acuerdo de grado - cecar

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CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DEL CARIBE C E C A R ACUERDO No. DE ABRIL DEL 2004 "Mediante el cual se establecen y reglamentan los requisitos de grado para optar al titulo profesional en el programa de Ingeniería de Sistemas" LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CORPORACION UNIVERSITARIA DEL CARIBE - CECAR En uso de sus facultades Estatutarias y Legales y: CONSIDERANDO: QUE LA LEY 30 DE 1992 EN SU ARTICULO 28, RECONOCE LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA Y EN CONSECUENCIA LAS UNIVERSIDADES TIENEN EL DERECHO A ESTABLECER Y MODIFICAR LOS ESTATUTOS QUE LA RIGEN. QUE ES REQUISITO PARA OPTAR AL TITULO DE INGENIERO DE SISTEMAS LA PRESENTACIÓN DE UN TRABAJO DE GRADO. QUE ES NECESARIO ADOPTAR MEDIDAS QUE PERMITAN LA PUESTA EN MARCHA DE UN PROCESO ADMINISTRATIVO-INVESTIGATIVO EFICIENTE Y EFICAZ EN EL BENEFICIO DE LOS INTERESES DE LOS ESTUDIANTES DE LA CORPORACIÓN. QUE ES NECESARIO QUE LA ACTIVIDAD INVESTIGATIVA POSEA UNA BASE ORGANIZACIONAL Y METODOLOGICA QUE LE PERMITA DAR RESPUESTA A LAS NECESIDADES PRESENTADAS EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. ACUERDA: ARTICULO 1º: Adóptese el siguiente Reglamento de Opciones de Grado para optar al título de Ingeniero de Sistemas. ARTICULO : Para efectos de optar el título de Ingeniero de Sistemas, se establecen y determinan las siguientes alternativas u opciones de trabajo grado: Proyecto de Investigación Práctica Investigativa Aplicada CAPITULO PRIMERO REGLAMENTACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN ARTICULO 3°: El Proyecto de Investigación es el trabajo final escrito que elabora el (los) estudiante (s) de la Facultad de Ingeniería bajo la dirección de un profesor orientador como requisito final para culminar sus estudios y optar el título de Ingeniero de Sistemas. El trabajo de Grado busca que el estudiante de Ingeniería de Sistemas ponga a prueba su creatividad en la construcción y aplicación del conocimiento, la selección y creación de métodos, instrumentos y conceptos, de acuerdo con las líneas y campos de investigación definidos en la facultad. La pluralidad teórica, metodológica e investigativa que promulga la Facultad debe estar soportada por unas políticas, estrategias y planes que sean el reflejo de una cultura académica que potencialice el desarrollo investigativo de la Ingeniería como ciencia en todas sus dimensiones. De igual forma, se requiere elaborar una investigación o trabajo de grado que contribuya en un aporte específico a la

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Terminos para finiquitar el curso academico, logrando cada uno de los objetivos anexos...

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CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DEL CARIBE C E C A R

ACUERDO No.

DE ABRIL DEL 2004 "Mediante el cual se establecen y reglamentan los requisitos de grado para optar al titulo profesional en el programa de Ingeniería de Sistemas" LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CORPORACION UNIVERSITARIA D EL CARIBE - CECAR En uso de sus facultades Estatutarias y Legales y:

CONSIDERANDO: QUE LA LEY 30 DE 1992 EN SU ARTICULO 28, RECONOCE LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA Y EN CONSECUENCIA LAS UNIVERSIDADES TIENEN EL DERECHO A ESTABLECER Y MODIFICAR LOS ESTATUTOS QUE LA RIGEN. QUE ES REQUISITO PARA OPTAR AL TITULO DE INGENIERO DE SISTEMAS LA PRESENTACIÓN DE UN TRABAJO DE GRADO. QUE ES NECESARIO ADOPTAR MEDIDAS QUE PERMITAN LA PUESTA EN MARCHA DE UN PROCESO ADMINISTRATIVO-INVESTIGATIVO EFICIENTE Y EFICAZ EN EL BENEFICIO DE LOS INTERESES DE LOS ESTUDIANTES DE LA CORPORACIÓN. QUE ES NECESARIO QUE LA ACTIVIDAD INVESTIGATIVA POSEA UNA BASE ORGANIZACIONAL Y METODOLOGICA QUE LE PERMITA DAR RESPUESTA A LAS NECESIDADES PRESENTADAS EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. ACUERDA: ARTICULO 1º : Adóptese el siguiente Reglamento de Opciones de Grado para optar al título de Ingeniero de Sistemas. ARTICULO 2º : Para efectos de optar el título de Ingeniero de Sistemas, se establecen y determinan las siguientes alternativas u opciones de trabajo grado: Proyecto de Investigación Práctica Investigativa Aplicada

CAPITULO PRIMERO REGLAMENTACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN ARTICULO 3°: El Proyecto de Investigación es el trabajo final escrito que elabora el (los) estudiante (s) de la Facultad de Ingeniería bajo la dirección de un profesor orientador como requisito final para culminar sus estudios y optar el título de Ingeniero de Sistemas. El trabajo de Grado busca que el estudiante de Ingeniería de Sistemas ponga a prueba su creatividad en la construcción y aplicación del conocimiento, la selección y creación de métodos, instrumentos y conceptos, de acuerdo con las líneas y campos de investigación definidos en la facultad. La pluralidad teórica, metodológica e investigativa que promulga la Facultad debe estar soportada por unas políticas, estrategias y planes que sean el reflejo de una cultura académica que potencialice el desarrollo investigativo de la Ingeniería como ciencia en todas sus dimensiones. De igual forma, se requiere elaborar una investigación o trabajo de grado que contribuya en un aporte específico a la

Ingeniería y donde se demuestre la capacidad del estudiante para aplicar las metodologías científicas a la solución de problemas en aras del desarrollo productivo y tecnológico de la región. ARTICULO 4º : El Proyecto de Grado, deberá necesariamente cumplir con las siguientes etapas, así: 1. Propuesta 2. Anteproyecto 3. Ejecución del proyecto 4. Sustentación 1. PROPUESTA: Esta fase permite tener un conocimiento breve de la realidad a investigar, es decir, debe recoger los lineamientos generales de la idea de investigación propuesta, la revisión de la bibliografía correspondiente, y en consecuencia facilitar la redacción con mayor confianza y efectividad del proyecto definitivo. - Contenidos mínimos: Título Línea y núcleo de investigación Planteamiento del problema Justificación Objetivos de la Investigación Referentes bibliográficos PARAGRAFO 1. El estudiante una vez entre a cursar la asignatura Seminario de Investigación I (Octavo Semestre), debe elaborar la propuesta y presentarla ante el Comité de Investigación en dos reproducciones escritas. PARAGRAFO 2. Adjunto a la Propuesta de Investigación, se debe anexar una carta de solicitud de estudio y aprobación del tema dirigida al Comité de Investigación de la Facultad. PARAGRAFO 3. El Comité de Investigación de la Facultad de Ingeniería determinará la pertinencia y viabilidad de la propuesta en un término de quince (15) días hábiles. Si la propuesta es reprobada, los estudiantes dispondrán de un mes calendario para su replanteamiento. En caso de ser reprobada por segunda vez, deberán cambiar la propuesta de investigación. PARAGRAFO 4. Aprobada la propuesta el (los) estudiante (s) procederá (n) a matricularla en la oficina de Admisiones, Registro y Control. 2. ANTEPROYECTO: Corresponde a la segunda fase y al diseño teórico de la investigación. En el que se debe describir de manera más estructurada los componentes de la investigación, para plantear soluciones a un problema en concreto. En ésta fase se debe tener el mínimo de incertidumbre acerca de la manera como se va a desarrollar la investigación. - Contenidos mínimos: - Título del proyecto - Area de Investigación - Descripción y planteamiento del problema de investigación - Pregunta problema - Objetivos de la investigación - Justificación - Marco Teórico (Antecedentes, Marco Contextual, Bases Teóricas, Marco Legal) - Aspectos Metodológicos Alcances, limitaciones de la investigación (impacto regional) Cronograma de Actividades Presupuesto Bibliografía

PARAGRAFO 5. La asignatura Seminario de Investigación II (noveno semestre) servirá como apoyo metodológico para la elaboración del anteproyecto PARAGRAFO 6. A la hora de la entrega del anteproyecto ante el comité de investigación, el director debe anexar una carta de aceptación y respaldo en cuanto a su contenido. PARAGRAFO 7. La presentación del anteproyecto se hará por escrito ante el Comité de Investigación, para su aprobación o rechazo. Este dispondrá de un máximo de diez (10) días hábiles para su evaluación y posterior devolución. El comité de Investigación llevará una base de datos de todos los proyectos existentes. PARAGRAFO 8. Los estudiantes podrán presentar su anteproyecto de investigación tantas veces como sea necesario, dentro del tiempo estipulado para su presentación. PARAGRAFO 9. Para realizar el Proyecto de Grado, se podrán aceptar hasta dos (2) estudiantes y solo en caso de ser un proyecto interdisciplinario, se podrá realizar dicho trabajo con un número mayor de estudiantes. PARAGRAFO 10. Se podrán presentar anteproyectos desde el octavo semestre, de acuerdo con las líneas de investigación definidas en el programa. 3. EJECUCIÓN DEL PROYECTO: 3.1. Informes de Avances: Consiste en la presentación de dos Informes escritos, máximo de tres (3) páginas, en los cuales se da a conocer el estado de desarrollo del proyecto de Investigación en un momento determinado. En ellos han de expresarse los logros y limitaciones presentados en el tiempo transcurrido durante su ejecución. Los informes deben versar sobre el estado del trabajo en lo relacionado con el calendario establecido, la revisión bibliográfica, el proceso de recolección y el procesamiento de la información. Estos informes se deben presentar al Comité de Investigación de la Facultad, quien a su vez lo entregará al evaluador para su respectiva revisión. 4. INFORME FINAL: Es la fase terminal del proceso. En esta etapa deben explicarse los resultados, las conclusiones y aportes de la investigación, además de su importancia y utilidad. El Informe Final debe contener como mínimo: Introducción Título Planteamiento del problema Formulación del problema (Pregunta problema) Objetivos Justificación Limitaciones Alcances Marco teórico Antecedentes Base teórica Análisis de resultados Conclusiones Recomendaciones Bibliografía Anexos PARAGRAFO 11°- El trabajo de investigación deberá matricularse y tendrá un costo definido por la Junta Directiva de la Corporación. Una vez legalizada la matrícula del trabajo de grado, el estudiante no podrá cambiar de opción de grado. En caso de hacerlo, deberá cancelar el valor de la matrícula de la nueva opción escogida.

ARTICULO 5 . El trabajo de investigación deberá presentarse máximo dentro de los cuatro semestres siguientes a la terminación del plan de estudios. Cumplido este período, el estudiante deberá cambiar de tema de investigación. ARTICULO 6. La calificación del trabajo se obtendrá de los porcentajes señalados a continuación: Presentación y seguimiento técnico del trabajo 15% Contenido 35% Sustentación oral 50% ARTICULO 7. La evaluación del Proyecto de Grado se efectuara en un solo momento, el de la sustentación, y será el juicio de los evaluadores del proceso (los jurados). ARTICULO 8. La calificación es el juicio evaluativo de un jurado integrado por dos (2) miembros designados por el Comité de Investigación, los cuales deben ser profesionales del área en cuestión, con conocimientos en Metodología de la Investigación y una experiencia mínima profesional de dos años. ARTICULO 9. Se calificará en una escala de uno punto cero (1.0) a cinco punto cero (5. 0) y se consideran aprobados los proyectos de grado cuando la nota definitiva sea igual o superior a tres punto cinco (3.5), de acuerdo con la nota obtenida, se otorgarán las siguientes menciones honoríficas contempladas en el estatuto interno de la Corporación: a. Laureada: Cinco punto cero (5.0) b. Meritoria: Cuatro punto cinco (4.5) a (4.9) ARTICULO 10°: Quien repruebe el trabajo de investigación podrá presentarlo nuevamente, introduciéndole las modificaciones recomendadas en un período máximo de seis (6) meses contando a partir de la fecha de la publicación de la nota. En este caso deberá iniciar el proceso sin perjuicio de lo estipulado en el artículo Sexto (6°). Quien repruebe por segunda vez deberá cambiar de tema, en tal caso, el nuevo trabajo se regirá por lo que estipule el Comité de Investigación de la Facultad. ARTICULO 11: Corresponde al Comité de Investigaciones de la Facultad designar a los Jurados y al Director del Proyecto de Grado (aceptando sugerencias de parte de los estudiantes comprometidos en el proyecto), todos estos deben ser necesariamente profesores de la institución con experiencia mínima de trabajo docente de dos años, una experiencia profesional y/o académica en la formulación y elaboración de proyectos y además de estar inscrito en una Línea de Investigación debe ser competente dentro del área en evaluación. PARÁGRAFO 1: Son funciones del Director del Trabajo de Investigación: - Coordinar y orientar a los estudiantes en la planeación, organización, ejecución y elaboración del informe final del trabajo de grado. - Acordar con los estudiantes lugares, fechas y horarios para la realización de las actividades de asesoría durante la ejecución del trabajo de grado y enviar cronograma de actividades al Comité de Investigación de la Facultad. - Revisar y corregir los informes sobre el avance del trabajo de grado elaborado por los estudiantes que esté dirigiendo. - Presentar dos informes escritos de avances del trabajo de grado elaborado por los estudiantes que esté dirigiendo. - Estar presente cuando el estudiante sustente el informe final si esto fuere exigido. PARÁGRAFO 2: Son funciones de los Jurados: y. Evaluar temática y metodológicamente el trabajo de grado (documento escrito) presentado por los

estudiantes, así como la sustentación del mismo, señalando las correcciones, recomendaciones o sugerencias a que haya lugar.

z. Calificar cuantitativamente el trabajo de grado presentado por los estudiantes y remitir la nota a la decanatura de la Facultad, veinticuatro (24) horas hábiles después de presentada la sustentación.

PARAGRAFO 3. Criterios para la evaluación de los Proyectos Haciendo abstracción de la concepción metodológica e investigativa del trabajo, la Facultad acoge los siguientes presupuestos básicos con base en los cuales se evaluará el trabajo: 1. Constancia teórica. Se entiende como la relación de pertinencia, unidad de lógica interna, suficiencia argumentativa, creatividad e intertextualidad que guardan las diversas tesis o afirmaciones en relación con los argumentos que las sostienen; así como la relación del conjunto de proposiciones que conforman los objetivos de la investigación y la estructura lógica de los juicios que respaldan el planteamiento del problema de investigación y la formulación de hipótesis si fuere el caso, o de cualquier otro tipo de planteamientos de investigación en relación con los procedimientos tanto cuantitativos como cualitativos. 1.1 La pertinencia hace referencia a la relación necesaria entre las afirmaciones y sus argumentos, es decir, a que los argumentos deben sustentar dichas afirmaciones o juicios para los que han sido construidos; así como a la relación de consecuencia entre el discurso (en forma general), el tema y los objetivos. Además hace referencia a la relación entre los elementos propios del discurso (el tema, el problema, los objetivos). 1.2 La unidad lógica interna hace referencia a la relación entre los diversos argumentos, los que en la medida de la consecución de ciertas conclusiones deben corresponderse según ciertas necesidades demostrativas, de modo tal que no se contradigan en orden a los fines de la investigación. 1.3 La suficiencia argumentativa hace referencia a la relación entre los juicios o postulados, hipótesis, tesis, etc., y el modo como determinados argumentos los sustentan eficazmente, esto es, al modo como se logran construir o traer al caso los argumentos mínimos necesarios para sostener juicios. 1.4 La creatividad hace referencia al modo como el estudiante logra descubrir nuevos campos problemáticos o profesionales y consecuentemente construye conceptos, categorías, instrumentos, métodos, técnicas, procedimientos evaluativos, diseños y en general logra explorar los nuevos caminos de abordaje para su problema de investigación. 1.5 La intertextualidad hace referencia al modo como el estudiante se vale del aparato crítico y en consecuencia lo utiliza según las necesidades de la investigación. De igual forma se refiere a las relaciones interdisciplinarias a que pueda dar lugar el trabajo. 2. Coherencia metodológica. Se entiende como la consecuente relación entre los hallazgos teóricos del marco conceptual, sus precisiones e implicaciones, en tanto que modelos explicativos con base en premisas y procedimientos de análisis, de acuerdo con los cuales se hace la utilización metódica, se aplican los instrumentos y se explican e interpretan los resultados, de acuerdo con las construcciones teóricas, los objetivos y en general los fines y la justificación de la investigación. Se refiere también, al modo como se integran y sistematizan las diversidades de saberes según las propias necesidades investigativas desde la propia disciplina. 2.1 Implicaciones socio humanísticas. Se comprende que la vida de cualquier profesional, al igual que el de cualquier otro investigador, esto es, sus prácticas y las racionalidades implicadas en ellas, en el escenario de su propia vida, están ligadas a una realidad socio cultural e histórica, de tal forma que la investigación debe considerar las implicaciones no solo tecnológicas sino humanísticas que para la vida en sociedad pueden tener los presupuestos y los diversos hallazgos tanto teóricos como prácticos. 4. SUSTENTACION: Esta será en forma oral y evaluada por dos (2) jurados quienes serán escogidos por el Comité de Investigación de la Facultad. Y deberá ser presentada en el término que éste mismo fije, previo concepto favorable de los jurados.

ARTICULO 12: Una vez sustentado y aprobado el Trabajo de Investigación por parte de los jurados, los estudiantes deberán hacer entrega a la Decanatura del informe final en tres (3) ejemplares debidamente empastados. PARAGRAFO 1. El alumno podrá sustentar su trabajo de grado solo cuando haya terminado académicamente. PARAGRAFO 2: El proyecto de grado es una opción establecida para los programas de la Facultad de Ingeniería de la Corporación Universitaria del Caribe CECAR. Para poderlo realizar el estudiante debe estar a paz y salvo académicamente con la institución. CAPITULO SEGUNDO REGLAMENTACION DE LOS PRACTICA INVESTIGATIVA APLICA DA ARTICULO 13: Se entiende por Práctica Investigativa Aplicada, la práctica pedagógica cuya finalidad es la de formar investigadores. Esto es, aprender a investigar, investigando sobre la marcha del seminario y el desarrollo minucioso de las sesiones. El eje de la Práctica Investigativa es el estudiante, es a él a quién corresponde construir y orientar teóricamente su investigación. PARAGRAFO: Esta opción de grado rige únicamente para los alumnos matriculados en el primer y segundo periodo académico de 1999. ARTICULO 14: La Práctica Investigativa tendrá los siguientes participantes: EL DIRECTOR: Es el profesor encargado de dirigir a los estudiantes a través del camino del aprendizaje en dos sentidos: Académico y Metodológico. EL CORDINADOR: Es el estudiante elegido durante la reunión para coordinar el grupo. EL RELATOR: Es quien expone el tema preparado con anticipación. El director lo elige en el momento de iniciar la sesión, esto obliga a todo el grupo a preparar el tema. EL CORELATOR: Es quien juzga |la exposición del relator metodológica y conceptualmente. Se entrena para la tarea de evaluar y saber fijar la atención en lo importante del tema para estar en capacidad de complementar. Es elegido por el profesor al inicio de la Práctica. EL PROTOCOLANTE: Es elegido por el director al comenzar la sesión. Es quien elabora el protocolo. El protocolo tiene como fin recoger lo ocurrido en la sesión del seminario en dos sentidos:

1) Dar fiel cuenta de lo ocurrido en la sesión; se asemeja a un acta en cuanto a su papel de verificador sobre lo ocurrido en la sesión.

2) Plasmar los aportes de quien lo elabora. En este sentido supera el acta, porque quien escribe el protocolo, una vez terminada la sesión, dispone del tiempo suficiente para la reflexión sobre el proceso de discusión y pueda así plasmar las inquietudes, acuerdos y desacuerdos que se susciten.

- LOS PARTICIPANTES: Son los demás miembros del grupo. Conforman el grupo activo central

de la sesión, pues llevaran a cabo la discusión general, basados en sus propias conclusiones, fruto del trabajo individual.

PARAGRAFO: El número máximo de estudiantes por Práctica, será de veinte (20) estudiantes. ARTICULO 15. Cada sesión de la Práctica Investigativa Aplicada, tendrá el siguiente desarrollo cronológico: El director abre la sesión. Se eligen coordinador, relator, correlator y protocolante. - Lectura y aclaraciones del protocolo de la sesión anterior

Exposición del relator (se debe fijar un tiempo). No se debe limitar a dar la palabra. - Exposición del correlator. - Discusión. Aquí es muy importante la función del coordinador. No debe limitarse a dar la palabra. Recapitulación y síntesis por parte del coordinador, quién evaluará la tarea de sus compañeros. Tema para la siguiente sesión. - Entrega al coordinador de las relatorías. Evaluación y síntesis del director. Sugerencias y recomendaciones. Entrega de los trabajos escritos por parte del coordinador al director. ARTICULO 16. Un Práctica puede realizarse desde cualquier campo del saber, se recomiendan algunos temas como: Esclarecimiento de un texto o de un concepto técnico. Esclarecimiento del pensamiento del autor. Comparación de dos autores en su contenido o metodología. Fundamentación de una verdad filosófica, científica o metodológica. Investigación sobre un punto específico por aclarar en el plano de la filosofía, la ciencia o la tecnología. Reflexión personal o creativa sobre un punto específico de un campo científico o tecnológico. ARTICULO 17: En todos los casos, el resultado de la Práctica Investigativa debe ser un trabajo escrito de investigación aplicada y las relatorías que se desarrollaran en el transcurso del seminario. PARAGRAFO: El número máximo de estudiantes de la Práctica para la realización de la investigación aplicada será de dos. Cada grupo contará con el apoyo de un asesor nombrado por el Consejo de Facultad. ARTICULO 18: Para poder realizar la Práctica Investigativa, el estudiante debe estar a paz y salvo académicamente. ARTICULO 19: Los estudiantes interesados en la Práctica Investigativa Aplicada solicitaran a la Coordinación del programa la apertura de la misma. En la solicitud debe indicarse el posible tema de interés de acuerdo con los énfasis del programa. El Coordinador presentará al Consejo de Facultad la propuesta anexando el nombre del Director, tema y el presupuesto para su aprobación académica. El Consejo Académico autorizará su realización. PARAGRAFO: Son funciones del director: a. Desarrollar el contenido temático de la Práctica Investigativa. b. Dirigir académica y metodológicamente la Práctica Investigativa. c. Evaluar temáticamente la actuación de los participantes en la Práctica. d. Calificar cuantitativamente el trabajo de grado presentado por los estudiantes y remitir la nota a la

decanatura de la Facultad veinticuatro (24) horas hábiles después de presentada la sustentación. ARTICULO 20: La Práctica Investigativa Aplicada se considera por fuera del Plan de Estudios y tendrá como mínimo una duración de 120 horas. ARTICULO 21: Las prácticas se perderán automáticamente cuando el estudiante no haya asistido a un 15 % del total de las horas programadas.

ARTICULO 22: La Práctica Investigativa Aplicada deberá matricularse en el Centro de Admisiones y Registros de la Corporación. El valor de la matrícula será estipulado en el respectivo presupuesto. ARTICULO 23: La Práctica Investigativa Aplicada se calificará en una escala de uno punto cero (1.0) a cinco punto cero (5.0), y se considerará aprobado cuando la nota definitiva sea igual o superior a cuatro punto cero (4.0). ARTICULO 24: La evaluación de La Práctica Investigativa Aplicada se desarrollará de la siguiente forma: - Participación activa en el seminario 15 % - Relatorías 15 % - Trabajo Final (Investigación Aplicada) 30 % - Sustentación del trabajo de grado 40 % PARAGRAFO: La nota definitiva será otorgada por el director de la Práctica. ARTICULO 25: El Consejo de Facultad nombrará un veedor para la sustentación de los trabajos de grado. Son funciones del veedor: Instalar la Sustentación a la hora indicada por el Decano de la Facultad. Estar presente en la totalidad del desarrollo de la Sustentación. Presentar un informe a la Decanatura sobre el desarrollo de la sustentación veinticuatro (24) horas hábiles después de realizada la sustentación del trabajo. ARTICULO 26: En caso de reprobar La Práctica Investigativa Aplicada el estudiante podrá tomar cualquier opción de grado. ARTICULO 27: Este acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición XXX. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Sincelejo en el salón de Juntas de la Corporación Universitaria del Caribe - CECAR a los ____ del mes de ______________ de 2004.