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Estado de la Regulación en Uruguay

VII Reunión de la ARIAEOaxaca, México

mayo de 2003

Carlos Costa

¿Qué es la URSEA?• La URSEA es el órgano regulador de los servicios de

energía -incluyendo electricidad, gas y combustibles líquidos-, agua potable y saneamiento en Uruguay, creado por la Ley N° 17.598 de 13 de diciembre de 2002.

• Su objetivo es proteger los derechos de los consumidores, controlando el cumplimiento de las normas vigentes y asegurando que los servicios regulados tengan un adecuado nivel de calidad y seguridad, a un precio razonable.

• Como regulador independiente, es su responsabilidad promover la competencia en las áreas de la industria donde está habilitada por la ley, y regular los monopolios, estableciendo niveles mínimos de calidad y proponiendo precios basados en costos eficientes.

• En materia de energía eléctrica, la URSEA asumió los cometidos anteriormente asignados a la Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica (UREE).

¿Cuáles son sus competencias?

• Controlar el cumplimiento de las normas vigentes• Establecer los requisitos que deberán cumplir

quienes realicen actividades comprendidas dentro de su competencia

• Dictaminar preceptivamente en los procedimientos de selección de concesionarios a prestar servicios dentro de su competencia

• Resolver, en vía administrativa, las denuncias y reclamos de usuarios

• Proponer al Poder Ejecutivo las tarifas técnicas de los servicios regulados

• Prevenir conductas anticompetitivas y de abuso de posición dominante

• Proteger los derechos de usuarios y consumidores

¿Quiénes la dirigen?

Está dirigida por una Comisión Directora de tres integrantes designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros, por un período de seis años.

Estado de la Regulación en el sector eléctrico

• Constitución del Regulador: Junio de 2000

• Reglamentación de la Ley de Marco Regulatorio (Reglamentos de Mercado Mayorista, Trasmisión y Distribución): 2002

• Constitución del Administrador del Mercado: mayo 2003

Marco regulatorio

• Libertad de generación eléctrica aún para comercializar

• Sólo son servicio público la trasmisión y distribución con destino a terceros (importación, exportación y comercialización son libres)

• Se crea mercado mayorista con participación de grandes consumidores

• Libre acceso a redes• Separación contable de actividades

Marco institucional (I)

• Separación orgánica de cometidos de definición política, de control y regulación, y prestacionales

• Poder Ejecutivo (intervención del MIEM): define la política sectorial. Fija tarifas reguladas (servicio de redes y suministro minorista)

• URSEA: órgano regulador desconcentrado del PE y con autonomía técnica, dirigido por comisión de tres miembros que permanecen seis años en el cargo

Marco institucional (II)

• ADME: persona pública no estatal dirigida por Directorio con participación pública y de agentes privados. Le compete: despachar técnicamente el SIN y administrar el MMEE

• UTE: empresa estatal descentralizada que realiza actividades prestacionales de la industria eléctrica

• Comisión Técnica Mixta de Salto Grande: Organismo binacional que presta actividad de generación de energía eléctrica

Mercado Mayorista de

Energía Eléctrica

Organización del Mercado

•Mercado spot

•Mercado de contratos a

término

Fuentes de competencia

• Liberalización de grandes consumidores

• Comercialización• Importación y exportación• Contratos del Distribuidor

– Licitaciones anuales supervisadas por el Regulador

– Se realizan con tres años de anticipación– Plazo mínimo del contrato: cinco años– Sin riesgo para el Distribuidor por el pasaje

automático a tarifas

Participantes del mercado

• Generador (incluye al autoproductor y al cogenerador)

• Distribuidor: Compra en forma regulada con traspaso a tarifas

• Gran Consumidor: consumidor de más de 500 kW que compra en el mercado mayorista

• Comercializador: “representa” a uno o más agentes

Requisitos para constituir un Comercializador

• Tener un acuerdo de comercialización con un generador o gran consumidor aprobado por ADME

• No se exige la constitución de garantías específicas para desarrollar la actividad de comercialización mayorista

• Al igual que cualquier participante del mercado que compra spot, el comercializador debe constituir garantías por un monto equivalente a dos meses de su compra prevista

Fuentes de competencia

• Energía– Contratos: compra a futuro– Mercado spot: excedentes / faltantes

de oportunidadPrecio Spot por punto de conexión (nodal), varía hora a hora

• Garantía de Suministro (Potencia Firme)

• Servicios auxiliares

Energía: contratos de suministro

• Compra anticipada: condiciones, cantidades y precios futuros

• Obligación de contratar con anticipación un porcentaje de su curva de carga

• Energía firme (con seguridad de abastecimiento) de largo plazo

• Pueden ser contratos con generadores nacionales o extranjeros

• Estabiliza precio de la energía

Energía: contratos de suministro

• Compra anticipada: condiciones, cantidades y precios futuros

• Obligación de contratar con anticipación un porcentaje de su curva de carga

• Energía firme (con seguridad de abastecimiento) de largo plazo

• Pueden ser contratos con generadores nacionales o extranjeros

• Estabiliza precio de la energía

Energía: contratos de suministro

• Compra anticipada: condiciones, cantidades y precios futuros

• Obligación de contratar con anticipación un porcentaje de su curva de carga

• Energía firme (con seguridad de abastecimiento) de largo plazo

• Pueden ser contratos con generadores nacionales o extranjeros

• Estabiliza precio de la energía

Energía: contratos de suministro

• Compra anticipada: condiciones, cantidades y precios futuros

• Obligación de contratar con anticipación un porcentaje de su curva de carga

• Energía firme (con seguridad de abastecimiento) de largo plazo

• Pueden ser contratos con generadores nacionales o extranjeros

• Estabiliza precio de la energía

Energía: contratos de suministro

• Compra anticipada: condiciones, cantidades y precios futuros

• Obligación de contratar con anticipación un porcentaje de su curva de carga

• Energía firme (con seguridad de abastecimiento) de largo plazo

• Pueden ser contratos con generadores nacionales o extranjeros

• Estabiliza precio de la energía

Energía: contratos de suministro

• Compra anticipada: condiciones, cantidades y precios futuros

• Obligación de contratar con anticipación un porcentaje de su curva de carga

• Energía firme (con seguridad de abastecimiento) de largo plazo

• Pueden ser contratos con generadores nacionales o extranjeros

• Estabiliza precio de la energía

Energía: mercado spot• Cierre entre la energía contratada, el

consumo real y la generación real• Precio de la energía (spot):

– Es el costo marginal de abastecer un incremento de demanda en el nodo

– Queda determinado por el despacho económico, realizado en base a costos variables de generación

– Los generadores declaran precios de combustibles, con máximo regulado

– Centrales hidroeléctricas con valor de agua calculado en programación de largo plazo

• Todo participante puede comprar y vender en este mercado

Garantía de suministro

• Potencia firme: Compromiso de disponibilidad que protege del riesgo de racionamiento

• Se obliga a los consumidores a cubrir en forma anticipada una parte de su demanda– 90% para distribuidores– 70% para grandes consumidores

• La potencia firme no contratada se compra en el servicio mensual de garantía de suministro

Reserva Nacional

• Objetivo: cubrir seguro de suministro de consumidores para el siguiente año, que no fue cubierto anticipadamente con contratos

• ADME hace licitación internacional, y a cada oferta aceptada le corresponde un Contrato de Respaldo con cada Participante que requiere reserva

Servicio de Reserva Nacional

• Poder Ejecutivo define anualmente la generación local requerida como respaldo

• El faltante es licitado por ADME con la supervisión del Regulador

• La Reserva Nacional es paga por los consumidores

Importación y Exportación• Contratos de suministro

– No son físicos sino despachables – El generador extranjero suministra la energía del

contrato o la compra en el mercado spot uruguayo según el costo de importación declarado

• Contratos de respaldo– Potencia firme de largo plazo con o sin energía

asociada– Los de importación no tienen cláusula de convocatoria

• Intercambios de ocasión (spot)– Los decide el operador del sistema (DNC)– Se define una condición de integración spot, tal que si

se cumple, las exportaciones ocasionales participan en la formación del precio spot

Autoproductores

• Venden excedentes (menos del 50% de su generación)

• Potencia instalada de generación superior a 500 kW

• Excedentes Firmes: mayor capacidad instalada que la demanda propia. Pueden hacer contratos

• Excedentes No firmes: sólo se venden en el mercado spot

Generación distribuida

• Conectada a la red de distribución con una potencia instalada menor o igual a 5 MW

• No pagan cargos de distribución; no pagan cargos de trasmisión si están en un nodo demandante

• Reciben un monto que reconoce la reducción de pérdidas

• Pueden celebrar contratos con cualquier participante; el distribuidor puede comprar por contratación directa (sin licitación) hasta el 2% de su demanda a generadores distribuidos

TRASMISIÓN

Situación de Uruguay

• Uruguay carece de reservas comprobadas de petróleo y ha logrado el aprovechamiento prácticamente total del recurso hidroeléctrico

• La región Mercosur cuenta con abundantes recursos energéticos (hidroeléctricos, hidrocarburos, biomasa)

• Uruguay se encuentra entre dos grandes mercados (zona de tránsito)

. . . Nuevas reglas

• Iniciativa privada en Interconexiones Internacionales con procedimientos transparentes

• Iniciativa privada para desarrollo de proyectos de generación, importación y exportación

• Expansiones del sistema existente destinadas a la demanda a cargo de UTE y planificadas centralmente

Características generales

• Libre acceso a las líneas de trasmisión

• Los agentes y un planificador centralizado tienen la facultad de decidir expansiones que requiere la demanda

• Empresa transportista no asume el riesgo de la expansión (modelo de empresa pasiva)

• Tres tipos de transporte (central, zonal e interconexiones internacionales)

Libre acceso (I)

• La conexión de un nuevo Agente Consumidor es autorizada si cuenta con capacidad remanente en el Sistema de Trasmisión

• Todo Agente Productor tiene derecho a conectarse a la red de interconexión, siendo la asignación de la capacidad y uso de la misma el resultado del despacho económico

• La aceptación de un intercambio spot (Imp. o Exp.) requiere que exista capacidad remanente en la Red de Interconexión Nacional

Libre acceso (II)

• Un contrato de importación o un contrato entre terceros países puede ser autorizado sólo si cuenta con capacidad firme en la interconexión internacional y en la red de interconexión nacional

• Un contrato de exportación puede ser autorizado si cuenta con capacidad firme en la interconexión internacional

Tipos de transporte

• Central: Abarca todo el equipamiento cuya tensión es mayor o igual a 500 kV y no forma parte de una interconexión internacional

• Zonal: Abarca todo el equipamiento de tensión menor a 500 kV

• Interconexión internacional: Son las instalaciones en alta tensión destinadas a conectar instalaciones del sistema de otro país y el nodo de la Trasmisión Central o Zonal

Ampliaciones del Sistema de

Trasmisión

ZONAL

CENTRAL

INTERCONEXIONES

INTERNACIONALES

Determinantes principales

Metodología preponderan

te

Proyectos de gen., imp. o

exp.

La demanda

Contratos de imp. o exp.

BENEFICIO GENERAL

REQUER. PARTICULAR

DERECHOS DE T. FIRME

Modalidades de ampliación

• De Beneficio General: Aprobadas en el Plan de Expansión (propuesto por ADME). Sin riesgo para el Trasmisor

• Por requerimientos particulares: pagadas por los solicitantes, quienes cobran un cargo cuando son usadas por terceros

• Interconexiones internacionales: Usuarios con contratos de imp. o exp. pueden solicitar que el PE otorgue una concesión a un Trasmisor para la construcción de una interconexión internacional

Remuneración

• Para las instalaciones existentes se remunera al Trasmisor la anualidad del VNR con una tasa reconocida y los costos eficientes de AO&M.

• Para las ampliaciones de Beneficio General se remunera el canon anual resultante durante el período de amortización. Luego las instalaciones pasan a ser remuneradas como existentes.

Remuneración

• En las Ampliaciones por Requerimiento Particular el solicitante asume todos los costos. En el caso de su uso por terceros éstos pagan un peaje por localización.

• En las Ampliaciones de Interconexiones Internacionales los solicitantes asumen todos los costos y son los dueños de los Derechos de Trasmisión Firme. En caso de uso de oportunidad por terceros éstos pagan un peaje por uso.

Servicio de distribución

• Servicio de redes para el

transporte de energía eléctrica

• Suministro de energía a

consumidores regulados

• Actualmente a cargo de UTE

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