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Camí de La Vileta, 40 (0713) Palma Tel. 971 281 870. Fax: 971 453 414 www.palmademallorca.es
MODEL NORMALITZAT V. 1.0 [14/10/2016]
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES CON PISCINA Y POLIDEPORTIVOS DEPENDIENTES O
GESTIONADOS POR EL INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA DE
MALLORCA
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INDICE
1. OBJETO DEL CONTRATO............................................................................................................... 4
1.1. MANTENIMIENTO DE LA PISCINA...............................................................................................................4
1.2. MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES .................................................................................................5
1.3. MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE INVERSIÓN..........................................................................................7
2. NORMATIVAS TÉCNICAS .............................................................................................................. 8
3. ADSCRIPCIONES DEL ADJUDICATARIO....................................................................................... 8
4. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES ...... 9
4.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO .................................................................................................................9
4.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO .............................................................................................................11
4.3. MANTENIMIENTO NORMATIVO ..............................................................................................................11
4.4. MANTENIMIENTO CONDUCTIVO ............................................................................................................12
4.5. MANTENIMIENTO Y APOYO LOGÍSTICO ..................................................................................................14
5. PERSONAL PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ............................................................... 14
5.1. JEFE DE SERVICIO ..................................................................................................................................14
5.2. PERSONAL DE MANTENIMIENTO..............................................................................................................15
6. HORARIOS DE LAS INSTALACIONES .......................................................................................... 17
7. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ..................................................................................... 19
8. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE .......................................................................... 20
9. REPUESTOS, UTILES, HERRAMIENTAS Y MAQUINARIA (PLANTEAR PROPUESTA)...................... 21
9.1. REPUESTOS Y MATERIALES.......................................................................................................................21
9.2. INVENTARIO Y CONTROL ........................................................................................................................21
9.3. HERRAMIENTAS Y MAQUINARIA A DISPOSICIÓN DEL CONTRATO. ............................................................22
10. OBLIGACIONES GENERALES E INFORMES............................................................................... 22
10.1. OBLIGACIONES GENÉRICAS. ...............................................................................................................22
10.2. RECURSOS HUMANOS..........................................................................................................................23
10.3. INFORMES............................................................................................................................................23
11. INSPECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS TRABAJOS. ...................................................................... 24
11.1. DESMONTAJE DE MATERIALES O TRABAJOS NO ADECUADOS. ..............................................................24
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11.2. GARANTÍA. .........................................................................................................................................24
11.3. RESPONSABILIDADES............................................................................................................................24
12. ASESORAMIENTO ...................................................................................................................... 24
13. FACTURACIÓN .......................................................................................................................... 24
ANEXO 1. RELACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS OBJETO DEL CONTRATO .................... 24
ANEXO 2. NORMATIVA APLICABLE Y GUIAS DE REFERENCIA..................................................... 24
ANEXO 3….. .................................................................................................................................... 24
ANEXO 4. ......................................................................................................................................... 44
ANEXO 5 ….. ................................................................................................................................... 46
ANEXO 6. ….. .................................................................................................................................. 48
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1. OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego de condiciones regula las prescripciones técnicas particulares de la
contratación de los trabajos de mantenimiento preventivo, correctivo, normativo y
conductivo, de las instalaciones con piscina y polideportivos incluidos en el Anexo 1. En el
transcurso de este contrato, podrán tanto ampliarse como disminuirse el número de
instalaciones y servicio, según las necesidades del IME.
De la misma manera es objeto de la presente licitación dar apoyo logístico a todo tipo de:
� Eventos
o Ferias, diadas, etc…
� Conciertos
� Torneos y partidos
� Montaje y desmontajes de los pavimentos de pista polideportiva, o de
elementos complementarios como taraflex, parquet, etc.
Que podrán realizarse tanto dentro del horario de apertura habitual de las instalaciones
como fuera del mismo.
1.1. Mantenimiento de la piscina
El mantenimiento relativo a los elementos y sistemas mecánicos siguientes:
� Vaso de compensación.
� Llaves de paso y valvulería.
� Prefiltros.
� Bombas de recirculación.
� Filtros.
� Equipo de tratamiento químico y dosificación por microprocesador.
� Inyectores (PH y CLH).
� Intercambiadores.
� Boquillas de salida del agua al vaso de la piscina.
� Vaso de la piscina.
� Rebosaderos, canaletas y rejillas.
� Calderas y placas de calor.
� Aljibes.
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� Tuberías y soportes.
� Agua caliente sanitaria y climatización.
� Desinfección de aljibes y acumuladores.
1.2. Mantenimiento de las instalaciones
El mantenimiento relativo a los elementos pertenecientes a las siguientes materias:
Electricidad
� Acometidas.
� Cuadros Generales de Distribución y Secundarios.
� Derivaciones.
� Cuadros eléctricos interiores y exteriores.
� Tomas de corriente.
� Equipos de compensación de energía reactiva.
� Red de tierras.
� Equipos de alumbrado interiores y exteriores.
� Equipos de alumbrado de emergencia.
� Instalaciones interiores y líneas.
� Mecanismos, protecciones, etc.
Fontanería y Saneamiento.
� Redes generales y acometidas.
� Recogida y evacuación de aguas pluviales.
� Emboces.
� Atascos.
� Grifería y valvulería.
� Sanitarios.
� Duchas.
� Sistemas de presión de agua (calderines).
� Sistemas de tratamiento de aguas (tratamiento de osmosis y descalcificadoras).
� Desinfección de aljibes.
� Prevención legionela.
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Agua Caliente Sanitaria
� Equipos de producción de A.C.S., incluidos los de placa solar y mixtos (tubos de
vacío).
� Calderas.
� Distribución.
� Elementos terminales.
� Termostatos.
� Prevención de la Legionela (tratamiento y desinfección).
� Desinfección acumuladores.
Climatización
El programa propuesto y la periodicidad de las operaciones a realizar, deben adaptarse
para conservar las instalaciones en perfecto estado de funcionamiento y al mismo
tiempo cumplimentar las normas que regulan este tipo de instalaciones.
La empresa adjudicataria elaborará el inventario de las instalaciones que indicará como
mínimo la marca, el modelo y las características principales.
Cerrajería, carpintería de madera y metálica
� Ventanas y sus accesorios.
� Taquillas.
� Manillas de apertura y soporte.
� Puertas convencionales, puertas cortafuegos y sus accesorios.
� Puertas y verjas automáticas y sus accesorios.
� Trabajos de persianas interiores y accesorios de cortinas de oficina.
� Trabajos de persianas exteriores y lamas de ventanas.
� Otros elementos metálicos y de madera.
� Cristaleras.
Eliminación grafitis.
Se deberá proceder a la eliminación de los grafitis en el momento que se hayan
detectado, o a orden del encargado del IME.
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Sistemas de Alimentación Ininterrumpida
� Grupos electrógenos.
� Equipos auxiliares.
Otras tareas complementarias
� Trabajos de mantenimiento básico de máquinas de gimnasio (máquinas
deportivas, de musculación, bicicletas estáticas, etc.).
� Reparación de mobiliario de oficina.
� Retirada y destrucción y/o reciclaje de basuras industriales, muebles, etc.
� Traslado, montaje y desmontaje de material deportivo, y equipamientos
deportivos según necesidades del IME, por cambio de uso o actividad (canastas,
porterías de futbol sala o balonmano, pista de parquet…)
� Traslado, montaje y desmontaje de material de oficina así como de mobiliario,
estanterías y archivos en los casos que fuese necesario.
� Instalación o montaje de equipamientos fijos o móviles suministrados por el IME
(jaboneras, percheros…)
� También estarán incluidos todos los trabajos de ayuda correspondientes al ramo
de albañilería, carpintería, cerrajería, pintura y otros trabajos necesarios para
completar los trabajos de reparación efectuados y las tareas relativas al
mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones descritas en los
apartados anteriores, para dejar dichas instalaciones en su estado original antes
de la avería y en condiciones adecuadas después de la intervención.
1.3. Mantenimiento correctivo de inversión
Se destinará una partida como máximo de 250.000€ IVA incluido anuales en concepto
de mantenimiento correctivo e inversión que tendrá como objeto la realización de
actuaciones de inversión entendidas como aquellas de obra nueva y/o reformas y/o
realización de nuevas instalaciones que, por su envergadura o incidencia sobre la
instalación, supongan una mejora significativa aumentado el valor de la misma y que no
sean realizadas por el personal adscrito al contrato.
Esta partida podrá ser aumentada en el caso de agotamiento de la previsión para la
realización de actuaciones que puedan afectar al servicio que presta la instalación de
manera grave (por ejemplo, averías en calderas, en el sistema de filtración de la piscina,
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acumuladores, etc.) En cualquier caso, se realizará un informe de necesidad justificativo
de la actuación a realizar por parte del director de la instalación conformado por el
director del contrato y autorizado por el Gerente del IME, siempre condicionado, en todo
caso, a la existencia de crédito presupuestario suficiente para esta finalidad.
Conviene diferenciar este apartado relativo a las actuaciones de inversión realizadas con
personal no adscrito al contrato con el mantenimiento correctivo ordinario del apartado
3.2 del presente pliego técnico realizado por personal adscrito al contrato.
El IME deberá autorizar previamente la actuación mediante el correspondiente
presupuesto. Los presupuestos deberán ser elaboradas con la aplicación exacta de los
precios unitarios, que figuren en el libro “Precios de la Construcción”, elaborado por el
Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Mallorca, en colaboración
con el Colegio Oficial de Arquitectos de Baleares, en su última edición.
La empresa adjudicataria no tendrá exclusividad en la realización de este tipo de
mantenimiento en las instalaciones.
La empresa adjudicataria deberá aportar, además de los partes de trabajo de cada
actuación, fotografías de la situación inicial así como del resultado final del trabajo
realizado para los presupuestos autorizados por el IME que sean mayores de 300€ (IVA
excluido).
2. NORMATIVAS TÉCNICAS
Los trabajos y operaciones de los servicios de mantenimiento objeto del presente
contrato estarán sujetos a las normas y recomendaciones técnicas vigentes, que se citan
en el Anexo 2 del presente pliego y de todas aquellas que le sean de aplicación.
3. ADSCRIPCIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá adscribir al contrato los siguientes recursos:
� Los recursos humanos necesarios para ejecutar las tareas de mantenimiento
anteriormente descritas.
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� Los recursos técnicos necesarios para una adecuada ejecución del
mantenimiento, entendiéndose por tales entre otros, las herramientas, así como los
equipos de medición y control de aguas de piscinas y sistemas hídrico-sanitario.
� Todos los gastos indirectos: comunicaciones, mandos intermedios, prevención de
riesgos, vehículos y su explotación, controles de calidad, soporte informático,
gestión de almacenes para repuestos y otros materiales, estructura, beneficios e
impuestos.
4. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES
Para cada una de las instalaciones objeto del contrato el mantenimiento que debe
realizar el personal adscrito al contrato (mano de obra no facturable) será como mínimo
el siguiente:
4.1. Mantenimiento Preventivo
Operaciones planificadas de revisión, ajuste, limpieza, etc. necesarias o convenientes
para lograr un óptimo rendimiento, eficacia y seguridad de las piscinas, instalaciones,
equipos y elementos componentes de las mismas.
El mantenimiento preventivo incluye una serie de actuaciones programadas de acuerdo
con el programa elaborado por el adjudicatario. Asimismo, mientras no se justifique la
conveniencia de un cambio se deberán respetar las operaciones y frecuencias mínimas
que se definen en las gamas mantenimiento preventivo.
Las tareas de mantenimiento preventivo deberán respetar el conjunto de operaciones
necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera constante,
con el mejor rendimiento energético posible, conservando permanentemente la
seguridad de las instalaciones y la defensa del medio ambiente, realizándose el cómputo
de operaciones recomendadas por los fabricantes de los equipos, o como mínimo
aquellas que se consideran adecuadas (normativas y preventivas de acuerdo a la gama
de operaciones preventivas), con el fin de conseguir un funcionamiento adecuado y
mantener la vida útil de los equipos e instalaciones objeto de este contrato.
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Se asume que el personal de mantenimiento y operadores entiende correctamente la
terminología corriente que se indica a continuación. Esta terminología será la utilizada en
la ejecución de los trabajos objeto del contrato:
A) VERIFICAR: Comprobar el correcto funcionamiento, estado de niveles, limpiar y
engrasar ligeramente, comprobar los componentes y ajustarlos, si es necesario, en su
caso, realizar sencillas operaciones de mantenimiento. Comunicar al responsable si el
problema detectado supera la capacidad de resolución.
B) INSPECCIONAR: Verificar detalladamente cada uno de los componentes.
C) ENGRASAR: Aplicar el aceite o grasa requeridos.
D) DESMONTAR: Desmontar los componentes, comprobar y limpiar.
E) MONTAR: Montar los componentes y ajustarlos.
F) REEMPLAZAR: Desmontar los componentes dañados, sustituirlos por otros nuevos y
montarlos.
G) MEDICIÓN: Comprobar los elementos de medida y ajustarlos.
H) AJUSTAR: Regular adecuadamente los componentes para obtener un funcionamiento
correcto.
I) AFLOJAR: Aflojar cualquier componente que se requiera para montar, desmontar o
ajustar otros componentes.
J) APRETAR: Apretar cualquier componente que se requiera para montar, desmontar o
ajustar otros componentes.
K) LIMPIAR: Limpiar con un paño, agua, detergente o jabón.
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L) REVISAR: Inspeccionar la instalación, solventar las deficiencias observadas y realizar la
operación de mantenimiento pertinente.
4.2. Mantenimiento Correctivo
El mantenimiento correctivo puede ser planificado o no.
1. No planificado (averías urgentes y emergencias): Reparación de todo tipo de
averías y resolución de incidencias, cualquiera que sea su causa, que pueden provocar
daños de consideración al resto de instalaciones, o reduzcan la seguridad del edificio, o
puedan generar problemas moderados y graves en el desarrollo de las actividades
propias del edificio.
Se incluye, con cargo a la empresa adjudicataria el personal y los medios técnicos
necesarios para la resolución de la incidencia.
2. Planificado: Actuaciones que, aunque correctivas, han estado previamente
planificadas o pueden planificarse durante la vigencia del contrato. Normalmente
corresponden a aquellas actuaciones que no causan daños a las instalaciones, o que
generan problemas leves en el desarrollo de las actividades propias del edificio, o son de
mayor envergadura y que puedan estar programadas ya que supongan la modificación
sustancial de algún elemento.
En aquellos casos de averías no urgentes (mantenimiento planificado) en que fuera
necesaria la sustitución de elementos o piezas de recambio de mayor importancia, se
indicará previamente esta circunstancia al responsable del IME.
Independientemente de la categoría profesional y especialidad de la plantilla adscrita al
contrato, cualquiera de las personas que componen este equipo, estará obligada a
atender las averías que se produzcan y en especial las de carácter urgente, para atender
de la forma más rápida y eficiente posible dichas averías.
4.3. Mantenimiento Normativo
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Operaciones de mantenimiento conforme con la legislación vigente. Se incluirá cualquier
actuación preceptiva o recomendada en la normativa vigente aplicable a las distintas
instalaciones, esté recogida o no en este pliego.
La empresa adjudicataria se encargará de realizar el mantenimiento normativo sobre
aquellas instalaciones que, conforme a las especificaciones exigidas por las normas
industriales comunitarias, nacionales o autonómicas, deba realizarse. Entre ellos, se puede
citar, por ejemplo, la tramitación y realización de las inspecciones periódicas
reglamentarias de los Organismos de Control Autorizado (OCA).
La empresa creará un libro de mantenimiento técnico-legal que recogerá las
observaciones e incidencias derivadas de las correspondientes intervenciones.
En el citado libro se indicará, para cada equipo sujeto a revisiones técnico-legales
incluido en el presente contrato, la siguiente información:
� Datos del equipo: según su ficha de inventario
� Datos de la normativa legal aplicable:
o Organismo regulador.
o Fecha de la orden.
o Copia de la normativa.
o Periodicidad.
o Encargado de las revisiones.
o Fecha de próxima revisión.
o Resultado de la revisión: incidencias y otros datos relativos a la revisión.
El adjudicatario notificará al IME cualquier cambio de legislación durante la vigencia del
contrato que puede implicar la modificación total o parcial de las instalaciones.
Especial relevancia tendrá el mantenimiento de prevención de la Legionela, que
aplicará a las instalaciones según Decreto Ley 865/2003 de 4 de julio.
4.4. Mantenimiento Conductivo
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Conducción de las instalaciones de la piscina, climatización, calefacción, ventilación y
alumbrado.
Comprende todas las actividades relacionadas con la puesta en marcha y parada de las
instalaciones; así como la supervisión y control del correcto funcionamiento de las
mismas. Asimismo comprende todas las maniobras de ajuste y corrección necesarias para
restablecer a su valor normal los parámetros que se encuentren fuera de su valor
establecido.
Instalaciones de climatización, calefacción y ventilación
Esta conducción incluye la puesta en marcha, parada y cuantas operaciones sean
necesarias para que los locales a climatizar mantengan la temperatura adecuada de
confort de acuerdo con la estación del año.
Estas temperaturas estarán siempre dentro de las condiciones de confort, si bien dadas
las características especiales de los centros a mantener, en cada caso se dará la
temperatura adecuada a petición del Responsable del centro, siempre y cuando las
instalaciones hayan sido proyectadas para obtener la temperatura solicitada.
Instalaciones de alumbrado
Incluye una adecuada planificación de encendidos y apagados sectorizados de las
instalaciones de alumbrado de los centros y cuantas operaciones y verificaciones sean
necesarias para que las instalaciones cumplan su cometido de forma óptima y con el
mínimo consumo de energía.
La función del mantenimiento del alumbrado es crear las condiciones visuales
adecuadas para desarrollar con un buen rendimiento las actividades propias del centro,
en cada una de sus dependencias.
Cualquier medida de ahorro energético de alumbrado debe evitar disminuir las
prestaciones de iluminación necesarias para el desarrollo normal de las actividades.
Conducción del resto de instalaciones.
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Incluye la puesta en marcha, paro y cuantas operaciones y verificaciones sean
necesarios para que las instalaciones cumplan su cometido de forma óptima y con el
mínimo consumo de energía. Para ello se deberá revisar las conducciones y limpiarlas
periódicamente, sobre todo cuando se hayan producido problemas de salud y puedan
tener relación.
4.5. Mantenimiento y apoyo logístico
Se realizará el mantenimiento y apoyo logístico a todo tipo de:
� Eventos
o Ferias, diadas, etc…
� Conciertos
� Torneos y partidos
� Montaje y desmontajes de pista polideportiva, o de elementos
complementarios como taraflex.
Que podrán realizarse tanto dentro del horario de apertura habitual de las instalaciones
como fuera del mismo.
5. PERSONAL PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
5.1. Jefe de Servicio
Debido a la complejidad de las instalaciones y requerimientos técnicos que se precisan,
el contratista aportará un responsable, con una dedicación al contrato del 100 % de la
jornada completa (39 horas semanales), con experiencia en trabajos similares, y que
permanecerá adscrito al contrato durante toda la vigencia del mismo.
Se exige que el Jefe de Servicio disponga de la titulación de diplomatura, licenciatura o
grado en ingeniería.
El IME deberá aprobar su nombramiento expresa o tácitamente, si en el plazo de las dos
semanas siguientes a la formalización del contrato no se opone al mismo y tendrá
derecho a exigir al contratista su sustitución por razones técnicas de negligencia,
incompetencia o errores en el cumplimiento de sus deberes o por otras causas objetivas
(en tal caso, el contratista lo sustituirá en el plazo máximo de dos semanas).
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Las funciones del responsable serán:
� La programación y coordinación de todos los trabajos relacionados con el
mantenimiento, que deberán ser consensuados y validados por los Responsables del
IME.
� Ser el interlocutor único entre el adjudicatario y el IME.
� Redactar los informes de seguimiento y los certificados de cumplimiento del servicio.
� Gestionar eficaz y eficientemente los recursos humanos y materiales adscritos al
contrato.
� Ser el responsable directo de la buena ejecución de todos los trabajos realizados
conforme a lo dispuesto en el presente pliego.
El responsable dispondrá de teléfono móvil para su localización inmediata en horario de
7:30 a 22:30 horas, así como de correo electrónico.
5.2. Personal de mantenimiento
Para la ejecución de los trabajos de mantenimiento incluidos en este contrato el
adjudicatario dispondrá del personal especializado (técnicos y oficiales por categorías),
teniendo en cuenta que en cada tipo de operación se requieren un número
determinado de horas mínimas con el fin de efectuar las revisiones, verificaciones,
comprobaciones y reparaciones necesarias.
La empresa adjudicataria deberá estar adecuadamente cualificada y acreditada con
los títulos que se precisen: Oficiales 1ª y 2ª polivalentes.
La asignación del personal a cada centro, se realizará cumpliendo los siguientes criterios:
� El personal asignado en turno de mañana de lunes a viernes dispondrá la categoría
de Oficial de 1ª.
� El personal asignado en turno de tarde de lunes a viernes dispondrá la categoría
mínima de Oficial de 2ª.
� Los sábados, domingos y festivos, podrán ser cubiertos indistintamente por cualquiera
de las dos categorías.
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Al hacerse cargo de las instalaciones y, en todo caso, dentro de las tres semanas
siguientes a la fecha de formalización del contrato, el adjudicatario presentará a al IME la
relación de técnicos y operarios cualificados y su acreditación profesional necesaria para
ejecutar cualquiera de las tareas indicadas en este pliego (dicha relación será vinculante
durante la vigencia del contrato).
Las bajas por vacaciones, enfermedad o licencias reglamentarias serán cubiertas por
otros trabajadores con la misma cualificación profesional, quedando estas suplencias
incluidas en el contrato. Dichos trabajadores deberán tener un mínimo conocimiento de
las instalaciones para realizar una correcta prestación del servicio.
El personal encargado de las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo deberá
pertenecer a la plantilla de la empresa adjudicataria, contar con la cualificación
profesional necesaria correspondiente en función de las tareas y especialidades que
deba desarrollar y estará convenientemente acreditado.
El IME podrá exigir al contratista el cambio de cualquiera de los trabajadores adscritos al
contrato por razones de negligencia, incompetencia o errores en el cumplimiento de sus
deberes o por otras causas objetivas. El contratista se comprometerá a sustituir a todo
aquel técnico u operario que requiera el IME en el plazo máximo de dos semanas.
Todos los operarios que tengan que realizar cualquier tarea en los edificios y
dependencias del IME deberán ir debidamente uniformados y llevarán identificación de
la empresa adjudicataria.
En su caso, la empresa adjudicataria tendrá que cumplir la normativa vigente en temas
laborales.
En ningún caso los operarios de mantenimiento adscritos al contrato serán utilizados para
realizar tareas de carácter administrativo, dado que el contratista debe contar con
estructura suficiente para atender estas tareas. Por tanto, todo el tiempo de los operarios
será completamente operativo en funciones de tareas de mantenimiento indicadas en el
presente pliego.
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6. HORARIOS DE LAS INSTALACIONES
El horario de actividad de las instalaciones es:
INSTALACIÓN HORARIO
Palacio Municipal de Deportes
(Son Moix)
De lunes a viernes: 08.00 a 22.30
Sábados: 08.00 a 22.00
Domingos y festivos: 08.00 a 15.00
PM s’Estel De lunes a viernes: 7.30 a 22.30
Sábados: 08.00 a 22.00
Domingos: 08.00 a 15.00
Festivos cerrado.
PM Toni Servera De lunes a viernes: 07.30 a 22.30
Sábados: 08.00 a 22.00
Domingos: 08.00 a 15.00
Festivos : cerrado
PM Sant Agustí De lunes a viernes: 08.00 a 22.30
Sábados: 8.00 a 22.00
Domingos y festivos: 8.00 a 15.00
PM Son Roca De lunes a viernes: 8.00 a 22.30
Sábados: 8.00 a 15.00
Domingos y festivos cerrado.
Mes de agosto cerrado.
PM Sant Jordi Lunes, miércoles y viernes: 8.00 a 22.30
Martes y jueves: 15.00 a 22.30
Sábados: 8.00 a 15.00
Domingos y festivos cerrado.
Mes de agosto cerrado.
PM Son Ferriol Lunes y miércoles: 15.00 a 22.30
Martes, jueves y viernes: 08.00 a 22.30
Sábado: 8.00 a 15.00
Domingos y festivos cerrados
Mes de agosto cerrado.
PM Antoni Pizà
PM Es Vivero
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PM Es Secar de la Real
PM Son Oliva
PM Francesc de Borja Moll
PM Joan Seguí
PM Son Cotoner
PM Josep Amengual
PM Can Baró
PM Verge de Lluc
PM Son Ferragut
Horario según utilización**
** La organización del horario de los pabellones será mensual y se determinará con
antelación al mes en concreto por parte del Director correspondiente a cada instalación.
Todos los días del año, a excepción de: 25 y 26 de diciembre, Año Nuevo y Domingo y
Lunes Santo en el cual se realizará un mantenimiento mínimo.
Salvo urgencias, los trabajos de los diferentes mantenimientos en pabellones se realizarán
siempre en horario de mañana entre las 07.00 y las 16.00h
Para cubrir la eventualidad de una avería grave que deba ser reparada con urgencia el
contratista deberá disponer permanentemente de un servicio de atención de 24 horas y
365 días al año, con un tiempo de respuesta inmediato, y de actuación para su
reparación desde que se produzca el aviso, menor de 15 min. Los tiempos superiores
incurrirán en penalizaciones.
En caso de instalación cerrada se requerirá visita presencial del personal de
mantenimiento para las tareas mínimas para un correcto funcionamiento de la
instalación (funcionamiento de la maquinaria, control de parámetros estipulados,
analíticas, reposición producto químico, etc.) cuando ésta se encuentre en más de un
día y medio cerrada.
El IME podrá modificar los horarios de las instalaciones y de apertura o cierre según
necesidades del servicio con su correspondiente reducción proporcional en la
facturación del servicio de mantenimiento.
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7. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La empresa adjudicataria queda obligada a ejecutar las medidas derivadas de la Ley
31/1995, de prevención de riesgos laborales y su desarrollo normativo en todo aquello
que le sea de aplicación.
Dentro de los treinta días siguientes a la formalización del contrato, el adjudicatario
deberá presentar al IME su Plan de prevención de riesgos laborales y seguridad en el
trabajo. Dicho Plan contendrá obligatoriamente un resumen explicativo de la
implantación de medidas de prevención de riesgos laborales y la modalidad preventiva
adoptada (empresario, trabajador designado, servicio de prevención propio, servicio de
prevención ajeno), y acreditar documentalmente la evaluación de riesgos y la formación
e información de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
El adjudicatario pondrá en conocimiento de todos sus trabajadores la normativa interna
de seguridad y salud existente, en su caso, en cada instalación, así como las consignas
de emergencia establecidas, quedando obligado a prestar los servicios que se le pidan
en caso de activación de planes de autoprotección, ya sea general o los propios de
cada edificio.
La empresa adjudicataria estará obligada, en materia de prevención de riesgos
laborales, aportando los documentos correspondientes y rellenando los anexos 4, 5, 6 y 7
a lo siguiente:
- Aportar la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad
preventiva para los servicios contratados (obligatoriamente en cd/dvd,
formato PDF).
- Rellenar declaración expresa responsable del cumplimiento de las
obligaciones en materia de información y formación respecto de los
trabajadores que hayan de prestar sus servicios a los centros de trabajo
del IME.
- Rellenar declaración expresa responsable que los trabajadores
cuentan con un estado de salud compatible con las funciones que
tienen que realizar.
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- Rellenar, si procede, relación de los equipos de trabajo que se hayan
de utilizar con declaración expresa, de conformidad con lo
establecido en el RD 1215/97 sobre equipos de trabajo.
- Rellenar, si procede, relación de los equipos de protección individual
según las tareas que se tienen que realizar.
- Rellenar, si procede, relación de las sustancias químicas que se tienen
que emplear, así como declaración expresa que disponen de las fichas
de datos de seguridad.
- Compromiso de informar sobre los riesgos específicos de las actividades
que puedan afectar a los trabajadores del IME, de otras empresas o
usuarios de las instalaciones.
- Compromiso de Informar al IME sobre los accidentes de trabajo que se
producen como consecuencia de los riesgos de las actividades
concurrentes.
- Compromiso de comunicar toda la situación de emergencia
susceptible de afectar a la salud o la seguridad de los trabajadores de
las empresas presentes en el centro de trabajo.
- Rellenar declaración expresa responsable, si procede, que han
establecido los medios de coordinación necesarios entre el contratista
y el subcontratista.
8. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE
El contratista es responsable de garantizar el cumplimiento de toda la normativa vigente
aplicable a cada una de las instalaciones objeto de este contrato en cuanto a
operaciones de mantenimiento o seguridad, estén o no recogidas específicamente en
este pliego. También será responsable de dar constancia por escrito, en su caso, de
cuantos incumplimientos de dicha normativa observara en las instalaciones, aunque estas
sean cuestiones que no pertenezcan al ámbito de mantenimiento o seguridad
contratado.
A título enunciativo se indican unas tareas y frecuencia a nivel normativo en el Anexo 2.
No obstante, en relación con lo anterior, se deben cumplir como mínimo las normativas
existentes en cada momento editadas por el Ministerio de Industria y Energía, R.I.T.E., las
normativas editadas por el MOPT, NTE, lo establecido en el Reglamento de Instalaciones
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Térmicas en los edificios, lo establecido para el mantenimiento de torres de refrigeración
por la Comunidad Autónoma de les Illes Balears y el resto de disposiciones vigentes e
incluso normas establecidas por las compañías suministradoras.
Igualmente se deberán cumplir las normas que afecten al mantenimiento de las
instalaciones existentes en el ámbito local.
9. REPUESTOS, UTILES, HERRAMIENTAS Y MAQUINARIA (Plantear propuesta)
9.1. Repuestos y materiales
El IME realizará, fuera del vigente pliego de condiciones técnicas, un contrato de
suministro de material consumible necesario para llevar a cabo las tareas de conducción
y mantenimiento y pondrá a disposición todas las piezas de recambio necesarias.
La empresa adjudicataria deberá entregar la solicitud de materiales requeridos al
capataz o Director de la instalación para su comprobación y autorización. Lo podrá
comunicar mediante escrito, mail o fax.
9.2. Inventario y control
El IME pondrá a disposición del adjudicatario el material consumible necesario para el
desarrollo del servicio y un almacén de materiales de consumo habitual.
El contratista gestionará el almacén de piezas de repuesto que supondrá:
1) La previsión inicial de todas aquellas piezas o materiales necesarias para las
reparaciones, sustituciones o averías, dotando al sistema de mantenimiento de la
suficiente agilidad para un rápido funcionamiento.
2) El orden físico del almacén de material de repuesto.
3) Semanalmente el adjudicatario deberá solicitar al capataz o director de la
instalación los materiales habituales del almacén que ya han sido consumidos
para su reposición así como de cualquier otro producto para la realización de las
actuaciones previstas o planificadas en un futuro.
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4) El control de entradas y salidas de materiales del libro de suministros será
responsabilidad del adjudicatario así como aquellas existencias habidas en el
almacén.
5) El adjudicatario será responsable de todo el material inventariado en el almacén.
En caso de sustracción o pérdida de material deberá ser repuesto a cargo de la
empresa adjudicataria sin coste para el IME.
9.3. Herramientas y maquinaria a disposición del contrato.
La empresa adjudicataria dispondrá de todas las herramientas, medios y
maquinaria necesarios para una correcta ejecución del contrato sin ningún coste para el
IME como pueden ser:
� Vehículos de transporte: se requerirán como mínimo la adscripción de una
furgoneta y un coche.
� Camiones, furgonetas a disposición según necesidades del servicio.
� Toro y/o carretilla elevadora, para transporte dentro del tunel y acceso de pista.
� Plataformas elevadoras para trabajos en altura (medida, altura y peso adecuados
para cada caso en concreto).
� Camión para desembozos.
� Etc.
10. OBLIGACIONES GENERALES E INFORMES
El adjudicatario dejará constancia escrita de cuantas operaciones realice en
cumplimiento del contrato en cada uno de los edificios; constancia que estará
permanentemente actualizada a disposición del responsable técnico del IME.
En este sentido el adjudicatario establecerá libros de mantenimiento para cada una de
las instalaciones objeto del pliego, así como una serie de fichas históricas de los equipos
de cada instalación en las que se recogerán todas las incidencias relacionadas con
éstos.
10.1. Obligaciones genéricas.
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1.- Mantener los equipos, instalaciones y sistemas auxiliares asociados de forma que al
finalizar la vigencia del contrato se encuentren en buen estado de operación con
salvedad del envejecimiento propio del equipo.
2.- Tener actualizados los libros de mantenimiento de las instalaciones (climatización,
media tensión, control y supervisión de extintores y bies, etc.) y las fichas históricas de los
equipos. Con la introducción de los trabajos realizados, independientemente que sean
realizados por la misma o por otra empresa.
3.- Realizar inmediatamente todos los trabajos de reparación urgente y emergencias para
minimizar los daños y el tiempo de parada de los equipos e instalaciones, previniendo
interrupciones o reducción del nivel de operación y servicio al usuario.
10.2. Recursos humanos.
1.- Mantener constantemente el número de efectivos adscrito al contrato y facilitarle la
formación necesaria para asegurar un correcto cumplimiento del contrato.
2.- Incorporar cualquier personal adicional que pudiera ser requerido para resolver
situaciones críticas o especiales o avería inesperadas, así como la acumulación
imprevista de trabajos de mantenimiento correctivo o preventivo que puedan
presentarse.
3- Los directores de las instalaciones establecerán cada mes los horarios organizativos
presenciales del personal de mantenimiento adscrito, según las necesidades del servicio y
será validado por el Director del contrato.
4- El número total de horas presenciales de una semana ordinaria del servicio incluyendo
todas las instalaciones será cómo mínimo de 654 horas.
El IME adaptará los horarios según las necesidades del servicio y se coordinará con la
empresa adjudicataria según previsiones de servicio de manera mensual.
10.3. Informes
1.- Mensualmente, junto con la factura del mes, se presentará un informe que recoja:
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� Mantenimiento preventivo y correctivo:
o Las principales operaciones realizadas.
� Mantenimiento conductivo
o Resumen de datos de funcionamiento de instalaciones.
2.- A la finalización del contrato:
� Inventario actualizado de todas las instalaciones actuales, con indicación de altas
y bajas durante el período de contrato.
� Un informe final, tras la correspondiente inspección en cada una de las
instalaciones, en el que figuren, al menos, los siguientes extremos:
o Las fichas técnicas e históricos de los equipos y componentes.
o Las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo: resumen de las
operaciones realizadas, etc.
o Relación de informes y certificados entregados con indicación de la fecha
de presentación.
Los documentos serán entregados en soporte papel e informático, conforme a las
directrices que en su momento determine el IME.
11. INSPECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS TRABAJOS.
11.1. Desmontaje de materiales o trabajos no adecuados.
El IME, durante la ejecución de los trabajos, tendrá la capacidad de ordenar al
contratista por escrito el desmontaje y retirada de cualquier material que en opinión de
aquélla no sea conforme con los requisitos del contrato, y sustituirlo con el adecuado
dentro del período de tiempo que determine el IME.
En ningún caso la empresa queda liberada de ninguna responsabilidad u obligación que
pueda ser aplicable conforme a las condiciones del contrato.
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11.2. Garantía.
Tanto en las reparaciones efectuadas como en la sustitución de piezas, el contratista
garantizará el correcto funcionamiento por un período mínimo de un año.
11.3. Responsabilidades.
En el caso en que se efectúen operaciones de mantenimiento inadecuados, que
provoquen daños en las instalaciones y equipos, la reparación correrá íntegramente por
cuenta del adjudicatario. Si los daños se produjeran por omisión o negligencia de las
operaciones necesarias de mantenimiento preventivo o normativo, la responsabilidad en
las reparaciones de daños correrá a cargo igualmente del adjudicatario.
12. ASESORAMIENTO
Igualmente es objeto del contrato el asesoramiento técnico en las siguientes materias:
� Seguridad de las instalaciones y de los inmuebles y adaptación a la normativa
vigente.
� Previsión y anticipación de posibles problemas, averías o incidencias graves en las
instalaciones.
� Propuestas de mejoras en el funcionamiento de los equipos, sistemas e
instalaciones y en las propias actuaciones de mantenimiento.
� Propuestas de optimización para un mejor aprovechamiento y rendimiento
económico de las instalaciones y de su eficiencia de funcionamiento.
� Propuestas de optimización para la mejora de la contratación y gestión de
contratos con compañías y empresas suministradoras (suministros energéticos,
agua).
� Análisis y previsión de costes de reposición de instalaciones y cuadros de
amortización.
� Solicitud de permisos y licencias.
� Preparación de presupuestos.
� Cualesquier otras tareas de gestión técnica necesarias para el adecuado
mantenimiento de los edificios.
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13. FACTURACIÓN
Se facturará mensualmente por servicio independientemente del cómputo total de horas
que resulte durante el periodo en cada instalación, que pueden variar según las
necesidades del servicio global.
Se facturará por instalaciones y a final de cada mes.
La factura deberá contener como mínimo:
- Factura cuyo concepto especifique la instalación y mes facturado.
- Cuadro/tabla resumen mensual en el que se indique las horas realizadas del mes en
concreto y por instalaciones.
- Partes de trabajo de cada servicio realizado en los centros en el que se indicará como
mínimo la fecha, nombre del trabajador, las horas y trabajos realizados. Este parte de
trabajo deberá estar sellado, identificado con nombre y apellidos y firmado por la
Dirección o persona responsable del IME.
Como corresponsales delegados de las instalaciones, los directores deberán conformar la
factura del servicio ejecutado.
La empresa adjudicataria dispondrá de un programa o una aplicación informática para
el control y seguimiento del mantenimiento y de cada uno de los operarios adscritos al
contrato en tiempo real.
Las funciones del programa o aplicación deberá contener como mínimo:
- Revisar y gestionar el inventario del equipamiento e instalaciones del
contrato.
- Soportar el desarrollo, seguimiento y control de los planes de los
procedimientos de mantenimiento preventivo.
- Gestionar las peticiones de los servicios de demanda, recibiendo las
solicitudes de los usuarios, registrándolas en el sistema y enviando al
responsable de su ejecución las Órdenes de Trabajo correspondientes.
- Planificar los trabajos susceptibles de ser programados de forma que
periódicamente se envía ésta a cada operario responsable de su
ejecución.
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- Realizar un seguimiento del estado de las Órdenes de trabajo de forma
que se pueda verificar su estado y los datos de fechas, tiempos de
respuesta, tiempos de resolución, horas empleadas, costes asociados,
responsable de ejecución.
- Registrar y analizar los consumos energéticos.
- Realizar los informes periódicos y/o excepcionales que puedan ser
solicitados para verificar el seguimiento de los servicios.
- Mantener la Base de Datos de todo el entramado de servicios a lo
largo de la duración del contrato.
Palma, 4 de agosto de 2016
Alberto Serna Benbassat
Jefe de Área de Mantenimiento y Obras
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ANEXO 1. Relación de instalaciones deportivas objeto del contrato
Código de
instalación
INSTALACIÓN
1 Palacio Municipal de Deportes (Son Moix)
√ Piscina
√ Pabellón
√ Gimnasio, salas fitness, etc.
2 Velódromo Son Moix
3 Vestuarios instalaciones exteriores Son Moix
4 Pistas exteriores multidisciplinaria: tenis, fútbol, etc. Son Moix
5 Parking Son Moix
6 Skate Park Son Moix
7 PM s’Estel
8 PM Antoni Servera
√ Piscina
√ Pabellón
9 PM Sant Agustí (Rudy Fernández)
10 PM Son Roca
11 PM Sant Jordi (Xavi Torres)
12 PM Son Ferriol (Marga Crespí)
13 PM Antoni Pizà
14 PM Es Viver
15 PM Secar de la Real
16 PM Son Oliva
17 PM de Llevant (Francesc de Borja Moll)
18 PM Joan Seguí
19 PM Son Cotoner
20 PM Josep Amengual
21 PM Can Baró
22 PM Verge de Lluc
23 PM Son Ferragut*
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* Actualmente no se realiza el servicio. El servicio se iniciará una vez abierta la instalación.
En el transcurso de este contrato, podrán tanto ampliarse como disminuirse el número de
instalaciones y servicio, según las necesidades del IME.
Las instalaciones se entienden como un complejo conjunto por lo que se incluyen los
vestuarios anexos, aseos, parking, pistas adjuntas, etc.
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ANEXO 2. NORMATIVA APLICABLE Y GUIAS DE REFERENCIA
� Decreto 53/1995 de 18 de mayo. Condiciones higiénico - sanitarias para las
piscinas de establecimientos de alojamientos turísticos y los de uso colectivo.
� Orden de 5 marzo 1996. Conocimientos a acreditar por el personal encargado de
las instalaciones en establecimientos turísticos y de las de uso colectivo.
� RD 374-2001, del 6 de Abril, sobre la protección y seguridad de los trabajadores
contra los riegos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
� RD 773-1997, del 30 de Mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud
relativas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individuales
(EPI’s).
� Criterios higiénico sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis (R.D.
865/2003).
� Guía para la prevención y el control de la proliferación y diseminación de
legionela en instalaciones según UNE 100030 IN de octubre de 2001.
� RD 742/2013 de 27 de septiembre por el que se establecen los criterios técnico-
sanitarios de las piscinas.
� RD 830/2010 capacitación tratamientos biocidas.
NORMATIVAS A APLICAR EN LAS DIFERENTES INSTALACIONES DE LOS EDIFICIOS
INSTALACIÓN
REGLAMENTOS
ORDENES Y/O REALES DECRETOS
FRECUEN
CIA
ENTIDAD
AUTORIZADA
FRECUEN
CIA
ENTIDAD
AUTORIZADA
Reglamento electroténico de baja tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias
RD 842/2002, de 2 de agosto
Anual Instalador autorizado
Bianual Entidad
inspección y control
Norma tecnológica de la edificación
NTE-IEB “Instalaciones de electricidad: baja
tensión”
Electricidad de baja
tensión
Norma tecnológica de la edificación
NTE-IEP “Instalaciones de electricidad:
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NORMATIVAS A APLICAR EN LAS DIFERENTES INSTALACIONES DE LOS EDIFICIOS
INSTALACIÓN
REGLAMENTOS
ORDENES Y/O REALES DECRETOS
FRECUEN
CIA
ENTIDAD
AUTORIZADA
FRECUEN
CIA
ENTIDAD
AUTORIZADA
puesta a tierra”
Depósitos de
gasóleo
Reglamento de instalaciones petrolíferas e Instrucciones
Técnicas Complementarias
(MI-IP03)
RD 1427/1997
( de 15/9/97)
5 años Instalador autorizado
10 años Empresa autorizad
a
Instalaciones de
climatización y A.C.S Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los
edificios ( RITE) e Instrucciones
Técnicas Complementarias
(ITE)
RD 1751/1998
( de 31/7/98),
modificado según
RD 1218/2002
y posteriores
Mensual para
algunas operacio
nes
Instalador autorizado
Suministro interior de agua
Criterios higiénico-sanitarios
para la prevención y control legionelosis
RD 909/2001 (
de 27/7/2001)
Diversa,dependiendo de
la instalació
n
Empresa inscrita
en el Registro de
la Comunida
d
Reglamentos de redes y acometidas
de combustibles gaseosos
Orden 18/11/74
Mensual
Empresa
mantenedora
Bianual
Instalador
autorizado
Reglamento de instalaciones de gas
en locales destinados a usos domésticos,
colectivos o comerciales
RD 1853/1993
( de 22/10/93)
Instalaciones gas
Reglamento de aparatos que utilizan
RD 494/88 (
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NORMATIVAS A APLICAR EN LAS DIFERENTES INSTALACIONES DE LOS EDIFICIOS
INSTALACIÓN
REGLAMENTOS
ORDENES Y/O REALES DECRETOS
FRECUEN
CIA
ENTIDAD
AUTORIZADA
FRECUEN
CIA
ENTIDAD
AUTORIZADA
gas como combustible
de20/5/88)
Normativa relativa a la climatización:
-Norma ITE 3 del vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), Real
Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
-Real Decreto 1826/2009 de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de
instalaciones térmicas en edificios, aprobado por R.D. 1027/2007 de 20 de julio.
-Reglamento Europeo Nº 842/2006 de 17 de mayo de 2006. Control del sistema frigorífico
de aquellos equipos que contengan determinados gases fluorados de efecto
invernadero.
-Ley 19/2006 de 17 de octubre, de Régimen Jurídico de las licencias integradas de
actividad de las Illes Balears.
-Instrucción MI.IF.13, Orden de 24 de enero de 1.978, por la que se aprueban las
Instrucciones Complementarias con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de seguridad
para plantas e instalaciones frigoríficas, Real decreto 3099/1977 de 8 de septiembre.
-Norma HE 4 sobre contribución solar mínima de agua caliente sanitaria, según
Documento Básico HE Ahorro Energía, establecido en el R.D. 314/2006 de 17 de marzo,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
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ANEXO 3: DOCUMENT DE COORDINACIÓ D’ACTIVITATS EMPRESARIALS
Empresa:
Adreça:
Senyor/ra:
Per complir l’RD 171/2004, de 30 de gener, pel qual es desenvolupa l'article 24 de la Llei
31/1995, de 8 de novembre, de prevenció de riscs laborals, en matèria de coordinació
d'activitats empresarials i en relació amb les activitats que us hem contractat us enviam la
següent documentació:
• riscs propis del centre de treball que puguin afectar les activitats desenvolupades pels contractes.
• mesures referides a la prevenció d’aquests riscs.
• instruccions d'actuació en cas d'emergència.
Abans de l'inici de les activitats ens haureu de proporcionar la següent informació relativa
a la vostra empresa, amb l'aportació dels documents corresponents i omplint el
qüestionari adjunt per complir les vostres obligacions en matèria de prevenció de riscs
laborals:
• avaluació de riscs i planificació de l'activitat preventiva de les tasques a realitzar per
a l'IME (obligatòriament en cd/dvd, format PDF).
• relació dels treballadors que acudiran a les instal·lacions (ap. A).
• responsable de seguretat i salut davant de l'IME (ap. A).
• modalitat elegida per a l'organització de la prevenció (ap. A).
• declaració expressa responsable del compliment de les obligacions en matèria
d'informació i formació respecte dels treballadors que hagin de prestar els seus
serveis als centres de treball de l'IME (ap. C).
• declaració expressa responsable que els treballadors compten amb un estat de
salut compatible amb les tasques a realitzar (ap. C).
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Camí de La Vileta, 40 (0713) Palma Tel. 971 281 870. Fax: 971 453 414 www.palmademallorca.es
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• llista dels riscs específics que la vostra empresa pot originar en el desenvolupament
de la seva activitat dins del centre de treball (ap. A).
• compromís d'informar l'IME sobre els accidents de treball que es produeixin com a
conseqüència dels riscs de les activitats concurrents (ap. B).
• compromís de comunicar tota situació d'emergència susceptible d'afectar la salut o
la seguretat dels treballadors de les empreses presents al centre de treball (ap. C).
• declaració expressa responsable, si s’escau, que han establert els mitjans de
coordinació necessaris entre el contractista i subcontractista (ap. A).
Aquesta informació s'ha d'actualitzar en el moment en què es produeixi un canvi en les
activitats contractades o d’altres canvis que siguin rellevants per a la prevenció i quan
s'hagi produït una situació d'emergència (ap. E).
Palma, a d de 2013
Atentament:
Lliurat: Rebut:
Nom: Nom:
Data i firma Data i firma
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A. QÜESTIONARI QUE S’HA DE TORNAR OMPLERT:
Nom i adreça de l'empresa:
Telèfon i persona de contacte:
Responsable de Seguretat i Salut davant de l'IME; telèfon de contacte:
Modalitat preventiva elegida, (marcau amb una x l'opció elegida):
Servei de prevenció propi
�
Servei de prevenció aliè
�
Treballador designat
�
Mateix empresari
�
D'altres (p.ex. autònoms o mancomunats. Especificar)
Recursos preventius, si s’escau:
Tasques que s’han de realitzar:
Centres de treball afectats:
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Durada de les tasques:
RELACIÓ DE TREBALLADORS QUE ACUDIRAN A LES INSTAL·LACIONS
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EQUIPS DE PROTECCIÓ
INDIVIDUAL QUE S’HAN
D’UTILITZAR (1)
TASQUES EN LES QUALS S’HAN D’UTILITZAR
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(1) AQUESTS EQUIPS DE PROTECCIÓ COMPLEIXEN LES CONDICIONS ESTABLERTES AL
REIAL DECRET 773/1997.
RELACIÓ D’EQUIPS DE TREBALL QUE S’HAN D’UTILITZAR A LES
INSTAL·LACIONS (1) MARCAT CE
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(1) AQUESTS EQUIPS COMPLEIXEN EL QUE DISPOSA EL REIAL DECRET 1215/1997.
RELACIÓ DE PRODUCTES QUÍMICS QUE S’HAN D’UTILITZAR A LES
INSTAL·LACIONS
FITXA DADES
SEGURETAT (1)
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(1) S'HA D'INDICAR SI DISPOSEN DE LA FITXA DE DADES DE
SEGURETAT DEL PRODUCTE.
RISCOS ESPECÍFICS QUE PODEN GENERAR OBSERVACIONS
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MITJANS DE COORDINACIÓ ESTABLERTS, SI S’ESCAU
Declar que:
• Els treballadors abans esmentats han rebut la informació i la formació de riscs del lloc de treball (ap. C).
• Els treballadors esmentats compten amb un estat de salut compatible amb les tasques que han de realitzar (ap. C).
• Informaré l'IME sobre els accidents de feina que es produeixin com a conseqüència dels riscs de les activitats concurrents (ap. B).
• Comunicaré tota situació d'emergència susceptible d'afectar la salut o la seguretat dels treballadors de les empreses presents al centre de treball (ap. C).
• Comunicaré els possibles riscs detectats als centres de treball (ap. D).
• Actualitzaré aquesta informació quan es produeixin canvis en les activitats contractades o d’altres canvis que siguin rellevants per a la prevenció i quan es produeixi una situació d'emergència (ap. E).
Declar la veracitat de totes les dades contingudes en aquest document
Emplenat per Càrrec que ocupa Data Firma i
segell
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ANEXO 4:
B. COMUNICAT D'ACCIDENTS DE TREBALLADORS DE LES CONTRACTES
Qui subscriu
Càrrec
Empresa
Comunic que s'ha produït un accident laboral i d'acord amb l'establert a l’RD
171/2004, en matèria de coordinació d'activitats empresarials, així us ho faig saber
Data accident Instal·lació
Dades de
l’accident
Descripció de
l’accident
Causes que
l’originaren
Mesures
adoptades
En cas de necessitar qualsevol aclariment podeu contactar amb el coordinador
d'activitats empresarials, al telèfon 971 28 18 70 (ext. 4233)
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Declar la veracitat de totes les dades contingudes en aquest document
Emplenat per Càrrec que ocupa Data Firma i
segell
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ANEXO 5:
D. COMUNICAT DE RISCS DETECTATS PER LES CONTRACTES
1. DADES DE L'EMPRESA
NOM O RAÓ SOCIAL PERSONA DE CONTACTE
DOMICILI SOCIAL CÀRREC
TELÈFON DE CONTACTE TELÈFON DE CONTACTE
ACTIVITAT PRINCIPAL CNAE
2. DESCRIPCIÓ DEL RISCS DETECTATS
3. LLOC O CENTRE DE TREBALL
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Declar la veracitat de totes les dades contingudes en aquest document
Emplenat per Càrrec que ocupa Data Firma i
segell
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ANEXO 6:
E. COMUNICACIÓ DE CANVIS EN LA DOCUMENTACIÓ APORTADA PER LES
CONTRACTES
Qui subscriu
Càrrec
Empresa
Comunic que s'han produït els següents canvis en les dades aportades per complir
les obligacions en matèria de prevenció de riscs laborals:
Modificacions de les dades aportades en matèria preventiva Data última
aportació
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segell
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