reformas tributarias establecidas en el código de la producción
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* La tarifa del impuesto a la renta (IR) se reducirá gradualmente por los próximos tres años, de manera que para el - Ejercicio fiscal 2011 : 24%- Ejercicio fiscal 2012 : 23%- Ejercicio fiscal 2013 en adelante : 22%.
* Los sujetos pasivos administradores u operadores de una ZEDE tendrán rebaja gradual adicional de 5 puntos porcentuales en la tarifa del IR ( al 2013 será del 17%)
* La sociedad que transfiera su capital accionario en un monto no menor al 5% a favor de al menos 20% de sus trabajadores podrá diferir el pago del IR y anticipo hasta por 5 ejercicios fiscales con intereses.
REFORMA A LA TARIFA APLICABLE AL IMPUESTO A LA RENTA y su FORMA DE PAGO
Las sociedades recién constituidas , inversiones nuevas,personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevarcontabilidad que inicien actividades estarán sujetas al pagodel anticipo después del quinto año de operación efectiva.
REFORMA A LA FORMA DE PAGO DEL ANTICIPO AL IMPUESTO A LA RENTA y su FORMA DE PAGO
Para comercializadoras y distribuidoras de combustibles el
coeficiente del total de ingresos gravables será
reemplazado por el 0.4% del total del
margen de comercialización.
Las actividades de agroforestería y
silvicultura de especies forestales, con etapas de
crecimiento mayor a 1 año estarán exonerados del anticipo durante los periodos fiscales que no
reciban ingresos gravados.
Las actividades relacionadas con
proyectos de desarrollo de software o tecnología con etapa de desarrollo mayor a 1 año, estarán exonerados del anticipo
durante los periodos fiscales que no reciban
ingresos gravados.
Para el cálculo del anticipo del IR se excluirá los gastos incrementales por generación de nuevo empleo, mejora de masa salarial, nuevos activos, y
aquellas inversiones y gastos que gozan de
beneficios tributarios del IR para nuevas
inversiones.
REFORMAS AL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA
1. Para las nuevas sociedades constituidas a partir de lavigencia del Código de la Producción (es decir a partir deenero del 2011)
2. Que realizan nuevas inversiones en los sectorespriorizados
3. Que no se ubiquen en las zonas urbanas de Quito yGuayaquil
EXONERACION DEL PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA POR
CINCO AÑOS. CONTADOS DESDE EL PRIMER AÑO EN EL QUE SE GENERAN INGRESOS ATRIBUIBLES DIRECTA Y UNICAMENTE A LA NUEVA INVERSION
• Producción de alimentos
• Agroforestería
• Metalmecánica
• Petroquímica
• Farmacéutica
• Turismo
• Energías renovables
• Servicios logísticos de comercio exterior
• Biotecnología y software aplicados
SUST
ITU
CIO
N D
E IM
PO
RTA
CIO
NES
• Abonos y fertilizantes.
• Agroquímicos, pesticidas y fungicidas.
• Jabones, detergentes y cosméticos.
• Otros productos químicos.
• Cerámica, azulejos y pisos.
• Fabricación de receptores de radio, televisión, celulares y electrónicos en general.
• Confección y materiales textiles
• Cuero y calzado
• Fabricación de electrodomésticos
INGRESOS EXENTOS DE PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA
1. Los intereses /rendimientos pagados por trabajadores a la empresaempleadora por préstamos para la adquisición de acciones
2. Los ingresos percibidos por Compensación Económica para el salariodigno.
3. Los ingresos de los fideicomisos mercantiles que no tengan actividadempresarial ni negocios en marcha.
4. Los ingresos de los fondos de inversión y complementarios (Requisito:Retener el IR)
GASTOS DEDUCIBLES DEL IMPUESTO A LA RENTA
Este gasto no podrá ser mayor al 5% de los ingresostotales. Siempre que tales adquisiciones no seannecesarias para cumplir con lo dispuesto por laautoridad ambiental competente
100% ADICIONAL de ladepreciación y amortizacióncorrespondientes a laadquisición de Maquinarias,equipos y tecnologías para laimplementación demecanismos de producciónmás limpia, generación deenergía de fuente renovable oa la reducción del impactoambiental de la actividadproductiva y de emisiones degases de efecto invernadero.
GASTOS DEDUCIBLES DEL IMPUESTO A LA RENTA
PARA MEDIANAS EMPRESAS(ES DECIR TIENE ENTRE 50 Y199 TRABAJADORES YVENTAS ENTRE 1 Y 5MILLONES):* Capacitación técnica , investigación, innovación (NO MAYOR AL 1% DE GASTOS EN SUELDOS )* Mejora en productividad: estudios de mercado y competitividad, (NO MAYOR AL 1% DE LAS VENTAS )* Gastos de viaje, estadía y promoción comercial para acceso a mercados internacionales (NO MAYOR AL 50% DE COSTOS Y GASTOS DE PUBLICIDAD)
Remuneraciones ybeneficios socialesaportados al IESS, cuando setrate de nuevas inversionesen zonas deprimidas y secontrate la trabajadores dela zona la deducción semantendrá por 5 años.
Remuneraciones y beneficiossociales aportados al IESS,por incremento neto deempleos (trabajadoresdirectos).
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
IVA
0% • Los que
introduzcan al país: Los administradores y operadores de ZEDES siempre que los bienes importados sean destinados a la zona, o incorporados a los procesos productivos allí desarrollados.
CR
EDIT
O T
RIB
UTA
RIO • Asimismo, los
contribuyentes dedicados al transporte de carga al extranjero tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado en combustible aéreo.
CR
EDIT
O T
RIB
UTA
RIO • Los operadores y
administradores de ZEDEs tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado en la compra de bienes y servicios provenientes del territorio nacional
IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS
Exoneración de pagosrealizados al exterior porparte deadministradores yoperadores de ZEDEspor concepto deimportaciones y para laamortización de capital eintereses generadossobre créditos otorgadospor INSTITUCIONESFINANCIERASinternacionales conplazo mayor a 1 año ycon una tasa inferior ala publicada por el BCE
Están exonerados los pagos realizados al
exterior por concepto de amortización de capital e intereses generados sobre
créditos otorgados por INSTITUCIONES
FINANCIERAS, por plazos superiores a un
año, y con una tasa inferior a la publicada
por el BCE
SI NECESITA MAYOR INFORMACIÓN ESCRÍBANOS A LA SIGUIENTE DIRECCION
ELECTRONICA:
codigo@mcpec.gob.ec
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