preguntas frecuentes-ppp-2015
Post on 09-Aug-2015
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PRIMER PASO 2015
OBJETIVOS:
El objetivo del Programa Primer Paso es lograr que miles de chicos que no tienen empleo ni experiencia laboral puedan acceder a su primera oportunidad.
POSTULANTES:
Está destinado a jóvenes de ambos sexos de 16 á 25 años inclusive.
También discapacitados y trasplantados de hasta 49 años, que se
encuentren desocupados y registren domicilio en la Provincia de
Córdoba.
¿CÓMO INGRESO A ESTE PROGRAMA COMO BENEFICIARIO?
Buscar un empleador apto (los requisitos se describen en este folleto) que desee dar la oportunidad de hacer un ENTRENAMIENTO en su empresa o incorpore por CONTRATO laboral (CTI).
¿CÓMO ME INSCRIBO?
Si la empresa o empleador acepta, hay dos modos de completar la
solicitud de inscripción.
- A través de Internet.
- A través de formulario impreso.
¿CÓMO ES EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN POR INTERNET?
La inscripción la realiza la empresa ingresando al sitio:
http://programasdeempleo.cba.gov.ar
- Registra sus datos la empresa.
- A continuación ingresa los datos del postulante.
- Finalmente imprime un comprobante de inscripción para ambos.
SI QUIERO SER BENEFICIARIO, ¿PUEDO INSCRIBIRME EN LA PÁGINA SIN TENER
UNA EMPRESA EN LA QUE POSTULARME?
No. Porque la inscripción en el formulario la realiza la empresa con su propio
usuario y contraseña.
YA TENGO UNA EMPRESA PARA LA QUE POSTULARME, ¿PUEDO LLENAR EL
FORMULARIO YO?
No. Porque la inscripción en el formulario la realiza la empresa con su propio
usuario y contraseña.
LA EMPRESA YA ME INSCRIBIÓ POR INTERNET, ¿DEBE ENTREGARME ALGO?
Sí. Debe imprimir un comprobante de inscripción para ambos, una copia para la
Empresa y otra copia para entregarte.
¿CÓMO ES EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN POR FORMULARIO IMPRESO?
- Retirar una solicitud de inscripción en las dependencias policiales de toda la
Provincia.
- Llenar la solicitud en forma clara, completa, precisa y firmada, ya que reviste
carácter de declaración jurada.
- Para eso deberás tener a mano:
· Número de CUIL o generarlo en ANSES
· Postulantes con discapacidad deben adjuntar el certificado oficial de la misma.
- La empresa debe completar la segunda parte de la solicitud de inscripción
especificando claramente si van a incorporar al postulante por ENTRENAMIENTO o
por CTI (Contrato laboral); firmarla y sellarla por el empleador o representante
legal de la empresa (con sello aclaratorio) ya que reviste carácter de declaración
jurada.
¿DÓNDE PUEDO BUSCAR LOS FORMULARIOS IMPRESOS?
- En todas las dependencias policiales de la Provincia, durante las 24hs del día.- Imprimirlo de la página del Gobierno en http://programasdeempleo.cba.gov.ar
- Las solicitudes se entregarán en forma libre y gratuita sin excepción.
¿DÓNDE PUEDO DEPOSITAR LOS FORMULARIOS IMPRESOS?
- En Mesas de Entradas de la Administración Pública Provincial.
- A través de correo OCASA, sin pagar franqueo, entregándolo en Municipios o Comunas.
- Las solicitudes pueden ser entregadas por postulantes o terceros.
¿EL FORMULARIO LO DEBE DEPOSITAR LA EMPRESA O YO?
Las solicitudes las puede entregar el postulante, la empresa o un tercero. Lo
importante es solicitar la constancia de ingreso del documento a la Mesa de
Entrada, o la constancia de envío por OCASA, que será tu comprobante de inicio
del trámite.
¿SI ME INSCRIBÍ POR INTERNET, DEBO INSCRIBIRME TAMBIÉN POR FORMULARIO
IMPRESO Y VICEVERSA?
No. Si te inscribiste por una de las modalidades, no es necesario repetir tu
inscripción por otra modalidad, para solicitar tu ingreso en la misma empresa. En
caso que quieras inscribirte para otra empresa deberás completar nuevamente el
proceso, ya sea por Internet o por formulario impreso.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS QUE DEBO CUMPLIR PARA POSTULARME AL PPP 2015?
- No haber tenido empleo continuo en los últimos 6 meses al momento de
la inscripción.
- No percibir una jubilación o pensión, una ayuda económica de otros
programas de empleo o capacitación del Estado Nacional, Provincial o
Municipal. No se considera como tal a la Asignación Universal por Hijo.
- No haber sido beneficiario en ediciones anteriores del programa (a excepción
de los postulantes con discapacidad).
- Los menores de 18 años que resulten beneficiarios deben tener el
consentimiento de sus padres.
¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN BENEFICIARE CON EL PPP?
- Empresas y empleadores privados de la Provincia de Córdoba cualquiera
sea su actividad económica, inclusive monotributista.
- Asociaciones Civiles, Fundaciones, Cooperativas (con excepción de las de trabajo) y
Organizaciones no Gubernamentales (ONGs).
- No pueden participar organismos públicos (municipales, provinciales y
nacionales), empresas públicas, entes autárquicos, organismos descentralizados,
ni aquellas instituciones que reciben aportes del estado (por ej.: algunos colegios
privados, donde sólo pueden tomar en relación al personal no docente que no
recibe aportes del Estado).
MODALIDADES DE INCORPORACIÓN
Los empleadores pueden incorporar a través del PPP mediante
ENTRENAMIENTO o formalizando un CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO
INDETERMINADO (CTI).
MODALIDAD ENTRENAMIENTO
- Es una modalidad de hasta 12 meses sin ningún costo para la empresa, que no
genera relación laboral alguna entre la empresa y el becario, ni entre éste y
el Estado Provincial.
- Monto del beneficio: $ 2500
- Carga horaria: 4 horas diarias (durante 5 días) o 20 horas semanales.
- Los beneficiarios estarán cubiertos con un seguro de Responsabilidad Civil a cargo del
Estado Provincial.
MODALIDAD - A través de esta modalidad se establece una relación laboral formal entre la
empresa y el beneficiario. Está dirigida a empleadores interesados en contratar
recursos humanos.
- El empleador que incorpore, al inicio o durante el transcurso de los programas,
beneficiarios por CTI, podrá descontar del sueldo de bolsillo del empleado el
beneficio que éste recibe del programa.
- Carga horaria: de acuerdo al contrato establecido con la empresa, no menor
a 20 horas semanales. Aportes al sistema provisional, obra social y seguro por
riesgo de trabajo: por cuenta del empleador.
CUPO DE BENEFICARIOS POR EMPRESA
Cantidad de Empleados Cantidad de beneficiarios registrados Acciones de
Entrenamiento Contrato por Tiempo Indeterminado
Cantidad de Empleados
registrados
Cantidad de beneficiarios
Acciones de Entrenamiento Contrato por Tiempo
Indeterminado
Sin empleados. Ninguno.Sin cupo fijo (No
tiene límites de
incorporación)
1a5 Hasta 1 beneficiario.
6 a 10 Hasta 2 beneficiarios.
11 a 25 Hasta 3 beneficiarios.
26 a 50 Hasta el 20% del plantel.
Más de 50 Hasta el 10% del plantel.
Los PPP para Discapacitados no tienen cupo fijo ni límites de incorporación
por empresas.
REQUISITOS DE LOS - Estar formalmente registrados en la AFIP. Si no cuenta con empleados
efectivos, pueden incorporar únicamente beneficiarios por contrato (Ver
modalidades de incorporación).
- Tener número de CUIT.
- No haber realizado despidos masivos en un período no menor a los últimos 6 meses.
- No sustituir trabajadores permanentes por beneficiarios del programa.
¿PUEDO POSTULARME PARA MÁS DE UNA EMPRESA?
Sí, podés postularte en múltiples empresas, siempre y cuando las empresas
llenen un formulario de inscripción con tus datos.
¿HAY ALGÚN TOPE EN LA CANTIDAD DE EMPRESAS PARA LAS QUE ME
PUEDO INSCRIBIR?
No. Podrás anotarte en todas las empresas que te reciban y completen un
formulario con tus Datos.
¿SI ME POSTULÉ EN MÁS DE UNA EMPRESA, PUEDO RECIBIR MÚLTIPLES PLANES?
No. En el proceso de sorteo, cuando una de tus fichas de inscripción sea
beneficiada, indicará en qué empresa te corresponde trabajar, y las demás fichas
que estén con tus datos personales serán desestimadas. De esta manera cada
beneficiario solamente podrá recibir un PPP.
¿HAY UN RÉGIMEN ESPECIAL DE PPP PARA DISCAPACITADOS?
Sí. Ya que quienes están inscriptos como discapacitados no van a sorteo ni
ocupan cupo en las empresas.
¿QUÉ SE CONSIDERA DISCAPACIDAD PARA POSTULARSE BAJO ESA MODALIDAD EN
EL PPP?
Se considera discapacitado a todos aquellos que cuenten con Certificado Oficial
de Discapacidad de cualquier tipo y grado e incluye además a Trasplantados.
El certificado debe ser emitido por un Organismo Oficial de Salud y no puede
presentarse un certificado particular o privado como válido.
SOY DISCAPACITADO Y TUVE PPP EN 2014, ¿PUEDO SER BENEFICIARIO
NUEVAMENTE?
Sí. El PPP para discapacitados puede ser renovado por única vez. Para hacerlo
deberás inscribirte nuevamente bajo esa modalidad y solicitar que la empresa
llene los formularios.
SOY DISCAPACITADO Y TUVE PPP EN 2014, ¿AL INSCRIBIRME NUEVAMENTE
PUEDO HACERLO EN LA MISMA EMPRESA O DEBO CAMBIAR DE EMPRESA?
Podrás inscribirte en cualquiera de las dos opciones, manteniendo la empresa en
la que estás trabajando o solicitando tu ingreso en una empresa diferente. En
cualquiera de los dos casos, deberás cumplimentar el proceso de solicitud
completo.
SOY DISCAPACITADO Y TUVE PPP EN 2014, ¿DEBO VOLVER A PRESENTAR
MI CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD?
Sí. El proceso debe iniciarse de manera completa cumplimentando
todos los requisitos ya que se considera una nueva solicitud.
SOY EXTRANJERO RESIDENTE EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, ¿PUEDO
INSCRIBIRME AL PPP 2015?
Sí, deberás tener tu domicilio declarado en la Provincia de Córdoba
para participar en el PPP 2015.
TENGO 25 AÑOS Y CUMPLO 26 ESTE AÑO, ¿PUEDO PARTICIPAR DEL PPP 2015?
Para poder participar deberás tener 25 años al momento del inicio
efectivo del PPP 2015, es decir, deberás cumplir los 26 años el 1° de julio
de 2015 o con posterioridad a esa fecha.
SOY DISCAPACITADO, TENGO 49 AÑOS Y CUMPLO 50 ESTE AÑO,
¿PUEDO PARTICIPAR DEL PPP 2015?
Para poder participar de la modalidad Discapacitados del PPP 2015,
deberás tener 49 años al momento del inicio efectivo del PPP 2015, es
decir, deberás cumplir los 50 años el 1° de julio de 2015 o con
posterioridad a esa fecha.
¿DESDE CUÁNDO PUEDO INSCRIBIRME AL PPP 2015?
El 2 de marzo de 2015 es el Lanzamiento del PPP 2015 y a partir de ese día
podés inscribirte.
¿HASTA CUÁNDO PUEDO INSCRIBIRME AL PPP 2015?
El 30 de abril de 2015 es el último día para inscribirte al Programa.
En el caso que te inscriban por Internet, la página estará activa hasta las 00
horas.
En el caso que te inscribas por formulario impreso presentado a Mesa de Entradas de los entes oficiales, se tomará como fecha de validez la del sello de recepción.
En el caso que te inscribas por formulario impreso enviado por OCASA, se
tomará como fecha de validez la del sello de franqueo, es decir, por la fecha en la
que llevaste el formulario a OCASA, sin perjuicio de cuánto tiempo demore dicho
formulario en llegar a Mesa de Entradas.
¿CUÁNDO SE REALIZA EL SORTEO DE BENEFICIARIOS DEL PPP 2015?
A definir.
¿CÓMO ME ENTERO SI SOY BENEFICIARIO DEL PPP 2015?
A partir del día del sorteo podrás informarte por Internet a través de la página
web http://programasdeempleo.cba.gov.ar ingresando tus datos, para saber si
has resultado como beneficiario.
HE RESULTADO BENEFICIARIO, ¿CUÁNDO DEBO COMENZAR A TRABAJAR EN
LA EMPRESA?
El miércoles 1 de julio de 2015 es el inicio efectivo del PPP 2015 y deberás
presentarte a trabajar en la empresa.
HE COMENZADO A TRABAJAR EN EL PPP 2015, ¿CUÁNDO COBRARÉ MI PRIMER
SUELDO?
El primer cobro será durante el mes de Agosto, correspondiente al mes
trabajado de Julio y será a través de una cuenta Caja de Ahorro en el Banco de
Córdoba a nombre del beneficiario. En el caso de los menores, deberán tener un
apoderado autorizado para acceder a dicha cuenta.
¿CÓMO SE EFECTUARÁ EL PAGO DEL PPP 2015?
La Agencia de Promoción del Empleo y Formación Profesional te abrirá una
Caja de Ahorro en el Banco de la Provincia de Córdoba donde se te depositará
mes a mes el beneficio.
LA CAJA DE AHORRO, ¿TENDRÁ COSTO PARA MÍ?
No, es una cuenta sueldo sin costo para el Beneficiario.
CUANDO VAYA AL BANCO A HABILITAR MI CAJA DE AHORRO POR PRIMERA VEZ,
¿QUÉ DEBO LLEVAR?
Deberás llevar tu DNI, Fotocopia de DNI de la primera y segunda página (y los
cambios de domicilio).
TENGO DIECISIETE AÑOS Y CUMPLO DIECIOCHO ESTE AÑO, ¿DEBO IGUALMENTE
PRESENTAR DATOS DE UN APODERADO?
Solamente los beneficiarios que sean Menores de 18 años al momento de
la inscripción deben enviar los datos de un apoderado en el formulario.
NECESITO PRESENTAR UN APODERADO PORQUE SOY MENOR DE EDAD,
¿CÓMO HAGO EL TRÁMITE?
El formulario para apoderar Padre, Madre o Tutor debe ser descargado de
ht t p :/ /empleo.cba.gov.ar y entregarse o enviarse a esta Agencia antes del 30 de
Abril de 2015.
TENGO UNA CONSULTA CUYA RESPUESTA NO FIGURA EN ESTE DOCUMENTO,
¿DÓNDE PUEDO CONTACTARME?
Podés comunicarte para mayor información por estas
vías: Telefónicamente las 24 horas: 0800-888-1234
Al Teléfono de la Oficina PPP: 0351-4322900 Internos 2012 / 2025 / 2037
Por Correo Electrónico a programas.empleo@cba.gov.ar
Por Internet en ht t p : / /empleo.cba.gov.ar
Por Facebook en /EmpeloCba.
Por Twitter: @EmpleoCba
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