- anla – autoridad nacional de licencias...

18
| República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 02092 ( 21 de noviembre de 2018 ) “Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P, y se toman otras determinaciones” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, el Decreto 1625 de 2016 modificado parcialmente por el Decreto 1564 de 2017, las Resoluciones 1419 de 2015, 2000 de 2017 y 1690 de 2018, y CONSIDERANDO Que mediante escritos radicados con números 2018137825-1-000 del 03 de octubre de 2018 y 2018140161-1-000 del 08 de octubre de 2018, la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P. con NIT 900.192.894 - 5, presentó solicitud de Certificación Ambiental para acceder al Incentivo de Exclusión de Impuesto sobre las Ventas - IVA, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, para la adquisición de una (1) excavadora hidráulica Cat Modelo 336D2L, la cual será utilizada para el desarrollo de actividades de disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos dentro del sistema de control definido que corresponde al Relleno Sanitario Colomba El Guabal, ubicado en el municipio de Yotoco, departamento del Valle del Cauca. Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, mediante Auto No. 6293 del 18 de octubre de 2018, ordenó iniciar el trámite administrativo ambiental de Certificación de Exclusión de Impuesto sobre las Ventas -IVA-, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario. Dicho auto fue notificado el 25 de octubre de 2018, con constancia de ejecutoria del 26 de octubre de 2018; publicado en la gaceta de esta Autoridad el 31 de octubre de 2018, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993 1 ; y comunicado a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC, el 14 de noviembre de 2018. Que la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la -ANLA-, adelanto el estudio técnico de la solicitud efectuada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P., emitiendo el Concepto Técnico 06666 del 31 de octubre de 2018, el cual hace parte integral del presente acto administrativo, y que señala, entre otros aspectos, lo siguiente: “(…) 3 ANÁLISIS TÉCNICO 1 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”.

Upload: others

Post on 29-Jul-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

|

República de ColombiaMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA –

RESOLUCIÓN N° 02092( 21 de noviembre de 2018 )

“Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S

E.S.P, y se toman otras determinaciones”

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA

En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573de 2011, el Decreto 1625 de 2016 modificado parcialmente por el Decreto 1564 de 2017,

las Resoluciones 1419 de 2015, 2000 de 2017 y 1690 de 2018, y

CONSIDERANDO

Que mediante escritos radicados con números 2018137825-1-000 del 03 de octubre de 2018 y 2018140161-1-000 del 08 de octubre de 2018, la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P. con NIT 900.192.894 - 5, presentó solicitud de Certificación Ambiental para acceder al Incentivo de Exclusión de Impuesto sobre las Ventas - IVA, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, para la adquisición de una (1) excavadora hidráulica Cat Modelo 336D2L, la cual será utilizada para el desarrollo de actividades de disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos dentro del sistema de control definido que corresponde al Relleno Sanitario Colomba El Guabal, ubicado en el municipio de Yotoco, departamento del Valle del Cauca.

Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, mediante Auto No. 6293 del 18 de octubre de 2018, ordenó iniciar el trámite administrativo ambiental de Certificación de Exclusión de Impuesto sobre las Ventas -IVA-, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario. Dicho auto fue notificado el 25 de octubre de 2018, con constancia de ejecutoria del 26 de octubre de 2018; publicado en la gaceta de esta Autoridad el 31 de octubre de 2018, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 70 de la Ley 99 de 19931; y comunicado a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC, el 14 de noviembre de 2018.

Que la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la -ANLA-, adelanto el estudio técnico de la solicitud efectuada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P., emitiendo el Concepto Técnico 06666 del 31 de octubre de 2018, el cual hace parte integral del presente acto administrativo, y que señala, entre otros aspectos, lo siguiente:

“(…)

3 ANÁLISIS TÉCNICO

1 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”.

Page 2: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Resolución No. 02092 Del 21 de noviembre de 2018 Hoja No. 2 de 7

“Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S

E.S.P, y se toman otras determinaciones”

Una vez revisada la información aportada por el solicitante, se establece lo siguiente:

3.1 De acuerdo con la información presentada, se puede establecer que la Excavadora Hidráulica 336 D2L objeto de la presente solicitud, será utilizada para actividades tales como la disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos con disposición final en el sistema de control ambiental Relleno Sanitario Colomba – El Guabal localizado en la jurisdicción del municipio de Yotoco, departamento del Valle del Cauca. De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental establecida en el artículo 1.3.1.14.4. del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017 del 25 de septiembre 2017, la excavadora hidráulica es necesaria para la operación del sistema de control ambiental Relleno Sanitario Colomba – El Guabal, ya que previene la percolación de aguas lluvias a través de los residuos en proceso de degradación previniendo de esta manera el aumento de la generación de lixiviados que pueden contaminar aguas superficiales y subterráneas.

3.2 Los beneficios ambientales que se esperan obtener por el uso de la Excavadora Hidráulica 336 D2L en el Relleno Sanitario Regional Colomba - El Guabal son esencialmente la reducción de un volumen de 3.340 m3 de lixiviados por año, considerando que se estará dejando de infiltrar al sitio de disposición final un caudal de 0,42 Lt/s de agua lluvia.

3.3 La operación del sistema de control ambiental al que se incorporará la maquina objeto de la presente solicitud, es necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1077 de 2015, expedido por el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda Ciudad y Territorio”, específicamente el Titulo 2 Servicio Público de Aseo, Capitulo 2 Transporte y recolección de residuos aprovechables y no aprovechables; Capitulo 3 Disposición final de residuos sólidos.

3.4 En un relleno sanitario se busca disponer técnica y adecuadamente los residuos sólidos aislándolos del ambiente, controlando y manejando las externalidades negativas de su operación como son el volumen de los lixiviados y biogás que se generan y que por lo general tienden a fluir hacia el subsuelo o hacia la atmósfera fuera del relleno, evitando impactos ambientales negativos y efectos sobre la salud humana, por descargas atmosféricas de gas de metano o el aporte de compuestos orgánicos e incluso algunos metales hacia el subsuelo y las aguas subterráneas.

Dentro de los esquemas de diseño para las zonas de operación de la gran mayoría de los rellenos sanitarios, se requieren de una disposición técnicamente adecuada de los residuos sólidos y de un manejo y tratamiento apropiado de los lixiviados teniendo en cuenta entre otros los siguientes elementos físicos de aislamiento y de control:

Una base conformada por subsuelos y materiales sintéticos de baja permeabilidad para evitar la migración de los lixiviados generados dentro del relleno hacia los acuíferos.

Un sistema de recolección y drenaje en el fondo del relleno para captar y conducir los lixiviados hacia sitios de almacenamiento.

Un sistema de tratamiento de los lixiviados recolectados. Capas o niveles de desechos municipales conformados durante la operación del

relleno. Capas de suelo como coberturas finales que se compactan encima de los desechos

con el objeto de evitar los efectos estéticos y ambientales adversos que producen las basuras expuestas a los fenómenos atmosféricos.

Page 3: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Resolución No. 02092 Del 21 de noviembre de 2018 Hoja No. 3 de 7

“Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S

E.S.P, y se toman otras determinaciones”

Un sistema de impermeabilización en la superficie o cobertura final, para armonizar el proyecto dentro del paisaje intervenido por el ser humano.

Teniendo en cuenta las actividades mencionadas, es necesario contar con maquinaria pesada como la excavadora hidráulica, para poder ejecutar eficientemente estas actividades.

(…)”

Que la citada solicitud fue analizada por el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios el 06 de noviembre de 2018, en sesión No. 115, resultado del cual, se recomendó emitir la Certificación Ambiental para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas -IVA-, sobre los equipos relacionados en el artículo primero del presente acto administrativo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Que el numeral 7° del artículo 424 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 38 de la Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012, señala como excluidos del Impuesto Sobre las Ventas -IVA- a:

“Los equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes, para lo cual deberá acreditarse tal condición ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible”.

Que el Decreto 1564 del 25 de septiembre de 2017, en su artículo 2 adicionó el artículo 1.3.1.14.25 al Capítulo 14, Titulo 1, Parte 3, Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, el cual quedó en los siguientes términos:

“Artículo 1.3.1.14.25. Elementos o equipos que son objeto del beneficio tributario previsto en el artículo 424 numeral 7. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), o quien haga sus veces, certificará en cada caso, los elementos, equipos y maquinaria que de conformidad con el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, estén destinados a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo ambiental para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes”.

Que en este sentido, el artículo 1.3.1.14.4., del Decreto 1625 de 2016, fue modificado por el artículo 1° del Decreto 1564 de 2017, el cual adoptó, entre otras, la siguiente definición:

“a). Sistema de control ambiental. Es el conjunto ordenado de equipos, elementos, o maquinaria nacionales o importados, según sea el caso, que se utilizan para el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables de disminución de la demanda de recursos naturales renovables, o de prevención y/o reducción del volumen y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, emisiones atmosféricas o residuos sólidos. Los sistemas de control pueden darse al interior de un proceso o actividad productiva lo que se denomina control ambiental en la fuente, y/o al finalizar el proceso productivo, en cuyo caso se hablará de control ambiental al final del proceso.”

Que el artículo 1.3.1.14.6., del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017, estableció la vigencia de la certificación de la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA, así:

“Las certificaciones sobre calificación expedidas para efectos de la exclusión de impuesto a las ventas IVA por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), o quien haga sus veces, en virtud de lo dispuesto por los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario, tendrán vigencia de un (1) año, el cual se contará a partir de la fecha de su expedición”.

Page 4: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Resolución No. 02092 Del 21 de noviembre de 2018 Hoja No. 4 de 7

“Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S

E.S.P, y se toman otras determinaciones”

Que el 1.3.1.14.9. del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017, señala:

“En virtud de lo previsto en los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), o quien haga sus veces, enviará a la Subdirección de Fiscalización Tributaria, o a la dependencia que haga sus veces de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), copia de las certificaciones sobre calificación de bienes beneficiados con la exclusión del impuesto a las ventas IVA, expedidas en cumplimiento del presente decreto, para efectos de que esta última realice las diligencias de vigilancia y control de su competencia”.

Que el artículo 1.3.1.14.10 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1564 de2017, prescribe:

“Quienes vendan en el país bienes objeto de la certificación de que trata el presente capítulo deberán conservar fotocopia de la misma con el fin de soportar la operación excluida del impuesto sobre las ventas. El importador beneficiario de la exclusión debe presentar la certificación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA o quien haga sus veces, como soporte de la declaración de importación”.

Que el procedimiento para la obtención la Certificación de beneficios tributarios de deducción sobre impuesto de renta y complementarios y exclusión de IVA, fue reglamentado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- mediante Resolución 1419 del 6 de noviembre de 2015, a través de la cual conformó el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios, con el objeto de analizar las solicitudes para recomendar o no el otorgamiento de la certificación de los beneficios tributarios en material ambiental.

Que según lo dispuesto en el inciso 2° de artículo 3° de la Resolución 1419 del 06 de noviembre de 2015 el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios debe “Emitir las recomendaciones referentes a la procedencia o improcedencia de la certificación (…) para firma del Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.”

Que mediante la Resolución 2000 del 29 de septiembre de 2017 el Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible estableció la forma y requisitos para presentar las solicitudes de acreditación para obtener la certificación de que tratan los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto, con miras a obtener la exclusión de impuestos sobre las ventas – IVA.

Que la maquina relacionada en el artículo 1° del presente acto administrativo, será utilizada para actividades tales como la disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos con disposición final en el sistema de control ambiental Relleno Sanitario Colomba – El Guabal, ubicado en el municipio de Yotoco.

Así las cosas, con la operación de la maquinaria a certificar se estima la reducción de un volumen de 3.340 m3/año de lixiviados por año. Adicionalmente se estará dejando de infiltrar al Relleno Sanitario Colomba – El Guabal un caudal de 0,42 Lt/s de agua lluvia.

Que de esta manera la maquinaria objeto a certificar es necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1077 de 2015, expedido por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda Ciudad y Territorio”, específicamente el Titulo 2 Servicio Público de Aseo, Capítulo 2 Transporte y recolección de residuos aprovechables y no aprovechables; Capítulo 3 Disposición final de residuos sólidos.

Page 5: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Resolución No. 02092 Del 21 de noviembre de 2018 Hoja No. 5 de 7

“Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S

E.S.P, y se toman otras determinaciones”

Que efectuadas las anteriores consideraciones, acogiendo el Concepto Técnico 6666 del 31 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA y la recomendación del Comité Evaluador de Beneficios Tributarios en sesión No. 115 del 06 de noviembre de 2018, esta Autoridad considera que es acreditable la maquinaria relacionada en el artículo primero del presente acto administrativo, para obtener la exclusión del Impuesto sobre las Ventas -IVA-. Lo anterior, teniendo en cuenta que la misma hace parte de un sistema de control ambiental, ya que previene la percolación de aguas lluvias a través de los residuos en proceso de degradación previniendo de esta manera el aumento de la generación de lixiviados que pueden contaminar aguas superficiales y subterráneas, en el Relleno Sanitario Colomba – El Guabal, ubicado en el municipio de Yotoco departamento del Valle del Cauca.

Que es importante precisar, que de conformidad con el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, el cual determina que “Por regla general, contra los actos definitivos procederán los siguientes recursos: 1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque (…)”, resulta conducente disponer la procedencia del recurso de reposición contra el presente proveído, toda vez que la actuación constituye un acto administrativo que ostenta la condición de definitivo, conforme a que pone término al asunto objeto de estudio, o pone fin al proceso administrativo.

Que mediante Decreto Ley 3573 de 2011, se creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país.

Que en el numeral 1º del artículo 3° del Decreto Ley 3573 del 2011, se establece dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la ley y los reglamentos.

Que en el numeral 2° del artículo 10 del citado Decreto, se establece dentro de las funciones del Despacho del Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales.

Que mediante Resolución 01690 del 06 de septiembre de 2018, el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, nombró al doctor RODRIGO SUAREZ CASTAÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.870.933, en el empleo de Director General de la Unidad Administrativa, Código 0015, empleo de libre nombramiento y remoción de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Certificar que es acreditable la maquinaria objeto de la solicitud de exclusión del Impuesto sobre las Ventas -IVA-, conforme al artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P, con NIT 900.192.894 - 5, teniendo en cuenta que la misma será utilizada para actividades tales como la disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos con disposición final en el sistema de control ambiental Relleno Sanitario Colomba – El Guabal, ubicado en el municipio de Yotoco, contribuyendo al aumento de su vida útil.

Lo anterior, conforme con la siguiente descripción técnica:

Page 6: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Resolución No. 02092 Del 21 de noviembre de 2018 Hoja No. 6 de 7

“Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S

E.S.P, y se toman otras determinaciones”

PARÁGRAFO PRIMERO. - La sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P., garantizará que el uso de la maquinaria será exclusivamente para los fines propuestos en la presente solicitud, de conformidad a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

PARÁGRAFO SEGUNDO. - La presente certificación se expide única y exclusivamente para acreditar que la maquinaria relacionada en el presente artículo, la cual hace parte de un sistema de control ambiental, necesario para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares legales ambientales vigentes, como cumplimiento del requisito establecido en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, y sin perjuicio de la responsabilidad que asume el beneficiario de la misma por la veracidad de la información presentada y el buen manejo de la certificación que se otorga.

PARÁGRAFO TERCERO. - El término de vigencia de la presente certificación es de un (1)Año, contado a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones tributarias contempladas en las normas que regulan la materia.

ARTÍCULO SEGUNDO. - En caso de requerir la modificación de la subpartida arancelaria,marca, modelo o referencia, fabricante, proveedor o vendedor, de la maquinaria relacionada en el artículo 1° del presente acto administrativo, la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P., deberá presentar la respectiva solicitud debidamente motivada, junto con el formato 1 anexo a la Resolución 2000 de 2017, en medio magnético no protegido, dentro de los seis (6) meses siguientes contados a partir de la ejecutoria de esta Certificación; lo anterior, conforme al artículo 8° de la citada Resolución.

PARÁGRAFO. - En el evento en que la modificación de la Certificación verse sobre aspectos diferentes a los enunciados en este artículo, el titular de la misma deberá presentar una nueva solicitud con el lleno de los requisitos legales que defina la normativavigente.

ARTÍCULO TERCERO. - Notificar el presente acto administrativo a la sociedad Interaseo del valle S.A.S E.S.P., a través de su Representante Legal o Apoderado debidamente constituido.

ARTÍCULO CUARTO. - Comunicar el presente acto administrativo a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC-, para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO. - Enviar copia de la presente certificación a la Subdirección de Fiscalización Tributaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, con elfin de que ésta realice las diligencias de vigilancia y control de su competencia.

Elemento /Equipo/

Maquinaria

Subpartida Arancelaria

Cantidad/ unidad medida

Marca Modelo / Referencia

Fabricante /Proveedor

Proveedor/ Vendedor

Función de cada elemento, equipo y/o maquinaria del

sistema de control.

EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L

1 Und CATERPILLAR 336D2L GECOLSA CAT

GECOLSA CAT

La EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L cumple con la función se disgregación y cobertura de residuos, heterogéneos tipo sólidos previniendo así la infiltración de aguas lluvia a la celda lo cual evita la generación de lixiviados en el Relleno Sanitario Colomba el Guabal.

Page 7: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Resolución No. 02092 Del 21 de noviembre de 2018 Hoja No. 7 de 7

“Por la cual se certifica que es acreditable la maquina objeto de la solicitud de exclusión del impuesto sobre las ventas - IVA presentada por la sociedad Interaseo del valle S.A.S

E.S.P, y se toman otras determinaciones”

ARTÍCULO SEXTO. - Publicar el contenido de este acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad.

ARTÍCULO SÉPTIMO. - Contra el presente acto administrativo, procede el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con loestablecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 21 de noviembre de 2018

RODRIGO SUAREZ CASTAÑODirector General

EjecutoresDIANA PAOLA FLOREZ MORALESContratista Revisor / L�derCARLOS ALONSO RODRIGUEZ PARDOSubdirector de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales CARMEN LIZETH BOLIVAR MELENDEZAbogado/Contratista

Expediente No. BTI0195-00-2018Concepto Técnico N° 06666 del 31 de octubre de 2018Fecha: 20 de noviembre de 2018

Proceso No.: 2018161638

Archívese en: BTI0195-00-2018 Plantilla_Resolución_SILA_v3_42852

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad.

Page 8: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 1 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

2018153364-3-000

CONCEPTO TÉCNICO No. 06666 del 31 de octubre de 2018

FECHAEXPEDIENTE: BTI0195-00-2018INTERESADO: INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

UBICACIÓN: Carrera 38 # 10 – 36 Oficina 907 Medellín

NIT: 900.192.894-5

TELÉFONO: 4446507 Ext 261

ASUNTO: Evaluación VALOR DE LA INVERSIÓN ANTES DEL IVA: $ 905.870.140VALOR DE LA EXCLUSIÓN: $ 172.115.327

1 ANTECEDENTES

DOCUMENTOS

TIPO No FECHA DESCRIPCIÓN

Comunicado 2018137825-1-000 02/10/2018

La empresa INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P., presenta solicitud de certificación ambiental de exclusión de IVA, fundamentado en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, para la adquisición de una (1) excavadora hidráulica, la cual será utilizada para el desarrollo de actividades de disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos dentro del sistema de control definido que corresponde al Relleno Sanitario Colomba El Guabal, localizado en el municipio de Yotoco, departamento del Valle del Cauca.

Auto 6293 18/10/2018

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, dio inicio al trámite de certificación ambiental para exclusión de impuesto sobre las ventas IVA y abrió el

Page 9: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 2 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

DOCUMENTOSDESCRIPCIÓNTIPO No FECHA

expediente No. BTI0195-00-2018 para su evaluación y concepto técnico.

2 ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN APORTADA

2.1 Fundamento de la Solicitud La solicitud se fundamenta en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario reglamentado por el Decreto 1625 de 2016 modificado por el Decreto 1564 de 2017 y la Resolución MADS 2000 de 2017.

2.2 Elementos, equipos o maquinaria objeto de la solicitud

En la siguiente tabla se relaciona la máquina objeto de la solicitud.

Tabla 1. Especificaciones del Elemento, Equipo o Maquinaria y Cálculo del IVA

Elemento /Equipo/

Maquinaria

Subpartida Arancelaria

Cantidad/ unidad medida

Marca Modelo / Referencia

Fabricante /Proveedor

Proveedor/ Vendedor

Valor en pesos (sin incluir IVA)

Valor en IVA en pesos

Función de cada elemento, equipo

y/o maquinaria del sistema de

control.

EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO

336D2L

1 Und CATERPILLAR 336D2L GECOLSA CAT

GECOLSA CAT

$905.870.140

$172.115.327

La EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L cumple con la función se disgregación y cobertura de residuos, heterogéneos tipo sólidos previniendo así la infiltración de aguas lluvia a la celda lo cual evita la generación de lixiviados en el Relleno Sanitario Colomba el Guabal.

Fuente: Radicado 2018137825-1-000 del 02/10/2018 Expediente BTI0195-00-2018 Formato 1

El IVA reportado corresponde al 19% del valor total de la inversión.

2.3 Localización Geográfica

De acuerdo con la información presentada por el usuario la EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L será utilizada en el área definida para la disposición final de los residuos sólidos

Page 10: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 3 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

en los predios de las haciendas Colomba - El Guabal, localizadas en la jurisdicción del municipio de Yotoco, departamento del Valle del Cauca.

2.4 Descripción y Objeto del Sistema de Control

Mediante radicado 2018137825-1-000 del 02/10/2018, se informa lo siguiente con respecto a la descripción del sistema de control a implementar:

“…Al establecer que la EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L de la cual se solicita la presente exclusión de IVA hace parte integral del conjunto ordenado de equipos, elementos y maquinaria que se utilizan en el sistema de Control Ambiental Relleno Sanitario Colomba El Guabal para optimizar el manejo integral del “Relleno Sanitario Colomba el Guabal”, se puede determinar la siguiente finalidad:

Disminuir el impacto visual y la proliferación de vectores, por la cobertura de los residuos. Mejorar las eficiencias de cargue del material de cobertura. Al aumentar la eficiencia del

cargue del material, se disminuyen los tiempos de exposición de los residuos, disminuyendo la probabilidad que el agua lluvia haga contacto directo con los residuos sólidos.

Mejorar el manejo de los desechos dentro del relleno. Control y minimización del riesgo de escape o fugas de residuos, lixiviados. Minimizar los riesgos de contaminación al medio ambiente y a la salud humana. Evitar la contaminación de los recursos naturales renovables suelo, agua (superficial,

subsuperficial y subterránea) y aire.

El sistema de Control Ambiental definido, corresponde al Relleno Sanitario Colomba El Guabal, puesto que según la norma precitada, corresponde a un conjunto ordenado de equipos, elementos, o maquinaria, dentro de los cuales hacen parte los equipos como la maquinaria amarilla entre ellos la EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L, la cual se utiliza para el desarrollo de actividades tales como la disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos, lo cual se traduce en beneficios ambientales medibles y verificables en cuanto a la prevención de generación de lixiviados por el rendimiento que proporciona la maquinaria en la cobertura de los residuos evitando que el agua lluvia se infiltre dentro de los residuos dispuestos y se convierta en lixiviados que puedan contaminar aguas superficiales y subterráneas.

INTERASEO del VALLE, tiene como objeto establecer la gestión de los residuos sólidos bajo un enfoque integral y de manera sostenible que permita garantizar la prestación del servicio de aseo y el cumplimiento de normas ambientales; de igual forma implantar un control sobre la calidad del agua superficial y subterránea, manejo y tratamiento de lixiviados, gases y calidad del aire, dentro y alrededor del relleno sanitario, para reducir los riesgos de salud pública.

Teniendo en cuenta lo anterior la empresa prestadora del servicio, tiene como objeto contar con equipos en muy buen estado de manera que permita garantizar la continuidad, calidad en el servicio y el manejo integral de los residuos con disposición final en el relleno sanitario Colomba el Guabal.

Page 11: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 4 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

Prevención generación de lixiviados maquinaria amarilla

Se parte de que la EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L hace parte del conjunto ordenado de maquinarias y equipos utilizados en la optimización del manejo integral del Relleno Sanitario Colomba el Guabal, del sistema de control ambiental, y que el Reglamento de Aguas y Saneamiento RAS, Título F Sistemas de Aseo, determina que es necesario utilizar equipos pesados y especializados para realizar las operaciones de disgregación, compactación y colocación de material de cobertura.

Además, define el sistema de recolección de lixiviados como: “… el conjunto de elementos interrelacionados conformado por accesorios, tuberías y/o canales, en materiales naturales y sintéticos, complementados por un sistema de impermeabilización, que permite captar, conducir y evacuar los lixiviados producidos en el relleno sanitario y los conducen al sistema de manejo y tratamiento de lixiviados.”

La Excavadora Hidráulica 336 D2L, cuenta con las siguientes características:

Motor y sistema hidráulico: un potente Motor Cat C9 ACERT que cumple con las normas Tier 2 de la EPA de EE. UU., Stage II de la Unión Europea y con las normas de emisiones Tier 2 de China y, junto con el sistema hidráulico altamente eficiente, proporciona un excelente rendimiento con un bajo consumo de combustible. De hecho, el modelo 336D2/ D2 L utiliza hasta un 8 % menos de combustible que su predecesor al mover la misma cantidad de material.

Estructuras: las técnicas de diseño y fabricación de Caterpillar garantizan una durabilidad y una vida útil extraordinarias en las aplicaciones más exigentes.

Estación del operador: la espaciosa cabina cuenta con excelente visibilidad y fácil acceso a todos los interruptores. El monitor cuenta con pantalla gráfica a todo color que es fácil ver y utilizar. En general, la nueva cabina proporciona un entorno cómodo de trabajo para lograr la máxima producción y eficiencia.

Estándares de emisiones: el Motor Cat C9 ACERT está diseñado para cumplir los estándares de emisiones Tier 2 de la EPA de EE. UU., Stage II de la UE y Tier 2 de China. El motor incorpora componentes resistentes y comprobados, y fabricación de precisión con la que puede contar para conseguir una operación fiable y eficiente.

Sistema de filtrado: el motor cuenta con un sistema de filtración mejorado para garantizar la fiabilidad incluso con combustible de menor calidad. Se extendieron los intervalos de servicio y la cantidad de filtros se redujo para aumentar al máximo su potencial de beneficios.

Page 12: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 5 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

Control automático de velocidad del motor: el control automático de velocidad del motor se activa en condiciones sin carga o con carga liviana para reducir la velocidad del motor, lo que ayuda a minimizar el consumo de combustible.

(…)”

2.5 Normas, Regulaciones, Disposiciones o Estándares Ambientales

El usuario afirma que las normas a las cuales se dará cumplimiento mediante la maquina objeto de la presente solicitud son:

Ley 9 de 1979, por la cual se dictan Medidas Sanitarias. Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector

Público encargado de la Gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.

Ley 142 de 1994, por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.

Ley 1607 de 2012, Por la cual se expiden normas en Materia Tributaria y se dictan otras disposiciones.

Ley 1753 de 2015, PLAN NACIONAL DEL DESARROLLO 2014-2018 Decreto 2811 de 1974, Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección

al Medio Ambiente. Decreto 2820 de 2010, Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre

licencias ambientales. Decreto 351 de 2014, el cual tiene por objeto reglamentar ambiental y sanitariamente la

gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades, y cuyo ámbito de aplicación, se refiera a las entidades que generen, identifiquen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades relacionadas, entre otras a, los servicios de atención en salud.

Decreto 2532 de 2001, Establece que sistemas de control ambiental “es el conjunto ordenado de equipos, elementos, o maquinaria nacionales o importados, según sea el caso, que se utilizan para el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables de disminución de la demanda de recursos naturales renovables, o de prevención y/o reducción del volumen y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, emisiones atmosféricas o residuos sólidos. Los sistemas de control pueden darse al interior de un proceso o actividad productiva lo que se denomina control ambiental en la fuente, y/o al finalizar el proceso productivo, en cuyo caso se hablará de control ambiental al final del proceso”.

Decreto 838 de 2005, Por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones.

Page 13: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 6 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

Decreto 1077 de 2015, Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector vivienda, ciudad y territorio, titulo 2 servicio público de aseo, capitulo 3 disposición final de residuos sólidos. Se incluye el Decreto 2981 de 2013 que reglamenta el Servicio Púbico de Aseo.

Titulo F del Reglamento de Agua y Saneamiento Básico RAS Versión 2012, El título F: define los requerimientos mínimos necesarios para que el sistema de disposición final de rellenos sanitarios sea diseñado, operado y monitoreado para evitar y mitigar los impactos ambientales que son generados al utilizar este sistema. Versión 2012.

2.6 Cuantificación de beneficios ambientales

Mediante radicado 2018137825-1-000 del 02/10/2018, el usuario presenta información relacionada con los beneficios ambientales, como se muestra en la siguiente tabla:

Tabla 2. Cuantificación de beneficios ambientales en prevención y/o reducción del volumen y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, sólidos o emisiones atmosféricas

PARAMETRO OBJETO DE CONTROL (1)

VALOR DE LA CARGA SIN EL SISTEMA DE

CONTROL AMBIENTAL (m3/AÑO) (2)

VALOR ESPERADO DE LA CARGA CON

EL SISTEMA DE CONTROL

AMBIENTAL (m3/AÑO) (3)

BENEFICIO AMBIENTAL

(4)

FUENTE DE INFORMACION (5)

Prevención generación LIXIVIADO por Cobertura de los residuos con EXCAVADORA_336D2L

3.340 0 3.340 INTERASEO DEL VALE SAS ESP

Fuente: Radicado 2018137825-1-000 del 02/10/2018 Expediente BTI0195-00-2018 Formato 3

Como documentación complementaria el usuario suministra información de la precipitación promedio para el año 2017, la cual corresponde a 1335,80 mm/año (1.336 m3/año) de aguas lluvias en un área de una (1) hectárea correspondiente a la zona promedio de operación, al hacer uso de la Excavadora Hidráulica 336 D2L y de las demás máquinas amarillas que trabajan de manera conjunta se evita la infiltración de 3.340 m3/año de lixiviados, considerando que el caudal de lixiviados generados por los residuos es igual a 6,14 LPS1.

3 ANÁLISIS TÉCNICO

Una vez revisada la información aportada por el solicitante, se establece lo siguiente:

3.1 De acuerdo con la información presentada, se puede establecer que la Excavadora Hidráulica 336 D2L objeto de la presente solicitud, será utilizada para actividades tales como la disgregación, parte de la compactación y cobertura de los residuos sólidos con disposición final en el sistema de control ambiental Relleno Sanitario Colomba – El Guabal localizado en

1 Radicado 2018137825-1-000 del 02/10/2018 Expediente BTI0195-00-2018

Page 14: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 7 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

la jurisdicción del municipio de Yotoco, departamento del Valle del Cauca. De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental establecida en el artículo 1.3.1.14.4. del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017 del 25 de septiembre 2017, la excavadora hidráulica es necesaria para la operación del sistema de control ambiental Relleno Sanitario Colomba – El Guabal, ya que previene la percolación de aguas lluvias a través de los residuos en proceso de degradación previniendo de esta manera el aumento de la generación de lixiviados que pueden contaminar aguas superficiales y subterráneas.

3.2 Los beneficios ambientales que se esperan obtener por el uso de la Excavadora Hidráulica 336 D2L en el Relleno Sanitario Regional Colomba - El Guabal son esencialmente la reducción de un volumen de 3.340 m3 de lixiviados por año, considerando que se estará dejando de infiltrar al sitio de disposición final un caudal de 0,42 Lt/s de agua lluvia.

3.3 La operación del sistema de control ambiental al que se incorporará la maquina objeto de la presente solicitud, es necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1077 de 2015, expedido por el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda Ciudad y Territorio”, específicamente el Titulo 2 Servicio Público de Aseo, Capitulo 2 Transporte y recolección de residuos aprovechables y no aprovechables; Capitulo 3 Disposición final de residuos sólidos.

3.4 En un relleno sanitario se busca disponer técnica y adecuadamente los residuos sólidos aislándolos del ambiente, controlando y manejando las externalidades negativas de su operación como son el volumen de los lixiviados y biogás que se generan y que por lo general tienden a fluir hacia el subsuelo o hacia la atmósfera fuera del relleno, evitando impactos ambientales negativos y efectos sobre la salud humana, por descargas atmosféricas de gas de metano o el aporte de compuestos orgánicos e incluso algunos metales hacia el subsuelo y las aguas subterráneas.

Dentro de los esquemas de diseño para las zonas de operación de la gran mayoría de los rellenos sanitarios, se requieren de una disposición técnicamente adecuada de los residuos sólidos y de un manejo y tratamiento apropiado de los lixiviados teniendo en cuenta entre otros los siguientes elementos físicos de aislamiento y de control:

Una base conformada por subsuelos y materiales sintéticos de baja permeabilidad para evitar la migración de los lixiviados generados dentro del relleno hacia los acuíferos.

Un sistema de recolección y drenaje en el fondo del relleno para captar y conducir los lixiviados hacia sitios de almacenamiento.

Un sistema de tratamiento de los lixiviados recolectados. Capas o niveles de desechos municipales conformados durante la operación del

relleno.

Page 15: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 8 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

Capas de suelo como coberturas finales que se compactan encima de los desechos con el objeto de evitar los efectos estéticos y ambientales adversos que producen las basuras expuestas a los fenómenos atmosféricos.

Un sistema de impermeabilización en la superficie o cobertura final, para armonizar el proyecto dentro del paisaje intervenido por el ser humano.

Teniendo en cuenta las actividades mencionadas, es necesario contar con maquinaria pesada como la excavadora hidráulica, para poder ejecutar eficientemente estas actividades.

3.5 Aunque esta Autoridad no certifica valores sino elementos, equipos y maquinaria, es pertinente indicar que el valor estimado de la máquina que se sugiere certificar es de $ 905.870.140 y el valor del IVA es de $ 172.115.327, el cual corresponde al 19% del total de la inversión.

3.6 Una vez revisada la base de datos del trámite de exclusión de IVA, se encuentra que a la empresa INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P., se le han expedido las siguientes certificaciones ambientales de beneficios tributarios en lo referente a elementos, equipos y maquinaria para sistemas de control ambiental en el relleno sanitario Colomba-El Guabal:

Tabla 3. Certificaciones de Beneficios Tributarios expedidasCERTIFICACIÓN

No. EXPEDIENTE DESCRIPCIÓN

4325 de 2014 EBT2154 Compactador para rellenos sanitarios 826h157 de 2015 EBT2368-00 Minicargador sobre llantas62 de 2016 EBT2470-00 Excavadora hidráulica y tractor sobre cadenas

646 de 2016 EBT2464-00Elementos y equipos para el tratamiento fisicoquímico de los lixiviadas de la PTAR el relleno sanitario Colomba-El

Guabal

1102 de 2016 EBT2578-00 Elementos (repuestos para los equipos) que hacen parte integral del proyecto relleno sanitario Colomba-El Guabal

111 de 2017 EBT2729-00Adquisición de elementos y equipos que hacen parte

integral del proyecto para el mejoramiento de la calidad del lixiviado (Sistema de tratamiento de lixiviados).

126 de 2017 EBT2696-00 1 retroexcavadora cargadora Cat modelo 416f2

465 de 2017 EBT2744-00Elementos (repuestos para los equipos) para el proyecto

relleno sanitario para la optimizar la generación de residuos solidos

1017 de 2017 EBT2987-00 Impermeabilización vaso A7 y A8 relleno Colomba-El Guabal

338 de 2018 EBT3189-00 Bulldozer para el relleno sanitario Colomba-El Guabal

1108 de 2018 EBT3028-00Elementos adecuaciones conducción lixiviados y

construcción chimeneas del vaso A7 y A8 relleno sanitario Colomba-El Guabal

Page 16: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 9 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

Revisada la información anterior, se encuentra que a la empresa INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P., se le expidió en el año 2016 certificación ambiental para la adquisición de una excavadora hidráulica y un tractor sobre cadenas los cuales fueron utilizados en el Relleno Sanitario Colomba – El Guabal. Sin embargo; la presente solicitud se requiere para optimzar la operación de dicho relleno sanitario.

4 CONCEPTO

Como resultado de la evaluación técnica realizada, de la información consignada en el expediente BTI0195-00-2018 y en cumplimiento de los requisitos exigidos en el marco normativo aplicable, específicamente con lo establecido en el Artículo 424 Numeral 7 del Estatuto Tributario , reglamentado por el Decreto 1625 de 2016 modificado por el Decreto 1564 de 2017 y la Resolución MADS 2000 de 2017, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Tramites Ambientales considera desde el punto de vista técnico:

La viabilidad de la Certificación solicitada por la empresa INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P., identificada con NIT 900.192.894-5, en los siguientes términos:

4.1 Certificar la máquina relacionada en la tabla a continuación, la cual es necesaria para la operación del sistema de control denominado Relleno Sanitario Colomba - El Guabal, localizado en la jurisdicción del municipio de Yotoco, departamento del Valle del Cauca. Lo anterior por cuanto la certificación para obtener el beneficio tributario de exclusión de IVA se otorga como resultado de la cuantificación de los beneficios ambientales generados por disminuir el volumen de lixiviados del relleno sanitario.

Tabla 4. Especificaciones de la máquina a certificarElemento /Equipo/

Maquinaria

Subpartida Arancelaria

Cantidad/ unidad medida

Marca Modelo / Referencia

Fabricante /Proveedor

Proveedor/ Vendedor

Función de cada elemento, equipo y/o

maquinaria del sistema de control.

EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO

336D2L

1 Und CATERPILLAR 336D2L GECOLSA CAT

GECOLSA CAT

La EXCAVADORA HIDRAULICA CAT MODELO 336D2L cumple con la función se disgregación y cobertura de residuos, heterogéneos tipo sólidos previniendo así la infiltración de aguas lluvia a la celda lo cual evita la generación de lixiviados en el Relleno Sanitario Colomba el Guabal.

Es el concepto de,

Page 17: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 10 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA

Firmas:

JAIRO ALFONSO BELLO FOREROProfesional Técnico/Contratista

CLAUDIA MARCELA OLAYA PEREAProfesional Técnico/Contratista

EjecutoresCLAUDIA MARCELA OLAYA PEREAProfesional Técnico/Contratista Revisor / L�derJAIRO ALFONSO BELLO FOREROProfesional Técnico/Contratista

Page 18: - ANLA – AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESportal.anla.gov.co/sites/default/files/res_2092_21112018_ct_6666.pdf · De acuerdo con la definición de sistema de control ambiental

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 25/04/2018

Versión: 4

Código: EP-F-18

CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓNBENEFICIOS TRIBUTARIOS

EXCLUSIÓN DE IVAPágina 11 de 11

Expediente: BTI0195-00-2018 INTERASEO DEL VALLE S.A.S. E.S.P.

EP-F-18- concepto técnico de evaluación beneficios tributarios exclusión de IVA