gaudio y pilone - estado_y_relaciones_laborales
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7/23/2019 Gaudio y Pilone - Estado_y_Relaciones_Laborales
1/20
J
1
Desarrollo Econ?mlco,
v.
24 N 94
(jullo-setirmbre
19B4
ESTADO Y. RELACIONES LABORALES EN EL PERIODO PREVIO
1
AL SURGIMIENTO DEL PERONISMO, 1935-1943*
1
RICARDO GAUDIO Y JOHGE PILONE
1
I Introduccin
i
En
los enfoques corrientes sobre los orgenes del peronismo, el
tema
del
intervencionismo soci l ha
ocupado siempre un lugar de relevancia.
Trmino acuado para hacer referencia de manera genrica a las polticas
distributivas de origen estatal
-y
ms especficamente,
al
establecimiento
de la legislacin laboral y de las instituciones dirigidas a regular los salarios
y las condiciones de
trabajo-, ha
resultado clave en
la mayora
de las inter
pretaciones, tanto para explicar el apoyo de la clase
t r a b ~ j a d o r a
al movi
miento populista como para establecer la naturaleza corpor tiv de las rela
ciones que ligaron a las organizaciones obreras y el aparato estatal entre
1946 y 1955
1
.
En particular, el carcter indito percibido en
la
accin desarrollada
pqr 'el Estado entre 1943 y 1945 en el campo de las relaciones' laborales y
el conflicto industrial fue, sin duda,
uno
de los aspectos que ms contri
buy a que dicho breve perodo fuera considerado una clara solucin
de
continuidad respecto de la etapa preV:ia signada prima facie por las pol
ticas antiobr.eras" de los gobiernos conservadores que siguieron a la revo-
lucin de 1930.
1
1
En un artculo anterior' nos hemos ocupado de rever algunos de
' Este artculo es una versin corregida y ampliada dei tercer captulo de un trabajo realizado
en el ao 1976 en el CEDES, donde sus autores se desempearon en calidad de Investigadores visl
tanies, publicado con el
ttulo
Estado
y
relaciones obrero-patronales en los orgenes de Ja negocia
cin colectiva en Argentina , Estudfos Socfales, N S.
La
versin definitiva de los dos primeros cap
tulos del citado trabajo ha sido publicada bajo la forma de artculo en Desarrollo Econmfco, cuya
referencia bibliogrfica se cita en el texto. Los autores reiteran su agradecimiento por los comentarios
que
en
la
elaboracin del trabajo original recibieron de Elizabeth Jelin, Marce o Cavarozzl
y
Juan
Carlos T o r r ~ as como la colaboracin de Lila Milutn a travs de
Ja
lectura de los borradores r sus
invalorables sugerencias de estilo.
:
Ver, entre otros.,C. S. FAYT:
La naturaleza del peronismo, Ed.
Viracocha, Buenos Aires,
1967;
R.
CARRI: Sindicatos y poder en Argentina,
Ed. Sudestada, Buenos Aires,
1967; A.
CIRIA:
Partidos y poder en la Argentina moderna,
Ed. J. Alvarez, Buenos Aires, I968; R. ROTONDARO:
Realidad y
cambio
n el sindicalismo, Ed. Pleamar, Buenos Aires, 1971; M. MURMJS
y
J. C. POR
TANTJERO: Estudios sobre los ori genes del pero11fsmo, Ed. Siglo XXI, Buenos Aires, 1971; R. H.
ZORRILLA: Estn1ctura ) dinmica
del
si11dicalismo argentfno, Ed. La Plyade, Buenos Aires, 1974;
G. G.ERMANI:
El
surgimiento del peronismo. El rol de los obreros y de los migrantes internos ,
Desarr /lo Econmico,
vol.
J
3, N S 1, octubre-dkiembre
1973.
2
R. . . esarrollo de la negociacin c o l e ~ l l v a durante Ja etapa de
modernizacin industrial en
Ja
Argentina,
1935-1943 ,
Desarrollo
Econmico,
vol. 23, N SO, julio
setiembre.
1983. ..
-
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1
236
RICARDO
GAUDIO Y
JOHGE PILONE
los fenmenos cuya ocrrencia, hipotetizada en la
m ~ y o r a
de ls trabajos
acadmicos, enfoques partidarios
y aun opiniones comentes, llevo a
aceptar
esta imagen manera generalizada.
El principal cuestionamiento
estuvo
referido ,al
supuesto
.efecto
g e ~ 1 ~ ~ a
dor
adjudicado
a
la
intervenCin de la
Secretaria
de TrabaJo y P r e ~ 1 s ~ ~ n
(STyP)
- a
partir
de
fines de 1943- .sobre desarrollo e la negoc1ac10n
colectiva
institucin sta
generalmente considerada
no solo
como
uno
de
los m e c ~ n i s m o s
de
regulacin del conflicto, sino adems c o n ~ o el locus
primordial
tanto
de
las
polticas
distributivas
como
del mejoramiento
de las
condiciones vigentes
en
los lugares de t r a b a j o
Partiendo de la ob$ervacin
del proceso de
movilizacin
obrera -refle
jado en el intenso
movimiento
de
huelgas:-
que acompa el c i c l ~ de reac.ti
vacin
industrial
experimentado en el pais desde 1935, el traba.Jo m e ~ c 1 0 -
nado permiti comprobar la emergencia de una
nueva pauta en las relacwnes
laborales
de la poca, tuy rel7vru:cia ? ~ ? a quedado.
oculta
tras
la
r ~ t u n d a , .. . ,,.;
imagen provocada por la
p or llTUpcion del pero 11smo:
:
. "
.
Segn
pudd establee dicha ~ e r i d e r i c l a , t ~ v o su
epicentro en la
c r ~ -
ciente resolucin que tuv. .n los mismos confllctos laborales por v
la negociacin, situacin pi..dsta de manifiesto,en la elevada proporci_1 . e
huelgas
"transigidas" registrada por la
estad1sti?a a n u ~
e n t ~ e m?
-
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.
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,
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1
f
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:
1
238
.
' ~ , i
1
' 1
RICARDO GAUDIO
Y JORGE PII.Ol'E
Por
otro
lado, en Ja medida en que tiende a comprobarse
l
validez
de
esta hiptesis, la .afirmacin referida implica tambin
el
planteo
de un
interrogante
casi ineludible: hasta qu
punto
la comprobacin
de
la inter
vencin estatal no indica
que
en este
perodo
comenzaba ya a perfilarse el
stStema de relaciones laborales que habra de pasar a imperar a partir' de
1943 y,
en forma an
mucho
ms definida, una vez que
el
peronismo ascen
diera
al poder
en
1946?
O, puesto de
otro
modo: en
qu
medida no. se
trat de
un proceso de gestacin, en el que
o r i e n t a c i o n e ~
y prcticas origi
nadas desde distintos planos y esferas tendieron a relacionarse hasta el
punto
de
alcanzar
una
relativa
convergencia,
bastante cercana ya al modelo
corpo
rativo d i s ~ a d o
definitivamente con posterioridad, confirmando as
una
cierta continuidad entre ambas etapas?
En
realidad, los
dos
aspectos o rasgos identificados en la
pauta
de des
arrollo
de
la negociacin colectiva aludida ms arriba
-esto
es, su natura
leza original y
eminentemente
autnoma y voluntaria,
por un
lado,
y el
papel
de.
int;rmediario y agente
de
.regulacirt
adoptado
progresivamente
por
el Estado, por
otro-
responden a
dos
clases de principios y
/o estilos
bien diferenciados,
con
los cuales tienden a configurarse sistemas de relacio
nes laborales muy distintos. En ltima instancia, remiten a dos modelos de
articulacin de intereses e institucionalizacin del conflicto.
ampliamente
contrapuestos, correspondientes a lo que
hoy
se reconoce respectivamente
como "pluralismo" y
corporativismo . Esta
implicancia terica, introduci
da a partir de la propia cuestin planteada, otorga a su vez un cierto inters
sustantivo a este
perodo
particular. Ello nos obliga a comenzar
por
dete
nernos un
momento en
la explicitacin
de
'las caractersticas centrales
de
ambos
modelos, as
como
en la diversidad
de
formas o subtipos que pre
senta en la prctica el modelo o sistema corporativo de representacin de
intereses.'-
U. Los diferentes modelos
de
articulacin
de.
intereses
y
las relaciones
laborales
Las relaciones laborales conforman uno de los pilares principales sobrE'
los que se ha forjado la estructura de la sociedad y el Estado modernos.
La manera en que las distintas sociedades respondieron a Ja cuestin social
planteada por el desarrollo del industrialismo y' en
particular,
la aparicin
del trabajo organizado como
un
nuevo actor con aspiraciones .de partici
pacin, tuvo profundas implicancias
.:;obre
su naturaleza y desarrollo socio
poltico. Aun cu.ando es posible
determinar
normas de validez universal,
el proceso
de
desarrollo y la organizacin de dicl;io sistema en los diversos
contextos
han seguido patitas ms o menos singulart: s.
Los anlisis referidos a Amrica Latina -mayormente provenientes
de las ciencias polticas- han puesto el nfasis en la relacin'entre el Estado
y
la clase obrera, otorgndole
una
atenciri especfica al
tema
del
c o r p o r a ~
tivismo. En tal sentido, se
ha tendido
a aceptar que los gobiernos latinoame
ricanos
procuraron
en general ejercer el
control
del movimiento
obrero
y'
i
,. ESTADO Y
R E L C I O ~ E S
LABORALES,
19851943
1 '
239
' ' 1 ' '
. qu'e,
dentro de
dicho
contexto,
el
concepto
aludid.o recoge
un
aspec'to espe
cialmente relevante del marco
de
relaciones jerrquicas a travs de las cuales
las:
organizaciones laborales se
tornaron ampliamente
dependientes del
Estado
6
Con
mayor
grado
de
generalidad, la extensin registrada
en el
uso del
trmino
se
debi
a la necesidad
de
establecer vas ms adecuadas
de
concep
tu8.lizacin respecto de pautas o patrones alternativo_s de relacin entre el
Estado y la
sociedad,
cuyo
punto
de partida es el papel del Estado en la
configuracin
de
los intereses sociales
7
1
Segn R. B.
y
D. Collier, tales pautas
pueden
ser definidas
como
corpo
rativas si existe:
1) un Estado que
estructura
los grupos sociales, de
modo
de producir
un
sistema
de asociaciones de inters oficialmente sancionadas, no competitivas y de perte
nencia compulsiva 2) un Estado que subvenciona (subsidy) tales grupos; Y 3)
restricciones (constraints) impuestas por el Estado sobre la formulaci6n de deman
das, el liderazgo y el gobierno interno de ellas
B.
Se describe
as un
cierto intento de
ordenamiento de
la
poltica
de
intereses
en
el marco de las relaciones Estado-sociedad, centrado en la exis
tencia
de
grupos no
competitivos que son oficialmente reconocidos,
ntima
mente supervisados y a menudo subsidiados
por
el Estado. El corporati
vismo es,
por
lo
tanto, un
sistema
de
representacin de intereses grupales
no p/urallcta >
9
i
Por
su
t'arte,
Schmitter
es quiz :quien ms
ha
avanzado
en
la forma-
. lizacin
de -este contraste entre corporativismo y pluralismo. Para ello,
dise
una
elabor::.da tipologa en
Ja gue
los trminos
denotan
cdnfigura
ciones institucionales modales o tpiqo-ideales, las cuales se diferencian de
acuerdo con
la naturrueza y
forma
de vinculacin
entre
los intereses organi
zados
(en
asociaciones) de la sociedad civil y las
estructuras
decisionales
del
Estado.
: ,
Por
esta va, arriba a las siguientes definiciones:
El pluralismo puede ser definido como un sistema de representacin de intereses
en el que las unidades constituyentes est;n organizada s en un nmero no
e s ~ . e c i f i c a
6 Ver J. M. MALLOY (compiladr):
Autl1oritarfanfsm
and
Corporotlsm
111
Latn
A ~ e t i c a ,
,
1
U.
of
Pittsburgh Press, Pittsburgh,
i976;
H. J. WJARDA: C ~ r p o r a t i s m .
~ n d
D e v e l o p ~ g r : 1
in_
lberic-Latln
World. Persistent
strains
and new
variatlons'', Re11/rn: o Pol1t1cs
vol.
36,
'
J,
G.
b'DONNELL: Acerca
del
'corporativismo'
y
la
cuestin del Estado ,
Documento
C ~ I H . S / G .
E. CLACSO/N 2,
Buenos'
Aires, 1975. . ; . , .
i 7 El
trmino corporativismo
h sido aplicadd a una
e ~ l e r l s a
variedad de fenmenos, entre ls
que' se inclu)-en sistemas polticos rgidame'nte arliculados, modos de participacin,
t i p o ~
de
a ~ i n
poltica, ideologas y vastas tradiclonl's culturafesj No obstante;
ha
surgido un uso comun se.gun d
cual el
patrn
de relacin entre el Estado
y
los grupos sociales
y
el sistema de representacion
y/o
,articulacin
de intereses
constituyen
el tema centraL Por detrs, de
todos
modos. el
concepto
encierra
la idea de relaciones de
poder econmico
y poltic'o que son ratificadas o consolidadas por l a ~ t'struc
turas
sociales
corporativas. :
i ,
; 6 R. B. y D. COLLIER:
lnducements
versus Constraints: Disaggregating 'Corporasm
The.American
Politica11 Science Re1iew vol. ,73, N. 4, 1979.
1',
9
R. B. y D. COLLIE.R, op. cit. '
-:
-
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240
RICARDO
GAUDJO Y
JORGE PILONE
do de categoras mltiples, voluntarias, competitivas, no ordenadas jerrquicamente
y autodeterminadas (en cuanto al tipo o alcance del inters), que no estn espe
cialmente oficializadas, reconocidas, subvencionadas,. creadas como tampoco
controladas por el
Estado
en cuanto a la seleccin de sus dirigentes o la articulacin
de
sus intereses y que no ejercen el monopolio de la representacin dentro de sus
respectivas categoras.
Y,
por contraposicin:
El corporativismo puede ser definido como un sistema de representacin de
intereses en
el cual las unidades
constituyentes
se organizan
en un nmero limitado
de
categoras
singulares, compulsivas,
no competitivas, jerrquicamente ordenadas
y diferenciadas funcionalmente,
reconocidas
o
permitidas
(si
no
creadas)
por
el
Estado, a las que se ,les garantiza el monopolio deliberado de la representacin
dentro de sus respectivas categoras a
cambio
de la observacin de ciertos controles
sobre la seleccin de sus dirigentes y la articulacin de demandas y apoyor;lO,
Si bien constituyeh modelos alternativos, ambos sistemas reconocen
una motivacin comn
identificable
en
la
pauta
relativamente universal
seguida por el prpceso ae desarrollo y
cambio
social aludida ms arriba
11
Tanto
uno
como otro intentan responder, fundamentalmente, a la progre-
siva diferenciacin estruct
'
diversificacin
de
intereses presentes
en
el
escenario poltico de
la 'so
id moderna, pero
lo hacen a travs de meca-
nismos opuestos
e
i m g ~
yergentes
sobre
la
forma que debe torr l
sistema de representaciqn.
: :1 primero
sugiere la
formacin
espontn1
proliferacin
numrica, la extensin
horizontal
y
la
interaccin
competit
:i;
el
segundo
aboga
por
la emergencia
controlada, la
limitacin
cuantitai
a,
la estratificacin vertical y la
interdependencia
complementaria
12
.-
Aun cuando
se
admite
una
clara asociacin
entre
el pluralismo y el
Estado liberal,
por
un lado, y' entre el corporativismo y el Estado intervencio
nista,
inclinadamente autoritario,
por
el
otro,
la
mayora de
los
autores
aceptan que
el sistema 'corporativo
en
la
prctica- ha
resultado
compa
tible
con
distintos tipos de rgimen polftico
(por tjemplo, con
-diversos
sistemas de
partidos,
variedad de ideologas dominantes, niveles de movili
zacin
poltica,
alcances de las
polticas
pblicas,
etctera).
En Amrica
L a t i n ~ , en
efecto. la intervencin estatal sobre
la
organi
zacin
sindical fue
instrumentada en
los ms variados
contextos de
relacio-
O H.
SCHMITTER:
Still the Century
of C o r p o r a t i s m ~ , en P
SCHMITTER
y G. LEI-lM
BRUCI-l:
Trends Towards Corporatlst Jntermediation,
Sage,
?79.
La
clasificacin
admite otros
dos
tipos alternativos de &istemas moderno& de
representacin
de intereses: los que el autor denomina
monista ,
modelo
sugerido por la experiencia &ovitica, y
sindicalista , modelo elaborado
ms bien
de
manera terica,
caracterizado
por
su naturaleza radical y
utpica.
11 Schmitler identifica
un cierto nmero
premisas bsicas
compartidas
por el pluralismo
y el corporati:ismo, a saber: 1) la creciente
importancia
de las
unidades
asociativas de
representacin
formales,
2)
la persistencia y expansin
de
intereses
funcionalmente
diferenciados,
potencialmente
conflictivos, 3) el papel creciente
de los
staffs administrativos
permanentes,
especializacin de
Ja
infor
macin
y
&ofisticacin tcnica, con la consiguiente oligarquizacin burocrtica, 4) la declinacin
de
Ja representacin
partidaria y territorial, 5) la
tendencia
secular a Ja
extensin
en
e
alcance de Ja
poltica
pblica y
6)
Ja interpenctracin
de las reas de
decisin pblica
privada. SCHMITTER,
op. cit.
1l
SCHMITTER,
op. cit.
ESTADO Y
RELACIONES
LABORALES. 1935-1943
2
nes de
poder
y
de
objetivos polticos.
En
algunos casos, se usaron recurs
corporativos para
reforzar
la posicin de la clase obrera y
Jos
sindicatos
su relacin con los
empleadores
mientras que,
en
otros, con el fin de de
litarla. Ciertas veces. se
implementaron
para
obtener
el apoyo de los trab
jadores
al gobierno
otras, para
aislar a sus organizaciones
como
medio
restringir su
poder
o influencia poltica. ,
Tales variaciones - tan to respecto de Jos
distintos
contextos en q
surge la adopcin de prcticas
corporativas
como
en
relacin a las diver
caractersticas
y significados
que
ellas asumen en
cada uno de
aqullo
han abonado el camino terico para la elaboracin de diferentes
subtip
de
corporativismo.
Siguiendo a M Manoi'Jesco,
en
est'e sentido, Schmitter ha distingu
el corporativismo estatal del corporativismo societal
13
En el primer
subti
los grupos corporativizado.:; "s;on
creados
y
mantenidos
como rganos au
liar.es y dependientes del Estado, el cual funda su legitimidad y funcion
miento
efectivo
sobre otras b ~ s . En
el segundo, el
trmino
describe sis
mas
de representacin de
interes.es pospluralistas,
tpicos de
las socieda
industriales avanzadas,
donde
las
corporaciones
juegan
un
papel fun
cional
importante. En este subtipo,
las nuevas pautas de relacin entre
Estado
y la
sociedad
rgen dentro de " Ontextos
en
los que la legitim
dad y funcionamiento
i.
l Estado son
p:
, .iria y exclusivamente dependi
tes
de la actividad'.'
dt'
los
grupos
cor rativizados. El Estad o,
de
algu
manera,
ratifica
pautas
de
representacin de
intereses
no competitiv
que
surgen
desde abajo
a
partir de
grupos
de
inters
fuertes y autnom
En un caso, las asociaciones
son dependientes y
penetradas ;
en
ot
autnomas
y
penetrativas
14
En el nivel
ms
agregado, parece lcito caracterizar globalmente
experiencia
de
Amrica Latina en trminos
de corporativismo
estatal.
obstante,
los Collier sugieren
que,
para comprender las variaciones que o
cen los difereI1tes casos
concretos dentro
de este
contexto
regional, resu
til tratar la distincin efectuada no como
una
dicotoma sino como
continuo
admitiendo que
algunos
de los casos se sitan
claramente en
medi de la lnea que se
extiende
hasta el
extremo opuesto,
es decir, el
corporativismo societal
15
.
Los mecanismos especficos
utilizados
en
los diferentes casos
contextos
nacionales, sin
duda,
no resultan ser necesariamente
de
ig
naturaleza e incluso, en un nivel de anlisis ms desagregado, se los su
encontrar
combinados de diferente
forma. Para precisar mejor este
tipo
13
SCHMITTER, op.
cit. Se basa
en
la distincin introducida ?Ol uno
de Jos ms originales
ricos del corporatlviimo,
quien
d i f e r ~ n i los dos tipos bajo la denominacin, respectivamente
corporarisme subordonne y corporarisrne pur. M MANOJ
LESCO:
Le ciecle du corpratisme,
P
1936.
14
SCHMITTER, op,
cit. Para
Schmitter,
el
corporativismo socie\al parece ser n compon
concomitante, si
no ineluctable. del
moderno Estado de bienest2.:, capitalist a avanzado, poslib;t-1943
213
Esta distincin permite establecer diferentes combinaciones segn
sea el peso o presencia relativa
- e l e v a ~ a
o reducida-:-
?e
los
e l e m e ~ t o s
caracterizados
bien como
incentivos o bien com? restncc10nes, c.ontemdos
en las regulaciones especficas de los distintos paises. En su e s ~ u d 1 0 , basado
en diversas legislaciones nacionales de Amric,a .Latina, l ~ s Colher descubren
la recurrencia
de
tres situaciones o pautas t1picas, asociadas a las caracte
rsticas de los diferentes contextos sociopolticos, alrededor de los cuales
tienden a agrnparse los casos considerados
18
De este modo su anlisis emprico rene un cierto
nmero
de ejemplos
bajo
una
primera
c ~ m b i n a c i n
-alto
grado de alicientes Y baj? nivel
de
r e ~ -
tricciones-,
la cual tiende a ocurrir en. contextos en que existe un
.rr]ov1-
miento obrero relativamente fuerte y/o
autnomo
y el Estado (gobierno)
procura obtener o retener el
apoyo
poltico
de
los trabajadores.
Otros
se
hallan agrnpados segn una segunda comb nacin, consistente en ,un elei.ado
nivel tanto
de incentivos
como de restricczones,
la cual resulta mas probable
. en situaciones
en que
el gobierno est m,enos
p r e o c u p ~ d o
por ganar
el apoyo
obrero que por controlar a;1tic.ipadame.n.te. a los
~ : a ? a J a d ? , r e s ,
proceso que se
efecta mediante la orgamzac10n de smd1catos viables cooptados por: Y
dependientes de, el Estado. Por fin, la l t i . m ~
c o m b i n a ~ i n .
s i g n i f i ~ a t l v a
-correspondiente a un elevado grado de rest:_icczo1:es . bao nive de incen
tivos-- tiende a surgir
cuando
la preocupac10n primaria del
g o b 1 ~ r n o
es
control, al punto que no interesan el p o y ~ pasivo de los trabajadores .m
los riesgos de su oposicin directa. Los
t r a b a J a d ~ r : s
.son fuertes y el Estado
intenta
desactivar y
controlar
severamen,te al mov1m1ento
obrero,
en general
bastante desarrollado
19
l
Si bien no pueden ser consideradas estrictamente como ~ e ~
-pues
ms bien reflejan situaciones empricas concretas--, las combmac10nes o
configuraciones resultantes evocan la idea
de.
"subtipo_s intermedios". de
corporativismo, dentro del continuo estatal-soc1etal. Segun los
autor:s
cita
dos en ltima instancia el factor subyacente del balance que term?.::1a por
est;blecerse entre incenvos y restricciones en las tres situaciones registra-
diametralmente opuestos. Los dos
sirven para
Influir
comportamientos. Aun
c u a n ~ o
impliquen
;nta
;as, los "incentivos" son
tambin mecanismos
de
cooptacin; conducen
tamblen,
por
otra v1a, al
control
social,
manifestando as
su
carcter
dual.
. ,
1 Las v ~ r i a c i o n e s
entre
los
contextos
sociopolticoE
dentro
de
los
cuales
han s u r g i ~ o
las
l e g 1 ~
ladones nacionales estudiadas
son
definidas por
los Colller en
virtud de
la presrnclaausenc1a (y cons1
guiente
combir:aciu t\'entual)
de
tres factores
o
,fenmenos
deste_cables, a. sab.er:
a)
el
grdo de
preocupacin
de las elites
por obtener
el
apoyo pohtico
de Jos t r a b e 1 e d o ~ e s
organizados, b)
el .gr?do
de
preocupacin por
el
control
de la clase
obrera
y c) la fuerza
y
autonom1a presentes en
el
monm1en
to
obrero.
19 En Ja primera situacin tpica,
los
trabajadores poseen cie;ta
capacidad
para
resi.qtir las
lmpo
siciones
0
restriccfones y/o el
Estado,
la necesidad de
extender
los incentivos para
obtc ier
su c o o p < ~ a
cin. En
Ja
segunda, el
objetivo
a
menudo
es prevenir la emergencia
s i n d l c a t o , ~ . a u t o n o m o s
e in
pendientes
del
Estado.
En la
tercera,
ms
que
descansar en
.la
cooptac1on,
el control se bdasa senas
restricciones
a los
sindicatos, frecuentemente apoyadas por
un g r a ~ o elevado en .el us'? e la. uerza.
R.
D.
v o.
COLLIER,
op. cit.
Los casos del primer. gobierno
0
peronista Y
de
la pres1denc1a de.
a r ~ e n a s
en Mxico
(l 934 1940)
son
presentados
como r ~ p r e s e n t a t 1 v o s
d7l
pnmer hpo.
Le
e x p e n e ~ c i n . ?el
Estado
Novo en Brasil
bajo
el
varguismo,
es
considerado
un fiel eemplo de la
segunda
coi:nbmac1on)
Por
ltimo, entre
o t r ~ s . Jos
regmenes
militar7s instaurados en Brasil (1964) Y A r g ~ t r n a ( 19
66
ejemplifican bien el tercer agrupamiento diferenciado.
1
-
7/23/2019 Gaudio y Pilone - Estado_y_Relaciones_Laborales
6/20
'
....
244
RICARDO GAUDJO Y JORGE P LONE
das reside en el grado en
que
los trabajadores se
comprometen activamente
-esto
es, definido en oposicin a pasivamente- en la relac:in con el Estado.
Es interesante destacar que el caso del ordenarnientc o rgimen sindi
cal desarrollado con el peronismo es presentado corno un
claro_ ejemplo de
la primera categora de combinaciones-situaciones tpica , la cual reflejara
el "subtipo intermedio" ms prximo al corporativismo societal y, c-onsis
tentemente, el nivel de compromiso ms activo (y, sin duda, ms autnomo)
por parte de l.os sectores obreros. Se enfatiza el hecho de que slo cuando
los sindicatos existentes vieron contemplados sus objetivo> orgimizacionales
en
la reglamentacin de las asociaciones profesionales (decreto-ley
23.852,
1945)
-incluso
al margen de sus reivindicaciones categoriales
concretas-,
fue
que
otorgaron su apoyo al rgimen
poltico que
se estaba gestando.
A travs de ella,
entre
otras cosas, se aseguraba el derecho a la negociacin
a toda asociacin
que
estuviera reconocida
por
la STyP,
tornando
virtual
mente obligatorios los convenios o acuerdos celebrados, y garantizaba la
estabilidad laboral de los militantes y dirigentes sindicales
20
Tambin recin despus de esa fecha fue
que
se
produjo
el proceso
de
afiliacin generalizada
a'
los sindicatos, convirtindose
:if
las modernas
organizaciones masivas de trabajadores a travs de las cuales el rr10vimiento
obrero suministr la
prir
-'-..,\ base de sustentacin poltica al gobierno
peronista.
El Estado intervino a organizacin del movimien to labora
.r.t.ada despu,id
1948 se
debi -ms all
de
la satisfaccin de las princir,>Q:.jes r e c l a r u i : : . C i
de los
trabajadores-
a varios factores, tales como el clresplazamin.q
las dirigencias ms combativas y el
mayor
desarrollo y
C'i...'C.solidacih
.de
mecanismos mediadores del aparato estatal para r e s o l ; . . , ~ . r los cori.fii'c
sin excluir
una mayor
represin de las huelgas. Con tod1..'. la relacin e
el Estado y los sindicatos no lleg a ser
nunca de
una t ~ - ; ; a ]
s u b o ~ i n a c
pues el gobierno segua
dependiendo
del sostn poltiC\..' cie la c l a _ ~ tr
jadora.
El reconocimiento
de
los i n t e r e s e ~ y reclamacil).::,e:s
c o r n ; ~ t . . a s
trabajo,
tomado
incluso
al
margen de la regulacin parti.,"'ipativa medi
el control directo de la 'rganizaciones, r-.nstituye otro ~ s p e c t o qut 're
la naturaleza dual de la C
1
tegora
de aliciu1tes o incenti:v1..11$ qud a \ t ce's
men los recursos corporal ivos. .
En
los encuadres corporativos, incl'uido el
de la
exE- '= =-iencia
peron
todo incremento salarial y
/o
avance en las c o n d i c i o n ~
de trabajo
s
involucrar procedimientos
que
suponen la
presencia y >.. Vntrol: por
p
del aparato estatal. La legislacin incluye tpicamente b regulacin d
negociacin colectiva, los mecanismos de conciliacin y ~ ' " ' b i t r a j e y la h
ga. En esta arena, el Estado acostumbra a retener el .>....;der de interv
en las diferentes etapas del proceso de negociacin ~ - d . : : i . icual
ha
defi
ya
la naturaleza y
parmetros
mediante la
d e t e r m i n a d . o ~ ~ del
marco l
en que
tiene
lugar-.
Incluso, muchas veces est facult;;t..:'io para
prop
los acuerdos o
contratos de
trabajo y
compeler
a las
f, i\.rtes para
que
acepten. En otras, tod'os los acuerdos y convenios
deOi;-.,,;, ser
homolog
.. 3/0
registrados ante la autoridad administrativa competetn. En las disp
' . ~ o b r e r o - p a t r o n a l e s , la palabra oficial
termina
siendo ustW. mente la deci
Ms an, a
menudo
el Estado est capacitado
para
det1:' 'minar el car
"ilegal"
de
una
huelga:
Todos estos fenmenos remiten a la otra faz de la p:-axis sociul im
cita en el sistema o
estructura
de representacin
de i n t ~ ' : : - i ' . s e s
corpora
En efecto, ste es el plano en el que
se
descubre a las tx'laciones labor
22 JlOYON,
op.
cit., p.
459.
Al margen de las caractersticas del m o , i m ' : ~ r . t o
huclpistico,
trabajos muestran
adems
el
posterior mantenimiento
de
ciertas i n d e p e n d ~ 1 t , ;
ror
parle
de lus
ciones gremiales que
actuaron
despus del triunfo electoral de
1946:
ver\\ : lTTLf.: "La org
cin
obrera
y
el
Estado
peronista",
Desarrollo Eco11n1ico. voL 19,
N 7$;
: P0:-11; Partido
rista: Estado y Sindicatos, Centro Editor de Amrica Latina, Buenos Aires. l"-1'-'.
-
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7/20
1
1
246
RICARDO GAl'DIO Y . ORGf; l'ILONE
en.vueltas en una red cerrada y comprehensiva de mecanismos y procedi
mientos regulatorios
que
-desarrollados en virtud de la intervencin
estatal
constituyen el proceso concreto de articulacin de los intereses sociales.
Lo que sigue, en buena medida, describe los orgenes ms cercanos
-::Y, por lo tanto, las formas ms incipientes-
de
las prcticas
de
interven
c10n
en
las relaciones obrero-patronales que anticiparon la consolidacin
de estructuras ms definidas bajo el rgimen peronista.
III. La intervencin estatal
en el campo
laboral
e ~ t r e
1935
y
1943
. La
c a p ~ c i d a d
del Estado
para
interceder en los conflictos y p ~ a propi
ciar
1:1
concertacin. de
acuerdos
o convenios sobre salarios, condiciones
d r ~
trabajo, ~ i c t e r a , en realidad se hallaba contemplada en el pas desde fecha
tan
temprana como
la de la organizacin del DNT en 1912
23
Sin embargo, la. facultad de este organismo para intervenir en el rea
' :. de lacio laborales. eri. _.:.q' acuerdo con ia.S i:iisposic'iones 'de su ley
orgamc:a- de naturaleza
limitad
y
posea un
alcance bastante reducido.
Las caractersticas y limitaciones de e s t ~ funcin, que no era conside
rada primorgial
entre
los objetivos bsicos que se le asignaban
al
organis
mo
24
, se advierten de manera ms clara a
partir de
la propia regulacin de
su capacidad de mediacin, tal como se hallaba dispuesta mediante el corres
pondicnte
decreto reglamentario. De
ac1
erdo con el procedimiento previsto
C,>
P?r
. ~ s t e
ltimo,
la
autoridad
laboral es,aba facultada a
ofrecer
su interme
diac1on
en
cualquier conflicto de carcter colectivo o a intervenir all
donde
su gestin fuera requerida expresamente por ambas o cualquiera de las p a r ~
tes
en
desacuerdo, independientemente de la etapa ms o menos avanzada
por _que estuviera atravesando. La forma en que deba llevarse a cabu
cons1st1a preferentemente
en
la convocatoria y constitucin de un Consejn
de T r n b u j ~ presidido por la
autoridad
de la dependencia estatal e integrado
en. partes .iguales por
representantes
obreros y patronales, el
que
tena por
.bJeto arribar a la
propuesta de una
frmula conciliatoria. Durante su fun
c1onumiento, los consejos de trabajo podan disponer (exig1r) "todos Jo::; .
elementos de estudio para sus resoluciones", las cuales -una vez exped
das- ponan "trnno a la mediacin del Departamento en el caso sorne
tido u
d e c i s i ~ n ; " .
A ; ~ f e ~ t o s de facilitar su geic)n
1
ia presiderida del
DNT
..
e ? ~ a b u
rn cond1c1ones de procurar que
"mientras
se
tramitara
la concilia
c1on, no se
internunpie;a
el ~ r a b a j o , ni
por
huelgas ni
por
lock-outs", pero
no se
contemplaba
nmgun
otro
mecanismo
con
el cual evitar el desencadena-
, l3
C r ~ n d o
en
1907,,,el DNT
formaba parte
del Ministerio del
Interior,
fijndosele sus
funciore'
med1anh
In
ley
8.999
en
1912.
)1 11. acuerdo
con
el artculo 1 de Ja
ley, el
DNT tena como
principales funciones
"preparar
la leRlslnrlon
drl
trabajo. recogiendo, coordinando y publicando Jos datos relativos e la misma, y
organ. n J
.
1
rcrci
" y .
~ i l a n c i a
de l a ~ disposiciones legales que dicte el C o n g r ~ s o sot>re
Ja
malerin".
1 " ''.' '. "" ' ' ' r ~ a t : n n denlro d
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