tesis sobre exportación de sabalo - diego dumont
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t
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO
FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS Y ESTADSTICA
Carrera de Postgrado Especialista en Operaciones de Comercio Exterior
Trabajo Monogrfico Final:
CARACTERSTICAS, PROBLEMTICA Y PERSPECTIVAS DE LA EXPORTACIN DE SBALOS EN LA REPBLICA ARGENTINA.
C.P.N. / Despachante de Aduana: Diego A. Dumont Ferro
Profesor encargado: C.P.N. Carlos A. Beltrn
Rosario, julio de 2008
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Slo cuando el ltimo rbol est muerto, el ltimo ro envenenado, y el
ltimo pez atrapado, nos daremos cuenta de que no se puede comer
dinero.
(Annimo)
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3
NDICE GENERAL
Abreviaturas 5
Introduccin 7
Captulo 1: El sbalo 9
Captulo 2: Exportaciones de sbalo de Argentina 15
2.1. Introduccin 15
2.2. Ventas en el mercados interno 15
2.3. Ventas en el mercado externo 16
2.4. Aspectos Operativos inherentes a la exportacin de sbalo 21
2.4.1. Ubicacin en la nomenclatura 21
2.4.2. Normas cambiarias 22
2.4.3. Cupos de exportacin 23
2.4.4. Derecho de exportacin y reintegro 24
2.4.5. Valores Referenciales 24
2.4.6. Intervenciones Oficiales 25
2.4.7. Requisitos de infraestructura 26
2.4.8. Sufijos de valor y estadstica requeridos por DGA 26
Captulo 3: Problemtica de la actividad 36
3.1. Introduccin 36
3.2. El problema de la pesca indiscriminada 36
3.3. Reglas de juego mltiples y que no se cumplen 40
3.4 Cuestiones sociales involucradas 43
3.5. Factibilidad de acuicultura para el sbalo 45
3.6. Un problema conexo: exportacin de sbalo no apto para el consumo humano
47
3.7. Restriccin de exportaciones de recursos de la pesca y el GATT/OMC 48
Captulo 4: Evolucin y perspectivas 50
Captulo 5: Algunas Propuestas 58
Conclusiones 65
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Bibliografa 69
APNDICE 71
A) Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. 72
B) Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) 79
C) Marco legal de la Pesca en las Provincias de Santa Fe y Entre Ros 88
D) Artculos de inters 95
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ABREVIATURAS
ALADI: Asociacin Latinoamericana De Integracin
ANA: Administracin Nacional de Aduanas (hoy DGA)
AFIP: Administracin Federal de Ingresos Pblicos
BCRA: Banco Central de la Repblica Argentina
C.A.: Cdigo Aduanero (Ley 22.415 y normas modificatorias y
complementarias).
Com.: Comunicacin
CONICET: Consejo Nacional de Investigaciones Cientficas y Tcnicas
CMP: Captura Mxima Permisible
CRECENEA: Comisin Regional de Comercio Exterior del Noreste Argentino
CRT: Conocimiento Rodoviario Terrestre
DGA: Direccin General de Aduana
EMAS: Eco-Management and Audit Scheme
FAO: Food and Agriculture Organization (Organizacin de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentacin)
FCA: Free Carrier (libre transportista)
FOB: Free on board (libre a bordo)
GATT: Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio
INALI: Instituto Nacional de Limnologa
INIDEP: Instituto Nacional de Investigacin y Desarrollo Pesquero
INTEC: Instituto de Desarrollo Tecnolgico para la industria Qumica
ISO: International Organization for Standardization
MEP: Ministerio de Economa y Produccin
MERCOSUR: Mercado Comn del Sur
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MIC/DTA: Manifiesto Internacional de la Carga Declaracin de Trnsito
Aduanero
NCM: Nomenclatura Comn del MERCOSUR
OMC: Organizacin Mundial del Comercio
ONG: Organizaciones no gubernamentales
PEN: Poder Ejecutivo Nacional
Res.: Resolucin
RG: Resolucin General
RMS: Rendimiento Mximo Sustentable
SAGPyA: Secretara de Agricultura, Ganadera, Pesca y Alimentos
SENASA: Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
SIM: Sistema Informtico Mara
UNL: Universidad Nacional del Litoral
USD: United States Dollars (dlares estadounidenses)
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INTRODUCCIN
Uno de los principales factores motivantes en abordar el tema bajo anlisis
fue, sin dudas, la curiosidad despertada por su recurrente aparicin en los
medios de comunicacin, a raz de las implicancias que tiene para con el medio
ambiente y el sector social involucrado. Encontr de esta manera, la
posibilidad de efectuar el trabajo final requerido para mi graduacin de
postgrado en base a un problema de candente actualidad y propio de la regin
en que vivo, ciudad de Santa Fe y provincia homnima.
La investigacin propuesta, analiza la exportacin de la especie sbalo (hoy en
riesgo debido a una demanda externa creciente) en los ltimos cuatro aos,
estudiando las caractersticas operativas de ella, identificando aquellas
cuestiones ms relevantes de la problemtica actual y esbozando algunas
ideas para mejorar su preservacin.
Para ello, en un primer captulo definimos las caractersticas del recurso,
mencionando aquellas cuestiones que lo hacen especialmente importante a
nivel ecosistmico. En el segundo captulo, luego de analizar brevemente el
mercado interno, nos introducimos en la exportacin de sbalo de Argentina,
tanto desde un punto de vista estadstico como normativo-operativo. En el
tercer captulo incursionamos en la problemtica de la actividad identificando
las causas que ponen en riesgo el recurso y haciendo hincapi especialmente
en la pesca indiscriminada; para luego tratar otros aspectos relacionados como,
por ejemplo, la cuestin social que existe de fondo y el inconveniente que
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representa la falta de armonizacin entre las legislaciones provinciales. En el
cuarto captulo se hace un doble anlisis: se mira retrospectivamente la
evolucin de las cuotas de exportacin desde su implantacin; y en base a ello
se traza la tendencia futura de la actividad exportadora. Nuestra intencin es
que este trabajo sirva, no slo para el estudio de la problemtica del sbalo,
sino tambin brindar algunas pautas tendientes a descomprimir la difcil
situacin que atraviesa la actividad. Por ello, en el quinto captulo se enuncian
algunas propuestas -no excluyentes entre s- que aportaran a la preservacin
de la especie. Finalmente se exponen las conclusiones.
Vaya un especial agradecimiento al C.P.N. Carlos A. Beltrn, profesional tutor
del presente trabajo, que comprendiendo mis inquietudes, aport
generosamente tiempo, ideas, bibliografa, y sobre todo, el necesario estmulo
para la concrecin de la investigacin.
Por ltimo, deseo que este material sea de utilidad para colegas de este
postgrado, docentes, empresarios, funcionarios pblicos, estudiantes y, en
general, para todos aquellos que se interesen en el tema.
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CAPTULO 1 El sbalo
Su nombre cientfico es Prochilodus
lineatus. En nuestra regin, se lo
conoce con el nombre de sbalo;
mientras que en otras, como curimbat,
bocachico, sbalo jetn, chupabarro,
etctera.
Exceptuando determinadas reas, se lo puede encontrar en general, al este de
la Cordillera de los Andes, en todos los ros que desembocan desde el Istmo de
Panam hasta el Ro de la Plata1, existiendo aproximadamente 46 especies de
este animal. No se lo encuentra en otras partes del mundo. Es el recurso
pesquero ms importante de la parte de Argentina perteneciente a la zona ms
baja de la Cuenca del Plata. sta, con una superficie de 3.170.000 Km2 es la
segunda en extensin de Sudamrica luego del Amazonas (Ver IMAGEN N 1
al final de este captulo). La Cuenca est conformada por los ros Paraguay,
Paran, Uruguay y Ro de la Plata; juntamente con sus afluentes. Tambin se
puede encontrar sbalo en los cuerpos de agua adyacentes, como los ros
Bermejo y Juramento en Salta; ro Pilcomayo en Formosa y las cuencas del ro
Sal en Tucumn y del ro Dulce en Santiago del Estero. Su abundancia se
explica en la capacidad que posee para alimentarse de los sedimentos y en
una estrategia reproductiva eficaz, perfectamente adaptada al rgimen natural
de inundaciones.
1 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APNDICE
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10
Es un pez robusto y de cuerpo fusiforme. Tiene boca pequea y no posee
dientes en sus maxilares, pero los tiene, muy diminutos, en sus labios, por lo
que la accin para alimentarse, se reduce a chupar continuamente el limo
donde encuentra elementos sustanciales para su desarrollo. Ingiere materia
orgnica generalmente de origen vegetal media descompuesta (no podrida,
sino desarmada) y de la fauna de descomponedores a que est asociada esta,
es decir de los microorganismos que la descomponen, de ah es que el sbalo
no es fcil de criar en un criadero2. Al ingerir barro, lo convierte en detritus
(materia orgnica en descomposicin, base de la cadena trfica) por lo que
adquiere un importante rol en el ecosistema, transformndose en el primer
eslabn de una cadena alimentaria que supera las 20 especies (Ver IMAGEN
N 2).
Se reproduce luego de los dos aos de vida, una vez por ao, durante seis
meses aproximadamente (desde fines de setiembre hasta febrero), con dos
picos, uno en octubre y otro en febrero. Como hemos dicho, posee una
estrategia reproductiva muy eficaz siendo por ello una especie muy fecunda.
Realiza migraciones ro arriba para desovar en abundancia, y en forma
sincronizada con las crecientes, dispersa sus huevos y larvas, los que se
convierten en alimento de las larvas y juveniles de los carnvoros tope del
sistema como el surub y el dorado. Como muestra el CUADRO N 1 (al final
de este Captulo), para la cohorte explotada, desde el desove hasta que el
ejemplar adquiere un tamao de 42 centmetros, transcurren aproximadamente
tres aos. Dichos ejemplares crecen ms rpidamente, viven actualmente unos
seis aos, y se extinguen antes que los pertenecientes a la cohorte natural.
2 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APNDICE
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Por su importante tamao (los ejemplares mayores pueden pasar los 70
centmetros de longitud total), carne abundante y grasosa, todo lo cual le
confiere un interesante valor comercial, se lo persigue y pesca con grandes
redes de arrastre y en enormes cantidades, especialmente en el Paran Medio
e Inferior (Provincias de Santa Fe y Entre Ros)3.
Se considera oportuno hacer una breve referencia a las pesqueras de las
provincias antes mencionadas:
La Provincia de Santa Fe posee aproximadamente 700 kilmetros de
costa sobre el ro Paran. Su pesquera se extiende desde la ciudad de
San Javier en el norte hasta la localidad de Puerto Gaboto en el sur,
ocupando el valle aluvial dentro de los lmites polticos provinciales. Los
principales puertos de desembarco de pescado son: Helvecia, Cayast,
Santa Rosa de Calchines, Coronda y Puerto Gaboto. Al sur de Puerto
Gaboto la pesquera contina hasta el lmite con la Provincia de Buenos
Aires.
La Provincia de Entre Ros tiene como lugar de mayor actividad
pesquera a la localidad de Victoria. Otras plazas con importante
actividad son Diamante, Rincn de Nogoy y Gualeguay. La actividad
del resto de la Provincia es muy inferior.
3 El Ro Paran es uno de los ms largos del mundo, con ms de 700 Km. de costa slo en la Provincia de Santa Fe. Los puertos localizados en aqul, se han convertido en un factor importante para el desarrollo de diferentes actividades econmicas. Su fauna ictcola dentro del territorio argentino se calcula en alrededor de 300 especies.
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IMAGEN N 1: LA CUENCA DEL PLATA
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IMAGEN N 2: EL SBALO, BASE DE LA CADENA TRFICA
Fuente: Diario El Litoral, Febrero 2008.
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CUADRO N 1: Biomasa en funcin de las edades y las tallas (longitudes totales) para las cohortes de sbalo natural (superficie sembrada) y explotada
Fuente: OLDANI, N.; BAIGN, C.; PETEN, J.; y otros. Caractersticas y evaluacin preliminar de la pesquera artesanal del ro San Javier. Pesqueras continentales en Amrica Latina. Hacia la sustentabilidad del manejo pesquero.
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CAPTULO 2. Exportaciones de sbalo de Argentina
2.1. Introduccin
Se desea enfatizar que Argentina es uno de los principales exportadores
mundiales de la especie y, segn estadsticas brindadas por la ALADI,
prcticamente el nico exportador a nivel MERCOSUR. En Brasil, por ejemplo,
las exportaciones de sbalo estn prohibidas desde hace varios aos.
En Argentina, la pesca del sbalo a gran escala comenz a partir de mediados
de la dcada de 1930, con el desarrollo de la industria de reduccin (plantas
para la elaboracin de aceite y harina de pescado). Actualmente, constituye el
mayor porcentaje en las capturas de peces de ro destinadas al mercado
interno y externo.
La pieza se adquira a fines de 2007 en los puertos de desembarco desde $
0,50 hasta aproximadamente $1,10. Siendo que la pieza tipo tiene
aproximadamente 1,250 kilogramos, resulta un costo final aproximado entre
$0,40 y $0,88 por kilogramo, aunque hay que tener en cuenta que
posteriormente se perder cerca del 18% de su peso en el proceso de
eviscerado. Una vez adquirido, se lleva al frigorfico, donde aquellos que tienen
como destino la exportacin, son emprolijados, se le retiran los restos de
vsceras, congelan, embolsan y embalan en cajas de cartn (normalmente de
20 Kg. cada una).
2.2 Ventas en el Mercado Interno
A pesar que no disponemos de datos sumamente precisos de captura para el
mercado domstico (hay que tener en cuenta que gran parte de la venta se
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16
concreta en negro), se estima que en trminos generales el consumo interno
es de 4.000 a 5.000 toneladas anuales aproximadamente1 (casi 140 gramos
anuales per cpita), es decir alrededor del 7% del consumo per cpita total de
pescado (estimado en unos 2 kg). Adems, en el pas, anualmente cada
habitante consume 65 kg. de carne vacuna, 25,8 kg de pollo, 6,2 kg de cerdo
(ms de la mitad son chacinados) y 1,6 kg de oveja y cabra2.
El precio final en pescaderas de la Ciudad de Santa Fe es de
aproximadamente $4,90 el kilogramo, un precio elevado, que puede
entenderse por la muy limitada cantidad que se vende3. Las ventas
domsticas se realizan principalmente en Jujuy, Santiago del Estero, Tucumn
y Salta. Los frigorficos de Mar del Plata que llevan pescado de mar a
Tucumn, Salta y Jujuy aprovechan el viaje comprando pescado de ro en San
Nicols de paso y llevndolo all con lo que tienen un costo del flete
prcticamente nulo que impide competir a los frigorficos de Santa Fe y Entre
Ros4. Por lo antedicho, vemos que la motivacin de los frigorficos de Santa
Fe y Entre Ros por incursionar en mercados externos est dada, en parte, por
la bsqueda de otros mercados al encontrarse con una demanda interna
bastante cubierta.
2.3. Ventas en el Mercado Externo
Tal como lo demuestra el CUADRO N 1 (al final de este captulo), las
capturas histricas totales de sbalo (es decir, la suma de lo destinado a
1 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APNDICE 2 Por la intervencin oficial crece el consumo de carne. Diario LA NACION, 19/05/2007. 3 Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. - APNDICE 4 Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. - APNDICE
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17
mercado domstico y a exportaciones) jams alcanzaron los niveles que,
contando tan slo las capturas para mercado externo, se han logrado en este
ltimo tiempo. Como puede verse en el citado cuadro, a partir de 2002 se
observa un incremento muy significativo de las capturas para exportacin, lo
cul se explica por la aparicin de nuevos mercados y la presencia de un tipo
de cambio ms competitivo.
Hoy da, el sbalo es la segunda especie ictcola exportada por nuestro pas,
por detrs de la merluza e incluso, desplazando a otras especies de mar que
han sido tradicionalmente ms importantes, tales como la merluza de cola, la
polaca y la corvina. Segn el estudio realizado en 2006 por Espinach Ros -
Snchez, (Eds.), las exportaciones argentinas de pescado de ro totalizan
aproximadamente 40.000 toneladas anuales y tienen como principal destino a
Colombia, Nigeria, Bolivia y Brasil. Del total del volumen exportado el 90%
proviene de Entre Ros y Santa Fe, y el 89% de este total es sbalo. Muy lejos
quedan la boga y tararira (4% cada especie); pat, dorado y surub (1% cada
una).
Es minoritaria su exportacin en estado fresco o refrigerado (Ver CUADROS
N 2 y 3), debido fundamentalmente a que se acorta su perodo de consumo.
En la prctica no se realiza la exportacin en otras formas distintas a entero,
sea refrigerado o congelado (como ser en filetes, rodajas, carne picada,
ahumado, secado y salado, etc.) por no existir la demanda correspondiente.
Por todo esto, en este trabajo nos centramos en la exportacin de sbalo
congelado, entero y eviscerado como integralmente representativo de la
problemtica de la exportacin de sbalos.
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18
Ya hemos dicho que el sbalo se pesca principalmente en el Paran Medio o
Inferior. Es as, que las provincias relacionadas directamente con su
exportacin son Entre Ros, Santa Fe y Buenos Aires. Como puede verse en el
CUADRO N 5, la principal exportadora es Entre Ros, seguida por Santa Fe y
mucho ms lejos por Buenos Aires. Entre Ros representa la mayor proporcin
de las toneladas exportadas (aproximadamente 55% en 2004, 46% en 2005,
62% en 2006 y 51% en 2007); y juntas con Santa Fe suman ms del 85% del
universo de exportaciones de sbalo (aproximadamente 85% en 2004, 88% en
2005, 90% en 2006 y 89% en 2007). Existen 5 frigorficos exportadores en
Entre Ros y 11 en Santa Fe.
En lo que va del ao 2008, el sbalo congelado se exporta a un precio
promedio aproximado FOB o FCA, de USD 0,80 a USD 1 el kilogramo. En
cuanto a los destinos de exportacin del mismo, como puede verse en el
CUADRO N 4 el principal importador es Colombia, seguido en importancia
por Nigeria. Ms lejos estn Brasil, Bolivia y Congo; y finalmente otros destinos
como: Ghana, Jordania, Camern, Per, Zaire, Costa de Marfil, Turqua,
Guinea Ecuatorial, Togo, Ecuador, Liberia, Angola, Egipto, Gabn, Rusia y
Cuba. Colombia representa la mayor proporcin de las toneladas exportadas
(aproximadamente 59% en 2004, 59% en 2005, 45% en 2006 y 57% en 2007);
seguida por Nigeria (aproximadamente 24% en 2004, 32% en 2005, 43% en
2006 y 22% en 2007). Ambos destinos suman ms del 80% del universo de
exportaciones de sbalo (aproximadamente 82% en 2004, 91% en 2005, 88%
en 2006 y 80% en 2007). Como puede deducirse, los importadores de sbalo
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son pases que no poseen un elevado nivel de poder adquisitivo. En general, lo
consumen en guisos o frito; y en Colombia, Per y Ecuador se utiliza adems
para la preparacin de una comida tpica llamada sancocho.
Resulta interesante mencionar de qu manera se produce el ingreso a los
pases compradores. Mientras que con los pases africanos no existen
acuerdos que conlleven a una desgravacin impositiva, s los hay con los
pases del Cono Sur. En el marco de la ALADI, las partes contratantes pueden
celebrar acuerdos de Alcance Parcial de los que participan algunos pases
miembros. Entre stos, encontramos los de Complementacin Econmica, que
pueden tener por objeto, entre otros: promover el mximo aprovechamiento de
los factores de la produccin, estimular la complementacin econmica,
asegurar condiciones equitativas de competencia, facilitar la concurrencia de
los productos al mercado internacional e impulsar el desarrollo equilibrado y
armnico de los pases miembros5. A continuacin, indicamos con qu
porcentaje de preferencia ingresa el sbalo a los principales destinos de
exportacin de Amrica del Sur:
Colombia: Por el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacin
Econmica N 59, celebrado en el marco de la ALADI entre los pases del
MERCOSUR y los pases de la Comunidad Andina, se otorga actualmente una
preferencia del 75% para los Productos obtenidos de la caza, recoleccin,
pesca o acuicultura llevada a cabo en el territorio de las Partes Signatarias,
incluidos su mar y dems aguas territoriales, plataforma continental o zona
econmica exclusiva (este porcentaje de preferencia se incrementa el primero
5 FRATALOCCHI, ALDO. Comercio Exterior. Temas fundamentales del comercio internacional de mercaderas Ed. Cuyo, 2005.
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20
de enero de cada ao y est planificado alcanzarse una preferencia del cien
por ciento para enero del ao 2012). Como puede verse en el CUADRO N 8,
al ser de 20% el derecho de importacin nominal, nos queda -deducida la
preferencia- un arancel final de 5%.
Bolivia: las importaciones de sbalo no tributan derechos de importacin
debido a que por Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacin Econmica
N 36, celebrado entre los Estados Partes del MERCOSUR y la Repblica de
Bolivia, rige actualmente un cien por ciento de preferencia para las Mercancas
de los reinos mineral, vegetal y animal, incluyendo los de caza y pesca,
extrados, cosechados o recolectados, nacidos y criados en los territorios de las
Partes Signatarias o dentro o fuera de sus aguas territoriales patrimoniales y
zonas econmicas exclusivas, por barcos de sus banderas o arrendados por
empresas establecidas en sus territorios, y procesados en sus zonas
econmicas, an cuando hayan sido sometidos a procesos primarios de
embalaje y conservacin, necesarios para su comercializacin.
Brasil: Tampoco hay pago de arancel. El Acuerdo de Complementacin
Econmica N 18 contempla un 100% de preferencia para las mercancas
obtenidas de la caza, captura con trampas, pesca realizada en el territorio, o en
sus aguas territoriales y zonas econmicas exclusivas, de una o ms Partes.
Ecuador: Al igual que en el caso de Colombia, se aplica el Acuerdo de
Alcance Parcial de Complementacin Econmica N 59, celebrado en el marco
de la ALADI entre los pases del MERCOSUR y los pases de la Comunidad
Andina. Este, otorga a Ecuador una preferencia del 43% para los Productos
obtenidos de la caza, recoleccin, pesca o acuicultura llevada a cabo en el
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21
territorio de las Partes Signatarias, incluidos su mar y dems aguas territoriales,
plataforma continental o zona econmica exclusiva (este porcentaje de
preferencia se incrementa el primero de enero de cada ao y est planificado
alcanzarse una preferencia del cien por ciento para enero del ao 2015). No
obstante, al ser de cero por ciento el derecho de importacin nominal no hay
tributacin en destino (Ver CUADRO N 8).
Tal como se puede ver en el CUADRO N 6, el precio promedio anual de
exportacin del sbalo (a todos los destinos) fue incrementndose con el correr
de los aos. De aproximadamente 319 USD/ton en 2004, pas a 342 USD/ton
en 2005 (creciendo algo ms del 7%), de ese valor pas a 427 USD/ton en
2006 (aumentando cerca del 25%); y finalmente alcanz los 694 USD/ton en
2007 (suba de aproximadamente 63% respecto del ao anterior). Esto est
estrechamente relacionado con el establecimiento por parte de nuestro pas de
cupos de exportacin. A medida que los frigorficos vieron restringida la
cantidad que podan ofrecer, fueron incrementando paulatinamente el precio
para salvaguardar la rentabilidad del negocio.
En el CUADRO N 7, pueden compararse los precios del sbalo por pas de
destino. Es interesante ver que pasa con los dos principales importadores.
Mientras el precio promedio al que se exporta a Colombia se sita en todos los
perodos por encima del precio promedio anual (que se indica en el ltimo
rengln), el de Nigeria se sita siempre por debajo.
2.4. Aspectos operativos inherentes a la exportacin de sbalo
2.4.1. Ubicacin en la nomenclatura
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22
La principal forma de exportacin de sbalo es entero, congelado y eviscerado,
en cajas de 10 o 20 Kg. La posicin arancelaria NCM/SIM correspondiente es
la 0303.79.51.900M (congelado excepto envasado en envases de contenido
neto de hasta 1 Kg).
Es importante aclarar al lector, que segn Notas Explicativas del sistema
armonizado, cuando hablamos de sbalo congelado con la posicin
mencionada, nos referimos al sbalo entero, descabezado o eviscerado; o
troceado, conservando las espinas. No se incluyen as filetes, pieles
comestibles, hgados, huevas y lechas. Sin embargo, s se admite que el
sbalo se presente con hielo, espolvoreado con sal o rociado con agua salada,
para conseguir su conservacin temporal durante el transporte; ligeramente
espolvoreado con azcar o rociado con agua azucarada; con hojas de
laurel.
2.4.2. Normas cambiarias
En la Argentina existe lo que tcnicamente se denomina Mercado nico y Libre
de Cambios. El Banco Central establece bajo qu condiciones pueden
realizarse las entradas y salidas de divisas, obligando a liquidar las mismas en
el mencionado mercado. Algunos aspectos que debe tener en cuenta el
empresario exportador de sbalo son los siguientes:
a) De recibirse pagos anticipados por la exportacin o tomarse una
prefinanciacin, la Comunicacin A 4443 del BCRA establece un plazo para
embarcar - a contar desde la liquidacin de las divisas - que en el caso de la
posicin arancelaria del sbalo es de 180 das corridos (prorrogables en caso
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23
debidamente justificados). De esta manera, como principio general, el
exportador de sbalo tiene 180 das corridos para embarcar contados desde
que cierra cambio y se le liquidan las divisas.
b) En cuanto al plazo para ingresar las divisas para dicha posicin arancelaria,
la Com. A 3473 del BCRA y modificatorias, establece la obligacin de ingresar
al sistema financiero los fondos provenientes de las operaciones de
exportacin dentro del plazo de 180 das corridos contados a partir de la fecha
en que se haya cumplido el embarque. Segn Com. BCRA "A" N 4361,
adicionalmente a los plazos establecidos, se dispone de 120 das hbiles para
la efectiva liquidacin de las divisas de exportaciones de bienes y servicios.
c) Puede resultar obligatorio el cumplimiento de la Comunicacin A 3602
BCRA. sta, constituye el Rgimen Informativo ms importante de los vigentes
en materia de control de divisas. La Com. A 3602 obliga a informar al BCRA las
deudas con el exterior no canceladas dentro de un mismo trimestre calendario.
2.4.3. Cupos de exportacin
Desde el 01/01/2008, se encuentra vigente la Res. (SAGPyA) N 66/2007, que
autoriza la exportacin para consumo de la especie sbalo (sea fresco,
refrigerado o congelado; NCM 0302.69.41 y 0303.79.51, respectivamente)
hasta un cupo de 12.000 toneladas para todo el ao 2008. Establece que
dicho cupo se deber asignar a las provincias de la siguiente manera: Buenos
Aires 7%; Santa Fe 48,83% y Entre Ros 44,17%; para los cuales cada
provincia deber instrumentar la distribucin del cupo, previendo que su
utilizacin comercial se efecte por perodos cuatrimestrales, de tal forma que
-
24
se permita el sostenimiento de la actividad pesquera a travs de todo el ao.
Finalmente, el texto legal establece que la Subsecretara de Pesca y
Acuicultura dependiente de la SAGPyA, sea la encargada de continuar los
estudios emprendidos en la baja cuenca, especialmente destinados a obtener
mayor informacin sobre las poblaciones sometidas a explotacin de la especie
en cuestin.
2.4.4. Derechos de exportacin y reintegro
El Decreto PEN 509/2007 establece derechos de exportacin del 10% y
ausencia de reintegro de exportacin para el caso del sbalo.
2.4.5. Valores Referenciales
Se aplican Valores Referenciales, conforme a la RG (AFIP) N 1866/2005. La
citada norma indica que estos valores son mecanismos preventivos para
combatir la incorrecta declaracin de valor de mercaderas de exportacin, ya
que la misma causa graves daos a la economa nacional y permite eludir el
pago de los Derechos de Exportacin afectando la renta fiscal. Aduana
determina los valores referenciales para posiciones especficas de la
nomenclatura (ya que ellos no pueden aplicarse por analoga o semejanza) en
base a informacin de Destinaciones Definitivas de Exportacin para Consumo
oficializadas; bases de datos disponibles en el sector pblico o privado, e
informacin de empresas especializadas que se contratan especialmente; y
asimismo los mantiene actualizados. Luego los da a conocer al sector
exportador a fin de no entorpecer el comercio internacional (se publican en el
boletn oficial y en el de aduana). Cuando el precio declarado en una
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25
exportacin definitiva a consumo con valor referencial est por debajo del
mismo, la operacin debe cursar por canal rojo (rojo valor). Luego se enva la
documentacin de la operacin a las reas de valoracin para su estudio.
Desde el punto de vista prctico la deteccin de valor documentado inferior al
de referencia la hace el Sistema Mara, asignando automticamente canal rojo,
excepto de que en la declaracin aduanera existan subtems (mercadera
bajo la misma posicin arancelaria, aunque con diferentes caractersticas,
precio unitario, etc.), en cuyo caso se asigna canal naranja y luego el
verificador de turno determina si corresponde cursar la operacin por canal rojo
o no. Es importante recordar que este procedimiento fue concebido como
mecanismo preventivo de asignacin de selectividad y no para la determinacin
del valor imponible, la que estar a cargo de las reas de valoracin de la DGA.
No obstante, suelen ocurrir ajustes aduaneros sobre el valor declarado.
Desde agosto y hasta el 1 de diciembre de 2006 estuvo vigente la Nota
Externa DGA 35/2006 con un valor referencial para el sbalo congelado de
0,50 USD/Kg para el Grupo de Pases N 7 (Uruguay, Brasil, Paraguay, Chile,
Bolivia, Per, Colombia y Venezuela) y N 8 (slo algunos pases de frica).
Desde el 01/12/2006 est vigente la Nota Externa DGA N 69/06, que
establece para el sbalo congelado un valor referencial de 0,80 USD/Kg si se
exporta a alguno de los pases de los grupos N 7 y N 9 (casi todos los pases
africanos).
2.4.6. Intervenciones oficiales
Estas mercaderas quedan sujetas a la previa intervencin de exportacin del
SENASA. Referencias: Res. ANA N 2012/93 y 2609/97
-
26
2.4.7. Requisito de infraestructura
Las destinaciones de exportacin de mercaderas que necesitan mantener la
cadena de fro deben ser oficializadas y controladas con carcter obligatorio, en
las Aduanas de la jurisdiccin correspondientes al lugar donde el exportador
dispone de la infraestructura necesaria para la manipulacin y conservacin de
las mismas, para permitir que el Servicio Aduanero y los dems Organismos
competentes, efecten los controles pertinentes conforme la normativa vigente.
Los exportadores que no cuentan con la habilitacin aduanera en su planta o
depsito, estn obligados a consolidar sus cargas en Depsitos Fiscales
habilitados, debiendo poseer dichos mbitos instalaciones necesarias y
acordes para el control de este tipo de mercaderas. Referencias: Notas
Externas N 6, 9, 13 y 19 de la DGA del ao 2006.
2.4.8. Sufijos de valor y estadstica que se deben informar a DGA
Los sufijos son parmetros predeterminados que selecciona el documentante
con el fin de brindar informacin adicional que sirva para la valoracin de la
mercadera y/o fines estadsticos. Al documentarse una exportacin de sbalo
de la NCM 0303.79.51, el SIM requiere que se declaren los siguientes:
03 CA01 ACONDICIONADO PARA LA VENTA AL POR MENOR.
0303 AA MARCA 0303 AI CODIGO DE PRODUCTO O ARTICULO 0303 AJ PRESENTACION 0303 PA02 ENTEROS. 0303 PA03 SIN VISCERAS. 0303 PA04 SIN VISCERAS Y SIN CABEZA (HYG). 0303 PA05 TROZOS O RODAJAS. 0303 PA06 SIN VISCERAS, SIN CABEZA Y SIN COLA (H.G.T).
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27
0303 PB04 DE MAS DE 800 g Y HASTA 1200 g POR PIEZA. 0303 PB05 DE MAS DE 1200 g Y HASTA 1500 g POR PIEZA. 0303 PB06 DE MAS DE 1500 g Y HASTA 2500 g POR PIEZA. 0303 PB07 HASTA 200 g POR PIEZA. 0303 PB08 MAS DE 200 g Y HASTA 300 g POR PIEZA. 0303 PB09 MAS DE 300 g Y HASTA 500 g POR PIEZA. 0303 PB10 MAS DE 500 g Y HASTA 800 g POR PIEZA. 0303 PC01 SIN PIEL. 0303 PD02 CONGELADO A BORDO, EN BLOQUES. 0303 PD03 CONGELADO A BORDO, INDIVIDUALMENTE (IQF).
0303 PD04 CONGELADO EN TIERRA, INDIVIDUALMENTE (IQF).
0303 PE03 CLASIFICADOS. 0303.79 SB01 COLLARES/ALAS. 0303.79 SB02 PECHOS. 0303.79 SC01 ENVUELTO INDIVIDUALMENTE (IWP). 0303.79 SC02 INTERFOLIADO.
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28
CUADRO N 1: Captura de sbalo (en toneladas)
No hay informacin disponible entre 1988 y 1993. Los datos a partir de 1994 corresponden solamente a capturas para exportacin. Fuente: Espinaca Ros A. y R. P. Snchez (Eds.) en base a datos de ex Direccin Nacional de Pesca Continental y SENASA.
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CUADRO N 2:
Promedio anual de exportaciones de sbalos en el perodo 2004-2007 (**) FOB
EN DLARES TONELADAS
PROMEDIO ANUAL USD /TN
SBALO FRESCO O REFRIGERADO (0302.69.41.000W)* 386.011 1.022 378
SBALO CONGELADO EN ENVASES CONT. NETO MAYOR A 1 KG. (0303.79.51.900M)* 12.821.799 30.057 427
* Excepto en filetes y dems carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.
(**) No se detallan exportaciones de sbalo congelado en envases de contenido neto inferior o igual a un kilogramo, posicin arancelaria 0303.79.51.100U, por su escasa significatividad (slo hay
registros de una sola operacin, realizada en ao 2005).
Fuente: Elaboracin propia en base a datos estadsticos publicados en portal web de AFIP.
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30
CUADRO N 3:
Exportacin de sbalos (en dlares y toneladas)
2004 2005 2006 2007
U$S TON. U$S TON. U$S TON. U$S TON.
SBALO FRESCO O REGRIGERADO (0302.69.41.000W)* 41.425 164 148.176 476 1.253.365 3.266 101.077 183
SBALO CONGELADO EN ENVASES CONT. NETO MAYOR A 1 KG. (0303.79.51.900M)* 10.701.955 33.547 10.121.631 29.582 14.695.228 34.380 15.768.384 22.718
* Excepto en filetes y dems carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.
Fuente: Elaboracin propia en base a datos estadsticos publicados en portal web de AFIP.
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CUADRO N 4:
Exportacin de sbalo por pas de destino (en dlares y toneladas)*
2004 2005 2006 2007
U$S TON. U$S TON. U$S TON. U$S TON.
COLOMBIA 6.542.683 19.814 6.098.168 17.322 6.822.005 15.358 9.617.460 13.056
NIGERIA 2.442.941 7.989 2.950.010 9.501 6.094.762 14.945 2.915.851 5.019
BRASIL 858.050 2.816 834.906 2.036 946.658 2.003 1.526.590 2.191
BOLIVIA 0 0 0 0 199.923 406 1.322.483 1.932
CONGO 410.990 1.448 208.194 627 138.339 437 211.600 302
OTROS PASES 447.291 1.480 30.353 96 493.541 1.231 174.400 218
TOTAL 10.701.955 33.547 10.121.631 29.582 14.695.228 34.380 15.768.384 22.718
* Sbalo congelado en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y dems carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.
Fuente: Elaboracin propia en base a datos estadsticos publicados en portal web de AFIP.
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CUADRO N 5:
Exportacin de sbalo por provincia de origen (en dlares y toneladas)*
2004 2005 2006 2007
U$S TON. U$S TON. U$S TON. U$S TON.
ENTRE ROS 6.115.926 18.467 4.659.556 13.588 9.202.300 21.394 8.158.827 11.600
SANTA FE 3.123.147 9.910 4.329.767 12.465 4.258.220 9.614 6.262.154 8.645
BUENOS AIRES 982.995 3.036 477.414 1.021 468.038 937 654.633 1.137
MISIONES 9.065 25 45.695 124 0 0 0 0
SALTA 0 0 0 0 9.511 24 0 0
INDETERMINADO 470.822 2.109 609.200 2.384 757.159 2.411 692.770 1.335
TOTAL 10.701.955 33.547 10.121.632 29.582 14.695.228 34.380 15.768.384 22.718
* Sbalo congelado, en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y dems carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.
Fuente: Elaboracin propia en base a datos estadsticos publicados en portal web de AFIP.
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CUADRO N 6:
Precio Promedio Anual de la exportacin de sbalo (en dlares FOB)*
EVOLUCIN DEL PRECIO PROMEDIO ANUAL (en Precio FOB/ton.)
0
100
200
300
400
500
600
700
800
2004 2005 2006 2007
2004
2005
2006
2007
* Sbalo congelado en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y dems carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.
Fuente: Elaboracin propia en base a datos estadsticos publicados en portal web de AFIP.
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CUADRO N 7:
Precio Promedio (en dlares FOB) por tonelada segn pas de destino*
2004 2005 2006 2007
COLOMBIA 330 352 444 737
NIGERIA 306 310 408 581
BRASIL 305 410 473 697
BOLIVIA -- -- 492 684
CONGO 284 332 317 701
OTROS PASES 302 316 401 800
PRECIO PROMEDIO ANUAL 319 342 427 694 * Sbalo congelado en envases de contenido neto superior a 1 Kg.; excepto en filetes y dems carne de pescado de la partida 0304 de la NCM.
Fuente: Elaboracin propia en base a datos estadsticos publicados en portal web de AFIP.
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Fuente: (*) Sistema de Informaciones de Comercio Exterior de ALADI (SICOEX) www.aladi.org
(**) http://www.export.gov/static/UEMOA_tariff_schedule.pdf - www.cotecna.ch / NIGER TARIFF BOOK / http://www.cotecna.com/COM/EN/country_resources.aspx -
CUADRO N 8:
Tributos exteriores por pas de destino PAIS IDENTIFICACION
ARANCELARIA ARANCEL
AD VALOREM
BASE IMPONIBLE
PREF. ARANCEL FINAL
OTROS
Colombia (*) 0303.79.00.00 20% CIF 75% 5% -.- Brasil (*) 03.03.79.51 10% CIF 100% 0% -.-
Ecuador (*) 0303.79.00.90 0% CIF 43% 0% Fondo de desarrollo para la infancia
(FODINFA) 0,5% s/ CIF
Bolivia (*) 0303.79.00.00 20% Valor en Aduana
100% 0% -.-
Nigeria (**) 03.01.99.00.90 10% CIF 0% 10% Cargo estadstico
1%
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36
CAPTULO 3. Problemtica de la actividad
3.1 Introduccin
A pesar de la importancia ecolgica y social del sbalo, dicha especie se
encuentra actualmente amenazada y con ella tambin otras.
Desde hace algunos aos distintos especialistas llaman la atencin por la
escasez de peces en el ro, lo cual sostienen- se evidencia en la prctica en
una menor cantidad de pescado obtenida por los pescadores artesanales y en
los pobres resultados que se vienen observando en certmenes de pesca
deportiva.
Entre los factores que ponen en peligro al sbalo podemos mencionar: a) los
desechos industriales volcados al ro que afectan la alimentacin de la fauna
ictcola y del sbalo especialmente; b) la realizacin de megaobras sobre el
lecho del ro (por ejemplo: Yaciret, el tnel subfluvial Hernandarias y el
puente Rosario - Victoria), que obstruyen sus circuitos migratorios y el arribo de
sus huevos y larvas; c) la persistencia desde 1998 de un perodo relativamente
seco; y d) por sobre todo, la pesca indiscriminada del sbalo en gran parte
motivada por una demanda externa creciente. Este ltimo punto ser
desarrollado a continuacin.
3.2. El problema de la pesca indiscriminada
Actualmente existen niveles progresivamente mayores de esfuerzo de pesca,
incremento en el rea explotada y reduccin de la talla de captura. Dicho de
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37
otra manera, cada vez se sacan mayor cantidad de sbalos y de menor
tamao, lo cual provoca un desequilibrio en su reproduccin.
Una de las ventajas tericas que obtiene un pas al participar en el comercio
exterior radica en las diferencias en las condiciones de produccin entre
pases en cuanto a (la) dotacin de recursos naturales; (siendo en estas
circunstancias el comercio) el resultado lgico de la diversidad en las
posibilidades de produccin de distintos pases1. Evidentemente, los
diferentes importadores de sbalo capturados en Argentina buscan conseguir
un producto que no pueden obtener en su territorio. Las cuotas de exportacin
fijadas por nuestro pas intentan evitar que este recurso finito se exponga ante
una demanda infinita. No obstante, en estos ltimos tiempos el sbalo se ha
sobreexplotado, siendo extrado por encima de sus posibilidades de
reproduccin.
Norberto Oldani, importante investigador del CONICET (master en Ecologa
Acutica Continental y reconocido especialista en el tema), afirma que los
pases que nos compran son aquellos que han perdido sus propias especies;
mientras que adems, pases como Brasil, donde se obtiene el mismo sbalo
que exporta la Argentina, tienen prohibida su pesca comercial2. Este pas
(como puede verse en el CUADRO N 4 al final del captulo anterior), es un
asiduo comprador de nuestro sbalo.
1. CHABERT, Joan. Manual de Comercio Exterior. Ed. Gestin 2000, Barcelona, 2005 2 Norberto Oldani, en www.proteger.org.ar. Un experto reclama prohibir las exportaciones, 30/10/2006.
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38
El estudio de Espinach Ros - Snchez3 realizado en 2006, defini a la situacin
actual de la pesquera del sbalo como riesgosa, comprobndose tallas de
los peces capturados muy prximas a los lmites mnimos aceptables, un
potencial reproductivo en niveles alarmantes y escasa abundancia de
ejemplares de gran tamao (que son los de mayor eficiencia reproductiva).
Asimismo, se detectaron relativamente pocos ejemplares de la clase anual
2003-2004, lo que produjo un escenario desfavorable para la pesca comercial
de los dos o tres aos siguientes y un hecho preocupante basado en la no
aparente deteccin de ejemplares de la clase anual 2005-2006.
El trabajo culmina aconsejando adoptar medidas de manejo adecuadas para
evitar seguir presionando sobre tallas menores a las legales. Entre otros
puntos, se aconsej: a) suspender las actividades de pesca, al menos, durante
los meses de verano de 2006 y 2007; b) fijar una captura mxima permisible
(CMP) para el ao 2007 con criterio precautorio basada en niveles de captura
histricos (entre 10.000 y 15.000 toneladas en total); c) fijar tamaos de
primera captura y de mallas de no ms de 14,5 cm. de nudo a nudo; y d)
ampliar, de ser posible, las reas libres de pesca, con ubicacin y extensin
adecuadas para funcionar como reservorios.
En cuanto a la cantidad de sbalo que se puede extraer anualmente, Julieta
Peten4, especialista de Fundacin Proteger, hace una importante distincin,
afirmando que segn la norma de Welcomme (un reconocido experto de la
FAO) el rendimiento mximo sostenible (RMS) que puede obtenerse en ros
3 ESPINACH ROS A. y R. P. SNCHEZ (EDS.). Proyecto de Evaluacin del Recurso Sbalo en el Paran Informe final de los resultados de la primera etapa 2005-2006 y medidas de manejo recomendadas. 4 Julieta Peten, responsable del programa Agua, humedales y pesca de la Fundacin Proteger en www.proteger.org.ar - Sin informacin, cerca del colapso. 7 de Mayo de 2007
-
39
de llanura tropicales y subtropicales es de 40 - 60 kg/ hectrea /ao, y siendo
que el Paran medio est localizado en un rea templada (...) corresponde
tomar 40 kg /hectrea /ao como valor mximo de extraccin de todas las
especies, no slo del sbalo. Si adems tenemos en cuenta que el sbalo
representa el 60% de la biomasa total (...) se podran extraer 24 kg/ hectrea/
ao de esta especie. Finalmente, si consideramos que la pesquera del
sbalo se sita en el Paran medio e inferior, con una extensin de
aproximadamente 10.000 km2 (...) quiere decir que se pueden extraer en total
unas 24.000 toneladas al ao. Pero como el indicador de Welcomme no
previene la sobreexplotacin, usualmente se aplica un factor de correccin de
2/3, con lo cual la extraccin total de sbalo debera ser de alrededor de 16.000
toneladas anuales en total (es decir para mercado interno y externo). Si
tenemos en cuenta que como hemos dicho oportunamente- el consumo
interno se estima en unas aproximadamente 4.000 / 5.000 toneladas anuales,
slo restan para exportacin de acuerdo al indicador de Welcomme (ajustado
para el caso de sobreexplotacin) unas 11.000 toneladas anuales. Esta
cantidad es cercana a las 12.000 anuales autorizadas recientemente para la
exportacin por Res. SAGPyA N 66/07. No obstante, se sabe que siempre
hay una cantidad que se vende al margen de la ley a travs de distintas
maniobras, por lo que la presin sobre el recurso actualmente tambin existe.
Vale aclarar que la captura mxima permisible segn el indicador de
Welcomme ajustado es bastante coherente con los 10.000-15.000 toneladas
que fija Espinach Ros en su estudio.
No obstante el control que el Estado Nacional viene efectuando a travs de los
-
40
cupos, algunos especialistas insisten en que las provincias de Santa Fe y Entre
Ros deberan realizar y hacer pblicos sus propios estudios cientficos sobre
el estado del recurso, y controlar la pesquera.
3.3. Reglas de juego mltiples y que no se cumplen
El artculo 41 de la Constitucin Nacional establece que Todos los habitantes
gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo
humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades
presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber
de preservarlo. El dao ambiental generar prioritariamente la obligacin de
recomponer, segn lo establezca la ley. (...). Corresponde a la Nacin dictar las
normas que contengan los presupuestos mnimos de proteccin, y a las
provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aqullas alteren las
jurisdicciones locales. Asimismo, el artculo 124 establece que Corresponde a
las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su
territorio. Es as que cada jurisdiccin provincial posee su propia Ley de pesca.
Sin embargo, el problema no es ese, sino la falta de armonizacin en
determinados puntos claves.
Desde el punto de vista ecosistmico el problema de la sobreexplotacin del
sbalo es nico, inseparable e imposible de solucionar si no se lo aborda de
manera coordinada y coherente en las distintas jurisdicciones de la Nacin, e
incluso a nivel Cuenca del Plata, involucrando a los restantes pases de la
misma. En el Apndice de este trabajo, incluimos un anlisis del marco
regulatorio de la pesca en las Provincias de Santa Fe y Entre Ros. Como
-
41
puede verse, en trminos generales, la legislacin de la primera es ms
profunda y rigurosa que la de la segunda. La normativa entrerriana es muy
criticada por especialistas y empresarios santafesinos, quienes denuncian que
a raz de sus falencias el sbalo entrerriano exportado termina siendo mucho
ms chico que el santafesino. Algunos puntos muy criticados de esa
legislacin son:
1) Se cuenta la talla mnima de captura desde la punta del hocico
hasta la base de la aleta caudal (cola) (o desde la ltima escama
hasta la boca, como suele decirse en trminos ms simples), es
decir, no hay un presupuesto mnimo claro, lo cual da lugar a
confusin y facilita la captura de sbalos ms pequeos que en
Santa Fe;
2) Esa talla mnima de captura no se encuentra en la propia letra de
la Ley (slo en Resoluciones), por lo que est sujeta a la
arbitrariedad del funcionario de turno;
3) La utilizacin de mallas de tamao mnimo inferior al permitido por
la Provincia de Santa Fe (quince centmetros de malla estirada de
nudo a nudo versus diecisis centmetros).
Cabe mencionar, que a la fecha de finalizacin del presente trabajo, existe en
Entre Ros un Proyecto de Ley de Pesca (Expediente N 16649), de fecha
09/05/20085. El mismo, entre otros objetivos, pretende Promover acciones
conjuntas con otras jurisdicciones, que tengan como objetivo arribar a
normativas unificadas en toda la cuenca del ro Paran. Para ello, con
5 Su trmite puede consultarse en el portal web de la Cmara de Diputados de Entre Ros (http://www.hcder.gov.ar) en Consultas / Expedientes / 16649
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42
respecto a la pesca comercial del sbalo, prohbe la captura, circulacin, venta
y consumo, en todo tiempo, si su talla mnima resulta inferior a 42 cm.,
considerando ahora la longitud total desde el extremo anterior (boca u hocico),
hasta el extremo final de la aleta caudal (cola). Asimismo, se establece como
abertura de malla mnima la de 16 cm. para las enmalladoras, medidos entre
nudos opuestos de malla estirada y una longitud mxima por embarcacin de
250 metros. De esta manera, se igualara a la legislacin santafesina.
Otro aspecto para resaltar, es que hoy da desde el Foro de Legisladores de
CRECENEA/Litoral, se est dando impulso a un nuevo Tratado Regional para
el Manejo Sustentable de Recursos Pesqueros para las Provincias de Chaco,
Formosa, Misiones, Corrientes, Entre Ros y Santa Fe. Entre otros fines, este
tratado pretende promover acciones conjuntas con otras jurisdicciones
provinciales, nacionales e internacionales, que tengan como objetivo arribar a
normativas unificadas en toda la Cuenca del Plata. En 2003, existi un tratado
similar suscripto entre los Poderes Ejecutivos de las Provincias de Santa Fe y
Entre Ros, pero desgraciadamente no prosper debido a que no fue aprobado
por los rganos legislativos respectivos. Se considera muy importante que
prosperen acuerdos que tengan en cuenta la integralidad del problema, ms
all de los lmites interjurisdiccionales e incluso nacionales.
Sin embargo, an ante el supuesto de que se logre mejorar y unificar
legislaciones, resulta indispensable su fiel cumplimiento. Como dice el refrn,
no hay peor ley que la que no se cumple; y en este sentido, existen denuncias
de pblico conocimiento sobre frigorficos que no cumplen los cupos de
-
43
exportacin ante los propios ojos de las autoridades; empresarios que al
momento de fijacin de cupos denunciaron stocks de sbalos mayores a los
que tenan en sus cmaras y de esa manera poder seguir acopiando pescado
para exportar; incumplimiento de las pocas de veda; exportacin de sbalo
bajo la posicin arancelaria de otros pescados; entre otras importantes
maniobras.
3.4. Cuestiones Sociales involucradas
Los actores involucrados en la problemtica analizada son:
1- acopiadores de pescado: ellos concentran el producto recorriendo los
puertos de desembarco y lo ingresan en la cadena de fro.
2- vendedores minoristas: son acopiadores de menor escala, que se
encuentran habilitados para comprar el producto a los acopiadores o en
los lugares de desembarco y luego venderlos al pblico.
3- frigorficos: venden dentro del pas a grandes centros poblados, y en
forma creciente en los ltimos aos, se han volcado a la exportacin.
4- pblico consumidor: podemos dividirlo en consumidor interno
(especialmente de Santiago del Estero, Tucumn, Salta y Jujuy); y
consumidor externo (principalmente Colombia, Bolivia, Brasil y pases
africanos).
5- pescadores: Se estima que en la Provincia de Santa Fe hay una
cantidad total de 3.040 pescadores de los cuales unos 2.700 se
encuentran dentro del rea geogrfica de la pesquera del sbalo;
mientras que en Entre Ros hay unos 1.200 pescadores sobre las costas
del Ro Paran y 140 sobre las del Uruguay.
-
44
Podemos dividirlos en dos grupos: a) los histricamente asociados a la
actividad: provienen de familias generalmente numerosas, con bajo nivel
de instruccin y necesidades bsicas insatisfechas, habitan viviendas
bastante precarias, utilizan embarcaciones propias y no establecen
vnculos de dependencia con los acopiadores; y b) los recientemente
iniciados: llegados como consecuencia de la desocupacin y los magros
salarios, suelen utilizar artes y embarcaciones provistas por los
empresarios y dedicarse ms intensamente a la actividad.
En estos ltimos aos, mientras un pequeo sector ha lucrado con la
sobreexplotacin del recurso, se ha puesto en peligro no slo al sbalo en s
mismo sino al medio ambiente en general. La situacin afecta directamente a
cientos de familias de pescadores artesanales que dependen de los recursos
pesqueros para su subsistencia y a innumerables de pequeas y medianas
empresas gastronmicas y hoteleras ligadas al turismo y a la pesca, que
generan empleo genuino. Los pescadores son el eslabn ms dbil de la
cadena de actores sociales involucrados, y el problema de la pesquera del
sbalo guarda estrecha relacin con su situacin de vida. El Gobierno Nacional
no desconoce esta situacin, y se ha propuesto recientemente a travs de la
Ley 26.292/2007 (que declara el estado de emergencia de la pesca en el Ro
Paran), proteger especialmente a los pescadores artesanales, para lo cual
pretende establecer un programa con el objeto de posibilitar la reconversin
laboral y de asistir econmica y socialmente a la poblacin (afectada), mientras
duren las restricciones a la exportacin.
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45
Un tema que merece ser mencionado es el de las vedas. stas, -opina Oldani6
- tienen un objetivo ms bien meditico, da lo mismo la poca del ao en que
se apliquen y terminan sacando un pescador ms del ro durante tres meses
(al que hay que subsidiar). Las vedas no sirven para solucionar el problema de
la sobreexplotacin. Al reproducirse el sbalo una vez por ao, si yo lo saco en
agosto o en diciembre siempre saqu un reproductor.
Para no perjudicar a los pescadores expulsndolos del agua, habra que tratar
que la presin sobre el ro sea menos intensa pero ms regular, evitando, en la
medida de lo posible, el establecimiento de pocas de veda.
3.5. Factibilidad de acuicultura para el sbalo
Segn la FAO7, Acuicultura es el cultivo de organismos acuticos, en particular
peces, moluscos, crustceos y plantas acuticas.
En cuanto a la posibilidad de cultivar sbalo en ambientes controlados por el
hombre como alternativa para su manejo, pudimos constatar que existen
opiniones encontradas.
Por un lado, existe una tendencia de apoyo a la actividad por parte del Estado.
Tal es el caso por ejemplo de la Provincia de Misiones, donde con el respaldo
de la estructura provincial y del Consejo Federal de Inversiones se est
incursionando en programas de reproduccin de peces nativos con fines
cientficos, para intentar repoblar los ros y lograr la produccin con fines
6 Entrevista con Norberto Oldani. Investigador del Intec (Conicet-UNL) - APNDICE 7 Orientaciones Tcnicas para la Pesca Responsable Desarrollo de la Acuicultura 5. Departamento de Pesca, FAO, Roma 1999.
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46
comerciales, de especies como la boga, el dorado y el sbalo8. En esa
Provincia ya existen dos emprendimientos privados abocados a la produccin
comercial de paces (Hreuk) y de dorados y surubes (Gerula).
Por otra parte, algunos especialistas en la materia, como el investigador del
CONICET, Norberto Oldani 9, cuestionan a la acuicultura tanto cuando tiene
como fin la repoblacin de los ros, como cuando se desarrolla con fines
comerciales. El menciona, entre otros, los siguientes puntos en contra:
Inviabilidad econmica: la actividad conlleva altos costos (que
aumentan a medida que aumenta la intensidad del cultivo). Si con las
truchas se logran mrgenes muy escasos, y son an ms estrechas las
ganancias por ejemplo con el pac de criadero (en Misiones) imagine
que pasara con el sbalo (...) hoy la captura en el ro tiene costo cero y
criar puede significar de 10 a 12 pesos el kilo.
Experiencia mundial no exitosa: la piscicultura a nivel mundial no ha
dado resultado para lograr el objetivo de repoblar las especies de los
ros.
Prohibicin legal: en el caso de la Provincia de Santa Fe la acuicultura
como medio para repoblar los ros est prohibida por Ley de Pesca
12.212. Asimismo, la Convencin de Biodiversidad a la que nuestro pas
ha adherido (por Ley 24.375) tambin prohbe esta prctica, ya que es
considerada la segunda causa de prdida de biodiversidad ictcola en el
mundo.
8 Ver http://www.misionesonline.net/paginas/principal.php?db=noticias2007&id=6720 9 Norberto Oldani, en www.proteger.org.ar, Fuertes Crticas a proyectos de ley sobre vedas y acuicultura, 27/10/2006. - Un experto reclama prohibir las exportaciones, 30/10/2006.
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47
Actividad para pocos: De llevarse a cabo es una actividad para pocos
porque hay que tener tierras para la cra (y) dinero.
A nivel mundial la actividad de la acuicultura viene creciendo, siendo una
importante fuente de alimentos. Por ejemplo, en China, primer productor
mundial de peces y promotor de sofisticados sistemas de cultivo intensivo
como de simples criaderos en estanques rurales atendidos por pequeos
productores, la acuicultura representa ms del 70% de su produccin
pesquera.
En nuestro pas, la actividad de acuicultura a paso lento crece ao a ao. No
obstante, el cultivo de sbalo con fines comerciales muy probablemente por
sus escassimos mrgenes- es insignificante en relacin al de otras especies
como la trucha, el pejerrey, el salmn y las carpas. Por ejemplo, en el noroeste
rea del pas que se destaca por la presencia de numerosos acuicultores
rurales- en 2006 se cultivaron algo ms de 100 toneladas de peces, de los
cuales, el 95% correspondi a carpas y el 5% restante a tilapia, pac, randi y
sbalos.
3.6. Un problema conexo: exportacin de sbalo no apto para consumo
humano
Existe una peligrosa situacin que se ha venido registrando en momentos de
veda. Se trata de la pesca que realizan ciertos empresarios en zonas
(particularmente en el Ro de la Plata) donde la extraccin de peces para
consumo humano est prohibida debido al alto grado de toxicidad que registran
las especies con sustancias derivadas del petrleo y PCV. Luego, stos, son
etiquetados y comercializados como provenientes de lugares no
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contaminados. Adems, existen denuncias que afirman que, a travs del
trozado, saborizacin y enlatado, son disfrazados como merluza o atn.
3.7. Restriccin de exportaciones de recursos de la pesca y el GATT/OMC
Cmo se compatibilizan las restricciones que establece un pas a la
exportacin de sus recursos de la pesca con las normas del GATT/OMC?.
A nivel GATT/OMC, el artculo XX del GATT negociado en 1947 sobre
Excepciones generales establece varios casos concretos en que los
Miembros de la OMC (inicialmente, las Partes Contratantes del GATT)
pueden estar exentos de las normas del Acuerdo General. Entre esos casos,
se incluyen dos circunstancias relacionadas con la proteccin del medio
ambiente.
El artculo establece lo siguiente:
A reserva de que no se apliquen las medidas enumeradas a continuacin en
forma que constituya un medio de discriminacin arbitrario o injustificable entre
los pases en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restriccin
encubierta al comercio internacional, ninguna disposicin del presente Acuerdo
ser interpretada en el sentido de impedir que toda parte contratante adopte o
aplique las medidas:
b) necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los
animales o para preservar los vegetales;
g) relativas a la conservacin de los recursos naturales agotables, a
condicin de que tales medidas se apliquen conjuntamente con restricciones a
la produccin o al consumo nacionales;...
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Los prrafos b) y g) tienen como objetivo permitir a los Miembros de la OMC la
adopcin de medidas de poltica, que en condiciones normales seran
incompatibles con el GATT, cuando sean necesarias para proteger la salud y
la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales o
estn relacionadas con la conservacin de los recursos naturales agotables.
Sin embargo, el prrafo introductorio (el encabezamiento) del artculo XX
tiene por finalidad asegurar que las medidas incompatibles con el GATT no se
plasmen en una discriminacin arbitraria o injustificada ni constituyan
proteccionismo encubierto.
A nivel mundial, se puede mencionar un antecedente similar al del sbalo que
deriv en una diferencia entre Estados Unidos y Canad. En la dcada de 1980
por la prohibicin que estableci Canad (al promulgar la Ley de Pesca de
1976), de la exportacin o venta para la exportacin de ciertos tipos de salmn
y de arenque sin elaborar, Estados Unidos reclam en el marco del
procedimiento de solucin de diferencias del GATT, que esta medida era
incompatible con el artculo XI del Acuerdo General. Canad aleg que estas
restricciones a la exportacin formaban parte de un sistema de gestin de los
recursos pesqueros cuyo objetivo era proteger a las especies en cuestin y
que, por consiguiente, estaban justificadas por el apartado g) del artculo XX.
En este caso particular, el Grupo Especial constat que las medidas
mantenidas por Canad eran incompatibles con el prrafo 1 del artculo XI del
Acuerdo General y no estaban justificadas ni por el apartado b) del prrafo 2
del artculo XI ni por el apartado g) del artculo XX. El informe del Grupo
Especial fue adoptado en 1988.
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CAPTULO 4. Evolucin y perspectivas
La Ley Nacional 23.843 de 1990 cre el Consejo Federal Agropecuario, un
organismo de asesoramiento y consulta por parte del Poder Ejecutivo
(Nacional) en todas aquellas cuestiones atinentes al sector agropecuario y
pesquero, que por su impacto en las economas regionales o provinciales as lo
requieran. El Consejo, est presidido por el Secretario de Estado de
Agricultura, Ganadera y Pesca de la Nacin, e integrado por los titulares de los
ministerios o secretaras de Estado competentes en materia agropecuaria y
pesquera de las provincias que han adherido a la citada ley. Dentro del
Consejo, funciona la Comisin de Pesca Continental y Acuicultura, integrada
por el Estado Nacional y representantes de las Provincias de Misiones,
Formosa, Corrientes, Santa Fe, Entre Ros y Chaco. Esta ltima, en 2006,
decidi la realizacin de un estudio1 como primera etapa de un proyecto para
lograr el manejo ecosistmico y sustentable de la pesquera, con la
participacin de la SAGPyA, organismos competentes de las Provincias de
Santa Fe y Entre Ros, el INALI, la UNL y el INIDEP. Como ya se ha
mencionado, el citado estudio defini a la situacin del sbalo como riesgosa
y en setiembre del mencionado ao la Comisin arrib a un Acuerdo para
suspender temporalmente y en forma precautoria la pesca en toda la Cuenca
Parano-Platense hasta su desembocadura en el Ro de la Plata, con excepcin
de la pesca de subsistencia, dirigida al mercado interno o domstico y la pesca
deportiva, exceptuando a la carpa y el pejerrey.
1 ESPINACH ROS A. y R. P. SNCHEZ (EDS.). Proyecto de Evaluacin del Recurso Sbalo en el Paran Informe final de los resultados de la primera etapa 2005-2006 y medidas de manejo recomendadas.
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En enero de 2007, haciendo uso de la facultad que el Cdigo Aduanero otorga
al PEN en su artculo 632 para establecer prohibiciones de carcter econmico
a la importacin o exportacin de determinada mercadera, en forma transitoria,
con el objeto de cumplir alguna de las finalidades previstas en el artculo 609,
entre las que se encuentran las tendientes a ...promover, proteger o
conservar... los recursos naturales..; se dicta la Resolucin MEP N 2/2007 la
cual suspendi por 8 meses las exportaciones de las especies comerciales
entre ellas el sbalo- de la Cuenca Parano-Platense hasta su desembocadura
en el Ro de la Plata. Dicha resolucin no alcanz a las especies autctonas
de carcter ornamental ni a las especies de cultivo; ni a las exportaciones
para consumo de aquellas mercaderas que, encontrndose en stock de las
plantas y certificadas por el SENASA, a la fecha de entrada en vigencia de la
norma, estuviesen amparadas por cartas de crdito irrevocables o pagadas
total o parcialmente. Lo antedicho es consonante con el artculo 622 del C.A.
por el cual no se permite salvo disposicin en contrario- para las
prohibiciones econmicas establecidas en el caso de exportacin, que
alcancen a mercadera con solicitud de destinacin de exportacin ya
registrada con anterioridad a la entrada en vigencia de la medida; y lo es
adems con el artculo 623 del mismo texto legal, por el cual se permite al
PEN disponer que las prohibiciones a la exportacin tampoco alcancen a
mercadera que se encontrare en otras circunstancias, tales como la amparada
por carta de crdito irrevocable o pagada en todo o en parte. Asimismo, se
estableci que a travs de la Subsecretara de Pesca y Acuicultura se realice
una evaluacin peridica de la situacin de los recursos involucrados, para
analizar la posible liberacin de las exportaciones mencionadas y el potencial
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establecimiento de cupos de exportacin de las especies includas, en base a
los resultados cientfico-tcnicos que se obtengan. Esta primera prohibicin de
carcter econmico (pues como vimos se fundamenta en una finalidad prevista
en el artculo 609 del C.A.) y absoluta (pues no prev excepciones en su
alcance a favor de una o varias personas como determina el artculo 612 para
conferirle el carcter de relativas) se enmarca dentro de la facultad general que
el C.A. confiere al PEN para resguardar los principios econmicos, sociales,
culturales, morales, etc., de la sociedad2. Adems, corresponde resaltar que
tal como lo seala el artculo 632 del C.A. slo pueden establecerse en forma
transitoria, y ello es as porque de lo contrario se afectara la clusula
constitucional de libertad de comercio. Cabe mencionar que durante esta etapa
de veda, las distintas ONG denunciaban una importante merma de pescado y
que los frigorficos seguan llenando sus cmaras.
A tan slo 4 meses de vida de la Resolucin (MEP) 2/2007, se dicta la
Resolucin MEP N 365/07 que entr en vigencia el 04/06/2007 autorizando la
exportacin para consumo de la nica especie comercial sbalo (Prochilodus
lineatus), de la Cuenca Parano-Platense hasta su desembocadura en el Ro de
la Plata, hasta alcanzar un cupo mximo de 8.000 toneladas a compartir entre
las Provincias de Entre Ros y Santa Fe, comprendiendo inicialmente a la
posicin arancelaria NCM 0302.69.41 de sbalo fresco o refrigerado, (das
despus por Resolucin MEP N 399/2007 se hizo extensivo el cupo al sbalo
congelado NCM 0303.79.51). En el considerando de esta nueva norma se
citaron fundamentos como la existencia de muestreos efectuados dentro del
perodo de alto nivel hidromtrico alcanzado por el ro que indicaban el xito
2 GOTTIFREDI, Marcelo A. Cdigo Aduanero Comentado. Ed. Macchi, 2007.
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de la reproduccin de la especie sbalo y un gran nmero de grandes
reproductores. Sin embargo, se produjo una fuerte crtica por parte de distintas
ONG como Fundacin Proteger, motivadas en: 1- la actitud de la SAGPyA de
no informar adecuadamente aquellos indicadores concretos tenidos en cuenta
para levantar la veda (aspecto que viola el principio 10 de la Declaracin de
Ro3 a la que nuestro pas adhiri, por el cual se consagra el derecho a acceso
de informacin sobre medio ambiente); y 2- la ausencia a juicio de dichas
ONG- de fundamentos cientficos idneos para el levantamiento de prohibicin
de exportacin de sbalo. Se llamaba a Nacin y provincias a aplicar de
inmediato el Principio de Precaucin (Principio 15) de la mencionada
Declaracin, el cual establece que cuando haya peligro de dao grave o
irreversible, la falta de certeza cientfica absoluta no deber utilizarse como
razn para postergar la adopcin de medidas eficaces en funcin de los costos
para impedir la degradacin del medio ambiente. Finalmente, la mencionada
norma instruy a la Subsecretara de Pesca y Acuicultura de la SAGPyA, para
que contine efectuando la evaluacin peridica de la situacin de los recursos
involucrados en dicha pesquera, como as tambin, para promover la
modificacin del cupo asignado.
Una vez cubierto el cupo de 8000 toneladas, la Resolucin (MEP) 347/2007 del
02 de noviembre de 2007 restableci la vigencia de la Resolucin MEP N
2/2007 (cuya vigencia haba concluido en setiembre de 2007), por el trmino de
12 meses, con lo que suspendi las exportaciones de las especies
comerciales de la Cuenca Parano-Platense hasta su desembocadura en el Ro
de la Plata, exceptundose hasta el 31/12/2007 un nuevo cupo global de 1.800 3 Declaracin de Ro sobre el medio ambiente y el desarrollo Cumbre de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Ro de Janeiro, junio de 1992.
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toneladas de pescado fresco, refrigerado o congelado de la especie sbalo
(Prochilodus lineatus) comprendido en las posiciones arancelarias 0302.69.41 y
0303.79.51 de la N.C.M. Se dispuso que el cupo dispuesto habra de ser
distribuido entre las Provincias de Entre Ros, Santa Fe y Buenos Aires a razn
de 800 toneladas para cada una de las primeras y de 200 toneladas para la
ltima.
Como vimos, ya en el estudio de Espinach Ros - Snchez, se aconsejaba fijar
una captura mxima permisible (CMP) basada en los niveles de captura
histricos de la especie, que no debera exceder de 10.000 15.000 toneladas
en total. Asimismo, en la reunin ordinaria del Consejo Federal Agropecuario
realizada en noviembre de 2007, se hizo una recomendacin tendiente a
establecer un cupo inicial anual de 12.000 toneladas para la exportacin de
sbalo. En dicho mes se sanciona la Ley 26.292, la que declara el estado de
emergencia de la actividad "pesca de ro" en el ro Paran por el trmino de un
ao a partir de la fecha de su sancin; y faculta a la Secretara de Agricultura,
Ganadera, Pesca y Alimentos de la Nacin para establecer cupos de
exportacin para las especies ictcolas de agua dulce provenientes del ro
Paran, cualquiera sea su forma de preparacin y/o presentacin, de acuerdo
al rendimiento pesquero potencial de dicho ro, debiendo asignar dichos cupos
dentro de los 60 das de promulgacin de la Ley. Asimismo, instruye a la
SAGPyA a elaborar en el marco de la Comisin de Pesca Continental del
Consejo Federal Agropecuario un programa integral de control y recuperacin
tendiente a detener el proceso de depredacin de las especies ictcolas de
agua dulce provenientes del ro Paran, en particular de la especie Sbalo
(Prochilodus Lineatus). La norma menciona adems que todas las medidas
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de preservacin del recurso debern compatibilizar el aumento progresivo de la
biomasa, el esfuerzo de pesca y el mantenimiento de las fuentes de trabajo; y
que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nacin en conjunto con el
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deben concertar con las
provincias involucradas en la emergencia la realizacin de un relevamiento de
la poblacin afectada, con especial atencin a los pescadores artesanales de la
costa del ro Paran (...). sobre la que se establecer un programa con el
objeto de posibilitar la reconversin laboral y de asistir econmica y
socialmente a la poblacin incluida en el mismo, mientras duren las
restricciones a la exportacin. Finalmente, se invita a las jurisdicciones
provinciales involucradas a adoptar medidas concurrentes con la mencionada
ley.
Haciendo uso de la facultad conferida por la Ley 26.292 para establecer los
futuros cupos de exportacin, el 31/12/2007 la SAGPyA emite la Res. N
66/2007, autorizando la exportacin para consumo de la especie sbalo (sea
fresco, refrigerado o congelado; NCM 0302.69.41 y 0303.79.51,
respectivamente) hasta un cupo de 12.000 toneladas para todo el ao 2008.
La Resolucin establece que dicho cupo se deber asignar a las provincias de
la siguiente manera: Buenos Aires 7%; Santa Fe 48,83% y Entre Ros 44,17%;
para los cuales cada provincia deber instrumentar la distribucin del cupo,
previendo que su utilizacin comercial se efecte por perodos cuatrimestrales,
de tal forma que se permita el sostenimiento de la actividad pesquera a travs
de todo el ao. Finalmente, el texto legal establece que la Subsecretara de
Pesca y Acuicultura dependiente de la SAGPyA, ser la encargada de
continuar los estudios emprendidos en la baja cuenca, especialmente
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destinados a obtener mayor informacin sobre las poblaciones sometidas a
explotacin de la especie en cuestin.
Tal como se afirma en el estudio de Espinach Ros - Snchez, los altos niveles
de captura que han caracterizado a la pesquera en los ltimos aos son
seguramente transitorios, ya que incluyen la apropiacin de una fraccin
importante de la biomasa de peces acumulada, extrada en el proceso de
transicin a niveles progresivamente mayores de esfuerzo de pesca,
incremento en el rea explotada y reduccin de la talla de captura.
El seguimiento cercano que se viene realizando en estos ltimos aos sobre la
pesca del sbalo, tanto por parte de la SAGPyA, como por parte del Consejo
Federal Agropecuario (a travs de la Comisin de Pesca y Acuicultura), con la
colaboracin de las provincias y otros organismos; sumado a que el Congreso
Nacional ha declarado la situacin de emergencia de la pesca en el ro Paran;
hacen pensar que se avecinan aos de importante reduccin de la exportacin
de sbalo en relacin a los nmeros que la actividad arrojaba en los ltimos
tiempos.
Hace varias dcadas que desde el pensamiento econmico se empez a
considerar que para determinar el verdadero nivel de vida de la poblacin no
slo hay que tener en cuenta el crecimiento definido como incremento de la
renta per cpita sino tambin la mejora de la calidad medioambiental. Se
comenz a hablar de desarrollo sustentable o sostenible, entendido como el
desarrollo que satisface las necesidades de la generacin presente sin
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comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus
propias necesidades4.
Entendemos la restriccin de la exportacin de sbalo como una medida
saludable que refuerza la responsabilidad que tiene la sociedad actual para
con la venidera en lo que hace a la preservacin del medio ambiente.
4 Informe de la Comisin Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD): Nuestro Futuro Comn (Oxford: Oxford University Press, 1987).
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CAPTULO 5. Algunas Propuestas
No obstante los cupos vigentes, creemos que el Estado debera ir ms all de
la mera restriccin, por lo que a continuacin nos permitimos esbozar, a modo
de propuesta, algunas ideas no excluyentes entre s- que favoreceran la
conservacin de la especie.
1) Fomentar la reconversin de los frigorficos:
Los frigorficos significan fuente de empleo directa para un cierto grupo de
familias estrechamente vinculadas a ellos; e indirecta para otras personas
como los pescadores. No se puede desconocer que ante la crisis de un
frigorfico existe el peligro cierto de que quede gente sin trabajo. Asimismo, la
actividad desenfrenada de estos, conducira a idntico final. Si el Estado no
regula a las empresas no les va mejor, sino peor. Si se saca, saca, saca y
saca, las empresas terminan con el stock y arruinan el negocio, no slo el de
ellas sino el de toda la cadena: el exportador, acopiador, el frigorfico y el
pescador1. Es por ello, que creemos que, para armonizar el cuidado del medio
ambiente y la proteccin de las familias en riesgo, el Estado debera
instrumentar mecanismos que permitan acompaar la reconversin total o
parcial de la actividad de algunos de estos en la medida de lo posible. Aparece
como apropiado el establecimiento de algn tipo de exencin impositiva
temporal, financiacin o algn otro mecanismo que fomente la reconversin
dentro de la misma actividad, pero incorporando mayor valor agregado, o hacia
nuevas actividades.
1 Entrevista con el Gerente General de Pesquera Santa Fe S.R.L. - APNDICE
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2) Exportar sbalo con mayor valor agregado
Existen expertos que para conseguir una menor extraccin de biomasa,
proponen mantener su exportacin pero no como commodity; sino lograr
mercados nacionales que tengan un valor agregado en el producto y no
venderlo solamente congelado (sino) buscar mercados europeos, donde
vendamos el sbalo en un frasco, por ejemplo en escabeche (...) y cinco veces
ms caro2. Si bien se sugiere la bsqueda de diferenciacin de producto en
las exportaciones de sbalo como respuesta a la necesidad de proteger el
recurso; se deja al desnudo un tema tambin clave para nuestro pas que
consiste en aumentar el valor agregado de sus exportaciones para no perder
terreno en su integracin al mundo. Carlos A. Ledesma3 afirma: las
exportaciones argentinas siguen teniendo en su composicin una fuerte
presencia de productos bsicos, sin valor agregado, as como una pobre
participacin de productos semielaborados. Si miramos las cifras del comercio
mundial, observaremos que la tendencia es a la declinacin de productos
primarios frente a los de valor agregado. Hay una gran diferencia en la
comercializacin de productos bsicos o primarios, a los que se denomina
commodity, y de los que Argentina sigue siendo exportador consecuente, y la
de los productos terminados o de valor agregado, pero la principal diferencia es
quien se queda con el mayor margen comercial. La competitividad exportadora
argentina estara dada por una decisin de quebrar la conducta
comportamental de produccin de productos sin valor agregado. En caso de no
2 Ingeniero Csar Mackler, secretario de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, en declaraciones a LT10 Radio Universidad Nacional del Litoral, 20/02/2008. 3 LEDESMA, Carlos A. Nuevos principios y fundamentos del comercio internacional e intercultural. Ed. Buyatti, Bs. As, 2004.
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aceptar el reto las exportaciones argentinas continuarn perdiendo valor
relativo frente a los bienes industriales que compramos en el exterior.
3) Fomentar el turismo fluvial
Quisiramos mencionar especialmente el caso de un nmero reducido de
pescadores del ro Paran. Se trata de los Baqueanos del Ro, un grupo de
catorce pescadores de Santa Fe, que sin dejar la actividad artesanal lograron
organizarse para tener otra salida laboral sustentable que no los aleje del
agua4, y as luego de capacitarse adecuadamente, lograron transformarse en
guas tursticos, oficialmente reconocidos por Prefectura bajo una categora
especialmente creada llamada Gua de Pesca, Ecoturismo y Actividades
Afines. Creemos que el caso por si mismo, constituye un ejemplo vivo de hacia
donde debe ser canalizada la accin pblica. El Estado debera adoptar una
visin ms amplia, a partir de la cual los ros dejen de ser proveedores de
recursos agotables como el sbalo, para convertirse en fuentes creadoras de
trabajo, a travs del desarrollo de actividades mucho ms sustentables y con
gran potencial como lo es, por ejemplo, el turismo. Sin embargo, esto no quiere
decir que todos los pescadores deban reconvertirse. De hecho, es posible que
la actividad de algunos de ellos contine bajo un nuevo esquema de menor
presin sobre el ro, y - como se ha dicho-, preferentemente ms regular, de
manera tal que no sea necesario establecer pocas de veda que los expulsen
del agua.
4 Crisis Pesquera. La opcin de los Baqueanos del ro. www.proteger.org.ar, 18/09/2007.
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4) Internalizar costos ambientales
Explica Adriana Cicar5, que en esta bsqueda de desarrollo sostenible, el
mercado es incapaz de otorgar valor en dinero a los bienes ambientales, por
lo que se hacen necesarias polticas pblicas para que los agentes que
deterioran el medio ambiente soporten los costos que su actividad produce a la
sociedad. Estas medidas que en su trabajo se refieren ms directamente a
emisin de gases contaminantes y contaminacin, bien podran aplicarse al
caso de sobreexplotacin de especies animales y/o vegetales y en particular la
depredacin del sbalo. Podran ser de dos tipos:
a) Regulacin directa: Consiste en establecer restricciones especficas a las
fuentes que deterioran el medio ambiente, como niveles mximos de
emisiones, niveles de concentracin de contaminantes, regulaciones de
mtodos de produccin, etc. En nuestro caso estas medidas podran referirse
a limitar la pesca de sbalo a cupos preestablecidos, a regulaciones en
materia de mtodos y pocas de pesca, tamaos de las piezas, etctera.
b) Regulacin a travs de instrumentos econmicos o de mercado
(internalizacin de costos ambientales): se establecen impuestos por
emisin, cantidad determinada de permisos transferibles de contaminacin,
sistemas de incentivos diversos, etc. que logran que agentes econmicos
buscando su propio beneficio permitan alcanzar los objetivos de la
poltica ambiental. De esta manera los costos sociales se internalizan en los
agentes que atentan contra el medio ambiente y se evita la sobreutilizacin de
los recursos. Una idea que proponemos para el caso del sbalo es establecer
5 Cicar C. Adriana: La faceta medioambiental en el proceso de integracin econmica D&G Profesional y Empresaria Errepar.
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derechos de exportacin progresivos de acuerdo a la cantidad exportada. A
continuacin explicamos como podra instrumentarse:
Derechos de exportacin crecientes: podra prefijarse anualmente una tabla
que relacione cantidad anual exportada con una alcuota en particular (que
deberan guardar relacin con la rentabilidad del sector). Esta alcuota debera
ser progresiva y cada frigorfico debera aplicar de esa tabla aquella que se
corresponde con la cantidad exportada acumulada en el ao, de manera tal
que a medida que el frigorfico se acerca al final de la cuota asignada, la
alcuota sea cada vez mayor hasta hacerse inviable seguir exportando pasado
determinado nivel. Habra que favorecer mediante algn mecanismo como
alguna deduccin a aquel frigorfico que tiene su actividad repartida mes a mes,
pues ello favorece el empleo permanente del pescador. Tal vez sera posible
que el SIM tenga en lnea el cupo anual acumulado que tiene cada exportador,
de manera tal que automticamente se aplique la alcuota correspondiente. El
art. 75 inc. 1 de la Constitucin Nacional establece que corresponde al
Congreso Nacional legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de
importacin y exportacin, los cuales, as como las avaluaciones sobre las que
recaigan, sern uniformes en toda la Nacin. Luego, la Ley Nacional 22.415
(C.A.) en el primer prrafo del artculo 755 establece que en las condiciones
previstas en ella y en las dems leyes aplicables, el Poder Ejecutivo podr: a)
gravar con derecho de exportacin la exportacin para consumo de mercadera
que no estuviere gravada con este tributo; b) desgravar del derecho de
exportacin la exportacin para consumo de mercadera gravada con este
tributo; y c) modificar el derecho de exportacin establecido. En el segundo
prrafo agrega Salvo lo que dispusieren leyes especiales, las facultades
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otorgadas en el apartad
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