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Pág. 74 N.º 52 • Lunes 17 de Marzo de 2014 www.lasalina.es/bop BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA D.L.: S 1-1958 CVE: BOP-SA-20140317-007 Mediante Decreto de la Presidencia nº 560/14, de 14 de marzo de 2014, fueron aprobadas las siguientes Bases de la convocatoria de subvenciones dirigidas al autoempleo. BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL AUTOEMPLEO La exposición de motivos de la Ley 5/2013, de 19 de junio, de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León, señala que en un contexto mundial cambiante, caracterizado por continuos cambios estructurales y una mayor presión competitiva, el papel de las empresas y particularmente las PYMEs, es cada vez más importante, ya que crean empleo y son protagonis- tas clave para garantizar la prosperidad de las comunidades locales y regionales. En la actualidad, las economías en general y la de Castilla y León en particular, se sustentan sobre sus empresarios y PYMEs y de manera destacada en los autónomos por su importante contribución a la creación de empleo, así como su papel indispensable en el funcionamiento de cualquier economía de mercado, como elemento fundamental en la generación de nuevo tejido empresarial. La mayor parte del empleo creado y riqueza generada tiene su origen en este tejido económico que requiere de un esfuerzo constante por emprender. Las personas emprendedoras no sólo crean la mayor parte del empleo en las economías de referencia en el mundo, sino que son determinantes para el crecimiento económico y la innova- ción. Son los canales principales para la transmisión del conocimiento y la innovación y para su utilización en actividades productivas generadoras de mayor valor añadido y, por consiguiente, de rendimiento económico. Son determinantes igualmente en la fijación de población en los entornos rurales, donde las oportunidades se vinculan a los recursos locales y persiguen el bienestar de los territorios, garantizando aspectos tan importantes como la biodiversidad o la riqueza natural. Por todo ello, garantizar la actividad emprendedora es uno de los cimientos sobre los que se construye la competitividad y prosperidad de cualquier economía. Es por ello, deber de las administraciones públicas hacer todo cuanto esté en su mano por facilitar, en su entorno, la generación sostenible del mayor número de proyectos emprendedores posible. La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, ha modificado el régimen competencial de las Diputaciones Provinciales previsto en el artí- culo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, estableciendo en el punto 1 apartado d) del mismo como competencias propias de las Diputaciones la coopera- ción en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito. La Excma. Diputación Provincial de Salamanca, cumpliendo este mandato legal, considera que el desarrollo social y económico de una provincia viene determinado por el nivel de empren- dimiento local. Desde el punto de vista social, el autoempleo favorece la cohesión social al redu- cir los desequilibrios territoriales entre las provincias en lo que respecta a población y actividad empresarial. Desde el punto de vista económico, la creación de empresas debe entenderse como IV. Administración Local DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA Bases y convocatoria de subvenciones dirigidas al autoempleo

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N.º 52 • Lunes 17 de Marzo de 2014

www.lasalina.es/bop BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA D.L.: S 1-1958

CVE: BOP-SA-20140317-007

Mediante Decreto de la Presidencia nº 560/14, de 14 de marzo de 2014, fueron aprobadas las

siguientes Bases de la convocatoria de subvenciones dirigidas al autoempleo.

BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL AUTOEMPLEO

La exposición de motivos de la Ley 5/2013, de 19 de junio, de Estímulo a la Creación de

Empresas en Castilla y León, señala que en un contexto mundial cambiante, caracterizado por

continuos cambios estructurales y una mayor presión competitiva, el papel de las empresas y

particularmente las PYMEs, es cada vez más importante, ya que crean empleo y son protagonis-

tas clave para garantizar la prosperidad de las comunidades locales y regionales.

En la actualidad, las economías en general y la de Castilla y León en particular, se sustentan

sobre sus empresarios y PYMEs y de manera destacada en los autónomos por su importante

contribución a la creación de empleo, así como su papel indispensable en el funcionamiento de

cualquier economía de mercado, como elemento fundamental en la generación de nuevo tejido

empresarial. La mayor parte del empleo creado y riqueza generada tiene su origen en este tejido

económico que requiere de un esfuerzo constante por emprender.

Las personas emprendedoras no sólo crean la mayor parte del empleo en las economías de

referencia en el mundo, sino que son determinantes para el crecimiento económico y la innova-

ción. Son los canales principales para la transmisión del conocimiento y la innovación y para su

utilización en actividades productivas generadoras de mayor valor añadido y, por consiguiente, de

rendimiento económico. Son determinantes igualmente en la fijación de población en los entornos

rurales, donde las oportunidades se vinculan a los recursos locales y persiguen el bienestar de

los territorios, garantizando aspectos tan importantes como la biodiversidad o la riqueza natural.

Por todo ello, garantizar la actividad emprendedora es uno de los cimientos sobre los que se

construye la competitividad y prosperidad de cualquier economía.

Es por ello, deber de las administraciones públicas hacer todo cuanto esté en su mano por

facilitar, en su entorno, la generación sostenible del mayor número de proyectos emprendedores

posible.

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración

Local, ha modificado el régimen competencial de las Diputaciones Provinciales previsto en el artí-

culo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, estableciendo

en el punto 1 apartado d) del mismo como competencias propias de las Diputaciones la coopera-

ción en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial,

de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.

La Excma. Diputación Provincial de Salamanca, cumpliendo este mandato legal, considera

que el desarrollo social y económico de una provincia viene determinado por el nivel de empren-

dimiento local. Desde el punto de vista social, el autoempleo favorece la cohesión social al redu-

cir los desequilibrios territoriales entre las provincias en lo que respecta a población y actividad

empresarial. Desde el punto de vista económico, la creación de empresas debe entenderse como

I V. Administración Local

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA

Bases y convocatoria de subvenciones dirigidas al autoempleo

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una estrategia de competitividad que refuerza y regenera el tejido empresarial existente, a la vez

que conllevan una reorientación de los sectores tradicionales hacia actividades más innovadoras

y estratégicas. Impactos todos ellos que se multiplican cuando estos proyectos de emprendimien-

to vienen acompañados de generación de empleo por cuenta ajena.

En este sentido, la Diputación Provincial de Salamanca -a través de su Organismo Autónomo

de Empleo y Desarrollo Rural y mediante Decreto de la Presidencia nº 109/13, de 19 de septiem-

bre de 2013- ha aprobado el protocolo de adhesión al Sistema Integral de Apoyo al Emprendedor

previsto en la Ley de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León.

De conformidad con lo expuesto, la Excma. Diputación de Salamanca convoca subvenciones

dirigidas al autoempleo, con arreglo a las siguientes

B A S E S

1.- OBJETO

Las presentes Bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras y la convocatoria,

en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones dirigidas al autoempleo que tenga

lugar en municipios de la provincia de Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes.

La convocatoria se efectúa con arreglo a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviem-

bre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de

Subvenciones y en la Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación

Provincial de Salamanca (Boletín Oficial de la Provincia nº 78, de 28 de abril de 2009).

Este régimen de ayudas estará sometido -según los casos- a las disposiciones contenidas

en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la

aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las

ayudas de minimis) o en el Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre

de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la

Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (publicados en el Diario Oficial de

la Unión Europea de 24 de diciembre de 2013).

2.- FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN

Constituye la finalidad de esta subvención la promoción y el apoyo a los emprendedores y a la

creación de nuevas empresas en municipios de la provincia de Salamanca con población inferior

a 20.000 habitantes.

3.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considera actividad subvencionable el inicio de un proyecto empresarial -como titular o

cotitular- en el período comprendido desde el día siguiente a la fecha de publicación de las pre-

sentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y el 15 de noviembre de 2014, inclusive, que

permita desarrollar una actividad económica a través de cualquier forma admitida en derecho,

con arreglo a alguna de las siguientes modalidades:

- Modalidad A. Planes de autoempleo general.

Se incluirán en esta categoría las solicitudes que conlleven el autoempleo -durante el plazo

previsto en el apartado anterior- de, al menos, una de las personas promotoras con el compro-

miso de mantener su actividad durante un período mínimo de 24 meses desde su puesta en

marcha, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Base 4ª.

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Serán subvencionables dentro de esta modalidad:

a) los gastos devengados por la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) -u otro régimen aplicable de la Seguridad Social, como el Sistema Especial para Trabaja-dores por Cuenta Propia Agrarios (SETA)- o por la afiliación a la Mutualidad del Colegio Profesio-nal correspondiente durante un período máximo de 24 meses a partir de la fecha de afiliación y con los límites previstos en la Base 6ª.

A efectos de esta convocatoria se entenderá por fecha de alta en el RETA -o régimen apli-cable de la Seguridad Social- la que figura como fecha de efectos del alta en la resolución sobre reconocimiento del alta emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social, que coincide con la que consta como fecha real de alta en el fichero de afiliación de la Tesorería General de la Seguridad Social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del R.D. 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas y Bajas de trabajadores, dicha fecha se corresponde con el día primero del mes natural en el que concurran, en la persona de que se trate, las condiciones determinantes de su inclusión en el campo de aplicación del Régimen correspondiente tras su solicitud.

En el supuesto de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional, se entenderá como fecha de alta la que figura como fecha de efectos en el certificado emitido por dicha Mutualidad.

b) los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto durante los primeros 12 meses a partir de la fecha que figure en la declaración censal de alta en el Censo de em-presarios, profesionales y retenedores (modelo 036 ó 037, según los casos) con un máximo de 1.500,00 euros. A estos efectos tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguien-tes:

- arrendamientos: del local donde se ubique el negocio o de las parcelas donde desarro-llen su actividad los agricultores a título principal (según la definición del artículo 2.6 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, Ley de Modernización de Explotaciones Agrarias).

- suministros: energía eléctrica, agua y calefacción.

- servicios telefónicos: teléfono e Internet.

- mantenimiento de páginas web.

- servicios de profesionales independientes: asesoría jurídica, gestoría, gastos notariales y registrales (estos gastos sólo se admitirán si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para su adecuada preparación o ejecución).

- Modalidad B. Planes de autoempleo asociados a sectores estratégicos y/o actividades in-novadoras.

Se corresponderán con las solicitudes que, reuniendo las exigencias de la modalidad ante-rior, impliquen el inicio de una actividad económica que se encuentre asociada a alguno de los siguientes apartados:

1.- Sectores estratégicos: a efectos de esta convocatoria se entenderán por tales:

- Nuevos mercados geográficos.

- Industria agroalimentaria.

- Turismo.

- Medio ambiente.

2.- Actividades innovadoras: a efectos de esta convocatoria se entenderán empresas innova-doras, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 5/2013 de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León:

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- Las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica basada en pro-

ductos, servicios, procesos o sistemas de gestión nuevos o mejorados de carácter innovador, o

aquellas que desarrollan proyectos que convierten el conocimiento tecnológico en nuevos pro-

ductos, procesos o servicios que tienen la capacidad de introducirse en el mercado como nove-

dad tecnológica.

- Las creadas a partir de patentes, de registros de la propiedad industrial o intelectual, o de

proyectos de investigación de las universidades, para canalizar la transferencia de sus resultados

al mercado.

Serán subvencionables dentro de esta modalidad B los mismos gastos que los previstos en

la modalidad A Planes de autoempleo general y con las mismas condiciones establecidas para

la misma, con la salvedad que la cuantía máxima subvencionable dentro del apartado b) gastos

asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto será de 3.000,00 euros.

Para cualquiera de las dos modalidades por las que se solicite subvención (A o B) no serán

subvencionables los impuestos indirectos.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el Real

Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre -texto refundido de la Ley de Contratos del Sec-

tor Público- para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de

diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación

del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el

mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el

gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presen-

tadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia

y economía, debiendo justificarse expresamente la elección cuando no recaiga en la propuesta

económica más ventajosa.

Sólo podrán ser objeto de subvención aquellos gastos cuya documentación justificativa esté

expedida a nombre del solicitante de la ayuda.

Excepcionalmente, en el supuesto de que el proyecto empresarial dé lugar a la constitución

de una entidad -con o sin personalidad jurídica- serán subvencionables los gastos cuya docu-

mentación justificativa esté expedida a nombre de dicha entidad, siendo el gasto atribuible a

cada uno de los beneficiarios de la subvención el que resulte de la aplicación del porcentaje de

participación que tengan en la misma.

4.- REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIOS Y OBLIGACIONES

4.1.- Requisitos de los beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas que cumplan con los siguientes

requisitos:

a) Estar empadronado en alguno de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la

provincia de Salamanca en el momento de la presentación de la solicitud.

b) Estar inscrito como demandante de empleo en una de las oficinas de empleo de la provin-

cia de Salamanca en el momento de la presentación de la solicitud.

c) No haber estado dado de alta en el RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la Seguridad

Social- o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente en el período comprendido

entre el 1 de enero de 2014 y la fecha de publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial

de la Provincia.

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d) Tener la condición de persona emprendedora, entendiendo por tal a efectos de esta Con-

vocatoria (de acuerdo con la definición que se recoge en el artículo 2 de la Ley 5/2013, de 19 de

junio, de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León) la persona física que se en-

cuentren realizando o vaya a realizar los trámites necesarios para poder desarrollar una actividad

económica a través de cualquier forma admitida en derecho.

e) Que el proyecto empresarial cuente con un Plan de Empresa que explique la idea del mis-

mo, su financiación, refleje la situación inicial y una proyección de, al menos, tres años.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda y con

la Seguridad Social en los términos estipulados en las disposiciones vigentes, tanto con carácter

previo al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención.

g) No ser deudor de la Diputación Provincial de Salamanca.

h) No concurrir en el solicitante las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley

38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.

i) Cumplir con los requisitos exigidos por el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de

18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcio-

namiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis) o, tratándose de empresas dedicadas a

la producción primaria de productos agrícolas, en el Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comi-

sión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de

Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.

4.2.- Obligaciones de los beneficiarios.

Serán obligaciones de los beneficiarios de la subvención:

a) Iniciar un proyecto empresarial, como titular o cotitular, y darse de alta en el Censo de

empresarios, profesionales y retenedores en el período comprendido desde el día siguiente a

la fecha de publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y el 15 de

noviembre de 2014, inclusive. El proyecto empresarial podrá desarrollarse a través de cualquier

forma jurídica, incluidos empresarios/as individuales, profesionales independientes, empresas

con personalidad jurídica, comunidades de bienes y sociedades civiles.

b) Mantener la actividad económica subvencionada y la afiliación al RETA, SETA -u otro régi-

men aplicable de la Seguridad Social- o a la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente,

en las mismas condiciones que motivaron la concesión de la subvención durante, al menos, 24

meses ininterrumpidos, contados a partir del alta correspondiente (alta que deberá efectuarse en

el período comprendido desde el día siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases

en el Boletín Oficial de la Provincia y el 15 de noviembre de 2014, inclusive).

c) Que el domicilio de la actividad y el fiscal se encuentre en un municipio de la provincia de

Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes.

d) Permanecer empadronado en alguno de los municipios de menos de 20.000 habitantes

de la provincia de Salamanca durante, al menos, 24 meses desde la afiliación al RETA, SETA -u

otro régimen aplicable de la Seguridad Social- o a la Mutualidad del Colegio Profesional corres-

pondiente.

e) Someterse a cuantas actuaciones de comprobación pueda efectuar el órgano concedente.

f) Comunicar al órgano concedente cualquier modificación que se produzca respecto a los

datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así

como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario y la obtención de ayudas,

subvenciones u otros ingresos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración

o ente público o privado.

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g) Comprometerse a asistir, salvo causa justificada que lo impida, a alguna de las actividades

formativas que pueda organizar la Diputación de Salamanca -o sus Organismos Autónomos- y

en las que se contemplen como destinatarios de las mismas los beneficiarios de la presente

subvención.

5.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

La cuantía del crédito destinado a la presente convocatoria será de 2.000.000,00 € y la finan-

ciación se efectuará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

2014/10/2412A/470.00.00: 600.000,00 €.

2015/10/2412A/470.00.00: 1.000.000,00 €.

2016/10/2412A/470.00.00: 400.000,00 €.

La autorización de este gasto se subordinará al crédito que para cada ejercicio autoricen los

respectivos presupuestos.

A esta financiación se podrá añadir una cuantía adicional no superior al 100 por cien, siempre

que concurra alguna de las reglas previstas en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21

de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de

Subvenciones. La efectividad de la cuantía adicional quedará condicionada a la declaración de

disponibilidad presupuestaria del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación

presupuestaria que proceda.

6.- IMPORTE MÁXIMO DE LA SUBVENCIÓN Y COMPATIBILIDAD

6.1.- Importe máximo de la subvención.

- Para la Modalidad A (Planes de autoempleo general):

El importe máximo de la subvención en esta modalidad no podrá exceder de:

a) para los gastos devengados por la afiliación al RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la

Seguridad Social- o a la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente: el importe máximo

será el correspondiente a 24 mensualidades de la cuota que resulte de aplicar, sobre la base mí-

nima de cotización en el RETA, el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento más el que

proceda por incapacidad temporal (IT), con el límite de 3.200,00 € para los 12 primeros meses a

partir de la afiliación correspondiente y 3.200,00 € para los 12 meses siguientes. A estos efectos,

la cantidad a subvencionar por mensualidad no podrá exceder de 267,00 €.

b) para los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto: el importe no

podrá exceder del 50% del coste de los gastos -enumerados en la Base 3ª- que se realicen du-

rante los primeros 12 meses a partir de la fecha que figure en la declaración censal de alta en el

Censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036 ó 037, según los casos) con el

límite de 1.500,00 €.

- Para la Modalidad B (Planes de autoempleo asociados a sectores estratégicos y/o activida-

des innovadoras):

El importe máximo de la subvención en esta modalidad no podrá exceder de:

a) para los gastos devengados por la afiliación al RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la

Seguridad Social- o a la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente: el importe máximo

será el correspondiente a 24 mensualidades de la cuota que resulte de aplicar, sobre la base mí-

nima de cotización en el RETA, el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento más el que

proceda por incapacidad temporal (IT), con el límite de 3.200,00 € para los 12 primeros meses a

partir de la afiliación correspondiente y 3.200,00 € para los 12 meses siguientes. A estos efectos,

la cantidad a subvencionar por mensualidad no podrá exceder de 267,00 €.

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b) para los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto: el importe no

podrá exceder del 50% del coste de los gastos -enumerados en la Base 3ª- que se realicen du-

rante los primeros 12 meses a partir de la fecha que figure en la declaración censal de alta en el

Censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036 ó 037, según los casos) con el

límite de 3.000,00 €.

Si el proyecto empresarial diera lugar a la constitución de una entidad -con o sin personalidad

jurídica- y varios de sus miembros solicitaran la presente subvención, la cuantía máxima corres-

pondiente por el concepto de gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto

que se otorgará en su conjunto al proyecto empresarial será de 3.000,00 € para la Modalidad A)

Planes de autoempleo general ó 6.000,00 € para la Modalidad B) Planes de autoempleo asocia-

dos a sectores estratégicos y/o actividades innovadoras. En este supuesto, la cantidad asignada

al proyecto empresarial se prorrateará entre los solicitantes en proporción al porcentaje de par-

ticipación que tengan en la entidad que se vaya a constituir. El prorrateo se podrá efectuar en el

momento de dictarse la resolución de concesión o en la modificación de la misma, con arreglo a

lo dispuesto en la Base 10.3.

6.2.- Compatibilidad.

Esta subvención será compatible con cualquier otra subvención, ayuda, recurso o ingreso

afectado para la actividad subvencionada que otorgue cualesquiera Administración o ente públi-

co o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se

superen los límites temporales y cuantitativos siguientes:

a) Para las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas -entendien-

do por tales los productos enumerados en el anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad

europea- y según el artículo 3.2 del Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión, de 18 de di-

ciembre de 2013 (relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento

de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola) la ayuda total de minimis con-

cedida al beneficiario no podrá exceder de 15.000,00 € en un periodo de tres ejercicios fiscales

-tomando en consideración el importe total de ayuda de minimis concedida en el ejercicio 2014 y

durante los dos ejercicios fiscales anteriores-; no obstante, si la cuantía de las subvenciones otor-

gadas en esos ejercicios más la concedida por la Diputación en base a la presente Convocatoria

supera dicha cifra, no podrá concederse la ayuda ni siquiera respecto a la fracción que no supere

el límite de los 15.000,00 €.

b) El resto de empresas (incluidas las que se dediquen a la transformación y comercialización

de productos agrícolas) estarán sujetas a los límites establecidos en el artículo 3.2 del Reglamen-

to (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los

artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis):

b.1 con carácter general, la ayuda total de minimis concedida al beneficiario no podrá exceder

de 200.000,00 € en un periodo de tres ejercicios fiscales -tomando en consideración el importe

total de ayuda de minimis concedida en el ejercicio 2014 y durante los dos ejercicios fiscales

anteriores-; no obstante, si la cuantía de las subvenciones otorgadas en esos ejercicios más la

concedida por la Diputación en base a la presente Convocatoria supera dicha cifra, no podrá

concederse la ayuda ni siquiera respecto a la fracción que no supere el límite de los 200.000,00 €.

b.2 si la actividad de la empresa fuera la de realizar por cuenta ajena operaciones de trans-

porte de mercancías por carretera, el límite previsto en el apartado anterior será de 100.000,00 €.

Si al peticionario le hubiera sido concedida otra subvención -para la misma finalidad- que

fuera incompatible con la convocada por la Diputación, se procederá con arreglo a lo dispuesto

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en el art. 33 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

No obstante, el importe de las subvenciones otorgadas por la Diputación en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Asimismo, la subvención será incompatible con cualquier otra subvención, ayuda, recurso o ingreso afectado para la actividad subvencionada que otorgue la Diputación de Salamanca -bien mediante un procedimiento de concesión directa, bien a través de un procedimiento de concu-rrencia competitiva- en la que puedan resultar coincidentes los gastos subvencionables.

7.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y DISTRIBUCIÓN DE LA SUB-VENCIÓN.

7.1.- Criterios de valoración de las solicitudes.

Las solicitudes se evaluarán conforme a los siguientes criterios de valoración, aplicados so-bre el contenido del Plan de Empresa al que se hace referencia en la Base 8ª.3:

a) Por viabilidad del proyecto. Dentro de este criterio se valorará el grado de viabilidad finan-ciera, así como los restantes apartados contenidos en el Plan de Empresa que deberá presentar el solicitante (ver Anexo III). En este apartado la Comisión de Valoración prevista en la Base 9ª concederá hasta un máximo de 10 puntos teniendo en cuenta:

a.1.- La idea de negocio. Se valorará la idea, así como la oportunidad de negocio que genera, teniendo en cuenta qué servicios o productos se van a ofrecer. Máximo 2 puntos.

a.2.- El mercado. Se valorará el análisis de clientes, proveedores y competencia, así como el mercado al que va dirigido el producto o servicio. Máximo 2 puntos.

a.3.- Plan Comercial. Se valorará cómo se va a comercializar el producto o servicio y cómo se le va a dar publicidad. Máximo 1 punto.

a.4.- Viabilidad Financiera. Máximo 5 puntos.

b) Por estar dirigido el proyecto a sectores estratégicos. En este apartado la Comisión de Valoración concederá hasta un máximo de 4 puntos teniendo en cuenta que el proyecto contem-plado en el Plan de Empresa se dirija a alguno de los siguientes sectores:

b.1.- Nuevos mercados geográficos: 1 punto.

b.2.- Industria agroalimentaria: 1 punto.

b.3.-Turismo: 1 punto.

b.4.- Medio ambiente: 1 punto.

c) Por actividades innovadoras. En este apartado la Comisión de Valoración concederá hasta un máximo de 6 puntos teniendo en cuenta:

c.1.- Si el proyecto contemplado en el Plan de Empresa implica el desarrollo de una actividad económica basada en productos, servicios, procesos o sistemas de gestión nuevos o mejorados de carácter innovador: 3 puntos.

c.2.- Si el proyecto contemplado en el Plan de Empresa implica el desarrollo de una actividad económica relacionada con proyectos que convierten el conocimiento tecnológico en nuevos productos, procesos o servicios que tienen la capacidad de introducirse en el mercado como novedad tecnológica (incluyendo en este apartado las empresas creadas a partir de patentes, de registros de la propiedad industrial o intelectual, o de proyectos de investigación de las universi-dades, para canalizar la transferencia de sus resultados al mercado): 3 puntos.

d) Por dispersión geográfica. A efectos de esta convocatoria se entenderá que el Plan de Em-presa comporta dispersión geográfica cuando el municipio donde radique el domicilio de la acti-vidad y el fiscal se encuentre situado a una distancia de la capital superior a 10 Km. (para valorar

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este criterio se tomarán en consideración las distancias reflejadas en la Información Municipal de la página web de la Diputación de Salamanca: http://www.lasalina.es/Aplicaciones/GestorInter.jsp?prestacion=Cipublico&funcion=MuestraMunicipios&codProvincia=37/): 1 punto.

7.2 Distribución de la subvención.

Para poder ser beneficiario de la subvención dentro de la Modalidad A (Planes de autoempleo general) será necesario que el Plan de Empresa obtenga un mínimo de 5 puntos en el apartado a) viabilidad del proyecto.

Para poder ser beneficiario de la subvención dentro de la Modalidad B (Planes de autoem-pleo asociados a sectores estratégicos y actividades innovadoras) será necesario que el Plan de Empresa obtenga un mínimo de 5 puntos en el apartado a) viabilidad del proyecto y alguna puntuación en los apartados b) o c).

En caso de empate en la puntuación obtenida, tendrán preferencia:

1º.- En primer lugar los solicitantes que hayan obtenido mayor puntuación en el criterio b) sectores estratégicos.

2º.- En segundo lugar, los solicitantes que hayan obtenido mayor puntuación en el criterio c) actividades innovadoras.

3º.- En tercer lugar, los solicitantes que hayan obtenido puntuación en el criterio d) dispersión geográfica.

4º.- En cuarto lugar, la solicitud completa presentada con anterioridad en el registro.

Una vez asignada la puntuación a las solicitudes, las subvenciones se otorgarán en función de la prelación establecida entre ellas, hasta agotar el crédito previsto en la convocatoria.

Se exceptúa el requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas en plazo y que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación de las mismas.

8.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN

8.1 Las solicitudes se formularán con arreglo al modelo que figura en el Anexo I de la pre-sente convocatoria y deberán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca (C/ Felipe Espino, 1) -así como también podrá presentarse en los Registros Auxiliares del mismo y en los demás lugares y formas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común-.

8.2 El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia finalizando el 15 de mayo de 2014, inclusive.

8.3 A la solicitud (presentada con arreglo al modelo previsto en el Anexo I) se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del NIF del solicitante. Para los solicitantes extranjeros fotocopia del NIE y acre-ditación de la autorización para trabajar por cuenta propia expedida por el organismo competente.

b) Certificado de empadronamiento, expedido con fecha posterior a la publicación de las presentes Bases, en el que conste la inscripción del solicitante en alguno de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca.

c) Certificado de estar inscrito como demandante de empleo en una de las oficinas de empleo de la provincia de Salamanca en el momento de la presentación de la solicitud.

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d) Plan de Empresa al que hace referencia la Base 4.1 apartado e) -presentado con arreglo al modelo previsto en el Anexo III-. El Plan de Empresa deberá presentarse impreso en papel y en soporte informático (CD o pendrive).

e) Autorización a la Diputación de Salamanca -presentada con arreglo a los modelos previs-tos en los Anexos VI (1) y (2)- para que ésta recabe de la Agencia Estatal de Administración Tribu-taria y de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos correspondientes que acrediten que el peticionario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a los efectos previstos en el art. 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (el solicitan-te podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar en ese caso los certificados correspondientes en los términos previstos en el citado art. 22).

f) Declaración responsable del solicitante (a los efectos previstos en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y presentada con arreglo al modelo previsto en el Anexo II) en la que conste:

1.- que no es deudor de la Diputación (circunstancia que se comprobará de oficio por la Di-putación de Salamanca).

2.- que no concurren en el mismo las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.

3.- que no es deudor por resolución de procedencia de reintegro, comprometiéndose a notifi-car el cambio en dicha situación.

4.- que autoriza a la Diputación de Salamanca para que ésta recabe de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos corres-pondientes que acrediten que el peticionario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a los efectos previstos en el art. 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar en ese caso los certificados correspondientes en los términos previstos en el citado art. 22).

5.- que autoriza a la Diputación de Salamanca (al amparo de lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre) para la cesión o intercambio de datos personales entre diferentes Administracio-nes, con la finalidad exclusiva de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

6.- que el importe total de las ayudas que le han sido otorgadas con carácter de minimis en los años 2012, 2013 y 2014 no exceden de los límites establecidos por el Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola) o por el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis) que le puedan resultar de aplicación, cumpliendo los requisitos exigidos en los mismos.

7.- que se compromete a notificar a la Diputación de Salamanca cualquier concesión de ayuda para la misma finalidad que, no estando prevista inicialmente en la memoria del proyecto empresarial, pueda producirse con posterioridad.

8.- que se compromete a asistir, salvo causa justificada que lo impida, a alguna de las ac-tividades formativas que pueda organizar la Diputación de Salamanca -o sus Organismos Au-tónomos- y en las que se contemplen como destinatarios de las mismas los beneficiarios de la presente subvención.

8.4 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a su revisión. Si faltase alguno de los documentos exigidos o su contenido fuese insuficiente, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos precepti-vos. Si transcurrido dicho plazo no hubiera atendido este requerimiento, se le tendrá por desistido

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de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artº. 42

de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

9.- PROCEDIMIENTO Y PLAZO DE RESOLUCIÓN

9.1 Procedimiento. La instrucción del procedimiento comprenderá las siguientes actividades:

- La petición de cuantos informes estime necesarios para resolver o que sean exigidos por

las normas que regulan la subvención.

- La evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración e índices de pon-

deración establecidos en estas Bases.

Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración de la Convocatoria emitirá infor-

me en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. Dicha Comisión será nombrada

por Decreto de la Presidencia y estará integrada, al menos, por las siguientes personas: un

técnico designado por el Diputado Delegado de Área o ámbito objeto de la subvención, quien la

presidirá, el Director del Área o funcionario en quien delegue, así como un Técnico competente

por razón de la materia. Actuará de secretario uno de los funcionarios que formen parte de la

comisión.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, for-

mulará la propuesta de resolución provisional (en la que se acreditará el cumplimiento de los fines

perseguidos con el otorgamiento de la subvención así como la conformidad con las presentes

Bases) y se elevará al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación para su aprobación mediante Decreto

de la Presidencia. Dicha resolución provisional será notificada a los interesados, concediendo un

plazo de 10 días para presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean

tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesa-

dos. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.

A la vista de las alegaciones, se formulará la propuesta de resolución definitiva que será

aprobada por Decreto de Presidencia. En la resolución definitiva se hará constar el solicitante o

la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía,

haciendo constar de manera expresa la desestimación del resto de las solicitudes.

Se entenderá que la subvención es aceptada por el beneficiario si en el plazo de diez días

desde su notificación no se hubiera producido la renuncia a la subvención concedida.

9.2 Plazo de resolución. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedi-

miento no podrá exceder de seis meses y se computará a partir de la conclusión del plazo pre-

visto para la presentación de solicitudes y, en todo caso, antes del 30 de diciembre del año 2014.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados

para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

10.- JUSTIFICACIÓN Y PAGO

10.1 Plazos de Justificación. La justificación de la subvención y el abono correspondiente se

harán de forma parcial y periódica, estableciéndose los siguientes tipos y plazos para la presen-

tación de la misma:

A) Período de justificación voluntario:

Plazo de presentación: desde la fecha de notificación de la concesión de la subvención hasta

el 15 de noviembre de 2014, inclusive. Este período será de carácter voluntario, y estará dirigido

a aquellos beneficiarios que, a esta fecha, puedan justificar un mínimo de 4 mensualidades de

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los gastos devengados por la afiliación al RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la Seguridad

Social- o a la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

Cumplido este requisito, en la justificación también se podrán incluir los gastos asociados a la

puesta en marcha y ejecución del proyecto que hayan realizado desde la declaración censal de

alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores hasta el momento de presentación

de la justificación.

B) Períodos de justificación obligatoria:

1.- Primer período de justificación obligatorio.

Plazo: del 1 al 30 de abril de 2015, inclusive.

En este período se justificarán:

a) los gastos devengados por la afiliación al RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la Se-

guridad Social- o a la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente desde la fecha de alta

hasta el 31 de marzo de 2015, inclusive.

b) los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto que hayan realizado

desde la declaración censal de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores

hasta el 31 de marzo de 2015, inclusive.

Los beneficiarios que hubieran aportado la justificación voluntaria prevista en el apartado A)

presentarán los restantes gastos que hayan realizado hasta el 31 de marzo de 2015, inclusive,

que no hubiesen sido objeto de justificación.

2.- Segundo período de justificación obligatorio.

Plazo: del 1 al 31 de octubre de 2015, inclusive.

En este período se justificarán los gastos realizados entre el 1 de abril de 2015 y el 30 de sep-

tiembre de 2015, inclusive. Los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto

que se justifiquen no podrán exceder de los límites previstos en la Base 6ª.

3.- Tercer período de justificación obligatorio..

Plazo: del 1 al 30 de abril de 2016, inclusive.

En este período se justificarán los gastos realizados entre el 1 de octubre de 2015 y el 31 de

marzo de 2016, inclusive. Los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto

que se justifiquen no podrán exceder de los límites previstos en la Base 6ª.

4.- Cuarto período de justificación obligatorio.

Plazo: del 1 al 28 de febrero de 2017, inclusive.

En este período se justificarán los gastos devengados por la afiliación al RETA, SETA -u otro

régimen aplicable de la Seguridad Social- o a la Mutualidad del Colegio Profesional correspon-

diente que se hayan realizado entre el 1 de abril de 2016 y el 16 de noviembre de 2016, inclusive.

En este período se justificará también:

a) la obligación de haber permanecido empadronado en alguno de los municipios de menos

de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca durante el tiempo previsto en la Base 4.2 e).

b) la obligación de haber mantenido la actividad económica subvencionada.

10.2 Documentación. La justificación se llevará a cabo a través de la cuenta justificativa sim-

plificada prevista en el art. 75 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, cumplimentan-

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do en cada período de justificación el Anexo IV y el Anexo V que corresponda al referido período

y mediante la aportación (en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca, en

los Registros Auxiliares del mismo o en los demás lugares y formas previstos en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre) de los siguientes documentos:

10.2.1. En la primera justificación que se presente (ya sea voluntaria u obligatoria) se aportará:

a) Fotocopia compulsada de la declaración censal de alta en el Censo de empresarios, pro-

fesionales y retenedores (modelo 036 ó 037, según los casos).

b) Informe de vida laboral (podrá obtenerse directamente en la siguiente dirección: https://

sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=168694).

Si es mutualista: certificación del Colegio Profesional acreditativa del alta en dicho Colegio, con

indicación de si presupone o no ejercicio de la actividad, y certificación de la Mutualidad del Co-

legio Profesional, con indicación de los períodos de alta en la misma.

c) Solicitud de alta/modificación de datos del solicitante -con arreglo al modelo disponible en

la siguiente dirección: http://www.lasalina.es/areas/ci/Impresos/Alta-Modificacion%20subvencio-

nes.pdf- en la que figure la confirmación de la entidad bancaria acreditativa de la titularidad de

la cuenta en la que se solicita el ingreso de la ayuda.

10.2.2. En todos los períodos de justificación:

a) Declaración responsable del beneficiario de la subvención con arreglo al Anexo IV.

b) Declaración responsable del beneficiario de la subvención en la que conste la relación

clasificada de los gastos de la actividad subvencionables al amparo de la Base 3ª, con identifica-

ción del acreedor y del documento acreditativo del gasto, su importe y fecha de emisión (Anexo V

correspondiente a cada período de justificación). Únicamente se considerarán como gastos rea-

lizados los que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período

de justificación, y se acreditarán de la siguiente manera:

b.1.- Los gastos devengados por la afiliación al RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la

Seguridad Social o a la Mutualidad del Colegio Profesional: con el cargo en cuenta de la mensua-

lidad correspondiente u otro medio acreditativo del pago.

b.2.- Los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto: aportando origi-

nal de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico

jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas -o documentos sustitutivos- deberán

cumplir los requisitos a que se refieren los artículos 6 y siguientes del Reglamento por el que se

regulan las obligaciones de facturación, aprobado por R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, con

especial referencia a:

1. Número y, en su caso, serie.

2. La fecha de su expedición.

3. Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir

factura como del destinatario de las operaciones.

4. Número de Identificación Fiscal del obligado a expedir la factura y, en su caso, del desti-

natario.

5. Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.

6. Descripción de las operaciones, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas

operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario.

7. El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.

8. La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.

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9. La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o la que, en

su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de

expedición de la factura.

Si la fecha de la factura no estuviera comprendida dentro del período subvencionable, se

acompañará a la misma el correspondiente albarán acreditativo de que la actividad se ha reali-

zado dentro de dicho período.

Deberá constar en la factura -o documento sustitutivo- el “recibí”, firma y sello del emisor, o

acreditación del pago.

Los gastos de arrendamientos deberán acompañarse, además, de fotocopia del respectivo

contrato.

Una vez resuelta la Convocatoria, se procederá al estampillado del original de la factura

o documento sustitutivo, indicando en la estampilla la subvención para cuya justificación ha sido

presentada, así como el importe o porcentaje subvencionado. Cumplido este trámite, se podrá

solicitar la devolución de la documentación original.

Excepcionalmente, en el supuesto de que el proyecto empresarial dé lugar a la constitución

de una entidad -con o sin personalidad jurídica- y varios de sus miembros hayan sido beneficia-

rios de la subvención, podrá uno de ellos aportar para la justificación los documentos originales

y los otros fotocopias compulsadas, haciendo constar en el Anexo V quién es el que presenta la

documentación original.

10.2.3. En el último período de justificación:

Además de la documentación prevista en el punto 10.2.2 se deberá aportar:

a) Certificado de empadronamiento -expedido en el plazo previsto para este período de jus-

tificación- que acredite haber permanecido empadronado en alguno de los municipios de menos

de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca durante el tiempo previsto en la Base 4.2 e).

Si durante dicho plazo el beneficiario hubiera estado empadronado en varios municipios, se apor-

tarán tantos certificados como sean necesarios para justificar el cumplimiento de la obligación.

b) Fotocopias compulsadas de la Declaración-Resumen anual del Impuesto sobre el Valor

Añadido correspondiente a los ejercicios 2015 y 2016 (modelo 390).

El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos estableci-

dos en esta Base o la justificación insuficiente de la misma, así como la concurrencia de alguna

de las causas previstas en la Base 13ª llevará aparejado que la subvención quede sin efecto, con

pérdida del derecho al cobro de la misma.

Las declaraciones responsables tendrán los efectos previstos en el artículo 71 bis de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-

dimiento Administrativo Común.

10.3 Modificación de la resolución de concesión. Si del examen de la documentación aporta-

da para la justificación de la subvención se produjera una alteración de las condiciones tenidas

en cuenta para la concesión de la misma, o se acreditara la obtención concurrente de otras apor-

taciones que excedieran del límite establecido como compatible en la Base 6ª, se procederá a la

modificación de la resolución de concesión. Dicha modificación sobre la resolución de concesión

se llevará a cabo mediante el Decreto de la Presidencia por el que se proceda al reconocimiento

y liquidación de las subvenciones a los beneficiarios, para su posterior ordenación del pago, y

será notificada a los interesados.

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10.4 Pago. Antes de proceder a la realización del pago de la subvención -tras la justificación

del correspondiente período- se comprobará que el beneficiario se halla al corriente en el cum-

plimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que

no se encuentre al corriente, se notificará al interesado esta circunstancia, advirtiéndole de la

paralización del procedimiento por causa imputable al mismo y requiriéndole para que acredite su

subsanación en el plazo de tres meses. Consumido este plazo sin que el beneficiario de la sub-

vención realice la subsanación, se acordará la caducidad del procedimiento y el archivo de las ac-

tuaciones, y se notificará al interesado para que interponga los recursos que estime pertinentes.

Se procederá al pago de la subvención mediante Decreto de Presidencia, una vez aprobadas

las justificaciones presentadas por los beneficiarios y acreditado el cumplimiento de sus obliga-

ciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

11.- RECURSOS

Las resoluciones de concesión de la subvención recaídas en el procedimiento agotan la vía

administrativa, siendo susceptibles de ser impugnadas mediante recurso potestativo de reposi-

ción ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de

un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, o en el plazo de tres meses a partir del

día en que se produzca el acto presunto.

O bien, pueden ser impugnadas directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Adminis-

trativo de Salamanca. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de

dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía

administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el

solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con

su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Si, como consecuencia de la estimación de un recurso, se tuviera que conceder una sub-

vención que hiciera necesario ampliar el crédito previsto en la presente convocatoria, la cuantía

adicional de ésta quedaría determinada tras la tramitación del expediente de concesión.

12.- SEGUIMIENTO Y CONTROL

La Diputación de Salamanca, a través de los órganos de control competentes, podrá realizar

las actuaciones de comprobación que considere oportunas a fin de comprobar la veracidad de

los datos consignados en la documentación presentada, así como el cumplimiento de los requi-

sitos exigidos para la percepción de la ayuda; quedando el beneficiario de la misma obligado a

colaborar en dicha comprobación, proporcionando los datos requeridos y facilitando, en su caso,

el acceso a las instalaciones en que se realicen las actividades objeto de la ayuda.

13.- CAUSAS DE REINTEGRO

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora

correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde

la procedencia del reintegro, en los casos establecidos en el art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de

noviembre, General de Subvenciones.

Igualmente, en el supuesto de que la subvención concedida por la Diputación concurra con

otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de manera que el importe de las mismas supere

el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste

de dicha actividad, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 n) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, se establecen como criterios de graduación del posible incumplimien-

to de las condiciones impuestas en la Base 4.2 b) y e) de la Convocatoria (relativas al mante-

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nimiento de la actividad económica subvencionada y la afiliación y al empadronamiento) -y que resultarán de aplicación para determinar el importe a reintegrar- los siguientes:

1.- Si no se mantiene la actividad, la afiliación o el empadronamiento durante 6 meses ininte-rrumpidos se reintegrará el 100 % de la subvención percibida.

2.- Si se mantiene la actividad, la afiliación o el empadronamiento más de 6 pero menos de 12 meses ininterrumpidos se reintegrará el 50 % de la subvención percibida.

3.- Si se mantiene la actividad, la afiliación o el empadronamiento más de 12 pero menos de 18 meses ininterrumpidos se reintegrará el 25 % de la subvención percibida.

4.- Si se mantiene la actividad, la afiliación o el empadronamiento más de 18 pero menos de 24 meses ininterrumpidos se reintegrará el 10 % de la subvención percibida.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resul-tando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley General Presupuestaria. El interés de demora aplicable será el que determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el periodo correspondiente.

14.- INFRACCIONES Y SANCIONES

El incumplimiento de las obligaciones recogidas en las presentes Bases, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se sancionarán con arreglo a lo dis-puesto en el Título IV de la misma, así como en el Título IV de su Reglamento.

15.- INTERPRETACIÓN Y NORMATIVA APLICABLE

Las dudas que surjan en la interpretación de las presentes Bases serán resueltas por el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, previa instrucción del pro-cedimiento oportuno, siendo de aplicación -en todo lo no previsto en las mismas- las disposicio-nes contenidas en la Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (Boletín Oficial de la Provincia nº 78, de 28 de abril de 2009), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.

Salamanca, 14 de marzo de 2014.–El Presidente, Francisco Javier Iglesias García.

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL AUTOEMPLEO

ANEXO I. SOLICITUD

Apellidos.........................................................................................................................Nombre .................................................. NIF ........................... Domicilio ..................................................................................................................................................... Código Postal .................. Municipio ......................................................................................................................................... Teléfono fijo ................................ Teléfono móvil ................................ Correo electrónico ………………………………………..

S O L I C I T A : la concesión de las subvenciones establecidas por la Excma. Diputación de Salamanca dirigidas al autoempleo, en la cuantía máxima que proceda, para los siguientes gastos (ponga una cruz en la casilla o casillas correspondientes):

� los devengados por la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) -u otro régimen aplicable de la Seguridad Social- o por la afiliación a la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

� los gastos asociados a la puesta en marcha y ejecución del proyecto empresarial.

A la solicitud se adjunta la siguiente Documentación:

� Fotocopia del NIF del solicitante.

� Para los solicitantes extranjeros: fotocopia del NIE y acreditación de la autorización para trabajar por cuenta propia expedida por el organismo competente.

� Certificado de empadronamiento, expedido con fecha posterior a la publicación de las Bases de la Convocatoria, en el que consta la inscripción del solicitante en alguno de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca.

� Certificado de estar inscrito como demandante de empleo en una de las oficinas de empleo de la provincia de Salamanca en el momento de la presentación de la solicitud.

� Declaración responsable del solicitante (presentada con arreglo al modelo previsto en el Anexo II).

� Plan de Empresa con arreglo al modelo previsto en el Anexo III (el Plan de Empresa deberá presentarse impreso en papel y en soporte informático -CD o pendrive-).

� Autorización a la Diputación de Salamanca -presentada con arreglo a los modelos previstos en los Anexos VI (1) y (2)- para que ésta recabe de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos correspondientes que acrediten que el peticionario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a los efectos previstos en el art. 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar en ese caso los certificados correspondientes en los términos previstos en el citado art. 22).

El abajo firmante se compromete a aceptar las Bases de la presente Convocatoria, así como a facilitar cuanta información le sea requerida por la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, declarando bajo su responsabilidad ser ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En , a____de ___________ de 20__.

Fdo.: ____________________________

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA.

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL AUTOEMPLEO

ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLE

Apellidos.........................................................................................................................Nombre .................................................. NIF ........................... Domicilio ..................................................................................................................................................... Código Postal .................. Municipio ......................................................................................................................................... Teléfono fijo ................................ Teléfono móvil ................................ Correo electrónico ………………………………………..

DECLARA

1.- Que no es deudor de la Diputación (circunstancia que se comprobará de oficio por la Diputación de Salamanca). 2.- Que no concurren en el mismo las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de

Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación. 3.- Que no es deudor por resolución de procedencia de reintegro, comprometiéndose a notificar el cambio en dicha

situación. 4.- Que no ha estado dado de alta en el RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la Seguridad Social- o en la

Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente en el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y la fecha de publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

5.- Que (marque lo que proceda): � autoriza a la Diputación de Salamanca para que ésta recabe de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y

de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos correspondientes que acrediten que el peticionario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

� no autoriza a la Diputación de Salamanca para que ésta recabe de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos correspondientes que acrediten que el peticionario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (el solicitante deberá aportar en ese caso los certificados correspondientes en los términos previstos en el art. 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones).

6.- Que autoriza a la Diputación de Salamanca (al amparo de lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre) para la cesión o intercambio de datos personales entre diferentes Administraciones, con la finalidad exclusiva de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

7.- Que el importe total de las ayudas que le han sido otorgadas con carácter de minimis en los años 2012, 2013 y 2014 no exceden de los límites establecidos por el Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola) o por el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis) que le puedan resultar de aplicación, cumpliendo los requisitos exigidos en los mismos.

SUBVENCIONES CONCEDIDAS CON CARÁCTER DE MINIMIS EN LOS AÑOS 2012, 2013 Y 2014

ORGANISMO CONCEDENTE DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA AÑO DE LA

CONVOCATORIA

FECHA RESOLUCIÓN CONCESIÓN

IMPORTE CONCEDIDO

8.- Que se compromete a notificar a la Diputación de Salamanca cualquier concesión de ayuda para la misma finalidad que, no estando prevista inicialmente en la memoria del proyecto empresarial, pueda producirse con posterioridad.

9.- Que se compromete a asistir, salvo causa justificada que lo impida, a alguna de las actividades formativas que pueda organizar la Diputación de Salamanca -o sus Organismos Autónomos- y en las que se contemplen como destinatarios de las mismas los beneficiarios de la presente subvención.

En , a____de ___________ de 20__.

Fdo.: ____________________________

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA.

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

ANEXO III

Proyecto: Solicitante de la ayuda: Municipio de implantación:

MEMORIA - PLAN DE EMPRESA

IDEA DE NEGOCIO (hasta un máximo de 2 puntos)

ACTIVIDAD A DESARROLLAR

Actividad empresarial: Código CNAE: CNAE. Descripción:

Sector estratégico: Marcar si el proyecto está dirigido a alguno de los siguientes sectores, y, en su caso, justificar el haber marcado la casilla “Nuevos mercados geográficos”:

Nuevos mercados geográficosIndustria agroalimentaria

Turismo

Medio ambiente

Breve Descripción de la actividad económica: Productos o servicios que se van a ofrecer: Definición de las características del producto o servicio que va a se objeto de la actividad empresarial. En su caso, diferenciación o valor añadido de la idea en cuanto al producto o servicio en sí, gestión de calidad etc.)

Forma jurídica

Empresario individual

Comunidad de bienes o Sociedad Civil

Otras sociedades

Especificar……………………………………………

Domicilio social previsto (en su caso)

Población: Código Postal:

SOLICITANTE / PROMOTOR

Nombre y apellidos DNI

Dirección

Fecha y lugar de nacimiento Estado civil

Domicilio (a efecto de notificaciones)

Municipio Código Postal

Teléfono Correo electrónico

Nivel de estudios Sin estudios Básicos Medios Superiores

Titulación académica

Otra formación relacionada directamente con la activad

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

Experiencia profesional relacionada con la actividad

Será aconsejable adjuntar Currículum Vitae en documento adjunto o archivo

Existen otros promotores que solicitan esta misma ayuda.

MERCADO (hasta un máximo de 2 puntos)

A qué Mercado va dirigido el producto o servicio: Descripción del mercado y segmento de mercado al que va dirigido: características, tamaño, crecimiento potencial, etc. Barreras de entrada (principales dificultades de acceso al mercado). · Factores que influyen en el mercado: modas, estacionalidad, recesiones, etc. · Normativa

Nuestros Clientes: Características y/o perfil del cliente objetivo del segmento de mercado al que se pretende dar servicio. · Qué motiva su compra y hábitos de consumo tiene. · Qué forma de pago suele emplear.

Nuestros Proveedores: Enumeración de los proveedores. • Gama de productos que nos suministran y sus características.• Situación general de estas empresas y criterios de selección por los que han sido seleccionados. • Plazos de entrega, períodos de pago y pedidos mínimos.

Análisis de la Competencia: Descripción de las empresas competidoras: características, volumen de mercado, distribución geográfica y ubicación, etc. · Análisis de los productos de los competidores: calidad, precio, gama, servicios complementarios, etc. Competidores potenciales y/o sustitutivos.

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

PLAN COMERCIAL (hasta un máximo de 1 punto)

Determinación del precio de venta. Penetración en el mercado, canales de distribución. (Cuando proceda, descripción de los canales de distribución -acercamiento físico- a través de los cuales se pondrán los productos a disposición del cliente). Acciones de promoción, publicidad. Garantías, servicios técnicos, servicios post-venta.

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

VIABILIDAD FINANCIERA (hasta un máximo de 5 puntos)

PLAN DE INVERSIÓN

Proyecto de inversión en activo fijo

Compra del local (terrenos o edificios)

Construcción del local (proyecto, dirección de obra, materiales,…)

Acondicionamiento del local (reformas)

Coste de traspaso del negocio

Gastos de inicio de la actividad (de constitución de la sociedad,…)

Mobiliario y equipamiento

Equipos informáticos (ordenadores)

Equipos de oficina (fax, fotocopiadora, etc.)

Material de oficina

Maquinaria

Utillaje (instrumentos y herramientas)

Vehículos y otros elementos de transporte

Otras inversiones materiales

Otros activos inmateriales (licencias, patentes, visados,...)

TOTAL ACTIVO FIJO

Proyecto de inversión en activo circulante

Tesorería

Existencias (Stock inicial,…)

Otros

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE

TOTAL IVERSIÓN FIJO + CIRCULANTE

Estas cantidades tienen incluido el IVA

PLAN DE FINANCIACION

Financiación

Recursos propiosPago único prestación por desempleo Aportaciones dinerarias Aportaciones no dinerarias Recursos ajenosPréstamos entidades de crédito * Préstamos de particulares Subvenciones previstas TOTAL INVERSIÓN

*Identificar las fuentes de financiación y sus condiciones (costes)

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

CUENTA DE RESULTADOS

Año 1 Año 2 Año 3

1. Ingresos

[I] TOTAL INGRESOS (1)

2. Aprovisionamientos

3. Gastos de personal

4. Otros gastos de explotación

5. Amortización de inmovilizado

[II] RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1)- (2+3+4+5)

6. Gastos financieros

[III] RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS [II] –(6)

7. Impuestos sobre beneficios

[IV] RESULTADO DE EJERCICIO [III]-(7)

* Adjuntar en cada concepto un desglose o información explicativa para su cálculo.

** El horizonte temporal de análisis será de, al menos, tres años. Pudiéndose ampliar los años que se crean necesarios para justificar la viabilidad de la inversión.

DESGLOSE DE LOS CONCEPTOS

1. INGRESOS

Producto o servicio Cantidad Precio unitario TOTAL

TOTAL INGRESOS

Adjuntar toda la información que se considere relevante para su cálculo

2. APROVISIONAMIENTOS

Producto comprado o costes directos Cantidad Precio unitario TOTAL

TOTAL APROVISIONAMIENTO

Adjuntar toda la información que se considere relevante para su cálculo

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

3. GASTOS DE PERSONAL

Número de empleos previstos Sueldos y salarios

Jornada completa

Media jornada

TOTAL Salario Seguridad Social

TOTAL

Autónomos

Indefinidos

Eventuales

Subtotal

Adjuntar toda la información que se considere relevante para su cálculo como estructura organizativa, funciones, cualificación necesaria…

4. OTROS GASTOS DE EXPLOTACIÓN

Suministros Consumo Precio unitario TOTAL

Energía eléctrica

Combustibles

Agua

Otros suministros

Gastos y servicios Cantidad Precio unitario TOTAL

Gastos de I+D del ejercicio

Arrendamientos, alquileres o cánones

Reparaciones y conservación

Servicios profesionales independientes

Servicio de transportes

Primas de seguros

Servicios bancarios y similares (comisiones

Gastos de comercialización

Otros (especificar)

Otros servicios Cantidad Precio unitario TOTAL

Teléfono

Otros gastos de oficina

Otros (especificar)

Otros tributos Coste TOTAL

TOTAL

Adjuntar toda la información que se considere relevante para su cálculo

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

5. AMORTIZACIONES

Elemento amortizable % Años Cuantía

TOTAL AMORTIZACIONES

Adjuntar toda la información que se considere relevante para su cálculo

ACTIVIDADES INNOVADORAS (hasta un máximo de 6 puntos) Sólo para la modalidad de actividades innovadoras

Desarrollo de actividades económicas de carácter innovador ( 3 puntos) Justifique brevemente que el proyecto contemplado en este Plan de Empresa va a suponer el desarrollo de una actividad económica basado en productos, servicios, procesos o sistemas de gestión nuevos o mejorados de carácter innovador.

Nuevos proyectos que convierten el conocimiento tecnológico en nuevos productos, procesos o servicios ( 3 puntos) Justifique brevemente que el proyecto contemplado en este Plan de Empresa va a implicar el desarrollo de una actividad económica relacionada con proyectos que convierten el conocimiento tecnológico en nuevos productos, procesos o servicios que tienen la capacidad de introducirse en el mercado como novedad tecnológica (se incluirían las empresas creadas a partir de patentes, de registros de la propiedad industrial o intelectual, o de proyectos de investigación de las universidades, para canalizar la transferencia de sus resultados al mercado).

En …………………… a … de …………… de ………

Fdo: ……………………………

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Anexo III Memoria del Plan Empresarial

CUADROS DE VALORACIÓN (a rellenar por la Administración)

PUNTACIÓN PUNTACIÓN OBTENIDA

IDEA DE NEGOCIO MÁXIMO 2

MERCADO MÁXIMO 2

PLAN COMERCIAL MÁXIMO 1

VIABILIDAD FINANCIERA MÁXIMO 5

SUBTOTAL

INNOVACIÓN: PUNTACIÓN PUNTACIÓN

OBTENIDA

� Desarrollo de actividades económicas de carácter innovador 3

� Nuevos proyectos que convierten el conocimiento tecnológico en nuevos productos, procesos o servicios

3

SECTORES ESTRATÉGICOS: PUNTACIÓN PUNTACIÓN

OBTENIDA

Nuevos mercados geográficos 1

Industria agroalimentaria 1

Turismo 1

Medio ambiente 1

SUBTOTAL (INNOVACIÓN + SECTORES ESTRATÉGICOS):

PUNTACIÓN PUNTACIÓN OBTENIDA

DISPERSIÓN GEÓGRÁFICA 1

SUBTOTAL

TOTAL PUNTUACIÓN

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ANEXO IV

Apellidos.........................................................................................................................Nombre .................................................. NIF ........................... Domicilio ..................................................................................................................................................... Código Postal .................. Municipio ......................................................................................................................................... Teléfono fijo ................................ Teléfono móvil ................................ Correo electrónico ………………………………………..

DECLARA bajo su responsabilidad:

� Que con fecha ………………(1) ha iniciado, como titular o cotitular, el proyecto empresarial que se describe a continuación:

Actividad empresarial: Código CNAE: Domicilio de la actividad: Domicilio fiscal (si es distinto al de la actividad):

� Que el proyecto empresarial ha adoptado la siguiente forma jurídica (marque lo que proceda):

� Autónomo individual.

� Comunidad de bienes.

� Sociedad civil.

� Otro tipo de entidad (especificar cuál):

� Que durante el período comprendido en la presente justificación ha mantenido la actividad económica subvencionada y la afiliación al RETA, SETA -u otro régimen aplicable de la Seguridad Social- o a la Mutua-lidad del Colegio Profesional correspondiente, en las mismas condiciones que motivaron la concesión de la subvención (marque el período que proceda según lo dispuesto en la base 10.1 de la Convocatoria):

� A) Período de justificación voluntario: actividad realizada hasta el 15 de noviembre de 2014, inclusive.

B) Períodos de justificación obligatorios:

� Primer período obligatorio: actividad realizada hasta el 31 de marzo de 2015, inclusive. � Segundo período obligatorio: actividad realizada del 1 de abril de 2015 al 30 de septiembre de 2015, inclusive. � Tercer período obligatorio. actividad realizada del 1 de octubre de 2015 al 31 de marzo de 2016, inclusive. � Cuarto período obligatorio. actividad realizada del 1 de abril de 2016 al 16 de noviembre de 2016, inclusive.

� Que, durante dicho período, la actividad económica subvencionada ha dado lugar a los gastos que se des-glosan en el Anexo V que se adjunta, con especificación de sus importes.

� Que soy titular de la siguiente cuenta bancaria:

IBAN ENTIDAD OFICINA D.C. Nº CUENTA

(1) la que conste como fecha de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

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RELLENAR SÓLO SI EL PROYECTO EMPRESARIAL ADOPTA UNA FORMA JURÍDICA DISTINTA A LA DE EMPRESARIO INDIVIDUAL:

� Que el proyecto empresarial ha dado lugar a la creación de la entidad (2) ………………………………………………….…………….. con CIF nº ………………………………. y domicilio fiscal en …………………………………………….………………….…………….., entidad que está formada por los miembros y en los porcentajes de participación que se indican a continuación:

REPRESENTANTE

Apellidos Nombre DNI Domicilio Localidad CP Porcentaje de participación

MIEMBRO

Apellidos Nombre DNI Domicilio Localidad CP Porcentaje de participación

MIEMBRO

Apellidos Nombre DNI Domicilio Localidad CP Porcentaje de participación

RELLENAR SÓLO SI SE HUBIERAN ALTERADO LAS CONDICIONES QUE MOTIVARON LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN:

� Que se ha producido la siguiente modificación respecto a los datos identificativos o a las circunstancias te-nidas en cuenta en el momento de la concesión de la subvención:

� Que se ha producido la siguiente modificación respecto a los compromisos y obligaciones asumidos comobeneficiario de la subvención:

� Que he obtenido las siguientes ayudas, subvenciones u otros ingresos para la misma finalidad procedentes de las administraciones o entes públicos o privados que se especifican, con indicación de sus importes y si están sujetos a un régimen de minimis:

En , a____de ___________ de 20__.

Fdo.:

(2) especificar la forma jurídica adoptada por el proyecto empresarial (comunidad de bienes, sociedad civil u otro tipo de entidad) y su denominación.

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amie

nto

del l

ocal

don

de s

e ub

ique

el n

egoc

io o

de

las

parc

elas

don

de d

esar

rolle

n su

act

ivid

ad lo

s ag

ricul

tore

s a

títul

o pr

inci

pal.

Acr

eedo

r/CIF

/NIF

N

úmer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte

sin

IVA

D

escr

ipci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

POR

TE D

E LO

S G

AST

OS

REA

LIZA

DO

S

- su

min

istro

s: e

nerg

ía e

léct

rica,

agu

a y

cale

facc

ión.

Acr

eedo

r/CIF

/NIF

N

úmer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte

sin

IVA

D

escr

ipci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

POR

TE D

E LO

S G

AST

OS

REA

LIZA

DO

S

- se

rvic

ios

tele

fóni

cos:

telé

fono

e In

tern

et.

Acr

eedo

r/CIF

/NIF

N

úmer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte

sin

IVA

D

escr

ipci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

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Acre

edor

/CIF

/NIF

mer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte s

in

IVA

Desc

ripci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

PORT

E DE

LO

S G

ASTO

S RE

ALIZ

ADO

S

- m

ante

nim

ient

o de

pág

inas

web

.

Acre

edor

/CIF

/NIF

mer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte s

in

IVA

Desc

ripci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

PORT

E DE

LO

S G

ASTO

S RE

ALIZ

ADO

S

- se

rvici

os d

e pr

ofes

iona

les

inde

pend

ient

es: a

seso

ría ju

rídica

, ges

toría

, gas

tos

nota

riale

s y

regi

stra

les

(est

os g

asto

s só

lo s

e ad

mitir

án s

i est

án d

irec

men

te re

lacio

nado

s co

n la

act

ivida

d su

bven

ciona

da y

son

indi

spen

sabl

es p

ara

su a

decu

ada

prep

arac

ión

o ej

ecuc

ión)

.

Acre

edor

/CIF

/NIF

mer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte s

in

IVA

Desc

ripci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

PORT

E DE

LO

S G

ASTO

S RE

ALIZ

ADO

S

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Asim

ism

o, d

ecla

ro q

ue s

e ap

orta

n en

la p

rese

nte

just

ifica

ción

los

sigu

ient

es d

ocum

ento

s:

� Fo

toco

pia

com

puls

ada

de la

dec

lara

ción

cen

sal d

e al

ta e

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Cen

so d

e em

pres

ario

s, p

rofe

sion

ales

y re

tene

dore

s (m

odel

o 03

6 ó

037,

seg

ún lo

s ca

sos)

.

� In

form

e de

vid

a la

bora

l. Si

es

mut

ualis

ta: c

ertif

icac

ión

del C

oleg

io P

rofe

sion

al a

cred

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a de

l alta

en

dich

o C

oleg

io, c

on in

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ción

de

si p

resu

po-

ne o

no

ejer

cici

o de

la a

ctiv

idad

, y c

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icac

ión

de la

Mut

ualid

ad d

el C

oleg

io P

rofe

sion

al, c

on in

dica

ción

de

los

perío

dos

de a

lta e

n la

mis

ma.

� So

licitu

d de

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/mod

ifica

ción

de

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s de

l sol

icita

nte,

en

la q

ue fi

gura

la c

onfir

mac

ión

de

la e

ntid

ad b

anca

ria a

cred

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a de

la ti

tula

ridad

de

la

cuen

ta

en

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que

se

solic

ita

el

ingr

eso

de

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ayud

a (c

on

arre

glo

al

mod

elo

disp

onib

le

en

la

sigu

ient

e di

recc

ión:

ht

tp://

ww

w.la

salin

a.es

/are

as/c

i/Im

pres

os/A

lta-M

odifi

caci

on%

20su

bven

cion

es.p

df).

Y pa

ra q

ue c

onst

e, a

los

efec

tos

de la

deb

ida

just

ifica

ción

de

la s

ubve

nció

n co

nced

ida

a qu

e se

hac

e re

fere

ncia

en

este

exp

edie

nte,

firm

o la

pre

sent

e de

clar

a-ci

ón e

n

____

____

____

____

____

____

____

_

a___

____

____

de__

____

____

____

____

____

___d

e do

s m

il __

____

.

Fdo.

- ___

____

____

____

____

____

____

____

___

NO

TA:

las

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uras

(orig

inal

es) s

e pr

esen

tará

n po

r el o

rden

en

que

apar

ecen

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cion

adas

en

la p

rese

nte

decl

arac

ión,

con

su

corre

spon

dien

te ju

stifi

cant

e de

pag

o y

SIN

GR

APAR

. Los

gas

tos

de a

rrend

amie

ntos

deb

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aco

mpa

ñars

e, a

dem

ás, d

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pia

del r

espe

ctiv

o co

ntra

to.

Con

arre

glo

a lo

dis

pues

to e

n la

Bas

e 3

ª sól

o si

el p

roye

cto

empr

esar

ial h

a da

do lu

gar a

la c

onst

ituci

ón d

e un

a en

tidad

-con

o s

in p

erso

nalid

ad ju

rí-di

ca- y

var

ios

de s

us m

iem

bros

han

sid

o be

nefic

iario

s de

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nció

n, s

erán

sub

venc

iona

bles

los

gast

os c

uya

doc

umen

taci

ón ju

stifi

cativ

a es

té e

x-pe

dida

a n

ombr

e de

dic

ha e

ntid

ad, s

iend

o el

gas

to a

tribu

ible

a c

ada

uno

de lo

s be

nefic

iario

s de

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nció

n el

que

resu

lte d

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apl

icac

ión

del p

orce

ntaj

e de

par

ticip

ació

n qu

e te

ngan

en

la m

ism

a. E

n es

te c

aso,

seg

ún d

ispo

ne la

Bas

e 10

.2.2

de

la C

onvo

cato

ria, s

e in

dica

qui

én p

rese

nta

la d

ocum

enta

ción

orig

i-na

l: N

ombr

e y

apel

lidos

___

____

____

____

____

____

____

____

____

____

____

__

DN

I nº _

____

____

____

____

____

____

_

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CONV

OCA

TORI

A DE

SUB

VENC

IONE

S DI

RIG

IDAS

AL

AUTO

EMPL

EO

ANEX

O V

-B) (

1)

PRIM

ER P

ERÍO

DO D

E JU

STIF

ICAC

IÓN

OBL

IGAT

ORI

O

RELA

CIÓ

N CL

ASIF

ICAD

A DE

LO

S G

ASTO

S DE

LAS

ACT

IVID

ADES

SUB

VENC

IONA

DAS

PLAZ

O D

E PR

ESEN

TAC

IÓN:

del

1 a

l 30

de a

bril

de 2

015,

incl

usiv

e.

PER

ÍODO

DE

ACTI

VID

AD Q

UE S

E JU

STIF

ICA:

a)

par

a lo

s ga

stos

dev

enga

dos

por l

a af

iliac

ión

al R

ETA,

SET

A -u

otro

régi

men

apl

icab

le d

e la

Seg

urid

ad S

ocia

l- o

a la

Mut

ualid

ad d

el C

oleg

io P

rofe

sion

al c

o-rr

espo

ndie

nte:

des

de la

fech

a de

alta

has

ta e

l 31

de m

arzo

de

2015

, inc

lusi

ve.

b) p

ara

los

gast

os a

soci

ados

a la

pue

sta

en m

arch

a y

ejec

ució

n de

l pro

yect

o qu

e ha

yan

real

izad

o: d

esde

la d

ecla

raci

ón c

ensa

l de

alta

en

el C

enso

de

empr

e-sa

rios,

pro

fesi

onal

es y

rete

nedo

res

hast

a el

31

de m

arzo

de

2015

, inc

lusi

ve.

Los

bene

ficia

rios

que

hub

iera

n pr

esen

tado

la ju

stifi

caci

ón v

olun

taria

pre

vist

a en

la B

ase

10.1

A) d

e la

Con

voca

toria

pre

sent

arán

los

rest

ante

s ga

stos

que

ha

yan

real

izad

o ha

sta

el 3

1 de

mar

zo d

e 20

15, i

nclu

sive

, que

no

hubi

esen

sid

o ob

jeto

de

just

ifica

ción

.

Apel

lidos

.....

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

Nom

bre

......

......

......

......

......

......

......

......

.. NI

F ...

......

......

......

......

......

......

Dom

icili

o ...

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

...

Códi

go P

osta

l …...

......

......

... M

unic

ipio

....

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

....

Telé

fono

fijo

.....

......

......

......

......

......

.. T

eléf

ono

móv

il ...

......

......

......

......

......

.... C

orre

o el

ectró

nico

……

……

……

……

…..…

……

……

……

……

..……

……

……

…..

DECL

ARO

baj

o m

i res

pons

abilid

ad q

ue la

s ac

tivid

ades

real

izad

as q

ue h

an s

ido

finan

ciad

as c

on la

sub

venc

ión

otor

gada

por

la E

xcm

a. D

iput

ació

n Pr

ovin

cial

de

Sala

man

ca (c

on la

fina

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de

la p

rom

oció

n y

el a

poyo

a lo

s em

pren

dedo

res

y a

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reac

ión

de n

ueva

s em

pres

as e

n m

unic

ipio

s de

la p

rovi

ncia

de

Sala

man

ca

con

pobl

ació

n in

ferio

r a 2

0.00

0 ha

bita

ntes

) han

dad

o lu

gar e

n es

te p

erío

do d

e ju

stifi

caci

ón a

los

gast

os q

ue s

e de

sglo

san

a co

ntin

uaci

ón, c

on e

spec

ifica

ción

de

sus

impo

rtes,

man

ifest

ando

la e

xact

itud

de lo

s da

tos

rese

ñado

s en

est

e im

pres

o.

a)

Gas

tos

deve

ngad

os p

or la

afil

iaci

ón a

l RET

A, S

ETA

-u o

tro ré

gim

en a

plic

able

de

la S

egur

idad

Soc

ial-

o a

la M

utua

lidad

del

Col

egio

Pro

fe-

sion

al c

orre

spon

dien

te:

Acre

edor

/CIF

/NIF

De

scrip

ción

del

gas

to

Mes

/año

Fe

cha

de p

ago

Impo

rte

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CVE: BOP-SA-20140317-007

Acre

edor

/CIF

/NIF

De

scrip

ción

del

gas

to

Mes

/año

Fe

cha

de p

ago

Impo

rte

TOTA

L IM

PORT

E DE

LO

S G

ASTO

S RE

ALIZ

ADO

S

b) G

asto

s as

ocia

dos

a la

pue

sta

en m

arch

a y

ejec

ució

n de

l pro

yect

o:

- ar

rend

amie

nto

del lo

cal d

onde

se

ubiq

ue e

l neg

ocio

o d

e la

s pa

rcel

as d

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des

arro

llen

su a

ctivi

dad

los

agric

ulto

res

a tít

ulo

prin

cipal

.

Acre

edor

/CIF

/NIF

mer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte s

in

IVA

Desc

ripci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

PORT

E DE

LO

S G

ASTO

S RE

ALIZ

ADO

S

- su

min

istro

s: e

nerg

ía e

léct

rica,

agu

a y

cale

facc

ión.

Acre

edor

/CIF

/NIF

mer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte s

in

IVA

Desc

ripci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

PORT

E DE

LO

S G

ASTO

S RE

ALIZ

ADO

S

- se

rvici

os te

lefó

nico

s: te

léfo

no e

Inte

rnet

.

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CVE: BOP-SA-20140317-007

Acr

eedo

r/CIF

/NIF

N

úmer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte

sin

IVA

D

escr

ipci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

POR

TE D

E LO

S G

AST

OS

REA

LIZA

DO

S

- m

ante

nim

ient

o de

pág

inas

web

.

Acr

eedo

r/CIF

/NIF

N

úmer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte

sin

IVA

D

escr

ipci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

POR

TE D

E LO

S G

AST

OS

REA

LIZA

DO

S

- se

rvic

ios

de p

rofe

sion

ales

inde

pend

ient

es: a

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ría ju

rídic

a, g

esto

ría, g

asto

s no

taria

les

y re

gist

rale

s (e

stos

gas

tos

sólo

se

adm

itirá

n si

est

án d

irem

ente

rela

cion

ados

con

la a

ctiv

idad

sub

venc

iona

da y

son

indi

spen

sabl

es p

ara

su a

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ada

prep

arac

ión

o ej

ecuc

ión)

.

Acr

eedo

r/CIF

/NIF

N

úmer

o fa

ctur

a Fe

cha

fact

ura

Impo

rte

Impo

rte

sin

IVA

D

escr

ipci

ón d

el g

asto

Fe

cha

de

pago

de

la

fact

ura

TOTA

L IM

POR

TE D

E LO

S G

AST

OS

REA

LIZA

DO

S

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CVE: BOP-SA-20140317-007

Asim

ismo,

dec

laro

que

(mar

que

lo q

ue p

roce

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�se

apo

rtan

en la

pre

sent

e ju

stific

ació

n lo

s sig

uien

tes

docu

men

tos:

� Fo

toco

pia

com

pulsa

da d

e la

dec

lara

ción

cens

al d

e al

ta e

n el

Cen

so d

e em

pres

ario

s, p

rofe

siona

les

y re

tene

dore

s (m

odel

o 03

6 ó

037,

seg

ún lo

s ca

sos)

. �

Info

rme

de v

ida

labo

ral.

Si e

s m

utua

lista

: cer

tifica

ción

del C

oleg

io P

rofe

siona

l acr

edita

tiva

del a

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n di

cho

Cole

gio,

con

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cació

n de

si p

resu

po-

ne o

no

ejer

cicio

de

la a

ctivi

dad,

y c

ertif

icació

n de

la M

utua

lidad

del

Col

egio

Pro

fesio

nal,

con

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n de

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perío

dos

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mism

a.

� So

licitu

d de

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/mod

ificac

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de d

atos

del

sol

icita

nte,

en

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ue fi

gura

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mac

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de l

a en

tidad

ban

caria

acr

edita

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titu

larid

ad d

e la

cu

enta

en

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qu

e se

so

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el

in

gres

o de

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uda

(con

ar

regl

o al

m

odel

o di

spon

ible

en

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sig

uien

te

dire

cció

n:

http

://ww

w.la

salin

a.es

/are

as/c

i/Im

pres

os/A

lta-M

odific

acio

n%20

subv

encio

nes.

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umen

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por h

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Y pa

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e, a

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deb

ida

just

ificac

ión

de la

sub

venc

ión

conc

edid

a a

que

se h

ace

refe

renc

ia e

n es

te e

xped

ient

e, fi

rmo

la p

rese

nte

decla

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ción

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___

____

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Fdo.

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____

___

NOTA

: la

s fa

ctur

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rigin

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) se

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rán

por e

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n qu

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nada

s e

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clara

ción,

con

su

corre

spon

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te ju

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pag

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SIN

GRA

PAR.

Los

gas

tos

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rrend

amie

ntos

deb

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mpa

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pia

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espe

ctivo

con

trato

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n ar

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o a

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sto

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Bas

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ª sól

o si

el p

roye

cto

empr

esar

ial h

a da

do lu

gar a

la c

onst

itució

n de

una

ent

idad

-con

o s

in p

erso

nalid

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rídica

- y v

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s de

sus

mie

mbr

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an s

ido

bene

ficia

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de la

sub

venc

ión,

ser

án s

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ncio

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s ga

stos

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enta

ción

just

ificat

iva e

sté

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dida

a n

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e de

dich

a en

tidad

, sie

ndo

el g

asto

atri

buib

le a

cad

a un

o de

los

bene

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rios

de la

sub

venc

ión

el q

ue re

sulte

de

la a

plica

ción

del p

orce

ntaj

e de

par

ticip

ació

n qu

e te

ngan

en

la m

isma.

En

este

cas

o, s

egún

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la B

ase

10.2

.2 d

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Con

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, se

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n or

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DNI

nº _

____

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CVE: BOP-SA-20140317-007

CONV

OCA

TORI

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SUB

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IONE

S DI

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IDAS

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AUTO

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ANEX

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IONA

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PLAZ

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nclu

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JUST

IFIC

A: d

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de

2015

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l 30

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mbr

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Los

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asoc

iado

s a

la p

uest

a en

mar

cha

y ej

ecuc

ión

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roye

cto

que

se ju

stifi

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er d

e lo

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la B

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......

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......

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......

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......

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Telé

fono

fijo

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......

......

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……

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……

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baj

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pons

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ad q

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s ac

tivid

ades

real

izada

s qu

e ha

n sid

o fin

ancia

das

con

la s

ubve

nció

n ot

orga

da p

or la

Exc

ma.

Dip

utac

ión

Prov

incia

l de

Sala

man

ca (c

on la

fina

lidad

de

la p

rom

oció

n y

el a

poyo

a lo

s em

pren

dedo

res

y a

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reac

ión

de n

ueva

s em

pres

as e

n m

unici

pios

de

la p

rovin

cia d

e Sa

lam

anca

co

n po

blac

ión

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rior a

20.

000

habi

tant

es) h

an d

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luga

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este

per

íodo

de

just

ificac

ión

a lo

s ga

stos

que

se

desg

losa

n a

cont

inua

ción,

con

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ecifi

cació

n de

su

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porte

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anife

stan

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dato

s re

seña

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CVE: BOP-SA-20140317-007

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dos

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Fe

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la

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L IM

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LO

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ADO

S

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CVE: BOP-SA-20140317-007

- se

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ios

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CVE: BOP-SA-20140317-007

Acre

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rigin

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) se

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con

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corre

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Los

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ctivo

con

trato

. Co

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sto

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Bas

e 3

ª sól

o si

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roye

cto

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nalid

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buib

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cad

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los

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de la

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venc

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ue re

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la a

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ticip

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isma.

En

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cas

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egún

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la B

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10.2

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CVE: BOP-SA-20140317-007

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l 1 d

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mar

zo d

e 20

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nclu

sive

. Los

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tos

asoc

iado

s a

la p

uest

a en

mar

cha

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DECL

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Dip

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dedo

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pios

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rovin

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e Sa

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co

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blac

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infe

rior a

20.

000

habi

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luga

r en

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íodo

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ctitu

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Impo

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N.º 52 • Lunes 17 de Marzo de 2014

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CVE: BOP-SA-20140317-007

Acr

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nerg

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL AUTOEMPLEO

ANEXO VI (1)

AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES.

La persona abajo firmante autoriza a la Excma. Diputación Provincial de Salamanca a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones fiscales del solicitante de las subvenciones dirigidas al autoempleo, precisos para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtenerla, percibirla y mantenerla.

La presente autorización se otorga a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de la subvención mencionada anteriormente, y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las AAPP para el desarrollo de sus funciones.

DATOS DEL SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN

APELLIDOS Y NOMBRE

NIF FIRMA

______________________, a __ de __________________ de 20_____

NOTA: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL AUTOEMPLEO

ANEXO VI (2)

AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA PUEDA RECABAR DATOS DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL O DE SU CONDICIÓN DE NO AFILIADO A LA MISMA.

La persona abajo firmante autoriza a la Excma. Diputación Provincial de Salamanca a solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social (o, en su caso, de su condición de no figurar afiliado a la Seguridad Social) del solicitante de las subvenciones dirigidas al autoempleo, precisos para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtenerla, percibirla y mantenerla.

La presente autorización se otorga a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de la subvención mencionada anteriormente, y en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -en relación con el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones-en virtud de la cual la aportación de certificaciones de la Seguridad Social junto con las solicitudes se sustituirá, siempre que se cuente con el consentimiento expreso de los interesados, por la cesión de los correspondientes datos al órgano gestor por parte de las Entidades competentes.

DATOS DEL SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN

APELLIDOS Y NOMBRE

NIF

Nº AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

FIRMA

______________________, a __ de __________________ de 20_____

NOTA: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

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(sello de registro)

ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA INTERVENCIÓN / TESORERÍA (Dos copias)

SOLICITUD DE ALTA / MODIFICACIÓN DE DATOS DEL SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN El interesado que se reseña solicita sean anotados los siguientes datos a efectos de los cobros y pagos que procedan en lo sucesivo

DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN(Se deberá acompañar fotocopia del CIF o DNI)

Nombre o Razón social

CIF o NIF Domicilio

Localidad Provincia Código Postal

País Fax Teléfono e-mail

DATOS DEL REPRESENTANTENombre

NIF Cargo

DATOS BANCARIOS DEL SOLICITANTE. DE LA SUBVENCIÓNBANCO/CAJAOFICINA

CUENTA ENTIDAD OFICINA D.C. Nº CUENTA

C.C.C

OBLIGATORIO PARA PAGOS A BANCOS NO RESIDENTES IBAN

BIC (SWIFT)

A PARTIR DE LA FECHA TODOS LOS PAGOS DE LA DIPUTACIÓN A NUESTRO FAVOR DEBERÁN REALIZARSE A LA CUENTA ANTERIOR DE NUESTRA TITULARIDAD, RESPONSABILIZÁNDOME DE LA VERACIDAD DE LOS DATOS SEÑALADOS.

En ...................... a, ..... de .................. de ....................

(FIRMA)

CONFIRMACIÓN DE DATOS POR LA ENTIDAD FINANCIERA. (A cumplimentar por la Entidad Financiera)

Notificamos que la cuenta señalada figura abierta en esta entidad a nombre del interesado de referencia y con el CIF/NIF indicado.

En ...................... a, ..... de .................. de ....................

(FIRMA y SELLO)

El usuario autoriza el tratamiento automatizado de los datos personales que voluntariamente ha suministrado y que son necesarios para la prestación del servicio solicitado. Los Datos Personales recogidos serán incorporados a los correspondientes ficheros titularidad de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca. Los datos recogidos en el presente documento son confidenciales y están protegidos conforme a lo dispuesto en la ley 15/1999, de 13 de Diciembre, de protección de Datos de Carácter Personal. Los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de estos datos pueden ser ejercitados enviando comunicación escrita a la siguiente dirección: Excma. Diputación Provincial de Salamanca, Intervención/Tesorería, Felipe Espino, 1, 37002, Salamanca.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCAINTERVENCIÓN /TESORERÍA