año de la diversificación productiva y del fortalecimiento de la educación

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IMPUESTO A LA RENTA RÉGIMEN DE TERCERA CATEGORÍA

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TRIBUTACION

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Page 1: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

IMPUESTO A LARENTA

RÉGIMEN DETERCERA

CATEGORÍA

Page 2: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

E.P. CONTABILIDAD

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA FACULTAD DE CIENCIAS

EMPRESARIALES

CATEDRÁTICO: CPCC. Emiliano Reymundo Soto

CÁTEDRA: Tributación Aplicada

PRESENTADO POR:

Yuliana, BUSTENCIA RAMIREZ

Evelyn, CABRERA CHARAPAQUI

Elizabeth Hilda, CARHUPOMA QUISPE

Jose Luis, CHANCHA CALDERÓN

Betsy Luz, HUAMANI CASO

CICLO: V - A

HUANCAVELICA – PERÚ2015

TEMA

RENTA EMPRESARIAL

Page 3: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

DEDICATORIA:

Con cariño para nuestros padres a quienes les debemos todo lo que tenemos en esta vida.

A los docentes de la E.P. de contabilidad quienes fueron y serán guías en el aprendizaje

Page 4: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

AGRADECIMIENTO

Les damos gracias a nuestros padres por apoyarnos en todo momento, por los valores que nos

han inculcado y por habernos dado la oportunidad de tener una excelente educación en el

transcurso de nuestras vidas. Sobre todo por ser un excelente ejemplo de vida a seguir.

Page 5: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I

Renta empresarial; como se sabe, los contribuyentes del impuesto a la renta pueden dividirse

en dos grandes grupos: las personas naturales (o personas físicas) Y LAS PERSONAS

JURIDICAS (o personas morales)

Ambos grupos de contribuyentes son capaces de desarrollar actividades generadoras de renta,

las cuales pueden ser señaladas por el legislador como indicadores de capacidad contributiva y,

por ello, gravadas con el impuesto a la renta

Así mismo señalar que el concepto de renta tiene particular contenido dependiendo de las

concepciones doctrinarias o de las decisiones legislativas que se consulten para hallar solución

a este problema y dependiendo, también, de si se trata de rentas de personas naturales o

personas jurídica.

CAPÍTULO II

RUS; que es el primer régimen donde se encuentran las personas o negocios de menor

movimiento económico establecido dentro de los rangos establecidos por la Sunat.

CAPÍTULO III

RER; es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y

sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría.

CAPÍTULO IV

Page 6: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

Régimen General; Es un régimen tributario que comprende las personas naturales y jurídicas

que generan rentas de tercera categoría (aquéllas provenientes del capital, trabajo o de la

aplicación conjunta de ambos factores).

CAPÍTULO V

Determinación del impuesto; a fin de establecer la renta neta de tercera categoría o renta neta

empresarial, se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su

fuente, así como los vinculados con la generación de ganancias de capital, en tanto la deducción

no esté expresamente prohibida por la Ley.

RENTA NETA = RENTA BRUTA – GASTOS NECESARIOS

ÍNDICE

Page 7: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación
Page 8: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

Capítulo v

Régimen general de renta

4.1Concepto: por defecto, se encuentran comprendidos en este régimen

tributario, todas aquellas personas, naturales o jurídicas que vienen realizando

Page 9: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

actividades empresariales los mismos que generan rentas de tercera categoría y

que no se hayan acogidos a otros regímenes tributarios como el régimen especial

de renta) RER y el nuevo RUS que es un régimen para personas naturales y

sucesiones indivisas.

En el desarrollo del presente capítulo, vamos mencionar los puntos de importancia

de este régimen, al cual le vamos a acompañar casos prácticos que tienen que

ver con la contabilidad simplificada completa ala que hace referencia el artículo 65

de la ley del impuesto a la renta.

4.2 LIBROS Y REGISTROS QUE DEVEN LLEVAR

4.2.1 NIVEL DE INGRESOS BRUTOS:

Sobre este aspecto, los acogidos al régimen general del IR deberán de

considerar el nivel de ingresos brutos obtenidos en el ejercicio anterior; en el caso

de los que recién inicien actividades, deben considerar los ingresos brutos que

proyecten obtener.

Esta disposición la podemos ubicar en el artículo 65 de la ley de impuesto a la

renta1.

4.2.1.1 CONDICIONES:

Cuando sus ventas acumuladas del año anterior sea menor a 150 UIT:

Están obligados a llevar los siguientes registros

Registro de ventas

Registro de compras

Diario simplificado

Demás perceptores de renta de tercera categoría, llevaran contabilidad conpleta

4.2.1.2MARCOS LEGAL:

Artículo 65 de la LIR

Artículo 38 del reglamento de la LIR

4.2.2 LIBROS Y REGISTROS QUE CONFORMAN LA CONTABILIDAD COMPLETA1 C.P.C. Jose Luis Garcia Quispe/C.P. Luz L. Hirache Flores PAG.285

Page 10: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

La contabilidad completa se encuentra compuesta por los siguientes libros y registros.

Libro de caja y bancos

Libros de inventarios y balances

Libro diario

Libro mayor

Registro de compras

Registros de ventas e ingresos

Asimismo, los siguientes libros y registros integraran la contabilidda completa siempre que el

deudor tributario se encuentre obligado a llevar de acuerdo a las normas de la ley del impuesto

a la renta

Libro de retenciones

Registro de activos fijos

Registro de costos

Registro de inventario permanentes en unidades físicas

Registro de inventario permanente valorizado

4.2.3 Otros libros y/o registros con implicancia tributaria.

Si bien en el numeral anterior se hace referencia a los libros y registros que conforman la

contabilidad simplificada y la contabilidad completa, debe también tomarse en cuenta que por la

realización de ciertas operaciones y actividades, está obligado a implementar otros libros y

registros exigidos por la administración tributaria, así por ejemplo los que vienen prestando

servicios de hospedaje a no domiciliados, deben considerar de que estos deben llevar un registro

de huéspedes, así también lo que han sido designados agentes de retención del IGV, estos

deben llevar registros del régimen de retenciones; en tal razón, conviene mencionar la totalidad

de registros y libros con implicancia publicados vía resolución de superintendencia.

4.2.4 Plazos máximos de atraso en el llevado de libros y registros

Son los siguientes:

Page 11: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

cód.libros y registros vinculado a asuntos

tributarios máximos atraso permitido

1 Libro caja y bancos tres (3) meses2 Libro de ingresos y gastos diez(10) días hábiles

3 Libro de inventarios y balancestres (3) mesesdiez(10) días hábiles

5 Libro diario tres (3) meses6 Libro diario de formato simplificado tres (3) meses7 Libro mayor tres (3) meses8 Registro de activo fijo tres (3) meses9 Registros de compras diez(10) días hábiles

10 Registro de consignaciones diez(10) días hábiles11 Registros de costos tres (3) meses12 Registro de vetas e ingresos diez(10) días hábiles13 Registro de régimen de percepciones diez(10) días hábiles14 Registro de régimen de retenciones diez(10) días hábiles

4.3 comprobante de pago:

4.3.1 operaciones de venta bienes y/o servicios

Los acogidos a presente régimen están facultados a emitir comprobante de pago que permiten

sustentar gastos o costos tales como las facturas, liquidaciones de compra y otros documentos

tales como la nota de bebito y nota de crédito.

También pueden emitir boletas de venta y tickets o cinta emitida por máquina registradora, en tal

caso, estos últimos comprobantes es para cuando se trate de operaciones con consumidores

finales, del cual exige la obligación de emitir a estos comprobantes de pago, cuando la venta es

igual o mayor a 5.00 SOLES, entiéndase que en venta menores a dicho importe, no es

necesario la emisión de comprobante de pago, salvo que del cliente lo solicite

4.3.2 Operaciones de adquisición (bienes y/o servicios)

En esta parte es sabio de que los que se encuentran en el régimen general, al final de un

periodo han de determinar la renta neta y perdida tributaria del ejercicio, del cual para llevar a

dicho resultado se debe comparar los ingresos con los gastos, y de este último, se requiere

que lo gastos y costos se encuentren debidamente acreditados con comprobantes de pago

extendido por terceros de acuerdo al reglamente de comprobantes de pago, correspondiendo en

este caso de que en las adquisiciones de bienes y servicios se pidan factura, recibos por

honorarios, tickets que dan derecho a deducir gastos y/o costos, así como también acreditar en

Page 12: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

tener derecho l IGV como crédito fiscal; claro está que al referirse a gastos y/o, estamos

concentrándonos en aquellos que es necesario se cumpla con esta formalidad delo

comprobantes de pago, por cuanto también hay gastos y/o casos cuya formalidad no es

precisamente estos comprobantes de pago tales el caso de la depreciación, el gasto de cuentas

incobrables, etc.

4.4 tributos:

Por las actividades que realizan, han de tributar con impuestos, contribuciones, además de

cumplir funciones de agente de retención; entre otras se tiene a los siguientes:

IGV, que grava la venta de bienes y prestación de servicios así como también las otras

operaciones del cual se dice que nace la obligación tributaria en monto del IGV es el

equivalente de 18 %. (16% al IGV e IPM 2%)

ISC, es un impuesto que grava la venta de ciertos bienes en el país, realizados a nivel productor

y en la importación de dichos bienes.

IMPUESTO ALA RENTA, en este caso la obligación de tributar por dichos impuestos es el de

manera anual (cuando se determine la renta neta) y mensual, que de acuerdo al artículo 85,

mensualmente se han de realizar pagos cuenta del IR de tercera categoría que le corresponde

determinar al final del periodo.

ESSALUD, contribuciones en la base a 9% de la remuneración asignada al trabajador

Retenciones, como es el caso de retenciones en renta de quinta, ONP, en servicios que

corresponden a rentas de cuarta categoría; y si hubiera sido designado agente de retención y

agente de percepción del IGV, así también el depósito de detracciones, retenciones cuando

acredite pagos no domiciliados, etc.

4.5 medios y lugares de pago para presentar la declaración y pagos de tributos:

4.5.1 medios para realizar las declaraciones y pagos de tributos

Debe presentar sus declaraciones pago IGV- RENTA de todos los meses través de PDT número

621 o el formulario 119, según corresponde, de acuerdo con la fecha que señala en cronograma

de pagos, según su último digito de ruc. Así mismo de tener trabajadores dependientes, deben

presentar sus declaraciones pago retenciones del impuesto a la renta de cuarta y quinta

categoría, contribuciones al ESSALUD y aportes a la ONP a través de PDT planillas

electrónicas- formulario virtual número 601. En el caso de las contribuciones al ESSALUD

podría usar en formulario número 402, siempre que no se encuentre obligado a usar en PDT

Page 13: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

CONCLUSIONES

Rentas empresariales a aquellas que nacen del Impuesto a la Renta de Tercera

Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que

desarrollan las personas naturales y jurídicas

Comprenden las Rentas de Tercera Categoría del Impuesto a la Renta.

Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS (sólo para personas

naturales, sucesiones indivisas y empresas individuales de responsabilidad limitada -

E.I.R.L. domiciliadas en el país)

Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER.

Régimen General del Impuesto a la Renta.

En materia del impuesto a la renta, el concepto de renta es de naturaleza

eminentemente jurídica y por ello, para determinar su contenido debe recurrir en primer

lugar a las propias normas que regulan al referido impuesto.

Por la estructura y por la dinámica propia del impuesto a la renta la determinación de la

renta imponible en caso de la empresa se efectúa esencialmente sobre la base de

normas contables por lo que resulta imprescindibles recurrir al poyo de las ciencias

contables

Page 14: Año de La Diversificación Productiva y Del Fortalecimiento de La Educación

RECOMENDACIONES

1. Profundizar en el conocimiento de los principales problemas en la aplicación de este

impuesto, con especial énfasis en la renta de tercera categoría de las empresas.

2. Que se examine y evalúe los controles de las empresas y sugiera mejoras, para evitar que

un fraude sea cometido, de detectare debilidades significativas en el control, se deberán

ampliar las pruebas para buscar otros indicadores de fraude.

3. Asimismo se recomienda que las actualizaciones en este y en otros temas por parte de los

profesionales sean en forma constante y permanente ya que la carrera es de constantes

cambios.

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BIBLIOGRAFÍA

www.sunat.gob.pe

www.sunat.gob.pe/regimen-general-del-impueto-a-la-renta.

http://www.deperu.com/contabilidad/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-336

http://www.deperu.com/contabilidad/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-356

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ANEXOS

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