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BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDAJUNTA DIRECTIVA
MINUTA DEL ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA N° 101-2019DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2019(Acta grabada en soporte digital)
Minuto: 0:00 Se inicia la sesión a las diecisiete horas en la sede del BANHVI, con la
asistencia de los siguientes Directores: Dania Chavarría Núñez, Vicepresidenta; Guillermo
Alvarado Herrera, Marian Pérez Gutiérrez, Kenneth Pérez Venegas y Eloísa Ulibarri
Pernús. La Directora Irene Campos Gómez, Presidenta; y el Director Carranza González,
se incorporan a la sesión a partir de los minutos 02:20 y 41:25 respectivamente.
Asisten también los siguientes funcionarios: Carlos Castro Miranda, Gerente General a.i.;
y David López Pacheco, Secretario de Junta Directiva. Los funcionarios Gustavo Flores
Oviedo, Auditor Interno; y Rodolfo Mora Villalobos, Asesor Legal, se incorporan a la
sesión a partir del minuto 41:25.
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Asuntos conocidos en la presente sesión
La Junta Directiva conoce los siguientes asuntos en la presente sesión:
1.º. Presentación de informe quincenal sobre el avance en la ejecución de las actividades
de los proyectos del Sistema de Apoyo a la Gestión Financiera, Rediseño del Sistema
de Vivienda y Expediente Electrónico-Fase II.
2.º. Modificación de la agenda de la presente sesión.
3.º. Solicitud de aprobación de 191 bonos extraordinarios en el proyecto de vivienda Las
Palmas.
4.º. Solicitud de aprobación de 23 bonos extraordinarios individuales.
5.º. Propuesta de redistribución del presupuesto 2019 del FOSUVI.
6.º. Tema confidencial de la Junta Directiva. (Ratificación del nombramiento del Gerente
General)
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 2---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1° Presentación de informe quincenal sobre el avance en la ejecución de las actividades de los proyectos del Sistema de Apoyo a la Gestión Financiera, Rediseño del Sistema de Vivienda y Expediente Electrónico-Fase II
Minuto 00:42 Según lo dispuesto en el acuerdo N° 1 de la sesión 26-2019, del pasado 01
de abril, se procede a conocer el informe, con corte al día de hoy, sobre la
implementación del cronograma de trabajo para ejecutar las actividades de los proyectos
del Sistema de Apoyo a la Gestión Financiera y Capital Humano, Rediseño del Sistema
de Vivienda y Expediente Electrónico – fase II.
Para estos efectos, se incorporan a la sesión los funcionarios Marco Tulio Méndez
Contreras, jefe del Departamento de Tecnología de Información; Rocío Brenes Monge,
administradora de proyectos de Tecnología de Información; y José Pablo Durán
Rodríguez, jefe del Departamento Financiero Contable, quien expone el referido avance
en el cronograma de trabajo para los tres citados proyectos, atendiendo, con el apoyo del
licenciado Méndez Contreras, las consultas y observaciones que al respecto van
planteando los señores Directores, particularmente sobre el cumplimiento efectivo de los
cronogramas previstos y los resultados del proceso de contratación del Sistema de Apoyo
a la Gestión Financiera, cuya oferta presentada está siendo analizada por las áreas
involucradas, así como con respecto a la contratación del recurso humano que requieren
los proyectos y los resultados del reciente informe de la Contraloría General de la
República, sobre el proyecto de Rediseño del Sistema de Vivienda.
Minuto 07:40 La Junta Directiva procede a analizar la información suministrada,
solicitándole a la Administración las aclaraciones pertinentes, particularmente con
respecto a los resultados del proceso de contratación del Sistema de Apoyo a la Gestión
Financiera y a las disposiciones del citado informe de la Contraloría General de la
República.
Minuto 40:50 De conformidad con las valoraciones efectuadas en torno al tema, la Junta
Directiva resuelve girar instrucciones a la Administración, para que evalúe con atención lo
dispuesto por la Contraloría General de la República en cuanto al Sistema de Vivienda,
valorando para ello los riesgos involucrados y la importancia de continuar manteniendo el
plazo previsto para implementar el proyecto de Rediseño del Sistema de Vivienda. Lo
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 3---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------anterior, según se consigna en el Acuerdo N° 1 que se anexa a esta minuta. Acto
seguido, se retiran de la sesión los funcionarios Durán Rodríguez, Méndez Contreras y
Brenes Monge.
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2° Modificación de la agenda de la presente sesión
Minuto 41:50 La Junta Directiva valora y finalmente resuelve, de forma unánime, posponer
para la agenda de una próxima sesión, el conocimiento de los siguientes asuntos:
a) Informe sobre la gestión del FOSUVI al 30 de noviembre de 2019.
b) Propuesta de programas de colocación de crédito y plan anual de captaciones del
FONAVI, para el año 2020.
c) Estado de análisis de la solicitud de crédito presentada por el Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, dentro del Programa Integral de Financiamiento para Familias de
Ingresos Medios.
d) Presentación de la Auditoría Interna sobre el perfil y funciones del Oficial de
Cumplimiento Normativo.
e) Propuesta de respuesta a notas del Viceministro de Vivienda y Asentamientos
Humanos, y del Ministro de Desarrollo Humano e Inclusión Social, sobre la atención de
las familias del asentamiento Triángulo de Solidaridad.
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3° Solicitud de aprobación de 191 bonos extraordinarios en el proyecto de vivienda Las Palmas
Minuto 47:15 Se conoce el oficio GG-ME-1333-2019 del 18 de diciembre de 2019,
mediante el cual, la Gerencia General remite y avala el informe DF-OF-1509-2019 de la
Dirección FOSUVI, que contiene los resultados del estudio efectuado a la solicitud
presentada por Coopenae R.L., para financiar –al amparo del artículo 59 de la Ley del
Sistema Financiero Nacional para la Vivienda–, la compra de 191 lotes con servicios y la
construcción de igual número de viviendas que habitan en situación de extrema
necesidad, seis de ellas, afectadas por situaciones de emergencia, en el proyecto
habitacional Las Palmas, ubicado en el distrito de la Fortuna, cantón de Bagaces,
provincia de Guanacaste. Dichos documentos se adjuntan al expediente del acta.
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 4---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Para exponer los alcances del citado informe y atender eventuales consultas de carácter
técnico sobre el tema, se incorporan a la sesión la licenciada Martha Camacho Murillo,
Directora del FOSUVI; y la arquitecta Mariella Salas Rodríguez, jefe a.i. del Departamento
Técnico.
La licenciada Camacho Murillo presenta los aspectos más relevantes de la solicitud de
Coopenae R.L., así como las características de este proyecto habitacional y su entorno,
destacado que con este grupo de casos se dará solución habitacional a 191 familias que
actualmente habitan en situación de extrema necesidad y de las cuales, seis son
afectadas por situaciones de emergencia. Entre otras cosas, destaca las condiciones bajo
las cuales se recomienda su aprobación, haciendo ver que el financiamiento es por un
monto total de hasta ¢4.568,8 millones para 185 operaciones, que incluye la compra de
los lotes, la construcción de las viviendas, la fiscalización de las soluciones de vivienda, el
kilometraje de fiscalización y los gastos de formalización de las 185 operaciones, para un
Bono promedio de ¢24,7 millones.
Minuto 54:35 La licenciada Camacho Murillo, con el apoyo técnico del ingeniero Mendoza
Alfaro, procede a atender las consultas y observaciones que van planteando los señores
Directores sobre las condiciones del financiamiento.
Minuto 67:15 Conocidos y suficientemente discutidos los informes presentados por la
Administración, la Junta Directiva resuelve otorgar el financiamiento requerido, en los
términos que se proponen en el estudio realizado por la Dirección FOSUVI y adicionando
las siguientes instrucciones: a) la entidad autorizada deberá verificar que se hayan
subsanado los aparentes problemas que presenta, aguas abajo, el desfogue de las aguas
pluviales del proyecto, con el fin de garantizar que no se generen problemas a otras
propiedades; b) deberá coordinarse con las autoridades del Ministerio de Educación
Pública de la zona, el otorgamiento del servicio de educación primaria y secundaria, para
la población del proyecto Las Palmas; y c) deberán revisarse los cronogramas para la
ejecución de las obras, a la luz de nuevas tecnologías y métodos constructivos, con el fin
de procurar la disminución sustantiva de los plazos de construcción y la entrega, en el
menor tiempo posible, de las soluciones habitacionales. Lo anterior, según se consigna
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 5---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------en el Acuerdo N° 2 que se anexa a esta minuta. Acto seguido, se retira de la sesión la
arquitecta Salas Rodríguez.
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4° Solicitud de aprobación de 23 bonos extraordinarios individuales
Minuto 70:10 Se conoce el oficio GG-ME-1334-2019 del 18 de diciembre de 2019,
mediante el cual, la Gerencia General remite y avala el informe DF-OF-1407-2019 de la
Dirección FOSUVI, que contiene un resumen de los resultados del estudio efectuado a las
solicitudes de Grupo Mutual Alajuela – La Vivienda de Ahorro y Préstamo, Banco de
Costa Rica y Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, para financiar veintitrés operaciones
individuales de Bono Familiar de Vivienda, por situación de extrema necesidad, al amparo
del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. Dichos
documentos se adjuntan al expediente del acta.
La licenciada Camacho Murillo expone el detalle de las referidas solicitudes de
financiamiento, destacando que las operaciones han sido debidamente analizadas por la
Dirección FOSUVI, se ha revisado el cumplimiento de los requisitos por parte de las
familias postuladas y de igual forma se ha verificado la razonabilidad de la información
técnica y los costos propuestos, determinándose que los casos cumplen a cabalidad con
todos los requisitos que establece la legislación del Sistema y por lo tanto se recomienda
aprobar los subsidios bajo las condiciones señaladas por esa Dirección.
Minuto 50:10 El Director Alvarado Herrera justifica su voto negativo en el caso del señor
José Gerardo Núñez Hernández, porque la casa tiene un costo de ¢19 millones y posee
un área de 77,6 m² con tres dormitorios, a pesar de que la familia consta únicamente de
tres miembros.
Minuto 74:00 No habiendo más observaciones de los señores Directores ni por parte de
los funcionarios presentes y con el voto negativo del Director Alvarado Herrera en el caso
antes indicado, la Junta Directiva resuelve autorizar los referidos bonos de vivienda,
según lo recomienda la Administración y en los términos que se indican en los Acuerdos N° 3 y N° 4 que se anexan a esta minuta.
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5° Propuesta de redistribución del presupuesto 2019 del FOSUVI
Minuto 75:03 Se conoce el oficio GG-ME-1332-2019 del 18 de diciembre de 2019,
mediante el cual, la Gerencia General remite y avala el informe DF-OF-1510-2019 de la
Dirección FOSUVI, que contiene una propuesta para redistribuir los recursos del
Presupuesto 2019 del FOSUVI, correspondientes a bonos ordinarios, entre las diferentes
entidades autorizadas. Dichos documentos se adjuntan a la presente acta.
La licenciada Camacho Murillo expone los alcances de la referida propuesta, destacando
que con base en el estudio realizado a la ejecución presupuestaria de cada entidad
autorizada, se ha determinado la necesidad de efectuar una distribución y redistribución
del presupuesto de los recursos provenientes del FODESAF, con el fin de ajustar la
distribución presupuestaria de Bono Ordinario.
Adicionalmente, hace ver que con esta distribución y redistribución, básicamente se
pretende adecuar los saldos de cada programa, trasladando recursos de las entidades
que han mostrado niveles bajos de ejecución a las entidades que tienen un alto
porcentaje de ejecución y que tienen casos individuales o proyectos de vivienda en etapas
avanzadas de tramitación, según las proyecciones efectuadas por el Banco en
coordinación con las entidades autorizadas.
Minuto 75:55 Conocida la propuesta de la Dirección FOSUVI y no habiendo objeciones de
los señores Directores ni por parte de los funcionarios presentes, la Junta Directiva
resuelve acoger la recomendación de la Administración y, en consecuencia, toma el
Acuerdo N° 5 que se anexa a esta minuta. Acto seguido, se retiran de la sesión los
funcionarios Camacho Murillo y Mendoza Alfaro.
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6° Tema confidencial de la Junta Directiva. (Ratificación del nombramiento del Gerente General)
Minuto 76:55 Según lo resuelto en la sesión 98-2019 del pasado 09 de diciembre y al
amparo del artículo 25 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, la
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 7---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Junta Directiva continúa sesionando de forma privada únicamente con sus siete
miembros; suprimiéndose por consiguiente la grabación de la sesión.
Para el análisis del tema, se tienen a la vista los oficios DAD-REH-OF-202-2019 del Área
de Recursos Humanos y AI-OF-AD-006-2019 de la Auditoría Interna, los cuales se
proceden a estudiar; luego de lo cual, se emiten los acuerdos N° 6 y N° 7 que se anexan
a esta minuta.
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Siendo las veintiuna horas con quince minutos, se levanta la sesión.
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 8---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDAJUNTA DIRECTIVA
ACUERDOS DE LA SESION EXTRAORDINARIA N° 101-2019DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2019
ACUERDO N°1:Conocido el informe, con corte al 19 de diciembre de 2019, sobre la implementación del
cronograma de trabajo para ejecutar las actividades de los proyectos del Sistema de
Apoyo a la Gestión Financiera y Capital Humano, Rediseño del Sistema de Vivienda y
Expediente Electrónico – fase II, se instruye a la Administración, para que evalúe con la
debida atención, lo dispuesto por la Contraloría General de la República en cuanto al
proyecto de Rediseño del Sistema de Vivienda, valorando los riesgos involucrados y la
importancia de continuar manteniendo el plazo previsto para implementar dicho proyecto
institucional.
Acuerdo Unánime.-************
ACUERDO N°2:Considerando:Primero: Que Coopenae R.L. ha presentado solicitud para financiar, al amparo del
artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, la compra de 191
lotes con servicios y la construcción de igual número de viviendas, en el proyecto
habitacional Las Palmas, ubicado en el distrito Fortuna del cantón de Bagaces, provincia
de Guanacaste, dando solución habitacional a 191 familias que habitan en situación de
extrema necesidad, seis de ellas, afectadas por situaciones de emergencia.
Segundo: Que por medio de los informes DF-DT-IN-1053-2019, DF-DT-IN-1075-2019 y
DF-DT-IN-1079-2019, el Departamento Técnico de la Dirección FOSUVI presenta el
correspondiente dictamen técnico sobre la solicitud de Coopenae R.L., y con base en la
documentación presentada por la entidad y los estudios técnicos realizados, ese
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 9---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Departamento concluye que el valor de los lotes es razonable y los costos de las obras a
construir son adecuados para las características propuestas y, por ende, recomienda
acoger la solicitud planteada por esa cooperativa, estableciendo algunas condiciones con
respecto, entre otras cosas, al giro de los recursos, la vigencia de los permisos de
construcción, el acatamiento de las especificaciones técnicas, el cumplimiento de la
Directriz N° 27, la retención de fondos para garantizar la ejecución de las obras
pendientes, la liquidación de los costos administrativos y el giro de los recursos
correspondientes a costos directos e indirectos.
Tercero: Que mediante el oficio DF-OF-1509-2019 del 18 de diciembre de 2019 –el cual
es avalado por la Gerencia General con la nota GG-ME-1333-2019, de esa misma fecha–
la Dirección FOSUVI se refiere a los aspectos más relevantes de la solicitud presentada
por Coopenae R.L., así como al detalle de las obras a ejecutar, la lista de beneficiarios,
los costos propuestos y las condiciones adicionales bajo las cuales se recomienda avalar
la solicitud de la entidad autorizada.
Cuarto: Que habiéndose conocido los documentos que al respecto han sido sometidos a
la consideración de esta Junta Directiva, se estima procedente acoger la recomendación
de la Administración en los mismos términos señalados en el citado informe DF-OF-1509-
2019 de la Dirección FOSUVI y adicionando las condiciones que se han estimado
pertinentes, siendo que –según lo ha documentado la Administración–se ha verificado la
razonabilidad los costos de las obras y se han cumplido a cabalidad todos los requisitos y
trámites legales vigentes en el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
Por tanto, se acuerda:1. Aprobar, al amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la
Vivienda, 191 operaciones individuales de Bono Familiar de Vivienda, para compra de lote
con servicios y construcción de vivienda, en el proyecto habitacional Las Palmas, ubicado
en el distrito Fortuna del cantón de Bagaces, provincia de Guanacaste, dando solución
habitacional a igual número de familias que viven en situación de extrema necesidad. Lo
anterior, actuando Coopenae R.L. como entidad autorizada y la empresa Park Slope
Development S.R.L., cédula jurídica 3-102-682126, como desarrolladora del proyecto, por
un monto total de ¢4.568.825.971,32 (cuatro mil quinientos sesenta y ocho millones
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 10---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ochocientos veinticinco mil novecientos setenta y un colones con 32/100), según el
siguiente detalle:
a) Compra de 185 lotes por un monto total de ¢1.923.587.700,00.
b) Construcción de 185 viviendas por un monto total de ¢2.551.083.432,84.
c) Proporcional para el rubro de Fiscalización para las 185 viviendas, por un monto total
de ¢21.620.432,09.
d) Kilometraje de la fiscalización para las 185 soluciones habitacionales, por un monto
total de ¢5.920.000,00.
e) Gastos de formalización para las 185 soluciones habitacionales, por un monto total de
¢66.614.406,20.
2 Se autoriza el indicado financiamiento, de conformidad con el siguiente detalle de
potenciales beneficiarios, quedando la validez y la eficacia de la aprobación de cada Bono
Familiar de Vivienda, sujetas a que la entidad autorizada y la Dirección FOSUVI,
verifiquen que cada familia cumple con los requisitos correspondientes:
Jefatura de familia Cédula Folio Real Monto de terreno (¢)
Monto de vivienda (¢)
Fiscali-zación (¢)
Kilome-traje (¢)
Gastos de formaliza-
ción a financiar
por BANHVI (¢)
Monto del Bono (¢)
Aporte familiar (¢)
Mairena Alvarado Magdalena 501870899 5-233539-
000 9.718.000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 229 411,34 23 663 652,82 229 411,34
Palacios Porras Ademar Alonso 503490815 5-233540-
000 9 434 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 226 603,29 23 377 044,77 226 603,29
Delgado Alpízar Alice 501370123 5-233541-000 9 434 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 226 603,29 23 377 044,77 226 603,29
Porras Méndez Alice Nicole 504090731 5-235351-
000 9 924 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 416 606,69 24 057 248,17 46 289,63
Ramírez Hernández Allan Mauricio 108680228 5-234197-
000 11 103 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 241 547,54 25 061 189,02 241 547,54
López Arias Ana Cecilia 503690845 5-233772-
000 10 779 050,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 334 322,29 24 829 613,77 143 280,98
Méndez Alemán Ana Elena 503120280 5-233773-
000 10 742 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 429 278,51 24 887 919,99 47 697,61
Lobo López Ana Eloísa 504050903 5-233774-
000 10 742 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 429 278,51 24 887 919,99 47 697,61
Miranda Olivar Ana Yanci
155820-318508 Pendiente 11 808 750,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 445 547,97 25 970 539,45 49 505,33
Ordoñez Ordoñez Ana Yancy 503210074 Pendiente 10 659 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 237 784,64 24 613 026,12 237 784,64
Villegas Jiménez Ana Yency 602950437 Pendiente 10 608 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 237 352,41 24 561 593,89 237 352,41
Cortes López Anabel 501750231 Pendiente 11 662 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 443 313,11 25 821 754,59 49 257,01
Duarte Gómez Andrea Lucrecia 503960384 Pendiente 11 612 700,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 245 865,55 25 574 807,03 245 865,55
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 11---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Quesada Padilla Andreina 504010184 5-235248-
000 8 912 250,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 398 595,62 23 027 087,10 44 288,40
Esquivel Barrantes Ariadna Maria 504290070 Pendiente 11 236 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 436 814,48 25 389 055,96 48 534,94
Peña Lara Ariana Yanit 207900272 Pendiente 9 709 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 412 780,23 23 838 421,71 45 864,47
Oreamuno Quesada Bianka 504040905 Pendiente 9 941 300,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 416 909,25 24 074 450,73 46 323,25
Ulate Salas Blanca Nuria 504010879 5-235344-
000 10 156 800,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 420 354,34 24 293 395,82 46 706,04
Varela Rivas Brenda de Jesús 504020326 5-235345-
000 11 380 250,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 341 453,16 25 437 944,64 146 337,07
Molina Orozco Brenda Yirlen 113640080 5-233779-
000 11 742 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 345 748,29 25 803 989,77 148 177,84
Oconitrillo Ocampo Bryan Alfredo 504320668 5-233780-
000 8 791 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 220 245,62 22 727 487,10 220 245,62
Marín Alemán Cándida Rosa 503820791 5-233781-
000 10 517 250,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 425 846,14 24 659 337,62 47 316,24
Picado Padilla Carlos Eduardo 113610740 5-235355-
000 9 720 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 412 976,00 23 849 217,48 45 886,22
Zúñiga Barrantes Carmen Lidia 900570465 5-233129-
000 8 288 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 301 381,10 22 305 622,58 129 163,33
Pérez Ramírez Catalina 502660378 5-233271-
000 8 510 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 304 454,13 22 530 695,61 130 480,34
Suarez Sánchez Celina Del
155824-929912 Pendiente 9 840 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 230 617,61 23 786 859,09 230 617,61
Aguilar Pérez Beatriz Andrea 503850682 Pendiente 8 762 800,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 395 943,79 22 874 985,27 43 993,75
Madrigal Quiros Cindy Marcela 206570411 Pendiente 8 839 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 397 306,57 22 953 148,05 44 145,17
Calvo Agüero Cindy Vanessa 111170088 Pendiente 8 873 750,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 221 062,05 22 811 053,53 221 062,05
Montoya Mora Cinthia 604040804 Pendiente 9 481 950,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 408 740,20 23 606 931,68 45 415,58
Morales Manzanares Concepción
155826-381705
5-233782-000 9 545 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 409 861,44 23 671 102,92 45 540,16
Sequeira Martínez Cristel Massiel
155807-682829
5-235346-000 8 970 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 399 627,88 23 085 869,36 44 403,10
López Campos Cristian José 207020906 5-233783-
000 10 769 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 334 203,64 24 819 845,12 143 230,13
Rodríguez Soto Cristina Maria 503660857 5-233784-
000 11 097 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 338 101,29 25 151 842,77 144 900,55
Villarreal Loria Cristtel 115950132 Pendiente 12 066 450,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 449 476,13 26 232 167,61 49 941,79
Serrano Guido Daisy Maria 205690402 5-233496-
000 11 478 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 342 615,93 25 537 257,41 146 835,40
Pérez Esquivel Daneyla 503300812 5-235361-
2019 11 395 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 439 240,03 25 550 481,51 48 804,45
Alfaro Lippi Daniela 503780654 Pendiente 12 149 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 350 583,27 26 216 324,75 150 249,97Quiros Sandoval Daniela Paola 117290993 Pendiente 13 003 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 360 710,05 27 080 151,53 154 590,02
Segura Cruz Dayan Mariela 503830846 Pendiente 12 510 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 456 249,35 26 682 490,83 50 694,37
Quintana Bolaños Denis de los Ángeles 503810244 Pendiente 8 984 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 311 023,39 23 011 764,87 133 295,74
Salazar González Diana Paola 504330550 Pendiente 9 761 150,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 413 705,70 23 891 097,18 45 967,30
Villegas Segura Dilania 503270576 5-233543-
000 10 386 800,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 329 671,21 24 432 712,69 141 287,66
Padilla Ríos Dinnia Maria 503800925 5-233260-
000 12 316 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 352 564,73 26 385 306,21 151 099,17
Ruiz Paniagua Eddier 503580830 Pendiente 10 181 250,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 327 227,02 24 224 718,50 140 240,15Mejías Carmona Edgar 502650959 5-233307-
000 10 104 550,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 419 553,45 24 240 344,93 46 617,05
Esquivel Sánchez Edin Enrique 205960540 5-233545-
000 11 154 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 338 771,67 25 209 413,15 145 187,86
López González Efrin Eduardo 503790336 Pendiente 10 353 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 329 267,80 24 398 509,28 141 114,77
123
Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 12---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Salazar Eladia Yaoska
155804-003230 Pendiente 9 796 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 322 255,59 23 834 697,07 138 109,54
Barboza Ordoñez Elizabeth 503710251 Pendiente 12 425 050,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 353 852,08 26 495 143,56 151 650,89
Pérez Gómez Esmeralda 503150671 Pendiente 12 950 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 360 081,21 27 026 322,69 154 320,52
Quesada Moreira Esterlin 504320125 Pendiente 9 354 100,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 316 137,20 23 386 478,68 135 487,37
Arce Esquivel Didier 503420125 Pendiente 9 354 100,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 428 855,65 25 911 534,76 47 650,63Fallas Morales Giovanny 503750940 Pendiente 9 314 250,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 333 000,70 25 775 829,80 142 714,58
Arauz Tinoco Evelyng
155825-995004 Pendiente 9 282 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 315 140,54 23 313 782,02 135 060,23
Rodríguez Rojas Fernando Rafael 112980832 5-233547-
000 11 609 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 344 170,24 25 669 411,72 147 501,53
Angulo Diaz Geissel Ivannia 603350604 5-235347-
000 12 079 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 349 746,79 26 144 988,27 149 891,48
Masis Garro Gilberto 104040758 Pendiente 9 314 250,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 315 583,50 23 346 074,98 135 250,07Moreira García Rafael Ángel 204770459 Pendiente 9 348 000,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 428 748,87 25 905 327,98 47 638,76
Largaespada Ruiz Maria Aracely
155807-325830 Pendiente 9 307 300,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 428 019,17 25 863 898,28 47 557,69
Pérez Sánchez Haidy Vannesa 503380180 Pendiente 9 454 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 317 529,36 23 488 270,84 136 084,01
Villalobos Arce Harry 503220398 Pendiente 12 078 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 249 810,66 26 044 052,14 249 810,66
Ramírez Pérez Hazel Karina 503900327 5-233729-
000 10 840 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 335 051,99 24 891 793,47 143 593,71
Porras Cordero Hazel 503370370 5-233730-000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 340 848,04 25 386 289,52 146 077,73
Alfaro Araya Heidy 503630917 5-233731-000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 438 233,20 25 483 674,68 48 692,58
Cambronero Chevez Hellen Paola 504070590 5-233732-
000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 340 848,04 25 386 289,52 146 077,73
Barboza González Heyleen Tatiana 503960317 5-233733-
000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 438 233,20 25 483 674,68 48 692,58
Salinas Espinoza Inocente
155809-664827
5-233734-000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 438 233,20 25 483 674,68 48 692,58
Gutierrez Cortes Isaac Napoleón
155801-204205
5-233735-000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 243 462,89 25 288 904,37 243 462,89
Villegas Segura Ivonne 503450888 5-233736-
000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 438 233,20 25 483 674,68 48 692,58
García Mora Jacqueline Paola 116190515 5-233737-
000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 340 848,04 25 386 289,52 146 077,73
García Venegas Jennifer 702310181 5-233738-
000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 340 848,04 25 386 289,52 146 077,73
Álvarez Jiménez Jenny Maria 503680846 5-233739-
000 11 329 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 438 233,20 25 483 674,68 48 692,58
Quiros Soto Jenny Sofia 604530366 5-233740-
000 11 404 800,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 439 392,58 25 560 434,06 48 821,40
Jiménez Mendoza Johansen 701940092 5-233741-
000 11 415 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 244 195,97 25 376 037,45 244 195,97
Chacón Luna Jorge Alberto 502290578 5-233742-
000 11 415 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 244 195,97 25 376 037,45 244 195,97
Bermúdez Mayorga José Dagoberto 503390102 5-233743-
000 11 448 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 342 259,98 25 506 501,46 146 682,85
Rojas Badilla Joselyne Maria 503990723 5-233228-
000 11 520 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 441 146,90 25 677 388,38 49 016,32
Cantillo Piña Joxcira Aracelly 604460285 5-233197-
000 9 662 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 411 943,75 23 790 585,23 45 771,53
García Sibaja Judislay 503810778 5-233972-
000 9 662 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 411 943,75 23 790 585,23 45 771,53
Rivera Avellan Kairoleth
155818-552924
5-233975-000 9 662 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 320 400,69 23 699 042,17 137 314,58
Masis Coto Karen Cristina 401660813 5-233229-
000 11 328 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 340 836,18 25 385 077,66 146 072,65
Ohrt Alvarado Karen Tatiana 206000974 5-233744-
000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 430 163,30 24 946 404,78 47 795,92
123
Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 13---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Villarreal Rojas Karen Vanessa 110240545 5-233745-
000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 430 163,30 24 946 404,78 47 795,92
Duarte Pérez Karina Emperatriz 504050636 5-233746-
000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 430 163,30 24 946 404,78 47 795,92
Alemán Godínez Karla Cesarea
155825-764124
5-233747-000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 334 571,46 24 850 812,94 143 387,77
Avilés Castillo Katherine Tatiana 114270758 5-233748-
000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 430 163,30 24 946 404,78 47 795,92
García Venegas Katherine Eliana 503770498 5-233749-
000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 334 571,46 24 850 812,94 143 387,77
Pérez Rosales Katherin Junieth 117400980 5-233750-
000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 334 571,46 24 850 812,94 143 387,77
Espinoza Bustos Katia 206990716 5-233752-
000 10 767 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 334 185,84 24 818 027,32 143 222,50
Barrantes Vega Kattia Sirleny 206170234 5-233753-
000 10 767 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 334 185,84 24 818 027,32 143 222,50
Solano López Kattha Marlene 109020744 5-233754-
000 10 800 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 430 163,30 24 946 404,78 47 795,92
Cascante Villalobos Kendry 503330212 5-233755-
000 10 962 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 240 352,56 24 918 594,04 240 352,56
Núñez García Kenneth Alberto 503920349 5-233756-
000 10 962 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 336 493,59 25 014 735,07 144 211,54
Campos Barrantes Kimberly 504280723 5-233757-
000 11 980 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 448 171,83 26 144 913,31 49 796,87
Padilla Cruz Ladys 155822-478321
5-233758-000 9 877 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 415 770,21 24 009 011,69 46 196,69
Picado Montoya Laura Eugenia Picado
603570224 5-233759-000 9 344 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 406 284,14 23 466 525,62 45 142,68
Vega Gómez Laura Patricia 503380669 5-233760-
000 9 344 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 315 998,78 23 376 240,26 135 428,05
Araya Zúñiga Lilliam Del Carmen 114450578 5-233761-
000 9 344 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 406 284,14 23 466 525,62 45 142,68
Duarte Gómez Lilliana 701930968 5-233762-
000 9 256 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 404 717,96 23 376 959,44 44 968,66
Varela Ruth Lincy Yahaira 110440362 5-233763-
000 9 256 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 404 717,96 23 376 959,44 44 968,66
Oreamuno Esquivel Luis Amado 204620689 5-233764-
000 9 256 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 404 717,96 23 376 959,44 44 968,66
González Carvajal Luis Daniel 206650628 5-233765-
000 9 256 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 314 780,64 23 287 022,12 134 905,99
Barboza Largaespada Luis Enrique
504320748 5-233766-000 9 120 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 312 898,06 23 149 139,54 134 099,17
Picado Padilla Luis Gerardo 112090589 5-233767-
000 9 120 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 312 898,06 23 149 139,54 134 099,17
Murillo Fallas Makdiel 207010827 5-233768-000 9 120 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 312 898,06 23 149 139,54 134 099,17
Rodríguez Altamirano Marbelyn Juliet 504040639 5-233769-
000 9 120 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 312 898,06 23 149 139,54 134 099,17
Alfaro Esquivel Marcela Isabel 701750126 5-233770-
000 9 120 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 223 498,61 23 059 740,09 223 498,61
Varela Rivas Maria Alicia 504010649 5-233771-
000 9 120 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 402 297,50 23 238 538,98 44 699,72
Guzmán Guzmán Maria de los Ángeles 503150600 5-233230-
000 9 817 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 414 712,53 23 948 454,01 46 079,17
Acevedo Serrano Maria Elena 503930931 5-219449-
000 9 698 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 320 906,93 23 735 648,41 137 531,54
Cruz Coronado Maria Elena 503580017 5-219448-
000 10 437 700,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 330 270,39 24 484 211,87 141 544,45
González Montero Maria Elia 503930360 5-219447-
000 10 501 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 331 023,82 24 548 665,30 141 867,35
Jiménez Arguedas Kleyzon Francisco 503090481 5-219446-
000 9 533 250,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 432 041,41 26 093 870,51 48 004,60
Duarte Esquivel Maria Graciela 503460050 5-219445-
000 9 686 250,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 412 370,89 23 814 862,37 45 818,99
Navas Muñoz Maria Isabel
155812-189836
5-219444-000 9 836 050,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 415 040,51 23 967 331,99 46 115,61
Arroyo Núñez Maria José 504090890 5-219443-
000 9 946 300,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 416 998,24 24 079 539,72 46 333,14
Mora Guzmán Maria 503900120 5-219442- 10 090 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 326 153,24 24 132 894,72 139 779,96
123
Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 14---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
José 000Villarreal Villarreal Maria José 117240594 5-219441-
000 10 231 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 421 490,83 24 369 232,31 46 832,31
Cano Obregón Libertad 502990046 5-219440-
000 10 349 900,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 329 232,21 24 395 373,69 141 099,52
López Castro Maria Lilly
155821-934232
5-219439-000 10 401 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 329 843,25 24 447 684,73 141 361,39
Arias Muñoz Mariela Michelle 504320537 5-219438-
000 10 612 800,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 332 352,70 24 661 394,18 142 436,87
Torres Potoy Mariela 206290413 5-219437-000 10 690 750,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 333 272,24 24 740 263,72 142 830,96
Duarte Cordero Marilyn 504230376 5-219436-
000 10 618 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 427 386,89 24 762 028,37 47 487,43
Masis Soto Marisela 401640837 Pendiente 10 695 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 428 561,53 24 840 203,01 47 617,95Valverde Avilés Marjorie Del Socorro
155824-181619
5-222576-000 11 910 450,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 347 741,61 25 974 433,09 149 032,12
Agüero Brenes Marle Maria 700860129 5-233891-
000 7 837 300,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 210 812,95 21 764 354,43 210 812,95
Guzmán Gutierrez Marvin Jeyson 503110014 5-233890-
000 9 103 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 312 670,64 23 132 412,12 134 001,70
Blanco Salazar Adilia Virginia 600610585 5-234029-
000 9 112 000,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 320 615,61 24 233 558,99 137 406,69
Quiros Quiros Luis Francisco 501300771 5-234030-
000 9 358 500,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 324 034,71 24 483 478,09 138 872,02
Sibaja Ramírez Orlando 501180597 5-234031-
000 9 358 500,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 324 034,71 24 483 478,09 138 872,02
Chaves Miranda Elpidio Del Carmen 501360744 5-234566-
000 9 320 350,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 231 071,99 24 352 365,37 231 071,99
Pérez Pérez José Marcos 5005800306 5-234567-
000 9 320 350,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 323 500,78 24 444 794,16 138 643,19
Gutierrez Hernández Antioco 501110021 5-234568-
000 9 282 000,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 322 968,84 24 405 912,22 138 415,22
Arguedas Campos Julio Claudio 202170503 5-234569-
000 9 282 000,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 230 692,03 24 313 635,40 230 692,03
Arias Corrales Edwin Arias 501060058 Pendiente 11 184 000,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 346 955,91 26 331 899,29 148 695,39
Cruz Quesada Jonathan 503980168 Pendiente 11 904 000,00 15 960 145,16 135 262,23 32 000,00 469 388,72 28 500 796,10 52 154,30
Pérez Guzmán Gilbert 501210837 5-235348-
000 9 413 600,00 14 644 828,46 124 114,92 32 000,00 324 796,05 24 539 339,43 139 198,31
Campos Bolaños Megan Eliette 503850092 5-233785-
000 9 454 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 317 529,36 23 488 270,84 136 084,01
Portuguez Porras Melissa 503920245 5-233786-
000 9 454 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 408 252,04 23 578 993,52 45 361,34
Vallejos Jarquín Melissa Joseph 206710303 5-233787-
000 9 413 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 407 522,34 23 537 363,82 45 280,26
Martínez Suarez Merlyn Susana 503750849 5-233788-
000 9 413 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 316 961,82 23 446 803,30 135 840,78
Zamora Guido Meylin Patricia 503530720 5-233789-
000 9 413 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 226 401,30 23 356 242,78 226 401,30
Vega Padilla Maria Del Carmen 503940617 5-235349-
000 9 274 200,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 427 431,85 25 830 210,96 47 492,43
Solano Morales Beverly Dayana 701810016 5-233792-
000 9 385 400,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 429 407,38 25 943 386,48 47 711,93
Fuentes Pastrana Andrea 503680077 5-233793-
000 9 385 400,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 429 407,38 25 943 386,48 47 711,93
Rodríguez Picado Vivian Mayela 503550648 5-233794-
000 9 385 400,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 429 407,38 25 943 386,48 47 711,93
Cerdas Cascante Uriel Antonio 303810707 5-233795-
000 9 562 500,00 15 961 307,03 135 272,08 32 000,00 336 441,55 26 027 520,65 144 189,23
Ortiz Salazar Raquel Valeria 116930574 5-233796-
000 9 685 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 320 719,07 23 722 160,55 137 451,03
Ortiz Salazar Rosalía 117250206 5-233797-000 9 561 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 319 010,51 23 596 851,99 136 718,79
Chaco Ramírez Rosberly 503680822 5-233798-
000 9 561 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 410 156,37 23 687 997,85 45 572,93
Rodríguez Oses Roseis Maria 115150673 5-233799-
000 9 561 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 410 156,37 23 687 997,85 45 572,93
123
Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 15---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Baltodano López Sadrac Abed
155807-049605
5-233800-000 9 561 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 319 010,51 23 596 851,99 136 718,79
Rodríguez Jiménez Sandra Allan 503380300 5-233801-
000 9 561 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 410 156,37 23 687 997,85 45 572,93
Sandoval Navarro Serling 503900113 5-233802-
000 9 561 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 319 010,51 23 596 851,99 136 718,79
Umaña Mayorga Shirlenny Daniela 504280374 5-233803-
000 9 561 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 410 156,37 23 687 997,85 45 572,93
García Alvarado Shirley 503600481 Pendiente 11 978 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 348 548,43 26 042 789,91 149 377,90
Vega Chaves Shirley Maria 503130042 Pendiente 12 549 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 456 844,30 26 722 085,78 50 760,48
Moreira Arguedas Sofia 117610223 5-221060-
000 11 978 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 448 133,69 26 142 375,17 49 792,63
Guido González Susan Nicol 504360032 Pendiente 9 520 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 318 435,06 23 554 676,54 136 472,17
Araya Araya Susana 206130758 Pendiente 9 520 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 409 416,50 23 645 657,98 45 490,72Álvarez Aguilar Verónica Maria 603420195 Pendiente 9 520 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 409 416,50 23 645 657,98 45 490,72
Avilés Espinoza Virginia
155822-070606
5-233913-000 9 520 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 409 416,50 23 645 657,98 45 490,72
Hernández González Walter 504060558 Pendiente 9 520 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 409 416,50 23 645 657,98 45 490,72
López Rodríguez Xinia Patricia 502340031 5-233976-
000 9 520 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 318 435,06 23 554 676,54 136 472,17
Matarrita Matarrita Yadira 503190169 Pendiente 11 480 000,00 15 960 145,16 135 262,23 32 000,00 462 920,60 28 070 327,98 51 435,62
Murillo Vílchez Yakiri Elizabeth 504060258 Pendiente 11 748 800,00 15 960 145,16 135 262,23 32 000,00 363 235,10 28 239 442,49 155 672,19
Villalobos Recio Yamileth 503460139 Pendiente 10 982 300,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 336 730,89 25 035 272,37 144 313,24
Suarez Sánchez Yarelis Olivieth
155827-994219 Pendiente 10 528 700,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 236 678,65 24 481 620,13 236 678,65
Moreira García Miguel 502410717 5-233806-
000 12 441 600,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 455 204,38 26 613 045,86 50 578,26
Quiros Varela Mirania Auxiliadora 303730104 5-233807-
000 12 131 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 350 363,77 26 197 805,25 150 155,90
Badilla Alvarado Noemi 602770195 5-233808-
000 11 565 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 441 833,38 25 723 074,86 49 092,60
Pérez Alvarado Maria Emilia 603220110 5-233809-
000 10 845 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 239 360,99 24 800 602,47 239 360,99
Soto Bustos Evelyn Teresa 603290164 5-233810-
000 11 182 500,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 339 109,82 25 237 851,30 145 332,78
Pérez Flores Yaricza Tatiana 702460631 5-233811-
000 11 376 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 341 405,70 25 433 647,18 146 316,73
Solís Anchia Yaritza 207450871 5-233812-000 12 624 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 457 988,42 26 798 229,90 50 887,60
Medina Godoy Paula Macaria
155823-132534
5-233813-000 10 994 400,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 336 873,27 25 047 514,75 144 374,26
Barquero Diaz Ana Lorena 503990632 5-233814-
000 11 155 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 435 578,83 25 307 020,31 48 397,65
Fonseca González Gladys 502940733 5-233815-
000 11 335 450,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 243 513,74 25 295 205,22 243 513,74
Pérez Molina Graciela 206380857 5-233816-
000 11 495 700,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 342 823,56 25 554 765,04 146 924,38
Marchena Salazar Evaristo 701560473 5-233817-
000 11 653 200,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 443 175,82 25 812 617,30 49 241,76
Hernández Quesada Yendry 111530991 5-233818-
000 12 852 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 461 466,56 27 029 708,04 51 274,06
Chaverri Rodríguez Yorleny 205460281 Pendiente 11 385 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 439 087,48 25 540 328,96 48 787,50
Arias Ordoñez Zianny Maria 504100589 Pendiente 11 385 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 439 087,48 25 540 328,96 48 787,50
Arce Gutierrez Oscar 502140760 Pendiente 12 540 000,00 13 569 242,15 114 999,33 32 000,00 253 726,11 26 509 967,59 253 726,11
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 16---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------3. Adicionalmente, se autorizan, al amparo del “Convenio de Traspaso de recursos de la
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y el BANHVI”,
aprobado mediante acuerdo N° 4 de la sesión 37-2019, del 30 de mayo del 2016 y
modificado en el acuerdo N° 16 sesión 45-2016, del 27 de junio de 2016, seis bonos de
vivienda para casos Emergencia por un monto total de ₡155.775.324,98 (ciento cincuenta y cinco millones setecientos setenta y cinco mil trescientos veinte cuatro colones con 98/100), según el siguiente detalle:
N° lote Jefatura de familia Cédula de identidad N° de boleta de emergencia
Monto del Bono
A-09 Arias Barahona Franklin 502340795 000-180 ₡26,431,754.66
H-18 Álvarez Alonso Juan José 203390467 000-131 ₡25,266,538.16
H-29 Alvarado Ortega Kathia Yessenia 503180550 000-204 ₡26,493,852.74
J-18 Picado Oses Miguel Ángel 503700263 000-164 ₡25,118,670.41
J-19 Picado Madrigal Miguel Ángel 204790014 000-187 ₡27,351,891.38
J-38 Calvo Ramírez Tysson José 503740410 000-138 ₡25,112,617.62
De conformidad con lo establecido en la cláusula Tercera del "Convenio de traspaso de
recursos de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias
al Banco Hipotecario de la Vivienda", se solicita a la Junta Directiva de la Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, la liberación de los
recursos correspondientes.
4. El contrato de administración de recursos se tramitará bajo las siguientes condiciones:
4.1 Entidad autorizada: Coopenae R.L.
4.2 Constructor: Park Slope Development S.R.L., cédula jurídica 3-102-682126, bajo el
modelo contrato de obra determinada para la compra de lotes urbanizados y construcción
de viviendas, a firmar entre la entidad autorizada y el constructor, mediante la Ley del
Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
4.3 Alcance de los contratos: Según los lineamientos y modelos ya establecidos y
aprobados por esta Junta Directiva. El giro de recursos quedará sujeto a la verificación de
que los contratos se ajusten a cabalidad con lo dispuesto por la Junta Directiva de este
Banco, en el acuerdo N°1 de la sesión 47-2008, de fecha 30 de junio de 2008.
4.4 Garantías fiduciarias a otorgar por la entidad autorizada: Según lo dispuesto en el
acuerdo N°13 de la sesión 32-2012, de fecha 22 de mayo de 2012, la entidad autorizada
deberá aportar una garantía del 6% del monto total del financiamiento de las viviendas,
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 17---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------sin considerar el valor de los terrenos, y mediante garantía fiduciaria (un pagaré en el cual
Coopenae R.L., como deudor, reconocerá y pagará intereses moratorios iguales a la Tasa
Básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica, más un treinta por ciento de la misma), o
cualquier otra contemplada en el artículo 133 del Reglamento de Operaciones del Sistema
Financiero Nacional para la Vivienda, sobre el total de recursos aplicados al proyecto, sin
considerar el valor del terreno. El plazo de la garantía no será inferior al plazo del
contrato más seis meses adicionales. El BANHVI también podrá hacer exigible el cobro
de cualquier suma que se le adeudare, mediante la emisión de la certificación con
carácter de título ejecutivo prevista en el artículo 38 de la Ley del Sistema Financiero
Nacional para la Vivienda.
4.5 Garantías del constructor: El constructor deberá rendir garantías ante la entidad
autorizada, para responder por el giro de los recursos para el primer desembolso de la
construcción de las viviendas, aplicándose también lo establecido en los artículos 83 y
133 del Reglamento de Operaciones del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, y
en los acuerdos número 8 de la sesión 84-2011 del 28 de noviembre del 2011 y número
13 de la sesión 32-2012 del 14 de mayo del 2012, ambos de la Junta Directiva del
BANHVI. La garantía en ningún momento podrá ser menor al saldo al descubierto de los
recursos girados, definido como la diferencia entre el monto de recursos girados y el valor
de la inversión realizada en el terreno; esto último, debidamente certificado por el fiscal de
inversión de la entidad autorizada.
4.6 En caso de que la empresa constructora Park Slope Development S.R.L., solicite a la
entidad autorizada adelanto de recursos para la construcción de las viviendas por medio
de garantías, según lo indicado en el punto 4.5 anterior, la empresa Constructora deberá
presentar, junto con la garantía, el cronograma de recuperación de recursos y la orden de
inicio de obras, avaladas por la entidad autorizada.
4.7 Plazo: El plazo del contrato entre el BANHVI y la entidad autorizada es de veinticuatro
meses (24) meses en total, una vez que se firmen los contratos respectivos, compuesto
de: a) seis meses como máximo para la formalización de las operaciones; b) quince
meses como máximo para la construcción de viviendas, una vez formalizadas. La
construcción podrá llevarse a cabo, en la medida de las posibilidades, en paralelo con la
formalización; y c) tres meses para la entrega del cierre técnico y financiero.
4.8 Cancelación de Contrato: La cancelación del contrato de administración de recursos
con la entidad autorizada, será contra la presentación del informe de liquidación técnica y
financiera del proyecto, y la liquidación de cada una de las 191 operaciones de Bono
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 18---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Familiar de Vivienda, por el monto individual que se indica en los apartados 2 y 3 del
presente acuerdo.
5. La firma de los contratos y la formalización de las operaciones y por ende el giro de
recursos, queda condicionado hasta que la empresa Constructora y la entidad autorizada
realice las siguientes acciones:
Cuente con la segregación y el número de folio real de cada una de las 51 fincas
individuales que se encuentran en proceso de inscripción, las restantes 140 fincas ya
se encuentran segregadas. La entidad autorizada deberá verificar los planos de
catastro visado y los informes registrales, para confirmar las áreas de cada lote,
respecto al plano de agrimensura que se adjuntó en el expediente. Adicionalmente,
se deben agregar los avalúos con el folio real de cada lote segregado.
Se requiere la presentación de la documentación que respalde la recepción
satisfactoria de la red de media y baja tensión del proyecto, para las calles
secundarias por parte del ICE. Este trámite se encuentra en proceso pues la red ya
se encuentra construida y se respalda documentalmente por medio de la nota con
fecha de 27 de noviembre del 2019.
Se deberá presentar la actualización del formulario S-002-17, con los parámetros
finales del proyecto.
La entidad autorizada beberá cumplir con todas las recomendaciones y alcances
expuestos en el estudio legal del proyecto, realizado por la empresa Magnalex, con
fecha del 10 de diciembre de 2019, el cual es realizado por los licenciados Marielena
Mora Schlager, Lilliam Mora Delgado, Humberto Gómez Alfaro y José Luis Víquez
Rodríguez; y acogido en todo su alcance por el Gerente General de la entidad
autorizada, Lic. José Eduardo Alvarado Campos, mediante el oficio COOP-VS-UTP-
288-2019, del 11 de diciembre de 2019.
6. La entidad autorizada, previo al inicio de obras y realización de desembolsos, deberá
velar porque se encuentre vigente el permiso de construcción del proyecto otorgado por la
Municipalidad; se deberá verificar de igual forma, que los planos de vivienda que se hayan
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 19---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------tramitado en la municipalidad local, correspondan al sistema constructivo de mampostería
reforzada integral de bloques de concreto, con las áreas y distribuciones avaladas por el
fiscal de inversiones y el Departamento Técnico del BANHVI y se encuentre debidamente
inscrita la responsabilidad ante el CFIA, de cada uno de los profesionales involucrados en
la obra.
7. En relación con las viviendas, el BANHVI girará al constructor en tractos y contra
avance de obras, avalados por el fiscal de inversión de la entidad autorizada.
8. Los recursos serán girados previa formalización individual de cada Bono Familiar de
Vivienda, según el detalle indicado en los apartados 2 y 3 del presente acuerdo, para lo
cual se firmará el contrato de administración de recursos entre la entidad autorizada y el
BANHVI, y el contrato de obra determinada entre la entidad autorizada y la empresa
constructora. Queda entendido que el monto de los contratos citados, corresponde al
monto de financiamiento de las soluciones habitacionales.
9. La Entidad autorizada debe velar porque la familia reciba el bien libre de gravámenes y
con los impuestos municipales al día.
10. El monto de gastos de formalización, no financiado por BANHVI, deberá ser aportado
por los beneficiarios. La diferencia en el rubro de compra-venta, deberá ser aportada en
partes iguales por el vendedor y el comprador. La entidad autorizada deberá informarles
a los beneficiarios, el monto que deben aportar por concepto de gastos de formalización,
según lo que se detalle en punto 2 del presente acuerdo.
11. Los gastos de formalización de cada operación, deberán ser registrados por la entidad
autorizada en el expediente de cada familia, de acuerdo con el formato de la tabla de
gastos de formalización establecida por el BANHVI.
12. Previo al momento de la formalización, la entidad autorizada deberá verificar la
inclusión, en cada expediente, de las opciones de compraventa con los montos indicados
en el punto 2 del presente acuerdo.
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 20---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------13. Será responsabilidad de la entidad autorizada, que el contrato de construcción respete
la normativa vigente tanto de construcción de obras como del Sistema Financiero
Nacional para la Vivienda.
14. Se deberá cumplir en todos sus extremos la Directriz N° 27 de acabados de la
vivienda.
15. En caso de alguna contención que este Banco considere extraordinaria y debidamente
justificada, el BANHVI se reserva el derecho de no continuar con el financiamiento de los
casos individuales.
16. La entidad autorizada deberá velar por el cumplimiento de la disposición de inclusión
en la publicidad del proyecto, tanto al BANHVI como al MIVAH, según lo dispuesto en el
acuerdo N° 7 de la sesión 33-2009, de fecha 04 de mayo de 2009.
17. Para el desarrollo de este proyecto, se ejecutará el procedimiento P-FOS-18, de
Inspección de calidad de obras, avalado por la Junta Directiva del BANHVI, en el acuerdo
N° 6 de la sesión 64-2012.
18. La entidad autorizada deberá velar porque el vendedor de los lotes, al momento de
entregar las viviendas, haya finalizado los compromisos pendientes respecto a las obras
pendientes de infraestructura.
Para tal efecto, la entidad autorizada deberá retener la suma de ₡1.550.000,00 en cada
lote, para las obras correspondientes a juegos infantiles, parques, señalización, asfaltado
y obras externas, correspondiente a un total de ₡296.050.000,00. Este monto representa
aproximadamente un 15% del valor total de los lotes y sería desembolsado una vez se
construyan dichas obras, y que las mismas hayan sido recibidas a satisfacción por la
entidad autorizada y por el inspector de calidad del BANHVI.
19. Respecto a los costos administrativos del proyecto: ingeniero residente, maestro de
obras, bodeguero y guarda, se cancelarán liquidables, mes a mes, confirmando la
presencia del personal a tiempo completo en el proyecto. En caso contrario, se cancelará
el proporcional de los días laborados.
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20. Se deberán acatar todas las recomendaciones señaladas por el Departamento
Técnico, en el informe DF-DT-IN-1079-2019.
21. La entidad autorizada deberá verificar que se hayan subsanado los aparentes
problemas que presenta, aguas abajo, el desfogue de las aguas pluviales del proyecto.
Esto, con el fin de garantizar que no se generen problemas a otras propiedades.
22. Deberá coordinarse con las autoridades del Ministerio de Educación Pública de la
zona, el otorgamiento del servicio de educación primaria y secundaria, para la población
del proyecto Las Palmas.
23. Deberán revisarse los cronogramas para la ejecución de las obras, a la luz de nuevas
tecnologías y métodos constructivos, con el fin de procurar la disminución sustantiva de
los plazos de construcción y la entrega, en el menor tiempo posible, de las soluciones
habitacionales.
Acuerdo Unánime y Firme.-************
ACUERDO N°3:Considerando:Primero: Que por medio del oficio GG-ME-1334-2019 del 18 de diciembre de 2019, la
Gerencia General remite y avala el informe DF-OF-1511-2019 de la Dirección FOSUVI,
que contiene un resumen de los resultados del estudio efectuado, en lo que ahora
interesa, a las solicitudes de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, Banco de Costa Rica
y Grupo Mutual Alajuela – La Vivienda de Ahorro y Préstamo, para financiar veintidós
operaciones individuales de Bono Familiar de Vivienda, por situación de extrema
necesidad, al amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la
Vivienda, para las familias que encabezan los señores Yans Carlos Trejos Zumbado,
María Elena Rodríguez Álvarez,
María Isabel Hidalgo Badilla, Karen Tatiana Porras Chacón, Brainer Elizondo Solano,
Yerlin Natalia Segura Solís, Urieta Isabel Seas Fallas, Annette Adilana Campos Johnson,
Laura Patricia Céspedes Sanabria, Eduardo Alonso Fernández Aguilar, Karen Daniela
Sánchez Díaz, Erlin González Corrales, María Gabriela García Villalobos, Cristopher
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 22---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Prado Badilla, María Estrella García Campos, Karol Tatiana Durán Vega, Francisco
Roberto Pérez Miranda, Arles David Vega Sequeira, Sandra Picado Almanza, Grettel
Johanna Marín Guillén, Enrique Céspedes Morera, María de los Ángeles Alvarado
Alvarado.
Segundo: Que en dicho informe, la Dirección FOSUVI presenta la valoración
socioeconómica de cada solicitud de financiamiento y el análisis de los costos propuestos,
concluyendo que con base en la normativa vigente y habiéndose comprobado la
disponibilidad de recursos para cada subsidio, recomienda autorizar la emisión de los
respectivos bonos familiares de vivienda, bajo las condiciones establecidas en el referido
estudio.
Tercero: Que conocida la información suministrada por la Dirección FOSUVI, esta Junta
Directiva no encuentra objeción en acoger la recomendación de la Administración y, en
consecuencia, lo que procede es aprobar la emisión de los indicados bonos de vivienda,
en los términos planteados en el informe DF-OF-1511-2019.
Por tanto, se acuerda:1) Autorizar, al amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la
Vivienda, la emisión de veintidós operaciones individuales de Bono Familiar de Vivienda,
por situación de extrema necesidad, de conformidad con las condiciones que se
consignan en el informe DF-OF-1511-2019 de la Dirección FOSUVI y según el siguiente
detalle de beneficiarios, entidad autorizada, propósito y montos:
Entidad Autorizada: Grupo Mutual Alajuela – La Vivienda de Ahorro y Préstamo
Jefatura de familia Cédula Folio Real Cantón
Propó-sito(*)
Costo de terreno (¢)
Costo de vivienda (¢)
Aporte familiar (¢)
Gastos de formaliza-
ción (¢)Monto del Bono (¢)
Karen Tatiana Porras Chacón
1-1551-0150 6-220578 Puntarenas CLCV 5.975.000,00 8.190.000,00 141.976,65 473.255,51 14.496.278,86
Annette Adilana Campos Johnson
1-1701-0122 7-171041 Guácimo CLCV 4.200.000,00 9.534.000,00 201.761,84 403.523,67 13.935.761,84
Francisco Roberto Pérez Miranda
8-0120-0845 6-233159 Parrita CLCV 6.486.000,00 9.576.000,00 259.283,85 518.567,70 16.321.283,85
Arles David Vega Sequeira
5-0396-0986 5-230749 Liberia CLCV 10.000.000,00 11.200.000,00 126.414,45 421.381,50 21.494.967,05
Sandra Jeannette Picado Almanza
1-1628-0233 7-100232 Guácimo CLCV 5.500.000,00 9.576.000,00 40.896,13 408.961,25 15.444.065,13
Enrique Céspedes Morera
2-0267-0656 2-504657 San Carlos CVE No aplica 17.500.000,00 235.085,00 470.170,00 17.735.085,00
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 23---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Entidad Autorizada: Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
Jefatura de familia Cédula Folio Real Cantón
Propó-sito(*)
Costo de terreno (¢)
Costo de vivienda (¢)
Aporte familiar (¢)
Gastos de formaliza-
ción (¢)Monto del Bono (¢)
Yans Carlos Trejos Zumbado
1-0829-0486 6-231328 Coto Brus CLCV 6.000.000,00 8.190.000,00 37.446,25 374.462,50 14.527.016,25
María Elena del Socorro Rodríguez Álvarez
6-0055-0008 2-473411 San Ramón CVE No aplica 19.607.620,00 61.564,17 205.213,89 19.751.269,72
María Isabel Hidalgo Badilla
1-0640-0020 4-256704 Sarapiquí CLCV 5.500.000,00 7.750.000,00 112.177,72 373.925,74 13.511.748,02
Brainer Elizondo Solano 1-1279-0941 2-468589 San Carlos CLCV 4.499.400,00 11.628.000,00 45.797,00 457.970,00 16.539.573,00
Yerlin Natalia Segura Solís
3-0413-0572 3-251032 Turrialba CLCV 4.500.000,00 8.190.000,00 205.460,00 410.920,00 12.895.460,00
Urieta Isabel Seas Fallas
3-0416-0787 3-189598 Turrialba CLCV 5.500.000,00 7.999.051,88 35.731,25 357.312,50 13.820.633,13
Laura Patricia Céspedes Sanabria
3-0439-0123 3-108945 Oreamuno CLCV 8.370.000,00 8.190.000,00 111.783,75 372.612,50 16.820.828,75
Eduardo Alonso Fernández Aguilar
3-0452-0545 3-163498 Turrialba CLCV 7.500.000,00 9.500.00,00 116.172,75 387.242,50 17.271.069,75
Karen Daniela Sánchez Díaz
3-0430-0939 3-259656 Jiménez CLCV 6.000.000,00 9.750.000,00 133.649,97 445.499,90 16.061.849,93
Erlin González Corrales 6-0314-0424 6-230969 Coto Brus CLCV 6.000.000,00 8.190.000,00 112.563,75 375.212,50 14.452.648,75
María Gabriela García Villalobos
6-0432-0233 6-230968 Coto Brus CLCV 6.000.000,00 8.190.000,00 118.338,75 394.462,50 14.466.123,75
Karol Tatiana Durán Vega
7-0185-0788 7-81504 Pococí CLCV 4.500.000,00 9.093.000,00 44.412,19 444.121,90 13.992.709,71
Grettel Johanna Marín Guillén
3-0397-0866 3-150031 Cartago CVE No aplica 25.000.000,00 152.652,00 508.840,00 25.356.188,00
María de los Ángeles Alvarado Alvarado
3-0341-0023 1-699856 León
Cortés CLCV 6.000.000,00 12.250.175,84 52.259,91 522.599,08 18.720.515,01
Entidad Autorizada: Banco de Costa Rica
Jefatura de familia Cédula Folio Real Cantón
Propó-sito(*)
Costo de terreno (¢)
Costo de vivienda (¢)
Aporte familiar (¢)
Gastos de formaliza-
ción (¢)Monto del Bono (¢)
Cristopher Leonardo Prado Badilla
7-0247-0922 6-220035 Parrita CLCV 5.087.000,00 8.190.000,00 13.484,84 134.848,35 13.398.363,52
María Estrella García Campos
7-0179-0035 6-220034 Parrita CLCV 5.133.000,00 8.190.000,00 13.484,84 134.848,35 13.444.363,52
(*) CLCV: Compra de lote y construcción de vivienda CVE: Compra de vivienda existente
2) En los casos que incluyan la construcción de vivienda, será responsabilidad de la
entidad autorizada, velar porque la vivienda cumpla con las especificaciones técnicas de
la Directriz Gubernamental Nº 27.
3) Será responsabilidad de la entidad autorizada, velar porque al momento de la
formalización, la familia beneficiaria reciba el bien libre de gravámenes, sin deudas y con
los impuestos nacionales y municipales al día.
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 24---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------4) Los gastos de formalización correspondientes a la inscripción registral y compraventa,
no subsidiados por el BANHVI, deberán pagarse en partes iguales por parte del vendedor
y la familia beneficiaria.
5) La entidad autorizada deberá formalizar el Bono Familiar de Vivienda, siguiendo
estrictamente los términos del presente acuerdo, no pudiendo modificar tales condiciones
y alcances sin autorización previa del BANHVI.
Acuerdo Unánime y Firme.-************
ACUERDO N°4:Considerando:Primero: Que por medio del oficio GG-ME-1334-2019 del 18 de diciembre de 2019, la
Gerencia General remite y avala el informe DF-OF-1511-2019 de la Dirección FOSUVI,
que contiene un resumen de los resultados del estudio efectuado, en lo que ahora
interesa, a la solicitud de la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, para financiar –al
amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda– una
operación de Bono Familiar de Vivienda, por situación de extrema necesidad, para la
familia que encabeza el señor José Gerardo Núñez Hernández.
Segundo: Que en dicho informe, la Dirección FOSUVI presenta la valoración
socioeconómica de la solicitud de financiamiento y el análisis de los costos propuestos,
concluyendo que con base en la normativa vigente y habiéndose comprobado la
disponibilidad de recursos para el subsidio, recomienda autorizar la emisión del respectivo
Bono Familiar de Vivienda, bajo las condiciones establecidas en el referido estudio.
Tercero: Que conocida la información suministrada por la Dirección FOSUVI, esta Junta
Directiva no encuentra objeción en acoger la recomendación de la Administración y, en
consecuencia, lo que procede es aprobar la emisión del indicado bono de vivienda, en los
términos planteados en el informe DF-OF-1511-2019.
Por tanto, se acuerda:1) Autorizar, al amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la
Vivienda, la emisión de una operación individual de Bono Familiar de Vivienda, por
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 25---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------situación de extrema necesidad, de conformidad con las condiciones que se consignan en
el informe DF-OF-1511-2019 de la Dirección FOSUVI y según el siguiente detalle:
Entidad Autorizada: Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
Jefatura de familia Cédula Folio Real Cantón
Propó-sito(*)
Costo de terreno (¢)
Costo de vivienda (¢)
Aporte familiar (¢)
Gastos de formaliza-
ción (¢)Monto del Bono (¢)
José Gerardo Núñez Hernández
3-0237-0603 3-202900 El
Guarco CVE No aplica 21.000.000,00 121.726,72 405.755,74 21.284.029,02
(*) CVE: Compra de vivienda existente
2) Será responsabilidad de la entidad autorizada, velar porque al momento de la
formalización, la familia beneficiaria reciba el bien libre de gravámenes, sin deudas y con
los impuestos nacionales y municipales al día.
3) Los gastos de formalización correspondientes a la inscripción registral y compraventa,
no subsidiados por el BANHVI, deberán pagarse en partes iguales por parte del vendedor
y la familia beneficiaria.
4) La entidad autorizada deberá formalizar el Bono Familiar de Vivienda, siguiendo
estrictamente los términos del presente acuerdo, no pudiendo modificar tales condiciones
y alcances sin autorización previa del BANHVI.
Acuerdo por Mayoría y Firme.-************
ACUERDO N°5:Considerando:Primero: Que por medio del oficio GG-ME-1332-2019 del 18 de diciembre de 2019, la
Gerencia General somete a la consideración de esta Junta Directiva, el informe DF-OF-
1510-2019 de la Dirección FOSUVI, que contiene una propuesta para redistribuir los
recursos del Presupuesto 2019 del FOSUVI, correspondientes a bonos ordinarios, entre
las diferentes entidades autorizadas.
Segundo: Que esta Junta Directiva no encuentra objeción en actuar de la forma que
recomiendan la Dirección FOSUVI y la Gerencia General, en los mismos términos que se
indican en el informe DF-OF-1510-2019.
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 26---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por tanto, se acuerda:1) Aprobar la redistribución, por entidad autorizada, de los recursos del Presupuesto 2019
del FOSUVI, correspondientes a fondos para bonos ordinarios, de conformidad con el
detalle que se consigna en el informe DF-OF-1510-2019 de la Dirección FOSUVI, y según
los montos (en millones de colones) que se indican en el siguiente cuadro:
Entidad Autorizada
Recursos Bono Ordinario
Saldo presupuesto por ejecutar Ajuste Saldo presupuesto
ajustado
Mutual Cartago 1.854,4 1.000,0 2.854,4 Grupo Mutual 1.627,6 0,0 1.627,6 INVU 655,2 0,0 655,2 Banco Popular 263,7 0,0 263,7 Banco Nacional 12,9 0,0 12,9 Banco de Costa Rica 433,6 0,0 433,6 Coocique R.L. 939,6 0,0 939,6 Fund. CR-Canadá 2.145,6 -1.000,0 1.145,6 Coopenae R.L. 1.025,2 0,0 1.025,2 Coopealianza R.L. 1.068,8 0,0 1.068,8 Coopeservidores R.L. 1.007,6 0,0 1.007,6 BAC San José 285,3 0,0 285,3 Coope-San Marcos R.L. 86,9 0,0 86,9 Coope-Ande Nº 1 R.L. 400,8 0,0 400,8 CoopeUna R.L. 1.059,8 0,0 1.059,8 Coopecaja R.L. 812,8 0,0 812,8 Coopesparta R.L. 508,5 0,0 508,5 CREDECOOP 178,5 0,0 178,5 ASECCSS 102,3 0,0 102,3 ASEDEMASA 259,9 0,0 259,9 ASEMINA 123,0 0,0 123,0 ASEPANDUIT 21,2 0,0 21,2
TOTAL 14.864,4 0,0 14.864,4
2) Se instruye a la Administración, para que comunique a las respectivas entidades
autorizadas, los alcances del presente acuerdo.
Acuerdo Unánime y Firme.-************
ACUERDO N°6:Considerando:Primero: Que por medio del acuerdo N° 1 de la sesión 98-2019, del 09 de diciembre de
2019, y de conformidad con las consideraciones y normas que se señalan en dicha
resolución, esta Junta Directiva dispuso lo siguiente:
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“1) Nombrar en el cargo de Gerente General del Banco Hipotecario de la Vivienda, al señor Dagoberto Hidalgo Cortés, mayor, casado una vez, administrador de empresas, licenciado en Finanzas y Mercadeo, abogado y notario, vecino del cantón de Cartago, provincia de Cartago, cédula número 7-0129-0954, por un período de seis años, a partir del 15 de enero del año 2020 y hasta el 14 de enero del año 2026.
2) Al adquirir firmeza el presente acuerdo, el señor Hidalgo Cortés deberá aportar la totalidad de documentos que respalden sus atestados ante el Área de Recursos Humanos, con el propósito de verificar el cumplimiento de las normas que para el cargo de Gerente General dispone la Ley 7052, así como la demás normativa legal o reglamentaria relacionada con la materia, debiendo el Área de Recursos Humanos rendir criterio a este Órgano Colegiado el próximo 18 de diciembre.
3) La validez y la eficacia del indicado nombramiento quedan sujetas a la posterior ratificación por parte de esta Junta Directiva, en sesión donde se conocerá el dictamen que presente el Área de Recursos Humanos.”
Segundo: Que el citado acuerdo adquirió firmeza en la sesión N° 99-2019, celebrada el
12 de diciembre de 2019, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2), el Área de
Recursos Humanos ha presentado el dictamen DAD-REH-OF-202-2019, en el cual
concluye que el señor Hidalgo Cortés cumple con las condiciones y requisitos
establecidos para aspirar al cargo. Se deja a la valoración y resolución de esta Junta
Directiva, tres aspectos que se proceden a analizar de seguido:
a) En cuanto al cumplimiento de la política de idoneidad, PO-INST-RE-001, sobre los
cinco años de experiencia que se requiere en puestos de Órganos de Dirección o de Alta
Gerencia, considera esta Junta Directiva que la experiencia del señor Hidalgo Cortés,
supera los cinco años de experiencia en entidades financieras, particularmente en
puestos de Órganos de Dirección o de Alta Gerencia, pues contabiliza 4 años y dos
meses en el puesto de Subgerente de Negocios; así como 2 años y cuatro meses en el
puesto de Director de negocios, ambos casos en la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
(MUCAP). El puesto de Director de Negocio incluía tareas y responsabilidades propias de
la actividad de gerenciar. Según definición del diccionario de la Real Academia de la
Lengua Española, gerenciar significa gestionar o administrar algo. De la Hoja de Vida del
señor Hidalgo Cortés, se desprende que las actividades asociadas al puesto de Director
de Negocios, corresponden a gerenciar o administrar, en este caso en particular,
gestionar negocios empresariales en áreas como crédito empresarial, para PYMES y
proyectos inmobiliarios, entre otros. Por lo anterior, la Dirección de Negocios evolucionó y
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 28---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------se consolidó en la actual Subgerencia de Negocios de la MUCAP. Es claro que conforme
lo indicado en el artículo 49 del Acuerdo SUGEF 8-08, la formación académica, la
experiencia profesional relevante y el historial laboral o profesional, califican al señor
Hidalgo Cortés, para el desempeño del puesto.
b) Sobre los resultados de la verificación de las referencias patrimoniales, se estima
pertinente girar instrucciones a la Dirección FONAVI, para que solicite a la MUCAP, que
sustituya la hipoteca a nombre del señor Hidalgo Cortés, que forma parte de la garantía al
crédito de la operación formalizada a esa entidad al amparo del Programa de Crédito de
Largo Plazo 2014.
c) En cuanto al acatamiento de la Política de Conflicto de Intereses, estima este Órgano
Colegiado, que con el propósito de prevenir eventuales conflictos de interés y garantizar la
prevalencia del interés público en todo caso, según lo establecido en el artículo 9 de la
Política PO-INST-CFI-001 Conflicto de Interés, el señor Hidalgo Cortés, deberá
abstenerse de participar en todos aquellos asuntos propios de la Gerencia General,
atinentes a procesos de toma de decisiones relacionados con la Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo por un período de un año, y en aquellos asuntos que hubiese sido
gestor en su calidad de funcionario de la MUCAP.
Tercero: Que adicionalmente se ha tenido a la vista el oficio AI-OF-AD-006-2019, del 19
de diciembre de 2019, que contiene una serie de observaciones de la Auditoría Interna,
sobre el proceso de contratación del Gerente General y sobre las cuales esta Junta
Directiva se referirá en un acuerdo posterior.
Cuarto: Que dado lo anterior, lo procedente es ratificar el nombramiento indicado en el
acuerdo N° 1 de la sesión 98-2019 y emitir las disposiciones complementarias, para
garantizar el adecuado inicio de las funciones del señor Hidalgo Cortés en la fecha
indicada.
Por tanto, se acuerda:1) Ratificar el nombramiento efectuado en el acuerdo N° 1 de la sesión 98-2019, del señor
Dagoberto Hidalgo Cortés, mayor, casado una vez, administrador de empresas, licenciado
en Finanzas y Mercadeo, abogado y notario, vecino del cantón de Cartago, provincia de
Cartago, cédula número 7-0129-0954, en el cargo de Gerente General del Banco
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 29---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Hipotecario de la Vivienda, por un período de seis años, a partir del 15 de enero del año
2020 y hasta el 14 de enero del año 2026.
2) El señor Hidalgo Cortés ejercerá la representación legal del Banco Hipotecario de la
Vivienda, con las facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma, que
determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo sustituir su
poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo. Además, podrá
otorgar a quien designe, todo tipo de poderes, generalísimo, general, especial y judiciales
generales o especiales, con o sin limitación de suma y según los términos que señale en
cada acto de otorgamiento.
3) Se instruye al Gerente General a.i., para que proceda con los trámites administrativos
necesarios para garantizar el inicio de funciones del señor Hidalgo Cortés en la fecha
indicada; así como para que comunique los alcances del presente acuerdo a las
entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y a los órganos
de supervisión y control.
4) Se autoriza a la Asesoría Legal, para que coordine la designación de un notario, para
que proceda a protocolizar el presente acuerdo, para su respectiva inscripción en el
Registro Público.
5) Con el propósito de prevenir eventuales conflictos de interés y garantizar la prevalencia
del interés público en todo caso, según lo establecido en el artículo 9 de la Política PO-
INST-CFI-001 Conflicto de Interés, el señor Hidalgo Cortés deberá abstenerse de
participar en todos aquellos asuntos propios de la Gerencia General, atinentes a procesos
de toma de decisiones relacionados con la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, por un
período de un año, y en aquellos asuntos que hubiese sido gestor en su calidad de
funcionario de la MUCAP. Debiendo estos asuntos ser tramitados por los titulares de las
subgerencias. En el período mientras se produce el nombramiento de las subgerencias, la
Gerencia General recomendará el mecanismo a la Junta Directiva para atender los
asuntos en los cuales debe abstenerse.
6) Girar instrucciones a la Dirección FONAVI, para que solicite a la MUCAP, que sustituya
la hipoteca a nombre del señor Hidalgo Cortés, que forma parte de la garantía al crédito
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 30---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------de la operación formalizada a esa entidad al amparo del Programa de Crédito de Largo
Plazo 2014.
7) El Señor Hidalgo Cortés deberá de presentar al iniciar sus funciones, el comprobante
que señale el estar al día en su operación crediticia indicada en el ítem F 4) del oficio
DAD-REH-OF-202-2019.
8) El Señor Hidalgo Cortés deberá de presentar al iniciar sus funciones, el comprobante
de que no pertenece al Comité de Vivienda Social de la Cámara Costarricense de la
Construcción.
9) Prorrogar hasta el 14 de enero de 2020, el nombramiento del señor Carlos Castro
Miranda, como Gerente General a.i. del Banco Hipotecario de la Vivienda.
Acuerdo Unánime y Firme.-************
ACUERDO N°7:En respuesta al oficio AI-OF-AD-006-2019 de la Auditoría Interna, de fecha 19 de
diciembre de 2019, sobre el proceso de nombramiento del Gerente General, procede esta
Junta Directiva a referirse en el mismo orden de las observaciones planteadas:
1.- Sobre el establecimiento por parte de la Junta Directiva, de un procedimiento para la
escogencia por idoneidad, para el nombramiento del Gerente General
Es importante aclarar y explicar, que el mecanismo de comunicación que permitió a todos
los ciudadanos que cumplieran los requisitos y tuviesen interés en participar, bajo el
principio constitucional de igualdad, así como la publicación adecuada del concurso, que
permitió también la participación de todos los actores interesados en su momento y que
pudieran cumplir con los requisitos, tanto académicos como de idoneidad, bajo los
principios constitucionales de igualdad y razonabilidad, fue otorgado en el “Concurso
público por idoneidad” del primer procedimiento aprobado para el nombramiento del
Gerente General, incluso se postergó el período de presentación de oferentes y además
se efectuó una segunda publicación.
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 31---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Debido a que este proceso de concurso público no permitió contar con candidatos que
reunieran los requisitos indispensables para ocupar el cargo, el proceso de comunicación
utilizado en el segundo procedimiento aprobado, “escogencia por idoneidad, para el
nombramiento del Gerente General” (acuerdo N° 2 de la sesión 88-2019 del 11/11/2019),
fue la invitación directa de los miembros de Junta Directiva a personas que, consideraban,
reunían la idoneidad para el cargo. Es importante señalar que este procedimiento fue
consultado con funcionarios de la SUGEF.
2.- Sobre el acuerdo de “Nombramiento, en principio, del señor Dagoberto Hidalgo Cortés
como Gerente General del BANHVI e instrucción para verificar el cumplimiento de los
requisitos para ocupar el puesto”, sin considerar el cumplimiento de requisitos formales y
totales por parte de los candidatos al puesto de Gerente General
El proceso de participación de las personas invitadas se formalizaba con la entrega de
sus atestados en la Secretaria de Junta Directiva, en sobre cerrado, los cuales fueron
abiertos en la sesión que se destinó para tal fin. Se mantuvo la confidencialidad de los
participantes, debido a que dentro de las personas invitadas había personas que
mantenían en la actualidad una relación laboral.
En la Sesión de Junta Directiva se conocieron los atestados de ocho participantes, de los
cuales tres no fueron contemplados al no reunir cabalmente el perfil aprobado, y cinco de
ellos se consideraron para participar en el proceso de escogencia, y, por ende, se
realizaron las entrevistas respectivas (sesiones 93-2019, 94-2019 y 95-2019). En las
entrevistas se profundizaron los requisitos, atestados y cumplimiento del perfil por parte
de los candidatos.
El candidato resultó nombrado al lograr el voto de seis miembros de la Junta Directiva.
El nombramiento sería eficaz hasta tanto el Área de Recursos Humanos verificara
también el cumplimiento de los requisitos para ocupar el puesto, lo cual fue comunicado
en el oficio DAD-REH-OF-202-2019, concluyendo que el Lic. Hidalgo Cortés cumple con
las condiciones y requisitos establecidos para ocupar el puesto. Por lo anterior, esta Junta
Directiva considera que efectivamente se realizó la comprobación de la normativa para el
nombramiento del Gerente General.
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3.- En cuanto al cumplimiento de las disposiciones del artículo 28 de la Ley del Sistema
Financiero Nacional para la Vivienda
El dictamen de la Asesoría Legal sobre el procedimiento para nombrar el Gerente General
del BANHVI, según oficio AL-OF-031-2019 del 2 de mayo de 2019, referente a este tema
señaló:
“En otras ocasiones se ha indicado que los anteriores supuestos se aplican, según la génesis de la norma, para el nombramiento de los miembros de la Junta Directiva del BANHVI. Por disposición del artículo 28 de dicha Ley, la norma se hace extensiva para el nombramiento del Gerente General del BANHVI. En ese orden, se ha indicado que en caso de ser nombrado en ese puesto una persona que a su vez se encuentra en una de las situaciones ya señaladas, deberá posteriormente renunciar al cargo que venga ocupando bajo aquellas circunstancias.”
Como lo señala la Asesoría Legal, aun cuando lo anterior se ha venido aplicando en la
Institución, considera el Lic. Rodolfo Mora que con vista en el dictamen de la Procuraduría
de la Ética Pública AEP-608-2016, del 10 de agosto del 2016, debe tenerse presente que
el espíritu de la norma es el evitar conflictos de intereses y velar por la observancia del
deber de probidad, por lo cual señala que en su criterio no es procedente que participen
personas que están ocupando cualquiera de los cargos señalados en el artículo 16 de la
Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
Es importante señalar que el dictamen remitido a la Junta Directiva por parte de la
Procuraduría de la Ética Pública (PEP), mediante el oficio N° AEP-608-2016, donde se
exponen los resultados del informe N° AEP-INF-013-2016, fue discutido por la Junta
Directiva en la Sesión 01-2017 del 5 de enero de 2017, para lo cual se conoció el
dictamen legal del Órgano Director del procedimiento, Lic. Fabián Volio Echeverría, el cual
concluía que no existe una norma legal que tipifique la figura del conflicto de interés
potencial, sino más bien la prevención de evitar un conflicto de interés, lo que es posible
por efecto de las normas de abstención previstas en la Ley General de la Administración
Pública. Es por este motivo que la Junta Directiva según acuerdo No. 4 de la Sesión 1-
2017 resolvió:
“Acoger la recomendación contenida en el dictamen legal del Lic. Fabián Volio Echeverría, de fecha 22 de diciembre de 2016, y dar por atendida sin ulterior trámite la conclusión N° 1 contenida en el informe N° AEP-INF-013-2016 de la Procuraduría de la Ética Pública.”
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 33---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------De este acuerdo se desprende que lo expresado por la PEP no fue acogido en su
momento por la Junta Directiva, al considerarse que no existe norma que “sancione” de
manera anticipada un “potencial” o futuro conflicto de interés.
Debido a lo anterior, esta Junta Directiva resolvió en el “procedimiento de escogencia por
idoneidad, para el Gerente General”, según acuerdo N° 2 de la sesión 88-2019, celebrada
el 11 de noviembre de 2019, lo siguiente:
“Al ser nombrado en dicho cargo, no podrá ejercer cualquiera de las siguientes posiciones (integrando debidamente en su contexto el artículo 16 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda): … 8. Los miembros de las juntas directivas, gerentes generales, subgerentes, sus ascendientes y descendientes hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad y demás empleados de las entidades autorizadas.”
Como se puede observar, la Junta Directiva resolvió mantener el criterio utilizado
anteriormente en la Institución, al considerarse que dicha norma establece la prohibición
de los miembros de la Junta Directiva de poder ejercer esos cargos en forma simultánea
(integrándose también para los cargos gerenciales).
Igualmente debemos señalar, que una vez ratificado el nombramiento del señor
Dagoberto Hidalgo Cortés, la Junta Directiva, dentro del acuerdo respectivo, ha procedido
a señalar las medidas preventivas que eviten algún conflicto de interés, con respecto a la
Entidad Autorizada en la cual trabajó anteriormente.
Todo lo anterior es congruente con el acuerdo SUGEF 22-18 que en lo que interesa
menciona:
“Artículo 6. Expediente. Las entidades financieras deben tener una política escrita para la creación, conservación y actualización de un expediente administrativo en el que consten las calidades de las personas nombradas como miembro del Órgano de Dirección o de la Alta Gerencia y se demuestre que se aplicaron los criterios establecidos en los artículos 4 y 5 de este Reglamento. El expediente deberá contener, al menos, lo siguiente: … b) Declaraciones juradas en las que conste:i. Si tiene o no conflicto de interés con la entidad financiera que lo designa o con aquellas que formen parte del grupo financiero al que ésta pertenezca, tales que influyan negativamente en su desempeño. En caso de tener conflicto de interés con la entidad financiera, deben indicarse los mecanismos establecidos para la mitigación del conflicto de interés.” (El subrayado es nuestro).
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Minuta de la sesión Nº 101-2019 19 de diciembre de 2019 34---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por lo anterior el posible conflicto de interés fue analizado por la Junta Directiva y resuelto
en el punto 5 del acuerdo que da eficacia al nombramiento del Gerente Genera (N° 6 de la
presente sesión), el cual se transcribe a continuación: “Con el propósito de prevenir
eventuales conflictos de interés y garantizar la prevalencia del interés público en todo
caso, según lo establecido en el artículo 9 de la Política PO-INST-CFI-001 Conflicto de
Interés, el señor Hidalgo Cortés deberá abstenerse de participar en todos aquellos
asuntos propios de la Gerencia General, atinentes a procesos de toma de decisiones
relacionados con la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, por un período de un año, y en
aquellos asuntos que hubiese sido gestor en su calidad de funcionario de la MUCAP.
Debiendo estos asuntos ser tramitados por los titulares de las subgerencias. En el período
mientras se produce el nombramiento de las subgerencias, la Gerencia General
recomendará el mecanismo a Junta Directiva para atender los asuntos en los cuales debe
abstenerse.”
Se agradece la prevención realizada por la Auditoría Interna en el oficio AI-OF-AD-006-
2019, la cual fue analizada por esta Junta Directiva y se da por atendida.
Acuerdo Unánime y Firme.-************
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