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CAPÍTULO I GENERALIDADES Y ANTECEDENTES SOBRE LA EDUCACION SUPERIOR EN
EL SALVADOR, UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA, PROCESOS DE EQUIVALENCIAS
A. GENERALIDADES
En el presente capítulo se desarrollará una breve reseña histórica sobre la
Educación Superior en El Salvador con el propósito de mostrar aquellos
aspectos notables que iniciaron el surgimiento de la primera institución
dedicada a formar profesionales, así como también la ley que rige a las
entidades educativas superiores, las primeras carreras impartidas hasta la
fundación de la Universidad Francisco Gavidia, la cual se destaca por sus
innovaciones tecnológicas, calidad en la enseñanza y personal altamente
calificado.
A.1 ANTECEDENTES DE LA EDUCACION SUPERIOR EN EL SALVADOR
A veinte años de la independencia, la sociedad salvadoreña tenía la necesidad
de contar con una institución universitaria dedicada a formar los profesionales
para guiar al país hacia el desarrollo de esa época. Por ello, el 16 de febrero
de 1841 la Asamblea Constituyente emitió un decreto en el cual se ordenaba el
establecimiento del Colegio de “La Asunción" y la consiguiente Universidad,
donde la influencia sacerdotal al impartir las primeras asignaturas en este
centro de enseñanza superior, era de corte exclusivamente eclesiástico.
La vida universitaria fue creciendo poco a poco y es así como en 1843 se
fundaron las primeras clases de Derecho; para 1845 se creó la Matemática
pura y Gramática Castellana. En 1846 se estableció por decreto presidencial la
2
“docencia libre” en donde se secularizaron los estudios superiores y se
establecieron reformas para evitar la sacralización de los estudios académicos.
En marzo de 1848 se promulgó el Primer Estatuto Universitario de la ahora
Universidad de El Salvador.
Ya en el siglo XX, debido a las condiciones sociales y políticas que se vivieron
en el país en los primeros años de la década de los sesenta, la Asamblea
Legislativa aprobó en 1965 la Ley de Universidades Privadas (Decreto
Legislativo No. 244) la cual permitió la creación de universidades particulares
en El Salvador. Es así como en ese mismo año, surge la primera universidad
privada en el país, hecho que marca el inicio de un cambio significativo en el
desarrollo y democratización de la educación superior.
En la década de los setenta donde se dio el conflicto social más destructivo que
ha vivido el país, por lo que la educación superior fue impedida de continuar
con el ritmo de desarrollo y maduración que se había alcanzado en décadas
pasadas. En este período la educación superior pasó por un crecimiento
cuantitativo de la oferta institucional, al autorizarse gran cantidad de
universidades.
La situación de la educación superior1 del país a finales de 1995 indicaba un
alto grado de deterioro que se expresaba por las bajas condiciones
organizativas e institucionales; deficiencias notables en las relaciones de
coordinación entre las instituciones y el Ministerio de Educación. En esa
época, El Salvador contaba con un total de 42 universidades, de las cuales 40
eran privadas y únicamente dos eran públicas; 42 centros regionales
diseminados en el interior de país y 22 institutos tecnológicos. Asimismo se
encontraban otras cinco universidades en proceso de autorización; lo que hacía
1 Ministerio de Educación. El Sistema de Educación Superior, Volumen 9, Colección Fundamentos de la Educación que Queremos. El Salvador 1999.
3
un aproximado de 112 centros para finales del año 1995 cuando entró en
vigencia la Ley.
A.2 LEY DE EDUCACION SUPERIOR DE EL SALVADOR
Previo a la promulgación de la Ley de Educación Superior vigente desde 1995,
el Ministerio de Educación sometió a la consideración de la Asamblea
Legislativa cuatro proyectos principales de Ley de Educación Superior en
donde el último proyecto fue el que aprobó la Asamblea con algunas
modificaciones importantes por parte de ella.
El proceso de reforma educativa a nivel superior concluyó después de un
amplio proceso de consulta que duró más de tres años. En la discusión
participaron instituciones públicas y privadas del nivel terciario de educación,
organizaciones no gubernamentales, instituciones relacionadas al ámbito
educativo e instituciones del Estado. Al aprobarse la nueva Ley de Educación
Superior quedó sin efecto la Ley de Universidades Privadas vigente desde
1965. Posteriormente, durante el año de 1996 se aprobó la Ley de la Carrera
Docente y la Ley General de Educación, con las cuales se completó el nuevo
marco jurídico de la educación en El Salvador.
El Art. 61 de la Constitución de la República establece que la educación
superior se regirá por una ley especial, que deberá contener los principios
generales para la organización y funcionamiento de la Universidad de El
Salvador y demás universidades estatales; la creación y funcionamiento de
universidades privadas, y la creación y funcionamiento de institutos
tecnológicos oficiales y privados el adecuado nivel académico de las
instituciones de educación superior que contribuyan al desarrollo integral de la
persona humana en su dimensión intelectual, cultural, espiritual, moral y social
4
para poder así difundir en forma crítica el saber universal y ponerlo al servicio
del pueblo salvadoreño2.
Según la ley de educación superior son funciones de acuerdo al Art. 2. La
educación superior integra tres funciones:
• la docencia: busca transmitir y despertar conocimientos y habilidades
de investigación e interpretación en los educandos, para su formación
como profesionales.
• la investigación científica y la proyección social: La investigación es la
búsqueda sistemática de nuevos conocimientos para enriquecer la
realidad científica y social. La proyección social es el medio a través
del cual el quehacer académico interactúa con la realidad social.
Tomando como base el Art. 15.- de la ley de Educación Superior
(LES) las personas que hayan cursado y aprobado estudios regulares en una
institución de educación superior extranjera, podrán solicitar que dichos
estudios sean reconocidos como equivalentes a los de igual índole impartidos
en las instituciones de educación superior salvadoreña; los documentos que
acrediten tales estudios deberán estar autenticados.
Las personas que hayan cursado y aprobado estudios en una institución de
educación superior salvadoreña podrán solicitar equivalencias a los de igual
índole impartidos por otra institución nacional.
La implementación de la Ley de Educación Superior a partir del 27 de
diciembre de 1995, comenzó con el nombramiento y conformación del Consejo
de Educación Superior (CES) el 14 de marzo de 1996. La tarea inicial del CES
consistió en la revisión del Proyecto de Reglamento General de dicha Ley.
La Ley de Educación Superior ha sido aplicada en su totalidad por la Dirección
Nacional de Educación Superior después de los dos años de gracia que la LES 2 Art. 61 de la Constitución General de la República de El Salvador
5
otorgó para que las instituciones de educación superior adoptaran los nuevos
paradigmas de calidad exigibles por la nueva Ley. Las instituciones han
reajustado sus programas académicos, han realizado mejoras en:
infraestructura, laboratorios y bibliotecas.
A.3 CONCEPTOS DE EDUCACION SUPERIOR Y UNIVERSIDAD
CONCEPTO EDUCACION SUPERIOR3
Es todo esfuerzo sistemático de formación posterior a la enseñanza media y
comprende: La Educación Tecnológica y la Educación Universitaria.
La educación tecnológica, tiene como propósito la formación y capacitación de
profesionales y técnicos especializados en la aplicación de los conocimientos y
destrezas de las distintas áreas científicas o humanísticas.
La educación universitaria es aquella que se orienta a la formación en carreras
con estudios de carácter multidisciplinario en la ciencia, el arte, la cultura y la
tecnología, que capacita científica y humanísticamente y conduce a la obtención
de los grados universitarios.
CONCEPTO DE UNIVERSIDAD
Institución de Enseñanza Superior constituida por varios centros docentes,
llamados según los países, Facultades o Colegios en los que se confieren los
grados académicos. Edificio donde reside4.
3 Ley de Educación Superior Art. 3. 4 Diccionario Enciclopédico Usual, 1994, Séptima Edición, Editorial Larousse.
6
B. UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA B.1 ANTECEDENTES
La universidad Francisco Gavidia (UFG) se fundó el 7 de Marzo de 1981 en un local
situado sobre la calle el progreso de San Salvador.
Se iniciaron las actividades administrativas y de promoción aproximadamente en el
mes de mayo del mismo año. La UFG surgía en momentos difíciles, en un escenario
de guerra he intentando abrir un espacio alternativo de formación Universitaria
debido a las graves problemas que afectaban a la Universidad de El Salvador.
Anteriormente, la Universidad fue trasladada a la Alameda Roosevelt, dando inicio a
sus actividades académicas en junio. La universidad, debido a la demanda de
enseñanza superior, experimentó un gran crecimiento, por lo que 9 años después, el
27 de marzo de 1990, hubo elección de nuevas autoridades de la Universidad
Francisco Gavidia. Donde se dio un giro importante a la historia de la institución.
En mil 1992 para ampliar los servicios educativos en el occidente del país, la
Universidad Francisco Gavidia funda el Centro Regional de Occidente (CRO),
decisión que se centraliza los servicios de educación superior de la capital y se
presenta como una oferta académica privada al estudiantado de la zona. Este centro
esta ubicado en la ciudad de Santa Ana, y cuenta con dos edificios, uno situado en
final 9ª. Calle Poniente entre 18ª y 20ª sur, y otro en 2ª calle poniente y 6ª avenida
norte, e inicio sus actividades académicas en enero de 1993.
La Universidad Francisco Gavidia, desde su creación oriento su desempeño de
acuerdo a los fines y adjetivos definidos en sus Estatutos de fundación publicados en
el Diario Oficial, numero 176, tomo No. 262, el jueves 24 de septiembre de 1981, en
San Salvador.
En esos fines y objetivos se establece que la UFG tiene la finalidad de formar
profesionales competentes, críticos, convocación de servicios y con principios
7
morales; preocupados para contribuir a la solución de los problemas y la promoción
de la cultura dándole a todos estos aspectos una proyección nacional.
El espirita de estos fines y objetivos en su mayor parte abra de conservarse en los
nuevos estatutos de 1995, publicado en el Diario Oficial, 139, tomo No. 328, el jueves
27 de julio de 1995, en San Salvador en los cuales se agregan algunos elementos
que responde a las necesidades del momento, como por ejemplo: Promover, difundir
y desarrollar la cultura de paz en EL Salvador; promover y apoyar acciones
encaminadas al logro del desarrollo sostenible, y , fomentar y apoyar los procesos de
integración centroamericana y latinoamericana.
Efectivamente, estos fines y objetivos constituyeron el horizonte al que la UFG dirigió
su desempeño institucional, pues el afán de querer ser una institución apta y capaz
de lograr sus propósitos aludidos, le llevo a desarrollar su infraestructura física, a
incrementar sus recursos dícticos y capacitar constantemente su personal
administrativo y planta docente.
Esta visión motivó a la dirección, trece años después de la fundación de la
Universidad, a dar un salto cualitativo y cuantitativo, tal como lo expresara el Ing.
Mario Antonio Ruiz Ramírez, Rector de la UFG, en 1994 en las palabras
pronunciadas en el acto de colación de la primera piedra de la construcción del
nuevo campus universitario y 1996 en la Inauguración del mismo.
En 1997, tanto los grandes cambios que estaban ocurriendo en el país y es su
entorno centro americano, como las nuevas exigencias del Ministerio de Educación
(MINED) y el acelerado crecimiento de la Universidad, llevaron a la UFG a otra
revisión de Estatutos y adecuarlos a la exigencia de la nueva Ley de Educación
Superior, surgiendo a si fines y adjetivos con una comprensión mayor que permite a
la Universidad prepararse para una aserción mas amplia en la realidad salvadoreña y
centroamericana, incrementando para ello la capacitación de su personal docente y
administrativo e integrando en una forma adecuada las tres funciones de la
educación superior la docencia, la investigación y la proyección social. Esto se
expresa en los estatutos publicados en el Diario Oficial. Numero 11, Tomo No. 338,
el lunes 19 de enero de 1998, en San Salvador.
8
Estos nuevos propósitos mandaron a tomar acciones que se concretaron en lograr
especializaciones en los grados académicos del personal impartiéndose una
maestría en Administración de Negocios (MBA) y otra en Educación (Med), mediante
un convenio de la UFG con la Universidad de Louisville, con título otorgado por dicha
universidad estadounidense o cursos de formación Pedagógica para los docentes,
diversas capacitaciones para el personal docente y administrativo, y en la creación
de la Unidad de Investigación y Proyección Social, dotando esta ultima con equipos
tecnológicos, oficinas e investigadores especializados, cuya producciones consta en
la existencia de dos revistas digitales (Theroretikos y Societatis), la revista física
(Realidad y Reflexión) y las múltiples colecciones de UFG editores.
Sin duda alguna, este desarrollo histórico de los fines y objetivos, como horizontes de
la Universidad muestra la apertura y el deseo de hacer de una actividad algo
pertinente, novedosa y compartida, dando origen a una visión, misión y política de
calidad muy clara.
Los cambios y trasformaciones de la Misión y Visión fundamentalmente responden al
interés de la Universidad de guiarse por el camino de la plena acreditación tanto por
organismo nacionales como internacionales, algo que objetivamente permitiera llegar
a ser una Universidad con liderazgo en excelencia académica y comprometida con el
desarrollo sostenible del país y de la región centroamericana, manteniendo a si una
continuidad en su desarrollo.
Sin duda alguna, la Misión actual de la UFG va conduciendo la institución al destino
predeterminado por la misma generando un proceso de construcción de su propia
identidad y generando nuevas estrategias que le permitan procesos eficaces y
eficientes de administración. Para ello se inicio hace dos años la implementación de
un Sistema de Gestión de Calidad bajo las normas ISO 9001-2000 habiendo
obtenido la certificación en diciembre del año 2003.5
5 Catálogo 2006 “Reseña Histórica de la Universidad Francisco Gavidia. Pág. 12.
9
B.2 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA6
C O N SE JOD IR E C TIVO
R EC T O R ÍAV IC E R E C T O R ÍA
F ISC A LIA AU D ITO R IAE XT ER N A
D IR EC C IÓ N D EC A LID AD
C O N S EJO D ED E C AN O S
C O M ITÉ D EC A LID A D
C O N SE JOA C A D É M IC O
SE C R E TA R IAG E N E R A L
U N ID A D D EP O S TG R AD O D E C A N A T O S
C E N TR O D E E D U C A C IÓ NC O N TIN U A Y
D ES AR R O LLOP R O F ES IO N A L
D IR E C C IÓ N D EIN V EST IG AC IÓ N
D IR EC C IÓ N D EPR O Y E C C IÓ N
SO C IA L
P LAN IF IC AC IÓ NE D U C A TIVA
D IR E C C IÓ NE G R E S AD O S YG R AD U A D O S
D IR E C C IÓ NR E C U R S O SH U M AN O S
D IR EC C IÓ ND E SA R R O LLOES TU D IA N TIL
R E G ISTR OA C A D ÉM IC O
D IR E C C IÓ N D ETE C N O LO G ÍA Y
C O M U N IC A C IO N E S
D IR E C C IÓ NAD M IN IS T RA T IV A
S IS TE M ABIB LIO TE C A R IO
D IR EC C IÓ NFIN AN C IER A
C ID E
FA C U LTAD D EC IEN C IA S
JU R ÍD IC AS
F A C U LTA D D EC IE N C IA SS O C IALES
C O O R D IN A C IO N E SD E C A R R E R A
C O O R D IN A C IO N E SD E C A R R E R A
C O O R D IN A C IO N E SD E C A R R E R A
C O O R D IN A C IO N E SD E C A R R E R A
F A C U LTA D D EIN G E N IE R ÍA Y
A R Q U ITE C TU R A
FAC U LTAD D EC IE N C IA S
EC O N Ó M IC A S
C E N TR OR E G IO N A L D E
O C C ID EN TE
6 Tomado del Sitio Web http://www.ufg.edu.sv/
10
B.3 EL ROL DE LAS FACULTADES DE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA El rol que juegan las Facultades de la Universidad Francisco Gavidia es brindar el
servicio que es de vital importancia para el desarrollo académico de cada uno de los
estudiantes, haciendo uso de herramientas tecnológicas necesarias para el
desarrollo de profesionales competitivos, y una planta docente calificado.
Las facultades por medio de cada decano son las responsables de canalizar
actividades académicas significativas tales como:
Asignación de catedráticos, aulas, horarios a las diferentes asignaturas
impartidas dentro de cada una de las facultades.
Analizar que los Planes de Estudios estén acorde a las necesidades
Profesionales en el país.
Asesorar a los estudiantes sobre los trámites académicos requeridos
para finalizar satisfactoriamente su carrera profesional.7
B.4 DESCRIPCIÓN GENERAL DE FACULTADES DE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA8 La Universidad Francisco Gavidia esta conformada por cuatro facultades9:
• Ciencias Económicas
• Ciencias Sociales
• Ciencias jurídicas
• Ingeniería y Arquitectura.
7 Análisis del grupo de Tesis. 8 http://www.ufg.edu.sv/facultades.htm 9 Nuevos estatutos de la UFG publicados en el Diario Oficial Pág. 195 Tomo 369 del 20 de octubre de 2005.
11
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
Ofrece a la comunidad estudiantil salvadoreña y centroamericana, servicios
educativos de alta calidad en cinco carreras profesionales completamente
actualizadas, con las que contribuimos al crecimiento y desarrollo de la sociedad
salvadoreña, formando profesionales de alta capacidad técnica y académica.
Las carreras que ofrece son: Licenciatura en Administración de Empresas,
Licenciatura en Contaduría Pública, Licenciatura en Mercadotecnia y Publicidad,
Licenciatura en Relaciones Públicas y Comunicaciones y Licenciatura en Sistemas
de Computación Administrativa.
OFERTA ACADÉMICA ACTUAL DE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA LICENCIATURAS10
BREVE DESCRIPCION DE LAS DISTINTAS CARRERAS:
Administración de Empresas
El grado de especialización recibida por el profesional a formar en el área de
la administración lo faculta para administrar todo tipo de empresa, así como
pequeña, mediana o grande. Además de conocer con bastante solvencia las
diferentes áreas funcionales de la empresa.
Contaduría Pública
El plan de estudios de esta carrera se ha basado en dotar de un conjunto de
conocimientos que le de base apropiada para formarse académicamente en el
campo de la contabilidad y las finanzas.
Mercadotecnia y Publicidad
10 Catálogo 2004-2005, Educación Superior de Vanguardia UFG, Págs.34-80.
12
El plan de estudios de esta carrera esta basado en dotar al estudiante de un
conjunto de conocimientos que le den la base apropiada para formarse
académicamente en el campo del mercadeo, profesionales caracterizados en
el estudio de los diferentes problemas que se manifiestan en el mercado
nacional y extranjero.
Sistemas de Computación Administrativa
La especialización recibida en esta carrera tendrá un aporte de envergadura
en el área de sistemas de computación, lo cual lo facultara para administrar
todo tipo de empresas, siendo estas pequeñas, medianas o grandes.
Relaciones Públicas y Comunicaciones
Esta carrera formara profesionales especializados en el área de relaciones
públicas y comunicaciones, lo cual lo facultara para realizar cualquier actividad
que contribuya a la empresa a lograr prestigio y reconocimiento en la
sociedad.
Administración de Empresas Turísticas
El plan de estudios de esta carrera esta basado en dotar al estudiante de un
conjunto de conocimientos que le den la base apropiada para formarse
académicamente en el campo del Turismo que es un área en laque el país
esta apostando actualmente en un mundo globalizado que busca cada día ser
mas competitivo en los mercados de los negocios.
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES11
La Facultad de Ciencias Sociales ofrece las siguientes carreras:
11 Catálogo 2004-2005 UFG, Págs.34-80, Catálogo 2006 Pág. 61.
13
LICENCIATURAS BREVE DESCRIPCION DE LAS DISTINTAS CARRERAS:
Psicología
Se pretende dar al estudiante la formación de un psicólogo general que
domine las teorías y técnicas necesarias para el ejercicio profesional en el
área Clínica, industrial y educacional.
Idioma Inglés
El licenciado en idioma inglés será un profesional con altos conocimientos
culturales, sociales y estructurales del idioma, los cuales se demostraran a
través de la lingüística, habilidades auditivas haciendo de este un experto en
el campo del idioma inglés.
Ciencias de la Educación con especialidad en Educación Parvularia
Esta carrera tiene como objetivo principal la formación de profesionales
especiales en educación parvularia, que ayuden a la educación temprana
salvadoreña atendiendo las necesidades de educación infantil nacional con el
propósito de que los niños y niñas puedan iniciar sin dificultad el proceso e
escolaridad en educación básica.
Ciencias Jurídicas
Esta Carrera tiene por objetivo principal el prestar a la sociedad salvadoreña
un profesional en leyes altamente preparado para defender la constitución
política de El Salvador y toda la gama de leyes secundarias que de esta se
desprenden ofreciendo así a las empresas y ciudadanía civil un profesional
que le de un marco jurídico seguro de funcionar.
14
Profesorados
Educación Parvularia
La educación de la niñez salvadoreña requiere de un profesorado
especializado, formado en su campo especifico de actuación, en este caso
educación parvularia, la formación del profesor(a) será un elemento en línea
con la modernización del sistema educativo, que tendrá que trabajar con niños
y niñas en edades tempranas.
Ciencias Sociales
Es importante impulsar, desde las Ciencias Sociales, la formación de jóvenes
conscientes de su realidad, críticos, solidarios y partícipes por lograr un
equilibrio entre la persona misma, los demás seres humanos y la naturaleza.
En la enseñanza-aprendizaje de las Ciencias sociales, el profesorado
propiciara una metodología que fomente la participación del alumnado,
procurando su propia autonomía, la cooperación y el respeto en la toma de
decisiones de grupo.
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS
La Escuela ofrece a la comunidad estudiosa de nuestro país la licenciatura en
Ciencias Jurídicas y tiene proyectado crear para el ciclo 01-2006 la Maestría en
Ciencias Políticas.
FACULTAD DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
La Facultad de Ingeniería y Arquitectura de la Universidad Francisco Gavidia, fiel a
los principios y valores que inspiran a la Universidad, está totalmente comprometida
con el desarrollo de El Salvador.
Asumir el compromiso con el desarrollo del país, significa formar profesionales de
alta calidad académica, profesionales competentes y con calidades personales que
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les permitan contribuir al progreso de las organizaciones o empresas en las que
tengan la oportunidad de trabajar.
La facultad brinda un ambiente que facilita la superación personal, estimula el
esfuerzo personal y grupal y prepara a sus estudiantes para que puedan enfrentar y
vencer las adversidades en el campo laboral. Así mismo el egresado de la facultad
debe ser una persona apreciada tanto por sus conocimientos como por su conducta,
comprometida con el bienestar de los demás.
El trabajo en el que estamos empeñados necesita de mucho esfuerzo y dedicación.
Necesitamos de la participación de todos los miembros de la facultad, de sus
egresados, de sus amigos y por ello, durante el año 2005 esperamos contar con una
mejor calidad de educación.
FACULTAD DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA BREVE DESCRIPCION DE LAS DISTINTAS CARRERAS:
Arquitectura (Con enfoque digital)
El manejo creativo de las tecnologías idóneas propias y adquiridas, permitirán
que los profesionales de esta carrera apliquen sus conocimientos en el arte,
ciencia y técnica de la construcción.
INGENIERÍAS
Industrial
Esta carrera formara ingenieros que sean capaces de crear procesos, de
gestión de empresas a través de los conocimientos sólidos en las áreas
productivas de la empresa, utilizando tecnología para realizar con eficiencia
los procesos productivos del negocio.
16
Ciencias de la Computación
El perfil profesional que se formará en esta carrera tendrá conocimientos
científicos, humanísticos de forma que pueda automatizar procesos a través
de la informática en organizaciones públicas y privadas; utilizando las nuevas
tecnologías para aplicarlas en la solución de problemas reales.
En Telecomunicaciones
El ingeniero en telecomunicaciones será un profesional como múltiples
capacidades técnicas en comunicaciones que le permitirán interactuar en una
gran variedad de puestos, administrador de redes de cómputo, electrónica y
microprocesadores, sistemas de radiocomunicaciones, telemática, telefonía
fija y móvil, etc., lo cual lo califica como un especialista en el campo de la
ingeniería en telecomunicaciones.
Técnico en Sistemas de Computación
Esta carrera formara profesionales con grado de técnico aplicando
conocimientos académicos que pueda aplicar en la gestión pública o privada.
ESTUDIOS DE POST GRADO LAS MAESTRIAS QUE OFRECE ACTUALMENTE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ESPECIALIDAD EN
COMERCIO ELECTRÓNICO.
MAESTRIA EN INFORMATICA APLICADA EN REDES
MAESTRIA EN INGENIERIA DE SOFTWARE
17
BREVE DESCRIPCION DE LAS MAESTRIAS 12
A mediados el año 2001 el Ministerio de Educación de El Salvador, aprobó las
carreras de Arquitectura, Ingeniería en Telecomunicación y las Maestrías de informática Aplicada en Redes e Ingeniería de Software. MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ESPECIALIDAD EN COMERCIO ELECTRÓNICO El desarrollo de esta maestría permitirá que profesionales tengan una especialización
en los mercados globales cuyas influencias se hacen sentir en las economías de
países de escasos recursos.
MAESTRÍA EN INFORMÁTICA APLICADA EN REDES
Actualmente, existe en el salvador y Centroamérica un conjunto de especialista
graduados en enseñanza superior en diferentes especialidades que están trabando
en empresas de informáticas que requieren conocimientos de transmisión de datos y
redes de computadora para poder diseñar e implementar aplicaciones informáticas.
El Master en Informática Aplicada en Redes conocerá en forma comparativa las
tecnologías de comunicaciones emergentes alámbricas e inalámbricas con sus pros
y contras, los aspectos que compiten y no compiten entre si y las aplicaciones a las
que van dirigidas y los estándares internacionales que se publican sobre ellas para
utilizarlos.
MAESTRÍA EN INGENIERÍA DE SOFTWARE
El Programa de Maestría en Ingeniería de Software es un programa de postgrado
que responde a una necesidad evidente de la sociedad actual de contar con
profesionales altamente calificados en el área de la Ingeniería de Software.
12 Catálogo de la Universidad Francisco Gavidia 2004-2005 Pág.80, 82., Catálogo 2006 Págs. 97-98, 122-128.
18
A diferencia del programador, el Ingeniero de software utiliza sólidos principios de
ingeniería y técnicas de dirección (management) en la construcción de software
donde se diminuyen los errores a través de la prevención de los defectos en lugar de
la corrección, su ciclo de desarrollo y se asegura una larga duración en la utilización
del mismo sin tener que re-programar. Esto se traduce en beneficios económicos.
Actualmente en este mundo de creciente globalización y competencia, las empresas
funcionan siguiendo el principio de "tiempo a lo Internet". Esto quiere decir que los
ingenieros de software profesionales tienen que producir productos rápidamente y
lograr ciclos de entrega cortos.
B.5 FUNCIONES DE LAS FACULTADES DE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA13
Las facultades comprende el número de personas que trabajan en conjunto para
cumplir con sus deberes y atribuciones que le competen, incluyendo al Decano que
es el que esta al frente de cada Facultad respectivamente, siendo la máxima
autoridad ejecutiva encargado de dirigir el sistema administrativo y académico.
Entre las funciones se encuentran:
Cumplir los deberes y atribuciones enunciadas en el Artículo 31 de los
estatutos de la Universidad.
Revisar y evaluar continuamente el grado en que las carreras existentes
satisfacen las necesidades del país.
Coordinar y revisar el contenido y/o reformas de los programas de estudio de
las carreras adscritas.
Velar y responsabilizarse de que los planes de estudio sean ejecutados eficaz
y eficientemente.
Aprobar equivalencias para el ingreso de alumnos a su facultad de acuerdo a
requisitos y criterios establecidos conforme a los estatutos de la Universidad.
Coordinar áreas de proyección social.
13 Diario Oficial – San Salvador, 19 de Enero de 1998, Capitulo VIII, Pág. 9
19
Supervisar el cumplimiento de horarios de trabajo y de clases de su personal
Representar a la Universidad o a la Facultad en diversos actos públicos y/o
privados.
C. PROCESOS DE EQUIVALENCIAS DE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA
EQUIVALENCIA14
El concepto de equivalencia
Para abordar este punto, recurriremos a las diversas acepciones del término que
aportan los principales diccionarios de lengua española, entre las que destacamos:
"igualdad en el valor, estimación, potencia o eficacia de dos o más cosas". "Valer.
Tener una cosa el mismo valor que otra que se expresa igual. Significar." Si nos
centramos en la primera definición, podemos destacar dos aspectos: por un lado el
de “igualdad en el valor”, y por otro el de “igualdad en la eficacia”. Si nos
centramos en la segunda, tendremos como resultado que una palabra será
equivalente a otra cuando signifique lo mismo. En este punto del razonamiento, y
teniendo en cuenta que nos estamos refiriendo a traducción, nuestro enfoque puede
ir por dos caminos: el de la equivalencia entre el término de la lengua origen A y su
correspondiente en la lengua de destino B; el de la “equivalencia” entre el término
de la “cultura origen A” y su correspondiente en la “cultura de destino B”.
Nord presenta «el concepto tradicional equivalencista y el concepto funcionalista
radical». Para finalmente aportar el suyo propio, que es una mezcla de ambos
modelos y lo justifica diciendo:
... He combinado los dos modelos, estableciendo como principios guiantes tanto la
funcionalidad, i. e. la aptitud del texto para un determinado fin, como la lealtad, i. e.
“el respeto a las intenciones y expectativas no sólo del autor original sino
14 http://www.elcastellano.org/ecamara.html
20
también del cliente que ha encargado la traducción y de los lectores en la cultura meta”. Todos ellos tienen su concepto determinado de lo que es o debe ser
una traducción, y como pertenecen a dos culturas diferentes puede ocurrir que sean
conceptos divergentes. “El traductor es el único que conoce ambos lados, el de
la cultura base y el de la cultura meta, y es su tarea «mediar» entre ambas”.
EQUIVALENCIA DE ASIGNATURAS
Equivalencia de asignatura es el acto académico por el cual la Facultad, a través
del Decano, considera aprobada o cursada una asignatura por otra que, con igual
o similar contenido, fue aprobada o cursada en esta u otra Universidad o en otra
institución de educación superior no universitaria, a la cual se le otorgue
reconocimiento académico o bien se hayan establecido acuerdos de articulación
de estudios, según el marco establecido por la Ley de Educación Superior.
Equivalencia de asignatura aprobada, es la equivalencia que se concede cuando
el alumno cumplió con todos los requisitos de promoción fijados por la Universidad
de origen, para la asignatura de que se trata.
El interesado en obtener equivalencia de asignaturas deberá registrar su
inscripción en la carrera elegida como alumno de la Facultad, de acuerdo con el
Capítulo 11 (Régimen de Pases), de este Reglamento Académico.
La solicitud de equivalencia presentada por el interesado a la Secretaría
Académica de la Facultad, será remitida a los Departamentos que correspondan
en virtud de las asignaturas cuya equivalencia se solicita. Los respectivos Jefes de
Departamento deberán expedirse por escrito sobre la procedencia de estas
solicitudes en lo referente a las asignaturas específicas de cada ámbito
departamental, previo informe del Profesor de la asignatura correspondiente, si lo
consideran pertinente.15
15 http://www.ing.unp.edu.ar/reglamento_capitulo12.htm
21
SITUACION ACTUAL
En la Universidad desde su fundación ha llevado sus procesos manuales y a medida
del tiempo se han venido superando ciertos procedimientos entre los cuales
podemos mencionar el proceso de Inscripción en Línea donde cada estudiante tiene
la opción de inscribirse en cualquier lugar que posea acceso a Internet, la consulta
académica en línea en la cual el estudiante tiene la oportunidad de consultar su
expediente académico, notas de ciclo en curso, además consultas de biblioteca en
línea, información de las diferentes facultades para el docente, Ingreso al Registro de
Notas en Línea , evaluación de docentes en línea, Web de catedráticos el cual
proporciona información del docente entre otras.
Uno de los procesos que aun no se encuentra automatizado es el proceso de ingreso
por equivalencias, por esta razón el proceso de ingreso por equivalencias requiere de
un promedio de quince días para que se le otorgue una resolución definitiva al
estudiante.
Este proceso inicia otorgándose al alumno una solicitud para el consejo directivo de
la universidad, describiendo en dicho documento la petición al proceso de
equivalencias y entregándosele a Administración Académica, se le notifica la
resolución en tres días, luego si esta solicitud es aprobada se envía al Decanato que
corresponda según carrera del estudiante. En cada Decanato se evalúa y analiza en
base a criterios propios y del Reglamento Interno de Equivalencias, esta evaluación
según sea el caso en particular de cada alumno se demora un promedio de quince
días al final de dicho lapso se le entrega al estudiante una resolución definitiva .16
16 Tesis Digitalizadas, BiblioWeb.
22
DATOS ESTADISTICOS Según estadísticas proporcionadas por Administración Académica, el porcentaje de
alumnos que se sometieron a este proceso en los últimos tres ciclos fue el siguiente:
INGRESO POR EQUIVALENCIA17 CICLO CANTIDAD DE ALUMNOS
01/2004 189
02/2004 224
01/2005 232
Estadisticas de Ingreso por Equivalencia Interno y Externo
0
50
100
150
200
250
PERIODO Ciclo 01-2004 Ciclo 02-2004 Ciclo 01-2005
Ciclos
Alum
nos
Alumnos
17 Formulario 2-1(Ciclo II), código de reporte FSICA155.
23
En la anterior grafica se demuestra el aumento de alumnos de las diferentes
carreras, que se han sometido a dicho proceso, en el cual se puede observar un
aumento que se viene dando a través de cada periodo de ciclo.18
A medida que aumenta la cantidad de alumnos se amplia el margen de los tiempos
de respuesta o resoluciones de dicho proceso y a su vez aumentaría la carga de
trabajo de las diferentes personas involucradas en el proceso ya que este recurso
humano tienen que realizar otras actividades afines a sus puestos de trabajo
ocasionándoles ciertos problemas como retraso en sus actividades, además de
incrementar la posibilidad de errores humanos ya que como se sabe, este proceso se
mantiene manual, tomando en cuenta que los usuarios de el proceso son alumnos
internos y externos.
D. REGLAMENTO INTERNO DE EQUIVALENCIAS DE LA UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA E INCORPORACIONES19
El Consejo Directivo de la Universidad Francisco Gavidia en cumplimiento a lo
preceptuado en el inciso segundo del Art.15 de la Ley de Educación Superior, Art.17
de la misma Ley, así como por lo preceptuado en el inciso tercero del Art. 17 del
Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en uso de las facultades que
le concede el literal b) del Art.22 y los del Art.84, ambos de los Estatutos Vigentes de
la Universidad, ACUERDA: emitir y aprobar el siguiente Reglamento Interno de
Equivalencias e Incorporaciones para obtener los distintos grados académicos que
otorga la Universidad.
CAPITULO I FINALIDAD ART.1 a) El presente Reglamento Interno de Equivalencias e Incorporaciones tiene
por finalidad normar a nivel institucional el otorgamiento de 18 Tesis Diseño e Implementación de un Sistema Automatizado de Información, 2004, BiblioWeb.edu.sv 19 http://www.ufg.edu.sv/
24
equivalencias de estudios superiores cursados en cualquier institución
de Educación Superior debidamente autorizada por el Ministerio de
Educación e instituciones legalmente establecidas. Así como
incorporaciones de profesionales nacionales y extranjeros que hayan
cursado estudios de educación superior fuera del país.
b) En el área de incorporación de profesionales, las normas establecidas en este
Reglamento son acordes y están Supeditadas al Reglamento Especial
de Incorporaciones aprobadas por Decreto Ejecutivo número veintiséis
de fecha veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
c) Sin perjuicio del literal anterior del presente Reglamento la Universidad
FRANCISCO GAVIDIA podrá establecer otros criterios para otorgar las
equivalencias de estudios y de incorporación de profesionales de
acuerdo con sus estatutos, otras normas aplicables y las disposiciones
emanadas de este Reglamento.
CAPITULO II
DE LAS EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS
Art.2 Se entiende por equivalencias, el reconocimiento de los estudios que hayan
sido cursados y aprobados en otras instituciones de educación superior,
sean estas nacionales o extranjeras. El reconocimiento implica
establecer una relación académica “Sustancialmente equivalente” entre
tales estudios con los de la Universidad.
Art.3 La Universidad Francisco Gavidia establece dos tipos de equivalencias:
a) Equivalencias Internas: Se denominan equivalencias internas a la
aceptación de equivalencias entre asignaturas impartidas, cursadas
y aprobadas en las diferentes carreras que ofrece la Universidad.
b) Equivalencias Externas: Se denominan equivalencias externas a la
aceptación de equivalencias entre asignaturas
25
similares impartidas en la Universidad y aquellas impartidas, cursadas y
aprobadas en otras instituciones de Educación Superior del país o
del extranjero en iguales o diferentes carreras.
Art.4 Solamente podrán aceptarse por equivalencias, asignaturas cursadas en
instituciones de educación superior que posean reconocimiento oficial
por parte del Ministerio de Educación, cuando estas sean nacionales;
en caso de las equivalencias a estudios realizados en instituciones de
Educación Superior extranjeras, los interesados deberán previamente
legalizar y autenticar toda la documentación respectiva en las instancias
correspondientes.
Art.5 Las equivalencias externas se otorgarán en los siguientes casos:
a) Por solicitud del interesado presentada en la Unidad de Nuevo
Ingreso de la Administración Académica de la Universidad.
b) Por convenio Interinstitucional.
c) Por autorización de la autoridad educativa institucional competente.
Art.6 La relación de correspondencia entre asignaturas, al momento de otorgar las
equivalencias será de una a una, esto implica que por una o más
asignaturas aprobadas en otra institución, la Universidad solamente
podrá otorgar equivalencia por una asignatura.
Art.7 Solamente podrá otorgarse equivalencias en asignaturas en cuyos programas,
objetivos y contenidos se ajusten a las impartidas en la Universidad
Francisco Gavidia, según el Plan de Estudio vigente de la carrera a la
que desea ingresar el solicitante, aunque las asignaturas no tengan
exactamente el mismo nombre, pero deberán cumplir como mínimo el
75% de su contenido.
Art. 8 El otorgamiento de equivalencias tiene el único propósito de permitir al
interesado la continuación de sus estudios en las diferentes carreras
que se ofrecen en la Universidad.
26
Art.9 Todo estudiante que ingresa por equivalencia a la Universidad debe cursar y
aprobar como mínimo treinta y dos unidades valorativas (32 U.V.), las
cuales serán determinadas por el Decano de la facultad respectiva;
entre estas asignaturas se incluirán las necesarias para garantizar que
el estudiante complete el plan de estudios de su carrera.
Art.10 Los estudiantes o aspirantes que soliciten equivalencias de asignaturas,
deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Completar el formulario de solicitud de ingreso por equivalencia
correspondiente.
b) Certificación oficial de notas debidamente autenticada por las
autoridades de la institución de educación superior de procedencia.
c) Certificación del Plan de estudios con el que se pretende establecer
equivalencias extendida por el funcionario
correspondiente de la institución de educación superior de procedencia,
autorizadas con su firma y sello oficial.
d) Certificación de Programas, temarios o cualquier otra documentación
que exprese los contenidos de cada unidad de enseñanza-
aprendizaje, con el que pretende establecer equivalencias, sellados
y firmados por las autoridades académicas correspondientes.
e) Cancelar el arancel establecido para el otorgamiento de las
equivalencias solicitadas y presentar el recibo de cancelación en la
Unidad de Nuevo Ingreso de la Administración Académica.
f) Original y copia del Título de Bachiller y/o del grado académico
respectivo debidamente legalizado.
g) Certificación de partida de nacimiento.
h) Fotografía b/n tamaño pasaporte.
Art.11 Recibida la solicitud y la documentación correspondiente, Administración
Académica a través de la Unidad de Nuevo Ingreso, en un plazo de
cinco días hábiles procederá a lo siguiente:
27
a) Revisar la autenticidad de los documentos.
b) Cerciorarse de que se trata de estudios de educación superior.
c) Verificar que no exista impedimento legal para darle curso a la
solicitud.
d) Calificar la validez de la documentación recibida y enviarla al
Decanato Correspondiente para su análisis, estudio y dictamen.
Art. 12 El Decanato respectivo, luego de haber recibido toda la documentación
probatoria y la solicitud de equivalencia, deberá analizar y estudiar toda
la documentación y emitir un dictamen favorable o desfavorable al
solicitante por cada asignatura. Este dictamen que abarcará las
equivalencias aceptadas y rechazadas será entregado al solicitante en
una entrevista, en un término no mayor de los treinta días, desde la
presentación de su solicitud. Los resultados serán trasladados a la
Unidad de Nuevo Ingreso de la Administración Académica para su
consignación en el expediente académico del estudiante.
Art.13 Para determinar las igualdades académicas y emitir el dictamen de
equivalencias, los Decanatos deberán analizar en forma integral la
documentación recibida relacionada con los planes y programas de esta
institución, así:
I La estructura del Plan de Estudio
II El orden de las asignaturas y su prerrequisitos
III Los objetivos de los programas de cada asignatura
IV La duración en hora clase por cada asignatura
V El contenido de las unidades de enseñanza-aprendizaje
VI El número de unidades valorativas de cada asignatura
VII El tiempo de dedicación y bibliografía recomendada
VIII Las modalidades de evaluación de las unidades de enseñanza-
aprendizaje.
IX La metodología de enseñanza utilizada
28
Art. 14 Toda documentación que se presente para dictaminar equivalencias de
estudios deberá ser original y estar debidamente legalizada por la
autoridades correspondientes.
Art.15 No podrán otorgarse equivalencias de las asignaturas que hayan sido
cursadas, si el estudiante estuvo simultáneamente inscrito en más de
una institución de Educación Superior, en la misma u otras carreras.
Art.16 Una vez efectuado el otorgamiento de equivalencias solicitado y transcurrido
el primer semestre de estudios del alumno en la Universidad, éste no
podrá presentar nuevas solicitudes de equivalencias, por consiguiente
este proceso no aplica para los estudiantes de reingreso, a menos de
que haya estudiado durante el lapso indicado en otra institución de
Educación Superior parte de la misma carrera, para la cual solicita
equivalencias.
Art. 17 Para efecto del Registro Académico de las Asignaturas a las que la institución
otorgue reconocimiento de equivalencias, la Administración Académica
procederá a consignar en el expediente académico la resolución de
equivalencias externas cuando se hubieren otorgado a estudiantes
provenientes de otras instituciones. Cuando la equivalencia fuere
otorgada a nivel interno, se consignará la nota obtenida en la institución.
Art. 18 El estudiante que hubiere recibido equivalencias externas, cursará su primer
ciclo académico en la institución de acuerdo a la asesoria recibida por el
Decano de la facultad correspondiente.
Art.19 Para iniciar trámite relacionado con el otorgamiento de equivalencias, el
solicitante deberá cubrir el arancel correspondiente que esté vigente a
la fecha por Acuerdo de Consejo Directivo de la Universidad
CAPITULO III
DE LAS INCORPORACIONES
Art.20 El conocimiento de las solicitudes relativas a la incorporación de los estudios
profesionales, para los cuales exista convenios o tratados
internacionales sobre la materia, será de competencia de la Dirección
29
Nacional de Educación Superior, quien resolverá en virtud de Acuerdo
Ministerial.
Art. 21 En caso de no existir tales convenios o tratados internacionales, la
incorporación podrá realizarse en nuestra Universidad en virtud de
resolución emitida por el Ministerio de Educación y en la instancia
académica correspondiente de la Universidad.
Art.22 Para efectos del presente Reglamento, se entiende por incorporación de
profesionales graduados, a la homologación y validez académica que
otorga la Universidad Francisco Gavidia a los estudios del nivel superior
que cursa en el extranjero una persona, quien una vez se le otorgue
formará parte de los graduados de la Universidad.
Art. 23 El proceso de incorporación a la institución de profesionales nacionales o
extranjeros, será aplicable solamente a los estudios de educación
superior cursados fuera del país y en instituciones superiores que
posean el reconocimiento legal y oficial en sus países para funcionar
como tales.
Art. 24 Si los estudios que presenta el solicitante no son homologables o no
corresponden a grados académicos de los otorgados en El Salvador,
podrán ser convalidados por la instituciones de Educación Superior que
tengan reglamentados tales estudios y que hayan sido calificados por el
Ministerio de Educación para ello.
Art. 25 Todo profesional que desee ser incorporado, deberá presentar su solicitud por
escrito y demás documentos pertinentes al Consejo Directivo, a través
del Rector, para evaluar la situación y asignar el análisis y dictamen al
Decano de la facultad correspondiente.
Art. 26 Todo graduado que desea iniciar las gestiones para ser incorporado
profesionalmente, deberá presentar la siguiente documentación a la
Rectoría:
a) Solicitud debidamente documentada y acorde con los aspectos
señalados en el artículo seis del Reglamento Especial de
30
Incorporaciones, aprobado por Decreto Ejecutivo número veintiséis,
con fecha veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
b) Certificación Global de Notas; del plan de estudios de la carrera de
procedencia, debidamente autenticadas con las firmas y sellos de
las autoridades de la institución de educación superior
correspondiente.
c) Título original expedido por la institución en donde se realizaron los
estudios, debidamente legalizado y autenticado.
d) Programas detallados de las asignaturas y contenidos que
conforman el plan de estudios firmados y sellados por la autoridad
correspondiente.
e) Recibo de cancelación del pago correspondiente por los derechos de
análisis y estudios de solicitud, documentación e inicio del proceso.
Cuando la solicitud fuere denegada, todos los aranceles cancelados
para el estudio y el dictamen respectivo no son reembolsables.
f) Título de Bachiller o equivalente, si fuese obtenido en el extranjero
debidamente acreditado por el Ministerio de Educación de El
Salvador.
g) Certificación de que la institución otorgante funciona debidamente
legalizada conforme a las leyes del país de procedencia y que está
autorizada para conferir tales grados.
h) Documento único de identidad del solicitante (DUI) o pasaporte en el
caso de extranjeros.
i) Certificación de partida de nacimiento original debidamente
autenticada.
j) Una fotografía b/n, tamaño pasaporte.
31
Todos los documentos originales se deberán presentar con copia,
para que después de su confrontación, se devuelvan los
originales al interesado en la facultad asignada.
Art. 27 Mientras se desarrolle el proceso de análisis y estudio de la
documentación presentada, el solicitante deberá atender cualquier
llamado a entrevistas y/o entrega de documentos auxiliares u
otros que le permitan a las autoridades correspondientes facilitar
y/o completar el proceso; cualquier negativa al respecto será
causa justificable para desestimar la solicitud y el proceso
respectivo
Art. 28 Toda la documentación a que hace referencia el artículo diez del
presente reglamento deberá estar escrita en idioma castellano;
cuando no sea así, el peticionario deberá presentar traducciones
hechas en la forma establecida en el artículo 261 del código de
procedimientos civiles de la República de El Salvador.
Art.29 Recibida la solicitud y la documentación correspondiente en la Rectoría y
después de la evaluación del Consejo Directivo, en un plazo no
mayor de treinta días, la Secretaría General procederá a lo
siguiente:
a) Revisar la autenticidad de los documentos
b) Cerciorarse de que se trate de estudios del nivel superior
c) Verificar que no exista impedimento legal para la incorporación.
d) Verificar la procedencia y luego enviar la documentación
correspondiente al Decano respectivo.
Art. 30 El Decano respectivo deberá analizar y estudiar toda la documentación
recibida y emitir un dictamen favorable o desfavorable al
solicitante, en un término no mayor de veinte días y cuyos
resultados y razonamientos serán trasladados al Secretario
General para que éste emita el dictamen final y tramite ante el
Consejo Directivo el acuerdo correspondiente.
Art.31 El plazo máximo para resolver toda solicitud de incorporación profesional
será de noventa días contados a partir de su admisión.
32
Art. 32 El Acuerdo final de incorporación y los efectos que impliquen, se
remitirán a la Rectoría, a la Secretaria General de la Universidad,
a la Administración Académica, a la facultad respectiva y al
Interesado.
Art. 33 Las resoluciones que se emitan en los procedimientos establecidos en
este reglamento deberán expresar los argumentos que justifiquen
la decisión tomada.
Art. 34 La Universidad Francisco Gavidia con la aprobación del Consejo
Directivo y de acuerdo a la naturaleza de la carrera en la que el
solicitante pretende incorporarse, podrá establecer como requisito
a los solicitantes, la aprobación de pruebas, exámenes y/o
realización de investigaciones u otros requisitos que el Decano
respectivo crea convenientes realizar.
Art. 35 La iniciación de los trámites correspondientes a una solicitud de
incorporación profesional, no confiere ningún derecho o privilegio.
La declaración legal de incorporación concede los derechos y
atribuye las obligaciones que indican las leyes de la República y
las de la Universidad.
Art. 36 La declaración legal de incorporación permite a la Universidad
Francisco Gavidia expedir con todos los requerimientos que
establece la Ley de Educación Superior, el título de la carrera
incorporada y además toda la documentación legal que acredite al
interesado como profesional incorporado a la institución, debiendo
para ello cancelar el valor correspondiente de los aranceles de
incorporación establecidas por el Consejo Directivo de la
Universidad.
Art.37 Para efectos del Registro Académico, la Unidad de Administración
Académica elaborará y guardará el expediente de incorporación
profesional y emitirá una certificación de notas especial,
estableciendo claramente que las calificaciones presentadas en el
documento fueron obtenidas en otra institución.
Art.38 Cuando las solicitudes de incorporación profesional se refieran a
estudios superiores no homologables con los de la Universidad
33
y/o no correspondan a grados académicos de los otorgados en el
país, la Universidad podrá convalidar tales estudios, si los tienen
reglamentados y que haya sido la Universidad designada para
ello, y para tal fin deberá seguir el siguiente procedimiento:
:
a) El peticionario debe presentar y completar todos los requisitos y
documentación que se le exige el Art. 8 de este reglamento.
b) El Consejo Directivo de la Universidad designará a una Terna
de Profesionales docentes que posean tal grado para estudiar
la documentación, y analizar el caso, debiendo al finalizar
emitir un dictamen favorable o desfavorable a la solicitud.
c) En caso de no existir en la planta docente profesionales que
posean el grado académico que se solicita incorporar, la
institución podrá contratar a profesionales externos a la misma
que posean tal grado, debiendo éste, o éstos, dictaminar al
respecto.
d) Los dictámenes a que se hace referencia en los literales b) y c)
de este artículo deberán ser enviados con el visto bueno al
Decano respectivo, y a Secretaría General para emitir el
dictamen final.
e) El proceso al igual que una incorporación de un grado que si
ofrezca la institución, deberá tener una duración no mayor a
los noventa días.
f) El arancel del proceso de incorporación será determinado por el
Consejo Directivo de la Universidad.
Art. 39 La Universidad se reserva el derecho de aprobar o negar la solicitud de
trámite de incorporación profesional a cualquier persona,
basándose para ello en criterios estrictamente Académicos,
definidos en cada caso por el Concejo Directivo a propuesta del
Decano respectivo.
Art. 40 Tal como lo establece el artículo 10 del Reglamento Especial de
Incorporaciones del Órgano Ejecutivo, todo peticionario que haya
obtenido un dictamen desfavorable a su gestión de incorporación,
34
podrá recurrir a revisión a la Dirección Nacional de Educación
Superior del Ministerio de Educación.
Art. 41 Para los efectos pertinentes a este reglamento, las definiciones de los
conceptos de reconocimiento, homologación y convalidación,
señaladas en el artículo dieciséis del Reglamento Especial de
Incorporaciones, tendrán idéntica connotación y
conceptualización.
CAPITULO IV
DISPOSICIONES ESPECIALES
Art.42 La presentación de documentos falsos al solicitar cualquiera de los
servicios referidos a los procesos de otorgamiento de
equivalencias o incorporación profesional anulará todo el proceso
y el infractor no podrá ser admitido como estudiante o como
solicitante nuevamente, debiendo la Administración Académica
llevar un registro de estos casos.
Art. 43 Los casos de otorgamiento de equivalencias e incorporaciones
profesionales no previstos en este Reglamento, se someter
la consideración del Consejo Directivo de la Universidad, que
decidirá previo dictamen de los Decanatos.
Toda reforma aprobada por el Consejo Directivo se tiene por
incorporada a este Reglamento.
Todo lo no previsto en el presente Reglamento, deberá ser
resuelto por el Consejo Directivo de la Universidad.
CAPITULO V
VIGENCIA
Art. 44 Este Reglamento entrará en vigencia a partir del uno de enero de
dos mil tres.
Dado en el salón de sesiones del Consejo Directivo, a los diez
días del mes de enero de dos mil tres.
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