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MÓDULO 1: LA TUTELA Y PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO
1.- La tutela del P.H. y su evolución1.1.- El ámbito internacional1.2.- La tutela del P.H. en España. El reparto de competencias.1.3.- La tutela del P.H. en las comunidades autónomas:
transferencia competencial, la tutela del P.H. en Andalucía, las leyes de 1991 y 2007 y sus figuras de protección.
1.4.- La Administración Autonómica y su estructura: órganos ejecutivos y consultivos.
2.- La protección del P.H.2.1.- El conocimiento: Los inventarios y catálogos2.2.- La protección del P.H. en la LPHE: niveles de protección, los
BIC y su tipología, el Patrimonio Arqueológico, la implicación arqueológica de los BIC.
2.3.- La protección del P.H. en Andalucía: niveles de protección, los bienes catalogados, el Patrimonio Arqueológico y sus figuras de protección
PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO. 2009-2010
DEFINICIÓN: LA TUTELA DE LOS BIENES CULTURALES SERÍA LA AUTORIDAD QUE AMPARA A LOS BBCC PARA SU MEJOR
RENDIMIENTO SOCIAL Y LOS DEFIENDE FRENTE A SU POSIBLE DAÑO, DETERIORO O DESAPARICIÓN
- Naturaleza administrativa y cuerpo jurídico del PATRIMONIO: primera mitad del siglo XX
DOCUMENTOS EN ÁMBITO INTERNACIONAL:
- Desde el punto de vista jurídico los documentos pueden ser:
- ORIENTATIVOS (recomendaciones, cartas, resoluciones)- OBLIGATORIOS O VINCULANTES (legislaciones)
- Tres organismos internaciones principales
- UNESCO- CONSEJO DE EUROPA- UNIÓN EUROPEA
UNESCO
- Origen en la COMISIÓN INTERNACIONAL DE COOPERACIÓN INTELECTUAL(US – Sociedad de Naciones)
Oficina Internacional de Museos
Instituto de CooperaciónIntelectual
1931 Conferencia de Atenas:CARTA DE ATENAS
- Legislación en materia de protección y conservación de monumentos
- Principios de restauración y estudio comparativo doctrinas- Degradación paso del tiempo y agentes atmosféricos- Materiales y procedimientos técnicos- Importancia del entorno de los monumentos- Traslados- Utilización de los monumentos
UNESCO
United Nations Educational, Scientific and CulturalOrganization – Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
- Creada Tras II Guerra Mundial – 1946 – dentro de la ONU- Sede en París- Ayuda de organizaciones internacionales no gubernamentales:
- Organiza (1957) el Centro Internacional de Estudios para la Conservación y la Restauración de los Bienes Culturales (ICCROM), con sede en Roma
Oficina Internacional de Museos (ICOM)
Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS)
(cont.)
La UNESCO
en materia de PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO:
1956: Firma de la recomendación sobre los “Principios Internacionales quedeberán aplicarse a las excavaciones arqueológicas”
- Aparece por 1ª vez expresión “Patrimonio Arqueológico”- Definición de “excavación arqueológica”- Recomendación de creación de “Servicios de Arqueología”- Dejar yacimientos en reserva. Conservación de testigos- Necesidad de autorización, vigilancia e inspección en las labores
de excavación y “exploración”- redacción de reglamentos con las condiciones para la concesión
de dichas autorizaciones- Preocupación por el expolio y el comercio ilegal
1984: Dentro de ICOMOS se crea el Comité Internacional para la Gestióndel Patrimonio Arqueológico (ICAHM) – necesidad de documento
1990: Se aprueba la “Carta para la protección y la gestión del PatrimonioArqueológico”
- Importancia de la gestión preventiva- Coherencia con políticas de planeamiento
CONSEJO DE EUROPA
- Creado en 1949- Compuesto por: una Asamblea de Parlamentarios
un Comité de Ministros
- España miembro de pleno derecho desde 1977
- Cuatro comités para cuestiones referentes a PH- Redactan recomendaciones- Elevan las recomendaciones a categoría de “Proyecto de Convención”- El primer documento en materia de cultura:
- Convenio Cultural Europeo de 1954
-Otras reuniones de los comités para aspectos concretos:- 1985: Mecenazgo privado- 1985: Infracciones contra los BBCC- 1988: Circulación internacional de obras de arte- etc.
- “Convenio Europeo para la Protección del Patrimonio Arqueológico”- Redactado en 1969- Adoptado en España en 1975- Revisado en 1992
- Recomendaciones intermedias (1969-1992):- 1978 y 1985: Patrimonio Cultural Subacuático.- 1979: Arqueología Industrial- 1981: empleo detectores de metales- 1989: Conservación del Patrimonio arqueológico en el contexto del planeamiento urbano y rural
(cont.)
EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA/AUTONÓMICA SON ASPECTOSINCORPORADOS CON MUCHO RETRASO (v.g. LPHA 2007)
CONSEJO DE EUROPA
LA UNIÓN EUROPEA
Consejo de Ministros de Cultura de la CE
- 1986: “Resolución de Conservación de Obras de Arte y Objetos deInterés Cultural e Histórico”
- 1988: “Resolución sobre Conservación del Patrimonio Arquitectónicoy Arqueológico”
- 1992: Tratado de Maastricht (compromiso de la UE en materia de Cultura)
PATRIMONIO DE LA HUMANIDADDeclaraciones de “Patrimonio Mundial Cultura y Natural”
- Figura desarrollada por la UNESCO fin década ’60
- Convención de París de 1972: compromiso internacional (actualización anual: “Orientaciones para la Aplicación de la Convención de París de 1972”)
- Ciudades Patrimonio de la Humanidad- Québec 1991: “Coloquio Internacional de las Ciudades Patrimonio de
la Humanidad” “Declaración sobre la protección delos conjuntos históricos urbanos”
Red de ciudades Patrimonio de laHumanidad
“Para lograr que una ciudad española obtenga la denominación de Patrimonio de la Humanidad es preciso que el Ministerio de Educación y Cultura, por medio del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (ICRBC), dependiente de la Dirección
General de Bellas Artes y Restauración de Bienes Culturales, en colaboración con las administraciones de cultura de las Comunidades Autónomas, eleve la propuesta a la
UNESCO. Dicho organismo solicita la colaboración del ICOMOS, cuyos expertos actúan con absoluta libertad de criterio a la hora de elaborar un dictamen sobre todas las propuestas
recibidas cada año. Si bien dicho informe no es vinculante, la decisión final, que depende de múltiples factores, está en buena medida condicionada por él”. (Morales, 1996, 20).
Bienes “INTEGRANTES” del Patrimonio de la Humanidad
- MONUMENTOS
- CONJUNTOS- Urbanos:
- “Ciudades muertas”- “Ciudades históricas”
- ciudades típicas- ciudades de carácter evolutivo modélico- centros históricos- barrios o sectores históricos
- “Ciudades nuevas”
- SITIOS- Paisajes culturales:
- Paisaje concebido- Paisaje evolutivo- Paisaje asociativo
Criterios de selección del Patrimonio Cultural (vid. artículo de De Prada, PH17):
1. Constituir una obra maestra del genio creador del hombre2. Testimoniar un intercambio considerable de influencias, en un periodo dado, o en un área cultural determinada, sobre el desarrollo de la arquitectura, las artes monumentales, el planeamiento urbano o la creación de paisajes.3. Aportar un testimonio único, o al menos excepcional, de una tradición cultural o de una civilización viva desaparecida4. Ofrecer un ejemplo eminente de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico, o de paisaje, que ilustre un período significativo de la historia humana5. Constituir un ejemplo sobresaliente de establecimiento humano, o de ocupación de un territorio, representativos de culturas tradicionales, sobre todo cuando son vulnerables a mutaciones irreversibles6. Aparecer directamente o materialmente asociado a acontecimientos o tradiciones vivas, ideas, creencias u obras artísticas y literarias que tengan significación única excepcional
Los diez Criterios del Patrimonio Cultural y Natural:
1. Constituir una obra maestra del genio creador del hombre2. Testimoniar un intercambio considerable de influencias, en un periodo dado, o en un área cultural determinada, sobre el desarrollo de la arquitectura o tecnología, las artes monumentales, el planeamiento urbano o la creación de paisajes.3. Aportar un testimonio único, o al menos excepcional, de una tradición cultural o de una civilización viva desaparecida4. Ofrecer un ejemplo eminente de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje, que ilustre período/s significativo/s de la historia humana5. Constituir un ejemplo sobresaliente de establecimiento humano, o de ocupación de un territorio o medio acuático, representativos de culturas, o de interacción humana con el medio ambiente especialmente cuando son vulnerables a mutaciones irreversibles6. Aparecer directamente o materialmente asociado a acontecimientos o tradiciones vivas, ideas, creencias u obras artísticas y literarias que tengan significación única excepcional
7. Contener fenómenos naturales únicos o áreas de excepcional belleza e importancia estética8. Constituir ejemplos sobresalientes representativos de las principales etapas de la historia de la Tierra, incluyendo el origen de la vida, procesos geológicos activos significativos para el desarrollo de las formas terrestres, así como características geomorfológicas y fisiográficas9. Constituir ejemplos sobresalientes de procesos activos ecológicos o biológicos en la evolución y desarrollo de los ecosistemas y comunidades de plantas y animales, ya sean terrestres, fluviales, costeros o marinos10. Contener los más importantes y significativos hábitats naturales para la conservación in situ de la diversidad biológica, incluyendo aquellos que contienen especies amenazadas de valor universal sobresaliente desde el punto de vista de la ciencia o la conservación
Otros bienes sometidos a evaluación:
Centro Histórico deTrujillo
Complejo Arqueológico de Pachacamac
El Camino Inca: sistema estatal de comunicaciones y transportes denominado “Qhapac Ñan”
Centro Histórico de Cajamarca
Lago Titicaca
whc.unesco.org
Ante la degradación de los bienes o la pérdida de los valoresQue los hicieron merecedores de la declaración:
- Programas de vigilancia preventiva: en 2008 Machu Pichu, Bordeaux,Samarcanda, etc.
- Inscripción en la Lista de Bienes en Peligro: llamada de atencióna la comunidad internacional sobre el estado del bien
- Eliminación de la Lista de Bienes Patrimonio de la Humanidad
- 2007: Santuario del Órix árabe (Omán): reducción del áreaprotegida para prospecciones búsqueda hidrocarburos
- 2009: Dresde y valle del Elba: construcción de un puenteelevado
…ICOMOS informa negativamente el proyecto de la Torre Cajasolen Sevilla…
LA PROTECCIÓN DEL PH EN ÁMBITO ESPAÑOL
- Primeros intentos – s. XVIII
Creación de las Reales Academias
1738 Real Academia de la Historia
1752 Real Academia de BellasArtes de San Fernando
1779: Real Orden que impedía la exportación de objetos artísticos antiguoso de autores fallecidos, libros o manuscritos antiguos de escritores españoles
- Siglo XIX
Real Orden de 1779 reiterada en normativas posteriores: 1801, 1836 y 1837
1844: Creación de las Comisiones de Monumentos (provinciales) y unaComisión Central
1900: Centralización de competencias en materia de PH en la DirecciónGeneral de Bellas Artes
- Siglo XX:
1911: Ley de Excavaciones Arqueológicas
1915: Ley de Conservación de Monumentos Histórico-Artísticos
1926: Ley sobre el Tesoro Artístico Nacional (catalogación PH)
1933: Ley Patrimonio Artístico Nacional (reglamento 1936)
Modificaciones parciales: 1955: Prohibición de los usos inadecuados al valor y
significación de los monumentosDecretos ampliación objeto de la Ley:
1949: Protección de los castillos1963: Protección de escudos, emblemas, piedras
heráldicas, cruces de término, etc.
1985: LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO ESPAÑOLCompletada por Real Decreto de 1986
LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO ESPAÑOL DE 1985 (LPHE1985)
La LPHE consta de un Preámbulo, un Título Preliminar y otrosnueve títulos que abordan los diferentes aspectos:
I. De la declaración de Bienes de Interés Cultural.II. De los bienes inmuebles.III. De los bienes muebles.IV. Sobre la protección de los bienes muebles e
inmuebles.V. Del Patrimonio Arqueológico.VI. Del Patrimonio Etnográfico.VII. Del Patrimonio Documental y Bibliográfico y de los
Archivos, Bibliotecas y Museos.VIII. De las medidas de fomento.IX. De las infracciones administrativas y sus sanciones.
SÍNTESIS:
Normativa vigente en nuestro país en materia de Patrimonio/Bienes Culturales:
- Normas de carácter internacional (pasan a formar parte de lalegislación nacional del país que las suscribe)
- LPHE (1985) + Ley Patrimonio Nacional (1982 y Reglamentode 1987)
- Leyes autonómicas y normativas de vigencia en las CC.AA.
LA PROTECCIÓN DEL PH: NIVELES E INSTRUMENTOS
- La importancia del CONOCIMIENTO para poderPROTEGER y CONSERVAR:
- Los inventarios (GRADO MEDIO)
- Los catálogos (GRADO MÁXIMO)
QUÉ, DÓNDE Y CÓMO DEBE CONSERVARSE UN BIEN
Conocimiento Protección
BIENES INTEGRANTES: todo el PATRIMONIO(ni inventariados ni catalogados)
BIENES INVENTARIADOS - INVENTARIOS (sólo muebles)
BIENES DE INTERÉS CULTURAL (BIC) - CATÁLOGOS(protección jurídica)
Niveles de protección según la LPHE1985
GRADO BÁSICO: Bienes sin declaración
GRADO MEDIO:Bienes inscritos o declarados
GRADO MÁXIMOBienes declarados con el máximo nivel
DENOM. DOCUM. DENOM. DOCUM. DENOM. DOCUM.
Ley del PHE (1985)
Bienes integrantes
- Bienes inventariados (muebles)
Inventario General de Bienes muebles
Bienes de Interés Cultural (BIC)
Registro General de BIC
Ley PH Castilla-La Mancha (1990)
Bienes integrantes
- Bienes inventariados (muebles)
Inventario Bienes de Interés Cultural (BIC)
Registro
Ley del PC Vasco (1990)
- - Bienes inventariados
Inventario General de BB.CC.
Bienes calificados
Registro de BB.CC. calificados
Ley PH Andaluz(1991)
Bienes integrantes
- Bienes catalogados con Inscipción Genérica
Catálogo único: CGPHA
Bienes catalogados con Inscripción Específica(y BIC)
Catálogo único: CGPHA
Ley PH Andaluz(2007)
Bienes integrantes
Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz
Bienes de Catalogación General
CGPHA Bienes de Interés Cultural (BIC)
CGPHA
Ley PC Catalán(1993)
Bienes integrantes
- Bienes muebles Catalogados o Bienes de Interés Local (o inmuebles)
Catálogo del Patrimonio Cultural catalán
Bienes Culturales de Interés Nacional
Registro
Ley PC Galicia(1996)
- - Bienes inventariados
- Bienes de Interés Cultural (BIC)
Registro
Bienes Catalogados
Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia
La LPHE (art. 14.1) establece cinco categorías para los bienes inmuebles inscritos de manera específica:
Monumentos: “constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o colosal”.
Jardín Histórico “es el espacio delimitado, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica, y estimado de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos”.
Conjunto Histórico “es la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso o disfrute para la colectividad”. Asimismo se puede considerar Conjunto Histórico “cualquier núcleo individualizado de inmuebles comprendidos en una unidad superior de población que reúna esas mismas características y pueda ser claramente delimitado”.
Sitio Histórico “es el lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras del hombre, que posean valor histórico, etnológico, paleontológico o antropológico”.
Zona Arqueológica define el “lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie, en el subsuelo o bajo las aguas territoriales españolas”.
PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO(Según la LPHE)
INCOACIÓN
- Suspensión de licencias- Suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas
EXPEDIENTE DE DECLARACIÓN:
- Descripción del bien.- Entorno afectado por la declaración- Partes que integran el bien a declarar
- Registro de Bienes de Interés Cultural (MEC)- Plan Especial de Protección (u otros instrumentos previstos por la política
urbanística) por parte del municipio- Condiciones a los propietarios (inspección, investigación y visita pública)
ZONAS ARQUEOLÓGICAS
GRADO BÁSICO: Bienes sin declaración
GRADO MEDIO:Bienes inscritos o declarados
GRADO MÁXIMOBienes declarados con el máximo nivel
DENOM. DOCUM. DENOM. DOCUM. DENOM. DOCUM.
Ley del PHE (1985)
Bienes integrantes
- Bienes inventariados (muebles)
Inventario General de Bienes muebles
Bienes de Interés Cultural (BIC)
Registro General de BIC
Ley PH Castilla-La Mancha (1990)
Bienes integrantes
- Bienes inventariados (muebles)
Inventario Bienes de Interés Cultural (BIC)
Registro
Ley del PC Vasco (1990)
- - Bienes inventariados
Inventario General de BB.CC.
Bienes calificados
Registro de BB.CC. calificados
Ley PH Andaluz(1991)
Bienes integrantes
- Bienes catalogados con Inscipción Genérica
Catálogo único: CGPHA
Bienes catalogados con Inscripción Específica(y BIC)
Catálogo único: CGPHA
Ley PH Andaluz(2007)
Bienes integrantes
Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz
Bienes de Catalogación General
CGPHA Bienes de Interés Cultural (BIC)
CGPHA
Ley PC Catalán(1993)
Bienes integrantes
- Bienes muebles Catalogados o Bienes de Interés Local (o inmuebles)
Catálogo del Patrimonio Cultural catalán
Bienes Culturales de Interés Nacional
Registro
Ley PC Galicia(1996)
- - Bienes inventariados
- Bienes de Interés Cultural (BIC)
Registro
Bienes Catalogados
Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia
LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO ESPAÑOL – 1985
LEYES AUTONÓMICAS EN MATERIA DE PATRIMONIO:
- CASTILLA – LA MANCHA: 1990- PAÍS VASCO: 1990- ANDALUCÍA: 1991, 2007- CATALUÑA: 1993- GALICIA: 1996- MADRID: 1998- BALEARES: 1998- CANARIAS: 1999- EXTREMADURA: 1999- LA RIOJA: 2004
PRINCIPALES NOVEDADES CONCEPTUALES DE LA LPHA2007 CON RESPECTO A LPHA1991:
?Programas de eliminación de contaminación visual? Importancia de la inclusión de instrumentos de protección en las
políticas urbanísticas y planes de ordenación urbana?Control de los medios de detección arqueológica a fin de que
se ajusten a la legalidad? Importancia de las relaciones con el territorio, el paisaje y el
entorno natural. Valor del entorno en las declaraciones? Individualización del Patrimonio industrial ?Posibilidad de ampliación del alcance de intervenciones
preventivas por objetivos científicos con fondos públicos?Reforzamiento de las colecciones y el patrimonio documental
andaluz?Valoración del Patrimonio como recurso cultural y turístico?Paridad de género en las instituciones vinculadas a la gestión y
tutela del Patrimonio
LEGISLACIÓN ANDALUZA: Protección
-GRADO MÍNIMO DE PROTECCIÓN: BIENES INTEGRANTES RECOGIDOS EN EL INVENTARIO DE BIENES RECONOCIDOS DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ANDALUZ
- GRADO MEDIO: BIENES CATALOGADOS CON INSCRIPCIÓN GENÉRICA
- GRADO MÁXIMO:
CATÁLOGO GENERALDEL PATRIMONIOHISTÓRICOANDALUZ (CGPHA)
Es conveniente conocer la antigua nomenclatura de 1991 porque sigue
vigente en bienes ya declarados
¡¡¡¡NOVEDAD!!!!! LPHA2007
GENERAL
BIENES CATALOGADOS CON INSCRIPCIÓN ESPECÍFICA (Y BIC)
ZONA PATRIMONIAL DE LOS ALCORES (SEVILLA)
Zona Patrimonial: “La fuerte relación del patrimonio con el territorio, así como las influencias recíprocas existentes, está presente en cada una de estas figuras, pero se hace patente de un modo mucho más intenso en la Zona Patrimonial. Aquí el territorio articula un sistema patrimonial integrado, en el que coexisten bienes de distinta naturaleza y cronología, unidos indisolublemente a los valores paisajísticos y ambientales existentes”(LPHA 2007, exposición de motivos, pto. IV).
COMO CATEGORÍAS, ADEMÁS DE LAS YA CONOCIDAS DE: MONUMENTO, JARDÍN HISTÓRICO, SITIO HISTÓRICO, CONJUNTO HISTÓRICO Y ZONA ARQUEOLÓGICA SE INCLUYEN:
LUGAR DE INTERÉS ETNOLÓGICO
ZONA PATRIMONIAL
ZONA DE SERVIDUMBRE ARQUEOLÓGICA
“los espacios claramente delimitados en los que se presuma fundadamente la existencia de restos de interés y se considere necesario tomar medidas precautorias”ESTA CATEGORÍA DEBE SER TAMBIÉN TENIDA EN CUENTA EN LOS PLANEAMIENTOS URBANÍSTICOS
DESDE EL PUNTO DE VISTA INSTITUCIONAL:
- ESPACIOS CULTURALES:
- ENCLAVES ARQUEOLÓGICOS
- CONJUNTOS CULTURALES (ARQUEOLÓGICOS)
- PARQUES CULTURALES
RED DE ESPACIOS CULTURALES DE ANDALUCÍA (RECA)
Conjunto Monumental Alcazaba de AlmeríaAlmería
Conjunto Arqueológico de Baelo-ClaudiaTarifa(Cádiz)
Conjunto Arqueológico Madinat al-ZahraCórdoba
Patronato de la Alhambra y GeneralifeGranada
Conjunto Arqueológico Dólmenes de Antequera (2) (El Romeral y Menga/Viera)Antequera (Málaga)
Conjunto Arqueológico de CarmonaCarmona(Sevilla)
Conjunto Arqueológico de ItálicaSantiponce(Sevilla)
Yacimiento Arqueológico Los MillaresSanta Fe de Mondújar(Almería)
Yacimiento Arqueológico CarteiaGuadarranque. San Roque(Cádiz)
Yacimiento Arqueológico Doña BlancaEl Puerto de Santa María(Cádiz)
Yacimiento Arqueológico CercadillaCórdoba
Yacimiento Arqueológico Castellón AltoGalera(Granada)
Teatro Romano de MálagaMálaga
San Isidoro del CampoSantiponce(Sevilla)
Dólmenes de la Pastora y Matarrubilla(Valencina, Sevilla)
Baños Árabes de Ronda(Málaga)
CONJUNTOS (CULTURALES) + ENCLAVES = RECA
BIBLIOGRAFÍA:
GARCÍA FERNÁNDEZ, J. (2008): Estudios sobre el derecho del patrimonio histórico, Madrid [Colegio de Registradores].
GUTIÉRREZ ROBLEDO, J. L. (ed.) (2004): Del ayer para el mañana. Medidas de protección del patrimonio, Valladolid [Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León].
LAYTON, R.; STONE, P.G. y THOMAS, J. (eds.) (2001): Destruction and Conservation of Cultural Property, Abingdon [Routledge].
FERNÁNDEZ NARANJO, J.A. (1995): “Método de intervención y procesode tramitación de las actuaciones en elementos de PH de Andalucía”, PH, 11.
QUEROL, Mª A. y MARTÍNEZ DÍAZ, B. (1996): La gestión del patrimonio arqueológico en España, Madrid [Alianza Editorial].
BIBLIOGRAFÍA:
- CARRERA, G. y DIETX, G. (Coords.) (2005): Patrimonio inmaterial yGestión de la diversidad, Cádiz (Junta de Andalucía).
- FERNÁNDEZ NARANJO, J.A. (1995): “Método de intervención y procesode tramitación de las actuaciones en elementos de PH de Andalucía”, PH, 11.
- GUTIÉRREZ ROBLEDO, J. L. (ed.) (2004): Del ayer para el mañana. Medidas de protección del patrimonio, Valladolid.
- NAFZIGER, J. A. y SCOVAZZI, T. (eds.) (2008): Le patrimoine culturel de l’humanité. The Cultural Heritage of Mankind, Leiden
- QUIROSA GARCÍA, V. (2008): Evolución de la tutela de los bienes culturales muebles en España: s. XVIII - s. XXI, Granada
- SALMERÓN ESCOBAR, P. ET ALII (coords.) (2003): Repertorio de textosInternacionales de Patrimonio cultural, Granada (Junta de Andalucía).
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