actividad 3 cuadro explicativo ruben sequera
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
SUPERIORUNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
CABUDARE – EDO LARADERECHO TRIBUTARIO
Actividad Nro.-3Tema 7. Las Contribuciones
Integrante: Rubén Sequera
ITEM A COMPARAR
DEFINICIÓN CARACTERISTICAS EJEMPLOS DE CADA UNA
¿Cuáles son las clases de
contribuciones especiales que
existen en Venezuela?
*Son tributos cuyo hecho generador
consiste en beneficios
individuales o de grupos sociales, derivados de la realización de
obras públicas o de especiales
actividades del Estado.
*Se trata de prestaciones
tributarias establecida por la
República, los Estados o los
Municipios mediante una ley,
*Tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el
obligado tributario de un beneficio o de un aumento de
valor de sus bienes.* Directamente relacionada con
las mejoras de las obras públicas o del establecimiento o
ampliación de servicios públicos.
*Su importancia en el montaje global de los ingresos públicos es marginal, llama la atención de los estudiosos por el hecho de que se sustituye el principio de capacidad económica por el
beneficiario.
*Esto es, no paga más el que más tiene, si no que paga más el que más se beneficia por la
obra o por servicio en cuestión.*Los ingresos que recaudan a
través de la misma están adscritos a un gasto correcto,
que es el que da lugar al cobro de la misma, en lugar de formar parte genérica de los ingresos a
repartir en los presupuestos generales del estado.
• CONTRIBUCIÓN SOBRE PLUSVALÍA.Hecho imponible.
Según lo dispone el artículo 179 de la LOPPM, la contribución sobre plusvalía se origina por el
incremento en el valor de la propiedad consecuencia de cambios de uso o de aprovechamiento, previstos en los planes de ordenación urbanística que resulte
beneficiada.
Condición para crear la contribución.El artículo 180 de la LOPPM establece que la
contribución especial sobre plusvalía sólo podrá crearse cuando el aumento del valor de las
propiedades inmuebles sea igual o superior al veinticinco por ciento (25%) de su valor antes del
cambio de uso o de intensidad de aprovechamiento.
Base imponible.De acuerdo con el artículo 181, de la LOPPM, la contribución especial sobre plusvalía no podrá
exceder de un quince por ciento (15%) del monto total de la plusvalía que experimente cada inmueble.
Destino de la recaudación.Lo recaudado por concepto de contribución sobre
plusvalía se destinará a la realización de las obras o prestación de los servicios urbanos que se
determinen en la Ordenanza que crea la contribución (artículo 179 de la LOPPM, parte final.
ACTIVIDAD 3: Cuadro Explicativo
Ítem a Comparar DEFINICIÓN CARACTERISTICAS EJEMPLOS DE CADA UNA
¿Cuáles son las clases de
contribuciones especiales que
existen en Venezuela?
•*Contribución por mejoras.
La contribución por mejoras se incluye dentro de los ingresos municipales, en el numeral 3° del artículo
179 de la CRBV; pero bajo la forma de participación, al establecerse en dicho numeral como ingreso del
ente: “la participación en la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o estadales,
conforme a las leyes de creación de dichos tributos”.
*Hecho imponible.
La contribución especial por mejoras se causará, según lo establece el artículo 182, de la LOPPM, por
la ejecución, por parte del Municipio o con su financiamiento, de las obras públicas o prestación de un servicio público que sea de evidente interés para la comunidad, siempre que, como consecuencia de
esas obras o servicios, resulten especialmente beneficiadas determinadas personas.
*Base imponible.
El importe de la contribución por mejoras será determinado por el Concejo Municipal en función del costo presupuestado de las obras o de los servicios; pero no excederá, en ningún caso, del cincuenta por
ciento (50%) del costo de las obras o servicios. El porcentaje de la base imponible que corresponderá a
cada beneficiario de la obra o servicio y las demás condiciones de procedencia, se regirán por lo previsto en las correspondientes ordenanzas
(artículo 182, LOPPM).
ITEM A SER COMPARADO
TASA CONTRIBUCIÓN TRIBUTO
¿Cuáles son las diferencias
existentes entre tasa, contribución y
tributo?
Tributo exigido por el estado con motivo de la prestación de un servicio individualizado al
obligado.
Es el tributo que cobra el estado por determinados servicios
públicos de carácter divisible, al realizarse el pago se recibe una
contraprestación concreta, totalmente definitiva e
inmediata.
Si se identifican la partida y la contrapartida de la vinculación tributaria. Por ejemplo: Timbre
Fiscal, Registro Público, Arancel de Aduana, Arancel Judicial,
Tasa Aeroportuaria.
Es aquel tributo en virtud del cual un individuo o
determinado grupo social percibe un beneficio, derivados de la realización de obras, de
gastos públicos o de actividades
Son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la
obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como
consecuencia de la realización de obras públicas o del
establecimiento o ampliación de servicios públicos.
Tienen su basamento en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, sustentado en los siguientes
artículos:Artículo 133: " Toda persona
tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el
pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la
ley" …
Son las prestaciones pecuniarias que el Estado, o un ente público
autorizado al efecto por aquél, en virtud de su soberanía territorial;
exige de sujetos económicos sometidos a la misma.
El tributo es todo pago o erogación que deben cumplir los sujetos
pasivos de la relación tributaria, en virtud de una ley formalmente
sancionada como consecuencia de la realización del hecho imponible,
obligatorio y unilateral, creado por el estado en uso de su potestad y
soberanía, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios
para el sostenimiento de los gastos públicos.
Se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones especiales.
¿Cuáles son las diferencias
existentes entre tasa, contribución
y tributo?
TASA CONTRIBUCIÓN TRIBUTO
Entre sus tipos: Por la prestación de servicios
públicos, Ejemplos: Abastecimiento de agua potable y servicio de aseo domiciliario.
Tasas judiciales, entre las cuales se encuentran las de jurisdicción civil contenciosa (Ejemplo: por
juicios civiles); las de jurisdicción civil voluntarias (Ejemplo: por
juicios sucesorios) y las de jurisdicción penal (Ejemplo: por
procesos de derecho penal común).
Tasas por poder de policía administrativa (Ejemplo: Por otorgamiento de licencias y
autorizaciones).
Entre sus tipos:Contribución por mejoras: son las
que se causan por la ejecución de obras públicas o prestación de un determinado servicio público
de evidente interés colectivo, siempre que, como consecuencia
de esas obras o servicios, resulten especialmente
beneficiadas determinadas propiedades.
Contribuciones de seguridad social: denominadas también
parafiscalidad, están a cargo de patronos y trabajadores y cuya
recaudación se destina a la financiación de servicios de previsión y asistencia social.
Entre sus tipos:*Impuesto sobre la renta.
*Impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos.
*Impuesto la producción, el valor agregado.
* Impuesto sobre los hidrocarburos y minas.
* Impuesto sobre los gravámenes a la importación y exportación de bienes y
servicios.*Impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y
demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del
tabaco.* Impuestos territoriales o sobre
predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias.
Los elementos que la caracterizan son:
-Timbre fiscal – registro público – servicio consular.
-Aduanas – propiedad horizontal – telecomunicaciones.
-Aviación civil – arancel judicial – navegación.
-Bultos postales, puertos, aeropuertos.
Los elementos que la caracterizan son:
Servicios de telecomunicaciones con fines de lucro.
De mejoras – de seguridad social.
Los elementos que la caracterizan son:
–Impuesto sobre la renta
-Impuesto al valor agregado (IVA)
-Sucesiones, donaciones y demás ramos conexos.
-De aduanas
-De cigarrillos
-Alcohol y especies alcohólicas
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