la familia (1)
Post on 09-Aug-2015
12 Views
Preview:
TRANSCRIPT
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICOFACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA
CARRERA DE ENFERMERÍA
MÓDULO DE ENFERMERÍA EN LA SALUD INFATIL Y ADOLESCENTE
CICLO ESCOLAR 2013-2
LA FAMILIA
LA FAMILIAEs el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado
La familia es definida por la ONU
"Los miembros del hogar emparentados entre si, hasta un grado determinado por sangre, adopción y matrimonio.
LA FAMILIA
PARA LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, “LA FAMILIA ES LA UNIDAD BÁSICA DE LA ORGANIZACIÓN SOCIAL Y TAMBIÉN LA MÁS ACCESIBLE PARA EFECTUAR INTERVENCIONES PREVENTIVAS Y TERAPÉUTICAS.
LA FAMILIAESTAS DEBEN DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES DEMANDAS: - SATISFACCIÓN DE NECESIDADES BIOLÓGICAS Y PSICOLÓGICAS DE LOS HIJOS
- SOCIALIZACIÓN
-BIENESTAR ECONÓMICO
- MEDIADORA CON OTRAS ESTRUCTURAS SOCIALES
FAMILIA, "GRUPO DE SIERVOS Y ESCLAVOS PATRIMONIO DEL JEFE DE LA GENS (AGRUPACIÓN CIVIL O SISTEMA SOCIAL).
SOCIEDAD DE CONVIVENCIA QUE COMPARTE LA MISMA RESIDENCIA
TIPOS
FAMILIA NUCLEAR, FAMILIA EXTENSA, FAMILIA MONOPARENTAL (DIRIGIDA POR UNO DE LOS PADRES)FAMILIA HOMOPARENTAL,
UNESCO
...) LA FAMILIA ENTENDIDA COMO ESPACIO DE CUIDADO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS, DE PREOCUPACIÓN POR SU BIENESTAR, Y EL INFANTE COMO UN SER DISTINTO DEL ADULTO, CON CARACTERÍSTICAS PROPIAS.
SISTEMA DE EDUCACION EN MEXICO
1857 BENITO JUÁREZ, POSTURAS LIBERALES; CON UNA GRAN INFLUENCIA EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN.
EN LA CONSTITUCIÓN DE 1857 LA EDUCACIÓN QUE OFREZCA EL ESTADO Y SE AMPLÍA A DOS DIMENSIONES MÁS: LA OBLIGATORIEDAD Y LA GRATUIDAD.
PRODUCTO DE IMPORTANTES DEBATES Y ANÁLISIS, CULMINÓ EN EL PRIMER TEXTO DEL ARTÍCULO 3°.
Las reformas constitucionales del artículo tercero promulgadas en 1993 se refieren fundamentalmente a la ampliación de la educación obligatoria.
Actualmente se incluye un año de preescolar, Primaria, la educación Secundaria y la Preparatoria.
En 1946, Jaime Torres Bodet. Establece que la educación será obligatoria, laica, gratuita, nacional y democrática. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de solidaridad internacional en la independencia y la justicia.
La educación será democrática, al considerar que la democracia no es sólo una estructura jurídica y un régimen de gobierno, sino que es un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.
La educación será Nacional porque atenderá la comprensión de nuestros problemas, el aprovechamiento de nuestros recursos, la defensa de la soberanía, el desarrollo económico, la continuidad y fortalecimiento de nuestra cultura.
SISTEMA DE SALUD
Después de la Conquista (siglo XVI): el Hospital de Jesús en la ciudad de México. A lo largo de los años se multiplicaron este tipo de hospitales de «caridad», casi invariablemente administrados por grupos religiosos.
Leyes de Reforma, la expropiación de bienes eclesiásticos y el debilitamiento financiero del clero los hospitales gratuitos desaparecieron
•Lázaro Cárdenas creó lo que sería la Secretaría de Salud (SSA).•Ávila Camacho, estableció el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). •Posteriormente se fundó el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
1938 como Secretaría de Asistencia Social (1938 - 1940): Secretaría de Asistencia Social(1940 - 1982): Secretaría de Salubridad y Asistencia(1982 - ): Secretaría de Salud
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Art. 4 TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCION DE LA SALUD. LA LEY DEFINIRA LAS BASES Y MODALIDADES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD,
TODA FAMILIA TIENE DERECHO A DISFRUTAR DE VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA. LA LEY ESTABLECERA LOS INSTRUMENTOS Y APOYOS NECESARIOS A FIN DE ALCANZAR TAL OBJETIVO.
ES DEBER DE LOS PADRES PRESERVAR EL DERECHO DE LOS MENORES A LA SATISFACCION DE SUS NECESIDADES Y A LA SALUD FISICA Y MENTAL. LA LEY DETERMINARA LOS APOYOS A LA PROTECCION DE LOS MENORES, A CARGO DE LAS INSTITUCIONES PUBLICAS.
PROGRAMAS SOCIALES DE SALUD
ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES
UNA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL(ONG)
Es una entidad de carácter civil entendido como "El derecho y la disposición de participar en una comunidad, a través de la acción autor regulada, pacífica y responsable, con el objetivo de optimizar el bienestar público o social.
Independientemente de los gobiernos
Jurídicamente adoptan estatus, tales como asociación, fundación, corporación y cooperativa entre otras formas.
ORGANIZACIÓNES NO GUBERNAMENTALES
Una clasificación usada para los tipos de ONG, puede ser:
Organizaciones voluntarias Agencias y organismos de
servicios no lucrativos Organizaciones comunitarias
o populares
Organizaciones de inmigración
Algunos nombres de algunas ONG:
Caritas Manos Unidas UNICEF
ACTIVIDADES A NIVEL INTERNACIONAL AFRONTADAS POR LAS ONG SON:
Garantías de la aplicación de tratados internacionales humanitarios.Promoción y denuncia de los abusos de los derechos humanos.Ayuda humanitaria.Protección del medio ambiente.Mejoras laborales y medioambientales.Cooperación para el desarrollo.Ayuda a la infancia.Ayuda y orientación a la tercera edad.Migración.Gestión de riesgos de desastres.
ACTIVIDADES A NIVEL INTERNACIONAL AFRONTADAS POR LAS ONG SON:
Comunicación para el desarrollo.Participación ciudadana.Investigación científica.Ayuda a la educación y cultura.Ayuda a ex-militares.Ayuda a los mas desfavorecidosRecaudan dinero para los pobresAcogen a los necesitados
BIBLIOGRAFIA:Revista Paceña Med.Fam. 2006; 3(4): 95-100http://www.eccpn.aibarra.org/temario/seccion10/capitulo164.htm0rganizaciones no gubernamentales(ONGs). Las ONG y el Departamento de Información Publica de las Naciones Unidaswww.facmed.unam.mx/deptos/salud/censenanza/planunico/.../19.pdf
http://www.salud.df.gob.mx/ssdf/
LEY GENERAL DE SALUD
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓNSecretaría GeneralSecretaría de Servicios ParlamentariosDirección General de Servicios de Documentación, Información y AnálisisÚltimas Reformas DOF 15-01-20131 de 219LEY GENERAL DE SALUDNueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984TEXTO VIGENTEÚltimas reformas publicadas DOF 15-01-2013Nota de vigencia: La adición de un artículo 28 Bis, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2012, entrará en vigor el 5 de marzo de 2013.
LEY GENERAL DE SALUD
TITULO TERCEROPrestación de los Servicios de SaludCAPITULO IDisposiciones Comunes Artículo 28 Bis.- Los profesionales que podrán prescribir medicamentos son:1. Médicos;2. Homeópatas;3. Cirujanos Dentistas;4. Médicos Veterinarios en el área de su competencia, y5. Licenciados en Enfermería, quienes únicamente podrán prescribir cuando no se cuente con los servicios de un médico, aquellos medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud.Los profesionales a que se refiere el presente artículo deberán contar con cédula profesional expedidapor las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de lascarreras antes mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificaciones quedetermine la Secretaría.
top related