reformas laborales y sus efectos tributarios
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Ley Orgánica de Discapacidades
Suplemento al Registro Oficial #796, del martes 25 de septiembre de 2012
Reformas Laborales y sus efecfos tributarios
REFORMA
LABORAL Y
TRIBUTARIA
REFORMA
LABORAL Y
TRIBUTARIA
REFORMAS
REFORMAS REFORMAS
EFORMAS
FORMAS
EFORMAS
RMAS
S
RMAS
Definición de persona con discapacitadad
Todo quien a consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, sicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en la proporción que establezca el Reglamento (Reglamento = 90 días Lunes 24 de diciembre de 2012)
Calificación y Registro de personas con discapacidad
ü Autoridad Sanitaria Nacional a través del Sistema Nacional de Salud. (califica discapacidad de residente en Ecuador)
ü Representante diplomático. (califica discapacidad de ecuatoriano residente en exterior)
ü Consejo Nacional de Igualdad de Discapacidades. (Registro de discapacitados)
ü Registro Civil, Identificación y Cedulación. (Registro de discapacitados)
Inclusión laboral de personas con discapacitados
La persona con discapacidad o con deficiencia o condición discapacitante, tienen derecho a no ser discriminadas en prácticas relativas al empleo, incluyendo los procedimientos para la aplicación, selección, contratación, capacitación e indemnización personal.
Debe contratar un mínimo de 4% de
personas con discapacidad, en
labores permanentes y apropiadas
Empleador público y privado que cuenta con un mínimo 25
trabajadores estables
Inclusión laboral de personas con discapacidad
Inclusión laboral de personas con discapacidad
Sin discapacidad
100 Discapacitados
4 Total
104
Total
100 Discapacitados
4 Sin discapacidad
96
Contratación de trabajadores con familiar con discapacidad
Los parientes dentro del 4to. grado de consanguinidad y 2do. grado de afinidad, cónyuge, pareja en unión de hecho, representante legal o personas que tengan bajo su responsabilidad y/o cuidado de una persona con discapacidad severa, podrá formar parte del porcentaje de cumplimiento de inclusión laboral. Este beneficio no podrá trasladarse a más de una persona por persona con discapacidad.
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Contratación de trabajadores sustitutos de discapacitados
Se consideran sustitutos a los padres de niños, niñas o adolescentes con discapacidad o a sus representantes legales. De existir otros casos de solidaridad humana, la autoridad nacional encargada de la inclusión económica y social validará al sustituto. Los empleadores no podrán contar más del 50% de sustitutos del porcentaje legal de inclusión laboral.
Inclusión laboral de personas con discapacidad
- Discapacidad severa? - Discapacitado dependiente? (bono de desarrollo humano)
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Aplicación de porcentaje de inclusión laboral de personas con discapacidad
El porcentaje de inclusión laboral deberá ser distribuido equitativamente en las provincias del país, cuando se trate de empleadores nacionales; y, a los cantones, en los empleadores provinciales.
Empleadores nacionales ?
Empleadores provinciales? Oficina Quito Guayaquil Total
Trabajadores 30 70 100Proporción 1,20% 2,80% 4,00%Discapacidad 1,2 2,8 4
1 ó 2 2 ó 3
Aplicación de porcentaje de inclusión laboral de personas con discapacidad
Deducción del impuesto a la renta por contratación de discapacitados
Deducción del impuesto a la renta del 150% adicional de las remuneraciones y beneficios, sobre las que se hayan aportado al IESS, pagados a cada uno de los trabajadores con discapacidad, sustitutos (padres o representantes legales de menores de edad con discapacidad y otras personas calificadas) y trabajadores que tengan cónyuge, pareja en unión de hecho o hijos con discapacidad y que se encuentren bajo su cuidado, en todo lo que exceda al porcentaje legal de inclusión laboral.
Qué beneficios sociales aportan al IESS ? Reforma aplica a partir de septiembre de 2012 o a partir del 2013 ?
2012 2013
Deducción del impuesto a la renta por contratación de discapacitados
Estabilidad laboral a favor de trabajadores con discapacidad
Los trabajadores con discapacidad o de quien tenga a su cargo el cuidado y atención de una persona con discapacidad gozan de estabilidad laboral y en caso de despido intempestivo, debe indemnizárselo con el equivalente a 18 meses de la mejor remuneración, en forma adicional a las contempladas por la ley.
Tiempo de servicio 6 añosMes Rem. Indemnización US$Ene 400 Despido Intempestivo 2.460,00 Feb 450 Bonificación por desahucio 512,50 Mar 430 Estabilidad laboral por discapacidad 14.400,00 Abr 800 Total 17.372,50 May 679
Jun 405
Jul 506
Ago 408
Sep 509
Oct 410
§ Discapacitados y de condición discapacitante no aplican contratos a prueba ?
§ La indemnización favorece también a trabajador
con condición discapacitante?
§ La indemnización está exenta y es gasto deducible del IR ?
§ Mejor remuneración de toda la relación laboral ?
§ Cómo saber quién tiene a cargo una persona con discapacidad ?
Estabilidad laboral a favor de trabajadores con discapacidad
Permiso de maternidad
Se prolonga permiso (remunerado?) de maternidad por 3 meses en caso de nacimiento de hijo con discapacidad y permiso (remunerado?) de 2 horas diarias para la atención de personas a su cargo con discapacidad severa.
• El permiso por maternidad es a partir del nacimiento o a partir de que se califica la discapacidad ?
• El permiso para la atención es al
inicio o al final de la jornada diaria ?
• Se puede fraccionar las 2 horas de permiso diario ?
Permiso de maternidad
Exención de los ingresos del trabajador con discapacidad
Los ingresos del trabajador con discapacidad y los sustitutos gozan de la exención equivalente al doble de la fracción básica desgravada con tarifa cero del impuesto a la renta. FBD 2012 = $9,720 X 3 FBD = $29,160 + $9,720 = $38,880
FBD 2013 = $9,720 X 2 FBD = $19,440 + $9,720 = $29,160
• La reducción de la exención a favor de discapacitados aplica a partir de septiembre de 2012 o a partir del 2013 ?
• Los sustitutos no se benefician de la exención del impuesto a la renta por no encontrarse dentro del texto de la reforma a la LRTI ?
Exención de los ingresos del trabajador con discapacidad
Sanciones
Incumplir con el porcentaje de inclusión laboral de discapacitados e impedir la accesibilidad o dificultar la movilidad de las personas con discapacidad, se sanciona con 10 SBU ($2,920 en 2012) a 15 SBU ($4,380 en 2012) y/o suspensión de actividades hasta por 30 días. Art. 76 Constt.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: 6. La ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza.
REFORMA
LABORAL Y
TRIBUTARIA
REFORMAS
REFORMAS REFORMAS
EFORMAS
FORMAS
EFORMAS
RMAS
S
RMAS
Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos
del Trabajador
Suplemento al Registro Oficial #797, del miércoles 26 de septiembre de 2012
Reformas Laborales y sus efecfos tributarios
Coactiva extendida
Las instituciones del Estado que por ley tienen jurisdicción coactiva, con el objeto de hacer efectivo el cobro de sus acreencias, podrán ejercer subsidiariamente su acción no sólo en contra del obligado principal, sino en contra de todos los obligados, incluyendo a sus herederos mayores de edad que no hubieren aceptado la herencia con beneficio de inventario. Igual atribución tendrá las autoridades de trabajo o los jueces del trabajo para ejecutar las sentencias dictadas dentro de los conflictos colectivos o individuales de trabajo, en su orden.
Coactiva extendida
En el caso de personas jurídicas usadas para defraudar (abuso de la personalidad jurídica), se podrá llegar hasta el último nivel de propiedad, que recaerá siempre sobre personas naturales, quienes responderán con todo su patrimonio, sean o no residentes o domiciliados en el Ecuador.
Coactiva extendida
Las medidas precautelares podrán disponerse en contra de los sujetos mencionados en el anterior y sus bienes. Así mismo, podrán ordenarse respecto de bienes que estando a nombre de terceros son de público conocimiento de propiedad de los referidos sujetos, y siempre y cuando el obligado principal no cumpla con su obligación. Igual atribución tendrán las autoridades de trabajo o los jueces del trabajo para ejecutar las sentencias dictadas dentro de los conflictos colectivos o individuales de trabajo, en su orden.
Límite a tercería excluyente
"En el caso de que se trate del embargo de bienes, en uso de la atribución a que se refiere el Artículo 1 de la Ley para la Defensa de los Derechos Laborales, la tercería exc luyente no suspenderá la ejecución, sino a partir de que el Tribunal Distrital de lo Fiscal así lo ordene, de existir indicios suficientes de la ilegitimidad del embargo. "
Reliquidación de PT por glosa del SRI
“En todos los procesos que siga el Servicio de Rentas Internas, que se hayan iniciado para la recaudación de tributos, se deberá notificar a las respectivas autoridades de trabajo, con la determinación de las utilidades."
Reliquidación de PT por glosa del SRI
Art. 155.- Guardería infantil y lactancia.- En las empresas permanentes de trabajo que cuenten con cincuenta o más trabajadores, el empleador establecerá anexo o próximo a la empresa, o centro de trabajo, un servicio de guardería infantil para la atención de los hijos de éstos, suministrando gratuitamente atención, alimentación, local e implementos para este servicio. Las empresas que no puedan cumplir esta obligación directamente, podrán unirse con otras empresas o contratar con terceros para prestar este servicio. "Durante los nueve (9) meses posteriores al parto, la jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de conformidad con la necesidad de la beneficiaría." Corresponde a la Dirección Regional del Trabajo vigilar el cumplimiento de estas obligaciones y sancionar a las empresas que las incumplan.
§ El SRI y el MRL son instituciones u organismos del Estado ?
§ Quién es el obligado principal, solidario y subsidiario en materia laboral y tributaria ?
§ Cuál es el límite de los obligados en materia laboral y tributaria ?
§ En caso de abuso de la personalidad jurídica, la obligación tiene límite ?
§ El MRL iniciará coactiva solo contra sentencia ejecutoriada ?
Coactiva extendida
Relatoría del Conversatorio
Con el apoyo de:
www.fides.ec
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