reglamento interno2015 ultimo felix
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I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO"
I INSTITUCIÓN EDUCATIVA “MIGUEL GRAU S.”
REGLAMENTO INTERNO
-2015-
Reglamento Interno -2015
Construyendo una educación de calidad!!
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO"
INTRODUCCIÓN
El presente Reglamento Interno regula la Política Educativa que contiene aspectos
vinculados con la Organización y Funcionamiento de la IE así como el desarrollo de
actividades Pedagógicas, Administrativas Institucionales, el régimen económico,
disciplinario y las relaciones con la comunidad. Así mismo, norman las funciones,
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" iii
responsabilidades y obligaciones de los actores educativos por contener
básicamente disposiciones que orienta al desenvolvimiento de la IE.
Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno es tarea de todos los que
tenemos responsabilidades en la conducción y formación de nuestros educandos
para garantizar mejores Niveles de Eficiencia en el cumplimiento de nuestras
funciones propias al cargo que desempeñamos con el único objeto de elevar la
calidad del servicio educativo que brindamos cuidando afablemente nuestras buenas
relaciones Humanas que nos hemos propuesto conservarlo como rasgo positivo de
la persona.
LA COMISIÓN
ÍNDICECARATULA…………………………………………………………………………………………………….. iRESOLUCIÓN DE APROBACIÓN………………………………………………………………………..iiINTRODUCCIÓN..................................................................................................................................................iii
ÍNDICE....................................................................................................................................................................iv
TÍTULO I GENERALIDADES...............................................................................................................................1
CAPITULO I DEL REGLAMENTO......................................................................................................................1
CAPITULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIOS.............................................................................................................................................................3
TÍTULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA......................5
CAPITULO I OBJETIVOS, FUNCIONES GENERALES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA............................5
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" iv
TÍTULO III GESTIÓN PEDAGÓGICA................................................................................................................9
CAPITULO I PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS........................................................................................................................................................9
CAPITULO II DE LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, CERTIFICACIÓN Y RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA......................................................................................................................................................12
CAPITULO III DE LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL.....................................................16
CAPITULO IV DE LOS MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR............................................................17
CAPITULO V DEL CALENDARIO CÍVICO.....................................................................................................18
CAPITULO VI ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS................................................................18
TITULO VI GESTIÓN ADMINISTRATIVA E INSTITUCIONAL...................................................................19
CAPITULO I DE LA MATRICULA Y HORARIO DEL PERSONAL............................................................19
CAPITULO II DEL PEI Y PAT............................................................................................................................21
CAPITULO III FUNCIONES, OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD...................................................................................................................22
CAPITULO IV DERECHOS Y PROHIBICIONES DEL PERSONAL...........................................................45
CAPITULO V ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL...................................................49
CAPITULO VI ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL, DEL CONEI...............................................................52
CAPÍTULO VII DE LA SUPERVISIÓN Y ASESORAMIENTO....................................................................54
CAPITULO VIII DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA..................54
TITULO IV RELACIONES Y COORDINACIÓN CON LA COMUNIDAD..................................................56
CAPITULO I DEBERES, DERECHOS, OBLIGACIONES y PROHIBICIONES DEL ESTUDIANTE...57
CAPITULO II PERMISOS, ESTÍMULOS, PREMIOS, FALTAS Y SANCIONES DEL ESTUDIANTE....61
CAPITULO III LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES.........................................................................65
CAPITULO IV DEL MUNICIPIO ESCOLAR....................................................................................................67
CAPITULO V DE LOS VIAJES Y VISITAS DE ESTUDIO............................................................................69
CAPITULO VI DE LOS PADRES DE FAMILIA..............................................................................................70
CAPITULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:...........................................................................74
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO"
TÍTULO I
GENERALIDADES
CAPITULO I
DEL REGLAMENTO
Artículo 1º El Reglamento Interno es un Instrumento de Gestión Institucional que trata
sobre la Organización y Funcionamiento de la Institución Educativa (I.E),
cuyo propósito es orientar las funciones de cada uno de los estamentos que
componen la comunidad educativa, en cuanto a la acción Administrativa,
Pedagógica y de Coordinaciones con comunidad escolar. En relación de las
Disposiciones Superiores y a las que la IE ha adoptado con miras a mejorar
la calidad del Servicio Educativo.
Artículo 2º El Presente Reglamento Interno (R.I.), es un documento de Gestión
Institucional del que todos los actores educativos están en la OBLIGACIÓN
de dar cumplimiento en todos los extremos propuestos dentro de la
Organización y el funcionamiento de la IE Nº 81024 “Miguel Grau
Seminario”.
Artículo 3º El R.I. de la IE se actualiza cada año, por una Comisión, en función a las
nuevas Normas Legales promulgadas por la Superioridad o a la necesidad
del quehacer educativo dentro del marco legal correspondiente
Este año en el nivel secundario se implementará el modelo de servicio
educativo de Jornada Escolar Completa JEC.
Artículo 4º El R.I. será consensuado y aprobado primero por la asamblea de Docentes,
y finalmente por el Director de la IE con Resolución contando con la opinión
del CONEI.
Artículo 5º Son objetivos del Reglamento Interno:
a. Lograr la adecuada marcha Institucional, Pedagógica y Administrativa de
la IE, promoviendo la modernización y calidad educativa.
b. Determinar las Funciones, Derechos y Obligaciones de cada uno de los
miembros que integran la comunidad educativa, valorando el desempeño
destacado.
c. Impulsar la mayor participación y coordinación del personal en los
educandos a su cargo, promoviendo un clima agradable de identificación
personal con la IE.
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I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO"
d. Normar y Promover hábitos de puntualidad y trabajo de los integrantes de
la comunidad educativa en el marco de la equidad.
e. Lograr la participación de los PP.FF. en las actividades educativas de la
IE, identificando su rol protagónico en la marcha y surgimiento de la IE.
f. Garantizar el buen funcionamiento de la IE dentro de la Propuesta del
PEI, PAT Y PCIE.
g. Orientar las Funciones, responsabilidades y obligaciones de los actores
educativos.
h. Mejorar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas, el
régimen económico, disciplinario y las relaciones con la comunidad.
Artículo 6º El Presente Reglamento Interno se sustenta en los Dispositivos Legales
Vigentes emanados por el Ministerio de Educación cuya compatibilidad se
da de acuerdo al cargo de cada Servidor y al desenvolvimiento Institucional,
siendo:
Constitución Política del Perú.
Ley 28044 Ley General de Educación, su modificatoria, Ley Nº 28123,
28302.
Ley Nº 25762: Ley orgánica del ministerio de educación, modificada por
Ley Nº 26510.
Ley Nº 27444: Ley de procedimiento administrativo general.
Ley Nº 28628: Ley que regula la participación de las APAFAS en las IE
Públicas.
Ley Nº 24029: Ley del profesorado, su modificatoria, Ley Nº 25212.
D.S. Nº 006-2006-ED.: Reglamento de organización y funciones del ME.
D.S. Nº 008-2006-ED.: Lineamientos para el surgimiento y control de la
labor efectiva del trabajo docente en las IE públicas.
D.S. Nº 004-2006-ED.: Reglamento de la Ley de APAFAS.
R.M. Nº 0234-2005-ED.: Evaluación de los aprendizajes de los
estudiantes de la educación básica regular: Direct. Nº 004-2005-VMGP,
modificatoria: Directiva. Nº 0387-2005-VMGP.
D.S. Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado.
Ley 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa.
D.S. Nº 004-06-ED, Reglamento de la Asociación de Padres de Familia.
D.S. Nº 011-2012-ED, Reglamento de Ley General de Educación
R.M. Nº 0413-2010-ED: Directiva para el año escolar 2 013
Proyecto Educativo Institucional.
R.M. Nº 451 – 2014- MINEDU.
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R.S.G. Nº 008-2015. MINEDU
R.S.G. Nº 004-2015-MINEDU.
CAPITULO II
DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIOS
Artículo 7º LA I.E. “Miguel Grau Seminario” fue creada, en su inicio, por R. M. No.
21138 del 22/10/60, Escuela Primaria de Varones Nº 246 – “Yonel Arroyo
Sánchez”, Colegio Nº 80062 “José Cerna Moreno”. Las II. EE. luego se
fusionan y según R.D. N° 1044-83 de fecha 29/04/83 se crea el Colegio N°
81024 “Miguel Grau “. Luego en el año de 1998, se denominó “Miguel Grau
Seminario”.
Artículo 8º Está ubicado en la Calle Piura No. 520 del Puerto de Salaverry.
Artículo 9º Atiende 02 niveles educativos en un solo turno: Diurno.
EL NIVEL PRIMARIA, es mixto con una Población Escolar de 372
estudiantes, distribuidos en 18 secciones, el Personal Docente está
distribuido por un Subdirector de la IE, 18 docentes de aula, 03 de
Educación Física, 01 Docente Bibliotecaria, y 02 personales de apoyo.
EL NIVEL SECUNDARIA, es mixto con una población escolar de 250
estudiantes distribuidos en 11.secciones: Está compuesto por: 01 Director
de la IE, 16 .Profesores, 02 Auxiliares de Educación, 01 Auxiliar de
Biblioteca, 01 secretaria, 02 personales de apoyo, personal de la JEC
Artículo 10º Cuenta con una Asociación de Padres de Familia, dirigidos por un Consejo
Directivo, así como la elección de los respectivos Comités de Aula.
Artículo 11º Su organización estudiantil esta dada por Municipio Escolar, Policía Escolar,
Club de Biblioteca, Club de Ciencias, Consejo Educativo Institucional
(CONEI) Brigadieres, sub. Brigadieres, y Brigadistas de Defensa Civil,
Fiscalía Escolar.
Artículo 12º PRINCIPIOS:
La Identidad de la I.E. está dada en la Visión y Misión: (*)
a. VISIÓN:
Al año 2021 la Institución Educativa “Miguel Grau Seminario” – Salaverry,
será una institución que brinde educación de calidad, humanista,
ecológica e inclusiva y promueve en el estudiante estilos de vida
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saludable, con capacidad crítica, reflexiva, creativa, responsable; capaces
de desenvolverse en diversos contextos y aportar al desarrollo nacional;
con personal docente y administrativo altamente capacitado y
comprometido con la labor educativa; padres de familia responsables e
identificados con la población estudiantil.
b. MISIÓN:
Somos una Institución Educativa Pública dedicada a la formación de
valores ético morales, que aplica enfoques educativos pertinentes y
contextualizados, con los requerimientos que exige la educación actual,
de acuerdos a las necesidades, intereses y expectativas de la comunidad
educativa local en un mundo globalizado, desde nuestra realidad local,
regional y nacional
(*): en proceso de actualización: PEI
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TÍTULO II
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
CAPITULO I
OBJETIVOS, FUNCIONES GENERALES Y
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 13º Son objetivos de la Institución Educativa:
a. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de
calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas.
b. Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de
convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la
sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática,
justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad.
c. Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus
conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores, y sean
capaces de construir su proyecto de vida.
d. Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los
aprendizajes de los alumnos y de la gestión institucional.
e. Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la
gestión educativa organizando procesos de formación permanente para
ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen
desempeño de sus funciones.
f. Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos,
facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión
democrática, armónica, ética, eficaz, y creativa, respetando el principio
de autoridad.
g. Facilitar la acción del Estado para garantizar la gratuidad de la
enseñanza, el acceso y la permanencia de los estudiantes en la
Educación Básica o Técnico-Productiva, en las Instituciones y Programas
Educativos públicos.
h. Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el
gobierno local para el desarrollo comunal.
i. Mejorar la calidad del servicio de Educación secundaria ampliando las
oportunidades de aprendizaje de los y las estudiantes de instituciones
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educativas públicas en dicho nivel y promoviendo en cierre de brechas y
la equidad educativa en el país, se asume un trabajo mínimo diario de 9
horas pedagógicas, 45 horas pedagógicas semanales y 1 600 horas
pedagógicas anuales en las instituciones educativas seleccionada
Artículo 14º Son Funciones Generales de la IE Nº 81024 “Miguel Grau Seminario":
a. Brindar un servicio Educativo de calidad en el Nivel Primaria y
Secundaria.
b. Programar, ejecutar y evaluar íntegramente las acciones y servicios
Educativos que se desarrollan en el ámbito, de acuerdo a la Política
Educativa, la demanda de la comunidad, las expectativas de los PP FF.
Y los intereses de los estudiantes.
c. Organizar el trabajo educativo, en función de los niveles y modalidades
que brinda. En el nivel secundario se desarrollara la dimensión colegiada.
d. Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar los documentos de gestión en
concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política
educativa pertinentes.
e. Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución y
administrar sus recursos financieros.
f. Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y
pedagógica.
g. Diversificar el Diseño Curricular Básico y el Marco Curricular realizar
acciones tutoriales.
h. Otorgar certificados, diplomas y títulos según corresponda.
i. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.
j. Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el
ingreso, y permanencia del personal docente y administrativo. Estas
acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de
gestión, de acuerdo a la normatividad específica.
k. Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente
l. Brindar al nivel secundario los servicios de Atención Tutorial Integral al
estudiante (ATI) creando condiciones favorables para su desarrollo
integral de estos.
m. Asegurar las condiciones propias, para el desarrollo del alumnado en
vinculación con la Comunidad.
n. Formar y desarrollar actividades productivas que garanticen la
participación del trabajo.
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o. Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y
económica, ante la comunidad educativa.
p. Participar en las actividades de promoción y desarrollo de la comunidad,
interviniendo en obras de interés social.
q. Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las
necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales
favorables para su aprendizaje.
r. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de
gestión, experimentación e investigación educativa.
s. Promover y desarrollar actividades culturales, deportivas y de recreación
que permitan la formación integral de los educandos.
t. Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad.
Artículo 15º La institución educativa tiene la siguiente Estructura Orgánica:
a. Órgano de Dirección de la IE:
Una Dirección de la IE
b. Órgano Técnico Pedagógico:
Subdirección de la IE de Educación Primaria.
c. Órgano Pedagógico: JEC
Coordinador de Tutoría
Coordinadores Pedagógicos
Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico (JEC)
Profesor.
Docente de Biblioteca
Personal de apoyo pedagógico:
Auxiliares de educación
Auxiliares de laboratorio y biblioteca
d. Órgano de soporte al proceso Pedagógico: JEC
Coordinador Administrativo y de recursos educativos
Psicólogo o trabajador social
Secretaría.
Personal de Apoyo (servicio)
Personal de vigilancia
e. Órgano de Coordinación y Participación:
Tutores de aula
Comité de Tutoría Orientación
f. Órgano de Asesoramiento y Consulta:
Consejo Educativo Institucional (CONEI).
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Comité Directivo y Personal Jerárquico.
Coordinadores de Ciclo
Coordinadores Pedagógicos: Letras y Ciencias
Comité de Banco de Libros.
Asamblea General de Profesores
Asociación de Padres de Familia
Municipio Escolar
g. Órgano de Control y Evaluación de los aprendizajes:
Profesores de Aula.
Profesores de Área
Auxiliares de Educación.
h. Órgano de Ejecución:
Estudiantes en General.
Artículo 16º La I.E. Nº 81024"MIGUEL GRAU SEMINARIO." adopta el siguiente
Organigrama Estructural:
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Organigramna falta
TÍTULO III
GESTIÓN PEDAGÓGICA
CAPITULO I
PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO
DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS
Artículo 17º El año lectivo se inicia el primer día útil del mes de marzo y termina en
Diciembre, cumpliendo en el Nivel primario 39 semanas que hacen un total
de 1104 horas efectivas; en el Nivel secundario de 39 semanas que hacen
un total de 1692 horas efectivas, dividido en dos semestres, y cuatro
bimestres para los efectos de la evaluación. La duración de cada bimestre
se establecer de acuerdo a las normas correspondientes. Durante el año
escolar se programa un periodo de vacaciones en el mes de julio, además
de las vacaciones de fin de año.
Artículo 18º La IE cuenta con dos Niveles: Primaria y Secundaria, que comprende ciclos
y grados.
El Nivel Primaria Cuenta con Ciclos que comprenden:
III CICLO : 1º y 2º grado.
IV CICLO : 3º y 4º grado.
V CICLO : 5º y 6º grado
El Nivel Secundaria cuenta con los Ciclos que comprenden:
VI CICLO : 1ro. Y 2do.
VII CICLO : 3ro.; 4to. y 5to.
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Artículo 19º La I.E. brinda su servicio en un solo turno para ambos niveles:
NIVEL SECUNDARIA: Jornada Escolar Completa. Los Lunes y
viernes de:
7.00 am a 2:50 p.m.
De martes a jueves : 7:20 a.m. a 2:50 p.m.
07:00 a 07:15 Formación los días lunes y viernes.
07:20 a 02:50 Trabajo Pedagógico.
10:20 a 10:35 Primer Recreo.
12:05 a 12:35 Segundo Recreo
NIVEL PRIMARIA: De Lunes a Viernes de 7:45 a 1 p.m.
07.45 a 08.00 Formación los días lunes y viernes
08.00 a 01.00 Trabajo pedagógico.
10.20 a 10.40 Recreo.
Artículo 20º El horario de clase para el nivel secundaria será elaborado por la Comisión
respectiva y en la distribución de horas se tendrá en cuenta la especialidad,
la escala magisterial alcanzado por el docente, tiempo de servicios, tiempo
de permanencia en la I.E.
Artículo 21º El P.C.I.E. y la Programación Curricular Anual son elaborados por los
docentes de aula (primaria) y de área (secundaria), teniendo en cuenta lo
siguiente:
El Diseño Curricular Nacional y el Marco Curricular Nacional aprobada por
el Ministerio de Educación.
El Diseño Curricular Regional aprobada por la DRELL
La diversificación Curricular en coherencia con el PEI y las necesidades e
intereses del educando, contenidos en el PCIE.
Artículo 22º El currículo debe ser abierto flexible y diversificado, teniendo en cuenta las
áreas programadas de acuerdo al PEI y PCIE, los cuales tienen valor oficial
para todos sus efectos.
Artículo 23º En el nivel Primaria el currículo es de carácter flexible y por lo tanto no
procede la reestructuración de horarios rígidos de clase por áreas de
desarrollo. Es cualitativo, por lo que las competencias y capacidades no
pueden ser programadas como si fueran contenidos de información,
cancelatorios y que necesiten ser distribuidos y agotados en los bimestres.
Los docentes tienen la responsabilidad de garantizar y demostrar la calidad
de los aprendizajes logrados. En educación física utilizaran el programa
curricular básico especificado en el DCN en coordinación con los profesores
de grado.
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Artículo 24º La Subdirección de la IE de Primaria en coordinación con los coordinadores
de grado asesorará a los docentes por grados de estudios, quienes
elaborarán sus unidades contextualizadas teniendo en cuenta las
necesidades e intereses de los estudiantes.
Artículo 25º La hora de libre disponibilidad se emplea para implementar Talleres y/o
Áreas de acuerdo a la propuesta de la JEC, PEI, PCIE y tercio curricular; en
el nivel Primaria se emplea para dictar el taller del idioma inglés, talleres de
danzas de acuerdo al PEI.
Artículo 26º De acuerdo a los resultados del año anterior, se elabora la programación
curricular anual o de corto alcance, organizadas en unidades de aprendizaje
para cada bimestre en secundaria y el periodo que dure el proyecto en base
al PCI o unidad de aprendizaje en Primaria.
Artículo 27º La Programación Curricular de largo y corto alcance es presentada por el
docente oportunamente a la dirección en secundaria y a la subdirección en
primaria para su seguimiento y evaluación permanente.
Artículo 28º Dentro de la organización de los procesos de aprendizaje en el aula, los
docentes del nivel primario tienen libertad para organizar su trabajo
pedagógico dentro del marco que establecen el currículo oficial, el PEI y el
PCIE de la IE., pudiendo elegir su forma de programación curricular, tiempo,
estrategias metodológicas, material educativo y actividades que consideren
pertinentes para el logro de las competencias que corresponden al grado En
el nivel secundaria los docentes organizaran los procesos de aprendizaje
según la especialidad y a las características particulares de sus propios
estudiantes, siempre y cuando sus opciones aseguren la pertinencia y
eficacia de su labor docente a través de un equipo de grado o de área.
Artículo 29º Los estudiantes trabajarán preferentemente en equipo para lograr
aprendizajes significativos.
Artículo 30º Los docentes desarrollaran actividades y procesos con los estudiantes,
despertando la curiosidad, la necesidad de indagar, la reflexión crítica, la
creatividad, el análisis colectivo de los problemas, el diálogo, la investigación
en equipo, la cooperación mutua, la reflexión ética a cerca de sus actitudes y
de su comportamiento personal, con respeto a sus pares y a la bien común.
Así mismo lograr su participación organizada y constructiva a favor de la IE.
Artículo 31º Los docentes deben respetar el derecho al tiempo libre de los estudiantes,
para no interferir con su tiempo personal y familiar, evitando recargarle
tareas escolares fuera de su horario normal. Para dejar espacio en sus roles
de hogar, familiar y social.
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CAPITULO II
DE LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, CERTIFICACIÓN
Y RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA
Artículo 32º La evaluación es un proceso continuo orientado a identificar los logros,
avances y dificultades de aprendizaje de los estudiantes. Tiene como
referente los aprendizajes específicos del Diseño Curricular Nacional de la
EBR y de sus diversificaciones, la calidad de los procesos pedagógicos, los
principios y fines de la educación establecidos en la L.G.E.
Artículo 33º La evaluación utiliza capacidades, indicadores de logros y escalas de
evaluación que permitan recoger información valida y confiable para tomar
decisiones en función de mejorar el proceso pedagógico y los resultados
educativos de los estudiantes.
Artículo 34º La evaluación de los aprendizajes en los niveles de Educación Primaria y
Secundaria, está normada en las disposiciones señaladas en la Directiva
VMGR de Evaluación de los aprendizajes Nº 004- 2005 ED aprobada por
RM. Nº 0234 -2005 ED su proceso se realiza de acuerdo a la RM. Nº 0387 -
2005 ED. Que complementa y modifica los numerales 6, 2, 3, de los
resultados y 6, 3, 5, de los requisitos de promoción, repitencia y
recuperación en la Evaluación de los educandos.
Artículo 35º La Evaluación del Aprendizaje en el nivel Primaria es cualitativa y no tiene
equivalencia numérica y proporciona información que describe, explica y
valora los avances y dificultades ocurridos en el aprendizaje de los niños y
niñas.
Artículo 36º La Evaluación del Aprendizaje en el nivel Secundaria es cuantitativa, de
carácter numérico descriptivo. Los resultados se expresan en la escala
vigesimal de 0 a 20 puntos.
Artículo 37º La escala de calificación en el nivel de Educación Primaria de EBR es literal
y descriptiva, de acuerdo con la siguiente tabla:
AD Logro destacado
Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos,
demostrando incluso un manejo solvente y muy satisfactorio en todas las
tareas propuestas.
A Logro previsto
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Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el
tiempo programado.
B En proceso
Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes previstos,
para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para
lograrlo.
C En inicio
Cuando el estudiante está empezando a desarrollar los aprendizajes
previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, necesitando
mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente de acuerdo a
su ritmo y estilo de aprendizaje.
Artículo 38º La información que se obtiene en el proceso se anota en el registro del
docente y se comunica bimestralmente al padre de familia mediante la
Libreta de Información según cronograma establecido por la Subdirección de
la IE de Primaria. Solamente el informe sobre aprobación o desaprobación
de áreas y sub. Áreas se realiza al finalizar el año académico
Artículo 39º La Evaluación: se realiza de acuerdo a los dispositivos legales vigentes y se
registran en los Siguientes documentos:
Registro auxiliar.
Registro oficial de evaluaciones.
Libretas de información escolar.
Actas de evaluación.
Certificados de estudios.
Artículo 40º La Dirección de la IE autoriza mediante Decreto Directoral de la IE la
postergación o adelanto de las evaluaciones, previa presentación de
documentos probatorios por enfermedad o viaje al extranjero del educando.
Artículo 41º La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes con necesidades
educativas especiales será flexible y diferenciada, usando diversas formas y
lenguajes. Debe estar orientada a verificar y mejorar los resultados de
aprendizaje.
Artículo 42º La evaluación de los procesos y resultados de aprendizaje de los
estudiantes con necesidades educativas especiales, se comunica por escrito
con periodicidad, de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio de
Educación. Es comunicada verbalmente a los estudiantes y a los padres de
familia o apoderados cuando resulte necesario.
Artículo 43º Participan en la evaluación de los procesos y resultados de aprendizaje,
además de los profesores:
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a. Los estudiantes en la evaluación de su propio aprendizaje y en el de sus
compañeros, en base a criterios previamente anunciados.
b. Las familias de los estudiantes, al recibir de parte de los profesores la
comunicación oportuna de los logros, progresos y dificultades de
aprendizaje, para apoyar las acciones de recuperación más
convenientes.
Artículo 44º Las calificaciones de cada nivel es ingresado al SIAGIE; por el docente
responsable de grado y de área en el nivel secundario.
Artículo 45º Las actas finales serán impresas por la secretaría de la I.E. previa
verificación de las notas.
Artículo 46º Es responsabilidad del Director de la Institución Educativa o del profesor
encargado velar para que se brinde a los padres y estudiantes toda la
información, las explicaciones y las recomendaciones pedagógicas
pertinentes de manera clara, exhaustiva y oportuna.
Artículo 47º El Ministerio de Educación establece las normas nacionales de evaluación,
promoción y repetición de año o grado de estudios; y la DRE y la Institución
Educativa, las normas específicas.
Artículo 48º Son promovidos:
EN EL NIVEL PRIMARIA:
a. Los estudiantes de primer grado al término del año escolar en forma
automática.
b. Los estudiantes que obtienen "A" en todas las áreas curriculares
incluidas las áreas o talleres creados como parte de las horas de libre
disponibilidad.
c. Los estudiantes de 2°, 3° y 4° grados que obtienen como mínimo "A" en
las áreas curriculares de Comunicación, Matemática y como mínimo "B"
en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las
horas de libre disponibilidad.
d. Los estudiantes de 5° y 6° grados que obtienen como mínimo "A" en las
áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal Social y
Ciencia y Ambiente y como mínimo "B" en las otras áreas o talleres
curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad
EN EL NIVEL SECUNDARIA:
a. Los estudiantes que aprueban todas las áreas curriculares, incluidas las
Áreas o Talleres que fueron creados como parte de las horas de libre
disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 15
b. Los estudiantes que, al terminar el programa de Recuperación
Pedagógica o la Evaluación de Recuperación, aprobaron todas las áreas
curriculares o desaprobaron como máximo un área curricular.
Artículo 49º Repiten de grado:
EN EL NIVEL PRIMARIA:
a. Automáticamente los estudiantes de 2°, 3°,4° ,5º y 6° grados que
obtienen C en las dos áreas curriculares: Matemática y Comunicación al
término del año escolar.
b. Los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación
de Recuperación no alcanzan los calificativos requeridos tal como lo
disponen los incisos c y d.
EN EL NIVEL SECUNDARIA:
a. Los estudiantes que desaprobaron Cuatro o más áreas curriculares,
incluidas las que fueron creadas como parte de las horas de libre
disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.
b. Los estudiantes que, al terminar el Programa de recuperación
Pedagógica o la Evaluación de Recuperación, desaprobaron dos o más
áreas curriculares.
Artículo 50º La Institución Educativa otorga el certificado de estudios luego de la
conclusión satisfactoria del nivel de Educación Primaria y Secundaria.
Artículo 51º El Director de la IE tiene la facultad de ejecutar el P.R.A. el cual tendrá una
duración no mayor de seis semanas y la participación de los alumnos es
voluntaria.
Artículo 52º El costo de PRA estará acorde con lo estipulado en el TUPA. Los
responsables académicos son la Subdirección de la IE de Primaria y el
coordinador del PRA en el nivel secundario.
Artículo 53º Los alumnos y alumnas que desaprueben en el PRA o no hayan participado
en él, deberán participar en la evaluación de recuperación en el mes de
marzo.
Artículo 54º La Evaluación de recuperación y subsanación de aplazados se realizará de
acuerdo a un rol establecido antes de iniciar del siguiente año lectivo previa
inscripción y pago del derecho correspondiente en Secretaría.
Artículo 55º El Director de la IE tiene la facultad de organizar y promover programas
experimentales de atención y estímulo a los alumnos y alumnos
denominados talentos, sin alterar su desarrollo normal de clases. Pudiendo
aprovechar el periodo vacacional.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 16
Artículo 56º Los criterios para la selección del personal para la ejecución del PRA serán
de acuerdo a Ley, entre ellos especialidad del docente, escala magisterial,
tiempo de servicios en la IE, bajo índice de desaprobados. Todos los
docentes tendrán oportunidad en forma rotativa, en el nivel Primaria en su
Ciclo.
Artículo 57º El procedimiento para ser considerado en el PRA es con solicitud dirigida a
la Dirección de la IE de acuerdo a cronograma establecido con conocimiento
de la Dirección de la IE. El pago por este servicio será de acuerdo a las
disposiciones legales vigentes.
CAPITULO III
DE LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL
Artículo 58º La Tutoría y Orientación Educacional en el nivel primario es el
acompañamiento socio-afectivo y cognitivo a los estudiantes. Es un servicio
inherente al currículo y tiene un carácter formativo y preventivo.
Artículo 59º En el Nivel Primaria la función tutorial está a cargo del profesor de aula,
ejercen una función orientadora y dentro de ella desarrollan el servicio de
acompañamiento permanente, para contribuir a su desarrollo afectivo,
cognitivo y mejoramiento de su desempeño estudiantil, con acciones
dirigidas a atender sus necesidades de desarrollo personal; Así como la
identificación de dificultades y problemas de aprendizaje, emocionales,
sociales y de salud, buscando soluciones o derivando los casos para una
atención especializada.
Artículo 60º Son agentes de la Tutoría y la Orientación Educacional el tutor formal, los
profesores, los directivos, el psicólogo escolar si lo hubiera, los padres de
familia y los propios estudiantes.
Artículo 61º La tutoría comprende las áreas personal-social, académica, vocacional,
salud corporal y mental, ayuda social, cultura y actualidad.
Artículo 62º En el nivel secundario el director de la Institución Educativa garantiza dos
horas semanales para la labor tutorial grupal en cada sección, la que forma
parte de la jornada laboral del profesor, y estará cargo del tutor formal.
Artículo 63º En el Nivel Primaria la función tutorial está a cargo del profesor de aula.
Todos los docentes, tanto primaria como secundaria, ejercen una función
orientadora y dentro de ella desarrollan el servicio de acompañamiento
permanente, para contribuir a su desarrollo afectivo, cognitivo y
mejoramiento de su desempeño estudiantil, con acciones dirigidas a atender
sus necesidades de desarrollo personal; Así como la identificación de
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 17
dificultades y problemas de aprendizaje, emocionales, sociales y de salud,
buscando soluciones o derivando los casos para una atención
especializada.
Artículo 64º En el nivel del secundaria, la labor tutorial está enmarcada dentro del
modelo JEC, Acción Tutorial Integral (ATI).
Artículo 65º La tutoría es concebida como una acción de apoyo y acompañamiento al
estudiante para ayudarlo a conocerse y aceptarse a fin de que pueda ir
construyendo su propia autonomía, la misma que le permitirá favorecer la
toma de decisiones reflexivas y críticas en el contexto social en el que se
circunscribe.
Artículo 66º Desde la perspectiva de desarrollo humano, la atención tutorial sustenta su
intervención en dos enfoques: Orientación y Prevención.
Artículo 67º La atención tutorial es una acción colectiva y coordinada que involucra a los
profesores, profesores tutores, personal directivo, padres de familia y
estudiantes de la IIEE. Para los fines operativos de la Jornada Escolar
Completa se destinan dos horas semanales de tutoría grupal, las cuales se
desarrollarán en bloque, dentro del Plan de Estudios y una hora adicional
dentro de la jornada laboral del profesor tutor para la tutoría individual. El
profesor tutor solo será responsable de una sección de tutoría.
Artículo 68º La tutoría implica el desarrollo de una serie de acciones, acorde a los
siguientes aspectos: desarrollo personal, desarrollo de los aprendizajes,
desarrollo social comunitario.
Artículo 69º La tutoría tiene dos modalidades de atención: tutoría grupal, tutoría
individual.
Artículo 70º La atención tutorial deberá impulsar la organización escolar dentro y fuera
del aula, a fin de fortalecer la participación comprometida de los estudiantes
en la gestión de la IE, favoreciendo su formación ciudadana.
Artículo 71º En el nivel primario, el Informe a los PP.FF. Será en reuniones
bimestralmente con asistencia obligatoria del Padre de Familia, mostrando
su carné de asociado y documento de identidad DNI.
CAPITULO IV
DE LOS MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR
Artículo 72º Los materiales educativos son recursos de diversa naturaleza que deben
utilizarse en los procesos pedagógicos con el fin de que los estudiantes
desarrollen de manera autónoma, reflexiva e interactiva sus aprendizajes.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 18
Dichos recursos deben ser pertinentes con los aprendizajes que quieren
desarrollar los procesos pedagógicos, con las intenciones del diseño
curricular, la realidad afectiva, cognitiva y sociocultural del estudiante y el
Proyecto Educativo Institucional.
Artículo 73º El Director de las Institución Educativa es responsable de que los materiales
educativos estén a disposición plena de los estudiantes y se usen de
manera intensiva, continua y pertinente. Coordinan con los Consejos
Educativos Institucionales para asegurar su cuidado, sin perjuicio de su
plena utilización.
CAPITULO V
DEL CALENDARIO CÍVICO
Artículo 74º La celebración del Calendario Cívico debe estar dirigida a garantizar la
formación de los alumnos en valores cívicos, patrióticos, democráticos,
creativos y ciudadanos a fin de favorecer su aprendizaje.
Artículo 75º Los Docentes responsables de las fechas cívicas a desarrollarse están
llamados a preparar los números culturales y la charla correspondiente.
Artículo 76º Para el cumplimiento de las fechas cívicas señaladas, es obligatoria la
presencia de todo el Personal de la Institución Educativa (Docente y
Administrativo)
Día del Maestro.
Fiestas Patrias
Día de la Juventud.
Difusión de los Derechos del Niño y del Adolescente.
Aniversario de la IE.
Artículo 77º La asistencia al Izamiento del Pabellón Nacional en la plaza mayor de la
ciudad en el Aniversario Institucional y Fiestas Patrias, así sea un día no
laborable, es de carácter obligatorio para todo el personal que labora en el
Plantel.
CAPITULO VI
ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS
Artículo 78º La formación cultural, deportiva, artística, así como la recreación, forman
parte del proceso de educación integral de los estudiantes y se desarrollan
en todos los niveles y ciclos de la EBR y JEC.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 19
TITULO VI
GESTIÓN ADMINISTRATIVA E INSTITUCIONAL
CAPITULO I
DE LA MATRICULA Y HORARIO DEL PERSONAL
Artículo 79º La matrícula se realizará por única vez en 1º grado de Primaria y 1º Año de
Secundaria del 02 al 27 de febrero:
a. Las matrículas y traslados se realizan de acuerdo a: DS Nº 013-04-ED
b. La matrícula y ratificación en el Nivel Primaria estará a cargo de la
Subdirección de la IE.
c. La matrícula y ratificación del nivel secundario estará a cargo de la
Secretaria y apoyo del personal administrativo.
d. Ratificación de matrícula se hará desde la segunda semana hasta la
Cuarta de Febrero según programación.
e. El padre de familia que no ratifique la matrícula de su menor hijo a
tiempo, pierde su vacante y/o en caso de rezagados serán ubicados en
otras secciones.
Artículo 80º La ratificación de matrícula de los alumnos que repiten por primera vez será
previo compromiso del padre de famita o apoderado para apoyar y superar
el nivel del rendimiento anterior.
Artículo 81º Los alumnos provenientes de otras I.E. podrán ratificar su matrícula previa
evaluación y aceptación de su vacante acreditando tener buena conducta.
Artículo 82º Se pierde el derecho de ratificación de la matrícula en los siguientes casos:
a. Por repetir un grado de estudios en dos años consecutivos.
b. Por haber estado con matrícula condicional y no superar ese
comportamiento.
c. Por incurrir en grave falta de conducta.
Artículo 83º Para la ratificación de matrícula, es indispensable la presencia del padre o
apoderado.
Artículo 84º Al finalizar el año escolar los padres o apoderados recibirán las
recomendaciones para ratificar la matrícula y lo correspondiente al curso de
recuperación académica.
Artículo 85º El Personal Directivo cumple la jornada laboral de acuerdo a las normas
establecidas.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 20
Director General 40 horas semanales
Sub Director Ed. Primaria L-V 07:00 am – 15:00 horas
Artículo 86º El Personal Docente de Secundaria Y Primaria cumple la jornada de 30
horas pedagógicas semanales de 45 minutos. Siendo su ingreso como
sigue:
Nivel Primaria hasta 8:00 am.
Nivel Secundaria hasta 7:15:00 a.m.
Artículo 87º Los Auxiliares de Educación cumplen la jornada laboral de 30 horas
distribuidas en 6 horas cronológicas diarias, de lunes a viernes. Debiendo
ingresar 30 minutos antes de la hora de ingreso de los alumnos, y salir 30
minutos después de la hora de salida de los alumnos.
Artículo 88º El Personal Administrativo cumple la jornada laboral de 7.45 horas diarias de
trabajo real y efectivo de acuerdo al horario establecido. (40 horas
semanales).
Secretaria 08:00 am – 16:00 horas
Docente Bibliotecaria 08:00 a.m. – 13:00 horas
Auxiliar de Biblioteca 08:00 am - 14:00 horas
Personal de mantenimiento 06:00 am – 14:00 horas
Portería y Guardianía
Primer Turno 06:00 am – 02:00 pm
Segundo Turno 02:00 pm – 10:00 pm
Tercer Turno 10:00 pm – 06:00 am
Artículo 89º El ingreso y salida del alumnado del nivel primario será controlado por el
Profesor de turno y por los Profesores de aula y en el nivel secundario
controlado por los auxiliares de educación, tomando en cuenta el siguiente
horario.
PRIMARIA:
Ingreso y Formación: 07:45 a 08:00 am
Recreo: 10:20 – 10:40 am.
Salida: 13:00 pm.
SECUNDARIA:
Ingreso y Formación: 7:00 a.m. a 7:15 a.m.
Primer recreo: 10:20 a.m. a 10:35 a.m.
Segundo recreo: 12:05 a.m. a 12:35 p.m
Salida: 02:50 pm.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 21
Artículo 90º Para el control de asistencia del personal que labora en la I.E. es obligatorio
que todo trabajador marque su tarjeta de asistencia en el reloj de control y
firme, a la hora de entrada y salida de la I.E.
Artículo 91º El personal de portería bajo su responsabilidad solo permitirá la salida de la
I.E, al personal que presente una boleta de autorización de salida expedido
por el Director y/o Sub. Director, anotando en el cuaderno de ocurrencias.
CAPITULO II
DEL PEI Y PAT
Artículo 92º Son objetivos específicos del Proyecto Educativo Institucional:
a. Elevar el nivel educativo de los alumnos en la práctica de valores
sociales y el dominio de competencias de aprendizaje mediante el
empleo de tecnologías activas, innovadoras e implementadas y un
sistema de evaluación coherente en los siguientes 5 años.
b. Elevar el nivel profesional de los docentes en el dominio de
competencias especializadas y metodología de vanguardia en la
investigación y formulación de proyectos a través de la implementación
de un programa de capacitación en alianza con las instituciones
educativas
c. Mejorar la participación de los PP.FF., de los alumnos y de la familia
magisterial en los procesos académicos y de gestión mediante una
organización democrática y flexible.
d. Generar la internalización de los valores y principios de la IE “Miguel
Grau Seminario” a través de programas de desarrollo de cultura
organizacional y clima institucional.
Artículo 93º El Plan Anual de Trabajo será elaborado por el Personal Directivo, Docente
y Administrativo en el mes de marzo de cada año. El Director de la
Institución Educativa es el responsable de coordinar en el proceso de la
elaboración de dicho plan y se aprueba por Resolución Directoral.
Artículo 94º Las comisiones de trabajo alcanzan las actividades que deben ser incluidas
en el PAT.
Artículo 95º Los responsables de cada actividad, reportan a la Dirección de la Institución
Educativa el avance de la actividad en el mes de Julio y primera semana de
diciembre para su evaluación y consolidación.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 22
CAPITULO III
FUNCIONES, OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES
ESPECÍFICAS DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD
Artículo 96º El DIRECTOR es la primera autoridad de la Institución Educativa que
garantiza el desarrollo de sus actividades, lo representa legalmente. Es
responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y
administrativo. Conforma un equipo de gestión con el Personal Directivo y
Jerárquico (Consejo de Dirección). Lidera la participación de la comunidad
educativa y preside el Consejo Educativo Institucional (CONEI).
Artículo 97º Las funciones del Director son las establecidas en los artículos 55-58 de la
Ley General de Educación, el Articulo 19 del D.S.Nº 009-2005-ED, R.S.G.
Nº008-2015 JEC.
Son funciones del director:
a. Conducir a la IE de conformidad con lo establecido en el Art. 68 de la
Ley General de Educación.
b. Dirigir la Institución Educativa en el marco de una gestión escolar
centrada en los aprendizajes y en la calidad del servicio que brinda.
c. Presidir el Consejo Educativo Institucional, promoviendo la participación
de la comunidad educativa en la toma de decisiones para la mejora de
los aprendizajes.
d. Conducir la construcción colectiva de los instrumentos de gestión,
considerando las características de los estudiantes y el entorno
institucional, familiar y social.
e. Implementar, monitorear y supervisar la ejecución de los instrumentos de
gestión , el desarrollo de los procesos pedagógicos y el logro de las
metas de aprendizaje, utilizando diversas estrategias e instrumentos..
f. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de
gestión experimentación e investigación educativa.
g. Aprobar por Resolución Director de la I.E. los instrumentos de gestión de
la IE
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 23
h. Coordinar con la APAFA el uso de sus fondos, de conformidad con lo
establecido en el reglamento general de la APAFA.
i. Delegar funciones al Subdirector de la IE y a otros miembros de la IE
j. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la IE, prácticas
y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y
experiencias exitosas.
k. Promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos
con otras instituciones u organizaciones de la comunidad cautelar su
cumplimiento.
l. Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e
infraestructura de la IE, y gestionar la adquisición y/o donación de
mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura
escolar.
m. Presidir el Comité de Evaluación para el contrato del personal docente ,
administrativo y la permanecía de los mismos ,de acuerdo a la norma,
ascenso.
n. Publicar el parte de tardanzas e inasistencias de todo el personal que
labora en la I.E. en forma mensual y oportuna.
o. Implementar mecanismos de transparencia para dar cuenta sobre la
gestión y responsabilidad por los resultados de aprendizaje.
p. Promover un clima un clima escolar favorable al logro de los
aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a mejorar el ambiente
laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa.
q. Gestionar con eficiencia el talento humano; los recursos educativos y
financieros; el uso efectivo del tiempo; el equipamiento e infraestructura
de la Institución Educativa.
r. Gestionar la información que produce la Institución Educativa como
insumo para la toma de decisiones orientadas a la mejora de los
aprendizajes.
s. Conducir procesos de autoevaluación y mejora continua en la Institución
Educativa orientados al logro de los aprendizajes.
t. Generar y promover espacios y estrategias para el trabajo colaborativo
entre los profesores y la reflexión sobre su práctica pedagógica.
u. Desarrollar estrategias de articulación con las familias, las empresas,
instituciones públicas y privadas, la comunidad e instancias de gestión
intergubernamental e intersectorial.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 24
v. Articular el desarrollo de los procesos pedagógicos de los niveles
educativos que ofrece la I.E., de manera que favorezcan la permanencia
y culminación oportuna de la educación básica regular de sus
estudiantes.
w. Autorizar los viajes de promoción, siempre y cuando, las secciones que
lo solicitan, superan el 50% de los alumnos que la integran.
x. Conformar el comité de gestión de recursos financieros, el cual deberá
informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del
manejo de recursos y bienes de la I.E trimestralmente.
y. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos
que ella recaude teniendo en cuenta los requerimientos del plan de
trabajo anual.
z. Otras que se asigne por normas específicas del sector.
Artículo 98º El SUB DIRECTOR depende directamente de la Dirección de la IE, y
también cumple las funciones Administrativas por delegación.
Artículo 99º Las funciones del Sub director están expresadas en el DS Nº 013-05-ED,
donde sea compatible.
Son funciones del Sub director:
a. Participar en la elaboración del plan de trabajo de la I.E
b. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las acciones técnico
pedagógicas.
c. Controlar la Asistencia del Personal a su cargo e informar mensualmente
a la Dirección de la IE.
d. Promover y monitorear el uso adecuado de la Biblioteca de Aula,
Módulos de Materiales, Cuadernos de Trabajos, Guías para Docentes,
Plan Lector, Programa del Comedor Estudiantil.
e. Orientar y asesorar al Personal Docente en la elaboración de
documentos técnico pedagógicos y otros.
f. Convocar y dirigir las reuniones técnico pedagógicas mensualmente por
ciclos y/o grados. ( Día Pedagógico)
g. Asesorar al Director en asuntos técnicos pedagógicos de su nivel.
h. Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel y por el buen trato de
los alumnos, evitando el maltrato físico y psicológico.
i. Hacer cumplir el rol de actividades y fechas cívicas de acuerdo a lo
programado.
j. Solucionar los problemas técnico pedagógicos que se presenten en su
nivel.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 25
k. Reemplazar en el aula en caso de ausencia de un Docente.
l. Supervisar el programa de alimentación escolar a fin que sean
beneficios para los alumnos del nivel en un horario pertinente
m. Representar en las delegaciones al Director en caso de ausencia del
mismo.
n. El Sub-Director de Primaria por delegación del Director cumple sus
funciones pedagógicas y administrativas de acuerdo a las normas
vigentes.
o. Otras funciones inherentes a su cargo.
Artículo 100º El Coordinador de ATI: Es un profesor que cumple una jornada laboral de
30 horas pedagógicas semanales. Tiene 12 horas pedagógicas de trabajo
en aula correspondientes a su especialidad y el resto de las horas cumplirá
las tareas asignadas. Es responsable de dirigir, coordinar y acompañar el
desarrollo de la acción tutorial bajo un enfoque orientador y preventivo
dirigido a los y las estudiantes, garantizando su atención y orientación
oportuna y pertinente a las inquietudes y expectativa de los estudiantes para
su desarrollo personal en el marco de una convivencia democrática e
intercultural.
Artículo 101º Son funciones del Coordinador de ATI:
a. Realizar el diagnóstico de las necesidades de orientación de las y los
estudiantes
b. Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el
enfoque orientador y preventivo, y adecuarla periódicamente.
c. Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar
soporte a las actividades de tutoría.
d. Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesores
tutores.
e. Sistematizar la experiencia de la implementación de las acciones
tutoriales cada bimestre/trimestre para mejorar oportunamente.
f. Implementar estrategias de articulación de la IE con las familias de los
estudiantes para la mejora de sus capacidades socioemocionales y
cognitivas.
g. Coordinar con el equipo directivo, profesores tutores y auxiliares la
identificación de estudiantes que requieren refuerzo pedagógico y el
seguimiento a las actividades de recuperación.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 26
h. Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la institución
educativa y de aula para fortalecer las habilidades sociales de los
estudiantes.
i. Coordina con el director la gestión de apoyo interinstitucional que
fortalezca la acción tutorial en la I.E.
j. Coordinar con los docentes de educación para el trabajo de actividades
relacionadas a la orientación vocacional (visitas, charlas, etc.)
Artículo 102º LOS COORDINADORES PEDAGÓGICOS: Es un profesor que cumple una
jornada laboral de 30 horas pedagógicas semanales. Cumple 12 horas
pedagógicas de trabajo correspondientes a su especialidad, 12 horas de
acompañamiento pedagógico, 02 horas de trabajo colegiado, 02 horas de
planificación y entrega de resultados al equipo directivo, 02 horas de revisión
de documentos. Es responsable de coordinar el desarrollo de los
aprendizajes del área o áreas curriculares afines, promover y acompañar el
fortalecimiento de las capacidades de desempeño pedagógico en los
profesores a fin de contribuir a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y
los resultados educativos.
Artículo 103º Son funciones del Coordinador Pedagógico:
a. Orientar y promover la participación de los actores de la IE en la
planificación, ejecución y evaluación curricular del(as) área(s)
curricular(es), a partir de las necesidades, características e intereses de
los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje.
b. Programar acciones y establecer las estrategias de acompañamiento a
profesores en su desempeño pedagógico para alcanzar las metas de
aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su
cargo.
c. Coordinar la elaboración del diagnóstico y el análisis estadístico de los
logros de aprendizaje de los estudiantes del área o áreas curriculares a
su cargo.
d. Analizar, de manera colegiada y en forma periódica, los resultados de
aprendizaje obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas
curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejora de los
aprendizajes.
e. Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y
promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, aulas
abiertas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los
aprendizajes.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 27
f. Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el
desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores
correspondientes.
g. Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por
áreas curriculares, grados o ciclos, a partir de las dificultades y fortalezas
identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su
desempeño.
h. Promover en los profesores el uso de estrategias y acciones de
comunicación permanente y colaboración con las familias y la comunidad
(visitas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras).
i. Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas)
para usar como insumo en la asesoría a los profesores.
j. Orientar a los profesores en el desarrollo de estrategias de reforzamiento
pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas
funcionales de las áreas curriculares a su cargo.
k. Coordinar con el personal directivo de la IE, la participación de
profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de
aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de
estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad.
l. Orientar y supervisar especialmente el desarrollo de competencias
socioemocionales en el área de Educación para el trabajo.
Artículo 104º DEL COORDINADOR DE INNOVACIÓN Y SOPORTE
PEDAGÓGICO:
Sin horas a cargo para el desarrollo de sesiones de aprendizaje. Es
responsable de coordinar y acompañar a los directivos, coordinadores,
profesores y a la comunidad educativa en la ejecución de actividades
pedagógicas integradas a las TIC mediante la asistencia técnica en el uso
eficiente de los recursos educativos, equipos tecnológicos y ambientes de
aprendizaje.
Artículo 105º Sus funciones estará dada según su carga horaria:
a. Orientar a los profesores acerca del uso adecuado y eficiente de los
recursos educativos tecnológicos con los que cuenta la I.E. y acompañar
el proceso de integración de las TIC en las sesiones de enseñanza
aprendizaje
b. Desarrollar propuestas de formación en alfabetización digital al personal
de la institución educativa, en base al diagnóstico, para fortalecer
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 28
estrategias de integración de las herramientas tecnológicas a los
procesos de aprendizaje.
c. Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el
equipo directivo y convocar reuniones con profesores de aulas de
innovación , coordinadores pedagógicos y responsables de las aulas
funcionales.
d. Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo para el uso
adecuado de programas informáticos que se empleen en ocupaciones
con demanda en el mercado laboral local y regional.
e. Supervisar las instalaciones y velar por el mantenimiento de los equipos
informáticos y de comunicación, protegiendo el equipo y detectando
necesidades de reparación.
f. Reporta el estado de los recursos tecnológicos a la dirección de la
institución educativa.
g. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano de
Dirección de la Institución educativa.
Artículo 106º PSICOLOGO O TRABAJADOR SOCIAL. Tiene como misión brindar
soporte socioemocional al equipo directivo y actores de la comunidad
educativa para la mejora de las prácticas y acciones de convivencia
democrática e intercultural en la I.E. y de la Atención Tutorial Integral.
Artículo 107º Son funciones del Psicólogo o trabajador social:
a. Apoyar la formulación de estrategias para la promoción de la Convivencia
Democrática e Intercultural en la I.E.
b. Acompañar al coordinador de tutoría en el establecimiento y monitoreo en
las acciones de tutoría.
c. Brindar soporte socioemocional a los directivos, coordinadores, y
profesores en su ejercicio profesional para lograr una atención oportuna y
pertinente a situaciones de casos que afecten la convivencia democrática
e intercultural en la I.E. y entre los estudiantes en los espacios de
recreación y ambientes de aprendizaje.
d. Coordinar con los profesores y profesoras tutores para orientar su
accionar en la atención de situaciones y riesgos que puedan afectar a los
estudiantes y en los casos de violencia y acoso entre estudiantes.
e. Promover la elaboración colectiva e implementación de normas de
convivencia para mejorar el ambiente educativo y los valores
democráticos en la I.E.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 29
Artículo 108º COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y DE RECURSOS EDUCATIVOS
Es responsable de coordinar le ejecución de actividades administrativas
orientadas a generar condiciones necesarias para mejorar la calidad de
servicio y los aprendizajes de los estudiantes, mediante la previsión y
seguimiento al uso adecuado y eficiente de los recursos educativos y
financieros, de la información y los ambientes de aprendizaje con los que
cuenta la I.E.
Artículo 109º son funciones del coordinador administrativo y de recursos educativos:
a. Organizar las actividades de soporte al proceso pedagógico.
b. Asegurar el uso, mantenimiento y conservación de los recursos
educativos y ambientes pedagógicos en coordinación del equipo
directivo, profesores, personal de apoyo pedagógico y de soporte al
proceso pedagógico.
c. Identificar de manera oportuna las carencias, insuficiencias y deterioro de
los materiales y ambientes de aprendizaje para coordinar el
mantenimiento, reposición y baja.
d. Manejar la información sobre el cumplimiento de los resultados de
aprendizaje y la gestión de la I.E. de manera transparente.
e. Gestionar la información relacionadas a los materiales, equipo, recursos
pedagógicos y financieros, así como condiciones de los ambientes de
aprendizaje de la I.E.
f. Verificar y reportar la asistencia y la permanencia del personal de la I.E.
durante la jornada escolar programada.
g. Otras actividades inherentes a su cargo que desine el Órgano de
dirección de la I.E.
Artículo 110º El PERSONAL ADMINISTRATIVO Coopera para la creación de un
ambiente favorable para el aprendizaje. Se desempeña en las diferentes
instancias de gestión institucional, en funciones de apoyo a la gestión
educativa. Ejerce funciones de carácter profesional, técnico y auxiliar.
Participa en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional.
Artículo 111º La SECRETARIA depende de la Dirección de la IE.
Artículo 112º Son funciones y obligaciones de la secretaria:
a. Cumplir con su horario establecido por el D.S. Nº 276 (7 am –
3:15pm)
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 30
b. Organizar y supervisar el archivo a su cargo.
c. Organizar el Archivo general de Dirección de la IE.
d. Llevar al día la documentación oficial de Dirección de la IE.
e. Elaborar y remitir bajo cargo la documentación oficial de Dirección de
la
I.E.
f. Tramitar Planillas del Personal de la IE.
g. Elabora las estadísticas de alumnos y del personal
h. Elaborar y proyectar Resoluciones, Decretos, Memorandos, oficios,..etc.
i. Tramita Licencias con Goce o sin goce del personal de la IE.
j. Elaborar y tramitar expedientes del personal contratado.
k. Llevar el escalafón interno del personal de la IE.
l. Ayudar en la actualización continua del inventario de bienes y enseres de
la IE.
m. Tramitar la documentación oficial de la IE ante la DRELL y otras
Instituciones.
n. Tipear documentos de la IE.
o. Llevar el registro general de los expedientes que ingresan por mesa de
partes.
p. Preparar y remitir bajo cargo la correspondencia oficial y documentos
ordenados por el Director de la IE
q. Elaborar y remitir a la Superioridad dentro los plazos fijados, las Nóminas
de Matrícula, Actas de Evaluación y otros documentos autorizados por el
Director de la IE
r. Proyectar Decretos o disposiciones ordenadas por el Director de la IE
s. Organizar por grados y secciones el archivo de carpetas personales de
los alumnos
t. Llevar el archivo de cargos actualizado.
u. Registrar las rectificaciones de nombres y apellidos de los alumnos
autorizados mediante Decreto correspondiente.
v. Elaborar y entregar certificados oficiales de estudios y constancias
w. Organizar el archivo de las Actas de Evaluación Final.
x. Elaborar el Cuadro estadístico de los alumnos invictos, aplazadas de una
a tres asignaturas y repitentes, para los efectos de matrícula en la fecha
señalada.
y. Elaborar y publicar la relación de alumnos aplazados, durante plazos
señalados.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 31
z. Elaborar las Actas Consolidadas Promociónales, de aplazadas y
subsanación originales
aa. Registrar la matrícula de los alumnos.
bb. Realizar el llenado de libretas de notas del nivel secundaria.
cc.Apoyar a la Subdirección de la IE en el tipeo de documentos oficiales
dd. Elaborar y publicar el cronograma de vacaciones del personal
administrativo
ee. Asistir obligatoriamente a las actividades cívico patrióticas
programadas por la IE.
ff. Realizar otras funciones inherentes a su cargo y las que la Dirección de la
IE disponga.
Artículo 113º LA SECRETARIA DE LA JEC Depende de la Dirección de la I.E. Tiene las
siguientes funciones:
a. atender a la comunidad educativa y público usuario acorde a las
necesidades de información que requieren.
b. Actualizar el directorio, la agenda institucional, efectuar y recibir llamadas
telefónica si es el caso
c. Recibir, registrar, organizar y distribuir la documentación de la
Institución Educativa.
d. Redactar y digitar documentos variados de uso de los equipos de
trabajo de la Institución Educativa.
e. Atender e informar al personal de la I.E. sobre las gestiones a realizarse
y la situación de documentos.
f. Actualizar la agenda del directivo director de la Institución Educativa.
g. Velar por la seguridad y conservación de los documentos .
h. Mantener la información sobre los útiles de oficina y su distribución.
i. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano
Directivo de la Institución Educativa..
Artículo 114º La DOCENTE DE BIBLIOTECA depende de la Dirección de la IE
y por naturaleza del servicio de la Sub Dirección de la IE de
Primaria.
Son funciones y obligaciones de la Docente de Biblioteca:
a. Elaborar y hacer conocer su RI a todos los usuarios de la IE para una
mejor información y utilización de los medios y materiales educativos
b. que cuenta el Centro de Recursos Educativos (CREE).
c. Promover en el Personal Docente y alumnado el material bibliográfico
existente para ser utilizado.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 32
d. Organizar el fichero para mejorar el servicio, informando mensualmente
sobre el índice de lectura y/o servicio que presta el Centro de Recursos
Educativos (CREE).
e. Programar con los Docentes la utilización racionada de los materiales y
servicios de la Biblioteca, en apoyo de los Planes y Programas,
(integración biblioteca- currículos).
f. Participar directamente en la comisión de la compra del material
bibliográfico.
g. Informar periódicamente a la Dirección de la IE Sobre el
desenvolvimiento del Centro de Recursos Educativos (CREE).
h. Integrar la comisión del Plan Lector dando información valiosa sobre los
textos adecuados.
i. Publicar el horario de atención para poder hacer uso de los medios
audios visuales, previa solicitud del docente.
j. Asistir obligatoriamente a las actividades cívico patrióticas programadas
por la IE.
k. Promover y ejecutar actividades lectoras a través de estrategias de
fomento del gusto por la lectura y habito lector:
l. Juegos florarles (producción literaria)
- Publicación de efemérides de autores locales y nacionales.
- Talleres de animación lectora.
- Estimulación al mejor lector docente y estudiante.
- Facilitar el uso del carnet del lector.
m. Alcanzar un listado de bibliografía y material educativo a los docentes
por áreas y niveles.
n. Promover y ejecutar
o. Cumplir otras funciones que le son inherentes a su cargo.
Artículo 115º El AUXILIAR DE BIBLIOTECA depende de la Dirección de la IE y por
naturaleza del cargo del Docente de Biblioteca
Son funciones del Auxiliar de Biblioteca:
a. Recibir e ingresar la colección bibliográfica y documental.
b. Acomodar los estantes y anaqueles, libros, revistas, catálogos y
ficheros.
c. Brindar el servicio de sala y préstamo para aula y domicilio de material
bibliográfico y módulos.
d. Mantener al día el registro de los libros, documentos y material prestado,
así como la renovación de los plazos vencidos.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 33
e. Conservar los materiales y equipos, elaborar estadísticos.
f. Llevar el control y registro de los equipos y materiales asignados a la
biblioteca.
g. Mantener el orden y la disciplina de la sala de lectura.
h. Apoyar en la organización de los clubes de biblioteca y en la elaboración
y publicación de boletines, guías de difusión, etc. que den a conocer los
materiales y los servicios que presta.
i. Realizar labores complementarias al procesamiento técnico y otros que
le asigne el Docente Bibliotecario.
j. Mantener su ambiente de trabajo limpio y permitir la salida de equipos y
mobiliario a otros ambientes de la I.E.
k. Participar en el proceso de depuración del material.
l. Participar en el inventario anual de la biblioteca.
m. Cumplir funciones que asigne la Dirección de la IE y otras inherentes a
su cargo.
n. Cumplir su horario de acuerdo a la D. Ley No. 276, en el siguiente
horario de 07 a.m. a 02 p.m. p.m. incluido su tiempo de refrigerio.
o. Apoyar en las actividades de fomento de gusto por la lectura y habito
lector
p. Asistir obligatoriamente a las actividades cívico patrióticas programadas
por la IE.
Artículo 115º EL PERSONAL DE APOYO (SERVICIO) depende de la Dirección de la IE y
por la naturaleza de las actividades cumplen diferentes labores.
Son funciones y obligaciones del personal de apoyo según la distribución de
su jornada:
PORTERÍA: El portero realiza las siguientes funciones y obligaciones
durante su horario establecido:
a. Controlar el ingreso y salida de los alumnos, evitando aglomeraciones en
los lugares inmediatos al portón.
b. Informar inmediatamente a la Dirección de la IE sobre cualquier
irregularidad que suscite durante la jornada de trabajo.
c. No permitir la salida de los alumnos que no exhiban su respectiva
papeleta.
d. Controlar que los muebles y enseres que salen de la IE Cuenten con
autorización del Director de la IE, firmando previo cargo.
e. Informar y orientar al público sobre las horas de atención de las oficinas
de la IE.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 34
f. No permitir la entrada de Padres de Familia en horas de clase, ingreso,
recreo y salida.
g. Permitir la entrada de padres de familia en horas de atención según rol
de atención de tutores y profesores de aula.
h. Controlar el ingreso de los usuarios a la IE solicitando sus documentos
de identificación, de lo contrario consultará a la Dirección de la IE o
personal encargado.
i. Participar en el mantenimiento y limpieza de los ambientes de la IE, y
las áreas verdes, que estén cerca de su entorno.
j. Coordinar con el guardián el cambio de turno.
k. No permitir el estacionamiento de vehículos en la vereda de acceso al
portón, así como el ingreso a la IE sin autorización.
l. Facilitar el ingreso y salida del personal del IE, con autorización de los
directivos.
m. Cumplir con las tareas que le asigne la Dirección de la IE, y otras
funciones inherentes a su cargo
PERSONAL DE VIGILACIA JEC Tiene la responsabilidad de cautelar la
integridad de la infraestructura, equipos materiales, espacios y ambientes de
aprendizaje, así como de la comunidad educativa. Cumple las siguientes
funciones:
h. Cautelar la integridad de las personas y del local escolar.
i. Verificar y registrar los bienes, mobiliario, materiales y equipos de la
Institución Educativa, asimismo, los espacios, ambientes, y las personas
que se encuentren dentro del local escolar.
j. Controlar y registrar el movimiento de materiales, herramientas, equipos
y bienes de la I.E.
k. Efectuar la identificación de las personas en el acceso y en el interior de
la Institución Educativa.
l. Elaborar reporte de las condiciones e incidentes ocurridos en la
Institución Educativa.
m. Detectar y prevenir actos de violencia o de transgresión en la Institución
Educativa.
n. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano de
la Institución educativa.
LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO: El personal de limpieza y mantenimiento
tiene las siguientes funciones y obligaciones según su horario de trabajo:
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 35
a. Cumplir con la distribución de turnos y puestos de trabajo según jornada
laboral.
b. Ejecutar sus tareas de limpieza, mantenimiento y conservación de la IE
incluyendo pisos paredes lunas puertas y ventanas de las aulas de
clase, laboratorio, biblioteca y otros ambientes de forma permanente y
durante su turno de trabajo según la distribución acordada.
c. Velar por la conservación y buen uso de los muebles y enseres.
d. Informar a la Dirección de la IE sobre cualquier ocurrencia que se
presente en los ambientes y patrimonio de la IE detalladamente,
indicando a la persona responsable, fecha y circunstancia del hecho.
e. Mantener limpios y en buen funcionamiento los servicios higiénicos.
f. Mantener en perfecto estado los jardines que posee el IE.
g. Cumplir con las tareas que le asigne la Dirección de la IE, cuando su
concurso sea necesario y otras funciones inherentes a su cargo.
GUARDIANÍA: Son Funciones del Guardián:
a. Realizar funciones de vigilancia y cuidado de la IE durante su jornada
laboral.
b. Realizar rondas nocturnas permanentes por todos los ambientes de la
IE para asegurarse que todo esté en perfecto estado.
c. Dar cuenta de inmediato sobre cualquier irregularidad producida o
detectada.
d. Cautelar la seguridad de los bienes y enseres de la IE.
e. No permitir el ingreso de personas a la IE en la jornada nocturna y días
no laborables, salvo autorización de la Dirección de la IE.
f. Verificar el estado normal de los ambientes y los bienes de la IE,
emitiendo su informe y haciendo firmar el cuaderno de incidentes
diarios; la omisión de esta responsabilidad da lugar a ser considerado
inasistente.
g. No permitir el ingreso de personas extrañas a la IE con vehículos
motorizados y no motorizados.
h. Dar cuenta directamente a la Dirección de la IE de alguna anormalidad
durante su jornada.
i. Mantener su área asignada ordenada y limpia.
j. Participar en las tareas de limpieza y mantenimiento de la IE cuando se
le requiere.
k. Realizar otras funciones inherentes a su cargo y lo que disponga la
Dirección de la IE
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 36
Artículo 116º DOCENTE TUTOR Es responsable de las horas asignada a tutoría, teniendo
en cuenta que la horas de tutoría no es para el dictado de clases; sino para
un trabajo de reflexión, sobre aspectos personales y grupales y para la toma
de decisiones adecuadas. Tiene las siguientes funciones y obligaciones:
a. Elaborar el Plan de Tutoría del aula, considerando las características,
intereses y necesidades de los estudiantes.
b. Mantener con los educandos del grado una relación de cercanía basada
en el diálogo, el respeto y la comprensión.
c. Acompañar y orientar a los estudiantes en los distintos momentos de su
vida en la escuela, aprovechando todas las actividades curriculares y
extracurriculares como oportunidades de aprendizaje.
d. Promover entre los estudiantes el diálogo, el debate y la reflexión acerca
de temas relevantes o de su interés.
e. Atender u orientar a los padres en su labor formativa; manteniéndolos
informados sobre las potencialidades, logros y dificultades de sus hijos.
f. Realizar, con apoyo del psicólogo con problemas académicos y/o
socioemocionales de su sección.
g. Propiciar el establecimiento de condiciones ambientales del aula de tal
forma que se promueva un clima adecuado de trabajo, de comprensión y
respeto.
h. Contribuir a la consolidación de la identidad y autonomía de cada
estudiante.
i. Conocer las aptitudes, habilidades, intereses y motivaciones de cada
estudiante para ayudarlo en la toma de decisiones sobre su futuro
vocacional.
j. Velar por el aseo, el orden y la conservación del mobiliario y eneseres
del aula a su cargo.
k. Detectar e intervenir en las problemáticas grupales o individuales que
puedan surgir en el aula.
l. Si un estudiante tuviera una dificultad que, además del apoyo brindado
en la institución educativa, requiera atención especializada, el tutor
deberá coordinar con el Director y los padres de familia para la
derivación respectiva.
m. Ante situaciones que vulneren los derechos de los estudiantes, el tutor
deberá informar inmediatamente al Director sobre lo sucedido para que
se tomen las acciones necesarias que garanticen el respeto de dichos
derechos.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 37
n. Distribuir oportunamente las comunicaciones emitidas por la I.E. y
recabar los datos requeridos en ellas.
Artículo 117º El COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA.
Está integrado por.
El Director, quien lo preside, o su representante.
Coordinador de ATI.
Tutores
Un representante de los auxiliares de educación, por turno o nivel,
cuando sea pertinente.
Representantes de los estudiantes, de acuerdo con la organización de la
IE.
Promotor y/o psicólogo.
Otros integrantes según las necesidades y características de la IE.
En primaria por la Subdirección de la IE y los Coordinadores de Grado.
Artículo 118º Son funciones del Comité de Tutoría y orientación educativa:
a. Evaluar el avance de la acción tutorial desarrollada a nivel de la
institución educativa, así como velar por el cumplimiento del Reglamento
Interno.
b. Tomar medidas consensuadas que contribuyan a mejorar las relaciones
interpersonales entre la comunidad educativa y contribuyan a cumplir el
Reglamento Interno
c. Atender, si el caso amerita, situaciones problemáticas presentadas en la
institución educativa que afecten la convivencia y el logro de aprendizaje.
d. Coordinar acciones con otros estamentos, tantos dentro como fuera de la
I.E, que permitan dinamizar la vida escolar institución.
e. Asegurar la incorporación de las acciones de Tutoría y Orientación
Educacional en el PEI, PCC y PAT.
f. Promover la realización de reuniones entre tutores por grado y/o nivel
para el intercambio de experiencias, de forma periódica a lo largo del año.
g. Programar servicios de bienestar para los alumnos, como orientación
académica y moral.
Artículo 119º Equipo de Bancos de libros. JEC. Equipo constituido por: un miembro del
equipo directivo, dos profesores elegidos en reunión de docentes y el
profesor de la biblioteca escolar
Artículo 120º Este equipo de bancos de libros tiene las siguientes responsabilidades:
a. Realizar un inventario de la biblioteca y de los recursos educativos con
los que cuentan la I.E.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 38
b. Realizar un inventario de los armarios, estantes y libreros con los que
cuenta la I.E.
c. Elaborar un listado de recursos educativos especializados con los que
cuenta la Institución educativa, para cada área curricular, con el apoyo de
los docentes de las áreas curriculares.
d. Elaborar un listado de los recursos educativos de uso general (por todas
las áreas curriculares).
e. Proponer al equipo directivo y a los docentes de las áreas curriculares
los materiales que deben de distribuirse a las aulas funcionales
(enfatizándose este año la aulas de comunicación, matemática, ciencia e
inglés) y los que deben quedarse en la biblioteca de la institución
educativa.
f. Proponer al equipo directivo la redistribución de los armarios, estantes o
libreros para las aulas funcionales (de acuerdo a la priorización de áreas
curriculares para el 2015).
g. Presentar el croquis de distribución de aulas funcionales y la relación de
responsables de cada una de ellas.
Artículo 121º La ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (APAFA) es la Organización
representativa de la Comunidad de Padres de Familia para la participación
en la Gestión Educativa.
Artículo 122º La APAFA de la IE, está constituida por padres y/o madres de familia y en
casos excepcionales por Tutores de los alumnos matriculados en el Plantel.
Por el acto de matrícula se obligan a participar en la gestión educativa y a
cumplir con el presente reglamento y con las disposiciones legales vigentes
de acuerdo a la Ley Nº 28628 ED y al DS Nº 04-06-ED. y sus Estatutos.
Artículo 123º El CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI) es el órgano de
consulta, participación, concertación y vigilancia de la IE. El CONEI se rige
por el DS Nº 009-2005-ED. Es presidida por el Director de la IE, conformada
por el sub.-Director de la IE, representantes del personal docente, uno por
nivel, representante del personal administrativo, de los estudiantes y de los
padres de familia, el período de representación es por dos años
Artículo 124º Son funciones del CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI)
a. Opinar antes de la aprobación los Proyectos de PEI, PAT, RI. y Memoria
de Gestión Anual. Además de otras funciones consideradas en el
Artículo 25 (incisos “a” hasta el “i “) del DS Nº 009-2005-.ED.
b. Participar en la formulación y evaluación del PEI.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 39
c. Participar en el Comité de evaluación para el ingreso, ascenso y
permanencia del personal docente y administrativo de la IE de acuerdo
con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación.
d. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la
IE
e. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad,
gratuidad, equidad y calidades las I.E. públicas.
f. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y aquellos que de
acuerdo a lo establecido en el reglamento general de la APAFA, estén
comprometidos con las actividades previstas en el PAT.
g. Colaborar con el Director de la IE en garantizar el cumplimiento de las
horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas, y la
jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de
aprendizaje requerido para los diferentes niveles.
h. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta, priorizando
soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen
delito.
i. Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la IE y los indicadores
de desempeño laboral
Artículo 125º El COMITÉ DIRECTIVO Y PERSONAL JERÁRQUICO está conformado por
la Dirección de la IE y la Subdirección de la IE.
Su función es organizar, conducir y evaluar los procesos de gestión
pedagógica, institucional y administrativa de la IE.
Artículo 126º El COORDINADOR DE GRADO DEL NIVEL PRIMARIA depende de la
Subdirección de la IE y sus funciones son:
a. Organizar y orientar el desarrollo curricular de cada grado.
b. Fomentar entre los docentes lazos de amistad, cooperación y
participación en el quehacer educativo.
c. Informar sobre las dificultades y acciones a corregir a fin de mejorar el
trabajo educativo.
d. Participar de las reuniones e informar de los acuerdos que se tomen en
ellas a cada docente de su grado.
e. Coordinar la participación del grado en las actividades y tareas
asignadas.
Artículo 127º LA ASAMBLEA GENERAL DE PROFESORES está conformada por reunión
de los profesores en pleno; de los dos niveles, sus funciones son:
a. Opinar sobre medidas conducentes al progreso de la Educación.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 40
b. Presentar sugerencias acerca de las necesidades destinadas a mejorar
la aplicación de los planes y programas de estudio, así como la
evaluación de éstos basándose en información emitidos por el equipo
de supervisión y control.
c. Participar activamente como órgano de apoyo a las gestiones de la IE.
d. Discutir y aprobar anualmente los documentos de gestión.
e. Elegir a los integrantes de las comisiones de trabajo respetando el
quórum respectivo.
f. Asistir puntualmente a las sesiones que realice la asamblea de
profesores según agenda programada y participan en forma ordenada y
responsable. El abandono de las sesiones que realice la Asamblea de
Profesores será sancionado con una llamada de atención por escrito,
siempre y cuando se haga sin conocimiento y permiso del Director de la
IE de debates.
Artículo 128º El PROFESOR DE AULA DEL NIVEL PRIMARIA profesor de aula de nivel
Primario tiene las siguientes funciones y obligaciones:
a. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, RI,
MOF, PCIE, Proyectos, integrándose a las Comisiones de Trabajo.
b. Colaborar con la Dirección de la IE en las acciones que permitan el logro
de los objetivos generales de la IE.
c. Participar en acciones programadas de investigación y experimentación
de nuevos métodos y técnicas educativas, así como también en eventos
de actualización profesional organizados por la IE por la superioridad.
d. Integrar equipos por grado para seleccionar los contenidos básicos y
métodos de trabajo, diseño de evaluación de cada Unidad Didáctica.
(UD).
e. Desempeñar sus funciones educativas con dignidad, eficiencia con
lealtad a la IE.
f. Elaborar la Programación Curricular del grado, de acuerdo a las
Directivas vigentes.
g. Apoyar en las nóminas y documentos de matrícula de los alumnos de
primaria a la Subdirección de la IE correspondiente.
h. Brindar orientaciones sobre comportamiento, conducta, tutoría y vela por
la seguridad de los educandos de la IE incluyendo las horas de recreo.
i. Evaluar a los alumnos periódicamente en su aula según la programación
curricular.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 41
j. Presentar a la subdirección los registros auxiliares al término de cada
bimestre para su respectiva visación; teniendo luego un plazo de (03)
tres días hábiles para subir sus notas al SIAGIE a fin de entregar
oportunamente el informe de los logros de aprendizaje a los padres de
familia.
k. Coordinar y mantiene comunicación permanente con los padres de
familia sobre asuntos relacionados con el comportamiento y logros de
aprendizaje de los educandos a su cargo.
l. Mantener la disciplina del aula, orientado a los educandos en forma
individual o general, promoviendo la auto disciplina.
m. Acompañar a los alumnos en las presentaciones externas de la I.E.,
previa coordinación con la dirección.
n. Registrar diariamente su asistencia (Entrada y Salida).
o. Asistir puntualmente a sus clases, cumpliendo con su horario
establecido.
p. Constatar que los niños y niñas del 1er y 2do grado sean recogidos por
los padres o familiares autorizados.
q. Realizar su turno correspondiente .
r. Velar por el mantenimiento adecuado de la IE, instalaciones y
equipamiento de la IE, promoviendo su mejora.
s. Mantener relaciones cordiales de cooperación y entendimiento con todo
el personal de la IE
t. Asistir a las sesiones convocadas por la Dirección de la IE, no
abandonarlos mientras dure y cumplir con los acuerdos que en ella se
adopten.
u. Asistir a las ceremonias Cívico - Patrióticas y Culturales dentro de la IE y
en la Plaza Mayor en el Aniversario Patrio y de la IE.
v. Al término de la jornada escolar es responsable, de conducir a los niños
en forma ordenada hasta el portón de salida para evitar accidentes.
w. Apoyar a la vigilancia de los niños y niñas a la hora de recreo
Artículo 129º LOS PROFESORES DE TURNO DEL NIVEL PRIMARIA Tienen las
siguientes
funciones y obligaciones:
a. Realizar su turno según rol establecido bajo la Dirección y Sub dirección
y en coordinación con los brigadieres de aula y profesor encargado de la
fecha cívica correspondiente.
b. Ingresar 7:30 a.m. para las respectivas coordinaciones
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 42
c. Tratar con amabilidad a los niños y niñas, padres de familia, docentes y
a todo el personal de la institución
d. Dirigir las actividades permanentes que corresponden a su turno como
son:
Formación del alumnado.
Entonación del Himno Nacional
Entonación del Himno a Salaverry
Desarrollo de las actividades del Calendario Cívico Escolar.
Ingreso de los alumnos a las aulas.
Controlar la tardanza de los alumnos y registrarlas en el
cuaderno de incidencias.
e. Monitorear a los alumnos en los recreos con la colaboración de los
docentes y brigadieres.
f. Abandonar la Institución Educativa después que los alumnos se retiren
a sus hogares sin novedad.
Artículo 130º El DOCENTE DEL NIVEL SECUNDARIA DE LA JEC cumple con una
jornada laboral de 30 horas de las cuales: 24 horas en sesiones de
aprendizaje, 02 en la planificación colegiada, 02 horas para atención a
padres de familia y 02 horas para atención a estudiantes con dificultad de
aprendizaje. El docente tiene como misión contribuir eficazmente en la
formación de los estudiantes en toda las dimensiones del desarrollo
humano, desempeñándose con ética profesional, honestidad, justicia,
responsabilidad y respeto de los derechos de la persona y compromiso
social. Cumple con las siguientes funciones:
a. Promover la identificación con la I.E utilizando el uniforme acordado
b. Planificar y conducir en forma eficaz el proceso de aprendizaje que
favorezca el desarrollo de competencias en los estudiantes, articulando
de manera coherente los aprendizajes programados, sus características
individuales, socioculturales, evolutivas, y necesidades especiales, y las
estrategias y medios seleccionados.
c. Evaluar permanentemente el aprendizaje, para tomar decisiones y
retroalimentar oportunamente a sus estudiantes y familia, teniendo en
cuenta las diferencias individuales y los diversos contextos culturales.
d. Orientar al estudiante y contribuir a su formación integral con respecto a
su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación.
e. Conducir procesos de enseñanza con dominio de los contenidos
disciplinares y el uso de estrategias y recursos educativos y tecnológicos
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 43
pertinentes, para que todos los estudiantes aprendan de manera
reflexiva y critica, estableciendo relaciones interpersonales, asertivas y
empáticas, con y entre los estudiantes, basados en el afecto basados en
el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración.
f. Contribuir con sus pares, grupos de interaprendizaje y participar en
programas de formación continua que favorezcan el trabajo pedagógico,
la mejora de la enseñanza y construcción de un clima democrático en la
institución educativa.
g. Brindar información y orientación a las familias sobre los procesos y los
resultados educativos, en un clima de respeto colaboración y
responsabilidad.
h. Participar activamente con actitud democrática crítica y colaborativa en
la gestión de la institución educativo, contribuyendo a la construcción y
mejora continua del proyecto educativo institucional en el marco de un
trabajo colaborativo con la finalidad de desarrollar aprendizajes de
calidad.
i. Participar en reuniones mensuales convocadas por el coordinador de
tutoría o profesores tutores para informar sobre el desenvolvimiento
general del grupo y de algunos estudiantes en particular, así como los
problemas académicos que se presentes.
Artículo 131º LOS DOCENTE A CARGO DE LAS AULAS FUNCIONALES. Los
profesores a cargo de las aulas funcionales tienen las siguientes
responsabilidades:
a. Elaborar con los estudiantes, en forma consensuada, las normas de
convivencia para el uso del aula funcional, de tal manera que cada
grupo de estudiantes encuentre los equipos en buen estado y
operativos. Los materiales ubicados en el lugar correspondiente y el
aula limpia y ordenada. Estas normas deberán estar visibles en el aula
funcional.
b. Rotular los sectores del aula funcional en forma coordinada con los
estudiantes y los profesores que usarán el aula funcional.
c. Gestionar el uso pedagógico de los recursos educativos (materiales y
equipos), y comunicar a la sub dirección administrativa o quien realice
dichas funciones, las necesidades de mantenimiento preventivo o
correctivo.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 44
d. Colocar en la parte externa del aula funcional el cartel pedagógico que
debe contener: las normas de convivencia y el horario de uso
pedagógico del aula.
e. Contribuir a mantener las medidas de seguridad una vez concluida la
sesión en el aula funcional y en caso que sea necesario, comunicar a la
subdirección administrativa o quien realiza dichas funciones, la
aplicación de medidas de seguridad en el aula funcional asignada
Artículo 132º EL DOCENTE DE EDUCIÓN FÍSICA Tiene las siguientes funciones y
Obligaciones:
a. Formar la cultura deportiva del educando, logrando la armonía y disciplina
deportiva del Alumnado en sus relaciones con los demás grupos.
a. Fomentar y orientar las actividades recreativas y la sana utilización de
las horas libres.
b. Procurar la dotación de las instalaciones y materiales deportivos
indispensables para las actividades de su competencia.
c. Organizar las competencias deportivas internas.
d. Participar activamente en la preparación de los equipos de la IE para las
competencias internas y externas escolares.
e. Proponer a la Dirección de la IE sobre estímulos de orden deportivo.
f. Llevar el inventario de todos los enseres y materiales deportivos a su
cargo bajo responsabilidad.
g. Cumplir con su turno en la formación en el Nivel Primaria, según rol.
h. Alcanzar al Profesor de Aula los informes del rendimiento escolar de los
alumnos a su cargo.
i. Innovar estrategias para el cumplimiento de las olimpiadas miguelinas.
j. Asistir obligatoriamente a las actividades cívico patrióticas programadas
por la IE.
Artículo 133º El AUXILIAR DE EDUCACIÓN tiene como misión contribuir a generar las
condiciones necesarias para el desarrollo de las actividades pedagógicas,
promoviendo la interacción pertinente entre los estudiantes y profesores
para la mejora de los aprendizajes así como el cumplimiento de los roles y
compromisos educativos. Cumple con las siguientes funciones:
a. Apoyar a la labor del profesor en la conducción de actividades
específicas y generales de la institución educativa (formaciones, actos
cívicos, y otras celebraciones educativas, así como en los recreos) de
manera permanente
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 45
b. Informar oportunamente a los directivos sobre la inasistencia de
estudiantes y a los estudiantes sobre la ausencia de algún profesor en la
institución educativa.
c. Registrar incidencias diarias de los estudiantes y la comunidad
educativa, previniendo la discriminación y la violencia en las escuelas.
d. Desarrollar estrategias de diálogo permanente con los estudiantes,
profesores y docentes tutores. Acuerdos y compromisos relacionados a
la convivencia.
e. Orientar a los estudiantes sobre actividades pedagógicas
correspondiente a cada día y los acuerdos y compromisos relacionados
a la convivencia democrática y ordenada en las aulas y la I.E
f. Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes de la institución
educativa, faltas, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar.
g. Velar el ingreso oportuno de los estudiantes a sus aulas, talleres,
laboratorios y otros espacios de aprendizaje en las horas programadas.
h. Integrar las comisiones de trabajo y participan en la elaboración,
ejecución y evaluación del Proyecto del Desarrollo Institucional (PEI,
PAT, RI, MEGA).
i. Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene
y estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del
uniforme escolar.
j. Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación, amistad y
respeto entre alumnos, docentes, plana Jerárquica, Directivos, Padres
de Familia, Personal Administrativo, Ex alumnos y comunidad.
k. Controlar que los alumnos se presenten bien uniformados, sin
maquillaje, adornos, ni joyas ni celulares.
l. No aceptar personas extrañas por el aula de clase a su cargo o en los
patios, comunicar la ocurrencia al coordinador de ATI.
m. No permitir que los alumnos deambulen por el local de la IE en horas de
clase.
n. Evaluar el comportamiento, asistencia, orden, puntualidad y aseo de los
alumnos a su cargo e informa a la Coordinación de TOE.
o. Solucionar indisciplinas en primera instancia en caso contrario informar a
la coordinadora de ATI
p. Permanecer cerca a las aulas a su cargo para coordinar acciones con
los profesores que lo requieran (durante las horas de clase).
q. Cumplir con su jornada laboral de treinta horas.
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I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 46
CAPITULO IV
DERECHOS Y PROHIBICIONES DEL PERSONAL.
Artículo 134º Los Docentes tienen derecho a:
a. Estabilidad en el servicio.
b. Percibir una remuneración justa, acorde con su escala magisterial
alcanzada.
c. Recibir del Estado apoyo permanente para su capacitación,
perfeccionamiento y Especialización Profesional.
d. Gozar de vacaciones.
e. Licencias, según lo normado por los Art. 48 al 62 DS Nº 019-90-ED. Y
capítulo IV de la RM Nº 574-94-ED.
f. Respeto a los procedimientos Legales y Administrativas en la aplicación
de las sanciones.
g. Reconocimiento por parte del estado peruano, comunidad y la APAFA,
de sus méritos en la labor educativa.
h. Libre Asociación o Sindicalización.
i. No ser discriminado por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma.
j. Seguridad social familiar.
k. Laborar en locales con condiciones de seguridad y salubridad.
l. Ser sujeto de crédito preferencial con aval del estado peruano o a través
del Ministerio de Educación.
m. Gozar de autonomía dentro del aula en el desenvolvimiento de sus
actividades de enseñanza-aprendizaje.
n. Elegir y ser elegido en cargos y comisiones de trabajo de la IE.
Artículo 135º El PERSONAL DOCENTE está prohibido de:
a. Incumplir en el siguiente Reglamento.
b. Abandonar a los educandos en hora de clase sin autorización de la
Dirección de la IE.
c. Maltratar a los educandos de palabra y/o de obra.
d. Permitir el ingreso de los Padres de Familia o particulares al aula
durante el desarrollo de la labor educativa.
e. Llegar en estado etílico o drogado a sus labores.
f. Organizar actividades económicas sin previa autorización de la Dirección
de la IE.
g. Condicionar la evaluación de los educandos a pagos pecuniarios y/o
acciones indebidas.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 47
h. Ser apoderado, a excepción de sus propios hijos y/o casos especiales.
i. Realizar actividades de tipo Político – Partidario en el dictado de sus
clases.
j. Integrar la Junta Directiva de la APAFA de la IE.
k. Influir al alumno para indisponer a otros docentes u otro personal.
l. Recomendar la aprobación de alumnos que no han tenido buen
rendimiento durante el año académico y /o período de recuperación o
subsanación, especialmente en Marzo.
m. Emplear la hora pedagógica en otras tareas que no sean el desarrollo de
la enseñanza – aprendizaje.
n. Permitir la salida de alumnos del aula y de la IE, excepto casos
especiales con autorización de la Dirección de la IE, Subdirección de la
IE o Coordinación de TOE.
o. Citar al Padre de Familia a las aulas fuera del horario establecido.
p. Interrumpir el desarrollo normal de clases con realización de actividades.
q. Cobrar más de S/. 0.10 por página impresa y más de S/. 0.20 por
exámenes.
r. Divulgar los acuerdos antes de la publicación oficial.
s. Abandonar las reuniones de profesores sin permiso de la dirección o del
que presida la reunión.
Artículo 136º El PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO están prohibidos de:
a. Incumplir en el siguiente Reglamento.
b. Hostilizar y criticar al personal de la IE.
c. Realizar trabajos ajenos a su función dentro de la IE
d. Ceder el local y/o equipos para fines no educativos.
e. Hacer abuso de autoridad.
f. Divulgar los acuerdos antes de la publicación oficial
Artículo 137º LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN están prohibidos de:
a. Realizar trabajos ajenos a su función dentro de la IE.
b. Permanecer en la oficina sin motivo justificado.
c. Salir de la IE por motivos particulares sin pedir permiso a la Dirección de
la IE.
d. Delegar sus funciones a otras personas.
e. Divulgar los acuerdos antes de la publicación oficial.
f. Fomentar discrepancias que influyen negativamente en la disciplina del
alumnado.
g. Alterar la documentación.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 48
h. Minimizar la autoridad del Docente.
i. Dar permiso a los educandos a salir fuera de la IE.
Artículo 138º Las encargadas de la SECRETARÍAS están prohibidas de:
a. Recibir gratificaciones por los servicios que le soliciten los alumnos (as),
Padres de Familia y público en general.
b. Dar permiso a los alumnos (as) para salir de la IE.
c. Delegar sus funciones a otras personas.
d. Abandonar sus oficinas y/o salir de la IE por motivos particulares sin
pedir permiso al Director de la IE.
e. Divulgar los acuerdos antes de la publicación oficial.
f. Fomentar discrepancias entre el personal de la IE.
g. Faltar de palabra u obra a los miembros de la IE y a la comunidad en
general.
h. Realizar trabajos ajenos a la IE.
Artículo 139ºEl DOCENTE BIBLIOTECARIO Y AUXILIAR DE BIBLIOTECA esta
prohibidos de:
a. Realizar trabajos ajenos a su función dentro de la IE.
b. Abandonar las oficinas y/o salir de la IE por motivos particulares sin pedir
permiso a la Dirección de la IE.
c. Delegar funciones a otras personas.
d. Fomentar discrepancias entre el personal de la IE.
e. Faltar de palabra u obra a los miembros de la IE y de la Comunidad en
general.
f. Permitir la salida de equipos y/o mobiliario sin orden del Director de la
IE.
g. Divulgar los acuerdos antes de su publicación oficial
Artículo 140º El PERSONAL DE APOYO (SERVICIO) está prohibido de:
a. Ausentarse y/o abandonar su puesto de trabajo sin permiso de la
Dirección de la IE.
b. Dar permiso a los educandos fuera de la IE.
c. Utilizar la infraestructura, herramientas, materiales con fines ajenos a la
IE.
d. Realizar trabajos ajenos a su función.
e. Fomentar discrepancias entre el personal que labora en la IE.
f. Permitir el ingreso de alumnos a la IE sin uniforme durante el año
académico y/o para rendir evaluación de recuperación, sin la previa
coordinación con la Dirección de la IE.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 49
g. Permitir el ingreso de Padres de Familia fuera del horario de atención.
h. Abandonar la IE antes del término de la hora de trabajo.
i. Recibir gratificaciones por los servicios que le soliciten los alumnos,
profesores, padres de familia.
j. Divulgar los acuerdos antes de su publicación oficial.
CAPITULO V
ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL
Artículo 141º Por acciones excepcionales a favor de la Educación, los miembros del
Magisterio se harán acreedores a los siguientes ESTÍMULOS:
a. Agradecimiento.
b. Felicitación.
c. Diploma de Mérito.
d. Resolución al Mérito con inscripción de ficha en su escalafón
Artículo 142º Para la selección de los docentes y administrativos más destacados del año
se tendrá en cuenta:
a. Asistencia y Puntualidad.
b. Asistencia y puntualidad a los desfiles, eventos deportivos, reuniones
ordinarias y extraordinarias.
c. Cumplimiento de comisiones de trabajo.
d. Desempeño laboral:
e. Programación curricular.
f. Unidades de Aprendizaje.
g. Tutoría.
h. Cumplimiento del Calendario Cívico Escolar.
i. Registro de evaluación.
j. Eficiencia y presentación personal.
k. Producción diaria (administrativos).
Artículo 143º Mensualmente se publicará a los trabajadores más puntuales y
colaboradores.
Artículo 144º Los premios anuales consistirán en:
a. Oficios de felicitación.
b. Resolución Directoral de la I.E..
Artículo 145º Se denomina falta disciplinaria a toda acción u omisión voluntaria o no, que
contravenga las obligaciones y prohibiciones tipificadas en la normatividad
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 50
correspondiente. La reiteración y reincidencia constituye serio agravante. La
acción de cometer una falta da lugar a la aplicación de la sanción respectiva
tipificada en el artículo 119º al 139º del DS Nº 019 -90 ED: y Cáp. VII de la
RM. Nº 574-94-ED y las demás contempladas en la Directiva Nº 01-2007-
DIR-IE “MGS” .
Artículo 146º Constituyen FALTAS DEL PERSONAL DIRECTIVO las siguientes:
a. Administrar la Institución Educativa al margen de las disposiciones
vigentes.
b. Evadir la consulta y solución a los problemas de carácter técnico
pedagógico, administrativo y otros.
c. Incurrir en negligencia incompetencia o incapacidad para el desempeño
del cargo.
d. Permitir ausencia injustificada o la simulación reiterada de enfermedades
por parte del Personal no acreditadas por ESSALUD u otras
debidamente visadas por la entidad pública o de grupo.
e. Practicar actividades de carácter político partidaria en beneficio personal.
f. Las demás que señale la Ley.
Artículo 147º Las FALTAS DEL PERSONAL DOCENTE están contempladas en la RM Nº
574, y estas son:
a. Incumplir las funciones a su cargo o desempeño con negligencia.
b. Inasistencias reiteradas a la IE sin aviso, ni justificación.
c. Atentar contra la integridad física y/o moral del educando, abandonarlo o
exponiéndolo al peligro.
d. Faltar de palabra o de hecho a la autoridad educativa o a los miembros
de la comunidad magisterial.
e. Realizar actividades político –partidaristas en el ejercicio de su función
magisterial.
f. Realizar actividades con fines de lucro o personales, tomando el
nombre de la Institución Educativa
g. Abusar de su autoridad o hacer uso del cargo con fines indebidos.
h. Evaluar después del periodo bimestral sin previa autorización de la
Dirección de la IE.
i. Llegar tarde reiteradas veces a la IE.
j. No firmar el parte de asistencia a la hora de ingreso y salida de la I. E.
k. Ingresar al aula de clase pasada su hora que le corresponde.
l. Abandonar la Institución Educativa antes de que termine la jornada
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I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 51
m. Faltar o llegar tarde a las reuniones convocadas por la dirección, comité
directivo y comisiones de trabajo.
n. Incumplir con las actividades del PAT y de otras comisiones
o. Suplantar en el registro de asistencia a la hora de ingreso y/o salida a
algún personal de la I.E.
p. Faltar a las actividades, cívico patriótica los días lunes, viernes y otras
fechas cívicas.
q. Concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de
drogas o sustancias estupefacientes.
r. Incumplir el reglamento interno de la I.E.
s. Las demás que señale la Ley.
Artículo 148º Son FALTAS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO:
a. Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de
trabajo.
b. Percibir retribuciones de terceros para realizar u omitir actos de servicios
(recibir dadivas por el desempeño de sus funciones).
c. Realizar actividades políticas partidarias durante el cumplimiento de sus
labores.
d. Negligencia en el cumplimiento de sus funciones.
e. Faltar de palabra y obra al superior y trabajadores de la I.E.
f. Inasistencia sistemática a la Institución Educativa.
g. Incompetencia para cumplir el cargo.
h. Tratar con descortesía al Personal Docente, Administrativo y público en
general
i. Abandonar su centro de trabajo dentro de su jornada laboral.
j. Suplantar en el registro de asistencia a la hora de ingreso y/o salida a
algún personal de la I.E.
k. No permanecer en lugares visibles.
l. Permitir en su ambiente designado el ingreso del personal y personas
extrañas dentro de su jornada laboral.
m. No participar en las asambleas y/o actividades programadas.
n. Concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de
drogas o sustancias estupefacientes.
o. La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus
superiores relacionadas con sus labores.
p. Incumplir el reglamento interno de la I.E.
q. Las demás que señale la Ley.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 52
Artículo 149º Las SANCIONES para el personal Directivo serán determinadas por la
superioridad, de acuerdo a las normas específicas y a la gravedad de los
hechos.
Artículo 150º El Personal Docente, Administrativo y de Servicio se hará acreedor a las
sanciones previstas en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa D.L. Nº
276 y Ley del profesorado Nº 24029 y su modificatoria 25212 y su
Reglamento D.S. Nº 019-90-ED.son:
a. Amonestación verbal.
b. Llamada de atención por escrito.
c. Multas (internas del plantel).
d. Descuento en sus haberes (inasistencias injustificadas).
e. Informe a la Superioridad para la aplicación de las sanciones previstas
por la Ley previo proceso administrativo.
f. Rescindir la contrata a los docentes contratados de mal desempeño
laboral y que incumplen sus funciones.
g. No tener día libre en el horario al año siguiente (docentes secundaria).
Artículo 151º El Personal sancionado tiene derecho a presentar su respectivo descargo
dentro de los plazos y términos que señala la Ley y a que quede sin efecto
la sanción, si ésta ha sido aplicada injustamente dándose a conocer en la
Asamblea General si fuera necesario.
CAPITULO VI
ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL, DEL CONEI
Artículo 152º El trabajo educativo se realizará de acuerdo a las disposiciones emanadas
por el MED y la GRELL y a la realidad misma de la IE comprendiendo la
Planificación, Organización y Ejecución a través de conformación de equipos
de trabajo: Falta agregar algunas comisiones
a. Comisión CONEI
b. Comisión de Monitoreo y acompañamiento
c. Equipo de Tutoría
d. Comisión Inventarios
e. Comisión Reglamento Interno
f. Plan Anual de Trabajo
g. Comisión Escuela de Padres
h. Comisión Kali Warma
i. Comisión de Gestión De Riesgos
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j. Comisión Actividades y Relaciones Humanas
k. Comisión de Imagen institucional
l. Comisión Cuadro de Horas
m. Comisión Recursos Financieros
n. Comisión Ambiental
o. Comisión adjudicación de quiosco
p. Equipo de Banco de libros.
Artículo 153º Las COMISIONES DE TRABAJO se eligen en asamblea en el mes de marzo
o cuando se estime necesaria su integración, antes del año lectivo próximo,
donde todo el personal está obligado a integrar y trabajar.
Artículo 154º Para elegir las diferentes Comisiones de Trabajo y/o Cargos dentro de IE
votarán todos los trabajadores de IE salvo casos técnico-pedagógicos
específicos que lo ameriten.
Artículo 155º Son funciones de las COMISIONES DE TRABAJO:
a. Elaborar, reformular, fortalecer, innovar y/o revisar los documentos de
Gestión Institucional: PEI, PAT, RI, MOF, MEGA, Proyectos, etc.
b. Actualización del Reglamento Interno y MOF.
c. Elaboración del PAT de la IE.
d. Elaboración del PCIE.
e. Conformación de Comisión Central de Fiestas Aniversarias de la IE y
demás Comisiones.
f. Elaboración del Cuadro de Distribución de Horas de clase.
g. Elaboración de horarios de clase.
h. Actualización Técnico-Pedagógicas del Personal Docente.
i. Elaboración de Programación Curricular.
j. Elaboración de medios y materiales educativos.
k. Informes a los PP.FF.
l. Elaboración de Proyectos de Innovación Pedagógica e Institucional.
m. Elaboración de Auto evaluación Institucional
Artículo 156º Las secciones se distribuyen en consenso con los Docentes.
Artículo 157º Los turnos en el nivel primaria son obligatorios, los cuales se distribuyen por
Artículo 158º La COMISIÓN DE ADJUDICACIÓN DE QUIOSCO ESCOLAR: Se rige por
los dispositivos legales vigentes. Está integrado por:
a. El Director de la IE, que lo preside.
b. Un docente representante de los docentes, elegido en Asamblea.
c. El Presidente de la APAFA.
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I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 54
d. Un alumno del último grado de estudios o la Alcaldesa escolar.
Artículo 159º Son funciones de la Comisión de Adjudicación de Quiosco Escolar:
a. Llevar a cabo el proceso de Licitación de Quiosco Escolar, Conforme la
Directiva 040-05-VMGI-OAAE.
b. Supervisar en forma continua al ambiente del quiosco escolar y los
alimentos que se expenden, cuidando la salud de los usuarios.
Artículo 160º La supervisión continua al ambiente del quiosco escolar y los alimentos que
se expenden, cuidando la salud de los usuarios es realizada por el
Presidente de la APAFA y un alumno del último grado de estudios o la
Alcaldesa escolar.
CAPÍTULO VII
DE LA SUPERVISIÓN, MONITOREO Y
ACOMPAÑAMIENTO PEDAGOGICO
Artículo 161º El Director es el responsable de la orientación, asesoramiento y supervisión
del personal a su cargo, según el plan y cronograma establecido.
Artículo 162º La supervisión, monitoreo acompañamiento pedagógico podrá ser opinada e
inopinada. La opinada se realiza bimestralmente y la inopinada cada vez
que la Dirección lo estime conveniente.
Artículo 163º Del análisis de los resultados del supervisión y monitoreo, el equipo directivo
implementará y aplicará estrategias de apoyo al personal que tenga dificulta
en el ejercicio de su labor.
CAPITULO VIII
DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Artículo 164ºLa I.E. puede realizar actividades que no son propias de su tarea Educativa
con la finalidad de captar ingresos. Dichas actividades no deben atentar
contra la moral y las buenas costumbres (prohibidas la venta y el consumo
de bebidas alcohólicas) y además no afecte el normal desarrollo del proceso
educativo.
Artículo 165º Los conceptos por los que la I.E. Puede captar ingresos son:
a) Servicio de fotocopiado.
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I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 55
b) Actividades productivas según la disponibilidad de recursos y equipos con
que se cuente.
c) Arrendamiento a plazo fijo de ambientes y espacios disponibles, fuera de
la Jornada Escolar.
d) Donaciones y convenios.
Artículo 166º La administración de estos recursos estará a cargo de un comité de gestión
de Recursos Financieros, el cual está integrado por:
- Director de la Institución Educativa
- Un representante de personal docente
- Un representante del personal administrativo
Artículo 167º El comité informará mensualmente al órgano intermedio correspondiente,
sobre la captación y uso de los ingresos y en forma mensual publicará en el
Periódico Mural de la I.E. El estado de cuenta del mismo.
Artículo 168º El comité de Gestión de Recursos Financieros, es el responsable de la
administración de los ingresos captados por la I.E.
Artículo 169º El Tesorero de la I.E. o quien haga sus veces, es la única persona
autorizada para la recepción de los ingresos, debiendo extender y firmar los
recibos, boletas ó facturas, debidamente numeradas en forma consecutiva.
Si la Institución Educativa no cuenta con tesorero, el Comité decidirá entre
sus miembros el responsable de esta labor.
Artículo 170º El comité debe llevar un libro de caja, el cual está a cargo del tesorero, que
es el responsable de mantener al día los movimientos y también es el
responsable de presentar el libro al órgano inmediato correspondiente, a
través de la Dirección, para su visto bueno u observación trimestral.
Artículo 171º Los ingresos captados se destinaran prioritariamente a la adquisición del
material educativo, pago de los servicios de agua y energía eléctrica,
mantenimiento de mobiliario e infraestructura, laboratorio y equipos en el
marco del PEI y PAT de la I.E. debiendo constar en éste el respectivo
presupuesto de ingresos y gastos.
Artículo 172º El órgano intermedio es el encargado de supervisar el correcto uso de los
ingresos captados por la I. E.
Artículo 173º Constituyen recursos financieros lo siguientes:
a. La diferencia que produce la venta del material técnico-pedagógico y los
costos de tramitación considerados en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA.).
b. Los ingresos por conceptos de ventas de cuadernos de control, libreta de
información, insignias, buzos, chompas y otros.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 56
c. Las donaciones.
d. Las actividades productivas.
e. El Arrendamiento a plazo fijo de ambientes y espacios disponibles que no
perjudiquen el normal desarrollo de las actividades educativas, a
excepción de los quioscos escolares que están administrados por la
APAFA.
f. Otros conceptos contemplados en el Art. 05º de la RM Nº 144- 2001- ED.
Artículo 174º En la IE se conformará un Comité de Administración de los Recursos
Financieros que estará conformado por: el Director de la IE, quien es el que
lo preside y tendrá voto dirimente; un representante de Los Docentes
elegido en asamblea, un representante de los trabajadores administrativos
elegido en asamblea, entre los dos representantes se elegirá un
TESORERO quien conjuntamente con el Director de la IE aperturará una
Cuenta de ahorros mancomunada en una entidad financiera local.
Artículo 175º El periodo de vigencia del Comité de Recursos Financieros es por un año
lectivo.
Artículo 176º Los gastos de movilidad del personal de la IE incluyendo Directivos será con
pasajes de servicio urbano a tarifa vigente, solamente se reconocerá
servicio de taxi en zonas donde no exista líneas de transporte urbano.
Artículo 177º Los recursos económicos de la APAFA, serán depositados en una cuenta
bancaria y su Administración se rige por el DS Nº 004-06-ED y debe
invertirse en necesidades prioritarias y planificadas de acuerdo al POA Y
PAT de la IE.
Artículo 179º Cualquier otro ingreso obtenido en actividades económicas hechas a nombre
de la IE se deberá utilizar a beneficio de esta , dando cuenta a la Dirección
de la IE, para el efecto deberá contar con la debida autorización . Siendo
acreedor a la sanción el servidor y/o PP.FF. que realice actividades
económicas sin conocimiento y permiso de la Dirección de la IE.
TITULO IV
RELACIONES Y COORDINACIÓN CON LA COMUNIDAD
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CAPITULO I
DEBERES, DERECHOS, OBLIGACIONES y
PROHIBICIONES DEL ESTUDIANTE
Artículo 180º Son deberes de los alumnos:
a. Aceptar los cargos y responsabilidades determinados por sus
compañeros y profesores, la Dirección y Subdirección de la IE.
b. Obedecer y respetar a sus superiores y a todo el personal dentro de la
IE.
c. Demostrar en todas partes la mayor decencia y corrección, procurando
su prestigio personal y de la IE.
d. Respetar y estimular a sus condiscípulos y practicar permanentemente
la ayuda mutua.
e. Informar a sus superiores cuando se presenten o tengan conocimiento
sobre problemas de comportamiento.
f. Portar en todo momento su cuaderno de control para mostrarlo si es
requerido.
g. Cuidar y responsabilizarse del mobiliario, infraestructura, medios
educativos y demás bienes y enseres que estén en uso y a su
disposición.
h. Asistir con puntualidad a sus clases correctamente uniformados y
permanentemente aseados.
i. Mantener su aula limpia y ordenada, colaborando para ello según el
turno que le corresponda.
j. Ponerse de pie cuando ingresen a su aula superiores u otras personas
mayores guardando orden y silencio.
k. Portar todos sus útiles escolares necesarios.
l. No realizar actividades económicas comerciales dentro de la IE.
Artículo 181º Son derechos de los Educandos:
a. Recibir bases sólidas de conocimiento científico, técnico y humanista,
mediante una adecuada metodología impartida por sus profesores.
b. Ser evaluado con la aplicación uniforme de criterios Técnicos –
Pedagógicos, sin condiciones ni motivo de carácter económico y/o
personales, como acto de venganza u otros.
c. Cultivar sus actitudes, adquirir habilidades y destrezas necesarias para su
desarrollo personal.
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d. Participar en paseos, visitas de excursiones con la previa autorización de
sus Padres y Apoderados y de la Autoridad correspondiente.
e. Intervenir en certámenes deportivos y culturales con previo conocimiento.
f. Recibir trato digno por parte del personal que labora en la IE
g. Hacerse acreedor a reconocimientos por presentación de la IE en
eventos culturales, deportivos, etc.
h. Elegir democráticamente sus representaciones por sección, año y/o
Colegio.
i. Solicitar y recibir oportunamente sus certificados de estudios y conducta y
otros en forma establecida, con excepción de los repitentes.
j. Recibir información oportuna acerca de sus evaluaciones.
Artículo 182º Son OBLIGACIONES DEL ALUMNO:
SOBRE PUNTUALIDAD:
a. Llegar puntualmente a la IE para asistir a sus clases y actividades,
respetando y cumpliendo los horarios establecidos.
b. Justificar sus inasistencias o tardanzas dentro del plazo de 24 horas de
producidas y con presencia del padre o apoderado el incumplimiento de
esta justificación es causal para impedir su ingreso a la IE
SOBRE UNIFORME Y PRESENTACIÓN:
c. Asistir a la IE correctamente uniformado, lo cual incluye la insignia de la
IE, con el cabello recortado, para los caballeros, cinta de cabello, para las
damas, medias, zapatos y símbolos de mando que se le hubiera
impuesto.
d. Usar zapatillas y buzo solamente para el Área de Educación Física, con
el uniforme característico.
e. Portar diariamente su cuaderno de control personal para asistir a la IE.
SOBRE COMPORTAMIENTO:
f. Respetar y hacer respetar todas las normas establecidas para la IE.
g. Portar diariamente los útiles y materiales escolares de cada área o
asignatura.
h. Alcanzar oportunamente a sus padres o apoderados las comunicaciones
remitidas por las autoridades o docentes de la IE.
i. Prestar atención durante las clases y participar en las mismas, con orden,
respeto e interés.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 59
j. Mantener el mobiliario paredes y ambientes de la IE en orden, aseados y
en buen estado de conservación. Cualquier deterioro será de
responsabilidad, estando obligada a repararlo o reponerlo.
k. Ordenar y mantener el aula, minutos antes del inicio de clases y dejarla
limpia y ordenada al finalizar las mismas.
l. Respetar disciplinadamente y obedecer al personal de la IE y
compañeros de estudio. Como muestra de respeto, ponerse de pie
cuando ingresen o salen del aula sus profesores y personas mayores.
m. Demostrar compostura y civismo durante las formaciones, actuaciones y
presentaciones. Durante el recreo no puede quedarse en el aula, por
ningún motivo.
n. Observar un comportamiento acorde con su condición de alumno,
demostrando decencia y corrección para lograr prestigio personal y de la
IE.
o. Informar permanentemente a sus Tutor o Tutora de aquellas situaciones
que precisen el apoyo y orientaciones necesarias para su solución.
p. Cumplir con las recomendaciones o pautas establecidas por los Tutores o
Profesores del mismo, para facilitar su formación integral.
q. Mantener los textos prestados por el Ministerio de Educación, equipos,
mobiliario e infraestructura de la IE en orden, aseados y en buen estado
de conservación. Cualquier deterioro será de responsabilidad, estando
obligada a repararlo o reponerlo.
r. Participar solidariamente con eficiencia, entusiasmo, entusiasmo y
responsabilidad en los trabajos o tareas que fueran necesarios para
mejorar la infraestructura, ambientes o mobiliario, haciéndose acreedora
al reconocimiento correspondiente.
s. Mantener el orden en el aula, colaborando con la Auxiliar de Educación
y/o cumplir las tareas que se le encomiende, en caso de ausencia del
Profesor.
SOBRE RESPETO Y HONRADEZ:
t. Cuidar sus útiles escolares y pertenencias y respetar lo ajeno.
u. Dar cuenta y entregar a los respectivos Tutores o a la Auxiliar de
Educación y Brigadieres de aula los objetos olvidados y perdidos por sus
condiscípulas.
REFERENTE A SENSIBILIDAD SOCIAL:
v. Someterse al régimen de la IE y actuar de acuerdo a esos fines.
w. Cumplir estrictamente con sus deberes de estudio y trabajo.
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x. Reconocer sus errores y corregirlos, aceptando con disciplina los
consejos y las medidas correctivas a que se hiciera merecedora y que le
impongan sus superiores.
y. Demostrar, en todos sus actos, decencia, compostura y decoro personal,
prestigiando así el nombre de la IE.
z. Mantener con sus compañeras de estudio vínculos de camaradería,
solidaridad y colaboración los actos positivos.
aa. Participar con eficiencia, entusiasmo y responsabilidad,
solidariamente, en los trabajos o tareas que fueran necesarios para
mejorar la infraestructura, ambientes o mobiliario de la IE, haciéndose
acreedoras de un reconocimiento.
Artículo 183º Son PROHIBICIONES DEL ALUMNO:
a. Valerse de recomendaciones para alcanzar ventajas y privilegios.
b. Causar deterioro e inscripciones en la planta física, mobiliario y demás
enseres del colegio.
c. Firmar actas o peticiones en contra o a favor de sus superiores.
d. Evadirse del plantel en horas de clase o de otras actividades extra-
programáticas desarrolladas en el colegio.
e. Maltratar de palabra u obra al condiscípulo.
f. Fumar y frecuentar bares, cantinas y/o billares (vicio, bailes).
g. Utilizar lenguaje obsceno y palabras vulgares.
h. Pertenecer a agrupaciones políticas partidaristas.
i. Promover desórdenes dentro y fuera del plantel.
j. Adulterar las notas de las libretas escolares.
k. Mantener relaciones amorosas dentro del plantel.
l. Ingresar al colegio por lugares no adecuados.
m. Ingresar en estado etílico, ni consumir estupefacientes.
n. Traer juegos de diversión, artefactos (radios).
o. No participar en los desfiles, concursos, aniversario, paseos y otras
actividades en beneficio del plantel y/o salón.
p. Portar objetos punzo-cortantes, joyas y dinero.
q. El hurto y el fraude.
r. Pedir permiso una vez iniciado las labores escolares, salvo por motivos
de salud.
s. Ocasionar la destrucción de equipos, materiales y mobiliarios del Centro
Educativo.
t. Usar prendas de vestir que no son el uniforme único.
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CAPITULO II
PERMISOS, ESTÍMULOS, PREMIOS, FALTAS Y
SANCIONES DEL ESTUDIANTE
Artículo 184º PERMISOS
Artículo 185º Los ESTUDIANTES que sobresalgan por acciones positivas, individual o
colectivamente, se harán acreedores a los siguientes ESTÍMULOS:
a. Mención honrosa en público, durante la formación del alumnado,
indicando nombres, apellidos, grado y motivo de tal mención
b. Felicitación escrita, individual o colectivamente, leída públicamente
durante la formación
c. Inclusión en el cuadro de méritos de aprovechamiento y comportamiento
d. Paseos de estímulos, al nivel de toda la sección destacada
e. Otorgamiento de becas de estudio en instituciones culturales, artísticas o
de preparación académica, que serán gestionadas por las autoridades
de la IE
f. Publicación en el Cuadro de Méritos de Aprovechamiento y Conducta en
paneles, bimestralmente, por la Subdirección de la IE y el Comité de
Tutoría, Convivencia y Disciplina.
g. Publicación de los nombres de los alumnos que realizaron acciones
extraordinarias en cada bimestre, en paneles.
h. Diplomas de Honor al finalizar el año escolar tanto en el rendimiento
académico, comportamiento, participación en diversas actividades.
Artículo 186º Los PREMIOS a los alumnos serán:
a. Los premios de Promoción para el nivel Secundaria será: Medalla de
oro y diploma de honor, al estudiante que haya sobresalido durante los
cinco años de estudios, obteniendo los más altos calificativos y puntajes
en cada año, demostrando su óptima formación integral.
b. Diploma de honor al primer y segundo puesto en rendimiento por año de
estudios
c. Premio al esfuerzo deportivo, científico, académico, cultural, religioso y
social para el estudiante o estudiantes que se hayan distinguido y
obtenido trofeos, títulos o diplomas para la IE en competencias
interinstitucionales
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d. Diploma de comportamiento, para el estudiante que haya obtenido el
primer puesto en su año de estudios.
e. Premio para el estudiante que durante el año lectivo destaque por su
colaboración dentro de la IE o la comunidad.
f. Los estímulos se concretarán en bonificación del puntaje en el
calificativo de comportamiento.
g. Premio extraordinario para el estudiante que materialice algún acto
excepcional de solidaridad social en bien de la comunidad en general y
que prestigia a la IE
Artículo 187º Para la adjudicación de estímulos o premios se tendrá en cuenta todos los
aspectos evaluables que se especifican en el presente reglamento, con los
cuales se dirimirá los casos de empate en el puntaje. En casos que se
mantenga el empate, se concederá similar premio a los alumnos incluidos
en dicho caso.
Artículo 188º El Órgano Directivo de la IE podrá instituir o adjudicar otros premios y
estímulos especiales, según los casos y disponibilidad. Se aceptarán y
canalizarán premios o estímulos de otras instituciones o personas siempre
que sean canalizados por la Dirección de la IE.
Artículo 189º Los estímulos podrán concederse, según las circunstancias, en cualquier
época del año lectivo. Los premios se otorgarán en la ceremonia de
clausura, al finalizar el año lectivo.
Artículo 190º El procedimiento a seguir para el otorgamiento de estímulos o premios,
debidamente pormenorizado en el Acta correspondiente será:
a. Análisis del informe del órgano técnico pedagógico o tutores.
b. Análisis del informe de las coordinaciones, según el caso.
c. Selección de los alumnos propuestos, en estricto orden de mérito.
d. Precisando los puestos.
e. Entrega de los estímulos o premios.
Artículo 191º Son FALTAS GRAVES entre otras que no estén precisadas pero que luego
de su análisis pueden ser consideradas como tales:
a. Emitir calumnias que atenten contra la honorabilidad de los profesores,
de sus compañeros o personal que labore en la I.E. incluso en la familia.
b. El maltrato de palabra u obra.
c. Sustracción de las pertenencias de sus compañeros o del plantel.
d. Cometer o intentar fraude en las pruebas, tareas o documentos
escolares.
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e. Promover el desorden dentro y fuera de la IE, tales como actos de
violencia, disputas o pugilatos con sus condiscípulos, personal de la IE o
padres de familia.
f. Proponer, fomentar o participar directamente o indirectamente en actos
que atenten contra el ejercicio pleno de la autoridad del Director de la IE
o personal de la IE o en el desarrollo de las actividades lectivas, tales
como la indisciplina, insubordinación, toma de la IE.
g. Insubordinación grave contra sus profesores o personal que labora en el
plantel.
h. Dedicarse actividades de carácter político partidaristas dentro de la IE.
i. La práctica de juegos de envite o rifas no autorizadas por las autoridades
de la IE.
j. Falta de respeto de palabra u obra al personal de la IE.
k. Cometer actos obscenos.
l. Acciones que atenten contra la moral de sus compañeros.
m. Provocar o efectuar cualquier daño material a la IE o a sus bienes, como
pintarrajear o manchar las paredes, deteriorar o romper muebles, libros,
ventanas, puertas, etc.
n. Introducir juegos de azar, licor, droga, pornografía o arma blanca dentro
de la Institución Educativa ó aula.
o. Fumar, beber licor o drogarse dentro de la IE o fuera del mismo cuando
forma parte de una delegación o actúa como estudiante.
p. Evadirse del Plantel en horas de clase.
q. Desprestigiar a la IE o a su personal a través de actos públicos o
internos
Artículo 192º Son FALTAS LEVES entre otras que no estén precisadas pero que luego de
su análisis pueden ser consideradas como tales:
a. Realizar rifas u otras ventas no autorizadas por la Dirección de la I.E.
b. Traer al colegio objetos de valor que puedan perderse.
c. Llegar tarde reiteradamente a La I.E. y al salón de clases.
d. Fomentar el desorden en las formaciones y en cualquier parte de la I.E.
e. Llevar el uniforme desaseado e incompleto, o usar accesorios ajenos al
uniforme.
f. Sentarse o apoyar los pies sobre la carpeta.
g. Desaseo personal, cabello desordenado y crecido, pintura en las uñas,
boca y ojos, uso de objetos ajenos al uniforme.(pircing, aretes,)
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h. La no participación en las marchas como patriotas ni muestras de fervor
patriótico deseado.
i. Faltas de respeto a los brigadieres, Policía Escolar, Etc.
Artículo 193º Las SANCIONES para el estudiante serán determinadas por la superioridad,
Dirección, CONEI, Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina, de acuerdo
a las normas específicas, teniendo en cuenta los antecedentes estudiantiles
del infractor y a la gravedad o reincidencia de los hechos. Estas sanciones
son:
a. Recomendaciones generales (Director).
b. Amonestación verbal del Profesor de aula o Auxiliar de Educación, en
ausencia del Docente.
c. Amonestación verbal del tutor.
d. Amonestación verbal o escrita del Comité DE a Coordinación de TOE.
e. Amonestación verbal o escrita por la Dirección, Comité de Tutoría,
Convivencia y Disciplina
f. Citación y presencia del padre o apoderado (Auxiliar de Educación).
g. Suspensión del colegio 3, 5 y 8 días según la gravedad de la falta con
Resolución Directoral.
h. Las sanciones de faltas graves, serán consensuadas entre el apoderado
y representantes.
i. El alumno reincidente será separado definitivamente del plantel por
hurtos y/u otros.
Artículo 194º Las sanciones señaladas en los incisos c, d, e, f, y g del artículo anterior
suponen, al mismo tiempo, disminución del puntaje de comportamiento. Así
mismo, todas las sanciones serán anotadas en el legajo personal. En todos
los casos se evitará la humillación y por el contrario, se brindará la
orientación necesaria para que el infractor analice la importancia y
necesidad de su recuperación para su propio desarrollo personal. Para
todos los casos de sanciones se pondrá en conocimiento del padre o
apoderado del alumno infractor, debiendo firmar la constancia respectiva en
la Dirección o ante el Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina
Artículo 195º En caso de deterioro del mobiliario, inscripciones, daños a los condiscípulos y
hurto, además de la sanción tendrán que pagar en dinero la reparación.
Artículo 196º Para un mejor tratamiento del comportamiento el Auxiliar de Educación
descontará a cada educando sobre la base de 20 puntos que le asigna en
cada bimestre y esto es promediado con la nota de los profesores; así
también podrán bonificar con puntos por acciones sobresalientes.
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Artículo 197º Los alumnos que han sido suspendidos perderán las pruebas escritas y otras
tareas evaluadas durante ese período. A su retorno el PADRE O
APODERADO firmará una constancia de COMPROMISO para su
comportamiento.
Artículo 198º Cuando un alumno no se presenta a las evaluaciones, tendrá la nota mínima
de 05.
Artículo 199º Toda reincidencia en el incumplimiento de las obligaciones estudiantiles o en
la comisión de faltas, dará lugar a las sanciones cada vez mayores, por
razones de antecedentes.
Artículo 200º Las sanciones por falta grave serán tratadas por la Dirección de la IE,
Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina y Tutor y se aplica en casos de
falta grave que comprometa la integridad física o moral del estudiante o del
personal de la IE o dañe seriamente el prestigio institucional. Es
indispensable disponer de los informes del Auxiliar, Comité de Tutoría,
Convivencia y Disciplina y Tutores.
CAPITULO III
LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES
Artículo 201º SON FUNCIONES DEL BRIGADIER GENERAL:
a. El Brigadier General es responsable de la representación marcial y
uniforme de todo el alumnado de
b. mantener la disciplina con firmes o para el efecto cuenta con el apoyo
del, Director y Auxiliar de Educación.
c. Dentro o fuera del plantel donde se rinda honores a la Bandera o se
entone el Himno Nacional.
d. En ausencia del Auxiliar de Educación es encargado de dar modo en
coordinación de las autoridades.
e. Estar siempre al frente de la unidad debidamente uniformado como
ejemplo de los demás demostrando porte y marcialidad.
f. Mantener a los brigadieres en compañía de sección, en perfecto estado
de presentación, debiendo pasar revista recomendando que son el
ejemplo de los demás.
g. Pedir parte de los brigadieres de sección quienes entregarán por sección
escrito consignando las faltas de disciplina, revista de policía escolar y
todas las novedades importantes.
h. Su ausencia es relevado por uno de los otros brigadieres de general del
comando.
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i. El Brigadier adjunto cumple las mismas funciones que el Brigadier
General. 8. Cumplir otros que determine la Dirección y el Auxiliar de
Educación.
Artículo 202º SON FUNCIONES DE LOS BRIGADIERES DE SECCIÓN Y CLASE:
a. Llevar un listado de los alumnos de su sección en orden alfabético para
poder identificar en cualquier momento a órdenes de los brigadieres.
b. Pasar revista uno por uno de sus compañeros de su sección, no permitir
que hablen en la formación.
c. Mantener con firmeza la disciplina de su sección procurando distinguirla.
d. Comandar con ejemplo y firmeza su sección no debiendo dar lugar por
ningún motivo con sus compañeros durante la formación.
e. Son responsables del porte, marcialidad, disciplina y presentación de los
alumnos en formaciones y presentaciones.
f. Los brigadieres son los primeros en presentarse en la formación y los
últimos en retirarse.
g. Cuidar la disciplina en la clase y en las horas libres.
h. Hacer formar a su sección durante la entrada y salida del plante, y las
actividades cívicas culturales.
i. Entregar al Auxiliar de Educación, el resumen del control de Asistencia y
parte diario de comportamiento del alumnado.
j. Vigilar las ambientes a fin de que ningún alumno se fuera del aula o
taller en horas de clase.
k. Velar por la higiene y conservación del local escolar.
l. Usar un lenguaje correcto y apropiado
m. Ser ejemplo de orden, disciplina, responsabilidad y estudio
Artículo 203º SON FUNCIONES DE LA PATRULLA ESCOLAR:
a. Controlar el ingreso y salida de los alumnos lo cual se establecerá en el
servicio permanente por turnos semanales, debiendo estar por lo menos
20 minutos antes de la hora de ingreso así mismo es responsable del
control interno y externo del alumno.
b. Dar cuenta por escrito al jefe de patrulla por las faltas de disciplina tanto
como fuera del plantel para recibir instrucciones a su vez informará al
Auxiliar y/o al Director.
c. Colaborar estrechamente con el Brigadier General en todo lo
concerniente a la disciplina, que recibirán instrucciones precisas del
Auxiliar de Educación.
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d. Llevar correctamente los distintivos pertinentes como ejemplo de los
demás.
e. Colaborar con las fuerzas del orden en el mantenimiento de la disciplina
especialmente en las ceremonias cívicas patrióticas.
f. Todos los participantes de la Patrulla Escolar dependen de un jefe que
será designado por el Auxiliar. Usar todos los días las insignias y
cordones distintivos
Artículo 204º FUNCIONES DE LA ESCOLTA Y PORTADORES DE GALLARDETES:
a. Estar presentes en todas las reuniones cívicos patrióticos desfiles
escolares y otros. Los alumnos que caractericen por su marcialidad,
responsabilidad y aprovechamiento y conducta.
b. El abanderado será el alumno que más se distingue entre los
seleccionados quién portará el estandarte del plantel conforme a los
dispositivos legales vigente.
c. Deberá ser ejemplo de todos los alumnos, en todas las ceremonias que
se llevan a cabo dentro o fuera de la Institución demostrando
puntualidad y porte pre - militar.
d. El uniforme de la escolta y portadores de gallardetes y la insignia de la
Institución es el determinado por el Reglamento.
e. Los portadores de gallardetes serán los mejores alumnos destacados en
aprovechamiento y conducta en sus estudios de los años anteriores.
f. La alumna más distinguida del último grado podrá ser la que lleve el
gallardete del plantel.
CAPITULO IV
DEL MUNICIPIO ESCOLAR
Artículo205º Es una organización de niños, niñas, y adolescentes, en los Centros
Educativos de Inicial, Primaria, y Secundaria, a través de la cual desarrollan
actividades en beneficio de sí mismos, de su escuela, familia y comunidad.
Artículo 206º Las actividades de los Municipios Escolares tienen como ejes a la Opinión,
Participación y Organización de los niños, niñas y adolescentes, que
contribuyen al desarrollo de capacidades, actitudes y al logro de
competencias, así como a la vivencia de valores considerados en uno de los
Ejes Curriculares de la Educación Básica Peruana: Conciencia Democrática.
Artículo 207º El Municipio Escolar está conformado por todos los estudiantes del Centro
Educativo, quienes eligen democráticamente a sus instancias
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representativas, y participan en la propuesta, ejecución y evaluación de sus
actividades de acuerdo con lo normado en su Reglamento.
Artículo 208º Los Municipios Escolares tienen como Finalidad:
a. Constituirse en espacios formativos donde, los niños, niñas y
adolescentes, teniendo como ejes su Opinión, Participación y
Organización, logren aprendizajes significativos que complementen y
enriquezcan las competencias curriculares.
b. Contribuir a la formación integral de los niños, niñas, y adolescentes, a
través del desarrollo de Valores relacionados a Ciudadanía y
Democracia, tales como libertad, justicia, solidaridad y participación.
c. Aportar a la construcción de una nueva cultura que reconozca al niño,
niña y adolescente como Sujetos Sociales de Derechos, con
capacidades para contribuir a su desarrollo personal y al de su centro
educativo, familia y comunidad.
d. Involucrar a la Comunidad Educativa en la defensa y promoción de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes.
e. El Municipio Escolar está constituido por tres instancias de
organización:
Consejo Escolar.
Consejo de Aula.
Comisiones de Trabajo.
Artículo 209º El consejo escolar es la instancia central y representativa del Municipio
Escolar ante las autoridades educativas, otros Municipios Escolares y
organismos públicos o privados, de adultos o de niños, niñas, y
adolescentes. Está constituido por:
Alcalde/sa.
Teniente Alcalde/sa.
Regidor/a de Educación, Cultura y Deporte.
Regidor/a de Salud y Ambiente.
Regidor/a de Producción y Servicios.
Regidor/a de Derechos del Niño, Niña y Adolescente..
Artículo 210º El Consejo de aula es la organización básica del Municipio Escolar, donde se
asienta su estructura descentralizada. Está destinada a canalizar la
participación amplia y de acuerdo con los intereses específicos de sus
participantes. Está integrado por:
Alcalde/sa de aula.
Regidor/a de Educación, Cultura y Deporte.
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Regidor/a de Salud y Am biente.
Regidor/a de Producción y Servicios.
Regidor/a de Derechos del Niño, Niña y Adolescente
Artículo 211º Las comisiones de trabajo es la estructura de articulación interna de los
Municipios Escolares. Están integrados por los respectivos regidores de
aula. Son las siguientes:
Comisión de Educación, Cultura y Deporte.
Comisión de Salud y Ambiente.
Comisión de Producción y Servicios.
Comisión de Derechos del Niño, Niña y Adolescente.
CAPITULO V
DE LOS VIAJES Y VISITAS DE ESTUDIO
Artículo 212º Las visitas de estudio programadas a los museos , monumentos históricos,
zoológicos, empresas, fábricas y otras similares que se realicen dentro de la
ciudad, localidad o alrededores donde se ubica la I.E. y cuya duración no
exceda de un día, no están afectas a la RM Nº 0394-2008-ED. Sin embargo
el Director de cada I.E. debe tomar bajo responsabilidad las medidas d
seguridad y sanitarias correspondientes y contar igualmente con la
autorización escrita de los PPFF de todos los estudiantes.
Artículo 213º Las salidas de estudio se realizan normalmente una vez por semestre. Los
viajes de recreación, normalmente una vez por año.
Artículo 214º En los grados superiores de la Secundaria (4to y 5to), los paseos pueden
ser, excepcionalmente, de dos días (viernes a sábado), siempre y cuando
sean organizados por el Tutor quien deberá exponer razones pedagógicas
ante la Dirección para lograr el permiso correspondiente.
Artículo 215º En ningún caso los paseos son organizados por los padres de familia,
debiendo ser considerados en este último caso como asuntos privados, sin
responsabilidad del la IE. En el Nivel Primario y los primeros grados de
secundaria (1ero, 2do, 3ero), los paseos son siempre por el lapso de un día
en la fecha señalada en la programación del docente a cargo del aula.
Artículo 216º Los viajes de promoción se deben realizar siempre en el cuarto bimestre del
año escolar correspondiente y dentro del periodo de vacaciones.
Artículo 217º El Tutor, junto con los alumnos y el apoyo de los padres de familia de su
clase, organiza estos paseos.
Artículo 218º Las reglas básicas para la realización de los viajes de estudio y paseos de
recreación son las siguientes:
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a. La participación debe ser de por lo menos el 80 % de los alumnos que
realizan el viaje. Los alumnos que no participen del paseo, por diferentes
razones que no sean las de salud, deberán asistir al Colegio a cumplir
tareas especiales que serán evaluadas.
b. Es imprescindible que algunos padres de familia participen del paseo,
solamente en el caso de que abarque dos días.
c. El comportamiento de la clase, antes y durante el paseo debe ser
adecuado. Los alumnos que no mantengan este comportamiento serán
excluidos en el siguiente paseo. Si la mayor parte de la clase es la que
muestra un comportamiento inadecuado, no podrán organizar un
próximo paseo.
d. Está terminantemente prohibido llevar a los paseos cigarrillos, bebidas
alcohólicas o cualquier otro elemento considerado dañino o inapropiado
para la edad de los alumnos Un viaje de estudios organizado, y aún en
estado de ejecución, puede ser suspendido por la Dirección, o por el
responsable, cuando las circunstancias específicas así lo aconsejen.
Artículo 219º Está terminantemente prohibido que el personal de la IE y alumnos manejen
fondos económicos promocionales, tales fondos estarán a cargo de los
mismos padres de familia con aprobación de su Comité de Aula al inicio del
año escolar.
Artículo 220º Las visitas de estudio o excursiones se tramitarán con 15 días de anticipación,
cuando el lugar a visitar sea menos de un día será aprobado mediante
Decreto Directoral de la I.E. si pasa de un día con autorización de la DRELL.
Además las promociones en ambos niveles dejarán una donación en
materiales educativos para la IE.
Artículo 221º El Asesor de la Promoción informará a la Dirección de la IE de todas
acciones antes de los últimos cinco días hábiles de realizada la excursión.
CAPITULO VI
DE LOS PADRES DE FAMILIA
Artículo 222º Es conocida la importancia que tiene la labor de los padres de familia en la
educación de los hijos, por ello, es necesario que cooperen, particularmente,
de la siguiente manera: Exigiendo que asistan puntualmente a la Institución
Educativa desde el primer día de clases correctamente uniformado.
Exigiendo y dando oportunidad para que de Lunes a Viernes dediquen de
dos a tres horas diarias para hacer las tareas y a estudiar lo que se ha
Reglamento Interno -2015
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hecho en el día. Que se interesen por la situación académica de sus hijos
concurriendo a los llamados que le hicieran los docentes ,a la Dirección de
la Institución Educativa, particularmente al finalizar el bimestre, en los casos
en que se vea en la libreta de información que el alumno tiene algún curso
desaprobado
Artículo 223º Son DEBERES Y OBLIACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA:
a. Brindar constante apoyo, unas veces con palabras afectuosas, consejos
oportunos, o estimulándolos de alguna manera.
b. Firmar un compromiso con la dirección sobre
c. Comprometerse a llevar a sus hijos que se encuentran en el modelo
JEC, sus alimentos diarios.
d. En los casos de repitencia, comprenderlos y hacerles ver el tiempo y
dinero perdido para que no vuelva a suceder; y en otras veces
imponiendo el rigor necesario para que asista puntualmente a la
Institución Educativa y hacer entender que la única arma fundamental
para que puedan defenderse en este mundo globalizado y de
competencia es tener una Profesión.
e. Participar y colaborar en las actividades de la I. E. para el logro de los
objetivos programados.
f. No interrumpir el dictado de clases en horario de labor de los docentes.
g. Proporcionar a sus hijos el material necesario, para realizar sus
actividades de enseñanza y aprendizaje. APAFA – apoyo útiles
escolares.
h. Reparar los daños materiales que ocasionan sus hijos en el plantel
(Mobiliario o infraestructura).
i. Elegir y ser elegido para la conformación de la Directiva de la APAFA o
Comité de aula.
j. Controlar y apoyar a sus hijos para que asistan puntualmente a sus
labores escolares y cumplan con sus tareas designadas, firmar la
agenda.
k. Firmar los documentos que lo exigen como: Libretas de Evaluación,
citaciones y otros.
l. Asistir a las reuniones convocadas por la Junta Directiva, profesor de
aula y tutor.
m. Cada Padre de Familia será evaluado en cuanto al cumplimiento,
responsabilidad y felicitado.
Reglamento Interno -2015
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n. Acudir a la I. E. todas las veces que sean citados por la Dirección,
Profesores, Auxiliar o Tutor.
o. Cumplir con los compromisos que anuncio al momento de la matrícula.
p. Colaborar con todas las tareas de mejoramiento de la infraestructura que
organice la Dirección de la I.E.
q. Fomentar y controlar que sus hijos acudan a la I.E. con puntualidad,
correctamente uniformados, limpios y con las tareas realizadas
r. Justificar personalmente o por escrito, y a ser posible con antelación, las
faltas de asistencia, retrasos y salidas en horario escolar de sus hijos e
hijas.
s. Conocer el PEC y la Normativa para la Convivencia.
t. Participar activa y responsablemente en las reuniones de los órganos de
participación del Centro.
u. Trasladar los acuerdos y propuestas de la Asamblea de madres y padres
a los órganos colegiados y viceversa.
v. Participar según sus posibilidades en la labor educativa del Centro.
w. Responsabilizarse del cuidado de las instalaciones y material del Centro
que utilicen.
x. Comprometerse a orientar el buen comportamiento de sus hijo y
respetar las disposiciones disciplinaria que considere la I.E. de acuerdo
a las normas vigentes en el caso que cometa indisciplina
Artículo 224º Son DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:
a. Ser atendidos en horarios establecidos por la I.E. y recibir la información
que requieren acerca de sus hijos.
b. Ser orientados por el Director, Sub director y Docentes sobre cualquier
trámite que necesite y que esté relacionado con la permanencia de sus
hijos en la I.E.
c. Recibir la Libreta de Información al finalizar cada bimestre o trimestre.
d. Solicitar oportunamente la exoneración de los cursos de Educación
Física, cuando los alumnos tengan impedimento físico y/o Religión
cuando el alumno no profesa la Religión Católica
e. A ser informados de cualquier aspecto relacionado con la educación de
sus hijos e hijas.
f. Procurar que su hijo o hija, tutelado o tutelada, reciba la educación más
completa posible que el Centro pueda proporcionarle.
g. A formular ante el profesorado las sugerencias que considere oportunas
en los horarios previstos al efecto y, a ser atendidos debidamente.
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h. Colaborar en la labor educativa del Centro.
i. A ser electoras y electores, y elegibles conforme establece la legislación
vigente para la representación de madres y padres en los órganos
colegiados del Centro: Consejo Escolar.
j. A participar activamente en los órganos colegiados para los que sea
elegida o elegido, así como en las Comisiones, según sus
posibilidades.
k. Formar asociaciones de madres y padres en el ámbito educativo,
disponiendo de un espacio para reunirse.
l. A utilizar las instalaciones y equipos del Centro siempre que favorezcan
la labor educativa.
Artículo 225º Son FALTAS de los padres.
a. Asistir a la I.E en estado etílico, para cualquier fin.
b. Tomar atribuciones que no le competen.
c. Intervenir en la vida privada de los profesores o difundirlos públicamente.
Artículo 226º Las SANCIONES que se apliquen a los padres de familia por incumplimiento
de sus deberes y obligaciones son:
a. Por falta a reunión y faenas pagará una multa fijada por los mismos
padres en asamblea.
b. Las sanciones no estipuladas de acuerdo a la gravedad del caso se
regirán de acuerdo al reglamento interno de la Asociación de Padres de
Familia.
Artículo 226º La ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA (APAFA) de la IE es la
Organización representativa de la Comunidad de Padres de Familia para la
participación en la Gestión Educativa.
Artículo 227º La APAFA de la IE está constituida por padres y/o madres de familia y en
casos excepcionales por Tutores de los alumnos matriculados en el Plantel.
Por el acto de matrícula se obligan a participar en la gestión educativa y a
cumplir con el presente reglamento y con las disposiciones legales vigentes
de acuerdo a la Ley Nº 28628 ED y al DS Nº 04-06-ED. y sus Estatutos.
Artículo 228º La Asociación de Padres de Familia del Centro Educativo está constituida por
los padres o apoderados de los alumnos matriculados en el Plantel. La
calidad de miembro de la Asociación se mantendrá mientras el padre, madre
o apoderado tenga un hijo, o pupilo, cursando estudios en el Centro
Educativo.
Artículo 229º La Asociación participa con el Centro Educativo mediante reuniones
periódicas con el Director, las cuales versan sobre los siguientes puntos:
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a. Planeamiento y organización del proceso educativo, a fin de mejorar los
niveles académicos en la formación de sus hijos.
b. Políticas institucionales dirigidas a consolidar los valores y significados
culturales, nacionales y locales; y
c. Estado de la infraestructura y mobiliario escolar.
Artículo 230º La Junta Directiva de la Asociación es reconocida mediante Decreto
Directoral del Centro Educativo. La elección o renovación de la Junta
Directiva de la Asociación será comunicada por el Comité Electoral a la
Dirección del Centro Educativo.
Artículo 231º La APAFA se rige por la Ley Nº28628 y su reglamento. Y de sus propios
estatutos.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:
PRIMERA: El Reglamento Interno del 2011 entra en vigencia a partir de su
Aprobación por unanimidad en reunión de profesores, por Resolución Director de la IE y
tendrá una duración hasta ser aprobado el próximo Reglamento Interno.
SEGUNDA: El Reglamento Interno será actualizado todos los años al inicio de las Labores
Académicas.
TERCERA: Todos los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos
supletoriamente con las Disposiciones Legales Vigentes.
CUARTA: Todas las utilidades recaudadas en las Actividades que se realicen el la Fiesta
de Aniversario, serán utilizadas íntegramente a beneficio de la IE.
QUINTA: Los egresados por nivel dejarán voluntariamente un recuerdo a la IE
SEXTA: Los casos no contemplados en el presente Reglamento se debatirán en reunión y
consenso.
SÉTIMA: Cuando el SUTEP decreta una alguna acción de lucha, y es aprobada por
mayoría, los docentes se pondrán a disposición de la dirigencia.
OCTAVA: Establecer las jornadas pedagógicas en la I.E. cumpliéndose el último día útil del
bimestre.
NOVENA: Los casos no contemplados en el presente Reglamento, serán resueltos según
los casos y de acuerdo a las necesidades de la I.E, en asambleas generales y/o Consejo
Educativo Institucional.
DÉCIMA: El Personal de la I.E. está prohibido utilizar los bienes, muebles o inmuebles, en
actividades con fines de lucro, bajo sanción, salvo aquellos que tengan un carácter cultural y
formativo.
Reglamento Interno -2015
I.E. Nº 81024 "MIGUEL GRAU SEMINARIO" 75
UNDÉCIMA: Los Docentes están prohibidos de manejar llaves, de ambientes ajenos a su
función a cargo. Con excepción de los servicios higiénicos y la sala de Profesores, bajo
responsabilidad.
Reglamento Interno -2015
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