derecho internacional del trabajo y derecho internacional penal

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Universidad Juárez Autónoma De TabascoDivisión Académica Multidisciplinaria De Los Ríos

 UNIDAD 8: DERECHO INTERNACIONAL DEL TRABAJO Y PENAL.

Licenciatura: Derecho

Asignatura: Derecho Internacional Público

8.1. Concepto de Derecho Internacional del Trabajo.

• Derecho Internacional del Trabajo es la rama del Derecho que se ocupa de la regulación internacional del trabajo.

• La OIT es la fuente de derecho internacional laboral representada en sus Convenios, Recomendaciones y en los documentos que emanan de su mecanismo de control de las normas internacionales del trabajo.

8.2. Organización Internacional del Trabajo.

• La OIT es un organismo de la ONU que tiene por objetivos la promoción de la justicia social y el reconocimiento de las normas fundamentales del trabajo, la creación de oportunidades de empleo y la mejora de las condiciones laborales en el mundo.

• La OIT fue fundada en 1919 y es la única superviviente del Tratado de Versalles que estableció la Sociedad de Naciones. Se convirtió en el primer organismo especializado de la ONU en 1946. 

8.2.1. Estructura.• La OIT cuenta con una estructura tripartita,

única en el sistema de Naciones Unidas.• La estructura tripartita se refiere a la Conferencia

Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración y la Oficina, los cuales cuentan con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores.

8.2.2. Atribuciones.• Mecanismos de trabajo: el establecimiento y

supervisión de normas internacionales del trabajo, la prestación de asistencia técnica, y la búsqueda y difusión de información.

• Ámbitos de actividad: se encuentra la promoción y respeto de los principios laborales, la erradicación del trabajo infantil, el cumplimiento de los Convenios, las migraciones laborales y la Dimensión Social de la Globalización.

• La principal labor de la OIT gira alrededor del Programa de Trabajo Decente.

8.3. Convenios y Recomendaciones aprobadas en el seno de la OIT.

• Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte.

• Convenio 58 por el que se Fija la Edad Mínima de Admisión de los Niños al Trabajo Marítimo.

• Convenio 100, relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor.

• Convenio 105 Relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso.

(Los Convenios  y Recomendaciones  de la OIT se encuentran en la base de datos NORMLEX). 

8.4. Concepto de Derecho Internacional Penal.

• Constituye la rama del sistema jurídico internacional configuradora de estrategias para el más alto grado de sujeción y de conformidad a los objetivos mundiales de prevención del delito, protección de la comunidad y rehabilitación de los delincuentes.

8.5. Extradición de delincuentes.

• Tratados Bilaterales en el campo de la Extradición:

• Convención sobre Extradición. • Convención de Extradición entre los Estados

Unidos Mexicanos y:Reino de BélgicaBeliceCanadá

El Salvador Francia Guatemala India Estados Unidos Venezuela Ecuador República Helénica Uruguay Australia

8.6. Tratados internacionales en materia penal suscritos por México.

• Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional.

• Convención Interamericana contra la Corrupción.

• Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.

• Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

• Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

8.7. Tribunal Penal para la ex Yugoslavia.

• El Estatuto del Tribunal fue adoptado el 25 de mayo de 1993 como anexo a la resolución 827.

• El Tribunal, cuya sede fue establecida en la Haya (Países Bajos), juzgaba a los responsables por infracciones a los Convenios de Ginebra, en los conflictos armados, del genocidio y crímenes de lesa humanidad.

8.8. Tribunal Penal para Ruanda.

• Fue creado el 8 de noviembre de 1994 a través de la resolución 955 del Consejo de Seguridad de las Naciones unidas.

• Luego del genocidio en Ruanda, se creó con el propósito de juzgar a los responsables del genocidio y de otras violaciones graves de derecho internacional humanitario cometidas en Ruanda o en los Estados vecinos.

8.9. Tribunal o Corte Penal Internacional.

• El establecimiento de una corte penal internacional se creó por la firma del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (el cual entró en vigor el 1 de julio de 2002).

• La Corte está formada por la Presidencia, las Cámaras, la Oficina del Fiscal y la secretaría. Cuenta con 18 jueces, elegidos por la Asamblea de Estados.

• Se encarga de enjuiciar a responsables de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y la agresión.

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