fundamento legal y conceptual de la planificación en colombia
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Fundamento Legal y Conceptual de la Planificación en
Colombia
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión Pública
Índice
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión Pública
Índice
Instrumentos de la Planeación
Constitución Política de Colombia
Colombia cuenta con un marco legal e institucional muy fuerte en torno al ejercicio de planificación, respaldado desde la Constitución Política lo que lo hace más fuerte y le otorga mayor estabilidad
En la Constitución Política se definen las estructuras y los órganos de planeación encargados de liderar el proceso.
Son múltiples las disposiciones constitucionales en las cuales se puede identificar la relevancia otorgada a la planeación estatal:
Preámbulo (marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo)
Título XII Del régimen económico y de la hacienda Pública.
Artículo 334 - Dirección general de la economía a cargo del Estado.
Capítulo II - PLANES DE DESARROLLO.
Capítulo III – PRESUPUESTO.
Constitución Política de Colombia
Artículo 151
Contempla la existencia de un plan de desarrollo y de inversiones de las entidades públicas del orden nacional.
Contempla la existencia de un plan de desarrollo y de inversiones de las entidades públicas del orden nacional.
Artículo 339
Plan Nacional de Desarrollo y PTD. Parte general: señalar propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, metas y prioridades de acción de mediano plazo, estrategias de política económica, social y ambiental
Plan Nacional de Desarrollo y PTD. Parte general: señalar propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, metas y prioridades de acción de mediano plazo, estrategias de política económica, social y ambiental
Artículo 334
Economía a cargo del EstadoAcceso efectivo a bienes y servicios básicos
Economía a cargo del EstadoAcceso efectivo a bienes y servicios básicos
Constitución Política de Colombia
Artículo 340
Consejo Nacional (entidades territoriales, sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales) y Consejos Territoriales de Planeación
Consejo Nacional (entidades territoriales, sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales) y Consejos Territoriales de Planeación
Artículo 342
Sistema de evaluación de gestión y de resultados
Sistema de evaluación de gestión y de resultados
Artículo 343
La correspondiente ley orgánica reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y dispondrá los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales
La correspondiente ley orgánica reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y dispondrá los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales
Constitución Política de Colombia
Artículo 352
La Ley Orgánica de Presupuesto regulará lo relacionado a la aprobación, modificación y ejecución de los presupuestos de la Nación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su coordinación con el plan de desarrollo.
La Ley Orgánica de Presupuesto regulará lo relacionado a la aprobación, modificación y ejecución de los presupuestos de la Nación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su coordinación con el plan de desarrollo.
Sistemas de evaluación de gestión y resultados a nivel territorial
Sistemas de evaluación de gestión y resultados a nivel territorial
Artículo 344
Constitución Política de Colombia
•Autonomía•Ordenación de competencias•Coordinación•Consistencia•Prioridad del gasto público social•Continuidad•Participación•Sustentabilidad Ambiental•Desarrollo armónico de las Regiones•Proceso de planeación•Eficiencia•Viabilidad•Coherencia•Conformación: Parte general y plan de inversiones
Ley orgánica.
•Reglamenta procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo
•Dispone los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales.
• Determina la organización y funciones del Consejo Nacional de Planeación y de los consejos territoriales
•Determina los procedimientos conforme a los cuales se hará efectiva la participación ciudadana en la discusión de los planes de desarrollo,
•Modificaciones correspondientes, conforme a lo establecido en la Constitución
Principios de planeaciónPrincipios de planeaciónLey 152 de 1.994, Ley 152 de 1.994, artículo 3ºartículo 3º
Instancias de la PlanificaciónLey 152 de 1.994, artículo 8Ley 152 de 1.994, artículo 8
Ministerio de Hacienda y Crédito Público Departamento Nacional de Planeación
Consejo Superior de política fiscalConsejo Superior de política fiscal
• Inversión
• Ingresos• Funcionamiento• Deuda• Participaciones
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ConpesConpes Congreso de la República
Ministerios y Establecimientos Públicos
Rama Judicial, Organismos de control
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Empresas y Sociedades de economía mixta
Fuente: Sistema Presupuestal Colombiano. DIFP- DNP
Presidencia de la República
PROCESOPROCESO PLAN NACIONALPLAN NACIONAL
1. FORMULACIÓN Y APROBACIÓN
ELABORACIÓN
CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN
CONSULTA DEL PROYECTO DEL PLAN A MÁS TARDAR 15 DE DICIEMBRE
APROBACIÓN DEL PROYECTO DEFINITIVO
• Gobierno Nacional en cabeza del Presidente desde su posesión
• Coordinación y apoyo técnico de las autoridades de Planeación, proceso técnico y participativo
• Consejo Nacional de Política Económica y Social- CONPES ampliado
• Consejo de Política Fiscal. CONFIS
• Consejo Nacional de Planeación debe conceptuar y presentar recomendaciones, con copia al Congreso
• Envío al Congreso por conducto del Ministerio de Hacienda antes del 7 de febrero.
• Debate sesiones en plenaria de las comisiones económicas de Senado y Cámara (Término de 45 días en cada sesión).
• Si no se aprueba en 3 meses, el Presidente lo hace por Decreto.
Proceso de elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, PNDLey 152 de 1.994, artículo 13Ley 152 de 1.994, artículo 13
PROCESOPROCESO PLAN NACIONALPLAN NACIONAL
2. EJECUCIÓN
3. EVALUACIÓN
• A través de los Planeas de Acción de los Organismos Públicos para los 4 años, con Planeas Anuales de Inversión.
• Concepto del DNP y registro de programas y proyectos de inversión nacional.
Con base en el sistema de evaluación, de gestión y resultados que diseña y organiza el DNP.
DNP informa al CONPES en abril de cada año la ejecución consolidada. El presidente informa al Congreso al inicio de cada legislatura.
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Discusión y Aprobación por el Congreso
Sanción Presidencial
MAYO JUNIO
Formulación Inicial
Elaboración Proyecto PND
NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRILMAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE
Elaboración DNP: 6 meses desde posesión PresidentePresentación Congreso: Máximo 7 febreroDiscusión Congreso: 3 mesesLey: antes 7 mayo
Proceso de elaboración del PNDLey 152 de 1.994, artículo 13Ley 152 de 1.994, artículo 13
…”entidades territoriales, mediante sus organismos de planeación, organizarán y pondrán en funcionamiento Bancos de Programas y Proyectos y los sistemas de información que los soportan”
Programa de Gobierno
Plan de Desarrollo
Planes de Acción
Presupuesto
Coordinación y Coherencia
Creación Bancos de Proyectos Entidades TerritorialesLey 152 de 1994, artículo 49
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión Pública
Índice
Marco Fiscal de Mediano Plazo, MFMPLey 819 de 2003
• El MFMP es un programa macroeconómico y fiscal del cual se derivan las metas anuales de gasto público bajo la coordinación del Ministerio de Hacienda y la participación del Departamento Nacional de Planeación.
• A través de este Marco, se presenta el cálculo del déficit fiscal y su financiación
• Define la meta de superávit primario consistente con una senda sostenible de deuda pública.
• El MFMP incorpora:
− Un informe de resultados macroeconómicos y fiscales de la vigencia fiscal anterior.
− Un informe pormenorizado de las vigencias futuras autorizadas y su evolución en el tiempo.
− Una evaluación de las principales actividades cuasi-fiscales, gastos tributarios, pasivos contingentes y el costo fiscal de las leyes sancionadas en la vigencia fiscal anterior.
Programación a 10 añosAprobado por el Congreso
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión Pública
Índice
• El MGMP es un proceso estratégico de proyección y priorización de gasto, a través del cual las decisiones presupuestales anuales son conducidas por prioridades de política y disciplinadas por una restricción de recursos de mediano plazo (MFMP).
• El MGMP es un ejercicio que:
i) Tiene en cuenta los programas establecidos en el Plan Nacional de Desarrolloii) comprende la totalidad del gasto (inversión, funcionamiento y servicio de la
deuda) y la articula a las prioridades de política; iii) se desarrolla como parte del proceso de programación presupuestal anual; iv) Fija techos por sectores, diferenciando entre políticas y programas de gasto
anteriores y nuevos; y v) se renueva cada año, de tal modo que no se agota en el tiempo sino que se
actualiza de acuerdo con el desarrollo de la economía y la revisión de las políticas de gobierno.
Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMPDecretos 4730 de 2005 y 1957 de 2007
Techos Fiscales
Definición de la política estratégica y prioritaria bajo restricciones de recursos(reducciones o expansiones)
Techos Sectoriales
Techos de gasto por ministerio
Programación a 4 añosAprobado por el CONPES
Integración de las entidades de planeación y presupuestación
Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMPDecretos 4730 de 2005 y 1957 de 2007
Articulación entre el Plan Nacional de Desarrollo, el MGFMP y el MGMP
FUENTE: DNP
MFMP, MGMP Y PND
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión Pública
Índice
Estatuto Orgánico del Presupuesto, EOPEstatuto Orgánico del Presupuesto, EOPDecreto 111 de 1996Decreto 111 de 1996
•Ley 38 de 1989 – Ley 38 de 1989 – Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la NaciónNación
•Ley 225 de 1995Ley 225 de 1995
Coherencia entre estatuto nacional y los estatutos territoriales Coherencia entre estatuto nacional y los estatutos territoriales
•Ley 179 de 1994Ley 179 de 1994
•Ejecución proyectos previo registro en banco de Ejecución proyectos previo registro en banco de proyectosproyectos
Pre. Ingresos Dispos. Generales Pres. Gastos
Programa Anual de Caja , PAC
FuncionamientoInversiónServicio de la deuda
Programación anual
PRESUPUESTO
Sistema Presupuestal ColombianoDecreto 111 de 1996
Estructura del Estado desde el ámbito presupuestalDecreto 111 de 1996
Presupuesto de Rentas
Funcionamiento
Servicio de la Deuda
Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones
Disposiciones Generales
Nivel rentístico Aportes Nación Recursos Propios Ingresos Corrientes 10 20
Recursos de capital 11 13 14 15 18 19
21 22 23 24 25
Rentas Parafiscales 17 27 Fondos Especiales 16 26
INVERSIÓNINVERSIÓN
SUBPROGRAMASUBPROGRAMA
PROGRAMA PROGRAMA
Composición del Presupuesto General de la Nación, PGNDecreto 111 de 1996
• Está conformado por los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas.
• Éste se elabora con base en el Plan Financiero, el DNP en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
• El POAI debe guardar concordancia con el Plan Nacional de Inversiones.
• Una vez aprobado por el CONPES será remitido a la Dirección General del Presupuesto Nacional para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto General de la Nación.
Programa Operativo Anual de Inversiones, POAIDecreto 111 de 1996
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión Pública
Índice
Sistema Unificado de Inversión Pública, SUIPDecreto 2844 de 2010, artículo 1º.
A través del Sistema Unificado de Inversión Pública se coordinarán los procesos y operaciones que deben surtir las entidades a las cuales aplica el presente decreto, para la formulación, evaluación previa, registro, programación, ejecución, seguimiento y evaluación posterior de los proyectos de inversión, con el propósito de contar con la información necesaria para la adopción de decisiones y presentación de informes asociados a la inversión pública.
Sistema Unificado de Inversión Pública.
“..erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital por oposición a también de capital por oposición a los de funcionamientolos de funcionamiento, que se hayan destinado por lo común a extinguirse con su empleo. Así mismo, aquellos gastos destinados a crear infraestructura social.
La característica fundamental de este gasto debe ser que su asignación permita acrecentar la capacidad de producción y acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y productividad en el campo de la estructura física, económica y socialsocial…”
Gasto de InversiónDecreto 4803 de 2010, artículo 39 literal c:
22222222Presupuestación
1111 PlaneaciónBanco de Proyectos
Proyecto
11113 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución
4SeguimientoSeguimiento y Evaluación Expost
Ciclo de la Inversión Pública
Instrumento para la planeación que registra los registra los programas y proyectos de inversión pública programas y proyectos de inversión pública viables, previamente evaluados social, técnica, viables, previamente evaluados social, técnica, ambiental y económicamenteambiental y económicamente, susceptibles de financiación con recursos del Presupuesto General de la Nación…
Banco Nacional de Programas y Proyectos, BPINDecreto 2844 de 2010, artículo 8º
Mecanismo para materializar los lineamientos de política establecidos en el plan Mecanismo para materializar los lineamientos de política establecidos en el plan de desarrollode desarrollo
Banco Territorial de Programas y Proyectos
Proyecto de inversiónDecreto 2844 de 2010, artículo 5º
Los proyectos de inversión pública contemplan actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción o de provisión de bienes o servicios por producción o de provisión de bienes o servicios por parte del Estadoparte del Estado
Proyecto de inversiónAtributos
Ciclo de los proyecto de inversión Decreto 2844 de 2010, artículo 6
Es el período que inicia con la formulación del proyecto de inversión pública y termina cuando el proyecto cumpla con los objetivos y metas propuestas, cuando los análisis de conveniencia de las entidades ejecutoras de los proyectos así lo establezcan, o cuando se cancele el registro de los proyectos de inversión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del decreto 2844.
IdeaPerfil
PrefactibilidadFactibilidad
Evaluación Ex - ante
ImpactoÉxito ó fracaso
Nuevas problemáticas
Diseño - ConstrucciónEjecución
Bienes y servicios
PREINVERSIÓN
INVERSIÓN
OPERACIÓN Y MANTEMIENTO
EVALUACIÓN EXPOST
.……..Seguimiento……….
Ciclo de vida del proyecto
Papel del proyecto en la planificación del desarrollo
Herramienta neutral (elemento técnico)
Instrumento para reasignar recursos
Cumplen con objetivos Planes de Desarrollo
Materializan mejores índices de bienestar y desarrollo de las
comunidades
Éxito ejecución planes, depende adecuada selección proyectos
Crecimiento economía: producción de más y mejores bienes y servicios
Soporte Planes de Desarrollo
La mejor forma de formular y evaluar proyectos: marco Plan
Planes de Desarrollo y Programas Sectoriales bien concebidos descansan sobre un catálogo Planes de Desarrollo y Programas Sectoriales bien concebidos descansan sobre un catálogo de proyectos que al ser formulados y sistematizados, pueden integrarse en los “bancos de de proyectos que al ser formulados y sistematizados, pueden integrarse en los “bancos de
proyectos”proyectos”
Formulación y evaluación del proyecto
El proyecto debe ser formulado y evaluado de manera exante en la MGA3
Presentación del proyecto a entidad que pertenezca al
PGN
El proyecto se debe presentar a una entidad del PGN y debe ser afín a la misión y actividades desarrolladas por la entidad.
Migración del Proyecto al SUIFP
Si el proyecto ha sido aprobado por la entidad este debe ser migrado al SUIP a través de la interfaz de la MGA3.
Alistamiento del proyecto en el SUIFP
La entidad responsable del proyecto debe actualizar cada una de las variables que no se encontraban en la MGA en el SUIFP.
Una vez actualizado debe ser enviado para su aprobación por parte de cada uno de los filtros de calidad que intervienen en el SUIFP.
Revisión del proyecto por parte de cada uno los filtros de calidad del
SUIFP
Control de formulación
Viabilidad
Control posterior de viabilidad
Procedimientos para el registro de proyectos en el BpinDecreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14
CONTROL DE FORMULACIÓN VIABILIDAD CONTROL POSTERIOR DE VIABILIDAD
Oficinas de Planeación de las entidades del nivel nacional.
La competencia de la entidad ejecutora para ejecutar el proyecto de inversión.
La pertinencia del proyecto y su grado de asociación a la misión y al Plan de Acción de la entidad ejecutora.
Los estándares técnicos y metodológicos bajo los cuales fue formulado el proyecto de inversión.
Oficinas de Planeación de las entidades líderes sectoriales.
Si los proyectos se enmarcan dentro de los lineamientos y estándares técnicos delimitados dentro de su política sectorial.
La generación de valor agregado de proyecto de inversión para el desarrollo del sector.
La viabilidad, consistencia, integralidad y confiabilidad técnica y financiera de los proyectos de inversión.
Direcciones Técnicas del DNP
Consistencia técnica del proyecto con ejercicios de planeación como: PND, Conpes y MGMP.
Articulación del proyecto con políticas transversales.
Aseguramiento de la existencia de los elementos necesarios para llevar a cabo el seguimiento al proyecto.
Proyecto de Inversión Pública
REGISTRO DEL
PROYECTO EN EL BPIN
Fecha limite optativa 31 de marzo Fecha límite por decreto 30 de abril Fecha límite por decreto 1 de junio
Criterios
Procedimientos para el registro de proyectos en el BpinDecreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14
Procedimientos para el registro de proyectos los Bancos de Proyectos Territoriales
Oportunidad del RegistroDecreto 2844 de 2010, artículo 16
Durante el transcurso del año se podrán registrar proyectos de inversión en el Banco Nacional de Programas y Proyectos. Para la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones sólo se tendrán en cuenta aquellos proyectos de inversión que hayan sido registrados a más tardar el 1º de junio del año anterior al que se está programando.
• Programación del proyecto de presupuesto
• Presentación del proyecto de presupuesto al Congreso de la República
• Estudio del proyecto y aprobación por parte del Congreso de la República
• Sanción de la Ley de PGN y expedición del Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, PGN
Proceso programación presupuestoDecreto 111 de 1996
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Pasos para la programación presupuestal de los proyectos de inversión Decreto 111 de 1996 y Decreto 2844 de 2010, artículos 18 al 23
$ 165.2 billones
Presupuesto General de la Nación 2012Decreto 111 de 1996
SECTOR
Funto. Inversión Total Funto. Inversión Total Funto. Inversión Total Funto. Invesión Funto. InvesiónPROTECCIÓN SOCIAL 22.101 8.509 30.609 23.168 9.661 32.829 5% 14% 7% 27% 26% 25% 28%TRANSPORTE 439 4.968 5.407 501 6.183 6.684 14% 24% 24% 1% 15% 1% 18%ACCIÓN SOCIAL 628 2.944 3.573 955 2.985 3.940 52% 1% 10% 1% 9% 1% 9%DEFENSA Y SEGURIDAD 20.256 1.565 21.820 21.686 1.765 23.451 7% 13% 7% 24% 5% 24% 5%MINAS Y ENERGÍA 739 2.195 2.934 742 2.642 3.384 0% 20% 15% 1% 7% 1% 8%AGRICULTURA 279 1.455 1.734 308 1.466 1.774 10% 1% 2% 0% 4% 0% 4%AMBIENTE, VIVIENDA Y D. T. 1.433 1.120 2.553 1.542 1.251 2.793 8% 12% 9% 2% 3% 2% 4%PLANEACIÓN 82 1.049 1.131 104 1.058 1.162 27% 1% 3% 0% 3% 0% 3%EDUCACIÓN 20.308 940 21.249 21.794 1.245 23.039 7% 32% 8% 24% 3% 24% 4%HACIENDA 7.311 1.513 8.824 10.355 1.219 11.574 42% -19% 31% 9% 5% 11% 4%INTERIOR Y JUSTICIA 5.908 736 6.644 5.695 755 6.450 -4% 2% -3% 7% 2% 6% 2%COMUNICACIONES 520 775 1.295 786 977 1.762 51% 26% 36% 1% 2% 1% 3%CIENCIA Y TECNOLOGÍA 10 287 297 11 334 345 4% 16% 16% 0% 1% 0% 1%
CULTURA, DEPORTE Y RECREACIÓN 133 275 408 147 244 391 11% -11% -4% 0% 1% 0% 1%COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 368 181 549 513 206 719 39% 14% 31% 0% 1% 1% 1%FONDOS CALAMIDAD Y ADAPTACION 10 3.614 3.624 20 1.307 1.328 102% -64% -63% 0% 11% 0% 4%RESTO 2.541 596 3.137 2.616 703 3.318 3% 18% 6% 3% 2% 3% 2%TOTAL PGN 83.066 32.723 115.789 90.943 34.001 124.944 9% 4% 8% 100% 100% 100% 100%
Composición Sectorial de la Inversión 2011 - 2012(Miles de millones de pesos)
201220112011 2012 Variación % 2012 / 2011 Participacion %
Nota: 2011 a Junio con adición por emergencia invernal.
Presupuesto General de la Nación 2012Decreto 111 de 1996
Pasos para la ejecución de los proyectos de inversión Decretos 2844 de 2010, artículos 24 al 26
Proceso de seguimiento a los proyectos de inversión, artículos 27 al 28Decretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010
SIIF: Sistema Integrado de Información Financiera
Acc
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Soc
ial -
20
11
Sistema de Seguimiento a Proyectos de Inversión, SPIDecretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010
Evaluación posterior a los proyectos de inversiónDecreto 2844 de 2010, artículo 29
Se realizarán evaluaciones posteriores de los proyectos de inversión que se requieran, de acuerdo a los criterios definidos por el Departamento Nacional de Planeación.
Metodología General Ajustada, Bpin, Ssepi Resolución 806 de 2005
MGA: Metodología General AjustadaBPIN: Banco Nacional de Programas y ProyectosSSEPI: Sistema de Seguimiento y Evaluación de Proyectos
IDENTIFICACIÓN
Análisis de problemas
Análisis de participantes
Análisis de objetivos
Análisis de alternativas
PREPARACIÓN
Mercados
Legal
Técnico
Organizacional yTécnico
Administrativo
Socioeconómico y político
Ambiental
Financiero
Valoración de costos y beneficios financieros
Valoración de costos y beneficios económicos
Proyecciones financieras
Proyecciones económicas
EVALUACIÓN
Indicadores de evaluación financiera
Indicadores de evaluación económicaAnálisis de Riesgos
Naturales
PROGRAMACIÓN
Programación Física y financiera.
Establecimiento de fuentes de
financiación
Selección de indicadores y
programación de metas
FICHA EBI
Caracterización población objetivo
Esquema de formulación y evaluación de proyectosResolución 806 de 2005
Acceso a la Metodología General Ajustada
http://www.dnp.gov.co/PortalWeb/PolíticasdeEstado/BancodeProgramasyProyectosdeInversiónNal/ComponenteMetodológico.aspx
Metodología General Ajustada
La resolución 806 de 2005 establece que: “las entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales deben diligenciar la Metodología General Ajustada diseñada por el DNP para la identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública”.
Esquema de formulación y evaluación de proyectosResolución 806 de 2005
Criterios adicionales a tener en cuenta dentro del proceso de formulación de proyectos de inversión pública:
Esquema de formulación y evaluación de proyectosResolución 806 de 2005
•Comprende todas las fases del proyecto: preinversión, inversión y operación
•Permite elaborar la programación de las inversiones (Poai).
Esquema de formulación y evaluación de proyectosResolución 806 de 2005
Visión
Plan de Gobierno
Plan Nacional de Desarrollo
Planes Sectoriales
Planes Indicativos / Institucionales
Programas
Proyectos
MFMP(10 años)
PLAN FINANCIERO
POAI- PGN(Anual)
Lógica de articulación de la Visión a la Práctica, de lo Macro a lo Micro
Docum
entoC
ON
PE
S
MGMP(4 años)
MFMP(10 años)
PLAN FINANCIERO
Dirección: Calle 26 No. 13-19 Piso 33 Edificio FONADETeléfono: 3815000Extensiones: 3333 y 3336
Página web: www.dnp.gov.coLink: Programas, Inversiones y Finanzas Públicas
Correo electrónico: webbpin@dnp.gov.co
Sagrario Forero GilCorreo electrónico: sforero@dnp.gov.co
Graciaswww.dnp.gov.coPBX: 3815000
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