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    2da. quincena,

    DICIEMBRE 2010

    REVISTA DE ASESORA ESPECIALIZADA C1

    Informativo

    Caballero Bustamante

    Valuacin y Provisinal cierre del ejercicio

    En el presente Informe, se aborda respecto al reconocimiento delas Prdidas Valorativas estimadas as como las provisiones que sedeben realizar de acuerdo con las NIIFs, as como su correspon-diente Incidencia Tributaria.

    1. Alcances contables sobre las Provisiones

    a) Prdidas Valorativas Un principio bsico es el hecho que los activos no deben valorarseen libros por encima de los importes que se espera obtener deellos a travs de su venta o uso. En base a este criterio, al trminode cada perodo se verifica la existencia de un deterioro y de co-rresponder, se efecta el ajuste valorativo del activo por la prdidade beneficios econmicos futuros. De esta forma se trata de unacorreccin en el valor de un activo previamente reconocido.

    Segn el tipo de activo, el procedimiento para determinar la prdi-da en bienes valuados al costo la podemos encontrar en: NIC 39: Instrumentos nancieros-reconocimiento y medicin

    para cuentas por cobrar. NIC 2: Existencias.

    NIC 36: Desvalorizacin de activos.b) Provisin Desde una perspectiva contable debe entenderse por provisin

    a aquella suma o pasivo en el que existe incertidumbre acerca desu cuanta o vencimiento(1). Puede afirmarse entonces que la pro-visin consiste en un resguardo que estima una prdida potencialo contingente traducida en una obligacin. Por su parte, cabe se-alar que dicha provisin, tal como se ha indicado, supone afectaruna suma moderadamente incierta, pero cuyo clculo (de la suma,entendemos) resulta altamente estimable.

    Las provisiones generan un pasivo regulado por la NIC 37 en pre-ferencia, aunque tambin se regulan en las NICs 11, 12 y 19: Be-necios a los trabajadores, y NIIF 4: Contratos de seguros.

    2. Alcances Tributarios

    Para efectos tributarios, cabe sealar que una de las razones por las

    INFORME ESPECIAL

    CONTENIDO

    Informe EspecialC1 Valuacin y Provisin al cierre del ejercicio

    Casustica ContableC6 AguinaldosC7 Existencias

    PROVISIONES SEGN EL CRITERIO TRIBUTARIO

    Reguladas

    Cobranza dudosa Vacaciones Benecios sociales

    Depreciacin y amortizacin

    Deducibles sise cumplenrequisitos

    No Reguladas Las dems No deducibles (literal f)

    artculo 44 de la LIR)

    cuales la legislacin del Impuesto a la Renta en nuestro pas no permitela deducibilidad de las provisiones estriba fundamentalmente en questas suponen el reconocimiento de una prdida potencial o virtual. Porende, no resulta admisible establecer la base imponible del Impuesto ala Renta merced a estimaciones sustentadas en eventuales prdidasque no se han verificado y cuya valoracin puede llegar a ser fiscalmen-te discutible, sin perjuicio de trastocar la real capacidad contributivadel sujeto.

    Por dicha razn, se regula en el literal f) del artculo 44 del TUOde la LIR la no deducibilidad de las asignaciones destinadas a laconstitucin de reservas o provisiones cuya deduccin no admita estaLey (LIR). Sin embargo, de manera excepcional el legislador tribu-tario ha permitido la deducibilidad de algunas siempre y cuando secumplan con los requisitos que sta establezca. As las cosas, slocuando la LIR, de manera expresa admita que un ajuste valorativoo una provisin es deducible, sta ser considerada a efectos de ladeterminacin de la renta neta de tercera categora, de lo contrarioel reparo por dicho concepto es inminente. No obstante lo ante-rior, es claro que dicha provisin reparada ser considerada comouna susceptible deduccin de la renta bruta en el ejercicio en que laprdida se realice, en tanto se observen los requisitos y condiciones

    tributarias exigibles.De lo reseado en los prrafos precedentes podemos extraer quela prdida no realizada, as como los pasivos probables determi-nados y que en aplicacin del principio de prudencia contable (2)sereconocen con la nalidad de mostrar razonable y conablemente susituacin nanciera en previsin que tal posibilidad razonablementepueda ocurrir, no necesariamente es deducible.

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    INFORMATIVO CONTABILIDAD Y AUDITORA

    2da. quincena, DICIEMBRE 2010

    REVISTA DE ASESORA ESPECIALIZADAC2

    Informativo

    Caballero Bustamante

    3. Utilizacin del Plan Contable General Empresarial

    Mediante la Resolucin N 041-2008-EF/94 (25.10.2008) en ade-lante la Resolucin, se aprob el Plan Contable Empresarial, el mismoque entrar en vigencia el 01.01.2011. Complementariamente a ello,

    a travs de la Resolucin N 043-2010-EF/94 (12.10.2010),se apruebala versin modicada del Plan Contable General Empresarial produ -cindose las modificaciones siguientes: Cambios en las denominaciones de las cuentas. Cambios a nivel de subcuentas, divisionarias y subdivisionarias

    tanto a nivel de denominaciones como incorporacin de un mayornivel de detalle.

    Eliminacin de subcuentas, divisionarias y subdivisionarias. Reclasificacin de algunas operaciones a ser reflejadas en otras

    cuentas. Modificacin en los comentarios con respecto de la dinmica a

    seguir.

    En virtud a lo sealado vamos a desarrollar complementariamenteen el presente informe, la dinmica establecida en el PCGE modica-do respecto de los tpicos materia de anlisis.

    4. Provisiones

    4.1 Cuentas de cobranza dudosa - Deterioro de activos financieros

    4.1.1. Tratamiento Contable De conformidad con las NIIFs, el reconocimiento de ingresos

    conlleva el cumplimiento de determinados requisitos cuya cons-titucin genera de manera paralela el reflejo contable de un de-recho de cobro o cuenta por cobrar. En ese contexto, las cuentaspor cobrar califican como instrumentos financieros, dentro de lacategora de activos financieros, ya que son un derecho contrac-tual a recibir en efectivo u otro activo financiero por parte de otraempresa, con lo cual le resultan de aplicacin la regulacin se-alada en la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimientoy Medicin.Si bien el reconocimiento inicialmente de los referidos activosfinancieros se presenta al costo, no obstante ello, dichos acti-vos se encuentran sujetos a una revisin peridica con el fin dedetectar un deterioro a consecuencia de diversas situaciones dediversa ndole tales como dificultades financieras que imposibi-litan la cobranza, la existencias de fraudes o incumplimientoscontractuales, lo cual genera que las empresas reconozcan unaprovisin al producirse un deterioro del valor del importe recu-perable inicialmente esperado. Al respecto, el prrafo 109 de laNIC 39, seala que se producir un deterioro del valor en unactivo financiero(3)cuando su valor en libros sea mayor que suimporte recuperable estimado. Bajo ese panorama, y desde unaperspectiva contable, la referida NIC concluye que de advertirselos hechos antes indicados el valor en libros del activo (financie-ro, se entiende) debe ser reducido a su importe recuperable es-timado para lo cual deber efectuarse dicha reduccin en formadirecta a travs de una cuenta correctora(4).

    ESTIMACIN = IMPORTE RECUPERABLE VALOR EN LIBROS

    4.1.2. Tratamiento Tributario Desde la ptica tributaria, tal afectacin que incidira en los re-sultados de la empresa a travs de una provisin sobre cuentasincobrables resultara deducible en la determinacin del Impues-to a la Renta en la medida en que cumplan con los requisitos de

    carcter sustancial y formal sealados en los incisos j) y f) del ar-tculo 37 y 21 de la Ley y Reglamento del Impuesto a la Renta,respectivamente.

    CONDICIN = VERIFICAR EL HECHO ALMOMENTO DE EFECTUAR LA PROVISIN

    REQUISITOS PARA SU DEDUCIBILIDAD

    1. Identicacin del derecho de cobro al que corresponde.2. Se demuestren dicultades nancieras del deudor.3. Se encuentre discriminado en el Libro de Inventarios y Balances al cierre

    del ejercicio.

    De otra parte, en el contexto de una conciliacin contable y tri-butaria resulta claro que si no se cumpliesen los requisitos que seexigen tributariamente, devendra la estimacin por incobrablesdeterminadas de acuerdo a las disposiciones sealadas en la NIC39 en provisiones no admitidas por la LIR tipicadas en el incisof) del artculo 44 de la LIR, generndose en ese sentido dife -

    rencias temporales en la calidad de activos tributarios diferidosal estimarse menores pagos de impuestos en la oportunidad enque se den cumplimiento a las disposiciones tributarias, en cuyaoportunidad la aplicacin de tales menores pagos se efectuarava declaracin jurada anual.Un aspecto que resulta importante sealar en este punto y que seconstituira en un ejemplo de la incidencia en el contexto de laaplicacin de normas tributarias, se encuentra relacionado con elsupuesto en que una empresa pretendiese efectuar, en el mismoejercicio, la provisin sobre cuentas incobrables y el castigo delas cuentas de cobranza dudosa supuesto que no sera admitidocomo deducible por cuanto ello impedira su discriminacin enel Libro de Inventarios y Balances.

    4.1.3. Uso del Plan Contable General EmpresarialCuando exista evidencia de deterioro de las cuentas por cobrar quese miden al costo amortizado, sea que estas cuentas por cobrar seoriginen por; (i) derechos de cobro a terceros que se derivan de lasventas de bienes y/o servicios que realiza la empresa en razn desu objeto de negocio con terceros o con vinculadas, (ii) las sumasadeudadas por el personal, accionistas (o socios), directores y geren-tes, (iii) derechos de cobro a terceros o vinculados por transaccionesdistintas a las del objeto del negocio, a efectos de poder realizar elregistro contable de dicha estimacin de cobranza dudosa el impor-te de estas cuentas se reducirn mediante una cuenta de valuacin(cuenta 19: Estimacin de cuentas de cobranza dudosa).

    Es del caso precisar que la versin original del PCGE mantuvo ladinmica dispuesta por el PCGR, referida a reclasicar las cuen-tas por cobrar a una subcuenta especfica cuando stas calificasencomo de dudoso cobro. No obstante, la versin modicada delPCGE elimina todas las subcuentas de valuacin de activos porcobranza dudosa mantenindose nicamente su reconocimientoa travs de la referida cuenta 19 de acuerdo a nivel de detalle quecorresponda segn la estructura del PCGE y de la naturaleza destas y paralelamente la cuenta de gasto correspondiente.

    4.1.4. Aplicacin prctica

    ESTIMACIN DE COBRANZA DUDOSA -

    MTODO INDIVIDUALIZADOEnunciadoUna empresa importadora y distribuidora de repuestos para ve-

    hculos, tiene como poltica realizar ventas al contado y a plazos.

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    REVISTA DE ASESORA ESPECIALIZADA C3

    Informativo

    Caballero Bustamante

    INFORME CONTABLE

    Realizando un anlisis de las cuentas por cobrar se tiene que al31.2.2010; en la cuenta clientes tiene facturas, boletas de ventas yletras vencidas tal como se muestra en la relacin siguiente:

    Nmero de

    Factura / Fecha de Importe Observaciones Boleta de Emisin S/. Venta 001-1402 30.10.2008 18,420.00 001-1524 14.02.2009 9,460.00 Canjeada con letras por una ope- racin con una empresa vincu- lada y respecto de la cual han

    transcurrdo ms de doce meses desde su vencimiento. 001-17060 27.11.2010 16,200.00 B / V 001-1035 24.09.2009 7,230.00 B / V 001-1052 19.11.2010 5,120.00 Canjeada con letras, las mismas que an no vencen .

    Total 56,430.00

    Adicionalmente se tiene conocimiento que el 28 de octubre 2009 sehaba realizado un prstamo a un trabajador que al cierre del ejercicio2010 mantiene un saldo por cobrar por S/. 3,200.00 que an no se hacobrado, no obstante el trabajador ha dejado de laborar.

    Determinar la incidencia tributaria y el tratamiento contable quedebe efectuar, con la nalidad de realizar la estimacin de las cuentasde cobranza dudosa.

    Solucin

    a. Incidencia Tributaria

    En virtud al inciso i) del artculo 37 del TUO de la LIR se consi-dera como gasto deducible las provisiones por deudas incobrablessiempre que se determinen a las cuentas a las que corresponden,no obstante la misma norma seala entre otros supuestos que nose reconoce el carcter de deuda incobrable a las deudas contra-das entre s por partes vinculadas.Concordantemente, para efectuar la provisin de deudas incobra-bles se debe contemplar los requisitos sealados en el inciso f) delartculo 21 del Reglamento del TUO de la Ley del Impuesto a laRenta, los mismos que se detallan en el numeral 4.1.2. del presenteInforme.

    En virtud a lo sealado, a continuacin se analiza respecto a la pro-cedencia de deducir la "provisin" de cobranza dudosa:

    Nmero deComprobante Fecha de Importe Situacin al

    de Pago Emisin S/. 31.12.2010 001-1402 30.10.2008 18,420.00 Han transcurrido mas de doce

    meses de vencimiento B / V 001-1035 24.09.2009 7,230.00 Han transcurrido ms de doce

    meses de vencimiento Prstamo al 28.10.2009 3,200.00 Se estima de probable incobrabi- personal lidad. Total 28,850.00

    Procede referir que, si contablemente se efecta la estimacin de

    dudoso cobro de la cuenta por cobrar a la empresa vinculada,sta debe ser materia de adicin en la D.J. Anual por el importe deS/. 9,460, dado que tal como lo dispone la LIR no se admiten laprovisin de incobrabilidad que se realicen por operaciones entreempresas vinculadas.

    Por el contrario no procede efectuar la "provisin" de cobranzadudosa respecto de las cuentas por cobrar siguientes:

    Nmero deComprobante Fecha de Importe Situacin al

    de Pago Emisin S/. 31.12.2007 001-17060 27.11.2010 16,200.00 No han transcurrido ms de

    doce meses y no se cuenta conlos elementos para determinarla incobrabilidad

    B / V 001-1052 19.11.2010 5,120.00 Canjeada con letras, las mismas

    que an no vencen. Total 21,320.00

    b. Tratamiento Contable Para efectos contables la estimacin para cuentas de cobranza

    dudosa se debe realizar cuando se producen incertidumbres yevidencia objetiva respecto a la cobranza, en cuyo caso se debeproceder a efectuar los siguientes asientos:

    REGISTRO CONTABLE x 68 VALUACIN Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES 38,310.00

    684 Valuacin de activos 6841 Estimacin de cuentas de cobranza dudosa 68411 Cuentas por cobrar comerciales terceros19 ESTIMACIN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA 38,310.00

    191 Cuentas por cobrar comerciales Terceros 1911 Facturas, boletas y otros compro- bantes por pagar 25,650.00 192 Cuentas por cobrar comerciales Relacionadas 1922 Letras por cobrar 9,460.00 193 Cuentas por cobrar al personal a los accionistas, socios, Directores y gerentes 1931 Personal 3,200.00 x/x Provisin para cuentas de co-

    branza dudosa. x x 94 GASTOS DE ADMINISTRACIN 38,310.0078 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES 38,310.00 x/x Por el destino de la provisin. x

    4.2. Desvalorizacin de existencias - Valor neto de realizacin

    4.2.1. Tratamiento Contable

    Habitualmente, las existencias materia de comercializacin o con-sumo tienden a sufrir una serie de disminuciones en el valor quese esperara recibir a consecuencia de su venta o uso, la cual esproducida por el deterioro o desmedro o la aparicin en el mer-cado de nuevos productos, entre otros supuestos. De conformidad

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    INFORMATIVO CONTABILIDAD Y AUDITORA

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    REVISTA DE ASESORA ESPECIALIZADAC4

    Informativo

    Caballero Bustamante

    inversiones que deseen mantener hasta su vencimiento. Ello entanto, se produzca una prdida que se reconozca como tal en elperodo en que ocurre, segn lo dispuesto en el prrafo 103.Asimismo, tambin resultarn NO DEDUCIBLES, la disminucin delvalor contable de un activo que se efecta para mostrarlo a su impor-

    te recuperable cuando existan indicios de que un activo est desva-lorizado(5), en virtud a lo dispuesto en la NIC 36: Desvalorizacinde Activos. El prrafo 59 de la NIC 36, regula que debe reconocerseinmediatamente como gasto del perodo la prdida por desvaloriza-cin, a menos que, el activo est revaluado; en cuyo caso reducir larespectiva cuenta patrimonial donde se contabiliz la revaluacin.

    A ttulo de conclusin a lo antes expuesto, cabe indicar que tri-butariamente el Valor de las Existencias, Activos Fijos (tangibles eintangibles) y acciones; debe reejarse al Costo Computable segnlo dispuesto en los artculos 20 y 21 del TUO de la LIR y el ar-tculo 11 del RLIR. El costo computable segn el origen del activopuede ser: (i) Costo de Adquisicin; (ii) Costo de Produccin oConstruccin y (iii) Valor de Ingreso al Patrimonio. Los dos prime-ros se aplican cuando la transferencia de propiedad es a ttulo one-roso y el tercero cuando dicha transferencia es a ttulo gratuito.

    Cabe resaltar que esta disposicin tributaria reitera en formaexpresa que para la determinacin de la Renta Empresarial, elCosto Computable aplicable para determinar la renta bruta, tienecomo base fundamental la base del costo histrico sin admitirajustes salvo que se cumplan ciertas condiciones y en funcin aellas procede efectuar los ajustes respectivos cuando surjan dife-rencias respecto al Tratamiento Contable.

    4.2.3. Utilizacin del Plan Contable General Empresarial El efecto de la valuacin de las existencias que se determine es

    decir el que resulte menor entre el costo o valor neto de realiza-cin, debe ser registrado en la cuenta 29 la misma que contiene

    las subcuentas que acumulan las estimaciones para cubrir la des-valorizacin de las existencias y que permite mantener el controlrespectivo a nivel del detalle por tipo de existencia.

    Es del caso sealar que la versin modicada del Plan ContableGeneral Empresarial, ha eliminado la subcuentas de valuacinpor desvalorizacin del rubro existencias.Del mismo modo dicha versin cambia la dinmica original dereconocer la desvalorizacin de existencias en la cuenta 68 sub -cuenta 684 valuacin de activos con abono a la cuenta 29 desva-lorizacin de existencias, disponiendo el cargo en la subcuenta695: Gastos por desvalorizacin de existencias y que incluye laprdida del valor de las existencias por; medicin a valor de reali-zacin, por deterioro, y por diferencias de inventario. El tratamien-

    to respecto al destino de esta cuenta es la misma que se aplica parala cuenta 69 es decir la transferencia del saldo acumulado de lacuenta 69 a la cuenta 61 variacin de existencias, en la subcuentaque corresponda dependiendo del tipo de existencias.

    4.2.4. Aplicacin prctica

    La empresa al cierre del ejercicio ha realizado la estimacin quelas mercaderas que se encuentran en stock por un valor total deS/. 105,000 han sufrido una prdida en su valor econmico en un40% que asciende a un valor de S/. 42,000, debido que no pertenecena la tendencia de moda actual. Asimismo, se sabe que en el mes deabril del siguiente ejercicio estas mercaderas se venden a un valorde mercado ascendente a S/. 60,000 ms IGV. Cul es el tratamientocontable y la incidencia tributaria que se produce por esta operacin?

    Solucin

    Tratamiento ContableTal como ya lo hemos sealado el prrafo 28 de la NIC 2 Existencias,

    con el prrafo 28 de la NIC 2 Existencias, se establece que unaspecto a observar posterior al reconocimiento inicial o contabili-zacin de la existencia, es el hecho que los inventarios deben serreejados a su valor neto realizable el cual es denido, a travs delprrafo 7 de la referida NIC, como el importe neto que la empresa

    espera obtener por la venta de los inventarios en el curso normalde las operaciones. Lo cual, como lo seala la NIC, se sustenta enla premisa que los importes que se presentan en libros no debenreflejarse por encima de los importes que se espera obtener a tra-vs de su venta o uso. Esta regulacin contable, de acuerdo a lodispuesto por la NIC 2 genera el reconocimiento de una disminu-cin del costo de las existencias por parte de las empresas.

    4.2.2. Tratamiento Tributario Desde la perspectiva tributaria, la prdida del valor econmico

    carece de validez o aceptacin para efectos de la determinacindel Impuesto a la Renta en la oportunidad de su reconocimientopara efectos contables, deviniendo en ese sentido en provisionescuya deduccin no es admitida de conformidad a lo dispuesto en

    el inciso f) del artculo 44 de la LIR, generndose a raz de ellodiferencias de carcter temporal. La referida prdida econmicareflejada contablemente, ser admitida en el ejercicio en que seproduzca la prdida real a consecuencia de su enajenacin, usoo destruccin debiendo procederse a realizar la deduccin de lareferida prdida econmica va declaracin jurada anual.

    Valor Costos Costos estimados VNR = de estimados de para realizar venta terminacin la venta

    Costo del Bien Valor Neto Realizable

    Slo si el costo es mayor al Valor Neto de Realizacin se efectua-r un Ajuste por Desvalorizacin de Existencias que incidir enlos resultados del perodo.

    A continuacin graficamos el tratamiento contable y su inciden-cia tributaria.

    Similar tratamiento tributario debe otorgarse a las dems estima-ciones que se efecten en virtud a la exigencia contable de reflejarun activo a su Valor Neto Realizable o Valor Razonable; es decir

    resultarn NO DEDUCIBLES. As, podramos citar la Estimacinpor Fluctuacin de Valores Valores Negociables, que se realizaen virtud a lo dispuesto en el prrafo 69 de la NIC 39: Instrumen-tos Financieros: Reconocimiento y Medicin. El referido prraforequiere que se midan a su valor razonable con excepcin de las

    Desvalo-rizacinde Exis-tencias

    Prdidaecon-mica(en la

    calidaddel

    bien)

    Esti-macinConta-

    bledeter-mina

    Reparable

    Disminucindel Valor derealizacin

    Valor derealizacines cero (00)

    Venta delbien a valorde mercado

    Destruc-cin de losbienes que

    cumplenrequisitos

    de literal c)artculo 21

    RLIR

    Deducible(Prdida

    real)

    Supuestos

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    REVISTA DE ASESORA ESPECIALIZADA C5

    Informativo

    Caballero Bustamante

    INFORME CONTABLE

    establece que los inventarios deben ser reflejados a su valor neto realizableel cual es denido, a travs del prrafo 7 de la referida NIC, como el impor-te neto que la empresa espera obtener por la venta de los inventarios en elcurso normal de las operaciones. Lo cual, como lo seala la NIC, se susten-ta en la premisa que los importes que se presentan en libros no deben refle-

    jarse por encima de los importes que se espera obtener a travs de su ventao uso. En consecuencia a efectos de poder mostrar dicha disminucin delvalor de las existencias debe realizarse el siguiente registro contable:

    REGISTRO CONTABLE x 69 COSTO DE VENTAS 42,000.00

    695 Gastos por desvalorizacin de existencias 6951 Mercaderas29 DESVALORIZACIN DE EXISTENCIAS 42,000.00 291 Mercaderas 2911 Mercaderas manufacturadas

    12/10 Por la desvalorizacin de existencias x x 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES TERCEROS 71,400.00 121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PEN- SIONES Y DE SALUD POR PAGAR 11,400.0070 VENTAS 60,000.00 701 Mercaderas 7011 Mercaderas manufacturadas 04/11 Por la venta de las mercaderas desvalorizada a valor de mercado. x x 69 COSTO DE VENTAS 63,000.00 691 Mercaderas 6911 Mercaderas manufacturadas29 DESVALORIZACIN DE EXISTENCIAS 42,000.00 291 Mercaderas 2911 Mercaderas manufacturadas

    20 MERCADERAS 105,000.00 201 Mercaderas manufacturadas 2011 Mercaderas manufacturadas 20111 Costo 04/11 Por el costo de ventas de las mercaderas desvalorizadas. x

    Incidencia TributariaPara efectos de la determinacin del Impuesto a la Renta del ejerci-

    cio 2010, la desvalorizacin reconocida contablemente no es admitidade conformidad a lo dispuesto en el inciso f) del artculo 44 de la LIR.No obstante, ser admitida en el ejercicio en que se produzca la prdi-

    da real a consecuencia de su enajenacin, uso o destruccin debiendoprocederse a realizar la deduccin de la referida prdida econmicava declaracin jurada anual, en el caso planteado resultar deducibleen el ejercicio 2011. En el caso planteado, la prdida real ocurre enla oportunidad en que se realiza la venta de los bienes, se entiende

    a valor de mercado, en aplicacin del artculo 32 del TUO de la Leydel Impuesto a la Renta y que se entiende est por debajo del costo.

    A efectos de nalizar el tratamiento aplicable relacionado con ladesvalorizacin de existencias, en el supuesto que las mercaderas de-terioradas no pudieran ser vendidas y que en consecuencia implique

    la destruccin de las mismas. El tratamiento contable que se deberaaplicar sera el siguiente:Datos:Valor en libros de las existencias que se han desvalorizado: S/. 35,430

    REGISTRO CONTABLE x 69 COSTO DE VENTAS 35,430.00

    695 Gastos por desvalorizacin de existencias 6951 Mercaderas29 DESVALORIZACIN DE EXISTENCIAS 35,430.00 291 Mercaderas

    2911 Mercaderas manufacturadas x/x Por la desvalorizacin de existencias. x

    Cuando posteriormente se produzca la destruccin de los bienesdeber efectuarse el siguiente registro contable:

    REGISTRO CONTABLE x 29 DESVALORIZACIN DE EXISTENCIAS 35,430.00

    291 Mercaderas 2911 Mercaderas manufacturadas20 MERCADERA 35,430.00 201 Mercaderas manufacturadas 2011 Mercaderas manufacturadas 20111 Costo x/x Por la destruccin de las merca- deras deterioradas. x

    Para nes del Impuesto a la Renta, en el caso de desmedro de bie -nes, la deducibilidad del gasto se produce en la oportunidad en la queel contribuyente procede a destruir los bienes ante presencia del Nota -rio Pblico previa comunicacin (con 6 das hbiles de anticipacin)a la Administracin Tributaria tal como lo establece el numeral 2 delinciso c) del artculo 21 del Reglamento del TUO de la LIR. En ese sen-

    tido, si la desvalorizacin se realiza al cierre del ejercicio anterior al dela destruccin de las existencias no resulta aceptado como tal en dichoejercicio, pero s se admitira en la oportunidad en que se destruya decumplir con los requisitos antes sealados.

    NOTAS

    (1) Prrafo 10 NIC 37. Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes.(2) Este principio guarda armona con una de las cuatro caractersticas cualitati-

    vas de los Estados Financieros: La Confiabilidad. Ello, de conformidad con lopreceptuado en el prrafo 24 as como en los prrafos 31 al 35 del MarcoConceptual para la Presentacin de Estados Financieros.

    (3) Las cuentas por cobrar comerciales califican como activo financiero segnla definicin contenida en la NIC 32 Ttulos Financieros: Revelaciones yPresentacin y cuya definicin es tambin recogida por la NIC 39.

    (4) Procede considerar, que nuestra legislacin del Impuesto a la Renta admitenicamente que la reduccin de la cuenta por cobrar se materialice va el re-conocimiento contable de una provisin (de cobranza dudosa), esto es, me-diante el empleo de la cuenta 19, Provisin para cuentas de cobranza dudosa.En contraposicin cabe destacar que no es aceptable la reduccin directa.

    (5) Un activo se desvaloriza cuando su valor en libros contables es superior a suimporte recuperable.

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    Caballero Bustamante

    VALES PARA CANJE DE PAVOS

    EnunciadoLa sociedad annima "SONRIENDO S.A." cuenta con 12 trabaja-

    dores en planilla y ha decidido con motivo de las fiestas navideashacer entrega de 1 pavo para cada trabajador mediante la modali-dad de canje. Se tienen los siguientes datos: El da 28.11.2010 la empresa entrega un adelanto por la can-

    tidad de S/. 1,000.00 ms IGV, por 12 vales otorgados por laAvcola Paviflaco S.A. La referida avcola emite, a la citada firma,

    la factura N 001-2225. El da 21.12.2010 se hace entrega de los pavos a la empresa,

    quien ese mismo da los entrega a los trabajadores. El da 27.12.2010 la Avcola Paviaco S.A. emite la Factura

    N 001-2401 por concepto de saldo de compra de 12 pavos porla suma de S/. 280 ms IGV.

    SolucinDe conformidad con la NIC 19 (modicada en 2000) Benecios

    de los Trabajadores, se considera como un benecio de los traba-jadores todo tipo de retribucin que la empresa les proporciona acambio de sus servicios. De todos los tipos de beneficios que sealaesta norma se encuentran los benecios a corto plazo que compren-

    de adems de los sueldos y salarios, los beneficios no monetarios alos trabajadores en actividad; tales como atenciones mdicas y en-tregas de bienes y servicios gratis o parcialmente subvencionados.

    En virtud a ello, a continuacin desarrollamos el tratamien-to contable que procede aplicar, as como la incidencia tributariarespectiva.

    Tratamiento de los pavos entregados a los trabajadoresInicialmente la empresa deber registrar el monto pagado a la

    avcola por los vales a recibir, tal como a continuacin se muestra:

    REGISTRO CONTABLE x

    42 CUENTAS POR PAGAR

    COMERCIALES - TERCEROS 1,000.00 422 Anticipos a proveedores40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PEN- SIONES Y DE SALUD PORPAGAR 190.00 4011 Impuesto General a las Ventas (*)42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES - TERCEROS 1,190.00 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas 28/11 Por la provisin de la Factura N 001-2225 de Avcola Paviflaco S.A. x

    CASUSTICA CONTABLE

    Aguinaldos

    x 42 CUENTAS POR PAGAR 1,190.00 COMERCIALES - TERCEROS 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 1,190.00 104 Cuentas Corrientes en

    instituciones financieras 28/11 Por el pago de Factura N 001-2225 de Avcola Paviflaco S.A. x

    (*) En la medida que se cumplan con los requisitos sustanciales y formalescontemplados en los artculos 18 y 19 de la Ley del Impuesto General alas Ventas (en adelante LIGV) la empresa podra tomar como crdito fiscalel IGV que incide en las adquisiciones. Bsicamente, significa que deberverificarse que el gasto sea deducible para el Impuesto a la Renta y que estnvinculados a las operaciones gravadas de la empresa.

    Dado que en la oportunidad que la avcola le entrega los pavos

    a la empresa, sta procede a su entrega a los trabajadores, debertratarse como una existencia de consumo inmediato de acuerdo conlo dispuesto por el PCGE, por lo cual reconocer como gasto losbienes adquiridos.

    Asimismo, al corresponder a una transferencia a ttulo gratuito,no se origina ingreso alguno pero s debe anotarse el gasto por IGV,al producirse el nacimiento de la obligacin tributaria de dicho tri-buto, toda vez que se produce el presupuesto legal establecido enel literal a) del artculo 1 de la Ley del IGV (bajo la forma de unretiro de bienes).

    En funcin a ello mostramos el tratamiento contable a otorgar.

    REGISTRO CONTABLE

    x 62 GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES 1,280.00 622 Otras remuneraciones42 CUENTAS POR PAGAR COMER- CIALES - TERCEROS 1,000.00 422 Anticipos a proveedores42 CUENTAS POR PAGAR COMER- CIALES - TERCEROS 280.00 421 Facturas, boletas y otros compro- bantes por pagar 4211 No emitidas 21/12 Por la entrega de los pavos a los trabajadores. x

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    421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4211 No emitidas40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES

    Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 53.20 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta propia42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES - TERCEROS 353.20 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas

    27/12 Por la provisin de la Factura N 001-2401, por el saldo de la compra. x

    En el presente caso prctico se aprecia que el valor de cada pavoasciende a S/. 106.67 (1,280 / 12), importe que deber incrementarla renta de quinta categora de cada trabajador, adems de consi-derar en la Boleta de Pago y en la Planilla Electrnica, como unconcepto no remunerativo para efectos laborales. Ello, por tratarsede un aguinaldo.

    Cabe indicar que el gasto ser deducible para efectos del Im -

    puesto a la Renta, en tanto se acredite fehacientemente la entrega alos trabajadores, se cumpla con el criterio de generalidad y ademsse impute como mayor Renta de Quinta Categora.

    Finalmente, procede referir que en este caso los vales hansido entregados a la empresa quien ha procedido a realizar elcanje y entregar los pavos a los trabajadores, razn por la cualla avcola le ha emitido los correspondientes comprobantes depago. n

    Existencias

    DESVALORIZACIN DE MATERIAS PRIMAS

    EnunciadoUna empresa dedicada a la confeccin de prendas de vestir, al

    cierre del ejercicio tiene en stock 5,000 metros de tela con estam -pados (por un valor en libros de S/. 40,000) que ya estn pasandode moda. Actualmente el valor de adquisicin de esta tela es de S/.6 cada metro. Adems, se prev que las prendas de vestir que seconfeccionen con esas telas sern vendidas por debajo de su costode fabricacin. Considerando lo anterior, nos consultan cul es eltratamiento aplicable sobre estos bienes al cierre del ejercicio.

    Solucin1. En primer lugar debe quedar claro que existe un criterio bsico

    sealado en la NIC 2 (Modicada en 2003): Existencias y ste

    es que el Valor Contable de los Activos no debe ser superioral que se espera obtener de ellos al venderlos o usarlos (p-rrafo 18).

    2. Siendo que las materias primas son bienes que la empresa ad-quiere con la finalidad de incorporarlos en la produccin deotros bienes (productos terminados) formando parte de las exis-tencias de una empresa, le resulta de aplicacin la NIC 2. Deesta forma, en el caso especfico de las existencias (1) se aplicacomo regla de medicin (prrafo 6) el costo o valor neto realiza-ble(2), el que resulte menor.

    3. En lnea con lo expuesto, el prrafo 32 de la NIC 2, dispone

    en relacin con la desvalorizacin de materias primas que sutratamiento depender de lo que se espere ocurra respecto delproducto final en que se incorpora, tal como a continuacin semuestra:

    x 64 GASTOS POR TRIBUTOS 243.20 641 Gobierno Central 6411 Impuesto General a las Ventas y Selectico al Consumo (*)40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PEN- SIONES Y DE SALUD PORPAGAR 243.20 4011 Impuesto General a las Ventas 40111 IGV - Cuenta propia 21/12 Por la provisin del IGV por retiro de bienesdel 001-4100 al 001-4111, consignado de manera referencial.

    x (*) Gasto reparable a efectos de determinar la Renta Neta imponible en atencin

    a lo dispuesto por el literal k) del artculo 44 de la LIR.

    Adems deber efectuarse el respectivo asiento de destino.

    Por otro lado, toda vez que la empresa transere en propiedadbienes se encuentra obligada a emitir un comprobante de pago (bo-leta de venta, para el caso planteado) segn lo dispuesto por el nu-meral 1 del artculo 6 del Reglamento de Comprobantes de Pago(Resolucin N 007-99/SUNAT, publicada el 14.01.99).

    Con ocasin de la liquidacin nal por parte de la avcola Pavi-

    flaco S.A. se efectuar el siguiente asiento contable.

    REGISTRO CONTABLE x

    42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES - TERCEROS 280.00

    CASUSTICA CONTABLE

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    (a) Si se espera que los productos terminados en los cuales vana ser incorporados sean vendidos a su costo de produccino por encima de ste, el costo de las materias primas no sereduce por debajo de su costo, mantenindose su valor en

    libros.(b) Si se espera que el valor neto realizable de los productosterminados en los cuales estn incluidos sea menor al de sucosto de produccin, las materias primas se reducirn a suvalor neto realizable, lo que implica reconocer una desvalo-rizacin de existencias (especcamente desvalorizacin dematerias primas o suministros).

    4. De acuerdo con la regla anterior, cuando se estime con base ala evidencia ms confiable que no pueda recuperarse el costode las existencias se procede a reducir el valor de las existenciaspor debajo del costo. As, en el caso planteado en el que seestima que el precio de venta de los bienes terminados no recu-perar la totalidad del costo incurrido en ellos debe procedersea reconocer la prdida estimada por la desvalorizacin de lasmaterias primas.

    5. Si bien el procedimiento normal para calcular la prdida es de-terminar el valor neto realizable, entendido bsicamente comoun precio estimado de venta, en el supuesto de la materia primano resulta aplicable porque dichos bienes no se destinan para laventa. En este sentido, un criterio de valuacin ms acorde coneste tipo de bienes es el costo de reposicin (3), que representael costo en que incurrira la empresa para obtener un bien de lasmisma caractersticas o cualidades. Por consiguiente, el costode reposicinconstituye el mejor valor disponible respecto alvalor neto realizable, en el sentido que la empresa no se dedicaa la venta de materias primas como para determinar su valor deventa de manera inmediata.

    Dado que en la consulta planteada se estima la no recuperacindel total del costo del producto final que contendr esta materiaprima deber determinarse la prdida por desvalorizacin de lasmateria primas de la siguiente manera:

    Telas estampadas Metros C.U. Total Valor en libros 5,000 8 40,000 Valor de reposicin 5,000 6 30,000 Desvalorizacin 10,000

    El siguiente cuadro esboza de manera graca el tratamiento dela desvalorizacin de materia prima para productos manufactu-

    rados:

    6. De esta forma al cierre del ejercicio, la empresa deber efectuar elsiguiente asiento para reconocer la prdida producida en el bien:

    REGISTRO CONTABLE x 69 COSTO DE VENTAS 10,000.00

    695 Gastos por desvalorizacin de

    existencias 6955 Materias Primas29 DESVALORIZACIN DE LAS EXISTENCIAS 10,000.00 295 Materias primas 2951 Materias primas para productos manufacturados 31/12 Por la disminucin de valor de las materias primas a su costo de reposicin. x

    7. Posteriormente, en el siguiente ejercicio cuando la empresa uti-

    lice las telas en la produccin de prendas de vestir efectuar lossiguientes asientos contables:

    REGISTRO CONTABLE x 29 DESVALORIZACIN DE EXISTENCIAS 10,000.00

    295 Materias primas 2951 Materias primas para productos manufacturados61 VARIACIN DE EXISTENCIAS 30,000.00 612 Materias primas 6121 Materias primas para productos manufacturados24 MATERIAS PRIMAS 40,000.00 241 Materias primas para productos manufacturados x/x Por la salida a produccin de la materia prima. x x 90 COSTO DE PRODUCCIN 30,000.0079 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS Y GASTOS 30,000.00 791 Cargas imputables a cuenta de costos y gastos

    x/x Por la incorporacin de la materia prima al costo de pro- duccin de las prendas de vestir. x

    NOTAS

    (1) Activos que: (i) se mantienen para la venta, (ii) en proceso de produc-cin para dicha venta, o (iii) se encuentren en forma de materiales osuministros que sern consumidos en el proceso de produccin o enla prestacin de servicios.

    (2) Valor Neto Realizable es el precio de venta estimado para el cursoordinario de los negocios, menos los costos estimados de terminaciny los costos estimados necesarios para realizar la venta.

    (3) Valor de Reposicin es el costo que se incurrira para producir o adquirir

    un articulo igual al que tienen en su inventario, es la cantidad de dineroque se tendra que invertir para producir o adquirir un activo semejanteen su estado actual y permitir que la empresa mantenga su capacidadoperativa. n