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Compendio normativo del SBD para fomentar la inclusión

financiera.

Consejo Rector del SBD-Costa Rica-

ContextoIdentificando competencias y ámbitos.

La gobernanza como tema Construyendo credibilidad y legitimidad.

Dotando de capacidadesModelo de Gestión Normativa y primeros pasos.

!Hitos en el

ámbitonormativo

desdereforma de Ley 9274

¡

Asociación entre política y gestión públicaDel diseño a la realidad.

En Costa Rica existe un acervo regulatorio profuso que delimita la actuación de lasinstituciones propio de la observancia del principio de legalidad y tipicidad querige al Derecho Público.

Para competir bajo la nueva dinámica económica se requiere modificar losdiseños empresariales-Institucionales “tradicionales”, claramente insuficientespara afrontar los desafíos del mercado y población.

La amplitud del mandado legal, más la expectativa de los colectivos interesadosy “los tiempos” son parte de los retos.

Marco legal mejorado

Permite la participación de entes no supervisados. Fortalecimiento de microfinanzas.

Brinda la potestad para hacer banca de segundo piso.

Requiere porcentaje del 25% a Microcrédito.

Consideró recursos no reembolsables para desarrollo empresarial y aplicar instrumentos de capital semilla y riesgo.

Brinda pautas específicas para el apoyo que debe brindar el Instituto Nacional de Aprendizaje.

Amplió los sujetos beneficiarios (Emprendedores, Mipymes, modelos asociativos).

Regulación especial para Supervisados por SUGEF (Reconocimiento de particularidades de créditos de desarrollo).

Creación de un CIC-SBD.

Ampliación concepto de Aval, además avales de cartera y avales por pérdida esperada.

LEY REGLAMENTO62 artículos 150 artículos

433 disposiciones

200 temas

Bloque normativo base

Nube Acuerdos Consejo Rector

+ 1.700 Acuerdos

≈70% concentrados

en ámbitosde gestión

“…un modelo de gestión de normativa constituye una decisión estratégica.. a) Contribuir al proceso de mejora regulatoria que impulsa el Poder Ejecutivo con el objeto

de contar con un marco normativo apegado a principios de legalidad, transparencia yrazonabilidad.

b) Salvaguardar la integralidad normativa del SBD. Dicha integralidad se traduce en unesfuerzo por evitar o eliminar eventuales duplicidades regulatorias, trámites y requisitosexcesivos como de disposiciones dispersas contraproducentes a los objetivos dispuestosen la Ley 9274.

ACUERDO AG-1359-172-2015: Aprobación Modelo de Gestión Normativa del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD).

c) Promover la eficiencia normativa del SBD por medio de la mejora continua, al basarseen un enfoque basado en procesos. Este enfoque requiere la identificación e interacciónconstante con las partes interesadas, de manera que las disposiciones puedan serajustadas conforme las nuevas exigencias y expectativas del mercado y el ConsejoRector.

d) Cumplir con disposiciones relacionadas con la documentación en ámbitos como: la conservación, la custodia, la clasificación, la identificación, el acceso y la divulgación.

e) Generar las condiciones para el desarrollo de las facultades, las responsabilidades, los deberes y las conductas de los diferentes sujetos que integran, concurren o participan en el SBD. Tales condiciones deseables son: pleno control, transparencia, participación, y coherencia jurídica y técnica.”

A través de un diseño organizacional (arquitectura) que

permita desarrollar el “modelo de negocio” en forma

eficiente y sostenible, con entrega de servicios y

productos de calidad y con una visión integral de cara a

las múltiples partes interesadas.

Esta realidad demanda una gobernanza corporativa que

tenga presente todos los perímetros y relaciones que

requieren ser gestionados y que sea soporte para un

desempeño exitoso en términos cuantitativos y

cualitativos.

Construyendo credibilidad y legitimidad, iniciando por “casa” con integración y alineamiento.

Implementando el enfoque Gobierno-Riesgo-

Cumplimiento, visto como un conjunto de capacidades y

prácticas que procuran blindar a la organización, apoyar

su gestión y mejorar su desempeño

Nuestro abordaje:

INTEGRANTES

Sistema de Banca para el Desarrollo

SBDIntermediarios financieros públicos

INFOCOOP

Instituciones públicas prestadoras de servicios

no financieros y de desarrollo empresarial

Instituciones estatales y no estatales que

canalicen recursos públicos para

financiamiento y promoción de proyectos

productivos

Intermediarios financieros privados

Voluntariamente

Entidades privadas acreditadas

Voluntariamente

Instituciones privadas prestadoras de servicios

no financieros y de desarrollo empresaria

Voluntariamente

Mecanismo para promover la movilidad social de los sujetos beneficiarios de esta ley, así

como por su inclusión financiera y económica

Consejo Rector

Secretaría Técnica

-Qué gobernar?-6

OCDE

CELA

BcoMundial

BCIE

Tratados Libre comercio

-Para quién gobernar-

Parte

s inte

resad

as

Principios o fundamentos

1. Integridad y transparencia

2. Cumplimiento y rendición de cuentas

3. Idoneidad

4. Visión Sistémica

5. Acceso equitativo e inclusión financiera

6. Proporcionalidad

7. Innovación y mejora

8. Sostenibilidad financiera

9. Digitalización

10. Sostenibilidad ambiental

-Cómo gobernar?--Filosofía-

-El Modelo -

COBIT 5 (ISACA, 2013)

ISO9001

1960031000260002700122301

(…)

Modelo de Capacidad de GRC (Red book de

OCEG, 2015)

Marco Internacional:

Buen Gobierno de la entidad en el sector

público (2015)

Compendio de legislación de Mejora

Regulatoria y Simplificación de

trámites (MEIC, 2014)COSO ( 2013)

Ámbito Interno

Ámbito Externo

El Conassif emitió un Reglamento particular, que rige a partir de octubre del 2016,

para la gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el

Desarrollo (SUGEF 15-16), el cual, entre otras cosas, ofrece una diferenciación técnica

según características particulares de la línea de negocio de banca de desarrollo.

Reglamento operativo sobre la actividad crediticia de primer y segundo piso de los bancos participantes en el Sistema de Banca para el Desarrollo (Acuerdo AG-1583-197-2016, vigente desde enero 2017)

Regulación especial y complementaria

Requerimiento de financiamiento

(40 salarios base)

Literal F) Art 6 Ley 9274

MayorMenor

Cartera de

microcréditoCartera de

banca de

desarrollo

Beneficiariosdefinidos del inciso a) al e) del artículo 6 Ley 9274

exposición crediticia directa

Cartera de banca

de segundo piso

exposición crediticia indirecta

Beneficiarios de ley

Metodologías

Metodología Estándar

! Es una norma complementaria !

Aclara los modelos canalización (roles)

OPERADORES SUPERVISADOS

Programa

Operaciones de 2° PISO(ACREEDOR)

Operaciones de 1° PISO(ACREEDOR)

BENEFICIARIOS(DEUDOR)

Corresponsal

AGENTES ESPECIALES

Colocador1° piso

CRÉDITOs N

CRÉDITO

CRÉDITO 1

3. Requerimientos normativos

Definiciones

Bcasegundo

piso

Operación de 1 y 2

piso

Agente colocador y corresponsa

l

Perfil del beneficiario

y del operador

Procesos de autorización

Acreditación del

Operador

Autorización de

Programas

Registro corresponsale

s

Responsabilidades del Gobierno

Corp.

Sobre beneficiarios

de ley

Sobre metas y límites

Selección de agentes

(contratos)

Gestión de riesgos y

proceso crédito

Riesgos del programa

Proceso crédito

Expediente

Divulgación de información

Planes

Tasa efectiva

Información

Responsabilidad

Captura, verificación,

remisión

Agentes

Responsabilidades

Prohibiciones

Formalidades Responsabilidades InfraestructuraDe cara al

beneficiario Control y transparencia

Acuerdo AG-1583-197-2016

Instructivo:

Para el traslado de los bancos privados a la opción ii), del artículo 59 de la Ley N° 1644.

COMPENDIO NORMATIVO

-Gracias-

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