adt tramitaciones aduanerasugtcorreoscantabria.es/wp-content/uploads/2018/07/anexo...• el dua o...
Post on 19-Feb-2020
3 Views
Preview:
TRANSCRIPT
1
ADT TRAMITACIONES ADUANERAS Cómo mejorar la experiencia del cliente en las Oficinas
Tramitaciones de exportación e importación de sus envíos
2
1. INTRODUCCIÓN
¡Hola! Te damos la bienvenida a esta formación en la que te daremos a conocer las
TRAMITACIONES ADUANERAS que realiza Correos y cómo funcionan los procesos de envío de las
cartas y la paquetería entre la zona de Canarias, Ceuta y Melilla y la zona de Península y
Baleares.
2. CONCEPTOS BÁSICOS
• Para la gestión de las cartas y paquetería comercial hay que conocer las reglas que rigen
entre los diferentes territorios. Estos se relacionan y agrupan en zonas comerciales por
todo el mundo.
• Estas relaciones las marcan principalmente dos elementos: Primero, las Fronteras y
Zonas Económicas. Segundo, los Regímenes Fiscales.
• Las combinaciones de estos dos elementos determinan los procesos y costes de las
TRAMITACIONES ADUANERAS para las importaciones y las exportaciones.
• Así, es importante conocer las relaciones del mundo con la Unión Europea y de esta con
España.
• En el caso español, existen además particularidades fiscales entre Península y Baleares
por un lado y Canarias más Ceuta y Melilla por otro. ¡Sin olvidarnos de Andorra!
3
• Canarias y Ceuta y Melilla tienen un régimen fiscal especial llamado IGIC / IPSI. Una de
sus principales diferencias es que en lugar del 21% de IVA se carga el 7% de IGIC / IPSI.
• Por ello, los envíos entre las oficinas de Correos de la zona Península y Baleares y la zona
Canarias y Ceuta y Melilla generan un TRÁMITE DE IMPORTACIÓN, que afecta a todo el
proceso de gestión de cartas y paquetería, desde la admisión a la entrega, pasando por
las particularidades de la TRAMITACIÓN ADUANERA.
• El ajuste o REGULARIZACIÓN FISCAL entre zonas, se hace mediante este proceso de
IMPORTACIÓN.
En la tramitación aduanera Correos cuenta con ADTPostales que es el área de negocio que
realiza la gestión aduanera de LOS ENVÍOS DE IMPORTACIÓN en Península y Baleares y las
Cabeceras Aduaneras de Ceuta y Melilla.
• En función del lugar de admisión y envío se generará o no la necesidad de la tramitación
aduanera.
4
• Si la Admisión se realiza en Península y Baleares y el destino es la Unión Europea, NO hay
tramitación aduanera.
• Si la Admisión se realiza en Península y Baleares y el destino es Canarias, Ceuta , Melilla
y Andorra, SÍ hay tramitación aduanera.
• Si la Admisión se realiza en Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra y el destino es cualquier
lugar fuera de su territorio, SÍ hay tramitación aduanera.
5
3. INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA GESTIÓN
• En el tráfico de cartas y paquetes que circulan entre dos territorios fiscales diferentes y
por tanto requieren un trámite de importación, es especialmente importante aportar de
forma muy clara toda la información del envío. Esta información es la que requiere la
aduana para realizar la gestión.
• La aduana exige los datos del remitente y del destinatario, bien sean personas o
empresas, el contenido detallado del envío y su valor. Siempre hay que asignar un valor
aunque sea estimado en el caso de los regalos y efectos personales.
• En el caso en que la documentación no venga completa desde origen, es necesario
solicitársela al destinatario, que es el importador del envío. Para ello, el envío se
almacena a la espera de la documentación suficiente para realizar la gestión aduanera.
La Aduana no habrá realizado ninguna intervención sobre el envío, es Correos quien se ve
obligado a detener el envío por falta de datos.
6
• En función del tipo de la mercancía, los importes a pagar pueden ser:
• Aranceles: Son derechos aduaneros o arancel comunitario que es un impuesto
comunitario de la Unión Europea. Aplica solo a determinadas mercancías.
• Los impuestos indirectos que gravan el consumo en el territorio de destino. Impuesto
nacional o local como por ejemplo el IVA.
• Los impuestos especiales. Para ciertas mercancías como tabaco, alcohol, etc.
• Además de aranceles e impuestos, el envío debe contemplar los propios precios del
transporte de la mercancía, los gastos de almacenamiento en su caso y los de gestión
documental del proceso.
• Los gastos se suelen repartir entre el remitente y el destinatario.
• El DUA o Documento Único Administrativo lo paga el remitente en el momento de la
admisión. (hasta la fecha el DUA importación siempre lo paga el destinatario)
• El resto de impuestos los paga el destinatario y la cantidad puede variar en función del
territorio de destino.
• Fíjate en la siguiente tabla que resume las obligaciones arancelarias y fiscales en función
del tipo de bien y su valor declarado.
7
Ahora vamos a explicar los aspectos que debes tener claros para el flujo de envío y
recepción sujeto a gestión aduanera.
Conozcamos ahora los detalles de la ADMISIÓN de Envíos a destinos fuera del territorio
propio de cada zona.
• La tramitación aduanera se aplica a todos los envíos que contengan mercancía. Se
entiende por mercancía todo aquello que no son documentos.
• La importación se realiza en base a la documentación que acompaña al envío, que debe
ser lo más completa y correcta posible.
• Datos importantes a tener en cuenta:
- Se debe indicar de qué tipo mercancía se trata: camisetas, zapatos, juguetes. Evitando
descripciones genéricas como regalos, muestras, etc.
- El valor 0€ no es válido, todo tiene un valor, aunque sea estimado.
- Indicar el teléfono y correo electrónico del destinatario necesarios, para reducir tiempos
en caso de necesitar contactar con el destinatario.
8
• Veamos ahora la documentación a emplear.
• La documentación que acompaña al envío debe ser solamente el CN23 incluidos
paquetes y cartas certificadas.
• El CN23 debe adherirse al envío, si es posible sin doblar, y en una cara plana ya que se
escanea en una máquina de clasificación.
• El DA1 no es válido porque no identifica al envío al que acompaña y ha sido eliminado en
2017 y tampoco debe utilizarse el CN22.
• Cuanto más clara sea la documentación, más ágil será la importación.
• Todo envío declarado como regalo o sin descripción y/o con valor 0€, NO PODRÁ
TRAMITARSE con la declaración del CN23.
• Si la documentación es incompleta, EL ENVÍO SE ALMACENA PARA SOLICITAR AL
DESTINATARIO ESA DOCUMENTACIÓN.
• La Aduana no interviene, es Correos (ADTPOSTALES) quien se ve OBLIGADO A DETENER
EL PROCESO DEL ENVÍO para conseguir la información necesaria e iniciar la tramitación.
• La declaración en DA1 no es válida ya que no hace referencia al número de envío.
¡RECUERDA! para la ADMISIÓN
•Cuanto más clara sea la documentación, más ágil será la importación.
9
4. ADMISIÓN EN IRIS
• Ahora que ya sabemos un montón sobre tramitaciones aduaneras, vamos a ver cómo
gestionarlas desde IRIS.
• La buena noticia es que se han simplificado y estandarizado los procesos, la
documentación y la gestión de las incidencias más comunes.
• Por ello te será mucho más fácil y rápido realizar estas gestiones de ahora en adelante.
10
Cuando el envío va dirigido a un destino con distinto régimen tributario, IRIS lanza
automáticamente esta ventana emergente de alerta tras introducir peso, destino y
producto.
• En caso de una única admisión, se habilitan tres pestañas: valores añadidos, datos del
destinatario y remitente y contenido del envío, para generar el CN22/ CN23 en la
admisión de envíos unitarios no prerregistrados.
• En caso de las admisiones múltiples el cliente debe rellenar el CN22/ CN23
manualmente. El CN22/ CN23 se encuentra en CONECTA.
• Cuando se selecciona en el combo de “Tipo de envío” la opción DOCUMENTOS no es
necesario aportar documentación ni generar el CN22/ CN23.
11
• Cuando se marca MERCANCÍAS o cualquier otro tipo es necesario declarar el contenido,
aportar documentación (facturas, etiquetas...) y confirmar en IRIS los procesos de gestión
necesarios.
• Surgen así cinco posibilidades de gestión.
• Si el cliente es una empresa o autónomo Seleccionamos Factura y tenemos 4 opciones
• DUA Correos: Autoriza a Correos a tramitar su envío ante la AEAT. Genera un DUA (DUA de
exportación)
• EAI-T2LF: Solo válida para el flujo Península – Canarias y viceversa y para un importe
inferior a 3000€. Genera un EAI-T2LF (es una simplificación aduanera con Canarias, no
es necesario DUA de exportación)
• DUA Otros: El cliente realiza él mismo el trámite aduanero DE EXPORTACIÓN o lo encarga
a un tercero. Genera EAI.
• Valor inferior a 22€: Si no contiene mercancía con arancel, se despachará como bajo
valor.
• Para envíos entre particulares se utiliza la opción CN 22 / CN 23 porque no pueden
generar factura.
12
Cuando se selecciona que el contenido es mercancía, es obligatorio realizar una
descripción lo más detallada posible y NUNCA introduciendo un valor CERO.
5. AGRUPACIONES ADUANERAS EN IRIS
• Admisión de productos sujetos a trámites aduaneros.
• A continuación, veremos en detalle cómo realizar las diferentes agrupaciones aduaneras
dependiendo del punto de origen y destino y de si se trata de envíos entre particulares o
empresas.
• Una AGRUPACIÓN ADUANERA es una remesa aduanera (conjunto de bultos 1 o más) que
deben tener las siguientes características:
-MISMO remitente
-MISMO destinatario
-MISMO punto de entrega
-MISMO producto postal contratado.
13
La agrupación aduanera se ha de realizar para envíos del mismo tipo de producto y remitente, a
un mismo destinatario en igual punto de entrega.
• Recuerda que hay cinco procesos principales de admisión. Cuatro para empresas o
autónomos y uno para particulares.
• Para empresas y autónomos están: DUA CORREOS, EAI-T2LF, DUA OTROS y Valor inferior
a 22€.
• Para Particulares: CN 22 / CN 23.
14
• Antes de nada te contamos el significado de estas siglas de uso frecuente en la
Agrupación Aduanera.
• El DUA (Documento Único Administrativo) es un documento en soporte papel utilizado en
trámites aduaneros de importación o exportación y que debe presentarse ante las
autoridades de la Aduana.
• El DUA proporciona información sobre el producto que se va a importar o exportar y sirve
de base para la declaración tributaria.
• La función del DUA es la de unificar todos los documentos administrativos necesarios
para la importación y la exportación de mercancías.
• Es un documento complejo que está fraccionado en diferentes partes.
• Cuando se finaliza el Alta Agrupación EAI o la Confirmación Agrupación DUA, el sistema
ordenará imprimir una etiqueta para identificar la remesa y a cada envío de esta.
• Se imprimirán tantas etiquetas como envíos tenga la agrupación y cada etiqueta
incorporará el código del envío, además del código de remesa.
• Hay que entender que hay dos gestiones diferenciadas, el DUA de exportación y el DUA de
importación.
• El DUA de importación se hace a la salida del territorio fiscal de origen y el DUA de
exportación se hace a la entrada del territorio fiscal de destino.
15
Vamos a ver los términos que hay para la admisión de productos sujetos a trámites
aduaneros:
• EAI: Es la Agrupación de Envíos para la Importación o Enterprise Application Integrator /
para los envíos que no necesiten DUA de exportación desde la PENÍNSULA Y BALEARES a
CANARIAS.
• Una vez admitido un envío registrado en IRIS, no podremos cobrar al cliente sin haber
realizado el alta de agrupación EAI.
• DCA: Es la Agrupación de Envíos para la exportación.
• Y Sin agrupación: significa que según el origen y destino del envío, no es necesaria la
agrupación de envíos o remesa.
16
• Desde Península/Baleares.
• Dependiendo de si el destino del envío es nacional o internacional, su valor y el tipo de
remitente y destinatario, las acciones de agrupación aduanera se pueden consultar en
las siguientes tablas.
IMPORTANTE: Los envíos desde Ceuta, Melilla y Andorra no se consideran.
17
• Desde Canarias.
• Dependiendo de si el destino del envío es nacional o internacional, su valor y el tipo de
remitente y destinatario, las acciones de agrupación aduanera se pueden consultar en
las siguientes tablas.
IMPORTANTE: Los envíos desde Ceuta, Melilla y Andorra no se consideran.
18
• En determinados flujos es necesario generar la agrupación correspondiente DUA ,EAI o
EAI-T2LF.
• Para ello tras realizar la admisión del envió en: Otros servicios> Confirmación DUA o alta
agrupación EAI.
19
Se introducen los datos del envío, del remitente y destinatario, normalmente se vuelcan
directamente al tenerlos grabados en IRIS.
20
Se genera la agrupación EAI o EAI-T2LF o DUA.
21
• Se genera la agrupación para formalizar el DUA de exportación
22
23
• Agrupación Monobulto: cuando la agrupación sea de un solo bulto se puede generar la
agrupación desde la pagina de admisión.
• En la ventana de Admisión habrá un check para seleccionar la opción “Monobulto”, y a
continuación se generará automáticamente la documentación.
• Este check aparece desmarcado cuando es un envío susceptible de llevar agrupación y
deshabilitado si no es susceptible de llevar agrupación.
• Cuando el usuario marca el check y finaliza la admisión, se tiene que validar que todos
los datos obligatorios para la agrupación están introducidos para poder terminar el
proceso.
24
• Cuando se trate de agrupaciones EAI, OTROS Y EAI-T2LF se avisará mediante un mensaje
emergente, si acepta o solicita la validación de M11 o la firma para la digitalización según
dependa.
• Si se deniega se admite el envío y queda pendiente de agrupar, en un momento
posterior.
25
• Cuando sean agrupaciones DUA con Correos, se avisará mediante un mensaje
emergente.
• Si se acepta, sube a bolsa el importe asociado. Luego se procede a la validación de M11
o la firma para la digitalización, según dependa.
• Si se deniega, se admite el envío y queda pendiente de agrupar, en un momento
posterior.
• Las opciones de agrupación confirmarán la autorización DUA y alta agrupación EAI según
el caso.
26
27
• Comencemos por el DUA de Correos.
• Si en el proceso se opta porque el DUA ( Documento Único Administrativo) lo gestione
Correos, el esquema indica la documentación necesaria y los pasos a seguir.
• 1.- Se admite en IRIS
• 2.- Se genera la agrupación DCA verificando si el cliente remitente tiene contrato o no con
Correos para este trámite.
28
• En los casos de operaciones de intercambio de mercancías entre la Península y Baleares
con las Islas Canarias con una factura superior a 22€ e inferior a 3000€ y la mención en
la factura: “T2LF-MERCANCIA SIN DECLARACION DE EXPEDICIÓN”
• Se procede de la siguiente manera:
• 1.- Se admite en IRIS
• 2.- Se genera la genera la agrupación EAI-T2LF y se adjunta al envío
29
• En los casos de operaciones de intercambio de mercancías que hayan realizado el DUA
con OTRO AGENTE distinto a Correos, se procede así:
• 1.- Se admite en IRIS
• 2.- Se genera la agrupación EAI según los casos *****
• 3.-Se adjunta el envío
30
• En los casos de operaciones de intercambio de mercancías que su importe sin
(IVA/IGIC/IPSI) no superen los 22€, se procede:
• 1.- Se admite en IRIS
• 2.- Se genera la agrupación EAI según los casos *****
• 3.-Se adjunta el envío
31
• En los casos de operaciones de intercambio de mercancías entre personas físicas, es
decir entre particulares, se procede de esta manera:
• 1.- Verificar que están correctamente rellenados los impresos.
• 2.- Se admite en IRIS
• 3.- Se genera la agrupación EAI según los casos *****
• 4.- Se adjunta el envío
32
6. VENTAJAS
➢ Tendrá claro desde el principio qué paquetes llegarán directamente y cuáles deben ser
retenidos.
➢ El remitente podrá agilizar el proceso de envío.
➢ La documentación se estandariza.
➢ EL destinatario ubicado en Península o Baleares podrá gestionar todo el proceso de
recepción a través de www.adtpostales.com
➢ Se agiliza la resolución de incidencias.
➢ Podrá saber los costes de importación y tramitación.
➢ Podrá elegir el agente encargado de la tramitación aduanera.
➢ Podrá hacer los trámites en un tiempo menor, lo que nos permitirá ofrecer una mejor
atención al cliente, tanto de admisión como de destino.
top related