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AIP DE MEXICO MMMX VAC-0
13-NOV-2014
SCT-DGAC-SENEAM AIRAC AMDT 03/14
PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN PARA VUELOS VFR DE AERONAVES DE ALA FIJA EN EL AREA DE CONTROL TERMINAL MEXICO
El presente procedimiento deberá ser observado obligatoriamente por cualquier aeronave de ala fija con plan de vuelo VFR que opere dentro del Área de Control Terminal México, excepto que se encuentre en situación de emergencia que la obligue a apartarse de él.
1. Espacio aéreo
Clase D
2. Área Restringida del Aeropuerto
Se define como el espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta 9 000 FT y comprendido por la unión de las siguientes superficies:
Un paralelogramo limitado por líneas paralelas a las pistas a 1 NM a ambos lados de los ejes de las pistas
Hacia el NE: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 040° a 068° Hacia el SW: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 220° a 248°
3. Mínimos meteorológicos:
3.1 En vuelo: 3.1.1 Distancia de las nubes:
1 600 M (1 SM) horizontalmente 305 M (1 000 FT) verticalmente
3.1.2 Visibilidad:
8 KM (5 SM) a/o arriba de 3 050 M (10 000 FT) AMSL 5 KM (3 SM) por debajo de 3 050 M (10 000 FT) AMSL
3.2 Dentro o en las inmediaciones del aeropuerto: Techo de nubes: 457 M (1 500 FT) Visibilidad: 5 KM (3 SM)
4. Separación proporcionada
La separación proporcionada a los vuelos VFR es acorde a lo establecido en ENR1.4 numeral 9.6 TABLA DE CLASIFICACIÓN y TABLA 1 Clasificación del Espacio ATS CLASE “D”
5. Servicio suministrado
El servicio proporcionado a los vuelos VFR es acorde con lo establecido en ENR 1.4 numeral 9.5 CLASE “D”
6. Restricciones
6.1 Restringido el vuelo VFR arriba de las altitudes máximas autorizadas, establecidas para cada sector en la carta visual MMMX VAC-8.
6.2 Prohibidas todas las operaciones con plan de vuelo VFR de turborreactores.
6.3 Se requiere autorización previa de la Torre de Control México para entrar al área restringida del aeropuerto señalada en la carta visual.
6.4 No se permite la operación de dirigibles, globos, planeadores y ultraligeros sin la autorización de la autoridad aeronáutica y la coordinación previa con el ATC para operar en áreas específicas.
6.5 No se permiten vuelos NORDO.
6.6 Es responsabilidad del piloto verificar la actividad de las áreas restringidas y prohibidas denominadas como MMR y MMP.
6.7 Es responsabilidad del piloto verificar el establecimiento de áreas prohibidas temporales
6.8 Queda prohibido volar dentro de las áreas definidas como “Alertas a la Navegación” (Ver ENR 5.1).
7. Procedimientos de vuelo
7.1 Los vuelos que deseen mantener una altitud mayor a las descritas en la carta, deberán circunnavegar el aeropuerto cuando menos a 30 NM del VOR/DME/MEX, notificando su posición y altitud en la frecuencia de Control de Llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área.
7.2 Los vuelos que requieran penetrar la TMA/MEX manteniendo altitudes mayores a las especificadas en la carta, deberán notificar su posición y recabar autorización en la frecuencia de Control de Salidas Este en 120.5 MHZ o Control de Llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área.
7.3 Como resultado de la implementación del servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros, todas las aeronaves con Plan de Vuelo VFR de ala fija que requieran sobrevolar o cruzar las rutas y circuitos publicados para aeronaves de ala rotativa, deberán establecer contacto con Helicópteros MEX en la frecuencia 118.15 MHZ
8. Transponder
Todas las aeronaves deberán contar con equipo transponder en Modo 3 A/C o Modo S a bordo y activar en 1200 debajo de 14000 FT y 1400 arriba de 14000 FT inclusive.
MMMX VAC-1 AIP DE MEXICO
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9. Comunicaciones
9.1 Todas las aeronaves que vuelen dentro de un radio de 15 NM del VOR/DME/MEX deberán mantener comunicación con Torre de Control México hasta recibir autorización para abandonar la frecuencia.
9.2 Todos los vuelos que operen dentro del Área Terminal de México, sintonizarán la frecuencia del Servicio Automático de Información Terminal 127.650 MHZ (D-ATIS) y ajustarán su altímetro al valor QNH vigente, informando en primer contacto a TWR MEX que cuentan con la información vigente a bordo.
9.3 Los vuelos con destino al aeropuerto que cuenten con autorización previa de la autoridad aeronáutica, notificarán su posición e intenciones a Torre de Control México, al encontrarse a 15 NM de VOR/DME/MEX o al sobrevolar algún punto de notificación visual equivalente o tan pronto sea posible.
9.4 Utilizarán la frecuencia CTAF 122.5 MHZ para monitoreo e intercambio de información entre pilotos en vuelo en el Área de Control Terminal.
10. Puntos de notificación VFR para aeronaves de ala fija
Denominador
Radial (°)
Distancia (NM) Ubicación Tipo
VOR/DME/MEX
CARACOL 017° 8.6 Plaza las Américas, Ecatepec. Obligatorio
CHALCO 129° 14.0 Obligatorio
ESTRELLA 187° 6.0 Cerro de la Estrella A solicitud
LA VILLA 305° 4.0 Basílica de Guadalupe Obligatorio
NONOALCO 273° 4.9 A solicitud
PIRAMIDES 032° 19.5 Teotihuacán Obligatorio
TEPOZOTLAN 325° 18.8 Caseta de peaje, autopista México - Querétaro Obligatorio
TLALNEPANTLA 300° 9.4 A solicitud
TOPILEJO 187° 14.8 Pueblo de Topilejo Obligatorio
CERRO DE LA CALDERA 130° 8.2 Volcán La Caldera Obligatorio
XOCHIMILCO 184° 11.0 Obligatorio
11. Operación en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México
11.1 La Torre de Control México proporciona el servicio de control de aeródromo a todas las aeronaves que se encuentren dentro del circuito de tránsito de aeródromo y con base en las condiciones de tránsito conocidas u observadas.
11.2 La Torre de Control México es responsable de prevenir colisiones y de aplicar la separación establecida entre:
las aeronaves que vuelan en el circuito de tránsito del aeródromo
las aeronaves que aterrizan y despegan
11.3 Circuitos de tránsito
Todas las aeronaves evitarán los circuitos de tránsito, a menos que tengan la intención de aterrizar en el aeropuerto efectuando las piernas acorde a lo siguiente:
RWY 05L/05R: Circuito de tránsito por la izquierda.
12. Falla de Comunicación de las aeronaves de ala fija con Plan de Vuelo VFR autorizado al AICM.
12.1 Cuando una aeronave experimente falla de comunicación en las inmediaciones del aeropuerto y su destino sea el mismo, deberá cumplir con lo indicado en la sección ENR 1.1-14 numeral 3.5 de la AIP DE MÉXICO:
12.2 La aproximación y el aterrizaje, solo será posible en la pista 05L.
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PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN PARA VUELO DE HELICÓPTEROS EN EL AREA DE CONTROL TERMINAL MÉXICO
El presente procedimiento deberá ser observado obligatoriamente por cualquier helicóptero con plan de vuelo VFR que opere dentro de 40 NM con centro en VOR/DME/MEX excepto que se encuentre en situación de emergencia que lo obligue a apartarse de él.
1. Espacio aéreo
Clase D
2. Área Restringida del Aeropuerto
Se define como el espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta 9 000 FT y comprendido por la unión de las siguientes superficies:
Un paralelogramo limitado por líneas paralelas a las pistas a 1 NM a ambos lados de los ejes de las pistas
Hacia el NE: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 040° a 068° Hacia el SW: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 220° a 248°
3. Mínimos meteorológicos:
3.1 En vuelo: 3.1.1 Distancia de las nubes:
1 600 M (1 SM) horizontalmente 305 M (1 000 FT) verticalmente
3.1.2 Visibilidad:
8 KM (5 SM) a/o arriba de 3 050 M (10 000 FT) AMSL 5 KM (3 SM) por debajo de 3 050 M (10 000 FT) AMSL
3.2 Dentro de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX operando a/o por debajo de 457 M (1500 FT) de altura sobre tierra o agua:
Visibilidad no menor de 3 200 M (2 SM) durante el día y la noche Libre de nubes y con referencia visual al terreno
3.3 Con el propósito de aterrizar o despegar en el helipuerto 13-31 y en las rutas de entrada y salida entre el helipuerto y los puntos de reporte visual obligatorios hacia el Sur: NORTE ABASTOS, SUR ABASTOS y hacia el Este: CHIMALHUACAN:
Techo de nubes: 457 M (1 500 FT) Visibilidad: 1 600 M (1 SM) Visibilidad 3 200 M (2 SM) durante la noche
3.4 Los pilotos de helicópteros durante la operación en condiciones de visibilidad inferior a 3 SM, deberán mantener una velocidad de entre 60 y 80 KTS o la indicada en el manual del fabricante correspondiente, que les permita evitar colisiones: con otras aeronaves, con obstáculos en la superficie y mantener referencia o contacto visual con el terreno durante el día y la noche.
3.5 No se iniciará ningún vuelo VFR, sin antes verificar que los reportes y pronósticos meteorológicos vigentes indiquen que las condiciones meteorológicas a lo largo de la ruta o en aquella parte de la misma por la cual vaya a volarse cumplan con los mínimos prescritos para las reglas de vuelo visual o mínimos publicados para el aeropuerto en cuestión.
4. Servicio suministrado
El servicio proporcionado a los vuelos VFR es acorde con lo establecido en ENR 1.4 numeral 9.5 CLASE “D” 5. Separación proporcionada
La separación proporcionada a los vuelos VFR es acorde a lo establecido en ENR1.4 numeral 9.6 TABLA DE CLASIFICACIÓN y TABLA 1 Clasificación del Espacio ATS CLASE “D”
6. Restricciones
6.1 Restringido el vuelo VFR arriba de las altitudes máximas autorizadas, establecidas para cada sector en
las cartas visuales MMMX VAC-12 y VAC-13.
6.2 Se requiere autorización previa de la Torre de Control México para entrar al área restringida del aeropuerto señalada en la carta visual.
6.3 No se permiten vuelos NORDO.
6.4 Es responsabilidad del piloto verificar la actividad de las áreas restringidas y prohibidas denominadas como MMR y MMP, así como las áreas prohibidas temporales.
6.5 Queda prohibido volar dentro de las áreas definidas como “alertas a la navegación” (Ver ENR 5.1)
6.6 Ningún piloto de helicóptero volará cercano a la trayectoria de aproximación final y de ascenso inicial de los procedimientos por instrumentos de salida y/o llegada utilizados por aeronaves de ala fija, que pueda ocasionar un riesgo de colisión con otras aeronaves.
6.7 No se permite la operación VFR nocturna de helicópteros, a menos que se tenga una autorización previa por escrito de la autoridad aeronáutica.
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7. Procedimientos de Vuelo
7.1 Los helicópteros que deseen mantener una altitud mayor a las descritas en la carta, deberán circunnavegar el aeropuerto cuando menos a 30 NM del VOR/DME/MEX, notificando su posición y altitud en la frecuencia de control de llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área.
7.2 Los helicópteros que requieran penetrar la TMA/MEX manteniendo altitudes mayores a las especificadas en la carta, deberán notificar su posición y recabar autorización en la frecuencia de Control de Salidas Este en 120.5 MHZ o Control de Llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área.
7.3 Los helicópteros que operen dentro de un radio de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX, a/o por debajo de 457 M (1 500 FT) de altura y cuando la visibilidad sea inferior a 3 SM, deberán de mantener encendidas las luces de navegación y aterrizaje. Cuando sea posible, las luces anticolisión y/o estroboscópicas también deberán estar encendidas.
7.4 Los helicópteros que requieran volar dentro de un radio de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX se mantendrán a/o por debajo de las altitudes máximas VFR, notificaran su posición y recabarán instrucciones en la frecuencia de Helicópteros MEX en 118.15 MHZ, para proseguir a su destino vía las rutas y circuitos publicados, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área.
7.5 Se establece el Circuito Exterior para helicópteros publicado en la carta VAC-12 con el objetivo de circunnavegar las inmediaciones del AICM sin interferir con las rutas de llegada y salida hacia el mismo.
7.6 El Circuito Exterior está comprendido por la unión de los puntos de notificación VFR: CARACOL – CHICONCUAC – TEXCOCO – VOLVO – ESTRELLA – PERISUR – CENTRO LIBANES – CLUB GOLF CHAPULTEPEC – SATELITE – TLALNEPANTLA – PARQUE NACIONAL DEL TEPEYAC – CARACOL y puede ser utilizado en ambos sentidos, de acuerdo a instrucciones del ATC.
7.7 Se establece el Circuito Interior para helicópteros publicado en las cartas VAC-12 y VAC-13 para ser usado por los helicópteros que operan hacia o desde el Helipuerto 13-31 y/o los helipuertos en la Ciudad de México.
7.8 El Circuito interior está comprendido por la unión de los puntos de notificación VFR: CENTRO BANCOMER – PEMEX – NONOALCO – LA VILLA – CARACOL – CHICONCUAC – TEXCOCO – CHIMALHUACAN – PUENTE SAN JUAN, y puede ser utilizado en ambos sentidos. En el tramo comprendido entre PUENTE SAN JUAN y CENTRO BANCOMER la operación se ajustará estrictamente a las instrucciones del ATC conforme a lo descrito más adelante en 11.4 y 11.5
7.9 Se establecen puntos de espera visual al Norte del AICM sobre LA VILLA y al Sur sobre COYOTE NEZA.
7.10 Para realizar vuelos locales, de práctica o de prueba, el Concesionario, Permisionario u Operador Aéreo según sea el caso, presentará un Plan de Vuelo, debiendo notificar el inicio y el término de la operación final a los ATS correspondientes. Así mismo, evitarán volar y/o cruzar las rutas y circuitos publicados, a menos que cuenten con la autorización expresa de Helicópteros MEX.
7.11 Los pilotos de helicópteros, operando con plan de vuelo VFR, serán responsables de mantener separación visual en todo momento del vuelo; con otras aeronaves y el terreno.
8. Transponder
Todas las aeronaves de ala rotativa deberán contar con equipo transponder en modo 3 A/C o modo S a bordo y activar código en 1500 o el asignado por el ATC durante todo el tiempo de vuelo.
9. Comunicaciones
9.1 Se establece la frecuencia para el Servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros (Helicópteros MEX) en 118.15 MHZ dentro de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX, con un horario de operación de las 1300/0300 TSC 1200/0200 TVC.
9.2 Todos los helicópteros que operen dentro del Área Terminal México, sintonizarán la frecuencia del Servicio Automático de Información Terminal (D-ATIS) en 127.650 MHZ y ajustarán su altímetro al valor QNH vigente. Informando en el primer contacto a Helicópteros MEX que cuenta con la información vigente a bordo.
9.3 Los helicópteros en sobrevuelo o con destino al AICM, o algún helipuerto ubicado dentro del Circuito Exterior publicado, notificaran su posición e intenciones al encontrarse a 15 NM del VOR/DME/MEX o al sobrevolar algún punto de reporte visual equivalente o tan pronto como sea posible, en la frecuencia de Helicópteros MEX en 118.15 MHZ, donde recibirán información e instrucciones para proseguir a su destino mediante las trayectorias visuales publicadas.
9.4 Todas las aeronaves que vuelen en las rutas y circuitos publicados dentro de un radio de 15 NM del VOR/DME/MEX deberán mantener comunicación en la frecuencia de Helicópteros MEX durante el horario establecido, hasta recibir autorización para abandonar la frecuencia.
9.5 Fuera del horario de operación de la frecuencia de Helicópteros MEX (0300/1300 TSC 0200/1200 TVC), los helicópteros recabarán autorizaciones e instrucciones en la frecuencia de TWR MEX en 118.55 MHZ.
9.6 Utilizarán la frecuencia para monitoreo e intercambio de información entre pilotos en vuelo (CTAF 122.5 MHZ) en el Área de Control Terminal México, cuando operen fuera de las rutas y circuitos publicados.
9.7 Utilizarán la frecuencia FIS en 126.9 MHZ, para recabar información meteorológica y operacional disponible útil para la operación segura y eficaz de los vuelos de helicópteros, cuando operen fuera de 15 NM del VOR/DME/MEX.
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10. Puntos de notificación VFR para helicópteros.
Denominador
Radial (°)
Distancia (NM) Ubicación Tipo
VOR/DME/MEX
ARENAL 146° 0.8 Colonia Arenal Obligatorio
CARACOL 017° 8.6 Plaza las Américas, Ecatepec. Obligatorio
CENTRO BANCOMER 225° 7.0 Corporativo Bancomer, Av. Universidad Obligatorio
CENTRO LIBANES 229° 11.0 A solicitud
VOLVO 130° 8.2 Volcán La Caldera Obligatorio
CHALCO 129° 14.0 Obligatorio
CHICONCUAC 049° 12.0 A solicitud
CHIMALHUACAN 090° 6.8 Obligatorio
CNA 213° 6.0 Centro Nacional de las Artes (Calz. Tlalpan y Circuito Interior)
A solicitud
ESTRELLA 187° 6.0 Cerro de la Estrella A solicitud
CONAGUA 223° 9.0 Edificio CONAGUA A solicitud
COYOTE NEZA 141° 3.2 Monumento Coyote Cd. Neza A solicitud
CLUB GOLF CHAPULTEPEC 263° 10.0 Obligatorio
POETAS 238° 12.0 Glorieta de los Poetas Obligatorio
LA VILLA 305° 4.0 Basílica de Guadalupe Obligatorio
NONOALCO 273° 4.9 Tlatelolco A solicitud
PIRAMIDES 032° 19.5 Teotihuacan Obligatorio
NORTE ABASTOS 195° 4.0 Central de Abastos Obligatorio
PARQUE NACIONAL TEPEYAC
336° 7.0 A solicitud
PEMEX 265° 6.0 Obligatorio
PERISUR 215° 11.0 Centro Comercial Perisur A solicitud
ROJO GÓMEZ 179° 2.1 Calz. I. Zaragoza y J. Rojo Gómez Obligatorio
PUENTE SAN JUAN 163° 2.5 Calz. I. Zaragoza y puente Canal de San Juan Obligatorio
SATELITE 285° 10.0 Obligatorio
SUR ABASTOS 186° 4.4 Central de Abastos Obligatorio
TEPOZOTLAN 325° 18.8 Caseta de peaje, autopista México - Querétaro Obligatorio
TEXCOCO 062° 11.0 Obligatorio
TLALNEPANTLA 300° 9.4 A solicitud
TOPILEJO 187° 14.8 Pueblo de Topilejo A solicitud
VIVEROS 222° 8.0 Viveros de Coyoacan A solicitud
XOCHIMILCO 184° 11.0 Obligatorio
ZARAGOZA 190° 1.9 Calz. I. Zaragoza y Río Churubusco. Obligatorio
11. Operación en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México
11.1 La Torre de Control México a través del Servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros (Helicópteros MEX) proporciona servicios de Control de Tránsito Aéreo con base en las condiciones de tránsito conocidas u observadas.
11.2 El Servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros (Helicópteros MEX) es responsable de:
Aplicar separación establecida entre los helicópteros que aterrizan y despegan en áreas visibles desde TWR dentro del AICM
Proporcionar información de tránsito conocido en plataformas y helipuertos autorizados que no son visibles desde TWR.
Aplicar separación visual en rutas publicadas de entrada y salida desde el AICM hasta los puntos de reporte visual obligatorios: SUR ABASTOS, NORTE ABASTOS y CHIMALHUACAN.
Proporcionar información de tránsito conocido a las aeronaves que vuelen dentro o pretendan cruzar las rutas de entrada y salida, y el circuito exterior publicados.
11.3 Despegues
a) Rodaje ECO: Previa autorización de Helicópteros MEX, efectuar la carrera de despegue siguiendo el eje del rodaje ECO con rumbo NE, a través del Helipuerto 13/31 virar por la derecha hacia la Alameda Oriente a una altitud no mayor a 7 800 FT y proseguir con la ruta de salida autorizada.
b) Forma 31: Previa información de tránsito de Helicópteros MEX, despegar con rumbo 310° y efectuar viraje a la derecha sin rebasar el rodaje ECO hacia la Alameda Oriente a una altitud no mayor a 7 800 FT y proseguir con la ruta de salida autorizada.
c) Forma 13: Previa información de tránsito de Helicópteros MEX, despegar con rumbo 130° hacia el ARENAL y al alcanzar 7 800 FT proseguir con la ruta de salida autorizada.
11.4 Rutas de salida.
a) Salida Este: Abandonar la Alameda Oriente o ARENAL con rumbo hacia CHIMALHUACAN en ascenso a 8 300 FT y proseguir con la ruta autorizada hasta recibir instrucciones para abandonar la frecuencia.
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b) Salida Sur: Abandonar la Alameda Oriente o ARENAL con rumbo hacia PUENTE SAN JUAN en ascenso a 8 300 FT. Continuar hacia SUR ABASTOS y proseguir
con la ruta autorizada hasta recibir instrucciones para abandonar la frecuencia.
11.5 Rutas de Llegada.
a) Llegada Este: De CHIMALHUACAN proseguir hacia ARENAL manteniendo una altura mínima de 500 FT sobre el terreno y continuar la aproximación de acuerdo a las instrucciones de Helicópteros MEX.
b) Llegada Sur: De NORTE ABASTOS proseguir hacia ROJO GÓMEZ y posteriormente hacia ARENAL manteniendo una altura mínima de 500 ft sobre el terreno y continuar la aproximación de acuerdo a las instrucciones de Helicópteros MEX.
11.6 Aproximación y aterrizaje:
a) Forma 31: De ARENAL efectuar aproximación directa al Helipuerto 13-31 debiendo verificar que el área de aterrizaje esté libre.
b) Forma 13: De ARENAL, interceptar tramo a favor del viento por la izquierda, virar a final
sin rebasar el rodaje DELTA debiendo verificar que el área de aterrizaje este libre.
c) Rodaje ECO: De ARENAL sobrevolar el helipuerto 13-31, virar por la izquierda a interceptar la calle de rodaje ECO y continuar con rodaje aéreo hacia la plataforma de destino de acuerdo con las instrucciones del ATC.
12. Falla de comunicación de los helicópteros con Plan de Vuelo VFR autorizado al AICM.
Cuando un helicóptero experimente falla de comunicación en las inmediaciones del AICM y su destino sea el mismo, deberá cumplir con lo siguiente:
a) Observar y evitar el tránsito de aeródromo incluyendo las rutas y circuitos publicados. b) Activar código transponder para falla de comunicación (RCF) en 7600
c) En la medida de lo posible volar hacia ARENAL.
Si el destino es el Helipuerto 13-31 verificar que el área de aterrizaje se encuentre libre y una vez en tierra reportar su llegada a la OSIV por el medio más expedito posible.
Si el destino es una plataforma dentro del área de movimiento, proseguir de ARENAL sobrevolando el Helipuerto 13-31 virar por la izquierda sin rebasar el rodaje DELTA y descender en la intersección de los rodajes ECO 2 y ECO, y esperar señales luminosas de TWR para proseguir a su destino.
13. Procedimiento para helicópteros en asistencia de emergencias.
13.1 Se define como Área de Emergencia aquella porción del espacio aéreo establecido por la Autoridad Aeronáutica, en la cual participan helicópteros en operaciones de rescate, búsqueda y salvamento. Esta área tiene como dimensiones desde la superficie del terreno hasta 500 FT y 2 NM de radio en la horizontal desde el punto en el que se desarrolla la emergencia. No se permite el vuelo dentro de esta área a operaciones de helicópteros con fines diferentes.
13.2 Las autorizaciones para entrar en apoyo a un Área de Emergencia, se coordinan a través de la Autoridad Aeronáutica en la frecuencia CTAF 122.5 MHZ o la asignada para este fin.
13.3 El inicio y terminación de las operaciones en un Área de Emergencia se hará a través de la frecuencia CTAF 122.5 MHZ.
13.4 Los helicópteros que operen dentro de un Área de Emergencia deberán:
Antes de penetrar el Área de Emergencia; reportar en la frecuencia CTAF 122.5 MHZ o la asignada, su posición e intenciones y determinar la posición y altura de otros tránsitos en el área.
Volarán en círculos de 360° alrededor del punto de emergencia con virajes a la derecha y a una distancia no menor de 1 NM.
Excepto para despegar o aterrizar, se mantendrán a una altura no menor de 500 FT sobre el área.
13.5 Los helicópteros que no estén relacionados con la actividad de rescate, búsqueda y salvamento, y/o vigilancia y pretendan sobrevolar el área de la emergencia, deberán hacerlo con virajes por la derecha y a una altura no menor de 800 FT
14. Procedimiento para apertura y cierre de Plan de Vuelo.
14.1 Todo Concesionario, Permisionario u Operador Aéreo que opere o pretenda operar aeronaves de ala rotativa dentro del espacio aéreo de los Estados Unidos Mexicanos, deberá presentar para su aprobación ante la Autoridad Aeronáutica previo al vuelo, un plan de vuelo de la forma y contenido expresados en la AIP de México y la normatividad vigente.
14.2 La vigencia de los Planes de Vuelo FPL (incluye los LCL y FPQ) es de 1:30 horas, a partir del ETD consignado en el plan de vuelo.
14.3 Para mantener vigente el Plan de Vuelo presentado FPL, se deberá notificar cualquier cambio al mismo para conocimiento de la Autoridad Aeronáutica y los ATS, si el plan de vuelo fue presentado a la OSIV, el cambio deberá notificarse a la misma, antes de que la vigencia del Plan de Vuelo haya concluido.
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14.4 Si el vuelo no se inicia dentro del periodo de vigencia, el ATS cancelará automáticamente el Plan de Vuelo debiéndose presentar un nuevo Plan de Vuelo antes de la salida. Los Planes de Vuelo se mantendrán activos siempre y cuando se notifique al ATS la nueva hora de salida.
14.5 Al solicitar la ampliación del Plan de Vuelo, deberá recabar la información meteorológica y operacional correspondiente al nuevo ETD.
14.6 Cuando se requiera modificar la ruta o el destino durante el vuelo dentro de 15 NM del VOR/DME/MEX deberá solicitar autorización en la frecuencia de Helicópteros MEX. Fuera de 15 NM del VOR/DME/MEX deberá notificar dicha modificación al FIS en la frecuencia 126.9 MHZ.
14.7 La Oficina del Servicio de Información de Vuelo OSIV, será el conducto para la notificación del Plan de Vuelo Presentado FPL o el Plan de Vuelo Grabado FPQ, este último en la frecuencia FIS en 126.9 MHZ y/o el número telefónico 01 (55) 55589266. Ambos con una antelación mínima de 10 minutos del ETD. Debiendo cumplir con la normatividad vigente aplicable.
S
M
O
MATEOVOR/DME 112.1
SMO193320N 0991342W
M
E
X
MEXICOVOR/DME 115.9
MEX192618N 0990408W
6 NM
8 NM
8 NM
10 NM
HERMANOS SERDAN7361 L H 118
BENITO JUAREZ7316 L H 130
ATIZAPAN DE ZARAGOZA8120 - H 43
LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS8466 L H 137
PAPI 3°IZQ
PAPI 3°
IZQ
VOLCANPOPOCATEPETL
6500 AMSLGNDD
ATZ CUERNAVACA
118.35
1
2 3
45 678
5580
7220
7220
7220
7220
8860
8860
8860
8860
8860
8860
8860
8860
8860
10500
10500
10500
10500
10500
10500
12140
12140
12140
12140
13780
13780
17930
17158VOLCANIZTACCIHUATL
12106
11516
12894
12664
12106
10958
11188
11549
9514
10270
8809
9842
10014
10006
1351411815
9514
10690
9700
9200
88009900
10000 8300
8300
8300
10800
10700
10700
10500
10500
10500
11500 11500
11500
11500
11500
11500
1450012500
13500
1350013000
12500
11500
11500
10500
13000
12500
14500
10000
9400
10300
8300
12000
10500
19500
154°
102°
072°
056°
350°
068°
30 NM
TEPOZOTLAN PIRAMIDES
CARACOL
CHALCO
TOPILEJO
XOCHIMILCO
CERRO DE LACALDERAESTRELLA
TLALNEPANTLA
LA VILLANONOALCO
ACTIVADA EL AREAAERONAVES CIVILES VFRSOLICITAR AUTORIZACIONEN 118.5 PARA PENETRAR HORARIO HJ
AERONAVES CIVILES VFRSOLICITAR AUTORIZACIONEN 118.5 PARA PENETRAR HORARIO HJ
20 NM
13 N
M15 NM
100°102°
110°
079°
120°
8 NM
7 NM
6 NM
015°
4 NM290°
3 NM
9 NM
248°
215° 10 NM170°
20 NM 25
NM
123°
30 NM
134°
14 NM 120°
20 NM
10 NM
335°
7 NM
3 NM
030°
9 NM
240°
280°
289°
30 NM
20 NM
317°
T
L
C
TOLUCAVOR/DME 114.3
TLC191958N 0993340W
CUAUTLAVOR/DME 116.3
CUA184707N 0985403W
P
B
C
PUEBLAVOR/DME 115.2
PBC190939N 0982213W
S
L
M
LUCIAVOR/DME 116.6
SLM194434N 0990147W
A
P
N
APANVOR/DME 114.8
APN193814N 0982355W
K
OM
F QH
LN
E
A
B
C
DI J
G
P
MMR-11210500GND
MMP-11310000GND
MMR-10010000GND
MMR-12410500GND
MMR-159UNLGND
99°30'0"W
99°30'0"W
99°15'0"W
99°15'0"W
99°0'0"W
99°0'0"W
98°45'0"W
98°45'0"W
98°30'0"W
98°30'0"W
19°0
'0"N 19
°0'0"
N
19°1
5'0"N 19°1
5'0"N
19°3
0'0"N 19°3
0'0"N
19°4
5'0"N 19°4
5'0"N
20°0
'0"N 20
°0'0"
N
COMUNICACIONES:TWR/MEX
SALIDAS E
118.55, 118.7
120.5
0 10KM
0 5NM
TWR/SLM 118.5
FISEMERG 121.5
126.9D-ATISLLEGADAS 129.6
CHALCOESTRELLA
PIRAMIDESTLALNEPANTLATOPILEJO
CERRO DE LA CALDERA
LA VILLA
CARACOL
NONOALCOXOCHIMILCO
127.650
SALIDAS W 129.1
TEPOZOTLAN
APP 121.2FINAL MEX 119.75CD 122.1
SMC 121.85, 121.0
-EVITAR RUTAS Y CIRCUITOS DE HELICOPTEROS VER AD-MMMX-VAC-12 Y AD-MMMX-VAC-13
A D - M M M X - VA C - 8
CARTA DE APROXIMACION VISUAL
MEXICO
AIP DE MEXICO SCT-DGAC-SENEAM
CAMBIOS: ALTITUD VFR, NOTAS, FREQ D-ATIS Y CTAF
13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14
CTAF 122.5
ALA FIJA
ESCALA 1:500 000
BENITO JUAREZ
ELEV AD 7316 FTLAS ALTURAS ESTAN
REFERIDAS A LA ELEV AD
ALERTAS A LA NAVEGACION:
MMP-1MMP-2MMP-3MMP-6MMP-7MMR-8MMP-9MMP-10MMP-11
MMP-12MMP-13MMP-14MMP-16MMP-17MMP-18MMP-19MMP-20
PUNTOS DE NOTIFICACION VFR:
ABCDEFGHI
JKLMNOPQ
VER ENR 5.1
VAR
6° E
ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES.DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS.LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS.
OBSTACULOS:TORRE ALTUSWTCSCTTORRE MAYORTORRE PEMEXTORRE LATINOAMERICANA
123456
HOTEL NIKKO7HOTEL PRESIDENTE8
91708097776681488113809478647824
(1854)(781)(450)(832)(797)(778)(548)(508)
M
E
X
MEXICOVOR/DME 115.9
MEX192618N 0990408W
MMP-98000GND
MMP-1218000GND
MMP-1118000GND
MMP-68400GND
MMR-11210500GND
BENITO JUAREZ7316 L H 130
TORRE LATINOAMERICANA
8094(778)
PAPI 3°IZQ
7550
7550
7550
7550
7550
8550
8550
8550
955010210
MOTOR Y AL AIREASCIENDA EN RUMBO DE PISTA HASTAALCANZAR 7600 FT, EFECTUE VIRAJE ALA IZQUIERDA A INTERCEPTAR TRAMOA FAVOR DEL VIENTO HACIA EL FIJOINTERMEDIO Y ESPERE INSTRUCCIONESDEL ATC.
DE SLM
1100
018
0°SL
M
D-10 MEX
D-4 MEX
6 NM
2.6 N
M36
0°ME
X
INICIALD-1.4 MEX
INTERMEDIO
BASICO
FINAL
2 NM
1 NM
0.8 NM 060°123°
238°
227°
LA VILLA
TAPO
CERRODEL PEÑON
BOSQUE DEARAGON
PRECAUCION:ANTENA RADAR CERRO DEL PEÑON
2325 M (7628 FT)
99°5'0"W
99°5'0"W
99°0'0"W
99°0'0"W
19°2
5'0"N
19°3
0'0"N
19°3
5'0"N
COMUNICACIONES
CARTA DE APROXIMACION VISUAL
AIP DE MEXICO SCT-DGAC-SENEAM
CAMBIOS: DESIGNADOR CARTA, MMP, FREQ D-ATIS, LLEGADAS Y CTAF
13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14
ELEV AD 7316 FT
AD-MMMX-VAC-9
DEL RADIAL 360° Y D-10 DEL VOR/DME/MEXPROSIGA EN ALTITUDES Y RUMBOS INDICADOSY REPORTE AEROPUERTO A LA VISTA PARACONTINUAR DE ACUERDO A INSTRUCCIONESDEL ATC.
MEXICOP I S TA 0 5 L
D-ATISCDTWRLLEGADASAPPFINAL MEXEMERGCTAF
127.650122.1118.55, 118.7129.6121.2119.75121.5122.5
ESTE PROCEDIMIENTO ES SOLOPARA OPERACIONES CON EQUIPOTURBOHELICE BAJO CONDICIONESVMC ENTRE SR Y SS. SE REQUIEREAUTORIZACION DEL ATC.
MINIMOS DE APROXIMACION2000 FT - 5 SM (8000 M)
LUCES DE ATERRIZAJE DE LA AERONAVEENCENDIDAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO.
ESCALA 1:130 000
LAS ALTURAS ESTANREFERIDAS A LA ELEV AD
BENITO JUAREZ
0 3NM
0 6KM
ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES.DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS.LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS.
VAR
6° E
M
E
X
MEXICOVOR/DME 115.9
MEX192618N 0990408W
MMP-98000GND
MMP-78400GND
MMP-179000GND
MMP-148500GND
MMP-1218000GND
MMP-1118000GND
MMP-68400GND
BENITO JUAREZ7316 L H 130
TORRE LATINOAMERICANA
SCT7766
8094(778)
(450)
7550
7550
7550
7550
7550
7550
7550
8550
8550
8550
85509210
9210
9210
9210
8550
8550
8550
ASCE
NSO
VISUA
L "AL
FA"
ASCENSO VISUAL "BRAVO"
ASCENSO VISUAL "CHARLIE"
020°
110°
140°
CARTA DE ASCENSOVISUAL
SCT-DGAC-SENEAM
CAMB
IOS:
DES
IGNA
DOR
CART
A, M
MP, F
REQ
D-AT
IS Y
CTAF
13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14
ASCENSO VISUAL "ALFA"ASCIENDA EN RUMBO DE PISTA 05L HASTA EL UMBRAL 23R, VIRE A LA IZQUIERDA EN RUMBO020° Y ESPERE VECTORES RADAR, EN CASO DE FALLA DE COMUNICACION A 4 DME DELVOR/DME/MEX PROSIGA A INTERCEPTAR LA SID ASIGNADA. MANTENGA VISUAL A TRAVES DE12000 FT.
MEXICO
AD-MMMX-VAC-10
ASCENSO VISUAL 05 R/L
ELEV AD 7316D-ATISCDTWRSALIDAS ESALIDAS WSMCACC/MEX/SEC 1ACC/MEX/SEC 2ACC/MEX/SEC 3EMERGCTAF
127.650122.1118.55, 118.7120.5129.10121.85, 121.0126.6128.0128.5121.5122.5
ASCENSO VISUAL "BRAVO"
ASCENSO VISUAL "CHARLIE"
MINIMOS DE DESPEGUE2000 FT - 5 SM (8000 M)
ESTE PROCEDIMIENTO ES SOLO PARA OPERACIONESCON EQUIPO TURBOHELICE BAJO CONDICIONES VMCENTRE SR Y SS. SE REQUIERE AUTORIZACION DEL ATC.
ESTE PROCEDIMIENTO ES SOLO PARA OPERACIONESCON EQUIPO TURBOHELICE BAJO CONDICIONES VMCENTRE SR Y SS. SE REQUIERE AUTORIZACION DEL ATC.
ASCIENDA EN RUMBO DE PISTA 05R HASTA EL UMBRAL 23L, VIRE A LA DERECHA EN RUMBO110° Y ESPERE VECTORES RADAR, EN CASO DE FALLA DE COMUNICACION A 4 DME DELVOR/DME/MEX PROSIGA A INTERCEPTAR LA SID ASIGNADA. MANTENGA VISUAL A TRAVES DE14000 FT.
ASCIENDA EN RUMBO DE PISTA 05R HASTA EL UMBRAL 23L, VIRE A LA DERECHA EN RUMBO140° Y ESPERE VECTORES RADAR, EN CASO DE FALLA DE COMUNICACION A 4 DME DELVOR/DME/MEX PROSIGA A INTERCEPTAR LA SID ASIGNADA. MANTENGA VISUAL A TRAVES DE14000 FT.
99°5'0"W 99°0'0"W 98°55'0"W
19°3
0'0"N
19°2
5'0"N
19°2
5'0"N
19°3
0'0"N
19°2
0'0"N
19°2
0'0"N
ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES.DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS.LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS.
VAR
6° E
BENITO JUAREZLAS ALTURAS ESTANREFERIDAS A LA ELEV AD
ESCALA 1:229 0000 3NM
0 6KM
PUENTESAN JUAN
ZARAGOZAROJO GOMEZ
PEMEXARENAL
TORRE LATINOAMERICANA
ESTADIOAZTECA
ESTADIOOLIMPICO
ESTADIOAZULPLAZA
MEXICO
PALACIO DELOS DEPORTES
040°
220°
248°
C. CHIQUIHUITE
10800PARQUENACIONALTEPEYAC
SATELITE
CLUB GOLFCHAPULTEPEC
COYOTENEZA
TEXCOCO
CHICONCUAC
SURABASTOS
NORTEABASTOS
PERISUR
POETAS
CENTROLIBANES
CONAGUA
CENTROBANCOMER
CNAVIVEROS
TOPILEJO
PIRAMIDES
ESTRELLA
11500
8300
193°
154°
15 NM
20 NM
110°
102°
14500
072°
MMR-10010000GND
MMR-11210500GND
MEXICOVOR/DME 115.9
MEX192618N 0990408W
M
E
X
TORRE MAYOR
ALAMEDA ORIENTE
MATEOVOR/DME 112.1
SMO193320N 0991342W
S
M
O
BENITO JUAREZ7316 L H 130
ATIZAPAN DE ZARAGOZA8120 - H 43
8094(778)
8148(832)
TORRE PEMEX8113(797)
HOTEL NIKKO7864(548)HOTEL PRESIDENTE
7824(508)
TORRE ALTUS9170
(1854)
SCT
7766(450)
WTC
8097(781)
7550
7550
7550
7550
7550
7550
7550
8550
8550
8550
8550
8550
8550
8550
8550
8550
8550
8550
8550
9210
9210
9210
9550
9550
9550
9550
9550
9550
10210
10210
1055010550
11550
11550
1155012550
13210
R
R
9700
9200
8800
9900
10000
8300
8300
8300
11500
11500
GND
GND
10500
13500
10500
10500
12500
068°
TEPOZOTLAN
CARACOL
CHALCO
XOCHIMILCO
VOLVO
TLALNEPANTLA
LA VILLA
NONOALCO
CHIMALHUACAN
13 N
M
100°
079°
120°
8 NM
7 NM
6 NM
015°
4 NM290°
3 NM
9 NM
248°
215°
10 NM170°
240°
280°
20 NM
JESUSDEL MONTE
SANTAROSA
6 NM
K
O
MF
Q
H
LN
E
A
B
C
D
IJ
G
P
DE SLM
99°20'0"W
99°20'0"W
99°10'0"W
99°10'0"W
99°0'0"W
99°0'0"W
98°50'0"W
98°50'0"W
19°2
0'0"N
19°3
0'0"N
19°4
0'0"N
COMUNICACIONES:TWR/MEX
SALIDAS E
118.55, 118.7
120.5
0 10KM
0 5NM
A D - M M M X - VA C - 1 2
TWR/SLM 118.5
FISEMERG 121.5
126.9D-ATISLLEGADAS 129.6
127.650
SALIDAS W 129.1
CTAF 122.5
AVISO DE SEGURIDADTODAS LAS TRIPULACIONES EN VUELO EN EL AREA DE LA CIUDAD DE MEXICO DEBERAN ESTAR ATENTAS A LASAERONAVES TURBOREACTORAS EN EL PROCEDIMIENTODE APROXIMACION AL AICM Y MANTENERSEOBLIGATORIAMENTE DENTRO DE LOS LIMITES Y ALTITUDESPUBLICADAS.
CD 122.1APP 121.2FINAL MEX 119.75SMC 121.85, 121.0
HELICOPTEROS MEX 118.15
CARTA DE APROXIMACION VISUAL
MEXICOHELICOPTEROS
AIP DE MEXICO SCT-DGAC-SENEAM
CAMBIOS: ALTITUD, RUTAS, PUNTOS DE REPORTE VFR, FREQ D-ATIS
13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14
DE TL
CA T
LC
ALERTAS A LA NAVEGACION:
MMP-1MMP-2MMP-3MMP-6MMP-7MMR-8MMP-9MMP-10MMP-11
MMP-12MMP-13MMP-14MMP-16MMP-17MMP-18MMP-19MMP-20
ELEV AD 7316 FT
PUNTOS DE NOTIFICACION VFR:
ABCDEFGHI
JKLMNOPQ
VER PAGINA MMMX VAC-5 Y MMMX VAC-6
ESCALA 1:221 000
BENITO JUAREZ
LAS ALTURAS ESTANREFERIDAS A LA ELEV AD
VER ENR 5.1
ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES.DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS.LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS.
VAR
6° E
PUENTESAN JUAN
ZARAGOZAROJO GOMEZ
PEMEX
ARENAL
TORRE LATINOAMERICANA
WTC
ESTADIOAZTECA
ESTADIOOLIMPICO
ESTADIOAZUL
PLAZAMEXICO
PALACIO DELOS DEPORTES
040°
220°
248°
COYOTENEZA
SURABASTOS
NORTEABASTOS
PERISUR
CONAGUA
CENTROBANCOMER
CNAVIVEROS
ESTRELLA
8300154°
MEXICOVOR/DME 115.9
MEX192618N 0990408W
M
E
X
TORRE MAYOR
ALAMEDAORIENTE
8300
830010000
1050013500
BENITO JUAREZ7316 L H 130
SCT
HOTEL NIKKOHOTEL PRESIDENTE
TORRE PEMEX
8097(781)
7766(450)
8094(778)
8148(832)
8113(797)
7864(548)7824(508)
7550
7550
7550
7550
7550
95508550
8210
85508210
82107550
8550R
R
9200
88009900
8300
GND
GND
VOLVO
LA VILLA
NONOALCO
CHIMALHUACAN
079°
120° 7 NM
6 NM
015°
4 NM
290°
3 NM
9 NM
215°
10 NM170°
6 NM
O
MF
Q
H
LN
E
A
D
I
J
99°10'0"W
99°10'0"W
99°0'0"W
99°0'0"W
19°2
0'0"N 19°2
0'0"N
19°3
0'0"N 19°3
0'0"N
COMUNICACIONES:TWR/MEX
SALIDAS E
118.55, 118.7
120.5
ALERTAS A LA NAVEGACION:
MMP-1MMP-2MMP-3MMP-6MMP-7MMR-8MMP-9MMP-10MMP-11
MMP-12MMP-13MMP-14MMP-16MMP-17MMP-18
0 6KM
0 3NM
MMP-19MMP-20
A D - M M M X - VA C - 1 3
TWR/SLM 118.5
FISEMERG 121.5
126.9D-ATISLLEGADAS 129.6
127.650
ELEV AD 7316 FT
PUNTOS DE NOTIFICACION VFR:
ABCDEFGHI
JKLMNOPQ
SALIDAS W 129.1
CTAF 122.5
CD 122.1APP 121.2FINAL MEX 119.75SMC 121.85, 121.0
VER PAGINA MMMX VAC-5 Y MMMX VAC-6
HELICOPTEROS MEX 118.15
CARTA DE APROXIMACION VISUAL
MEXICOHELICOPTEROS
AIP DE MEXICO SCT-DGAC-SENEAM
CAMBIOS: CARTA NUEVA
13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14
ESCALA 1:96 000
BENITO JUAREZ
ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES.DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS.LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS.
VAR
6° E
LAS ALTURAS ESTANREFERIDAS A LA ELEV AD
VER ENR 5.1
AVISO DE SEGURIDADTODAS LAS TRIPULACIONES EN VUELO EN EL AREA DE LA CIUDAD DE MEXICO DEBERAN ESTAR ATENTAS A LASAERONAVES TURBOREACTORAS EN EL PROCEDIMIENTODE APROXIMACION AL AICM Y MANTENERSEOBLIGATORIAMENTE DENTRO DE LOS LIMITES Y ALTITUDESPUBLICADAS.