instituciones de gayo. instituciones de justiniano
Post on 12-Jan-2015
266 Views
Preview:
TRANSCRIPT
UNIDAD V
Instituciones de Gayo.Instituciones de Justiniano
Es una compilación legislativa llevada a cabo
por el emperador de Bizancio Justiniano I (527-565). Bajo sus auspicios se realizaron cuatro importantes obras que, a partir de la edición completa publicada en 1583 por Dionisio Godofredo en Ginebra, se denominaron Corpus Iuris Civilis . En esta obra podemos distinguir cuatro partes.
Código de Justiniano:
Así se denominó a partir de la Edad Media el
conjunto de la recopilación justinianea: Los códigos, Digesto, Instituciones y Novelas,
El corpus iuris civilis,
Las Instituciones Contiene la síntesis de preceptos y doctrinas
en cuatro libros de reducida extensión. Escrita para el estudio del derecho.
El Digesto, reunión de fragmentos de obras de
treinta y cuatro grandes jurisconsultos romanos, formando cincuenta libros. Es la parte más voluminosa del Corpus.
Digesto, que etimológicamente significa enciclopedia, compuesto por Juliano. Dividido en 50 libros, es la parte más voluminosa del Corpus y está formada por una reunión de fragmentos procedentes de las obras de los grandes juristas, armonizando una edición oficial de los más selectos de la jurisprudencia romana.
Del libro 12 al 19: De rebus, obligaciones
y contratos. - Del libro 20 al 27: Umbilicus, obligaciones y
familia. - Del libro 28 al 36: De testamentis et
codicilis, herencia, legados y fideicomisos. - Del libro 37 al 44: Herencia pretoriana y
materias referentes a derechos reales, posesión y obligaciones.
- Del libro 45 al 50: Stipulatio, derecho penal, apellation, derecho municipal.
Cabe señalar que el digesto es dividido por Justiniano para servir a fines didácticos en 7 partes, siguiendo el esquema de los comentarios del edicto
Estas partes son: - Del libro 1 al 4: Principios generales sobre
el derecho y la jurisdicción. - Del libro 5 al 11: Doctrina general sobre las
acciones de protección judicial de la propiedad y de los demás derechos reales.
El Código, colección de rescriptos imperiales
dictados por varios emperadores.
El Código: Justiniano dictó el 13 de febrero del año 528
una constitución denominada " Haec quae necesrio" , por ser estas las palabras iníciales de su texto, en la cual designó una comisión a la que encomendó la tarea de proceder a la recopilación de las leyes,
Existió una comisión que recibió el encargo de
reunir las constituciones imperiales; el emperador dio su autorización para proceder a una recopilación de las que tuvieran en vigencia en ese momento, pudiendo modificar su redacción y hasta su contenido, a fin de adaptarlas a las necesidades actuales, ya que la obra perseguía una finalidad: facilitar la aplicación del derecho.
Justiniano ordenó en el año 534 la redacción de una nueva recopilación, que fue aprobada por el emperador con el título de " Codees repetitae praelectionis" y que es, el " Nuevo Código Justinianeo" .
Nombre cuyo origen es el de Novellae constitutiones
post Codicem. Contienen las constituciones promulgadas por Justiniano después de publicar la compilación integrada por las secciones ya descritas. A diferencia de las partes anteriores, las Novelas no están recopiladas como unidad formal que responda al designio de un soberano, sino que se conocen a través de colecciones particulares.
Las Novelas (de la expresión novellæ leges = nuevas leyes), constituciones promulgadas por Justiniano después de publicar la compilación integrada por las tres partes anteriores.
Las Novelas
El auténtico esplendor del trabajo de Justiniano se produjo unos seis siglos más tarde de la publicación de estas obras, cuando la cultura europea adoptó su legado como una referencia cargada de autoridad y muy útil para la formación de los nuevos juristas en un Derecho común. El gran mérito de la obra de Justiniano fue condensar el saber jurídico de Roma y actuar como el eslabón de continuidad para que ese pensamiento pasara a la conciencia jurídica europea suponiendo, sin duda, el segundo gran momento de expansión del Derecho romano.
Epidome Iuliani: Es una colección de 124 novelas que se
encuentran en orden cronológico y escritas en latín, estas se le atribuyen a un profesor de Constantinopla, llamado Juliano. Se cree que fue compuesta en tiempos de Justiniano, aproximadamente en el año 555. Estas se transmitió en manuscritos en el siglo VII.
Las " Novellae Leges" se clasificaron en:
ACTIVIDAD I ACTIVIDAD V ELABORAR UNA
RED CONCEPTUAL DE LOS TEMAS ANTERIORES
La denominación institución proviene del latín instituere que significa educar, iniciar, instruir, ordenar, formar, enseñar y se utilizaba no únicamente en tema de derecho, sino que generalmente se aplicaba para iniciar en el conocimiento de alguna materia.
INSTITUCIONES DE GAYO
Profesor de derecho en alguna provincia
oriental del Imperio probablemente haya vivido en Siria o Asia y no
en Roma. Con base en algunos datos cronológicos que aparecen en su obra, podemos decir con certeza que vivió a mediados del siglo II a. C.
Escribió varias obras, la mayoría didácticas, alejándose de la costumbre de muchos juristas de escribir sumarios con dictámenes de casos prácticos reales en los que participaban
Gayo
Su obra se divide en cuatro libros: el primero trata sobre las personas; el
segundo y tercero, sobre las cosas y el cuarto, sobre las acciones
El Libro I Derecho de las personas y de la
familia. Divide a las personas en libres y esclavos, ciudadanos romanos y extranjeros, sui iuris (personas libres con autoridad ) y alieni iuris (personas con capacidad restringida , incapacidad patrimonial ) y se refiere a la tutela y curatela
DE LAS PERSONAS
A. De los libres y esclavos.
1. De los ingenuos. (nacían libres hijos de esclavos que obtenían su libertad)
2. De los libertos. ( pequeños esclavos El liberto no tenía ya amo sino un patrono, a quien la tradición obligaba a hacerle la corte . Los libertos nunca llegaron a formar una clase social, sobretodo porque los hijos de aquellos eran considerados libres, nacían libres
De las personas
De las mujeres que están in manu. Manus: Mano. Uno de los poderes del pater-
familias abolidos en la época de Justiniano El manus era el poder que el pater-familias
tenía sobre la mujer cuando el matrimonio se verificaba por confarreatio.
El confarreatio era la antigua
fórmula patricia de matrimonio entre romanos, especialmente necesaria para aquellas parejas que deseaban que sus descendientes fueran vírgenes. La boda era una complicada ceremonia el Pontifex Maximus presidiendo el acto, y con diez testigos presentes. La novia pasaba directamente de la manus de su paterfamilias a la de su nuevo marido.
El confarreatio
4. De los que están in mancipio. Personas "in mancipio": Dícese que esta en mancipio el filiusfamilia cuyo pater lo vende a otro pater, o bien se lo entrega, en reparación de un delito que aquel cometió.
B. De los sui iuris (personas libres de toda
autoridad de propio derecho ) EJEMPLO EL PATER FAMILIA
B. De los que están en tutela o en
curatela.
1. De los que están en tutela. Los que estaban sujetos a la tutela eran los
infantes (menores de 7 años) y, los impúberes (aquellos hombres y mujeres que no hubiesen alcanzado la edad de 14 y 12 años).
2. De los que están en curatela. Se define como una institución del derecho
civil que permite representar y asistir a aquellas personas que por una causa particular o accidental, se encontraban incapacitadas para administrar su patrimonio.
Dichas personas eran confiadas a un curador, quien para desempeñar su cargo debía poseer cualidades similares al tutor, es decir, ser libre, ciudadano romano y del sexo masculino.
C. De la caución de tutores y curadores. Promesa al menor o incapaz de cuidar
sus bienes Garantizando a través de fiadores
Libros II y III. Desarrolla la temática relativa a la propiedad
y en términos generales los derechos reales, las sucesiones y las obligaciones, tocando temas como la adquisición y trasmisión de las cosas, las adquisiciones en nombre propio o por medio de las personas sujetas a poder.
De las cosas
A. De las cosas que están dentro y fuera de nuestro
patrimonio.
1. División de las cosas en divinas y humanas.
2. División de las cosas en corporales e incorporales.
3. División de las cosas en mancipi (poder del pater familia) y nec mancipi.(fuera del poder del pater familia )
Derecho de las cosas
Libro IV. se refiere al proceso privado, estudiando las acciones, el
proceso, las excepciones y los interdictos)
DE LAS ACCIONES
Acción de la ley. El procedimiento judicial para
la efectividad de un derecho reconocido legalmente o para efectuar un negocio jurídico con la intervención del magistrado y empleando las exactas palabras solemnes del texto de la ley
La acción, además de constituir el medio
legítimo para la actuación del derecho, pone de manifiesto, a través de la fórmula correspondiente, la consistencia de éste.”
Todo lo concerniente a la teoría de las acciones, su filosofía original, proviene de Gayo, jurisconsulto romano;
Para los romanos, el vocablo actio -acción-
tenía dos sentidos: Formal: como instrumento que abre puertas al
proceso. Acto de las partes enderezado al logro de la tutela jurisdiccional.
Material: como reclamación de un derecho civil obligatorio. Actualmente, podríamos hacer un simile semántico con la palabra pretensión
En un proceso son partes las personas quienes
litigan en pro de una sentencia favorable. Se denomina demandante (actor) al que ejercita la actio y demandado (reus) aquel contra el que se dirige
Proceso
Sin embargo, puede suceder que las partes
que acuden a un proceso no tengan intereses contrapuestos: por ejemplo, en las acciones divisorias mediante las cuales sólo se pretende la división del patrimonio familiar, de la cosa común o del deslinde las fincas. En estos casos, todos se consideran a la vez demandantes y demandados
En Roma, para ejercitar una acción, es preciso
ser ciudadano romano y paterfamilias; las mujeres mientras existió la tutela, podían litigar con la auctoritas (autoridad )de su tutor.
El término “excepcion” proviene del latín
“Exception”, cuyo significado es excluir o apartar algo de lo común o de la regla general.
También se afirma que dicho término resulta del latín excepiendo cuyo sentido es destruir. Sin embargo, se puede decir que dicho término es producido por la fusión de los vocablos latinos ex y actio, entendido como la negación de la acción.
Excepciones
palabra exceptio, teniendo en cuenta que lo
que se buscó con esta institución fue romper la rigurosa fórmula procesal para hacer valer un elemento ajeno a ella, que diera fin al proceso.”
EXCEPTIO PACTI CONVENTI Concepto Excepción de pacto convenido que se concede
al demandado frente al actor que reclama el cumplimiento de una obligación sobre la que se ha pactado que no sea exigible, o no se pida su cumplimiento en cierto plazo o en determinadas circunstancias.
Los interdictos son órdenes giradas a un
ciudadano por el magistrado, a petición de otro ciudadano, sin que el magistrado investigue la veracidad de las afirmaciones del solicitante y sin que cite a la parte contra quien se dirige el interdicto.
Son aquellos por los cuales el pretor prohíbe hacer una cosa
Interdictos
En Roma no existía un principio general de la
responsabilidad. Los jurisconsultos y también los pretores van
a extender los casos previstos en los textos legales a otros que no estaban previstos.
Teoría de las acciones
Acción de la ley. El procedimiento judicial para
la efectividad de un derecho reconocido legalmente o para efectuar un negocio jurídico con la intervención del magistrado y empleando las exactas palabras solemnes del texto de la ley.
El derecho romano no conocía el término
"obligatión" se basaba en la palabra "nexum" que procede de "nectere"y que emplea la Ley de las XII Tablas, cuyo significado es ligar, anudar. Este vínculo tiene un carácter material ya que el deudor que no pagaba podía ser encadenado por el acreedor para hacerle responder por su deuda con su propio cuerpo.
PERSONAS .- El vocablo persona cuenta con un significado etimológico equivalente a personare, que quiere decir sonar fuerte o resonar. Esta palabra tiene diversas acepciones, por ejemplo, en sus comienzos fue utilizada para designar la máscara o careta que cubría la cara del actor al momento en que recitaba en escena y le ayudaba a darle amplitud a su voz.
PERSONAS , DERECHOS REALES,ACCIONES
Es por esto, que palabra se utilizó para
expresar el papel que un individuo puede desempeñar en la sociedad, ya sea como la persona del jefe de familia, la persona del tutor, entre otras.
Asimismo, el concepto persona se refería al hombre libre, al contrario del esclavo, que era consideraba una cosa. Resumiendo, el sólo hecho de nacer no era suficiente para que un individuo fuese considerado persona.
En sentido jurídico, podemos considerar a una persona, como todo ser capaz de adquirir derechos y contrae obligaciones
El derecho de patronatus era la facultad que
tenía el patrono sobre el colono, quien debía trabajar la tierra del patrono a perpetuidad y, en caso de venderse esta, someterse a la potestad del nuevo propietario
DERECHOS REALES
ACTIVIDAD II UNIDAD VELABORAR UN TRIPTICO DEL TEMA ANTERIOR
ACTIVIDAD III UNIDAD V INVESTIGAR Y ENTREGAR IMPRESA BIOGRAFIA
DE GAYO
ACTIVIDAD IV UNIDAD V INVESTIGAR Y ENTREGAR IMPRESA BIOGRAFIA
DE JUSTINIANO
top related