colegio eucarÍstico de santa teresa€¦ · capitulo v. gobierno escolar y otros organismos de ......
Post on 12-Oct-2018
224 Views
Preview:
TRANSCRIPT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
1
COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA
Hacía una escuela para la autogestión y la investigación
MANUAL DE CONVIVENCIA
“No améis con corazón humano, finito siempre limitado, amad con el corazón de Cristo, poned en todas vuestras acciones ese sello divino”.
María del Refugio
Fundadora.
Cartagena, D.T. y C. 2017 “Evangelizar con María a la luz de la Eucaristía”
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
2
MARÍA DEL REFUGIO AGUILAR Y TORRES FUNDADORA DE LAS HERMANAS MERCEDARIAS DEL SANTÍSIMO
SACRAMENTO
Dios, centro de todas las ciencias
“No hay auténtica vida cristiana sin la participación eucarística y la protección de la Virgen María”
¡Oh Padre celestial! Dígnate concedernos la gracia de ver elevada al honor de los altares, a la venerable María del Refugio, quien para corresponder a los anhelos de su corazón, fundó esta
Congregación destinada a difundir el amor al Santísimo Sacramento, mediante la educación cristiana de la niñez y la juventud. Concédenos por su intercesión, la gracia que te pedimos… (SE
HACE LA PETICIÓN). Te lo rogamos por tu Hijo, nuestro Señor Jesucristo. Así sea.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
3
COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA
MANUAL DE CONVIVENCIA
Tabla de contenido
ANTECEDENTES 9
FUNDAMENTOS PEDAGÓGICOS-CARISMÁTICOS 9
HIMNO DE COLOMBIA 10
HIMNO DE CARTAGENA 11
HIMNO DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA 12
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES 13
BANDERA 13 ESCUDO 13
COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA 14
INTRODUCCIÓN 14
CAPÍTULO I. RESOLUCIÓN RECTORAL 16
CONSIDERANDO: 16
RESUELVE: 17
ARTÍCULO 1º. APROBAR Y ADOPTAR EL MANUAL DE CONVIVENCIA 17 ARTÍCULO 2º. DEROGAR 17 ARTÍCULO 3º. COMUNICAR 17 ARTÍCULO 4º. PROMULGAR Y EXPLICAR 17 ARTÍCULO 5º. EVALUAR 18 ARTÍCULO 6º. VIGENCIA 18
CAPÍTULO II. COMPONENTE INSTITUCIONAL 18
ARTÍCULO 7º. HORIZONTE INSTITUCIONAL: FILOSOFÍA 18 ARTÍCULO 8º. VIRTUDES DE NUESTRA FUNDADORA 19 ARTÍCULO 9º. MISIÓN 19 ARTÍCULO 10º. VISIÓN 19 ARTÍCULO 11º POLÍTICA 19 ARTÍCULO 12º OBJETIVOS 19 ARTÍCULO 13º PRINCIPIOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN 20 ARTÍCULO 14º. ESTRUCTURA GENERAL DEL PEI. 22 ARTÍCULO 15º. MODELO PEDAGÓGICO 22 ARTÍCULO 16º. MAPA DE PROCESOS 24
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
4
ARTÍCULO 17º. CARTA ORGÁNICA 25
CAPÍTULO III. FUNDAMENTACIÓN LEGAL 25
ARTÍCULO 18º. CONCEPTO DE MANUAL DE CONVIVENCIA 25 ARTÍCULO 19º. IMPORTANCIA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 26 ARTÍCULO 20º. FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 26
RESPECTO AL SIGNIFICADO E IMPORTANCIA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA, 28
CAPÍTULO IV. ADMISIONES, REQUISITOS Y MATRICULA 32
ARTÍCULO 21º. DE LA ADMISIÓN 32 ARTÍCULO 22º. PROTOCOLO Y REQUISITO DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTES NUEVOS 32 ARTÍCULO 23º. PROTOCOLO DE MATRÍCULA DE LOS ESTUDIANTES ANTIGUOS 33 ARTÍCULO 24º. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE 33
PARÁGRAFO 4. - ADVERTENCIAS DE IMPORTANCIA 34
CAPITULO V. GOBIERNO ESCOLAR Y OTROS ORGANISMOS DE GESTIÓN 35
ARTÍCULO 25º. GOBIERNO ESCOLAR 35 ARTÍCULO 26º. DE LOS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR 35 ARTÍCULO 27º. CONSEJO ADMINISTRATIVO 35 ARTÍCULO 28º. RECTORA 36 ARTÍCULO 29º. CONSEJO DIRECTIVO 37 ARTÍCULO 30º. DEL CONSEJO ACADÉMICO 37 ARTÍCULO 31º. CONSEJO DE PADRES 38 ARTÍCULO 32º. CONSEJO DE GRADO 39 ARTÍCULO 33º. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 40 ARTÍCULO 34º. PERSONERO ESTUDIANTIL 40 ARTÍCULO 35º. DEL CONSEJO ESTUDIANTIL 41
CAPÍTULO VI. ESTUDIANTES 42
ARTÍCULO 36º. PERFIL DE LA O EL ESTUDIANTE 42 1. COMO SER ÚNICO 42 2. COMO SER SOCIAL 42 3. COMO SER TRASCENDENTE 43 ARTÍCULO 37º. DERECHOS Y DEBERES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES 43 ARTÍCULO 38º. ESTÍMULOS 47
CAPÍTULO VII. DOCENTE 48
ARTÍCULO 39º. PERFIL DEL O LA DOCENTE 48 ARTÍCULO 40º. PERFIL ÉTICO-PROFESIONAL 48 ARTÍCULO 41º. PERFIL CRISTIANO 48 ARTÍCULO 42º. DERECHOS Y DEBERES DE LOS Y LAS DOCENTES 49 ARTÍCULO 43º. ESTÍMULOS A LOS DOCENTES EN EL COLEGIO EUCARÍSTICO SANTA TERESA 53
CAPÍTULO VIII. PADRES DE FAMILIA / ACUDIENTES 54
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
5
ARTÍCULO 44º. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA 54 ARTÍCULO 45º. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 55 ARTÍCULO 46º. DE LAS ESCUELAS DE PADRES 58 ARTÍCULO 47º. DE LA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA 59
CAPÍTULO IX. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 59
ARTÍCULO 48º. DEFINICIÓN DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 59 ARTÍCULO 49º. OBJETIVOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 60 ARTÍCULO 50º. ¿QUÉ DEFINE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR? 60 ARTÍCULO 51º. GARANTÍA DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 60 ARTÍCULO 52º. PRINCIPIOS PRESENTES EN LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 61 1. PARTICIPACIÓN 61 2. CORRESPONSABILIDAD 61 3. AUTONOMÍA 61 4. DIVERSIDAD 61 5. INTEGRALIDAD 61 ARTÍCULO 53º. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN: PROMOCIÓN, PREVENCIÓN, ATENCIÓN SEGUIMIENTO
62 ARTÍCULO 54º. COMPROMISOS DE LOS RESPONSABLES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA RUTA DE ATENCIÓN
INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 62 ARTÍCULO 55º. ROL DE LA RECTORA, EN LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 63 ARTÍCULO 56º. ROL DE LA COORDINACIÓN EN LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR63 ARTÍCULO 57º. ROL DEL COORDINADOR DE CADA COMPONENTE DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA
CONVIVENCIA ESCOLAR 63 ARTÍCULO 58º. ROL DEL DOCENTE EN LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 64 ARTÍCULO 59º. ROL DEL ESTUDIANTE EN LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 64 ARTÍCULO 60º. ROL DEL PADRE DE FAMILIA EN LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
64 ARTÍCULO 61º. ACTIVACIÓN DE CADA UNO DE LOS CUATRO COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL
PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 64
CAPÍTULO X. COMPONENTE DE PROMOCIÓN 64
ARTÍCULO 62º. DEFINICIÓN 65 ARTÍCULO 63º. OBJETIVO DE LA RUTA DE PROMOCIÓN 65 ARTÍCULO 64º. PARTICIPACIÓN O ACCIONES EN EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN 65 ARTÍCULO 65º. PARTICIPACIÓN POR PARTE DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA EN EL COMPONENTE DE
PROMOCIÓN 65 ARTÍCULO 66º. PARTICIPACIÓN DE LOS DOCENTES EN EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN 66 ARTÍCULO 67º. PARTICIPACIÓN POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES EN EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN 66 ARTÍCULO 68º. PARTICIPACIÓN POR PARTE DE LA FAMILIA EN EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN 67 ARTÍCULO 69º. PROYECTOS PEDAGÓGICOS PARA PROMOVER LA CONVIVENCIA Y LA INCLUSIÓN SOCIAL 68 ARTÍCULO 70º. CULTURA DE LA PAZ 68 ARTÍCULO 71º. PROYECTO DE VIDA PARA ESTUDIANTES 69 ARTÍCULO 72º. MEDIDAS PEDAGÓGICAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR 70
CAPÍTULO XI. COMPONENTE DE PREVENCIÓN 71
ARTÍCULO 73º. ¿QUÉ ES EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN? 71
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
6
ARTÍCULO 74º. OBJETIVO DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN 71 ARTÍCULO 75º. TRES ACTIVIDADES CLAVES EN EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN 71 1. IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGO Y PROTECCIÓN 72 2. CONSTRUCCIÓN DE ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS 72 3. COMUNICACIÓN Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN 72 ARTÍCULO 76º. ACCIONES EN EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN 72 ARTÍCULO 77º. PARTICIPACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA EN EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN 73 ARTÍCULO 78º. PARTICIPACIÓN DE LOS DOCENTES EN EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN 73 ARTÍCULO 79º. PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN 73 ARTÍCULO 80º. PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA EN EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN 74
CAPÍTULO XII. COMPONENTE DE ATENCIÓN 74
ARTÍCULO 81º. OBJETIVO DEL COMPONENTE DE ATENCIÓN 74 ARTÍCULO 82º. ACCIONES DEL COMPONENTE DE ATENCIÓN 75 ARTÍCULO 83º. ETAPAS EN EL PROCESO DE MEDIACIÓN 76 ARTÍCULO 84º. EL DEBIDO PROCESO EN EL COMPONENTE DE ATENCIÓN 76 ARTÍCULO 85º. PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 77 ARTÍCULO 86º. SITUACIONES DE TIPO I. 78 ARTÍCULO 87º. ACCIONES DE SITUACIÓN TIPO I. 78 ARTÍCULO 88º. PROTOCOLO PARA ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DE SITUACIONES DE TIPO I 79 ARTÍCULO 89º. SITUACIÓN TIPO II. 81 ARTÍCULO 90º. ACCIONES DE SITUACIÓN TIPO II. 81 ARTÍCULO 91º. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO SITUACIÓN TIPO II. 82 ARTÍCULO 92º. SITUACIÓN TIPO III. 84 ARTÍCULO 93º. ACCIONES: SITUACIONES TIPO III. 84 ARTÍCULO 94º. PROTOCOLO NACIONAL EN LAS SITUACIONES DE TIPO III 85 ARTÍCULO 95º. DE LA NORMALIZACIÓN ESCOLAR 87 ARTÍCULO 96º. CONDUCTO REGULAR 87 ARTÍCULO 97º. DE LAS CAUSALES 88 1. CAUSALES DE ATENUACIÓN 88 2. CAUSALES DE AGRAVACIÓN 89 ARTÍCULO 98º. DE LOS RECURSOS 89
CAPÍTULO XIII. COMPONENTE DE SEGUIMIENTO 90
ARTÍCULO 99º. ¿A QUÉ SE LE LLAMA COMPONENTE DE SEGUIMIENTO? 90 ARTÍCULO 100º. ¿QUÉ SE NECESITA PARA REALIZAR EL SEGUIMIENTO? 90 ARTÍCULO 101º. ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE SEGUIMIENTO 91 ARTÍCULO 102º. SEGUIMIENTO EN EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN 91 1. MONITOREO DE LAS ACTIVIDADES DEL COMPONENTE DE PROMOCIÓN 92 2. RETROALIMENTACIÓN 92 3. RECOMENDACIONES 92 ARTÍCULO 103º. ¿CÓMO SE HACE EL SEGUIMIENTO EN EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN? 93 ARTÍCULO 104º. ¿CÓMO SE HACE EL SEGUIMIENTO EN EL COMPONENTE DE ATENCIÓN? 94
CAPÍTULO XIV. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 94
ARTÍCULO 105º. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 94 ARTÍCULO 106º. CONFORMACIÓN 94
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
7
PARA EL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, EL COMITÉ ESTARÁ CONFORMADO POR 94
ARTÍCULO 107º. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 95 ARTÍCULO 108º. SESIONES 96 ARTÍCULO 109º. QUORUM DECISORIO 96 ARTÍCULO 110º . PLAN DE APOYO AL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 96 1. DE LA MEDIACIÓN ESCOLAR 96 2. EQUIPO DE MEDIACIÓN 97 3. FUNCIONES DEL EQUIPO DE MEDIACIÓN 97 4. PROCESO DE MEDIACIÓN 97 ARTÍCULO 111º. REGLAMENTO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 98
CAPÍTULO XV. REGLAMENTOS PARTICULARES 101
ARTÍCULO 112º. PRESENTACIÓN PERSONAL 101 ARTÍCULO 113º. TRANSPORTE ESCOLAR 102 ARTÍCULO 114º. LA BIBLIOTECA 104 ARTÍCULO 115º. LA CAFETERÍA 105 ARTÍCULO 116º. LA ENFERMERÍA 105 ARTÍCULO 117º. EL AUDITORIO 106 ARTÍCULO 118º. LOS LABORATORIOS 106 ARTÍCULO 119º. EL SALÓN DE INFORMÁTICA 107 ARTÍCULO 120º. ENTRENAMIENTOS Y EQUIPOS DEPORTIVOS 108 ARTÍCULO 121º. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y/O EXTRACURRICULARES 108
CAPÍTULO XVI. DEFINICIONES 109
ARTÍCULO 122º. DEFINICIONES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 109 1. ACCIONES CORRECTIVAS 109 2. ACCIONES FORMATIVAS 109 3. ACCIONES DE SEGUIMIENTO 109 4. ACCIONES DE PREVENCIÓN 110 5. ACCIONES DE PROMOCIÓN 110 6. ACOSO ESCOLAR O BULLYING 110 7. ACUDIENTE O REPRESENTANTE LEGAL 110 8. AGRESIÓN ESCOLAR 110 9. AGRESIÓN FÍSICA 110 10. AGRESIÓN RELACIONAL 110 11. AGRESIÓN VERBAL 110 12. AGRESIÓN ELECTRÓNICA 111 13. AGRESIÓN GESTUAL 111 1. AUTOCONTROL 111 2. COMPORTAMIENTO 111 3. CONFLICTOS 111 4. CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE 111 5. CONVIVENCIA ESCOLAR 111 6. CIBERBULLYING O CIBERACOSO ESCOLAR 111 7. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 111 8. COMITÉ NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 112 9. COMITÉS MUNICIPALES, DISTRITALES Y DEPARTAMENTALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR 112
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
8
10. COMPETENCIAS CIUDADANAS 112 11. CONFLICTOS 112 12. CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE 112 13. DECRETO 1965 112 14. EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS 113 15. COMPETENCIAS CIUDADANAS 113 16. CIBERBULLYING O CIBERACOSO ESCOLAR 113 17. DERECHOS 113 18. DEBER 113 19. ESTÍMULOS 113 20. INCLUSIÓN 113 21. INFORMES O QUEJAS 113 22. LEY 1620 114 23. MANUAL DE CONVIVENCIA 114 24. MATRÍCULA 114 25. ORIENTACIÓN ESCOLAR 114 26. PRINCIPIOS DEL SISTEMA 114 27. PROTOCOLOS 114 28. PROYECTOS PEDAGÓGICOS 115 29. RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES 115 30. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 115 31. SISTEMA DE INFORMACIÓN UNIFICADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 115 32. VIOLENCIA SEXUAL 115 33. VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES 116
CAPÍTULO XVII. COMPONENTE FINANCIERO 116
ARTÍCULO 123º. POLÍTICAS ECONÓMICAS 116 1. TARIFA ANUAL 116 2. INTERESES POR MORA 117 3. MORA EN PAGO DE PENSIONES 117 4. DERECHOS ACADÉMICOS 117 5. COSTOS EDUCATIVOS 118
CAPÍTULO XVIII. VIGENCIA DEL MANUAL 118
ARTÍCULO 124º. DE LA VIGENCIA 118 ARTÍCULO 125º. MANIFESTACIÓN EXPRESA Y ESCRITA 119
CAPÍTULO XIX. 119
DIRECTORIO DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN CARTAGENA D.T. Y C. 119
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA 120
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
9
FUNDAMENTOS PEDAGÓGICOS-CARISMÁTICOS María del Refugio ofrece a la Iglesia un ideario que parte de su frase “en el centro de todas las ciencias está Dios” e incorpora elementos de diversos sistemas y métodos pedagógicos, dando preeminencia a los modernos que nos retan a hacerlo dinámico y adaptarlo según evolucionan los métodos y técnicas de enseñanza. Considera que el primer fruto de una educación eucarística es una nueva forma de ver la vida, donde el mismo Señor está presente en los demás y en las diversas situaciones. “En todas y cada una de las ciencias que impartamos, procuraremos que se enseñe a Jesús Eucarístico como centro de ellas y de todo” (HHMMSS, proyecto de Constituciones, 1913), es una invitación a descubrir la interrelación entre las ciencias teniendo a Dios como eje.
ANTECEDENTES
María del Refugio Aguilar y Torre nació en San Miguel de Allende Guanajuato, México, el 21 de septiembre de 1886. Sus padres: Ángel Aguilar y Sautto y Refugio Torres y López, sembraron en su corazón el amor a Dios y desarrollaron en ella aptitudes educativas y de liderazgo, pues siendo la primogénita de la familia, se encargaba de transmitir a sus hermanos los conocimientos que iba adquiriendo. Mostró desde pequeña gran amor a Jesús Eucaristía, haciendo de Él el centro de su vida, le amó entrañablemente y quiso servirle sin límite alguno; a los doce años hizo su Primera Comunión y se convirtió en catequista, enseñando a los demás a amar a Jesús.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
10
HIMNO DE COLOMBIA
Letra: Rafael Núñez Música: Oreste Sindici
Coro ¡Oh gloria inmarcesible! ¡Oh júbilo inmortal! ¡En surcos de dolores El bien germina ya. Primera estrofa Cesó la horrible noche La libertad sublime Derrama las auroras De su invencible luz. La humanidad entera, Que entre cadenas gime, Comprende las palabras Del que murió en la cruz Segunda estrofa "Independencia" grita El mundo americano: Se baña en sangre de héroes La tierra de Colón. Pero este gran principio: "el rey no es soberano" Resuena, Y los que sufren Bendicen su pasión. Tercera estrofa Del Orinoco el cauce Se colma de despojos, De sangre y llanto un río Se mira allí correr. En Bárbula no saben Las almas ni los ojos Si admiración o espanto Sentir o padecer. Cuarta estrofa
A orillas del Caribe Hambriento un pueblo lucha Horrores prefiriendo A pérfida salud. !Oh, sí¡ de Cartagena La abnegación es mucha, Y escombros de la muerte desprecian su virtud. Quinta estrofa De Boyacá en los campos El genio de la gloria Con cada espiga un héroe invicto coronó. Soldados sin coraza Ganaron la victoria; Su varonil aliento De escudo les sirvió.
Sexta estrofa Bolívar cruza el Ande Que riega dos océanos Espadas cual centellas Fulguran en Junín. Centauros indomables Descienden a los llanos Y empieza a presentirse De la epopeya el fin. Séptima estrofa La trompa victoriosa Que en Ayacucho truena En cada triunfo crece Su formidable son. En su expansivo empuje La libertad se estrena, Del cielo Americano Formando un pabellón. Octava estrofa La Virgen sus cabellos Arranca en agonía Y de su amor viuda Los cuelga del ciprés. Lamenta su esperanza Que cubre losa fría; Pero glorioso orgullo circunda su alba tez. Novena estrofa La Patria así se forma Termópilas brotando; Constelación de cíclopes Su noche iluminó; La flor estremecida Mortal el viento hallando Debajo los laureles Seguridad buscó Décima estrofa Mas no es completa gloria Vencer en la batalla, Que al brazo que combate Lo anima la verdad. La independencia sola El gran clamor no acalla: Si el sol alumbra a todos Justicia es libertad. Undécima estrofa Del hombre los derechos Nariño predicando, El alma de la lucha Profético enseñó. Ricaurte en San Mateo En átomos volando " Deber antes que vida", Con llamas escribió
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
11
HIMNO DE CARTAGENA
Autor: Letra: Daniel Lemaitre Tono
Música: Adolfo Mejía
Coro Suenen trompas en honor de la noble e ínclita Ciudad
que por patria se inmoló con sus gestas gloriosas de Libertad
Estrofa
Libertad, Libertad la Fe con ardor gritó
y en un Once de Noviembre fue la Heroica Cartagena
quien del yugo las cadenas cual leona fiera destrozó
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
12
HIMNO DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA
Colegio Eucarístico El forjador de la cultura ideal,
Son tus alumnas, como palomas de la paz mundial,
Llevando impreso con noble orgullo En el corazón las enseñanzas, santas y sabias
Sintetizadas en nuestra adhesión.
La virtud que en el alma llevamos, Pregoniza su gloria sagrada.
Y en las ciencias las artes grabamos Sacro nombre EUCARÍSTICO AMADO.
Colegio Eucarístico
El portador de la gran caridad, Colegio Eucarísticos son tus alumnas
como estandarte de tu idoneidad.
Nuestro lema es ¡amor y pureza! La nobleza y la honestidad
Cultivando también nuestras mentes,
Estampáis en las almas la verdad.
Colegio Eucarístico, Eres emblema de felicidad,
Colegio Eucarístico, Siempre magnífico,
Te llevaremos en el corazón.
Letra y música: MADRE CLAUDIA MEJÍA VARGAS Y SEÑORA CONCEPCIÓN PÁJARO.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
13
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
BANDERA
FORMA: Nuestra bandera consta de dos franjas horizontales de igual tamaño, la parte superior es de color blanco y la parte inferior de color granate.
SIGNIFICADO: El blanco: significa la pureza que debe caracterizar a nuestros estudiantes.
El granate: significa el amor de Jesús expresado en la Eucaristía; con el cual se debe asumir nuestra misión como maestros y el ardor con el que nuestros estudiantes y padres de familia respondan a
nuestro compromiso.
ESCUDO FORMA: Nuestro escudo fue elaborado tomando los símbolos Eucarísticos como lo es la Custodia.
Basado en tres valores Virtud, Ciencia y Trabajo. SIGNIFICADO: La garita representa la actitud vigilante que el Colegio asume en la formación y
protección de los y las estudiantes, para que desde la autonomía se hagan libres y trasciendan; estos dos valores están representados por los veleros y el alcatraz en vuelo.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
14
COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA MANUAL DE CONVIVENCIA
INTRODUCCIÓN El Manual de Convivencia es la base fundamental que orienta y apoya la filosofía del Colegio Eucarístico de Santa Teresa para mantener un nivel de Excelencia en todos los aspectos que se relacionan con la persona, en este caso con él o la estudiante como protagonista y todos los miembros de la Comunidad Educativa. Es por ello que al hacer parte de esta Familia Eucarística Mercedaria, él o la Estudiante están obligados a acatarlo, de la misma manera que los Padres de Familia al haber optado voluntariamente por nuestra Institución. El Colegio Eucarístico de Santa Teresa forma en Valores, por eso al elaborar y actualizar el Manual de Convivencia, tuvo en cuenta la integralidad de él y la estudiante, pensando que la formación requiere una serie de normas que regulen la Convivencia y el bien común de la comunidad educativa. Como bien lo plantea el art. 29 del Decreto 1965 y acorde con lo establecido en la Ley 115 de 1994, en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Decreto 1860 de 1994, el Colegio Eucarístico de Santa Teresa en el marco del proyecto educativo institucional se ha revisado y ajustado el presente Manual de Convivencia para darle plena aplicación a los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad que establece la Ley 1620 de 2013. El presente Manual de Convivencia es una brújula de navegación que contiene la filosofía educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, los conceptos claves relativos a la convivencia, los componentes del Comité Escolar de Convivencia, La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar con sus cuatro componentes: 1. Promoción, 2. Prevención, 3. Atención y 4. Seguimiento, con el debido proceso y sus respectivos protocolos de atención ante las situaciones de Tipo I., Tipo II y de Tipo III., permitiendo así, hacer realidad una verdadera Cultura de la Paz, en la que se convive con respeto, amabilidad, inclusión y buen trato. En el proceso de elaboración del Manual de Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa nos aseguramos que los aspectos dispuestos en el art. 22 de la ley 1620 y descritos en el art. 29 del Decreto 1965 queden caracterizados con sus respectivos procesos; estos son: 1. Las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos, las cuales deben ser identificadas y valoradas dentro del contexto propio del establecimiento educativo.
2. Las pautas y acuerdos que deben atender todos los integrantes de la comunidad educativa para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
15
3. La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar como lo determinan los artículos 28, 35 y 36 del Decreto 1965 de 2013.
4. La clasificación de las situaciones consagradas en el artículo 40 del Decreto 1965. 5. Los protocolos de atención integral para la convivencia escolar de que tratan los artículos 42,
43 Y 44 del Decreto 1965. 6. Las medidas pedagógicas y las acciones que contribuyan a la promoción de la convivencia
escolar, a la prevención de las situaciones que la afectan y a la reconciliación, la reparación de los daños causados y el restablecimiento de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo cuando estas situaciones ocurran.
7. Las estrategias pedagógicas que permitan y garanticen la divulgación y socialización de los contenidos del manual de convivencia a la comunidad educativa, haciendo énfasis en acciones dirigidas a los padres y madres de familia o acudientes.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
16
CAPÍTULO I. RESOLUCIÓN RECTORAL
COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA MANUAL DE CONVIVENCIA 2017
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 001 DEL 2017
Por la cual se adopta el Manual de Convivencia.
La Rectora del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, de la Ciudad de Cartagena, en uso de
sus atribuciones que le confiere la Ley 115 en su artículo 132 y demás artículos, el decreto 1860 de 1994 en el artículo 25, literal g, la Ley 1620 de 2013, el Decreto 1965 de 2013 y la
ley 715, Artículo 10, numeral 10.11
CONSIDERANDO: 1. Que la Constitución Política de Colombia, Artículo 67, consagra la educación como un derecho fundamental de la persona, con la función de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; 2. Que la Ley General de Educación, prescribe que todos los establecimientos educativos deben tener un Manual de Convivencia que responda a las necesidades y requerimientos de la Comunidad Educativa de la Institución; 3. Que los Artículos 73 y 87 de la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994, establecen el uso del Manual de Convivencia para todas las Instituciones Educativas; 4. Que en el literal c del Artículo 144 de la misma Ley 115 señala como función del Consejo Directivo la adopción del Manual de Convivencia Escolar de conformidad con las normas Vigentes, las cuales, se encuentra reglamentada en el Artículo 23 del Decreto 1860; 5. Que el numeral 7 del Artículo 14 del Decreto 1860 incluye el Manual de Convivencia Escolar en el Proyecto Educativo Institucional; 6. Que el Artículo 17 del Decreto 1860 reglamenta el contenido del Manual de convivencia, sin perjuicio de aquellos otros temas que tengan relación con los derechos y obligaciones de los diferentes estamentos de la comunidad educativa y los procesos que garanticen la sana convivencia escolar; 7. Que la Ley 1620 de 2013, por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia Escolar, reglamenta el proceso, administración y aplicación del actual Manual de Convivencia Escolar; 8. Que se debe realizar un redimensionamiento del Manual de Convivencia de acuerdo a los lineamientos de la ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965 de 2013; 9. Que la Guía Pedagógica para la Convivencia Escolar Nº 49 del Ministerio de Educación Nacional, brinda la herramientas pedagógicas a los Establecimientos Educativos de todo el país y su Comunidad Educativa para facilitar el proceso de ajuste de los manuales de convivencia de manera participativa, la puesta en marcha de la ruta de promoción, prevención, atención y seguimiento
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
17
para la convivencia escolar, la definición del papel que juegan las familias, el equipo docente y el grupo de estudiantes en estos procesos; 10. Que la Guía 6 del Ministerio de Educación Nacional establece los tres pilares de la Convivencia con sus respectivas competencias ciudadanas: 1. Conocimiento, 2. Cognitiva, 3. Emocional, 4. Comunicativa y la 5. Integradora; 11. Que la Ley 1098 de 2.006 por el cual se expide el Código de Infancia y Adolescencia tiene como finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y dignidad humana, sin discriminación alguna; 12. Que según el Ministerio de Educación Nacional, en el Documento Educación de Calidad, el camino para la prosperidad, existe el compromiso por trabajar por una Colombia unida, educada, justa e íntegra; 13. Que es justo estimular a quienes en sus relaciones practiquen los valores y las conductas deseables en nuestra sociedad y planear todo tipo de actividades que busquen la educación integral y el buen funcionamiento del plantel; 14. Que en el Manual de Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, se definirán claramente los derechos y deberes de los Estudiantes, así como el procedimiento para su aplicación; 15. Que en el Manual de Convivencia se definen los procedimientos para resolver los conflictos individuales o colectivos que se presenten con los miembros de la comunidad educativa; 16. Que la Legislación Escolar Colombiana determina los aspectos que debe contemplar el Manual de Convivencia; y la jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional le asigna al mismo el carácter de fuerza jurídica vinculante; 17. Que el Consejo Directivo del Colegio ha estudiado, aprobado y adoptado el Manual de Convivencia, con sus respectivos ajustes; 18. Que es su deber tomar las medidas conducentes para la buena marcha de esta Institución, RESUELVE:
Artículo 1º. Aprobar y adoptar el Manual de Convivencia Aprobar y adoptar el Manual de Convivencia para el Colegio Eucarístico de Santa Teresa de la Ciudad de Cartagena, como marco referencial que rige el proceder de la Comunidad Educativa.
Artículo 2º. Derogar Derogar los anteriores Reglamentos o Manuales de Convivencia Escolar. El Manual de Convivencia que se adopta está contenido en el documento anexo, el cual hace parte integrante de la presente Resolución. Se dará a conocer a todos los miembros de la comunidad educativa a partir de la fecha de su aprobación.
Artículo 3º. Comunicar Comunicar el texto completo del Reglamento o Manual de Convivencia Escolar, de modo que sea ampliamente conocido por todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Artículo 4º. Promulgar y explicar
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
18
Promulgar y explicar el Manual de Convivencia aquí adoptado en reuniones con los miembros de la Comunidad Educativa y entregar un ejemplar a cada una de las familias del Colegio.
Artículo 5º. Evaluar Evaluar anualmente el presente Manual de Convivencia por el Comité Escolar de Convivencia para tal fin, y continuar realizando las mejoras pertinentes de acuerdo a las necesidades que se requieran.
Artículo 6º. Vigencia El presente Manual de Convivencia empieza a regir a partir de la iniciación del año lectivo 2017. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CAPÍTULO II. COMPONENTE INSTITUCIONAL
El componente institucional es el pilar de la Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa y por eso su conocimiento por parte de los miembros de la Comunidad Educativa es la base para evitar conflictos y vivir en continua armonía de acuerdo a los Principios del evangelio y a las directrices de nuestra Madre Fundadora María del Refugio Aguilar y Torres. El componente institucional está estructurado de la siguiente forma:
Artículo 7º. Horizonte Institucional: Filosofía “No hay obra más bella, ni más meritoria a los ojos de Dios que la que se consagra a la formación de la niñez”. María del Refugio, fundadora. El Colegio, tiene como fin la Educación Integral, de la persona humana; guiados por el Espíritu Evangélico de Libertad y Caridad, resaltando los valores, proporciona un bienestar, estableciendo canales de comunicación claros entre los distintos estamentos; creando espacios donde la o el Estudiante puedan investigar y desarrollar sus dimensiones, psicológicas, sociales, culturales y trascendentes, entre otras; propiciando relaciones abiertas entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa, a través de los conductos regulares con el fin de propiciar un ambiente adecuado en la Institución. Con todo ello pretendemos formar una o un estudiante Eucarístico con voluntad para percibir, abstraer, relacionar, concluir e interpretar una relación para lograr el desarrollo de sus facultades y ser Protagonista de sus propios ideales y principios de vida, proyectándose a los demás, siendo un ser participativo, cambiante e innovador, que al educarse en los principios Eucarísticos, puedan llegar a ser dueños de sus actos. La educación busca el pleno desarrollo de la personalidad, lo que significa Educación Integral, basado en el cultivo de los valores, tales como: respeto por la vida, tolerancia, honestidad, responsabilidad, liderazgo, libertad, alegría, autonomía, autoestima, trascendencia, coherencia y acceso a la ciencia, para la apropiación de los Hábitos Intelectuales, que conduzcan a la
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
19
adquisición, manejo de la ciencia y la tecnología, que lleven a formar una actitud crítica, analítica y reflexiva en su cotidianidad para proyectarse en su entorno social, participando con autonomía e identidad, en la toma de decisiones que respondan a las necesidades sociales, culturales, económicas, científicas, éticas, políticas, étnicas y ambientales de la nación.
Artículo 8º. Virtudes de Nuestra Fundadora 1. Caridad: Es una virtud teologal por la cual se ama a Dios sobre todas las cosas por Él mismo y al prójimo como a nosotros mismos por amor de Dios. La caridad tiene por frutos el gozo, la paz y la misericordia. Exige la práctica del bien y la corrección fraterna; es benevolencia; suscita la reciprocidad; es siempre desinteresada y generosa; es amistad y comunión. La caridad nace del amor de Dios a los hombres, y de la respuesta del hombre a ese amor. 2. Humildad: Es la base y fundamento de todas las virtudes; la humildad permite el conocimiento de las propias limitaciones y debilidades, lo que hace al individuo, un mejor ser humano. Para el cristianismo la mayor persona humilde fue Jesús que siendo el más rico de todos se hizo pobre y nació en un pesebre y siendo el más importante murió en una cruz. (Filipenses 2:6-8) (Mateo 11:29). 3. Alegría: Demostración de buen estado de ánimo, satisfacción del saber estar, sonreír, demostrar buen ambiente para sí mismo y para los demás.
Artículo 9º. Misión El Colegio Eucarístico de Santa Teresa, forma integralmente a las y los jóvenes, orientándolos hacia el descubrimiento y potenciación de sus competencias individuales, capaz de apropiarse de los conocimientos aportados por las Ciencias, las Artes y la Tecnología, en búsqueda de la transformación, optimización personal y de su entorno.
Artículo 10º. Visión El Colegio Eucarístico de Santa Teresa, será reconocido como una Institución capaz de construir una nueva cultura de la vida cuyos protagonistas son el hombre y la mujer renovados en principios de verdadera libertad, recto juicio, responsabilidad y honestidad, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida personal y social, asistidos siempre por los principios cristiano-católicos.
Artículo 11º Política 1. Satisfacer las expectativas de nuestros clientes. 2. Educación integral basada en los principios y valores mercedarios. 3. El cumplimiento de los requisitos legales. 4. Con un talento humano idóneo y comprometido.
Artículo 12º Objetivos 1. Aumentar nivel de satisfacción.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
20
2. Aumentar competencias de nuestro cliente interno. 3. Fortalecer la vivencia de los valores Eucarísticos Mercedarios. 4. Asegurar el cumplimiento de la normatividad legal vigente. 5. Grado de apropiación del Horizonte Institucional.
Artículo 13º Principios generales de la Institución El Colegio Eucarístico de Santa Teresa acorde con la Filosofía Institucional, desarrolla su proceso formativo, basado en los siguientes principios:
1. Formación Humana-Católica: Concibe a la persona como un ser creado a imagen y semejanza de Dios, con capacidad de relacionarse con Él, consigo mismo, con los otros y con su entorno.
2. Formación en Valores: comprometiendo a la persona para que sea sujeto y agente de su proceso de formación, generando en ella actitudes que faciliten una convivencia humana donde reinen los valores tales como: la responsabilidad, la corresponsabilidad, la oración, la libertad, la honestidad, el respeto, el amor, el diálogo, la tolerancia, el servicio, la concertación, la gratitud, la armonía, la solidaridad, la equidad, la alegría.
3. Formación para la Proyección: promoviendo personas capaces de ser agentes de cambio, de lucha por mejorar su entorno: desarrollando sus capacidades intelectuales, sociales, culturales y artísticas; permitiéndoles utilizar el conocimiento, con criterios éticos para el bien personal, el de su familia y el de la sociedad.
4. Formación para la Trascendencia: que lleve a la persona a asimilar e interiorizar el verdadero sentido de su vida, realizando el quehacer diario con amor, alegría y paz.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
22
Artículo 14º. Estructura general del PEI.
Artículo 15º. Modelo Pedagógico
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
24
Artículo 16º. Mapa de procesos
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
25
Artículo 17º. Carta orgánica
CAPÍTULO III. FUNDAMENTACIÓN LEGAL
“No hay que confundir la educación con la instrucción. La educación consiste en desarrollar gradual y progresivamente todas las facultades humanas”. María del Refugio. Fundadora
Artículo 18º. Concepto de Manual de Convivencia
Según la Ley 1620 en el Artículo 21, el Manual de Convivencia es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto educativo institucional. En el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y además de lo establecido en el Artículo 87 de la Ley 115 de 1994, los manuales de convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error,
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
26
respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos. El Manual concederá al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones, A los estudiantes, el manual les concederá un rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral. El Manual de convivencia deberá incluir la ruta de atención integral y los protocolos de que trata la presente ley. Gracias al Manual de Convivencia, se cuenta con un mapa de navegación que ofrece todas las herramientas necesarias para interactuar en armonía y asegurar un ambiente y clima de convivencia agradable y significativo entre todos los miembros de la comunidad educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa.
Artículo 19º. Importancia del Manual de Convivencia Cada uno de los parámetros establecidos en el Manual de Convivencia están orientados a la formación y al desarrollo de habilidades para vivir en el ámbito escolar, y puedan ser replicados en los diferentes entornos con los que se relacionan, de tal manera que se lleva a los estudiantes a la reflexión constante sobre sus propias acciones, a la búsqueda de soluciones asertivas y pertinentes en beneficio de ellos y de las diferentes personas con las que conviven. Permite que el estudiante se sensibilice ante el medio que le rodea y la incidencia de cada una de sus acciones y comportamientos en la vida de quienes están a su alrededor. El Manual de Convivencia tiene como importancia consolidar la Convivencia y la Cultura de la Paz; para esto, se necesita del trabajo de todos; es decir, cada miembro de la familia: papá, mamá, hermanos, abuelitos, tíos, docentes, directivos, administrativos y “tu”, aportan una semilla de paz y amor; de esta forma inicia el gran cultivo de la paz, cuyos frutos son la armonía en el hogar, la institución y la sociedad (Romero, P. 2016, V. 4, p. 5). De esta manera las orientaciones determinadas en el Manual de Convivencia, permiten una formación integral y la búsqueda de un proyecto de vida basado en la autonomía, el respeto, la responsabilidad, la honestidad, la solidaridad y la identidad con su cultura.
Artículo 20º. Fundamentos legales del Manual de Convivencia En el Colegio Eucarístico de Santa Teresa se fundamenta el Manual de Convivencia, iniciando con la Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 2, en el que se expone la necesidad de asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo; artículo 95, numeral 4 que expone: Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica. La Ley 1620 por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar; el Decreto 1965 de 2013, por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
27
crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. La Guía 49 del Ministerio de Educación Nacional: Guías pedagógicas para la Convivencia Escolar que permite orientar la aplicación de la Ley 1620 y el decreto 1965 de 2013; esta Guía 49 es un importante referente como lo es el diseño de la Aplicación de Ciudadanía de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., y la Guía 6 que fundamenta todo lo relacionado con las Competencias Ciudadanas, además de la Ley 1732 por la cual se reglamenta la cátedra de la Paz y el Decreto 1038 por la cual se reglamenta la Ley 1732 de la Cátedra de la Paz, la ley General de la Educación, Ley 115 de 1994, en su Artículo 73, 87 y Artículo 94. Decreto 1860 de 1994, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Este Decreto es el principal referente para el proceso de fundamentación del capítulo de Gobierno Escolar del presente Manual de Convivencia. Decreto 1286 de 2005 “por el cual se establecen normas sobre “La participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados mediante el consejo de padres y la asociación de padres de familia”. Artículo 17, Decreto 1108 de 1994, capítulo III. Porte y consumo de estupefaciente; la Resolución 4210 de 1996 establece “Reglas generales para la organización del servicio social obligatorio”, el Decreto Nacional 2247 de 1997. “Por el cual se reglamenta el servicio educativo al nivel de preescolar”. La Ley 1098 de 2006, Ley de Infancia y la Adolescencia, para la Convivencia Social y la defensa de los derechos de los infantes y adolescentes. Decreto 1290 de 2009, Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Ley 30 de 1986, reglamentada por el Decreto Nacional 3788 de 1986, por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones. Decreto 1122 DE 1998, Cátedra de estudios afrocolombianos. Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los Artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. Ley 934 de 2004, por la cual se oficializa la Política de Desarrollo Nacional de la Educación Física. Decreto 4500 de 2006, por el cual se establecen normas sobre la educación religiosa en los establecimientos oficiales y privados de educación preescolar, básica y media de acuerdo con la Ley 115 de 1994 y la Ley 133 de 1994. Decreto 1373 de 2007, por el cual se establece una semana de receso estudiantil. Ley 1404 de 2010, por la cual se establece de manera obligatoria el Programa escuela para padres y madres.
Resolución N...03353 de 1993 del M.E.N., ¨Por al cual se establece el desarrollo de programas y proyectos institucionales de Educación Sexual en la Educación básica del País¨
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
28
Decreto 2247 de 1997: Normas relativas a la prestación del Servicio de Educación Preescolar. La Ley 1098 de 2006 por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia; está estructurada por tres libros con sus respectivo Títulos, Capítulos y 217 Artículos, que además de fundamentar el presente Manual de convivencia, orientan la convivencia en el Colegio Eucarístico de Santa Teresa. Ley 1453 de 2011, por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad. Las diversas sentencias de la Corte relacionadas con la administración de los Manuales de Convivencia son un valioso referente legal porque están basados en situaciones conflictivas de Instituciones Educativas que has sido objeto de tutelas. Respecto al significado e importancia del Manual de Convivencia, De acuerdo a la Sentencia T – 662/99: “El Manual de Convivencia en las Instituciones Escolares es un instrumento vital para establecer y regular las relaciones entre las personas que allí conviven, así como la forma en que vinculan el ejercicio del conocimiento, si aceptamos esto como un supuesto indispensable, se hace necesario, antes de su construcción, discutir y determinar su sentido. El Manual de Convivencia puede ser pensado para el control o por el contrario, es un instrumento de formación” Además, la sentencia T-859/02 dice lo siguiente:
“El manual de convivencia constituye el reglamento donde constan los derechos y obligaciones de los estudiantes, sus padres o tutores y la entidad educativa, el cual es aceptado al momento de firmar la correspondiente matrícula (Ley 115 de 1994, artículo 87 y Decreto 1860 de 1994, artículo 17). Tiene una naturaleza tripartita, pues de un lado reviste las características propias de un contrato de adhesión; por el otro, constituye las reglas mínimas de convivencia escolar, dentro del ámbito de la autonomía conferida a los centros educativos y, finalmente, es también expresión de la participación y el pluralismo, toda vez que en su diseño concurre toda la comunidad educativa (directivos, padres de familia, docentes, egresados, alumnos).
No obstante, en esas tres dimensiones los manuales de convivencia encuentran como límite último el respeto no sólo de los derechos fundamentales y de la Constitución en general, sino también de la concreción legal que de ellos se haga. Su eficacia depende, en consecuencia, del grado de armonía con los derechos fundamentales y las disposiciones de rango superior, como ya ha tenido ocasión de reseñarlo la jurisprudencia de esta Corporación:...” Respecto a la exigibilidad y el cumplimiento de las normas y protocolos de convivencia que el Colegio Eucarístico de Santa Teresa exige, la Sentencia de la Corte sostiene: “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el Manual de Convivencia Escolar que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que si se le puede exigir,
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
29
inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”. (SC-555/94). “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”. (ST- 519/92). “El hombre, considera la Corte constitucional, debe estar preparado para vivir en armonía con sus congéneres, para someterse a la disciplina que toda comunidad supone, para asumir sus propias responsabilidades y para ejercer la libertad dentro de las normas que estructuran el orden social, así pues, de ninguna manera ha de entenderse completo ni verdadero un derecho a la educación al que se despoja de estos elementos esenciales, reduciéndolo al concepto vacío de pertenencia a un establecimiento educativo……De lo dicho se concluye que cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la constitución desea” (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de 1997). “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse, que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución en que se forma, representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel los fines que le son propios”. (ST 519 DE 1992). “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” (Sentencia T-341 de 1993).
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
30
En relación al derecho a la defensa y al debido proceso, La sentencia T-435/02 (M.P. Rodrigo Escobar Gil) dice al respecto:
“Toda imposición de sanciones, inclusive en los centros docentes, debe estar precedida de la realización de un procedimiento donde se permita al implicado el ejercicio de los derechos de defensa y contradicción. Es un principio universalmente reconocido que la garantía del debido proceso ha sido establecida a favor de la persona, cuya dignidad exige que si se deducen en su contra consecuencias negativas derivadas del ordenamiento jurídico, tiene derecho a que se le oiga y se examinen y evalúen las pruebas que obran en su contra y también las que constan en su favor.” En consecuencia, el derecho al debido proceso debe respetarse en la imposición de sanciones por parte de los centros educativos. En efecto, las conductas susceptibles de sanción deben estar tipificadas en el manual de convivencia. A su vez, las sanciones deben ser razonables, esto es, deben perseguir un fin constitucionalmente legítimo, proporcionales, es decir, acordes a la conducta que se reprime teniendo en cuenta los bienes jurídico constitucionales que están de por medio, y necesarias frente a las faltas que se cometen, esto es, que la conducta del estudiante fuera tal que impidiera la convivencia, de modo que no admitiera otra respuesta que la sanción impuesta. Si se cumplen estas condiciones, no hay vulneración del derecho a la educación”.
“Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política.” (Sentencia T-386 de 1994). "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación". (Sentencia 037 de 1995). “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que están por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de descanso y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.” (Sentencia T-569 de 1994).
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
31
“En ningún momento el Colegio puede asumir la responsabilidad de los padres como primeros educadores de sus hijos e hijas”. (Art. 7 Ley 115). Que “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matricula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”. (ST- 235/97). “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante: La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.”. (Sentencia T-366 de 1992). El derecho a la educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a su mal comportamiento (Sentencia T-569 del 7 de diciembre de 1994). No se vulnera el derecho a la educación si el colegio prescinde de un estudiante por mal rendimiento académico (Sentencia t-316 del 12 de julio de 1994). (SentenciaT-439 del 12 de octubre de 1993). El derecho a la educación lo vulnera la o el estudiante cuando vulnera el derecho de los demás. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la institución, como por ejemplo, cuando un estudiante comete una falta. De estas sentencias de la corte, ya convertidas en doctrina constitucional, son uno de los soportes y marco de referencia del presente Manual de Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa. Como otros referentes jurídicos, es importante atender el artículo 79 de la ley 1474 de 2011, la ley 1530 de 2012 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, especialmente en las sentencias T-832 de 2011, T-1023 de 2012, T-565 de 2013, T-196 de 2011, T-272 de 2001, T-604 de 2007, T-272 de 2001, T-492 de 2010, T-767 de 2005, T-360 de 2008, T-1086 de 2001, T-578 de 2008, T-098 de 2911, T-356 de 2013, T-789 de 2913, T-356 de 2013, T-694 de 2002, T-351 de 2008, T-410 de 2004, T-555 de 2011, T-492 de 2010, T-713 de 2010, T-625 de 2013, T-435 de 2002, T-918 de 2004, T-706 de 2002, T-652 de 2013, T-393 de 2009, T-789 de 2013, T-022 de 2009, T-239 de 2000, T-432 de 2002, T-688 de 2005, T-918 de 2005, T-839 de 2007, T-1023 de 2010, T-625 de 2013, T-694 de 2002, T-812 de 2001. Del contrato de Prestación de Servicios Educativos – Las y los estudiantes, los Padres de Familia y/o Acudientes al firmar el Contrato de matrícula o Contrato de Prestación de Servicios Educativos se obligan a cumplir con los requerimientos de ley en la formación de contratos y con el cumplimiento del Manual de Convivencia, el Horizonte Institucional, los protocolos y aquellos documentos complementarios que la Institución Educativa bajo la dirección de la Rectora (Art. 132 Ley 115 de
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
32
1994) y la colaboración de los miembros de la Comunidad Educativa convengan en favorecimiento de la Calidad Educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa. La Guía 49 del MEN., ofrece importantes orientaciones para el proceso de actualización y fundamentación del Manual de Convivencia, ofreciendo una importante fundamentación pedagógica, este documento propone la siguiente fundamentación: Los proyectos pedagógicos transversales responden a las áreas de enseñanza obligatoria consignadas en el Artículo 14 de la Ley 115 de 1994, el Artículo 79 sobre la pedagogía de las competencias ciudadanas de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), la Ley 1530 de 2012 y los Artículos 15 a 20 de la Ley 1620 de 2013. Además, las estrategias para el desarrollo de competencias ciudadanas deben quedar incluidas explícitamente en el PEI, tal y como lo indica el artículo 79 sobre la pedagogía de las competencias ciudadanas de la Ley 1474 de 2011 (p.87). La serie de guías pedagógicas para la implementación de la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario se entienden como un conjunto de materiales que generan posibilidades de orientación a la comunidad educativa de los EE del país, en el proceso de comprensión y apropiación de elementos relevantes para potenciar la convivencia escolar. En estas guías, estudiantes, familias, docentes, docentes con funciones de orientación, así como las y los directivos docentes encontrarán ideas, recomendaciones y ejemplos que pueden servir de inspiración para convertir la escuela en el lugar que sueñan (p.10). El Proyecto Educativo Institucional (PEI.), y el Manual de Calidad del Colegio Eucarístico de Santa Teresa son referentes importantes del presente Manual de Convivencia.
CAPÍTULO IV. ADMISIONES, REQUISITOS Y MATRICULA “La educación pues, que se imparta, será dirigida por los principios que, Cristo Nuestro Señor, nos ha dejado por preciosa herencia”. María del Refugio Fundadora
Artículo 21º. De la Admisión Para adquirir la calidad de Estudiante del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, la y el Estudiante, los Padres de Familia y/o Acudientes, deben aceptar la filosofía, fines y metas, descritas en el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia y otros Documentos Institucionales que orientan la vida escolar, mediante el acto de matrícula.
Artículo 22º. Protocolo y Requisito de admisión de estudiantes nuevos 1. Adquirir y diligenciar el formulario de inscripción dentro de los días previstos y señalados. 2. Presentar los documentos originales, requeridos a saber:
Formulario. Registro civil. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad. Último Informe de Desempeño Escolar, del colegio de procedencia.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
33
Certificados originales de los años aprobados en el colegio de procedencia. Paz y Salvo de la Institución de procedencia a la fecha. Certificación de la EPS de la o el Estudiante o de medicina prepagada. Certificado médico. Contrato de Prestación de Servicios Educativos. Pagaré y carta de autorización de Pagaré. Buen desempeño de la o el Estudiante en las pruebas psicotécnicas y de Desempeño
Académico Integral. Evidencia escrita de la superación y buenos resultados de cursos de nivelación externos
que realice, los cuales deberán ser asumidos por los padres de familia de la o el estudiante que quiere ser admitido en la Institución.
3. Estar dentro de los rangos de edad correspondientes a cada grado. 4. No presentar pendientes académicos provenientes de otras instituciones. 5. Haber sido admitidos oficialmente en el Colegio. 6. Aceptar y asumir el Horizonte Institucional, la Política de Calidad, Reglamentos y Documentos
propios de la Institución. 7. Presentar Prueba académica. 8. Entrevista con Psicología y Rectoría. 9. La Institución se reserva el Derecho de Admisión de la o el Estudiante Reprobado de otros
planteles y de la o el Estudiante que solicite el reintegro.
Artículo 23º. Protocolo de matrícula de los Estudiantes Antiguos 1. Haber sido renovado el Contrato de Prestación de Servicios Educativos a través de la Orden de
Matrícula. 2. Presentar el Paz y Salvo por todo concepto. 3. Presentar el Pagaré y Carta de Autorización para dicho pagaré. 4. Anexar la fotocopia del Documento de Identidad. 5. Presentar los recibos de pago cancelados con respecto a Matrícula y costos Educativos. 6. Presentar copia de la EPS. de la o el Estudiante o carné de medicina prepagada. 7. Diligenciar, firmar y presentar el Contrato de Prestación de Servicios Educativos. Parágrafo 1. La o el Estudiante debe matricularse en la fecha establecida por la Institución; de hacerlo en fecha diferente, la matrícula tendrá carácter extraordinario. Parágrafo 2. Serán acreedoras de los cupos en el Colegio, de manera especial, las hermanas y familiares de las o los Estudiantes; las hijas y/o nietas de las exalumnas, al igual que niños, niñas y jóvenes recomendadas por algunos de los miembros de la Familia Eucarística, que cumplan con los requisitos aquí presentados.
Artículo 24º. Pérdida de la calidad de Estudiante Se pierde la calidad de Estudiante del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, cuando: 1. Haya completado el ciclo de estudios propuesto por el Colegio. 2. Hay incumplimiento reiterativo de los componentes Académico y Convivencial, determinados
en el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
3. Haya negligencia para la formalización de la Renovación de Matrícula dentro de los plazos
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
34
establecidos. 4. Se presenta expiración del Contrato de Prestación de Servicios Educativos. 5. Haya mutuo consentimiento de las partes firmantes del Contrato de Prestación de Servicios
Educativos o Matrícula. 6. Se presente una situación de fuerza mayor debidamente comprobada. 7. Se presente mala conducta, indisciplina y bajo desempeño escolar, teniendo en cuenta el
Conducto Regular y el Debido Proceso. 8. No hay aceptación evidente y expresa de la Filosofía y Principios Institucionales por parte de la
o el Estudiante, los Padres de Familia y/o Acudiente. 9. Se presenta retiro voluntario proveniente de la o el Estudiante respaldado de forma escrita por
los Padres de Familia y/o Acudientes. 10. Se compruebe falsedad en la información o documentación presentada al ingresar al Colegio.
(Ver Parágrafo 2). 11. Existe bajo desempeño comprobado a nivel académico y por esta razón la Comisión de
Evaluación y Promoción y el Consejo Directivo recomiendan cambio de ambiente escolar. 12. La o el Estudiante de cualquier grado que repite por segunda vez, faltando a los compromisos
establecidos. 13. El Padre de Familia y/o Acudiente no han cumplido con los compromisos establecidos en el
presente Manual o con el Contrato de Prestación de Servicios Educativos. Parágrafo 1. De acuerdo al Art. 96 de la Ley 115 de 1994, la permanencia de las o los estudiantes en el Colegio, deberá ser establecida en el Manual de Convivencia determinando condiciones de permanencia del o la Estudiante en la Institución Educativa y el procedimiento en caso de cambio de Ambiente Escolar. Parágrafo 2. Cuando se compruebe Falsedad en Documento para ingresar a la Institución y la o el Estudiante se encuentre en el Colegio, la Rectora convocará al Comité Escolar de Convivencia, al Consejo Académico y al Consejo Directivo, para realizar un estudio del caso, de acuerdo a sus funciones. A partir de este estudio, la Rectora estará en facultad de imponer la sanción, en este caso la no continuidad de la Estudiante, durante la comprobación de dicha falta, teniendo en cuenta el Manual de Convivencia y los requerimientos legales del Ministerio de Educación Nacional. En este caso la Rectora, compulsará copias a la Autoridad Competente de la Legislación Colombiana de la Falsedad de Documentos realizada por el Adulto Representante Legal de la o el Estudiante. Parágrafo 3. El Derecho a la Educación es transgredido por la o el Estudiante cuando no estudian, puesto que no están respetando el derecho de los demás a la Educación, en cuanto perturban a la Comunidad Estudiantil Parágrafo 4. - Advertencias de importancia
1. El Manual de Convivencia es base fundamental que orienta y apoya la Filosofía del Colegio para mantener un nivel de excelencia, por lo que su inobservancia reiterada, así sea en materia leve, conlleva la pérdida del cupo.
2. El Colegio no puede cambiar sus metas y propósitos en beneficio particular, por lo que quien discrepe de la orientación, Formación en Valores y Filosofía de la Institución, se le invita a buscar otro establecimiento educativo armónico con sus preferencias. Estas debe respetarse y acatarse.
3. En el caso de embarazo de alguna estudiante, se le garantizará la continuidad de sus estudios.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
35
Tendrá un acompañamiento personal desde Psico-orientación y lo Académico. Se establecerán acuerdos entre Padre de Familia, Estudiante y la Institución; en miras de proteger la salud y bienestar de la Madre y de su Bebé. Teniendo en cuenta las necesidades y preferencias en cada caso. De todo esto debe quedar un acta como evidencia.
CAPITULO V. GOBIERNO ESCOLAR Y OTROS ORGANISMOS DE GESTIÓN “Nuestra mayor satisfacción será haber esparcido alguna simiente del BIEN ÚNICO que hace a las sociedades fuertes, grandes y felices”. María del Refugio, Fundadora.
Artículo 25º. Gobierno Escolar El Gobierno Escolar es reflejo del sentido democrático del Colegio Eucarístico de Santa Teresa donde se desarrollan los valores estipulados en el PEI y en el Manual de Convivencia, dando así cumplimiento a lo estipulado en la Legislación Educativa Colombiana. A través del Gobierno Escolar y de los Órganos de Control Institucional, se pretende organizar a la Comunidad Educativa e incentivar el respeto por los derechos y deberes de los demás, desarrollando estrategias de seguimiento, para solucionar las situaciones que se presenten. De acuerdo al Art. 142 de la Ley 115, en el Gobierno Escolar serán consideradas las iniciativas de las y los Estudiantes, de los y las Docentes, de los administrativos y de los Padres de Familia, en aspectos como la adopción y verificación del Manual de Convivencia, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
Artículo 26º. De los órganos del Gobierno Escolar El Gobierno escolar, está constituido por los siguientes órganos: - Consejo Administrativo. - Consejo Directivo - Consejo Académico
Artículo 27º. Consejo Administrativo Está conformado exclusivamente por las Religiosas del Instituto de Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento y su función principal es elaborar, ejecutar y evaluar el presupuesto financiero de la Institución y tomar las decisiones pertinentes al asunto económico, escolar y organizacional de cada una de las Instituciones Educativas que están a su cargo. Este Consejo está constituido por: 1. La Superiora Provincial y su Consejo 2. La Rectora 3. La Administradora
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
36
4. Las Religiosas que constituyen la Comunidad Local.
Artículo 28º. Rectora La Rectora del Colegio Eucarístico de Santa Teresa es una religiosa, preparada y capacitada para brindar su misión con suficiente experiencia y responsabilidad en el campo administrativo, Es Representante Legal del Colegio, tal como lo estipula el Decreto 1860 de 1994, lo cual le da autoridad para presidir, convocar, tomar decisiones que beneficien a la Institución en todas sus instancias administrativas, académicas y comportamentales, de acuerdo al Artículo 132 de la Ley 115 de 1994. De acuerdo al Art. 25 del Decreto 1860 de 1994, son funciones de la Rectora: 1. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar. 2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los
recursos necesarios para el efecto. 3. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la calidad de la educación en el Colegio. 4. Mantener activas las relaciones con las autoridades locales, establecer convenios, con la
finalidad del continuo progreso académico del Colegio. 5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la Comunidad
Educativa. 6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 7. Presidir y convocar las reuniones de Consejo Directivo, Consejo Académico y Comité Escolar de
Convivencia. 8. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley y el Manual de Convivencia. 9. Asumir las calidades y lineamientos que este cargo le otorga ante las distintas instituciones
gubernamentales. 10. Identificar los nuevos modelos pedagógicos, investigarlos y si es el caso implementarlos, para el
mejoramiento del PEI. 11. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad
local. 12. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del
Servicio Educativo. 13. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores, le atribuya el PEI. Ahora
bien, las responsabilidades y funciones que le atribuye el Art. 18 de la ley 1620 de 2013, frente al Sistema de Convivencia Escolar, la formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, son:
14. Liderar el Comité Escolar de Convivencia. 15. Incorporar en los procesos de planeación institucional, el desarrollo de los componentes de
prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la Ruta de Atención Integral de Convivencia Escolar.
16. Liderar la revisión y ajuste del PEI, el Manual de Convivencia y el Sistema de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a las y los Estudiantes y en general a la Comunidad Educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
17. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de los derechos sexuales y reproductivos de la o el Estudiante del Colegio, en su calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral de Convivencia Escolar.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
37
Artículo 29º. Consejo Directivo El Consejo Directivo del Colegio Eucarístico de Santa Teresa es una instancia de participación de la Comunidad Educativa de carácter consultivo y decisorio, de orientación académica y administrativa de la Institución. Está conformado por: 1. Rectora. 2. Una representante de la Comunidad de las Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento. 3. Dos representantes de los profesores, elegidos en Asamblea de Profesores. 4. Un representante de los y las Estudiantes, elegido(a) por el Consejo Estudiantil. 5. Dos representantes de los padres de familia. 6. Un representante de las exalumnas. 7. Un(a) representante del sector productivo. Sus funciones son: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del Colegio, excepto las que sean
competencia de otra autoridad tales como las reservas a la dirección administrativa. 2. Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre la Comunidad Educativa del
Colegio, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia. 3. Adoptar el Manual de Convivencia y el PEI. 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de estudiantes
nuevos. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno
de los miembros sienta vulnerados estos derechos. 6. Participar en la planeación y evaluación del PEI, del currículo y del Plan de Estudios y
someterlos a la consideración de la Secretaria de Educación Local respectiva o del organismo que haga sus veces, para que de esta manera puedan verificar los requisitos de Ley.
7. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de la o el Estudiante, que deben incorporarse en el Manual de Convivencia.
8. Participar en la evaluación de los y las docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución.
9. Fomentar la conformación de asociaciones de Padres de Familia y de Estudiantes. 10. Darse su propio reglamento.
Artículo 30º. Del Consejo Académico El Consejo Académico del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, es una instancia de carácter consultivo que participa en la orientación y formación pedagógica de la Institución; está conformado por la Rectora, las Coordinaciones, el Área de Psico-orientación y los Jefes de Área. Sus funciones están determinadas por el artículo 145 de la Ley 115 y en el Art. 24 del Decreto 1860 de 1994, las cuales son: 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la Propuesta del PEI. 2. Estudiar el currículo y proporcionar su continuo mejoramiento, determinando las
modificaciones y ajustes. 3. Organizar el Plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la Evaluación Institucional Anual. 5. Integrar las Comisiones de Evaluación y Promoción. 6. Recibir y decidir los reclamos de la o el Estudiante sobre las evaluaciones que se les realice en
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
38
cada una de las áreas y asignaturas. Además de las anteriores, otras pueden ser:
7. Sesionar semanalmente, para tratar asuntos que tengan que ver con el componente académico
del Colegio. 8. Realizar acta de cada una de las sesiones realizadas y que evidencien sus funciones, teniendo
en cuenta el siguiente esquema: a. Lugar, fecha y hora en la que se efectúo la reunión; b. Registro de los miembros del Consejo que asistieron a cada una de las sesiones, precisando profesión, nombre y cargo que desempeña, determinando de esta manera la verificación del quorum; c. Registro de los miembros del Consejo que presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la reunión; d. Síntesis de los temas tratados en la reunión de Consejo, así como las acciones, medidas y recomendaciones, conceptos adoptados, y e. Firma de quien preside y de las personas que asisten a la reunión.
9. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI y el contexto educativo.
Artículo 31º. Consejo de Padres De acuerdo al Art. 5 del Decreto 1286 de 2005, El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) Padres de Familia por cada uno de los grados que ofrezca el Colegio, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional – PEI - . Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, la Rectora del Colegio convocará a los Padres de Familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. La conformación del consejo de padres es obligatoria y así deberá registrarse en el Manual de Convivencia. En cuanto a la Estructura, Art. 6 del Decreto 1286 de 2005, determina: El Consejo de Padres de Familia deberá conformarse en todos los establecimientos educativos. Podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional y su respectivo Plan de Mejoramiento, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con la Rectora. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del Colegio designado por la Rectora para tal fin. El Consejo de Padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria de la Rectora, o por derecho propio. Las sesiones del Consejo de Padres serán presididas por un Padre de Familia, elegido por ellos mismos.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
39
Frente a las funciones de este órgano de participación el Art. 7 del Decreto 1286 de 2005, decreta: 1. Contribuir con la Rectora en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones
periódicas de competencias y las pruebas de Estado. 2. Exigir que el Colegio con todos sus Estudiantes participe en las pruebas de competencias y de
Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el Colegio,
orientadas a mejorar las competencias de la y el Estudiante en las distintas áreas. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos
planteados. 5. Promover actividades de formación de los Padres de Familia encaminadas a desarrollar
estrategias de acompañamiento a las y los Estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos de la infancia y la adolescencia.
6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la Comunidad Educativa.
7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.
8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de la y el Estudiante, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
9. Elegir al Padre de Familia que participará en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo con el Decreto 1290 de 2009.
10. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los Padres de Familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
11. Elegir los dos representantes de los Padres de Familia ante el Consejo Directivo del Colegio.
Artículo 32º. Consejo de Grado Se integra con todos los y las docentes que imparten clase en el grado y las directoras de cada uno de los cursos. Estos consejos de Grado se reunirán periódicamente y extraordinariamente cuando se requiera, para tratar asuntos académicos y disciplinarios. En el Colegio se establecen 4 consejos de grado distribuidos de la siguiente forma:
1. Docentes que imparten clase en los grados de preescolar, primero y segundo. 2. Docentes que imparten clase en los grados de tercero, cuarto y quinto. 3. Docentes que imparten clase en los grados de sexto, séptimo y octavo. 4. Docentes que imparten clase en los grados de noveno, decimo y once. Sus funciones son: 1. Analizar periódicamente los desempeños de la y el Estudiante en su proceso de formación
integral, con el objetivo de brindar las recomendaciones y/o estímulos que la o el Estudiante requiera, en su plan de mejoramiento.
2. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los y las Docentes, estudiantes y padres de Familia, correctivos necesarios para superarlos.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
40
3. Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de Estudiantes con discapacidades notorias.
4. Analizar situaciones disciplinarias, puesto que hace parte del conducto regular del Colegio frente a estas situaciones. Por eso, este Consejo, asume el rol de estudiar los casos disciplinarios antes que sean remitidos al Comité Escolar de Convivencia.
5. Servir de instancia para analizar sobre situaciones que puedan presentar las y los Estudiantes, Padres de Familia y/o Docentes, que consideren se haya vulnerado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendará la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
6. Presentar informe detallado de la o el Estudiante del proyecto de inclusión educativa, anexando los documentos generados por profesionales externos que soporten el informe de tenerlos y de ser necesario.
7. Elaborar acta detallada con los temas tratados, sugerencias, recomendaciones y análisis realizados del Estudiante presentado en cada reunión del Consejo de Grado, para presentárselos a la Comisión de Evaluación y Promoción y al Comité Escolar de Convivencia, según sea el caso.
Artículo 33º. Comisión de Evaluación y Promoción Teniendo en cuenta la Legislación Educativa, frente a la Comisión de Evaluación y Promoción dice: El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y la Rectora o su delegado (a), quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de la o el estudiante y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades. En la reunión que tendrá la Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada período escolar, se analizarán los casos de Estudiantes con evaluación mínima que tenga el Sistema Institucional de Evaluación, en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los y las Docentes, o a otras instancias del Colegio, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de la o el Estudiante, se convocará a los Padres de Familia, a la o el Estudiante y al o la Docente respectivo(a) con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados. La Comisión también analizará el caso de las o los estudiantes con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si Docentes y Estudiantes siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de las o los Estudiantes.
Artículo 34º. Personero Estudiantil De acuerdo al Art. 28 del Decreto 1860 de 1994, el o la Personera es un estudiante del último grado que ofrezca la Institución que se encarga de promover el respeto y la no vulneración de los deberes y derechos de los Estudiantes, consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos, el Manual de Convivencia y demás documentos complementarios.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
41
El o la personera de las o los Estudiantes del Colegio Eucarístico de Santa Teresa será elegida dentro de los treinta días calendario, siguientes a la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto la Rectora convocará a todos los Estudiantes matriculados con el fin que la elección sea por mayoría simple y mediante voto secreto. Los requisitos para aspirar al cargo de personero o Personera son:
1. Ser Estudiante del último grado que promueva la Institución. 2. Llevar mínimo cinco (5) años en el Colegio. 3. Tener conocimiento y vivencia del Horizonte Institucional, el Manual de Convivencia, el PEI
y demás documentos legales que estipule la Institución. 4. Demostrar sentido de pertenencia y liderazgo con el Colegio. 5. Presentar plan de trabajo y gestión al momento de realizar su inscripción para el cargo. 6. Presentar buen desempeño y comportamiento escolar.
7. No haber tenido seguimiento disciplinario y/o académico en los cinco (5) años anteriores Sus funciones de acuerdo al Art. 28 del Decreto 1860 de 1994, son: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de la o el Estudiante, para lo cual
podrá utilizar medios de comunicación internos del Colegio, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
2. Tener voz y voto en el Comité Escolar de Convivencia, estudiando los casos que allí se presenten.
3. Recibir y evaluar quejas y reclamos que presenten la o el Estudiante sobre vulneración de sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de las o los Estudiantes.
4. Presentar ante la Rectora, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de las o los Estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.
5. Las demás afines y complementarias con las anteriores que el atribuya la Institución en potestad de la Rectora.
Parágrafo. En caso de no cumplir con sus deberes académicos, disciplinarios y/o formativos, en ejercicio de su cargo, será automáticamente destituida(o), previo estudio e investigación del Consejo Estudiantil, compulsando copias a Consejo Directivo y a la Rectora, para que ratifiquen la decisión.
Artículo 35º. Del Consejo Estudiantil
El Consejo Estudiantil se constituye de acuerdo a las disposiciones del artículo 29 del Decreto Reglamentario 1860 de 1994, el Horizonte Institucional, el PEI y el Manual de Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa. Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de las o los estudiantes. El Consejo Directivo convocará en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por las o los estudiantes que cursen cada grado, con el fin de que elijan mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año electivo en curso. La o el Estudiante representante de grado undécimo, será la o el representante de las o los Estudiantes ante el
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
42
Consejo Directivo. Las o los Estudiantes de preescolar y de los tres primeros grados del ciclo primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir el vocero único entre las o los estudiantes que cursan grado tercero. Los Requisitos para aspirar al cargo de representante al Consejo Estudiantil, son:
1. Llevar mínimo tres años en el Colegio. 2. Tener conocimiento y vivencia de los Principios, Misión, Visión, Filosofía y Manual de
Convivencia y demás documentos complementarios que estipule la Institución. 3. Manifestar amor y entrega a la Institución. 4. Destacarse por su excelente desempeño y comportamiento escolar. 5. No haber tenido seguimiento disciplinario y/o académico durante los tres años anteriores Sus funciones de acuerdo al art. 29 del Decreto 1860 son:
1. Darse su propia organización interna. 2. Asesorar a la o el representante ante el Consejo Directivo en su gestión. 3. Tener voz y voto en el Comité Escolar de Convivencia, estudiando los casos que allí se
presenten. 4. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo
de la vida estudiantil. 5. Las demás afines y complementarias con las anteriores que el atribuya la Institución en
potestad de la Rectora.
CAPÍTULO VI. ESTUDIANTES
Artículo 36º. Perfil de la o el Estudiante
1. Como ser único Consideramos a la persona como ser único, autónomo, libre, responsable, capaz de transformarse a la luz de la Eucaristía, en proceso de crecimiento y maduración.
a. Toma conciencia de su ser como persona, de su dignidad, de sus derechos, pero también de sus deberes.
b. Favorece el desenvolvimiento pleno, natural y armónico de todas las dimensiones de persona.
c. Forma su corazón según la verdad y el bien tomando conciencia de sus actos. d. Adquiere hábitos de trabajo, toma decisiones, asume riesgos y plantea iniciativas. e. Aprecia, acepta, jerarquiza y asume los valores en su vida con capacidad crítica. f. Manifiesta una voluntad firme y disciplinada frente al deber, que lo hace actuar de manera
libre y coherente. g. Asume su ser de discípula(o) y misionera(o) de Cristo.
2. Como ser social Un ser social abierto al “otro”, capaz de vivir el amor y la solidaridad, optando por los más necesitados, una persona que para vivir y crecer necesita de la comunicación con los demás.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
43
a. Participa activamente en su educación para poner sus capacidades al servicio del prójimo. b. Asume actitudes de justicia, solidaridad y misericordia frente a las necesidades del otro. c. Colabora en la edificación del Reino de Dios en la tierra. d. Desarrolla la capacidad creativa y selectiva frente a los medios de comunicación. e. Dialoga consigo mismo, con Dios, con el otro y con el mundo. f. Tiene sentido crítico, respecto de los valores y acontecimientos sociales. g. Es responsable no sólo de su propio desarrollo, sino también del servicio a la comunidad. h. Responde a las nuevas formas de esclavitud de manera crítica, reflexiva y participativa. i. Tiene capacidad de integrarse y transformar la sociedad global.
3. Como ser trascendente La persona trasciende en la medida en que a la luz del Evangelio clarifica y vive sus valores con base en una moral cristiana.
a. Está abierta(o) a la trascendencia y al cultivo de los valores evangélicos. b. Permanece en búsqueda de la verdad c. Es consciente de su pertenencia y misión dentro de la Iglesia. d. Da la debida importancia a su vida sacramental y de oración. e. Opta de manera vital por Cristo estableciendo una integración entre ciencia, educación y
Evangelio. f. Adquiere una sólida conciencia moral y cristiana. g. Es testigo del amor que crea comunión, redime y libera.
Artículo 37º. Derechos y Deberes de las y los estudiantes Derecho es la facultad que tiene toda persona para decidir y exigir sobre las prerrogativas establecidas que le favorecen. Gracias a los derechos, los seres humanos estamos en condición de querer lo que somos, defender lo que sentimos y establecer relaciones afectivas honestas. El derecho de una persona está limitado por los derechos de los demás. De acuerdo al Carisma y Espiritualidad Eucarística Mercedaria inherente a los principios de las Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento, se deducen los derechos que la o el estudiante debe asumir para lograr una Formación en valores. Deber es una obligación proveniente de la aceptación voluntaria de una norma, de tal modo que el comportamiento permita el crecimiento y mejoramiento de la persona y de la comunidad, en la cual está inserta. Son Derechos y Deberes de las o los estudiantes:
DERECHOS Y DEBERES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES
DERECHOS DEBERES Derecho a la vida, a su intimidad personal y familiar, al buen nombre y a la honra, así como al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás, la constitución y las leyes de Colombia, el Proyecto Educativo Institucional y el presente Manual de Convivencia.
Demostrar la aceptación de su Identidad de Estudiante Eucarístico desde su ser y quehacer a través de una vivencia auténtica de los valores que se desprenden del Carisma y Espiritualidad de las Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento, respetando la vida, la dignidad e intimidad de las personas.
A recibir una formación con integralidad fundamentada en los principios y valores del Colegio Eucarísticos Santa Teresa.
Aplicar conocimiento y aceptación confesional del Colegio, que por su carisma se fundamenta en principios cristiano-católicos. Esto implica el respetar y abstenerse de todo proselitismo ideológico contrario a la filosofía y credo de la Institución.
Conocer los fines y objetivos del Proyecto Asumir el PEI, el Manual de Convivencia, el Horizonte
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
44
Educativo Institucional (PEI). Institucional y demás documentos que estipule la Institución durante el año.
A ser protegidos de acciones o conductas que causen daño a su integridad personal.
Respetar a sus compañeras o compañeros y demás miembros de la Comunidad Educativa aún en los momentos de descanso, esparcimiento y recreación, sin transgredir su dignidad como miembros de la comunidad.
A ser protegidos por su familia de acuerdo a los requerimientos contemplados en la ley 1098 de 2006 – Código de la Infancia y la Adolescencia
Respetar los bienes ajenos, la honra y la dignidad de los demás, asumiendo los daños, reparación y devolución de los mismos
A que se le apliquen las garantías del Conducto Regular y Debido Proceso en todas las actuaciones académicas y disciplinarias en que se encuentren involucrados.
Asumir según el proyecto de vida personal las consecuencias de los actos individuales o grupales y acatar las correcciones realizadas por el Colegio de manera respetuosa y responsable.
A la educación con calidad que le brinda el Colegio Eucarístico de Santa Teresa.
Portar la Agenda y utilizarla de acuerdo a los requerimientos de la Institución.
Al descanso, esparcimiento, al juego y demás actividades recreativas propias de su ciclo vital, en el tiempo y lugares establecidos para este fin. Es conveniente aclarar que dichos juegos no deben atentar contra la dignidad personal de sus compañeros y/o demás miembros de la Comunidad.
Participar de manera puntual y responsable en las actividades: religiosas, académicas, culturales, deportivas, formativas y otras, como oportunidad para alcanzar un excelente proceso de formación y representar con dignidad e identidad Eucarística al Colegio en eventos y actividades a los cuales deba asistir.
Participar activamente en su proceso de Autoevaluación y Coevaluación y en la planeación, ejecución y evaluación del PEI y del Manual de Convivencia por medio de los aportes de las representantes presentes en el Consejo Estudiantil y de acuerdo a los mecanismos que para ello se estipule.
Utilizar en toda situación y actuación Académica y Convivencial, el Conducto Regular y el Debido Proceso. No fijar citas médicas, ni adquirir compromisos sociales dentro del Horario de Clase y menos aún tomar tiempo del año lectivo para períodos extra de vacaciones, perjudicando la disciplina y el desempeño escolar. En caso de hacerlo, asume por su cuenta y riesgo las consecuencias en su Proceso Escolar.
Elegir y ser elegidos, participar en el Gobierno Escolar respetando, apoyando y difundiendo los principios, lineamientos: “Visión, Misión y Filosofía” del Colegio, de acuerdo a los requisitos establecidos en el PEI.
Aceptar que la Libre Expresión y el Libre Desarrollo de la Personalidad debe respetar en todo momento la integridad y dignidad de los demás miembros de la Comunidad Educativa asumiendo responsablemente los principios y normas institucionales.
Recibir una formación religiosa que se desprenda de los principios y valores Eucarísticos y a ser atendidos espiritual y orientados por el Capellán del Colegio, cuando así lo requiera.
Respetar y hacer respetar el nombre del Colegio, velando por el prestigio del mismo dentro y fuera de la Institución, interiorizando su Misión, Visión, Filosofía.
A un Bienestar Estudiantil que le garantice una orientación adecuada y oportuna en lo que hace referencia al desarrollo académico y la formación en valores.
No utilizar el nombre del Colegio para la realización de eventos y actividades sin la debida autorización. El Colegio no apoya ni aprueba ningún tipo de excursión que realicen las o los estudiantes sin autorización de las Directivas. Las únicas salidas permitidas responden a programas curriculares organizados por la Institución.
A gozar de un ambiente fraterno y cívico, propiciado por la Familia Eucarística donde se vivan los valores de la amabilidad, sinceridad y diálogo evitando a toda costa la agresión psicológica, verbal y/o física, protegiendo así la dignidad de la persona. En caso de faltar a estos principios y hacerse necesaria la corrección se hará sin desprecio, subestimación, inflexibilidad e intimidación.
Tener en cuenta las normas de urbanidad, utilizar un lenguaje y vocabulario adecuados; aceptar como muestra de cultura y respeto, las correcciones fraternas de los miembros de la Comunidad Educativa Eucarística, fortaleciendo por todos los medios las buenas relaciones humanas.
Ser reconocidos en las izadas de bandera y menciones especiales, por sus méritos en el desempeño escolar y comportamental.
Portar completo el uniforme de diario y de educación física.
Que se le expida el Carné Estudiantil de acuerdo Portar permanentemente el Carné Estudiantil, el carné de
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
45
a las normas establecidas por el Colegio. seguro y el documento de identidad.
Solicitar y obtener certificados, constancias y diplomas, en el tiempo estipulado para ello.
En las salidas pedagógicas y otras salidas que estipule el Colegio, portar los documentos y autorizaciones recurrentes para las actividades, debidamente diligenciados.
A ser escuchado ante ausencias o cualquier eventualidad que se le presente.
Presentar excusas justificadas por ausencias, las cuales se tendrán en cuenta siempre y cuando sean claras y se encuentren debidamente diligenciadas y firmadas por los Padres de Familia, por los médicos y por las entidades acreditadas para tal efecto. Todas las excusas deben presentarse inmediatamente se reintegre la o el estudiante al Colegio; en caso de Incapacidad, deberá anexarla a la excusa. Si el colegio lo requiere podrá no solamente constatar la excusa, sino solicitar la presencia de los Padres de la o el Estudiante.
A ausentarse del colegio en situaciones especiales que se presenten o en eventos de cualquier tipo de enfermedad o incapacidad.
En caso que la o el Estudiante deba ausentarse del Colegio, deberá presentar una petición de permiso firmada formalmente por los Padres de Familia, como representantes legales de la o el Estudiante. Estos permisos se concederán sólo para casos de Fuerza Mayor.
A recibir información oportuna de su rendimiento académico y en sus procesos de interacción social.
Llevar y entregar oportunamente a los Padres y/o Acudientes toda información y circulares que envíe el Colegio y regresar el desprendible debidamente diligenciado y firmado dentro de los plazos estipulados por el Colegio. En caso de enviar autorizaciones que se soliciten enviarlas junto con la circular. En caso que la o el Estudiante no entregue la respectiva circular y autorización, para una salida pedagógica, se quedará en el Colegio cumpliendo con las obligaciones académicas normales.
A ser recibido en el Colegio, de la mejor forma. Llegar al Colegio antes de las 6:45 a.m. y de manera puntual a cada una de las clases, según horario; de igual manera no salir antes de terminar la Jornada Escolar.
A interactuar en una planta física aseada con el servicio de diferentes recursos.
Demostrar un verdadero Sentido de Pertenencia que tenga como consecuencia el cuidado de la planta física, de los recursos técnicos y pedagógicos y colaborar en el manejo adecuado y aseo de todas las dependencias.
A sentirse en familia en un ambiente de respeto, cordialidad y amabilidad.
Tener siempre una actitud de respeto y valoración del trabajo de quienes se desempeñan en funciones de servicio en la Institución, sin discriminaciones de ninguna clase.
A utilizar los espacios que le están permitido para su formación.
No entrar en aquellas áreas restringidas para el ingreso de estudiantes sin el correspondiente permiso o autorización.
A no ser acosado con rifas o múltiples actividades organizadas por sus compañeros o compañeras.
Abstenerse de recoger dinero, hacer rifas y/o ventas o comercializar productos de cualquier índole dentro del Colegio.
A interactuar en un ambiente sano, libre de pornografía armas, juguetes bélicos y/o artefactos que generen violencia o induzcan a ella.
Acatar la prohibición de porte, distribución y uso de material pornográfico, armas, juguetes bélicos y/o artefactos que generen violencia o induzcan a ella.
A hidratarse y consumir sus alimentos en los espacios y horas autorizados. Comer en los sitios adecuados (cafetería, zonas establecidas para las horas de descanso) nunca en pasillos, salones de clase, auditorio, biblioteca y salas de informática.
Abstenerse de consumir agua, chicle, comida, en los salones, biblioteca, auditorio, salas de informática y durante las celebraciones especiales.
Disfrutar de unas zonas verdes y espacios limpios y agradables
No botar basura en los pasillos, salones, zona verde y espacios que adecua la Institución como recursos pedagógicos.
A disfrutar del receso o descanso que la Institución tiene programado dentro del horario escolar.
Permanecer en los descansos fuera de los salones.
A sentirse seguro en cada espacio del Colegio. Trasladarse de un lugar a otro dentro del Colegio con prontitud, sin correr, ni gritar, sin empujar a sus compañeras o compañeros y respetando las clases y actividades que se estén realizando en
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
46
ese momento.
A disfrutar de un ambiente escolar libre de contaminación.
Asumir con responsabilidad la orden de no portar, traer, guardar a terceros, distribuir y/o consumir sustancias psicoactivas ilícitas y lícitas incluidas bebidas alcohólicas, tabaco y medicamentos de venta controlada. Donde el encubrir a otros, conlleva igualmente a la misma sanción.
A disfrutar de un ambiente de estudio, libre de distracciones.
Asumir con responsabilidad la orden de no portar y traer elementos no apropiados para el desarrollo del Desempeño Escolar dentro de la Institución, ni aparatos eléctricos, electrónicos y tecnológicos de cualquier índole – esto incluye celulares y aparatos de última tecnología, dentro y fuera del aula y de la Institución. En caso de pérdida, el Colegio no asumirá el precio, ni la reposición de lo que la o el Estudiante haya traído.
A disfrutar de un ambiente libre de presiones de ventas o de cualquier tipo de influencia negativa o algún tipo de fraude.
Está prohibido el vender minutos por celular y utilizar este elemento tecnológico para la realización de copias y fraudes en las evaluaciones, atendiendo a que la finalidad del Colegio es la Educación y no la comercialización.
A interactuar en un ambiente escolar libre de acciones que atentan contra las buenas costumbres.
Aceptar consciente y responsablemente que no está permitido propiciar o participar en ritos satánicos y toda clase de actos que lesionen las buenas costumbres y los principios éticos, morales, cristianos y católicos que identifican la Institución.
A disfrutar de un ambiente de confianza. Propiciar, favorecer y fomentar las buenas relaciones entre el Colegio y la Familia con los diferentes miembros de la Comunidad Educativa, siendo testimonio de lealtad.
A ser respetado y atendido amablemente por los docentes, empleados de administración y servicios generales.
Mantener una relación estrictamente profesional con los y las Docentes, empleados de administración y servicios generales y acatar la prohibición de relacionarse afectivamente con cualquiera de ellos y/o asistir en su compañía a reuniones sociales o establecimientos públicos así como efectuar negocios, visitarlos, llamarlos o mantener contacto con ellos a través del correo electrónico y menos aún visitarlos en sus residencias.
A disfrutar de un ambiente escolar con calidad de vida en el que se siente tratado con dignidad, libre de licor, libre de armas de cualquier tipo, libre de distribución, consumo de sustancias psicoactivas.
Está prohibido inducir a las o los compañeros y demás personas de la Comunidad Educativa del Colegio a la realización o encubrimiento de comportamientos que atenten contra la moral, la ética, la dignidad humana o la calidad de vida (física o emocional), incluyendo el porte, uso, distribución, consumo de sustancias psicoactivas ilícitas o lícitas como alcohol, tabaco y medicamentos de venta controlada, mediante conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza.
A tener un espacio y tiempo para el estudio y para el trabajo en grupo.
Trabajar de manera puntual y responsable portando los materiales y libros escolares necesarios para la participación de las actividades académicas curriculares y extracurriculares a favor de un Excelente Desempeño Escolar.
A ser informado oportunamente sobre sus actividades de Nivelación y/o Profundización.
Asumir responsablemente las Jornadas de Nivelación y/o Profundización del Desempeño Escolar en los horarios y días para ello establecido.
A disfrutar de actividades académicas, culturales, deportivas y artísticas en el auditorio María Teresa Cansino.
Comportarse adecuadamente en el auditorio María Teresa Cansino, demostrando respeto por las actividades allí realizadas únicamente con aplausos (no gritando ni silbando). Ocupando las sillas de manera respetuosa, evitando descansar los pies en la del frente. El auditorio no es lugar para dormir o para pasar el tiempo libre, no ingerir alimentos dentro del mismo.
A no ser distraído con aparatos u otros medios ruidosos.
Obedecer la orden de NO TRAER Grabadoras, Radios, Cintas magnetofónicas, cualquier tipo de celulares, Mascotas, MP3-4, Ipod, u otros aparatos electrónicos, ni juguetes que distraigan o perjudiquen la buena marcha de la institución.
Ser recogido/a y dejado/a en la puerta del colegio, no en los sitios cercanos a éste.
A estar con puntualidad en el lugar en el que será recogido/a.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
47
Parágrafo 1. Los Derechos y Deberes de este Manual están acordes a los requerimientos estipulados en la Constitución Política de Colombia, la Ley 1098/ 2006, Ley 1620/2013, Decreto 1965/2013 – Código del Infante y el Adolescente -. Algunos de los derechos están enmarcados de manera literal. Parágrafo 2. Según la Ley de Infancia y Adolescencia, en el Artículo 44. Numerales 2 y 7, se obliga a las Instituciones Educativas, sus Directivas y Docentes a informar a los Padres de Familia y a la Autoridad Competente, cuando una Menor de Edad se halle en situación de riesgo, incluido el consumo de sustancias Psicoactivas ilícitas, lícitas y medicamentos de venta controlada. Parágrafo 3. Las peticiones de permiso deberán estar dirigidas a la Rectora de la Institución quien las revisará, una vez sean verificadas por la Coordinación de Convivencia y estará en libertad de concederlas o no. Parágrafo 4. Al regresar al Colegio, después de una ausencia, es necesario, presentar a la Coordinadora de Convivencia, la excusa escrita debidamente diligenciada por los Padres a fin de justificar la no asistencia a clases y así mismo pedir la debida autorización para asistir a las actividades curriculares y extracurriculares programadas por el Colegio. En cuestión de términos la o el Estudiante no podrá exceder los tres días hábiles siguientes a la ausencia, presentando en su totalidad las obligaciones académicas en el tiempo que no asistió a clases, para lo cual buscará a los y las Docentes de las diferentes asignaturas, para que se le informe sobre los trabajos a presentar y sustentar. En caso de incumplimiento de los términos estipulados para la entrega de trabajos, la o el estudiante asumirá la valoración dada por el o la Docente por el incumplimiento de dichas obligaciones académicas.
Artículo 38º. Estímulos Los estímulos son motivaciones individuales y grupales que otorga el Colegio Eucarístico de Santa Teresa, pretende ayudar a conquistar a la o el estudiante el éxito personal, para ello otorga:
1. Mención de honor en acto cívico y/o cultural teniendo en cuenta el buen desempeño en las distintas áreas del desarrollo humano.
2. Menciones y Diploma de honor por méritos en el desempeño escolar. 3. Diploma a las Estudiantes que durante el período escolar demuestren su Esfuerzo Personal. 4. Ser nombrado/a Monitor/a de su grupo. 5. Recibir anotaciones positivas en el seguimiento de la Estudiante. 6. Recibir pública felicitación o Mención de Honor por logros Académicos o Convivenciales. 7. Medalla al mérito investigativo. 8. Exonerar en la presentación de Pruebas de desempeño integral a las estudiantes con promedio
mayores o iguales a 96% (desempeño superior). 9. Derecho a representar la Institución en eventos culturales, deportivos, religiosos y otros
autorizados por la Institución. 10. Medalla a la o el Estudiante que haya cursado desde preescolar a undécimo grado en el
Colegio. 11. Participar en el sorteo de la matrícula de honor otorgada por la Comunidad Eucarística
Mercedaria a la o el Estudiante que haya alcanzado la excelencia en las secciones de Preescolar, Básica y Media.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
48
12. Media beca, otorgada por la Comunidad Eucarística Mercedaria a quienes obtengan la excelencia. (Mediante sorteo).
13. Reconocimiento al mejor ICFES por parte de las directivas del Colegio y la Nueva Asociación de padres de familia.
14. Reconocimiento especial en la clausura, al finalizar el año: Excelencia, Aplicación, Perfil Eucarístico, Esfuerzo Personal, Disciplina y Educación Religiosa, de acuerdo con el desempeño escolar de la o el estudiante.
15. Cuadro de Honor a los mejores Estudiantes en cada período. 16. Menciones especiales en público a estudiantes que presenten y desarrollen Proyectos de
Investigación dentro o fuera de la institución. 17. Concesión de permiso a Estudiantes con proyectos ganadores a nivel nacional para sus giras en
el exterior. 18. Aprobación y acompañamiento para intercambio con otros países.
CAPÍTULO VII. DOCENTE
“Si hemos logrado imprimir siquiera un buen sentimiento en el corazón de los niños, si hemos grabado una buena inclinación, si hemos alcanzado evitar siquiera una ofensa a Dios, daremos por bien empleados nuestros afanes”. María del Refugio, Fundadora.
Artículo 39º. Perfil del o la Docente El o la Docente es un laico(a) comprometido(a) que vive su vocación magisterial con calidad profesional y en constante actualización, empleando al máximo recursos pedagógicos apropiados e interesado en asimilar el carisma Eucarístico Mercedario.
Artículo 40º. Perfil Ético-Profesional 1. Conoce y asume la espiritualidad, la filosofía institucional y los objetivos educativos
propiciando su realización. 2. Es consciente de la importancia de su testimonio personal en la formación de la o el
Estudiante. 3. Responsable, justo y con ética profesional en su labor docente. 4. Realiza un proceso de reflexión y evaluación permanente. 5. Promueve la unidad en la Comunidad Educativa. 6. Impulsa al más alto desarrollo de todo lo humano. 7. Responsable, dentro del Colegio, de la integridad de la o el Estudiante.
Artículo 41º. Perfil cristiano
1. Testigo del amor de Dios, trabajando por la salvación de la o el Estudiante con el ejemplo, la palabra y la oración.
2. Vive su fe y la comunica. 3. Ama a María, imita sus virtudes y enseña a sus Estudiantes el amor filial a María de la
Merced. 4. Es persona eucarística, de fe y coherencia de vida que enseña a la o el Estudiante el santo
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
49
temor de Dios y el amor a Jesús en el Santísimo Sacramento. 5. Hace de la enseñanza y de su contexto un medio para acercar a la o el Estudiante a Dios. 6. Ubica al ser humano en su más alta dignidad: hijo de Dios.
25.3. Perfil Carismático
1. Enseña a la o el Estudiante el santo temor de Dios, el amor a la pureza, la devoción al Santísimo Sacramento y a la Santísima Virgen en su advocación de la Merced.
2. Se compromete a educar, formar y proyectar desde la Espiritualidad Eucarística Mercedaria.
3. Conoce y valora a María del Refugio y asume su participación como continuador de su proyecto educativo.
4. Utiliza el método preventivo: persuadir, proponer y convencer. 5. Propicia el ambiente de una gran casa de familia en la Comunidad Educativa. 6. Promueve la vivencia de los valores y virtudes propias de nuestra espiritualidad. 7. Asume su ser de discípulo misionero de Cristo en su Misterio Eucarístico.
Artículo 42º. Derechos y Deberes de los y las Docentes
DERECHOS Y DEBERES DE LOS Y LAS DOCENTES
DERECHOS DEBERES Recibir trato respetuoso por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa
Ser un evangelizador dentro y fuera de la cátedra, cumpliendo con los valores y principios de la filosofía Eucarística Mercedaria
Recibir un contrato acorde a sus competencias profesionales
Cumplir con las obligaciones generales y especiales adquiridas al momento de la suscripción del contrato laboral.
Ser estimulado cuando su labor lo amerite Cumplir con todas sus responsabilidades
Participar en los cursos y jornadas de formación, actualización y profesionalización que organiza la Institución dentro y fuera de ella
Asumir permanentemente una actitud de compromiso, identidad, pertenencia y lealtad con el Colegio y su filosofía Eucarística Mercedaria
Elegir y ser elegido(a) como representante al Consejo Directivo y/o a otros consejos y comités que se conformen en la Institución
Conocer y apropiarse del Horizonte Institucional y de las funciones asignadas en el cargo
Hacer uso de los recursos de la Institución para el desarrollo y cumplimiento de sus funciones
Suministrar a la dirección del plantel todos los datos y certificados que ésta le solicite para la comprobación de su idoneidad o experiencia pedagógica
Ser escuchado por las directivas del Colegio en los problemas y eventualidades de orden personal o laboral, siguiendo el conducto regular
Avisar oportunamente a la Rectora en caso de enfermedad y entregarle la incapacidad justificada de la EPS.
A ejercer su libertad de expresión y cátedra de conformidad, con los objetivos de la Institución y los derechos contractuales
Ser testimonio de la Identidad Eucarística Mercedaria e inculcar en la o el Estudiante el sentido de pertenencia, el amor por la vida, la libertad, la ciencia y la convivencia social
Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en cronograma o por escrito
Dar a conocer a sus estudiantes, al iniciar el año escolar, el proyecto de área, y al iniciar cada período, los logros e indicadores de desempeño y los procesos de evaluación que se van a aplicar en las áreas que le hayan sido asignadas
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
50
A un tiempo libre para su descanso, y así, asegurar su calidad de vida durante su estadía en el Colegio (por lo menos un mínimo de tiempo cada día)
Aprovechar las horas de trabajo académico en el diseño, elaboración y preparación de materiales didácticos, ayudas educativas y atención a Padres de Familia
Participar en la conformación de Comités y elaboración de proyectos especiales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses
Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva, mediante el aporte de ideas claras y concretas
A recibir su horario de clases y de tiempo libre. Asistir puntualmente y participar en la totalidad de reuniones o jornadas pedagógicas que se programen y dar cumplimiento oportuno a las actividades curriculares programadas
Ser evaluado con justicia y objetividad teniendo en cuenta las funciones asignadas
Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones que contempla el Manual de Convivencia y Reglamento Interno
A ser llamado por su propio nombre, evitando sobrenombres y apodos
Tener en cuenta las diferencias de personalidad y capacidades de la o el Estudiante en el momento de la evaluación
A hacer sugerencias y observaciones que tengan que ver con el desarrollo pedagógico de la Institución
Escuchar y atender con ánimo desprevenido y respetuoso, de diálogo, justo y equitativo a la o el Estudiante en todo lo referente a aspectos académicos y de formación y dar las aclaraciones y explicaciones al respecto colaborando así con el proceso de formación
Participar oportunamente del PEI, en su ejecución y planeación
Participar en forma activa y responsable en la elaboración y desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, aportando ideas, conceptos y sugerencias desde el punto de vista pedagógico.
Recibir información sobre el Modelo Pedagógico Institucional
Colocar en práctica el Modelo Pedagógico Institucional, de tal forma que los conocimientos lleguen fácilmente a la o el Estudiante, con criterios unificados por cada uno de los y las Docentes en los diferentes procesos
A ser invitado Participar en todas las actividades religiosas, culturales y curriculares de forma activa
Mantener un vocabulario decente y estilo estético, demostrando su espiritualidad, que permita ser imitado
Participar en las actividades curriculares programadas por el Colegio
Asignar acciones de seguimiento, actividades complementarias y actividades de profundización a la o el Estudiante, con relación al desempeño de sus logros académicos.
Recibir respeto y amabilidad de sus estudiantes en todo momento
Mantener una presencia cercana y activa con la o el Estudiante en los descansos y en todas las jornadas escolares y extraescolares especiales
Participar en los procesos de actualización del Manual de Convivencia
Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones que contempla el Manual de Convivencia y Reglamento Interno
Participar en todas las actividades religiosas, culturales y curriculares de forma activa.
Demostrar devoción y espiritualidad en las actividades religiosas.
Tener su respectivo carnet, que lo identifique como parte de la Institución
Tratar con dignidad y sigilo los asuntos que puedan atentar contra el buen nombre del Colegio y evitar comentarios, que estén en contra de la Comunidad Educativa.
Recibir información sobre la Ley de Infancia y Adolescencia
Tener en cuenta lo estipulado en la Ley de Infancia y Adolescencia en su interacción con la o el Estudiante.
Ser apoyado en sus procesos de investigación y profundización pedagógica
Buscar de manera permanente el incremento de la calidad del proceso de enseñanza - aprendizaje y sus resultados, mediante la investigación, la innovación y el mejoramiento continuo, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional del Colegio
Recibir un trato amable y sincero que le haga sentirse en familia
Propiciar un trato cordial y sincero que contribuya al bienestar de toda la Comunidad Educativa, evitando las expresiones destructivas y todo lo que perjudique la integridad personal y comunitaria
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
51
Recibir actualización sobre la forma en la que se trata hoy, a un estudiante.
Proteger eficazmente a la o el Estudiante contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación o burla de parte de sus compañeros y/o Docentes y denunciar dichos actos ante la autoridad competente
Recibir actualización en el diseño de talleres y herramientas didácticas
Elaborar y presentar oportunamente a la Coordinación Académica, los talleres que se realizarán durante su ausencia
Recibir buena disposición y atención de sus estudiantes durante el desarrollo de la clase y fuera de ella
Orientar y facilitar mecanismos que faciliten el orden en el salón de clase, antes, durante y después de clase, fomentando en todo momento hábitos de aseo y organización
Ser informado sobre la disciplina y organización escolar del Colegio
Permanecer con la o el Estudiante, en actividades de clase durante el tiempo reglamentario, evitando las salidas de éstas a otra actividad no justificada
Recibir actualización en la implementación didáctica de las TICS.
Utilizar las TICS, para implementar y mejorar el proceso de aprendizaje de la o el Estudiante
Recibir información acerca del Sistema de Gestión de Calidad
Asumir responsabilidades frente al Sistema de Gestión de Calidad y entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada
Recibir información sobre sus derechos y deberes, para evitar incurrir en un error o imprudencia ante sus estudiantes
Abstenerse de participar en actividades sociales fiestas, paseos, celebraciones de cumpleaños, con Estudiantes fuera del Colegio
Ser informado sobre sus responsabilidades administrativas
Entregar toda documentación solicitada por el Colegio de forma ordenada y veraz en el tiempo que se le asigne para ello
Recibir la documentación o instrumentos necesarios para la administración escolar inteligente y organizada.
Presentar oportunamente a la Rectora, Coordinaciones, Psico-orientadora o Director(a) de curso, cualquier novedad presentada en la clase o informada por los Padres de Familia
Recibir un uniforme que lo identifique como docente y miembro activo de la comunidad educativa
Portar el uniforme de forma organizada según las características dadas por la Institución y en todo momento que la misma lo estipule
Tener permiso para su autoformación profesional, dentro de un horario que no entre en conflicto con su horario de clases
Realizar estudios que le permitan actualizarse en su cargo de forma que sea idóneo para ejercer su función docente
Ser informado a tiempo sobre las diversas reuniones convocadas por las Directivas del Plantel
Participar en los actos de la comunidad y las reuniones convocadas por las Directivas del plantel
Tener un horario de atención a padres y/o acudientes Establecer y cumplir horarios de atención a los padres y/o acudientes, con el fin mantener un canal adecuado de comunicación e información acerca del desempeño y rendimiento de la o el estudiante
Recibir información sobre la filosofía y los criterios institucionales que le permitan realizar una planeación acorde a la filosofía del Colegio
Programar y organizar las acciones de aprendizaje y nivelación de acuerdo a los criterios establecidos por el Colegio
Ser informado sobre el horario de entrega de responsabilidades
Entregar las planillas de valoración, según las fechas acordadas incluyendo el control de asistencia de la o el Estudiante
Recibir información sobre el conducto regular y protocolo de reclamaciones
Atender las reclamaciones y aclaraciones que exijan las o los Estudiantes y Padres de Familia, presentando alternativas de solución
Ser informado sobre los protocolos de interacción social que se aplican en el Colegio Eucarístico de Santa Teresa
Manejar con discreción y prudencia la información, comentarios y confidencias propias del Colegio
Recibir información sobre el proceso de diligenciamiento de los diferentes instrumentos institucionales
Cumplir estrictamente con el diligenciamiento de cada uno de los instrumentos de seguimiento del proceso de aprendizaje de cada uno de los Estudiantes
Ser informado sobre el proceso de estímulos a estudiantes
Estimular y fomentar el buen comportamiento de la o el Estudiante, de acuerdo con las directrices del Manual de
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
52
Convivencia
Recibir su horario de turnos de acompañamiento a estudiantes
Cumplir con responsabilidad y puntualidad los horarios asignados, los turnos de acompañamiento a estudiantes y las demás funciones asignadas
Ser informado sobre los proceso de formación de un estudiante en el Colegio Eucarístico Santa Teresa
Transmitir la importancia de la formación de hábitos desde el desarrollo normativo
Ser invitado a ser miembro del Consejo de Grado Ser parte activa en el Consejo de Grado
Recibir actualización sobre desarrollo cognitivo y diversidad de los ritmos de aprendizaje y estilos cognitivos de los y las estudiantes
Respetar los ritmos personales de aprendizaje, identificando oportunamente las fortalezas y debilidades de cada uno de los Estudiantes
Ser informado sobre el uso y cuidado de los equipos y materiales a su cargo
Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales a su cargo
Recibir actualización sobre didáctica y metodología Planear las clases con anterioridad generando diferentes metodologías durante la clase
Recibir suficiente información sobre el horario del colegio
Ser puntual en la llegada de las clases y diferentes actividades (Jornadas Pedagógicas, acompañamiento en los descansos, entre otros) respetando el objetivo de las mismas y sin realizar ningún tipo de trabajo personal
Estar informado sobre los procesos de evaluación Devolver las evaluaciones o trabajos debidamente calificados, máximo a los 8 días hábiles después de la entrega
Recibir a principio de año el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los y las estudiantes
Corregir integralmente, mediante la revisión de trabajos, cuadernos y evaluaciones, redacción y ortografía de los mismos, independientemente de la asignatura dictada
Recibir información sobre el instrumento de seguimiento a estudiantes
Registrar en el seguimiento de la o el estudiante las novedades o llamados de atención finalizada la clase
Ser informado sobre los protocolos de interacción con estudiantes
Entregar en los salones de clases y personalmente a la o el estudiante, cuadernos, trabajos o evaluaciones, evitando sus pérdidas
Recibir un salón de clases impecable Dejar los salones limpios y organizados después de las diversas actividades
Ser informado sobre los protocolos a seguir en relación con la interacción académica con estudiantes
No utilizar estudiantes para calificar evaluaciones o trabajos, pasar notas o planillas, hacer reportes o citaciones
Recibir información sobre los acciones de seguimiento que se deben implementar con estudiantes
Proporcionar información permanente de los logros alcanzados en el aprendizaje a Estudiantes, Orientadores de curso, Jefes de área, Acudientes y Coordinadora Académica en forma oportuna
Estar informado sobre el proceso de autoevaluación de estudiantes
Generar el espacio para la realización de la autoevaluación de desempeño de la o el estudiante teniendo presente el trabajo y ritmo de cada uno/a
Recibir actualización sobre ética empresarial, procesos de convivencia y competencias ciudadanas
Abstenerse de emitir comentarios mal intencionados o equivocados que deterioren la imagen del otro, que atente contra su honra y el buen nombre de la Institución
Recibir actualización sobre Cultura de la Paz y procedimientos diplomáticos
Guardar absoluta reserva de las diferentes situaciones, que por razones de su oficio lleguen a su conocimiento, o de otras que hayan sido tratadas en las diferentes instancias o jornadas pedagógicas
Al inicio del año escolar, recibir información de sus estudiantes
Reubicar a la o el estudiante en el aula de clases, cuando se requiera, para el buen desarrollo de la actividad pedagógica
Recibir información sobre la Ley 1620, el Decreto 1965, la Guía 49 y el Manual de Convivencia del Colegio.
Las demás que por naturaleza del servicio le sean asignadas por la ley o su superior inmediato. De acuerdo con la ley 1620 de 2013 en su art. 19 son responsabilidades de los y las docentes dentro del Sistema Nacional de Convivencia
Ser informado sobre los procedimientos y protocolos a Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
53
seguir en las diversas situaciones de conflictos de Tipo I., de Tipo II. Y de Tipo III.
de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a Estudiantes del Colegio, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al Comité Escolar de Convivencia para activar el protocolo respectivo
Recibir actualización permanente sobre prácticas pedagógicas significativas
Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de la o el Estudiante
Ser invitado a los procesos de actualización del Manual de Convivencia
Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia
Parágrafo 1. En el Colegio Eucarístico de Santa Teresa, existe la convicción que cada derecho conlleva a un deber que permite la acción responsable y argumentada de quién los conoce. Parágrafo 2. Las sanciones laborales causadas por el incumplimiento de los anteriores deberes, reglamento de educadores serán aplicadas teniendo en cuenta las pautas que para tales efectos estén contemplados en el reglamento interno de trabajo y en el Código sustantivo del trabajo. Parágrafo 3. Las Psico-orientadoras y Coordinadores tienen los mismos derechos y deberes de los docentes.
Artículo 43º. Estímulos a los Docentes en el Colegio Eucarístico Santa Teresa Los estímulos son motivaciones internas que llevan a la persona a tener conciencia de lo que se debe hacer, de tal manera que en los docentes incentive a una conducta positiva, lo cual permitirá a los docentes desempeñar su función sintiendo que su labor es reconocida por sus estudiantes y por las directivas del Colegio Eucarístico Santa Teresa.
ESTÍMULOS A LOS DOCENTES EN EL COLEGIO EUCARÍSTICO SANTA TERESA
TIPO DE ESTÍMULO DESCRIPCIÓN
Reconocimiento
especial al aprendizaje significativo
Este estímulo consiste en la entrega de un certificado que aplaude al o la docente por su gestión en los procesos de aprendizaje de los estudiantes; es decir, es el docente con la mayor cantidad de estudiantes con aprendizaje significativo, realidad que se refleja en las calificaciones de todos sus estudiantes, demostrando menor mortalidad académica y además existen evidencias del aprendizaje de estos estudiantes.
Reconocimiento a la vivencia de los valores
y principios
Estímulo que se entrega al o la docente que mayor aceptación tiene entre los o las estudiantes; existen evidencias del cariño que la comunidad educativa le tiene a
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
54
eucarísticos, calidad humana
este(a) docente.
Reconocimiento al Desempeño
responsable y sentido de pertenencia
Estímulo que se entrega al o a la docente que se observa participativo(a), colaborador(a), responsable y comprometido(a) en las diversas actividades apostólicas, académicas, deportivas, sociales, artísticas y culturales.
Reconocimiento a la Innovación educativa
Estímulo que se hace al o la docente que demuestra procesos y resultados de innovación educativa; o los ha socializado o existen evidencias de su innovación, creatividad y emprendimiento.
Reconocimiento a la fidelidad y mayor permanencia en el
Colegio
Este estímulo, se entrega al final del año escolar al o la docente que tiene mayor permanencia en el Colegio.
Parágrafo. Estos reconocimientos se manifestarán otorgándole al docente, certificación mención de honor, en ceremonia especial y delante de la Comunidad Educativa.
CAPÍTULO VIII. PADRES DE FAMILIA / ACUDIENTES
“Nuestra misión educativa la realizamos en estrecha unión con los padres de familia pues a ellos les corresponde el derecho y el deber primordial e irrenunciable de educar a sus hijos en la fe”.
María del Refugio, fundadora.
Artículo 44º. Perfil del Padre de Familia Los Padres de Familia y/o Acudientes son aquellos que legalizan la matrícula de sus hijos, con la firma; asumiendo la filosofía y aprobando las normas del Colegio. Por lo tanto el Padre de Familia y/o Acudiente debe ser una persona: 1. Con sentido de pertenencia y lealtad hacia el Colegio, comprometida e identificada con los
objetivos institucionales y en actitud de aportar una crítica constructiva y oportuna. 2. Que acompañe a su hija(o) en el proceso formativo, mediante el diálogo y la comunicación con
los y las Docentes, asistiendo a las reuniones formativas, que se lleven a cabo en el Colegio, a las citaciones y demás actividades programadas.
3. Convencida de su papel irremplazable en el proceso de formación de sus hijos. 4. Consciente de su tarea de orientar, acompañar, formar y exigir con autoridad moral. 5. Dispuesta a colaborar en el desarrollo integral de su hija o hijo, reconociendo en ellos sus
posibilidades y capacidades; pero también aceptando sus limitaciones y apoyándolos en la superación de estas.
6. Interesada en conocer y asumir la Propuesta Institucional, por lo tanto coherente, comprometida y colaboradora con las actividades que programe el Colegio.
7. Dialogante, solidaria, en la búsqueda de alternativas, diligente en la solución de conflictos y en
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
55
el avance del proceso de formación de su hija(o). 8. Que no solamente quiera, sino apoye la formación cristiano - católica de su hija(o). 9. Un Padre de Familia, convencido de la necesidad de unificar criterios con el Colegio para
optimizar la labor conjunta de formar integralmente, haciendo así parte de la comunidad educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa.
Artículo 45º. Derechos y Deberes de los Padres de Familia El Padre de Familia es corresponsable en la tarea formativa de la o el Estudiante, y teniendo en cuenta los preceptos de nuestra fundadora María del Refugio Aguilar y Torres, los Padres son los principales y primeros maestros de su hija(o) y es su hogar la primera escuela y nuestro colegio, es colaborador incondicional, segundo hogar de su hija(o). De acuerdo con el Art. 22 de la ley 1620 de 2013, y la filosofía educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, la familia como parte de la Comunidad Educativa, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar, tiene los siguientes Derechos y Deberes:
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA / ACUDIENTES DERECHO DEBER
Elegir el tipo de educación que de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de su hija(o), de conformidad con la Constitución y la Ley
Conocer, asumir y respetar la Visión, Misión y Filosofía de la Institución y respetar los principios Católicos y Eucarísticos Mercedarios del Colegio
Participar activamente en el proceso de formación escolar y axiológica de su hijo(a)
Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de su hija(o) y la mejor relación entre los miembros de la Comunidad Educativa
Conocer con anterioridad el sistema de admisiones a la Institución y las características del Colegio
Suministrar oportunamente al Colegio toda información que pueda contribuir a la formación integral de su hija(o)
Ser informado sobre el Conducto Regular y Debido Proceso
Expresar de manera respetuosa y por Conducto Regular y Debido Proceso sus opiniones, reclamos e inquietudes respecto al Proceso Educativo de su hija(o), y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo del Colegio, cumpliendo para ello con un horario establecido por la Institución
Conocer y asumir el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Manual de Convivencia
Orientar y apoyar las obligaciones escolares y comportamentales dentro y fuera del Colegio como muestra de que se asume el compromiso en el proceso formativo de sus hijos
Ser invitado a participar en la Asociación de Padres de Familia y Consejo Delegatario de acuerdo a los requerimientos de ley presentes en los Artículos 9 a 18 del decreto 1286 de 2005
Afiliarse y comprometerse activamente con la Asociación de Padres de Familia; asistir a la Escuela Abierta, Escuela de Padres, Asambleas y demás actividades que el Colegio programe en la fecha y hora señalada. Así mismo acudir siempre que se solicite su presencia dentro de la Institución, en los espacios pertinentes para dicho fin
Participar en el Consejo Directivo y Consejo de Padres de acuerdo a los Artículos 2 a 8 del decreto 1286 de 2005. La participación de los Padres de Familia en la conformación del Consejo de Padres es Obligatoria (Decreto 1286 de 2005, art. 5). Además al pertenecer al Consejo de Padres, si es elegido por éste
Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando se requiera o el Colegio le indique la realización de los mismos a partir del Área de Psico-orientación
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
56
mismo, podrá participar con voz y voto en el Comité Escolar de Convivencia
Recibir orientación y ayuda sobre el manejo metodológico de las diferentes Áreas que le permita mayor calidad en la educación de su hija(o)
Aceptar de manera receptiva las observaciones e indicaciones de los y las Docentes y directivas del Colegio con respecto a la formación moral, actitudinal y académica de su hija(o).
Conocer el nivel de competencia y desempeños de su hija(o) mediante un informe valorativo y ser informado oportunamente del comportamiento de su hija(o)
Acompañar de forma permanente y activa a su hija(o) en el proceso pedagógico que adelante el Colegio para la convivencia y la sexualidad
Participar en todas las actividades programadas para su crecimiento humano y cristiano: reuniones, escuela de padres y/o convivencias, otros. Ser informado sobre todos los procedimientos y protocolos relacionados con los permisos, justificaciones, escusas para su hijo(a) y la importancia de su entrega oportuna a la Institución.
Presentar excusas por escrito para justificar las faltas de asistencia de su hija(o) al Colegio. 1. Estas no eliminan el Registro de la Ausencia pero dan la posibilidad de presentar evaluaciones y actividades dentro del tiempo previsto en el Manual de Convivencia, siempre y cuando sea por calamidad doméstica comprobada, 2. Incapacidad médica comprobada, 3. Exámenes médicos presentando orden previa, 4 Representación institucional y/o estatal, encuentros académicos, culturales, deportivos y/o religioso. Sólo estas causas hacen válida la excusa para la Institución. En el caso de ausentarse por representaciones Institucionales y/o Estatales, la Estudiante presentará la carta de invitación de la Institución donde se realizará el evento y el permiso por escrito de sus padres
Recibir información sobre formación integral para su hijo(a)
Proteger a su hija(o) contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal
Estar informado sobre el sistema de Salud y seguridad Social de su hijo(a)
Incluir a su hija(o) en el sistema de salud y de seguridad social y llevarlos de manera oportuna a los controles periódicos de salud y vacunación
Estar informado sobre los derechos de su hijo(a) y asuntos relacionados sobre la protección y cuidado de su hijo(a)
Abstenerse de exponer a la o el Estudiante a situaciones de explotación económica en cualquiera de sus circunstancias
Conocer la legislación colombiana, el Código de Infancia y adolescencia
Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades del Establecimiento Educativo sobre las irregularidades de que tengan conocimiento comprobado con referencia a Estudiantes que se encuentren en situación de riesgo por: el maltrato infantil, bullying, violencia escolar, abuso sexual, tráfico o consumo de sustancias psicoactivas ilícitas y lícitas incluido el alcohol, el tabaco y los medicamentos de venta controlada. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a la autoridad competente a nivel local
Ser informado sobre programas de salud mental y física, nutrición e higiene para su hijo(a)
Atender lo referente a la salud mental y física, nutrición e higiene de su hija(o) y colaborar con los programas y proyectos que el Colegio desarrolle en este sentido
Recibir información sobre el horario y uniforme de su hijo(a)
Enviar con exactitud a su hija(o), a las clases y demás actividades programadas, dotándolas(os) de los uniformes e implementos necesarios para un eficiente desempeño escolar.
Enterarse de las comunicaciones enviadas por el Colegio Eucarístico de Santa Teresa
Firmar la Agenda cuando así se requiere. Enviar las respectivas autorizaciones de manera escrita para la realización de actividades fuera del Colegio. En caso de no ser recibida la autorización, se entenderá que no existe la aprobación y por tanto la Estudiante no podrá asistir a dicha actividad y deberá presentarse al Colegio para realizar actividades académicas normales.
Conocer el Manual de Convivencia con las normas establecidas en él, como un compromiso a cumplir
Responder por los daños ocasionados por su hija(o) a los bienes del Colegio o de sus compañera o compañero
Ser tratado con respeto y amabilidad por sus hijos(as) y por todos los miembros de la Comunidad Educativa
Ofrecer un trato respetuoso y amable a todos los miembros de la Comunidad Educativa
Ser informado sobre la Filosofía Educativa y Guardar lealtad y mostrar un verdadero sentido de pertenencia al
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
57
logros del Colegio Colegio. No hablar mal de ella o de sus miembros
Recibir la mejor atención y trato de parte de su hijo(a)
Dar buen ejemplo a su hija(o), como la mejor manera de formarlos y exigirle, cuando sea necesario, con auténtica autoridad moral, reconociendo sus dones y fortalezas, sus faltas y limitaciones
Sugerir y presentar inquietudes personalmente al Colegio, de manera respetuosa y cortés
Responsabilizarse y supervisar las relaciones personales de su hija(o), velando siempre por el buen nombre de la o el Estudiante
Ser tratado con honestidad y recibir siembre la información correcta y verdadera
Rechazar el engaño en todas sus formas, especialmente en la justificación de excusas
Recibir asesoría sobre el cuidado y orientación que debe darle a su hijo(a) sobre sus derechos, deberes y mantenerlo(a) informado(a) sobre los efectos nocivos del consumo de sustancias psicoactivas ilegales y legales incluido el alcohol, el tabaco y los medicamentos de venta controlada
Proteger, orientar y tomar las medidas correctivas pertinentes con respecto a su hija(o), en caso de abandono moral o físico, abuso sexual o explotación, teniendo en cuenta el cuidado, el ejemplo y la supervisión constante. Al igual que mantenerlo(a) informado(a) sobre los efectos nocivos del consumo de sustancias psicoactivas ilegales y legales incluido el alcohol, el tabaco y los medicamentos de venta controlada, según reza el Artículo 39 de la Ley de la Infancia y adolescencia
Recibir de la institución y de su hijo(a) la información acertada y oportuna sobre evaluaciones y demás compromisos
No apoyar ni justificar las ausencias de su hija(o) en los días de evaluación, entrega de trabajos o cualquier responsabilidad académica
Recibir información del desempeño académico de su hijo(a)
Informarse, con verdadero interés y responsabilidad, del desempeño escolar de su hija(o) y llevar a cabo las sugerencias dadas por el Colegio
Ser informado sobre los derechos y deberes establecidos en el Manual de Convivencia
No traer a su hija(o), materiales, útiles, tareas, excusas, dinero y otros durante el horario escolar y apoyar a la Institución en la formación de la responsabilidad y el autocontrol
Recibir información sobre el horario y procedimientos de atención a padres de familia
No interrumpir clases ni transitar por el Colegio sin autorización previa de las Directivas
Recibir información sobre los procedimientos y protocolos institucionales para fijación de citas médicas o cualquier tipo de compromiso social, deportivo, artístico o cultural.
Abstenerse de fijar citas médicas y compromisos sociales dentro del horario del Colegio, así como tomar el tiempo lectivo para período de vacaciones ya que perjudican el proceso de autodisciplina y buen desempeño escolar en general de su hija(o). En dado caso, el Colegio se reserva el derecho de no autorizar el permiso. Se aclara que si se toma el tiempo para periodo de vacaciones la o el Estudiante asumen por su cuenta y riesgo las actividades y valoraciones académicas
Ser informado sobre el procedimiento para permisos y justificación de faltas
Pedir por escrito los permisos, justificando de igual forma las faltas de asistencia o retardo de su hija(o)
Recibir de su hijo(a) el respeto y cariño que se merece como madre, padre o acudiente
Proveer a su hija(o) espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental
Ser invitado a ofrecer sus aportes para la Planeación y desarrollo de estrategias que permitan promover la convivencia escolar en el Colegio Eucarístico de Santa Teresa
Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable
Ser invitado para ofrecer aportes al Manual de Convivencia
Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de las instancias de participación definidas en el PEI del Colegio
Recibir información sobre el aprovechamiento del tiempo libre
Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de su hija(o) para el desarrollo de competencias ciudadanas, incluyendo la supervisión de los medios de comunicación
Recibir información sobre los compromisos u obligaciones que se adquieren como padre de familia y como estudiante del Colegio Eucarístico de Santa Teresa
Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y responder cuando su hija(o) incumple alguna de las normas allí definidas
Ser informado sobre el funcionamiento de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia escolar
Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
58
instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia
Recibir asesoría sobre la actual legislación de Convivencia (ley 1620 y Decreto 1965) y el funcionamiento del Manual de Convivencia
Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere la Ley 1620 y el Decreto 1965, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos
Parágrafo 1. Según la Ley de Infancia y Adolescencia en el Artículo 44. Numerales 2 y 7, se obliga al Colegio, sus Directivas y Docentes a informar a los Padres de Familia y al Defensor de Familia de la Jurisdicción, cuando un menor de edad se halle en situación de riesgo, incluido el consumo de sustancias psicoactivas ilícitas, lícitas y medicamentos de venta controlada. Según los Artículos 18 y 20 de esta misma Ley, este tipo de problemáticas al ser presentadas por un Estudiante del Colegio obliga a los padres o acudientes del menor de edad en forma inmediata a responsabilizarse, acudir y participar en un programa de ayuda dado por instituciones especializadas para estos casos. O en los casos en que la familia por situación económica no pueda solventarlo, se remitirá el caso al ICBF de su jurisdicción. Parágrafo 2. La o el estudiante que no esté matriculada(o) legalmente no podrá asistir al Colegio. Parágrafo 3. En caso de cambio de dirección de la residencia del Padre de Familia, debe avisar a la Secretaría Académica, Administración y Coordinador de Transporte para efectuar el cambio en el sistema. Parágrafo 4. El Colegio no se hace responsable por el bienestar y seguridad de la o el Estudiante antes y después de la jornada escolar, a menos que la o el Estudiante esté inscrita a actividades extracurriculares, o se encuentre en Trabajo Formativo y Pedagógico. En estos casos permanecerá en el Colegio de acuerdo al horario para las actividades, hora en que deben ser recogidas por sus padres o acudientes. Parágrafo 5. Los Padres serán conscientes de la norma del Colegio en cuanto a la responsabilidad de que su hija(o) viaje en rutas ajenas a la suya y apoyar la medida a fin de evitar inconvenientes al respecto. Parágrafo 6. Los numerales presentes en este artículos han sido estudiados y diseñados de acuerdo a los requerimientos de la ley 1098/2006 – Código de la Infancia y la Adolescencia.
Artículo 46º. De las Escuelas de Padres De acuerdo a la ley 1404 de 2010, las Escuelas para Padres tienen como propósito fundamental integrar a los Padres de Familia y Acudientes a un cuerpo organizado que se articule con la Comunidad Educativa, principalmente Docentes, Estudiantes y Directivos, asesorados por profesionales especializados, para pensar en común, intercambiar experiencias y buscar alternativas de solución a la problemática que se presente en la formación de las Estudiantes, la recuperación de valores, el fortalecimiento de instrumentos adecuados en técnicas de estudio y la comunicación e integración de la familia. Además como complemento formativo que consagra la Ley General de Educación, es función del Colegio, en los niveles preescolar, básica y media, implementar y poner en funcionamiento el
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
59
programa Escuela para Padres y Madres, cuyo contenido debe ser instrumento que propenda por la formación en valores de la o el Estudiante y asegure una sociedad responsable dentro del contexto del Estado Social.
Artículo 47º. De la responsabilidad Compartida De acuerdo al artículo 14 de Ley 1098 de 2006, la Responsabilidad Parental es un complemento de la Patria Potestad establecida en la Legislación Civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de la o el Estudiante durante su Proceso de Formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del Padre y la Madre de asegurarse que la o el Estudiante pueda lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. De acuerdo a lo anterior son obligaciones de los Padres de Familia, con respecto al Colegio: 1. Cumplir con las obligaciones contraídas en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos en
el cual se protocoliza la matrícula y el Manual de Convivencia, para facilitar el Proceso Educativo.
2. Asegurarle el acceso a la educación y proveer las condiciones y los medios para su adecuado desarrollo, garantizando de esta manera la continuidad y permanencia en el ciclo educativo.
3. Participar activamente en el proceso de formación de su hija y en el desarrollo de competencias básicas.
4. Conocer y asumir el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Manual de Convivencia. 5. Participar en todas las actividades programadas para su crecimiento humano y cristiano:
reuniones, escuela de padres, convivencias y otros. 6. Cubrir los costos educativos en las fechas establecidas en el Contrato de Prestación de Servicios
Educativos. 7. Estar a PAZ y SALVO por todo concepto con el Colegio para recibir los respectivos informes
escritos de valoración en cada período. Esto quiere decir, que la o el Estudiante que no esté a Paz y Salvo al finalizar el año escolar, no tendrá derecho a matricularse para el siguiente año escolar y el Colegio podrá disponer de su cupo y los padres asumirán los requerimientos legales que por concepto de incumplimiento de contratos exige la ley.
8. Asistir de manera puntual a las Escuelas Abiertas, Reuniones Generales de Padres de Familia y actividades programadas por la Institución.
9. Todas las obligaciones que surjan durante el año lectivo y aquellas que estipule la ley.
CAPÍTULO IX. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
“Dios Nuestro Señor hará que en sus corazones germine siempre la flor de la gratitud, que es tan hermosa”. María del Refugio, fundadora.
Artículo 48º. Definición de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar Según el Art. 29 de la Ley 1620 de 2013, La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
60
casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de la o el Estudiante del Colegio, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, el Colegio Eucarístico de Santa Teresa y entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en la Institución o en sus alrededores y que involucren a la o el Estudiante de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes.
Artículo 49º. Objetivos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de esta ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos (Ley 1620, Artículo 4). Diseñar e implementar programas, proyectos, eventos, estrategias, instrumentos y actividades que aseguren un ambiente escolar de convivencia y paz en el que predomine el buen trato, la inclusión, el respeto a la diversidad cultural e ideológica, la negociación, la concertación y solución de conflictos de manera pacífica y constructiva.
Artículo 50º. ¿Qué define la Ruta de atención integral para la convivencia escolar? Según el Artículo 29 de la Ley 1620, la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, las instituciones y entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en los establecimientos educativos o en sus
Artículo 51º. Garantía de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar De acuerdo al Decreto Reglamentario 1965 de 2013, en todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen en los
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
61
artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.
Artículo 52º. Principios presentes en la Ruta de Atención Integral para la convivencia Escolar Son principios del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que por orden legal se incluyen en el presente Manual de Convivencia del Colegio:
1. Participación En virtud de este principio el Colegio Eucarístico de Santa Teresa debe garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, el Colegio debe garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.
2. Corresponsabilidad La familia, el Colegio, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.
3. Autonomía El Colegio es autónomo en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.
4. Diversidad El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
5. Integralidad La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación de la o el Estudiante, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
62
Artículo 53º. Componentes de la Ruta de atención: promoción, prevención, atención seguimiento La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar garantiza la aplicación de los principios de protección integral de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad que establece la Ley 1620 de 2013 y las responsabilidades que para todos los miembros de la comunidad educativa establece la Ley 1620 de 2013, mediante el diseño, implementación y evaluación de cuatro componentes: 1. Promoción, 2. Prevención, 3. Atención y 4. Seguimiento. Cada uno de estos componentes tiene una serie de objetivos orientados a fortalecer los procesos de formación para el ejercicio de la ciudadanía, los cuales se cumplen en el ámbito escolar, cuando se diseñan, desarrollan y evalúan el conjunto de acciones que fueron planteadas en el Decreto 1965 de 2013 (Guía 49. MEN). 1. Promoción: es el componente que fortalece la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de los niveles educativos de preescolar, básica y media; por lo tanto su primera responsabilidad es la de actualizar, ajustar y fundamentar el Manual de convivencia con la participación de representantes de toda la comunidad educativa; propone políticas institucionales para favorecer el bienestar individual y colectivo; lidera los procesos de formación en derechos humanos, sexuales y reproductivos, competencias ciudadanas, mediación y conciliación; diseña, implementa, le hace seguimiento y evalúa los programas y proyectos de Convivencia y Paz (competencias ciudadanas). En síntesis, es la herramienta responsable de promover el buen trato. 2. Prevención: es el componente que responde por la prevención de los riesgos de ocurrencia de situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en el contexto del establecimiento educativo. Según el Decreto 1965 de 2013, la prevención busca intervenir oportunamente en dinámicas y comportamientos que podrían afectar el ejercicio de los DDHH, DHSR y la convivencia escolar; en este sentido, el componente de Prevención diseña e implementa estrategias, actividades y adelanta acciones de prevención de cualquier tipo de violencia, agresión, exclusión, irrespeto o maltrato. 3. Atención: es el componente que se encarga de desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia u acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones. En este componente se encuentran los Protocolos y el debido proceso para las situaciones de Tipo I, de Tipo II, y de Tipo III. 4. Seguimiento: es el componente que responde por el seguimiento de los diferentes casos o situaciones y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los Artículos 43 y 44 del Decreto 1965 de 2013. Se hace seguimiento tanto a la víctima como al agresor y al o los testigos de la situación atendida.
Artículo 54º. Compromisos de los responsables de la administración de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar Según lo plantea la Ley 1620 en el Artículo 32, el personal encargado de realizar o apoyar la orientación escolar para la convivencia, en relación con la ruta de atención integral deberá: 1. Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación de
factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de los estudiantes.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
63
2. Documentar y registrar en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos.
3. Participar en el proceso de acompañamiento así como de la evaluación de los resultados de esta orientación.
4. Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la Ruta de Atención Integral.
5. Participar en la definición de los planes individuales y grupales de intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la Ruta de Atención Integral.
6. Apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.
7. Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del manual de convivencia y de los proyectos pedagógicos de que trata el Artículo 20 de la Ley 1620.
8. Involucrar a las familias, a través de la escuela para padres y madres, en los componentes y protocolos de la ruta de atención integral.
Artículo 55º. Rol de la rectora, en la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar Como máxima autoridad del Colegio, la rectora, tiene el rol de orientador, direccionamiento y mediador de los procesos a seguir en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones. La rectora del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, es quien preside y es quien convoca a reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Escolar de Convivencia y es el responsable de aprobar el informe que el coordinador general del Colegio le entrega sobre el funcionamiento de los cuatro componentes de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar.
Artículo 56º. Rol de la coordinación en la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar Rol de orientadores e interventores de los proyectos pedagógicos que se desarrollen en cualquiera de los cuatro componentes de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar (1. Promoción, 2. Prevención, 3. Atención y 4. Seguimiento), para lo cual, recibe un informe del coordinador de cada componente; con esta información, entrega un informe a vicerrectoría sobre el estado de cada uno de los componentes y sus respectivos proyectos. También tiene el rol de mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones.
Artículo 57º. Rol del coordinador de cada componente de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar En cada uno de los cuatro componentes existe un coordinador que tiene como rol el de orientar, evaluar y hacerle seguimiento a cada uno de los proyectos de su componente, cada periodo entrega informe a los directores de cada sección.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
64
Artículo 58º. Rol del docente en la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar El Artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 concede al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos (situaciones de tipo I), así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones.
Artículo 59º. Rol del estudiante en la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar El Artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 concede al estudiante el rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de las situaciones que establece la Ley 1620 y el Decreto 1965, en el marco de la ruta de atención integral.
Artículo 60º. Rol del padre de familia en la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar Acompañar y asesorar con responsabilidad y buen trato a sus hijos en su proceso de formación integral, en sus compromisos, sus problemas, posibles conflictos o situaciones de Tipo I, de Tipo II o de Tipo III, en el que pueda encontrarse.
Artículo 61º. Activación de cada uno de los cuatro componentes de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar Para asegurar la activación eficaz de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar, hemos diseñado una organización autónoma que responde en forma independiente por cada uno de los cuatro componentes: 1. Promoción, 2. Prevención, 3. Atención y 4. Seguimiento. Cada componente tiene su coordinador y un equipo de apoyo que responden por el diseño, la implementación y evaluación del componente. Este sistema permite evidenciar los procesos, las actividades y estrategias que se están aplicando en cada uno de los componentes de la Ruta; por ejemplo, en el componente de Promoción de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar, existen cinco proyectos: 1. Proyecto de Educación sexual, 2. Proyecto pedagógico de Convivencia y Paz, 3. Programa de Cátedra de la Paz y 4. Proyecto de vida para los estudiantes; para la veeduría de estos cinco proyectos, existe un coordinador con un grupo de apoyo que responden por la excelente aplicación de los mismos; este grupo con su coordinador entregan un informe por periodo a coordinación general (o rectoría) del estado de activación del componente de Promoción, detallando logros, fortalezas, debilidades, amenazas y actividades pendientes; por tanto, cada componente tiene su propio cronograma de actividades las cuales son evaluadas al finalizar cada periodo escolar.
CAPÍTULO X. COMPONENTE DE PROMOCIÓN
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
65
Artículo 62º. Definición Es la herramienta que facilita los procesos de promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de los niveles educativos de preescolar, básica y media y para prevenir y mitigar la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia, todo dentro del marco de las competencias, a ellas asignadas, por la Constitución y la Ley. La Ruta de promoción se centra en promover un ambiente de buen trato, armonía, respeto, interlocución e inclusión.
Artículo 63º. Objetivo de la Ruta de Promoción El numeral 5 del Artículo 4 de la Ley 1620 de 2013, hace evidente el objetivo del componente de Promoción y se define así: fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
Artículo 64º. Participación o acciones en el componente de Promoción Según el Artículo 30 de la Ley 1620, el componente de promoción se centra en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades. Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. En virtud del componente de promoción, se debe adelantar una serie de acciones y/o participaciones que en los artículos siguientes describimos.
Artículo 65º. Participación por parte del Comité Escolar de Convivencia en el componente de Promoción a. Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido en el Artículo 21 de
la Ley 1620 de 2013 y en el Título 111 del presente Decreto. b. Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que
puedan ser desarrolladas en el marco del proyecto educativo institucional - PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994.
c. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
66
como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.
d. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.
e. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.
f. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional. (Artículo 36 Nº 3 del Decreto 1965, de 2013).
Artículo 66º. Participación de los docentes en el componente de Promoción a. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. b. Participar en la elaboración, implementación y evaluación de los proyectos pedagógicos de
Convivencia y Paz (competencias ciudadanas), el proyecto de Educación Sexual, Cátedra de la Paz y otros proyectos que faciliten un ambiente incluyente, respetuoso y agradable de trabajo.
c. Aprovechar los espacios de orientación y trabajo de proyectos como utilización del tiempo libre para sensibilizar a las estudiantes y a la comunidad educativa en general, sobre la importancia de los valores fundamentales para la convivencia y la solución de conflictos, derechos humanos, sexuales y reproductivos.
d. Implementación de conferencias, talleres sobre convivencia sobre buen trato y educación en valores.
e. Aplicación de Guías para trabajar en grupos colaborativos de trabajo en torno a reflexiones relacionadas con la inclusión, la interculturalidad, el valor de la diversidad, la tolerancia, el respeto, la valoración de sí y del otro.
f. Valorar los proyectos de Vida; estos se califican en las competencias ciudadanas. g. Todos los días, tratar a los estudiantes con respeto, con buen trato ofreciendo las
oportunidades de aprendizaje que necesiten según el potencial o necesidades específicas. h. Dar ejemplo de integridad evidenciando con toda la comunidad educativa, relaciones
interpersonales centradas en el buen trato, el respeto, el diálogo y la inclusión.
Artículo 67º. Participación por parte de los estudiantes en el componente de Promoción
a. Evidenciar en la cotidianidad social y académica los valores y principios del Colegio, tratando con respeto y buen trato a todas las personas.
b. Interiorizar y aplicar las enseñanzas de sus maestros en torno a los procesos de interacción
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
67
social y académicos. c. Participar en el diseño, aplicación y evaluación de los proyectos del componente Promoción: 1.
Proyecto de Educación sexual, 2. Proyecto pedagógico de Convivencia y Paz, 3. Y Programa de Cátedra de la Paz.
d. Diseñar, aplicar y evaluar permanentemente su Proyecto de vida. e. Dentro de sus posibilidades, demostrar solidaridad con aquellas personas o grupos que se
encuentran afectados física, emocional o socialmente. f. Mantener una actitud de inclusión y valoración de todos los seres humanos. g. Participar activamente en todas las actividades culturales, deportivas, artísticas y de
convivencia que la Institución educativa organice.
Artículo 68º. Participación por parte de la familia en el componente de Promoción
1. Asesorar o acompañar a sus hijos en los diversos compromisos académicos y de interacción social.
2. Acudir a la Institución educativa con una actitud de respeto, armonía y buen trato. 3. Asistir a las reuniones programadas por la Institución Educativa. 4. Hacer aportes a la Institución educativa en forma propositiva y constructiva.
El Artículo 22 de la Ley 1620 de 2013: Participación de la familia, se afirma que: La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el Artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:
5. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y
protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 6. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la
convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.
7. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
8. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.
9. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
10. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
11. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.
12. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
68
Artículo 69º. Proyectos pedagógicos para promover la convivencia y la inclusión social Según el Artículo 36 del Decreto 1965 de 2013, los establecimientos educativos deben implementar los proyectos pedagógicos conforme a los parámetros dispuestos en el Artículo 20 de la Ley 1620 de 2013, dentro del marco de lo establecido en los Artículos 14,77,78 Y 79 de la Ley 115 de 1994. En el Artículo 15 de la Ley 1620 de 2013, sobre la Responsabilidad del Ministerio de Educación Nacional en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, se aclara su responsabilidad: Promover y fomentar conjuntamente con las secretarías de educación certificadas, en los establecimientos educativos, la implementación de los programas para el desarrollo de competencias ciudadanas, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de conformidad con los lineamientos, estándares y orientaciones que se definan. Dicha implementación se hará a través de proyectos pedagógicos de carácter obligatorio, de conformidad con el artículo 14 de la Ley General de Educación, como parte de los Proyectos Educativos Institucionales –PEI. o de los Proyectos Educativos Comunitarios -PEC-, según el caso. En la Guía Pedagógica para la Convivencia y Paz, Guía 49 del MEN. Se invita a las instituciones educativas a realizar proyectos pedagógicos transversales porque su implementación en las instituciones educativas implica plantear los temas significativos en todos los ambientes de la escuela y desde las políticas institucionales, el plan de estudios y hasta el tiempo libre. Implica transformaciones de la forma de pensar, sentir y actuar frente a sí mismo y la relación con otras personas. En este marco de referencia surgen los proyectos pedagógicos transversales como una apuesta por trabajar en la escuela temas como la educación para el ejercicio de los DDHH (Convivencia y Paz: convivencia y Paz), la educación para la sexualidad, los estilos de vida saludables y la educación ambiental, teniendo como objetivo facilitar el desarrollo de las competencias que requiere el grupo de estudiantes para enfrentar con éxito los desafíos que la vida les plantea. Estos proyectos permiten promover las competencias básicas y ciudadanas de manera articulada y planeada, con objetivos, metodologías, estrategias pedagógicas, responsabilidades, indicadores y cronogramas explícitos y claros (p.84). Los proyectos transversales pueden definir claramente la manera cómo se trabajará en el desarrollo de competencias básicas y ciudadanas en cada uno de los grados, desde preescolar hasta once (Chaux et al., 2013 citado por la Guía 49, p. 84).
Artículo 70º. Cultura de la Paz La Ley 1732 de 2014 por el cual se establece la cátedra de la paz en todas las instituciones del país y el Decreto 1038 de 2015 por el cual se reglamenta la cátedra de la paz, le imprimen el carácter de obligatoriedad, el diseño, implementación y evaluación de esta cátedra en nuestro Colegio Eucarístico de Santa Teresa. En sintonía con este compromiso, el Colegio Eucarístico de Santa Teresa posee un programa de Cátedra de la Paz que fortalece al proyecto de Convivencia y cultura de Paz (Competencias Ciudadanas) en el marco teórico, en los contenidos (plan de estudio), en las estrategias,
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
69
metodologías y procesos de mediación y solución de conflictos. El programa de Cátedra de la Paz tiene como objetivo, consolidar una cultura de Paz en la comunidad educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa que permita comprender los diversos componentes de la Paz, el perdón, la reconciliación, la negociación, la resolución de conflictos y la concertación, mediante el desarrollo de un Plan de estudio interdisciplinario que va desde la Educación inicial hasta la educación media. Los contenidos de la Cátedra de la Paz, están definidos en el artículo 2º del Decreto 1038: a) Justicia y Derechos Humanos; b) Uso sostenible de los recursos naturales; c) Protección de las riquezas culturales y naturales de la Nación; d) Resolución pacífica de conflictos; e) Prevención del acoso escolar; f) Diversidad y pluralidad; g) Participación política; h) Memoria histórica; i) Dilemas morales; j) Proyectos de impacto social; k) Historia de los acuerdos de paz nacional e internacional; l) Proyectos de vida y prevención de riesgos.
Artículo 71º. Proyecto de Vida para estudiantes El proyecto de vida se planifica para evidenciar nuestro ser, nuestros sueños, lo que somos, lo que queremos lograr a corto plazo, a mediano y a largo plazo. Mediante la planificación del proyecto de vida se tiene la oportunidad de fortalecer nuestra dignidad humana, de establecer estrategias para aprender a administrar nuestro carácter, nuestras emociones y aprender fundamentalmente a incluir, respetar y valorarnos a nosotros mismos y a todas las personas con las que interactuamos. La construcción de nuestro proyecto de vida nos forma hacia una actitud de autovaloración, de autocrítica, de autorregulación y actitud metacognitiva.
1. Fundamento legal del Proyecto de Vida En el numeral 2 del Artículo 36 del Decreto 1965 de 2013, se aclara la importancia de: Promover y liderar estrategias y acciones de comunicación vinculando a los medios regionales y comunitarios, que fomenten la convivencia escolar, contribuyan a la prevención y mitigación de la violencia en el ámbito escolar, y promuevan el desarrollo progresivo de las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio y la realización de proyectos de vida; también en el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, se hace referencia a la construcción del proyecto de vida. En el Artículo 20 de la Ley 1620 de 2013, que trata de los Proyectos pedagógicos, allí en el cierre del segundo párrafo se hace nuevamente alusión a la construcción del proyecto de vida del estudiante. La Guía Pedagógica para la Convivencia Escolar, Guía 49 del MEN, hace alusión a la importancia que tiene la elaboración de proyectos de vida (consúltese pp. 6, 18, 35, 265, 266, 267, 272, 283,
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
70
285). Entre algunos aportes valiosos de esta excelente Guía del MEN, se afirma que: La ponderación de la condición humana significa que ésta adquiere la más alta estima y que no debe ser vivida de cualquier manera. Con ello, la idea de dignidad amplía y mejora las posibilidades de desarrollo y realización humana; favorece el disfrute de condiciones de vida constructiva; el desarrollo pleno de las potencialidades, y permite la materialización de los proyectos de vida de niñas, niños y adolescentes. Por el contrario, sin su debida consideración y respeto, la misma condición humana se limita o se pone en entredicho (p. 265). La Guía 49 del MEN, también aclara que: Los DHSR están orientados a proteger el ejercicio de la autonomía sobre el propio cuerpo y sobre la definición del proyecto de vida, salud, integridad y libre desarrollo de la personalidad (p.266).
2. Lineamientos generales para la elaboración del proyecto de vida El proyecto de vida para estudiantes, permite evidenciar en forma individual el objetivo del componente Ruta de Promoción mediante el desarrollo de una serie de elementos que le permiten a cada estudiante conocerse, consolidar su identidad cultural, caracterizar su compromiso ciudadano y planificar su futuro a corto plazo, a mediano y largo plazo. En el proceso de administración de los proyectos de vida, se tendrá en cuenta las siguientes recomendaciones:
- El Colegio Eucarístico de Santa Teresa, tiene su propio diseño de guía de proyectos de vida que permite orientar a todos los estudiantes acerca del diseño, administración, seguimiento y evaluación de un proyecto de vida.
- Todos los estudiantes se comprometen a realizar su proyecto de vida atendiendo la guía institucional de proyectos de vida.
- Los estudiantes son autónomos de rediseñar, ilustrar o incorporar otros elementos que no estén en la guía Institucional de proyectos de vida.
- Cada director de grupo responde por el seguimiento y la valoración de los Proyectos de vida de los estudiantes de su grado.
- Cualquier docente del Colegio Eucarístico de Santa Teresa puede valorar los proyectos de vida de sus estudiantes e incorporarlo como una de las evaluaciones de la Competencia Ciudadana.
- El Colegio Eucarístico de Santa Teresa le hace reconocimiento a los estudiantes que demuestran coherencia entre lo que prometen en su proyecto de vida y lo que cumplen cotidianamente.
Artículo 72º. Medidas pedagógicas para la promoción de la convivencia escolar En el numeral 5, del Artículo 29 del decreto 1965 de 2013, se aclara la necesidad de establecer medidas pedagógicas y las acciones que contribuyan a la promoción de la convivencia escolar; por tanto, todos los proyectos y/o programas que se implementen en el componente de Promoción, además de las acciones y estrategias que se diseñen y apliquen, se desarrollarán las siguientes actividades para asegurar la activación del componente de promoción:
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
71
- Jornadas de sensibilización en torno al buen trato, la inclusión, la interculturalidad y la diversidad cultural e ideológica en la que participan los integrantes de toda la comunidad educativa.
- Organización de eventos académicos: conferencias o seminarios-taller sobre Convivencia y Paz. - Desarrollo de Mesas de trabajo en torno al buen trato, el respeto, la interlocución y la tolerancia
en la que los estudiantes sean los principales actores. - Exposición de murales invitando a la Convivencia y la Paz entre los miembros de la comunidad
educativa con apoyo de representaciones visuales, texto, frases de reflexión y demás formas de expresión.
- Organización y/o participación en un encuentro de saber sobre Convivencia y paz: diálogo, comunicación amable, normas de cortesía e inclusión social en el que cada Institución Educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa expone su experiencia significativa sobre promoción de la convivencia escolar.
CAPÍTULO XI. COMPONENTE DE PREVENCIÓN
Artículo 73º. ¿Qué es el componente de Prevención?
Es la herramienta encargada de la prevención de situaciones que afecten la convivencia y la armonía escolar, la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; frenar el acoso escolar (Bullying), ciberacoso escolar (ciberbullying), cualquier forma de matoneo, agresión gestual, verbal, física, relacional, electrónica; evitar que se produzcan cualquier tipo de situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. La Prevención es el segundo componente de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar y en sintonía con el Artículo 13 de la Constitución Política de Colombia del 91, este componente se encarga de prevenir todo tipo de discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Artículo 74º. Objetivo del componente de Prevención
Según el Artículo 30 de la Ley 1620, el componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar.
Artículo 75º. Tres actividades claves en el componente de Prevención
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
72
Según la Guía 49 del MEN. Guía pedagógica para la convivencia escolar (Ley 1620 – Decreto 1965) se proponen tres actividades con el fin de brindar orientaciones para que los EE puedan desarrollar estrategias de prevención en el marco del Decreto 1965 de 2013:
1. Identificación de factores de riesgo y protección Una actividad fundamental para el componente de prevención es poder identificar los factores de riesgo y protección asociados a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los DDHH y DHSR. Los factores de riesgo pueden entenderse como rasgos o características de la persona, las relaciones o el contexto que aumentan la probabilidad de que ocurra una situación que afecta la convivencia escolar. Los factores de protección pueden entenderse como situaciones o características que aumentan la probabilidad de que una persona o grupo no se involucre en situaciones que afectan la convivencia escolar. Dicha identificación servirá para aportar elementos en la toma de decisiones del EE sobre la manera cómo diseñar e implementar los protocolos de atención.
2. Construcción de estrategias pedagógicas De manera articulada con el componente de promoción, es necesario que la comunidad educativa diseñe, implemente y evalúe estrategias pedagógicas que mitiguen las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los DDHH y DHSR. Estas acciones necesariamente deberán involucrar a las familias y aprovechar las oportunidades de trabajo intersectorial.
3. Comunicación y manejo de la información Es muy importante definir estrategias y pautas de comunicación que establezcan un direccionamiento claro para todas las manifestaciones oficiales sobre la convivencia. Lo anterior, con el ánimo de que toda la comunidad educativa se integre a las acciones que se ponen en marcha para la mitigación de los factores que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los DDHH y DHSR. (Guía 49. MEN).
Artículo 76º. Acciones en el componente de Prevención En el Artículo 37 del Decreto 1965 de 2013, Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Hacen parte de las acciones de prevención:
1. La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del Artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.
2. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
73
reproductivos; identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral 1 del Artículo 37 del Decreto 1965 de 2013.
3. El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Artículo 77º. Participación del Comité Escolar de Convivencia en el componente de Prevención
1. Diseñar estrategias para evitar cualquier tipo de situaciones que afecten la convivencia y la armonía escolar, la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.
2. Realizar eventos académicos, culturales, artísticos, deportivos centrados en la prevención de las diversas formas de violencia o maltrato escolar.
3. Propiciar espacios de convivencia, retiros espirituales centrados en la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.
4. Diseñar, aplicar y evaluar protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Artículo 78º. Participación de los docentes en el componente de Prevención El Artículo 19 de la Ley 1620 de 2013, establece como responsabilidades de los docentes las siguientes:
1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los Artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.
2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
Artículo 79º. Participación de los estudiantes en el componente de Prevención 1. Identificar y reportar los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos
sexuales y reproductivos que afecten a sus compañeros.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
74
2. Demostrar excelente actitud, disposición, respeto y buen trato en las situaciones de incomprensión, de exclusión, conflictos, violencia, acoso y procesos de resolución de conflictos.
3. Permanecer en actitud de diálogo respetuoso y constructivo. 4. Participar en los eventos académicos y de interacción social institucional o inter-institucional. 5. Asistir con excelente disposición a las convivencias o retiros espirituales que se organicen en
la Institución Educativa.
Artículo 80º. Participación de la familia en el componente de Prevención En el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia del 91, se determina que: La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.
1. Apoyar, acompañar y aconsejar a sus hijos en todas las situaciones de riesgo, acoso, exclusión, violencia o maltrato escolar.
2. Asistir con respeto y excelente disposición a las diferentes reuniones o citaciones que se le hagan para atender asuntos relacionados con su hijo.
3. Aconsejar permanentemente a sus hijos sobre la importancia y beneficios que tiene el evitar y alejarse de los problemas y de todo tipo de maltrato a cualquier ser humano; las personas mereces respeto y ser tratadas con dignidad y buen trato.
4. Identificar y reportar los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a cualquier miembro de la comunidad educativa.
CAPÍTULO XII. COMPONENTE DE ATENCIÓN
Artículo 81º. Objetivo del componente de Atención
Según el Artículo 30 de la Ley 1620, el componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia u acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
75
psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.
Artículo 82º. Acciones del componente de Atención El Artículo 38 del Decreto 1965 de 2013, consideran como acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.
1. Asistir oportunamente a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos.
2. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
3. Brindar asesoría desde el departamento de psicología cuando se estime conveniente a los miembros de la comunidad educativa que lo requieran.
4. Aplicar los correctivos disciplinarios pertinentes según las situaciones presentadas por los miembros de la comunidad educativa, teniéndose en cuenta los principios orientadores en la aplicación del manual de convivencia.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos humanos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
6. Frente a una conducta de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de los derechos que el comité escolar no pueda resolver el colegio contará con los contactos de urgencia pertinentes: Hospital local, Policía Metropolitana, Fiscalía Unidad de Infancia y Adolescencia, ICBF – Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Secretaría de Educación.
Se realiza a los estudiantes una atención y seguimiento a los casos de convivencia escuchando a las partes, practicando una entrevista de campo, y se procede a identificar el tipo de situación para buscar las alternativas de solución de acuerdo a las normas establecidas en el manual de convivencia. Registro de la situación en los instrumentos correspondientes: observador del estudiante y/o hoja de vida. Notificación y citación a los padres de los alumnos comprometidos en la situación, mediante llamada telefónica y/o registro en la agenda por parte de los coordinadores. Verificación y cumplimiento del compromiso adquirido por parte del estudiante.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
76
Artículo 83º. Etapas en el proceso de mediación
Es un proceso confidencial y voluntario de resolución de conflictos donde un tercero, el mediador, de forma neutral e imparcial, ayuda a las personas implicadas a comunicarse entre sí de una forma adecuada y positiva con el fin de alcanzar acuerdos satisfactorios y aceptados por todos los participantes.
1. Descripción del conflicto: Una vez identificado el conflicto y observado la conveniencia
de la mediación se hace la exposición de la visión del conflicto que tiene cada una de las partes: antecedentes, causas y estado actual. El mediador garantiza que cada parte pueda expresarse libremente y que cada parte escuche y entienda la exposición de la otra parte.
2. Definición del conflicto: El mediador ayuda a las partes a elaborar una definición compartida del conflicto a partir de los apartados de la etapa anterior.
3. Generación de opciones: El mediador facilita que se generen el mayor número de opciones posibles que puedan resolver cada uno de los problemas empezando por aquel que las partes acuerden.
4. Selección de opciones: Se selecciona entre las opciones posibles, aquellas que tienen mayor viabilidad de ser negociadas.
5. Negociación: El mediador ayuda a negociar entre las opciones posibles aquella que contemple los intereses de las dos partes y sea mutuamente aceptada. El resultado es el acuerdo final puesto en práctica y evaluado después de un periodo de tiempo. Las personas que en un momento dado servirán como mediadores serán la Rectora, el Coordinador Académico, el Coordinador de Convivencia, los docentes y estudiantes que hayan sido preparados para ejercer dichas funciones.
Seguimiento: una vez conciliado y determinadas las acciones a seguir o acuerdos finales, la coordinación de convivencia se encarga del proceso de seguimiento; la revisión y evaluación del presente proceso de seguimiento se realiza al finalizar una de las reuniones del comité escolar de convivencia y solo si es necesario, se hará una reunión extraordinaria para tal efecto.
Artículo 84º. El Debido Proceso en el componente de atención En el presente Manual de Convivencia, el debido proceso es el ordenamiento secuencial, lógico y oportuno que debe seguirse en cada acción disciplinaria (académica o de convivencia), para proteger el Derecho a la defensa del estudiante. Para garantizar la efectividad del Debido proceso hay que atender a dos mecanismos: 1. El Conducto regular y 2. El Derecho a la Defensa del Disciplinado.
1. El Conducto regular: ante un conflicto, una inconformidad o reclamación, el estudiante hace lo posible por resolver sus diferencias con la persona en conflicto; de no encontrar solución, acudirá al docente de la asignatura en la que haya sucedido el evento; si no recibe atención o no queda satisfecho con la solución, podrá acudir a su director de grupo; si continúa su inconformidad, podrá acceder a la coordinación y por último, de persistir su inconformidad, podrá solicitar, mediante documento escrito, ser atendido por el rector, que según el tipo se situación, ya sea de Tipo I, de Tipo II o de Tipo III, convocará al Comité Escolar de Convivencia quien tomará las decisiones y acciones correctivas del caso.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
77
2. El Derecho a la defensa: En el Colegio Eucarístico de Santa Teresa, todos los integrantes de la comunidad educativa, ante cualquier situación, de Tipo I, de Tipo II o de Tipo III, tienen derecho a la defensa, a ser escuchados, a exponer su versión, a presentar sus argumentos, pruebas o evidencias; a presentar sus testigos, facilitándose así, la posibilidad de examinar las pruebas a favor y en su contra, para así, determinar la responsabilidad o inocencia.
En el Colegio Eucarístico de Santa Teresa, el Debido proceso se aplica en los protocolos de nuestro Manual de Convivencia (véase en este capítulo, más adelante, los protocolos de Situación de Tipo I, de Tipo II y de Tipo III). Teniendo en cuenta la garantía constitucional, y las disposiciones contenidas en el artículo 151 del nuevo código de la infancia y la adolescencia, deberá brindársele a los miembros de la comunidad, en especial a los niños, niñas y adolescentes, el uso de todas y cada una de las oportunidades de defensa, razón por la cual, quien sea objeto de acusación tendrá derecho a:
1. Que se presuma su inocencia mientras no se compruebe lo contrario. 2. Que se le notifique y explique con claridad en que consiste el presunto incumplimiento
de los deberes que se le imputa 3. Que se le escuche en el curso de un proceso y se examinen las pruebas que obran en su
contra y también las que constan a su favor dándole la posibilidad de examinar la prueba por sí mismo para determinar su responsabilidad o inocencia
4. A disponer del tiempo y los medios adecuados para su defensa 5. A interponer los recursos de apelación o reposición a que tiene derecho 6. A que la acción correctiva guarde la debida proporcionalidad entre la falta cometida y la
Acción correctiva a imponer.
Artículo 85º. Protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar
Los protocolos están orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (Decreto 1965, Artículo 41). Para atender las diversas situaciones que afectan la convivencia escolar entre los estudiantes, existen tres tipos de protocolos: Protocolos para las situaciones de Tipo I, Protocolos para las situaciones de Tipo II y Protocolos para las situaciones de Tipo III. En los artículos siguientes, se describen cada uno de los diferentes tipos de situaciones y se determinan su respectivo protocolo. Para el Colegio Eucarístico de Santa Teresa en concordancia con la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario, es importante que la Convivencia tenga un carácter de corresponsabilidad y participación de la convivencia familiar, pues el Colegio de acuerdo con el pensamiento de la Madre Fundadora María del Refugio Aguilar y Torres, siente que la Escuela es el segundo hogar de la o el Estudiante en donde el mayor deseo es la colaboración a los padres, primeros maestros de sus hijos, en una formación con integralidad que tenga su origen en los valores que se desprenden de la Eucaristía y las virtudes de María, buscando alcanzar así la transformación de la sociedad, aplicando el pensamiento de nuestra fundadora, de una pedagogía preventiva, donde no sea necesario llegar a la corrección y si ésta es necesaria, hacer de ella una oportunidad de crecimiento personal y comunitario.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
78
Cuando se quebrantan los derechos y los deberes o no se hace uso responsable de la libertad se afectan: la convivencia dentro o fuera del Colegio y el buen nombre por comportamientos inadecuados. Por esta razón y en aras de la formación cuando la o el estudiante sea el causante de una situación de Tipo I., de Tipo II. O incluso de Tipo III., se le realizará el respectivo seguimiento teniendo en cuenta el Conducto Regular y el Debido Proceso.
Artículo 86º. Situaciones de Tipo I. El Artículo 40 del Decreto 1965 de 2013, define como situaciones de Tipo I, los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
Artículo 87º. Acciones de Situación Tipo I. Son consideradas como situaciones de tipo I las siguientes acciones:
1. Llegar al Colegio, a clases y a otras actividades después de los horarios establecidos, sin causa justificada perjudicando el proceso formativo.
2. Portar el uniforme de diario o de educación física inadecuadamente, utilizando accesorios no permitidos por el Colegio y desacatando el horario correspondiente para su porte.
3. Presentarse con uñas pintadas, maquillaje, inadecuada pintura del cabello, portar joyas o accesorios no permitidos por el Colegio (doble aretes). Lo anterior se suscribe a los parámetros que de la Institución para esto.
4. Traer aparatos no autorizados por el Colegio, ni necesarios para el trabajo escolar (celulares u otros aparatos electrónicos).
5. Incumplir con la devolución oportuna de libros de la biblioteca, material de laboratorios y de audiovisuales, artículos deportivos, artísticos y de lúdica.
6. No portar y hacer uso indebido del Carné Estudiantil, en todo momento y lugar teniendo en cuenta que es un documento que la o lo identifica como Estudiante perteneciente al Colegio Eucarístico de Santa Teresa.
7. Estar en el salón que no le corresponde, ya sea en horario de clase o en otras horas diferentes a esta.
8. No justificar, mediante excusa escrita, retardos y/o inasistencia al colegio. 9. Presentar falta de aseo, no usar la caneca para botar la basura y presentar desorganización
diaria del aula de clase. 10. Ingresar sin permiso en las áreas de uso privado para los y las Docentes, personal
administrativo, servicios generales y casas de la comunidad religiosa. 11. Salir del salón de clase evadiendo su Compromiso Académico, sin la debida autorización del
Docente o ausentarse cuando éste no llega. 12. Sentarse encima del pupitre o sobre el escritorio del o la Docente. 13. Gritar, molestar, tener malos modales e irrespeto. 14. Cambiar de puesto sin previa autorización. 15. Invitar personas extrañas o ajenas al Colegio sin previo permiso de las Directivas. 16. No utilizar de manera adecuada los materiales de clase. 17. Masticar chicle durante el horario escolar y en la ruta de bus
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
79
18. No guardar silencio en los lugares y momentos que así lo requieren. 19. Esperar el transporte fuera de las instalaciones del colegio. 20. Recibir alimentos, materiales, útiles, tareas, excusas, dinero y otros objetos durante el horario
escolar. 21. Portar la jardinera sin abotonar y/o la blusa desde el segundo botón 22. Las demás que establezca la ley, las Directivas del Colegio y/o Contrato de Prestación de
Servicios Educativos. 23. Comprar en el kiosco y/o vendedores ambulantes a la salida del colegio.
Parágrafo 1. En caso de no llegar puntual al Colegio debe presentarse a Coordinación de Convivencia para su registro. Cumplido tres (3) retardos la o el estudiante realizará taller formativo y Pedagógico finalizado el periodo académico. Parágrafo 2. Toda reincidencia de situación de Tipo I, afectará la valoración de disciplina (Competencia Ciudadana) de la o el estudiante en el periodo académico correspondiente. Parágrafo 4. El Colegio no se responsabiliza de ningún artículo o útil dejado por los o las estudiantes de un día para otro en el salón de clases. Parágrafo 5. Si un celular timbra, se utiliza o se encuentra apagado en horas de clase, descanso, biblioteca, baños, actos culturales, cívicos, religiosos o salidas pedagógicas, será decomisado y sólo serán devueltos con la Asistencia de los Padres de Familia y/o Acudientes por medio de Citación al Colegio y firma y diligenciamiento de un Acuso de Recibido finalizado el periodo académico. Parágrafo 6. El o la estudiante que no cumpla con el porte del uniforme según el horario que corresponda, se citará inmediatamente al Padre de Familia o Acudiente para informarle que debe pasar a recoger a la estudiante. Artículo 88º. Protocolo para atención y seguimiento de Situaciones de Tipo I El protocolo de atención en el Colegio Eucarístico de Santa Teresa, respeta el conducto regular, el debido proceso y las etapas de mediación; para las situaciones de Tipo I, el protocolo que se sigue es el siguiente:
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DE SITUACIÓN TIPO I.
CONDUCTO REGULAR DEBIDO PROCESO Es la cadena jerárquica para acudir, notificar y atender asuntos de inconformidad, problemas o situaciones que afectan lo académico o la convivencia escolar. 1. Docente que conoce de la falta 2. Director(a) de Curso. 3. Coordinación de Convivencia 4. Padres de Familia 5. Psico-orientadora
Es el ordenamiento secuencial, lógico y oportuno que debe seguirse en cada acción disciplinaria (académica o de convivencia), para proteger el Derecho a la defensa del estudiante. 1. Que se presuma su inocencia mientras no se compruebe lo contrario. 2. Que se le notifique y explique con claridad en que consiste el presunto
incumplimiento de los deberes que se le imputa 3. Que se le escuche en el curso de un proceso y se examinen las pruebas que
obran en su contra y también las que constan a su favor dándole la posibilidad de examinar la prueba por sí mismo para determinar su responsabilidad o inocencia (si el caso lo amerita).
4. Disponer de un mínimo de tiempo para su defensa. 5. A interponer los recursos de apelación o reposición a que tiene derecho. 6. A que la acción correctiva guarde la debida proporcionalidad entre la falta
cometida y la Acción correctiva a imponer.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN Fija los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
80
escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (Decreto 1965, Artículo 41).
1. Atención inmediata: Siguiendo el conducto regular y el debido proceso, el o la docente que conozca e identifique la falta, se reunirá de inmediato con el o las estudiantes implicados en el conflicto mediando en forma pedagógica; escuchará a la o el estudiante que haya incurrido en la situación, para aclarar la situación en la cual se encuentren involucrados y haga sus respectivos descargos y compromisos en el Observador Estudiantil. 2. Solución: Fijar una forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados; algunas situaciones de Tipo I., solo ameritan un llamado de atención verbal que deberá quedar consignado por escrito. En esta fase, el Observador Estudiantil debe ir firmado por el o la Docente que conozca de la situación y la o el estudiante. Posterior a esta fase de seguimiento, dará conocimiento a través del Observador al Director(a) de Curso. El o la director(a) de curso al conocer de la falta, llamará a la o el estudiante para escucharla(o) y plantear soluciones frente a la falta o conflicto presentado. De este llamado deberá quedar evidencia en el Observador Estudiantil, con la firma de la o el Estudiante y el o la director(a) de curso. 4. Seguimiento: Realizar seguimiento del caso y de los compromisos, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del Decreto 1965 de 2013.
PROCESO QUE SE SIGUE EN LAS REINCIDENCIAS TIPO I. 1. Segunda reincidencia: Si la o el estudiante presenta reincidencia por segunda vez en la misma falta, quien conozca de la falta le comunicará al o el director(a) de Grupo, para hacer el llamado de atención escrito con los respectivos descargos y compromisos de la o el estudiante; dejando evidencia por escrito en el Observador Estudiantil. En esta fase, el Observador Estudiantil debe ir firmado por: Docente que conoce la falta, Director(a) de Grupo y la o el Estudiante. Si la situación lo amerita el Director(a) de Grupo convocará a los Padres de Familia, para que conozcan de la situación a través del Observador Estudiantil se le informará a la Coordinación de Convivencia quien hará la anotación que conoció de la falta y firmará la notificada. 2. Tercera reincidencia: Si la o el estudiante presenta reincidencia por tercera vez en la misma falta y no cambia su actitud, quien conozca de la falta le comunicará al o la director(a) de Grupo y este(a) a su vez a la Coordinación de Convivencia, para hacer el respectivo llamado de atención, dando la oportunidad a la o el estudiante para hacer sus respectivos descargos y compromisos, consignando esta situación en el Observador Estudiantil. Coordinación de Convivencia dejará consignado en el Observador, la remisión que se haga a Psico-orientación del caso de la o el Estudiante. En esta fase, el Observador Estudiantil debe ir firmado por: Docente que conozca de la falta, Director(a) de Grupo, Coordinación de Convivencia y Estudiante. Psico-orientación atenderá a la o el estudiante por la situación presentada, teniendo en cuenta, lo consignado en el Observador Estudiantil. De esta atención se dejará evidencia en el Observador Estudiantil junto con un informe donde exprese la situación de la o el estudiante y las estrategias a seguir. En esta fase, el Observador Estudiantil debe ir firmado por Psico-orientación y Estudiante. Se llamará a los Padres de Familia de la o el estudiante para que conozcan de la situación y puedan plantear estrategias frente al comportamiento de la o el estudiante, para ello se les presentará la situación y el seguimiento realizado hasta el momento, además se les pondrá en conocimiento la estrategia que asumirá el Colegio la cual está relacionada con la Jornada de Trabajo Pedagógico y Formativo. Luego ellos, consignarán su reflexión frente a lo presentado en la reunión. En esta fase, el Observador Estudiantil debe ir firmado por Coordinación de Convivencia, Padres de Familia y Estudiante. Cuando hay reincidencia en situaciones de Tipo I., se tendrán en cuenta las causales de agravación y se dará continuidad al Debido Proceso, al Conducto Regular y el protocolo de actuación e intervención de situaciones de Tipo II. De esta situación se dejará evidencia escrita en la ficha de seguimiento. 3. Cuarta reincidencia: Por cuarta vez, toda reincidencia de situación Tipo I., el caso se aborda como una situación de Tipo II., por tanto, es atendida por el Comité Escolar de Convivencia, siguiendo el Protocolo de Tipo II. Parágrafo: toda reincidencia afecta la calificación de disciplina; es decir, de Competencias Ciudadanas.
ACCIONES CORRECTIVAS / REPARADORAS / RESTAURATIVAS / DECISIÓN
1. Llamado de atención verbal e identificación de la falta
2. Llamado de atención escrito 3. Convocatoria e información a Padres de Familia (en caso de reincidencia)
4. Atención por Psico-orientación (en caso de reincidencia)
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
81
Artículo 89º. Situación Tipo II. Según el artículo 40 del Decreto 1290 Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
Artículo 90º. Acciones de Situación Tipo II. Las acciones que serán consideradas Tipo II son:
1. Reincidencia en faltas Tipo I 2. Manifestar desobediencia o negligencia frente a las decisiones de las autoridades de la
Institución. 3. Interrumpir las actividades académicas curriculares y extra curriculares bajo cualquier
circunstancia, incluyendo la utilización de instrumentos, medios, mecanismos y actos de mal comportamiento que impidan su normal desarrollo, dentro del aula o en las salas especializadas de las Áreas. Esto incluye el uso de celulares y la venta de minutos dentro de la Institución
4. Hacer apuestas o practicar juegos de azar. 5. Ausentarse de las celebraciones del Colegio sin autorización 6. Usar indebidamente los baños, rayar en sus paredes y/o puertas. 7. No informar a los Padres de Familia sobre las actividades programadas por la Institución y
no traer firmados los desprendibles y autorizaciones de las circulares a ellos enviadas, cuando se requiera para una determinada actividad.
8. Acceder a dependencias o archivos de la Institución no autorizados para Estudiantes. 9. Cambiar de ruta, si está tomando el servicio de transporte escolar. 10. Inducir a los miembros de la Comunidad Educativa al incumplimiento y violación de los
derechos y deberes contemplados en este Manual de Convivencia. Así mismo, ser cómplice de las o los compañeros en sus ausencias, retardos o cualquier falta de honestidad que vaya en contra de la comunidad
11. Irrespetar las creencias, prácticas religiosas y los símbolos patrios nacionales e institucionales.
12. Traspasar los límites de relación Estudiante – Docente a través de llamadas, mensajes escritos, salidas, encuentros en reuniones sociales y/o fiestas.
13. Tener un comportamiento no moderado en actos cívicos, ceremonias religiosas o civiles, actos y salidas culturales, ecológicas, deportivas, convivencias, retiros, servicio social, actividades extracurriculares.
14. Distribuir, traer y/o prestar revistas o material pornográfico, al igual que acceso a Internet con este fin causando daño moral a otras personas.
15. Realizar actividades relacionadas con el estudio, práctica y experimentación de fenómenos parasicológicos.
16. Faltar al Colegio, a pesar de que salió de la casa con el uniforme como cuando va a cumplir con la jornada escolar, engañando a los Padres de Familia y al Colegio.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
82
17. Establecer o estar en unión marital. 18. Efectuar negocios, ventas e intercambios de objetos en el Colegio. 19. Hacer mal uso del Internet y utilizarlo para la búsqueda de páginas no educativas y
pornográficas. 20. Generar conflictos que tipifiquen situaciones de Bullying y Ciberbullying, en cualquiera de
sus modalidades, teniendo en cuenta las características que presenta la ley 1620 de 2013 y el decreto 1965 de 2013.
21. Rayar, pintar y/o dibujar en bienes muebles o inmuebles, haciendo la aclaración que este es un daño de especial gravedad pues lo que está dañando es un bien ajeno
22. Retirarse del Colegio sin el debido permiso de las autoridades de la Institución y sin la respectiva autorización escrita del Padre de Familia.
23. Recolectar dineros, hacer rifas, ventas u otras actividades que ocasionen gastos sin la autorización de la Rectora.
24. Traer cigarrillos y/o fumar dentro o fuera del Colegio portando o no el uniforme, dentro de la Jornada Escolar.
25. Ingerir licor u otras substancias dentro o fuera del Colegio, portando o no el uniforme, dentro de la Jornada Escolar.
26. Todas las situaciones que establezca la ley, las directivas del Colegio y el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Parágrafo Único. En caso de encontrarse ventas dentro de la Institución, los artículos serán decomisados y entregados a la fundación a la cual apoya el Colegio.
Artículo 91º. Protocolo para la Atención y Seguimiento Situación Tipo II. Las situaciones de Tipo II., son atendidas por el Comité Escolar de Convivencia del Colegio Eucarístico De Santa Teresa, aplicando un protocolo que respeta el debido proceso. El protocolo a seguir en las situaciones de tipo II se fundamenta en la Ley 1620 de 2013 y en el Decreto 1965 de 2013 en el artículo 41 que dice: Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; y el artículo 43 que establece el procedimiento a seguir en la situaciones de tipo II atendiendo las siguientes acciones:
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DE SITUACIÓN TIPO II.
CONDUCTO REGULAR DEBIDO PROCESO Es la cadena jerárquica para acudir, notificar y atender asuntos de inconformidad, problemas o situaciones que afectan lo académico o la convivencia escolar. 1. Docente que conoce la falta 2. Director(a) de Curso. 3. Coordinación de Convivencia 4. Padres de Familia 5. Psico-orientadora
Es el ordenamiento secuencial, lógico y oportuno que debe seguirse en cada acción disciplinaria (académica o de convivencia), para proteger el Derecho a la defensa del estudiante.
1. Que se presuma su inocencia mientras no se compruebe lo contrario. 2. Que se le notifique y explique con claridad en que consiste el presunto
incumplimiento de los deberes que se le imputa 3. Que se le escuche en el curso de un proceso y se examinen las pruebas que
obran en su contra y también las que constan a su favor dándole la posibilidad de examinar la prueba por sí mismo para determinar su responsabilidad o inocencia (si el caso lo amerita).
4. Disponer de un mínimo de tiempo para su defensa. 5. A interponer los recursos de apelación o reposición a que tiene derecho. 6. A que la acción correctiva guarde la debida proporcionalidad entre la falta
cometida y la Acción correctiva a imponer.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
Fija los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
83
afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (Decreto 1965, Artículo 41). 1. Atención inmediata: En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Remisión: El o la docente que conozca la falta, comunicará de manera inmediata al o la director(a) de grupo y a la Coordinación de Convivencia para identificar y analizar el tipo de situación presentada, para así, remitir el caso al Comité Escolar de Convivencia. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. Atendiendo al conducto regular y al debido proceso Llamarán a la o el estudiante que presentó dicha situación para que realice sus respectivos descargos. 3. Proteger a los involucrados: Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia (se protege a la víctima, al agresor y a quien denunció la situación). 4. Información inmediata: Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. Actuación de la cual se dejará constancia. 5. Exposición de los implicados: Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 6. Acción correctiva, formativa, restaurativa y/o reparadora: Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. Se establecen, compromisos por escrito en el Observador Estudiantil y notificarle que debe presentar un Trabajo Pedagógico y Formativo, acta de compromiso disciplinario, se afecta su calificación de Competencias Ciudadanas (disciplina). Esta situación se remitirá a Psico-orientación para que haga el seguimiento respectivo; el Observador Estudiantil debe ir firmado por: Docente que conoce de la falta, Director(a) de Curso, Coordinación de Convivencia, estudiante y padres de familia o acudiente. 7. Información al comité: El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965. 8. Constancia / acta: El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. Parágrafo 1. Cuando el Comité Escolar de Convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del presente Decreto. Parágrafo 2. Para cada una de las situaciones de Tipo II, después de aplicar el debido proceso y comprobar la culpabilidad del estudiante, el Comité Escolar de Convivencia, está facultado para tomar decisiones, aplicar las acciones correctivas y formativas al estudiante, dependiendo la gravedad de la situación. Las decisiones y acciones correctivas (después de un análisis de la situación), dan como consecuencia la valoración de Desempeño Bajo en Competencias Ciudadana, se sigue además una reflexión, compromiso del estudiante, pedir disculpa en privado o pública según el caso, repara el daño y se asegura un seguimiento del proceso de convivencia. Parágrafo 3. Para el proceso de seguimiento, el Comité Escolar de Convivencia, remite el caso a Psico-orientación que atenderá a la o el Estudiante por la situación presentada, teniendo en cuenta, lo consignado en el Observador Estudiantil. De esta atención se dejará evidencia en el Observador Estudiantil junto con un informe donde exprese la situación de la o el Estudiante y las estrategias a seguir. Se reunirán Coordinación de Convivencia y Psico-orientación para planear el trabajo pedagógico, y formativo realizando un acta de dicha reunión. En el Observador Estudiantil se informará la elaboración de dicha acta. Tanto a los padres como al o la estudiante se les pondrá en conocimiento sobre la estrategia que se aplicará que es la Jornada de Trabajo Pedagógico y Formativo y el día que debe presentarlo. Luego ellos, consignarán su reflexión frente a lo presentado en la reunión en el Observador Estudiantil y se anexará el trabajo presentado. El Observador Estudiantil debe ir firmado por: Coordinación de Convivencia, Psico-orientación, Padres de Familia y Estudiante.
PROCESO QUE SE SIGUE EN LAS REINCIDENCIAS TIPO II.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
84
1. Segunda reincidencia: Si la o el Estudiante reincide en la situación de Tipo II., el o la Director(a) de Grupo y la Coordinación de Convivencia, convocarán y remitirán el caso al Consejo de Grado para que estudie e investigue la situación a partir de la identificación, documentación y análisis. De esta investigación y estudio se dejará un acta y se consignará en el Observador Estudiantil que se elaboró el acta y la convocatoria de dicha instancia. En esta fase el Observador Estudiantil debe ir firmado por: Director(a) de Grupo, Coordinación de Convivencia y quien presida el Consejo de Grado. Posterior a este análisis, el Consejo de Grado remitirá la situación al Comité Escolar de Convivencia que aplicará el Protocolo de Situación Tipo II. Psico-orientación hará seguimiento a la o el Estudiante por la situación presentada, teniendo en cuenta, lo consignado en el Observador Estudiantil. De esta atención se dejará evidencia en el Observador Estudiantil junto con un informe donde exprese la situación de la o el Estudiante y las estrategias a seguir. En esta fase, el Observador Estudiantil debe ir firmado por: Psico-orientación y Estudiante. Parágrafo: para ofrecer una información objetiva al Comité Escolar de Convivencia, el Equipo de Mediación intervendrá la situación: investigándola, documentándola y analizándola. Luego llamará a la o el estudiante para que realice sus respectivos descargos y guiándola para que realice compromisos cumplibles frente a la situación. De esta reunión se dejará acta y se consignará en el Observador Estudiantil la elaboración de ésta. El equipo de mediación remite el caso al Consejo de Grado. En esta fase el Observador Estudiantil debe ir firmado por: Quien preside el equipo de mediación y la o el Estudiante que cometió esta situación.
ACCIONES CORRECTIVAS / REPARADORAS / RESTAURATIVAS / DECISIÓN
1. Trabajo formativo y Pedagógico
2. Amonestación ante el Consejo de Grado. 3. Mediación Escolar
4. Desempeño Bajo en Competencia Ciudadanas (disciplina) 5. Acta de compromiso disciplinario
6. Matrícula en Observación Por reincidencias de Tipo II: Suspensión o Retiro definitivo de la o el Estudiante
Artículo 92º. Situación Tipo III. Según el artículo 40, numeral 3, Corresponden a este Tipo, las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
Artículo 93º. Acciones: Situaciones Tipo III. Se consideran acciones de situaciones de Tipo III., las siguientes: 1. Reincidencia en faltas de especial gravedad, cuando por causales de agravación se sustenta la
comisión de un delito. 2. Actuar contra la honradez en acciones como hurto, malversación de fondos, disposición
irregular de dineros del curso, trampa, fraude, engaño. 3. Incurrir en actos de suplantación, encubrimiento, engaño y soborno en todas sus dimensiones. 4. Portar, consumir, inducir a consumir, distribuir, comprar o vender sustancias psicoactivas
ilícitas o licitas (alcohol, tabaco y medicamentos de venta controlada), dentro o fuera del colegio o utilizando para estas mismas acciones actividades escolares extracurriculares donde el nombre del plantel educativo sea utilizado para dicho accionar, portando o no el uniforme. Acarreará las sanciones establecidas en el presente Manual de Convivencia acorde a la situación en particular.
5. Adulterar o falsificar documentos: certificados, permisos, excusas, informes académicos,
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
85
planilla de valoraciones, trabajos ya corregidos, constancias, informes, recibos de pago, circulares, comunicados, sellos, falsificar firmas, suplantar personas, usar sello y firmas de la Institución para cometer fraude y falsedad en documentos.
6. Ser encontradas cometiendo actos delictivos en almacenes de cadena o supermercados. 7. Frecuentar lugares indebidos y/o ser motivo de escándalo para el Colegio Eucarístico de Santa
Teresa. 8. Práctica de ritos satánicos, espiritismo, brujería y actividades de pandillas dentro y fuera del
Colegio, dentro de la jornada escolar. 9. Prostitución, trata y corrupción de menores. 10. Piromanía en cualquiera de sus manifestaciones. 11. Porte o uso de armas de fuego o corto punzantes, gases paralizantes o material tóxico que
atenten bajo cualquier circunstancia contra la integridad de la estudiante o de alguno de los miembros de la Comunidad Educativa.
12. Practicar el aborto o llevar a otros esta práctica. 13. Agredir física, verbal y psicológicamente a cualquiera de los miembros de la Comunidad
Educativa utilizando medios y objetos que lleven a tipificar la comisión de un delito. 14. Desacreditar, difamar o calumniar el Colegio y su filosofía o a cualquier miembro de la
comunidad Educativa utilizando palabras, grafitis, escritos, críticas destructivas o cualquier otro medio.
15. Las demás que establezcan la Ley, las directivas del Colegio, y el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Artículo 94º. Protocolo nacional en las situaciones de tipo III El protocolo a seguir en el Colegio Eucarístico De Santa Tersa en las situaciones de tipo III., se fundamenta en la Ley 1620 de 2013 y en el decreto 1965 de 2013 en el artículo 41 que dice: Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; y el artículo 44 que establece el procedimiento a seguir en la situaciones de tipo III., aplicando el debido proceso y atendiendo las siguientes acciones:
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DE SITUACIÓN TIPO III. CONDUCTO REGULAR DEBIDO PROCESO
Es la cadena jerárquica para acudir, notificar y atender asuntos de inconformidad, problemas o situaciones que afectan lo académico o la convivencia escolar. 1. Docente que conoce de la falta 2. Director(a) de Curso. 3. Coordinación de Convivencia 4. Psico-orientación 5. Consejo de grado 6. Comité Escolar de Convivencia.
Es el ordenamiento secuencial, lógico y oportuno que debe seguirse en cada acción disciplinaria (académica o de convivencia), para proteger el Derecho a la defensa del estudiante. 1. Que se presuma su inocencia mientras no se compruebe lo contrario. 2. Que se le notifique y explique con claridad en que consiste el presunto
incumplimiento de los deberes que se le imputa 3. Que se le escuche en el curso de un proceso y se examinen las pruebas que
obran en su contra y también las que constan a su favor dándole la posibilidad de examinar la prueba por si mismo para determinar su responsabilidad o inocencia (si el caso lo amerita).
4. Disponer de un mínimo de tiempo para su defensa
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
86
7. Equipo de Mediación 8. Consejo Directivo 9. Rectoría
5. interponer los recursos de apelación o reposición a que tiene derecho. 6. que la acción correctiva guarde la debida proporcionalidad entre la falta cometida
y la Acción correctiva a imponer.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN TIPO III. Fija los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (Decreto 1965, Artículo 41).
1. Atención inmediata: En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
2. Información inmediata: Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3. Informar a la policía: La presidenta del Comité Escolar de Convivencia, es decir, la rectora, de manera inmediata y por el medio más expedito (según el caso) pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
4. Citación al Comité Escolar de Convivencia: No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el Manual de Convivencia. De la citación se dejará constancia.
5. Reporte al Comité Escolar de Convivencia: La presidenta del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes del comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.
6. Protección a los implicados: Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
7. Acciones correctivas y formativas: después de aplicarse el debido proceso y comprobarse la culpabilidad del o de los implicados; el Comité Escolar de Convivencia tomará la siguiente decisión: Retiro Inmediato y Definitivo del Colegio Eucarístico de Santa Teresa.
8. Acciones restaurativas: Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
9. Constancia / acta: El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
10. Reportar al aplicativo: La presidenta del Comité Escolar de Convivencia; es decir, la rectora, reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Se convocará al Consejo Directivo para exponer la falta de especial gravedad cometida por la o el estudiante, el agravante de la comisión de un posible hecho punible el seguimiento realizado hasta el momento y la sanción de retiro inmediato y definitivo del Colegio y por consiguiente de la Cancelación del Contrato de Prestación de Servicios Educativos. De ésta reunión quedará la respectiva acta de aprobación de la decisión y en el Observador Estudiantil se consignará la realización de la misma junto con el motivo. En esta fase el Observador Estudiantil debe ir firmado por: Rectoría y Secretaría de Consejo Directivo
11. Seguimiento: Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.
ACCIONES CORRECTIVAS / REPARADORAS / RESTAURATIVAS / DECISIÓN
1. Denuncia inmediata
2. Retiro inmediato y definitivo del Colegio Eucarístico de Santa Teresa
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
87
Parágrafo 1. Para cada una de las situaciones descritas anteriormente el Comité Escolar de Convivencia está facultado para aplicar acciones correctivas y restaurativas o tomar decisiones sobre la continuidad del estudiante en la Institución; en estos casos, según el análisis que se haga de la situación, la decisión podrá ser: la suspensión del estudiante por diez días, o impedir la asistencia o participación del Estudiante en los actos de clausura del Colegio y/o proclamación de bachilleres, o se impondrá una matrícula condicional, o pérdida del cupo escolar para el año siguiente, o Aprendizaje Autónomo bajo concertación con los Padres de Familia o la Cancelación de la matrícula de manera inmediata. Si la acción correctiva es de suspensión de varios días, entonces realizará un trabajo de Competencias Ciudadanas que se lo asigna el director de sección.
Parágrafo 2. Según la Ley de Infancia y Adolescencia en el Artículo 44. Numerales 2 y 7, se obliga a las Instituciones Educativas, sus Directivas y Docentes a informar a los Padres de Familia y a la Autoridad Competente de la Jurisdicción, cuando un menor de edad se halle en situación de riesgo, incluido el consumo de sustancias psicoactivas ilícitas, licitas y medicamentos de venta controlada. Como también según esta misma Ley en los Artículos 18 y 20 que al presentar este tipo de problemáticas por la Estudiante, se obliga a los padres o acudientes en forma inmediata a responsabilizarse, acudir y participar en un programa de ayuda dado por instituciones
especializadas para estos casos. En los casos en que la familia por situación económica no pueda solventarlo, ser remitido de manera inmediata al ICBF de su jurisdicción.
Parágrafo 3. Portar, consumir, inducir a consumir, distribuir, comprar o vender sustancias psicoactivas ilícitas o licitas (alcohol, tabaco y medicamentos de venta controlada), dentro o fuera del colegio o utilizando para estas mismas acciones actividades escolares extracurriculares donde el nombre del plantel educativo sea utilizado para dicho accionar, portando o no el uniforme, acarreará no solamente las sanciones establecidas en el presente Manual de Convivencia acorde a la situación en particular, sino a los requerimientos de Ley .
Artículo 95º. De la Normalización Escolar
La Normalización es el producto de unos valores que hacen parte de la convivencia de una Institución, en este caso del Colegio Eucarístico de Santa Teresa. Por esta razón al interpretar la Norma se busca establecer si ella asume los valores del ser humano y responde a sus necesidades, dentro del marco de Normalización que el Colegio debe fomentar y regular en los miembros de la Comunidad Educativa.
Los aspectos de la normalización escolar, son:
Artículo 96º. Conducto Regular
Una de las pautas de la Regulación del Manual de Convivencia con respecto a la protección de los derechos, al cumplimiento de los deberes y a la corrección y sanción de las faltas en su diferente gradualidad, es el Conducto Regular, el cual debe ser conocido y manejado de manera estricta, no solamente por la o el Estudiante, sino por los miembros de la Comunidad Educativa. Teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad, el conducto regular del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, es:
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
88
1. Docente que conoce de la falta.
2. Director(a) de Grupo.
3. Coordinación de Convivencia y Académica.
4. Área de Psicoorientación.
5. Consejo de Grado.
6. Consejo Académico
7. Comité de Convivencia.
8. Equipo de Mediación.
9. Consejo Directivo.
10. Rectoría.
Parágrafo 1. Dependiendo de la gradualidad y de la tasación de la falta, el Conducto Regular podrá obviarse en alguna de sus instancias de acuerdo a las funciones que estas adquieran dentro de la solución de la falta. Lo anterior significa que en algunos casos la Rectora teniendo en cuanta la Equidad y el Bien Común del Colegio podrá tomar decisiones autónomas.
Parágrafo 2. Todos y cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa deberán respetar y velar por el cumplimiento del Conducto Regular.
Artículo 97º. De las Causales
Dentro de las Causales frente a la falta se encuentran: Causales de Atenuación y Causales de Agravación. El requerimiento de dichas causales es:
1. Causales de Atenuación
Son causales de Atenuación:
a. La edad, el desarrollo mental, afectivo y social, las circunstancias familiares, personales o sociales.
b. El haber observado Excelente conducta y no haber tenido llamados de atención en procesos anteriores
c. Haber sido inducida u obligada a realizar una acción o hecho
d. El reparar el daño y el restablecimiento del derecho
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
89
2. Causales de Agravación
Son causales de Agravación:
1. La reincidencia en el incumplimiento de los deberes o en la transgresión de las prohibiciones
2. La reincidencia en faltas, atendiendo a su naturaleza de leves, graves, de especial gravedad y aquellas que superan el ámbito escolar.
3. En el efecto o daño que pueda generar la conducta nociva de la o el Estudiante en la Comunidad Educativa
4. El haber empleado en la ejecución de un hecho u acción un medio y/o instrumento que atenten contra la vida, dignidad e integridad de la persona o de la Comunidad Educativa.
5. El haber realizado un hecho u acción con intención y premeditación y con la complicidad y
cooparticipación de otras personas.
6. La manifestación clara e inequívoca de obrar de mala fe o de voluntad manifiesta de haber querido causar daño a alguien en particular perteneciente a la Comunidad Educativa.
7. El grado de culpabilidad de la falta.
8. La trascendencia social de la falta o el perjuicio causado. Hay que tener en cuenta que esta trascendencia puede afectar a miembros dentro y fuera de la Institución.
9. Los motivos determinantes del comportamiento en el momento de la realización de la falta.
Artículo 98º. De los Recursos
Recurso es el medio que concede la Ley y en este caso el Manual de Convivencia a quien se siente lesionado por una decisión. Por esta razón el Padre de Familia ejerciendo la Patria Potestad de la o el Estudiante, podrá imponer los siguientes recursos:
1. Recurso de Reposición – Procede ante la autoridad competente que impuso la sanción, con el fin que se reforme o revoque dicha decisión.
2. Recurso de Apelación – Procede ante el superior inmediato de quien tomó la decisión y es con los mismos fines de la reposición.
3. Recurso de Derecho de Petición – En aplicación de la Constitución Política de Colombia en su Art. 23 y en los postulados del Manual de Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, la o el Estudiante o los Padres de Familia, podrán presentar peticiones respetuosas a las autoridades de la Institución, por motivos de interés general o particular
Parágrafo 1. Los recursos de Reposición y/o Apelación serán interpuestos por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la Notificación de la sanción o medida correctiva. El
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
90
Colegio tendrá tres (3) días hábiles para contestar a dichos recursos. Después de realizado este
proceso la o el Estudiante y la Familia será notificada por medio de un Acta Notificatoria. Resuelto, concluirá el proceso.
Parágrafo 2. Los recursos de Reposición y/o Apelación proceden para aspectos disciplinarios como Pérdida de Cupo, pérdida de año o para levantar Matrícula en Observación. En lo académico procede para revisión de exámenes o peticiones de Segundo Calificador.
Parágrafo 3. Los Derechos de Petición solamente serán recibidos durante la Jornada Laboral y no en Periodo de Vacaciones. Además debe ser entregado a la Representante Legal del Colegio.
CAPÍTULO XIII. COMPONENTE DE SEGUIMIENTO
El Colegio Eucarístico de Santa Teresa está en el compromiso de hacer seguimiento y apoyar el reporte de aquellos casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes (Ley 1620, Artículo 16).
Artículo 99º. ¿A qué se le llama componente de seguimiento?
Según el numeral 6 del Artículo 41 del Decreto 1965:
El Colegio Eucarístico de Santa Teresa debe asegurar las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva; además en el artículo 48 del Decreto 1965, se afirma que el componente de seguimiento se centrará en el registro y seguimiento de las situaciones de tipo II y III de que trata el artículo 40 del Decreto 1965, a través del Sistema de información Unificado de convivencia Escolar.
Sin perjuicio de lo anterior, los comités escolares de convivencia harán seguimiento y evaluación
de las acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación de la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Según la Guía 49 del Ministerio De Educación Nacional:
El componente de seguimiento como todo sistema, el Sistema Nacional de Convivencia Escolar
debe contar con mecanismos para evaluarse, monitorearse y resolver situaciones que obstaculicen su marcha. Deben existir mecanismos para introducir al sistema datos para su retroalimentación. Este proceso de generación y análisis de información se conoce como componente de seguimiento (p. 120).
Artículo 100º. ¿Qué se necesita para realizar el seguimiento?
Según la Guía 49 del MEN. Para que la comunidad educativa pueda llevar a cabo las actividades del componente de seguimiento, es necesario que cuente con equipos de trabajo y pueda construir
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
91
herramientas prácticas y útiles para verificar, monitorear y retroalimentar las acciones de los
demás componentes. Es decir necesita lo siguiente:
1. Grupos de trabajo: aunque el Comité Escolar de Convivencia lidera este componente, puede apoyarse en grupos ya creados en el Colegio. Igualmente, el mismo comité puede estructurar otros grupos promoviendo la participación de la comunidad educativa. Por ejemplo, conformar un grupo de estudiantes que participe en la retroalimentación de prácticas educativas que fortalecen el ejercicio de la ciudadanía y la convivencia escolar, o conformar un grupo de familia que se encargue de monitorear el proceso de ajuste del manual de convivencia.
Artículo 101º. Acciones y estrategias de seguimiento
Las acciones y estrategias de seguimiento están relacionadas con la revisión cuidadosa de los componentes de Promoción, Prevención y Atención; se comprueba qué en qué hemos cumplido, qué falta, qué funciona bien, qué funciona mal, qué falta por hacer; es decir, le hacemos tanto seguimiento a los componentes como a los estudiantes, padres de familia y docentes; a partir de esta información, determinamos una serie de estrategias y herramientas para dar cumplir con los procesos de cada componerte de la Ruta de atención integral para la convivencia escolar.
Artículo 102º. Seguimiento en el componente de promoción
El comité del componente de seguimiento, responde por el proceso de seguimiento a los cuatro componentes de la Ruta de Atención integral para la convivencia escolar.
A continuación, veamos algunos de los procesos de seguimiento que se pueden desarrollar en el componente de promoción.
1. Verificación del cumplimiento de las acciones del componente de Promoción
Según la Guía 49 y los compromisos adquiridos en el Manual de Convivencia de los estudiantes del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, algunas de las acciones que podemos revisar son:
Lista de verificación de algunas acciones del componente de promoción SI NO
Se cuenta con políticas institucionales que fortalezcan la convivencia escolar y el ejercicio de los DDHH y DHSR.
Los ajustes al manual de convivencia se realizaron de manera participativa4
Se conformó el Comité Escolar de Convivencia
La comunidad educativa participó activamente de la lectura de contexto 4
Se han ejecutado proyectos pedagógicos transversales e iniciativas para el desarrollo de competencias ciudadanas 4
Se han llevado a cabo procesos de movilización social
Todos los integrantes del componente de Promoción han cumplido con sus tareas
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
92
Algunos integrantes del componente de promoción han cumplido con sus tareas
El coordinador del componente de promoción cumplió con sus tareas
Según la Guía 49 del MEN. Una estrategia son las reuniones regulares convocadas por el Comité Escolar de Convivencia. Se sugiere hacer todo lo posible para recoger datos e identificar de fortalezas y oportunidades de mejoramiento de las acciones ejecutadas (p. 121).
1. Monitoreo de las actividades del componente de Promoción
Un ejemplo que nos ofrece la Guía 49 del MEN, para monitorear las diferentes actividades de los componentes, se observa en la siguiente tabla:
Actividades. Aciertos. Oportunidades de mejoramiento
Lecciones aprendidas
Diseño de la estrategia para
identificar factores de riesgo.
El grupo de estudiantes se
convirtió en protagonista de este
proceso.
Es necesario insistir en la participación de las
familias en este proceso.
Indagar por las motivaciones de las
personas para desarrollar estrategias.
2. Retroalimentación Según la Guía 49, la retroalimentación es la acción de entregar información para mejorar las acciones de los componentes de la ruta (observaciones, preocupaciones, sugerencias y recomendaciones sobre los procesos). A partir de la información obtenida por la verificación y monitoreo, la retroalimentación sugiere ajustes, mejoras y transformaciones. Con esta última acción se garantiza un proceso regular de evaluación y mejoramiento de la ruta. En la Tabla 19 se plantea un ejemplo de herramienta de retroalimentación.
Actividad. Lección aprendida Sugerencias.
Activación del protocolo para
situaciones Tipo II.
Existe confusión sobre los tipos de situaciones que afectan la convivencia escolar, sobre todo entre el equipo de docentes.
Es necesario construir una estrategia de formación para el equipo de docentes
sobre la categorización de las situaciones y sus respectivos protocolos. Se puede llevar
a cabo en la semana de desarrollo institucional
3. Recomendaciones Según la Guía 49 del MEN. El diseño de indicadores para logros y procesos es una acción fundamental para el seguimiento. Los indicadores son frases que describen y permiten medir el avance y el logro de objetivos en las actividades o los proyectos, es decir, permiten hacer visible la efectividad en términos de alcance de los objetivos (logro), y medición de las características y formas de actuación de acuerdo con lo planeado para la Ruta de Atención Integral (proceso). En la Tabla siguiente se plantea un ejemplo (p.22).
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
93
Actividad. Indicador de resultado. Indicador de proceso.
Ajustes al manual de convivencia en la fecha requerida.
Manual de convivencia ajustado en noviembre de 2014.
En el proceso de ajuste participan estudiantes, docentes, familias.
Diseño de prácticas pedagógicas de apoyo a la mediación.
Prácticas pedagógicas de aula y tiempo libre diseñadas.
Las nuevas prácticas se diseñan con base en una lectura de contexto participativa.
Definición de situaciones tipo I.
En el manual se tipifican cinco situaciones generales de tipo I.
Las situaciones se definen y tipifican según una historia de la convivencia en la escuela.
Definición de situaciones tipo II.
En el manual se establecen protocolos que articulan otras entidades y personas.
Se acuerda con personas y entidades externas a la escuela para establecer protocolos articulados.
Véase un ejemplo de las acciones y el proceso de seguimiento que se debe realizar en el componente de promoción según la Guía 49 del MEN:
Verificar monitorear Retroalimentar
Desarrollo de iniciativas y proyectos:
• Proyectos pedagógicos transversales.
• Iniciativas para el desarrollo de competencias
ciudadanas. • Procesos de formación
para la comunidad educativa.
• La coherencia entre la lectura de contexto y los proyectos de formación
(plan de estudios institucionales y
transversales, proyectos de aula, etc.).
Desarrollo de los proyectos e iniciativas:
¿Responden a las necesidades identificadas en las lecturas de
contexto? ¿Son coherentes con el PEI?, ¿Promueven el desarrollo de competencias ciudadanas?
¿Contemplan la participación activa de la comunidad
educativa? ¿Favorecen la transformación
de prácticas pedagógicas?
Estrategia para la identificación de debilidades y
fortalezas. • Estrategia de socialización
de resultados. • Proponer ajustes y mejoras
a partir del reconocimiento de las voces de la comunidad
educativa. • Revisión del desarrollo de competencias ciudadanas como herramienta para el
mejoramiento de la convivencia escolar.
Artículo 103º. ¿Cómo se hace el seguimiento en el componente de Prevención?
Además de aplicar las herramientas o instrumentos aquí expuestos en el Artículo 117, los pasos que se siguen para hacerle seguimiento al componente de Prevención según la Guía 49 del MEN, son: 1. Establecer criterios y definir personas encargadas, 2. Diseñar estrategias pedagógicas, 3. Registrar y reportar la información pertinente, 4. Compartir en los espacios creados, las estrategias y prácticas identificadas (p.126).
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
94
Artículo 104º. ¿Cómo se hace el seguimiento en el componente de Atención? Según la Guía 49 del MEN. Los pasos que se siguen para hacerle seguimiento al componente de Atención son: 1. Proceso de socialización de los protocolos diseñados, 2. Establecer jornadas de capacitación sobre los protocolos y 3. Diseñar estrategias de seguimiento a los casos que afectan la convivencia escolar y sus respectivas estrategias de solución. Además, los responsables del Componente de Seguimiento, son quienes diseñan estrategias e instrumentos para hacerle seguimiento a los estudiantes reportados con situaciones de Tipo II y Tipo III.
CAPÍTULO XIV. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
“Procuren no sólo instruir su inteligencia, sino muy especialmente llenar de hermosas flores su corazón” María del Refugio, fundadora.
Artículo 105º. Comité Escolar de Convivencia
Todas las instituciones educativas y centros educativos oficiales y no oficiales del país deberán conformar el Comité Escolar de Convivencia, encargado de apoyar la labor de promoción, atención y seguimiento a la Convivencia Escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del Manual de Convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar.
El Comité Escolar de Convivencia es el máximo organismo encargado de identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que· éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. (art. 22-27 del Dec. 1965).
El Comité Escolar de Convivencia es un órgano consultor de la Rectora y del Consejo Directivo que busca entre otras funciones, prestar apoyo a las decisiones que en primera instancia adopta la Rectora con respecto a la solución de problemas, hechos y situaciones disciplinarias de las o los Estudiantes.
Artículo 106º. Conformación
Para el Colegio Eucarístico de Santa Teresa, el Comité estará conformado por
1. Rectora, quien preside el Comité
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
95
2. Personera(o) Estudiantil
3. Psicoorientadora
4. Coordinadora de Convivencia
5. Representante del Consejo de Padres
6. Representante del Consejo Estudiantil
7. Docente que lidere procesos de convivencia escolar, para este caso será uno de primaria y uno de bachillerato
Parágrafo. Único: En el Comité Escolar no podrá estar un integrante que tenga relación familiar con las personas implicadas en los conflictos que estudia dicho comité, por eso por medio del acta se deberá declarar impedida.
Artículo 107º. Funciones del Comité Escolar de Convivencia
De acuerdo con la ley 1620 de 2013, son funciones del Comité Escolar de Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la Comunidad Educativa.
3. Promover la vinculación del Colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la ciudad de Cartagena y que respondan a las necesidades de su Comunidad Educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la Comunidad Educativa. La o el estudiante estará acompañada por el Padre de Familia y/o Acudiente.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revisten las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual
deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
96
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio del Colegio y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
9. Garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que este adelante, conforme en lo dispuesto en la constitución política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.
Artículo 108º. Sesiones
El Comité Escolar de Convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses.
Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del Comité Escolar de Convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del
mismo.
Artículo 109º. Quorum Decisorio
El quorum para decidir será con 5 de los integrantes del Comité, la única persona que no podrá faltar es quien la preside que es la Rectora. De esto quedará constancia en el acta que tendrá la estructura que permite el art. 10 del Decreto 1965 de 2013.
Artículo 110º. Plan de apoyo al Comité Escolar de Convivencia
1. De la mediación escolar
Es un sistema de Negociación asistida mediante el cual las partes en conflicto intentan resolverlo por sí mismas con la ayuda de un tercero imparcial que actúa como favorecedor y conductor de la comunicación. Es conveniente que este evento quede registrado en el Observador Estudiantil y en el acta de mediación que lleve el tercero imparcial.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
97
2. Equipo de Mediación
El Comité Escolar de Convivencia, en compañía de la Rectora deberán organizar un Equipo de Mediación que esté estructurado por:
a. Un docente que conozca de conflictos
b. Dos estudiantes del Grado en el cual se encuentran las o los Estudiantes en conflicto.
c. Coordinación de Convivencia
d. Área de Psicología
e. Director (a) de curso de la o el Estudiante
f. La Personera (o) del Colegio
3. Funciones del Equipo de Mediación
Son funciones del Equipo de Mediación:
1. Llevar a cabo las mediaciones para las cuales sea solicitado.
2. Hacer propuestas de prevención de conflictos.
3. Colaborar con el Comité Escolar de Convivencia y demás organismos del Colegio, para el
esclarecimiento de los hechos que se presenten a nivel individual o a nivel Grupal.
4. Promover la inserción de la Mediación en documentos Institucionales.
5. Favorecer el proceso de mejora de los Mecanismos Alternativos de Mediación de Conflictos.
6. Buscar estrategias para difundir la Mediación entre los miembros de la Comunidad Educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa.
7. Elaborar protocolos de Actuación frente a los grupos que presentan algún problema de Convivencia.
8. Elaborar y desarrollar un Plan de Evaluación del funcionamiento de la Mediación en el Colegio.
9. Garantizar la equidad a la o el Estudiante y/o docentes que presenten por escrito la solicitud de Mediación ya sea por parte de ellos o por los organismos de la Institución.
4. Proceso de Mediación
Las fases que debe presentarse al momento de realizarse la mediación son las siguientes
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
98
1. Creación de las condiciones y garantías para realizar la mediación.
2. Presentación de la Agenda de Mediación, con la finalidad de crear confianza entre el Equipo de mediación y los Estudiantes en conflicto.
3. Escuchar la versión de los Estudiantes en conflicto sobre el conflicto a mediar, esto debe quedar consignado en el Acta que realice el equipo de Mediación.
4. Identificación y análisis del conflicto, donde se identifican las situaciones del Conflicto, los puntos de convergencia y divergencia del conflicto, según la versión de cada parte.
5. Proposición de Soluciones. En esta fase del proceso se presentan las posibles estrategias que podrían ayudar a solucionar el conflicto. El Equipo Mediador sólo sugiere, pero quienes al final toman las posibles soluciones son los estudiantes que van a mediar.
6. Realización de Acuerdos. En esta fase se definen con claridad los acuerdos, los cuales deben ser equitativos, claros y posibles. Estos deben quedar consignados en el Acta de Mediación.
7. Se realizará un seguimiento de los acuerdos, por parte del equipo de Mediación y del Comité Escolar de Convivencia.
8. El Equipo de Mediación realizará un informe de lo realizado al Comité Escolar de Convivencia, quien a su vez elaborará un informe con copia al Consejo Directivo y a la Rectora, para su estudio y posterior decisión.
Parágrafo 1. Es conveniente aclarar que cada uno de los pasos del Proceso debe quedar consignado en el Observador Estudiantil, con la firma de los miembros del Equipo y de los Estudiantes en conflicto. El Comité de Convivencia citará a los Padres de Familia de la o el Estudiante, para informarles del proceso realizado con los Estudiantes, de las estrategias de solución y de las decisiones subsiguientes a dicho proceso. La firma de los Padres debe ir en el Acta de Reunión del Comité Escolar de Convivencia en el cual se notifica a los Padres de Familia y a los Estudiantes.
Artículo 111º. Reglamento del Comité Escolar de Convivencia Integridad: Los integrantes del Comité Escolar de Convivencia demostrarán buen trato, inclusión, respeto, interlocución respetuosa, amabilidad y disposición de servicio. Sesiones: Atendiendo al Decreto 1965 en su Artículo 23, el Comité Escolar de Convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo. Presidente: el rector es el presidente del Comité Escolar de Convivencia que no podrá sesionar sin la presencia del presidente o su delegado. El presidente del comité podrá delegar a quien le sigue en su cargo, para que lo reemplace en una de estas sesiones. El comité podrá invitar con voz pero
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
99
sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información (Artículo 24, Decreto 1965). Citación para sesionar: La Secretaría del COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, enviará citación a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia, para que asistan a las sesiones ordinarias con una antelación no inferior a diez (10) días a la fecha de celebración de las mismas, acompañada de la información y documentación necesaria, que será tratada en la respectiva sesión. Citación extraordinaria: Cuando el Presidente (o su delegado) del Comité Escolar de Convivencia convoque a sesiones extraordinarias, la Secretaría, citará de inmediato y por el medio más expedito a los integrantes del Comité y les hará llegar la información y documentación necesaria, que será tratada en la respectiva sesión (véase Artículo 8, Decreto 1965 de 2013). Actas: De todas las sesiones que adelante el Comité Escolar de Convivencia se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 10 del decreto 1965. Componentes del acta: 1. Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión. 2. Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la
entidad o sector que representan y verificación del quórum. 3. Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para no
asistir a la sesión. 4. Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del Comité. 5. Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas
recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones. 6. Firma del Presidente del Comité y del Secretario Técnico, una vez haya sido aprobada por los
asistentes. Confidencialidad: Según el Decreto 1965, el comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. Atención: El Comité Escolar de Convivencia se abstiene de atender a estudiantes, padres de familia, docentes o cualquier otro integrante de la comunidad educativa o miembro externo que se presente con una actitud agresiva u hostil; puesto que todas las sesiones y atenciones, se desarrollan en un ambiente de respeto y amabilidad de todas las partes. Cumplimiento: Todos los miembros del Comité Escolar de Convivencia, están obligado a asistir a todas las reuniones oficiales y extraordinarias, de no poder asistir, asegurarán su reemplazo según el cargo o personas a las que está representando; si es un estudiante, su reemplazo será otro estudiante; si es un docente, su reemplazo será otro docente. Ausencia del rector: Si la máxima autoridad del Comité Escolar de Convivencia no se encuentra en el momento de una situación urgente de tipo II, o de Tipo III, la vicerrectora, podrá convocar y
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
100
dirigir la reunión con su respectivo procedimiento, aplicación del Protocolo, debido proceso que quedará consignado en el acta. Acciones o decisiones: Según el Decreto 1965 en el Artículo 26, el Comité Escolar de Convivencia, en el ámbito de sus competencias, desarrollará acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a partir de la implementación, desarrollo y aplicación de las estrategias y programas trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar y por el respectivo comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar, dentro del respeto absoluto de la Constitución y la Ley. Seguimiento: El Comité Escolar de Convivencia realizará el análisis y seguimiento a cada una de las situaciones que atiende, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el Artículo 44 del Decreto 1965 de 2013. Comunicación del Presidente: La presidenta del Comité Escolar de Convivencia se asegurará que todos los miembros de este comité se enteren de los procesos, situaciones atendidas y las decisiones tomadas; reportará la información del caso tratado al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Programas y/o Proyectos: El Comité Escolar de Convivencia Escolar armonizará y articulará las políticas, programas, proyectos, estrategias y emitirá los lineamientos relacionados con la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia de los estudiantes de los niveles educativos de preescolar, básica y media en coordinación con el proyecto de Convivencia y Paz del Colegio. Intimidad y Confidencialidad: Garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que el Comité Escolar de Convivencia adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. Conflictos de Interés y Causales de Impedimento y Recusación: Según el Decreto 1965, del Artículo 27, cuando en las actuaciones adelantadas por parte de los comités escolares de convivencia de los establecimientos educativos oficiales se presenten conflictos de interés o causales de impedimento o recusación, respecto de los integrantes que ostenten la calidad de servidores públicos, los mismos se tramitarán conforme a lo establecido en los Artículos 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011. Responsabilidades de sus miembros: Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
101
Si un integrante del Comité Escolar de Convivencia presenta problemas de convivencia evidenciados con otros miembros de la comunidad educativa, este cederá su responsabilidad a un docente, estudiante o padre de familia según su representación.
CAPÍTULO XV. REGLAMENTOS PARTICULARES
“La razón, por más que esté iluminada por magníficos principios no mueve a la voluntad, sino con lentitud abrumadora, y muchas veces es impotente para obligarla a obrar”. María del Refugio,
fundadora
Los reglamentos particulares de algunas dependencias del Colegio, se establecerán a través de Protocolos de actuación, los cuales serán de estricto cumplimiento, pues en caso contrario se dará una tipificación de la falta en cualquiera de sus clasificaciones, atendiendo a las causales de agravación de las mismas.
Artículo 112º. Presentación Personal
El protocolo de actuación frente a la presentación personal es el siguiente:
1. La o el estudiante deberá portar el uniforme de manera adecuada, demostrando su sentido de identidad y pertenencia a la Institución.
2. El uniforme es un elemento de identidad, pertenencia y lealtad Institucional. Por lo tanto debe ser llevado en forma adecuada y con el debido respeto tanto dentro como fuera del Colegio. Se debe evitar entrar con él a lugares recreativos, tiendas, bares, centros comerciales, discotecas, heladerías, casinos entre otros.
Uniforme de diario obligatorio:
Jardinera vino tinto a cuadros según el modelo aprobado por el Consejo Directivo, a mitad de
rodilla. Debe permanecer abotonada. De lo contrario se considerará como falta. Camisa blanca con logotipo bordado a lado izquierdo. Zapatos vino tinto, suela blanca, de acuerdo al modelo aprobado por el Consejo Directivo (no se aceptan otros modelos). Medias blancas con vivos vinotinto, con altura a media pierna. (Diseño exclusivo de la Institución).
Uniforme de Educación Física.
Falda vinotinto con logotipo del lado derecho, a la altura de la rodilla. Suéter blanco con vivos vinotinto en el pecho, al lado izquierdo tiene el escudo del Colegio. Tenis blanco, de acuerdo al modelo aprobado por el Consejo Directivo de la Institución (no se aceptan otros modelos). Medias blancas con vivos vinotinto, con altura a media pierna. (Diseño exclusivo de la Institución).
3. Portar el uniforme de diario de forma adecuada según modelo y color establecido por el Colegio. La jardinera a mitad de rodilla acorde a los parámetros del Colegio, debe permanecer abotonada, blusa blanca con el logotipo bordado al lado izquierdo, debe estar abotonada
desde el segundo botón.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
102
4. Portar el uniforme de educación física de forma adecuada, solamente los días en que tenga
clase de Educación Física o cuando este sea solicitado por una de las directivas del Colegio.
5. Asistir obligatoriamente con el uniforme completo según modelo y de acuerdo con el horario establecido por la institución.
6. Portarlo siempre con orgullo, dignidad y pulcritud el mismo.
7. Utilizar solo reloj y aretes sencillos (sin colores vistosos) evitando objetos de valor.
8. Asistir al colegio con una presentación personal excelente y armoniosa, por lo tanto, las uñas deben estar sin pintar, el cabello sin tinturas, sin maquillaje, tatuajes o piercing.
9. Presentarse con un corte y peinado adecuado, que no obstaculicen la visión, atención y concentración en las actividades académicas.
10. Portar el uniforme solo en la Jornada Escolar.
11. Portar el Carné Estudiantil, el Carné del Seguro y el documento de identidad en forma adecuada dentro y fuera de la Institución.
12. Utilizar moños y lazos del cabello de colores: Negros, Rojos, Blancos o Vino Tinto del tono del uniforme de educación física o de diario respectivamente.
Parágrafo 1. Solo se utilizará el uniforme de educación física para clases de educación física, danzas, lúdicas o cuando el Colegio lo considere pertinente.
Parágrafo 2. Los accesorios no permitidos por la Institución serán decomisados y entregados a la fundación a la cual apoya el Colegio.
Parágrafo 3. La Estudiante que al llegar al Colegio no tenga una presentación personal de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Convivencia, se verá afectada la valoración en este ITEM en el periodo académico correspondiente.
Parágrafo 4. La estudiante que porte en sus orejas aretes adicionales, serán decomisados y entregados a la fundación a la cual apoya el Colegio.
Artículo 113º. Transporte Escolar
El protocolo de actuación frente al uso del transporte escolar es el siguiente:
1. Al momento de ingresar a la ruta, la o el estudiante deberán ser respetuosos, amables y tratar con dignidad al conductor, a la monitora, a los compañeros y a los transeúntes, teniendo en cuenta las normas de urbanidad y sana convivencia.
2. Al ingresar a la ruta, en la ruta y fuera de ella la o el Estudiante debe tener un comportamiento correcto, no gritar, no jugar, utilizar un lenguaje y vocabulario adecuado, propio de un Estudiante Eucarístico.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
103
3. Mantener la ruta en perfecto estado de orden y aseo. Por esto no se le permite consumir
ninguna clase de alimentos y bebidas y menos la venta de artículos y comestibles dentro de la misma.
4. Por seguridad la o el Estudiante no podrá hacer parar la ruta para comprar artículos y comestibles durante el recorrido.
5. Por seguridad vial, la o el estudiante debe permanecer sentado durante el recorrido.
6. Llevar el uniforme bien puesto y completo al subir y bajar de la Ruta y durante el recorrido.
7. Por seguridad de la o el Estudiante, no le está permitido utilizar rutas y paraderos contrarios al asignado.
8. Al esperar la ruta, estar con diez minutos mínimo de antelación, en el paradero asignado, favoreciendo la puntualidad .y así evitar el inconveniente que se queden; dado el caso que esto suceda la empresa contratada para el transporte no se hace responsable por el costo que genere el traslado de la o el Estudiante al Colegio.
9. Por seguridad la o el Estudiante no debe permanecer en el parqueadero del Colegio después de llegada la ruta y en la tarde deberá llegar a la misma y permanecer en ésta hasta que los vehículos salgan del Colegio.
10. Si algún Estudiante se llegara a quedar por no estar a tiempo o ausente en ese momento se reportará a la Coordinación de Convivencia y los Padres de la Estudiante tendrán que ir a recogerla al Colegio y la empresa de transporte no asume estos costos.
11. Cuando una ruta llegue tarde, la Monitora debe llevar a la o el estudiante a la oficina de la Coordinadora de Convivencia para justificar el retardo, dejando registro en el Observador Estudiantil.
12. Toda ruta de transporte debe tener una monitora la cual es responsable del comportamiento y uso adecuado de la ruta, teniendo en cuenta el reglamento interno de la misma. En caso de mal comportamiento, dará a conocer por escrito a las directivas del Colegio el hecho presentado.
13. Si la o el Estudiante no hacen uso del servicio de transporte escolar ofrecido por el Colegio no lo podrá utilizar así sea ocasionalmente.
14. Cuando por alguna razón justificada se llegase a presentar el cambio de ruta la coordinación de convivencia expedirá el respectivo Formato de Autorización. Solo se hará en casos excepcionales y si la ruta que va a usar tiene cupo disponible.
Parágrafo 1. Quien tome el servicio de transporte escolar que ofrece el Colegio lo hará firmando un contrato anual. Al firmar dicho contrato se aceptan las cláusulas consignadas en él.
Parágrafo 2. Quienes se encargan de recibir a la o el Estudiante en los paraderos, a su regreso del Colegio, deben estar al menos con diez (10) minutos de anticipación, de no encontrarse allí, la o el Estudiante se regresará al Colegio de donde deben ser retirados por sus Padres o persona autorizada por escrito. Por seguridad de la o el Estudiante quienes las reciban no deben retirarse
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
104
del lugar donde las esperan antes de un tiempo prudencial ya que circunstancias ajenas pueden
ocasionar demoras en el recorrido.
Parágrafo 3. La o el Estudiante que tenga un comportamiento no adecuado en la ruta y ocasione daños al bien común y a la convivencia social, se le sancionará e inclusive podrá perder el servicio de la ruta. Su comportamiento tiene incidencia en la Valoración Comportamental.
Parágrafo 4. Cuando causen daños a la ruta, se debe cancelar el valor de la reparación y asumir las correcciones correspondientes.
Parágrafo 5. Si por alguna razón la o el Estudiante que tomó el servicio de transporte tiene que retirarse de él, el Padre de Familia deberá mandar una carta por escrito con un mes de anticipación, anunciando su retiro.
Artículo 114º. La Biblioteca
La biblioteca presta el servicio de circulación y préstamos de libros, consulta en sala a toda la Comunidad Educativa del Colegio Eucarístico de Santa Teresa. El protocolo de actuación frente al uso adecuado de la biblioteca del Colegio es el siguiente:
1. Teniendo en cuenta que es un sitio de lectura y consulta se debe ingresar en silencio, respetando las actividades que estén haciendo cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa.
2. Tener en cuenta el horario de la biblioteca.
3. Al ingresar la o el Estudiante debe portar el uniforme completo y con las manos aseadas.
4. A la biblioteca se entra con los implementos necesarios, no ingresando por esta razón con maletas y/o loncheras, entre otros.
5. La biblioteca es un espacio de estudio donde la o el Estudiante debe abstenerse de hablar en voz alta, de comer, de jugar, y consumir alimentos y/o bebidas.
6. Cuando la o el Estudiante requiera de un libro para préstamo o renovación del mismo, deberá realizar esta acción de manera personal ante la persona encargada de la biblioteca, presentando el carné y del material cuando es renovación, siempre y cuando el libro no esté en posesión de otra(o) Estudiante. El préstamo de los libros se hace por tres días; el retardo en la entrega del libro tendrá una multa diaria de acuerdo a lo que estipule el Colegio.
7. Las Enciclopedias o diccionarios se pueden usar únicamente dentro de la Biblioteca.
8. El material bibliográfico de la colección general, que no tenga restricciones especiales, se presta a los usuarios por un período de tres (3) días calendario. Se registrará inmediatamente la
fecha en que debe ser devuelto el libro.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
105
9. En caso de pérdida del material que le ha sido prestado por la biblioteca, debe comunicarse
con la bibliotecóloga y con la almacenista para conocer las condiciones de la reposición del material.
10. Si la o el Estudiante necesita del Internet, este será exclusivamente para consultas académicas. La o el estudiante debe abstenerse de: cambiar la configuración de los protocolos, usar las conexiones telefónicas, correos electrónicos y acceder a textos, láminas o material que atente contra la moral o las buenas costumbres.
11. Al salir de la Biblioteca, las mesas y sillas deben quedar en perfecto orden y limpieza.
Artículo 115º. La Cafetería
El protocolo de actuación frente al uso adecuado de la cafetería del Colegio es el siguiente:
1. La cafetería es un servicio de alimentación que se presta a toda la Comunidad Educativa.
2. Al ingresar a la cafetería, en la hora de descanso, la o el estudiante debe respetar el orden, el aseo, y tener en cuenta las normas de urbanidad.
3. Al momento de hacer la fila, se debe respetar ésta de acuerdo al orden de llegada.
4. Respetar y dar buen trato a las personas que atienden.
5. Los alimentos comprados en la cafetería se deben consumir en los sitios señalados para ello.
6. No se debe sacar el almuerzo de la cafetería para consumirlo en otros sitios no autorizados para ello.
Artículo 116º. La Enfermería
El protocolo de actuación frente al uso adecuado de la enfermería del Colegio es el siguiente:
1. La Enfermería es un servicio de apoyo que el Colegio presta a la o el Estudiante que requieren de ella, por motivos de salud física.
2. La enfermería siempre deberá permanecer en estricto orden e higiene, teniendo en cuenta las normas de sanidad para ello.
3. La o el Estudiante al ingresar a la enfermería, deberá hacerlo en silencio, respetando a las personas que se encuentran allí y recordando que este es un sitio donde se prestan solamente primeros auxilios y no es para hacer visitas o jugar.
4. La o el Estudiante no debe solicitar medicamentos, puesto que a la enfermera no le está permitido facilitarlos, en caso tal, se llamará a los padres y se remitirá al centro de salud o clínica a la cual se encuentre adscrito el Colegio. Esto se hará de forma inmediata.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
106
5. La o el Estudiante que sufra cualquier accidente en las Instalaciones del Colegio, debe esperar a
que la Enfermera avise a sus padres para que vengan a recogerla o para enterarlos del lugar donde será llevada, si el caso así lo requiere.
6. La o el Estudiante para ser atendida en horario de clase, necesitan el permiso escrito del o la Docente correspondiente; igualmente, cuando regrese a clase debe llevar una constancia firmada por la enfermera.
7. La o el Estudiante que acuda a la Enfermería con el único objetivo de perder clase, tendrá la valoración mínima en las actividades y/o trabajos que se realicen en ese momento y el docente registrará esta situación en Observador Estudiantil.
8. En la enfermería sólo permanecerá la o el Estudiante enferma sin compañía de otros estudiantes compañeros y/o amigos.
Artículo 117º. El Auditorio
El protocolo de actuación frente al uso adecuado del auditorio del Colegio es el siguiente:
1. La finalidad del auditorio es la realización de reuniones comunitarias de carácter cultural o religioso.
2. Al ingresar al auditorio y dentro de él, la o el Estudiante debe mostrar cultura guardando silencio durante los actos que allí se realicen, no estar entrando y saliendo del mismo y no consumir ningún tipo de alimento o bebida.
3. Si la o el Estudiante con su actitud y comportamiento demuestra desinterés e irrespeto al acto y personas que lo realizan, será retirada del Auditorio y esta situación será consignada en el Observador Estudiantil.
4. Siempre respetar la asignación de puestos por Estudiante en el Auditorio, evitando de esta manera el desorden de las sillas. Esto significa que deben permanecer sentadas durante el desarrollo de los eventos planeados.
5. Si la o el estudiante causa un daño en el inmobiliario del auditorio, deberá responder por este y se dejará consignada esta situación en la ficha de seguimiento.
6. No le está permitido a la o el estudiante traer mascotas al colegio y menos ingresarlas al auditorio.
7. El Colegio se reserva el derecho de admisión y permanencia en los actos que se realicen en el Auditorio.
Artículo 118º. Los Laboratorios
El protocolo de actuación frente al uso adecuado de los laboratorios del Colegio es el siguiente:
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
107
1. Tener en cuenta que son lugares estrictamente para el desempeño escolar de la Ciencia y la
Investigación.
2. Ingresar al laboratorio con todos los implementos de seguridad individual.
3. Por seguridad sanitaria y normas de seguridad, los laboratorios siempre deben permanecer limpios, ordenados y en buen estado.
4. Al iniciar la práctica de laboratorio, la estudiante y el o la docente deben revisar todo el material entregado, en caso de presentarse algún daño, avisar inmediatamente al profesor. Al terminar la práctica se debe entregar el material entregado en buen estado y en el sitio que le corresponde. En caso de haberlo dañado, deberá responder por este.
5. Seguir estrictamente las órdenes e indicaciones dadas por el profesor dentro del laboratorio para así evitar accidentes.
6. Utilizar de forma guiada por el docente la manipulación de instrumentos y sustancias correspondientes para mantener la seguridad individual dentro de los laboratorios.
7. Si no se acatan las normas de seguridad dentro del laboratorio, el o la Docente y el Colegio no asumirán responsabilidad alguna en caso de que ocurra algún accidente.
Artículo 119º. El Salón de Informática
El protocolo de actuación frente al uso adecuado del salón de informática del Colegio es el siguiente:
1. La finalidad del salón de informática es hacer buen uso de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y aprender hacer buen uso de ellas, a favor del crecimiento intelectual y moral:
2. Al ingresar y al finalizar la clase de informática, la o el Estudiante debe mantener el salón en orden, ser puntual, presentarse con los materiales necesarios para su efectivo desempeño y no consumir ningún tipo de bebidas y alimentos. Esto también es de estricto cumplimiento cuando se hace uso del salón en horas que no son de clase.
3. La o el Estudiante debe cuidar el computador que les sea asignado para la clase, no cambiar de lugar el Teclado y el Mouse, no tocar la pantalla y responder por los daños que cause en esta Sala y sus equipos.
4. Seguir las indicaciones que dé el o la Docente para el uso de la sala.
5. No jugar, en el computador en el momento en que debe estar en clase.
6. No utilizar el Internet sin permiso del profesor.
7. Si la o el estudiante ingresa a páginas no permitidas e indebidas en internet o fuera de él, asumirá el conducto regular y el debido proceso para faltas graves y de especial gravedad.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
108
Artículo 120º. Entrenamientos y Equipos Deportivos
El protocolo de actuación frente al desarrollo de los entrenamientos y el uso adecuado de los equipos deportivos es el siguiente:
1. La finalidad de los entrenamientos y equipos deportivos es la mejorar las relaciones entre los estudiantes y formar hábitos que favorezcan la salud y el buen uso del tiempo libre, estimulando la autogestión y la disciplina:
2. La o el Estudiante trabajará en equipo desarrollando valores como el respeto, la dedicación, el esfuerzo y la responsabilidad.
3. Al inscribirse en alguno de los equipos que se conforman para realizar los entrenamientos en las horas de la tarde, la o el Estudiante se compromete a asistir con puntualidad y a recibir el apoyo, colaboración y autorización de los Padres de Familia.
4. Los entrenamientos se realizarán con el uniforme que se haya estipulado para este fin.
5. En caso de ausencia por causa justificada, los Padres de Familia y la o el Estudiante deberán avisar por escrito a quien coordine dichos entrenamientos.
6. Si la o el Estudiante es elegida para conformar alguna de las selecciones del Colegio, deberá traer por escrito la autorización de aprobación por parte de los Padres de Familia y representar al Colegio con dignidad y sentido de pertenencia en los eventos, partidos y torneos que se presenten.
7. Si la o el Estudiante y sus padres lo aceptan deben firmar un compromiso que supone asumir libremente que deben asistir a todos los entrenamientos y partidos programados y comprar el uniforme correspondiente.
8. La responsabilidad de pertenecer a una selección del Colegio significa disciplina y buen rendimiento académico, por esta razón la o el Estudiante debe responder con todas sus
obligaciones académicas sin anteponer las actividades deportivas como excusa. En caso de mal rendimiento académico se estudiará su permanencia en el equipo.
9. Al presentar tres (3) inasistencias injustificadas a entrenamientos o partidos la o el estudiante será la excluida temporal o definitivamente del equipo.
Artículo 121º. Actividades Complementarias y/o Extracurriculares
El protocolo de actuación frente al desarrollo de las actividades complementarias y /o extracurriculares en el Colegio, es el siguiente:
1. Son actividades que se realizan fuera del horario escolar y que están destinadas para el desarrollo físico, psicológico y volitivo de la o el Estudiante; complementando de esta manera el quehacer académico establecido en un horario regular de clase.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
109
2. La o el Estudiante deberá estar en el sitio y hora indicada con la persona responsable de la
actividad, mostrando interés por la actividad a la cual se inscribió.
3. Para la realización de las actividades, la o el Estudiante deberá portar adecuadamente los elementos y uniformes necesarios para el desarrollo de la actividad a la cual se inscribió.
4. La o el Estudiante deberá dejar en perfecto estado y orden los implementos, lugares e instalaciones utilizados. En caso de pérdida o daño, deberá responder por lo dañado.
5. El docente debe llevar un registro y control estricto de la o el Estudiante en la actividad en la cual se inscribió. En caso de presentarse un problema comunicar inmediatamente con él o la coordinador(a) de éstas actividades y si no existe ésta persona entonces con la Coordinación de Convivencia.
Parágrafo Único: En cuanto al Servicio Social Obligatorio, la o el estudiante de Grado Décimo debe prestar dicho servicio como fundamento importante de su formación integral. Este servicio se realizará participando en los diferentes proyectos de acción social que desarrolla el Colegio ya sea por sí mismo o por convenios y que se pueden llevar a cabo dentro y fuera de la Institución
CAPÍTULO XVI. DEFINICIONES
Artículo 122º. Definiciones del Manual de Convivencia En el marco del presente Manual de convivencia en el Colegio Eucarístico de Santa Teresa se entiende por:
1. Acciones correctivas Son aquellas que reemplazan lo que antes se conocía como castigo. Hoy no se castiga, se corrige; en este sentido, las acciones correctivas son aquellas decisiones que se toman en conjunto con el estudiante que ha fallado con algún tipo de situación de Tipo I, o de Tipo II, según orientaciones establecidas en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Las acciones correctivas se acogen al principio de proporcionalidad que exige que las medidas correctivas que se tomen ante cualquier situación, sean proporcionales y no desmedidas. Es decir, que las penas o “castigos” que se impongan sean adecuadas para alcanzar el fin que las justifica y lo menos graves posibles (Guía 49, p.54).
2. Acciones formativas También llamadas acciones pedagógicas, se aplican con una sola intención: formar al estudiante en la convicción, en la conciencia de sus acciones, comprendiendo el mal que le hace a los demás y así mismo con sus situaciones de acoso, agresión o violencia. El principio de proporcionalidad exige privilegiar acciones formativas sobre correctivas (justicia restaurativa, Guía 49, p.55).
3. Acciones de seguimiento Son aquellas que hacen seguimiento a los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
110
(Numeral 4, art. 4 de la Ley 1620) y con el fin de proteger a las víctimas y a aquellas personas que denuncien situaciones de Tipo I., II y III.
4. Acciones de prevención Se centran en prevenir y mitigar la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia, todo dentro del marco de las competencias, a ellas asignadas, por la Constitución y la ley; prevenir todo tipo de situaciones de agresión, maltrato o violencia escolar (art. 17, 18, 19, 21, 22, 23, 25 de la Ley 1620; art. 52 del Dec. 1965).
5. Acciones de promoción Buscan promover y fortalecer la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (art. 26, Dec. 1965).
6. Acoso escolar o bullying Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, acoso, humillación, ridiculización, difamación,
Coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.
7. Acudiente o representante legal Es la persona mayor de edad que se ha comprometido frente al Claustro a responder por las necesidades y actuaciones del estudiante cuando el Colegio lo necesite.
8. Agresión escolar Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
9. Agresión física Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
10. Agresión relacional Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
11. Agresión verbal Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
111
12. Agresión electrónica Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
13. Agresión gestual Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
1. Autocontrol Es la actuación mediante la cual en forma voluntaria asume el estudiante comportamientos acordes con el Manual de Convivencia que ha aceptado libre, consciente y responsablemente al ingresar a la Institución.
2. Comportamiento Es el conjunto de actitudes que deben tener los estudiantes u otro miembro de la comunidad educativa para vivir en Comunidad basadas en el respeto a las personas y a todos aquellos elementos de utilidad privada o comunitaria.
3. Conflictos Según el Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013, son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
4. Conflictos manejados inadecuadamente Según el Decreto 1965, son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. .
5. Convivencia Escolar Es una relación e interacción armónica necesaria entre los diversos estamentos de la institución educativa, de tal forma que esta debe configurar la convivencia ciudadana que como cualquier otra manera de vivir, es el resultado de un aprendizaje donde a la mirada de los derechos, se agrega la de los deberes y a la de los derechos individuales el respeto de los derechos colectivos.
6. Ciberbullying o ciberacoso escolar Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado (art.2., Ley 1620).
7. Comité Escolar de Convivencia Es el máximo organismo encargado de identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que·
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
112
éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. (art. 22-27 del Dec. 1965).
8. Comité Nacional de Convivencia Escolar Es quien define y coordina la gestión del Sistema Nacional en los niveles nacional, territorial y escolar, para el cumplimiento de su objeto. Armonizar y articular las acciones del Sistema Nacional con las políticas nacionales, sectoriales, estrategias y programas relacionados con la construcción de ciudadanía, la convivencia escolar y los derechos humanos sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Lo preside el Ministro o Viceministro de Educación Nacional (art. 7 y 8 de la Ley 1620).
9. Comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar Coordinarán las funciones y acciones del Sistema en el nivel territorial de su respectiva jurisdicción acorde con la estructura definida en el artículo 6 de la Ley 1620.
10. Competencias ciudadanas Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática (art.2, Ley 1620).
11. Conflictos Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses (art. 39, Dec. 1965).
12. Conflictos manejados inadecuadamente Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados (art.39, Dec. 1965).
13. Decreto 1965 Reglamenta el funcionamiento del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar; sus herramientas; los lineamientos generales bajo los cuales se deben ajustar los manuales de convivencia de los establecimientos educativos, de acuerdo con lo ordenado en la Ley 1620 de 2013 y otros aspectos relacionados con incentivos y la participación de las entidades del orden nacional y territorial, establecimientos educativos, la familia y la sociedad dentro del Sistema Nacional de Convivencia Escolar (art.1.Dec. 1965). Este Decreto contiene 56 artículo y se publicó en Bogotá D.C. el 11 de septiembre de 2013.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
113
14. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos Aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables (Ley 1620 del 15 de marzo de 2013).
15. Competencias ciudadanas Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.
16. Ciberbullying o ciberacoso escolar Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado (para mayor profundidad, véase Ley 1620 y Decreto 1965).
17. Derechos Es la facultad que tiene el estudiante u otro miembro de la comunidad educativa como persona para exigir o decir algo libremente, sin olvidar que sus derechos finalizan donde empiezan los de los demás.
18. Deber Es el compromiso que el estudiante u otro miembro de la comunidad educativa debe asumir, las responsabilidades que estén acordes con los principios de la Institución.
19. Estímulos Es el reconocimiento a las buenas acciones que el estudiante u otra persona recibe del Colegio Eucarístico de Santa Teresa como premio a su óptimo comportamiento o desempeño Escolar.
20. Inclusión “Alguien hizo un círculo para dejarme fuera, yo hice uno más grande para incluirlos a todos”. Nativo americano desconocido. El término inclusión se resalta como una actitud que engloba el escuchar, dialogar, participar, cooperar, preguntar, confiar, aceptar y acoger las necesidades de la diversidad. Concretamente tiene que ver con las personas, en este caso, las personas con discapacidad, pero se refiere a las personas en toda su diversidad. El incluir implica el dejar decidir y participar a otros que no han sido tomados en cuenta. En el Colegio Eucarístico de Santa Teresa estamos comprometidos con valorar, respetar y atender a todos según sus necesidades aplicando estrategias, herramientas y todos los recursos que sean necesarios.
21. Informes o Quejas Cualquiera de las partes involucradas en una situación que afecte la convivencia escolar, o los padres o madres de familia o acudientes, o cualquier otra persona, pueden informar o presentar
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
114
queja ante la secretaría de educación municipal, distrital o departamental, a la que pertenezca el establecimiento educativo donde se generó la situación; sobre los casos en los cuales las autoridades educativas o los funcionarios responsables no adelanten las acciones pertinentes, no adopten las medidas necesarias o éstas sean desproporcionadas, o apliquen el protocolo equivocado respecto de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicios de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (art.47, Dec. 1965).
22. Ley 1620 Con esta Ley se crea el sistema nacional de convivencia escolar y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar; el objeto de esta Ley es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación Ley 115 de 1994. La Ley 1620 contiene 40 artículos y se publico en Bogotá D.C. el 15 de marzo de 2013.
23. Manual de convivencia Es el documento que contiene todos los componentes relacionados con los procesos de administración de la convivencia escolar. Los manuales de convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad, dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos (art.21. Ley 1620).
24. Matrícula Es el acto por el cual se vincula al Colegio una persona como Estudiante y se compromete junto con sus Padres y/o Acudiente a cumplir todas las disposiciones que rigen en la Institución.
25. Orientación escolar Es la responsable de participar en el proceso de acompañamiento a los estudiantes, así como de la evaluación de los resultados de esta orientación; la orientación escolar contribuye con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de los estudiantes y entre otras responsabilidades: apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar (art.32, Ley 1620).
26. Principios del Sistema Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar: participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad (art. 5, Ley 1620).
27. Protocolos Están orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
115
humanos, sexuales y reproductivos (Decreto 1965, art. 41). Para atender las diversas situaciones que afectan la convivencia escolar entre los estudiantes, existen tres tipos de protocolos: Protocolos para las situaciones de Tipo I, Protocolos para las situaciones de Tipo II y Protocolos para las situaciones de Tipo III.
28. Proyectos pedagógicos Permite planificar por escrito, diagnosticar, fundamentar, implementar y evaluar las diversas actividades de los establecimientos e instituciones educativas. Los establecimientos educativos deben implementar los proyectos pedagógicos conforme a los parámetros dispuestos en el artículo 20 de la Ley 1620 de 2013, dentro del marco de lo establecido en los artículos 14, 77, 78 Y 79 de la Ley 115 de 1994. (numeral 3, art.36 del Dec. 1965).
29. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.
30. Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar Es la responsable de definir los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar está conformada por cuatro componentes: 1.Promoción, 2. Prevención, 3. Atención y 4. Seguimiento.
31. Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar Permite identificar, registrar y hacer seguimiento a los casos de acoso, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a los niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos. Este Sistema garantiza el derecho a la intimidad y la confidencialidad de las personas involucradas, de acuerdo con los parámetros de protección fijados en la Ley Estatutaria 1266 de 2008 (art.28, Ley 1620).
32. Violencia sexual De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
116
33. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
CAPÍTULO XVII. COMPONENTE FINANCIERO
“Nuestros colegios como complemento del hogar, mantendrán un ambiente de cordialidad y colaboración entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Este clima de hermandad, fuente de unión y de eficacia da confianza a los educandos y permite entablar con ellos un diálogo amistoso que los lleva a cooperar en su propia formación”.
Artículo 123º. Políticas económicas
Son políticas económicas del Colegio Eucarístico de Santa Teresa las siguientes:
1. Tarifa anual
a. El costo económico que representa la vinculación de la o el Estudiante al Colegio Eucarístico de Santa Teresa se calcula para la vigencia del año electivo completo, según procedimiento establecido por la ley, se divide en once pagos: una matrícula y diez pensiones mensuales.
b. Para matricularse en el siguiente periodo lectivo, los Padres de Familia de la o el Estudiante debe estar a paz y salvo por todo concepto con el Colegio Eucarístico de Santa Teresa. El pago de la matrícula y pensiones se realiza en las oficinas que el Colegio
Eucarístico de Santa Teresa designe para tal efecto.
c. El padre y la madre de cada estudiante firman el Contrato de Prestación de Servicios Educativos que sirve de garantía para el pago de las mensualidades.
d. El pago de la pensión debe ser cancelado en los primeros días calendario del mes, que estipule el Colegio.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
117
2. Intereses por Mora
Si por alguna eventualidad una familia no pudo hacer su pago antes de la fecha de corte, es necesario que se acerque a la oficina de contabilidad del Colegio ya que esto le genera intereses
de mora, de acuerdo a la ley la cual se aplicará de acuerdo a la máxima legal permitida. En este caso se hará la reliquidación de la misma.
3. Mora en Pago de Pensiones
En caso de mora en el pago de pensiones, el procedimiento es:
a. Transcurridos cinco (5) días del vencimiento de pago se contacta por teléfono a la familia.
b. Mora de 30 días: La familia recibe una carta donde se informa la situación
c. Mora de 60 días: La familia será notificada para presentarse personalmente en las oficinas del Colegio a realizar un acuerdo de pago.
d. Mora por 90 días: La familia recibe una carta previa a cobro jurídico.
e. Mora por 120 días: La cuenta se traslada a proceso jurídico y con ello el cobro de las cuotas y honorarios que esta etapa implica.
f. Mora de 150 días: el cupo de la o el Estudiante para el siguiente año lectivo queda condicionado.
A la elaboración de la última factura de pensiones del año electivo y al no llegar a ningún acuerdo
con la familia se procede a llevar el caso a proceso jurídico y así mismo a ejecutar legalmente el contrato vigente, con lo cual se pierde el cupo del o la Estudiante para siguiente periodo académico.
4. Derechos Académicos
El Colegio se rige por lo establecido en la Ley General de Educación y los decretos reglamentarios para estos efectos.
Dentro de los cobros que se realizan se encuentran:
a. Cobros fijos: Matricula y Pensiones
b. Otros cobros: Papelería, Carnetización y salidas pedagógicas, Lúdicas.
c. Cobros variables: Sostenimiento de mobiliario, mantenimiento de los equipos de cómputo, material de enseñanza.
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
118
La aprobación o abolición de estos u otros conceptos deben ser aprobadas por el Consejo
Directivo y la Rectoría.
5. Costos educativos
NIVEL ANUALIDAD
INCREMENTO 7.6%
MATRICULA 10%
PREJARDIN $ 4.394.992 $ 488.332
JARDIN $ 4.394.992 $ 488.332
TRANSICION $ 4.394.992 $ 488.332
PRIMERO $ 4.394.992 $ 488.332
SEGUNDO $ 4.382.436 $ 486.937
TERCERO $ 4.420.736 $ 491.193
CUARTO $ 4.370.213 $ 485.579
QUINTO $ 4.171.686 $ 463.521
SEXTO $ 4.029.623 $ 447.736
SEPTIMO $ 4.029.623 $ 447.736
OCTAVO $ 3.787.744 $ 420.860
NOVENO $ 3.787.744 $ 420.860
DECIMO $ 3.808.984 $ 423.220
UNDECIMO $ 4.074.065 $ 452.674
CONCEPTO VALOR
SEGURO ESTUDIANTIL $ 30,000.00
CARNET $ 20,000.00
PAPELERIA $ 380.000
TOTAL OTROS COBROS $ 430,000
CAPÍTULO XVIII. VIGENCIA DEL MANUAL
“Para formar el corazón según la norma de la verdad y del bien hay que enseñar a vencer las pasiones”. María del Refugio, fundadora.
Artículo 124º. De la vigencia
El Manual de Convivencia y los documentos anexos a dicho Manual tendrán vigencia para el año 2017 y podrán ser ratificados para el siguiente año, de acuerdo a estudio previo por parte de quienes sean asignados para esta labor. Por esta razón los cambios que se realicen serán anexados por medio de protocolos internos, los cuales se entenderán ejecutoriados desde el momento de su estudio y promulgación. Dicha elaboración de los protocolos internos, será sustentada por medio de Actas Declarativas de los diferentes organismos pertenecientes a la Institución
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
119
Parágrafo 1. En caso en que haya un cambio de ley sobre los cuales se sustenta el Manual de
Convivencia y los documentos anexos a él, este cambio se realizará con su debido protocolo interno y con su respectiva acta Declaratoria
Parágrafo 2. El conocimiento y aprobación de los protocolos internos se dará con la firma de los desprendibles de las circulares enviadas a los Padres de Familia y que informan sobre el contenido de los Protocolos. Se deberá respetar la no reproducción de éstos y del Manual de Convivencia, de acuerdo a los parámetros de la Constitución y del Régimen Legal de Derechos de Autor, que sustenta y protege dicha actuación.
Artículo 125º. Manifestación Expresa y Escrita
Manifestamos que conocemos y apoyamos el Manual de Convivencia del Colegio Eucarístico de Santa Teresa, en cada uno de sus Artículos y nos comprometemos en su cumplimiento:
Firma de la Estudiante ______________________________________________
Firma del Padre de Familia ___________________________________________
Firma de la Madre de Familia _________________________________________
Firma del o la Acudiente ______________________________________________
CAPÍTULO XIX.
Directorio de las autoridades competentes en Cartagena D.T. y C.
INSTITUCIÓN DATOS DE UBICACIÓN TIPO DE AYUDA
Secretaría de Educación
6501091 Todo lo relacionado con los procesos educativos, legislación y calidad.
Seguro estudiantil
3203948816 Servicio médico de urgencia
Cruz Roja Colombiana
6625388 Búsqueda y rescate, primeros auxilios y transporte de lesionado
ICBF.
6698154 Servicio básico de atención al menor
Fiscalía de menores
Proceso judicial de atención al menor. Salva guarda de los derechos.
Bomberos Voluntarios
6550072 - 119 Búsqueda y rescate, primeros auxilios y transporte de lesionado, sistemas de prevención y control de incendios estructurales
Defensa Civil Colombiana
3118084405 Búsqueda y rescate, primeros auxilios y transporte de lesionado. Coordinación
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO EUCARÍSTICO DE SANTA TERESA, 2017.
120
(Gestión del riesgo en Colombia)
Policía de infancia y adolescencia Cuadrante
112 Seguridad pública, seguimientos, investigación, salva guarda y protección
Ejército Nacional
152 Seguridad pública, seguimientos, investigación, salva guarda y protección, segundo anillo de seguridad
DAS 6660438 Seguridad pública, seguimientos, investigación y anti explosivos
Clínica Madre Bernarda
6531744 Servicio de Atención médica y hospitalización
Hospital 6632606 Servicio de Atención médica y hospitalización
Electrificadora 3611000 Servicio de sistema eléctrico
Acueducto de Cartagena.
116 Servicios básico domiciliario
ELECTRICARIBE 115 Servicios básico domiciliario
Gases de Cartagena
164 Servicios básico domiciliario
Servicios de Teléfonos de Cartagena
018000930930 Servicio básico domiciliario
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA
- Congreso de la República (2013). Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013, por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, Ministerio De Educación Nacional Bogotá D.C.
- Congreso de la República (2013). Ley 1620 de 2013, por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Bogotá D.C.
- Congreso de la República (2006). LEY 1098, por el cual se expide el Código de la Infancia y la adolescencia. Bogotá D.C.
- Colegio Eucarístico De Santa Teresa. (2016). Diagnóstico a docentes y directivos. - Colegio Eucarístico De Santa Teresa (2015). Proyecto Educativo Institucional (PEI.).,
Cartagena D.T. y C. - Colegio Eucarístico De Santa Teresa (2016). Manual de Convivencia, Cartagena, D.T y C. - Romero, P. (2016). Mi Cultura de la Paz, Bogotá D.C.
top related