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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÒN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÒN” FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO EN FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES Y SU LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES Y SU ORGANIGRAMA ORGANIGRAMA AUTORES: BARRIENTOS CLAVIJO NANCY CHÁVEZ MARCHAN KEVIN CHÁVEZ MORAN OMAR MERA VILCHES TATIANA SANDOVAL BACA CINDY

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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÒN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÒN”

FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO EN LA FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES Y SU ORGANIGRAMAUNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES Y SU ORGANIGRAMA

AUTORES: BARRIENTOS CLAVIJO NANCY CHÁVEZ MARCHAN KEVIN CHÁVEZ MORAN OMAR MERA VILCHES TATIANA SANDOVAL BACA CINDY

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBESUNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES

LA ORGANIZACIÓN ACADÉMICALA ORGANIZACIÓN ACADÉMICA

LAS FACULTADES.LAS FACULTADES.

LAS ESCUELAS PROFESIONALES.LAS ESCUELAS PROFESIONALES.

Es la organización encargada del diseño y actualización curricular de una carrera profesional

El Director de Escuela Profesional

Funciones

Formular y ejecutar las políticas de desarrollo de la actividad académica, de

investigación y de responsabilidad social universitaria en su Escuela

Profesional, en coordinación con las unidades respectivas de la Facultad.

Planificar y evaluar el funcionamiento de la Escuela Profesional.

Coordinar el diseño y la evaluación periódica del currículo de

estudios, conjuntamente con el Comité de Currículo de la Escuela

Profesional, proponiendo al Decano su aprobación y puesta en

funcionamiento, los cambios pertinentes y sus correspondientes

equivalencias.

Proponer al Decano y al Consejo de Facultad el número de vacantes para los

procesos de admisión, en las diferentes modalidades de ingreso; así como las

vacantes para los traslados internos, externos, exoneraciones y otras.

Escuelas Profesionales de la Universidad Nacional de TumbesEscuelas Profesionales de la Universidad Nacional de Tumbes

Facultad de Ciencias Agrarias.

• Escuela profesional de Agronomía.

• Escuela profesional de Ingeniería Forestal y Medio Ambiente.

• Escuela profesional de Ingeniería Agrícola.

• Escuela profesional de Agroindustrias.

• Escuela profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia.

Facultad de Ciencias EconómicasFacultad de Ciencias Económicas..

• Escuela profesional de Administración.

• Escuela profesional de Contabilidad.

• Escuela profesional de Economía.

• Escuela profesional de Finanzas.

Facultad de Ingeniería Pesquera y Ciencias del Mar.

• Escuela Profesional de Ingeniería Pesquera Acuícola.

• Escuela Profesional de Ingeniería Industrial Pesquera.

Facultad de Ciencias de la Salud.

• Escuela profesional de Obstetricia.

• Escuela profesional de Enfermería.

• Escuela profesional de Nutrición y Dietética.

• Escuela profesional de Laboratorio de Análisis Bioquímicos y Clínicos.

• Escuela profesional de Medicina Humana.

Facultad de Derecho y Ciencia Política.

• Escuela Profesional de Derecho.

• Escuela Profesional de Ciencia Política y Gobernabilidad

LOS DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

Facultad de Ciencias Agrarias.Facultad de Ciencias Agrarias.

• Departamento académico de Agronomía.

• Departamento académico de Ingeniería Forestal y Gestión Ambiental.

• Departamento académico de Medicina Veterinaria y Zootecnia.

• Departamento académico de Ingeniería Agrícola y Suelos.

• Departamento académico de Ingeniería Agroindustrial.

• Departamento académico de Química y Física.

Facultad de Ciencias Económicas.Facultad de Ciencias Económicas.

• Departamento académico de Administración.

• Departamento académico de Contabilidad.

• Departamento académico de Economía.

• Departamento académico de Finanzas.

• Departamento académico de Matemática e Informática.

Facultad de Ingeniería Pesquera y Ciencias del MarFacultad de Ingeniería Pesquera y Ciencias del Mar

• Departamento académico de Ingeniería Pesquera Acuícola.

• Departamento académico de Ingeniería Industrial Pesquera.

Facultad de Ciencias de la Salud.Facultad de Ciencias de la Salud.

• Departamento académico de Obstetricia.

• Departamento académico de Enfermería.

• Departamento académico de Nutrición y Dietética.

• Departamento académico de Laboratorio de Análisis Bioquímicos y Clínicos.

• Departamento académico de Medicina Humana.

• Departamento académico de Biología y Bioquímica.

Facultad de Derecho y Ciencia Política.Facultad de Derecho y Ciencia Política.

• Departamento académico de Derecho.

• Departamento académico de Ciencia Política y Gobernabilidad.

Facultad de Ciencias Sociales.Facultad de Ciencias Sociales.

• Departamento académico de Gestión en Hotelería y Turismo.

• Departamento académico de Educación.

• Departamento académico de Ciencias de la Comunicación.

• Departamento académico de Psicología.

• Departamento académico de Sociología.

• Departamento académico de Antropología.

• Departamento académico de Ciencias Sociales

GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD

LA ASAMBLEA UNIVERSITARIALA ASAMBLEA UNIVERSITARIA

se encarga de dictar las políticas generales de la Universidad

composición

El Rector, quien la preside.

Los Vicerrectores.

Los Decanos de las Facultades.

El Director de la Escuela de Posgrado

Los representantes de los docentes de las diversas Facultades

Los representantes de los estudiantes de pregrado regulares y posgrado

(Maestría y Doctorado), que constituyen el tercio del número total de los

miembros de la Asamblea Universitaria.

Un (01) representante de los graduados de la Universidad Nacional de

Tumbes, como supernumerario, con derecho a voz y voto.

Atribuciones

Aprobar las políticas de desarrollo de la Universidad Nacional de Tumbes.

Reformar el Estatuto de la Universidad Nacional de Tumbes, con la aprobación de por lo menos dos tercios del número de sus miembros hábiles y remitir el nuevo Estatuto a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

Velar por el adecuado cumplimiento de los instrumentos de planeamiento de la Universidad Nacional de Tumbes, aprobados por el Consejo Universitario.

Declarar la revocatoria y vacancia del Rector y los Vicerrectores

Elegir a los integrantes del Comité Electoral Universitario y del Tribunal de Honor Universitario.

Designar anualmente entre sus miembros a los integrantes de la Comisión Permanente encargada de fiscalizar la gestión de la Universidad. Los resultados de dicha fiscalización se informan a la Contraloría General de la Republica y a la SUNEDU.

CONSEJO UNIVERSITARIOCONSEJO UNIVERSITARIO

Es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la Universidad Nacional de Tumbes.

integrado

El Rector, quien lo preside.

Los Vicerrectores.

Un cuarto (1/4) del número total de Decanos, elegidos por y entre ellos,

con un periodo de vigencia de un (01) año, sin reelección.

El Director de la Escuela de Posgrado.

Un (01) representante de los graduados de la Universidad Nacional de

Tumbes, con derecho a voz y voto.

Los representantes de los estudiantes regulares, que constituyen el tercio

del número total de los miembros del Consejo Universitario. Deben

pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis

(36) créditos y tener matricula vigente.

Atribuciones

Aprobar a propuesta del Rector, los instrumentos de planeamiento de la Universidad Nacional de Tumbes.

Aprobar el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de Elecciones y otros Reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento.

Aprobar el presupuesto general de la Universidad, el plan anual de adquisiciones de bienes y servicios, autorizar los actos y contratos que atañen a la Universidad y resolver todo lo pertinente a su economía.

Concordar y ratificar los currículos de estudios que conducen al grado académico o al título profesional, en los niveles de pregrado y posgrado, aprobados por las Facultades o la Escuela de Posgrado.

Aprobar las modalidades de ingreso e incorporación a la Universidad anualmente el número de vacantes del concurso de admisión ordinario para estudios de pregrado regulares, previa propuesta de las Facultades, en concordancia con el presupuesto y el plan de desarrollo de la Universidad Nacional de Tumbes.

Fijar las remuneraciones y todo concepto de ingresos de las autoridades, docentes y trabajadores de acuerdo a la Ley Universitaria N0 30220 y el ordenamiento jurídico peruano.

Aprueba el calendario anual de actividades académicas del pregrado para estudios regulares.

Proponer a la Asamblea Universitaria la creación, fusión, supresión o reorganización de unidades académicas, institutos de investigación, unidades de extensión universitaria, órganos administrativos, de producción de bienes y de prestación de servicios.

Concordar y ratificar los Planes de Estudios o de Trabajo propuesto por los Institutos, Escuelas y demás unidades académicas y de extensión universitaria.

Nombrar al Director General de Administración, al Secretario General y a los Jefes y/o Directores de las Oficinas Generales de acuerdo a la estructura orgánica de la Universidad a propuesta del Rector.

Nombrar, contratar, promover, ratificar y remover a los docentes y personal administrativo de la Universidad a propuesta en su caso de las Facultades y/o dependencias de acuerdo a Ley.

Conferir los grados académicos y los títulos profesionales aprobados por las Facultades y Escuela de Posgrado y Unidades Académicas autorizadas; así como, otorgar distinciones honorificas. Reconocer y revalidar los estudios, grados académicos y títulos profesionales de Universidades extranjeras, a propuesta de las Facultades y Escuela de Posgrado cuando la Universidad este autorizada por la SUNEDU.

EL RECTOR.EL RECTOR.

Es el personero y representante legal de la Universidad.

Para ser elegido Rector se requiere:

Ser ciudadano en ejercicio.

Ser docente ordinario en la categoría de principal en el Perú o su equivalente en el extranjero, con no menos de cinco (05) años en la categoría.

Tener grado académico de Doctor, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales.

No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.