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ACUERDO DE CONCEJO Na 044-2011-CMPC Cajamarca, 29 de marzo de 2011. EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 16 de marzo, el oficio No. 001-2011- CDS-MPC, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo III del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, la Municipalidad Provincial de Cajamarca es una entidad del Estado con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, mediante dictamen conjunto de las comisiones de desarrollo social y económico de la Municipalidad Provincial de Cajamarca se aprueba el convenio marco de cooperación interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y Minera YANACOCHA; teniendo como objetivo aunar esfuerzos y capacidades con la finalidad de contribuir al desarrollo social y productivo de las localidades de la provincia de Cajamarca. Por lo que, con el voto por unanimidad de los Señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta y de conformidad numeral 26) del articulo 9° y con los artículos 17° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDO: Artículo Primero: APROBAR el convenio de cooperación interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y Minera YANACOCHA, con el objetikvo de expresar la voluntad de aunar esfuerzos y capacidades con la finalidad de contribuir al desarrollo social y productivo de las localidades de la provincia de Cajamarca, impulsar conjuntamente el desarrollo social de las localidades de la provincia de Cajamarca de acuerdo a los ámbitos y competencias de intervención, e impulsar conjuntamente el desarrollo productivo de las localidades de la provincia de Cajamarca Artículo Segundo: AUTORIZAR al Señor Alcalde Provincial la suscripción del convenio aprobado en el artículo anterior. r ilz REGÍSTRESE, COMUN ( U SE ÚMPLASE C.c. - Alcaldia 1 - Sala de Regidores 1 - Gerencia Municipal

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Page 1: ACUERDO DE CONCEJO Na 044-2011-CMPC · de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos

ACUERDO DE CONCEJO Na 044-2011-CMPC

Cajamarca, 29 de marzo de 2011.

EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 16 de marzo, el oficio No. 001-2011- CDS-MPC, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo III del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, la Municipalidad Provincial de Cajamarca es una entidad del Estado con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.

Que, mediante dictamen conjunto de las comisiones de desarrollo social y económico de la Municipalidad Provincial de Cajamarca se aprueba el convenio marco de cooperación interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y Minera YANACOCHA; teniendo como objetivo aunar esfuerzos y capacidades con la finalidad de contribuir al desarrollo social y productivo de las localidades de la provincia de Cajamarca.

Por lo que, con el voto por unanimidad de los Señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta y de conformidad numeral 26) del articulo 9° y con los artículos 17° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades.

SE ACORDO:

Artículo Primero: APROBAR el convenio de cooperación interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y Minera YANACOCHA, con el objetikvo de expresar la voluntad de aunar esfuerzos y capacidades con la finalidad de contribuir al desarrollo social y productivo de las localidades de la provincia de Cajamarca, impulsar conjuntamente el desarrollo social de las localidades de la provincia de Cajamarca de acuerdo a los ámbitos y competencias de intervención, e impulsar conjuntamente el desarrollo productivo de las localidades de la provincia de Cajamarca

Artículo Segundo: AUTORIZAR al Señor Alcalde Provincial la suscripción del convenio aprobado en el artículo anterior.

rilz REGÍSTRESE, COMUN ( U SE ÚMPLASE

C.c. - Alcaldia 1 - Sala de Regidores 1 - Gerencia Municipal — —

Page 2: ACUERDO DE CONCEJO Na 044-2011-CMPC · de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTI . "1:CIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Y MINI:RA YANACOCHA S,R.L.

PARA IMPULSAR EL DESARROLLADO DE LA PROVINCIA DE CAJAMARCA

Conste por el presente documento el Convenio Marco de Coilylración Interinstitucional que

' celebran, de una parte, MINERA YANACOCHA S.R.L., ccn RUC N° 20137291313, debidamente representada por los señores Carlos Enrique Salta Cruz Bendezú, identificado

MOTO 12/ con DNI N° 07879078 y Javier Augusto Velarde Zapater, identificado con DNI N° 07791902, E" según poderes inscritos en Partida Electrónica N° 11346147 con domicilio en Av. Vía de

Evitamiento Sur N° 549, Cajamarca, a quien en adelante se le iienominará "YANACOCHA"; y de la otra parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL LE CAJAMARCA, con RUC N° 20143623042, representada por su Alcalde Crnl. O Rarr rc Alejandro Bardales Vigo, identificado con DNI N° 09867327, con domicilio en Av. Alameda de los Incas MZ. D Lt. 1 Cajamarca, a quien en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD: en los términos y

(2,Acondiciones siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES Y BASE LEGAL

1.1 LA MUNICIPALIDAD, como Gobierno Local tiene por financiad promover el desarrollo de la provincia de Cajamarca, por lo que implementa diversas estrategias en alianza con diversas instituciones tanto públicas como privadas pai a lograr sus objetivos y ver concluida la ejecución de sus metas en beneficio de las con- Jr icaciones.

1.2 YANACOCHA es una empresa del sector minero que dE sarrolla sus actividades en Cajamarca, con un enfoque de responsabilidad social y ar -ib ental, buscando contribuir al desarrollo de las comunidades aledañas a sus operaciones .

1.3 LA MUNICIPALIDAD ha convenido en la necesidad :le aunar esfuerzos a fin de propender, en la medida de las posibilidades de cada uno, l 3 búsqueda del desarrollo de la provincia de Cajamarca.

.4 BASE LEGAL:

Constitución Política del Perú de 1993 Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 20' 1

SEGUNDA: OBJETO

El presente convenio tiene como objetivo definir el marco gene'al del ape,ii2 que brindarán las partes para implementar su acuerdo respecto de la unión de E. sfierzos tendientes a lograr la sinergia de sus intervenciones a través del desarrollo productivo „/ social en los ámbitos de la Provincia de Cajamarca que sean de interés mutuo de ambEis partes, especialmente en el impulso en la calidad de vida de la población de las localidades . -uales en las siguientes lineas de actuación: Gestión del Agua, Salud, Educación y Desarrollo Económico.

351, 101 YAC MalIff/Y, .:•'

CALLE DE LA CRUZ DE PIEDRA N" 36332 , (( 76) 60223:3 FAX: (076) 365122

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Ambas partes declaran, que se podrán suscribir posteriores ccm,enios específicos al amparo del presente convenio marco, para lo cual previamente, ambas partes evaluarán y aprobarán cada propuesta para proceder a la suscripción del acuerdo espe . :íf co.

TERCERA: OBLIGACIONES

La ML:.. -::IPALIDAD, en su rol de liderar el desarrollo social y p :oductivo de las localidades de la prov ,

...:la de Cajamarca, se comprometen, de acuerdo a sus (lis )onibilidad, al aporte de sus capacidades institucionales, al aporte monetario, logístico y administrativo necesarios para la

. ._ ejecución de actividades y proyectos de impacto que conlleven ¿il impulso del desarrollo social ,.....„=,„.. .: ,y productivo de la provincia de Cajamarca, de is funciones ones y competencias P.-;-.^-iN,D1' c 0

:- stablecidas por Ley, y en concordancia de la normas estabiecilas en el sistema nacional de /7 '"''''' . %,:i's\-Versión pública, CONSUCODE, de contabilidad, tesorería y órganos de control de las l-- l '' ' tan: ... jel Gobierno. i 12

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, —» ,,.. gimill, ,,-.'",-,5ANA . HA, ofrece su disponibilidad, a contribuir al desarrol:d social y productivo de las ss:zVAN,if,',1,;:tocalid:

3 de su interés de la provincia de Cajamarca, previa Suscripción de un acuerdo .....:

especit,: u para cada iniciativa, mediante el aporte de sus capacicac es institucionales, el aporte

monetanJ, logístico y administrativo necesario para la ejecución de actividades y proyectos, en concordp:.cia con sus políticas de Responsabilidad Social.

.:. LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DE GES ION DEL CONVENIO

C., Median. l presente las partes acuerdan conformar una comisión encargada del seguimiento

del cure .niento del presente convenio y de los convenios que se deriven de este, la cual stará c . :Jrmada por tres (03) representantes de la Municipaldad: Un representante de la

Gerencic, ...: Desarrollo Social, un Representante de la Geren:_: , d Desán olio Económico, y un

\ represenlpi ite de la Gerencia de Planificación; y, tres (03) representantezi de Yanacocha, \quienes d..:itro del seguimiento al presente convenio, tendrán la atribución de evaluar y aprobar

quellos . . rectos y/o iniciativas que se presentes en mutuo 1.ictierdo y que se concreten

entro d ,iarco del presente convenio. Dichos proyectos y/o hiciativas estarán orientados

única y :usivamente al desarrollo productivo y social de localidades de la provincia de

Cajamar de mutuo interés, con enfoque de sostenibilidad. Ambas partes declaran xpresan ,te

que, el presente convenio, no considera la realización de proyectos y/o

iniciativas. :stencialistas.

QUINTA. _LACIA

2014.

El preser . 'onvenio permanecerá vigente desde su suscripción ha:;ta el 31 de diciembre

de

SEXTA: L __A RESOLUCIÓN

6.1 El prL convenio marco podrá ser resuelto por las partes del pleno

derecho por las

causa, ie a continuación se señalan:

54,1, 1013{1, WYKI,

CAL i.:1E LA CRUZ DE PIEDRA N" 613 TEI. F . FAX' (076) 365122

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a) Por el incumplimiento de cualquiera de las partes a las obligaciones pactadas, en el presente convenio o en cualquier de los que se deriven de el, siempre que dicho incumplimiento no haya sido subsanado dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la comunicación en que se hubiese requerido el cumplimiento.

b) Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado que impida de forma absoluta el cumplimiento del presente convenio marco.

c) Por acuerdo entre las partes.

6.2 Las partes acuerda que YANACOCHA podrá resolver el presente convenio marco de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna, si los fondos que pudiera entregar en ejecución de un convenio específico fueran destinados por LA MUNICIPALIDAD a un fin distinto al indicado en el correspondiente convenio específico. En este caso para efectos de la resolución bastará con que YANACOCHA remita a LA MUNICIPALIDAD una comunicación por la vía notarial indicando su decisión de dar por resuelto el presente convenio marco.

6.3 Se deja expresa constancia en el sentido que de existir alguna suma pendiente de desembolso o bien pendiente de entrega al momento de resolverse el presente convenio marco por cualquier causa, YANACHOCHA no tendrá obligación alguna de entregarlos.

6.4 Asimismo, las partes dejan expresa constancia en el sentido que con la resolución del presente convenio marco se entenderán también resueltos de pleno derecho los convenios específicos que se pudiesen haber celebrado, debiendo revertir a favor de YANACHOCHA, aquellos montos entregados pero no utilizados.

S TIMA: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y MODIFICACIONES

7,1 Queda expresamente convenido que YANACOCHA no se hará, responsable, bajo circunstancia alguna, por sueldos, jornales, beneficios sociales o ningún otro concepto que

/ corresponda o pudiera corresponder a los trabajadores contratados y/o designados por la MUNICIPALIDAD para desarrollar las actividades objeto del presente convenio; ni por accidentes que pudieran ocurrir en los lugares en donde se ejecute el presente Convenio y que pudieran involucrar a LA MUNICIPALIDAD y/o personas que pudieran ser designados por esta para la ejecución del Convenio.

7.2 Asimismo, ambas partes se obligan una frente a la otra a mantenerla libre de cualquier pago, multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa del incumplimiento o infracción de la legislación laboral o social vigente, respecto al personal destacado o contratado para la ejecución de las actividades materia del presente convenio.

7.3 Las controversias y/o discrepancias que pudieran surgir como consecuencia de la interpretación o ejecución del presente Convenio, serán resueltas en trato directo y amigable entre las partes en un plazo de 15 días calendario computado desde la fecha en que una de las partes comunicó por escrito a la otra su solicitud de iniciar el trato directo. En el caso que dichas controversias y/o discrepancias no pudieran ser resueltas por trato directo, dentro del plazo antes mencionado, cualquiera de las partes podrá someterlas a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de la Ciudad de Cajamarca, renunciando al fuero de sus domicilios.

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YANACOCHA

LA UNICIPALIDAD

zl

7.4 Las partes señalan como sus domicilios aquellos que se indican en la parte introductoria del presente documento, a donde deberá cursarse cualquier notificación o comunicación entre ellas. Cualquier cambio de domicilio deberá ser comunicado con quince días de anticipación, caso contrario se entenderá correctamente efectuada la notificación o comunicación realizada al domicilio anterior.

7.5. Las partes declaran que los proyectos específicos que se originen en convenios derivados del presente convenio marco, serán ejecutados considerando estrictamente los presupuestos y los cronogramas de ejecución previstos en cada convenio específico.

7.6. Cualquier compromiso adicional que pudiera acordarse deberá ser formalizado mediante documento escrito debidamente suscrito por los representantes autorizados de las partes.

OCTAVA: LEY APLICABLE

Queda convenido entre las partes, que el presente convenio se regirá por sus estipulaciones, las mismas que han sido acordadas entre las partes, así como por las normas del Código Civil y las leyes de la República del Perú que resulten aplicables.

.•. Suscrito por las partes, en señal de conformidad a los 17 días del mes de marzo del 2011, en 2 (dos) ejemplares del mismo valor y tenor.