jornada igualdad de gÉnero en las cooperativas forokoop. bilbao, 20 de noviembre 2008

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JORNADA

IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS COOPERATIVAS

FOROKOOP. Bilbao, 20 de Noviembre 2008

ÍNDICE

• LA DEFENSORÍA PARA LA IGUALDAD

• LA CIUDADANÍA ATENDIDA

• LA TUTELA DEL DERECHO A LA IGUALDAD

Tel: 945 01 65 50 defensoria@ej-gv.es

www.euskadi.net/defentsoria

1.- LA DEFENSORÍA PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES

Es un órgano público especializado,

de carácter independiente, para la

defensa de ciudadanas y ciudadanos

ante situaciones de discriminación

directa o indirecta por razón de sexo

en el sector privado de la Comunidad

Autónoma de Euskadi.

LA DEFENSORÍA PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES

UN HITO HISTÓRICOUN HITO HISTÓRICO

FUNDAMENTOS JURÍDICOSFUNDAMENTOS JURÍDICOS

•Directivas del Parlamento Europeo y Consejo

•Ley 4/2005 del Parlamento Vasco para la Igualdad de Mujeres y Hombres

•Decreto 119/2006 Reglamento de organización y funcionamiento de la Defensoría para la Igualdad

•Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres

•REFERENTES: Defensorías de países nórdicos

- Defensoría para la Igualdad y Antidiscriminación de NORUEGA (1979)

Aprobación de la Ley para la igualdad entre los sexos en 1978

- Defensoría para la Igualdad de Oportunidades de SUECIA (1980)

Aprobación de la Ley para la igualdad de oportunidades en 1979

- Defensoría para la Igualdad de FINLANDIA (1988)

Aprobación de la Ley de igualdad de mujeres y hombres en 1987

- Defensoría para la Igualdad de Oportunidades de LITUANIA (1999)

Aprobación de la Ley para la igualdad de oportunidades en 1998

* Centro para la Igualdad de Género de ISLANDIA (2000)

1976: aprobación de la primera Ley para la igualdad de género y creación del Consejo para la Igualdad

REFERENTES

En la atención a la ciudadanía

- Competencias inspectoras

- Competencias indicativas

- Competencias asesoras

En relación a las instituciones

- Competencias en coordinación

- Competencias que no requieren ajuste

PROCEDIMIENTO DE LA DEFENSORÍA

FUNCIONESFUNCIONES

Investigar la discriminación por razón de sexo en el

sector privado.Facilitar vías de negociación y dirigir recomendaciones.Prestar asesoramiento y asistencia.Cauce para solución de casos de acoso sexista.Analizar y evaluar el cumplimiento de normativa

antidiscriminatoria (igualdad mujeres y hombres).Elaborar informes y dictámenes.Desarrollar mecanismos de coordinación.

- Defensora ( mayo de 2006).

- Asesora en Igualdad (julio de 2006).

- Responsable de Servicios Generales (diciembre de 2006).

- Secretaria (enero 2007).

- Dos responsables de Servicios Jurídicos (febrero 2007).

RECURSOS HUMANOS

Cualquier persona o grupo de personas que se considere discriminada por razón de sexo o sufra acoso sexista.

¿QUIÉNES PUEDEN ACUDIR A LA DEFENSORÍA?

• También aquellas asociaciones, organizaciones y otras personas jurídicas que tengan entre sus fines velar por el cumplimiento del principio de igualdad de trato de mujeres y

hombres.

LÍMITES DE ACTUACIÓN DE LA DEFENSORÍALÍMITES DE ACTUACIÓN DE LA DEFENSORÍA

No es posible identificar a la persona que formula la queja.

La queja se refiera al ámbito de la intimidad.

El motivo no está relacionado con el ámbito de competencia.

Se ha interpuesto demanda judicial, o se ha dictado sentencia.

Ha transcurrido un año desde fin de la situación o el hecho.

Exista mala fe o uso abusivo.

La actuación de la Defensoría NO suspende los plazos legales

La resolución No puede revocar, anular o sancionar actos discriminatorios.

2. DESCRIPCIÓN DE LA CIUDADANÍA ATENDIDA

DESCRIPCIÓN

ORIGEN

61%

20%

12%

4% 2% 2%0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

TERRITORIO HISTÓRICO

45%

22% 22%

12%

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

40%

45%

50%

Bizkaia Alava Gipuzkoa desconocido

66%

20%

14%

Consultas

Denuncias

Quejas

TIPOLOGÍA SOLICITUDES

65%

35%

Ambito laboral Otros ámbitos

OTROS ÁMBITOS

17%

17%

11%

6%6%

44% Asociativo

Salud

Medios de Comunicación

Deporte

Comercio

Otros

ÁMBITO LABORAL

36%

18%12%

9%

6%

18%

Conciliación

Selección-acceso

Despido-embarazo

Trato

Acoso sexista

Otros

ÁMBITOS Y MOTIVOS

CONSULTAS

68%6%

3%3%

21%

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80%

1

Otros

Deporte

Asociativo

Salud

Laboral

DENUNCIAS

50%

20%

10%

10%

10%

Laboral

Medios Comunicación

Salud

Asociativo

Comercio

QUEJAS

71%

14%

14%

Laboral

Asociativo

Otros

TIPOLOGÍA SOLICITUDES

3. TUTELA DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA IGUALDAD

ELPRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO M y HELPRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO M y H

• Supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social vinculada al sexo, bien sea directa o indirectamente, y en particular en lo referido a la maternidad, a la asunción de obligaciones familiares y al estado matrimonial o familiar y a otros factores que supongan una múltiple discriminación, como la discapacidad.

¿QUÉ ES LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO?QUÉ ES LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO?

• DISCRIMINACIÓN DIRECTA

• DISCRIMINACIÓN INDIRECTA

En todo caso el trato desfavorable relacionado con:

•EMBARAZO O MATERNIDAD•ACOSO SEXUAL Y ACOSO POR RAZÓN DE SEXO•REPRESALIAS ANTE QUEJAS O RECLAMACIONES

Sí18.6%No

81.3%

Ns / Nc0.1%

¿Se ha sentido alguna vez discriminada en su lugar de trabajo por el hecho de ser mujer?

DISCRIMINACIÓN EN EL TRABAJO

FUENTE: Instituto de la Mujer. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 2006

LAS CARAS DE LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN LAS CARAS DE LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO EN EL ÁMBITO LABORAL:DE SEXO EN EL ÁMBITO LABORAL:

DESCRIPCIÓN ESTADÍSTICA DESCRIPCIÓN ESTADÍSTICA CAE 2007CAE 2007

HOMBRES HOMBRES MUJERESMUJERES

TASA ACTIVIDADTASA ACTIVIDAD 65%65% 44,9%44,9%

TASA TASA OCUPACIÓNOCUPACIÓN

76,9%76,9% 57%57%

TASA PAROTASA PARO 3%3% 3,6%3,6%

PUESTOS PUESTOS DIRECTIVOSDIRECTIVOS

70%70% 30%30%

SALARIO MEDIOSALARIO MEDIO 25.947€25.947€ 18.581€18.581€

CARGA TOTAL CARGA TOTAL DE TRABAJODE TRABAJO

5:03 horas5:03 horas 6:02 horas6:02 horas

CONCEPTOS

• GÉNERO: Concepto que hace referencia a las diferencias sociales (por oposición a las biológicas) entre hombres y mujeres que han sido aprendidas, cambian con el tiempo y presentan grandes variaciones tanto entre diversas culturas como dentro de la misma cultura.

• SISTEMA DE GÉNERO: conjunto de estructuras socioeconómicas y políticas que mantienen y perpetúan los roles tradicionales masculino y femenino, así como lo clásicamente atribuido a hombres y a mujeres.

Fuente: UE. “100 palabras para la Igualdad”

VALOR AÑADIDO DE LA DEFENSORÍA

• Especialización• Gratuidad• Finalidad: tutela de derecho fundamental• Función: investigadora e indicativa; estudio y propuestas

de modificación legislativa• Enfocado al sector privado• Obligación de colaboración• Misión: esclarecer la discriminación• Ventaja para la ciudadanía: asesoramiento y defensa

gratuita• Ventaja para las empresas: mediación y recomendación

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