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Actualización de la Estrategia de Sistemas de Pago de El Salvador Edgar R. Cartagena Introducción 1 El Banco Central de Reserva de El Salvador (BCR) publicó la primera estrategia explícita de moderniza- ción de los sistemas de pago de El Salvador en Julio de 2002 (Ver La- rios et al, 2002) que fue resultado de un proceso de consultas inter- nas y externas, a la vez que se con- tó con el apoyo de una misión del Banco Mundial. Se reconoce que la reforma perma- nente de los sistemas de pago es básica para la estabilidad financie- ra de los países, para el desarrollo financiero y crecimiento económi- co. Cartagena (2006) lo sintetizó así: “… el desarrollo de la infra- estructura de sistema de pagos en El Salvador es estratégico y de es- pecial importancia por el cumpli- miento de objetivos como seguri- dad y eficiencia y óptima canaliza- ción de los flujos monetarios en la economía doméstica y entre países de manera competitiva, facilitando las transacciones financieras que 1 Agradecimientos por la revisión y recomendaciones técnicas del presente documento a Flor de María Novoa, José Alfredo Marroquín, Marielos Delgado y al Comité Técnico de Sistemas de Pago. se realicen por la creciente deman- da dado el desarrollo del sistema financiero y las potencialidades del mismo en un entorno de inno- vación, regionalización y mayor competencia”. La actualización de la estrategia de sistemas de pago adquiere especial relevancia dado que los medios tra- dicionales de pago, como el efecti- vo y el cheque, están tendiendo a ser desplazados por instrumentos que requieren el uso de plataformas tecnológicas mucho más avanza- das, seguras y eficientes. Para el caso del Banco Central de Reserva de El Salvador, los funda- mentos legales sobre los roles y competencias del BCR en sistemas de pago se encuentran tanto en la Ley Orgánica del Banco Central (LOBCR), el Tratado sobre Siste- mas de Pago y de Liquidación de Valores en Centroamérica y Repú- blica Dominicana (Tratado Regio- nal de Pagos, en adelante), Ley de Bancos y la Ley del Mercado de Valores, principalmente, buscando en el Tratado Regional de Sistemas de Pago responder a las prácticas internacionales vigentes en este tema. La LOBCR establece como deber del Banco “Velar por el normal fun- cionamiento de los pagos internos y externos” mientras que el TRP contiene disposiciones específicas vinculadas a sistemas de pago que fortalecen las competencias de los Bancos Centrales. Los principios y prácticas internacionales, a su vez, enfatizan las responsabilidades de los Bancos Centrales, como los contenidos en los Principios para Sistemas de Pago de Importancia Sistémica. En la actualidad, se requiere la ope- ración de robustos sistemas de li- quidación de pagos en tiempo real (o algunos en tiempo diferido o hí- bridos) para realizar transacciones sistémicamente importantes u otras que incidan en la eficiencia de la economía, siguiendo las mejores prácticas internacionales en la ma- teria y los principios para sistemas de pago, manteniendo esquemas explícitos de vigilancia de los mis- mos dentro del Banco Central. I. Diagnóstico de Sistemas de Pago en El Salvador El Banco Central ha sido proactivo en el proceso de modernización de los sistemas de pago, especialmen- te en lo referente a infraestructura interna de pagos, así como en el fortalecimiento del marco legal y normativo. Al respecto, el BCR ha adoptado un conjunto de decisiones en la ejecu- ción de la estrategia original de sis- temas de pago, traduciéndose en

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Actualización de la Estrategia de Sistemas de Pago de El Salvador

Edgar R. Cartagena

Introducción1

El Banco Central de Reserva de El Salvador (BCR) publicó la primera estrategia explícita de moderniza-ción de los sistemas de pago de El Salvador en Julio de 2002 (Ver La-rios et al, 2002) que fue resultado de un proceso de consultas inter-nas y externas, a la vez que se con-tó con el apoyo de una misión del Banco Mundial.

Se reconoce que la reforma perma-nente de los sistemas de pago es básica para la estabilidad financie-ra de los países, para el desarrollo financiero y crecimiento económi-co. Cartagena (2006) lo sintetizó así: “… el desarrollo de la infra-estructura de sistema de pagos en El Salvador es estratégico y de es-pecial importancia por el cumpli-miento de objetivos como seguri-dad y eficiencia y óptima canaliza-ción de los flujos monetarios en la economía doméstica y entre países de manera competitiva, facilitando las transacciones financieras que

1 Agradecimientos por la revisión y recomendaciones técnicas del presente documento a Flor de María Novoa, José Alfredo Marroquín, Marielos Delgado y al Comité Técnico de Sistemas de Pago.

se realicen por la creciente deman-da dado el desarrollo del sistema financiero y las potencialidades del mismo en un entorno de inno-vación, regionalización y mayor competencia”.

La actualización de la estrategia de sistemas de pago adquiere especial relevancia dado que los medios tra-dicionales de pago, como el efecti-vo y el cheque, están tendiendo a ser desplazados por instrumentos que requieren el uso de plataformas tecnológicas mucho más avanza-das, seguras y eficientes.

Para el caso del Banco Central de Reserva de El Salvador, los funda-mentos legales sobre los roles y competencias del BCR en sistemas de pago se encuentran tanto en la Ley Orgánica del Banco Central (LOBCR), el Tratado sobre Siste-mas de Pago y de Liquidación de Valores en Centroamérica y Repú-blica Dominicana (Tratado Regio-nal de Pagos, en adelante), Ley de Bancos y la Ley del Mercado de Valores, principalmente, buscando en el Tratado Regional de Sistemas de Pago responder a las prácticas internacionales vigentes en este tema.

La LOBCR establece como deber del Banco “Velar por el normal fun-cionamiento de los pagos internos y externos” mientras que el TRP contiene disposiciones específicas vinculadas a sistemas de pago que

fortalecen las competencias de los Bancos Centrales. Los principios y prácticas internacionales, a su vez, enfatizan las responsabilidades de los Bancos Centrales, como los contenidos en los Principios para Sistemas de Pago de Importancia Sistémica.

En la actualidad, se requiere la ope-ración de robustos sistemas de li-quidación de pagos en tiempo real (o algunos en tiempo diferido o hí-bridos) para realizar transacciones sistémicamente importantes u otras que incidan en la eficiencia de la economía, siguiendo las mejores prácticas internacionales en la ma-teria y los principios para sistemas de pago, manteniendo esquemas explícitos de vigilancia de los mis-mos dentro del Banco Central.

I. Diagnóstico de Sistemas de Pago en El Salvador

El Banco Central ha sido proactivo en el proceso de modernización de los sistemas de pago, especialmen-te en lo referente a infraestructura interna de pagos, así como en el fortalecimiento del marco legal y normativo.

Al respecto, el BCR ha adoptado un conjunto de decisiones en la ejecu-ción de la estrategia original de sis-temas de pago, traduciéndose en

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fomento del desarrollo financiero del país. El Diagrama No. 1 sintetiza el rol del Banco en el flujo circular de la economía. Para el caso, a parte de las funciones normativas y de vi-gilancia implícita que realiza el BCR, se encuentra una labor de operación

(y también de participante) en los sis-temas de pago del país.

En dicho flujo económico, se desta-ca la facilitación de infraestructura financiera por parte del BCR lo que permite que bancos (y mediante

ellos todos los clientes, de manera indirecta) y el Gobierno, entre otros, puedan ejecutar las transferencias financieras (pagos) tanto domésti-cos como hacia/desde otros países (pagos transfronterizos).

El Banco Central juega un papel substancial en el proceso de ope-rar la liquidación final de pagos interbancarios, tanto de importan-cia sistémica como de otros. Así mismo, a efecto de lograr la eje-cución exitosa de las acciones de modernización de los sistemas de pago, es básico el entorno de co-operación entre el Banco Central, entidades supervisoras y el sector privado. Para lograr lo anterior, se necesita establecer mecanismos de coordinación y comunicación con los participantes de los sistemas de pago, dependiendo de las necesi-dades del mercado.

A continuación se presentan un diagnóstico sintético de los funda-mentos de los sistemas de pago a la fecha; en este sentido, se resumen los principales avances registrados en la presente década, los funda-mentos legales para la actuación del BCR en sistemas de pago, los roles así como la estructura organi-zativa para la ejecución del proce-so de modernización.

A. Principales avances en Moder-nización de sistemas de pago

La evaluación de los sistemas de pago de El Salvador efectuada en mayo 2000 identificó varias nece-

sidades, entre las cuales se desta-caron: una nueva infraestructura de pagos para operaciones en el mercado interbancario, nuevas po líticas y procedimientos para re-ducir la exposición del Banco Cen-tral relativas a la compensación de cheques, reformas -a la medida- re-lacionadas con la liquidación de valores y un fortalecimiento en el liderazgo dentro del proceso de modernización de los sistemas de pagos, compensación y liquida-ción de valores. El estudio referido se realizó con el apoyo de la Inicia-tiva de Sistemas de Pagos del He-misferio Occidental (WHI, por sus

Diagrama No. 1Flujo Circular de la Economía, Sistemas de Pago y Banco Central

PAGOS DOMESTICOS

PAGOS TRANSFRONTERIZOS

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siglas en inglés), como parte del Programa de Evaluación del Sec-tor Financiero (FSAP)2 del Banco Mundial.

A partir de la situación anterior, se sugirió emprender acciones enmarcadas en una estrategia na-cional de sistemas de pago para el país, cuya arquitectura contribuye-ra a generar seguridad y promover la eficiencia del sistema financiero. En ese sentido, se incorporó la mo-dernización del sistema de pagos como una de las prioridades den-tro del Plan Estratégico del Banco Central.

La estrategia y visión inicial de modernización de los sistemas de pago de El Salvador se publicó en 2002; con esto, se sentaron las ba-ses para lo que se constituiría en el proceso de modernización de los sistemas de pago del país.

Entre los principales productos lo-grados entre 2003 y 2005 se cuen-tan los siguientes: nuevo esquema de compensación electrónica mul-tilateral neta de cheques (2003), in-terfase para interconexión SWIFT-di-visas para generación automática de mensajes MT- 202 y 103 de SWIFT (2004) e Interfase electrónica entre

BCR y Central de Valores para emi-sión de valores desmaterializados y estandarizados del BCR (2005), entre otros (ver diagrama No. 2).

El Banco Central también ha parti-cipado activamente en el proyecto regional de sistemas de pago, enfo-cando las actividades en el compo-nente de seguridad jurídica y en la interconexión de infraestructura de sistemas de pago entre los países miembros del Consejo Monetario Centroamericano (CMCA); lo ante-rior con el objeto de promover la seguridad y eficiencia para los pa-gos transfronterizos.

2 World Bank Aide-Memoire, Financial Sector Assessment Program –Follow-Up –Payment System Technical Assistance to El Salvador, Septiembre 2001.

3 El Consejo Directivo del BCR, en sesión CD-No.05/2003 del 10 de febrero de 2003, aprobó el nuevo Instructivo para operar la Compensación Electrónica de Cheques, entrando en vigencia a partir del 17 de marzo de 2003.

La Cámara de Compensación Electrónica de Cheques es uno de los subsistemas modernizados a

la fecha, el cual es operado por el BCR. Para el caso, el Banco Cen-tral inició un nuevo esquema de

compensación de cheques a par-tir de 2003, pasando de un proce-so manual a uno electrónico3. En

Diagrama No. 2Proceso de Modernización de Sistemas de Pago del Banco desde 2000

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este proceso de modernización, se promovió la liquidación mul-

tilateral neta bajo un esquema de T+2, como lo refiere Larios et al

(2003)4, cuyo flujo se representa en el Diagrama No. 3.

4 Larios, Gerson Odir y Jorge Galvez. “Reforma del Sistema de Pagos: Cámara Electrónica de Compensación de Che-ques”. Boletín Económico No. 159, Nov-Dic/2003. Banco Central de Reserva de El Salvador.

5 Larios et al (2003) destacó los principales beneficios de la reforma en la Cámara de Compensación de Cheques de la siguiente manera: Intercambio electrónico de datos; determinación de resultados mediante neteo multilateral; verifi-cación de resultados en línea y aplicación de los mismos en cuentas de las instituciones financieras hasta el final del ciclo de compensación; mecanismos encaminados a la mitigación de riesgos; Acreditación de cheques compensados en cuentas de clientes en dos días hábiles.

6 Estas sesiones corresponden a reuniones del 2 de junio de 2003 y del 15 de noviembre de 2004; en esta última se efectuaron algunas reformas, consistiendo una de ellas en la disposición de que se publicara el instructivo en la página web del banco.

7 Consultar en: http://www.bcr.gob.sv/pagos/pdf/Reglamento_ACH.pdf

La reforma en la operación de la Cámara de Cheques requirió la canalización de información con-solidada por un canal privado de comunicación electrónica, posibi-litando el ingreso, autorización de información y monitoreo de resul-tados durante las diferentes etapas del ciclo de compensación, benefi-ciando a los participantes5.

Diagrama No. 3Proceso de Cámara de Compensación de Chequesp q

Fuente: Larios et al (2003)

BCR BCR

El Banco Central también estable-ció el marco normativo aplicable a transacciones bajo la modali-dad de Cámara de Compensación Electrónica o banca electrónica integrada, que también se conoce como sistemas ACH (Automated Clearing House), elaborando un proyecto que fue aprobado por el Consejo Directivo del Banco en la sesión 29/2003 y 41/20046.

Al respecto, se definió que la ope-ración de los sistemas ACH corres-ponde, en primera instancia, al sector privado; por lo anterior, a la vez de la reglamentación7, se han apoyado iniciativas del mercado para su desarrollo.

En el entorno del proyecto regional de sistemas de pago del CMCA, el BCR fue beneficiario del proyec-

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to BID/FOMIN para Sistemas de Pago, a través del cual se tuvie-ron importantes recomendaciones para el fortalecimiento de proyec-tos en ejecución como el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (en adelante, LBTR8) y vigilan-cia entre los años de 2006 y 2007, así como en el fortalecimiento ins-titucional mediante capacitaciones en áreas estratégicas y operativas.

El Salvador recibió, además, una misión de sistemas de pago del Banco Mundial en 2006 en la cual se revisó el alcance de la ejecu-ción de la vigilancia de sistemas de pago, la estrategia de sistemas de pago y se efectuó un estudio piloto en cuanto a la aplicación en el país de los Principios Generales de Re-mesas Internacionales elaborados por el CPSS-Banco Mundial.

Las actividades realizadas por el Ban-co Central en sistemas de pago se ex-plicitaron en la definición del Plan Estratégico institucional de 2007/08, el cual contiene el desarrollo del LBTR así como la actualización de la estrategia y propuestas de vigilancia de sistemas de pago para el banco; las anteriores son las bases funda-mentales para la ejecución de los proyectos de modernización de los sistemas de pago en el largo plazo.

B. Base Legal del Banco Central en los Sistemas de Pago

La Ley Orgánica del Banco Central establece como una de las facul-

tades esenciales para el Banco el: “velar por el normal funcionamien-to de los pagos internos y externos “(Art. 3 inciso “j”).

Además, dicha Ley Orgánica esta-blece las competencias del Banco para recopilar estadísticas (Art. 64 LO-BCR) que constituyen una base para obtener información de relevancia para efectuar el monitoreo de los sis-temas de pago, durante la ejecución de la función de vigilancia.

Los artículos 65 y 66 de la LOB-CR representan facultades que los legisladores han otorgado al BCR en cuanto al cobro de comisiones y manejo de cuentas de depósito en la institución. Para el caso, el Art. 65 de la LOBCR refiere a la posibilidad de cobro de comisio-nes por servicios bancarios, siendo esto básico para la recuperación de costos por la utilización de las pla-taformas de pago del banco.

El Art. 66 de la LOBCR, por su par-te, destaca la posibilidad de que el BCR pueda mantener cuentas de depósito de entidades financieras y otros autorizados. Este artículo es importante para la operación de los sistemas de pago, ya que las transferencias entre los parti-cipantes, en cualquier subsistema que liquide en el Banco, requieren la canalización de pagos (débitos y créditos) a través de movimientos en sus cuentas, lo cual se facilita en las cuentas de depósitos que dichas instituciones mantienen en el BCR.

El Art. 60 de la Ley de Bancos es-tablece la facilidad para que las operaciones de pagos puedan realizarse mediante intercambio electrónico de datos, instituyendo también la validez probatoria y la fuerza ejecutiva para los mismos, cubriendo a las entidades regula-das por esta Ley.

Para ampliar las facultades ante-riores a todos los participantes de los sistemas de pago, se tiene como proyecto la adición de la seguridad jurídica para la validez probatoria y fuerza ejecutiva para transaccio-nes electrónicas con firma digi-tal en el artículo 67 de la LOBCR, quedando sujeto a la vigencia de la Ley de Firma Electrónica; esto es básico para reducir el riesgo opera-tivo de los participantes, especial-mente en el entorno de operación del LBTR.

El artículo 67 de la LOBCR es de especial importancia para el Ban-co Central y los sistemas de pago del país, ya que confiere facultades al BCR en cuanto a normar, operar y delegar el funcionamiento de los sistemas de pago. A través de este artículo, los Legisladores confieren las potestades al BCR para que li-dere la modernización de los sis-temas de pago, estableciendo las reglas de juego, operando sistemas de pago de importancia sistémica u otros que las autoridades establez-can, así como delegando la opera-

8 Hasta 2007, el LBTR de El Salvador se definía como SEPAV (Sistema Electrónico de Pagos de Alto Valor); no obstante, por consideraciones del Comité Estratégico de Pagos del BCR, el nombre se cambio a LBTR (Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real), utilizando el nombre genérico reconocido internacionalmente.

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ción de sistemas de pago relevan-tes en la arquitectura del sistema financiero.

La Ley de Integración Monetaria (LIM), por su parte, introdujo va-riantes en el régimen cambiario, abriendo la posibilidad de que las instituciones financieras puedan ejecutar procesos de liquidación de pagos en los mercados interna-cionales. Esta Ley consigna mayo-res retos para el Banco Central en sus sistemas de pago, en cuanto a requerimientos de fortalecer la in-fraestructura local de pagos, pro-curando asegurar la fluidez de las transacciones financieras al inte-rior de la economía.

La Ley del Mercado de Valores (LMV) y la Ley de Anotaciones de Valores en Cuenta (LAVC) proveen un marco jurídico institucional im-portante para el Mercado de Valo-res. Para el caso, la LMV norma en forma ordenada a sus participantes, creando importantes elementos e instancias para su desarrollo, como son el Registro Público Bursátil e instancias de valores, a la vez que provee el marco jurídico para las Bolsas de Valores.

La Ley del Mercado de Valores tam-bién establece el ordenamiento ju-rídico para que se pueda efectuar la liquidación de valores, como se presenta en los artículos 50 y 51. En este sentido, el artículo 50 impli-ca el establecimiento de procedi-mientos para la liquidación de valo-res y el 51, aproxima al marco para la aplicación de principios como el de “entrega contra pago”.

La Ley de Anotaciones Electrónicas de Valores en Cuenta es importante para la liquidación de valores y los sistemas de pago; esta Ley permi-te pasar del sistema tradicional de negociación de valores a las ano-taciones por medios electrónicos y posibilita disminuir las probabi-lidades de riesgo operativo por el traspaso de títulos valores físicos, al efectuarse mediante anotaciones electrónicas en cuenta.

El Tratado sobre Sistemas de Pago y Liquidación de Valores de Centro-américa y República Dominicana contiene especial relevancia para El Salvador y la región al proveer una plataforma jurídica homogé-nea para la canalización de los pagos entre los países del CMCA.

Así mismo, dicho Tratado propicia seguridad jurídica y fortalece las competencias de los Bancos Cen-trales del CMCA para sistemas de pago de importancia sistémica, complementando el marco jurídi-co local.

El Tratado Regional de Sistemas de Pago entró en vigencia como Ley de la República en El Salvador, Ni-caragua y República Dominicana el 5 de diciembre de 2008.

Lo anterior responde al hecho que el Tratado ha sido suscrito por los seis países miembros de Centro-américa y República Dominicana, siendo ya ratificado y depositado en la Secretaría Ejecutiva del Siste-ma de Integración Centroamerica-

Cuadro No. 1Contenido del Tratado Regional de Pagos

Capítulo I. Disposiciones GeneralesCapítulo II. Reconocimiento y protección jurídica de los sistemas

Art. 3. Reconocimiento de los sistemas de pagos y de liquidación de valoresArt. 4. Irrevocabilidad de las órdenes de transferencia de fondos o de valoresArt. 5. Firmeza de órdenes válidamente aceptadas en un sistema reconocidoArt. 6. Inembargabilidad de cuentas en el Banco Central.Art. 7. Régimen aplicable a las garantías constituidas a favor de un sistema o de sus participantesArt. 8. Obligaciones de notificación en casos de procedimientos de reorganización o liquidación de entidades participantes

Capítulo III. Normas de Derecho Internacional PrivadoArt. 9. Derecho aplicable en caso de incoación de un procedimiento de reorganización o liquidación de un participante en un sistema reconocido en un Estado parteArt. 10. Derecho aplicable a las garantías constituidas en el marco del funcionamiento de un sistema reconocido en un Estado parte.

Capítulo IV. Vigilancia de los Sistemas de PagoArt. 11. Competencias de los bancos centralesArt. 12. Cooperación entre bancos centrales y autoridades supervisorasArt. 13. Sistemas de pagos regionales

Capítulo V. Disposiciones finales

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na por El Salvador9, Nicaragua10, y República Dominicana11; así mis-mo, ya fue ratificado por parte de Guatemala12 y Honduras, estando próximo su depósito en el SICA.

Como puede apreciarse, el Trata-do en mención establece las bases para el reconocimiento y protec-ción jurídica de los sistemas, ins-

tituye la firmeza e irrevocabilidad de los pagos, la inembargabilidad de las cuentas en el BCR, el régi-men aplicable a garantías, obliga-ciones de notificación en casos de procedimientos de reorganización o liquidación de entidades partici-pantes, normas de derecho inter-nacional privado.

Así mismo, el Tratado Regional de Sistemas de Pago instituye compe-tencias para los Bancos Centrales de la región, siendo una de ellas la vi-gilancia de los sistemas de pago. Lo anterior comprende el estudio, defi-nición e implementación de están-dares basados en las mejores prác-ticas internacionales, de monitoreo, evaluación e inducción de cambios.

9 El Tratado Regional de Pagos fue depositado en la Secretaría del Sistema de Integración Centroamericana el 19 de enero de 2007; su publicación consta en el Tomo No. 376 del Diario Oficial, de fecha 25 de septiembre de 2007.

10 El Tratado fue aprobado mediante Decreto de la Asamblea Nacional de Nicaragua No. 5319 de 24 de enero de 2008, fue ratificado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto 12-2008 de 20 de febrero de 2008, y fue depositado ante la SG-SICA el 10 de abril del presente año.

11 El Tratado Regional de Pagos fue ratificado por el Senado de la República Dominicana el 28 de Junio de 2008, y depo-sitado en la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Integración Centroamericana el 27 de noviembre de 2008.

12 El Tratado Regional de Pagos fue ratificado por el Honorable Congreso de la República de Guatemala, conforme Decre-to Número 42-2008 del 5 de agosto del presente año.

Diagrama No. 4Síntesis de Agrupaciones de Principios Internacionales sobre Sistemas de Pago

g p p

Además, la actuación del Banco Central en los sistemas de pago responde al seguimiento de las me-

jores prácticas y principios interna-cionales, como se esquematiza en el Diagrama No. 4.

C. Organización

El seguimiento de la estrategia de sistemas de pago ha sido resulta-

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do del trabajo en conjunto de di-ferentes unidades del BCR y de los esfuerzos realizados por la estruc-tura organizativa creada para tal fin desde finales de 2001, a través del Comité Estratégico13, el Comi-té Técnico14 y el Equipo Asesor15; estos Comités han facilitado y promovido el trabajo inter-depar-tamental e inter-gerencial para la ejecución de la estrategia de siste-mas de pago.

En base a lo anterior, las diferentes actividades de sistemas de pago en el BCR se pueden dividir en pro-cesos operativos y estratégicos. Los primeros refieren a aspectos como la Operación de la Cáma-ra de Cheques, de sistemas para Transacciones de Valores y Pagos Internacionales, entre otros. Por otro lado, se tiene el seguimien-to/promoción de la estrategia de sistemas de pago y vigilancia, así como el apoyo en cuanto a aspectos de fortalecimiento del marco legal y reglamentario, eva-luación / diseño de sistemas y pro-cesos, entre otros.

El trabajo conjunto y coordinado entre las diferentes áreas involu-cradas en el proceso de moderni-zación de los sistemas de pago ha sido un factor de éxito y determi-nante para el logro de los resulta-dos alcanzados a la fecha; esto es de especial relevancia también para mantener una visión compartida en cuanto al horizonte y actividades de desarrollo de los sistemas de pago, así como de los roles de los diferen-tes actores al interior del Banco.

II. Misión, Visión y Objetivos de los Sistemas de Pago

El Banco Central juega un impor-tante rol de liderazgo y facilita-ción de infraestructura financiera en apoyo al desarrollo económico del país; por lo anterior, se sinteti-za una propuesta de misión, visión y objetivos16 que el Banco Central pudiera asumir dentro del proceso de modernización de los sistemas de pago.

A. Misión en la Modernización de los Sistemas de Pago del país

“Regulación, promoción, opera-ción y vigilancia de sistemas de pago seguros, eficientes y compe-titivos fomentando con ello el desa-rrollo económico del país”

B. Visión en la Modernización de los Sistemas de Pago del país

“Contar con una infraestructura de sistemas de pago y de liquidación de valores moderna, que atendien-do las mejores prácticas interna-cionales sobre la materia, facilite la transferencia de fondos y valores de una manera segura y eficiente en apoyo a la creciente actividad económica”

C. Objetivo en la Modernización de los Sistemas de Pago del país

“Promover sistemas de pago se-guros, eficientes y modernos que, siguiendo las mejores prácticas in-ternacionales sobre la materia, faci-liten la transferencia de fondos y la liquidación de valores, en apoyo a la creciente actividad económica y

13 El Comité Estratégico de Sistemas de Pago del BCR (CESP) tiene como objetivo discutir y aprobar las acciones a desarro-llar como parte de la formulación y definición de la estrategia de modernización del Sistema de Pagos y su proceso de implementación.

14 Este Comité apoya en la elaboración e implementación de la estrategia de Sistemas de Pago, colabora en la investiga-ción sobre temática de importancia en la estrategia de sistemas de pago, apoya en la recopilación de la información estadística de acuerdo a su área de trabajo y desarrolla sesiones de autocapacitación, así como da seguimiento a los acuerdos del CESP.

15 El Equipo Asesor ha tenido como funciones principales el asesorar y apoyar en la elaboración, seguimiento e implemen-tación de la estrategia de Sistemas de Pago.

16 Ver Ayuda Memoria de Sesión 10 del Comité Técnico de Sistemas de Pago, del 30 de abril de 2008.

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a las necesidades de desarrollo fi-nanciero del país, con una adecua-da vigilancia sobre los mismos”.

III. Arquitectura de los Sistemas de Pago de El Salvador

La arquitectura de los sistemas de pago integra al Sistema de Liquida-ción Bruta en Tiempo Real como

el sistema al cual se interconectan todos los subsistemas de pago en El Salvador. El LBTR se constituye en un sistema de importancia sistémi-ca17 para el país, tal como se pre-senta en el Diagrama No. 5.

En el LBTR se liquidaran otros sis-temas tales como los que ejecutan operaciones internacionales, liqui-dación de valores y sistemas de pagos minoristas (ACH18 y Cámara de Cheques) así como la interco-

nexión con el Sistema Regional de Pagos (SIP)19.

Como parte fundamental en la ar-quitectura de sistemas de pago, se considera relevante promover la función de vigilancia en el BCR, como una función explícita y per-manente del BCR, así como de for-talecer el marco legal y normativo de pagos.

17 El Comité de Sistemas de Pago del BIS-BM (CPSS-01) establece que: “…un sistema es sistémicamente importante cuan-do, en caso de no estar suficientemente protegido contra riesgos, una alteración en el sistema pudiera detonar o trans-mitir efectos negativos a mayor escala entre los participantes o crear alteraciones sistémicas en el conjunto del sector financiero”. Así mismo, se refiere que con una de las siguientes tres condiciones que cumpla un sistema, se puede con-siderar de importancia sistémica, como son: ser el único sistema de pagos del país, o es el principal sistema en términos del valor total de los pagos; manejar principalmente pagos de alto valor individual; ser utilizado para la liquidación de operaciones en el sistema financiero o para la liquidación de otros sistemas de pago.

18 La ACH aún no está en operación.19 El SIP aún no está en operación, el Consejo Monetario Centroamericano está evaluando la posibilidad de desarrollar un

sistema de interconexión de Sistemas de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR) de los países del CMCA. Se destaca que un estudio de mercado contratado por el BID/FOMIN-SECMCA en 2007, encontró mercado para un eventual SIP. Con este sistema de interconexión se busca promover sistemas de pago seguros y eficientes, que faciliten la canalización de los flujos monetarios entre los países miembros.

Cámara de Compensación

de Cheques

LBTR

Cámara de Compensación

Electrónica(ACH)

Sistema deinterconexión de

Pagos (SIP)

Sistema deLiquidaciónde Valores

Vigilancia de SdPago

Participantes Indirectos (personas, familias, empresas)

Participantes Directos (Bancos, BMI, BCR, CEDEVAL/BVES, MIHAC)

Diagrama No. 5Arquitectura de Sistemas de Pago en El Salvador

TransferenciasElectrónicas

(Internacionales y Locales)

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A continuación, se describen los diferentes componentes, actuales y previstos, de la arquitectura de los sistemas de pago de El Salvador.

A. Sistema Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR)

Una prioridad para los países en desarrollo consiste en el estableci-miento de las capacidades básicas para desarrollar y operar un siste-ma de Liquidación Bruta en Tiem-po Real, como pilar para apoyar el desarrollo de los distintos subsis-temas que constituyen un sistema moderno de pagos.

El LBTR de El Salvador se ha defini-do20 como un sistema “automatiza-do de liquidación bruta en tiempo real, para el procesamiento de trans-ferencias de fondos entre cuentas de depósito en el BCR, que a su vez per-mita la liquidación de otros subsiste-mas de pagos, brindando irrevocabi-lidad y asegurando la finalidad de las operaciones aplicadas”.

El LBTR es uno de los componentes indispensables para promover ob-jetivos de seguridad y eficiencia de los sistemas de pago y liquidación de valores del país, requiriendo una adecuada vigilancia por su na-turaleza de ser un sistema de pagos de importancia sistémica.

El LBTR prevé interconexiones con sistemas operados por el BCR como son: Cámara de Cheques21 y módulo de Operaciones Internacionales que aplica las operaciones internaciona-les; por otro lado, facilitará la inter-conexión con subsistemas internos como los componentes de para las transacciones de valores del Banco Central, la Reserva de Liquidez y Re-cursos Humanos22.

Así mismo, el LBTR permitirá la in-terconexión con sistemas externos, como son: liquidación de valores (LBTR-CEDEVAL), con el sistema regional de pagos (SIP-LBTR) y con la ACH, estando pendiente que se concretice la operación de éstos dos últimos subsistemas.

La operación del LBTR en el mer-cado permitirá obtener beneficios importantes en cuanto a la transmi-sión electrónica de las transferen-cias, reduciendo el riesgo operati-vo, facilitando que las operaciones sean aplicadas directamente por los participantes directos a la vez que los participantes puedan realizar la auto-gestión de las cuentas, contando con esquemas de horarios para efectos de la liquidación de subsistemas, per-mitiendo el monitoreo de la liquidez para todos los participantes, y también posibilitando la ejecución de pagos a terceros a través del mismo sistema.

A continuación, se esquematizan los principales beneficios que im-plicará la entrada en operación del LBTR, para el país23.

20 Esta definición es parte de los requerimientos del LBTR.21 Se destaca que en otros países la operación de la Cámara de Cheques es realizada por entes privados, como pueden ser

Asociación de Bancos (casos de Guatemala y Honduras, por ejemplo).22 La interconexión de los módulos internos de Recursos Humanos y Reserva de Liquidez al LBTR se realizarán en una

segunda fase, partiendo del momento en que el LBTR esté operando en el mercado.23 Estos beneficios han sido presentados por el Departamento de Pagos y Valores (GOF/BCR) en las presentaciones efec-

tuadas a los futuros participantes del sistema.

Cuadro No. 2Principales Beneficios con operación del LBTR en el mercado

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B. Operaciones Electrónicas, in-ternacionales y locales

Un sistema de pagos moderno debe disponer de un canal que posibilite efectuar pagos desde y hacia el exterior, elemento que ga-rantiza la inserción del país en la economía y mercados globales.

Por lo anterior, los sistemas de pago de los países se constituyen en la plataforma que apoya el im-portante grado de interacción y relaciones comerciales que el sis-tema financiero y empresas locales mantienen con instituciones finan-cieras y empresas extranjeras; esta interacción requiere el uso de in-fraestructura bancaria internacio-nal para efectos de la liquidación final de las transacciones.

Para efectos de las transacciones internacionales, se utiliza SWIFT24 como la plataforma básica de men-sajería a través de la cual se trans-miten instrucciones de pago del/al exterior, tanto del sector privado como del sector público y/o entida-des financieras locales y extranjeras.

Por lo anterior, las transferencias internacionales (pagos) que cum-plen las instrucciones derivadas por SWIFT tienen que realizarse a través de la interacción de los sis-temas de pago de diferentes países. Este es el caso para El Salvador, donde el Banco Central dispone

de la plataforma para canalizar las transacciones financieras con enti-dades corresponsales del resto del mundo e instituciones financieras y del gobierno locales.

C. Liquidación de Valores

Este subsistema canaliza pagos sistémicamente importantes deri-vados del proceso de negociación de valores (acciones, bonos, etc.), realizados ya sea a través de la Bol-sa de Valores o directamente con el Banco Central, en los diferentes mercados (primario, secundario y reportos).

El hecho que se pueda realizar la liquidación de valores sobre la in-fraestructura de los sistemas LBTR facilita el cumplimiento del princi-pio de entrega contra pago (DVP); esto es, que los valores sean liqui-dados de manera simultanea con el pago respectivo.

Los procesos de liquidación tam-bién están vinculados a la activi-dad de custodia y de registro de valores; al respecto, las institucio-nes de custodia se encargan de eje-cutar los procesos de liquidación derivados de negociaciones en di-ferentes mercados.

La estrategia de modernización de los sistemas de pago de El Salvador contempla la liquidación de valo-res mediante la interconexión del

operador privado de dicho proceso con el LBTR para efectos de aplica-ción de las mejores prácticas.

Al respecto, se conoce de con-sensos del mercado por los cuales dicha liquidación se efectuaría mediante la interconexión de la depositaria de valores (CEDEVAL) con el LBTR, liquidación que a la fecha es realizada por la Bolsa de Valores.

D. Cámara de Compensación de Cheques

Aún con la tendencia creciente de los pagos electrónicos, el cheque sigue siendo un importante instru-mento de pago en la mayoría de países, sobre todo para realizar pa-gos de bajo valor.

La Cámara de Cheques presenta importantes avances; pero tam-bién, tiene el reto de convertirse en un sistema de pago no sistémica-mente importante, en seguimiento a los principios internacionales y mejores prácticas sobre la materia.

Lo anterior se logrará en la medida que el LBTR opere en el mercado posibilitando la ejecución de pa-gos a terceros, a la vez que la ACH permita la liquidación de operacio-nes electrónicas no sistémicamen-te importantes, en complemento a las operaciones realizadas median-te cheques.

24 Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication. Es una entidad de cooperación creada y dirigida por los bancos que operan una red que facilita el intercambio de pagos y otros mensajes financieros entre instituciones financieras (incluyendo intermediarios y firmas de valores) alrededor del mundo. Un mensaje de pago S.W.I.F.T es una instrucción de transferir fondos; en consecuencia, el intercambio de fondos (liquidación) se produce sobre un sistema de pago o por medio de relaciones con bancos corresponsales.

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E. ACH

La estrategia para la moderniza-ción del sistema de pagos de El Salvador ha contemplado como uno de sus componentes la exis-tencia de la Cámara de Compen-sación de Transacciones Electró-nicas (ACH).

Como se ha referido anteriormen-te, El Salvador aún no tiene en operación este subsistema; no obs-tante se conoce de intenciones de participantes del sector privado por trabajar en su lanzamiento, te-niendo esta iniciativa un importan-te espacio para su consolidación y desarrollo en el país, así como un

relevante nicho de mercado para los operadores.

Por las prácticas internacionales, se reconoce que las ACHs procesan la compensación de operaciones interbancarias derivadas de pagos al detalle con tarjetas de crédito y débito así como otros pagos origi-nados por instrucciones de débito25 y crédito26 directos.

25 Entre algunos ejemplos de débitos directos se pueden mencionar cargos a la cuenta por pagos de servicios como telefo-nía, energía eléctrica, agua, colegiaturas, entre otros.

26 Ejemplos de créditos directos son las transferencias el pago de planillas (el recibo del ingreso en las cuentas bancarias), otras transferencias que se puedan efectuar por medios electrónicos que impliquen la afectación por parte de los clientes.

No obstante que las instituciones financieras pueden establecer sis-temas propios para operar y liqui-dar las transacciones derivadas de dichos instrumentos de pago, deben al mismo tiempo garantizar a sus clientes una aceptación lo más universal posible del servicio de pago, independientemente del emisor, sirviendo a tal propósito

Diagrama No. 6Estructura de operación de ACH

Banco del Originador

Banco CentralBanco del Recibidor

RecibidorOriginador

Operador ACH

Contrato-Autorización

la infraestructura de las ACHs; lo anterior posibilita, por ejemplo, el uso de redes universales de lecto-res de tarjetas de crédito y débito, así como también de cajeros auto-máticos.

Vale destacar que la ACH tiene un uso potencial ampliado para El Sal-vador como un mecanismo para

la canalización de las remesas; lo anterior se destaca en Cartagena (2005) para efectos de reducir el costo de envío de las de remesas familiares mediante la inter co-n e xión de la ACH de El Salvador con la de Estados Unidos, como se ejemplifica en el diagrama No. 7, para el caso de México.

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F. Proyecto Regional de Pagos

Los Bancos Centrales de la región (CMCA)27 han estado evaluando acciones tendientes a promover la integración financiera de la región, a través de la interconexión de los sistemas de pago de todos los paí-ses miembros con su respectiva se-guridad jurídica.

Los principales resultados obteni-dos a la fecha consisten en la firma del Tratado Regional de Pagos por parte de todos los países miembros del CMCA; así mismo, la respecti-va ratificación y depósito de dicho Tratado en el Sistema de Integra-ción Centroamericana por parte de El Salvador, Nicaragua y República Dominicana, con lo cual el Tratado se convierte en Ley de la República

para los mismos a partir del 5 de diciembre de 2008, adhiriéndose los siguientes países del CMCA que efectúen el respectivo depósito.

Al respecto de la interconexión de los sistemas de pago de la región, esta se manifestaría por el hecho que los LBTRs de los países se in-terconecten entre sí, facilitando con ello la ejecución de los pagos transfronterizos regionales.

Entre las ventajas de esta interco-nexión de sistemas de pago se tie-nen la posibilidad de aumentar el alcance y cobertura así como de reducir costos para las transferen-cias regionales; esto porque la in-terconexión realizada a través de infraestructuras de Bancos Centra-les permitiría que se puedan rea-

lizar operaciones interbancarias o interinstitucionales partiendo de cualquiera entidad que tenga cuentas de depósito en los Bancos Centrales.

Un aspecto que actualmente se constituye en reto para la interco-nexión regional, consiste en resol-ver (reducir) las asimetrías de in-fraestructura de sistemas de pago, especialmente manifestado por la operación en mercado de los LBTRs en todos los países de la re-gión así como en la ejecución ex-plícita de la vigilancia.

G. Función de Vigilancia de Siste-mas de Pago28

La función principal que debe cumplir la vigilancia de pagos es

27 Comprende los países: Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica y República Dominicana.28 Para profundizar en la importancia de la ejecución de la vigilancia de los sistemas de pago, y su potencial aplicación

por parte del Banco Central de Reserva, se recomienda revisar el estudio de Marroquin (2008) titulado “Propuestas de Lineamientos Estratégicos para Implementar la Función de Vigilancia de Sistemas de Pago y Liquidación de Valores en El Salvador”, publicado como Documento Ocasional 2008-01 del BCR.

Diagrama No. 7ACH y Remesas

Sistema de Transferencias Electrónicas Automáticas (ACH) EEUU-México

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velar porque los sistemas de pago que funcionen en el país, sean es-tos operados por el BCR o por otras entidades, sean eficientes y segu-ros, y que sus procedimientos se ajusten a las mejores prácticas in-ternacionales.

Lo anterior se realiza en cumpli-miento de los Roles de los Bancos Centrales, como lo establecen los

Principios para Sistemas de Pago de Importancia Sistémica, como se presenta en los recuadros números 3 y 4.

La vigilancia de sistemas de pago es competencia de los Bancos Cen-trales, como lo reconoce el Tratado Regional de Pagos en su artículo 11, inciso 1, cuando dice que: “Los ban-cos centrales de los Estados Parte

velarán por el buen funcionamien-to, seguridad y eficiencia de los sis-temas de pagos, ejerciendo labores de vigilancia sobre estos, sus admi-nistradores y participantes, definien-do principios, normas y estánda-res, y verificando su cumplimiento, indepen dientemente de que los sis-temas sean operados por el propio banco cen tral o por administradores privados”.

La vigilancia de los sistemas de pago es diferente de la supervisión financiera, dado que en cuanto este última tiene un enfoque de su-pervisión a las entidades, de manera individual, la vigilancia se concentra en la evaluación de la infraestructura de sistemas de pago. Por lo anterior, la vigilancia cumple un rol transver-sal en el sistema financiero, y requie-re adecuados mecanismos de co-operación entre el Banco Central y entidades supervisoras, así como con otras entidades relevantes para efectuar la vigilancia.

Cuadro No. 3

Roles de los Bancos Centrales en el Cumplimiento de los Principios Internacionales para Sistemas de Pago de Importancia Sistémica

1) Informar públicamente sobre su función y sus principales políticas con respecto a los sistemas de pago de importancia sistémica.

2) El banco central deberá asegurar que el sistema que opera cumple los Principios Básicos.

3) El banco central deberá vigilar el cumplimiento de los Principios Básicos por parte de los sistemas que no opere, y estar capacitado para ello.

4) El banco central, al promover la seguridad y la eficiencia del sistema de pagos mediante los Principios Básicos, deberá cooperar con otros bancos centrales y con cualquier otra autoridad extranjera o nacional que sea relevante a tal efecto.

Fuente: CPSS-BIS 2005.

La función de vigilancia se realiza en la medida que se ejecutan las tres principales actividades como son:

1) Monitoreo

2) Evaluación de los sistemas ac-tuales

3) En consideración de las mejo-res prácticas internaciones, se induce el cambio para los sis-temas en operación, pero tam-bién para los sistemas planea-dos.

Un estudio elaborado por Marro-quín (2008) en el cual se presen-ta una propuesta de lineamientos para la ejecución de la vigilancia de sistemas de pago por el BCR concluye que “la responsabilidad más importante de la Unidad de Vigilancia debe ser inducir cam-bios que hagan los sistemas más seguros y eficientes... debe estar consciente de que la principal ra-zón de recolectar estadísticas, de evaluar y describir sistemas y de escribir reportes es apoyar la actividad de inducir cambios que

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hagan los sistemas más seguros y eficientes”.

De hecho, una investigación ante-rior de Marroquín (2006)29 ya había apuntado que el Banco Central tie-ne el desafío de “vigilar el normal desarrollo de los pagos y garantizar la seguridad de las transacciones, lo cual implica desarrollar una la-bor sistemática de vigilancia que responda a la doble necesidad de gestionar los crecientes riesgos in-herentes a las operaciones de pago y liquidación de valores, y asegu-rar que las estrategias de moder-nización de los sistemas de pago evolucionen de acuerdo a las de-mandas y desarrollos del sistema financiero”.

Enfoque vigilancia en sistemas más que en instituciones

Fuente: Banco Mundial

Diagrama No. 8Esquema comparativo de enfoques y funciones de Sistemas de Pago

29 Esta puede ser consultada en el Boletín Económico del BCR, correspondiente a noviembre-diciembre/06, en: http/www.bcr.gob.sv/publicaciones/boletin_economico/boletin_2006/be_20061112_c_177_vigilancia_sist_pago_y_li-

quidacion.pdf

Cuadro No. 4Principios para la Vigilancia Efectiva

Transparencia: Los bancos centrales deben establecer públicamente sus objetivos de vigilancia, incluyendo los requerimientos de política y estándares, así como los criterios para determinar cuales sistemas deben aplicarlos.

Estándares Internacionales: Los bancos centrales deben adoptar en lo que sea relevante, estándares internacionalmente reconocidos para sistemas de pago y liquidación de valores.

Poderes efectivos y capacidad: Los bancos centrales deben tener las facultades y capacidad para desarrollar sus responsabilidades de vigilancia de los sistemas de pago de manera efectiva.

Consistencia: Los estándares de vigilancia deben ser aplicados de manera consistente a sistemas de pago y liquidación de valores comparables, incluyendo sistemas operados por el banco central.

Cooperación con otras autoridades: Como parte de sus esfuerzos para promover la seguridad y eficiencia de los sistemas de pago y liquidación, los bancos centrales deben cooperar con sus similares y con otras autoridades relevantes.

Fuente: CPSS-BIS 2005.

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Un aspecto relevante de consi-derar por el Banco para el corto plazo, consiste en la definición de actividades para promover la ge-neración de cultura de sistemas de pago, siendo esta una labor perma-nente. Al respecto, el estudio de Marroquín (2008) presenta algunas recomendaciones sobre la induc-ción de cambios, considerando relevante “difundir información so-bre los sistemas de pago, promover que se usen los sistemas y medios de pagos más seguros y eficientes y que se organicen actividades para extender la cultura de sistemas de pago; pues no es útil tener siste-mas de pago eficientes si éstos no se usan ampliamente para sustituir medios de pago menos apropia-dos, y es necesario que los usuarios estén bien informados sobre las prácticas apropiadas de control de riesgo”.

IV. Plan de Trabajo propuesto en la reforma de los sistemas de pago

Los componentes esenciales de la estrategia se dividen en tres gran-des agrupaciones: la primera de ellas se enfoca en disponer de un diagnóstico general y de explicitar la actualización de la estrategia; la segunda, comprende el conjunto de acciones requeridas para dis-poner del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR), y la tercera, a las actividades requeri-das para ejecutar la función de vi-

gilancia de sistemas de pago y de liquidación de valores.

Al respecto, el Cuadro No. 5 con-tiene una propuesta de plan de tra-bajo estimado para el mediano pla-zo, que recoge las principales ac-tividades y fechas propuestas para su ejecución.

Dentro del diagnóstico de los sis-temas de pago del país, el “Libro Amarillo de Sistemas de Pago” re-coge los principales aspectos esta-dísticos y de análisis tanto de siste-mas de pago como de liquidación de valores, constituyéndose en una importante herramienta para forta-lecer los procesos de la estrategia de sistemas de pago.

El Libro Amarillo complementa la presente estrategia de los sistemas de pago, así como otras investiga-ciones, como las de vigilancia, que está elaborando el BCR. Estos do-cumentos, en su conjunto, se cons-tituyen en una referencia en cuanto a los principales desarrollos en sis-temas de pago del país así como de los retos, al mismo tiempo que se convierten en importantes referen-cias para efectos de política finan-ciera que puede ser emprendida entre el corto y mediano plazo, en materia de sistemas de pago.

Al respecto, el BCR cuenta con una propuesta para la ejecución de la vigilancia para sistemas de pago, la cual se propone sirva de base para la ejecución de manera sistemática y continua por el Banco, dentro de la estructura organizativa del Ban-co (Ver Marroquin, 2008).

El Salvador también ha participado en los esfuerzos integracionistas en sistemas de pago, tanto a través del Comité Técnico de Sistemas de Pago como del Comité Jurídi-co, ambos del Consejo Monetario Centroamericano (CMCA); en el primero se ha establecido el di-seño para una potencial interco-nexión de los LBTRs de los países miembros del CMCA, mientras que el segundo a liderado los es-fuerzos para que el Tratado Regio-nal de pagos se convierta en Ley de los países de la región y Repú-blica Dominicana.

El trabajo sistemático del Comi-té Técnico regional de Sistemas de Pago del CMCA (CTSP-CMCA) se mantiene de manera continua, fortaleciendo los lazos de coope-ración entre los Bancos Centrales a la vez que ha planteado propues-tas en cuanto a la interconexión de sistemas de pago, definición de aspectos de estandarización, desa-rrollo de infraestructura, definición de plan de trabajo de mediano pla-zo así como elementos para forta-lecer la vigilancia regional de sis-temas de pago y de liquidación de valores.

El sistema de liquidación bruta en tiempo real (LBTR) será un pilar im-portante dentro de la arquitectura de los sistemas de pago del país, permitiendo una mayor rotación del dinero. Al respecto, se espera la entrada en operación de este siste-ma en el mercado para el segundo trimestre de 2009.

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Cuadro No. 5Plan de Trabajo Estimado de Sistemas de Pago

2007-2009+

LBTR: Desarrollo e Implementación; Interconexiones internas y existentes

2007 2008 2009

Evaluación e Implementación

Vigilancia

Gestión ACH con Sector Privado

Actualización de Estrategia de Sistemas de Pago

Evaluación de liquidación de Valores e Interconexión (DVP)

2010+

Proyecto Regional: Seguridad Jurídica, Interconexión, Homogenización, Vigilancia, estandarización de cuentas

Ejecución de Vigilancia

LBTR: Operación en Mercado; Monitoreo

Comunicación permanente con Sector Privado y Generación de cultura de Sistemas de Pago

Docto. de política del BCR en Sistemas de Pago

Interconexión LBTR - ACH

Sistemas regionales de pago.

Interconexiones y vigilancia cooperativa

Gestión apoyo expertos internacionales para Sistemas de Pago

Fortalecimiento del marco legal y normativo

Evaluación, vigilancia y modernización de Sistemas de

Pago de Bajo Valor. Remesas

Interconexión LBTR - CEDEVAL

Propuestas Vigilancia

Sobre la generación de cultura de sistemas de pago, se reconoce que el éxito y la continuidad de la re-forma depende en gran medida

del grado de conocimiento que los participantes y el público en gene-ral tenga sobre la materia; por lo anterior, es fundamental fomentar

la investigación, la recopilación de información y la divulgación de te-mas sobre dicha temática.

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V. Conclusiones

El Banco Central juega un papel determinante y de liderazgo en el proceso de modernización de los sistemas de pago; esto se funda-menta en el marco legal como la Ley Orgánica del Banco Central, la Ley de Bancos, Ley del Mercado de Valores, y en el Tratado Regional de Pagos, entre otros.

Sistemas de pagos modernos, se-guros y eficientes, apoyan el desa-rrollo del mercado, la estabilidad financiera y el desarrollo económi-co del país; lo anterior constituye un proceso continuo, que muestra la relevancia de mantener perma-nentes procesos de modernización de los sistemas de pago.

La integración de esfuerzos entre las diferentes áreas participantes en la estrategia de sistemas de pago ha creado sinergias que se han cris-talizado en importantes productos para la estabilidad del sistema fi-nanciero, desarrollo financiero y crecimiento económico del país.

La arquitectura y estrategia actuali-zada de los sistemas de pago com-prende el funcionamiento de un sis-tema de pagos moderno que conste de un sistema de liquidación bruta en tiempo real (LBTR) y subsiste-mas de pago en los que se realiza el procesamiento de instrucciones de pago electrónicas. Así mismo, se enfatiza la relevancia de la rea-lización de la función de vigilancia de sistemas de pago y liquidación de valores como una tarea conti-nua y permanente en el tiempo.

El Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real promoverá un salto cualitativo y cuantitativo en el de-sarrollo de los sistemas de pago del país.

El Banco Central de Reserva de El Salvador ha jugado un papel deter-minante en el proceso de normar, operar y ejecutar la liquidación fi-nal de pagos interbancarios, y en términos generales, en ejecutar la estrategia de sistemas de pago. No obstante, estas tareas son conti-nuas, y esta actualización de la es-trategia muestra que hay bastante trabajo por delante para seguir pro-moviendo el desarrollo financiero a través de profundizar la ejecu-ción de dicha estrategia, a futuro.

Bibliografía

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