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““La responsabilidad de tener derechos”La responsabilidad de tener derechos”

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓNINTEGRAL A LA FAMILIA

ABG. ALBA CASANOVA

SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTEDEL ADOLESCENTE

Características esenciales del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente

Características esenciales del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente

1) Los menores de 18 años y mayores de 12 son

responsables penalmente.

2) A estos adolescentes sólo se les exige responsabilidad

penal por las consecuencias de hechos que siendo

típicos antijurídicos y culpables significan un crimen

falta o contravención.

3) A los adolescentes en conflictos con la ley penal se les

imponen medidas socioeducativas siendo la privación de

libertad excepcional.

4) Niñ@s hasta 11 años son inimputables e irresponsables

penalmente, sus actos delictivos sólo acarrean medidas

de protección dictadas por el Consejo de Protección del

Niño, Niña y Adolescente.

TITULO V

SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDADDEL ADOLESCENTE

TITULO V

SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDADDEL ADOLESCENTE

DEFINICIONDEFINICION

“El sistema penal de responsabilidad del adolescente es el conjunto de órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales incurran, así como de la aplicación y control de las sanciones correspondientes”

(Art. 526 LOPNNA)

INTEGRANTESINTEGRANTESINTEGRANTESINTEGRANTES

El sistema penal de responsabilidad del adolescente

f) Programas y entidades de atención

a) La Sección del Adolescente del Tribunal Penal

b) Sala Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

c) Ministerio Público

d) Defensores Públicos

e) Policía de Investigación

RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTERESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE

El adolescente que incurra en la comisión de hechos punibles responde por el hecho en la medida de su culpabilidad, de forma diferenciada del adulto. La diferencia consiste en la jurisdicción especializada y en la sanción que se le impone.

(Art. 528 LOPNA)(Art. 528 LOPNA)

ÁMBITO DE APLICACIÓN

12 – 17años

También se aplicara el régimen penal de adolescentes a aquellas personas que durante el proceso alcancen los 18 años o a quienes para la fecha de la acusación hayan cumplido la mayoría de edad.

EDAD PARA EL MOMENTO

DE LA COMISIÒN DEL DELITO

Art. 534

Error en laedad

Art. 535

Interpretación y aplicación

Si en el transcurso delprocedimiento se determinaque la persona es mayor de 18 años para la fecha en que cometió el delito, se pasa el

procedimiento a la justicia ordinaria.

Si en el mismo delito incurren adultos, adultas

y adolescentes;se separaran las causas.

Son inimputablesNo tienen responsabilidad penal

Se le aplican medidas de protección

Son responsables penalmenteSe les aplican medidas socio-educativas

Pueden ser detenidos o detenidas in frangantiO mediante orden judicial.

GARANTIAS FUNDAMENTALES Dignidad, igualdad ante la ley, integridad personal y

libre desarrollo de la personalidad. (Art. 538) Proporcionalidad de las sanciones al hecho punible.

(Art. 539) Presunción de inocencia (hasta la sentencia firme).

(Art. 540) Información de los motivos de la investigación y de La

autoridad responsable de la misma, del derecho a no incriminarse a solicitar la presencia inmediata de sus padres, representantes o responsables; de no ser constreñido a declarar o reconocer su culpabilidad. (Art. 541)

Derecho a ser oído en la investigación, en el juicio y durante la ejecución de la sanción. (Art. 542)

Juicio educativo (Art. 543) Defensa (Art. 544) Confidencialidad (Art. 545) Debido proceso oral, reservado, rápido, contradictorio

y ante tribunal especializado. (Art. 546) Única persecución (Art. 547) Excepcionalidad de la privación de libertad (Art. 548) Separación de adultos (Art. 549) Proceso indígena (Art. 550)

GARANTIAS FUNDAMENTALES

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOFASESFASES

INVESTIGACIÓN

ACUSACIÓN / AUDIENCIA PRELIMINAR

JUICIO ORAL

EJECUCIÓN

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO

FASE DE INVESTIGACIÓN

Su objeto es confirmar o descartar la sospecha fundada de la existencia de un hecho punible y determinar si el adolescente concurrió en su perpetración.

(Art. 551)

DETENCIONES DURANTE LA FASE DE INVESTIGACION

DETENCIONES DURANTE LA FASE DE INVESTIGACION

•Detención flagrancia (Art. 557)

•Detención para identificación (Art. 558)

•Detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar (Art. 559)

AUDIENCIA PRELIMINARAUDIENCIA PRELIMINAR

Si el Ministerio Público presenta la acusación, el juez abre un lapso de 5 días para que las partes examinen las actuaciones y evidencias recogidas en la fase de investigación y fijará la audiencia preliminar a realizarse en los 10 días siguientes después de los 5 días.

Durante el desarrollo de la audiencia preliminar el imputado podrá solicitar que se le reciba declaración.

Finalizada la audiencia preliminar Finalizada la audiencia preliminar el juez, entre otras cosas podrá:el juez, entre otras cosas podrá: Admitir total o parcialmente la

acusación del Ministerio PúblicoOrdena el enjuiciamiento

del imputado;

Sentenciar si hay admisión de los hechos.

Rechazar totalmente

Decretar la prisión preventiva como medida cautelar

(Art. 581)

Imponer otras medidas cautelares (Art. 582)

FASE JUICIO ORALFASE JUICIO ORAL

El tribunal de juicio se integra por 3 jueces, un profesional y dos escabinos, cuando la sanción solicitada en la acusación sea la privación de libertad. En los demás casos actuará el juez profesional unipersonal.

La audiencia de juicio será oral, continua, privada. Se realizará en presencia del Imputado, del Fiscal del Ministerio y el defensor. También pueden estar presentes la víctima, los padres o representantes del adolescente, los testigos, intérpretes citados y otras personas que el tribunal autorice.

JUSTICIA PENAL DEL ADOLESCENTEJUSTICIA PENAL DEL ADOLESCENTE

Ministerio Público Ministerio Público

Fiscales especializados que detentan el monopolio de la acción pública para exigir la responsabilidad del adolescente en conflicto con la ley penal (Funciones Art. 650)

Policía de Policía de InvestigaciónInvestigación

Especialmente capacitada para trabajar con adolescentes. Son auxiliares del Ministerio Público para el descubrimiento y verificación del hecho punible (Art. 652 y 653)

Defensor Público o Privado

Auxilio de padres, representantes o responsables.

Órganos Jurisdiccionales

a) Sección de Adolescentes de los Tribunales Penales Ordinarios.

b) Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.

SECCION DE ADOLESCENTES SECCION DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENALDEL TRIBUNAL PENAL

Juez de Control: Control de la investigación y la audiencia preliminar

Tribunal de Juicio: Juez profesional o por dos escabinos para la fase de juzgamiento

Juez de Ejecución: Control del cumplimiento de las sanciones

GRACIAS POR SU ATENCION

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