equipos de protección personal en la industria de la construcción 29 cfr 1926.95-106

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Equipos de Protección Personal en la Industria de la

Construcción 29 CFR 1926.95-106

Objetivos

En este curso, discutiremos acerca de:

Requerimientos generales

Evaluación de los peligros

Categorías básicas de los peligros

Fuentes de los peligros

Equipos de Protección Personal (EPP)1

1 Verá la sigla “PPE” comúnmente usada en el idioma inglés.

¿Qué es EPP?Equipos que crean una barrera contra los

peligros en el área de trabajo.

Algunos ejemplos son cascos de seguridad, lentes de seguridad, guantes y protección auditiva.

Es una medida temporal.

Equipo de Protección Personal El empleador es responsable de requerir en todas

las operaciones donde haya una exposición de condiciones de peligro, el uso apropiado de los equipos de protección personal.

13 NCAC 07F.0202

Requerimientos Generales de Seguridad y Salud

Equipo de protección personal Las regulaciones que gobiernan el uso, selección y

mantenimiento de los equipos de protección personal y de salvamento están descritos en la sub parte E de este parte (29 CFR 1926).

1926.28(b)

Requerimientos Generales de Seguridad y Salud

Criterio de los EPP

Equipos de protección (incluyendo aquellos para los ojos, cara, cabeza, extremidades, etc.) deberán ser proporcionados, usados y mantenidos en condiciones sanitarias y en buen estado.

1926.95(a)

Equipo propio del empleado Cuando los empleados utilizan sus propios equipos

de protección, el empleador deberá ser responsable de asegurar el uso adecuado de estos equipos (incluyendo el mantenimiento apropiado y su sanidad).

1926.95(b)Criterio de los PPE

Criterio de los EPP

Diseño Todo equipo de protección personal tendrá un

diseño y fabricación segura para el trabajo en el que será utilizado.

1926.95(c)

Entrenamiento

El empleador deberá instruir a cada empleado en el reconocimiento, evasión de condiciones inseguras y las regulaciones aplicables a su ambiente de trabajo para controlar o eliminar cualquier riesgo u otra exposición a enfermedades o lesiones.

1926.21(b)

Pago de los EPP

Con excepción de otras indicaciones, los equipos de protección utilizados para dar cumplimiento con esta parte, deberán ser proporcionado por el empleador sin costo para los empleados.

1926.95(d)(2)–(5)

Documentación

Registros de entrenamiento

Registros de entrenamiento en protección contra caídas

Programa de conservación auditiva

Programa de protección respiratoria

Categorías Básicas de los Riesgos Impacto

Penetración

Compresión

Químicos

Calor

Polvos nocivos

Rayos ultravioleta

Caídas

Fuentes de Riesgo

Movimiento

Temperatura

Exposición química

Radiaciones de luz

Elevación

Objetos filosos

Rodamiento/pinchaduras

Riesgos eléctricos

Esquema del lugar de trabajo

Ubicación del trabajador

Protección de la cabeza

Empleados que trabajan en áreas donde existe la posibilidad de peligro de lesiones en la cabeza, debido a un impacto directo, caída o disparo de objetos, quemaduras y choques eléctricos deberán ser protegidos con el uso de cascos de seguridad.

1926.100(a)

Protección de la cabezaCascos de seguridad para la protección de los

empleados contra el impacto y penetración de la caída o disparo de objetos deberán cumplir con las especificaciones dadas en American National Standard Institute (ANSI) Z89.1-1969, Requisitos de Seguridad Industrial para la protección de la cabeza.

1926.100(b)

Protección de la cabezaCascos de seguridad usados para la

protección de empleados expuestos a choques eléctricos de alto voltaje y quemaduras deberán cumplir con las especificaciones dadas en American National Standards Institute (ANSI) Z89.2-1971.

1926.100(c)

Protección Auditiva

Donde no sea factible reducir los niveles de ruido o el tiempo de exposición especificados en la Tabla D-2, Exposición de Ruidos Permisibles, en 1926.52, dispositivos para la protección de los oídos deberán ser proporcionados y usados.

1926.101(a)

Protección AuditivaLos dispositivos para la protección del oído

(insertado dentro del oído) deberán ser los adecuados o seleccionados individualmente por personal competente.

Algodón común no es un dispositivo de protección aceptable.

1926.101(b)-(c)

Protección de los ojos y caraEmpleados deberán ser provisto con equipos

de protección para la cara y los ojos cuando máquinas u operaciones con agentes físicos, químicos o de radiación presenten lesiones potenciales a la cara y ojos.

1926.102(a)(1)

Protección de los ojos y caraLos equipos de protección de la cara y los ojos

requeridos en esta sección deberán cumplir los requisitos especificados en American National Standards Institute (ANSI), Z89.1-1968, Prácticas Ocupacionales y de Educación para la protección de los ojos y cara.

1926.102(a)(2)

Protección de los ojos y caraEmpleados cuya visión requiere el uso de

lentes correctivos (cuando sea requerido el uso de protección para los ojos por esta reglamentación) deberán ser protegidos con el uso de gafas de seguridad o anteojos protectores.

1926.102(a)(3)

Protección de los ojos y cara Anteojos cuyos lentes de protección proveen

también una corrección óptica.

Gafas que puedan ser usados sobre anteojos correctivos sin disturbar su ajuste.

Gafas de seguridad que puedan incorporar/montar los lentes

correctivos detrás de los lentes de protección.

1926.102(a)(3)

Protección de los pies

Calzado de seguridad (puntera) deberá cumplir con los requisitos y especificaciones del American National Standard for Men’s Safety-Toe Footwear, Z41.1-1967.

1926.96

Protección Respiratoria Idéntica a 29 CFR 1910.134

Programa escrito

Evaluación médica

Prueba de acondicionamiento

Selección y uso

Mantenimiento y cuidado

Entrenamiento

Evaluación de programas

Registros

1926.103

Cinturones de Seguridad, Líneas de vida y cuerdas de amarre

Líneas de vida, cinturones de seguridad y cuerdas de amarre deberán ser usadas solamente para salvaguardar a los empleados.

1926.104(a)

Cinturones de Seguridad, Líneas de vida y cuerdas de amarre

Las líneas de vida deberán ser aseguradas sobre el punto de operación a un anclaje o miembro estructural capaz de soportar un peso muerto mínimo de 5,400 libras.

1926.104(b)

Cinturones de Seguridad, Líneas de vida y cuerdas de amarreLíneas de vida usadas en el escalamiento de

rocas o áreas donde la línea de vida pueda ser deteriorada por cortes o abrasión, la cuerda de manila deberá tener ⅞ pulgadas de alambre en el centro.

Para el uso de la línea de vida en otras aplicaciones se usará una cuerda manila de ¾ de pulgada o suequivalente con una resistencia derotura de 5,400 libras como mínimo.

1926.104(c)

Cinturones de Seguridad, Líneas de vida y cuerdas de amarre

Cuerdas de amarre deberán tener como mínimo ½ pulgada de nylon o equivalente, con una longitud máxima que no genere una caída mayor de 6 pies.

La cuerda deberá tener una resistencia nominal de rotura de 5,400 libras.

1926.104(d)

Cinturones de Seguridad, Líneas de vida y cuerdas de amarreTodas las partes metales de los

cinturones de seguridad y cuerdas de amarre deberán ser forjadas, de acero compreso o enchapado de níquel en concordancia con Type 1, Class B plating dadas en las Especificaciones Federales QQ-P-416.

Las superficies deberán ser suaves y libres de filos cortantes.

1926.104(e)

Cinturones de Seguridad, Líneas de vida y cuerdas de amarre

Todos los cinturones de seguridad y cuerdas de amarre, a excepción de los remaches, deberán ser capaces de aguantar una carga de tensión de 4,000 libras sin quebrarse o deformarse permanentemente.

1926.104(f)

Redes de SeguridadLas redes de seguridad deberán ser instaladas

en lugares de trabajo ubicados sobre los 25 pies altura, superficies acuáticas u otras superficies en donde el uso de escaleras, andamios, plataformas de captura, pisos temporales, líneas de vidas o cinturones de seguridad son imprácticos.

1926.105(a)

Redes de Seguridad

En donde redes de seguridad como parte de protección sea requerida por esta parte, las operaciones no se llevarán a cabo hasta que la red haya sido instalada y evaluada.

1926.105(b)

Redes de Seguridad

Las redes deberán extenderse 8 pies más allá de los bordes de la superficie de trabajo donde los empleados estén expuesto y deberá ser instalada lo mas cerca debajo de la superficie de trabajo.

Es proyectado que solo unnivel de redes de seguridadsean requeridos en la construcción de puentes.

1926.105(c)

Redes de Seguridad

El tamaño de la malla de las redes no excederá de 6 pulgadas por 6 pulgadas.

Todas las redes deberán cumplir las normas establecidas de 17,500 libras-pie de resistencia de impacto comomínimo, estará determinado y especificado por el fabricante

y deberá llevar una etiquetade verificación de prueba.

1926.105(d)

Redes de SeguridadGanchos de seguridad acero forjado y

grilletes se utilizarán para sujetar la red a sus soportes.

Las conexiones entre secciones de la red deberán mantener lamisma resistencia dela red.

1926.105(e)-(f)

Trabajando sobre o cerca del aguaChalecos salvavidas o chalecos inflables deben

ser aprobados por U.S. Coast Guard.

Antes y después del uso de los chalecos salvavidas o chalecos inflables de trabajo se debe inspeccionar si tienen algún defecto.

Flotadores redondos deberán ser proporcionados en operaciones de rescate.

Bote salvavidas siempre deberá estar disponible.

1926.106(a)-(d)

Resumen

Hemos discutido los siguientes temas:

Requerimientos generales

Evaluación de riesgos

Fuentes de riesgos

Normativa de los EPP

¿Preguntas?

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