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FACUA-Consumidores en AcciónEs una organización no gubernamental, sinánimo de lucro, de carácter progresista,que dedica sus esfuerzos a la defensa delos consumidores.
IndependienteUno de los principios de FACUA y sus organi-zaciones es la independencia de gobiernos,partidos políticos y grupos empresariales.El proyecto nació en Sevilla en 1981 y dosaños después impulsó la creación de aso-ciaciones de consumidores en varias pro-vincias andaluzas. En 1983 se constituyóFACUA Andalucía, que a finales de la déca-da ya contaba con organizaciones en lasocho provincias de la Comunidad.En 2003 aprobó la cons-titución de una organiza-ción de ámbito nacional,FACUA España, fruto dela unión entre la federa-ción andaluza, de la quetoma sus siglas históri-cas, y asociaciones deconsumidores deCastilla y León y laComunidad Valenciana.Actualmente, cuenta también con aso-ciaciones en Castilla-La Mancha,Extremadura, Islas Baleares, La Rioja, yMurcia, así como delegaciones en Aragón,Asturias, Canarias, Cataluña, Galicia y Madrid.En conjunto, cerca de cincuenta mil consu-midores de todas las provincias españolas,Ceuta y Melilla, son socios de FACUA. Aellos se suman los voluntarios de su Red deConsumidores en Acción.
Acciones relevantesEntre sus acciones más relevantes desta-can en esta década las denuncias por losredondeos al alza de las compañías detelefonía, la primera sentencia que paralizólos cerca de 90.000 créditos que financia-ban los cursos de Opening, la devoluciónde decenas de Peugeot 307 con gravesdefectos de fabricación, las indemnizacio-nes por más de 800.000 euros logradaspara treinta y una víctimas del desplome deuna nave de Muebles Peralta en Sevilla.Desde los años 80, FACUA viene lograndoimportantes éxitos en la defensa de losusuarios. La primera de sus grandes reivin-dicaciones fue una intensa campaña dedenuncias contra Sevillana deElectricidad (hoySevillana Endesa) porhaber facturado irregu-larmente desde 1965miles de millones depesetas, que culminó conuna sanción y la devolu-ción de varios cientos demillones a los usuarios.En 1984 detectó, a raíz delas denuncias de vecinos de varias barria-das sevillanas, que Catalana de Gas (hoyGas Natural) estaba poniendo en peligro laseguridad de los usuarios al incumplir laobligación de realizar cada cuatro años unainspección en sus instalaciones. Ante ladenuncia, la Junta de Andalucía multó a laempresa y la obligó a revisar las deteriora-das instalaciones de sus abonados.En 1985, denunció a varios ayuntamientosandaluces por el cobro ilegal de tarifas deagua, ya que se estaban facturando indebi-damente los derechos de acometida y tari-fas que no habían pasado el requisito legalde ser aprobadas por la Comisión Regionalde Precios. Los ayuntamientos fueron san-cionados y obligados a devolver las canti-dades facturadas irregularmente.
Tras las elecciones celebradas el día 9 de marzo,los ciudadanos y ciudadanas han decidido consu voto la configuración del Congreso y elSenado, así como del Parlamento de Andalucíapara una nueva legislatura de cuatro años.
La distribución de escaños de los distintospartidos ha permitido al Partido Socialista ObreroEspañol (PSOE) tener las mayorías suficientespara continuar en el Gobierno central y en elandaluz, repitiendo así José Luis RodríguezZapatero y Manuel Chaves González, respectiva-mente.
El nuevo Gobierno central y también el anda-luz se han constituido con el signo distintivo dela igualdad entre hombres y mujeres, comoresultado de la política deigualdad que viene propug-nando el PSOE, algo querepresenta sin lugar adudas un elemento positi-vo, pero a la vez ambosgobiernos inician su anda-dura en unos momentos derecesión económica y conretos muy importantes quetendrán que afrontar en esta nueva legislatura,para dar satisfacción tanto a sus votantes comoal conjunto de ciudadanos.
Los consumidores esperan que se dé unasolución al grave problema de la vivienda y seadopten medidas realmente eficaces paragarantizar viviendas dignas y asequibles para lasfamilias que las necesiten y que se sigan adop-tando medidas que permitan afrontar la situa-ción que el sobreendeudamiento está provocan-do en miles de familias a la hora de hacer frentea sus hipotecas.
Ha llegado la hora de pasar de las promesaselectorales a las actuaciones políticas que mejo-ren las condiciones de vida de la población,
amplíen el marco de libertades y permitan aca-bar con las injustas desigualdades existentes ennuestra sociedad.
También ha llegado la hora de que Gobiernoy oposición recojan el mensaje expresado porlos ciudadanos a través de las urnas y entiendanque no todo cabe en política y que hay temas,que no deben ser nunca materia de utilizaciónpartidista y electoral. El terrorismo, la inmigra-ción, el cambio climático o la justicia, por seña-lar cuatro grandes asuntos de Estado, hacennecesario pactar acuerdos lo más amplios posi-bles entre todos los partidos políticos con repre-sentación parlamentaria.
Junto con estos temas, FACUA espera tam-bién que en esta nuevalegislatura se apruebe unaley que regule a las asocia-ciones de consumidores yse establezcan los criteriospara medir objetivamente larepresentación y actividadesreales de cada una de éstasorganizaciones sociales y seles reconozca su carácter
de agentes económicos y sociales, poniéndosefin a prácticas políticas que en la actualidadfavorecen a unas asociaciones de consumido-res, en detrimento de otras, para premiar fideli-dades o docilidades con el poder.
Las administraciones públicas deben medir alas organizaciones de consumidores por lo quehacen y por lo que son, y no por las afinidadespolíticas. Además, deben apostar decididamentepor fomentar el asociacionismo de los consumi-dores, para contribuir con ello a una auténticavertebración de la sociedad y apoyar a las orga-nizaciones independientes para que puedanjugar de contrapoder en el mercado, a favor delos intereses y derechos de los consumidores.
Editorial
Esperamos una ley queregule a las asociacionesde consumidores y las
reconozca como agenteseconómiicos y sociales
Sumario3 | Consumerismo Alerta. Una reseña de las reivindicaciones ydenuncias de FACUA y otros temas de actualidad.
6 | Mundo Consumo. Noticias de las asociaciones de consu-midores del mundo y las actividades internacionales deFACUA.
7 | Crónica Consumerista. Información sobre los actos, activi-dades de concertación y publicaciones de FACUA.
11 | Anuncios bajo conntrol. Últimas campañas denunciadas.
12 | Transporte y viajes. Agencias de viajes: ofertas engañosas.
14 | Productos peligrosos. Encendedores peligrosos para niños.
27 | Alimentación. Cereales a examen: ¿desayuno o golosina?
31 | Salud. Denunciados nuevos seudoadelgazantes.
34 | Alimentación. Competencia expedienta a 11 patronalesalimentarias.
36 | FACUA responde. El Gabinete Jurídico de FACUA contesta aalgunas de las consultas planteadas por los consumidores.
38 | Nuestros socios. Sus denuncias son las protagonistas.
Una nueva legislatura: nuevas esperanzasPACO SÁNCHEZ LEGRÁN, DIRECTOR DE CONSUMERISMO
FACUADOSSIER. En las páginas centrales, el dossier Seguros del hogar ¿qué debes tener en cuenta?
Consumerismo Alerta
Critica las contradicciones delMinisterio de Sanidad y Consumosobre la existencia o no de riesgosppara la salud.
FACUA demanda la apertura de una inves-tigación sobre las empresas que han pues-to en el mercado aceite de girasol conta-minado a fin de depurar sus responsabili-dades en la última alerta alimentaria.
Aunque la contaminación con hidrocar-buros alifáticos tiene su origen en Ucrania,el primer país desde el que se importa elproducto, la asociación considera que lasempresas responsables de su refinado ycomercialización deben aclarar por qué norealizaron los análisis pertinentes quedetectasen las irregularidades.
Contradicciones y opacidad
FACUA, que por responsabilidad ha respal-dado la recomendación del Ministerio deSanidad y Consumo de no consumir nin-guna marca de aceite de girasol comomedida de precaución, lamenta sin embar-go las contradicciones y opacidad en queha incurrido en la gestión de la alerta.
“No estamos aquí para satisfacer curio-sidades de los periodistas”. Esta frase, pro-nunciada en una rueda de prensa junto alministro Bernat Soria por el presidente dela Agencia Española de SeguridadAlimentaria y Nutrición (Aesan), Félix Lobo,resume la poco transparente gestión de laalerta alimentaria del aceite de girasol.
La recomendación de no consumir acei-te de girasol de ninguna marca realizadapor el Ministerio el 25 de abril, tras detec-tarse en Francia un aceite contaminado
procedente de Ucrania, abrió numerososinterrogantes que siguen a la espera derespuestas pese a las insistentes deman-das de información que han venido plante-ándose desde distintos sectores.
La primera pregunta que FACUA plan-teó fue por qué no debía consumirse unproducto que, según el comunicado quehizo público el Ministerio, “no hay riesgopara la salud”.
¿Era necesario pedir que las grandes
cadenas de supermercados e hipermerca-dos retiraran todas las existencias de acei-te de girasol y que la Federación Españolade Hostelería solicitase a sus miembrosque dejasen de utilizarlo como medida deprecaución? Posiblemente sí, en opinión deFACUA, pero la razón que se deduce de lasdeclaraciones realizadas en los medios porlos representantes del Ministerio era que síhay riesgo para la salud.
En la misma tarde del 25 de abril, eldirector ejecutivo de la Aesan, José
Ignacio Arranz, hablaba de “riesgo de toxi-cidad crónica” por un consumo reiterado.
El día después, el ministro Soria mati-zaba que la contaminación del aceite conhidrocarburos alifáticos no implicaba “toxi-cidad aguda”. “Hemos conseguido quedurante unos días la exposición de lapoblación española en términos epidemio-lógicos haya bajado radicalmente”, asegu-ró el presidente de la Aesan el día 28 enla Cadena SER. “Y efectivamente el resul-tado es -y es por lo que estamos conten-tos-, bueno, no tenemos ninguna personaintoxicada, ninguna noticia de que nadiehaya tenido que ir a un hospital”, concluyóLobo, que calificó la medida del Ministeriode “alerta ‘light’”.
Inexplicablemente, en la rueda deprensa convocada el 28 de abril por latarde, el ministro y los responsables de laAesan parecieron desdecirse de todo loargumentado en esos días para volver aldiscurso del comunicado de prensa inicial:la ausencia, sin matices, de riesgo para lasalud. Soria indicó incluso que los consu-midores podían volver a utilizar el aceitede girasol aunque estuviese contaminado.
Al ser preguntado por las críticas deFACUA sobre la falta de transparencia, elministro utilizó a la presidenta del Consejode Consumidores y Usuarios para argu-mentar que las cosas se habían hechobien. Francisca Sauquillo, propuesta en sudía por el Gobierno para presidir esteórgano integrado por las asociaciones deconsumidores -del que FACUA fue exclui-do irregularmente-, sólo intervino en larueda de prensa para avalar la actuacióndel Gobierno y minimizar el interés porconocer los nombres de las marcas ylotes contaminados.
También alimentos preparados
El 30 de abril, la Comisión Europea reco-mendó la retirada de la circulación no sólode todos los envases de aceite de girasolprocedentes de Ucrania, sino también delos alimentos preparados (salsas, conser-vas...) que incluyan en su composiciónmás de un 10% del aceite de girasol.
La Agencia Europea de SeguridadAlimentaria ha hablado de "nivel de toxici-dad bajo", no de ausencia de toxicidad,advirtiendo que no hay "riesgos inmedia-tos" para la salud.
Hoy, las curiosidades de los medios decomunicación y de los consumidorestodavía siguen a la espera de respuestas.
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FACUA DEMANDA LA APERTURA DE EXPEDIENTES ALAS EMPRESAS QUE HAN PUESTO EN EL MERCADOACEITE DE GIRASOL CONTAMINADO
UN DEFECTO EN LAVAVAJILLASELECTROLUX, AEG,JUNO Y ZANUSSIPODRÍA PROVOCARUN INCENDIO
Los usuarios pueden verificar sisus aparatos están afectados enlas páginas web del fabricante.
Un componente defectuoso en deter-minados lavavajillas de las marcasElectrolux, AEG, Juno y Zanussi podríadar lugar a un sobrecalentamiento ocortocircuito, con el consiguiente ries-go de incendio.
Las cuatro marcas pertenecen a lamultinacional sueca de electrodomésti-cos Electrolux, que asegura que "elriesgo de esta anomalía en las seriesafectadas es extremadamente bajo ysólo afectaría a casos aislados". Elproblema atañe a lavavajillas fabrica-dos a partir de junio de 2006.
Para verificar si están afectados,los usuarios pueden introducir el códi-go del producto y su número de serieen la sección aviso de seguridad delas páginas web de Electrolux en susrespectivos países. En España, lasdirecciones son www.electrolux.es,www.aeg-electrolux.es ywww.zanussi.com.es.
De estar afectados y como medidade precaución, los consumidoresdeben dejar de usar sus lavavajillashasta que la empresa les haya realiza-do la pertinente revisión gratuita. Parasolicitarla, pueden llamar a el teléfono900 10 23 11 o escribir a la direcciónde correo electrónicousuarios.postventa@electrolux.es.
FACUA CRITICA LABRUTAL SUBIDA DE1,16 EUROS EN LABOMBONA DE BUTANOAUTORIZADA POR ELGOBIERNO
Lamenta que Industria no tengareparos en dañar la economía delos consumidores para mantenerlos máárgenes al sector.
FACUA critica la brutal subida de 1,16euros en la bombona de butano de 12,5kilogramos autorizada por el Ministeriode Industria, Turismo y Comercio para el1 de abril. En sólo un trimestre, la bom-bona ha subido nada menos que un
8,96%, más del doble que el IPC detodo el último año.
FACUA lamenta que Industria notenga reparos en dañar la economía delos consumidores para mantener losmárgenes al sector y establezca las revi-siones trimestrales con una fórmulaautomática en la que sólo tiene en cuen-ta las fluctuaciones en los costes de lamateria prima, los fletes y el tipo decambio del dólar/euro.
La asociación considera que las revi-siones también deben tener criteriospolíticos en los que se ponderen los inte-reses de los usuarios, máxime teniendoen cuenta los importantes aumentos enlos precios del gas butano y el gas cana-lizado que se han producido en los últi-mos años.
CórdobaFACUA DEMANDA ALAYUNTAMIENTO QUEACTUALICE LAORDENANZA DEL TAXI YREGULE LAS EMISORAS
Considera que debe ser elConsistorio quien establezca unosparámetros mínimos de calidaden la presstación del servicio.
FACUA Córdoba demanda alAyuntamiento de la capital que actuali-ce la Ordenanza del taxi introduciendo,entre otros elementos, la regulacióndel funcionamiento de las emisoras.
La Asociación considera que debeser el Consistorio quien establezcaunos parámetros mínimos de calidaden la prestación del servicio. FACUACórdoba ha pedido a la concejala deTransportes, María de los ÁngelesLuna, que la normativa establezca queen el momento de la solicitud del taxi,la emisora garantice el tiempo máximoque tardará el vehículo y, en caso deproducirse algún imprevisto relaciona-do con el tráfico, vuelva a contactar
con el usuario para informarle delmismo.
Tras la denuncia presentada porFACUA Córdoba, el presidente de laAsociación de Autónomos del Taxi y deRadio Taxi de Córdoba, Miguel Ruano,ha reconocido a los medios de comu-nicación que cuando un usuario decidedejar de esperar un taxi, contactan conél para advertirle que "tiene que abo-nar el servicio que solicitó, aunque nolo haya disfrutado".
FACUA Córdoba pone en duda los"tres o cuatro minutos como máximo"que asegura el representante del sec-tor que tarda un taxi en recoger alusuario, así como que los vehículossalgan siempre "a los cinco segundos"de producirse la petición. No puedeobviarse, advierte la Asociación, queen numerosas ocasiones la situacióndel tráfico y/o la ausencia de taxislibres en puntos cercanos al usuariohace imposible atenderle en un plazorazonable.
La Asociación ha denunciado queen muchos casos los usuarios se venobligados a esperar un largo rato sinque la emisora se ponga ni tan siquie-ra en contacto con ellos para darlesexplicaciones sobre los motivos de latardanza, por lo que finalmente optanpor coger otro vehículo.
Posteriormente, con el pretendidoargumento de que tienen pendiente elpago de la carrera que no se produjo,les niegan el derecho a volver a pres-tarles el servicio, aunque el retrasoanterior fuese superior a los cuatrominutos señalados por el representan-te del sector.
Cláusula abusiva
FACUA Córdoba advierte que la impo-sición, por parte de Radio Taxi, delcobro del servicio a los usuarios quedecidan dejar de esperar -tras unplazo que no es de precisamente cua-tro minutos-, supone una cláusulaabusiva que además implica una situa-
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ción de claro desequilibrio entre laspartes. Y es que cuando el usuarioespera un plazo excesivo, Radio Taxino le ofrece por su parte ningún tipode contraprestación, como podría serun descuento en la tarifa.
AndalucíaFACUA VALORA ELNUEVO DECRETO SOBRE HOJAS DE RECLAMACIONES
Andalucía cuenta desde marzo con unanuevo Decreto que regula las hojas dereclamaciones. FACUA realiza una valo-ración globalmente positiva aunque echaen falta el desarrollo de algunos de losnuevos puntos incluidos en la norma.
FACUA destaca positivamente laampliación de la obligatoriedad de dispo-ner de hojas de reclamaciones a quienesrealicen actividades fuera de un estable-cimiento o centro fijo, incluyendo los ser-vicios a domicilio y las máquinas expen-dedoras, que deberán indicar dóndesolictarlas. La Federación también valorala nueva opción de interponer una hojade reclamaciones electrónica.
Otro aspecto positivo es que cuan-do en una reclamación se denuncienhechos susceptibles de ser calificadoscomo infracción administrativa se ins-truirá un procedimiento sancionador,que se iniciará de oficio, si fuera elcaso, por parte de las Administracio-nes competentes. FACUA aplaude queesta demanda de las asociaciones deconsumidores se incluya en elDecreto, aunque recuerda que la nor-mativa general de procedimientoadministrativo ya lo contempla.
También valora de forma positiva queregule específicamente un modelo decartel donde se anuncie la existencia dehojas de reclamaciones, así como loslugares del establecimiento donde debecolocarse, para facilitar la información alconsumidor. De no existir sede física, lainformación se hará constar en las ofer-tas, propuestas de contratación, presu-puestos, contratos, facturas y demásdocumentos que intervengan en la rela-ción entre el empresario y el usuario.
El nuevo Decreto especifica que elconsumidor podrá reclamar el auxilio delas autoridades competentes ante lanegativa a facilitar las hojas de reclama-ciones, pero FACUA critica que estepunto no se desarrolle más extensamen-te y concrete a qué autoridades se refie-re y qué procedimientos se deben seguir.
FACUA cuestiona si el papel que elDecreto atribuye a las OMICs de trami-tar las reclamaciones realmente secorresponde con las funciones queesas oficinas desempeñan y debendesempeñar. La nueva norma les atri-buye competencias para actuar comomediadores, aunque no se especificaen qué términos, dándoles incluso
potestad para resolver el archivo de lasactuaciones o valorar si los hechos sonconstitutivos o no de una infracción.
Por otro lado, FACUA critica el plazoexcesivo que el Decreto da para laadecuación del mismo, que se extien-de a un año desde su aprobación. Eneste sentido, espera que el sectorempresarial se adecue antes.
LA JUNTA IMPUSO ILEGALMENTE EN 2003AL PRESIDENTE DEUCA-UCE COMO MIEMBRO DEL CES
Una sentencia del Tribunal Superiorde Justicia de Andalucía confirmael recurso presentado al respeectopor FACUA y Al-Andalus.
El Tribunal Superior de Justicia deAndalucía (TSJA) ha confirmado que elGobierno andaluz impuso ilegalmente en2003 al presidente de la Unión deConsumidores de Andalucía-UCA/UCE,Juan Moreno Rodríguez, como miembrodel Consejo Económico y Social (CES) deAndalucía.
La Sala de lo Contencioso-Adminis-trativo del TSJA ha estimado así elrecurso presentado en su día por FACUAy la Federación Andaluza de Consumi-dores y Amas de Casa, Al-Andalus.
Ambas federaciones han solicitadoal presidente del CES que se dé cum-plimiento a la sentencia, haciendoefectivo el nombramiento de los con-sejeros titulares elegidos de formademocrática hace cinco años por lasfederaciones de consumidores:Francisco Sánchez Legrán, presidentede FACUA, y María Ángeles RebolloSanz, presidenta de Al-Andalus.
La sentencia, fechada el 25 defebrero, confirma que la Junta adoptó sudecisión usurpando el derecho de lasfederaciones de consumidores a elegirdemocráticamente a sus representantesen el CES, atribuido por la Ley 5/1997,de 26 de noviembre, que regula el fun-cionamiento del máximo órgano consul-tivo de la Comunidad Autónoma.
El TSJA desestima, "por su discon-formidad a Derecho", el turno rotatorioimpuesto por la Administración, que pre-tendió justificar en que las federacionesno habían elegido a sus representantesen el CES por unaminidad, cuya necesi-dad también rechaza la sentencia. Así, laSala advierte que "sólo cabía proceder
al nombramiento por parte de laPresidencia de la Junta de Andalucía"de los miembros cuya designación "yase había realizado" por las federacionesde consumidores "conforme a lo previs-to" en la citada Ley.
Las consejerías de Gobernación -responsable de las políticas deConsumo- y Empleo -a la que estáadscrita el CES-, presionaron sin éxitodurante meses a las federaciones deconsumidores para que eligiesen a susrepresentantes en el Consejo por una-nimidad. La pretensión no era otra queimponer que Juan Moreno fuese pro-puesto como titular del órgano, elimi-nando a uno de los miembros de lasfederaciones que venían manteniendouna posición crítica con las políticas deConsumo delEjecutivo andaluz enesa legislatura.
Las consejerías senegaban a aceptar ladecisión democráticaadoptada en mayo de2003 por las tresfederaciones, que pormayoría de dos votosa favor y uno en con-tra eligieron comotitulares del CES aFrancisco Sánchez yMaría Ángeles Rebollo.
Tras ello, el entonces consejero deEmpleo, José Antonio Viera Chacón,comunicó a las federaciones una resolu-ción fechada el 7 de octubre en la queindicaba que la designación de sus repre-sentantes en el CES correría a cargo desu Consejería y que se realizaría median-te turnos rotatorios. Así, colocó a Morenocomo miembro titular del Consejo enlugar de la presidenta de Al-Andalus -enesas fechas secretaria general-.
FACUA y Al-Andalus denunciaron queel objetivo de la Junta fue inferir en lasdecisiones de los representantes de losconsumidores en el CES, hecho queahora el TSJA ha puesto de manifiestomediante la sentencia.
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Juan Moreno,presidente de UCA
Mundo ConsumoUruguayPROGRAMA PARA EL FOMENTO DELCONSUMO SUSTENTABLE
Consumidores y Usuarios Asociados de Uruguay (CUA) estádesarrollando en el país suramericano el proyecto Consumo-Seguridad alimentaria-Agua-Derecho humano, con la colabo-ración de FACUA y la Asociación de Abastecimientos de Aguay Saneamientos de Andalucía (ASA) y el patrocinio de la ObraSocial de Unicaja.
Con este proyecto se busca capacitar a alumnos deEducación Primaria para que trasmitan y multipliquen lainformación a sus familias, compañeros y alumnos de clasesinferiores, contribuyendo así a la formación de consumidoresresponsables para un consumo sustentable. Para ello, se tra-tan aspectos relacionados con la Ley de Relaciones deConsumo y los Derechos de los consumidores, la educaciónpara una alimentación saludable y el agua como bien finito.
Las actividades que se desarrollan dentro del proyectoincluyen la realización de dieciocho talleres teórico-prácticosde cinco horas de duración cada uno, así como la elabora-ción de folletos educativos dirigidos a la población adulta.
GuatemalaFACUA FIRMA UN CONVENIO DECOOPERACIÓN CON LA LIGA DELCONSUMIDOR DE GUATEMALA
Actualmente mantiene acuerdos de colaboración condiecisiete organizaciones dedicadas a la defensa ddelos consumidores de catorce países de América Latinay el Caribe.
FACUA-Consumidores en Acción y la Liga del Consumidor deGuatemala han firmado un convenio de colaboración.Suscrito por el presidente de FACUA, Francisco SánchezLegrán, y la presidenta de la Liga del Consumidor, JosefinaPalma Carranza, tiene como objetivos el intercambio de infor-mación y de experiencias, y la realización de acciones con-juntas contra abusos que empresas españolas pudieran lle-var a cabo en el país centroamericano.
Asimismo, FACUA presentará ante instituciones españolasproyectos que elabore la organización centroamericana conla finalidad de solicitar subvenciones o ayudas económicasque permitan la ejecución de los mismos.
Actualmente, FACUA tiene suscritos convenios de coope-ración con las siguientes asociaciones y fundaciones dedica-das a la defensa de los derechos de los consumidores deAmérica Latina y el Caribe:
- Argentina: Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores(Adeuco) y Centro de Estudios del Consumidor (CEC).- Bolivia: Comité de Defensa del Consumidor (AIS-Codedco).- Chile: Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu).- Coolombia: Consumidores de Colombia (COCO).- Costa Rica: Asociación Red de Consumidores Alerta -Fundación Ambio.- Cuba: Fundación Antonio Núñez Jiménez de la Naturaleza yel Hombre (FANJ).- El Salvador: Centro para la Defensa del Consumidor (CDC).- Guatemala: Liga del Consumidor.- Nicaragua: Liga de Defensa del Consumidor de Nicaragua(Lideconic).- Panamá: Consumo Ético y Unión Nacional de Consumidoresy Usuarios de la República de Panamá (Uncurepa).- Perú: Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios(Aspec) y Asociación de Consumidores y Usuarios deHuánuco y Pasco.- República Dominicana: Fundación por los Derechos delConsumidor (Fundecom).- Uruguay: Consumidores y Usuarios de Uruguay (CUA).- Venezuela: Federación Venezolana de Asociaciones deConsumidores y Usuarios (Fevacu).
CubaFACUA CONTINÚA APOYANDO ELAHORRO DE AGUA
La Fundación Antonio Núñez Jiménez de la Naturaleza y elHombre de Cuba, conjuntamente con la empresa Aguas de LaHabana y el Ayuntamiento del municipio Plaza de la Revoluciónde La Habana, con la colaboración de FACUA y el patrocinio deASA, continúa desarrollando en 2008 un proyecto para elfomento del ahorro del agua en diversos núcleos de viviendaSdel citado municipio.
Las actividades a realizar van encaminadas a lograr la repa-ración de los salideros de agua en varios cientos de viviendas,así como a la realización de actividades formativas y divulgati-vas sobre la importancia del ahorro del agua, a desarrollar através de la edición de publicaciones, la realización de confe-rencias y de diversas actividades socioeducativas en centrosescolares de los núcleos urbanos donde se realiza el proyecto.|
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CCrónica consumerista
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AndalucíaCASER, URBANISMO DELAYUNTAMIENTO DE SEVILLA Y LASPROMOTORAS PROMAGA Y MR, DISTINGUIDAS DE FORMA NEGATIVAEN LOS XIV PREMIOS 15 DE MARZO
Las distinciones positivas de FACUA recaen en elConsejo Andaluz de Colegios Oficiales deFarmacéutiicos, Emacsa y CCOO de Andalucía.
FACUA Andalucía ha entregado sus XIV Premios 15 de marzo,con los que cada año distingue a las empresas e institucionesque se han caracterizado por sus actuaciones, positivas o nega-tivas, en relación a los derechos de los consumidores.
Conducido por la secretaria general de FACUA Andalucía,Olga Ruiz Legido, y su portavoz, Rubén Sánchez García, el actose enmarcó en las actividades desarrolladas con motivo del DíaMundial de los Derechos de los Consumidores y contó con lapresencia de más de ochenta representantes de empresas, insti-tuciones y asociaciones de consumidores.
FACUA ha otorgado sus distinciones negativas a tres empre-sas y un organismo público. Se trata del grupo asegurador
Caser, las promotoras de viviendas Promaga, de Cádiz, y MRGrupo de Gestión y Negocios del Suelo, de Sevilla, y la GerenciaMunicipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla.
Las distinciones positivas han sido para el Consejo Andaluzde Colegios Oficiales de Farmacéuticos (Cacof), la EmpresaMunicipal de Aguas de Córdoba (Emacsa), y CCOO de Andalucía.
En el apartado de medios de comunicación, los premiadoseste año por su información sobre los derechos de los usuarios yel fomento de las asociaciones de consumidores han sidoPopular TV Sevilla y los servicios informativos de la televisiónpública valenciana, Canal Nou.
FACUA ha distinguido con su insignia de plata a la hasta2007 presidenta de la Federación Andaluza de Consumidores y
Arriba: Francisco Peinado, tesorero del Cacof, recoge el premio demanos de la directora general de Consumo, Isabel Cumbrera Guil.Centro: Francisco Tejada Gallegos (izquierda), teniente de alcalde deCórdoba y presidente del Consejo de Administración de Emacsa, junto alpresidente de FACUA Córdoba, Francisco Martínez Claus.Abajo: la secretaria general de FACUA, Olga Ruiz Legido, con FranciscoCarbonero Cantador, secretario general de CCOO de Andalucía.
INSIGINIA DE PLATA DE FACUA ANDALUCÍADe arriba a abajo, Mario Soria Rodríguez, jefe de Servicio de Consumode Jaén; José Manuel de la Puente, director comercial de Emasesahasta finales de 2007 y actualmente subdirector económico y financiero;y María Ángeles Sanz Pérez, presidenta de Al-Andalus hasta 2007.
Amas de Casa, Al-Andalus, María Ángeles Sanz Pérez, el jefe deServicio de Consumo de Jaén, Mario Soria Rodríguez, y el direc-tor comercial de la Empresa Metropolitana de Abastecimiento deAguas de Sevilla (Emasesa) hasta finales de 2007, José Manuelde la Puente, actualmente su subdirector económico y financiero.
Invitados a la entrega de premios
El acto, que fue inaugurado por la directora general de Consumo,Isabel Cumbrera Guil, contó con numerosos representantes delámbito empresarial, ciudadano y la Administración.
Del sector empresarial y profesional acudieron representantesde la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), laConfederación Empresarial de Sevilla (CES), Aguas del Huesna,Bogaris, el Colegio de Corredores de Seguros de Sevilla, elConsorcio de Transportes de Sevilla, Emacsa, Emasesa, laAsociación Provincial de Empresas Instaladoras de Sevilla(Epyme), Cacof, la Fundación de Sevilla, Ivesur-Pluralsis, RenfeCercanías, Sevillana-Endesa, Telefónica y VerificacionesIndustriales de Andalucía (Veiasa).
También estuvieron presentes la presidenta de Al-Andalus,María Ángeles Rebollo Sanz, y el secretario general de CCOO deAndalucía, Francisco Carbonero Cantador con miembros deambas organizaciones y la federación de CCOO Comfia.
Por las administraciones asistieron miembros de organismosde las consejerías de Agricultura y Pesca, Gobernación, ObrasPúblicas y Transportes y Salud, el SAS, el Banco de España y losayuntamientos de Castilblanco de los Arroyos, Guillena y Sevilla.
CádizFACUA SUSCRIBE UN CONVENIO DECOLABORACIÓN CON LAUNIVERSIDAD DE CÁDIZ
FACUA Cádiz y la Universidad de Cádiz (UCA) han suscrito unnuevo acuerdo de colaboración el 19 de febrero, por el que abor-darán la realización de cursos, seminarios o actividades docentese investigadoras que tendrán el reconocimiento de la UCA.
Asimismo, FACUA Cádiz aplicará a los alumnos y al personalde la Universidad de Cádiz que deseen afiliarse a la Asociaciónuna reducción en la cuota de inscripción, concretamente, del50% a los alumnos y del 25% al personal.
CórdobaFACUA ESTRENA NUEVA SEDE
FACUA Córdoba ha cambiado su sede. Las nuevas oficinas estánen el número 16 de la calle Doce de Octubre, en la capital cordo-besa, donde pueden acudir los consumidores en general paraplantear sus problemas en materia de Consumo.
CELEBRADAS LAS ASAMBLEAS DESOCIOS EN ALMERÍA Y JAÉN
Las asociaciones provinciales de FACUA Andalucía continúancelebrando sus asambleas de socios. FACUA Almería ha celebra-do su Asamblea anual el 21 de marzo y FACUA Jaén el 15 deabril, mientras que las asociaciones de Granada y Huelva estánultimando su organización.
Las asambleas de Cádiz, Córdoba, Sevilla y Málaga tuvie-ron lugar los días 27 de enero, 2 de febrero, 8 y 20 demarzo, respectivamente.
La junta directiva de cada Asociación ha presentado a susasociados los balances económicos y de las acciones des-arrolladas durante el ejercicio anterior.
Los socios han aprobado asimismo los presupuestos yprogramas de actividades para el presente ejercicio.
SevillaCONVENIO DE COLABORACIÓN CONAGUAS DEL HUESNA
El presidente de FACUA Sevilla, Francisco Sánchez Legrán, y elvicepresidente de la empresa pública Aguas del Huesna, AntonioCano Luis, han suscrito el 23 de abril un convenio marco quetendrá una duración de tres años.
A través de este acuerdo establecerán una mesa de media-ción para canalizar las reclamaciones y colaborar en proyectosinternacionales. El convenio busca informar, defender y asesorara los consumidores y usuarios en relación al suministro de aguaprestado por Aguas del Huesna.
Para ello, entre otros aspectos, se establecerán cauces deintercambio de información y de colaboración técnica además deafianzar un protocolo de actuación para derivar y canalizar lasreclamaciones de los consumidores, que viene a sumarse a lasvías de mediación de que ya dispone la sociedad pública.
Cooperación internacional
Ambas partes establecerán un compromiso de colaboracióninternacional en proyectos relacionados con el ciclo integral delagua y la protección de los consumidores y usuarios, potencian-do la realización de actividades.|
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El rector de la Universidad de Cádiz, Diego Sales Márquez (izquierda),junto al presidente de FACUA Cádiz, David Cifredo Franco.
Una imagen de la Asamblea de Socios de FACUA Málaga.
AndalucíaCELEBRADA LA XXI ASAMBLEAGENERAL DE FACUA ANDALUCÍA
FACUA Andalucía celebró el 29 de marzo en Sevilla su XXIAsamblea General, a la que asistieron cuarenta delegados desus asociaciones en las ocho provincias andaluzas.
Los delegados evaluaron con un alto nivel de consenso elbalance de las acciones desarrolladas durante el último año yaprobaron, junto al presupuesto económico, el programa de acti-vidades de 2008 en materia de control del mercado, coopera-ción internacional, comunicación, asesoramiento a los consumi-dores y tramitación de reclamaciones, participación institucionaly relaciones con el resto de agentes sociales y económicos.
Nuevo portal en Internet
Dentro del balance de las actividades desarrolladas durante2007, se destacó en el terreno de la información a los consumi-dores el nuevo avance logrado por FACUA Andalucía en su pre-sencia en los medios de comunicación, junto a la creación delnuevo portal en Internet andalucia.facua.org -más las páginasweb de las asociaciones provinciales- y la edición de trece nue-vas Guías del Consumidor en el marco de campañas patrocina-das por siete consejerías del Gobierno andaluz.
Las asociaciones provinciales tramitaron 13.409 consultas y3.571 reclamaciones. Asimismo, la Federación participó en cercade una veintena de congresos, jornadas y seminarios organiza-dos por instituciones de diversos ámbitos.
La Escuela de Formación sobre Consumo de FACUA elaboróuna nueva colección de doce temas didácticos para el desarrollode cursos y talleres de Consumo y organizó dos cursos de for-mación interna. Al curso de formación consumerista que tuvolugar los días 29 y 30 de junio asistieron sesenta y cinco cua-dros directivos y técnicos de la Federación y sus asociaciones. Yel 11 de diciembre se celebró un curso para los ingregrantes delos departamentos de reclamaciones, a fin de mejorar la aten-ción a los socios y consumidores en general, en el que participa-ron treinta y cinco personas.
Estudios de mercado
Durante 2007 se produjo otro importante avance en los estudiosde mercado, con la realización de dieciséis análisis para evaluary comparar la calidad y precios de productos y servicios.
En el ámbito de la concertación, FACUA Andalucía renovó losconvenios suscritos en 1997 con la Confederación deEmpresarios de Andalucía (CEA) y CCOO de Andalucía.Asimismo, suscribió sendos convenios con el Consejo Andaluzde Colegios Oficiales de Farmacéuticos y la Empresa Pública delSuelo de Andalucía (EPSA).
FACUA Andalucía continuó impulsando el desarrollo de pro-gramas por organizaciones dedicadas a la defensa de los consu-midores en América Latina y el Caribe. En 2007 cooperó en esteámbito con entidades de Argentina, Chile, Costa Rica, Cuba yPanamá.
FACUA ESPAÑA ORGANIZA SUI CONGRESO
Cuarenta delegados de sus organizaciones territorialeseligen a la nueva Junta Directiva. Una nueva asociaciónde las Islas Canarias se incorpora a FACUA.
FACUA-Consumidores en Acción organizó el 26 de abril su ICongreso nacional. En el acto se dieron cita cuarenta delegadosde las organizaciones territoriales integradas en FACUA.
En el Congreso, que fue presidido por el portavoz de FACUA,Rubén Sánchez García, se hizo balance de las actuaciones des-arrolladas por la organización en el último periodo y se aprobó eldocumento programático para 2008. Tanto el balance de activi-dades y el programa para este año como los balances y presu-puestos económicos fueron aprobados por unanimidad.
FACUA España es una organización de consumidores deámbito nacional constituida en 2003 fruto de la unión de tresfederaciones Andalucía, Castilla y León y Comunidad Valenciana,cuyos orígenes datan de los inicios de la década de los 80.
Asociaciones en once comunidades autónomas
Hoy, la organización cuenta con socios en todas las provinciasespañolas y organizaciones territoriales de ámbito local, provin-cial y autonómico en once comunidades autónomas: Andalucía,Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, ComunidadValenciana, Extremadura, Islas Baleares, Islas Canarias, La Rioja,Madrid y Murcia.
En el Congreso se aprobó la integración en FACUA de unanueva organización de consumidores de las Islas Canarias, laAsociación Lanzarote en Acción (ALEA).
Nueva Junta Directiva
Los delegados eligieron, también por unanimidad, a la nuevaJunta Directiva de FACUA. Francisco Sánchez Legrán y Olga RuizLegido repetirán en la Presidencia y la Secretaría General. LaTesorería de la organización seguirá a cargo de María ÁngelesAyerbe Cazalla.
Los vocales de la Junta Directiva son Rubén Sánchez García,JJesús Ulloa Barrocal, Pedro Muñoz Ramón, Manuel SánchezVicioso y Roberto Barceló Vivancos, que repiten en la misma,junto a Manuel Baaus Japón, David Cifredo Franco, Marcos MoyaHuélamo y Alfonso Rodríguez Sánchez, nuevas incorporaciones.|
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SimyoSE APUNTA A LA ‘MODA’ DEANUNCIAR LLAMADAS GRATIS QUECUESTAN DINERO
FACUA presenta una denuncia contra el operadormóvil virtual por publicidad engañosa.
“¡Habla gratis!”. El operador móvil virtual ha lanzado unacampaña publicitaria, inicialmente a través de Internet, en laque utiliza este reclamo engañoso relacionado con las llama-das a otros móviles de la misma compañía.
Para Simyo, como para otros operadores (ver noticiasobre Orange en esta misma página), el significado de lapalabra gratis no es el mismo que para la Real AcademiaEspañola o para cualquier consumidor, esto es, sin costealguno.
Y es que en realidad, las llamadas a otros móviles Simyosí cuestan dinero, ya que en todas hay que pagar la tarifa fijade establecimiento de llamada de 0,174 euros (0,15 másIVA). La tarifa de 0,00 euros por minuto se aplica los 10 pri-meros minutos de cada llamada.
FACUA ha denunciado a la compañía por publicidad enga-ñosa ante las autoridades competentes en materia deConsumo y Telecomunicaciones.
OrangeORANGE APROVECHA EL DÍA DELPADRE PARA LANZAR UNAPROMOCIÓN ENGAÑOSA
En otro burdo intento de confundir a los usuarios, lacompañía habla de llamadas gratis que no lo sonn yse equivoca describiendo el establecimiento de lla-mada como una tarifa de 15 céntimos por cadamminuto de conversación.
FACUA denuncia que Orange ha aprovechado el Día delPadre para lanzar una promoción engañosa de llamadas"gratis" que en realidad no lo son, ya que en todas cobra sutarifa fija de 17,4 céntimos (15 más IVA) por el estableci-miento de comunicación.
Según la compañía, la promoción Amigos a 0 en el Día delPadre permitirá a los usuarios de móviles Orange "hablargratis con su progenitor y con las personas que traigan desde
otro operador, para toda la vida", con un límite de diez núme-ros y 1.000 minutos mensuales.
Pero el reclamo principal de la promoción, presentada porla compañía a través de un comunicado de prensa, es poste-riormente matizado aclarando que los usuarios tendrán quepagar siempre el establecimiento de cada llamada.
En lo que FACUA considera otro burdo intento de confun-dir a los usuarios, la propia compañía se equivoca describien-do el establecimiento de llamada como una tarifa de "15cents. €/min.", según consta en el citado comunicado.
TelefónicaDENUNCIADA LA CAMPAÑA DEL DÚOADSL 3 MB.
La compañía niega la tarifa promocional a los clientesque ya tengan algún servicio de banda ancha.
FACUA ha denunciado a Telefónica de España por hacerpublicidad engañosa de su Dúo 3 Mb. al negar la oferta de26,20 euros más IVA mensuales durante un año a los usua-rios que ya tengan algún servicio de ADSL.
FACUA advierte asimismo que los usuarios que solicitan labaja tras habérseles negado la promoción están recibiendodistintas ofertas para que no cambien de operador: cuotasgratis, descuentos e incluso la tarifa inicialmente negada.
Los teleoperadores del departamento de bajas deTelefónica ofrecen tres cuotas gratis del servicio Dúo, cuyatarifa mensual es de 39,90 euros más IVA (46,28) o seismensualidades con el 50% de descuento, lo que representaun total de 138,85 euros.
En otros casos, los operadores permiten el alta en la promo-ción de 26,20 euros más IVA mensuales que les habían nega-do, lo que supone 190,70 euros de descuento en doce mesescon respecto a la tarifa que están pagando actualmente.
FACUA, que ha recibido numerosas reclamaciones sobreel tema a través de su web, ha denunciado a Telefónica porpublicidad engañosa ya que esta no advierte que la cuotapromocional de su Dúo ADSL 3 Mb. más llamadas a fijosnacionales sólo está dirigida a usuarios que no tengan yacontratado ningún servicio de Internet de banda ancha.
La denuncia ha sido remitida a las autoridades de Consumode la Comunidad de Madrid, donde la empresa tiene su sedesocial, y al Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministeriode Sanidad y Consumo, entre otros organismos.
bajo control
FACUA ha denunciado a 111 agen-cias de viajes ante las autoridadesde Consumo del Gobierno central y
sus comunidades autónomas por anun-ciar ofertas engañosas a los usuarios. Losprecios de sus paquetes vacacionales sonen realidad muy superiores a los publici-tados, que omiten numerosos conceptos.
Las ofertas expuestas en sus esca-parates no indican el "precio final com-pleto", como marca la legislación, omi-tiendo conceptos como cargos adicio-nales por la gestión o emisión de losbilletes, por el incremento de los carbu-rantes así como las tasas de los puer-tos marítimos y aéreos e incluso propi-nas que se imponen en los cruceros.
Además, cuarenta y cinco agenciashan sido denunciadas por no tenerexpuesto de forma perfectamente visi-ble en el interior de sus establecimien-tos el cartel que debe informar a losconsumidores de la existencia de hojasde reclamaciones.
EL 97% INCUMPLE
Las denuncias son el resultado de unestudio sobre 117 agencias de viajesde once provincias. Técnicos de FACUAy sus asociaciones territoriales visitaronlos establecimientos para evaluar si lasofertas expuestas en sus escaparatesindican el precio final completo, ademásde verificar si cumplen sus respectivos
decretos autonómicos sobre hojas dereclamaciones.
El estudio ponede manifiesto unincumplimientoprácticamentegeneralizado deregulación publici-taria: el 97,3% delas que exhibenofertas en susescaparates incu-rren en publicidadengañosa. 111 delas 117 agencias encuestadas anuncianprecios inferiores a los reales. De lasseis restantes, tres cumplen la legisla-ción y las otras tres no exponen ofertasen sus vitrinas.
HOJAS DE RECLAMACIONES
En cuanto al cartel que debe informar alos usuarios de la existencia de hojas de
reclamaciones a su disposición, unaobligación básica en materia de protec-
ción a los consu-midores, treinta ynueve de lasagencias no loexhiben y seis lotienen colocadoen lugares difícil-mente visibles.Así, el 38,5%incumplen la nor-mativa estatal yautonómica que
regula las hojas de reclamaciones.Las denuncias han sido presentadas
ante las autoridades de Consumo deAndalucía, Islas Baleares, Madrid,Murcia y Castilla y León, comunidadesdonde se ha efectuado el estudio, a lasque FACUA demanda sanciones ejem-plarizantes para acabar con estas prác-ticas. La asociación también ha pedidoal Instituto Nacional del Consumo (INC)
Agencias de viajes:ofertas engañosas
El 97% de las agencias encuestadasque exhiben ofertas en sus escapa-rates incurren en publicidad eenga-ñosa. El 39% no exhiben el cartelinformativo obligatorio sobre la exis-tencia de hojas de recclamaciones.
FACUA denuncia a 111 agencias ya que sus precios sonmuy superiores a los anunciados en sus escaparattes.
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Al precio ofertado hayque sumarle cargosadicionales como
gestión o emisión debilletes, tasas...
del Ministerio de Sanidad y Consumoque asuma sus competencias e impulseactuaciones coordinadas por parte delas diecisiete comunidades autónomascontra las irregularidades generalizadascometidas por el sector.
La encuesta ha sido efectuada en lasprovincias de Almería, Baleares, Cádiz,Córdoba, Granada, Huelva, Madrid,Málaga, Murcia, Sevilla y Valladolid.
QUÉ DICE LA LEGISLACIÓN
El texto refundido de la Ley Generalpara la Defensa de los Consumidores yUsuarios establece en su artículo 60que "en toda información al consumidorsobre el precio de los bienes o servi-cios, incluida la publicidad, se informarádel precio final completo, desglosando,en su caso, el importe de los incremen-tos o descuentos que sean de aplica-ción, de los gastos que se repercutan alconsumidor y usuario y de los gastosadicionales por servicios accesorios,financiación u otras condiciones depago similares".
Asimismo, la Ley 34/1988 de 11 denoviembre, General de Publicidad defi-
ne en su artículo 4 comoengañosa aquella que "decualquier manera, incluidasu presentación, induce opuede inducir a error a susdestinatarios, pudiendoafectar a su comportamien-to económico, o perjudicaro ser capaz de perjudicar aun competidor". "Es asi-mismo engañosa", continúala norma, "la publicidadque silencie datos funda-mentales de los bienes,actividades o servicioscuando dicha omisióninduzca a error de los des-tinatarios".
BATERÍA DE DENUNCIASDESDE 2007
Estas denuncias se suman a las presen-tadas por FACUA entre febrero y junio de2007 contra veinticuatro agencias de via-jes y compañías aéreas por anunciar pre-cios inferiores a los reales a través decampañas publicitarias desarrolladas enprensa y sus páginas web. Denuncias que
han provocado la apertura de numerososexpedientes sancionadores en distintascomunidades autónomas, aunque estetipo de irregularidades continúa a la ordendel día.
Por ello, FACUA considera funda-mental que el Instituto Nacional delConsumo coordine actuaciones conlas comunidades autónomas paraactuar de forma conjunta contra estasprácticas y acabar con ellas. |
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Las sanciones han sido impuestas por elGobierno balear, donde las empresas tienensu sede social. FACUA lamenta su reducidacuantía.
Halcón Viajes y Air Europa, del grupoGlobalia, han sido sancionadas por elGobierno de las Islas Baleares, donde tienensu sede social, tras las denuncias presenta-das por FACUA-Consumidores en Acción porpublicidad engañosa. Ambas se suman aViajes Iberia, multada por los mismos moti-vos por la Administración autonómica, yViajes Soltour.
Estas empresas fueron objeto de denun-cia por parte de FACUA entre enero y juniode 2007, por anunciar vuelos y paquetesvacacionales indicando precios inferiores alos reales. Las irregularidades consisten enmostrar ofertas engañosas, indicando enuna diminuta tipografía que hay quesumarles conceptos como cargos adiciona-les por la gestión o emisión de los billetes,por el incremento de los carburantes asícomo las tasas de los puertos marítimos yaéreos e incluso propinas que se imponenen los cruceros.
FACUA lamenta la reducida cuantía delas multas impuestas por la DirecciónGeneral de Consumo de la Consejería deSalud y Consumo balear, que ascienden a3.010 euros en el caso de Air Europa yViajes Soltour, 7.100 en el de Halcón Viajesy 14.200 en el de Viajes Iberia. La asocia-ción considera que difícilmente se acabarácon este tipo de prácticas si las sancionesno son contundentes y ejemplarizantes.
Las actuaciones contra estas cuatroempresas forman parte de una batería dedenuncias contra veinticuatro agencias ycompañías aéreas presentadas por FACUAen 2007 ante las autoridades de Consumode las comunidades autónomas donde tie-nen su sede social, concretamente Baleares,Cataluña, Madrid y País Vasco. En lasdenuncias están incluidas otras empresascon sede en Baleares, Barceló Viajes,Logitravel, y Spanair, sobre las que la aso-ciación aún no ha recibido resolución.
Las reclamaciones también fueron diri-gidas al Instituto Nacional del Consumo,que rechazó emprender actuaciones argu-mentando una supuesta falta de compe-tencias.
HALCÓN VIAJES, AIR EUROPA, SOLTOUR Y VIAJES IBERIA, MULTADASPOR PUBLICIDAD ENGAÑOSA TRAS LAS DENUNCCIAS DE FACUA
Cuarenta y tres de los cuarenta ycuatro encendedores analizadospor FACUA incumplen la nor-
mativa europea de protección paraniños, al carecer de sistemas paraevitar el encendido o tener diseñosque los hacen especialmente atracti-vos para los más pequeños.
FACUA ha denunciado su venta antelas autoridades de Consumo autonómi-cas y del Gobierno central. Se trata decuarenta mecheros identificados con lasmarcas Akra, Atomic, Baide, Bic,Camelion, Clipper, Extra +, Prof y Rastay otros tres de marca desconocida quesiguen en el mercado tras la entrada envigor de su prohibición.
Veintiocho de los mecheros care-cen de protección para niños en susmecanismos de encendido. Asimismo,diecisiete de los analizados porFACUA presentan riesgo de uso porlos niños al incorporar objetos móvilesy linternas.
NUEVA NORMA
El pasado 11 de marzo entró en vigorla Resolución de 26 de abril de 2007del Instituto Nacional del Consumo(INC), por la que se asume la adopciónde las medidas impuestas por laComisión Europea en su Decisión2007/231 para "prohibir el suministro
de encendedores desprovistos delmecanismo de seguridad para niños yde encendedores de fantasía a los con-sumidores".
La norma europea UNE-EN13869:2002 define como "encendedorde fantasía" todos los que "de algúnmodo presenten un parecido con otrosobjetos normalmente destinados a suuso por niños o que puedan resultaratractivos para estos". Así, la prohibi-ción se aplica a "encendedores cuyaforma sea parecida a personajes dedibujos animados, juguetes, pistolas,relojes, teléfonos, instrumentos musi-cales, vehículos, la figura humana opartes de ella, animales, alimentos obebidas, o que incorporen notas musi-
cales, destellos de luz, objetos móvilesu otros efectos divertidos".
FACUA ha enviado muestras de losmecheros denunciados a las autorida-des de Consumo de la Junta deAndalucía. Asimismo, ha remitido lasdenuncias a las ComunidadesAutónomas donde tienen sus sedessociales los fabricantes o importadoresde los mecheros, así como los estable-cimientos donde han sido adquiridos:Andalucía, Cataluña y País Vasco.
Encendedores peligrosospara niños
FACUA ha denunciado su venta antelas autoridades de Consumo alcarecer de sistemas para evitar elencendido o tener diseños que loshacen especialmente atractivos paralos más pequeños.
43 de los 44 encendedores analizados por FACUAincumplen la normativa europea de protección para niñños.
ENCENDEDORES QUE PARECEN JUGUETESDiecisiete de los cuarenta y cuatro mecherosanalizados por FACUA son especialmenteatractivos para los niños al incorporar objetosmóviles y linternas.
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Año tras año, los del hogar son los segurosque más reclamaciones generan por partede los usuarios.
Hoy en día, la contratación de esta moda-lidad de seguro es muy habitual, ya que losusuarios cada vez son más conscientes deque deben hacer frente a cualquier posibleproblema que pueda surgir en el ámbito de
su hogar. Además, la contratación de unseguro del hogar va ligada a la suscripciónde determinados productos financieros.
Es por ello que los consumidores debenestar perfectamente informados sobre lassituaciones e incidencias que pueden surgiren la tramitación de un contrato de estascaracterísticas.
Publicación subvencionada por:
CONSEJERÍA DDE GGOBERNACIÓNDirección General dde CConsumo
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45 Contratación deseguros del hogar
Desde hace varios años, el infor-me anual del Servicio deReclamaciones de la Dirección
General deSeguros yFondos dePensiones vieneindicando queesta rama deseguros es laque más recla-maciones provo-ca. En concreto,en el informe de2006 (todavía nose han publicado los datos totales de2007) se indica que los ramos relacio-nados con el seguro de daños, enespecial del hogar y de las comunida-des de propietarios, han sido los quemayor número de reclamaciones hangenerado durante 2006, representandola suma de estas reclamaciones junto alos daños por incendios y por elemen-tos de la naturaleza casi el 37% deltotal de las reclamaciones de seguros.
Además, hay que tener en cuentaque este tipo de contrato es cada díamás habitual entre los ciudadanos,que suscriben estas pólizas parahacer frente a las incidencias cotidia-nas que suelen surgir en el ámbito dela vivienda.
También es relativamente habitual elhecho de que muchas entidades condi-cionen ciertos productos financieros a lacontratación de seguros del hogar, multi-
plicando el número de seguros de estetipo que están funcionando en España.
Es por ello que desde FACUA seentiende necesa-rio realizar unabreve guía básicadirigida a losusuarios, paraque posean lasherramientasadecuadas y deesta forma pue-dan conocer elfuncionamientotanto de los
seguros en general como del segurodel hogar en particular.
En este documento se van a tra-tar, en principio, los conceptos bási-cos y definiciones necesarias parapoder entender un contrato de segu-ro. Posteriormente se analizará de unmodo genérico este tipo de contrato,y a continuación se analizará en con-creto el seguro del hogar, revisandotanto las dudas más habituales queesta modalidad de seguro genera, asícomo las reclamaciones más habi-tuales de este tipo de contrato. Porúltimo, se procederá a explicar elprocedimiento que debe realizar unusuario a la hora de realizar unareclamación ante una conducta quevulnere sus derechos por parte de
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Muchas entidadescondicionan ciertos
productos financieros ala contratación deseguros del hogarr
Seguros del hogar:¿qué debes saber?Este tipo de contrato es cada día más habitual entrelos usuarios, preocupados ante las incidencias qquepuedan surgir en el ámbito de su hogar.
NUMEROSAS RECLAMACIONESLos seguros del hogar suelen acumular,
dentro del sector, gran cantidad de reclamaciones de usuarios.
una aseguradora.Evidentemente, el conocimiento de
los aspectos que se van a tratar noinfluye para que en el momento de latramitación de una reclamación en con-creto no sea necesaria la participaciónen defensa de los intereses del consu-midor de un experto en la materia.
DEFINICIONES BÁSICAS
Un adecuado conocimiento del contratode seguros requiere tener unas defini-ciones básicas de conceptos que apa-recerán en el mismo, ya que sin unaadecuada explicación previa se dificul-tará la comprensión del mismo.
Aseguradora
Es la entidad que presta el serviciode aseguramiento y que asume laobligación del pago de la indemniza-ción cuando se produzca el siniestroasegurado.
Asegurado
Es la persona sobre la que recae elriesgo que se asegura (por ejemplo, elconductor del coche, propietario de unavivienda...). El tomador y el asegurado
pueden ser, o no, la misma persona.
Contrato de seguro
Es aquél por el que el asegurador seobliga, mediante el cobro de una canti-dad de dinero y para el caso de que seproduzca un hecho cuyo riesgo esobjeto de cobertura, a indemnizar, den-tro de los límites pactados, el dañoproducido al asegurado o a satisfacerun capital, una renta u otras prestacio-nes convenidas.
Tomador
Es la persona que contrata con la enti-dad aseguradora y paga la prima.
Beneficiario
En los seguros de vida, es la persona aquien corresponde recibir la indemniza-ción en el caso de siniestro.
Agente de seguros
El agente de seguros es aquellapersona física o jurídica vinculadacon una compañía aseguradora quepromueve y asesora la contratacióndel seguro.
El agente hace de intermediarioentre la compañía y el tomador delseguro y, por lo tanto, cuando el consu-midor le paga la prima es como si lohubiera hecho a la misma compañía. Lomismo sucede con respecto a lascomunicaciones a la compañía median-te el agente: se debe entender que serealizan en el mismo momento en quese informa al agente de seguros.
Póóliza
Documento en el cual se recoge elcontrato de seguros.
Corredor de seguros
El corredor de seguros es aquella perso-na física o jurídica que actúa de inter-mediario entre la aseguradora y el con-sumidor, pero que no tiene ninguna vin-culación contractual con la compañía.
El corredor debe ofrecer un ase-soramiento imparcial, puesto que tra-baja con varias compañías, y debeinformar al consumidor de la mejoroferta de acuerdo con los riesgos quequiere cubrir.
En el caso de los corredores, adiferencia de los agentes, los pagosque se les realizan no se entienden|
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Según la normativa, sólo es obligatoria la con-tratación de un seguro de incendios de lavivienda qque se está hipotecando, donde laentidad con la que se tiene suscrito el présta-mo deberá ser la beeneficiaria hasta el importeadeudado.
Según el Real Decreto 685/1982, de 17 demarzo, por el que se desarrollan determinadosaspectos de la Ley 2/1981, de 25 de marzo,de Regulación del Mercado Hipotecario, “losbienes sobre los que se constituya la hipotecadeberán contar con un seguro contra dañosadecuado a la naturaleza del mismo”.Hay que tener en cuenta que existe libertadpara elegir aseguradora, por lo que ningúnbanco puede obligar a un usuario a contratar elseguro de su vivienda con ellos, aunque algu-nas ofertas hipotecarias ofrecen condicionesmás ventajosas a aquellos clientes que suscri-ban determinados productos. En este sentido,la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediaciónen Seguros y Reaseguros Privados, le concedeal usuario el derecho a elegir libremente comose deduce del Título I, artículo 5, relativo a las
prohibiciones, que en su apartado2 e) dice: "Los mediadores deseguros y reaseguros privados nopodrán imponer directa o indirec-tamente la celebración de un con-trato de seguros".
Multitud de entidades bancariasexigen la contratación de otro tipode seguros para la concesión deuna hipoteca, como un seguro devida. Pero el usuario debe saberque, aunque lo suelen exigir paraasegurar la amortización del présta-mo, no es obligatorio por Ley. ElReal Decreto Legislativo 1/2007, de16 de noviembre, por el que seaprueba el texto refundido de la LeyGeneral para la Defensa de losConsumidores y Usuarios y otrasleyes complementarias, califica ensu artículo 89 como cláusula abusi-va "la imposición al consumidor yusuario de bienes y servicios com-plementarios o accesorios no solici-tados".
HIPOTECAS Y SEGUROS
abonados a la compañía hasta queno entreguen el recibo.
Riesgo
Es la posibilidad de que efectivamentese produzca el daño asegurado; el ries-go a cubrir por la aseguradora debeestar concretado en la póliza.
Prima
Es la cantidad dedinero que perió-dicamente debepagar la personaque contrata lapóliza a la com-pañía asegurado-ra para la cober-tura del riesgo.Básicamente, esel precio del contrato.
Siniestro
Es la producción del riesgo, del hechoque produce un daño, y que obliga a lacompañía a indemnizar al beneficiariodel contrato.
Indemnización
Cantidad de dinero que debe pagar lacompañía aseguradora al beneficiariouna vez que se produce el siniestro.
Franquicia
Es un importe pactado que siemprepagará el asegurado cuando se pro-duzca un siniestro. La ventaja de lafranquicia es que abarata la póliza; ladesventaja es que el asegurado siem-pre debe pagar una parte del siniestro.
Condiciones generales
Cláusulas del contrato que han sidoredactadas e impuestas por la asegurado-ra, y que son comunes a todas las pólizasdel mismo tipo de seguro que celebra unadeterminada entidad aseguradora.
Condiciones partticulares
Identifican el seguro. Son todos losdatos de la compañía aseguradora, losdatos del tomador, el concepto asegura-do, el beneficiario y el asegurado, elriesgo, la cantidad asegurada, el importede la prima, el vencimiento y la formade pago y la duración del contrato.
Condiciones especiales
Menciones de carácter especial quepueden variar alguna cláusula general.
Continente
Es un concepto que se utiliza habitual-mente en los seguros del hogar, y serefiere al valor del inmueble vacío, es
decir, suelo, pare-des y techo.
Contenido
Es el valor de todoaquello que seencuentra dentrode la vivienda:muebles, electro-domésticos, etc.
Infraseguro y sobreseguro
El primer concepto se refiere a cuandoel valor real de los bienes aseguradoses superior al declarado en la póliza. Elsobreseguro es cuando el valor real delos bienes es inferior al asegurado.En caso de que la aseguradora tuviera
que indemnizar alguna cantidad, lohará de forma proporcional a como laprima cubra al bien.
EL SEGURO DEL HOGAR
Esta modalidad del contrato de segurosforma parte de la rama de seguros dedaños, es decir, aquellos en los cualesla aseguradora pacta la cobertura antedaños materiales, tanto de bienesmuebles como inmuebles.
Es importante que quede claro queel único seguro de daños obligatorio,en el ámbito de la vivienda, es el deincendios, y siempre y cuando existauna hipoteca en la que la garantía seael inmueble, por lo que no existe unaobligación legal de contratar una mayorcobertura de riesgo sobre la vivienda.
En el momento de contratar elseguro del hogar es de suma importan-cia que se afine al máximo en la valori-zación del continente y contenido, yaque en caso contrario el contrato quese firme no se adecuaría a la realidad,provocando posibles problemas en unfuturo (que la indemnización que dé laaseguradora no cubra el siniestro sufri-do o bien que se esté pagando una
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La franquicia es unimporte pactado quepagará el aseguradocuando se produzca
un siniestro
parte de prima que sea realmenteinnecesaria teniendo en cuenta el valorde lo asegurado).
El mercado ofrece multitud de varie-dades de seguros del hogar; incluso enla misma entidad suelen existir distin-tas opciones para asegurar los posiblessiniestros que puedan surgir en lavivienda.
Por lo anterior es recomendable quese haga una comparativa entre todoslos posibles productos a contratar. Eneste estudio previo es importante anali-zar las condiciones generales de cadauno, observar si son claras y se ade-cuan a las necesidades reales delusuario. En este aspecto es muyimportante leer detenidamente tantolos riesgos que se cubren como lasexclusiones a la cobertura por parte delseguro, ya que un defectuoso conoci-miento en este sentido puede llevar ala creencia de que se está cubierto enunos determinados supuestos y quefinalmente no sea así.
DOCUMENTACIÓN ATENER EN CUENTA
El contrato de seguro es un pacto entredos partes en virtud del cual una deellas se obliga a indemnizar a la otraen unos supuestos concretos quedeben estar especificados en el propiocontrato a cambio de una determinadacantidad de dinero (llamada prima).
Este contrato debe tener un soportedocumental por escrito; es lo que sedenomina póliza, y en ella deben apa-recer una serie de indicaciones:
- Nombre y apellidos o denominaciónsocial de las partes contratantes y sudomicilio, así como la designacióndel asegurado y beneficiario, en sucaso.- El concepto en el cual se asegura.- Naturaleza del riesgo cubierto.- Designación de los objetos asegu-rados y de su situación.- Suma asegurada o alcance de lacobertura.- Importe de la prima, recargos eimpuestos.- Vencimiento de las primas, lugar yforma de pago.- Duración del contrato, con expre-sión del día y la hora en que comien-zan y terminansus efectos.- Si intervieneun mediador enel contrato, elnombre y tipode mediador.
La documentaciónde la póliza seconcreta en dosdocumentos degran importancia y que deben ser revi-sados antes de proceder a la efectivafirma del contrato, ya que en éstos sedeben determinar de forma clara lassituaciones y excepciones en los que laaseguradora procederá a indemnizar albeneficiario del seguro (son las condi-ciones generales y particulares).
La gran mayoría de las reclama-ciones de seguros suelen estar moti-
vadas, precisamente, porque existeuna confusión en los consumidores alcreer que ciertos siniestros estáncubiertos por la póliza cuando real-mente en las condiciones generalesla cobertura no están concretados obien existen multitud de excepcionesque facilitan a la aseguradora el nodar cobertura al siniestro producido.
Es por ello de vital importancia rea-lizar un adecuado estudio de las condi-ciones generales y particulares delcontrato para evitar futuros problemas.
En las condiciones particulares sue-len indicarse los datos personales delas partes y específicos del seguro(cuantía de la prima, valor de contenidoy continente, así como suplementos alseguro que se hubieran pactado entrelas partes).
Las condiciones generales son lasque concretan los supuestos en loscuales se van a dar cobertura. En estedocumento se indicarán las excepcio-nes en las que no se procederá a darcobertura al siniestro.
Es posible que previamente a lafirma del contrato de seguro se reali-ce una solicitud o proposición deseguro. En el primer caso (el consu-midor solicita un contrato de seguroa la aseguradora) es importante acla-rar que éste no vincula en ningúnmomento al solicitante. Respecto a laproposición del contrato por parte de
la aseguradora,vinculará al pro-ponente (asegu-radora) duranteun plazo de quin-ce días.
La duracióndel contrato serádeterminada enla póliza, la cualno podrá fijar unplazo superior a
diez años. Sin embargo, podrá esta-blecer que se prorrogue una o másveces por un período no superior a unaño cada vez.
Las partes pueden oponerse a laprórroga del contrato mediante unanotificación escrita a la otra parte,efectuada con un plazo de dos mesesde anticipación a la conclusión delperíodo del seguro en curso.
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Multitud deexcepciones facilitana la aseguradora nodar cobertura a un
siniestro
ESTUDIAR LAS OPCIONESExisten multitud de variedades de segu-ros del hogar, por lo que es recomenda-ble que el usuario haga una comparativay contrate en función de sus necesidadesparticulares.
Es importante que el usuarioconozca claramente la termino-logía utilizada cuando se habla
de la contratación de un seguro. Acontinuación se ofrecen definicionesespecíficas, así como situacionesconcretas que pueden surgir en latramitación y contratación de unseguro del hogar.
OBLIGACIONES DELAS PARTES
Una vez firmada la correspondientepóliza, se generan una serie de obli-gaciones para todos los sujetos inter-vinientes y que son las siguientes:
La aseguradora
- Entregar al contratante un ejemplarde la póliza en la que conste que lascondiciones que en ella se estipulanhan sido aceptadas por la asegura-dora.- Explicar al contratante, al beneficia-rio o al asegurado el alcance de lacobertura contratada y las condicio-nes en las que surtirá efectos, deta-llando las limitaciones a que estésujeta.- Cubrir el importe de la indemniza-ción en caso de que ocurra el sinies-tro, es decir, una vez verificada laprocedencia de la reclamación hechapor el beneficiario del seguro, deberápagarle el monto que corresponda.- Verificar la procedencia de la recla-mación por cualquier medio que con-sidere conveniente, como pueden serinvestigaciones, peritajes, análisis y,en general, cualquier medio queayude a la compañía a conocer lascondiciones en las que ocurrió elsiniestro.- En caso de que la aseguradora noconsidere procedente el pago, deberá
fundamentar debidamente la negativa.
El asegurado
- Contar con la garantía de que supersona o susbienes estánprotegidos porlos riesgos con-templados en lapóliza, es decir,tener la seguri-dad de que encaso de ocurrirel siniestro,éstos serán pro-tegidos ocubiertos por la aseguradora alamparo de la póliza.
- En caso de asegurar un bien, elasegurado tiene la obligación de tra-tarlos con el cuidado y las precaucio-nes necesarias para evitar que ocurracualquier tipo de siniestro y, en caso
de que ocurra,evitar realizaraquellas con-ductas quepudieran agra-varlo.
El contratante
- Conocer lascondiciones de lapóliza y las
coberturas, es decir, puede solicitar a lacompañía aseguradora la información
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El asegurado tiene laobligación de tratar losbienes con precauciónpara evitar que ocurra
cualquuier tipo de siniestro
Especificaciones sobreel seguro y siniestrosLa terminología utilizada y las situaciones que puedensurgir en la contratación de un seguro deben sserconocidas por los usuarios.
que requiera para poder decidir sobrela contratación del seguro, respecto alos siniestros que cubre y a las con-diciones en las que se prestará elservicio por parte de la aseguradora.- Toda vez que es quien contrata elseguro deberá, una vez verificada lapóliza, cubrir el importe de la misma.
El beneficiario
- Comprobar a la aseguradora su cali-dad de beneficiario y proporcionarletoda la documentación que éstarequiera para que se verifiquen lascondiciones en que ocurrió el siniestro.- Una vez verificada la procedenciade la reclamación, tiene derecho arecibir el importe de la indemnizaciónpor parte de la aseguradora.
CANCELACIÓN DELCONTRATO
El contrato se puede cancelar porcualquiera de las partes.
El asegurador podrá proceder a lacancelación en los siguientessupuestos:
1. Si el asegurado ha ocultado omentido en los datos facilitados alcontratar la póliza. En estos casos,la aseguradora dispone del plazode un mes desde que conozca estacircunstancia para cancelar elseguro sin que el asegurado tengaderecho a la devolución de laprima correspondiente al tiempoque reste hasta cumplir la duracióndel contrato, salvo que acredite
que no actuó de mala fe.2. Si mientras dura el contrato seagrava el riesgo que cubre la póli-za (por ejemplo,se disminuyenlas medidas deseguridad deun local, o enéste existe másmercancía de laque se declaróen el momentode suscribir lapóliza, etc.).En estossupuestos, el asegurador puedecancelar la póliza o proponer altomador una modificación de lascondiciones del contrato que, si noson aceptadas, también daránderecho a la compañía a rescindirel contrato, en ambos casos con laobligación de restituir la parte pro-porcional del importe de la prima.Si el asegurado oculta de mala fe ala compañía una situación queagrava el riesgo cubierto por lapóliza y éste se materializa, estoes, se produce el siniestro objetodel contrato de seguro (el robo, elincendio, la inundación, etc.), elasegurador podrá verse libre depagar la indemnización.En los casos en los que no hayaexistido esta mala fe, la asegura-dora sólo estará obligada a pagarla diferencia entre la prima contra-tada y la que hubiera correspondi-do abonar por el incremento delriesgo.
3. El asegurador puede cancelar elseguro si se vende el objeto ase-gurado (en este caso, la vivienda);
también estaráobligado a devol-ver la parte deprima pendien-te.El aseguradotambién puedeproceder a lacancelación delcontrato de segu-ro en los siguien-tes supuestos:- Cuando existan
circunstancias que han hechodisminuir el riesgo, por lo que laprima debe reducirse y la compa-ñía aseguradora no admite lamodificación de la misma.En estos casos, el tomador delseguro tiene derecho a recibir ladiferencia entre la prima que hapagado y la que le hubieracorrespondido pagar desde quecomunicara la disminución delriesgo.- Cuando ha comprado un objetoque estaba asegurado y no leinteresa el seguro.
CONFLICTOS CON LAASEGURADORA
Una de las problemáticas más fre-cuentes del sector de seguros, tal yse ha indicado con anterioridad, esno estar de acuerdo con la opinióndel perito enviado por la seguradora.Una vez que se ha informado a laaseguradora de la existencia de unsiniestro, ésta enviará un perito queanalizará los daños producidos.
En multitud de ocasiones, la peri-cial practicada por el profesionalrebaja en gran medida la cantidad aindemnizar, es decir, el usuarioentiende que la reparación del dañotiene un coste concreto, pero el peri-to entiende que la reparación delcoste es mucho menor.
En otras ocasiones, por medio dela pericial, la entidad aseguradoradirectamente no asume la coberturadel riesgo, indicando que no estácontratado (o está excepcionado enla póliza), a pesar de que el usuarioentienda lo contrario.
La normativa vigente regula unprocedimiento para dirimir este tipode cuestiones.
El procedimiento comienza con ladesignación por cada una de las par-
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El asegurador puedecancelar el contrato si elasegurado ha ocultado o
mentido en los datosaportadoos al contratar
tes de un perito, debiendo constarpor escrito la aceptación de éstos. Siuna de las partes no hubiera hechola designación, estará obligada a rea-lizarla en los ocho días siguientes ala fecha en que sea requerida por laque hubiere designado el suyo y, deno hacerlo en este último plazo, seentenderá que acepta el dictamenque emita el perito de la otra parte,quedando vinculado por el mismo.
En caso de que los peritos lleguena un acuerdo, se reflejará en un actaconjunta en la que se harán constarlas causas del siniestro, la valoraciónde los daños, las demás circunstan-cias que influyan en la determinaciónde la indemnización, según la natura-leza del segurode que se tratey la propuestadel importelíquido de laindemnización.
Cuando nohaya acuerdoentre los peri-tos, ambas par-tes designaránun tercer peritode conformidad y, de no existir ésta,la designación se hará por el Juez dePrimera Instancia del lugar en que sehallaran los bienes, en acto de juris-dicción voluntaria y por los tramitesprevistos para la elección al azar deperitos (insaculación) en la Ley deEnjuiciamiento Civil. En este caso, eldictamen pericial se emitirá en elplazo señalado por las partes o, en
su defecto, en el de treinta días apartir de la aceptación de su nom-bramiento por el perito tercero.
El dictamen de los peritos, porunanimidad o por mayoría, se notifi-cará a las partes de manera inmedia-ta y en forma indubitada, siendo vin-culante para éstos, salvo que seimpugne judicialmente por alguna delas partes, dentro del plazo de treintadías, en el caso del asegurador, yciento ochenta en el del asegurado,computados ambos desde la fechade su notificación. Si no se interpu-siera en dichos plazos la correspon-diente acción, el dictamen pericialdevendrá inatacable.
Si el dictamen de los peritos fueraimpugnado, elaseguradordeberá abonarel importe míni-mo a que serefiere el artícu-lo 18, y, si no lofuera, abonaráel importe de laindemnizaciónseñalado por losperitos en un
plazo de cinco días.Cada parte satisfará los honorarios
de su perito. Los del perito tercero ydemás gastos que ocasione la tasaciónpericial serán de cuenta y cargo pormitad del asegurado y del asegurador.No obstante, si cualquiera de las parteshubiera hecho necesaria la peritaciónpor haber mantenido una valoración deldaño manifiestamente desproporciona-
da, será ella la única responsable dedichos gastos.
Como resumen a este procedimien-to, es conveniente indicar que suponeun coste que se verá reflejado en pri-mer lugar en los honorarios que se letenga que pagar al perito que se desig-ne y, en segundo lugar, si finalmente elprocedimiento declina en vía judicialtendrá los gastos propios de esta vía(abogado y procurador). Es por tantoconveniente que antes de acudir a esteprocedimiento se calcule la convenien-cia económica, así como la dificultadque pudiera conllevar el éxito delmismo.
CÓMO ACTUAR EN CASODE SINIESTRO
El tomador, asegurado o el beneficia-rio, tienen la obligación de comuni-carlo a la compañía aseguradora enel plazo de cinco días hábiles, infor-mando de las circunstancias y conse-cuencias que ha tenido el siniestro.
Una vez informado a la asegura-dora, ésta enviará a un perito para elanálisis y evaluación del siniestro.Finalizada la actuación del perito, laaseguradora debe proceder a abonarla indemnización pactada, reparar oreponer el objeto asegurado. |
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En caso de no existiracuerdo entre los peritosen un siniestro, ambaspartes designarán un
terceroo de conformidad
PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTROEl tomador del seguro tiene la obligación decomunicar a la compañía aseguradora sobreun siniestro en el plazo de cinco días hábiles,infomando de las circunstancias y consecuen-cias del mismo.
El seguro está obligado a pagar, almenos, la cuantía mínima en la quese estime la indemnización en elplazo de cuarenta días desde que sele comunicó el siniestro y de formacompleta a los tres meses desde esamisma fecha.
Si la compañía aseguradora noabona la correspondiente indemniza-ción en el plazo de tres meses, seráposible exigirle judicialmente elabono de esta suma, de los interesesque ésta produzca, así como unaindemnización adicional por losdaños y perjuicios que este retrasopueda originar.
OBLIGACIONES PARA SEGUROSPOR INTERNET O A DISTANCIA
Hoy día casi cualquier tipo de contra-to puede ser negociado y realizado adistancia y, en concreto, por mediode Internet o por teléfono.Evidentemente también es posible lacontratación de un seguro de hogar através de estos canales.
Son muchas las entidades quecada día ofrecen sus productos porestas vías, y desde FACUA se entien-de que es necesario tener en cuentalas obligaciones específicas que tie-nen las empresas para ofrecer uncontrato financiero a distancia.
Un contrato se celebra a distanciacuando se utiliza exclusivamente unatécnica de comunicación para realizarla negociación y la celebración en laque no hay presencia física ni simultá-nea de la persona proveedora y de lapersona consumidora, y que se basaen la utilización de medios telemáticos,electrónicos, telefónicos, fax u otrossimilares.
En este tipo de modalidad de con-tratación y para el seguro de hogar hayque saber queexiste un derechode desistir delcontrato decatorce días sintener que darmotivo alguno.
El plazo paraejercer el dere-cho de desisti-miento empezaráa correr desde eldía de la celebración del contrato. Noobstante, si el consumidor no hubierarecibido las condiciones contractua-les y la información contractual indi-cada el plazo para ejercer el derecho
de desistimiento, comenzará a contarel día en que reciba la citada infor-mación.
Para garantizar el derecho queasiste al consumidor, la norma regulauna serie de requisitos de informa-ción previa al contrato. Estas son lasmás importantes:
PROVEEDOR: OBLIGACIONES ENLA CONTRATACIÓN A DISTANCIA
- La identidad y actividad principal delproveedor, la dirección geográfica enque el proveedor esté establecido y
cualquier otradirección geográfi-ca que procedapara las relacionesdel consumidorcon el proveedor.- Una descripciónde las principalescaracterísticas delservicio financie-ro, en los térmi-nos que determi-
nen las normas reglamentarias dedesarrollo.- El precio total que debe pagar elconsumidor al proveedor del serviciofinanciero, con inclusión de todas las
comisiones, cargas y gastos, asícomo todos los impuestos pagados através del proveedor o cuando nopueda indicarse un precio exacto labase de cálculo que permita al con-sumidor comprobar el precio.- Toda limitación del período duranteel cual la información suministradasea válida.- Las modalidades de pago y de eje-cución.- Cualquier coste suplementario espe-cífico para el consumidor inherente a lautilización de la técnica de comunica-ción a distancia, en caso de que serepercuta dicho coste.- La existencia o no de derecho dedesistimiento, de existir tal derecho, suduración y las condiciones para ejer-cerlo. Las instrucciones para ejercer elderecho de desistimiento, indicando,entre otros aspectos, a qué direcciónpostal o electrónica debe dirigirse lanotificación del desistimiento.- Información acerca de cualquierderecho, distinto del contemplado
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Los contratos negocia-dos a distancia tienen
obligaciones específicasque los usuariosdeben conoceer
PERITAJEUna vez que la aseguradora ha sido informada sobre la existencia de unsiniestro, ésta enviará un perito que analizará los daños producidos.
anteriormente, que puedan tenerlas partes a resolver el contratoanticipadamente o unilateralmentecon arreglo a las condiciones delcontrato, incluidas las penalizacio-nes que pueda contener el contratoen ese caso.- El Estado o Estados miembros encuya legislación se basa el provee-dor para establecer relaciones conel consumidor, antes de la celebra-ción del contrato.- Las cláusulas contractuales, si lashubiere, relativas a la ley aplicableal contrato a distancia y a la juris-dicción competente para conocereste asunto.- La lengua o las lenguas en que lascondiciones contractuales y la infor-mación previa se presentan, y la len-gua o lenguas en que podrá formali-zarse el contrato y ejecutarse lasprestaciones derivadas del mismo,de acuerdo con el consumidor.- A qué sistemas de resoluciónextrajudicial de conflictos, decarácter público o privado, puede elconsumidor tener acceso y cómopuede acceder a ellos.- La existencia de fondos de garan-tía u otros mecanismos de indem-
nización, sean de carácter obligato-rio o voluntario.
Normas en caso de comunicacióna través de telefonía
- Al comienzo de toda conversacióncon el consumidor se indicará clara-mente la identidad del proveedor y elfin comercial de la llamada iniciadapor el proveedor.- Previa aceptación expresa delconsumidor, sólo deberá suminis-trarse la informa-ción siguiente:
1. La identidadde la personaen contactocon el consu-midor y su vín-culo con elproveedor.2. Una descrip-ción de lascaracterísticasprincipales del servicio financiero.3. El precio total que debe pagarel consumidor al proveedor delservicio financiero, incluidostodos los impuestos pagados através del proveedor o, cuando
no se pueda indicar un precioexacto, la base del cálculo quepermita al consumidor compro-bar el precio.4. Indicación de que pueden existirotros impuestos o gastos que nose paguen a través del proveedoro que no los facture él mismo.5. La existencia o inexistencia deun derecho de desistimiento.
- El proveedor informará al consu-midor acerca de la existencia de
informaciónadicional dis-ponible previapetición y deltipo de infor-mación encuestión.- La informa-ción sobre lasobligacionescontractuales,que deberá
comunicarse al consumidor durantela fase precontractual, deberá serconforme a las obligaciones con-tractuales que resulten de la legis-lación a la que se sujete el contra-to, si se celebra.
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La empresa aseguradoradebe facilitar al usuario
toda la informaciónsobre las obligaciones
contracttuales
Si el usuario entiende que han sido vulnerados sus derechoscomo consumidor por parte de una aseguraadora es conve-niente abrir un procedimiento de reclamación ante la misma.
En este sentido la normativa vigente regula un procedimientoconcreto para esta materia.
En primer lugar, se debe dirigir un escrito ante el departa-mento o servicio de atención al cliente o, en su caso, ante eldefensor del cliente de la entidad reclamada.
En caso de que la respuesta del órgano de la reclamadano satisficiera los intereses del usuario o bien, simplemente,no recibiera respuesta alguna pasados dos meses, se deberádirigir en segunda instancia a la Dirección General de Segurosy Fondos de Pensiones.
Debe quedar claro que el hecho de que se dirija a estainstitución no paralizará la resolución y tramitación de loscorrespondientes procedimientos, ni suspenderá o interrumpi-rá los plazos establecidos para el ejercicio de los mismos.
El expediente concluirá con un informe final, que no tendrácarácter vinculante ni la consideración de acto administrativoy, en consecuencia, contra el mismo no cabe recurso alguno.
RECLAMACIÓNANTE UNA ENTIDADASEGURADORA
El 86% (134) de las 155 varieda-des de cereales analizadas porFACUA contienen niveles altos de
azúcar, porcentaje que alcanza el 88%de las treinta y nueve variedades dirigi-das expresamente a niños a través depersonajes de ficción, juegos, regalos ypromociones relacionadas con películasy dibujos animados...
Las grasas saturadas se encuentranen altos índices en el 16% (25) de los155 cereales objeto de estudio. En el
caso de la sal, los niveles son elevadosen el 25% (38) de estos productos.
FACUA recuerda que el consumoexcesivo de azúcar está vinculado a lacaries y la obesidad, la cual también seve favorecida por el abuso de las grasassaturadas. Por su parte, la ingestión ele-vada de sal incrementa el riesgo dehipertensión arterial e infartos.
FACUA ha puesto en marcha enEspaña la campaña Generación ComidaBasura, emprendida por asociaciones deconsumidores de todo el planeta queforman parte de ConsumersInternational, con motivo del Día Mundialde los Derechos de los Consumidores, elpasado 15 de marzo.
PROPUESTA DE REGULACIÓN
La asociación considera fundamental quetanto el Gobierno como la ComisiónEuropea emprendan mejoras sustanciales |
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FACUA analiza 155 variedadesde cereales para el desayuno enel marco de la campañaGeneración comida basura,puesta en marcha en todo elmundo por numerosas asocia-ciones miembros de ConsumersInternational para demandarmejoras en la regulación de lacomposición, etiquetado y publi-cidad de los alimentoss.
9 de cada 10 cereales para el desayuno tienencantidades elevadas de azúcar, que convierten amuchoss en auténticas golosinas.
Cereales a examen:¿desayuno o golosina?
MAYORES PORCENTAJES DE GRASASSATURADAS
5,3%CrokisCarrefour
5,3%Choco FlakesCuétara
6%Fun' TubizKellogg's
HACENDADO
Trigo con Miel
Bolas de Maíz con Miel
Fruta y Fibra (pasas...)
Salvado de Trigo
Copos de Salvado
Bolas de Cereales 2 Chocol.
Muesli Crujiente con Frutas...
Muesli Crujiente Fresas y Alm.
Muesli crujiente con Choc.
Copos Tostados de Arroz...
Copos de Arroz y Trigo...
Rellenos de Leche
Trigo con Chocolate
Copos de Maíz
Copos de Arroz y Trigo Choc.
AUCHAN
Bran Flakes
Corn Flakes
Déliform Nature
Crousty 3 cereali
Birdies
Crousty 4 fruits
Muesli
Bran Sticks
Crousty 2 Chocos
Fruits & Fibres
DIA
Fibre
Special Form
Special Form arroz y trigo
Fibre Flakes
Special Form and Fruits
Corn Flakes
Special Form arroz y trigo
EROSKI
Absolut Fruta & Fibra
Honey Pop’s
Cereales Rellenos de Choc.
Absolut Muesli Suizo
Absolut Vital
Absolut Vital Chocolate N
Absolut Vital Frutas Rojas
Absolut Bran Flakes Choc.
Snowys
Absolut Bran
Boby Chocs
Bagies Rellenos de Chocol.
Seleqtia
Absolut Muesli Crunch
Readys
Choco Bills
Absolut Bran Flakes
Bagies Cereales Rellenos
LITTLE MAN
Flakers Sugar
Fruit-Rings
MASTER CRUMBLE
Wellness Flakes Strawber
Wellness Flakes Chocolat
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Hidrat
oscar
bono (g)
BELLONA
Choco Rice
Fruits Muesli Crousti
Choco Puffs
Choco & Noisettes Muesli
Golden Puffs
CROWNFIELD
Corn Flakes
HIPERCOR
Muesli con Frutas
Fitway copos de arroz y tr
CornFlakes
Fitway copos de arroz y
Fitway copos de arroz y
Fitway barritas de salvado
Muesli con Chocolate
Muesli copos de trigo, av
Maxi Kids trigo tostado y
Maxi Kids trigo inflado co
Maxi Kids arroz y trigo tos
Maxi Kids copos de maíz
KELLOGG’S
All-Bran Choco
All-Bran Plus Sabor Yogur
Rice Krispies
Smacks
Corn Flakes
All-Bran Flakes
Extra Trocitos de Fruta cr
Special K Frutas Rojas ver
Special K Chocolate
All-Bran Plus
Optivita Pasas
Optivita Frutas del Bosque
All-Bran Flakes Sabor yogur
All-Bran Fruta & Fibra
Special K sabor yogur nat
Extra Chocolate & Avellan.
All-Bran Flakes Chocolate
Choco Krispies Cocorocks
Special K Vainilla y Frutas
Crunchy Nut con Miel y
Special K Classic
Kellogg’s Chocos
Miel Pops
Choco Krispies
Frosties
Frosties 1/3 Menos de Az.
Fun’Tubiz Sabor Chocolate
All-Bran Splitz
Just Right
Choco Krispies LunaStella
PASCUAL
Cereales essential
Muesli extra
Corn Flakes
JORDANS
Country Crisp Chocolate
Special Muesli
Country Crisp Fresas
383
433
383
476
379
370
346
365
348
361
359
266
359
333
374
387
383
371
369
324
382
374
372
326
443
374
399
280
369
371
344
358
383
475
354
408
379
387
374
375
381
387
371
369
459
325
362
392
370
362
368
437
347
429
Energ
ía (Kcal)
5
8,7
8
10
8,5
6,8
9,5
11,2
6,9
13,9
13,9
13
11
10,8
7,2
7,8
7,4
5,6
10
13
7
6
7
10
6
14
13
14
10
10
10
8
14
7
10
7
13
6
15
8
5
5
4,5
6
9
9
7
6
12,5
8,8
7,3
7,5
8,8
7,5
Proteín
as(g)
84
66
78,7
64
81,8
83,9
66,9
75
77,5
74,3
74,1
45
61,3
65,7
78
81
82
85,5
62
50
85
84
84
67
62
76
71
48
67
67
67
68
75
62
65
77
76
85
75
80
88
85
87
85
72
69
79
83
77
66
83
61
58,7
64,1
37
25,4
39,1
21,7
38,8
8,5
15,4
29,3
7,2
15,5
13,1
30
17,8
4,2
25,8
30
23,8
29
20
24
9
45
8
22
27
23
26
17
24
20
25
23
23
25
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35
17
34
33
36
37
25
34
16
22
37
13
28,4
8,0
25,1
18,3
23,4
Azúc
ares (g)
1,5
8,5
0,9
8
0,3
0,2
2,2
1,5
0,2
0,2
0,2
0,6
3,5
2,7
2,1
0,6
1,1
0,2
5
3,5
0,4
0,4
0,2
0,5
10
0,5
4
0,7
1
1
1,5
3,5
1,5
14
3
3
1,5
0,6
0,5
1
0,2
1,5
0,1
0,1
6
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0,4
2,5
0,3
1
0,3
6,7
2,7
4,5
Satur
adas
(g)
2
5,6
5,2
5,7
5,2
3
7,1
3,9
3
3,2
2,1
30
8,1
2,9
4,9
4,3
2,9
1,8
12
22
1
3,5
3
15
6
3
4
27
7
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12
10
2,5
4,5
13
3
2,5
2
2,5
4,5
1
2
2
2,5
2
9
4
2
3
7,5
2,2
6,9
8,7
7,1
Fibra
(g)
0,5
0,076
0,01
0,082
0,01
0,7
0,006
0,7
---
0,7
0,7
0,9
0,04
0,06
0,42
0,004
0,37
0,55
0,25
0,5
0,7
trazas
0,7
0,5
0,45
0,4
0,35
0,6
trazas
trazas
0,45
0,55
0,4
0,45
0,45
0,35
0,35
0,45
0,45
0,35
0,4
0,5
0,45
0,55
0,1
0
0,5
0,4
0,54
0,4
0,7
0,14
trazas
0,17
3
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4
20
2
0,8
4,5
2,3
1,1
0,9
0,7
3,8
8,1
3,1
3,8
3,5
2,8
0,8
9
8
1,5
1,5
0,9
2
19
1,5
7
3,5
7
7
4
6
3
22
6
8
2,5
2,5
1,5
2,5
1
3
0,6
0,6
15
2
2
4
1,2
7
0,8
18,1
8,6
15,8
Sodio
(g)
Grasas
(g)
Hidrat
oscar
bono (g)VALORES NUTRICIONALES
POR 100 GRAMOS
en la legislación sobre composición, etiquetado y publici-dad de los alimentos, especialmente los dirigidos aniños.
FACUA propone, entre otros cambios en la regula-ción vigente, que el etiquetado alimentario detalle elporcentaje de cada nutriente e identifique con un códi-go de colores si los niveles de azúcar, grasas, grasassaturadas y sal son altos (con el color rojo), medios(ámbar) o bajos (verde). Se trata de una iniciativa lan-zada por la Agencia para los Estándares Alimentarios(FSA, por sus siglas en inglés) del Reino Unido para dara los consumidores un instrumento con el que puedanjuzgar a simple vista algunos valores nutricionales fun-damentales de los alimentos y su adecuación a unadieta más o menos equilibrada.
En treinta y dos de las treinta y nueve variedades decereales dirigidas a niños, el azúcar oscila entre el20,9 y nada menos que el 51,3%.
Sólo seis de los 155 cereales analizados tienenniveles bajos de azúcar, no superiores al 5%, ningunade las cuales está enfocada al público infantil. Dehecho, FACUA sólo ha encontrado doce variedades conmenos del 10% de azúcar, cuatro de ellas dirigidas aniños (los Corn Flakes de Kellogg's, Auchan yCrownfield y los Rice Krispies de Kellogg's).
DEMASIADO AZUCARADOS
104 de las 155 variedades evaluadas tienen más del20% de azúcar y treinta de ellas llegan incluso a supe-rar el 30%. Tres de los productos encuestados nisiquiera se molestan en indicar el porcentaje en su eti-quetado.
Los cuatro cereales más azucarados dirigen su mar-keting expresamente a los niños. Se trata de Flakers 29
|CO
NSUM
ERIS
MO
- Nú
mer
o13
1
LOS MAYORES PORCENTAJES DE AZÚCAR
CARREFOUR
Noir dégustation sabor in
Fibra Flakes con chocol.
Nature Form
Choco Form
Fruit & Form
Fibre Flakes
Crokis
Corn Flakes azucarados
Muesli Classic
Fruits & Fibres
Croq Muesli Crujiente
Croq Muesli con pepitas
Arroz inflado con chocol.
Bolas de maíz con chocol.
Trigo inflado con miel
Fibra Plus
Corn Flakes
NESTLÉ
Nesquik
Chopapic
Fitness
Estrellitas
Crunch Cereales
Golden Grahams
Chocapic Duo
Fitness Chocolate Negro
Fibre 1
Fitness & Fruits
Fitness Chocolate
WEETABIX
Weetabix minis
Weetabix original
Weetos chocolate
Choco Weetabix minis
QUAKER
Cruesli 4 nuts
Cruesli chocolate
Cruesli Fruit
White Oats
ALPEN
Swiss Style Muesli original
Swiss Style Muesli sin az.
KÖLLN
Copos de Kölln
Müsli Choco
Müsli Integral
1
Honiboom
CornFlakes
CUÉTARA
Choco Flakes
DIETARY SPECIALS
Corn Flakes
Breakfast Pops
-----
349
357
406
370
316
426
381
352
351
450
440
371
390
377
257
375
380
386
363
406
404
372
398
386
264
353
387
359
338
380
371
480
460
450
356
359
353
355
389
349
388
372
450
361
386
Energ
ía (Kcal)
7,5
10,4
10,5
9,5
10
12,9
7
6,3
9,5
8,7
8
7
6,3
6
8,8
13,5
8
6,5
8,1
8
6
6,7
6,5
8,3
7,8
10,4
6
7,6
9,3
11,5
8
9
7,5
7
6
11
10,5
10,7
14,5
10,9
9,7
8,3
8,2
5,28
8
8,6
Proteín
as(g)
63
60,2
75,9
74
79
61,7
68
86,3
62,4
61,3
64
67
78,2
82
78,7
43
83,2
79,1
76,7
79,8
79,9
78,7
79,6
74,4
74,6
49,2
77,4
76,7
70
68,4
76
71,7
58
61
63
60
66,6
64,3
57,5
62,5
61,7
80,7
82,6
73,67
80
81,5
35
20,3
12,8
26
23
13
35
28,3
18,3
28,2
26
28
28
39
27,6
24,5
8,6
35
38,3
17,1
34
36
29,8
35,5
21,3
13,8
35,3
23,2
25,9
4,4
29
24,6
23
27
29
1,1
21,8
15,9
1,2
---
25,1
---
---
28,38
---
---
Azúc
ares (g)
5
4
0,5
4,5
0,3
0,3
5,3
0,6
2,6
4,2
11
8,2
1,8
2
0,9
0,6
0,7
1,6
2,1
0,4
2,6
3,1
1
3,7
3,5
0,5
1,3
3
0,6
0,6
1,3
2,8
8,5
10
10
1,5
0,7
0,7
1,3
---
7
---
---
5,3
---
---
Satur
adas
(g)
7
11,9
3,6
3,5
4
15
4
3,3
8,1
12,6
5,7
6
6,6
3
5,4
32,5
4,2
5,1
5,3
5,1
3,2
4,1
4,6
5,5
5,9
32,1
4,8
4,8
8,9
10
5,3
8,5
6,5
8
6
9
7,3
7,7
8,7
---
1
---
---
1,39
---
---
Fibra
(g)
0,17
0,5
0,6
0,7
0,7
0,5
0,15
---
0,1
0,4
0,2
0,3
0,34
0,2
0,6
0,82
0,8
0,2
0,2
0,5
0,2
0,03
0,8
0,1
0,4
0,3
0,4
0,5
0,25
0,26
0,27
0,3
0,2
0,2
0,2
trazas
0,15
0,17
0,0005
---
0,03
---
---
0,24
---
---
14
7,4
1,3
8
1,5
1,9
14
0,9
7,2
7,9
18
16
3,7
4
3
3,5
1,1
3,9
5,2
1,3
7,1
7
3,1
7,5
6,3
2,8
2,1
5,5
4,6
2
4,9
5,3
24
21
19
8
5,8
5,9
7,4
10,6
7
3,5
1
14,92
1
2,5
Sodio
(g)
Grasas
(g)
Hidrat
oscar
bono (g)VALORES NUTRICIONALES
POR 100 GRAMOS
45 g.SmacksKellogg's
51,3 g.Flakers SugarLittle Man
50 g.BirdiesAuchan
45 g.ReadysEroski
CÓDIGO DE COLORES DE LAS TABLAS COMPARATIVASEl azúcar, las grasas totales, las grasas saturadas y el sodioaparecen identificados en las tablas con el siguiente código decolores:
Verde: nivel bajo.Ámbar: nivel medio.Rojo: nivel alto.
Sugar, de Little Man, con 51,3 gramosde azúcar por cada 100 de producto;Birdies, de Auchan, con 50; Readys, deEroski; y Smacks, de Kellogg's, amboscon 45 gramos.
GRASAS SATURADAS
En lo que se refiere a las grasas, 63tienen niveles bajos, 88 medios y sólo 4tienen índices altos.
En cuanto a las grasas saturadas,veinticinco de las 155 variedades anali-zadas tienen niveles altos, superiores a5 gramos por cada 100 de producto.Tres de ellas dirigen su marketingexpresamente a los niños: Fun' Tubizsabor Chocolate, de Kellogg's (6%);Crokis, de Carrefour (5,3%); y ChocoFlakes, de Cuétara (5,3%).
Cuarenta y uno de los cerealesposeen niveles medios de grasas satu-radas, por encima de 1,5 y hasta 5 gra-mos. Ochenta y una cuentan con nive-les bajos, no superiores a 1,5 gramos.Y las ocho restantes no informan sobrelas grasas saturadas en su etiquetado.
SAL
Treinta y ocho de los cereales tienenniveles altos de sal, superiores a 1,5gramos por cada 100 de producto. Deellas, cinco están orientadas expresa-mente a los niños: los Corn Flakes deAuchan (2,1%), Crownfield (1,8%) y deKellogg's (1,8%); Snowys, de Eroski(1,8%); y Rice Krispies, de Kellogg's(1,8%).
Setenta y cuatro poseen nivelesmedios de sal, por encima de 0,3 yhasta 1,5 gramos. Treinta y tres tienenniveles bajos, no superiores al 0,3%. Ydiez variedades no informan sobre lacantidad de sal o de sodio.
El cuanto a las kilocalorías que apor-tan por cada 100 gramos de producto,oscilan entre 247 (Absolut Bran, deEroski) y 476 (Choco & NoisettesMuesli, de Bellona), con una media de376 kilocalorías.|
CONS
UMER
ISM
O|
Núm
ero
131
30
PROPUESTA DE REGULACIÓN DEL ETIQUETADO ALIMENTARIO
MAYORES PORCENTAJES DE SAL
1,8 %Rice KrispiesKellogg’s
1,8 %Corn FlakesCrownfield
1,8 %Corn FlakesKellogg’s
1,8 %SnowysEroski
2,1%Corn FlakesAuchan
CAMBIO REGULATORIO. FACUA pide que la legislación española y europea sobre etiquetadoadopte la iniciativa lanzada por la Agencia para los Estándares Alimentarios del Reino Unido.
Tres de los cerealescon más grasas
saturadas se dirigenexpresamente a los
niños
FACUA ha denunciado a un entra-mado internacional dedicado a laventa ilegal de fármacos seudoa-
delgazantes que incluyen hormonaspeligrosas en su composición, los cua-les llevan años anunciándose en laprensa española disfrazados de méto-dos naturales para perder gran cantidadde kilos de forma rápida y sin dietas.
Unos veinte productos milagro publi-citados desde comienzos de esta déca-da por más de una docena de empre-sas pertenecen en realidad a una solatrama, que entre otros utiliza el nombrede Auramail para sus ventas en España.
Actualmente son cuatro los produc-tos que comercializa en España,Tropexlight, Detoxykall, Cinialb y elmás reciente, Keikoslim. Análisis reali-zados por FACUAsobre los dos pri-meros han puestode manifiesto quecontienen altasconcentraciones dehasta cinco tiposde hormonas tiroi-deas y sexuales:tryodotironina (T3)libre, tiroxina (T4)libre, testosterona,progesterona y beta-estradiol.
FACUA ha denunciado el caso antela Guardia Civil y ha trasladado un
informe sobre las irregularidades a lasubsecretaría de Sanidad y Consumo ypresidenta de la Agencia Española de
Medicamentos yProductosSanitarios (Aemps),Consuelo SánchezNaranjo.
La asociaciónlleva desde 2006colaborando con elGrupo de MedioAmbiente yConsumo de la UCOen una investigación
sobre el fraude de los productos milagro.Los análisis realizados por FACUA
propiciaron hace unos meses el des-
mantelamiento de uno de los principa-les negocios que operaban en España,Nutra Life, en la denominadaOperación Toscana, que se saldó consiete imputados por presuntos delitoscontra la salud pública. Las denunciaspresentadas por FACUA a la GuardiaCivil contra Nutra Life y Auramail estánen manos del Juzgado de Instrucciónnúmero 1 de Badajoz.
MÁS DE DIEZ PAÍSES DE EUROPA,AMÉRICA, ASIA Y OCEANÍA
El entramado que FACUA ha dado aconocer ahora funciona a mayor escalaque Nutra Life. Y es que opera en másde diez países de Europa, América, |
CONS
UMER
ISM
O -
Núm
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131
31
FACUA denuncia a un entramado internacional dedicado ala venta ilegal de fármacos con hormonas.
Denunciados nuevosseudoadelgazantes
Keikoslim, Tropexlight, Cinialb yDetoxykall son los nombres de losproductos milagro que comercializaactualmente en España. Anunciadosen diarios y revistas, se venden porteléfono y loos pedidos llegan desdeun apartado de correos de Badajoz.
En otro caso, el deNutra Life, ya hay
siete imputados porpresuntos delitos
contra la salud púbblica
|CO
NSUM
ERIS
MO
|Nú
mer
o13
132
Asia y Oceanía: España,Alemania, Austria, Canadá,EEUU, Gran Bretaña,Holanda, Nueva Zelanda,Portugal, Singapur y Suiza.
En España, utiliza unapartado de correos deBadajoz desde el quesupuestamente realiza losenvíos (también tiene otrosen Madrid), los cuales sesolicitan a través de un cen-tro de atención telefónicaque funciona las 24 horas.Los precios de los productosson 39,00, 69,50 y 89,00euros para uno, dos o tresbotes, más 5,50 euros degastos de envío.
La captación de clientesse realiza fundamentalmentea través de diarios y revistasde tirada nacional en anun-cios que ocupan desde unahasta tres páginas comple-tas, invitando a abandonarlas dietas y los consejosmédicos y mostrando monta-jes fotográficos de mujeres quesupuestamente habían adelgazado conlos productos. Entre sus reclamos, fra-ses como "en sólo 6 semanas adelga-cé 19 kilos, aunque seguía comiendotodo lo que me apetecía", "para perderhasta 1,4 kilos al día", "despuésnunca más volverá a engordar" o"perdí tantos kilos, que mi marido llegóa decirme: para, ya es suficiente".
La asociación ha confeccionado unlistado de veintiuno de los productosmilagro que han comercializado desdecomienzos de esta década: Algoxyll500, Basolab, Cinialb, CIR 2000,Destilado de 19 plantas, Detoxykall,Ephidril 600, EPH200, Equiba,Herbaxoll, Keikoslim, KIK 2000,Moldena, OK-Slim, Osyba, Removyl,SlimBall, Soluba, Trimbia, Tropexlight yXylokall 900.
DIECISEIS SUPUESTAS FIRMASY MÁS DE VEINTE PRODUCTOS
Aparentemente, los seudoadelgazanteseran fabricados o comercializados porempresas distintas, una compleja redde al menos dieciséis firmas que enrealidad pertenecen al mismo entrama-do: Auramail, Biolife, KirkwoodAdvertising, Elyseum Group, Green Mail,Geneva Bioscience, Forma&Planta,Nutri-Group, Instituto Soluba,Fundamental Laboratories, Labo Real
Center, Institut Marc Meyer, InstitutoMoldena, BeautyLine, Instituto Equiba yTrimbia Institute.
FACUA comenzó a denunciarlos en2002. Pero a cada denuncia, la empresarespondía cambiando su nombre, los desus productos o lanzando otros nuevos.La asociación ha llegado a contabilizarveintiún productos milagro comercializa-dos por una red de dieciséis empresassupuestamente distintas pero que en rea-lidad confluyen en el mismo entramado.
INEFICACIA DE LAADMINISTRACIÓN
Tras las primeras denuncias de FACUA,la Aemps llegó a ordenar las retiradasde tres productos en septiembre de2002, junio de 2003 y marzo de 2004(Algoxyll 500,Xylokall 900 yRemovyl) al consta-tar que eran fárma-cos. Pero las retira-das nunca se hicie-ron efectivas, enprimer lugar porqueno se localizó unlugar donde sealmacenasen losproductos enEspaña, y en segundo por la ausenciade una coordinación eficaz entre lasautoridades españolas y de otros paí-
ses donde opera la trama.Pero FACUA critica que las adminis-
traciones de Salud y Consumo de losgobiernos central y autonómico ni siquie-ra suelen garantizar la retirada de losanuncios de productos milagro de losmedios de comunicación, los cualestampoco son sancionados por insertar-los. Además, las escasas multas que seaplican llegan meses o años después delas denuncias y son tan ridículas que nisiquiera preocupan a las empresas, quecomo mucho cambian sus nombres olos de los productos.
FACUA esperaque ahora que hademostrado quetras muchos deestos productosmilagro se escon-den peligrososmedicamentosclandestinos, elMinisterio deSanidad yConsumo y las
comunidades autónomas conviertan deuna vez el asunto en un tema priorita-rio en materia de salud pública.
ANUNCIOS EN DIARIOS Y REVISTASFragmentos de anuncios de Detoxykall,SlimBall, OK Slim, CIR 2000 y Equibapublicados en diarios y revistas de tiradanacional.
Los anuncios llegabana afirmar que losconsejos de los
médicos eran inútilespara adelgazar
La Comisión Nacional de laCompetencia (CNC) ha incoadoexpedientes sancionadores a once
asociaciones de empresas del sector dela industria alimentaria.
La CNC ha informado en un comuni-cado que el pasado otoño inició "de ofi-cio" una serie de investigaciones trasobservar la tendencia alcista del preciode determinados alimentos básicosdesde mediados de 2007, a las que "sesumaron las denuncias que presentarondiversas asociaciones de consumido-res" y "noticias difundidas en la prensaanunciando la subida del precio de losalimentos".
En el marco dedichas investiga-ciones, "la CNCacordó la realiza-ción de inspeccio-nes en variasempresas y aso-ciaciones del sec-tor alimentario lospasados días 30 y31 de octubre de2007".
El artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3de julio, de Defensa de la Competencia(LDC) prohíbe todo acuerdo, decisión orecomendación colectiva o práctica con-
certada o conscientemente paralela quetenga por objeto, produzca o pueda pro-ducir el efecto de impedir, restringir ofalsear la competencia en todo o partedel mercado nacional.
En este sentido, la CNC advierteque, como ya ha sido reconocido en
numerosas oca-siones por suConsejo y ratifica-do por laAudienciaNacional y elTribunal Supremo,"basta con que sedé alguno de lossupuestos antesmencionados paraque sea de aplica-
ción el citado artículo 1 y ello con inde-pendencia de que el acuerdo, recomen-dación colectiva o práctica concertadasse haya llegado a aplicar o no, y haya
tenido efecto o no".Una vez analizada la información
recabada en las inspecciones llevadas acabo el pasado octubre y analizada lainformación a la que se ha tenido acceso,la Dirección de Investigación de la CNCestima que "parece improbable probar laexistencia de acuerdos explícitos entrelos productores o comercializadores dealimentos para elevar los precios. Noobstante, a la luz de dicha informaciónanalizada y, en especial, de las numero-sas declaraciones y comunicaciones rea-lizadas desde las asociaciones de empre-sarios del sector, se estima que estaspodrían constituir en sí prácticas contra-rias al artículo 1 de la LDC".
Así, Competencia considera que lascitadas declaraciones "podrían tener porobjeto o efecto restringir, limitar o impe-dir la competencia". De acuerdo con lajurisprudencia nacional y comunitaria, lasacciones de las asociaciones de empre-
Competencia expedienta a11 patronales alimentarias
Los expedientes sancionadores dela CNC se basan en las declara-ciones realizadas públicamentepor las patronales de la alimenta-ción sobre las subidas de precios,ya que pueden constituir prácti-cas contrarias a la Ley deDefensa de la Competencia.
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FACUA espera que el Gobierno deje de justificar lassubidas y le pide contundencia contra los especulladores.
FACUA demanda que laComisión Nacional de la
Competencia sea dotadade más medios paradesarrollar ssu labor
sas se consideran acciones de sus aso-ciados en el sentido de la normativa dedefensa de la competencia.
FIAB Y SIETE ASOCIACIONES
Por este motivo, la CNC ha acordado,con fecha 1 de abril, la incoación deexpedientes sancionadores a laFederación de Industrias Alimentarias yde Bebidas (FIAB) y a siete asociacio-nes dependientes de esta. Y ello "a raízde la documentación encontrada en lasinspecciones domiciliarias en la sedede diversas asociaciones y a la luz delas declaraciones efectuadas desde lasmismas" y con el objeto de "determinarsi la política de comunicación puestaen práctica en el seno de dichas aso-ciaciones pudiera constituir una prácti-ca contraria al artículo 1 de la LDC".
Las asociaciones miembros de FIABexpedientadas son la Asociación deFabricante de Harinas y Sémolas deEspaña (Afhse), la Federación Españolade Asociaciones del Dulce (FEAD), laAsociación Española de Fabricantes deHelado (AEFH), la Asociación Españolade Panificación y Pastelería de marca(PPM), la Asociación Española deFabricantes de Chocolate y Derivadosdel Cacao (Chocao), la AsociaciónEspañola de Fabricantes de PastasAlimenticias (Aefpa) y la AsociaciónEspañola de Fabricantes de Salsas yCondimentos Preparados.
POLLO, HUEVOS Y PAN
Asimismo, "de la documentaciónencontrada y de las denuncias presen-tadas en la CNC" se ha acordado laincoación de un expediente sanciona-dor contra la OrganizaciónInterprofesional de Avicultura de Carnede Pollo del Reino de España
(Propollo), con el objeto de "investigarsi las declaraciones de sus represen-tantes pudieran suponer una prácticacontraria al artículo 1 de la LDC".
"A raíz de la información hallada enel marco de la investigación y lasdenuncias presentadas en la CNC", laDirección de Investigación ha procedidoa incoar expediente sancionador contrala Organización Interprofesional delHuevo y sus Productos (Inprovo), a finde "investigar si el contenido de lasnotas de prensa publicadas pudieransuponer una práctica contraria al artí-culo 1 de la LDC".
La Dirección de Investigación ha con-siderado igualmente que "las declaracio-
nes efectuadas a lo largo en los últimosmeses de 2007 por distintas asociacio-nes provinciales de panaderos deben sertambién objeto de investigación" y haincoado expediente sancionador en elcaso de las declaraciones efectuadas porla Asociación de Fabricantes de Pan delPrincipado de Asturias.
Asimismo, la Dirección deInvestigación ha remitido otras declara-ciones de asociaciones provinciales, aun-que no detalla cuales son, a lasComunidades Autónomas dotadas deórganos de defensa de la competenciaque pudieran, en su caso, llevar actuacio-nes similares por declaraciones paralelas.
La incoación no prejuzga el resulta-do final de la investigación formal. Seha abierto un plazo máximo de 18meses para la instrucción de los expe-dientes correspondientes y para suresolución por la CNC.
Por otro lado, FACUA ha mostradosu extrañeza ante el hecho de queCompetencia no haya hecho ningunaalusión a las enormes subidas produci-das en la leche, que la asociacióndenunció en octubre. En este sentido,espera que la CNC esté investigandotambién las actividades de las grandesempresas de distribución, para evaluarsi estas han podido fijar los incremen-tos de los precios, unilateralmente o enconnivencia con la industria láctea.
LA POSICIÓN DEL GOBIERNOY LA NECESIDAD DERECURSOS DE LA CNC
FACUA espera el Gobierno tome nota delos expedientes y abandone el discursocomplaciente con la industria que vienemanteniendo en relación a las despro-porcionadas subidas en los precios.
FACUA espera que el presidenteZapatero adopte con contundencia undiscurso crítico contra las empresasque atacan a los consumidores conprácticas especulativas y deje de justi-ficar el encarecimiento de diversos ali-mentos en el alza de los cereales anivel internacional y el aumento de lademanda en países asiáticos, elemen-tos que sin duda pueden contribuir aciertas subidas pero no hasta alcanzarlos niveles experimentados en España.
Asimismo, FACUA demanda a laoposición que no recurra a discursosdemagógicos que culpen al Gobiernode las alzas de precios y que pase a un
discurso más constructivo y útil para losconsumidores en el que inste al Ejecutivoa mejorar los controles del mercado.
FACUA valora positivamente la aper-tura de los expedientes sancionadores,pero considera que se producen con unenorme retraso. Por ello, la asociacióndemanda al Gobierno que dote a laCNC de los medios económicos y losrecursos técnicos y humanos que per-mitan convertirlo en el organismo ágil yeficaz que necesitan los consumidores.
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Me ha llegado una factura de 160 euros de Vodafone porun servicio de recepción de mensajes que no puuedo des-activar. La compañía alega que dicho servicio es suminis-trado por otra empresa y que no puede hacer nada porsolucionar el problema, por lo que debo abonar la facturacompleta. ¿Qué puedo hhacer?El día 13 de febrero de 2008 fue publicada la OrdenITC/308/2008, de 31 de enero, que resuelve varios de losproblemas relacionados con este problema.
Dicha normativa equipara el envío de dichos mensajesa los servicios de tarificación adicional, aumentando deforma sustancial la protección de los usuarios. Así, se obli-ga a las empresas que presten este tipo de servicios aproporcionar una mayor información a los usuarios sobrela denominación social de las empresas, el número deteléfono de contacto del centro de atención al cliente, lanaturaleza del servicio y el precio total del servicio a reci-bir incluido los impuestos, a efectos de que estos puedandarse de baja de estos servicios en dichas direcciones.
Asimismo, se prevé la posibilidad de efectuar el pagoparcial de la factura, descontando la cantidad correspon-diente a la tarificación adicional, sin que la empresa puedainterrumpir el servicio telefónico. En este sentido, debesaber que en caso de que la empresa le interrumpa elservicio aunque haya abonado dicha cantidad, tendráderecho a reclamar en base a lo establecido en la norma-tiva reguladora de la materia.
Hace unos meses sufrí un accidente leve con mi coche,estando implicados dos vehículos mmás, siendo el culpableel tercer automóvil, que me empujó contra el vehículo queme precedía. El connductor del tercer automóvil admitió suculpa y se hizo un parte de daños que entregué en la ofi-cinna de la mutua. Han pasado tres meses y la compañíame indica que están estudiando si realmente la cuulpa fuedel tercer coche o si yo tengo la culpa del choque con elprimer vehículo. Todos estamos de acuerdo. ¿Qué pode-mos hacer?Una vez sucedido el accidente, todos y cada uno de losimplicados deben cursar el correspondiente parte a susrespectivas compañías a la mayor brevedad posible yaportar todos los datos que puedan ser de interés, ade-más de los que puedan constar en el parte escrito.
El tomador debe, además, aportar a la compañía toda lainformación posible sobre las circunstancias y consecuenciasdel siniestro, de ahí la importancia de rellenar correctamentela Declaración o Parte Amistoso del Accidente.
Si eres inocente tu compañía se ocupará de reclamar alculpable en tu nombre, siempre que tengas contratada lagarantía de reclamación, que es lo más corriente. Ten encuenta que, salvo que tu vehículo esté asegurado a todoriesgo, tu compañía no lo reparará, ya que no tienes dere-cho a ello, sino que solamente se ocupará de intentar, pri-mero de forma amistosa y luego, si es necesario y dispo-nes de pruebas suficientes para ello, en vía judicial, que elculpable del accidente o su compañía se hagan cargo delos daños ocasionados.
La aseguradora a la que le corresponda la indemniza-
ción debe efectuar el pago de forma inmediata o, en cual-quier caso, en los cuarenta días posteriores a la declara-ción del siniestro. Si el abono se retrasa más de tresmeses, el asegurado debe exigir que la indemnización seaumente con el interés legal del dinero incrementado enun 50%.
Ante los problemas que tengas con tu aseguradora, pue-des recurrir al servicio de atención al cliente de tu compañíade seguros, al Defensor del Asegurado de la misma a laDirección General de Seguros, o a la vía judicial.
Me he comprado un MP3 y me ha dado muchos proble-mas. Me lo han cambiado dos veces, pero siggue igual alcabo de dos meses. En la tienda me han remitido a unteléfono de la marca del aparato y me han dicho que escosa de la garantía de la marca y que en el establecimien-to no se hacen cargo.. ¿Qué puedo hacer?De conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2007,de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley General para la Defensa de losConsumidores y Usuarios y otras leyes complementarias,se establece un plazo de dos años durante el cual el ven-dedor responderá por las faltas de conformidad que se
FACUA responde
manifiesten en el bien adquirido, bien sea un defecto queya existía desde su adquisición, bien se trate de defectoque sobrevenga durante esos dos años. Es obligación delvendedor procurar al consumidor un bien conforme con elobjeto de compra-venta, esto es, que el bien finalmenteadquirido posea la naturaleza y características ofrecidaspor el vendedor de acuerdo con las necesidades de este.
Así, según la normativa, las medidas previstas paraproteger los intereses de los consumidores son la repara-ción, la sustitución, la rebaja del precio y, en su caso, laresolución del contrato.
Por lo tanto y habiéndose reparado ya e incluso cam-biado en dos ocasiones el MP3, debes solicitar en el esta-blecimiento la resolución del contrado entregando el apa-rato y pidiendo la devolucón del dinero pagado por él.
Si el establecimiento no acepta tu solicitud, debes ini-ciar una reclamación contra el mismo.
TTengo un problema con el banco. Compré un piso que yatenía una hipoteca. En la compraventa cancelé la hipoteca dela anterior propietaria, pero el banco a efectos notariales noha realizado aaún el levantamiento de la misma. Tengo losdocumentos de haber pagado dicho levantamiento. De estohace seis años y la entidad aún no lo ha solucionado. ¿Quépuedo hacer para resolver el problema?Normalmente, el consumidor desconoce los pasos quedebe seguir a la hora de cancelar registralmente una hipo-teca. No obstante, conviene recordar que este trámite sesuele llevar a cabo con el fin de acreditar frente a tercerosla realidad o situación jurídica de una finca. Así, hay quedistinguir, por un lado, lo que es la cancelación financierade la hipoteca y, por otro, la cancelación registral de lahipoteca. Por lo que se refiere a la cancelación financierade la hipoteca, se trata básicamente de la amortización delas cantidades o pagos pactados y pendientes para dar porfiniquitada la hipoteca.
La cancelación registral de la hipoteca es un trámiteindispensable para acreditar que determinada finca no seencuentra gravada con una hipoteca. Así, cuando se firmauna hipoteca o derecho real de garantía sobre una finca,ésta se inscribe en el Registro de la Propiedad al folio realque esa determinada finca inscrita en el Registro tieneabierta para constancia de todo aquello que le pueda afec-tar, de manera que, cuando se liquida o se cancela finan-cieramente la hipoteca, la forma de acreditar que ya noexiste sobre la finca a modo de carga es a través de lainscripción de la cancelación de la misma. Para ello esnecesario firmar una escritura de cancelación que tieneque realizar el notario y la entidad financiera, y asumir unaserie de gastos de notaría, registro y, en su caso, gestoría.
PRESIDENTE: Francisco Sánchez LegránSECRETARIA GENERAL: Olga Ruiz LegidoVICEPRESIDENTE: Manuel Sánchez ViciosoTESORERA: María Ángeles Ayerbe CazallaPORTAVOZ: Rubén Sánchez GarcíaSECRETARIA DE ACTAS: Rocío Algeciras CabelloSECRETARIADO PERMANENTE: Francisco Sánchez Legrán, OlgaRuiz Legido, Manuel Sánchez Vicioso, María Ángeles AyerbeCazalla, Rubén Sánchez García, David Cifredo FrancoVOCALES EJECUTIVOS: Pedro Muñoz Ramón,
Rubén Sánchez García, David Cifredo Franco,Manuel Baus Japón, Francisco Martínez Claus,María Dolores Molina Álvarez, Yolanda Silva Martínez,Rocío Algeciras CabelloVOCALES TERRITORIALES: Margarita García Fernández(Almería), Jesús Yesa Herrera (Cádiz),José María Benavides (Córdoba), Javier Cejuela Arenas(Granada), Antonio Romero García (Huelva),Felipe Serrano López (Jaén), María Hidalgo Jiménez(Málaga), Antonio Naranjo Torres (Sevilla)
FACUA ALMERÍA Fco. García Lorca, 104 - 04005 Almería - 950 269 350 - almeria@facua.org - almeria.facua.orgFACUA CÁDIZ Avda. de Andalucía, 88 - 11008 Cádiz - 956 259 259 - cadiz@facua.org - cadiz.facua.orgFACUA CÓRDOBA Doce de Octubre, 16 - 14001 Córdoba - 957 488 108 - cordoba@facua.org - cordoba.facua.orgFACUA GRANADA Horno del Espadero, 12 - 18005 Granada - 958 262 465 - granada@facua.org - granada.facua.orgFACUA HUELVVA Duque de Ahumada,12 - 21004 Huelva - 959 254 911 - huelva@facua.org - huelva.facua.orgFACUA JAÉN Guillén, 15 - 23700 Linares - 953 699 327 - jaen@facua.org - jaen.facua.orgFACUA MÁLAGA Pedro de Toledo, 1 - 29015 Málaga - 952 276 908 - malaga@facua.org - malaga.facua.orgFACUA SEVILLA Resolana, 8 - 41009 Sevilla - 954 376 112 - sevilla@facua.org - sevilla.facua.org
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Carmen Padial Moreno, socia deFACUA Córdoba, acudió en agosto de2007 a comprar al centro CarrefourrZahira, situado en los alrededores dela ciudad andaluza.
Mientras caminaba dentro deCarrefour, Carmen resbaló con aguaque había en el suelo, doblándose eltobillo del pie derecho y dándose unfuerte golpe en la cabeza.
La usuaria se quedó sin conocimien-to, aunque inmediatamente miembrosdel personal del hipermercado la auxi-liaron, ayudándola a incorporarse, ya
que ella sola no podía. Tras atenderlaen el establecimiento, una cajera latrasladó a su domicilio, ayudándola entodo momento.
Ese mismo día, Carmen acudió entaxi al hospital, ya que tenía dificulta-des para moverse y le dolía el cuello.
Según el informe médico, sufría unesguince de tobillo, por lo que lerecomendaron reposo.
Pasados unos días, Carmen acudió aFACUA Córdoba para reclamar los gas-tos que le había supuesto la caída, asícomo una indemnización por daños yperjuicios. "Acudí a FACUA porque mihijo ya era socio y me recomendó quefuera para que me ayudaran a solucio-nar este problema".
La Asociación dirigió entonces unescrito a Carrefour solicitándole unaindemnización por los gastos, daños yperjuicios ocasionados a la socia por lacaída.
La empresa abonó la cantidad de3.023,77 euros a Carmen, en losconceptos citados anteriormente."Quedé muy contenta con la actua-ción de FACUA y le recomiendo atodos mis familiares y amigos queacudan a la asociación para resolversus problemas".
uestros socios denuncian
COCHE NUEVO CON DEFECTOSFerrimóvil y Ford
Nuestra asociada M.R.M. adquirió un vehículo nuevo de lamarca Ford en el concesionario Ferrimóvil de Sevilla elpasado mes de julio de 2007. En ese mismo momento, lasocia reclamó a la empresa dos cuestiones fundamenta-les. La primera que una de las puertas había sido repara-da de un golpe sufrido en el concesionario o durante eltransporte, y la segunda que los tambores de los discosde frenos se veían oxidados, teniendo un efecto estéticomuy negativo, por lo que acudió a FACUA para solucionarel problema.
Desde la asociación se inició la reclamación, conocien-do que suele ocurrir a veces que vehículos nuevos, en elproceso de transporte y entrega, sufren algún golpe. Lolamentable para el consumidor es tener que soportar queun vehículo que aún no ha sido estrenado haya tenido yaque ser reparado. Por tanto, se demandó a la empresa elcambio de la puerta de forma que fuera completamentenueva y no reparada, y que se solucionara el defecto delóxido, que si bien no afectaba al funcionamiento del vehí-culo sí suponía una merma importante desde el punto devista estético.
El concesionario respondió a la reclamación aludiendoa que la puerta estaba reparada y que el defecto no eratal al no afectar al funcionamiento del vehículo.
Se decidió entonces continuar con la reclamación yampliarla hasta la marca Ford España, en definitiva res-ponsable última como fabricante del vehículo y garante através de la garantía legal y contractual suscrita.
Tras la reclamación efectuada a la marca se procedió ala sustitución de la puerta por una totalmente nueva y sereparó el defecto de los tambores oxidados.
Es importante resaltar que los defectos estéticos en losvehículos nuevos deben ser tenidos en cuenta con tantatrascendencia como si afectara al funcionamiento normaldel vehículo. También es importante resaltar que la recla-mación se debe hacer tanto al concesionario que vende elvehículo como al fabricante.
FRIGORÍFICO RUIDOSOElectrolizares
La socia de FACUA Almería, L.A.A. compró un frigorífico CombiLiebre Ces 4056 Inox por importe de 929 euros en ElectrolizaresSL. Desde el momento de su compra, el electrodoméstico hacíamucho ruido, por lo que llamó al servicio técnico, desde dondese le comunicó que tenían que cambiarle una pieza.
Sin embargo, el servicio técnico nunca cambió la pieza, apesar de las reiteradas llamadas telefónicas de la usuaria, queincluso contactó con la central en Barcelona.
Pasados seis meses de espera, y en vista de que el servicio|CO
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Carmen Padial Moreno, socia de FACUA
Carmen Padial Moreno
"GRACIAS A FACUA,CARREFOUR MEINDEMNIZÓ CON3.000 EUROS TRASUNA CAÍDA"
técnico no acudía, L.A.A. interpuso una hoja de reclamacionesen el establecimiento, no obteniendo contestación alguna a dichareclamación.
Fue entonces cuando la usuaria acudió a FACUA Almería, querealizó actuaciones para llegar a una acuerdo amistoso con elestablecimiento.
El servicio técnico comprobó el estado del frigorífico, dandoparte al establecimiento sobre los defectos del mismo. Laempresa entonces ofreció dos opciones: el cambio del aparatopor uno nuevo o el reintegro total del importe del frigorífico,optando la usuaria por la devolución del dinero.
MONTAJE EN MALAS CONDICIONESCristalería Aluan
El socio E.R.R. adquirió en Cristalería Aluan una mampara parael baño, unas mosquiteras, ventanas, persianas y un cierre, ycontrató, como suele ser habitual en estos casos, la instalaciónde los productos por parte de la citada empresa. Desde que serealizó el montaje se reclamó a la empresa porque el mismo nose había realizado con las condiciones exigibles a un productonuevo y acorde con el precio por el que se había adquirido. Seinició un proceso de reclamación basado, además de en lasimperfecciones con que se terminó la obra, en que de formasorprendente en las facturas de la empresa aparecía la leyendade que se garantizaba durante cuatro meses todo defecto demontaje y fabricación. En este aspecto es clave recordar que lanormativa en materia de garantías ampara los productos que se
adquieren por un plazo de dos años y respecto al montaje(amparado cuando esté incluido en el contrato), ese plazo quela empresa indica es un plazo que no puede vulnerar los dere-chos del reclamante, ya que habría de acogerse a los plazosque marca la legislación civil.
Tras varias gestiones ante la empresa interesando la colo-cación correcta de los elementos mal montados incluso, sifuera preciso, con los cambios que ellos comportaran, estas notuvieron éxito, mostrándose la empresa reacia a la solución del
problema. Posteriormente, se valoraron las otras vías que sepodrían utilizar para solucionar el conflicto. Pese a que laempresa no había solucionado el problema y se desconocía siaceptaría acudir a un Arbitraje de Consumo, se instó el mismo.Finalmente, la empresa, ante la insistencia y presión por lareclamación, y cuando ya se había señalado incluso fecha parala celebración de vista del arbitraje en el Ayuntamiento deSevilla, solucionó de forma directa y satisfactoriamente el pro-blema con E.R.R., probablemente a la vista de que estaba basa-da en datos objetivos y amparada plenamente por la legalidad.
SIN SUMINISTROSGemasa XXI
El socio A.G.C. adquirió a la empresa GEMASA XXI, S.L.Promociones Inmobiliarias una vivienda en la localidad deEscacena del Campo, Huelva.
Al poco tiempo de la compra, cuando A.G.C. se dispuso asolicitar el alta en la compañía suministradora de la luz asícomo en la de agua, se percató de que no le habían entrega-do los respectivos boletines de enganche, a pesar de quecontaba con licencia de ocupación y le eran solicitados porambas compañías.
Ante esta situación se puso en contacto con la empresa yles solicitó ambos documentos, no atendiendo la compañía asu petición, por lo que se vió obligado a presentar una hojade reclamaciones, que tampoco fue contestada.
Tras la ausencia de respuesta acudió a FACUA, desdedonde se le tramitó reclamación por dicho motivo a la empre-sa. También se le solicitó a ambas compañías suministrado-ras información a cerca de los trámites llevados a cabo por lacitada empresa. La empresa suministradora de luz informóque la empresa no había solicitado el Análisis Técnico deAcometida, por lo que nunca pudo disponer de boletín deenganche.
En la citada reclamación se solicitaba a la empresa recla-mada la entrega de dichos documentos y, en caso de notenerlos, la realización de las gestiones pertinentes para suobtención, ya que los mismos debieron ser entregados juntocon la vivienda tal y como dispone la Ley 38/1999, de 5 denoviembre, de Ordenación en la Edificación y el Rel Decreto515/1989, de 21 de abril, sobre Protección de losConsumidores y Usuarios en cuanto a la información a sumi-nistrar en la compraventa y arrendamiento de viviendas.
Finalmente, la empresa realizó las gestiones pertinentescitando al socio posteriormente para llevar a cabo la entregadel boletín de instalación eléctrica de baja tensión. Asimismo,se hizo un abono de los gastos soportados por A.G.C. enrelación al boletín de instalación de fontanería para el sumi-nistro de agua que fue solicitado por él.
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