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Almagrario S.A. En Reorganización NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS al 30 de Septiembre de 2020 y 2019

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  • Almagrario S.A. En Reorganización

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS al 30 de

    Septiembre de 2020 y 2019

  • ALMAGRARIO S.A EN REORGANIZACION NIT. 899.999.049 - 1 Notas A Los Estados Financieros Al 30 de Junio de 2020-2019 (En millones de pesos colombianos, excepto donde se indique lo contrario)

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    1. ENTIDAD REPORTANTE Y OBJETO SOCIAL

    Almagrario S.A. En Reorganización (en adelante “Almagrario”, “la Compañía” o “la Sociedad” es una sociedad de Anónima de Derecho Privado, constituida mediante Escritura Pública No. 0010 del 5 de enero de 1965 de la Notaría Novena de Bogotá. Cambió su razón social de “Almacenes Generales de Depósito de la Caja Agraria, IDEMA y Banco Ganadero Almagrario S.A. En Reorganización”, por el de “Almacenes Generales de Depósito de la Caja Agraria y Banco Ganadero, Almagrario S.A. En Reorganización”, en razón a la cesión de acciones realizada por el IDEMA a la Caja Agraria que fue protocolizada mediante reforma estatutaria, en la escritura No. 03799 del 11 de septiembre de 1997 de la Notaría Novena de Santafé de Bogotá. Así mismo, mediante Escritura Pública No. 00189 de la Notaría 41 de Bogotá, inscrita el 16 de febrero de 2005 bajo el número 977099 del Libro IX, la sociedad cambió su nombre de: “Almacenes Generales de Depósito de la Caja Agraria y Banco Ganadero, Almagrario S.A. En Reorganización” por el de “Almacenes Generales de Depósito Almagrario S.A. En Reorganización”. Y posteriormente por escritura pública No. 2678 de la notaria 30 de Bogotá, del 19 de Septiembre de 2017, inscrita el 22 de Septiembre de 2017 bajo el registro No 02261657 del libro IX, la sociedad cambio su nombre de: Almacenes Generales de Depósito Almagrario S.A, por el de Almagrario S.A. En Reorganización dado el desmonte que se presentó el 03 de Septiembre de 2017, el cual fue aprobado por la Superintendencia Financiera, mediante Resolución 1220 de 2017, quien a partir de dicha fecha autorizó la terminación del programa de desmonte progresivo de Almacenes Generales de Depósito Almagrario y canceló su permiso de funcionamiento como Almacén General de Depósito.

    Almagrario tiene por objeto, ejecutar las siguientes actividades: la conservación y custodia, el manejo y distribución, la compra y venta por cuenta de sus clientes de mercancías (vehículos y maquinaria de todo tipo, medicamentos, elementos farmacéuticos, equipos y aparatos de tecnología diversa, mercancías varias, productos de consumo humano o animal, y en general todo tipo de bienes muebles) archivos y documentos y productos de procedencia nacional y extranjera.

    El depósito podrá versar sobre mercancías individualmente especificadas, sobre mercancías y productos genéricamente designados, siempre y cuando sean de una calidad homogénea, aceptada y usada en el comercio, sobre mercancías y productos en proceso de transformación o de beneficio, y sobre mercancías y productos que se hallen en tránsito por haber sido remitidos a los Almacenes en la forma acostumbrada en el comercio; y el tratamiento, secamiento y almacenaje de granos básicos, igualmente podrá prestar el servicio de laboratorio para el análisis físico, microbiológico. Físico – químico y organoléptico de granos mediante métodos y metodologías aprobados nacional e internacionalmente, así como certificar la calidad de los mismos.

    Podrá también efectuar las operaciones propias, el transporte de mercancías por cuenta de sus clientes conforme a las disposiciones legales y reglamentarias, y todas las demás que éstas autoricen a los Almacenes

    La Sociedad podrá realizar operaciones en todos los lugares en que le sean autorizadas, inclusive en los puertos, donde realizará las siguientes actividades principales: Manejo de carga marítima general, contenedor y granel sólido, manejo de carga terrestre (Urbano), Almacenamiento, pesaje, llenado y vaciado de contenedores, embalaje y re embalaje, cubicaje, marcación y rotulación, clasificación y toma de muestras, reparación de contenedores, fumigaciones e inspección de contenedores, encontrándose autorizada para desarrollar todos los actos conexos con estas acciones reconocido como servicios complementarios.

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    También podrán realizar todos los actos y contratos conexos con su objeto y aquellas actividades que la legislación le permita. Las actividades conexas se considerarán que constituyen también, el giro ordinario de sus negocios.

    En Asamblea General de Accionistas celebrada el día 27 de marzo de 2014, se autorizó la reforma al artículo 3 de los Estatutos Sociales de Almagrario adicionándose al objeto social la prestación del servicio de laboratorio para el análisis físico, microbiológico, físico - químico y organoléptico de granos mediante métodos y metodologías aprobados nacional e internacionalmente, así como la certificación de la calidad de los mismos.

    La reforma a los Estatutos Sociales anteriormente mencionada fue protocolizada en la Notaría 65 de Bogotá mediante escritura pública 1057 del 11 de julio de 2014 e inscrita en la Cámara de Comercio el 4 de agosto de 2014.

    Dado el cambio de naturaleza jurídica de Almagrario de Sociedad de Economía Mixta del Orden Nacional a Sociedad de Derecho Privado, la Asamblea General de Accionistas en sesión extraordinaria llevada a cabo el 8 de mayo de 2015 reformó los estatutos sociales protocolizada por escritura pública 871 del 14 de mayo de 2015, por la cual se aprobó la reforma de Estatutos, autorizando modificar los artículos que hacían referencia i) a la intervención y control del Estado en la Sociedad como entidad vinculada al Ministerio de Agricultura, ii) precisar el objeto de la Sociedad, iii) aumentar el capital autorizado, iv) fijar las facultades de los órganos sociales, entre otras.

    Luego de la venta en el año 2015 de la participación accionaria por parte del Patrimonio Autónomo de Remanentes de la Caja Agraria en Liquidación administrado por Fiduciaria La Previsora y del BBVA Colombia, actualmente el accionista mayoritario es la Sociedad Inverluna y Cía. S.A.S., con un porcentaje del 90 %.

    En virtud de la ley 1116 de 2006, mediante auto 400-003404 del 26 de abril de 2019, de fecha 26 de abril de 2019, inscrito el 24 de Mayo de 2019 bajo el No. 00004192 del libro XIX, la superintendencia de sociedades decretó la admisión al proceso de reorganización de la sociedad y mediante aviso No. 2019-01-196638 del 14 de mayo de 2019, la Superintendencia de Sociedades se inscribió el aviso por medio del cual se informó sobre la expedición de la providencia que decreto el inicio del proceso de reorganización en la sociedad, quedando el nombre de la sociedad como ALMAGRARIO SA EN REORGANIZACION; se nombró promotor(a) dentro del trámite de reorganización empresarial de la sociedad a la señora Carmen Lucía Rodríguez Mondragón con documento de Identificación: C.C. 51.563.617 de la ciudad de Bogotá D.C.

    Almagrario SA en Reorganización, tiene su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D.C. ubicado en la Calle 134 Bis 19 – 75, adicionalmente, cuenta con presencia a nivel nacional a través de sucursales en las ciudades de Cartagena, Santa Marta, Barranquilla, Itagüí, Caldas, Cali, Buenaventura, Bucaramanga y Bogotá y cuenta con sedes en las ciudades de Riohacha, Montería, Sincelejo, Aguazul, Espinal, Eje Cafetero (Pereira, Armenia, y Manizales), Urabá. Al 30 de junio la planta de personal suma 475 empleados de los cuales 228 son empleados directos con contrato a término indefinido, 3 empleados con contrato a término fijo, 242 colaboradores por medio de empresas especializadas en suministro de personal (temporal) y 1 aprendices del SENA.

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    NEGOCIO EN MARCHA

    En cumplimiento a lo previsto en el decreto 2132 de 2016 que incorpora la NIE 570, como representante legal de ALMAGRARIO S.A. EN REORGANIZACIÓN, manifiesto que los estados financieros se prepararon y se difunden bajo la premisa de negocio en marcha, al estar la compañía con la capacidad económica y operativa suficiente para la continuidad de su objeto social. Esto se acredita con las operaciones diarias que se consolidan en la información financiera, que se refleja en los instrumentos financieros de naturaleza débito y crédito, la contratación laboral, los contratos con clientes en ejecución, así nuevas unidades de negocios. Entre los clientes con que cuenta la Compañía son entidades Gubernamentales como la Dian, Sociedad de Activos Especiales (SAE), Crown Colombia S.A, Coljuegos, Emcali y otros contratos firmados en continuidad de servicio con ellos como los relacionados a continuación. Coljuegos firmado en Octubre del 2018 Crown Colombia S.A. en Octubre de 2018 Polnac de Colombia S.A.S Octubre de 2018 Seguros Comerciales Bolívar Octubre de 2018 Interchem Octubre de 2018 Sport Euro Noviembre de 2018 Italcol Noviembre de 2018 Campollo Octubre de 2018 Seguros Bolívar Diciembre de 2018 Alims Balanceados Santander Octubre de 2018 Contegral Noviembre de 2018 Foodgrain Noviembre de 2018 Finca S.A. Noviembre de 2018

    2. BASES DE PRESENTACIÓN

    a. Normas contables aplicadas –Almagrario, de conformidad con las disposiciones vigentes emitidas por la Ley 1314 de 2009 reglamentada por el Decreto 2420 de 2015, prepara sus estados financieros de conformidad con normas de contabilidad y de información financiera aceptadas en Colombia - NCIF, las cuales se basan en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) junto con sus interpretaciones, traducidas al español y emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por su sigla en inglés) al 31 de diciembre de 2013.

    Adicionalmente, Almagrario en cumplimiento con Leyes, Decretos y otras normas vigentes, aplica los siguientes criterios contables que difieren al de las NIIF emitidas por el IASB:

    • Decreto 2420 del 14 de diciembre de 2015 – Mediante el cual se expide este Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, estableciendo que los preparadores de información que se clasifican como entidades de interés público, que captan, manejan o administran recursos del público, no deben aplicar la NIC 39 – Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición; y la NIIF 9 –Instrumentos Financieros, en lo relativo al tratamiento de la cartera de crédito y deterioro, y la clasificación y valoración de las inversiones.

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    • Circular externa de la Superintendencia Financiera de Colombia 036 del 12 de diciembre de 2014 - El tratamiento contable de las diferencias netas positivas generadas en la aplicación por primera vez de NCIF no pueden ser distribuidas para enjugar pérdidas, realizar procesos de capitalización, repartir utilidades y/o dividendos, o ser reconocidas como reservas. Las diferencias netas negativas no computarán para el patrimonio técnico, capital mínimo para operar y demás controles de ley, para los preparadores de información financiera de las entidades sujetas a vigilancia.

    Por lo tanto, la Compañía presenta en sus estados financieros el valor del ajuste por conversión a NIIF dentro del rubro de “resultados acumulados”, discriminándolo en la nota respectiva.

    • Decreto 2496 del 23 de diciembre de 2015 – Mediante el cual se determina que los parámetros para establecer los beneficios post empleo para el tratamiento de la NIC 19 deben corresponder al Decreto 2783 de 2001, como mejor aproximación de mercado. Este decreto establece los supuestos actuariales para calcular los futuros incrementos de salarios y pensiones, establece la tasa real de interés técnico aplicable y la forma de considerar el incremento anticipado de la renta para personal activo y retirado.

    • Decreto 2131 de 2016 – Mediante el cual se determina revelar el cálculo de los pasivos pensionales de acuerdo con los parámetros establecidos en el Decreto 1625 de 2016 y en el caso de conmutaciones pensionales parciales de conformidad con el Decreto 1833 de 2016 y las diferencias con el cálculo realizado de acuerdo con la NIC 19 – Beneficios a Empleados.

    • Ley 1739 del 23 de diciembre de 2014 – Mediante el cual el Gobierno Nacional establece el impuesto a la riqueza. Este impuesto se genera por la posesión de riqueza (patrimonio bruto menos deudas vigentes) igual o superior a $1.000 millones de pesos entre el 1 de enero del año 2015 a 2017. Esta Ley indica que los contribuyentes podrán imputar este impuesto contra reservas patrimoniales sin afectar las utilidades del ejercicio, tanto en los balances separados o individuales, así como en los consolidados.

    b. Aplicación de las normas incorporadas en Colombia a partir del 1 de enero de 2016:

    • IFRIC Gravámenes –La IFRIC 21 aborda el tema de pagar un gravamen impuesto por el gobierno. La interpretación define un gravamen y especifica que el hecho obligatorio que da lugar al pasivo es la actividad que desencadena el pago de la tasa, según lo identificado por la legislación. La interpretación proporciona una guía sobre cómo deben tenerse en cuenta los diferentes arreglos de gravamen, en particular, aclara que ni la cohesión económica ni la base de continuidad de la preparación de los estados financieros implica que una entidad tiene una obligación actual de pagar una tasa que será generada por la operación en un período futuro.

    El principio contable que rige a la IFRIC 21 ha sido aplicado por la Compañía desde la presentación de los primeros estados financieros emitidos con corte al 31 de diciembre de 2015, lo cual implica que no ha tenido un impacto en los estados financieros a que hace referencia este informe.

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    c. Bases de preparación – Almagrario tiene definido por estatutos efectuar un corte de sus cuentas, preparar y difundir estados financieros de propósito general una vez al año, el 31 de diciembre. Para efectos legales en Colombia, los estados financieros principales son los estados financieros separados, los cuales se expresan en pesos colombianos, por ser la moneda de presentación o reporte para todos los efectos. La moneda funcional es el peso colombiano, que corresponde a la moneda del entorno económico principal en el que opera la Almagrario.

    Los estados financieros se presentan en “Pesos Colombianos”, que es la moneda funcional de la Compañía y la moneda de presentación. Las transacciones en moneda extranjera se re expresan a la moneda funcional, usando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones o de la valuación cuando las partidas se remiden. Las ganancias y pérdidas por diferencias en cambio que resulten del pago de tales transacciones y de la represión a los tipos de cambio, al cierre del año de activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera, se reconocen en el estado del resultado integral.

    Los estados financieros de la Compañía al 31 de diciembre de 2019, han sido preparados sobre la base del costo histórico, excepto por la revaluación de ciertas propiedades e instrumentos financieros que son medidos a valores revaluados o a valores razonables al final de cada periodo de reporte, como se explica en las políticas contables. El costo histórico esta generalmente basado sobre el valor razonable de la contraprestación entregada en el intercambio de bienes y servicios.

    Almagrario ha aplicado las políticas contables, los juicios, estimaciones y supuestos contables significativos descritos en las notas 3 y 4.

    3. POLÍTICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES

    Las principales políticas y prácticas contables seguidas por el Almacén son las siguientes:

    3.1 Transacciones y saldos - Las transacciones en moneda distinta a la moneda funcional de la entidad (moneda extranjera) son registradas utilizando los tipos de cambio vigentes en las fechas en que se efectúan las operaciones.

    Al final de cada periodo que se informa, las partidas monetarias denominadas en moneda extranjera son reconvertidas a los tipos de cambio vigentes a esa fecha. Las partidas no monetarias registradas al valor razonable, denominadas en moneda extranjera, son reconvertidas a los tipos de cambio vigentes a la fecha en que se determinó el valor razonable.

    Las transacciones en moneda extranjera se re expresan a la moneda funcional, usando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones o de la valuación cuando las partidas se remiden. Las ganancias y pérdidas por diferencias en cambio que resulten del pago de tales transacciones y de la represión a los tipos de cambio, al cierre del año de activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera, se reconocen en el estado del resultado integral.

    3.2 Activos financieros - Los activos financieros se clasifican dentro de las siguientes categorías: efectivo y equivalentes de efectivo, activos financieros “al valor razonable con cambios en el estado de resultados”, “activos financieros disponibles para la venta”, y

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    “cuentas por cobrar comerciales”. La clasificación depende de la naturaleza y propósito de los activos financieros y se determina al momento del reconocimiento inicial. Todas las compras o ventas regulares de activos financieros son reconocidas y dadas de baja a la fecha de la transacción. Las compras o ventas regulares son todas aquellas compras o ventas de activos financieros que requieran la entrega de activos dentro del marco de tiempo establecido por una regulación o acuerdo en el mercado.

    3.2.1 Efectivo y equivalentes al efectivo - El efectivo y equivalentes al efectivo incluyen el efectivo en caja, y los fondos menores, los depósitos a corto plazo en entidades de crédito, otras inversiones a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos con un riesgo poco significativo de cambio de valor y los sobregiros bancarios. En el estado de situación financiera, los sobregiros, de existir, se clasifican como Otros Pasivos Financieros en el Pasivo Corriente.

    3.2.2 Inversiones - El manejo de las inversiones se rige por la Circular Básica Contable y Financiera - CBCF (Circular Externa 100 de 1995), CAPÍTULO I - 1 Clasificación, Valoración y Contabilización de Inversiones para Estados Financieros Individuales o Separados y para los instrumentos Derivados para su aplicación se tendrá en cuenta la definición de los términos establecidos en el Capítulo XVIII Instrumentos Financieros Derivados y Productos Estructurados de la CBCF de la Superintendencia Financiera.

    Clasificación - Las inversiones deberán ser clasificadas de acuerdo con el modelo de negocio definido por la entidad. Para estos efectos, el modelo de negocio corresponde a la decisión estratégica adoptada por la Junta Directiva, o quien haga sus veces, sobre la forma y actividades a través de las cuales desarrollará su objeto social. Las inversiones podrán ser clasificadas en: inversiones negociables, inversiones para mantener hasta el vencimiento e inversiones disponibles para la venta.

    Inversiones negociables - Se clasifican como inversiones negociables todo valor o título y, en general, cualquier tipo de inversión que ha sido adquirida con el propósito principal de obtener utilidades por las fluctuaciones a corto plazo del precio.

    Inversiones para mantener hasta el vencimiento - Se clasifican como inversiones para mantener hasta el vencimiento, los valores o títulos y, en general, cualquier tipo de inversión respecto de la cual el inversionista tiene el propósito y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlas hasta el vencimiento de su plazo de maduración o redención. El propósito de mantener la inversión corresponde a la intención positiva e inequívoca de no enajenar el título o valor.

    Con las inversiones clasificadas en esta categoría no se pueden realizar operaciones del mercado monetario (operaciones de reporto o repo, simultáneas o de transferencia temporal de valores), salvo que se trate de las inversiones forzosas u obligatorias suscritas en el mercado primario y siempre que la contraparte de la operación sea el Banco de la República, la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional o las entidades vigiladas por la SFC. Sin perjuicio de lo anterior, los valores clasificados como inversiones para mantener hasta el vencimiento podrán ser entregados como garantías en una cámara de riesgo central de contraparte con el fin de respaldar el cumplimiento de las operaciones aceptadas por ésta para su compensación y liquidación, y/o en garantía de operaciones de mercado monetario.

    Inversiones disponibles para la venta - Son inversiones disponibles para la venta los valores o títulos y, en general, cualquier tipo de inversión, que no se clasifiquen como inversiones negociables o como inversiones para mantener hasta el vencimiento.

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    Para los valores participativos no inscritos en bolsas de valores, en los cuales mantiene inversión el Almacén, se aumentó el costo de adquisición en el porcentaje de participación correspondiente, sobre las variaciones subsecuentes del patrimonio del respectivo emisor.

    Valoración - La valoración de las inversiones se efectúa diariamente, a menos que en la presente reglamentación o en otras disposiciones se indique una frecuencia diferente. Así mismo, los registros contables necesarios para el reconocimiento de la valoración de las inversiones se deben efectuar con la misma frecuencia prevista para la valoración.

    Las inversiones de los fondos mutuos de inversión y de los fideicomisos administrados por sociedades fiduciarias distintos de los patrimonios autónomos o de los encargos fiduciarios constituidos para administrar recursos pensionales de la seguridad social se deben valorar por lo menos en forma mensual y sus resultados deben ser registrados con la misma frecuencia. No obstante, si los plazos de rendición de cuentas son menores u otras disposiciones contemplen una periodicidad diferente y específica, se deben acoger a éstos.

    Contabilización - Las inversiones se deben registrar inicialmente por su costo de adquisición y desde ese mismo día deberán valorarse a valor razonable, a TIR o variación patrimonial, según corresponda, de acuerdo con lo señalado en la normatividad vigente. La contabilización de los cambios entre el costo de adquisición y el valor razonable de las inversiones, se realizará a partir de la fecha de su compra, individualmente, por cada título o valor, de conformidad con las siguientes disposiciones:

    • La contabilización de las inversiones negociables debe efectuarse en las respectivas cuentas de “Inversiones a Valor Razonable con Cambios en Resultados”, del Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión. La diferencia que se presente entre el valor razonable actual y el inmediatamente anterior del respectivo valor se debe registrar como un mayor o menor valor de la inversión, afectando los resultados del período.

    • Tratándose de valores de deuda, los rendimientos exigibles pendientes de recaudo se registran como un mayor valor de la inversión. En consecuencia, el recaudo de dichos rendimientos se debe contabilizar como un menor valor de la inversión.

    • En el caso de los títulos participativos, cuando los dividendos o utilidades se repartan en especie se procederá a modificar el número de derechos sociales en los libros de contabilidad respectivos. Los dividendos o utilidades que se reciban en efectivo se contabilizan como un menor valor de la inversión.

    Deterioro - El precio de los títulos y/o valores de deuda, así como también los títulos participativos que se valoran a variación patrimonial debe ser ajustado en cada fecha de valoración con fundamento en la calificación del emisor y/o del título de que se trate cuando quiera que ésta exista y en la evidencia objetiva de que se ha incurrido o se podría incurrir en una pérdida por deterioro del valor en estos activos. Este criterio es aplicable incluso para registrar un deterioro mayor del que resulta tomando simplemente la calificación del emisor y/o del título, si así se requiere con base en la evidencia.

    El importe que la pérdida por deterioro deberá reconocerse siempre en el resultado del período, con independencia de que la respectiva inversión tenga registrado algún monto en Otros Resultados Integrales ORI.

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    3.2.3 Cuentas por Cobrar Comerciales - Almagrario S.A al reconocer inicialmente una cuenta por cobrar o por pagar, la medirá por su precio de transacción, es decir, el valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir.

    La medición inicial de las cuentas por cobrar de Almagrario S.A se realiza al valor razonable, para su medición posterior, en los casos en los cuales el plazo resulta mayor a 360 días se valoran a su costo amortizado, usando el método de interés efectivo.

    3.2.3.1 Deterioro Cuentas por Cobrar - Almagrario evalúa al final de cada periodo sobre el que se informa si existe evidencia objetiva de que un activo financiero o un grupo de ellos medidos al costo amortizado presente deterioro.

    Un activo financiero o un grupo de ellos estará deteriorado, y se habrá producido una pérdida por deterioro del valor si, y solo si, existe evidencia objetiva del deterioro como consecuencia de uno o más eventos que hayan ocurrido después del reconocimiento inicial del activo (un ‘evento que causa la pérdida’) y ese evento o eventos causantes de la pérdida tienen un impacto sobre los flujos de efectivo futuros estimados del activo financiero o del grupo de ellos, que pueda ser estimado con fiabilidad. La identificación de un único evento que individualmente sea la causa del deterioro podría ser imposible. Más bien, el deterioro podría haber sido causado por el efecto combinado de diversos eventos.

    Las pérdidas esperadas como resultado de eventos futuros, sea cual fuere su probabilidad, no se reconocen. La evidencia objetiva de que un activo o un grupo de activos están deteriorados incluye la información observable que requiera la atención del tenedor del activo sobre los siguientes eventos que causan la pérdida:

    (a) dificultades financieras significativas del emisor o del obligado;

    (b) infracciones de las cláusulas contractuales, tales como incumplimientos o moras en el

    pago de los intereses o el principal;

    (c) el prestamista, por razones económicas o legales relacionadas con dificultades

    financieras del prestatario, le otorga concesiones o ventajas que no habría otorgado

    bajo otras circunstancias;

    (d) es probable que el prestatario entre en quiebra o en otra forma de reorganización

    financiera;

    (e) la desaparición de un mercado activo para el activo financiero en cuestión, debido a

    dificultades financieras; o

    (f) los datos observables indican que desde el reconocimiento inicial de un grupo de

    activos financieros existe una disminución medible en sus flujos futuros estimados de

    efectivo, aunque no pueda todavía identificársela con activos financieros individuales

    del grupo, incluyendo entre tales datos:

    i. cambios adversos en el estado de los pagos de los prestatarios incluidos en el

    grupo (por ejemplo, un número creciente de retrasos en los pagos).

    ii. condiciones económicas locales o nacionales que se correlacionen con

    incumplimientos en los activos del grupo

    En cuanto al reconocimiento y medición, si existe evidencia objetiva de que se ha incurrido en una pérdida por deterioro del valor en activos financieros medidos al costo amortizado,

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    el importe de la pérdida se mide como la diferencia entre el valor en libros del activo y el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados (excluyendo las pérdidas crediticias futuras en las que no se haya incurrido), descontados con la tasa de interés efectiva original del activo financiero (es decir, la tasa de interés efectiva computada en el momento del reconocimiento inicial). El importe en libros del activo se reducirá directamente, o mediante una cuenta correctora. El importe de la pérdida se reconocerá en el resultado del periodo.

    El deterioro de un activo financiero medido al costo amortizado se medirá utilizando la tasa de interés efectiva del instrumento original del instrumento financiero, puesto que descontar a la tasa de interés de mercado actual impondría, de hecho, la medición al valor razonable en activos financieros que en otro caso se medirían al costo amortizado. Si las condiciones de un activo financiero medido al costo amortizado se renegocian o se modifican de otra forma por dificultades financieras del prestatario o emisor, el deterioro se medirá utilizando la tasa de interés efectiva original anterior a la modificación de las condiciones. Los flujos de efectivo relativos a las partidas por cobrar a corto plazo no se descontarán si el efecto del descuento no es importante.

    El cálculo del valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados de un activo financiero con garantía reflejará los flujos de efectivo que podrían resultar por la ejecución de la misma, menos los costos de obtención y de venta de la garantía, con independencia de que la ejecución de ésta sea probable o no lo sea.

    Almagrario evaluará primero si existe evidencia objetiva individual de deterioro del valor para activos financieros que sean individualmente significativos, e individual o colectivamente para grupos de activos financieros que no sean individualmente significativos. Si Almagrario determina que no existe evidencia objetiva de deterioro del valor para un activo financiero que haya evaluado individualmente, ya sea significativo o no, incluirá al activo en un grupo de activos financieros con similares características de riesgo de crédito, y evaluará su deterioro de valor de forma colectiva. Los activos que hayan sido individualmente evaluados por deterioro y para los cuales se haya reconocido o se continúe reconociendo una pérdida por deterioro, no se incluirán en la evaluación colectiva del deterioro.

    Análisis Individual: Esta evaluación será efectuada a aquellas cuentas por cobrar que sean individualmente significativas.

    Análisis Colectivo: Si Almagrario determina que no existe evidencia objetiva de deterioro del valor para una cuenta por cobrar que haya sido evaluada de forma individual, la incluirá en un grupo con similares características de riesgo de crédito, y evaluará su deterioro de valor de forma colectiva.

    Las características elegidas serán las relevantes para la estimación de los flujos de efectivo futuros por grupos de dichos activos, que habrán de ser indicativas de la capacidad de los deudores para pagar todos los importes debidos, de acuerdo con los términos del contrato que está siendo evaluado.

    Al evaluar colectivamente el deterioro de un grupo de activos financieros, los flujos futuros se estimarán sobre la base de la experiencia de las pérdidas históricas para activos con características de riesgo de crédito similares a las del grupo. La experiencia de pérdidas históricas se ajustará sobre la base de datos observables, a fin de reflejar el efecto de las condiciones actuales, que no afectaron al periodo del que se ha extraído la experiencia histórica, así como para suprimir los efectos de condiciones del periodo histórico que no existen en la actualidad.

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    Las estimaciones de los cambios en los flujos de efectivo futuros reflejarán y serán coherentes con las direcciones de los cambios producidos en datos observables que se vayan produciendo periodo a periodo (tales como cambios en las tasas de desempleo, precios de los inmuebles, precios de las materias primas cotizadas, evolución de los pagos u otros factores que son indicativos de la existencia de pérdidas incurridas en el grupo y de su magnitud). La metodología y las hipótesis utilizadas para estimar los flujos de efectivo futuros se revisarán periódicamente, con el fin de reducir cualquier diferencia entre las pérdidas estimadas y la experiencia de pérdidas reales.

    3.3 Bienes realizables y recibidos en dación en pago (BRDP´s) – Los bienes recibidos en dación pago representados en inmuebles, se contabilizan con base en el avalúo comercial determinado técnicamente y los bienes muebles, acciones y participaciones, con base en el valor de mercado.

    Tal como lo establece la Superintendencia, Almagrario cuenta con un manual para la administración y seguimiento de los bienes recibidos en dación de pago, debidamente aprobado por la Junta Directiva.

    En cuanto a las provisiones, se registran en forma individual sobre toda clase de bienes recibidos en pago tal como lo establece el Capítulo III de la CBCF, así:

    • Constitución de provisiones de bienes recibidos en dación de pago inmuebles.

    Se debe constituir en alícuotas mensuales dentro del año siguiente a la recepción del bien, una provisión equivalente al 30% del costo de adquisición del bien recibido en dación de pago, la cual debe incrementarse en alícuotas mensuales dentro del segundo año en un 30% adicional hasta alcanzar el 60% del costo de adquisición. Una vez vencido el término legal para la venta sin que se haya autorizado prórroga, la provisión debe ser del 80% del costo de adquisición del bien recibido en dación de pago. En caso de concederse prórroga el 20% restante de la provisión podrá constituirse dentro del término de la misma.

    Cuando el valor comercial del inmueble sea inferior al costo en libros registrado en el balance, la diferencia se debe reconocer de manera inmediata en el estado de resultados.

    • Constitución de provisiones sobre bienes muebles recibidos en dación de pago.

    Se debe constituir dentro del año siguiente de la recepción del bien una provisión equivalente al 35% del costo de adquisición del bien recibido en dación de pago, la cual debe incrementarse en el segundo año en un 35% adicional, hasta alcanzar el 70% del valor en libros. Una vez vencido el término legal para la venta sin que se haya autorizado prórroga, la provisión debe ser del 100% del valor en libros del bien recibido en dación de pago antes de provisiones. En caso de concederse prórroga el 30% restante de la provisión podrá constituirse dentro del término de la misma.

    Cuando el valor comercial del bien mueble sea inferior al valor en libros de los Bienes muebles recibidos en dación de pago se debe contabilizar una provisión por la diferencia.

    Sin perjuicio de las reglas de provisiones mencionadas anteriormente, los bienes muebles recibidos en dación de pago muebles que correspondan a títulos de inversión se deben valorar aplicando los criterios que para el efecto se contemplan en el Capítulo

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    I de la CBCF, teniendo en cuenta su clasificación como inversiones negociables, disponibles para la venta o para mantener hasta el vencimiento.

    3.4 Arrendamientos – Los arrendamientos se clasifican como financieros cuando los términos del arrendamiento transfieren sustancialmente a los arrendatarios todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad. Todos los demás arrendamientos se clasifican como operativos.

    Los activos mantenidos bajo arrendamientos financieros se reconocen como activos de la Compañía a su valor razonable, al inicio del arrendamiento, o si éste es menor, al valor actual de los pagos mínimos del arrendamiento. El pasivo correspondiente al arrendador se incluye en el estado de situación financiera como una obligación bajo arrendamiento financiero.

    Los pagos por arrendamiento son distribuidos entre los gastos financieros y la reducción de las obligaciones bajo arrendamiento a fin de alcanzar una tasa de interés constante sobre el saldo restante del pasivo. Los gastos financieros son cargados directamente a ganancias o pérdidas.

    Los pagos de arrendamientos operativos se reconocen como un gasto empleando el método de línea recta, durante el plazo correspondiente al arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base sistemática de reparto por reflejar más adecuadamente el patrón temporal de los beneficios del arrendamiento para el usuario. Las cuotas contingentes por arrendamiento se reconocen como gastos en los periodos en los que sean incurridos.

    3.5 Operaciones Conjuntas - Los contratos de operación conjunta son suscritos entre Almagrario y terceros que participan con porcentajes y actividades diferentes, con el objeto de participar en licitaciones públicas y ejecutar toda clase de contratos para la prestación de servicios logísticos. Al respecto, al cierre de diciembre de 2019 Almagrario forma parte de cuatro contratos suscritos bajo la modalidad de Uniones Temporales para la prestación de servicios a clientes potenciales como la DIAN, Sociedad de Activos Especiales SAE, Empresa Municipales de Cali Emcali, Coljuegos.

    La norma aplicable a los acuerdos conjuntos es la NIIF 11, la cual establece los principios para la presentación de información financiera por entidades que tengan una participación en acuerdos que son controlados conjuntamente (es decir acuerdos conjuntos). La NIIF requiere determinar el tipo de acuerdo conjunto en el que está involucrado el Almacén mediante la evaluación de sus derechos y obligaciones que surgen del acuerdo.

    Un acuerdo conjunto es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. La NIIF define control conjunto como el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades son relevantes (es decir, que afectan de forma significativa a los rendimientos del acuerdo).

    La NIIF 11 al referirse a los acuerdos conjuntos, establece que tales acuerdos pueden constituir un negocio conjunto o una operación conjunta.

    En un negocio conjunto los propietarios tienen derechos solamente a los activos netos, es decir al residuo o al patrimonio de ese negocio conjunto, lo cual implica que es el negocio conjunto en sí mismo el único responsable de su actividad.

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    De otro lado la operación conjunta implica un acuerdo en el que los miembros son operadores conjuntos, tienen responsabilidad solidaria; es decir, son varias entidades las que se unen para llevar a cabo una operación, en esta figura los operadores tienen derecho a los activos y tienen obligación sobre los pasivos, como es el caso del Almacén.

    Registro Contable Unión Temporal – Operación Conjunta - Para la operación conjunta, contablemente se debe tener en cuenta que cada uno de los operadores reconoce en sus propios Estados Financieros, el porcentaje que le corresponde de los activos, pasivos, ingresos y egresos del acuerdo conjunto.

    Los ingresos generados por la Unión Temporal – operación conjunta, son informados a Almagrario mediante reporte mensual emitida por el coordinador de la operación a nivel nacional y posteriormente revisada por el contador de la misma, el reporte indica los ingresos que le corresponden a cada uno de los partícipes de acuerdo a los ingresos facturados por la unión temporal.

    Así mismo, los costos y gastos administrativos durante la ejecución hasta la liquidación de la unión temporal serán asumidos por cada uno de los partícipes de acuerdo al porcentaje de participación de los ingresos.

    En cuanto a los costos y gastos operativos propios de la operación, serán asumidos por cada participe y no serán reportados por la unión temporal.

    3.6 Propiedad, Planta y Equipo - La propiedad, planta y equipo representa un activo importante para Almagrario S.A, representado por los activos tangibles adquiridos y construidos con la intención de emplearlos en forma permanente en el desarrollo de las actividades del almacenamiento, que no están destinados para la venta en el curso normal de los negocios y cuya vida útil exceda de un año.

    Almagrario S.A reconoce un activo tangible si y solo si:

    1. Es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al mismo, fluyan a la entidad.

    2. El costo del activo puede ser medido de forma fiable.

    Así mismo evaluará la probabilidad de obtener beneficios económicos futuros utilizando hipótesis razonables y fundadas, que representen las mejores estimaciones de la gerencia respecto al conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del activo.

    Los activos muebles adquiridos con posterioridad al Balance Inicial bajo NIIF se reconocen contablemente bajo el modelo del costo de conformidad al párrafo 30 de la NIC 16. De acuerdo con lo anterior, las siguientes cuentas de activos son reconocidas a su costo de adquisición, y valoradas mediante el modelo del costo. El cual comprende:

    a) El precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier descuento o rebaja del precio;

    b) Todos los costos directamente atribuibles a la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia, y

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    El reconocimiento posterior de los bienes inmuebles se realizará por el modelo de revaluación, el cual es el valor razonable, en el momento de revaluación, menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor que haya sufrido.

    Para los activos muebles adquiridos posteriores a la adopción de las NIIF, el valor a reconocer será por el modelo del costo, al cual se registrará por su costo menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor.

    Los bienes adquiridos por el Almagrario deberán clasificarse antes de su respectivo registro contable dentro del grupo de Activo o como Gasto del periodo, tomando como parámetro el principio de materialidad en su costo de adquisición.

    Parámetro por Vida Útil - Almagrario S.A evaluará la vida útil de un activo tangible de conformidad a los avalúos de los bienes inmuebles, conceptos de las áreas Administrativa y de Tecnología, el Almacén determina las siguientes vidas útiles para sus grupos de activos:

    No. Grupos de Activos Vida Útil en

    Años

    1 TERRENOS, EDIFICIOS, BODEGAS Y SILOS De acuerdo con

    el Avalúo (a)

    2 ENSERES Y ACCESORIOS- EQUIPOS DE OFICINA 5

    3 EQUIPO INFORMATICO 3

    4 EQUIPO DE COMUNICACIÓN 5

    EQUIPO DE MOVILIZACION Y MAQUINARIA.

    5 MONTACARGAS 5

    6 MAQUINARIA 6

    7 ESTANTERIA 15

    8 BANDAS TRANSPORTADORAS. 5

    9 PLANTAS DE SECAMIENTO 20

    3.7 Propiedad de inversión - Las propiedades de inversión son aquellas mantenidas para producir alquileres y/o valorar el capital (incluyendo las propiedades de inversión en construcción para dichos propósitos) y se miden inicialmente al costo, incluyendo los costos de la transacción. Luego del reconocimiento inicial, las propiedades de inversión son medidas a su valor razonable. Todas las participaciones de la propiedad de Almagrario, mantenidas según los arrendamientos operativos para ganar rentas o con el fin de obtener la apreciación del capital se contabilizan como propiedades de inversión y se miden usando el modelo de valor razonable. Las ganancias o pérdidas que surgen de los cambios en el valor razonable de la propiedad de inversión se incluyen en los resultados durante el periodo en que se originan.

    Una propiedad de inversión se da de baja al momento de su disposición o cuando la propiedad de inversión es retirada permanentemente de uso y no se espera recibir beneficios económicos futuros de esa venta. Cualquier ganancia o pérdida que surja de la baja de la propiedad (calculada como la diferencia entre los ingresos por venta netos y el importe en libros del activo) se incluye en los resultados del periodo en el cual se dio de baja la propiedad.

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    3.8 Activos por derecho de uso –

    3.8.1 Introducción

    En abril de 2001 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (el Consejo) adoptó la NIC 17 Arrendamientos, que había sido originalmente emitida por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) en diciembre de 1997. La NIC 17 Arrendamientos sustituyó a la NIC 17 Contabilidad de Arrendamientos que fue emitida en septiembre de 1982.

    En abril de 2001, el Consejo adoptó la SIC-15 Arrendamientos Operativos—Incentivos, que había sido originalmente emitida por el Comité de Interpretaciones del IASC en diciembre de 1998.

    En diciembre de 2001, el Consejo emitió la SIC-27 Evaluación de la Esencia de las Transacciones que Adoptan la Forma Legal de un Arrendamiento. La SIC-27 había sido originalmente desarrollada por el Comité de Interpretaciones del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad para proporcionar guías para la determinación, entre otras cosas, si un acuerdo que conlleva la forma legal de un arrendamiento cumple la definición de un arrendamiento según la NIC 17.

    En diciembre de 2003 el Consejo emitió una NIC 17 revisada como parte de su agenda inicial de proyectos técnicos. En diciembre de 2004, el Consejo emitió la CINIIF 4 Determinación de si un Acuerdo contiene un Arrendamiento. La Interpretación fue desarrollada por el Comité de Interpretaciones para proporcionar guías sobre la determinación de si las transacciones que no toman la forma legal de un arrendamiento, pero transmiten el derecho a usar un activo a cambio de un pago o serie de pagos son, o contienen, arrendamientos que deben contabilizarse de acuerdo con la NIC 17.

    En enero de 2016 el Consejo emitió la NIIF 16 Arrendamientos. La NIIF 16 reemplaza a las NIC 17, CINIIF 4, SIC-15 y SIC-27. La NIIF 16 establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los arrendamientos y la cual deberá ser aplicada por todas las entidades que preparan y presentan estados financieros conforme al marco normativo basado en NIIF Plenas a partir del 1° de enero de 2019 en Colombia.

    3.8.2 Objetivo - El objetivo de este informe es analizar los posibles impactos que tendrá ALMAGRARIO S.A. (en adelante La Compañía) por la implementación de la nueva norma de información financiera para la preparación de sus estados financieros a partir del 1° de enero de 2019 y al cierre del mismo periodo anual, en ocasión al Decreto 2170 de 2017 el cual incorporó el Anexo 1.3 en el Decreto 2420 de 2015, así:

    “Artículo 2°. Incorporación del marco técnico normativo de las normas de información financiera. Incorpórese en la Sección de Anexos del Decreto 2420 de 2015, un Anexo 1.3., que forma parte integral del presente Decreto contentivo de la NIIF 16, emitida por el IASB en el primer semestre del 2016, y las enmiendas a las NIC 40, las NIIF 2 y 4 y las Mejoras Anuales Ciclo 2014 – 2016.”

    “Artículo 8°. Vigencia…

    1. – El anexo normativo que hace parte integral del presente Decreto y que se incorpora como Anexo 1.3. al Decreto 2420 de 2015, se aplicará a partir del 1° de enero del segundo año gravable siguiente al de la publicación del presente Decreto, fecha a partir de la cual se modifican parcialmente, en lo pertinente, los anexos técnicos 1.1. y 1.2., incorporados por los Decretos 2496 de 2015 y 2131 de 2016, respectivamente, y se permite su aplicación

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    voluntaria anticipada. Sí una entidad pota por aplicar anticipadamente uno cualquiera de los estándares o la integridad del marco normativo contenido en el anexo 1.3. del presente Decreto, deberá revelar este hecho y aplicar todos los requerimientos al mismo tiempo del o de los estándares que haya optado por su aplicación anticipada...” De acuerdo con lo anterior, La Compañía no decidió aplicar anticipadamente la nueva norma objeto de análisis en este informe (NIIF 16) y, por consiguiente, el 1° de enero del segundo año gravable al de la aplicación de la norma referida (2017) corresponde al 1° de enero de 2019.

    3.8.3 Alcance

    Normatividad Aplicable

    La nueva norma de información financiera que será base para su aplicación en este informe y la cual corresponde a la norma que La Compañía debe implementar en sus estados financieros, es:

    Decreto 2420 de 2015

    ANEXO TÉCNICO COMPILATORIO No. 1

    DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF, GRUPO 1

    NIIF 16: Arrendamientos

    Transacciones Realizadas por Contratos de Arrendamiento

    Los contratos (transacciones) que fueron objeto de análisis, estudio y aplicación sobre los que La Compañía implementó la nueva norma fueron Desde la posición de arrendatario, al inicio y durante el año 2018:

    CLASIFICACIÓN CONTABLE

    (Antes de NIIF 16)

    Cta.

    Contab

    le

    No.

    Transaccion

    es

    Movimiento Año 2018

    ALMACENAMIENTOS 51454011 29 17.023.679.557

    51459551 7 525.469.923

    EQUIPO DE COMPUTACION Y COMUNIC 51450551 6 248.392.162

    LOCALES Y OFICINAS 51451001 1 9.441.924

    MAQUINARIA Y EQUIPO 5145351 5 15.761.000

    5145355 2 948.000

    51453552 1 45.055.010

    51453553 5 291.515.000

    OTROS ARRENDAMIENTOS 51459553 2 568.332

    51459559 11 177.949.116

    PARQUEADEROS 51451551 158 2.047.567

    Total general 227 18.340.827.591

    Desde la posición de arrendatario, al inicio y durante el año 2019:

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    CLASIFICACIÓN CONTABLE

    (Antes de NIIF 16)

    Cta.

    Contab

    le

    No.

    Transaccion

    es

    Movimiento Año 2019

    ADMINISTRADOS 73204002 1 447.174

    ALMACENAMIENTOS 51201002 1 4.514.819

    73201002 6 719.533.297

    CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES 51201001 5 371.991.150

    73201001 27 13.832.739.940

    EQUIPO DE COMPUTACION Y COMUNIC 51202501 3 62.064.806

    73202501 4 131.237.482

    EQUIPO DE OFICINA 51202001 2 679.962

    73202001 2 12.850.700

    FLOTA Y EQUIPO DE TRANSPORTE 73204001 4 119.998.856

    MAQUINARIA Y EQUIPO 51201501 2 1.827.938

    73201501 21 321.884.512

    MONTACARGAS 73204003 23 962.324.783

    OTROS ARRENDAMIENTOS 51209501 2 6.345.000

    73209501 9 118.773.708

    TERRENOS 73200501 1 135.369.550

    Total general 113 16.802.583.677

    En conjunto con la administración de La Compañía, se identificó y fue objeto de manifestación que al cierre del año 2019 no se tenían transacciones, saldos y/o movimientos que se relacionen con arrendamientos financieros conforme a la anterior norma.

    Con base a lo anterior, el alcance para la aplicación de esta la nueva norma es principalmente sobre arrendamientos que hasta el 31 de diciembre de 2018, inicio y durante el año 2019 se clasificaron como operativos.

    3.8.4 Política Contable

    A continuación se indica la política contable que se propone aplicar a partir del 1° de enero de 2019, elaborada de tal forma que se obtuviera el menor impacto negativo posible para La Compañía y en el resultado del año 2019:

    Contratos de Arrendamiento Al inicio de un contrato en el que su objeto se relacione, de manera completa o como parte de éste, con un activo como sujeto, por el cual el derecho a usar ese activo ha sido proporcionado por una parte hacia otra, en el que La Compañía actúe como arrendatario, arrendador, contratante o contratista; La Compañía evalúa si el contrato es, o contiene, un arrendamiento. Un contrato es, o contiene, un arrendamiento si transmite el derecho a controlar el uso de un activo identificado por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación.

    Contratos como Arrendatario a Corto Plazo y/o sobre Activos de Bajo Valor

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    Cuando La Compañía actúa como arrendatario, un contrato de arrendamiento se reconoce como de corto plazo y/o sobre activos de bajo valor si cumple una o ambas de las siguientes características:

    a) Contratos de arrendamiento para el uso de activos subyacentes de bajo valor, es decir, La Compañía evalúa el valor de un activo subyacente sobre la base del valor del activo cuando es nuevo, independientemente de la antigüedad del activo que está siendo arrendado, y éste sea inferior a 5.000 USD (cinco mil dólares estadounidenses) convertidos a pesos colombianos a la tasa representativa del mercado en Colombia en la fecha inicial del periodo.

    b) Contratos de arrendamiento a corto plazo y sin opción de compra. Aquellos contratos en el que su plazo de arrendamiento sea inferior a doce (12) meses y no se encuentre estipulada una opción de compra, teniendo en cuenta que dicho plazo es la suma de: (i) periodo no cancelable, (ii) periodos cubiertos por una opción de ampliar el arrendamiento con razonable certeza; y (iii) periodos cubiertos por una opción para terminar el arrendamiento con razonable certeza.

    Para este tipo de arrendamientos, el reconocimiento, medición y presentación de las transacciones relacionadas con estos contratos se describe a continuación:

    Reconocimiento y medición

    La Compañía reconoce los pagos por arrendamiento asociados con estos arrendamientos como un gasto de forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento, o según otra base sistemática. La Compañía aplica otra base sistemática si aquella es más representativa del patrón de beneficios del arrendatario. Si La Compañía contabiliza los arrendamientos a corto plazo de esta manera, considera un arrendamiento nuevo a efectos de esta política si: (a) hay una modificación del arrendamiento; o (b) se ha producido un cambio en el plazo del arrendamiento.

    Sobre los contratos de arrendamiento que cumplan las condiciones aquí mencionadas, se revelan en los estados financieros de manera separada los saldos y movimientos relacionados con dichos contratos.

    Contratos como Arrendatario a Largo Plazo

    Cuando La Compañía actúa como arrendatario por obtener el derecho a usar un activo subyacente por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación y no cumpla con las condiciones para catalogarse como arrendamientos de corto plazo o sobre activos de bajo valor (numeral anterior); el reconocimiento, medición y presentación en los estados financieros se describe a continuación:

    Reconocimiento

    En la fecha de comienzo, La Compañía reconoce un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento.

    Medición inicial

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    Pasivo por arrendamiento: En la fecha de comienzo, La Compañía mide el pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa fecha. Los pagos por arrendamiento se descuentan usando la tasa de interés implícita en el arrendamiento, si esa tasa pudiera determinarse fácilmente; de lo contrario, La Compañía utiliza la tasa incremental por préstamos recibidos.

    Activo por derecho de uso: En la fecha de comienzo, La Compañía mide un activo por derecho de uso al costo, el cual es la suma de:

    a) El importe de la medición inicial del pasivo por arrendamiento b) Los pagos por arrendamiento realizados antes o a partir de la fecha de

    comienzo, menos los incentivos de arrendamiento recibidos;

    c) Los costos directos iniciales incurridos por el arrendatario; y d) Una estimación de los costos a incurrir por La Compañía al desmantelar

    y eliminar el activo subyacente.

    Medición posterior

    Pasivo por arrendamiento: Después de la fecha de comienzo, La Compañía mide un pasivo por arrendamiento:

    a) Incrementando el importe en libros para reflejar el interés sobre el pasivo por arrendamiento;

    b) Reduciendo el importe en libros para reflejar los pagos por arrendamiento realizados; y

    c) Midiendo nuevamente el importe en libros para reflejar las nuevas mediciones o modificaciones del arrendamiento (incrementos anuales de los cánones de arrendamiento, entre otros) y también para reflejar los pagos por arrendamiento fijos en esencia que hayan sido revisados.

    Activo por derecho de uso: Después de la fecha de comienzo, La Compañía mide su activo por derecho de uso aplicando el modelo del costo, tal y como se describe en la política contable relacionada con Propiedades, Planta y Equipo depreciando el activo al plazo de cada contrato de arrendamiento y observando las siguientes situaciones:

    a) Sí el activo subyacente se relaciona con activos tratados bajo la política contable de Propiedades, Planta y Equipo medidos bajo el modelo de revaluación, La Compañía podrá optar por medir los activos por derecho de uso en arrendamiento bajo este mismo modelo.

    b) Sí el activo subyacente se relaciona con activos tratados bajo la política contable de Propiedades de Inversión medidos a valor razonable, La Compañía mide los activos por derecho de uso en arrendamiento a valor razonable.

    En cualquiera de los casos descritos anteriormente, el activo por derecho de uso también es ajustado posteriormente por cualquier nueva medición del pasivo por arrendamiento.

    Contratos como Arrendador - Operativo

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    La Compañía clasifica, desde la posición de arrendador, como un arrendamiento operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente.

    Reconocimiento y medición

    La Compañía reconoce los pagos por arrendamiento procedentes de los arrendamientos operativos como ingresos de forma lineal o de acuerdo con otra base sistemática. La Compañía aplica otra base sistemática si ésta es más representativa del patrón con la que se disminuye el beneficio del uso del activo subyacente.

    La Compañía reconoce como un gasto los costos, incluyendo la depreciación, incurridos para obtener los ingresos del arrendamiento.

    3.8.5 Actividades de Transacción

    Aplicando el Apéndice C (fecha de vigencia y transición) de NIIF 16 Arrendamientos, La Compañía obtuvo los siguientes resultados:

    Definición de un Arrendamiento

    Con base a los contratos de arrendamiento que La Compañía tenía al 31 de diciembre de 2018 se aplicó la política contable con relación a definir sí los mismos cumplían la definición de un arrendamiento para ser tratado o no bajo la nueva norma, las principales características que se tuvieron en cuenta fueron:

    Sustitución del

    Activo

    ALMAGRARIO debe autorizar para que el proveedor pueda o deba sustituir el activo con el fin de que su funcionamiento

    sea el contratado

    El proveedor debe sustituir el activo o parte de éste, solo

    en la medida en que ALMAGRARIO lo solicite por

    fallas o avances tecnológicos.

    El costo de sustituir el

    activo está a cargo del proveedor

    Beneficios del Activo

    Usándolo

    Manteniéndolo

    Subarrendándolo

    El proveedor únicamente se beneficia a través de obtener el

    canon de arrendamiento

    Uso del Activo

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    ALMAGRARIO

    tiene la opción de decidir cómo y para

    qué propósito se usa el activo,

    siempre y cuando se encuentre dentro del alcance definido

    en el contrato.

    ALMAGRA

    RIO podría

    cambiar durante el plazo la forma de cómo se usa el activo

    ALMAGRA

    RIO tiene la

    potestad de decidir en qué

    momento (horarios) se usa el activo

    Sobre bienes

    muebles, ALMAGR

    ARIO puede decidir y mover el activo para usarlo en una locación

    diferente.

    El activo fue

    diseñado por y para

    uso exclusivo

    de ALMAGR

    ARIO

    ALMAGRARIO debe autorizar y/o estar de acuerdo para que el

    proveedor pueda decidir / cambiar durante el plazo del contrato las condiciones de

    cómo se usa el activo

    Contratos de arrendamientos que cumplan con tal definición

    Desde la posición de arrendatario

    CLASIFICACIÓN

    CONTABLES (Antes de NIIF 16)

    Contr

    ato

    s a

    Larg

    o P

    lazo

    Acti

    vos

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    ne.2

    0

    19

    ALMACENAMIENTOS

    INLAND SERVICES COLOMBIA SAS 1

    CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES

    BANALOGISTIC S.A 1

    BODEGAS RYR LTDA 1

    C Y R SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE 1

    C.C.M. INGENIERIA S.A. 1

    CEREALES DEL LLANO S.A. 1

    COMESTIBLES RICOS S.A 1

    HERNANDEZ REYES MARIA 1

    INMOBILIARIA PROFESIONAL S A S 1

    INVERFAST SAS 1

    INVERSIONES CA & FE S.A.S 1

    LA MACUIRA INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 1

    LOPSUAR Y CIA S EN C 1

    MARIA DEL CARMEN RESTREPO BOTERO 1

    MARTHA CECILIA CORREA JARAMILLO 1

    MILLAN Y ASOCIADOS PROPIEDAD RAIZ S 1

    MIN. AGRICULTURA Y DES. RURAL 1

    O.T.M OPERACIONES TECNICAS MARINAS SAS 1

    OCCIDENTAL DE PLASTICOS S.A 1

    PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA BA 2

    PICO ASCENCIO MARCOS 1

    SAMARANGO S.A.S. 1

    SPH CONSTRUCCIONES S.A.S. 1

    UNION INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A 1

    VILLEGAS RESTREPO DANIEL 1

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    22

    VILLEGAS RESTREPO JULIANA 1

    YOLANDA GARCIA CORTES 1

    EQUIPO DE COMPUTACION Y COMUNIC

    COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP 2 2

    FLOTA Y EQUIPO DE TRANSPORTE

    CUBIDES GONZALEZ SAMUEL 1

    LOAIZA PORRES MARIA 1

    LOPEZ POVEDA ROBERTO 1

    TERRENOS

    VILLEGAS Y CIA. S.en C.S 1

    Total general 20 2 13

    b) Contratos de arrendamiento que no cumplen para tratarse bajo la nueva norma

    CLASIFICACIÓN CONTABLES (Antes de NIIF 16)

    Contratos de Servicios

    ADMINISTRADOS

    COPROPIEDAD ZONA FRANCA DE BOGOTA PROPIEDAD HORIZO

    1

    ALMACENAMIENTOS

    ALPOPULAR S.A 1 COMERCIAL DE NEGOCIOS ZONA FRANCA 1 COMPAÑIA FRUTERA DE SEVILLA LLC 1 EGA KAT LOGISTICA S.A.S 1 ENSOBRAMATIC SAS 1 MARITIMA DEL CARIBE S.A.S 1

    CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES

    CASTRO HINCAPIE LUZ DALILA 1 MAURICIO CONDE LUNA 1 TORNIMARKET LTDA 1 VILLEGAS Y CIA. S.en C.S 1

    EQUIPO DE COMPUTACION Y COMUNIC

    PINZON RAMIREZ JAVIER 1 Q-TECH 2 RICOH COLOMBIA S A 1 SOLUCIONES MAF S.A.S. 1

    EQUIPO DE OFICINA

    AGUATECNICOS COLOMBIA SAS 1 AQUAMAQ S.A. 2 RICOH COLOMBIA S A 1

    FLOTA Y EQUIPO DE TRANSPORTE

    COPROPIEDAD ZONA FRANCA DE BOGOTA PROPIEDAD HORIZO

    1

    MAQUINARIA Y EQUIPO

    BLANCO ARDILA ARMANDO 1

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    BRAUNKER INGENIERIA SAS 1 CADEGRAN LTDA 1 COMERCIALIZADORA GOMEZ BOTERO SAS 1 COMPAÑIA FRUTERA DE SEVILLA LLC 1 CONTAINER SUDAMERICA COLOMBIA S.A.S 1 ESTIBAS RETORNABLES DE COLOMBIA LTD 1 FUMISERVICIOS SAS 1 GUZMAN PEREZ MIGUEL ANGEL 2 INGENIERIA & SERVICIOS S.A.S 1 INTERPESAJE SA 1 MCG INGENIERIA RENTA Y MANTENIMIENTO S.A.S 1 MENDEZ PORTELA MARLON JOSE 1

    MIRANDA SALADEN HUGO JOSE 1 MISCELANEA LA BODEGA DE SOLEDAD LTDA 1

    Lo anterior, principalmente por el hecho de que el control del uso y usufructo del activo subyacente no está en cabeza de La Compañía, por lo tanto, al no cumplir con la definición de un arrendamiento, a partir del periodo contable 2019, el costo o gasto reconocido por este concepto se presentará como un “servicio”.

    Transición de Arrendamientos Operativos

    La Compañía optó por aplicar la norma retroactivamente con el efecto acumulado de la aplicación inicial de la norma reconocido en la fecha de aplicación inicial y por lo tanto, no re expresa la información comparativa. En su lugar La Compañía reconoce el efecto acumulado de la aplicación inicial de esta norma como un ajuste al saldo de apertura de las ganancias acumuladas (u otro componente de patrimonio según proceda) en la fecha de aplicación inicial. (NIIF 16 pC7)

    A excepción de lo anterior, la transición no será de aplicación sobre los contratos de arrendamiento que su plazo de terminación se encuentra dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de entrada de vigencia, tal y como lo permite NIIF 16 pC10(c), correspondiente a los 13 contratos que se listan como de corto plazo en el numeral 5.1(a) de este documento.

    En línea con la anterior decisión y teniendo en cuenta NIIF 16 pC8, La Compañía:

    a) Reconoce un pasivo por arrendamiento en la fecha de aplicación inicial para los arrendamientos anteriormente clasificados como un arrendamiento operativo y que para La Compañía cumplen las características de un arrendamiento a largo plazo, correspondientes a los 20 contratos que se listan como de largo plazo en el numeral 5.1(a) de este documento.

    La Compañía mide ese pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento restante, descontado usando la tasa incremental por préstamos del arrendatario en la fecha de aplicación inicial.

    Tasa de descuento

    Para determinar la tasa incremental de préstamos, la administración de La Compañía

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    identificó que durante y al cierre mensual de septiembre de 2019 (1er año de aplicación para la NIIF 16) se reveló en el informe de estados financieros intermedios a esa fecha, una obligación financiera con la entidad Leasing Bancolombia, quien corresponde a una entidad especializada en transacciones similares; por lo tanto, dicha tasa se tomó como base para calcular el pasivo por los arrendamientos objetos de aplicación (NIIF 16 pC10(a)), así:

    Pagos por arrendamiento

    Como condición común en los contratos de arrendamiento de La Compañía sujetos de aplicación de la nueva norma, los pagos de arrendamiento varían positivamente respecto al índice de precios al consumidor determinable anualmente, sin embargo, en la proyección realizada para medir inicialmente el pasivo por arrendamiento, en cada uno de los contratos, La Compañía no estimó la inflación futura pero, en su lugar, midió los pasivos por arrendamiento utilizando pagos por arrendamiento en los que se asume que no hay inflación a lo largo del resto del plazo del arrendamiento, conforme lo permite NIIF 27(b) y aclarado por NIIF 16 Parte C pFC166.

    b) Reconoce un activo por derecho de uso en la fecha de aplicación inicial para los arrendamientos anteriormente clasificados como un arrendamiento operativo. La Compañía optó por medir este activo como un importe igual al pasivo por arrendamiento, ajustado por el importe de cualquier pago por arrendamientos anticipado o acumulado (devengado) relacionado con ese arrendamiento reconocido en el estado de situación financiera inmediatamente antes de la fecha de aplicación inicial. (NIIF 16 p C8 (b) (ii).

    A este importe, se le adicionó el saldo que La Compañía tenía por concepto de “Mejoras en Propiedades Ajenas” que correspondían a adecuaciones realizadas y amortizadas a esa fecha sobre los bienes inmuebles que eran objeto de reconocimiento como un activo por derecho de uso.

    Plazo de Arrendamiento

    c) Con relación al plazo de los arrendamientos, La Compañía usó el razonamiento en retrospectiva, si el contrato contiene opciones para ampliar o terminar el arrendamiento (NIIF 16 pC10(e).

    Bajo este escenario y luego de discutir lo que la norma indica respecto a esta variable, La Compañía utilizó como razonable fecha de terminación para los contratos de arrendamiento sujetos a aplicar la nueva norma, la fecha de vencimiento más antigua respecto a las siguientes situaciones (i) y (ii):

    i. Término de vigencia que La Compañía haya suscrito respecto a los contratos y acuerdos realizados con sus clientes, en el entendido que en promedio, el plazo de estos contratos es de tres (3) años, por lo tanto, conforme al informe de estados financieros intermedio

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    publicado a Sep./2019, existe un contrato suscrito con cliente Seguros Bolívar desde Dic/2018, el cual entonces se prevé que su vencimiento sea en Dic/2021.

    Lo anterior, en el entendido que, es el plazo máximo que La Compañía financieramente esté dispuesta y viable para asumir el costo de arrendamiento con relación al mínimo de los ingresos que ya se encuentran con una alta probabilidad de obtener a través de sus contratos con clientes, es decir que, sí con un periodo razonable anterior a la fecha así determinada y en el evento que La Compañía no logre renovar, ampliar o suscribir nuevos contratos con clientes, la administración decidirá bajo esas condiciones terminar los contratos de arrendamiento.

    Por lo tanto, el ajuste y nueva medición de los pasivos por arrendamiento se dará en primera instancia por la suscripción o ampliación de nuevos contratos con clientes con fecha de terminación superior a la que aquí se está determinando inicialmente.

    ii. Fecha de terminación contractual que supere el término indicado en el anterior inciso y que La Compañía no tenga opción alguna de terminar el contrato de arrendamiento en una fecha inferior, conforme se haya estipulado con el arrendador.

    Transición de Arrendamientos Financieros

    Como parte de la revisión y confirmación para este proyecto de implementación, se determinó que La Compañía al 31 de diciembre de 2018 no contaba con contratos de arrendamiento tratados como arrendamiento financiero conforme a la política contable aplicable a esa fecha.

    3.9 Activos intangibles

    3.9.1 Licencias - Las licencias tienen una vida útil definida y se registran al costo menos su amortización acumulada. La amortización se calcula usando el método de línea recta para asignar el costo a resultados en el término de su vida útil estimada (3 a 10 años).

    3.9.2. Programas de Cómputo – Los costos asociados con el mantenimiento se reconocen como gasto cuando se incurren, para los programas de cómputo se definió una vida útil de 5 años, calculada usando el método de línea recta.

    La vida útil estimada y el método de amortización de los intangibles se revisan al final de cada período.

    3.9.3. Baja de activos intangibles - Un activo intangible se da de baja al momento de su disposición, o cuando no se esperan beneficios económicos futuros de su uso o disposición. Las ganancias o pérdidas que surgen de la baja en libros de un activo intangible, medidas como la diferencia entre los ingresos netos provenientes de la venta y el importe en libros del activo se reconocen en ganancias o pérdidas al momento en que el activo es dado de baja.

    3.10 Deterioro del valor de los activos no financieros - Los activos sujetos a depreciación o amortización se someten a pruebas de deterioro cuando se producen eventos o circunstancias que indican que podría no recuperarse su valor en libros.

    Al final de cada periodo sobre el cual se informa, Almagrario evalúa los importes en libros de sus activos tangibles e intangibles a fin de determinar si existe un indicativo de que estos activos han sufrido alguna pérdida por deterioro, las pérdidas por deterioro corresponden al monto en el que el valor en libros del activo excede a su valor recuperable. El valor

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    recuperable de los activos corresponde al mayor entre el monto neto que se obtendría de su venta o su valor en uso. Cuando no es posible estimar el monto recuperable de un activo individual, Almagrario calcula el monto recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece dicho activo. Los saldos en libros de activos no financieros que han sido objeto de castigos por deterioro se revisan a cada fecha de reporte para verificar posibles reversiones del deterioro.

    Cuando una pérdida por deterioro se revierte posteriormente, el importe en libros del activo (o una unidad generadora de efectivo) se incrementa a la estimación revisada de su importe recuperable, pero de manera que el importe en libros incrementado no supere el importe en libros que se habría determinado si ninguna pérdida por deterioro hubiese sido reconocida para el activo (o unidad generadora de efectivo) en ejercicios anteriores. La reversión de una pérdida por deterioro se reconoce inmediatamente en resultados.

    3.11 Pasivos financieros e instrumentos de patrimonio

    3.11.1 Clasificación como deuda o patrimonio - Los instrumentos de deuda y patrimonio son clasificados como pasivos financieros o como patrimonio de conformidad con la sustancia del acuerdo contractual y las definiciones de pasivo financiero e instrumento de patrimonio.

    3.11.2 Instrumentos de patrimonio - Un instrumento de patrimonio consiste en cualquier contrato que evidencie un interés residual en los activos de una entidad luego de deducir todos sus pasivos. Los instrumentos de patrimonio emitidos por una entidad de la Compañía se reconocen por los ingresos recibidos, neto de los costos de emisión directos.

    3.11.3 Pasivos Financieros - Los pasivos financieros corresponden a las fuentes de financiación obtenidas por la Compañía a través de créditos bancarios, cuentas por pagar a proveedores y acreedores.

    Los pasivos financieros son registrados inicialmente por su valor de transacción, el cual a menos que se determine lo contrario, es similar a su valor razonable, menos los costos de transacción que sean directamente atribuibles a su emisión. Posteriormente dichos pasivos financieros son medidos a su costo amortizado de acuerdo con el método de tasa de interés efectiva determinada en el momento inicial con cargo a resultados como gastos financieros.

    Los pasivos financieros sólo se dan de baja en el Estado de Situación Financiera cuando se han extinguido las obligaciones que generan o cuando se adquieren (bien sea con la intención de cancelarlos, bien con la intención de recolocarlos de nuevo).

    Los pasivos financieros se amortizan o se cancelan con los pagos o abonos que se efectúen en efectivo. Almagrario elimina de su estado de situación financiera un pasivo financiero, o una parte del mismo, cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada, o haya expirado.

    Las cuentas por pagar comerciales y otras cuentas por pagar corrientes son pasivos financieros y se reconocen a su valor nominal, que es similar al costo amortizado, ya que su plazo de pago es corto plazo.

    3.12 Beneficios a empleados - Los beneficios a empleados otorgados por Almagrario S.A, corresponde a todas las formas de contraprestación concedidas a cambio de los servicios prestados por los empleados o por indemnizaciones por cese, los cuales se clasifican en las siguientes categorías:

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    3.12.1 Beneficios a Empleados a Corto Plazo - Son los beneficios a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese) que Almagrario S.A espera liquidar totalmente antes de los doce meses siguientes al final del periodo anual sobre el que se informa en el que los empleados hayan prestado los servicios relacionados.

    3.12.2 Beneficios Post – empleo - Son los beneficios que Almagrario S.A reconoce a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese y beneficios a los empleados a corto plazo) que se pagan después de completar su periodo de empleo, como son las pensiones de jubilación asumidas directamente por Almagrario S.A y cesantías de empleados que aún se encuentran en régimen laboral anterior a la Ley 50 del 28 de diciembre de 1990.

    El pasivo por los beneficios post empleo es determinado con base en el valor presente de los pagos futuros estimados que se tienen que realizar a los empleados, calculado con base en estudios actuariales preparados por el método de unidad de crédito proyectada, utilizando para ello estimaciones actuariales de tasas de mortalidad, incremento de salarios y rotación del personal, y tasas de interés determinadas con referencia a los rendimientos del mercado vigentes de bonos al final del periodo de emisiones del Gobierno Nacional u obligaciones empresariales de alta calidad. Bajo el método de unidad de crédito proyectada los beneficios futuros que se pagarán a los empleados son asignados a cada periodo contable en que el empleado presta el servicio.

    3.12.3 Otros beneficios a los empleados a largo plazo - Son todos los beneficios que Almagrario S.A brinda a los empleados diferentes de los beneficios a los empleados a corto plazo, beneficios posteriores al periodo de empleo e indemnizaciones por cese.

    3.12.4 Beneficios por terminación - Son los beneficios a los empleados proporcionados por la terminación del periodo de empleo de un empleado como consecuencia de:

    (a) la decisión de la entidad de resolver el contrato del empleado antes de la fecha normal de retiro; o

    (b) la decisión del empleado de aceptar una oferta de beneficios a cambio de la terminación de un contrato de empleo.

    3.13 Impuesto Corriente y Diferido - El gasto por impuesto a las ganancias representa la suma del impuesto a las ganancias por pagar actual y el impuesto diferido.

    3.13.1 Impuesto corriente - El gasto por impuesto a la renta del período comprende el impuesto a la renta corriente y el impuesto diferido. El cargo por impuesto a la renta corriente se calcula sobre la base de las leyes tributarias promulgadas a la fecha de cierre del estado de situación financiera. Almagrario S.A, cuando corresponde, constituye provisiones sobre los montos que espera deberá pagar a las autoridades tributarias.

    3.13.2 Impuesto diferido - El impuesto diferido se reconoce sobre el método del pasivo, sobre las diferencias temporarias que surgen entre el importe en libros de los activos y pasivos incluidos en los estados financieros y las bases fiscales correspondientes utilizadas para determinar la ganancia fiscal.

    El impuesto de renta diferido se determina usando tasas tributarias (y legislación) que han sido promulgadas a la fecha del estado de situación financiera y que se espera serán aplicables cuando el impuesto a la renta diferido activo se realice o el impuesto a la renta pasivo se pague.

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    La medición de los pasivos por impuestos diferidos y los activos por impuestos diferidos reflejará las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la entidad espera, al final del periodo sobre el que se informa, recuperar o liquidar el importe en libros de sus activos y pasivos.

    3.14 Provisiones y pasivos contingentes - Las provisiones se reconocen cuando Almagrario tiene una obligación presente (ya sea legal o implícita) como resultado de un suceso pasado, es probable que Almagrario deba desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos para cancelar la obligación, y puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.

    El importe reconocido como provisión debe ser la mejor estimación del desembolso necesario para cancelar la obligación presente, al final del periodo sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos y las incertidumbres correspondientes. Cuando se mide una provisión usando el flujo de efectivo estimado para cancelar la obligación presente, su importe en libros representa el valor actual de dicho flujo de efectivo (cuando el efecto del valor del dinero en el tiempo es material).

    Los pasivos contingentes no son reconocidos, pero están sujetos a la revelación en las notas explicativas cuando es posible la probabilidad de salida de recursos, incluyendo aquellos cuyos valores no pueden estimarse.

    Contratos onerosos - Si la entidad tiene un contrato oneroso, las obligaciones presentes que se deriven del mismo deben ser reconocidas y medidas como una provisión. Un contrato oneroso es aquél en el que los costos inevitables de cumplir con las obligaciones comprometidas, son mayores que los beneficios que se espera recibir del mismo

    3.15 Reconocimiento de ingresos - Los ingresos se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o por cobrar. Los ingresos se reducen por los descuentos o rebajas y otras asignaciones similares estimadas para los clientes.

    3.15.1 Prestación de servicios - Los ingresos provenientes de contratos de servicios se reconocen con base en el avance de la prestación del servicio, el resultado de una transacción puede ser estimado con fiabilidad cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones:

    • El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad;

    • Sea probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la transacción;

    • El grado de realización de la transacción, al final del período sobre el que se informa, pueda ser medido con fiabilidad; y

    • Se reconocen los costos incurridos en la transacción.

    3.15.2 Ingresos por dividendos- El ingreso de los dividendos por inversión es reconocido una vez que se han establecido los derechos de los accionistas para recibir este pago (siempre y cuando sea probable que los beneficios económicos fluirán para la empresa y que los ingresos ordinarios puedan ser medidos confiablemente).

    3.16 Gastos - Los gastos se reconocen en el estado de resultados sobre la base de una asociación directa entre los costos incurridos y la obtención de partidas específicas de ingresos. Este proceso, al que se denomina comúnmente correlación de costos con ingresos

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    de actividades ordinarias, implica el reconocimiento simultáneo o combinado de unos y otros, si surgen directa y conjuntamente de las mismas transacciones u otros sucesos. No obstante, la aplicación del proceso de correlación, no permite el reconocimiento de partidas, en el balance, que no cumplan la definición de activo o de pasivo el que se informa.

    En los estados financieros se emplean diferentes bases de medición, con diferentes grados y en distintas combinaciones entre ellas. Tales bases o métodos son el costo histórico, el costo corriente, el valor realizable y el valor presente. Su uso depende de las clases de activos o pasivos que se estén midiendo y así mismo se reconocerá en el estado de resultados según corresponda.

    La Compañía presentará un desglose de los gastos reconocidos en el resultado, utilizando una clasificación basada en el método de la naturaleza de los gastos.

    3.17 Impuesto a la riqueza – de acuerdo a la normatividad de la ley 1943 de 2018 Almagrario por ser persona jurídica nacional no está sujeta al Impuesto de Patrimonio o de riqueza.

    3.18. Mercancías recibidas en depósitos - Corresponde a las mercancías que la compañía recibe de los terceros en virtud de las operaciones que según las leyes y reglamentos están