art. 450 principios procesales oralidad inmediación concentración uniformidad medios alternativos...

Post on 23-Jan-2016

216 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

Art. 450 Principios Procesales

Oralidad

InmediaciónConcentración

Uniformidad

Medios alternativos desolución de conflictos

Publicidad.

Simplificación

Iniciativa y límites de la decisión

Dirección e impulso del proceso por el juez o jueza

Primacía de la realidad

Libertad probatoria

Lealtad y probidad procesal

Notificación única

Defensa técnica gratuita

El Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es competente en las siguientes materias:

Primero. Asuntos de familia de naturaleza contenciosa

Segundo. Asuntos de familia de jurisdicción voluntaria:

Tercero. Asuntos provenientes de los Consejos Municipales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes o de los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes:

Cuarto. Asuntos patrimoniales, del trabajo y otros asuntos:

Quinto. Acción judicial de protección de niños, niñas y adolescentes contra hechos, actos u omisiones de particulares, órganos e instituciones públicas o privadas que amenaceno violen derechos colectivos o difusos, de niños, niñas y adolescentes.

Art. 177 Lopnna

Sustanciación

Artículo 454

Audiencias

Preliminar

juicio

dos fases

Mediación

De la demanda y la notificación

De la demanda puede ser presentada en forma oral o escrita, con o sin la asistencia de abogado o abogada, y contendrá:

a) Nombre, apellido y domicilio de la parte demandante y de la demandada.b) Si se demanda a una persona jurídica, los datos concernientes a su denominación,domicilio y los relativos al nombre y apellidos de cualquiera de sus representantes legales,estatuarios o judiciales.c) El objeto de la demanda, es decir, lo que se pide o reclama.d) Una narrativa resumida de los hechos en que se apoye la demanda.e) La dirección de la parte demandante y de la demandada y, de ser posible, su númerotelefónico y la dirección de correo electrónico.

Artículo 456

Se debe indicar el Régimen de Convivencia Familiar propuesto.

Se debe indicar la cantidad que se requiere y las necesidades, y si fuera posible se señalará el sitio o lugar de trabajo del demandado o demandada, su profesión u oficio, una estimación de sus ingresos mensuales y anuales y su patrimonio.

Obligación de Manutención

Fijación de un Régimen de Convivencia Familiar

Cuando se modifiquen los supuestos conforme a los cuales se dictó una decisión sobre Responsabilidad de Crianza, Régimen de Convivencia Familiar u Obligación de Manutención, puede presentarse una nueva demanda de revisión y el juez o jueza decidirá lo conducente, siguiendo para ello el procedimiento previsto en el Capítulo IV del Título IV de esta Ley.

Artículo 456

Demanda457 Lopnna

Admita 457

DespachoSaneador

Audiencia Preliminar

+5-10

..diligencias preliminares, medidas preventivas o decretos de sustanciación que considere convenientes...

Medidas preventivas 466

si no fuera contraria al orden público,a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico

2 dias Conste

Notificación

1. por boleta 4582. electrónica 4593. por fijación de cartel y por correo4. por publicación de cartel o edicto.5. voluntaria y presunta6. del Ministerio Público7. Domicilio procesal y notificación tácita

fase de mediación

Artículo 466-AMedidas preventivas en caso de privación o extinción de Patria Potestad En juicio de privación o extinción de Patria Potestad, si se presenta un medio de prueba que constituya presunción grave de la causal invocada por la parte demandante, el juez o juezapuede decretar las medidas preventivas para garantizar la protección y seguridad del niño, niña o del adolescente mientras dure el juicio. En todo caso y siempre que se estime indispensable, el juez o jueza puede ordenar, de manera previa, la prueba tendente a acreditar los presupuestos indicados.

Oposición a las medidas preventivas

Notificado

No Notificado

Artículo 466-C

5 dias

5 diasConste en auto

Oposición por escrito •Medios de P•Ofrecer

Audiencia Oposición 466 D

-2+5

Audiencia Preliminar 2 diasnotificad

Acuerdo

Mediación –1mes

-5+10

Homologa

Sustanciación 471

DesestiminetoConfeso

No Acuerdo

Total

Parcial

La adopción, la colocación familiar o en entidad de atención e infracciones a la protección debida.

-15+20

Escritos de pruebas y contestación Oral

10

Reconvenir Oral

Adiencia de Juicio

top related