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| República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 00647 ( 07 de mayo de 2018 ) Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones” LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Decreto 1625 de 2016, modificado parcialmente por el Decreto 1564 del 2017, Resoluciones 1419 de 2015, 2000 de 2017 y 0843 de 2017, y CONSIDERANDO Que mediante el escrito radicado con número 2017060652-1-000 del 3 de agosto de 2017, la empresa POLYSER S.A.S., con NIT 900.068.655-1, y BANCOLOMBIA S.A., con NIT 890.903.938-8, a través de su Apoderado el señor MILTON LOZANO ORJUELA, identificado con cédula de ciudadanía 16.760.301 y Tarjeta Profesional No. 123.197 del C. S. de la J., presentaron solicitud de certificación de exclusión del Impuesto sobre las Ventas- IVA, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, aplicable a la importación o compra nacional de un (1) Sistema de Trituración (Molino Desgarrador) de Retal Plástico Industrial Reciclado, a ubicarse en la Empresa POLYSER S.A.S., ubicada en la Carrera 27B No. 13 – 215, Zona Industrial Arroyondo, Autopista Cali – Yumbo kilómetro 4, Bodega 10 Bloque 8, en el Municipio de Yumbo, Departamento del Valle del Cauca. Que una vez efectuada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA la revisión de la documentación allegada por los solicitantes, se dio inicio al trámite de Certificación de Beneficios Ambientales a través del Auto 4116 del 20 de septiembre de 2017, el cual fue notificado a POLYSER S.A.S., y al BANCOLOMBIA S.A., el 2 de octubre de 2017, comunicado a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC el 13 de diciembre de 2017 y publicada en la Gaceta de esta Entidad el 31 de enero de 2018. Que mediante Auto 82 del 3 de enero de 2018, esta Autoridad requirió a POLYSER S.A.S., y a BANCOLOMBIA S.A., información adicional con el fin de continuar con el respectivo trámite, el citado Auto fue notificado a POLYSER S.A.S., el 11 de enero de 2018 y a BANCOLOMBIA S.A., el 4 de enero de 2018. Que por medio del documento radicado bajo el número 2018003182-1-000 del 15 de enero de 2018, los solicitantes allegaron la información adicional en respuesta a requerimiento efectuado mediante Auto del 3 de enero de 2018. Que dentro del trámite pertinente el Equipo Técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, valoró la documentación aportada por los

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República de ColombiaMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA –

RESOLUCIÓN N° 00647( 07 de mayo de 2018 )

“Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y

BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones”

LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA

En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Decreto 1625 de 2016, modificado parcialmente por el Decreto 1564 del 2017, Resoluciones 1419 de 2015, 2000 de 2017 y 0843 de 2017, y

CONSIDERANDO

Que mediante el escrito radicado con número 2017060652-1-000 del 3 de agosto de 2017,la empresa POLYSER S.A.S., con NIT 900.068.655-1, y BANCOLOMBIA S.A., con NIT 890.903.938-8, a través de su Apoderado el señor MILTON LOZANO ORJUELA, identificado con cédula de ciudadanía 16.760.301 y Tarjeta Profesional No. 123.197 del C. S. de la J., presentaron solicitud de certificación de exclusión del Impuesto sobre las Ventas- IVA, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, aplicable a la importación o compra nacional de un (1) Sistema de Trituración (Molino Desgarrador) de Retal Plástico Industrial Reciclado, a ubicarse en la Empresa POLYSER S.A.S., ubicada en la Carrera 27B No. 13 – 215, Zona Industrial Arroyondo, Autopista Cali – Yumbo kilómetro 4, Bodega 10 Bloque 8, en el Municipio de Yumbo, Departamento del Valle del Cauca.

Que una vez efectuada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA la revisión de la documentación allegada por los solicitantes, se dio inicio al trámite de Certificación de Beneficios Ambientales a través del Auto 4116 del 20 de septiembre de 2017, el cual fue notificado a POLYSER S.A.S., y al BANCOLOMBIA S.A., el 2 de octubre de 2017, comunicado a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC el 13 de diciembre de 2017 y publicada en la Gaceta de esta Entidad el 31 de enero de 2018.

Que mediante Auto 82 del 3 de enero de 2018, esta Autoridad requirió a POLYSER S.A.S., y a BANCOLOMBIA S.A., información adicional con el fin de continuar con el respectivo trámite, el citado Auto fue notificado a POLYSER S.A.S., el 11 de enero de 2018 y a BANCOLOMBIA S.A., el 4 de enero de 2018.

Que por medio del documento radicado bajo el número 2018003182-1-000 del 15 de enero de 2018, los solicitantes allegaron la información adicional en respuesta a requerimiento efectuado mediante Auto del 3 de enero de 2018.

Que dentro del trámite pertinente el Equipo Técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, valoró la documentación aportada por los

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 2 de 12

“ Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y

BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

peticionarios, emitiendo el Concepto Técnico 00992 del 14 de marzo de 2018, el cual hace parte integral del presente acto administrativo, y que señala, entre otros aspectos, lo siguiente:

“(…)

3. ANÁLISIS TÉCNICO

Una vez revisado el expediente EBT3031-00, se encuentra que los usuarios allegaron en vigencia de la Resolución 978 de 2007, la información y documentación necesaria para obtener la certificación ambiental para acceder al incentivo de Exclusión de IVA de que trata el artículo 424 numeral 7.

Teniendo en cuenta lo anterior, se resalta que la Resolución 978 del 4 de junio de 2007, fue derogada por el Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 del 25 de septiembre 2017, en lo que respecta a los requisitos y procedimientos establecidos para evaluar las solicitudes fundamentadas en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, el cual dispuso que le corresponde al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible establecer mediante resolución la forma y requisitos como han de presentarse las solicitudes de certificación, con miras a obtener la exclusión del Impuesto sobre las Ventas -IVA a que se refieren los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario, lo que ocurrió mediante la Resolución 2000 del 29 de septiembre de 2017.

En tal sentido y teniendo en cuenta el cambio normativo antes expuesto, esta Autoridad procedió a realizar la evaluación, con el fin de verificar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución 2000 del 29 de septiembre de 2017, al no haber existido una situación jurídica consolidada.

Teniendo en cuenta lo anterior y una vez analizada la información aportada por los usuarios, se encuentra lo siguiente:

3.1 La empresa POLYSER S.A.S. se dedica a la transformación, distribución, comercialización, importación, exportación y en general compra y venta de materias primas y materiales para la industria plástica y en esta oportunidad presentó ante esta Autoridad solicitud de Certificación ambiental para acceder al Incentivo Tributario de Exclusión del Impuesto sobre las Ventas – IVA fundamentado en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario para la adquisición de un Sistema de Trituración - Molino Desgarrador - de Retal plástico industrial reciclado en conjunto con el set de cuchillas que se integra a este equipo.

El equipo objeto de la solicitud tiene como función realizar la trituración del material plástico reciclado que se acopia en las instalaciones de POLYSER S.A.S., el cual posteriormente será procesado para ser reintegrado como materia prima al ciclo productivo. El Sistema de Trituración – Molino Desgarrador en conjunto con el set de cuchillas se instalará en la sede de la empresa POLYSER S.A.S. ubicada en la Carrera 27B No. 13 – 215, Zona industrial Arroyohondo, Autopista Cali – Yumbo kilómetro 4, Bodega 10 Bloque 8, municipio de Yumbo, departamento de Valle del Cauca.

3.2 Teniendo en cuenta la definición de Sistema de Control Ambiental establecida en el Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 del 2017, el equipo Sistema de Trituración - Molino Desgarrador- de Retal plástico industrial reciclado en conjunto con el set de cuchillas, formará parte integrante del Proceso General del Reciclado del Plástico que se lleva a cabo en la empresa POLYSER S.A.S. - representado en la Figura 1 del presente concepto técnico - el cual conforma en sí mismo un Sistema de Control Ambiental toda vez que dentro de sus funciones se encuentra el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables en el mejoramiento de la calidad de los residuos plásticos y por ende en la reducción del volumen de residuos sólidos que se disponen en los rellenos sanitarios.

3.3 Con la implementación del Sistema de Trituración - Molino Desgarrador - de Retal plástico industrial reciclado en conjunto con el set de cuchillas, dentro del Proceso general del Reciclado del Plástico de la empresa POLYSER S.A.S., los beneficios ambientales

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 3 de 12

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BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

obtenidos corresponden a 748,8 toneladas por año de residuos de plástico tratados que se dejan de disponer en rellenos sanitarios, por ende, son reciclados y reintegrados como materia prima al ciclo productivo. Es pertinente señalar que dicha cantidad corresponde a los residuos que triturará el equipo objeto de solicitud en particular, y que luego será tratado por el sistema de control del que hace parte la trituradora.

3.4 Esta Autoridad a través de Auto No. 82 del 03/01/2018 requirió a los usuarios ajustar los formatos presentados dentro de su solicitud de conformidad con lo establecido en el Anexo de la Resolución 2000 de 2017. De acuerdo con lo anterior y en respuesta a los requerimientos realizados, los usuarios a través de documento con No. de Radicado 2018003182-1-000 del 15/01/2018 presentan la información requerida de conformidad con lo establecido en la Resolución mencionada. En consecuencia, se da cumplimiento a los requerimientos realizados en el Auto No. 82 del 03/01/2018.

3.5 Hoy en día1 existe una gran cantidad de productos plásticos en el mercado utilizándose en todo tipo de sectores (industria, agricultura, construcción, automoción, etc.). El incremento en el uso de estos productos en los últimos 30 años está provocando que cada vez haya más residuos plásticos. Además, debido a su obtención a partir del petróleo y a su gran resistencia a la degradación, es muy importante realizar el reciclado de plásticos. Desde el punto de vista químico, los plásticos son polímeros (sustancias formadas por cadenas largas de moléculas repetidas), la mayoría sintéticos que, debido a sus buenas propiedades, tienen gran cantidad de aplicaciones y usos.

GESTION DE LOS RESIDUOS PLÁSTICOS

Una vez ha finalizado la vida útil de cada plástico, y son apartados de la sociedad pasan a formar parte del conjunto de residuos. Con el paso del tiempo, se observa que cada vez hay más acumulación de estos residuos y se debe al excesivo consumo que conlleva una sociedad capitalista, por otra parte, podemos considerar como causante el avance que permite la síntesis de productos los cuales son imposibles de degradar por parte de la naturaleza.

Precisamente los plásticos al ser productos de síntesis son materiales muy resistentes e inalterables a las condiciones del medioambiente por lo que presentan tiempos de residencia largos. Para reducir el volumen de estos residuos es necesario aplicar tratamientos cuyo objetivo es recuperar el valor económico y energético que conlleva estos materiales, primordialmente de su materia prima, el petróleo.

Métodos de ReciclajeExisten varios tipos de reciclado de plásticos, pero para todos, el primer paso a seguir es realizar la recogida selectiva de los plásticos en origen por los consumidores. Una vez recogido el plástico, se clasifica según el color y tipo de material (PET, PEAD, Mezcla) y se procede a su lavado, compactado y almacenado. Una vez en la planta de reciclaje, el plástico se clasifica según sus características físicas.

Existen dos métodos para el reciclado de plásticos:

- Reciclaje Mecánico:Este tipo de reciclado se considera para aquellos productos procedentes del consumo, es decir, para aquellos que hayan tenido ya una utilización, es necesario aclarar que en este reciclado no entran aquellos productos que son resultado de una producción fallida o restos de esta, que se reciclan o se venden a otras empresas. El procedimiento que se lleva a cabo consiste en trocear el material e introducirlo en una extrusora para así fabricar material plástico reciclado para su posterior transformación.

Un plástico que ha sido utilizado pierde cierto grado de sus propiedades ya sea debido al inicio de su degradación que puede sufrir durante su uso o por la presencia de sustancias

1 Reciclado de Plásticos. Consultado el 28 de febrero de 2018. Disponible en línea:[ https://twenergy.com/a/reciclado-de-plasticos-542 ]

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 4 de 12

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que se encuentren en el entorno. Esta atenuación de las propiedades hace que los plásticos reciclados deban emplearse en la fabricación de productos diferentes a los de su uso inicial.

- Reciclaje químico: Se basa en degradar los materiales plásticos, mediante calor o con catalizadores, hasta tal punto que se rompan las macromoléculas y queden solamente moléculas sencillas comúnmente llamadas monómeros. A partir de estos monómeros, se podrían conseguir otros tipos de plásticos o combustibles según la técnica utilizada. Esta técnica pese a ser menos utilizada que la mecánica, es la más prometedora, ya que al obtener monómeros básicos se pueden volver a hacer plásticos de la misma calidad que los originales.

Los plásticos reciclados pueden usarse para hacer:

• Madera plástica: para la creación de mobiliario urbano (bancos, vallas, etc.)• Fibra textil: para ropa, alfombras, cuerdas, etc.• Botellas: la mayoría de las botellas se vuelven a reciclar para obtener más botellas.• Construcción: ladrillos, tuberías, vallas, etc.

Es muy importante que los consumidores conozcan las distintas aplicaciones que se obtienen a partir del reciclado de plásticos para que así se genere conciencia en la importancia de reciclar.

3.6 La gestión integrada de residuos sólidos involucra diferentes etapas como lo son: la reducción en el origen, el aprovechamiento y valorización, el tratamiento y transformación, y disposición final controlada. Es el conjunto de operaciones y disposiciones encaminadas a dar a los residuos producidos el destino más adecuado desde el punto de vista ambiental, de acuerdo con sus características, volumen, procedencia, costos, tratamiento, posibilidades de recuperación, aprovechamiento, comercialización y disposición final2.

De manera específica el aprovechamiento se define como el proceso mediante el cual los materiales recuperados se reincorporarán al ciclo económico y productivo en forma eficiente. El aprovechamiento implica la separación y recogida de materiales residuales en su lugar de origen y la preparación de estos materiales para la reutilización, el reprocesamiento, la transformación en nuevos productos y recuperación energética, siempre y cuando conlleve beneficios sanitarios, ambientales, sociales y/o económicos3.

La disposición final de los residuos plásticos4 tiene un impacto ambiental en la medida en que los residuos sólidos sean eliminados en botaderos a cielo abierto, siendo ésta una práctica que predomina en la mayoría de los municipios de Colombia. Según la Política de Manejo Integral de Residuos Sólidos, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, esta práctica se ha favorecido por: - la falta de aplicación de tecnologías alternativas para el tratamiento, aprovechamiento y disposición final de los residuos; - falta de coordinación interinstitucional del tema; - falta de recursos financieros por parte de los municipios; - énfasis en la determinación de los costos de recolección y transporte de forma que la tarifa de aseo no involucra los costos reales de un sistema de eliminación, tratamiento o disposición final; - falta de empresas de aseo consolidadas que ofrezcan alternativas en el manejo de los residuos sólidos (las empresas establecidas ofrecen las tradicionales fases de recolección, transporte y disposición final, únicamente), entre otras, todo lo cual origina un desconocimiento a nivel municipal de la existencia de tecnologías alternas para el manejo de los residuos sólidos.

Desde 1997 el Estado Colombiano ha tomado medidas para reglamentar el aprovechamiento y valorización de los residuos sólidos, como son: - La Política de Manejo Integral de Residuos Sólidos; - El Decreto 1713 de 2002; - La Resolución 1045 de 2003 y

2 Decreto 2981 de 2013. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.3 Política Nacional Para la Gestión de Residuos Sólidos. Ministerio del Medio Ambiente (2001).4 Sector Plásticos - Principales procesos básicos de transformación de la industria plástica y Manejo, aprovechamiento y disposición de residuos plásticos post-consumo. Guías Ambientales. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Viceministerio de Ambiente - Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible (2004). Consultado el 28 de febrero de 2018. Disponible en línea: [https://redjusticiaambientalcolombia.files.wordpress.com/2012/09/guias-ambientales-sector-plc3a1sticos.pdf ]

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una serie de disposiciones a nivel legal que impulsan la separación en la fuente de los diferentes tipos de residuos domiciliarios, la recolección selectiva de los residuos, la existencia de centros de acopio y el fomento de las actividades propias de la recuperación de los residuos como el reciclaje y el compostaje.

En el caso de los plásticos, la situación a lo largo de los años no ha sido muy distinta a la de los otros materiales. La falta de separación en la fuente y la gran variedad de plástico que existe en el mercado de difícil identificación por parte del productor, representan algunos de los mayores problemas para su selección y posterior tratamiento.

En consecuencia, la Alcaldía Municipal de Santiago de Cali presenta la actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos – PGIRS5 - que desde el año 2014 se empezó a desarrollar a partir de la expedición de la normatividad nacional, que a través de la Resolución 0754 de 2014, señaló la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los PGIRS de todos los municipios del país.

En este sentido, la Administración Municipal a través del Departamento Administrativo de Planeación Municipal se propuso como objetivo de la actualización del PGIRS, establecer un instrumento de planificación municipal para la prestación del servicio público de aseo y la gestión integral de los residuos sólidos en Santiago de Cali, para lo cual se formularon catorce programas en donde se establece la línea base que define su punto de partida; los lineamientos que se trazan como una guía para su desarrollo; los objetivos y las metas que se pretenden lograr; el cronograma a corto, mediano y largo plazo; y finalmente el plan financiero que se proyecta invertir para dar cumplimiento a lo establecido en cada uno de los programas.

El Decreto 1077 de 2015 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo, en su Artículo 88 hace mención a la obligatoriedad de los municipios colombianos de elaborar, implementar y mantener actualizado el PGIRS. Asimismo, la Resolución 0754 del 25 de Noviembre de 2014, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, adopta la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los PGIRS municipales; razón por la cual el municipio de Santiago de Cali se dio a la tarea de ajustar su PGIRS acorde a lo establecido en la normativa nacional, para lo cual realizó inicialmente la evaluación de la implementación del PGIRS a lo largo de seis años (2009 a 2014), definiéndose la línea base que permitió determinar las necesidades que se tienen frente a la gestión de los residuos sólidos, para posteriormente adelantar un proceso intersectorial y participativo durante el presente año, dando como resultado un documento que recoge la nueva visión de ciudad, acorde con las situaciones que el mundo a nivel global está viviendo, así como aquellas que de manera particular se viven en Santiago de Cali, a las cuales se les da respuesta a partir de la formulación de un conjunto de Programas y Proyectos con el objetivo de implementar una Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Es indispensable tener en cuenta que los distintos modelos utilizados para alcanzar una Gestión Integral de los Residuos Sólidos (GIRS) a nivel municipal son resultado de una combinación de prácticas, técnicas y programas capaces de lograr la optimización en el uso de recursos y un máximo aprovechamiento de las fracciones útiles contenidas en los distintos materiales de dichos residuos, los cuales pueden ser manejados y dispuestos de manera separada. Asimismo, los nuevos modelos de gestión buscan las mejores soluciones para la prevención de impactos ambientales negativos propiciando diferentes formas de intervención.

Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, se encuentra que la actividad de reciclaje a la cual se vinculará el equipo objeto de la solicitud es necesaria para poder desarrollar la política para la gestión integral de residuos formulada por el Ministerio de Medio Ambiente, hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al igual que para el desarrollo del PGIRS de la ciudad de Cali.

5 Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos de Santiago de Cali – PGIRS 2015 – 2027.

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 6 de 12

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BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

(…)”

Que la citada solicitud fue analizada por el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios el día 21 de marzo de 2018 en sesión No. 98, resultado del cual se recomendó emitir la Certificación Ambiental para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA, sobre los elementos y equipos relacionados en el artículo primero del presente acto administrativo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Que el numeral 7° del artículo 424 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 38 de la Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012, señala como excluidos del Impuesto Sobre las Ventas – IVA a:

“Los equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes, para lo cual deberá acreditarse tal condición ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible”.

Que el Decreto 1564 del 25 de septiembre de 2017, en su artículo 2 adiciono el artículo 1.3.1.14.25 al Capítulo 14, Titulo 1, Parte 3, Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, el cual quedó en los siguientes términos:

“Artículo 1.3.1.14.25. Elementos o equipos que son objeto del beneficio tributario previsto en el artículo 424 numeral 7. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), o quien haga sus veces, certificará en cada caso, los elementos, equipos y maquinaria que de conformidad con el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, estén destinados a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo ambiental para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes”.

Que bajo ese sentido, el artículo 1.3.1.14.4. del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1° del Decreto 1564 de 2017, adoptó, entre otras, la siguiente definición:

“a). Sistema de control ambiental. Es el conjunto ordenado de equipos, elementos, o maquinaria nacionales o importados, según sea el caso, que se utilizan para el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables de disminución de la demanda de recursos naturales renovables, o de prevención y/o reducción del volumen y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, emisiones atmosféricas o residuos sólidos. Los sistemas de control pueden darse al interior de un proceso o actividad productiva lo que se denomina control ambiental en la fuente, y/o al finalizar el proceso productivo, en cuyo caso se hablará de control ambiental al final del proceso;”

Que el artículo 1.3.1.14.6. del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017, estableció la vigencia de la certificación de la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA, de la así:

“Las certificaciones sobre calificación expedidas para efectos de la exclusión de impuesto a las ventas IVA por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), o quien haga sus veces, en virtud de lo dispuesto por los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario, tendrán vigencia de un (1) año, el cual se contará a partir de la fecha de su expedición”.

Que el 1.3.1.14.9. del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017, señala:

“En virtud de lo previsto en los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), o quien haga sus veces, enviará a la Subdirección de Fiscalización Tributaria, o a la dependencia que haga sus veces de la

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 7 de 12

“ Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y

BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), copia de las certificaciones sobre calificación de bienes beneficiados con la exclusión del impuesto a las ventas IVA, expedidas en cumplimiento del presente decreto, para efectos de que esta última realice las diligencias de vigilancia y control de su competencia”.

Que el artículo 1.3.1.14.10 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 de 2017, prescribe:

“Quienes vendan en el país bienes objeto de la certificación de que trata el presente capitulo deberán conservar fotocopia de la misma con el fin de soportar la operación excluida del impuesto sobre las ventas. El importador beneficiario de la exclusión debe presentar la certificación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA o quien haga sus veces, como soporte de la declaración de importación.”

Que mediante la Resolución 2000 del 29 de septiembre de 2017 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible estableció la forma y requisitos para presentar las solicitudes de acreditación para obtener la certificación de que tratan los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto, con miras a obtener la exclusión de impuestos sobre las ventas.

Que por otra parte, es preciso indicar que la solicitud objeto de la presente Certificación Ambiental fue presentada por POLYSER S.A.S., y BANCOLOMBIA S.A., en vigencia del Decreto 2532 del 27 de noviembre de 20016 y de la Resolución 978 del 4 de junio de 20077, normativa que fue derogada por el Decreto 1564 de 2017, modificado por el Decreto 1625 de 2016.

En tal sentido y teniendo en cuenta el cambio normativo antes expuesto, esta Autoridad en aras de dar continuidad con el trámite de certificación ambiental para acceder a la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de que trata el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, acogerá el Principio de Retrospectividad, entendido este, como la aplicación de una nueva norma a situaciones fácticas y jurídicas que se han originado con anterioridad a su expedición, pero que no han sido consolidadas al momento de entrar a regir la nueva disposición legal.

Al respecto la Honorable Corte Constitucional, se ha pronunciado de la siguiente manera sobre el Principio de Retrospectividad:

“(…) La aplicación retrospectiva de una norma jurídica comporta la posibilidad de afectar situaciones fácticas y jurídicas que se han originado con anterioridad a su vigencia, pero que aún no han finalizado al momento de entrar a regir la nueva norma, por encontrarse en curso la aludida situación jurídica (…)” 8

Así mismo, la Corte Constitucional, se refiere al mismo así:

“(…) La retrospectividad es un efecto connatural a todas las regulaciones jurídicas y versa sobre su aplicación respecto de asuntos que, si bien estaban regulados por la ley derogada, no generaron situaciones consolidadas ni derechos adquiridos, sino que se mantienen a la entrada en vigencia de la nueva ley, por lo que se incorporan integralmente a dicha regulación, sin importar el estado en el que se encuentran. En este orden de ideas, la retrospectividad implica una simple modificación de las situaciones jurídicas no consolidadas al amparo de una ley, como consecuencia de un tránsito normativo. (…)”9

6 “Por el cual se reglamenta el numeral 4 del artículo 424-5 y el literal f) del artículo 428 del Estatuto Tributario”7 “Por la cual se establece la forma y requisitos para presentar ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial las solicitudes de acreditación para obtener la certificación de que tratan los artículos 424-5 numeral 4 y 428 literales f) e i) del Estatuto Tributario, con miras a obtener la exclusión de impuesto sobre las ventas correspondiente”8 Corte Constitucional. Sentencia de tutela T-110 de 22 de febrero de 2011. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva.9 Corte Constitucional. Sentencia C-068 del 13 de febrero de 2013. M.P. Dr. Luis Guillermo Guerrero Pérez

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 8 de 12

“ Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y

BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

De otra parte, el Consejo de Estado Sección Segunda – Subsección B Consejero Ponente CARMELO PERDOMO CUÉTER con radicado No. 15001-23-33-000-2012-00193-01(4575-13), del 28 de septiembre de 2016, sobre el mismo tema manifestó lo siguiente:

“(…)

El fenómeno de retrospectividad de las normas de derecho (referido a tiempo pasado), ha sido definido por la jurisprudencia constitucional como aquel que se presenta «cuando las mismas se aplican a partir del momento de su vigencia, a situaciones jurídicas y de hecho que han estado gobernadas por una norma anterior, pero cuyos efectos jurídicos no se han consolidado al momento de entrar a regir la nueva disposición»; en pocas palabras, esto significa que por regla general las normas jurídicas comienzan a regir de manera inmediata y hacia el futuro, salvo que haya situaciones fácticas y jurídicas que se originaron antes de su vigencia y no han finalizado”

Bajo ese orden de ideas y dado que la solicitud presentada por POLYSER S.A.S., y BANCOLOMBIA S.A., se haya realizado en vigencia del Decreto 2532 del 27 de noviembre de 2001 y de la Resolución 978 del 4 de junio de 2007, estas normas se encuentran derogadas, por lo que el trámite no culminara con dichas disposiciones. Así las cosas, el tramite solicitado por la sociedad de Certificación Ambiental para acceder a la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de que trata el artículo el 424 numeral 7 del Estatuto Tributario terminara de surtirse con las disposiciones dadas por el Decreto 1564 de 2017 y la Resolución 2000 de 2017.

Así las cosas, con fundamento en lo antes expuesto la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA considera procedente tramitar la presente solicitud de certificación ambiental para acceder a la exclusión del IVA conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, bajo la reglamentación establecida en el Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017 y en la Resolución 2000 de 2017.

Que por otra parte, el procedimiento para la obtención la Certificación de beneficios tributarios de deducción sobre impuesto de renta y complementarios y exclusión de IVA, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, mediante Resolución 1419 del 6 de noviembre de 2015, conformó el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios con el objeto de analizar las solicitudes para recomendar o no el otorgamiento de la certificación de los beneficios tributarios en material ambiental.

Que según lo dispuesto en el inciso 2° de artículo 3° de la Resolución 1419 del 06 de noviembre de 2015 el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios debe “Emitir las recomendaciones referentes a la procedencia o improcedencia de la certificación (…) para firma del Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.”

Que es importante destacar que el Concepto Técnico 00992 del 14 de marzo de 2018, indicó que los elementos objetos de la petición, tienen como función realizar la trituración del material plástico reciclado que se acopia en la empresa, el cual es procesado y reintegrado como materia prima al ciclo productivo, el cual conforma en sí mismo un Sistema de Control Ambiental, dado que dentro de sus funciones se encuentra el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables en el mejoramiento de la calidad de los residuos plásticos y por ende en la reducción del volumen de residuos sólidos que se disponen en los rellenos sanitarios.

Así las cosas y como lo determina el referido concepto, los beneficios ambientales estimados que se obtendrán corresponden a 748,8 toneladas por año de residuos de plástico tratados que se dejan de disponer en rellenos sanitarios, los cuales son reciclados y reintegrados como materia prima al ciclo productivo.

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 9 de 12

“ Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y

BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

Que efectuadas las anteriores consideraciones, acogiendo el Concepto Técnico 00992 del 14 de marzo de 2018, emitido por la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA y la recomendación del Comité Evaluador de Beneficios Tributarios en sesión No. 98 del 21 de marzo de 2018, este Despacho considera que se deben certificar los elementos relacionados en el artículo primero del presente acto administrativo, para obtener la exclusión del impuesto sobre las ventas – IVA. Lo anterior, teniendo en cuenta que los mismos constituyen un Sistema de Control Ambiental necesario para el cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 de 2017

Que es importante precisar que, de conformidad con el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, el cual determina que “Por regla general, contra los actos definitivos procederán los siguientes recursos: 1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque…”, resulta conducente disponer la procedencia del recurso de reposición contra el presente proveído, por tratarse de un acto administrativo que ostenta la condición de definitivo, toda vez que se adopta una decisión de fondo.

Que mediante Decreto Ley 3573 de 2011 se creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país.

Que en el artículo 3° del Decreto Ley 3573 del 2011 se establecen dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la ley y los reglamentos.

Que en el numeral 2° del artículo 10 del citado decreto, se establece dentro de las funciones del Despacho del Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales.

Que mediante Resolución 0843 del 8 de mayo de 2017 el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible nombró en el empleo de Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA a la funcionaria CLAUDIA VICTORIA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.777.191.

Que en mérito de lo expuesto,RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Certificar que son acreditables los siguientes elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas – IVA, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, presentada por POLYSER S.A.S., con NIT 900.068.655-1, y BANCOLOMBIA S.A., con NIT 890.903.938-8, según lo expuesto en la parte motiva de esta Resolución y conforme con la siguiente descripción técnica:

ElementoEquipo

Maquinaria

Subpartida Arancelaria Cantidad Marca Modelo

ReferenciaFabricanteProveedor

ProveedorVendedor

Función en el sistema de control y

monitoreo ambiental

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 10 de 12

“ Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y

BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

ElementoEquipo

Maquinaria

Subpartida Arancelaria Cantidad Marca Modelo

ReferenciaFabricanteProveedor

ProveedorVendedor

Función en el sistema de control y

monitoreo ambiental

Sistema de Trituración (Molino Desgarrador) de Retal Plástico Industrial Reciclado

8477.80.00.00 Una (1) Unidad GENOX V600

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd.

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd./Bancolombia S.A

*Incluye Set de Cuchillas destinado al Sistema de Trituración (Molino Desgarrador)

8208.90.00.00 Un (1) Set GENOX V600

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd.

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd./Bancolombia S.A

El material plástico que se tritura o muele con el Sistema de Trituración, tiene una presentación final de pequeñas hojuelas o gránulos, que se guardan o almacenan en grandes sacos tipo “Big-Bag” para su posterior comercialización.

Reciclar y triturar o moler estos materiales, para aumentar el reúso industrial, optimiza los procesos que permiten aumentar la cantidad de material reciclado, maximizando la vida útil y preservación de los rellenos sanitarios.

PARÁGRAFO PRIMERO.- La presente certificación se expide única y exclusivamente para acreditar que los bienes relacionados en el presente artículo, los cuales hacen parte de un Sistema de Control Ambiental necesario para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares legales ambientales vigentes, como cumplimiento del requisito establecido en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, y sin perjuicio de la responsabilidad que asume el beneficiario de la misma por la veracidad de la información presentada y el buen manejo de la certificación que se otorga.

PARÁGRAFO SEGUNDO. - El término de vigencia de la presente certificación es de un (1) año contado a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones tributarias contempladas en las normas que regulan la materia.

ARTÍCULO SEGUNDO. - En caso de requerir la modificación de la subpartida arancelaria, marca, modelo o referencia, fabricante, proveedor o vendedor, del elemento relacionado en el artículo 1° del presente acto administrativo, POLYSER S.A.S., y BANCOLOMBIA S.A., deberán presentar la respectiva petición debidamente motivada, junto con el formato 1 anexo a la Resolución 2000 de 2017 en medio magnético no protegido, dentro de los seis (6) meses siguientes contados a partir de la ejecutoria de esta Certificación; lo anterior, conforme al artículo 8° de la citada Resolución.

PARÁGRAFO. - En el evento en que la modificación de la Certificación verse sobre aspectos diferentes a los enunciados en este artículo, los titulares de la misma deberán presentar una nueva solicitud con el lleno de los requisitos legales que defina la normativa vigente.

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Resolución No. 00647 Del 07 de mayo de 2018 Hoja No. 11 de 12

“ Por la cual se certifica que son acreditables los elementos objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por POLYSER S.A.S. y

BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

ARTÍCULO TERCERO. - Notificar el presente acto administrativo a POLYSER S.A.S., y a BANCOLOMBIA S.A., a través de su apoderado y/o su Representante Legal o debidamente constituido.

ARTÍCULO CUARTO. - Comunicar el presente acto administrativo a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC, para los fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO. - Enviar copia de la presente certificación a la Subdirección de Fiscalización Tributaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, con el fin de que ésta realice las diligencias de vigilancia y control de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO. - Publicar el contenido de este acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad.

ARTÍCULO SÉPTIMO. - Contra el presente acto administrativo, procede el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 07 de mayo de 2018

CLAUDIA VICTORIA GONZÁLEZ HERNÁNDEZDirectora General

EjecutoresMARTHA JUDITH HERNANDEZ MUÑOZAbogada Revisor / L�derNEIL JAVIER VANEGAS PALACIOProfesional Jurídico/Contratista MARGIT IVETTE SOLARTE LIEVANOSubdirectora de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales ANDREA TORRES TAMARAAbogado/Contratista

Expediente No. EBT3031-00 Concepto Técnico N° 00992 del 14 de marzo de 2018 Fecha: 28 de marzo de 2018

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BANCOLOMBIA S.A. y se toman otras determinaciones ”

Proceso No.: 2018055390

Archívese en: EBT3031-00 Plantilla_Resolución_SILA_v3_42852

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad.

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Expediente: EBT3031-00POLYSER S.A.S. – BANCOLOMBIA S.A.

Concepto Técnico de Evaluación Beneficios Tributarios Exclusión IVA

2018029989-3-000

CONCEPTO TÉCNICO No. 00992 del 14 de marzo de 2018

FECHA

EXPEDIENTE: EBT3031-00

INTERESADO: 1. POLYSER S.A.S.2. BANCOLOMBIA S.A.

UBICACIÓN:

1. Carrera 27B No. 13 – 215, Zona industrial Arroyohondo, Autopista Cali – Yumbo Km 4 – Bodega 10 Bloque 8, Yumbo Valle del Cauca

2. Carrera 48 No. 26 – 85 Torre Norte, Medellín - Antioquia

NIT: 1. 900.068.655-12. 890.903.938.8

TELÉFONO: 1. (2) 489 33 692. (2) 404 60 00

ASUNTO: EvaluaciónVALOR DE LA INVERSION ANTES DEL IVA: $38.494.737VALOR DE LA EXCLUSIÓN: $7.314.000

1. ANTECEDENTES

DOCUMENTOSTIPO No FECHA DESCRIPCIÓN

Radicado 2017060652-1-000 03/08/2017

Por medio del cual las empresas POLYSER S.A.S. y BANCOLOMBIA S.A., presentaron ante esta Autoridad solicitud de Certificación ambiental para acceder al Incentivo Tributario de Exclusión del Impuesto sobre las Ventas – IVA fundamentado en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario aplicable a la adquisición de un Sistema de Trituración – Molino Desgarrador – de Retal Plástico Industrial reciclado en

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DOCUMENTOS DESCRIPCIÓNTIPO No FECHAconjunto con el Set de cuchillas destinado al sistema de trituración.

Auto 4116 20/09/2017

Por el cual se inicia el trámite administrativo de Certificación ambiental para acceder al incentivo de Exclusión del Impuesto sobre las Ventas – IVA y se toman otras determinaciones. De igual manera, se declara formalmente abierto el Expediente EBT3031-00 para su evaluación dentro del presente concepto técnico.

Concepto técnico 6051 30/11/2017

Mediante medio del cual el Grupo técnico de Beneficios Tributarios requiere información adicional a los usuarios.

Auto 82 03/01/2018Por el cual se requiere una información adicional y se toman otras determinaciones.

Radicado 2018003182-1-000 15/01/2018

A través del cual los usuarios presentan ante esta Autoridad la información requerida a través de Auto No. 82 del 03/01/2018, la cual será evaluada dentro del presente concepto técnico.

2. ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN APORTADA

2.1. Fundamento de la Solicitud

La solicitud se fundamenta en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, reglamentado por el Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 de 2017 y la Resolución MADS 2000 de 2017.

2.2. Elementos, Equipos y/o Maquinaria objeto de la Solicitud

En la Tabla relacionada a continuación se listan los equipos y elementos objeto de la solicitud:

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Tabla 1. Especificaciones del Elemento, Equipo y/o Maquinaria

ElementoEquipo

Maquinaria

Subpartida Arancelaria Cantidad Marca Modelo

ReferenciaFabricanteProveedor

ProveedorVendedor

Valor total en pesos

colombianos

(Sin incluir IVA)

Valor IVA en pesos

colombianos

Función en el sistema de control

y monitoreo ambiental

Sistema de Trituración (Molino Desgarrador) de Retal Plástico Industrial Reciclado

8477.80.00.00

Una (1) Unidad GENOX V600

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd.

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd./Bancolombia S.A

$ 36.300.000

$ 6.897.000

*Incluye Set de Cuchillas destinado al Sistema de Trituración (Molino Desgarrador)

8208.90.00.00 Un (1) Set GENOX V600

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd.

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd./Bancolombia S.A

$ 2.194.737 $ 417.000

El material plástico que se tritura o muele con el Sistema de Trituración, tiene una presentación final de pequeñas hojuelas o gránulos, que se guardan o almacenan en grandes sacos tipo “Big-Bag” para su posterior comercialización.

Reciclar y triturar o moler estos materiales, para aumentar el reúso industrial, optimiza los procesos que permiten aumentar la cantidad de material reciclado, maximizando la vida útil y preservación de los rellenos sanitarios.

TOTAL $38.494.737

$7.314.000

Fuente: Radicado No. 2018003182-1-000 del 15/01/2018 – EBT3031-00 – Formato 1

De conformidad con la información presentada por el usuario, el valor del IVA corresponde al 19% del Valor total de la Inversión.

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2.3. Localización Geográfica

Los usuarios afirman que los equipos y elementos objeto de la solicitud, serán instalados en la Sede de la empresa POLYSER S.A.S. ubicada en la Carrera 27B No. 13 – 215, Zona industrial Arroyohondo, Autopista Cali – Yumbo kilómetro 4, Bodega 10 Bloque 8, municipio de Yumbo, departamento de Valle del Cauca.

2.4. Descripción y Objeto del Sistema de Control

Los usuarios aportan la información correspondiente al proceso de reciclaje que se lleva a cabo en la Planta de la empresa POLYSER S.A.S. indicando donde se integrarán los equipos y elementos objeto de la solicitud:

Una de las características de nuestro tiempo es el aumento incontrolado en la producción y acumulación de residuos sólidos.

Como solución a este antecedente se tiene la opción de acuerdo a políticas ambientales, de reconocer la valoración y aprovechamiento. En el caso que nos ocupa, la Trituración de plásticos, cumple función fundamental en el proceso de reciclaje, pues genera la posibilidad de en los procesos siguientes, determinar como materia prima el material proveniente de retales Post industriales, para reutilizarlos en nuevos productos de la industria plástica.

Se detalla a continuación el proceso de reciclaje que se lleva a cabo dentro de la Planta de POLYSER, indicando donde se integrará el Sistema objeto de la solicitud de incentivos tributarios correspondiente al proceso punto “4.- Molienda o Triturado”:

Figura 1. Proceso de Reciclado el Plástico

Fuente: Radicado No. 2017060652-1-000 del 03/08/2017 – EBT3031-00

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Expediente: EBT3031-00POLYSER S.A.S. – BANCOLOMBIA S.A.

Concepto Técnico de Evaluación Beneficios Tributarios Exclusión IVA

Los usuarios afirman que el material plástico que se tritura o muele con el Sistema de Trituración, seguidos de los procesos 5 a 11, tiene una presentación final de pequeñas hojuelas o gránulos, que se empacan y almacenan en grandes sacos tipo “Big-Bag” para su posterior comercialización.

La recuperación de materiales plásticos a través de los diferentes procesos de reciclaje genera material prima reciclada o secundaria, que disminuye el uso de resinas vírgenes en los procesos de producción de plásticos, con lo cual se disminuye la necesidad de explotación y utilización de petróleo para estos fines. Cabe enfatizar que, al no ser renovable, el petróleo enfrentará en un futuro problema de escasez y sus costos se incrementaran cada vez más a medida que disminuyen las reservas del recurso.

Por otro lado, el hecho de que el plástico sea un material no biodegradable, hace que su disposición por enterramiento genere un pasivo ambiental muy importante, puesto que el periodo de tiempo necesario para su degradación es muy largo. Así mismo, la recuperación de estos materiales permite el aumento de la vida útil de los rellenos sanitarios actuales.

Finalmente, se ha demostrado que el consumo de energía en el reciclado de plástico es menor al necesario para la fabricación a partir de material virgen. Por lo tanto, utilizar materia prima reciclada dentro de los procesos productivos del plástico, contribuye a alcanzar las metas medio ambientales de un real desarrollo sostenible.

IDENTIFICACION DEL ELEMENTO, EQUIPO O MAQUINARIA. – EQUIPO: UNA (1) UNIDAD – SISTEMA DE TRITURACIÓN DE RETAL PLÁSTICO INDUSTRIAL

RECICLADO, MODELO V600

Características:Dimensiones (LxAnxAl): 1,820 x 1,300 x 1,730 mmTolva de entrada: 660 x 600 mmAltura de descarga: 490 mmRam Travel: 500 mmDiámetro del Motor: Ø 220Largo rotor de operación: 600 mmVelocidad del rotor: 80 rpmCuchillas del rotor: 23 + 4 piezasContra-cuchillas: 2 + 2 piezasPotencia de accionamiento: 18.5 kWPoder Hidráulico: 2.2 kWVolumen de la tolva: 670 LitrosPeso Aprox.: 1,650 Kg

DESCRIPCIÓN DE PROCESOS DEL EQUIPO DE RECICLADO DE PLASTICO

POLYSER S.A.S, adquiere el material de reciclaje industrial de la cadena de recicladores. Una vez recepcionado se acopia en estibas. Con la Recepción de material Post-Industria para reciclaje

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CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

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Expediente: EBT3031-00POLYSER S.A.S. – BANCOLOMBIA S.A.

Concepto Técnico de Evaluación Beneficios Tributarios Exclusión IVA

mecánico primario (limpio), se inicia la Alimentación automática a la trituradora a través de cinta transportadora. Posteriormente este material triturado o molido en esta primera etapa, se entrega a la cortadora compactadora. El material plástico alimentado es cortado, mezclado, calentado, secado y aglomerado. Además, el plato rotativo asegura una alimentación adecuada y continua a la subsiguiente extrusora mono husillo. En la extrusora el material se plastifica, después la masa fundida desde la extrusora pasa por el cambiador de filtro. En el cambiador de filtro automático, auto-limpiante la masa es filtrada y de nuevo en la extrusora pasa por la posterior zona de desgasificación de la extrusora. Después de la zona de desgasificación, la masa es llevada directamente a la respectiva matriz (por ejemplo, cabezal granulador), a través de una adecuada zona de descargue lista para ser utilizada como materia prima. Terminados los anteriores procesos, a través de una adecuada zona descargue lista para ser utilizada como materia prima, el material es empacado y almacenado para su distribución y venta, en empaque de alta resistencia tipo Big-Bag.

OBJETO DEL SISTEMA DE CONTROL AMBIENTAL:

Reciclaje y valoración de residuos sólidos mediante un proceso en el cual, los materiales recuperados, retales industriales (Polietileno de Alta y Baja Densidad, Polipropileno y otros); se incorporan al ciclo económico y productivo en forma eficiente; de tal manera que no se desperdicie materia prima. Logrando que los residuos generados por una industria sean utilizados como materia prima en otra. En el caso que nos ocupa, en la manufactura de productos plásticos, operación que conlleva beneficios sanitarios, ambientales, sociales y económicos.

Desde el punto de vista ecológico, minimizar el uso de recursos naturales no renovables. Reciclar y triturar o moler estos materiales, para aumentar el reúso industrial, optimiza los procesos que permiten aumentar la cantidad de material reciclado, maximizando la vida útil y preservación de los rellenos sanitarios.

2.5. Normas, Regulaciones, Disposiciones o Estándares Ambientales

Dentro de este numeral los usuarios aportan la siguiente información:

NORMA DESCRIPCIÓN

Sector Plástico – Guías

Ambientales.

Principales procesos básicos de transformación de la industria plástica y Manejo, aprovechamiento y disposición de residuos plásticos post-consumo. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Ambiente Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible República de Colombia Bogotá, Colombia. Julio de 2004.

Ley 09 de 1979

Código Sanitario Nacional y Protección del Medio Ambiente. “Dicta medidas sanitarias para la Protección del Medio Ambiente Art 35 y teniendo en cuenta lo reglamentado en el Art 34 a 38 del Decreto 2811/74 – Manejo de los residuos sólidos, Reutilizar componentes y Producir nuevos bienes”.

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NORMA DESCRIPCIÓN

Ley 99 de 1993

Crea el Ministerio del Medio Ambiente y se organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). Abarca el tema de los residuos sólidos regulando las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, con el fin de mitigar e impedir el impacto de actividades contaminantes al entorno natural.

RAS 2000

Norma del cual contiene los métodos a partir de los cuales se puede realizar el aprovechamiento de residuos sólidos, acordes a método que se vayan a utilizar y los estudios de factibilidad que deben realizarse para implementar un programa de aprovechamiento.

PGIRS 2004 - 2019 Santiago

de Cali

Mesa Regional de Reciclaje - (Página 63)El Gobierno Nacional, a través del MVDT y el Sector Productivo, en cabeza de la Asociación Nacional de industriales y con el apoyo de la Asociación Nacional de Recicladores, desarrolló la evaluación de las cadenas de reciclaje.

2.6. Cuantificación de los Beneficios Ambientales Estimados

2.6.1. Prevención y/o Reducción del volumen y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, residuos sólidos o emisiones atmosféricas

Parámetro objeto de control

Valor de la Carga sin sistema de control

ambiental(Kg/año)

Valor esperado de la carga con el sistema de

control ambiental(Kg/año)

Beneficio ambiental(por año)

Fuente de información

Reducción Residuos Sólidos dispuestos en Rellenos Sanitarios (*Aprovechamiento, reduciendo disposición final)

748.800 0 748.800

Ficha Técnica de Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd

Datos/Estimaciones Técnicas desarrolladas por POLYSER S.A.S.

Fuente: Radicado No. 2018003182-1-000 del 15/01/2018 – EBT3031-00 – Formato 3

Dentro de este numeral los usuarios aportan la siguiente información como soporte de los beneficios ambientales cuantificados:

El ciclo de aprovechamiento de la firma POLYSER S.A.S, al que se integrará el Sistema de Trituración objeto de solicitud de Incentivos Tributarios, recicla y extrusa retales industriales (LIMPIO) de Plásticos (PP y PE), con densidad en rangos de 0,85 a 0,95 g/cm3; el Sistema extrusa 130 kilos por hora y su rendimiento es del 99%. – El Sistema trabaja cinco días por semana. La extracción se da en hojuelas y en gránulos.

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VARIABLES:

• Capacidad: 130 Kg/Hora• Operación: 5 días/semana = 20 días/mes = 480 horas/mes

- 480 horas/mes x 130 Kg/Hora = 62.400 Kg/mes- 62.400 Kg/mes x 12 Meses/Año = 748.800 Kg/Año (748,8 Ton/Año)

La Cantidad de Residuos anuales que irían al Relleno Sanitario si no se reciclan, sería de: 748.800 Kg/Año (748,8 Ton/Año); según promedio y capacidad de operación para trituración de Material Plástico del Sistema objeto de Solicitud de Incentivos Tributarios.

3. ANÁLISIS TÉCNICO

Una vez revisado el expediente EBT3031-00, se encuentra que los usuarios allegaron en vigencia de la Resolución 978 de 2007, la información y documentación necesaria para obtener la certificación ambiental para acceder al incentivo de Exclusión de IVA de que trata el artículo 424 numeral 7.

Teniendo en cuenta lo anterior, se resalta que la Resolución 978 del 4 de junio de 2007, fue derogada por el Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 del 25 de septiembre 2017, en lo que respecta a los requisitos y procedimientos establecidos para evaluar las solicitudes fundamentadas en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, el cual dispuso que le corresponde al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible establecer mediante resolución la forma y requisitos como han de presentarse las solicitudes de certificación, con miras a obtener la exclusión del Impuesto sobre las Ventas -IVA a que se refieren los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario, lo que ocurrió mediante la Resolución 2000 del 29 de septiembre de 2017.

En tal sentido y teniendo en cuenta el cambio normativo antes expuesto, esta Autoridad procedió a realizar la evaluación, con el fin de verificar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución 2000 del 29 de septiembre de 2017, al no haber existido una situación jurídica consolidada.

Teniendo en cuenta lo anterior y una vez analizada la información aportada por los usuarios, se encuentra lo siguiente:

3.1. La empresa POLYSER S.A.S. se dedica a la transformación, distribución, comercialización, importación, exportación y en general compra y venta de materias primas y materiales para la industria plástica y en esta oportunidad presentó ante esta Autoridad solicitud de Certificación ambiental para acceder al Incentivo Tributario de Exclusión del Impuesto sobre las Ventas – IVA fundamentado en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario para la adquisición de un Sistema de Trituración - Molino Desgarrador - de Retal plástico industrial reciclado en conjunto con el set de cuchillas que se integra a este equipo.

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El equipo objeto de la solicitud tiene como función realizar la trituración del material plástico reciclado que se acopia en las instalaciones de POLYSER S.A.S., el cual posteriormente será procesado para ser reintegrado como materia prima al ciclo productivo. El Sistema de Trituración – Molino Desgarrador en conjunto con el set de cuchillas se instalará en la sede de la empresa POLYSER S.A.S. ubicada en la Carrera 27B No. 13 – 215, Zona industrial Arroyohondo, Autopista Cali – Yumbo kilómetro 4, Bodega 10 Bloque 8, municipio de Yumbo, departamento de Valle del Cauca.

3.2. Teniendo en cuenta la definición de Sistema de Control Ambiental establecida en el Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 del 2017, el equipo Sistema de Trituración - Molino Desgarrador- de Retal plástico industrial reciclado en conjunto con el set de cuchillas, formará parte integrante del Proceso General del Reciclado del Plástico que se lleva a cabo en la empresa POLYSER S.A.S. - representado en la Figura 1 del presente concepto técnico - el cual conforma en sí mismo un Sistema de Control Ambiental toda vez que dentro de sus funciones se encuentra el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables en el mejoramiento de la calidad de los residuos plásticos y por ende en la reducción del volumen de residuos sólidos que se disponen en los rellenos sanitarios.

3.3. Con la implementación del Sistema de Trituración - Molino Desgarrador - de Retal plástico industrial reciclado en conjunto con el set de cuchillas, dentro del Proceso general del Reciclado del Plástico de la empresa POLYSER S.A.S., los beneficios ambientales obtenidos corresponden a 748,8 toneladas por año de residuos de plástico tratados que se dejan de disponer en rellenos sanitarios, por ende, son reciclados y reintegrados como materia prima al ciclo productivo. Es pertinente señalar que dicha cantidad corresponde a los residuos que triturará el equipo objeto de solicitud en particular, y que luego será tratado por el sistema de control del que hace parte la trituradora.

3.4. Esta Autoridad a través de Auto No. 82 del 03/01/2018 requirió a los usuarios ajustar los formatos presentados dentro de su solicitud de conformidad con lo establecido en el Anexo de la Resolución 2000 de 2017. De acuerdo con lo anterior y en respuesta a los requerimientos realizados, los usuarios a través de documento con No. de Radicado 2018003182-1-000 del 15/01/2018 presentan la información requerida de conformidad con lo establecido en la Resolución mencionada. En consecuencia, se da cumplimiento a los requerimientos realizados en el Auto No. 82 del 03/01/2018.

3.5. Hoy en día1 existe una gran cantidad de productos plásticos en el mercado utilizándose en todo tipo de sectores (industria, agricultura, construcción, automoción, etc.). El incremento en el uso

1 Reciclado de Plásticos. Consultado el 28 de febrero de 2018. Disponible en línea:

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de estos productos en los últimos 30 años está provocando que cada vez haya más residuos plásticos. Además, debido a su obtención a partir del petróleo y a su gran resistencia a la degradación, es muy importante realizar el reciclado de plásticos. Desde el punto de vista químico, los plásticos son polímeros (sustancias formadas por cadenas largas de moléculas repetidas), la mayoría sintéticos que, debido a sus buenas propiedades, tienen gran cantidad de aplicaciones y usos.

GESTION DE LOS RESIDUOS PLÁSTICOS

Una vez ha finalizado la vida útil de cada plástico, y son apartados de la sociedad pasan a formar parte del conjunto de residuos. Con el paso del tiempo, se observa que cada vez hay más acumulación de estos residuos y se debe al excesivo consumo que conlleva una sociedad capitalista, por otra parte, podemos considerar como causante el avance que permite la síntesis de productos los cuales son imposibles de degradar por parte de la naturaleza.

Precisamente los plásticos al ser productos de síntesis son materiales muy resistentes e inalterables a las condiciones del medioambiente por lo que presentan tiempos de residencia largos. Para reducir el volumen de estos residuos es necesario aplicar tratamientos cuyo objetivo es recuperar el valor económico y energético que conlleva estos materiales, primordialmente de su materia prima, el petróleo.

Métodos de ReciclajeExisten varios tipos de reciclado de plásticos, pero para todos, el primer paso a seguir es realizar la recogida selectiva de los plásticos en origen por los consumidores. Una vez recogido el plástico, se clasifica según el color y tipo de material (PET, PEAD, Mezcla) y se procede a su lavado, compactado y almacenado. Una vez en la planta de reciclaje, el plástico se clasifica según sus características físicas.

Existen dos métodos para el reciclado de plásticos:

- Reciclaje Mecánico:Este tipo de reciclado se considera para aquellos productos procedentes del consumo, es decir, para aquellos que hayan tenido ya una utilización, es necesario aclarar que en este reciclado no entran aquellos productos que son resultado de una producción fallida o restos de esta, que se reciclan o se venden a otras empresas. El procedimiento que se lleva a cabo consiste en trocear el material e introducirlo en una extrusora para así fabricar material plástico reciclado para su posterior transformación.

Un plástico que ha sido utilizado pierde cierto grado de sus propiedades ya sea debido al inicio de su degradación que puede sufrir durante su uso o por la presencia de sustancias que se

[ https://twenergy.com/a/reciclado-de-plasticos-542 ]

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encuentren en el entorno. Esta atenuación de las propiedades hace que los plásticos reciclados deban emplearse en la fabricación de productos diferentes a los de su uso inicial.

- Reciclaje químico: Se basa en degradar los materiales plásticos, mediante calor o con catalizadores, hasta tal punto que se rompan las macromoléculas y queden solamente moléculas sencillas comúnmente llamadas monómeros. A partir de estos monómeros, se podrían conseguir otros tipos de plásticos o combustibles según la técnica utilizada. Esta técnica pese a ser menos utilizada que la mecánica, es la más prometedora, ya que al obtener monómeros básicos se pueden volver a hacer plásticos de la misma calidad que los originales.

Los plásticos reciclados pueden usarse para hacer:

• Madera plástica: para la creación de mobiliario urbano (bancos, vallas, etc.)• Fibra textil: para ropa, alfombras, cuerdas, etc.• Botellas: la mayoría de las botellas se vuelven a reciclar para obtener más botellas.• Construcción: ladrillos, tuberías, vallas, etc.

Es muy importante que los consumidores conozcan las distintas aplicaciones que se obtienen a partir del reciclado de plásticos para que así se genere conciencia en la importancia de reciclar.

3.6. La gestión integrada de residuos sólidos involucra diferentes etapas como lo son: la reducción en el origen, el aprovechamiento y valorización, el tratamiento y transformación, y disposición final controlada. Es el conjunto de operaciones y disposiciones encaminadas a dar a los residuos producidos el destino más adecuado desde el punto de vista ambiental, de acuerdo con sus características, volumen, procedencia, costos, tratamiento, posibilidades de recuperación, aprovechamiento, comercialización y disposición final2.

De manera específica el aprovechamiento se define como el proceso mediante el cual los materiales recuperados se reincorporarán al ciclo económico y productivo en forma eficiente. El aprovechamiento implica la separación y recogida de materiales residuales en su lugar de origen y la preparación de estos materiales para la reutilización, el reprocesamiento, la transformación en nuevos productos y recuperación energética, siempre y cuando conlleve beneficios sanitarios, ambientales, sociales y/o económicos3.

2 Decreto 2981 de 2013. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.3 Política Nacional Para la Gestión de Residuos Sólidos. Ministerio del Medio Ambiente (2001).

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La disposición final de los residuos plásticos4 tiene un impacto ambiental en la medida en que los residuos sólidos sean eliminados en botaderos a cielo abierto, siendo ésta una práctica que predomina en la mayoría de los municipios de Colombia. Según la Política de Manejo Integral de Residuos Sólidos, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, esta práctica se ha favorecido por: - la falta de aplicación de tecnologías alternativas para el tratamiento, aprovechamiento y disposición final de los residuos; - falta de coordinación interinstitucional del tema; - falta de recursos financieros por parte de los municipios; - énfasis en la determinación de los costos de recolección y transporte de forma que la tarifa de aseo no involucra los costos reales de un sistema de eliminación, tratamiento o disposición final; - falta de empresas de aseo consolidadas que ofrezcan alternativas en el manejo de los residuos sólidos (las empresas establecidas ofrecen las tradicionales fases de recolección, transporte y disposición final, únicamente), entre otras, todo lo cual origina un desconocimiento a nivel municipal de la existencia de tecnologías alternas para el manejo de los residuos sólidos.

Desde 1997 el Estado Colombiano ha tomado medidas para reglamentar el aprovechamiento y valorización de los residuos sólidos, como son: - La Política de Manejo Integral de Residuos Sólidos; - El Decreto 1713 de 2002; - La Resolución 1045 de 2003 y una serie de disposiciones a nivel legal que impulsan la separación en la fuente de los diferentes tipos de residuos domiciliarios, la recolección selectiva de los residuos, la existencia de centros de acopio y el fomento de las actividades propias de la recuperación de los residuos como el reciclaje y el compostaje.

En el caso de los plásticos, la situación a lo largo de los años no ha sido muy distinta a la de los otros materiales. La falta de separación en la fuente y la gran variedad de plástico que existe en el mercado de difícil identificación por parte del productor, representan algunos de los mayores problemas para su selección y posterior tratamiento.

En consecuencia, la Alcaldía Municipal de Santiago de Cali presenta la actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos – PGIRS5 - que desde el año 2014 se empezó a desarrollar a partir de la expedición de la normatividad nacional, que a través de la Resolución 0754 de 2014, señaló la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los PGIRS de todos los municipios del país.

En este sentido, la Administración Municipal a través del Departamento Administrativo de Planeación Municipal se propuso como objetivo de la actualización del PGIRS, establecer un instrumento de planificación municipal para la prestación del servicio público de aseo y la gestión integral de los residuos sólidos en Santiago de Cali, para lo cual se formularon catorce programas en donde se establece la línea base que define su punto de partida; los lineamientos

4 Sector Plásticos - Principales procesos básicos de transformación de la industria plástica y Manejo, aprovechamiento y disposición de residuos plásticos post-consumo. Guías Ambientales. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Viceministerio de Ambiente - Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible (2004). Consultado el 28 de febrero de 2018. Disponible en línea: [https://redjusticiaambientalcolombia.files.wordpress.com/2012/09/guias-ambientales-sector-plc3a1sticos.pdf ]5 Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos de Santiago de Cali – PGIRS 2015 – 2027.

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que se trazan como una guía para su desarrollo; los objetivos y las metas que se pretenden lograr; el cronograma a corto, mediano y largo plazo; y finalmente el plan financiero que se proyecta invertir para dar cumplimiento a lo establecido en cada uno de los programas.

El Decreto 1077 de 2015 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo, en su Artículo 88 hace mención a la obligatoriedad de los municipios colombianos de elaborar, implementar y mantener actualizado el PGIRS. Asimismo, la Resolución 0754 del 25 de Noviembre de 2014, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, adopta la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los PGIRS municipales; razón por la cual el municipio de Santiago de Cali se dio a la tarea de ajustar su PGIRS acorde a lo establecido en la normativa nacional, para lo cual realizó inicialmente la evaluación de la implementación del PGIRS a lo largo de seis años (2009 a 2014), definiéndose la línea base que permitió determinar las necesidades que se tienen frente a la gestión de los residuos sólidos, para posteriormente adelantar un proceso intersectorial y participativo durante el presente año, dando como resultado un documento que recoge la nueva visión de ciudad, acorde con las situaciones que el mundo a nivel global está viviendo, así como aquellas que de manera particular se viven en Santiago de Cali, a las cuales se les da respuesta a partir de la formulación de un conjunto de Programas y Proyectos con el objetivo de implementar una Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Es indispensable tener en cuenta que los distintos modelos utilizados para alcanzar una Gestión Integral de los Residuos Sólidos (GIRS) a nivel municipal son resultado de una combinación de prácticas, técnicas y programas capaces de lograr la optimización en el uso de recursos y un máximo aprovechamiento de las fracciones útiles contenidas en los distintos materiales de dichos residuos, los cuales pueden ser manejados y dispuestos de manera separada. Asimismo, los nuevos modelos de gestión buscan las mejores soluciones para la prevención de impactos ambientales negativos propiciando diferentes formas de intervención.

Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, se encuentra que la actividad de reciclaje a la cual se vinculará el equipo objeto de la solicitud es necesaria para poder desarrollar la política para la gestión integral de residuos formulada por el Ministerio de Medio Ambiente, hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al igual que para el desarrollo del PGIRS de la ciudad de Cali.

3.7. Aunque esta Autoridad no certifica valores, sino elementos, equipos y maquinaria, es pertinente indicar que el valor del Sistema de Trituración - Molino Desgarrador- de Retal plástico industrial reciclado en conjunto con el set de cuchillas, objeto de la solicitud y que se sugiere certificar es de $38.494.737 y el valor del IVA respectivo es de $7.314.000.

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3.8. Una vez consultada la base de datos del trámite se verifica que a la empresa POLYSER S.A.S. se le ha expedido la siguiente Certificación ambiental para acceder al incentivo tributario de exclusión de IVA:

Certificación No. Expediente Descripción4118 del 26/12/2013 EBT1936 1 Extrusora de Reciclado de Plástico

Revisada la información, se establece que el equipo que fue certificado previamente por esta Autoridad, hace parte del sistema de control ambiental al que se vinculará el equipo objeto de solicitud, pero en una etapa diferente del proceso,por lo cual es aceptable la solicitud.

4. CONCEPTO

Como resultado de la evaluación técnica realizada, de la información consignada en el expediente EBT3031-00 y en cumplimiento de los requisitos exigidos en el marco normativo aplicable, específicamente con lo establecido en el Artículo 424 Numeral 7 del Estatuto Tributario, reglamentado por el Decreto 1625 de 2016 modificado por el Decreto 1564 de 2017 y la Resolución MADS 2000 de 2017, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Tramites Ambientales considera desde el punto de vista técnico:

La VIABILIDAD de la Certificación Ambiental para acceder al Incentivo Tributario de Exclusión del Impuesto sobre las Ventas – IVA solicitada por las empresas POLYSER S.A.S. identificada con No. de NIT 900.068.655-1 y BANCOLOMBIA S.A. identificada con No. de NIT 890.903.938-8 en los siguientes términos:

Certificar los equipos y elementos relacionados en la tabla a continuación, los cuales forman parte integrante del Proceso General del Reciclado del Plástico que se lleva a cabo en la empresa POLYSER S.A.S., el cual conforma en sí mismo un Sistema de Control Ambiental toda vez que dentro de sus funciones se encuentra el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables en el mejoramiento de la calidad de los residuos plásticos y por ende en la reducción del volumen de residuos sólidos que se disponen en los rellenos sanitarios.

ElementoEquipo

Maquinaria

Subpartida Arancelaria Cantidad Marca Modelo

ReferenciaFabricanteProveedor

ProveedorVendedor

Función en el sistema de control y

monitoreo ambiental

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ElementoEquipo

Maquinaria

Subpartida Arancelaria Cantidad Marca Modelo

ReferenciaFabricanteProveedor

ProveedorVendedor

Función en el sistema de control y

monitoreo ambiental

Sistema de Trituración (Molino Desgarrador) de Retal Plástico Industrial Reciclado

8477.80.00.00 Una (1) Unidad GENOX V600

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd.

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd./Bancolombia S.A

*Incluye Set de Cuchillas destinado al Sistema de Trituración (Molino Desgarrador)

8208.90.00.00 Un (1) Set GENOX V600

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd.

Genox Recycling Tech (China) Co. Ltd./Bancolombia S.A

El material plástico que se tritura o muele con el Sistema de Trituración, tiene una presentación final de pequeñas hojuelas o gránulos, que se guardan o almacenan en grandes sacos tipo “Big-Bag” para su posterior comercialización.

Reciclar y triturar o moler estos materiales, para aumentar el reúso industrial, optimiza los procesos que permiten aumentar la cantidad de material reciclado, maximizando la vida útil y preservación de los rellenos sanitarios.

Es el concepto de,

Firmas:

MAGDA LUZ CARDENAS AMARILESProfesional Técnico/Contratista

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LYNETTE STEPHANIE BOSHELL RINCÓNProfesional Técnico/Contratista

EjecutoresLYNETTE STEPHANIE BOSHELL RINCÓNProfesional Técnico/Contratista Revisor / L�derMAGDA LUZ CARDENAS AMARILESProfesional Técnico/Contratista