instituciones supervisoras
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Instituciones SupervisorasInstituciones Supervisoras
SISTEMA FINANCIERO PERUANO
BCRP
CONASEV
SAB
COFIDE
SBS
BOLSAS
F. MUTUOS
A. F. M Y F. I.
F. INVERSION
EMISORES
CRAC
CMAC
FINANCIERAS
BANCOS
REASEGUROS
SEGUROS
CORREDORES
F. PENSIONES
A. F. DE PENS.
CLASIFICADORASOTRAS
CONASEV Institución pública del sector Economía y Finanzas,
cuya finalidad es promover el mercado de valores, velar por el adecuado manejo de las empresas y normar la contabilidad de las mismas. Tiene personería de derecho público interno , y goza de autonomía funcional, administrativa y económica.
Además está encargada de la supervisión y control
del cumplimiento de la Ley del Mercado de Valores ( Dec. Leg. 861).
FUNCIONES Y ATRIBUCIONESDE CONASEV
1.- De promoción.
2.- De reglamentación o normatividad e interpretación.
3.- De supervisión, control o fiscalización.
4.- De estudio e información.
5.- De sanción o punitivas.
6.- De prevención.
7.- De resolución de controversias y reclamos.
Funciones y Atribuciones
Estudiar, promover y reglamentar los mercados de valores y de productos, así como supervisar y controlar a las personas naturales y jurídicas que intervienen en dichos mercados.
Velar por la transparencia de los Mercados de Valores y de Productos, la correcta formación de los precios en ellos y la protección de los inversionistas, procurando la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos;
Llevar el Registro Público del Mercado de Valores; así como otros registros bajo el ámbito de su supervisión;
Normar y supervisar a las Bolsas de Valores , los Mecanismos Centralizados de Negociación , las Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores, las Sociedades Agentes de Bolsa, las Sociedades Intermediarias de Valores; los Fondos Mutuos de Inversión en Valores y Fondos de Inversión, las empresas clasificadoras de riesgo, las sociedades titulizadoras, y en general a los demás participantes y operaciones del Mercado de Valores;
Interpretar administrativamente los alcances de las disposiciones legales relativas a las materias abordadas en la Ley del Mercado de Valores;
Participar en organismos internacionales vinculados en materia de su competencia y celebrar convenios con ellos y con entidades reguladoras de los mercados de valores y de productos de otros países.
Normar la inscripción de los productos, los contratos sobre productos , bienes , servicios, futuros y opciones que se negocien en la Bolsa de Productos y su exclusión del Registro Público de Mercado de Valores;
Intervenir administrativamente a las personas que sin la autorización correspondiente realizan actividades exclusivas de los mercados de valores y de productos, así como proceder a la clausura de sus oficinas;
Absolver consultas e investigar las denuncias o reclamaciones que formulen los interesados en materias de su competencia, señalando los requisitos que debe satisfacerse para ello;
ORGANIGRAMA DE CONASEV
A través de:A través de:
RegulaciónRegulación
Supervisión (monitoreo, inspecciones, sanciones de Supervisión (monitoreo, inspecciones, sanciones de
conductas impropias)conductas impropias)
Difusión de los riesgos y bondades de los mercadosDifusión de los riesgos y bondades de los mercados
Principal Objetivo:Principal Objetivo:
Asegurar que los mercados de valores y productos Asegurar que los mercados de valores y productos sean justos, eficientes y transparentes, ysean justos, eficientes y transparentes, y
proteger al inversorproteger al inversor
Rol del BCRP
BANCO CENTRAL
HISTORIA
• INSTITUCION CREADA EN 1922 COMO BANCO DE RESERVA
• EN 1931 CAMBIA SU DENOMINACION A BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU (MISION KEMMERER)
CONSTITUCION POLITICA DE 1993:• EL BCRP ES UNA PERSONA JURIDICA DE DERECHO
PUBLICO• TIENE AUTONOMIA EN EL MARCO DE SU LEY ORG.• FINALIDAD• FUNCIONES
“Preservar la estabilidad monetaria”
Al buscar mantener la tasa de inflación en el rango meta, el BCRP crea las condiciones necesarias para el crecimiento económico sostenido.
FINALIDAD DEL BCRP
Meta Inflacionaria (rango): 1 % - 3%
META INFLACIONARIA
FUNCIONES
Según:(Constitución y Ley Orgánica)
• REGULAR LA CANTIDAD DE DINERO
• EMITIR BILLETES Y MONEDAS (Facilitar las transacciones en la economía)
• ADMINISTRAR LAS RESERVAS INTERNACIONALES (Seguridad, Liquidez y rentabilidad)
• INFORMAR SOBRE LAS FINANZAS INTERNACIONALES Y ESTADISTICAS MACROECONOMICAS MEDIANTE PUBLICACIONES PERIODICAS Y EVENTUALES.
OTRAS FUNCIONES• DE CONFORMIDAD CON EL CODIGO CIVIL EL BCR
ESTABLECE TASAS MAXIMAS DE INTERES COMPENSATORIO, MORATORIO Y LEGAL PARA OPERACIONES AJENAS AL SISTEMA FINANANCIERO.
• PROPICIA QUE LAS TASAS DE INTERES DEL SISTEMA FINANCIERO SE DETERMINEN POR LA LIBRE COMPETENCIA.
• PUEDE FIJAR TASAS MAXIMAS Y MINIMAS PARA REGULAR EL MERCADO.
LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO:• PRECISA QUE LAS TASAS DE INTERES SE
DETERMINAN LIBREMENTE EN EL MERCADO (Art. 9°, Ley N° 26702)
PROHIBICION
Según (Constitución)
• CONCEDER FINANCIAMIENTOS AL ERARIO, SALVO LA COMPRA EN EL MERCADO SECUNDARIO DE VALORES EMITIDOS POR EL TESORO PUBLICO OBSERVANDO LOS LIMITES QUE SU LEY INDIQUE.
• ESTABLECER REGIMENES DE TIPOS DE CAMBIO MULTIPLES.
POLITICA MONETARIA
INSTRUMENTOS DE POLITICA MONETARIA:
La política monetaria emplea mecanismos de mercado para inyectar o retirar liquidez al
sistema bancario.
INSTRUMENTOS DE POLÍTICA MONETARIA
BCRPInstrumentos de Control monetario
INSTRUMENTOS DE MERCADO
INSTRUMENTOS DE VENTANILLA
REQUERIMIENTOS DE ENCAJE
R LE IG QU UL IA DR E Z
META OPERATIVA
Inyectar
Esterilizar
INSTRUMENTOS DE MERCADO
Subasta de certificados. (CDBCRP)
Compra temporal de CDBCRP y de bonos del Tesoro Público (“Repos”).
Compra y Venta de Moneda Extranjera.
INSTRUMENTOS DE VENTANILLA
Créditos de regulación monetaria.
Compra temporal de moneda extranjera.
Depósitos Overnight
INSTRUMENTOS DE VENTANILLA
CREDITOS PARA REGULACION MONETARIA
• SOLO PARA INSTITUCIONES FINANCIERAS QUE NO SE ENCUENTREN EN REG. DE VIGILANCIA.
• SE APLICAN INTERESES.• PLAZO NO MAYOR A 30 DIAS.• GARANTIZADO CON VALORES NEGOCIABLES.• NO MAYOR A UNA VEZ EL PATRIMONIO EFECTIVO• INCLUYE LOS DEPOSITOS OVERNIGHT
OTORGADOS A LAS EMPRESAS BANCARIAS.• AFECTA POSITIVAMENTE LA LIQUIDEZ DEL
SISTEMA FINANCIERO.
ENCAJE
PORCENTAJE DE CAPTACIONES (AHORROS) QUE LOS BANCOS DEBEN MANTENER DE MANERA OBLIGATORIA COMO DEPOSITO EN EL BCR O EN EFECTIVO EN SU PROPIA INSTITUCION.
ENCAJE
ENCAJE MINIMO LEGAL: (Circular 030-2008-BCRP, Circular 031-2008-BCRP)
• 9% DEL TOTAL DE OBLIGACIONES EN M.N.• 9% DEL TOTAL DE OBLIGACIONES EN M.E.
• ESTAS TASAS SE APLICAN SOBRE LAS NUEVAS CAPTACIONES DESDE LA ULTIMA VARIACION.
• BCR DETERMINA LA BASE DE CALCULO MEDIANTE CIRCULARES. APLICA SANCIONES.
POLITICA MONETARIA
ENCAJE ADICIONAL
• ADEMAS DEL ENCAJE MINIMO LEGAL SE PUEDEN APLICAR LOS ADICIONALES.
• SON REMUNERADOS SEGÚN LAS TASAS QUE INDIQUE EL BCR.
• AFECTA INVERSAMENTE LA LIQUIDEZ DEL SISTEMA FINANCIERO.
IMPACTO EN LA LIQUIDEZ• LA TASA DE ENCAJE LEGAL Y ADICIONAL
AFECTAN NEGATIVAMENTE LA LIQUIDEZ EN MONEDA NACIONAL Y EXTRANJERA
NORMAS LEGALES
Capítulo V de la ConstituciónLey Orgánica del BCRPEstatuto del BCRPResolucionesCirculares
FUNCIONES DE LA DE LA SUPERINTENDENCIA DE
BANCA Y SEGUROS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS
Es una institución constitucionalmente autónoma y con personería de Derecho Público que ejerce el control de las empresas bancarias, de seguros, administradoras privadas de fondos de pensiones y de todas aquellas otras que reciban depósitos del público o que realicen operaciones conexas o similares.
(Art. 87º de la Constitución y Ley del SPP)
¿ A quienes supervisa?
EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO SUPERVISADAS
POR LA SBSA. Empresas de Operaciones Múltiples
• Empresas Bancarias
• Empresas Financieras
• Cajas Municipales de Ahorro y Crédito
• Caja Municipal de Crédito Popular
• Cajas Rurales
• Edpymes
• Cooperativas Autorizadas a Captar Recursos del Público
FSD
EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO SUPERVISADAS
POR LA SBS
B. Empresas Especializadas
• Empresas de Arrendamiento Financiero
• Empresas de Servicios Fiduciarios
• Empresas de Factoring
• Empresas de Capitalización Inmobiliaria
• Empresa Afianzadora y de Garantías
C. Bancos de Inversión
EMPRESAS DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y CONEXOS
SUPERVISADAS POR LA SBS
• Almacenes Generales de Depósito
• Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario
• Empresas de Servicios de Canje
• Empresas de Transferencia de Fondos
• Empresas Emisoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito
SISTEMA DE SEGUROS
Las empresas de seguros y de reaseguros que debidamente autorizadas operan en el país, distinguiéndose a las que operan en riesgos generales y las dedicadas al ramo de vida, así como sus subsidiarias y los intermediarios y auxiliares de seguros.
Fuente: Anexo-Glosario de la Ley Nº 26702
EMPRESAS DEL SISTEMA DE SEGUROS SUPERVISADAS POR
LA SBSEmpresas de Seguros
• Empresas que operan en un solo ramo (generales o vida)
• Empresa que opera en ambos ramos
• Empresa de seguros y reaseguros
• Empresa de Reaseguros
EMPRESAS DEL SISTEMA DE SEGUROS SUPERVISADAS POR
LA SBS
Intermediarios de Seguros
• Corredores de Seguros
• Corredores de Reaseguros
Auxiliares de Seguros
• Ajustadores de Siniestros
• Peritos de Seguros
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES
Tiene como finalidad el desarrollo y fortalecimiento del sistema de previsión social en el área de pensiones y está conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, las que administran Fondos de Pensiones y otorgan a sus afiliados y beneficiarios las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.
Fuente: Ley SPP
FINALIDAD DE LA SUPERINTENDENCIA
“Defender los intereses del público, cautelando la solidez económica y financiera de las personas naturales y jurídicas sujetas a su control, velando porque se cumplan las normas legales, reglamentarias y estatutarias que las rigen; ejerciendo para ello el más amplio control de todas sus operaciones y negocios y denunciando penalmente la existencia de personas naturales y jurídicas que, sin la debida autorización ejerzan las actividades señaladas en la presente ley, procediendo a la clausura de sus locales, y, en su caso, solicitando la disolución y liquidación del infractor.”
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA SBS
a) Autorizar la organización y funcionamiento de personas jurídicas que operen bajo la Ley General y la Ley SPP.
b) Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos, estatutos y toda otra disposición que rige a los sistemas financiero, seguros y SPP
c) Ejercer supervisión integral de las empresas de sistemas financiero, seguros y SPP, así como a las que realicen operaciones complementarias
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA SBS
d) Interrogar bajo juramento a cualquier persona cuyo testimonio pueda resultar útil durante las inspecciones e investigaciones.
e) Interpretar, en la vía administrativa, los alcances de las normas legales que rigen a los sistemas financiero, seguros y SPP, así como a las que realizan servicios complementarios.
Revisar: Sección cuarta, título II: artículo 349°
INSPECCIONES
Visitas periódicas a las empresas, por lo menos una vez al año.
Lo realiza en forma directa o a través de sociedades de auditoría que ella misma autorice.
Visitas destinadas a examinar la situación de las empresas supervisadas.
INFRACCIONES
Infringir cualquier norma legal, disposición u orden que la Superintendencia hubiera dictado en uso de sus atribuciones.
Conducir sus negocios en forma no autorizada.
Reducir el capital social a cifra menor al capital mínimo.
INFRACCIONES
Exceder los límites operativos.
Incurrir en déficit de encaje.
Llevar sus libros y contabilidad de manera que su revisión no permita una exacta apreciación del verdadero estado del supervisado.
SANCIONES
Amonestación.
Multa a la empresa.
Multa al director o trabajador.
Suspensión del director o trabajador.
Destitución.
Inhabilitación del director o trabajador.
SANCIONES
Prohibición de repartir dividendos.
Intervención.
Suspensión o cancelación de la autorización de funcionamiento.
Disolución y liquidación.
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS
REGULACIÓN
Establecimiento de un marco normativo que promueva el desarrollo y la solvencia de los supervisados
SUPERVISIÓN
Acciones desarrolladas para un análisis y evaluación de los supervisados.
Regulación
Técnicas Regulatorias del Sistema Financiero
– Preventivas.
– Protectoras.
– Promotoras.
Técnicas Preventivas
Autorización previa (Organización y funcionamiento)
Normas de restricción de actividades. Prudenciales: Controles de riesgos
específicos (Límites a exposiciones) Adecuación de capital (A todos los riesgos) Sistema de Control interno.
Técnicas Protectoras/Promotoras Protectoras: Prestamista de última instancia (Banco
Central de Reserva) Fondo de Seguro de Depósitos.
Promotoras: Resoluciones sobre operaciones bancarias,
caso tarjetas de crédito, descuento, factoring o fideicomiso.
Objetivos de la Regulación
Proteger al depositante.
Integridad del sistema financiero.
Mercados competitivos.
Objetivos de la Regulación
Protección del depositante.- No se puede esperar que los depositantes e inversionistas evalúen los riesgos de las instituciones financieras en las que colocan su dinero, ni que verifiquen efectivamente el estándar del servicio prestado por estas instituciones.
Como: Emitiendo regulación prudencial. Fomentando la transparencia y revelación.
Objetivos de la Regulación
Integridad del Sistema Financiero Prevenir el fraude. Manipulación del mercado Lavado de Dinero
Lograr mercados competitivos: Libertad de acceso (Sujeta requisitos
mínimos) Competencia de precios, servicios,
calidad.
Técnicas de SupervisiónSupervisión extra situ.-
Es facultad del Superintendente dictar las normas generales para precisar la elaboración, presentación y publicidad de los estados financieros, y cualquier otra información complementaria, cuidando que se refleje la real situación económico-financiera de las empresas.
Técnicas de SupervisiónSupervisión in situ.
Por lo menos una vez al año y cuando lo crea necesario, la Superintendencia realizará sin aviso previo, ya sea directa o a través de sociedades de auditoria que la misma autorice, inspecciones generales y especiales destinadas a examinar la situación de las empresas supervisadas, determinando el contenido y alcances de las inspecciones antes señaladas.
MARCO NORMATIVO
Constitución Política del Estado.Ley General del Sistema Financiero y
del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702.
Resoluciones y Circulares de la Superintendencia de Banca y Seguros.
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