requisitos!! para!el!traslado!de! talleres!de ......requisitos!! para!el!traslado!de!...
Post on 29-Mar-2021
9 Views
Preview:
TRANSCRIPT
REQUISITOS PARA EL TRASLADO DE
TALLERES DE CONVERSIÓN DE VEHÍCULOS A GNV Código: 35-VT/GNV-012 Versión: 1
D.S. N° 27956 de 22/12/2004, que aprueba el REGLAMENTO PARA CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO DE
GAS NATURAL VEHICULAR (GNV) Y TALLERES DE CONVERSIÓN DE VEHÍCULOS A GNV
1. Solicitud expresa de Traslado del Taller de Conversión de Vehículos de GNV, dirigida al Director Distrital correspondiente, solicitando autorización para el traslado al nuevo lugar;; detallando nombre de la persona individual o colectiva, Representante Legal, razón social, domicilio, número de teléfono fijo y/o celular.
2. Original o fotocopia legalizada del Testimonio de alquiler, anticresis o Documento de Propiedad con inscripción en Derechos Reales o cualquier otro Derecho Real establecido en la Legislación vigente, del inmueble donde funcionará el Taller de conversión de vehículos.
3. Original o fotocopia de los Planos de ubicación del taller en escala apropiada, indicando el tipo de construcciones vecinas, calles y avenidas circundantes.
4. Original del Plano de instalaciones mecánicas con indicación de planta (oficina, depósitos, baños, área de intervención mecánica, otras dependencias), ubicación de equipos y dispositivos de seguridad (extintores y letreros).
5. Original del Plano de instalaciones eléctricas.
Ø De no existir objeción, la ANH autorizará al Taller el traslado de sus instalaciones. Ø Concluidas las obras, la empresa solicitará a la ANH la Inspección Técnica correspondiente;; de ser positivo el Informe
Técnico, deberá complementar con los documentos siguientes:
a. Carta dirigida al Director Distrital correspondiente.
b. Depósito de $us150.- (Ciento cincuenta 00/100 dólares americanos) en la Cuenta Recaudadora de la ANH N° 1-4678120 del Banco Unión, efectuado en moneda nacional al tipo de cambio de venta oficial del dólar americano vigente en el día del depósito (Resolución Administrativa RAN-ANH-UN N° 0019/2015 de 11/08/2015).
c.
Original o fotocopia legalizada de Pólizas de Seguro adecuadas en su cobertura a las nuevas instalaciones. • Rubro: Responsabilidad Civil.
Materia asegurada: Taller. Cobertura: Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual incluyendo daños a terceros a consecuencia de incendio y/o explosión. Valor Asegurado: Límite mínimo combinado $us10.000.- Cláusula: Incluye Gastos de Defensa Legal. Vigencia: Dos (2) años calendario.
d. Fotocopia simple o documento impreso del certificado SIREHIDRO emitido por la ANH (Resolución Administrativa ANH N° DJ 596/2014 de 18/03/2014).
Ø El traslado de un Taller de Conversión implica necesariamente la obtención de una nueva Licencia de Operación. ü Para obtener el requisito d), ingresar a la página web de la ANH: www.anh.gob.bo – Plataforma HYDRO – SIREHIDRO. ü Los documentos serán presentados en folder amarillo, debidamente ordenados y foliados, señalando en rótulo los datos
de la empresa (razón social, Representante Legal, dirección, teléfonos de referencia). ü Normativa disponible:
• Gaceta Oficial de Bolivia. • www.anh.gob.bo - Actividades - Comercialización – TCV GNV.
top related