presentacion tesis glenda

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UNIVERSIDAD VALLE DEL MOMBOY

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES

ESCUELA DE DERECHO

VALERA EDO. TRUJILLO.

Valera, agosto de 2011

Autora:

Perdomo Glenda

Tutora:

Abg. Ledlyn Benitez

ANÁLISIS JURÍDICO DEL RECONOCIMIENTO

CONSTITUCIONAL A LA AUTONOMÍA DE LOS

PUEBLOS INDÍGENAS EN VENEZUELA

Los Pueblos Indígenas en todo el Continente

Americano ha estado signado de constantes

luchas para lograr el respeto de sus

derechos humanos

¿Cuáles son los elementos sociales característicos que

integran la denominación de los pueblos indígenas?

¿Cuáles son los preceptos que consagra la Constitución

de la República Bolivariana de Venezuela en cuanto a la

autonomía de los pueblos indígenas? Y

¿Qué disposiciones contempla el Ordenamiento Jurídico

Internacional en referencia a la autonomía de los

pueblos indígenas aplicables en nuestro país?

?

Analizar el reconocimiento constitucional de la autonomía

de los pueblos indígenas y sus implicaciones sociales en

Venezuela.

Estudiar los elementos característicos que integran la

denominación de los pueblos indígenas.

Interpretar los preceptos jurídicos que consagran los

ordenamientos jurídicos de Venezuela en cuanto a la

autonomía de los pueblos indígenas.

Describir el contexto sociológico de los cambios jurídicos

en relación a los pueblos indígenas de Venezuela.

BASES LEGALES

Ordenamiento Jurídico Internacional

• Acuerdo 169 de la OIT

• La Declaración de las Naciones Unidas (ONU)

Antecedentes Histórico

1492 - 1499

Acuerdo 169 de la OIT

• Derechos a la Tierra y sus recursos naturales

• Su participación en la utilización, administración y

conservación de dichos recursos

• La igualdad y la libertad

La Declaración de las Naciones Unidas (ONU)

• Derecho a la dignidad y diversidad de sus

culturas, tradiciones, historias y trabajar por su

desarrollo de acuerdo a sus aspiraciones y

necesidades .

• Igualdad de los pueblos indígenas

• Incluya la libre determinación y el derecho de

autonomía en asuntos internos y locales (Art.4)

c

INVESTIGACION

DOCUMENTAL

TÉCNICAS DE

REVISION

DOCUMENTAL

ANÁLISIS DEL

CONTENIDO

Identidades

y

Movimientos

Étnicos

«INDIO»

IndianidadIndigenismo

“Por indigenismo se entiende la política de los Estados para

atender y resolver los problemas de las poblaciones

indígenas, y establecer las medidas necesarias con el fin de

asimilarlas o integrarlas a la vida nacional correspondiente.

Se trata de la políticas de los no indios para resolver los

problemas de los indios”, además de categorizar al indio

como aquel “individuo económico y socialmente débil”.

Indigenismo

(I Congreso Indigenista, México 1940)

Indianidad

(II Congreso indigenista interamericano Perú, 1949))

“El indio es el descendiente de los pueblos y

naciones precolombinas que tienen la misma

conciencia de su condición humana, asimismo

considerada por propios y extraños, en sus sistema de

trabajo, en su lengua y en su tradición, aunque éstas

hayan sufrido modificaciones por contactos extraños

(…)”.

“Lo indio es la expresión de una conciencia social

vinculada con los sistemas de trabajo y la economía, con

el idioma propio y con la tradición nacional respectiva de

los pueblos o naciones aborígenes”.

Autonomía organizativa social, política y

económica (Art. 119).

TITULO III. CAPITULO VIII

El Desarrollo de su identidad étnica y cultural

(Art. 121).

Protección de la propiedad intelectual colectiva

de los pueblos indígenas

(Art. 124).

Los Pueblos indígenas forman parte de la

Nación, del Estado y del pueblo venezolano…

….el término pueblo no podrá interpretarse en

esta constitución en el sentido que se le da en el

derecho internacional, (Art. 126).

TITULO III. CAPITULO VIII

Participación Política y su Representación en la

Asamblea (Art. 125).

Venezuela tiene un nuevo enfoque étnico de inclusión

social, derivado del proceso constituyente, sobre todo

tras la aplicación de la Carta Magna de 1999, en la que

los pueblos indígenas lograron la inclusión de sus

derechos y reconocimiento constitucional de sus

territorios. Es por ello que, a pesar de los obstáculos

que han enfrentado y los que tendrán que enfrentar en

el futuro, los indígenas venezolanos han logrado

modificar el terreno de su lucha, después de haber

logrado un espacio permanente para los indígenas

dentro del Estado y de haber llevado a él valores

indígenas anteriormente ausentes.

Vigilar , que se escriban leyes y reglamentos con una

protección fuerte en sus derechos, sobre todo el

derecho a la autonomía y para eso deberá reclamar:

La personalidad jurídica a las organizaciones

territoriales de base de las comunidades indígenas y

campesinas.

La participación directa en la elaboración de leyes

que afectan sus especificidades culturales.

Las formas de organización social propias de cada

pueblo indígena, y

La forma de elección de sus autoridades, según sus

costumbres, como representantes e interlocutores

legales frente a las relaciones con el Estado.

«La naturaleza hace a los

hombres desiguales en

genio, temperamento,

fuerza y caracteres, las

leyes corrigen esta

diferencia, porque colocan

al individuo en la sociedad

para que la educación, la

industria, las artes, los

servicios, las virtudes le

den igualdad ficticia que

es propiamente llamada

política y social. »

Simón Bolívar

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