acta y estatutos asociacion victimas.doc

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ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO ACTA N° 001 DE CONSTITUCIÓN En el Municipio de Garzón – Huila, a los veintidós (22) días del mes de marzo de 2015, siendo las 02:00 p.m., se reunieron en el Centro Poblado de Paraíso, las personas interesadas del grupo de población victimas (se anexa listado) para constituir una entidad sin animo de lucro, todos mayores de edad y domiciliados en esta ciudad. Acto seguido se procedió a constituir el siguiente orden del dia: 1. Nombramiento de Presidente y Secretario Ad-hoc. 2. Aprobación, constitución de la asociación. 3. Aprobación de estatutos. 4. Elección de Junta Directiva. 5. Elección del Fiscal. 6. Aprobación del Acta. DESARROLLO 1. Se designó por unanimidad como Presidente Ad-hoc al Señor Héctor Gómez Rojas identificado con la C.C. 17.643.396 expedida en Florencia Caquetá fecha de expedición 26 de noviembre de 1986, y como Secretaria Ad-hoc la Señora Flor Marina López Arias identificada con la C.C. N° 55.061.568 expedida en Garzón –Huila fecha de expedición 19 de Diciembre de 1990, Se deja constancia de que las anteriores personas manifestaron la aceptación a sus respectivos cargos. 2. Las personas relacionadas en el listado anexo manifestaron su voluntad de constituir una entidad sin animo de lucro, asociación. Luego de haberse debatido cada una de

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ACTA N 001 DE CONSTITUCIN

ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTUROACTA N 001 DE CONSTITUCIN

En el Municipio de Garzn Huila, a los veintids (22) das del mes de marzo de 2015, siendo las 02:00 p.m., se reunieron en el Centro Poblado de Paraso, las personas interesadas del grupo de poblacin victimas (se anexa listado) para constituir una entidad sin animo de lucro, todos mayores de edad y domiciliados en esta ciudad.

Acto seguido se procedi a constituir el siguiente orden del dia:

1. Nombramiento de Presidente y Secretario Ad-hoc.

2. Aprobacin, constitucin de la asociacin.

3. Aprobacin de estatutos.

4. Eleccin de Junta Directiva.5. Eleccin del Fiscal.

6. Aprobacin del Acta.

DESARROLLO

1. Se design por unanimidad como Presidente Ad-hoc al Seor Hctor Gmez Rojas identificado con la C.C. 17.643.396 expedida en Florencia Caquet fecha de expedicin 26 de noviembre de 1986, y como Secretaria Ad-hoc la Seora Flor Marina Lpez Arias identificada con la C.C. N 55.061.568 expedida en Garzn Huila fecha de expedicin 19 de Diciembre de 1990, Se deja constancia de que las anteriores personas manifestaron la aceptacin a sus respectivos cargos.

2. Las personas relacionadas en el listado anexo manifestaron su voluntad de constituir una entidad sin animo de lucro, asociacin. Luego de haberse debatido cada una de las propuestas, los asistentes decidieron someter a votacin el nombre, aprobndose por unanimidad la Constitucin de la Asociacin RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO.3. Acto seguido se dio lectura a cada uno de los Artculos de los Estatutos siendo debatidos y aprobados por unanimidad, los cuales hacen parte integral de la presente acta.

4. Se procedi a la eleccin de los miembros de la Junta Directiva de la siguiente manera:

PRESIDENTE Francisco Villanueva Vargas C.C. 12.189.975 Expedida en Garzn (Huila) Fecha de expedicin 07 de Septiembre de 1982.VICEPRESIDENTE Alfonso Joven CrdobaC.C.96.342.765 Expedida la Montaita (Caquet) Fecha de expedicin 17 de Agosto de 1996.TESORERA Narly Viviana Arias Ordoez C.C.1.077.848.878 Expedida en Garzn Fecha de expedicin 04 de Mayo de 2006SECRETARIO Edgar Efrn Rales Caicedo C.C.98.136.238 Expedida Tuquerres (Nario) Fecha de expedicin 27 de febrero de 1998Las anteriores personas aceptaron sus cargos y fueron elegidas por unanimidad por los Asociados.

5. De igual manera se eligi por unanimidad al FISCAL a la Seora Liliana Trivio Valderrama identificada con la Cdula de Ciudadana 55.067.442 Expedida en Garzn (Huila) Fecha de expedicin 03 de Marzo del 2000.La anterior persona fue elegida por unanimidad, manifestando la aceptacin expresa al respectivo cargo.

6. La presente acta fue leda y aprobada por unanimidad, siendo las 4:00 pm y en constancia se firma:

__________________________

_______________________Presidente Ad-hoc

Secretaria Ad-hoc

Esta acta es fiel copia tomada del libro original de actas.

__________________________

Secretaria Ad-hocESTATUTOS DE LA ASOCIACIN RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTUROCAPITULO I

DENOMINACIN, DOMICILIO, NATURALEZA, OBJETO, DURACIN.

ARTICULO 1. DENOMINACIN Y NATURALEZA JURDICA: Crease la ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO, entidad Privada sin nimo de lucro, autnoma, dotada de personera jurdica, patrimonio propio y autonoma administrativa, organizada y regida bajo las leyes colombianas, con responsabilidad limitada conformada por poblacin vctima.

ARTCULO 2. DOMICILIO: El domicilio de la ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO es Municipio de Garzn Departamento del Huila centro poblado del Paraso, y su mbito de operacin ser el Departamento del Huila, sin perjuicio de que dadas las condiciones y necesidades pueda extender su radio de accin en otros municipios y departamentos, donde las circunstancias lo ameriten.

ARTCULO 3: ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO carece de nimo de lucro, y estar regulada por el Ttulo XXXVI del Libro Primero del Cdigo Civil; por consiguiente, en ningn momento sus bienes, sus valorizaciones, beneficios, utilidades o crditos ingresarn al patrimonio de personas naturales en calidad de distribucin de utilidades, ni directamente ni a travs de otras personas naturales o jurdicas. Los recursos de ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO sern destinados al cumplimiento de los fines que ella persigue, en cuanto no se destinen a incrementar el patrimonio de la Entidad.

ARTCULO 4. DURACIN: ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO tendr una duracin Indefinida, pudiendo disolverse y liquidarse en cualquier momento por decisin de la Asamblea General, en los casos previstos en la Ley y en los Estatutos.

ARTCULO 5: ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO estar conformada por todas aquellas personas de poblacin victima que por su preparacin, aptitud, experiencia en la elaboracin de productos relacionados con el ramo agroindustrial, agroforestal artesanas y similares, se den a la tarea de socializar, integrar e impulsar la elaboracin de dichos productos en el Departamento del Huila. Realizar as mismo tareas en aras de conseguir capacitacin, tecnificacin y comercializacin.La calidad de asociado no dar derecho sobre los bienes de la ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO, en consecuencia las personas naturales o jurdicas que hagan aportes o donaciones de bienes, cualquiera que sea su cuanta o calidad, no tendrn en ella preeminencia, ni titulo alguno por el solo hecho del aporte o donacin, ni gozar de ventajas especficas de carcter personal, ni atribuciones administrativas ni decisorias.

ARTCULO 6. OBJETO SOCIAL: La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO es una organizacin pluralista, creada para brindar soluciones integrales a las personas poblacin victima al ramo agroindustrial, agroforestal y artesanas y similares, presentando proyectos a las entidades gubernamentales ONGs Nacionales e internacionales y empresas privadas para el beneficio de todos los Asociados, adems consiguiendo capacitacin, tecnificacin y comercializacin mediante puntos de venta, creando ferias especiales de productos del sector agroforestal, agroindustrial, artesanas y similares, participando en eventos regionales, nacionales e internacionales tanto de capacitacin como de comercializacin.

Adicionalmente, en desarrollo de su objeto social general, desarrollar los siguientes fines especficos:

a) Incentivar y concienciar al comercio de Garzn y del Departamento del Huila para el consumo de los productos de la Asociacin.

b) Canalizar oportuna y adecuadamente la informacin sobre planes y polticas de gobierno, de entidades privadas, de ONGS con carcter local, regional, nacional o internacional que propendan con sus programas y proyectos, al desarrollo del pequeo y mediano empresario del sector agroindustrial, agroforestal, artesanas y similares.

c) Generar procesos de estudio, aprendizaje, capacitacin y tecnificacin dirigidos a todas las personas de poblacin vctimas del ramo agroindustrial, agroforestal, artesanas y similares para la valorizacin y aprovechamiento de las iniciativas y programas que promuevan y adelanten los entes estatales o privados de carcter municipal, departamental, regional, nacional e internacional que tengan iguales o similares objetivos a los de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO y los fomenten y subsidien.

d) Exportar e importar.

f) Tomar en arrendamiento materiales, equipos y tecnologa para el desarrollo del objeto social.

g) Fortalecer el gremio del sector agroindustrial, agroforestal, artesanas y similares.h) Dar a conocer la Asociacin y tomar las decisiones necesarias que beneficien el sector agroindustrial, agroforestal, artesanas y similares, relacionadas con polticas sociales o del gobierno que puedan afectar al sector, creando las estrategias necesarias para tal fin.ARTCULO 7. ACTOS: Para cumplir su objeto podr adquirir o enajenar toda clase de bienes a cualquier titulo, gravarlos o enajenarlos, tenerlos o entregarlos a titulo prendario; dar y recibir dinero en mutuo, girar, extender, protestar, aceptar, endosar y en general, negociar toda clase de ttulos valores, y aceptar o ceder crditos, renovar obligaciones, designar apoderados judiciales o extrajudiciales, transigir y comprometer los asuntos en que tenga o pueda tener algn inters y en general, celebrar toda clase de actos o contratos autorizados por la Ley, encaminadas al cumplimiento de sus objetivos. Recibir donaciones, herencias o legados, y en general, toda clase de actos comerciales o jurdicos que tengan relacin con el fin de desempear las funciones necesarias para la ejecucin de su objeto.

PARGRAFO: ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO podr cumplir su objeto, ya sea en forma directa o con la colaboracin de otras Entidades que tengan objetivos o desarrollen actividades similares.

CAPITULO II

PATRIMONIO

ARTCULO 8. PATRIMONIO: La Entidad se constituye con el aporte inicial de $10.000 por cada asociado, siendo el aporte total la suma de Trescientos Cuarenta Mil PESOS M/CTE, ($340.000,00), el cual no podr disminuirse durante la vida jurdica de la Asociacin.

Existir una cuota de afiliacin y una de sostenimiento, sta ltima equivaldr a tres mil (3.000,00) pesos mensuales, y la de afiliacin diez mil ($10.000,00) pesos m/cte.El patrimonio estar conformado por:

1. Ingresos provenientes de actividades y/o contratos celebrados a nombre de la misma.

2. Donaciones que los miembros u otras personas naturales o jurdicas hagan para los fines de la Institucin.

3. Los bienes que se le puedan adjudicar por concepto de asignaciones testamentarias, como herencias o legados.

4. Los aportes que mediante convenios o por cualquier otro concepto hagan las Entidades oficiales tales como la Nacin, Departamentos, Municipios y otras Instituciones o Entidades oficiales o privadas.

5. Todos los bienes que adquiera la Asociacin a cualquier ttulo.

6. Por el remanente de los ingresos obtenidos por los servicios profesionales prestados en cumplimiento de su objeto social.

7. Por las cuotas de afiliacin y sostenimiento de los Asociados.

ARTCULO 9: ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO podr aceptar donaciones, herencias o legados, condicionados o modales, siempre que la condicin o el modo no contraren alguna de las disposiciones estatutarias.

ARTCULO 10. DERECHOS: Los aportes o donaciones no confieren derechos a quienes lo hagan, sobre el patrimonio de ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO.ARTCULO 11: La administracin y manejo del patrimonio y bienes de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO se harn de conformidad con las decisiones y reglamentaciones que expida la Asamblea General y la Junta Directiva, las cuales debern ser acordes con los Estatutos.

CAPTULO III

MIEMBROS

ARTCULO 12: Podrn formar parte de ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO todas las personas de poblacin victima que se relacionen con el ramo agroindustrial, agroforestal, artesana y similares que tengan inters en participar activamente en el logro de los objetivos que se persiguen y cuya vinculacin sea voluntaria, sin distincin de religin, raza, sexo, credo poltico o cualquier otra singularidad.

ARTCULO 13. MIEMBROS FUNDADORES: ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO tendr como miembros fundadores a las personas naturales que firmaron el Acta de Constitucin.

ARTCULO 14. MIEMBROS ASOCIADOS: Son miembros asociados todas las personas de poblacin victima que soliciten formalmente su admisin ante la Junta Directiva y sean admitidos por sta. Los miembros asociados tienen derechos y cumplirn con todos los deberes establecidos en los estatutos y normas que regulen a la ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO.ARTCULO 15. DERECHOS DE LOS MIEMBROS FUNDADORES Y MIEMBROS ASOCIADOS ACTIVOS: Los miembros fundadores y afiliados tendrn derecho a:

a) Participar en las deliberaciones y decisiones de la Asamblea General y en los dems rganos de los cuales hagan parte.

b) Participar en las deliberaciones de la Asamblea General con derecho a voz y voto, una vez realizado el respectivo pago de aportes.

c) Presentar a La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO iniciativas relacionadas con sus objetivos y recomendar medidas y soluciones para su buena marcha.

d) Solicitar al Fiscal informes sobre el desarrollo de las actividades de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO.e) Convocar a Asamblea General en asocio de por lo menos un 30% de los miembros registrados activos.

f) Elegir y ser elegido como miembro de la Junta Directiva.

ARTCULO 16. DEBERES DE LOS ASOCIADOS: Los miembros tendrn los siguientes deberes:

a) Cumplir con los presentes estatutos y con los reglamentos internos que se dicten en desarrollo de los mismos.

b) Colaborar y cumplir con los compromisos y funciones que le sean asignadas por parte de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO y trabajar activamente por el crecimiento y fortalecimiento institucional.

c) Justificar la inasistencia a las reuniones y sesiones de Junta Directiva y Asamblea General, con anticipacin, salvo casos fortuitos.

d) Cumplir el horario y tareas establecidas en el Reglamento Interno, la Junta Directiva o Asamblea General en las cuales les corresponde participar segn sus habilidades y capacidades y los acuerdos y compromisos previamente adquiridos.

e) Pagar los aportes que determine la Asamblea General, oportunamente.

f) Informar a la Organizacin sobre cualquier violacin que atente contra los objetivos especficos de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO o sobre la estructura, permanencia y estabilidad de sta.

ARTCULO 17: El carcter de miembro implica el cumplimiento de obligaciones y los derechos indicados en los presentes estatutos.

ARTCULO 18. CAUSALES PARA LA PRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO: La calidad de miembro se pierde por muerte, retiro voluntario y por exclusin mediante Acuerdo motivado por la Junta Directiva.

Las causales de exclusin son las siguientes:

1. Por no asistir a mas de tres reuniones consecutivas.

2. Por no cancelar durante 1 ao la cuota de sostenimiento.

3. Por condena ejecutoriada de carcter penal, disciplinaria o fiscal, recada en contra del involucrado.

4. Por evidente mala conducta y/o por obstaculizar intencionalmente y con conocimiento de causa, la labor de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO y el logro de sus objetivos.

5. Por observar una conducta incompatible con la filosofa y los altos ideales acogidos por la Institucin y orientadores de la misma.

6. Por habrsele probado participacin en actos que atenten o vayan en detrimento de los objetivos de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO.

7. Otras que determine la Junta Directiva con anuencia de la Asamblea General.

ARTCULO 19. PROCEDIMIENTO PARA LA EXCLUSIN DE UN MIEMBRO: Cuando la Junta Directiva considere que existe mrito para someter a consideracin de la Asamblea General la prdida de calidad de Miembro, iniciar el informativo correspondiente aportando las pruebas necesarias.

La Asamblea General, mediante la decisin de las dos terceras partes (2/3) de sus miembros presentes, proceder a excluir un miembro cuando se compruebe que ste ha violado cualquiera de las prohibiciones establecidas en los presentes Estatutos.

As mismo, la Asamblea General y por su delegacin la Junta Directiva, determinar las causales que ameriten sancin.

PROCEDIMIENTO:

Cuando por cualquier medio la Junta Directiva tenga conocimiento de hechos que puedan constituir falta de directivos y/o asociados de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO, iniciar la correspondiente investigacin, as:

Dentro del trmino de diez (10) das se practicarn las diligencias preliminares. De no existir mrito para abrir formal averiguacin, se ordenar el archivo de la actuacin. En caso contrario, se abrir formalmente la investigacin notificando los cargos al interesado para que haga uso de su derecho de defensa.

Dentro de los ocho (8) das siguientes a la notificacin del pliego de cargos, el acusado contestar por escrito a los cargos que se le han formulado y solicitar las pruebas que considere procedentes.

Vencido el trmino anterior, dentro de los tres (3) das siguientes se decretarn las pruebas que se consideren conducentes y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, las cuales pueden decretarse de oficio.

Se sealar un trmino hasta de quince (15) das para su prctica. ste trmino podr ampliarse por una sola vez.

Vencido el trmino anterior y practicadas las pruebas, se presentar un informe en el que se har la relacin de los hechos investigados, se analizar la prueba recaudada y se recomendar la sancin a que haya lugar, de ser sta procedente. Caso contrario, se absolver de todo cargo al investigado.

La Asamblea General es la nica que puede imponer sanciones, pero por delegacin de la misma, lo podr hacer la Junta Directiva, si encontrare mrito suficiente, impondr las siguientes:

1) Amonestacin verbal.

2) Amonestacin escrita.

3) Censura escrita.

4) Multa que no deber exceder de un salario mnimo diario.

5) Suspensin en el ejercicio de sus funciones hasta por treinta (30) das.

6) Exclusin.

ARTCULO 20. RETIRO VOLUNTARIO: Un miembro podr retirarse voluntariamente, siempre que medie solicitud por escrito y est a paz y salvo con La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO.ARTCULO 21: La Junta Directiva tendr un plazo mximo de quince (15) das hbiles para resolver la solicitud de retiro de los miembros en los siguientes casos:

a) Cuando el miembro no haya incurrido en causales de exclusin.

b) Cuando el miembro no tenga ninguna obligacin profesional, econmica o financiera pendiente con La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTUROARTCULO 22. REINCORPORACIN: El miembro que por retiro voluntario dejare de pertenecer a La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO y desee reincorporarse, deber llenar los requisitos exigidos para los nuevos miembros.

CAPTULO IV

DIRECCIN, ADMINISTRACIN, REPRESENTACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTUROARTCULO 23. DIRECCIN Y ADMINISTRACIN: La Direccin administrativa y la Representacin Legal de LA ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO estarn a cargo de:a) Junta Directiva

b) Asamblea General

c) Representante Legal

ARTCULO 24. DE LA ASAMBLEA GENERAL: La Asamblea General es el organismo supremo de decisin y administracin y estar integrada por todos los miembros que se encuentren inscritos y a paz y salvo por concepto de cuotas o aportes ordinarios o extraordinarios que fije la Asamblea General y sus decisiones sern obligatorias para todos los integrantes.

ARTCULO 25. REUNIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL: Las Asambleas podrn ser: Ordinarias y Extraordinarias.

Las primeras se efectuarn durante los primeros 4 meses una cada mes y luego una trimestral, y sern convocadas por el Presidente de la Junta Directiva por escrito con una anticipacin mnima de 5 das indicando el lugar, da y hora.

Extraordinariamente cuando las necesidades lo ameriten, previa convocatoria de la Junta Directiva en cabeza de su presidente, el Fiscal o un nmero plural de asociados que representen al menos el treinta por ciento (30%) de sus miembros hbiles, para ocuparse de uno o ms temas cuyo examen no pueda postergarse hasta la reunin ordinaria siguiente, dicha convocatoria se hace mediante comunicacin escrita dirigida a cada socio hbil con 5 das hbiles de antelacin.

ARTCULO 26: La Asamblea General se reunir ordinariamente tanto como extraordinariamente en el domicilio de la asociacin o donde lo disponga la Junta Directiva, salvo que se encuentre representado el ciento por ciento de los socios.

ARTCULO 27. QURUM: Constituye qurum para deliberar y adoptar decisiones vlidas en las Asambleas la mitad ms uno de los miembros hbiles. Si dentro de la hora siguiente a la de la convocatoria no se hubiese integrado el qurum necesario se levantar un acta de los asistentes, la cual ser firmada.

Cumplida sta formalidad, podr deliberar y adoptar decisiones vlidas siempre y cuando el nmero de miembros presentes y representados sea igual o superior al treinta y cinco por ciento (35%) del total de miembros hbiles.

Si la representacin es inferior a ste nmero total de miembros fundadores y miembros asociados, se har una nueva convocatoria para realizar la reunin no antes de 10 das hbiles ni despus de 30 das hbiles, la cual podr deliberar con el qurum formado con el nmero de miembros que concurran y los poderes que presenten los miembros.

ARTCULO 28: Son Funciones de la Asamblea General:

a) Elegir los miembros de la Junta Directiva y sus respectivos cargos, entre ellos la designacin del Presidente como Representante Legal.

b) Analizar y aprobar los informes, recomendaciones y proposiciones de la Junta Directiva.

c) Modificar y/o aprobar proyectos de Reforma de Estatutos, con una asistencia igual o superior al 70% de los miembros activos.

d) Decidir sobre la disolucin de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTUROe) Aprobar la exclusin de miembros de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO.f) Autorizar operaciones comerciales, negocios, cuya cuanta exceda de diez (10) salarios.

g) Las dems funciones de acuerdo con la Ley y los Estatutos.

ARTCULO 29. DE LA JUNTA DIRECTIVA: La Junta Directiva estar integrada por cuatro (4) miembros y un fiscal. El periodo de los miembros de la Junta Directiva es de un (1) ao y estar integrada por PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, TESORERA y SECRETARIO.ARTCULO 30: La Junta Directiva se reunir ordinariamente por convocatoria escrita del Presidente por lo menos cada dos (2) meses, con tres (3) das de antelacin. Tambin podr ser convocada a reuniones extraordinarias por la mitad ms uno de sus miembros, por comunicacin escrita, con dos das de antelacin.

ARTCULO 31. FUNCIONES: La Junta Directiva tendr las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de los Estatutos.

b) Dictar su propio reglamento.

c) Aprobar los planes, programas y proyectos destinados al cumplimiento de los objetivos de la Asociacin.

d) Las dems que le sean asignadas por la Asamblea General.

ARTCULO 32. FUNCIONES DEL PRESIDENTE: Sern funciones del Presidente:

a) Representar a La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO legal, judicial y extrajudicialmente.

b) Presidir las reuniones de Junta Directiva.

c) Suscribir las Actas de las reuniones de la Junta Directiva con el Secretario.

d) Constituir apoderados judiciales y extrajudiciales.

e) Fomentar y promover el desarrollo de la Asociacin.

f) Celebrar contratos y ejecutar los actos en donde la Asociacin sea parte y que se ajusten a los Estatutos, suscribiendo los correspondientes Estatutos. El Presidente puede adquirir o enajenar y celebrar contratos por la cuanta de hasta diez (10) salarios mnimos legales mensuales vigentes. Pasada sta cuanta deber tener autorizacin previa de la Junta Directiva.

g) Supervisar la marcha de La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO, cumplir y hacer cumplir los Estatutos, el Reglamento y las disposiciones de la Junta Directiva.

h) Abrir cuentas de ahorros en los Bancos o en cualquier entidad financiera o de crdito y girar sobre ellas.

i) Girar, suscribir, endosar, protestar, tener ttulos, y en general, negociar toda clase de instrumentos negociables y ceder o aceptar crditos.

j) Las dems que le asigne la Junta Directiva.

k) Convocar a Asamblea General.

ARTCULO 33. FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE: El Vicepresidente tendr las siguientes funciones:

a) Representar a La ASOCIACION RENACER EL PARAISO POR UN BUEN FUTURO en los casos que le delegue la Asamblea General o la Junta Directiva.

b) Reemplazar al Presidente en ausencias temporales o absolutas con las mismas facultades del Presidente.

c) Las dems que le asigne la Junta Directiva.

ARTCULO 34: El Secretario tendr las siguientes funciones:

a) Redactar las Actas de las reuniones de Junta Directiva y llevar el libro de actas.

b) Refrendar con su firma las Actas de la Junta Directiva y las dems que as lo requieran.

c) Registrar a los afiliados.

d) Llevar y organizar el archivo.

e) Las dems que le asigne la Junta Directiva.

ARTCULO 35: Son funciones del Tesorero:

a) Recaudar y guardar todos los fondos, cualquiera que sea su procedencia, responder por ellos y constituir las fianzas y garantas que le sean exigidos por los organismos oficiales o privados o por la Junta Directiva.

b) Llevar al da los libros y documentos contables de la Asociacin.

c) Suscribir conjuntamente con el Presidente todos ttulos y documentos que signifiquen manejo de dinero o bienes, de acuerdo con las autorizaciones de la Junta Directiva o la Asamblea General.

d) Presentar los informes financieros y contables.

e) Las dems que le asigne la Junta Directiva o el Presidente.

ARTCULO 36: Son funciones de la Fiscal:a.- Ejercer el control permanente sobre todos los bienes y fondos de la Asociacin.

b.- Denunciar ante el Presidente de la Junta Directiva o en la Reunin General de asociados, cualquier irregularidad que encuentre en el manejo de los bienes, dineros de la Asociacin, o la ineficiencia de la gestin del Tesorero.

c.- Aprobar o improbar el informe que el Tesorero deba presentar a la Mesa Directiva en cada una de sus reuniones.

d.- Presentar a la Junta Directiva en cada reunin, un informe sobre la situacin econmica de la ASOCIACION.

e.- Asistir a las reuniones de la Junta Directiva en las cuales tendr voz pero no voto.

f.- Velar por el cumplimiento de los presentes estatutos, los reglamentos internos y dems disposiciones relacionadas con la Asociacin.

g.- Las dems funciones que le seale la reunin general de asociados.

CAPITULO V

CONTROL Y VIGILANCIA

ARTCULO 37. CONTROL: El control de la Asociacin ser ejercido por el Fiscal.

ARTCULO 38: La vigilancia sobre sta Entidad ser ejercida por la Secretara de Gobierno y Desarrollo Comunitario de la Gobernacin del Huila.CAPTULO VI

DISOLUCIN Y LIQUIDACIN

ARTCULO 39. DISOLUCIN: La decisin de la disolucin de la Asociacin deber ser adoptada por la Asamblea General.

ARTCULO 40. CAUSALES DE DISOLUCIN: a) Imposibilidad de cumplir los objetivos sociales.

b) Por vencimiento del trmino de duracin.

c) Por acuerdo de la Asamblea General.

d) Las dems que consagre la Ley.

ARTCULO 41. LIQUIDACIN: Declarada la disolucin, se proceder de inmediato a su liquidacin, para lo cual se designar un liquidador con su respectivo suplente, a quienes se les sealar un plazo para cumplir su mandato.

ARTCULO 42. FUNCIONES DEL LIQUIDADOR: En caso de producirse la necesidad de liquidar, habindose designado liquidador, ste deber realizar entre otras, las siguientes funciones:

a) Continuar y concluir las operaciones sociales pendientes al tiempo de la disolucin.

b) Cobrar los crditos de la asociacin, utilizando la va judicial si fuere necesario.

ARTCULO 43: En caso de que se llegare a disolver y liquidar, los bienes de la asociacin o el producto resultante de las operaciones sern traspasados una vez pagado el pasivo a una entidad de beneficencia o cualquier otra sin nimo de lucro que determine la Asamblea General.

Una vez ledos, discutidos y revisados, fueron aprobados los presentes Estatutos, el da 22 de marzo de 2015, en constancia se firma: _______________________

______________________Hctor Gmez Rojas

Flor Marina LopezPresidente Ad-hoc

Secretario Ad-hocLISTA DE ASOCIADOS _______________________CON DOMINILIO MUNICIPIO NOMBRECEDULADOMICILIOFIRMA

Olga Maria Villada40.665.100Vereda El Paraiso

Nilson Torres Garzn14.192.1130Vereda el Balseral

Yinyi Brigith Cruz Sanchez1.077.864.879Vereda Pan de Azucar

Jos Yesid Garabiz Quitian12.194.866Vereda El Barseral

Luz Marina Linares 55.057.782Vereda El Paraiso

Eliecer Gomez Gomez12.194.732Vereda El Descanso

Ines Ramirez 40.175.033Vereda Quebraditas

Edgar Efren Ruales Caicedo98.536.238Vereda El paraso

Liliana Flores Leon1.077.859.240Vereda Pompeya

William Ospina Lopez12.192.402Vereda El Meson

Enelia Lagos 52.483.360Vereda Paloquemao

Duberney Paramo Pedreros12.201.905Vereda Puerto Alegria

Edilma Ortz Rodriguez26.624.686Vereda El Balseral

Luis Alberto Parra12.197.479Vereda Buenos Aires

Mara Gladys Lopez55.056.896Vereda Milagros

Vilma Carvajal55.062.398Vereda Buenos Aires

Gerardo Fierro Barrera12.199.171Vereda El Paraiso

German Fierro Barrera12.190.820Vereda El Paraiso

Miryam Consuelo Urrea65.808.102Vereda el Paraiso

Lili Johanna Alape Tapiero36.296.448Vereda El Paraiso

Sara Palencia Fajardo 40.610.682Vereda El Paraiso

Oveida Martnez Ramos55.064.840Vereda Brisas

Erlinda Collazos26.490.089Vereda Brisas

Mara Judith Rojas 36.278.610Vereda Milagros

Edilson Fernandez Gonzalez1.077.866.290Vereda El Mirador

Mara Matilde Arrigui55.063.783Vereda El Descanso

Celmira Urriago Yucuman26.492.410Vereda Buenos Ares