airsl-man-001. manual general para la selecciÓn, uso y manejo del equipo de protecciÓn personal

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MANUAL GENERAL

PARA LA

SELECCIÓN, USO Y

MANEJO DEL

EQUIPO DE

PROTECCIÓN

PERSONAL (EPP).

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Contenido. Objetivo: ......................................................................................................................... 4

INTRODUCCIÓN. ............................................................................................................ 5

Definiciones. .................................................................................................................. 6

El equipo de protección personal EPP. ...................................................................... 9

Evaluación de riesgos. ................................................................................................ 12

Protección de la Cabeza. ............................................................................................ 19

Protección de Cara y Ojos. ......................................................................................... 21

Protección de los Oídos. ............................................................................................ 27

Protección del Aparato Respiratorio. ........................................................................ 29

Protección de las Extremidades Superiores. ........................................................... 34

Protección de las Extremidades Inferiores. ............................................................. 38

Normativa existente en materia de EPP. ................................................................... 41

Determinación del EPP conforme NOM-017-STPS-2008. ........................................ 44

Bibliografía. .................................................................................................................. 50

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Objetivo: Concientizar a los trabajadores sobre la importancia que tiene el Equipo de Protección Personal (EPP) para el desarrollo de sus actividades laborales de manera segura, además de brindar herramientas esenciales para la correcta selección, uso y cuidado de su EPP.

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INTRODUCCIÓN.

El presente manual fue desarrollado con la finalidad de proporcionar a los trabajadores conocimientos

esenciales para el uso adecuado del equipo de protección personal (EPP) durante el desarrollo de sus

actividades laborales.

Se busca brindar un enfoque general sobre la seguridad y salud en el trabajo (SST) debido a la

importancia que tienen el EPP para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo.

Se pretende desarrollar las habilidades de los trabajadores para la selección del EPP necesario para

cada actividad dependiendo del tipo de riesgos a los que se expone con motivo de su trabajo.

El equipo de protección personal, de manera general, es una ‘herramienta’ que nos protege de ciertos

factores que pueden ser físicos (luz, calor, ruido, altas y bajas temperaturas, etc.), químicos (sustancias

químicas) y/o biológicos (virus, bacterias, hongos, etc.); y los cuales atentan contra nuestra integridad

con la posibilidad de desencadenar un accidente o favorecer al desarrollo de una enfermedad.

El EPP es de suma importancia y por ello en este manual se abordarán temáticas que nos brinden

información relevante para la selección, uso y manejo del mismo; buscando concientizar a los

trabajadores de lo importante que es usar el EPP para laborar seguros.

NO solo se trata de proporcionar conocimientos para el uso del EPP sino también se pretende

compartir con los trabajadores la Legislación que en materia de Equipo de Protección Personal existe

en nuestro país y por ende dar a conocer sus derechos y obligaciones.

Que cuentes con equipo de protección personal es obligación de tu empleador pero que lo utilices y lo

cuides es tu responsabilidad.

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Definiciones.

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Con la finalidad de proporcionar a los trabajadores un ‘vocabulario’ general y logren comprender algunos términos utilizados en todo el manual, se presentan a continuación algunos conceptos y sus definiciones. a) Accidente de Trabajo. Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la

muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera sean el lugar y el momento que se presenten.

b) Acciones Preventivas y Correctivas. Acciones a realizar para disminuir el riesgo de sufrir algún

accidente de trabajo o padecer alguna enfermedad profesional (de trabajo). Estas medidas derivan del diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo.

c) Acto Inseguro. Acciones realizadas por el trabajador que implican violación u omisión a un método

de trabajo o medida determinados como seguros. d) Agente. Elemento físico, químico y biológico que por ausencia o presencia en el ambiente laboral

pueden afectar la vida, la salud e integridad física de los trabajadores. e) Ambiente Laboral. Conjunto de condiciones que intervienen en el o los puestos de trabajo, se

puede considerar como el puesto mismo. f) Análisis. Estudio detallado de algo con la finalidad de distinguir e identificar sus características y/o

propiedades. g) Centro de Trabajo. Lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones o áreas, dónde se

realizan actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en las que laboren personas sujetas a una relación laboral.

h) Condición Insegura. Situación derivada de la inobservancia o desatención de las medidas de

seguridad que pueden conllevar a un incidente, accidente, enfermedad de trabajo o daño a instalaciones y procesos.

i) Condición Peligrosa. Característica inherente a las instalaciones, procesos, maquinaria, equipo,

herramientas y materiales que pueden desencadenar un incidente, accidente, enfermedad de trabajo o daño material al centro laboral.

j) Contaminantes del ambiente laboral. Agentes físicos, químicos y biológicos capaces de

modificar las condiciones ambientales del centro de trabajo que, por sus propiedades, concentración, nivel, así como tiempo de exposición o acción pueden alterar la salud del personal ocupacionalmente expuesto.

k) Control. Regulación de un sistema, se busca intervenir en alguna característica del mismo sistema

con el fin de dominarla. El proceso mediante el cual se instrumentan las medidas de seguridad, derivadas de la Evaluación de los agentes Contaminantes del Ambiente Laboral, a efecto de no rebasar los valores límite de exposición.

1. Definiciones.

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l) Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo. La identificación de las Condiciones Inseguras

o Peligrosas; de los agentes físicos, químicos o biológicos o de los Factores de Riesgo Ergonómico o Psicosocial capaces de modificar las condiciones del ambiente laboral; de los peligros circundantes al Centro de Trabajo, así como de los requerimientos normativos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que resulten aplicables.

m) Enfermedad de Trabajo. Estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que

tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio donde el trabajador presta sus servicios. n) Entorno Organizacional Favorable. Aquél en el que se promueve el sentido de pertenencia de

los trabajadores a la organización; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización; la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y la Evaluación y el Reconocimiento del desempeño.

o) Evaluación. El proceso por medio del cual se efectúa el muestreo; la determinación analítica,

tratándose de los agentes químicos Contaminantes del Ambiente Laboral, y la comparación de los resultados, conforme a los valores límite de exposición.

p) Factores de Riesgo Ergonómico. Aquéllos que pueden conllevar sobre esfuerzo físico,

movimientos repetitivos o posturas forzadas en el trabajo desarrollado, con la consecuente fatiga, errores, Accidentes y Enfermedades de Trabajo, derivado del diseño de las instalaciones, maquinaria, equipo, herramientas o puesto de trabajo.

q) Factores de Riesgo Psicosocial. Aquéllos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no

orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, por el trabajo desarrollado.

r) Incidente. Acontecimiento que puede o NO ocasionar daños a las instalaciones, maquinaria,

equipo, herramientas y/o materiales utilizados, e interferir en los procesos o actividades, que en circunstancias diferentes podría haber derivado en lesiones a los trabajadores.

s) Medidas de Control. Aquéllas de naturaleza técnica o administrativa que se adoptan para

disminuir la exposición a los Contaminantes del Ambiente Laboral. t) Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE). Aquellos trabajadores que en ejercicio y con

motivo de su ocupación están expuestos a Condiciones Inseguras o Peligrosas o a Contaminantes del Ambiente Laboral.

u) Riesgo de Trabajo. Accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores en

ejercicio o con motivo de su trabajo. v) Reconocimiento. El proceso mediante el cual se identifican los agentes Contaminantes del

Ambiente Laboral; sus propiedades o características; las vías de ingreso al cuerpo humano; sus efectos en la salud; las fuentes emisoras de contaminantes; las áreas o zonas donde exista Riesgo a la exposición; los grupos de exposición homogénea, sus puestos y las actividades que desarrollan, así como los tiempos y frecuencias de exposición.

w) Verificación. Constancia ocular, revisión documental o entrevista del cumplimiento de algún

requisito. También se define como la comprobación o examinación de la verdad de algo.

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El equipo de

protección

personal EPP.

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¿Qué es el equipo de protección personal? El Equipo de Protección Personal (EPP) es:

El conjunto de elementos y dispositivos diseñados específicamente para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades de trabajo. (RFSST).

Cualquier tipo de equipo, traje o vestimenta

diseñada para brindar protección al trabajador de los diferentes agentes físicos, químicos y/o biológicos a los que está expuesto y representan un riesgo para su integridad.

Elementos y dispositivos, diseñados específicamente para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades que pudieran ser causados por agentes o factores generados con motivo de sus actividades de trabajo y de la atención a emergencias. (NOM-017-STPS-2008).

Barrera entra el riesgo y el trabajador.

Medida de control de riesgos utilizada por la empresa (esta NO debe ser la única, deben de existir

medidas de ingeniería y administrativas).

Medida de seguridad general para evitar accidentes. Sin importar cuál sea la definición que se tome, todas tienen algo en común y es que mencionan la palabra ‘proteger’, en la vida real el EPP está diseñado para salvaguardar la integridad física (principalmente) del trabajador, aunque NO es la medida más “potente” para la prevención de riesgos laborales, pero es muy importante puesto que complementa a las otras medidas de ingeniería y administrativas.

2. El Equipo de Protección Personal (EPP).

EPP. 2 Utiliza siempre tu equipo de seguridad, te protegerá.

EPP. 1. Casco, Guantes y Orejeras, el EPP básico para cualquier trabajador.

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Importancia del equipo de protección personal. El Equipo de Protección Personal (EPP) está diseñado para ofrecer protección, al trabajador, contra

cualquier peligro y riesgo laboral permanente, real o potencial.

El EPP es todo aquel equipamiento que nos brindará

seguridad al momento de realizar alguna actividad, ya sea esta de alto riesgo o NO; es importante mencionar que el EPP depende del tipo de actividad que se realice y del riesgo al que nos expongamos durante la realización de la misma.

Sin más rodeos, podemos considerar que el equipo de protección personal (también llamado equipo de seguridad) es sumamente importante ya que:

Nos protege de agentes de riesgo físico, químico y/o biológicos a los que nos exponemos al realizar nuestro trabajo y que pueden provocar un accidente o enfermedad de trabajo.

Nos permite laborar ‘seguros’ sin riesgo de sufrir alguna lesión.

En el peor de los casos, puede disminuir la gravedad de una lesión.

EPP. 4. Las lesiones se pueden evitar.

EPP. 3. Es tu integridad, utiliza tu equipo de seguridad.

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Evaluación de

riesgos.

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Retomando la definición presentada en la sección 1. Definiciones se comprende como evaluación de riesgos: “El proceso por medio del cual se efectúa el muestreo; se determinan las características del medio laboral tratándose de identificar agentes Contaminantes del Ambiente Laboral, que atenten contra la integridad de los trabajadores”. Este proceso de identificación y determinación es de suma importancia puesto que a partir de él podemos comprender la magnitud de los peligros y riesgos a los que nos exponemos y con ello definir medidas de seguridad acertadas que nos garanticen trabajar seguros.

Tipos de riesgos laborales. Existen diferentes tipos de riesgos que dependen de diversos factores presentes en las organizaciones, a continuación, se presenta una clasificación general de riesgos laborales.

CLASIFICACIÓN DE RIESGOS, DAÑOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS.

Riesgos de Seguridad.

Tipo de Riesgo. Daño. Medida Preventiva. Imagen.

Objetos, máquinas, equipos, herramientas (manuales o eléctricas) que, por malas condiciones de funcionamiento, falta de mantenimiento o protecciones de partes peligrosas y/o por ubicación tienen la capacidad potencial de producir accidentes.

Accidentes de todo tipo: atrapamiento, golpes, choques, caídas, cortes, aplastamientos, lesiones oculares, electrocución, incendios. Especial incidencia de las caídas de altura.

Adecuado mantenimiento de las instalaciones. Resguardo de las partes peligrosas de las máquinas. Correcta señalización de los espacios de trabajo. Diseño de andamios seguros. Respeto a todas las normas para trabajar con la electricidad y evitar la producción de incendios. Medidas de protección: utilizar los elementos de protección colectiva e individual indicados (arnés, cascos, botas, etc.).

Riesgos Físicos.

Tipo de Riesgo. Daño. Medida Preventiva. Imagen.

Temperaturas extremas (frío o calor). Humedad.

Efectos directos: resfriados, deshidratación, golpe de calor. Efectos indirectos: alteraciones de la conducta, aumento de la fatiga, incomodidad. Mayor probabilidad de accidentes.

Climatización. Ropa adecuada. Rotación de los trabajadores.

3. Evaluación de riesgos.

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Niveles elevados de ruido. Es el riesgo más común en los puestos de trabajo. Una forma de medirlo es evaluar si dos personas de audición normal no pueden entenderse hablando en un tono de voz habitual a una distancia de 1m. Si no pueden, hay una señal de alerta a tener en cuenta.

Hipoacusia y sordera profesional, aumento del ritmo cardiaco, de la presión sanguínea, trastornos digestivos. Irritabilidad, agresividad, alteraciones del sueño.

Anular o disminuir el ruido en su fuente o medio de transmisión. Disminuir el tiempo de exposición. Como última medida y cuando no exista otra opción, se protegerá al trabajador mediante los protectores auditivos adecuados.

Iluminación inadecuada por exceso o defecto.

Afecta básicamente la visión. Irritación, cansancio ocular. Molestias no oculares como dolor de cabeza.

Mediciones con instrumentos especiales. Son los trabajadores quienes comunican las primeras molestias. Planificar adecuadamente la iluminación de cada puesto de trabajo considerando el tipo de tareas y características del trabajador.

Radiaciones ionizantes: rayos X. Radiaciones no ionizantes: fundiciones, soldaduras eléctricas, efectos del sol.

Alteraciones en la sangre y material genético. Quemaduras, lesiones oculares.

Aislamiento conveniente de la fuente emisora y proteger al trabajador con la ropa adecuada. Pantallas, blindajes y ropa de trabajo que sea una barrera entre la fuente emisora y el operario.

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Riesgos Químicos (Contaminantes Químicos).

Tipo de Riesgo. Daño. Medida Preventiva. Imagen.

Químicos: sustancias que durante la fabricación, transporte, almacenamiento o uso puedan incorporarse al ambiente como aerosol, gas o vapor. Ingresan al organismo por piel, vía respiratoria, aparato digestivo, o heridas.

Efectos corrosivos, irritantes, neumoconióticos (alteración pulmonar), asfixiantes, anestésicos y narcóticos, sensibilizantes, cancerígenos, mutagénicos (alteración del material genético) y teratogénicos (durante la gestación causa defectos congénitos), sistémicos (alteración de órganos y/o sistemas). Los efectos dependen de la concentración y tiempo de exposición.

Etiquetado de las sustancias (texto adecuado a la comprensión de los trabajadores). Información sobre las sustancias que se manipulan. En la medida de lo posible, reemplazo por sustancias de menor o nula toxicidad, para evitar la propagación y proteger al trabajador con los elementos adecuados: barbijos, protectores oculares, etc.

Riesgos Biológicos (Contaminantes Biológicos):

Tipo de Riesgo. Daño. Medida Preventiva. Imagen.

Biológicos: bacterias, protozoos, virus, hongos, gusanos, parásitos.

Enfermedades que se transmiten de los animales al hombre y viceversa. Se llaman zoonosis.

Higiene en los lugares de trabajo y vestuarios; en estos casos es fundamental el uso de guantes y todas las prendas que ofrezcan protección.

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Riesgos Ergonómicos.

Tipo de Riesgo. Daño. Medida Preventiva. Imagen.

Ergonomía es la adaptación del puesto de trabajo al hombre. Objetos, puestos de trabajo y herramientas que, por el peso, tamaño, forma o diseño, obligan a sobreesfuerzos, movimientos repetitivos y mantenimiento de posturas inadecuadas. Se pueden producir daños por esfuerzos posturales, estáticos (estando “quietos”) o dinámicos (desplazamiento de cargas, posturas, movimientos repetitivos).

Provocan gran parte de las lesiones en la espalda, desgaste anormal de las articulaciones y los músculos, síndromes del túnel carpiano, tendinitis, trastornos gastrointestinales y cardiovasculares, etc. Fatiga física no recuperable. incrementa los efectos dañinos de otros contaminantes, ya que por fatiga se inhala mayor cantidad de aire.

Adecuado diseño de los puestos de trabajo (mobiliario ergonómico que existe en variedad en el mercado), rotación de las tareas, períodos de descanso, duración de la jornada laboral y regulación de las cargas a manipular.

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Riesgos Psicosociales.

Tipo de Riesgo. Daño. Medida Preventiva. Imagen.

Afectan la psiquis en sus aspectos emocionales, intelectuales y sociales. Se da la interacción de factores organizativos (duración, horarios, ritmo de trabajo y lugar donde se desarrolla la tarea), del contenido de la tarea (cantidad y calidad de información que se recibe y procesa que puede llevar a sobrecarga, por excesivas exigencias o subcarga de trabajo, por tareas monótonas y repetitivas), del clima laboral (estilo de mando, relaciones interpersonales, posibilidades de ascenso). También pueden darse situaciones de mobbing (hostigamiento en el trabajo por una o varias personas que ejercen presión psicológica extrema, continuada y sistemática durante un tiempo prolongado sobre otra persona en el lugar de trabajo). Acoso sexual y violencia laboral.

Se relacionan con las características de los trabajadores. Si las demandas del medio ambiente de trabajo superan las capacidades de los trabajadores para hacerles frente se dan síntomas que conducen a cuadros de estrés. Reacciones psicofisiológicas (fatiga, irritabilidad, trastornos del sueño, ansiedad) y comportamentales (consumo de medicamentos, retraimiento social, tabaquismo, violencia). Hipertensión arterial, ansiedad generalizada, trastornos de adaptación, depresión y trastornos músculo-esqueléticos. Enfermedades cardiovasculares. Burn out: colapso emocional y cognitivo.

Los factores organizativos de horarios rotativos y ritmos deben evaluarse continuamente y debe darse participación a los trabajadores en la búsqueda de estrategias que mejoren la situación (transporte, alimentación en turnos nocturnos, etc.). La sobrecarga y la subcarga de trabajo mejoran dando variación a las tareas y rotando a los trabajadores. Las situaciones que llevan a cuadros paulatinos de estrés deben ser detectadas como señal de alarma para rever aspectos de la organización y contenido de la tarea. Los cuadros de mobbing (hostigamiento laboral), acoso sexual y violencia laboral deben ser detectados, denunciadas y solucionadas con la intervención de superiores, compañeros de trabajo, especialistas y autoridades laborales.

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METODOLOGÍA GENERAL PARA EVALUAR RIESGOS. Como ya se había comentado con anterioridad, la evaluación de riesgos es la base para las medidas de control de accidentes, en el caso del equipo de protección personal, la evaluación de riesgos es muy importante puesto que identificando los riesgos inherentes en cada actividad o puesto de trabajo se puede definir el EPP que se utilizará, en apartados siguientes se abordará detalladamente la evaluación de riesgos por puestos de trabajo para la determinación del EPP.

Para la identificación y evaluación de riesgos es necesaria la participación de los trabajadores puesto que conocen las actividades que se realizan, así como el ámbito en que se desarrolla la misma. De manera general se presenta una serie de pasos a seguir para realizar una evaluación de

riesgos: 1. Determinar el área a evaluar, es decir, delimitar un área donde se desempeñan los trabajadores,

puede ser una oficina, un piso, un sector, etc. 2. Identificación de los peligros que existe para el personal ocupacionalmente expuesto en dicha área,

de todos los peligros determinar cuáles son riesgos laborales para su posterior evaluación. 3. Evaluación de riesgos y priorización de riesgos. Se observan las características del área/puesto de

trabajo, así como las características de los horarios y turnos, estado de salud de los trabajadores, y demás criterios que sean relevantes.

4. Una vez recopilada la información de la evaluación de riesgos se recomienda representarla en un croquis donde se localicen e identifiquen los peligros, es decir, se recomienda confeccionar un mapa de riesgos donde se es establezcan riesgos y sus prioridades.

5. Planificación de las medidas preventivas/correctivas. Establecer medidas adecuadas para eliminar o controlar los riesgos.

6. Implementación de las medidas. Es necesario que las medidas preventivas / correctivas se lleven a cabo, es indispensable la participación de todos.

7. Seguimiento y Revisión. Se debe de realizar evaluaciones programadas con el fin de verificar la eficacia de las medidas correctivas implementadas.

EPP. 5. Ejemplo de mapa de riesgos.

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Protección de la

Cabeza.

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Los cascos protegerán la cabeza bajo diversas condiciones, por lo que es necesario contar con

diferentes materiales de construcción y diferentes formas. Clasificación. Por su uso en:

Clase G (General): para protección de tensión eléctrica hasta 2200 V y contra impactos. Clase E (Eléctrica): para protección de tensión eléctrica hasta 20000 V y contra impactos. Clase C (Conductor): para protección únicamente contra impactos.

En base a su forma pueden ser:

Cascos con ala completa. Sin ala y con visera. De otras formas específicas.

Requerimientos de Fabricación:

En todos los casos, los cascos deben poseer, además medios que permitan la ventilación y los materiales que se utilicen en su construcción no deben ser irritantes ni tóxicos. Por otra parte, en su fabricación debe tenerse especial cuidado en evitar protuberancias, aristas, vértices agudos o cualquier otra que pueda causar lesiones o incomodidad al usarlos. Recomendaciones:

El casco debe ajustar, por medio de la suspensión, de tal manera que no se mueva de su lugar cuando el usuario se incline, pero no tan apretado que deje marcas en la frente.

Debe inspeccionarse constantemente con el fin de identificar piezas dañadas en la concha y la suspensión.

Cuando el casco ha recibido un golpe severo, debe destruirse ya que este tipo de eventos disminuyen considerablemente la protección que pueda proporcionar.

Los cascos de clase E deben ser revisados con sumo cuidado antes de usarse, ya que cualquier rajadura o golpe le resta poder de protección. Este tipo de cascos deben someterse periódicamente a una prueba de tensión eléctrica.

Los cascos no deben ser pintados pues la pintura puede afectar las propiedades de los materiales de construcción y disminuir su poder de protección.

El casco debe lavarse después de ser usado, se recomienda usar agua a no más de 60 °C y un jabón suave o algún limpiador recomendado por el fabricante.

Los cascos deben guardarse en sitios alejados de la luz directa del sol. No deben agregarse aditamentos al casco pues afecta el grado de protección original

EPP. 6. Existe una gran variedad de cascos, su uso depende de las actividades que se realicen.

4. Protección de la Cabeza.

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Protección de

Cara y Ojos.

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Los ojos y la cara, se deben proteger cuando pueden estar expuestos a riesgos como partículas

que salgan despedidas, metal fundido, aerosoles, luz radiante potencialmente peligrosa, material radiactivo, material criogénico, equipo de vidrio bajo presiones superiores o inferiores a la ambiental, líquidos cáusticos o ácidos y gases, vapores, líquidos o sólidos peligrosos desde un punto de vista químico. El EPP utilizado para protección facial incluye:

• Anteojos de protección. • Googles. • Pantalla facial o Careta. • Careta para soldador. • Gafas para soldador. • Combinación de los anteriores y Otros.

Tipos de lentes de seguridad:

EPP. 7. Lente de Seguridad contra impactos.

EPP. 8. Lentes contra impactos y salpicaduras.

5. Protección de Cara y Ojos.

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EPP. 96. Lente contra impactos y sombra para soldador.

EPP. 0. Lente contra impactos, salpicaduras, humos y sombra para soldador.

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Selección de protección de ojos:

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Tipos de pantallas faciales:

EPP. 11. Protección facial.

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Selección de protección de facial:

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Protección de

los Oídos.

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El equipo de protección personal (EPP) reducirá el nivel de ruido que percibe el trabajador, por

lo que cada tipo de equipo tiene un cierto nivel de atenuación que debe ser considerado al calcular el

valor de NSCE.

Clasificación.

El equipo de protección auditiva debe ser fabricado con materiales que no produzcan daños a la salud

del usuario, puede ser de varios tipos:

TAPÓN AUDITIVO. Este se inserta en el conducto externo y puede ser desechable o puede volver a utilizarse sin olvidar limpiarlo después de cada uso.

CONCHA AUDITIVA. También se conoce como orejera y consta de dos casquetes acojinados que cubren el pabellón externo de los oídos y una diadema que une a estos casquetes.

CASCO ANTIRUIDO. Como su nombre lo indica, además de proteger el pabellón externo del oído, también protege parte de la cabeza.

Recomendaciones.

Como el resto del equipo de protección, debe tenerse especial atención en la limpieza la cual debe realizarse, después de cada vez que se use y cada vez que sea necesaria.

Debe revisarse antes de su uso para asegurarse que la protección sea óptima. La presencia de cualquier deterioro indicará que es tiempo de reemplazar el equipo.

No deben usarse trozos de algodón para proteger los oídos. Al no ser diseñados para tal efecto, la protección que proporcionan no es adecuada. Además, el algodón deja residuos dentro del oído que, a la larga, pueden causar problemas serios.

Los protectores auditivos deben tener una etiqueta que contenga la clase o subclase a la que pertenecen, la protección que ofrece en base a los valores de atenuación mínima en el umbral en función de la frecuencia, así como las instrucciones necesarias para su uso correcto.

EPP. 12. Protección Auditiva.

6. Protección de Oídos.

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Protección del

Aparato

Respiratorio.

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MÉTODO DE LOS CUATRO PASOS.

1.Identificar el Riesgo Respiratorio. 2.Conocer los efectos en la Salud de los Trabajadores. 3.Seleccionar el Respirador Apropiado. 4. Entrenar en el Uso y Mantenimiento del Respirador. 1. IDENTIFICAR EL RIESGO. Las características de un ambiente de trabajo contaminado donde se hace necesario el uso de protección respiratoria se describen a continuación: a) Que se encuentre contaminado por vapores o gases peligrosos, los cuales pueden pasar al torrente sanguíneo a través de los pulmones y producir daños internos. Generalmente la concentración de vapores y gases se expresa en ppm (partes de contaminante por un millón de partes de aire) o en mg/m3. b) Cuando existen partículas contaminantes. Las partículas de un diámetro menor o igual a 10

micrones pueden llegar hasta los pulmones, generalmente pueden ser eliminadas por una limpieza natural. Sin embargo, durante exposiciones excesivas a ellas, la limpieza natural ya no es suficiente. Estas partículas contaminantes pueden clasificarse como: • Humos, que se forman cuando un material sólido es vaporizado a altas temperaturas y después

enfriado, lo que provoca que condense en forma de partículas muy pequeñas, generalmente menores a 1 micrón.

• Polvos, formados por partículas creadas al romper mecánicamente otras más grandes. Las

partículas son más grandes que las de los humos y varían entre 0.5 y 10 micrones. • Neblinas, están formadas por líquidos atomizados y/o condensados y las partículas que las forman

pueden variar entre 5 y 100 micrones. La concentración de las partículas, generalmente se hace en mg/m3 (miligramos de partículas por metro cúbico de aire). c) Cuando existe una atmósfera deficiente de oxígeno. Una atmósfera con un nivel menor o igual al 19.5 % es considerada deficiente de oxígeno y si la concentración es menor del 16 % se considera insegura ya que pueden presentarse problemas mentales y de coordinación.

EPP. 13. Exposición a humos de soldadura.

7. Protección del Aparato Respiratorio.

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2. CONOCER LOS EFECTOS EN LA SALUD DE LOS TRABAJADORES (Efectos tóxicos

provocados por sustancias químicas industriales).

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Tamaño y material del equipo.

Las mascarillas que conforman este equipo, pueden cubrir diferentes partes de la cara: Media cara, cubre la boca, nariz y mentón. Cara completa, cubre desde la frente hasta el mentón. Capuchas, que cubren la cabeza completamente y forman parte de trajes que cubren

completamente el cuerpo. Respecto a los materiales, los más empleados en este tipo de equipo de protección personal son: neopreno, silicón, hule y PVC (es más económico, pero pierde flexibilidad con el tiempo). Debe seleccionarse entre ellos el que mejor se adapte a las necesidades del usuario, especialmente porque los polímeros mencionados pueden crear o agudizar problemas de alergias en la piel. Las mascarillas de cara completa y capucha tienen una pieza ocular o ventana generalmente hecha de policarbonato o acrílico.

EPP. 7. Tipos de mascarillas.

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Códigos de colores para cartuchos y botes.

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Protección de las

Extremidades

Superiores.

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PROTECCIÓN DE LAS MANOS.

Las manos tal vez sean las partes del cuerpo más expuestas a riesgos en el área de trabajo, por lo que es necesario tener un especial cuidado en la elección del equipo de seguridad personal utilizado para protegerlas. Para la protección de esta parte del cuerpo se cuenta con LOS GUANTES.

MATERIALES DE FABRICACIÓN.

Algodón: Este material se utiliza en la elaboración de guantes para protección de agentes como polvo

Piel (carnaza): Los guantes elaborados con este material se utilizan para manejar vidrio roto y otros objetos con filo, además pueden servir para manejar objetos ligeramente fríos o calientes y ser resistentes a la abrasión.

Piel aislados con hule natural, podrán usarse, también para trabajos con electricidad. Asbesto: resisten temperaturas altas. Actualmente existen otras opciones que tienden a

reemplazar este tipo de guantes, como se verá más adelante. Metálicos: Este tipo de guantes tiene una malla metálica cubierta con alguna fibra natural o

sintética. Se utilizan principalmente al manejar objetos punzocortantes.

EPP. 15. Algunos tipos de guantes.

8. Protección de las Extremidades Superiores.

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MATERIALES DE FABRICACIÓN.

Aluminizados, los cuales se combinan con otros materiales para proteger las manos de calor radiante.

Fibras sintéticas: En la actualidad existen una gran variedad de materiales sintéticos que proporcionan una excelente protección contra algunos agentes físicos, biológicos y productos químicos:

Kevlar y Nomex: Se les conoce como fibras "aramides “, con estos materiales, solos o en

mezclas, se fabrican guantes resistentes a temperaturas extremas, a productos químicos, abrasión, cortaduras y con una baja conductividad eléctrica.

Poliésteres: Estos materiales se utilizan principalmente en la elaboración de guantes

resistentes a la abrasión.

PVC: Polímero de cloruro de vinilo, los guantes de este material son baratos y en general, se

usan para manejar ácidos y bases fuertes, alcoholes y disoluciones acuosas de algunas sales. No se recomienda su uso para manejar aldehídos, cetonas, hidrocarburos aromáticos, compuestos halogenados, ni nitrocompuestos. También son resistentes a la abrasión, pero los plastificantes que se utilizan en su fabricación pueden perderse con el uso, lo que les resta resistencia. Otros, se encuentran forrados y pueden usarse para manejar objetos a bajas temperaturas. Este material mezclado con nitrilo, ofrece guantes resistentes a productos químicos y agentes físicos.

EPP. 16. Otros tipos de guantes (Fibras sintéticas).

CLASIFICACIÓN DE GUANTES Y SU RIESGO.

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RECOMENDACIONES.

Antes de elegir los guantes, identificar el riesgo presente en el área de trabajo, usarlos siempre que

se esté expuesto al riesgo en el área de trabajo.

Antes de cada uso, es necesario observar si los guantes presentan decoloración, rasgaduras o rupturas.

Después de usarlos y antes de quitárselos, deben lavarse perfectamente con un disolvente

adecuado (cuando sea necesario) y después con agua y jabón para evitar contaminar otros utensilios y áreas.

Deben lavarse las manos después de quitarse los guantes.

Es recomendable que los guantes sean personales.

Los guantes deben ser usados en la mano para la cual fueron diseñados.

En el caso de los guantes de uso eléctrico, solo deben ser utilizados para el voltaje especificado

para cada clase y con las sustancias a las que son resistentes.

En trabajos en los que exista el riesgo de abrasión, deben usarse guantes de carnaza, sobre los guantes para trabajo con electricidad.

Debe evitarse que los guantes para uso eléctrico entre en contacto con aceites, grasas, lubricantes,

disolventes y ácidos.

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Protección de las

Extremidades

Inferiores.

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PROTECCIÓN DE LOS PIES. El equipo de protección de los pies o Calzado, está diseñado para usarse en áreas donde exista un riesgo de daño con productos químicos, objetos pesados que pueden caer, electricidad o para dar tracción en pisos mojados. Existen diferentes tipos de calzado con características específicas de protección para diferentes actividades. A continuación, se presenta una clasificación general del calzado de seguridad:

USO GENERAL, se utiliza en áreas donde el trabajador no está expuesto a riesgos mecánicos ni derrames de productos químicos. No es necesario que tengan puntera metálica, ni suela dieléctrica.

CON PUNTERA, se utiliza en áreas donde exista el riesgo de daño a los dedos por caída o rodamiento de objetos pesados y punzocortantes. Tienen una protección metálica en la punta del calzado para proteger los dedos.

DIELÉCTRICO, para protección en áreas donde exista el riesgo de descargas eléctricas. CONDUCTOR DE ELECTRICIDAD, sirve para descargar la energía estática del cuerpo que se

genera por acciones del trabajo. METATARSAL, este tipo de calzado posee un componente integral que protege al empeine. RESISTENTE A LA PENETRACIÓN DE OBJETOS PUNZOCORTANTES en la planta del pie.

Para ello poseen recubiertas metálicas en la parte inferior del calzado. PROTECCIÓN IMPERMEABLE, evita la filtración de líquidos o polvos finos al pie.

En el caso de las botas, pueden existir también de diferentes materiales poliméricos en las diferentes modalidades. Puede haber de hule con punteras o refuerzo metálico en las suelas, otras con forro de materiales diversos.

9. Protección de las Extremidades Inferiores.

EPP. 17. Calzado de seguridad (Corte esquemático simple).

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TIPOS DE CALZADO DE SEGURIDAD.

EPP. 18. Tipo de calzados de seguridad.

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Normativa

existente en

materia de EPP.

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En nuestro país la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) es un área que toma mayor importancia ya que se busca crear una buena cultura de la prevención de riesgos laborales que permita centros

laborales más seguros; el equipo de protección personal es una ‘parte’ dentro de este gran rompecabezas que conocemos como SST.

El derecho al trabajo digno y seguro está contenido en nuestra constitución precisamente en el Artículo 123, de ahí se establecen leyes, reglamentos y normas que buscan garantizar condiciones laborales seguras e implícitamente la importancia del EPP.

A continuación, se presentan algunas citas de la normativa en materia de SST existen en México, pero nos enfocaremos principalmente al uso de EPP.

Artículo 123 Constitucional (Apartado A). XV. EL PATRON ESTARA OBLIGADO A OBSERVAR, DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DE SU

NEGOCIACION, LOS PRECEPTOS LEGALES SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES DE SU ESTABLECIMIENTO, Y A ADOPTAR LAS MEDIDAS ADECUADAS PARA PREVENIR ACCIDENTES EN EL USO DE LAS MAQUINAS, INSTRUMENTOS Y MATERIALES DE TRABAJO, ASI COMO A ORGANIZAR DE TAL MANERA ESTE, QUE RESULTE LA MAYOR GARANTIA PARA LA SALUD Y LA VIDA DE LOS TRABAJADORES, Y DEL PRODUCTO DE LA CONCEPCION, CUANDO SE TRATE DE MUJERES EMBARAZADAS. LAS LEYES CONTENDRAN, AL EFECTO, LAS SANCIONES PROCEDENTES EN CADA CASO;

Ley Federal del Trabajo (Título IIII, Capítulo I, Artículo 132). XVII. Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio

ambiente de trabajo, así como disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios; XVIII. Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones

conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del o los contratos colectivos de trabajo que rijan en la empresa; asimismo, se deberá difundir a los trabajadores la información sobre los riesgos y peligros a los que están expuestos;

Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Art. 18: XV. Proporcionar el Equipo de Protección Personal a las brigadas contra incendio.

Art. 19: XV. Proporcionar el Equipo de Protección Personal a las brigadas contra incendio.

Art. 20: VI. Proporcionar el Equipo de Protección Personal requerido para su operación.

Art. 21: VIII. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal específico,

conforme al Riesgo al que están expuestos.

Art. 22: XII. Proporcionar al Personal Ocupacionalmente Expuesto el Equipo de Protección

Personal requerido.

Art. 23: VI. Proporcionar a los conductores el Equipo de Protección Personal requerido.

Art. 24: IX. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal requerido.

10. Normativa existente en materia de EPP.

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Art. 25: XII. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal requerido, de

conformidad con el análisis de Riesgos.

Art. 30: XI. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal, de conformidad

con el análisis de Riesgos.

Art. 31: XV. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal requerido.

Art. 33: VI. Proporcionar el Equipo de Protección Personal auditivo al Personal

Ocupacionalmente Expuesto.

Art. 36: XIV. Proporcionar al Personal Ocupacionalmente Expuesto Equipo de Protección

Personal para la operación segura de fuentes de radiación ionizante.

Art. 37: VI. Proporcionar al Personal Ocupacionalmente Expuesto Equipo de Protección

Personal para la operación segura de fuentes de radiación electromagnética no ionizante.

Art. 38: VI. Proporcionar el Equipo de Protección Personal para proteger al Personal

Ocupacionalmente Expuesto.

Art. 40: VI. Proporcionar el Equipo de Protección Personal específico al Riesgo para proteger al Personal Ocupacionalmente Expuesto.

Art. 41: VII. Proporcionar el Equipo de Protección Personal para proteger al Personal

Ocupacionalmente Expuesto.

NOM-017-STPS-2008. Equipo de Protección Personal-Selección, Uso y Manejo en los Centros de Trabajo.

1. Objetivo

Establecer los requisitos mínimos para que el patrón seleccione, adquiera y proporcione a sus trabajadores, el equipo de protección personal correspondiente para protegerlos de los agentes del medio ambiente de trabajo que puedan dañar su integridad física y su salud.

EPP. 19. NOM-017-STPS-2008.

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Determinación

del EPP

conforme NOM-

017-STPS-2008.

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La NOM-017-STPS-2008.-EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL-SELECCIÓN, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO, es una norma oficial mexicana, de carácter obligatorio para todos los centros laborales del país, que establece los requisitos mínimos para que el patrón seleccione, adquiera y proporcione a sus trabajadores, el equipo de protección personal correspondiente para protegerlos de los agentes del medio ambiente de trabajo que puedan dañar su integridad física y su salud. La norma presenta la siguiente estructura: 1. Objetivo 2. Campo de aplicación 3. Referencias 4. Definiciones 5. Obligaciones del patrón 6. Obligaciones de los trabajadores que usen equipo de protección personal 7. Indicaciones, instrucciones o procedimientos para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones,

mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal 8. Unidades de verificación 9. Procedimiento para la evaluación de la conformidad 10. Vigilancia 11. Bibliografía 12. Concordancia con normas internacionales

Guía de referencia, identificación y selección del equipo de protección personal La norma en esencia pide que se le otorgue el equipo de seguridad a los trabajadores de acuerdo al puesto de trabajo y actividad realizada, lo anterior se cita a continuación: Obligaciones del patrón (segmento). 5.2 Identificar y analizar los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada

puesto de trabajo y área del centro laboral. Esta información debe registrarse y conservarse actualizada mientras no se modifiquen los implementos y procesos de trabajo, con al menos los siguientes datos: tipo de actividad que desarrolla el trabajador, tipo de riesgo de trabajo identificado, región anatómica por proteger, puesto de trabajo y equipo de protección personal requerido. 5.3 Determinar el equipo de protección personal, que deben utilizar los trabajadores en función de los riesgos de trabajo a los que puedan estar expuestos por las actividades que desarrollan o por las áreas en donde se encuentran. En caso de que en el análisis de riesgo se establezca la necesidad de utilizar ropa de trabajo con características de protección, ésta será considerada equipo de protección personal. El patrón puede hacer uso de las tablas contenidas en la guía de referencia de la presente Norma para determinar el equipo de protección personal para los trabajadores y para los visitantes que ingresen a las áreas donde existan señales de uso obligatorio del equipo de protección personal específico.

11. Determinación del EPP conforme NOM-017-STPS-2008.

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El análisis de riesgos para determinar el EPP se debe de elaborar considerando:

a) Puesto de trabajo. b) Actividades a realizar. c) Tipo de riesgo de trabajo identificado. d) Región anatómica por proteger. e) Equipo de protección personal requerido. El formato para registrar la información es libre siempre y cuando contenga la información anteriormente mencionada, es posible que el formato de su empresa pueda contener más información.

TABLA 1. EJAMPLO DE FORMATO PARA ANÁLISIS DE RIESGO.

PUESTO DE TRABAJO.

Colocar el puesto de trabajo, así como una pequeña descripción de los horarios y quienes son las personas que desempeñan ese puesto.

ACTIVIDADES QUE REALIZA (FUNCIONES).

Enlistar las actividades diarias y una breve descripción de la misma.

RIESGO DE TRABAJO IDENTIFICADO.

Mencionar los posibles riesgos tanto físicos, químicos, biológicos, de seguridad, ergonómicos o psicosociales a los que se expone el trabajador.

REGIÓN ANATÓMICA A PROTEGER.

En base a los riesgos identificados determinar la región o regiones anatómicas a proteger (basarse en la tabla A1. DETERMINACIÓN DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL).

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL REQUERIDO.

Determinar, con base a la información obtenida de los riesgos identificados y regiones anatómicas a proteger, el equipo de seguridad adecuado para el puesto (basarse en la tabla A1. DETERMINACIÓN DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL).

Posteriormente se presentan las tablas que la Norma nos proporciona para la determinación del EPP.

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Tabla A1. Determinación del Equipo de Protección Personal.

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Tabla A2. Equipo de Protección Personal por Puesto de Trabajo.

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Bibliografía.

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A continuación, se presentan las referencias bibliográficas consultadas para la elaboración de este manual. Normativa en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Congreso Constitucional. Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Archivo recuperado el 30/06/2016, de Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Disponible en: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/124.htm.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Ley Federal del Trabajo. Archivo recuperado el 30/06/2016, del Diario Oficial de la Federación (DOF). Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf.

Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS). Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Archivo recuperado el 30/06/2016, de Cámara de Diputados. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n152.pdf.

Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS). Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008.-EQUIPO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL-SELECCIÓN, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS). Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011. CONSTITUCIÓN, INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE.

Documentos y páginas en la web.

Franco, R & Alarcón Pablo. SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (SST)-Aportes para una cultura de la prevención. Archivo recuperado el 30/06/2016, del Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social & Delegación Regional de la OIT. Disponible en: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@americas/@ro-lima/@ilo-buenos_aires/documents/publication/wcms_248685.pdf.

Real Academia de la Lengua Española. Diccionario de la lengua española-Edición del tricentenario. Consultado el 30/06/206. Disponible en: http://dle.rae.es/?w=diccionario.

Referencias consultadas para apartado 6. Protección de la Cabeza:

NOM-115-STPS, Calzado de Seguridad. ANSI Z89.1-2003, "American National Standard for Industrial Head Protection. OSHA CFR 29 Part 1910.135 Head Protection. BS EN 397: Specification for industrial safety helmets. BS EN 812: Specification for industrial bump caps.

Referencias consultadas para apartado 7. Protección Cara y Ojos:

NMX-S-013-1970 Norma de Calidad para protectores faciales con pantalla. NMX-S-056-2001 Seguridad, Equipo de Protección Personal – Protectores faciales contra

Impactos. NFR-088-PEMEX-2005 Equipo de protección Facial. NFR-007-PEMEX-2000 Lentes y Googles de Seguridad - Protección Primaria para los ojos. ANSI Z87.1-2003, "American National Standard Practice for Occupational and Educational Eye and

Face Protection, “ OSHA CFR 29 Part 1910.133 Eye and Face Protection. BS EN 166: Specification for personal eye protection. BS EN 169: Specification for filters used in eye protection for welding.

12. Referencias Bibliográficas.

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Referencias consultadas para apartado 8. Protección de los Oídos:

NOM-011-STPS-2001 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.

OSHA CFR 29 Part 1910.95 Occupational noise exposure. BS EN 352-1: Specification for earmuffs. BS EN 352-2: Specification for earplugs. prEN 352-3: Specification for earmuffs attached to safety helmets. prEN 352-4: Specification for level-dependent earmuffs. BS EN 458: Selection, use, care & maintenance of hearing protectors.

Referencias consultadas para apartado 9. Protección del Aparato Respiratorio:

NOM-017-STPS-2001 - Equipo de Protección personal. NOM-116-STPS-1994 - Seguridad, Respiradores Purificadores de Aire. OSHA CFR29 PART 1910.134 - Respiratory Protection. ANSI Z88 - Respirator Package. NIOSH Publication No. 87-116. BS EN 136: Full face masks. BS EN 137: Self-contained open-circuit compressed air. BS EN 138: Fresh air hose & mask/mouthpiece. BS EN 139: Compressed air line & mask/mouthpiece. BS EN 140: Half masks & quarter masks. BS EN 141: Gas filters & combined filters. BS EN 143 : Particle filters. BS EN 145: Self-contained closed-circuit breathing. BS EN 146: Powered particle filtering devices (including hoods or helmets). BS EN 147: Powered particle filtering devices (including masks). BS EN 149: Filtering half-masks against particles. BS EN 270: Compressed air line & hood. BS EN 271: Compressed air line or powered air hose & hood (abrasive). BS EN 371: AX gas filters (against low boiling organic compounds). BS EN 372: SX gas & combined filters (against specific compounds).

Referencias consultadas para apartado 10. Protección del Extremidades Superiores:

NOM-017-STPS-2008 Seguridad – Equipo de protección personal. NMX-S-018-SCFI-2000 Guantes de Hule para uso eléctrico. NMX-S-039-SCFI-2000 Guantes de Protección contra sustancias químicas. NRF-114-PEMEX-2007 Guantes de cuero, Algodón y Combinados para trabajos generales. NMX-S-040-1987 Guantes de flor, de carnaza y combinado de flor y carnaza. OSHA CFR29 PART 1910.138 Hand Protection. IEC 60903 Live working - Gloves of insulating material. BS EN 374: Protective gloves against chemicals/ microorganisms. prEN 381-7: Protective gloves for chainsaws. BS EN 388: Protective gloves against mechanical risks (abrasion, cutting, etc.). BS EN 407: Protective gloves against thermal risk (heat &/or fire). BS EN 420: General requirements for gloves. BS EN 421: Protective gloves against ionizing radiation/radioactive contamination. BS EN 511: Protective gloves against cold. prEN 1082: Protective gloves against cuts by hand knives. BS EN 12477:2001 Protective gloves for welders.

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Referencias consultadas para apartado 11. Protección del Extremidades Inferiores:

NOM-113-STPS, Calzado de Protección. NRF-008-PEMEX-2007 Calzado de piel para protección de los trabajadores. NRF-056-PEMEX-2006 Bota impermeable para uso industrial. NRF-034-CFE-2007 Calzado de Seguridad Dieléctrico. NMX-S-51-1988 Zapatos de seguridad. UNE 23087. Calzado de seguridad. ANSI-Z41-1999. American National Standard for Personal Protection–Protective Footwear CAN/CSA-Z195-M92. Calzado de Protección. BS EN 344-1: Requirements & tests methods for safety footwear.

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