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CURSO BÁSICO EN ORIENTACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS

Raúl Barraza Núñez

OBJETIVO

• Proporcionar a los conocimientos y conceptos básicos sobre Prevención de Riesgos Profesionales, con el fin de ser éstos incorporados y aplicados en el que hacer diario de sus actividades

UNIDAD TEMÁTICA

• Módulo I; Disposiciones Legales

• Módulo II; Causas y consecuencias de los accidentes

• Módulo III; Prevención de Riesgos en las actividades más comunes

DISPOSICIONES LEGALES LEY Nº 16.744

¿CUÁL ES LA LEY QUE ESTABLECE UN SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES?

Es un seguro social obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y su objetivo principal es la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

LEY N° 16.744(01 de Febrero de 1968)

OBJETIVOS LEY N° 16.744.

1. Prevención de accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales.

2. Prestaciones Médicas

3. Prestaciones Económicas

4. Reeducación laboral

CONTINGENCIAS CUBIERTAS POR LA LEY.

A. Accidentes del Trabajo.

B. Enfermedades Profesionales.

ACCIDENTE DEL TRABAJO DEFINICION LEGAL.

Es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.

ACCIDENTE DE TRABAJO EN EL TRAYECTO.

Definición:

• Son los ocurridos en el trayecto directo entre la habitación y el lugar de trabajo y viceversa.

ACCIDENTE DE TRABAJO EN EL TRAYECTO.

Deben ser probados por el trabajador (articulo 7º, Decreto 101):

–Su propia declaración.

–Parte o constancia de Carabineros.

–Certificado de primera atención médica.

–Testigos si los hubiere.

ACCIDENTE DE TRABAJO EN EL TRAYECTO DIRECTO

Ida o regreso

sin desviaciones

En el tra

yecto,

accidentes

de trab

ajo

en el tra

yecto

En la casa, accidentes comunes

En el trabajo, accidentes del trabajo

ACCIDENTE DE TRABAJO EN EL TRAYECTO.

EJEMPLOS DE ACCIDENTES DE TRAYECTO– Caídas de locomoción colectiva, escaleras o vías

públicas– Agresiones de antisociales, como peatón y conductor– Mordeduras de animales callejeros– Lesiones por choques o colisiones en vehículos

ACCIDENTE DE TRABAJO EN EL TRAYECTO.

CUÁNDO NO ES ACCIDENTE DE TRAYECTO?– Toda vez que el trabajador de desvía del trayecto

directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo.

– Todo malestar o dolencia que sufra la persona en el trayecto y que se deba a problemas personales de salud (desmayos, ataques de todo tipo)

– Trámites personales a la hora de trabajo o de colación

ENFERMEDAD PROFESIONAL. (DECRETO Nº 109).

Definición:

• Es la causada de una MANERA DIRECTA por e l e j e r c i c i o d e l a P R O F E S I Ó N O E L TRABAJO que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

FINANCIAMIENTO DE LA LEY.

• Cotización Básica. 0,95%

• Cotización Adicional. 0,0% - 3,4%. Decreto Supremo N° 110.

• Decreto Supremo N° 67. Regula las excenciones, rebajas y recargos de la cotización adicional.

ADMINISTRACION DEL SEGURO.

A. Organismos Estatales:

– I.N.P. (S.S.) Ahora ISL

B. Organismos Privados:

– Mutualidades. • Mutual de Seguridad C.Ch.C. • A.CH.S. • I.S.T.

– Administración Delegada.

PRESTACIONES QUE OTORGA LA LEY N° 16.744.

A.Prestaciones Médicas.

• Atención médica, quirúrgica y dental

• Prótesis y aparatos ortopédicos • Hospitalización• Medicamentos• rehabilitación

PRESTACIONES QUE OTORGA LA LEY N° 16.744.

B. Prestaciones Económicas.

• Subsidios• Indemnizaciones• Pensiones• Pensión de supervivencia

(derecho habientes)

PRESTACIONES QUE OTORGA LA LEY N° 16.744.

C. Asesoría en Prevención de Riesgos Profesionales.

• Seguridad industrial• Higiene Industrial• Capacitación Ocupacional• Medicina Ocupacional

OBLIGACIONES QUE IMPONE LA LEY N° 16.744.

• Del Estado;

• De los Organismos Administradores;

• De las Empresas;

• De los Trabajadores;

OBLIGACIONES DEL ESTADO.

• Supervigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo a través de los Servicios del Sistema de Salud. (Art. Nº 65)

• Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo necesarias en las empresas o entidades a través de los Servicios de Salud y aplicar sanciones por incumplimiento. (Art. Nº 68).

OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES.

• Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que las empresas adheridas deban implantar.

• Aplicar alzas o rebajas de cotización adicional diferenciada. (Decreto Nº 67).

OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS.

• Implantar medidas de prevención de riesgos que indique el Organismo Administrador y/o el departamento de prevención de riesgos y Comités Paritarios.

• Establecer y mantener al día Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.

• Establecer el Departamento de Prevención de Riesgos cuando cuenten con mas de 100 trabajadores.

OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS.

• Formar comité paritario cuando cuente con más 25 trabajadores.

• Proporcionar a los trabajadores, elementos de protección personal.

• Informar sobre riesgos laborales a sus trabajadores.

• Efectuar exámenes de control radiólogo a trabajadores expuestos a riesgos de neumoconiosis.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.

• Cumplir con lo establecido por el reglamento interno.

• Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por el Servicio de Salud, Organismo Administrador, Departamento de Prevención de Riesgos o Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.

• Utilizar los elementos de protección personal y/o dispositivos de seguridad.

• Acudir a exámenes médicos de control.

• Participar activamente en el actividades de prevención de riesgos a través del Comité Paritario.

DECRETO SUPREMO Nº 40.FUNCIONES DE LOS DEPARTAMENTOS DE

PREVENCION DE RIESGOS.

• Detectar y evaluar riesgos.

• Acción educativa a los trabajadores.

• Promoción del adiestramiento.

Asesoría a comités paritarios y línea de administración técnica.

Registros estadísticos. Informar sobre riesgos laborales a los trabajadores.

COMITE PARITARIO DECRETO SUPREMO Nº 54.

• Características de un CPHS.

• Composición.

• Designación: – Representantes Patronales.

– Representantes de los Trabajadores.

REQUISITOS PARA SER ELEGIDO MIEMBRO.

• Tener más de 18 años de edad;

• Saber leer y escribir;

• Encontrarse trabajando en la respectiva empresa, faena, sucursal o agencia y haber pertenecido a la empresa un año cómo mínimo.

• Acreditar haber asistido a un curso de Orientación en Prevención de Riesgos dictados por el Servicio Nacional de Salud u otro Organismo Administrador, o haber prestado servicios en el Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales de la empresa en tareas relacionados con la prevención de riesgos por lo menos un año.

PROGRAMA DE TRABAJO.

• Objetivos (metas) a cumplir.

• Plazos en que deben cumplirse los objetivos.

• Acciones que se realizarán.

• Responsabilidad de ejecución de las acciones.

• Pauta de control o evaluación del programa.

MÓDULO II.CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS

INCIDENTES

1

10

30

600

Lesión o seria o grave

Lesión menor/ todas las lesiones reportadas menos graves

Accidentes con daño a la propiedad de todos los tipos

Incidentes sin lesión o daño visibles/ cuasi-accidentes

Modelo de Causalidad de Perdidas

El camión sufrió desperfectos, la grúa dobló las uñas de carga, quedó fuera de servicio. El chofer resultó con la cadera rota. 6 meses inhabilitado

Un operador de grúa horquilla, cuenta que Chocó un camión estacionado en el área de carga, atropellando al chofer

Iba un poco rápido

Era el turno de noche y había poca iluminación

Estaba nervioso por una discusión con su jefe

Venía de otra empresa, no conocía las normas, no recibió la inducción de seguridad

No se habían limpiado las luminarias hace 6 meses

Los Jefes no conversan habitualmente con los trabajadores

La inducción se realiza una vez por semana

El programa de mantenimiento no contempla luminarias

En las inspecciones no se revisa iluminación

COSTOS DE LOS ACCIDENTES.ASEGURADOS Y NO ASEGURADOS.

• COSTOS ASEGURADOS– Prestac iones médicas por

accidente y enfermedades profesionales

– Pago de indemnizaciones – Daños a la propiedad

• COSTOS NO ASEGURADOS– Interrupción y demora en la

producción.– Daño a equipos, herramientas y

materiales.– Baja calidad de los productos– Perdida de materiales – Perdida de clientes– Aspectos humanos– Salarios pagados por sobre

tiempo.– Juicios laborales

CAPITULO III.

PREVENCION DE LOS RIESGOS EN LAS ACTIVIDADES MAS COMUNES

EfectosDel Ruido

EfectosDe la Sílice

Ejemplo Acción Correctiva

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