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LEY 911 DE 2004

RESPONSABILIDAD ÉTICO-LEGAL

EN LA ADMINISTRACIÓN DE

MEDICAMENTOS.

Flor Matilde Álvarez de Castillo

Enfermera - Abogada

TEMARIO

Definición de términos

Administración de medicamentos

Legislación y características medicamentos

Prescripción verbal – Protocolos.

Clases de error.

Responsabilidad ético-legal

Conclusiones

¿QUE ES UN MEDICAMENTO?

Es aquel preparado farmacéutico obtenido a partir de principios activos, presentado bajo forma farmacéutica, se utiliza para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación o rehabilitación de la enfermedad. Los envases, rótulos, etiquetas y empaques hacen parte integral del medicamento, estos garantizan su calidad, estabilidad y uso adecuado.

PRINCIPIO ACTIVO

Definición: Mezcla de compuestos químicos que tienen una acción

farmacológica.

Farmacocinética: Estudio de la cinética

de los procesos de

absorción, distribución,

biotrasformación y

excreción de los

medicamentos.

Interacciones: influencia que tiene un medicamento, alimento u otra

sustancia sobre el comportamiento o la eficacia de otro medicamento.

Farmacodinámica:

Metabolismo

entropía, sinergia,

asimilación.

Definición: Es un proceso permanente,

activo, interdisciplinario, único y

preferencial que está bajo la

responsabilidad del profesional en

enfermería, cuando ejecuta el acto

médico de prescripción de

medicamentos. Sustentado en los

Protocolos.

ADMINISTRACIÓN MEDICAMENTOS

ACCIÓN-ENFERMERÍA

Se da a partir del acto de cuidado de enfermería: Juicio de valor, proceso dinámico participativo de identificación, prioridad de necesidades, por lo tanto se decide el plan de cuidado de enfermería. Art. 3 Ley 911 de 2004

ADMINISTRACIÓN MEDICAMENTOS

Médico tratante

(Prescribe)

Art. 19 s.s

Farmacéutico

(Unidosis)

Art 19 s.s

Paciente

(Recibe medicamentos)

Art. 11-16

Familia

(Apoyo - Ambulatorio)

Art. 17

Nutricionista

(Dieta)

Art. 19 s.s

Administración

(Faltantes

medicamentos)

Art. 5 parágrafo

Enfermera - Enfermera

(Datos de interés)

Art. 19 s.s

COMUNICACIÓN

CAOS

LEGISLACIÓN - MEDICAMENTOS

Políticas estatales de calidad (garantizando la disponibilidad de medicamentos) precios, ratificadas en políticas que sugieren la OMS/OPS.

Decreto 2200 de2005 del Min. Protección Social (“Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones”).

Ley 911 de 2004: Art. 5 parágrafo, 8- 11-13-22-23-35.

CARACTERÍSTICAS

PRESCRIPCIÓN

Artículos 13 y 22 Ley 911 de 2004

Escrita

Legible

Actualizada

Correcta

PRESCRIPCIÓN VERBAL

Las prescripciones verbales deben formar parte de

los protocolos de los servicios

Sólo en caso de

emergencias Deje registrado en la

Historia clínica

(Fecha-hora – médico

-medicamento)

Art. 35

No acepte si es

de medicamentos

estupefacientes,

antineoplásicos o

medicamentos

de alto riesgo.

Esta orden debe ser ratificada

por el médico hospitalario

y por el médico tratante

antes de 12 horas.

Ejecutada inmediatamente

y no se puede repetir

salvo previa ratificación

por el médico tratante.

PROTOCOLOS

1. Adaptarlos a la realidad sanitaria.

2. Establecer la responsabilidad de quién administra los medicamentos (Profesional auxiliar. Art. 8 Ley 911 de 2004).

3.Establecer los medicamentos administrados por profesionales-médicos

3.1. Medios de contraste

3.2 Sustancias radioactivas.

3.3 Transfusión de sangre y sus derivados.

4. Establecer los correctos en la administración.

5. Establecer medidas preventivas en reacciones alérgicas.

CLASES DE ERROR

Definición: Es cualquier

evento adverso

previsible que puede ser

causado a una persona,

como consecuencia de

una acción u omisión en

la utilización inadecuada

de un medicamento

cuya responsabilidad

corresponde a la orbita

del personal en salud.

ESTADÍSTICA ADMON

MEDICAMENTOS

Mala praxis. Como segundo factor de queja.

ERRORES MÁS FRECUENTES

Técnica aséptica

(EV, IM, SUB, INTD Error en la dosis

(Cambio laboratorio)

Error en la prescripción

(Vía, dosis y horario)

Paciente

(Homónimo)

Exceso de confianza

(Vitamina K,

Adrenalina)

Caducidad

Técnica incorrecta

Precaución - alergias

Factor emocional

-interrupciones

enfermería

RESPONSABILIDAD:

HABILIDAD DE DAR RESPUESTA

CONOCIMIENTO HABILIDAD ACTITUD

DILIGENCIA

PRUDENCIA

PERICIA

EFECTOS LEGALES

RESPONSABILIDAD

Médico - enfermería Estado Colombiano

EPS, IPS,

Minsalud,

Entidades Empleadoras

Coop. Trabajo

asociado

Paciente (Usuario) Cada Profesional

(Motivación,

Conocimiento,

Meta).

RESPONSABILIDAD

ÉTICA

LEY 911 DE 2004

ESTATUTO

DEONTOLÓGICO

PROFESIONAL

Principios

Responsabilidades

CULPA

NO DOLO

*Imprudencia

*Negligencia

*Impericia

*Inobservancia

de protocolos

y estatuto

deontológico

profesional

Violación del deber

objetivo

de cuidado

Responsabilidad Generadores

de culpa

Mínimos éticos

Conducta del

profesional

Responsabilidad

Conducta

profesional

Nexo causal

Daño causado

“Me confundí de

medicamento-dosis”

Administra el

Medicamento

con error

Causa muerte

Estado de coma

Shock anafiláctico

Lesiones físicas

motoras permanentes

Art. 43, 44,48 Ley 911 de 2004

RESPONSABILIDAD

ÉTICA

LA ENFERMERA ACUCIOSA,

PREPARADA, TÉCNICA Y

CIENTÍFICAMENTE, ES VITAL

PARA LA DETECCIÓN, REGISTRO

Y REDUCCIÓN DE LOS ERRORES

EN LA ADMINISTRACIÓN DE

MEDICAMENTOS

CONCLUSIONES

EL TÍTULO DE ENFERMERÍA TIENE

UN SOLO NOMBRE, ES EL SUYO;

ESTE NOMBRE ES EL RESPONSABLE

DE SU ACTUAR.

CONCLUSIONES

TRIBUNAL DEPARTAMENTAL ÉTICO DE

ENFERMERÍA

Teléfono: 2493586

Dirección: Cra 6 No. 67-09 Of.103

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