lope escribió a su patrón el duque de Sessa, y las cartas que Lope tuvo que escribir a otros patrones cortesanos en nom­bre del duque.

Más importante es, desde la lectura de la literatura de la España mo­derna, recordar que el patrón tenía que tener en cuenta que su obliga­ción -si quería mantener su influencia en el mundo de la corte y en sus mismos territorios- era precisamente crear hechuras y atender a sus ne­cesidades y requerimientos. La primera de estas necesidades, la de crear sus propias hechuras, la de establecer su propio grupo de seguidores, la resumía Juan de Vitrián a mediados del siglo xvii, al integrar la existen­cia de patrones en la visión de una sociedad jerarquizada en la que Dios era presentado como el gran patrón, seguido del monarca y los miem­bros de la nobleza. Así, escribía Vitrián, lo que demostraba la grandeza de Dios era que:

da su ser a todos los humanos, a quienes protege y preserva. Todos somos

sus criaturas y todos lo reconocemos como nuestro gran Dios. Por esta mis­

ma razón los monarcas (criaturas incomparables y más similares a Dios que

ninguna otra) para ser percibidos como grandes seres también deben crear

sus propias criaturas. Lo mismo se puede decir de los nobles, incluso aun­

que no sean reyes, si quieren ser vistos como grandes señores. Si éstos no

tienen sus propias criaturas y hechuras, ¿cómo pueden esperar ser respeta­

dos, seguidos y servidos?41

En efecto, a los patrones en la España moderna continua y pública­mente se les recordaba que su deber era favorecer a sus clientes y segui­dores, protegerlos en momentos de crisis y hacer que sus aspiraciones a oficios públicos y matrimonios de conveniencia se viesen cumplidas.

Como en el caso de los clientes, los patrones también contaban con un lenguaje altamente codificado con el cual expresar sus obligaciones. Recogían este lenguaje los llamados "manuales de secretarios de seño­res", un género de libros muy popular en los siglos xvi y xvn en los que se resumían las teorías vigentes sobre la constitución y estructuración

4' Juan de Vitrián, Las M em o r ia s de Felipe de Comines con escolios propios, 2 vols.,

Amberes, 1643, vol. 1, p. 6A.

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de la sociedad. Desde un punto de vista más práctico, estos manuales incluían modelos de cartas que los secretarios de los nobles podían uti­lizar para llevar a cabo su trabajo. Uno de los ejemplos de cartas-mode­lo, quizá la más repetida en este género literario, era la llamada "carta recomendatoria" encaminada a enseñar a los secretarios cómo debían dirigirse sus señores a altos oficiales de la Monarquía para solicitar mer­cedes para sus protegidos.

La importancia y tonos de la carta recomendatoria fueron analiza­dos en uno de los más citauos manuales de secretarios de señores, el ti­tulado Discurso de las partes y calidades con que se form a un buen secretario, de Juan Fernández de Abarca. La carta recomendatoria, escribía Abarca, era la dirigida a encargar cosas, recomendar negocios en beneficio o fa­vor de alguna persona. Era ésta una carta cuyo objetivo era solicitar acrecentamientos, o mediar en pleitos, o pedir perdón de culpas y deli­tos en favor de los clientes del señor. Las palabras que se debían utilizar en este tipo de carta debían ser encarecidas, obligatorias y de sustancia. Si lo que se pedía era justo, entonces la carta debía resaltar la verdad de los hechos, o la verdad de las calidades del sujeto. Si lo que se asegura­ba en la carta no era exactamente la verdad, entonces el señor debía comenzar la carta resaltando las obligaciones y "amistad" que se tenía con el recomendado, "dando a entender cuan obligado quedará el que es encomendado a reconocer el favor y merced que se le hiciere, y la es­timación que hará el que le recomienda".42 Más interesante es la descrip­ción de la carta que Abarca utiliza como modelo, una carta titulada: "De un señor a un presidente, de quien es muy amigo, en favor de un pre­tendiente". Las palabras iniciales de la carta indicaban la trascendencia de su acción: "Supuesto que todos los hombres fueron criados para ayu­darse unos a otros y que todo lo que se hace es en razón de que cuando uno está en trabajo o necesidad ha menester quien le ayude", entonces su obligación -inevitable dada la exposición de motivos- era precisamen­te mo^er todas sus posibles influencias para ayudar a su favorecido.43

42 Juan Fernández de Abarca, D iscu rso de las partes y calidades con que se fo rm a un buen

secretario , Lisboa, 1619, fo. 133.

43 Ibid., fo. 133v; para otro ejemplo de manuales de señores, véase Gabriel Pérez del

Barrio, D irección de secretarios de señores, publicado en Madrid en 1613 y reeditado con

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Era así como se expresaba el conde de Lemos, en esos momentos vi­rrey de Ñapóles, en una carta a un oficial real, Fernando de Andrade:

Al Ido. Pedro de Valcazar deseo ver bien empleado conforme sus muchas

partes. Oblígame también a desearlo ser hermano de Niño de Valcazar que

ha tanto tiempo que nos sirve. Suplico a vuesa merced le de mucho la mano

con muchas veras para [...] que se le luzca el amparo que en vuesa merced

le damos".44

Nada más podía hacerse, y no mucho más debía decirse. Si los clien­tes debían lealtad y servicio, los patrones debían favores y protección, cumpliendo así con las condiciones que mantenían vivas no unas sim­ples relaciones bilaterales -o en el lenguaje actual, privadas-, sino unas relaciones que se afirmaban como constitutivas -y por lo tanto en el len­guaje de hoy, públicas-, de la comunidad moderna. Eran, en definitiva y siguiendo las conclusiones de Marcel Mauss en su trabajo sobre "el re­galo", las relaciones clientelares concebidas como relaciones de apoyo y beneficio mutuo, en las que el honor y beneficio de el cliente y el patrón estaban inseparablemente conectados.4'

De hecho, los patrones sabían que aquel que no ejercía su influencia para recompensar o promover a sus aliados y seguidores, se demoraba en el pago de los servicios recibidos, o simplemente ignoraba los ruegos de sus clientes, provocaría una crisis que eventualmente podría condu­cir a la ruptura de estas relaciones clientelares. Así, por ejemplo, al refle­jar una realidad social del periodo y la importancia de cumplir con las

numerosos añadidos en 1622; sobre cartas "de favor y recomendaciones" véase, en la edi­

ción de 1622, los fos. 123-135. Para un estudio de esta misma problemática en el caso

inglés, véase Frank Whigham, "The Rhetoric of Elizabethan Suitors' Letters", p m l a , 96/5

(1981), pp. 864-882. Para un análisis coetáneo de "la carta", sus partes, componentes y

efectividad, véase Camillo Baldi, Politiche considerationi sopra una lettera d 'A n ton io Pcrcz til D uca d i Lerma, Bolonia, 1623.

44 Archivo Histórico Nacional [a h n ], Estado, lib. 162/n.p., Lemos a Andrade, 9 de

abril de 1613.

45 Del trabajo de Mauss he utilizado la versión inglesa; Marcel Mauss, The Gift, W.D.

Halls trans., Nueva York y Londres, 1990. Es aquí de interés la excelente introducción de

Mary Douglas a la obra de Mauss.

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obligaciones adquiridas por un patrón, el tema de los clientes descon­tentos debido a que creían que sus patrones no estaban cumpliendo con sus obligaciones, se convirtió en uno de los más populares en el drama del Siglo de Oro. En muchas de estas obras podemos, en efecto, encon­trar clientes que no tienen problemas en conspirar por la caída de su señor, o en aliarse con sus enemigos porque éste no había cumplido con sus obligaciones.4" Lo expresaba sin ningún tipo de ambajes y ahora en la "vida real" Antonio Molina de Medrano, un ministro castellano que a comienzos del siglo xvn servía en Lisboa, en una carta a su protector en la corte Pedro Franqueza pidiendo apoyase sus peticiones de mer­cedes y compensaciones "si no quiere que me queje de vuesa merced".47

El caso del duque de Lerma, valido de Felipe m entre 1598 y 1618, es en este sentido paradigmático. En su tiempo, por ejemplo, Lerma fue re­tratado precisamente como un buen patrón que había promovido y pre­miado a gran número de individuos, "especialmente a aquellos que se han declarado sus sirvientes".48 Lerma también recibió muchas cartas en las que quedaba claro que la lealtad de un cliente debía ser compensada por el patrón. En muchos de los memoriales enviados por Ramírez de Prado, por ejemplo, nos encontramos con numerosas referencias a su descontento ante lo que creía ser el abandono al que le había sometido Lerma a pesar de los grandes servicios que le había hecho. "Yo sé -es­cribió Ramírez de Prado en 1603-, que su excelencia es poderoso y pue­de hacer todo lo que desea. En estos momentos yo necesito su apoyo, y tengo confianza de que hay muchas mercedes reservadas para mi".49

El mismo Lerma -quien a lo largo de su privanza recibió numerosos consejos que le urgían no olvidar a sus aliados y seguidores-,50 recono­

* Véase, por ejemplo, Antonio Mira de Amescua, C om edia F amosa de R u y López D ávalos , N.E. Sánchez-Arce ed., México, 1965, pp. 67-69.

47 ags, E stado, leg. 190, s.f., 14 de marzo de 1603.

w Cristóbal Suárez de Figueroa, El Pasajero [1617] María Isabel López Bascuñana ed.,

2 vols., Barcelona, 1988, vol. 2, p. 547.

49 ags, C ámara de C asti l la -V is itas , leg. 2793, lib. 6, fo. 948r, Ramírez de Prado a Lerma,

30 de noviembre de 1603; para otros casos similares, véase Ibid., fos. 903r, 907r, 911r-v.

50 Véase, por ejemplo, Francisco Gurmendi, D octr in a Física de Pr ínc ipes , Madrid, 1615,

fos. 70v-71r.

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cía su obligación de ayudar a aquéllos que le servían: "Yo no quiero ser visto -Lerma escribió a Ramírez de Prado-, como inútil para mis ami­gos, y ya he dicho en muchas ocasiones que ellos merecen toda la ayuda que pueda conseguirles".-1 Las palabras de Lerma prometiendo apoyo a sus clientes no eran palabras vacías. De hecho, durante sus veinte años como favorito y ministro principal de Felipe ni, Lerma reservó muchas de las mercedes y oficios para sus clientes y aliados; a otros muchos muchos los defendió en momentos críticos, al tiempo que promovió el ennoblecimiento y las alianzas matrimoniales de algunas de sus criatu­ras con miembros de la alta nobleza.-2

CLIENTELISMO MONÁRQUICO

Las referencias al duque de Lerma son aquí de importancia porque no sólo era un patrón, sino que también era favorito y principal ministro de Felipe m, y por lo tanto sus acciones nos recuerdan la profunda imbri­cación entre lo que ahora denominaríamos la esfera privada (como pa­trón) y la esfera pública (como ministro real) de sus actuaciones. Sus acciones y palabras nos muestran también los paralelismos existentes entre los sistemas y lenguajes clientelares, y la constitución de redes de lealtad monárquica. Esta referencia es también importante porque en la mayoría de los estudios sobre el tema se destaca que en las relaciones clientelares, la capacidad del patrón de premiar a sus clientes con oficios y mercedes que en teoría pertenecían al monarca reducía -si no elimina­ba- las capacidades monárquicas de conseguir la lealtad total y directa de sus súbditos. Lo ha asegurado, recientemente y desde una perspecti­va general, Thomas Ertman quien asegura que en los comienzos del proceso de formación del "estado moderno" los monarcas fueron in­capaces de dirigir y controlar este proceso sin la colaboración de los

AGS, Cámara de C a s ti l la -V is itas , leg. 2793, lib. 6, fo. 912r, Lerma a Ramírez de Prado,

28 de marzo de 1600; véase también, fos. 903r, 907r, 219r.

Véase Antonio Feros, The King's favour ite : The duke of Lcrma. Power, wealth an d court cu ltu re d u r in g the reign o f Philip m, 1598-1621 , Tesis Doctoral, Ihe Johns Hopkins Univer­

sity, 1995, cap. 4.

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grandes patrones cortesanos y territoriales, quienes a su vez se aprove­chaban de esta debilidad monárquica para imponer sobre el monarca sus propios intereses.'3

Los fundamentos de este tipo de análisis son, para el caso de la Monarquía hispana, la creencia de que a partir de finales del siglo xvi se dio -como hemos señalado anteriormente- un proceso de refeudaliza- ción, de devolución de poderes a la aristocracia y nobleza provincial que conllevó el debilitamiento del poden centralizador de la Monarquía. La perspectiva que aquí se ofrece intenta demostrar que, por el con­trario, fue precisamente a partir de la segunda mitad del xvi y hasta al menos la década de 1660, que el poder monárquico alcanzó su máximo desarrollo y que lo hizo no tanto eliminando las redes clientelares ya analizadas, cuanto utilizándolas en su propio beneficio como elemento constitutivo de ese poder. Igualmente, y desde esta óptica, las acciones de validos-favoritos como el duque de Lerma (1598-1618) y el conde du­que de Olivares (1621-1643) -cuyas privanzas han sido interpretadas como prueba del asalto al poder "estatal" llevado a cabo por la aristo­cracia en el siglo xvn- insisten precisamente en la primacía del poder y de los intereses monárquicos y en su utilización de redes y prácticas clientelares.

La utilización por parte de la Monarquía de relaciones que los histo­riadores modernos han tendido a ver como "privadas" -las relaciones clientelares- ha sido destacada de forma precisa por el historiador ita­liano Giorgio Chittolini, quien ha sugerido que la Monarquía moderna se constituía como

un sistema de instituciones, poderes y prácticas, que tenía como uno de sus elementos programáticos una cierta permeabilidad a la integración de po­deres y propósitos externos (o, mejor, 'privados') al tiempo que mantenía una completa unidad de su organización política. Estos elementos (públi­cos y privados) se complementaban mutuamente.^

53 Thomas Ertman, Birth o f Leviathan. B uild in g S ta tes a n d R eg im es in M ed ieva l an d E arly M o d e r n Europe, Cambridge, 1996, p. 8.

54 Giorgio Chittolini, "The «Private», the «Public», the State", en The O rig in s o f the S ta te in I ta ly , 13 00 -1 6 0 0 , Julius Kirshner, ed., Chicago, 1995, p. 46.

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La Monarquía moderna, en efecto, fue capaz de imponer su autori­dad a través de la elaboración de un discurso legitimador en el que se resaltaban las capacidades de acción independiente del monarca y la creación de unas estructuras/instituciones que, al menos en teoría, te­nían como función la imposición de la voluntad real. Pero imbricados en esta ideología monárquica, y dando sustancia a las instituciones rea­les, se encontraban lenguajes y prácticas similares a las que hemos estu­diado anteriormente. En el caso de la Monarquía, el lenguaje del favor recibía el nombre de "liberalidad". El sustento de esta liberalidad -o gracia real- eran servicio y lealtad. Las dos partes de este binomio de­bían, para ser efectivas, constituirse como inseparables; crear así un sis­tema de obligaciones mutuas que afectaban a todos y a cada uno de los miembros de la sociedad política.

No es este el lugar de tratar con todo detalle las consecuencias del triunfo de Isabel y Fernando en la segunda mitad del siglo xv.55 Para nuestro tema es suficiente retener dos de los procesos que convirtieron el reinado de los Reyes Católicos en clave para entender la constitución de la Monarquía moderna. El primero, a nuestro entender trascenden­tal, fue la creciente transformación de la nobleza en una nobleza de servicio, lo que comportaba recortar su capacidad de representación po­lítica. Los Reyes Católicos han pasado a la historia por su decisión de priorizar el nombramiento de letrados, en perjuicio de la nobleza, en la conformación de los consejos. Pero el verdadero reto a los presupuestos políticos anteriores, la verdadera novedad de las medidas de los Reyes Católicos, estribó en la definitiva derogación del principio de la repre­sentación social a la hora de la participación de la nobleza en la compo­sición de las instituciones centrales de la Monarquía. En definitiva, a partir del reinado de los Reyes Católicos las instituciones centrales de la Monarquía, los consejos, .pasaron a estar dominados no por los "conseje­ros naturales del monarca", que éste no podía nombrar, sino por el prin­cipio de elección de sus miembros como manifestación de la voluntad regia. Ser por lo tanto un miembro de la élite nobiliar no daba ya de­recho de representación en los órganos centrales de la Monarquía, dere­

5S Véase, por todos, Pablo Fernández Albaladejo, F ragm entos de M onarqu ía , Madrid,

1994, primera parte.

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cho que a partir de ahora estaba claramente delimitado por la fuerza de la "gracia" real^

El otro proceso esencial que los Reyes Católicos promovieron de una manera más radical que sus antecesores, fue la transformación del monar­ca en máximo patrón a través de una intensa política de acumulación de las diversas fuentes de patronazgo. En este sentido, ya a comienzos del quinientos los monarcas hispanos pudieron presentar una amplia nómi­na de mercedes sobre la que ejercían su dominio: tierras, jurisdicciones, monopolios comerciales, confirmación de títulos de nobleza y concesión de nuevos títulos, o el nombramiento de oficiales locales, territoriales, eclesiásticos en los variadas instituciones reales. Este control de tan im­portantes fuentes de patronazgo implicaba por parte de los coetáneos la reflexión sobre cuál debía ser la actitud del monarca, una actitud que se resumía bajo el nombre de la liberalidad regia. Como la obligación del patrón de tener y ayudar a sus clientes, esta última aparecía en la Espa­ña moderna como la quintaesencia de la realeza. Los monarcas, escribió fray Juan de Santamaría, "tanto más se parecen a Dios cuanto con ma­yor libertad repartiesen de los bienes exteriores [...] y no sé si le puede cuadrar el nombre de Rey al que no vive siempre con deseo y ansias de comunicarse".57 Una unión perfecta entre el rey y sus súbditos requería, por lo tanto, que el rey practicase la generosidad, y en este sentido amor y liberalidad se constituían en sus mejores armas. Lo expresaba explíci­ta y modélicamente fray Juan de Salazar al indicar que para crear, y lue­go conservar, una fuerte Monarquía los reyes hispanos:

gastan sus rentas y real patrimonio [...] atesorando en los ánimos y corazo­nes de los hombres con que atraen a sí las voluntades de todos, y se hacen amables, que es en lo que consiste el propio y verdadero tesoro del príncipe para adquirir y aumentar un bien fundado imperio y para que se conserve y perpetúe la monarquía, porque la verdad es que quien es señor de las vo­luntades, lo es también de las personas y de la hacienda.58

* N u e v a Recopilación, lib. II, tit. iv, ley 4.

37 Juan de Santa María, R epública y policía Christiana [1616], Nápoles, 1621, p. 127.

* Juan de Salazar, Política española [1619] Miguel Herrero Garría ed., Madrid, 1945,

p. 182.

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La liberalidad regia era así considerada como una virtud creadora de comunidad. Las mercedes regias conferían vitalidad, fuerza y virtud a los miembros del cuerpo político, transformaban a los súbditos reales en servidores perfectos de la res publica. Francisco Gómez de Sandoval, nieto del duque de Lerma, lo resumía a la perfección cuando aseguraba que la gracia real "es el cebo, es el movedor y el blanco de las esperan­zas con que todos anhelamos por ser beneméritos de la república".54

Por la envergadura de las fuentes de riqueza y el prestigio que estaba bajo su control, el rey aparecía así como el gran patrón de sus súbditos. Esta situación supuso para éstos una estrecha dependencia del monar­ca para la obtención de cualquier tipo de mercedes. De hecho nadie, desde el menor de los súbditos al mayor, podía progresar sin la asisten­cia del patronazgo real, convirtiendo a éste -en las sugerentes palabras de Koenigsberger- en el "combustible que mantuvo los engranajes de la sociedad política en movimiento".*0 Más importante es que -como Robert Shephard ha indicado al analizar el caso inglés- la posibilidad de crear facciones cortesanas o territoriales, e incluso la posibilidad de un patrón de ayudar y proteger a sus clientes dependía absolutamente del favor regio.61

Que el amplio desarrollo de la capacidad real de controlar el patro­nazgo cambió decisivamente la relación entre la nobleza y sus clientes es un tema al que se refirieron numerosos autores, y los mismos nobles, durante los siglos xvi y xvn. La situación ya era clara a la altura de 1540. La hacía explícita Diego de Hermosilla en su El diálogo de los pajes, al parecer escrito en 1543. Hermosilla contrastaba, por ejemplo, la situa­ción de la nobleza en el siglo xv con la situación en que ésta vivía a

w M em o ria l d ir ig ido p or don Francisco G óm ez de Sandoval M anrique de Padilla , u d uqu e de Lerma, al rey Felipe i v (s.l., s.a.), fo. 13. Sobre el lenguaje de la liberalidad regia, véanse los

excelentes trabajos de Antonio M. Hespanha, "La economía de la gracia" en Ibid., La g ra ­cia del derecho. Economía de la cu ltu ra en ¡a edad moderna, Madrid, 1993, pp. 151-176, y Car­

los Petit, "Estado de Dios y gracia de Hespanha", en Estat, dret i societat al segle xv///.

H om ena tge al Prof. /osep M . G a y i Escoda, Aquilino Iglesia Ferreirós, ed., Barcelona, 1996,

pp. 103-128.

H. G. Koenigsberger, "Patronage and bribery during the reign of Charles v," en

Ibid., S ta tes an d revolutions, p. 166.

M Shephard, "Court Factions in Early Modern Europe", p. 736.

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mediados de la centuria siguiente. En el primero de los casos, la nobleza era presentada como un grupo con capacidad de acción independiente del monarca, una capacidad de acción que se demostraba por sus amplias posibilidades de patronazgo privado. "Habéis de saber qué oí yo contar a un tío de mi madre", escribió Hermosilla,

que cuando no había tanta paz y quietud en Castilla, las casas y mesas de

los señores estaban llenas de hijosdalgo, pobres y ricos, y andaban a porfía los

señores sobre cuál mantendría más de ellos, y los buscaban so la tierra para

que estuviesen siempre a punto con sus armas y caballos para defender sus

personas y estados y servir al rey con ellos en las necesidades [...] De donde

podéis sacar que la grandeza de las casas de los señores en aquel tiempo,

consistía en la cantidad de gente noble que sustentaban/’2

La situación en su tiempo era, sin embargo, otra, con una nobleza endeudada y totalmente dependiente del favor regio. En tal grado, ase­guraba Hermosilla, que el único camino que la nobleza tenía de mante­ner su influencia era ponerse bajo la protección del rey, la fuente de riquezas para ellos y sus seguidores.*-

La dependencia que del favor regio tenían los nobles era constante­mente recordada por éstos en sus cartas de recomendación al monarca para la obtención de beneficios para sus sirvientes y seguidores. Las car­tas del Duque de Alba, por ejemplo, están llenas de misivas del podero­so aristócrata a Felipe II en que pide mercedes para sus allegados, servi­dores y simples seguidores, al asegurar que él no podía atender a estas peticiones y recordar que servía como intermediario precisamente por­

62 Diego de Hermosilla, El diálogo de los pajes, Madrid, 1989, p. 68.

M íb id . , pp. 68-69, 75-78; para el tema del creciente endeudamiento de la nobleza y

cómo este endeudamiento influyó en las relaciones entre corona y nobleza, véase Charles

Jago, "La «crisis de la aristocracia» en la Castilla del siglo xvn", en Poder y sociedad en la España de los A u s tr ia s , pp. 248-286. Véase también, Casey, The H is to r y o f th e Family, pp. 46

y ss.; un estudio desde el punto de vista europeo (aunque poco sobre la monarquía hispa­

na), en Jonathan Dewald, The European nobility , 1 4 0 0 -1 80 0 , Cambridge, 1996. El mejor es­

tudio, a pesar de sus limitaciones, sobre la cortesanización de la nobleza, y la trascenden­

cia política de este proceso, sigue siendo Norbert Elias, La sociedad cortesana (México,

1982).

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que sus seguidores mostraban claros deseos de servir al duque y al rey, y por ello "les deseo todo bien".M Más explícito fue todavía Cristóbal de Moura, el otrora poderoso favorito de Felipe II, quien en una carta a Fe­lipe III pedía se diese mercedes a sus criados y familiares "pues yo sin ellas no puedo hacerles la satisfacción que deseo"."5 Por lo demás, el reconocimiento público de esta dependencia era tal que los ya mencio­nados "manuales para secretarios de señores" recogían numerosos mo­delos de cartas referidas a esta problemática. En unas se indicaba cómo dirigirse al rey y solicitar mercedes para sus protegidos; otras informa­ban cuáles eran las reglas que debían seguirse para pedir idéntico trato ahora para favoritos, grandes y ministros que, por su cercanía al monar­ca, podían actuar como intermediarios con sus clientes.

Es importante significar, sin embargo, que la consolidación monár­quica no se hizo sobre la base de eliminar la influencia territorial de la nobleza, sino sobre un uso monárquico de esta capacidad. Pocos auto­res lo expresaron con más claridad que el italiano Tomasso Campanella, quien señalaba que para conservar y engrandecer sus reinos un monar­ca debía mantenerlos unidos y para conseguir este fin "además de los matrimonios, se crearon las clientelas y otras instituciones que produ­cían la utilidad mutua".'* Los monarcas hispanos y sus servidores no se cansaron de repetir estas ideas al referirse al modo en que estas redes clientelares nobiliarias podían ayudar a consolidar el poder real. Así, por ejemplo, Felipe II pidió al duque de Villahermosa que procurase aquietar a los rebeldes aragoneses "con vuestros deudos y con los ami­gos de vuestra casa, por todas las vías y medios que se pudiere".87 Más explícito fue Gerónimo de Villanueva en un informe a Felipe m sobre cuáles deberían ser las "cualidades" de aquel que habría de ejercer el oficio de gobernador del reino de Aragón. Experiencia, prudencia, sufi­ciente hacienda, pero también "que sea persona aficionada al servicio

M Véase, por ejemplo, 'ags, Cámara de C astilla-M em oriales y Expedien tes , leg. 449/n.p.,

13 de diciembre de 1575, carta de Alba a Felipe II en apoyo de Benito Suárez.

‘5 Biblioteca Nacional de Madrid [bnm ], mss. 1492,24 de diciembre de 1613, fo. 39.

“ Tomasso Campanella, La monarquía hispánica, Primitivo Mariño ed., Madrid, 1982,

p. 118.

hl Episto lario Español, Eugenio de Ochoa ed., 2 vols., Madrid, 1952, vol. 2, p. 34.

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de vuesa majestad, a trueque del cual no tenga parientes, ni amigos, ni nación, sino sólo acertar a servir a vuesa majestad". Pero para poder servir bien al rey, el candidato ideal convenía que tuviese "deudos, pa­rentela, vasallos y servidores con que poder acudir en las ocasiones al servicio de vuesa majestad".'1"

Este programa de utilización de la influencia clientelar de la nobleza para extender el poder real a localidades y reinos se convirtió en central entre finales del siglo xvi y la caída del conde duque de Olivares en 1643. Pero, para entender la significación de estas prácticas de gobierno, conviene sin embargo recordar los términos del poder de estos validos, unos validos que han sido vistos por la historiografía como representan­tes del asalto al poder que la aristocracia habría puesto en marcha desde comienzos del siglo xvn, y que aquí se presentan como un expediente monárquico dirigido a concentrar en la corte todos los hilos de poder.

El régimen de validos-favoritos, quienes actuaban como ministros del monarca, tiene su origen -en contra de la opinión de la mayoría de los historiadores- en el mismo reinado de Felipe ii.hy Cualquiera fuese la razón o razones del origen de este régimen de validos, todos los elegi­dos (el príncipe de Eboli, Juan de Idiáquez, Antonio Pérez, o Cristóbal de Moura en el reinado de Felipe n; Lerma en el reinado de Felipe m y el conde duque de Olivares en el reinado de Felipe iv) pertenecían a fa­milias de la nobleza media o cortesana, nobleza que debía su ascenden­cia al favor regio.70

Es también importante recordar que, una vez elegidos por el monar­ca para servir como consejeros o ministros principales, su influencia y

“ ags, Gracia y Justicia, leg. 879/n.p., 1619.

m Sobre el tema véase Antonio Feros, "El viejo Felipe y los nuevos favoritos: formas

de gobierno en la década de 1590", en S tu dia Storica, 1997.

70 Comienza a haber numerosos estudios sobre algunos de estos personajes, por lo

que es difícil recogerlos todos. Sirvan como ejemplos los siguientes: James Boyden, The C ourtie r a n d the K ing. R u y G ó m e z de Silva , Philip II, and the C ou r t o f Spain , Berkeley, Los

Ángeles y Londres, 1995; Alfonso Danvila y Burguero, D on C ris tóbal de M o u ra , p r im er marqués de C aste l R odrigo (1 5 3 8 -1 6 1 3 ) , Madrid, 1900; Fidel Pérez Mínguez, D o n Juan de Idiáquez. Embajador y Consejero de Felipe u, San Sebastián, 1935; A. W. Lovett, Philip II an d M a teo V á zq u ez de Lega: the G o v er n m e n t o f Spain (157 2 -1 59 2 ), Ginebra, 1977; Feros, The K ing's fa vor i te , cap. 2; y Elliott, The C o u n t D uke o f O livares , cap. 1.

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poder se constituían no independientemente del monarca sino como re­sultado de la lógica de la liberalidad real que hemos comentado con anterioridad. Primero, el valido era una hechura del rey. Sus poderes no dependían para nada de razones institucionales o sociales, sino que

eran el resultado de la gracia, del favor del rey, otorgada por la amistad y la confianza que estos validos habían obtenido a lo largo de los años. El valido obtenía sus poderes del rey, y del rey dependía en última ins­tancia su supervivencia, en la medida que el monarca podía deshacerse de su valido -como lo hizo Felipe n con Eboli, Felipe m en 1618 con Lerma, y Felipe iv con Olivares en 1643- siempre que lo viese como obs­táculo a la pervivencia del poder monárquico. Nada podía impedir su caída si el monarca lo decidía; ni sus muchos oficios y riquezas, ni sus hechuras y aliados. Históricamente, de hecho, Lerma y Olivares son casos claros de que la caída de un favorito conllevaba una pérdida de prestigio de su rama familiar y en muchos casos incluso una drástica pérdida de riquezas y de poder territorial.71

Segundo, mientras estos validos-favoritos estuvieron en el poder, y sin desdeñar sus intentos de enriquecerse e incrementar su poder terri­torial, sus acciones estuvieron encaminadas a reforzar el poder monár­quico, no a debilitarlo. De hecho, la misma lógica detrás de la existencia del valido -resultado, conviene repetirlo otra vez, de la gracia real- im­plicaba acentuar las capacidades de acción independiente por parte del monarca, y fue en efecto durante el periodo en el que los validos-favo­ritos se convirtieron en elementos centrales en la gobernación de la Mo­narquía, que se desarrollaron más intensamente las teorías sobre el poder monárquico.72

71 Sobre las teorías en relación a los favoritos y sus complejas relaciones con el monar­

ca, véase Tomás y Valiente, El valido en la M onarqu ía española del siglo x v n , passim ; John H.

Elliott, Richelieu and O livares , Cambridge, 1984 (hay traducción castellana), cap. 2, y The

C o u n t-D u k e o f O livares , cap. 8; Antonio Feros, "Twin souls: monarchs and favourites in

early seventeenth-century Spain", en Spain and the A tla n tic World: Essays in H onou r o f John

H. Elliott Richard Kagan y Goeffrey Parker, eds., Cambridge, 1995, pp. 27-47; y The K ing's fa vo r i te , cap. 3.

72 Jose A. Femandez-Santamaria, Reason o f S tate and Statecraft in Spanish Political Thought (15 95 -16 40 ), Lanham, Md., 1983 (hay traducción castellana); Feros, The K ing's

favo r i te , caps. 3 y 5; e Ibid., "Images of evil, images of kings: the contrasting faces of the

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Con estos fundamentos teóricos, las formas de gobierno estableci­das por los validos-favoritos de finales del siglo xvi y la primera mitad del siglo xvn nos llevan de nuevo a las relaciones clientelares, a los len­guajes de la liberalidad, servicio y lealtad. Sus iniciativas se pueden

resumir en un simple concepto acuñado por John Elliott: "gobierno de hechuras", es decir en la introducción de clientes o hechuras en todos y cada uno de los niveles de gobernación, desde el centro hasta los dis­tintos reinos que componían la Monarquía.73

La lógica política de este "gobierno de hechuras" ha sido mejor estu­diada para el caso de Francia bajo Richelieu y Mazarino. Sharon Kette- ring, la autora del mejor libro sobre el tema en la Monarquía francesa, ha indicado que estas cadenas de lealtad personal fueron claves para la Monarquía. Louis xm y Richelieu trataron de destruir sus aspectos más perniciosos, pero al mismo tiempo no dudaron en utilizarlas para exten­der su autoridad, especialmente en las provincias. Las instituciones reales, o mejor los mecanismos institucionales de poder, ha indicado Kettering para el caso francés, eran insuficentes para imponer la autori­dad real. Es por ello por lo que: "la Corona tuvo que suplementar su autoridad con la creación de una cadena de relaciones clientelares... [las cuales] fueron utilizadas para manipular a las instituciones desde den­tro, para conectar a las variadas instituciones, o simplemente para ac­tuar en lugar de estas instituciones".74

Otro historiador de la Francia moderna, William Beik, nos ha recor­dado que la efectividad de Richelieu y Mazarino se basaba no tanto en una reorganización institucional, no en la declaración de principos ab­solutistas, sino en colocar a sus criaturas en posiciones clave que a su vez se legitimaban sobre criaturas subordinadas. Desde aquí el autor cuestiona el punto de vista de estudiar las instituciones per se, o de ha­

royal favourite in early modem political literature, c. 1570-c. 1650/' en The W orld o f the

F avourite , John H. Elliott y Laurence Blockliss eds., de próxima publicación en Yale Uni­

versity Press.

73 El término y la explicación en Elliott, Richelieu an d O livares , pp. 52 y ss.

74 Sharon Kettering, Patrons, brokers a n d c lients in seven teen th -cen tu ry France, Nueva

York, 1986, p. 5. S. Kettering es la autora de una enorme cantidad de trabajos sobre el

tema del clientelismo en la Francia moderna, pero este libro los resume todos o casi

todos.

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blar de reacciones "feudales" simplemente al contar los miembros de la nobleza que pasaron a ocupar puestos de responsabilidad política, recordándonos que lazos y lealtades personales proveían la "sustancia" a la "forma" de las instituciones. Más importante es, de nuevo en pala­bras de William Beik, el recordatorio de que al analizar la extensión de redes clientelares en la época moderna, muchas de ellas activamente creadas y promovidas por la Corona, lo que estamos observando no es una extensión de la corrupción, sino un sistema de gobierno en el cual las redes de lealtad personal y la líneas institucionales de autoridad estaban interconectadas; afectaban a la misma naturaleza del poder po­lítico y sugerían, una vez más, que las instituciones del siglo XVII eran cualitativamente diferentes a las actuales.75

La situación y la lógica expresadas por Kettering y Beik fueron idén­ticas en la Monarquía hispana. Iniciada de una forma más o menos clara desde el reinado de Felipe n,7h la política de promover conexiones clien­telares desde el centro monárquico se hizo dominante durante las privanzas de Lerma y Olivares. Tanto el uno como el otro adoptaron medidas para incrementar el control real sobre las instituciones centra­les de la Monarquía introduciendo a sus aliados y hechuras en cada una de las instituciones reales, o creando Juntas que, integradas por los alia­dos y seguidores del favorito, tenían como objetivo desquiciar la labor de contención que en ocasiones desarrollaban algunas de las institu­ciones monárquicas.77 Es más importante, sin embargo, recordar que es­tas actividades no se limitaron a los consejos y casas reales. Durante las privanzas de Lerma y Olivares, desde la corte, desde el círculo real, se desarrolló una mejor conexión con las ciudades, especialmente con las

75 William Beik, A b so lu tism an d Socie ty in S e ven teen th -C en tu ry Frunce, Cambridge,

1985, p. 16.

u Sobre estas iniciativas en el reinado de Felipe n, véase J. Martínez Millán, "Un

curioso manuscrito: el libro de gobierno del cardenal Diego de Espinosa (1512?-1572)",

H ispan ia , un (1993), pp. 299-344; y Feros, "El viejo Felipe y los nuevos favoritos".

77 Para el caso de Lerma, véase Feros, The King's favo r iíe , cap. 5; para el caso de

Olivares, Elliott, The C o u n t-D u k e o f O livares , cap. 4. Para una comparación de las prácti­

cas desarrolladas por Lerma y Olivares, véase Antonio Feros, "Lerma y Olivares: la prác­

tica del valimiento en la primera mitad del seiscientos", en La España del C onde-D uque de O livares , John H. Elliott y Ángel García Sanz eds., Valladolid, 1990, pp. 195-224.

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ciudades castellanas con voto en cortes, y con la mayoría de los reinos que componían la Monarquía a través de la elección de virreyes, gober­nadores, y jueces ligados a los validos y sus aliados, quienes a su vez se sustentaban en sus propias criaturas.7" Son estas prácticas un nuevo re­cordatorio de que en el estudio del poder en la época moderna es im­portante evitar el estudio aislado de instituciones y reinos, para penetrar en las conexiones, en las concertadas -o forzadas- actividades de cada uno de los "ámbitos" o "zonas" de poder. Éste, sin duda, circulaba en la sociedad, pero lo hacía a través de estructuras y prácticas que ponían en estrecho contacto a los distintos cuerpos.

C o n c l u s ió n precipitada

En una ponencia presentada al Congreso Internacional de Historia cele­brado en Madrid en julio de 1990, John Elliott llamaba la atención sobre la durabilidad del control monárquico sobre los distintos reinos que conformaban la Monarquía hispana. Sólo Portugal y las Provincias Uni­das fueron capaces de romper con la Monarquía desde fines del siglo xvi. Para explicar este fenómeno, Elliott llamaba la atención sobre la ne­cesidad de profundizar nuestro conocimiento de los medios que habían permitido aquella durabilidad: "su organización administrativa, su capa­cidad de coacción, y otros recursos más intangibles -como su capacidad para mantener la lealtad de sus súbditos a través de una combinación de persuasión ideológica y de la apelación a los intereses individuales y colectivos".79 Todos los elementos sobre los que Elliott llamaba la aten­

7K Como en otros casos, la bibliografía es demasiado numerosa para destacarla aquí;

sirvan como ejemplos, M. Danvila y Collado, "Nuevos datos para escribir la historia de

las cortes de Castilla", Boletín de la real A cad em ia de la H is to r ia , vili, 1886, y "Nuevos datos

para escribir la historia de las Cortes del reinado de Felipe iv", Boletín de la Real A cadem ia

de la H is tor ia , xi-xvi, 1887-1890; James Casey, The K in g do m o f Valencia in the S even teen th C en tu r y , Cambridge, 1979, (hay traducción castellana); Giovanni Muto, Le f in a n z e publiche napoli tane tra riforme e instaurazione , Nàpoles, 1980; Elliott, Richelieu and O livares , cap. 2; y

Feros, The King's fa v o r i te , cap. 5.

79 John H. Elliott, "Formula for survival: the Spanish monarchy and empire", In ter ­na tiona l H is tor ica l C ongress, 1990, p. 2; agradezco a John H. Elliott que me haya facilitado

una copia de su ponencia.

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ción en su ponencia fueron de fundamental importancia para mantener la Monarquía intacta por más de tres siglos. Lo que aquí intentamos proponer es que uno de los cementos que dio consistencia a todos ellos fue la creación de un sistema clientelar que informaba y daba forma a instituciones e ideologías.

En efecto, el sistema clientelar aquí descrito sirvió no sólo para esta­blecer relaciones de lealtad y mutua obligación, sino también para dar un marco más apropiado a la negociación de conflictos entre grupos, reinos e instituciones. El sistema funcionó perfectamente en varios de los reinos o provincias de la Monarquía. Funcionó a la perfección en los llamados reinos de Indias, donde la Monarquía trató en todo momento de evitar la constitución de canales de representación (cortes), la crea­ción de una poderosa nobleza territorial (con el estricto control monár­quico sobre las encomiendas, unas encomiendas -debemos recordarlo- cuyo disfrute dependía exclusivamente de la decisión de la Corona y no de instituciones patrimoniales y de herencia), o el desarrollo de una élite criolla que pudiese crear sus propios espacios de poder e influencia al margen de la Corona. En todos los casos, la alternativa de esta última en estos reinos fue la creación de una élite fuertemente dependiente del favor regio, y la constitución de la corte en ámbito exclusivo -o casi ex­clusivo- de reclamaciones y conflictos.

La situación fue todavía más clara en el reino de Castilla, uno de los reinos que más contribuyó al mantenimiento del imperio, pero cuya élite recibió enormes beneficios de su colaboración con la Monarquía. La "castellanización" del Imperio que se produce a partir del reinado de Felipe ll condujo a la creación de unas fuertes conexiones entre el mo­narca y los diversos territorios a través de conexiones institucionales y clientelares que se reforzaban mutuamente. Y esta imposición del poder monárquico se hizo con la ayuda de una nobleza que se hizo cortesana mucho antes que en otras monarquías, y que ya a mediados del quinien­tos había abandonado toda "veleidad" de convertirse en defensora/re­presentante del reino. Las dificultades, por ejemplo, para historiadores modernos de tratar de entender por qué el reino de Castilla no estuvo sometido a las mismas tensiones políticas -y con ello a similares proce­sos de rebeldía- que sufrieron otros reinos peninsulares, se debe a la in­capacidad de valorar la creación de una cultura de lealtad monárquica

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sustentada en una poderosa red de conexiones clientelares y persona­les, redes que tenían su centro en la misma corte, si no en el mismo monarca.80

La situación fue distinta en otros reinos. Cierto es que al analizar las

relaciones de los distintos reinos con el monarca hispano debemos evi­tar caer en explicaciones unicausales. Así, la revuelta de los catalanes en 1640 y la restaurado portuguesa en el mismo año no debe ser entendida como el simple resultado de una cierta desconexión entre el monarca y estos dos reinos. Había Ouas situaciones que permiten explicamos el reto que tanto los catalanes como los portugueses opusieron al monarca hispano. No fue la menos importante el surgimiento de una conciencia de la diferencia, y la aparición de un discurso que permitía racionalizar esa diferencia.81

Pero al mismo tiempo los historiadores modernos han percibido que uno de los grandes problemas al que se enfrentaron los monarcas his­panos fue su incapacidad para crear un sistema de gobierno más inte­grados de hacer que las élites procedentes de diversos reinos, y no sólo del reino castellano, colaborasen activamente en la gobernación de la Monarquía. A partir del reinado de Felipe n, los monarcas hispanos li­mitaron al mínimo sus visitas a los diversos reinos que componían la Monarquía hispana. Felipe n fue el último de los Austrias que visitó al menos parte de los reinos italianos, los Países Bajos, Portugal, y los va­rios reinos de.la corona de Aragón. Felipe m nunca salió de la península y dentro de ésta permaneció casi todo su reinado en Castilla -dos visi­tas a Valencia, una (casi simbólica) a Aragón y Cataluña, y una a Portu­gal- son las pequeñas excepciones de un monarca que seguía reclamán­dose como protector de "todos" su reinos y súbditos. Y esta situación poco cambió durante el reinado de Felipe rv. Lo que estos monarcas

"" 1640: La m onarquía hispánica en cris is , Barcelona, 1992, donde se recogen artículos de

varios autores sobre las crisis, o falta de crisis, en los diversos reinos de la Monarquía his­

pana.

K1 John H. Elliott, The R ev o it o f the C atalans, Cambridge, 1963 (hay traducción castella­

na); véanse también los artículos de A. Simón Tarrés, y Antonio Manuel Hespanha en el

libro citado en la nota anterior; y Schaub, "La crise hispanique de 1640. Le modèle des

«révolutions périphériques» en question (note critique)".

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crearon, en definitiva, fue una Monarquía compuesta encabezada por un monarca que estaba "ausente" en todos sus reinos con la excepción de Castilla.

Más trascendente creemos es el hecho de que los monarcas hispanos no hicieron enormes esfuerzos para "cortesanizar" a la nobleza de los reinos no castellanos, o si los hicieron fueron tardíos e incompletos. La necesidad de esta integración de las varias élites regnícolas fue declara­da en multitud de ocasiones por autores como Furió Ceriol (1550), Cam­panella (1600) o el mismo Olivares. Fue este’ último quien, en su famoso "Gran Memorial", planteó la necesidad de atraer a la nobleza de los dis­tintos reinos a servir al monarca "de manera que viéndose casi natura­lizados acá con esta mezcla, por la admisión a los oficios y dignidades de Castilla se olvidasen los corazones de manera de aquellos privilegia­dos, que por entrar a gozar de los de este reino igualmente, se pudiese disponer con negociación esta unión tan conveniente y necesaria".82

Pero, como los trabajos de John Elliott sobre Cataluña, o Fernando Bouza sobre Portugal -por poner sólo dos ejemplos- han demostrado, esta capacidad integradora no fue nunca alcanzada, dejando abierta la posibilidad, como sucedió en 1640, a la aparición de alternativas al dominio del monarca hispano. Lo resume con palabras claras y explica- torias el historiador español Fernando Bouza: el fracaso de los monar­cas hispanos, y de sus validos-favoritos, fue su incapacidad de hacer que los nobles portugueses "quedasen obligados a Castilla". Su influen­cia, sus caudales, sus conexiones "siguieron estando en el reino de ori­gen, [lo que] coadyuvó al final del Portugal de los Felipes".83

K2 M em oria les y c arias del conde duqu e de O livares , John H. Elliott y J. F. de la Peña, eds.,

2 vols., Madrid, 1978-1979, vol. 1, p. 97; c/r. Fernando J. Bouza Alvarez, "La nobleza por­

tuguesa y la corte madrileña hacia 1630-1640. Nobles y lucha política en el Portugal de

Olivares", ponencia presentada en el Centre d'Etudes Portugaises, París, 1992, p. 12.

Agradezco al Dr. Bouza Alvarez por haberme facilitado una copia de tan interesante y

modélico trabajo.

M Bouza Álvarez, "La nobleza portuguesa", p. 13.