actividad 1 sena actualizacion seguridad ocupacional

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA GUIA DE ORIENTACIÓN ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1 260101016 - 01- 01 – EC – P1 ACTIVIDAD 1 PRESENTADO POR ALDERSON LEON ROJAS TUTOR AVA JOSE MAURICIO HERNANDEZ ARIAS Correo electrónico [email protected]

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Page 1: Actividad 1 Sena Actualizacion Seguridad Ocupacional

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

GUIA DE ORIENTACIÓNACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1260101016 - 01- 01 – EC – P1

ACTIVIDAD 1

PRESENTADO POR

ALDERSON LEON ROJAS

TUTOR

AVA JOSE MAURICIO HERNANDEZ ARIASCorreo electrónico [email protected] 

OCTUBRE DE 2015

Page 2: Actividad 1 Sena Actualizacion Seguridad Ocupacional

GUIA DE ORIENTACIÓNACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1260101016 - 01- 01 – EC – P1

Resultados de Aprendizajes:

230101003 01: Establecer los lineamientos que rigen el sistema de seguridad social integral en Colombia de acuerdo a políticas institucionales y normatividad vigente.

230101003 05: Indicar a los empresarios como deben hacer los pagos de aportes parafiscales, prestaciones sociales y la importancia de su cumplimiento de acuerdo a normatividad vigente.

Descripción de la actividad.

A través de la solución argumentado del Caso de estudio: parte 1 evidenciará los conocimientos aprehendidos con la actividad de aprendizaje 1: pago aportes parafiscales y prestaciones sociales.

La Cooperativa Mina de metales preciosos ubicada en el departamento Viva Limpio, vincula a mineros informales que ejercen esa actividad económica de forma artesanal. La minería genera impactos ambientales y sociales, considerándose en estos últimos los riesgos para la seguridad y la salud ocupacional de quienes trabajan en los socavones. Según las noticias, son muchos eventos tristes protagonizados en el ejercicio de esta actividad en el país, por lo que el gobierno colombiano, durante varias administraciones, ha tratado de regularla sin que a la fecha exista una disposición en total y en firme al respecto. Hasta la fecha, a las soluciones que más cabida se les ha dado son: 1) el ingreso de grandes empresas a esa industria, las cuales garantizan las buenas prácticas del oficio y por consiguiente la seguridad de las personas que trabajen en las minas y 2) la titulación y licenciamiento a particulares lo cual implicaría la formalización, pero no hay definición total, ni frente a la primera ni frente a la secunda alternativa.

Otras soluciones planteadas para mitigar los impactos ambientales y sociales, hasta la fecha, pero que de una u otra formas son subsidiarias de las dos anteriores, se refieren a la necesidad de que los pequeños mineros se asocien a grandes compañías mineras o que éstas, vinculen a los mineros independientes

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que ejecutan el oficio sin licencias o titulaciones. Pero mientras las discusiones avanzan, existe en Colombia, familias de mineros que subsisten con los ingresos devengados en este ejercicio y que de alguna forma han empezado a asociarse en pequeñas cooperativas, o que también están bregando a acogerse a la ley minera, buscando los beneficios que establecen el licenciamiento y la titulación.

Sin embargo, mientras la incertidumbre es la única realidad que existe en las minas colombianas, don Efraín, quien es un minero que paga aportes a la Cooperativa Mina de metales preciosos como asociado, vive las consecuencias de la misma; pues el pasado lunes que se encontraba laborando, al interior de la mina ocurrió un desafortunado derrumbe, el cual le causó lesiones tipo fractura en su brazo izquierdo y una luxación en su pie derecho. Con motivo del accidente sus compañeros lo trasladaron al hospital del pueblo, donde fue valorado por el médico de turno en urgencias, quien le dio 15 días de incapacidad. Al llegar a su casa se encontró con doña Luz Marina, señora amiga vecina, propietaria de una industria de confecciones y que cumple con las obligaciones que exige la ley en cuanto a seguridad social integral de las trabajadoras que laboran en su fábrica.

Ella muy preocupada al ver a don Efraín con su brazo enyesado y su pierna inmovilizada, expresó: qué horror don Efraín!!! Por amor de Dios, qué le pasó?. El todavía maravillado y agradecido con la vida, porque entendía que las consecuencias podrían haber sido catastróficas incluyendo la muerte, le contó lo sucedido y que no podía regresar a su trabajo en esas condiciones, pero que además, le habían dado 15 días de incapacidad, pero que menos mal que él tenía Sisben y que en el hospital lo estaban atendiendo gratis.

Frente a la anterior situación, el aprendiz con los saberes aprehendidos de la actividad de aprendizaje 1, debe constituirse en el asesor que seguramente querrá consultar doña Luz Marina para que oriente a don Efraín frente a los derechos y obligaciones que tiene como trabajador de la mina frente a la seguridad social y también suponer que si ella tiene trabajadores vinculados al sistema de seguridad social integral colombiano tiene información previa para él. La verdad que la confesión de don Efraín dejó muy pensativa a su amiga, doña Luz Marina. Qué estará pasando por su cabeza frente al caso de don Efraín?

Después de leer este caso, responda las siguientes preguntas:

1. ¿Qué pudo argumentarle, doña Luz Marina a don Efraín respecto a la ARL y al Servicio de Salud?.

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2. ¿Tiene derecho don Efraín a que se le reconozca la incapacidad? Explique su respuesta negativa o afirmativa a partir de la normativa vigente relacionada con el pago de la seguridad social en Colombia y que aplica al caso.

Argumente sus respuestas a partir de los conocimientos obtenidos en el material de formación y las consultas que realice en Internet.

Respete los derechos de autor citando las fuentes que le sirvieron de soporte para la identificación de alternativas de solución al caso.

Una vez resuelta la actividad, envíe el archivo utilizando la siguiente ruta:

1. Botón Actividades.2. Carpeta actividades de aprendizaje 1: pago de aportes parafiscales y

prestaciones sociales.3. Ubicar en la carpeta el enlace de Envío estudio de caso – parte 1 4. Enviar.

Nota: si al momento de enviar el archivo (Actividad), el sistema genera el error: Archivo inválido, es porque al adjuntar el archivo, este se encuentra abierto. Por lo tanto, debe cerrarlo y probar de nuevo: Adjuntar archivo en el botón Examinar mi equipo.

¡Felicidades!

Desarrollo

1. ¿Qué pudo argumentarle, doña Luz Marina a don Efraín respecto a la ARL y al Servicio de Salud?.

Doña Luz Marina, como propietaria de una industria de confecciones y que cumple con las obligaciones que exige la ley en cuanto a seguridad social integral de las trabajadoras conoce los derechos a los cuales tiene todo trabajador en Colombia, por tanto debió argumentar a Don Efraín sobre lo contemplado en la ley 100 de 1993, la cual se encuentra soportada en el artículo 48 de la Constitución Nacional; esta ley estableció que todo trabajador debe estar cobijado por la seguridad social la cual está compuesta por el Régimen el régimen subsidiado y el régimen contributivo, siendo este último en su calidad de trabajador bajo el cual debería estar cobijado Don Efraín, este está conformado de

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la siguiente forma: 1Sistema General de Pensiones SGP; Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS; Sistema General de Riesgos Laborales SGRL, por tanto la empresa para la cual el labora lo debe afiliar a Una EPS del régimen contributivo, quien es la entidad encargada de prestarle los servicios médicos requeridos en caso de enfermedad o accidente; Así mismo lo deba afiliar a una aseguradora de riesgos profesionales, la cual debe prestar sus servicios de salud en caso de enfermedad profesional o accidente laboral y cubrir el pago del periodo de incapacidad medica otorgada, como le sucedió a Don Efraín, a quien le dieron una incapacidad de 15 días pero por no estar afiliados a una EPS ni una ARL, debió ser atendido con el carnet de sisben, mas por los días que estará en casa no recibirá ningún pago, ya que en caso de accidente es la ARL, quien cobija estos pagos.

Por Tanto doña Luz Marina, debió instruir a Don Efraín, para que haga valer sus derechos como trabajador en cuanto a seguridad social, los cuales están contemplados en la ley, además en caso de invalides o muerta al estar afiliado a una ARL esta debe responder ante la familia.

2. ¿Tiene derecho don Efraín a que se le reconozca la incapacidad? Explique su respuesta negativa o afirmativa a partir de la normativa vigente relacionada con el pago de la seguridad social en Colombia y que aplica al caso.

Don Efraín es un asociado a la Mina de Metales preciosos a la cual paga aportes como tal, sin embargo no está afiliado a una EPS del régimen contributivo, ni a una ARL, sino que es atendido posterior al accidente con su carnet que lo acredita como beneficiario del régimen subsidiado, y al no estar cobijado bajo el régimen contributivo este no tiene derecho al pago de la incapacidad, lo cual está soportado en los 2artículos 29 y 30 del Marco normativo del Régimen Contributivoy Requisitos de Constitución de una EPS, para que una ARL reconozca la incapacidad el accidentado debe estar afiliado por lo menos un dia antes del accidente, ahora como Don Efraín realiza aportes a la mina como socio tiene derecho a los dividendos que genere la mina independiente que él esté laborando o no.

1 Material de formación_ Actualización del Sistema de Seguridad de Seguridad Social en Colombia2 Marco Normativo del régimen Contributivo