acta instalación y arbitraje popular

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CURSO DE ARBITRAJE CON MENCIÓN EN COMERCIO INTERNACIONAL Y CONTRATACIONES DEL ESTADO Dr. Juan Huamaní Chávez “REGLAS A TENER PRESENTE PARA ELABORAR UN ACTA DE INSTALACIÓN ARBITRAL” “ARBITRAJE POPULAR”

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Page 1: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

CURSO DE ARBITRAJE CON MENCIÓN EN COMERCIO INTERNACIONAL Y CONTRATACIONES DEL ESTADO

Dr. Juan Huamaní Chávez

“REGLAS A TENER PRESENTE PARA ELABORAR UN ACTA DE INSTALACIÓN ARBITRAL”

“ARBITRAJE POPULAR”

Page 2: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Qué es un Acta de Instalación?

El acta de instalación es el documento en el cual los árbitros fijan las reglas del proceso sobre la base de las cuales se tramitará un arbitraje.

¿Pueden las partes establecer determinadas reglas en el Acta de Instalación?

El momento oportuno para que las partes puedan fijar sus propias reglas es en el convenio arbitral, o en un momento anterior a la instalación del Tribunal Arbitral.Sin embargo, si es que las nuevas reglas no transgreden ningún principio arbitral, y no limitan las facultades propias de los árbitros, pueden, previa coordinación con éstos, fijar

nuevas reglas.

Page 3: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿El Acta de Instalación es la misma para un Arbitraje Ad Hoc que para uno Administrado?

Podría darse ese supuesto. Aunque normalmente las Actas Ad Hoc son mas extensas pues se procura, y debería, incluir todas las reglas que regulen todos los supuestos que pueden

presentarse en un arbitraje.En el caso de los Arbitrajes Administrados, lo común es que sean cortas, pues las reglas en sí ya forman parte del

Reglamento Arbitral del Centro de Arbitraje que administrará ese proceso.

¿En la Audiencia de Instalación deben estar presentes las partes de manera obligatoria?

Habrá que ver que dice el Reglamento Arbitral de alguna institución, pero en principio se puede llevar a cabo la Instalación sin presencia de las partes.

En el Arbitraje Ad Hoc la presencia de las partes no es obligatoria.

Page 4: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Qué reglas no deben faltar en un Acta de Instalación de un Arbitraje Ad Hoc?

1. La referencia del día, lugar y hora en que se está llevando a cabo la audiencia.

2. La mención del árbitro o árbitros encargados de ese arbitraje.

3. La indicación, de ser el caso, de las personas que van en representación de las partes (representantes, apoderados, abogados y asesores).

4. La designación del secretario ad hoc.

5. La indicación del tipo de arbitraje, si es uno de Conciencia o es uno de Derecho. ¿Qué sucede si en este punto se presenta una controversia entre las partes?

6. La determinación de las normas de procedimiento aplicables al caso concreto.

7. La señalización de la sede del arbitraje, con la debida indicación del horario de atención a la misma.

Page 5: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Qué reglas no deben faltar en un Acta de Instalación de un Arbitraje Ad Hoc?

1. La determinación del idioma aplicable.

2. La mención de la ley que se aplicará al caso concreto.

3. Las reglas referidas a las notificaciones y cómputo de plazos (forma de notificación, manera en que se podrá variar el domicilio procesal, la distinción entre los días hábiles e inhábiles). ¿Cuando el Estado decreta un feriado para el sector estatal, éste debe ser aplicado también como día inhábil para los arbitrajes?

4. La inclusión de una cláusula de confidencialidad, de ser el caso.

5. La inclusión de la regla de la renuncia al derecho a objetar (Si una parte conociendo o pudiendo conocer, de la inobservancia o infracción de una regla de esta acta o de una norma de la Ley de Arbitraje, o de un acuerdo expreso entre ellas, o de una disposición del Tribunal Arbitral, prosigue con el arbitraje y no objeta su cumplimiento, se considerará que renuncia a objetar las actuaciones arbitrales y el laudo por tales razones). Se recomienda establecer un plazo determinado para esta regla.

Page 6: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Qué reglas no deben faltar en un Acta de Instalación de un Arbitraje Ad Hoc?

1. La determinación de las reglas referidas a las actuaciones arbitrales (forma y plazos para los actos postulatorios, y la fijación de reglas para la actuación de pruebas, recomendable sobre todo para los casos de pericia, declaraciones, inspecciones, etc).

2. Una regla especial para las acumulaciones (la posibilidad de tramitar en un mismo arbitraje, otras controversias surgidas sobre el mismo contrato y entre las mismas partes).

3. Reglar el trámite de la recusación o establecer que la misma será regido conforme a las indicaciones de alguna norma en particular o de un Reglamento Arbitral.

4. La mención del plazo para los alegatos escritos y la citación a la Audiencia de Informes Orales.

5. Las reglas referidas a la citación de audiencias (plazo que se debe respetar para efectivizar una citación a audiencia) y a la presentación de los escritos (referencia al número de escritos que debe presentar cada parte).

Page 7: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Qué reglas no deben faltar en un Acta de Instalación de un Arbitraje Ad Hoc?

1. La mención del trámite de la medida cautelar (Importante: La nueva ley de arbitraje varió considerablemente la tramitación del proceso cautelar, en comparación con la regulación que tiene el Código Procesal Civil).

2. La mención de las reglas referidas a las mayorías y quórum para resolver. ¿Un Tribunal Arbitral puede funcionar en mayoría?, ¿Los árbitros pueden abstenerse de votar en alguna decisión?, ¿Qué sucede si uno de ellos no vota frente a una decisión?, ¿Existe voto dirimente en el arbitraje?, ¿Si uno de los árbitros no suscribe el laudo arbitral que deberá suceder, que efectos generará esa situación?.

3. La indicación del medio impugnatorio aplicable (reconsideración) y la señalización del plazo para interponer dicha figura.

4. Las reglas referidas a la emisión el laudo. Plazo para laudar.

Page 8: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Qué reglas no deben faltar en un Acta de Instalación de un Arbitraje Ad Hoc?

1. La determinación del trámite para solicitar la rectificación, integración, aclaración y exclusión del laudo. Plazos.

2. La mención de otras formas de conclusión del arbitraje. (Conciliación, Transacción, Desistimiento, etc). Homologación de laudo arbitral.

3. Reglas referidas a los gastos arbitrales. (Honorarios de los árbitros y del secretario arbitral). Delimitación de las consecuencias del no pago de estos gastos por las partes o por una de ellas. Efectos de la suspensión y archivo del proceso.

Page 9: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Una parte puede cuestionar alguna regla establecida por los árbitros en el Acta de Instalación?

No debe olvidarse que las partes en un primer momento tienen la facultad exclusiva para fijar las reglas del arbitraje, una vez que se pasa esta posibilidad sin que éstas hayan determinado estas reglas, son los árbitros, por facultad conferida por Ley, los encargados de fijar las reglas del proceso.

Si una parte no está de acuerdo con alguna regla en particular, podrá decirlo (cuestionarlo), pero serán los árbitros en definitiva los que decidan si la misma se aplicará al arbitraje o no.

En caso las 2 partes estén de acuerdo en que no se aplique una regla en particular, lo normal es que los árbitros acepten dicho pedido, excepto que se trate de restringir alguna potestad o facultad de éstos, lo cual no sería permitido.

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ARBITRAJE POPULAR

Page 11: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

Arbitraje Popular

Primera Disposición Final. Ley de Arbitraje

Declárese de interés nacional el acceso al arbitraje para la solución de controversias de todos los ciudadanos. Para tales efectos, el Ministerio de Justicia queda encargado de la creación y promoción de mecanismos que incentiven el desarrollo del arbitraje a favor de todos los sectores, así como de ejecutar acciones que contribuyan a la difusión y uso del arbitraje en el país, mediante la puesta en marcha de programas, bajo cualquier modalidad, que favorezcan el acceso de las mayorías a este medio de solución de controversias, a costos adecuados.

Page 12: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

Arbitraje Popular

Primera Disposición Final. Ley de Arbitraje

Estos programas serán conducidos por el Ministerio de Justicia y podrán ser ejecutados también en coordinación con cualquier entidad del sector público, con cualquier persona natural o jurídica del sector privado, o con cualquier institución u organismo nacional o internacional, mediante celebración de convenios bajo cualquier modalidad.

El Ministerio de Justicia podrá también promover la creación de instituciones arbitrales mediante la aprobación de formularios tipo para la constitución de instituciones arbitrales en forma de asociaciones, así como reglamentos arbitrales tipo.

Page 13: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

Creación del Programa de Arbitraje Popular

Mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-JUS se crea este programa como un mecanismo alternativo de solución de controversias para fortalecer el derecho de acceso a la justicia de todas las personas en forma rápida y eficiente, instituyéndose al Ministerio de Justicia como la entidad encargada de la creación y promoción de mecanismos que incentiven el desarrollo y uso del arbitraje a favor de todos los sectores.

Este programa incluye la constitución de un Centro de Arbitraje Popular en el Ministerio de Justicia, el cual se regirá por el Estatuto y Reglamento Arbitral aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 0639-2008-JUS de fecha 3 de diciembre de 2008.

Page 14: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

Cláusula tipo del Centro “Arbitra Perú”

“Toda desavenencia, litigio o controversia que pudiera derivarse de este contrato, convenio o acto jurídico, incluidas las de su nulidad o invalidez, serán resueltas a través del arbitraje popular, mediante fallo definitivo, de conformidad con los Reglamentos del Centro de Arbitraje Popular “ARBITRA PERÚ”, a cuya administración, reglamentos y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad”

Page 15: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

Pasos a seguir en un arbitraje administrado por el Centro “Arbitra Perú”

1. Presentar la solicitud de arbitraje dirigida al Centro “Arbitra Perú”

del Ministerio de Justicia, designando al árbitro de ser el caso.

2. Instalación del Tribunal Arbitral.

3. Presentación del escrito de demanda, luego traslado de éste; con

la contestación de demanda se convoca a la Audiencia de

Pruebas.

4. Emisión del laudo arbitral.

Nota: No se prevé el tramite de la reconvención.

Page 16: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Qué materias se pueden arbitrar en el Centro “Arbitra Perú”?

•Incumplimientos de contrato.•Derechos de propiedad, posesión.•Responsabilidad contractual y extracontractual.•Pago de deudas.•Alquileres y desalojos.•Contrato de compra venta de inmuebles.•Contratos de seguros.•Contratos financieros.•Contratos laborales.•Conflictos comerciales, mercantiles.•Contratos con el Estado.

En general, toda controversia que no supere el equivalente a 20 UIT.

Page 17: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

¿Quiénes pueden ser árbitros en el Centro “Arbitra Perú”?

Requisitos:

•Acreditar la condición de abogado u otra profesión, con la copia certificada del Título Profesional expedido por Universidad Nacional o Extranjera.

•Ejercicio profesional por un mínimo de 5 años.

•Acreditar haber recibido un curso de formación como árbitro ante cualquiera de las Cámaras de Comercio, Universidades, Colegios Profesionales o el Ministerio de Justicia o acreditar experiencia como Juez o árbitro.

•Aprobar la entrevista personal.

Page 18: Acta InstalacióN Y Arbitraje Popular

Muchas Gracias

Dr. Juan Huamaní Chá[email protected]