sthepanie zúñiga gallegos. artistas. comerciales (sin asumir riesgo). minusválidos que presten...

Post on 03-Feb-2016

220 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

Sthepanie Zúñiga Gallegos

• Artistas.

• Comerciales (sin asumir riesgo).

• Minusválidos que presten servicios en CEE.

• Estibadores portuarios.

• Funcionarios públicos.

• Prestaciones personales obligatorias. F. Voluntariedad.

• Miembro del Consejo de Administración de una socidad. F. Dependencia.

• Trabajos realizados a título de amistad, benevolencia y buena vecindad.

F. Remuneración.

• Trabajos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción. F. Remuneración.

• Comerciales (asumiendo el riesgo). F. Ajeneidad.

• Transportistas.

• Autónomos.Común.TRADE: trabajador autónomo dependiente.

Está regulado por “El Estatuto del Trabajador Autónomo” de la Ley 20/2007.

Depende económicamente en un 75% de un único cliente.

Elegir a los representantes ante la empresa.

Formalizar un contrato de autónomo dependiente por escrito y registrarlo.

Firmar acuerdos de interés profesional. Tener acceso a la jurisdicción de lo

social. Tener un mínimo de 18 días de

descanso anual.

Indemnización al trabajador autónomo por los daños que se le ocasionen, cuando la extinción del contrato no está justificada.

top related