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349 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NUM. 4/2016, CELEBRADA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 8 DE ABRIL DE 2016. En la ciudad de Salamanca, siendo las diez horas y cinco minutos del día 8 de abril de 2016, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Alfonso Fernández Mañueco, los siguientes Señores Concejales: Dª. Isabel Campo Blanco, Dª. Virginia Carrera Garrosa, D. Fernando Castaño Sequeros (se ausenta de la sesión a las 15,05 horas y regresa a las 15,08 cuando se debatía el punto 17.9 del orden del día), D. Arturo Ferreras de la Fuente, Dª. María José Fresnadillo Martínez, D. Carlos Manuel García Carbayo, D. Francisco Javier García Rubio, Dª. María Isabel Macías Tello, D. Alejandro González Bueno, (se ausenta de la sesión a las 15,15 horas y regresa a las 15,28 cuando se debatía el punto 18.8.2 del orden del día), Dª. María Cristina Klimowitz Waldmann, D. Daniel Llanos García, D. Julio López Revuelta, D. José Luis Mateos Crespo, Dª. Josefa Mena Martín, D. Gabriel de la Mora González, (se ausenta de la sesión a las 15,18 horas y regresa a las 15,25 cuando se debatía el punto 18.3. del orden del día), Dª. María del Pilar Moreno González, Dª. María de la Almudena Parres Cabrera, D. Gabriel Risco Ávila, (se ausenta de la sesión a las 15,19 horas y regresa a las 15,25 cuando se debatía el punto 18.3. del orden del día), D. Fernando Javier Rodríguez Alonso, Dª. María del Carmen Sánchez Bellota, D. Enrique Sánchez-Guijo Acevedo, D. Arturo Francisco Santos Iglesias, Dª. Ana Suárez Otero, Dª Almudena Timón Sánchez y D. Fernando Vegas Sánchez, al objeto de celebrar en primera convocatoria la sesión ordinaria del Excmo. Ayuntamiento Pleno, convocada en legal forma para el día de hoy, a la que asisten el Sr. Interventor General D. José Joaquín González Masa y el Sr. Secretario General D. Eliseo Guerra Ares, que certifica. ILMO. SR. ALCALDE: Comenzamos este pleno municipal con un minuto de silencio en memoria de la Concejala Agustina Martín Santos, nuestra compañera Tina, fallecida recientemente y a quien todos echamos de menos.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NUM. 4/2016, CELEBRADA

POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 8 DE ABRIL DE

2016.

En la ciudad de Salamanca, siendo las diez horas y cinco minutos del día 8

de abril de 2016, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la

presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Alfonso Fernández Mañueco, los siguientes

Señores Concejales: Dª. Isabel Campo Blanco, Dª. Virginia Carrera Garrosa, D.

Fernando Castaño Sequeros (se ausenta de la sesión a las 15,05 horas y regresa a

las 15,08 cuando se debatía el punto 17.9 del orden del día), D. Arturo Ferreras de

la Fuente, Dª. María José Fresnadillo Martínez, D. Carlos Manuel García

Carbayo, D. Francisco Javier García Rubio, Dª. María Isabel Macías Tello, D.

Alejandro González Bueno, (se ausenta de la sesión a las 15,15 horas y regresa a

las 15,28 cuando se debatía el punto 18.8.2 del orden del día), Dª. María Cristina

Klimowitz Waldmann, D. Daniel Llanos García, D. Julio López Revuelta, D. José

Luis Mateos Crespo, Dª. Josefa Mena Martín, D. Gabriel de la Mora González, (se

ausenta de la sesión a las 15,18 horas y regresa a las 15,25 cuando se debatía el

punto 18.3. del orden del día), Dª. María del Pilar Moreno González, Dª. María de

la Almudena Parres Cabrera, D. Gabriel Risco Ávila, (se ausenta de la sesión a las

15,19 horas y regresa a las 15,25 cuando se debatía el punto 18.3. del orden del

día), D. Fernando Javier Rodríguez Alonso, Dª. María del Carmen Sánchez

Bellota, D. Enrique Sánchez-Guijo Acevedo, D. Arturo Francisco Santos Iglesias,

Dª. Ana Suárez Otero, Dª Almudena Timón Sánchez y D. Fernando Vegas

Sánchez, al objeto de celebrar en primera convocatoria la sesión ordinaria del

Excmo. Ayuntamiento Pleno, convocada en legal forma para el día de hoy, a la

que asisten el Sr. Interventor General D. José Joaquín González Masa y el Sr.

Secretario General D. Eliseo Guerra Ares, que certifica.

ILMO. SR. ALCALDE: Comenzamos este pleno municipal con un minuto

de silencio en memoria de la Concejala Agustina Martín Santos, nuestra

compañera Tina, fallecida recientemente y a quien todos echamos de menos.

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Quiero destacar su compromiso, su esfuerzo y su implicación con la

ciudad y con las personas de Salamanca y también la ilusión con la que

desempeñaba su cargo desde que tomó posesión el 13 de junio de 2015. Su

carácter afable y su entrega serán un ejemplo para todas y todas nosotros.

Abierto el acto por el Sr. Alcalde, se procedió al estudio de los siguientes

asuntos que integran el orden del día.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº

3/2016, CELEBRADA EL DÍA 4 DE MARZO 2016.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobarla.

2.- PROPUESTA DE ALCALDÍA SOBRE TOMA DE

CONOCIMIENTO DEL FALLECIMIENTO DE LA CONCEJALA Dª

AGUSTINA LUCIA MARTÍN SANTOS Y PROPUESTA DE

SUSTITUCIÓN.

“El 28 de marzo de 2016 se produjo el fallecimiento de la concejala de este

Ayuntamiento, Dª. Agustina Lucia Martín Santos. Al efecto la Ley Orgánica

5/1985, de Régimen Electoral General, en su art. 182.1 dispone que en caso de

fallecimiento de un concejal, el escaño se atribuirá al candidato de la misma lista a

quien corresponda, atendiendo a su orden de colocación.

La Instrucción de la Junta Electoral Central de 10-VII-2003, establece las

reglas para llevar a cabo la sustitución, a tal efecto el Pleno del Ayuntamiento

“tomará conocimiento” del fallecimiento, remitiendo certificación del acuerdo a la

Junta Electoral Central, a los efectos de proceder a la sustitución, indicando el

nombre de la persona a la que a juicio de la Corporación, corresponde cubrir la

vacante.

De conformidad con lo expuesto, esa Alcaldía propone al Pleno del

Excmo. Ayuntamiento la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento del fallecimiento de la concejala, Dª.

Agustina Lucia Martín Santos, presentada en la candidatura de Ciudadanos-

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Partido de la Ciudadanía (C´s).

Segundo.- De conformidad con los antecedentes obrantes en este

Ayuntamiento, a juicio de la Corporación corresponde cubrir la vacante por el

candidato de la misma lista, D. Juan José Zurro Méndez.

Tercero.- Remitir certificación de este acuerdo a la Junta Electoral Central,

a fin de que expida la credencial acreditativa de la condición de concejal electo a

favor de D. Juan José Zurro Méndez”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, tomó conocimiento de la propuesta que

antecede.

COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y RÉGIMEN INTERIOR.

3.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO

DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA PARA EL EJERCICIO 2016.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión extraordinaria celebrada el día 1 de abril de 2016, conoció el expediente de

referencia aprobando el siguiente Dictamen:

EXPEDIENTE INCOADO PARA APROBAR UN NUEVO LÍMITE DE

GASTO NO FINANCIERO DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA PARA

EL EJERCICIO 2016

Primero: El día 18 de marzo de 2016, el Concejal Delegado de Hacienda,

formuló la siguiente propuesta:

“El Interventor del Ayuntamiento en el apartado III.2 de su informe a la

Liquidación del Presupuesto del Ejercicio 2015 señala que, el Ayuntamiento debe

aprobar, según dispone el artículo 30.1 de la L.O.E.P.S.F., el límite máximo de

gasto no financiero consolidado 2016 que ha de ser coherente con la regla de

gasto y la estabilidad presupuestaria.

Señala el Interventor en su informe que el límite a aprobar una vez

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liquidado y teniendo en cuenta las modificaciones presupuestarias tramitadas al

día de la fecha, es el siguiente:

- Coherente regla de gasto …………………………………… 154.745.235,62

- Coherente estabilidad presupuestaria ……………………… - 1.173.646,58

- Límite máximo gasto no financiero ………………………… 153.571.589,04

- Expediente Incorporación Remanentes 1/2016 …………………. 234.962,14

- Expediente Incorporación Remanentes 3/2016 ………………….. 16.762,88

- Límite máximo……………………………………………… 153.823.314,06

Por todo ello informa el Interventor que el límite máximo de gasto no

financiero que debe aprobar el Pleno del Ayuntamiento, coherente con la regla de

gasto y estabilidad presupuestaria es de 153.823.314,06 € y que en dicha cuantía

están incluidas las modificaciones presupuestarias derivadas de los expedientes de

modificación reseñados.

En aplicación de lo establecido en el artículo 30.1 de la L.O.2/2012 de 27

de abril, y de conformidad con el informe del Interventor, esta Concejalía propone

a V.E.:

APROBAR el límite máximo de gasto no financiero cuyo importe será de

153.823.314,06 €”.

Segundo: Con fecha 18 de marzo de 2016, el Interventor del Ayuntamiento

fiscalizó la propuesta del Concejal Delegado.

La Comisión, vista la propuesta y los informes que anteceden propone a V.E.:

APROBAR que el límite máximo de gasto no financiero del Ayuntamiento para el

ejercicio 2016 sea de 153.823.314,06 €”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con la abstención del Grupo Ganemos

Salamanca [4 concejales], y los votos a favor del Grupo Ciudadanos [3

concejales], Grupo Socialista [7 concejales] y Grupo Popular [12 concejales]

acuerda, por 22 votos a favor, aprobar el dictamen que antecede.

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4.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE DECLARACIÓN DE NO AFECTADOS

LOS EXCESOS DE FINANCIACIÓN DE REINTEGRO DE

CONTRATISTAS.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión extraordinaria celebrada el día 1 de abril de 2016, conoció el expediente de

referencia aprobando el siguiente Dictamen:

EXPEDIENTE INCOADO PARA DECLARAR NO AFECTADOS LOS

EXCESOS DE FINANCIACIÓN DE REINTEGRO DE CONTRATISTAS

Primero: El día 18 de marzo de 2016, el Concejal Delegado de Hacienda,

formuló la siguiente propuesta:

“El Interventor del Ayuntamiento en el apartado II.3 de su informe a la

Liquidación del Presupuesto del Ejercicio 2015 señala que, al determinar el

remanente de tesorería para gastos generales entre los excesos de financiación se

han excluido los “excesos de financiación no comprometidos de reintegros de

contratistas” por importe de 61.418,50 €, que se trata de un recurso afectado por el

propio Pleno a los “Honorarios técnicos de obras” al haber sido declarado

ampliable el concepto presupuestario de ingreso con su correlativa aplicación

presupuestaria de gasto.

Por ello, señala el Interventor en su informe a la Liquidación, que es

necesario que el Pleno acuerde la desafectación de estos recursos, sobre la base de

que se trata de excesos de financiación no comprometidos, ya que, en caso

contrario, se incrementaría la cuantía de los excesos de financiación del remanente

de tesorería.

Visto el informe del Interventor, esta Concejalía propone:

Declarar como no afectados los excesos de financiación no comprometidos

de reintegros de contratistas por importe de 61.418,50 €”.

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Segundo: Con fecha 18 de marzo de 2016, el Interventor del Ayuntamiento

fiscalizó la propuesta del Concejal Delegado.

La Comisión, vista la propuesta y los informes que anteceden propone a V.E.:

DECLARAR como no afectados los excesos de financiación no comprometidos

de reintegros de contratistas por importe de 61.418,50 €”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con la abstención del Grupo Ganemos

Salamanca [4 concejales], y los votos a favor del Grupo Ciudadanos [3

concejales], Grupo Socialista [7 concejales] y Grupo Popular [12 concejales]

acuerda, por 22 votos a favor, aprobar el dictamen que antecede.

5.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO Nº 1/2016.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 5 de abril de 2016, ha conocido el expediente de

referencia, aprobando el siguiente DICTAMEN:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR

SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 1/2016

I. La Alcaldía Presidencia con fecha 28 de marzo de 2016, remite escrito a la

Directora de la Oficina Presupuestaria, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Primero.- El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se

aprobó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

establece que cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta

el ejercicio siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea

insuficiente o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación

ordenará la incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el

primer caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho

artículo que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

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incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

Segundo.- Con fecha 28 de marzo de 2016, el Concejal Delegado de Hacienda ha

dirigido a la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento escrito que literalmente

transcrito dice:

“El Contrato de concesión de obra pública para la terminación de la ampliación,

reforma y explotación del Parque Deportivo de la Aldehuela, modificado por

acuerdo Plenario de 6 de enero de 2015, dispone en el punto 2b) de la parte

resolutorio que las cantidades correspondientes al pago de la subvención por

compensación de inversiones, cuyo importe asciende a 11.114.229,19 €,

devengarían un interés del 7% anual desde la fecha de la recepción final de la obra

hasta el pago de cada una de ellas.

En relación a ello, y considerando el principio de prudencia financiera

recogido en el artículo 48 bis del T.R.L.R.H.L., el Interventor del Ayuntamiento

formuló, con fecha 11 de febrero de 2016, una propuesta en la que, con el visto

bueno del esta Concejalía, señalaba la conveniencia de buscar una financiación

alternativa a la subvención municipal a la que se ha hecho referencia

anteriormente, y señalaba que las condiciones financieras de las operaciones de

endeudamiento son más beneficiosas que las recogidas en el contrato de concesión

de obra pública para la terminación de la ampliación, reforma y explotación del

Parque Deportivo de la Aldehuela.

En base a lo anterior esta Concejalía, habida cuenta de que la disposición

final trigésimo primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos

Generales del Estado para el año 2013, con vigencia indefinida, permite acudir al

crédito para financiar inversiones cuando se tenga ahorro neto positivo y un

endeudamiento inferior al 110% de los recursos corrientes, propone tramitar una

operación de crédito destinada a financiar inversiones del ejercicio 2016

actualmente financiadas con recursos propios para, posteriormente, habilitar el

crédito necesario para anticipar, al ejercicio 2016, el pago de la cantidad que,

inicialmente, estaba previsto pagar en el ejercicio 2017 y que asciende a

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2.606.023,93 €.

A tal fin le indico que inicie los trámites necesarios para incrementar el

crédito de las aplicaciones presupuestarias que se indican a continuación

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 1.500.000,00

161,20-609,00 Redes de Agua. Inversiones nuevas en infraestructuras 993.500,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 112.523,93

Asimismo le comunico que la habilitación de dichos créditos se financiará,

con préstamo a largo plazo”.

Tercero.- Por todo ello, y a efectos de suplementar los créditos

presupuestarios del Capítulo VI a los que hace referencia el Concejal de Hacienda

en su propuesta de fecha 28 de marzo de 2016, de conformidad con lo establecido

en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 37

del Real Decreto 500 y la Base 13 de las de Ejecución del Presupuesto, vengo a

ordenar la incoación del Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 1/2016 que se financiará mediante nuevos

ingresos recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente,

consistentes en préstamo a largo plazo, siendo ésta una de las vías de financiación

previstas en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004”.

II. Emite informe la Directora de la Oficina Presupuestaria en el que, a la

vista del escrito de la Alcaldía, informa que los gastos para los que se propone la

aprobación del Expediente de Suplemento de Crédito nº. 1/2016, tienen su origen

en la propuesta del Concejal de Hacienda, de fecha 28 de marzo de 2016 a la que

hace referencia el Alcalde en su escrito de incoación al expediente y consisten, en

definitiva, en cambiar la financiación actual, consistente en recursos propios, de

determinadas inversiones del Presupuesto de 2016, que pasarán a estar financiadas

con préstamo a largo plazo con el fin de que, posteriormente, pueda habilitarse

con los recursos así liberados, crédito suficiente en el Capítulo VII para atender,

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en el ejercicio 2016, el último pago de la subvención por inversiones a la

concesionaria de la obra pública para la terminación, reforma y explotación del

Parque Deportivo de la Aldehuela, cuya demora está devengando unos intereses

anuales del 7%.

En base a lo anterior, y constituyendo la tramitación de los Expedientes de

Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos, una de las funciones

atribuidas a la Oficina Presupuestaria en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución

del Presupuesto, y a la vista de la documentación a la que se ha hecho referencia,

la Directora de la Oficina Presupuestaria informa lo siguiente:

- Que en el escrito de la Alcaldía de incoación del expediente, se especifica

que se financiará mediante nuevos ingresos recaudados sobre los totales previstos

en el presupuesto, consistentes en préstamo a largo plazo, siendo ésta una de las

vías de financiación entre las previstas en el artículo 177 del Real Decreto

Legislativo 2/2004.

- Que, se deberá aprobar la modificación del plan financiero de Inversiones,

sustituyendo la financiación con recursos propios por la de operación de crédito a

largo plazo.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177 de

la L.R.H.L.)

Por ello, la Directora de la Oficina Presupuestaria, en cumplimiento de lo

ordenado por el Ilmo. Sr. Alcalde en su escrito de fecha 28 de marzo de 2016,

propone la tramitación del Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Crédito número 1/2016, en los siguientes términos:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito 1/2016

Fuentes de Financiación:

Concepto 913,00: Préstamo a largo plazo. Entes fuera del sector público. 2.606.023,93

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Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 1.500.000,00

161,20-609,00 Redes de Agua. Inversiones nuevas en infraestructuras 993.500,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 112.523,93

III. Por su parte la Viceinterventora del Ayuntamiento emitió informe el día

30 de marzo de 2016, en el que, tras invocar la legislación aplicable, señala entre

otros extremos, por lo que respecta al expediente objeto de informe, lo siguiente:

- Que el expediente se financia con la concertación de un préstamo a largo

plazo paran financiar inversiones recogidas en el Presupuesto del año 2016, por

importe de 2.606.023,93 €, operación que fue aprobada mediante Resolución de la

Alcaldía de fecha 15 de marzo.

En su informe, la Viceinterventora hace referencia a la disposición final trigésimo

primera de la L.P.G.E., para el año 2013, con vigencia indefinida, que permite

apelar al crédito para financiar inversiones cuando se liquide el ejercicio

inmediatamente anterior con ahorro neto positivo, y cuando el volumen total del

capital vivo no exceda del 75% de los ingresos corrientes liquidados o

devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados, con

sujeción al Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la

Normativa Presupuestaria.

También hace referencia al artículo 20.2 de la L.O.E.P.S.F. que establece que

en los supuestos de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria o de

deuda pública, todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo de la

Corporación Local incumplidora precisarán autorización del Estado, o en su caso

de la Comunidad Autónoma que tenga atribuida la tutela financiera.

Por ello señala que la aprobación definitiva de la presente modificación

presupuestaria queda condicionada a la preceptiva autorización de la operación de

crédito a largo plazo por el órgano de tutela financiera de la CC.AA. y la efectiva

disposición de los fondos por la Tesorería Municipal.

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- Que debe aprobarse la modificación del Plan Financiero y Anexo de las

Inversiones derivadas del presente expediente.

- Que el expediente afecta a la estabilidad presupuestaria, por lo que es

objeto de informe separado.

IV. Con fecha 30 de marzo de 2016 la Viceinterventora emitió informe

relativo al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en el

Expediente de Suplemento de Crédito nº. 1/2016 en el que, tras invocar la

normativa aplicable, señalaba que la evaluación del cumplimiento del objetivo de

estabilidad presupuestaria, se efectuaba considerando las modificaciones

propuestas que supongan incremento de gastos en los Capítulos I al VII y que

ascienden a 2.606.023,93 €, siendo esta cantidad la necesidad de financiación que

resulta del presente expediente.

Informa la Viceinterventora que partiendo de los daños recogidos en el

informe del Interventor de Estabilidad Presupuestaria en la Liquidación del

Presupuesto de 2015, el Ayuntamiento tendría una capacidad de financiación de

20.554.857,52 € y un margen de gasto de 21.728.504,10 € por lo que, teniendo en

cuenta que el expediente objeto de informe supone un incremento de gastos

computable y una menor capacidad de financiación por importe de 2.606.023,93

€, concluye que el Ayuntamiento de Salamanca, siempre y cuando se mantengan

las premisas recogidas por el Interventor en su informe, cumple con el objetivo de

estabilidad presupuestaria y de regla de gasto.

Finaliza su informe señalando que la verificación del cumplimiento de los

objetivos de estabilidad y de la regla de gasto no sería requisito previo necesario

para la aprobación del expediente de modificación, sin perjuicio de la necesidad

de adoptar las medidas preventivas previstas en la L.O.E.P.S.F., en el supuesto de

que se estimara la posibilidad de incumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria y de regla de gasto, y en todo caso de la obligación de aprobar un

plan económico financiero como consecuencia de los datos derivados de la

Liquidación del año 2015, también informa que el expediente no afecta al límite

máximo de gasto no financiero.

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La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

Acuerde:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 1/2016, cuyo resumen es el siguiente:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito 1/2016

Fuentes de Financiación:

Concepto 913,00: Préstamo a largo plazo. Entes fuera del sector público. 2.606.023,93

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 1.500.000,00

161,20-609,00 Redes de Agua. Inversiones nuevas en infraestructuras 993.500,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 112.523,93

Total 2.606.023,93

SEGUNDO: APROBAR las modificaciones del Plan Económico Financiero y del

Anexo de Inversiones derivadas del presente expediente.

TERCERO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con arreglo a

lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

Haciendas Locales, exponiéndolo al público, previo anuncio en el B.O.P. durante

un periodo de quince días, transcurrido el cual, el expediente se entenderá

definitivamente aprobado si no se hubieran presentado reclamaciones; en caso

contrario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas, y, asimismo,

considerar condicionada la aprobación definitiva del expediente a la preceptiva

autorización del préstamo a largo plazo por el órgano de tutela financiera de la

Junta de Castilla y León”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones: [Debate

conjunto de los puntos 5, 6 y 8 del orden del día]:

SR. RISCO ÁVILA: En relación con estos dos puntos, desde nuestro

punto de vista es necesario explicar el origen de estas modificaciones

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presupuestarias y tienen su razón de ser en anticipar el pago de las cantidades que

este Ayuntamiento debe abonar por las obras del Complejo Deportivo de La

Aldehuela en los años 2016 y 2017, 2.807.143 euros y 2.606.023 euros

respectivamente, lo que hace un total de casi cinco millones y medio, 5.413.000

euros.

El pago de estas cantidades tal como estaba previsto en el plan financiero,

el plan de pagos de esta instalación, hubiera devengado intereses al tipo de 7%

hasta la fecha de su abono a la empresa concesionaria. Sin embargo a partir de una

propuesta que Ganemos Salamanca que hicimos en este pleno y en el seno de la

Comisión de Hacienda se va a anticipar el pago mediante, por una parte una

operación de préstamo para hacer frente a la anualidad de 2017 y una operación

de tesorería para pagar la anualidad de este ejercicio 2016.

Es preciso resaltar desde nuestro punto de vista, que la puesta en marcha

de esta operación va a reportar al presupuesto municipal y por lo tanto a toda la

ciudadanía del orden de un ahorro de 300.000 euros que supondría el gasto de

hacer frente a esos intereses del 7%, aprovechando también es verdad, los bajos

tipos de interés que actualmente están en vigor.

Ganemos Salamanca votaremos a favor de estos dos expedientes de

modificación de créditos que en nuestra opinión son un buen ejemplo de una

adecuada gestión de los servicios públicos. Pero también queremos decir que sin

compartir la privatización de la gestión del Complejo de La Aldehuela que el

Partido Popular ha llevado a cabo, ni la forma en la que se ha realizado, somos

capaces de hacer propuestas constructivas y beneficiosas para los intereses

generales como lo prueba este asunto. Esto pone de manifiesto que no hemos

venido aquí a poner trabas, a oponernos por sistema a las propuestas que se traen

al pleno o a las comisiones como en numerosas ocasiones trata de presentarnos, el

Equipo de Gobierno del Partido Popular, sino que a lo que hemos venido es a

trabajar, a poner encima de la mesa propuestas de mejora de la gestión de los

intereses generales en beneficio de toda la ciudadanía. Y esta propuesta es una

buena prueba de ello, la diferencia es que en esta ocasión si ha sido bien vista y

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362

aceptada por el Equipo de Gobierno.

Para finalizar y en relación con el punto ocho, crédito extraordinario, que

no es más que darle cobertura a los costes de la operación de tesorería, también

votaremos a favor y solo añadir que nos hubiera gustado que se pudiera visualizar

por parte de toda la ciudad, dónde va a ir el ahorro que supone esta operación de

cerca de 300.000 euros y que esperamos que a lo largo del ejercicio podamos

poner encima de la mesa propuestas de gasto que tengan su origen en este ahorro,

de tal manera que todo el mundo vea que este ahorro ha sido real y transparente

para toda la ciudad.

SR. GONZÁLEZ BUENO: Bueno, nos encontramos ante tres expedientes

que se debaten a un mismo tiempo por su estrecha relación. Y bueno, por hacer un

resumen, se propone tramitar una operación de crédito destinada a financiar

inversiones del ejercicio 2016, actualmente financiadas con recursos propios, para

posteriormente habilitar el crédito necesario para anticipar al ejercicio 2016 el

pago de la cantidad que inicialmente estaba previsto pagar en el ejercicio 2017 y

que asciende a 2.606.023 euros.

La inversión a la que nos estamos refiriendo es el contrato de concesión de

la ampliación, reforma y explotación del Parque Deportivo de La Aldehuela. El

Ayuntamiento se obligaba a compensar la inversión de 11.114.229 euros, con un

interés anual del 7% desde la fecha de recepción de la obra. Es por ello que el

Interventor, con buen criterio, ha propuesto buscar una financiación alternativa a

la subvención municipal ya que las condiciones financieras de endeudamiento son

a día de hoy, más beneficiosas.

El último crédito que pidió este Ayuntamiento, en diciembre, los suscribió

a un tipo de Euribor trimestral +0,36% y con estos datos podemos hacer una

estimación que de salir adelante este dictamen las Arcas del Ayuntamiento podían

ahorrar en concepto de gastos financieros, más de 130.000 euros durante este

ejercicio, y 140.000 en el ejercicio siguiente, haciendo un total de una estimación

de 270.000 euros.

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363

Es por ello que votaremos a favor en estos tres puntos, pero también

solicitamos que este presunto ahorro en este ejercicio de 130.000 euros en

concepto de gastos financieros, se traduzca en un expediente de suplemento de

crédito pasando el ahorro que supone esta operación del apartado de gastos

financieros, a otras partidas que redunden en un beneficio para los salmantinos.

También queremos solicitar que se revisen las condiciones financieras de

las operaciones de endeudamiento que tienen a día de hoy suscritas el

Ayuntamiento de Salamanca para considerar la posibilidad de refinanciarlas con

los tipos más beneficiosos que ofertan las entidades de crédito.

SR. MATEOS CRESPO: Por no reiterar algunas cuestiones que ya se han

dicho. Efectivamente se trata de tres expedientes que están íntimamente

relacionadas con el pago de las inversiones realizadas en el Complejo Deportivo

de La Aldehuela, que ascendían según el contrato a más de 11. 100.000 euros, y

devengaba un interés del 7% que debía ser asumido por el Ayuntamiento de

Salamanca, por la ciudadanía de Salamanca, y que además esa cuantía debería ser

abonada, los más de 11.100.000 euros en tres pagos, uno inicial de cinco millones

y medio que ya ha sido abonado, porque correspondía al año 2015, un mes

después de la recepción de las obras, y dos pagos a los que se refieren estos

expedientes de modificación presupuestaria que eran de 2.600.000 y 2.800.000.

La operación propuesta por el Interventor Municipal, en su informe de

fecha 11 de febrero, supone un ahorro de intereses al Ayuntamiento porque

supone adelantar los pagos que quedan pendientes de 2.600.000 y 2.800.000

euros, de las anualidades de 2016 y 2017. Este ahorro, ya se ha dicho, producirá

en el caso del anticipo de pago, 134.000 euros en ahorro, y en otro caso de

140.000, con lo cual, hacen un total aproximadamente de 274.000 euros.

Parece interesante por tanto, y ya se ha dicho, pero nosotros nos sumamos

como ya lo hicimos en la Comisión de Hacienda a que este tipo de operaciones, o

de actuaciones, o de medidas, se puedan extender a otro tipo de operaciones que

tienen suscritas el Ayuntamiento de Salamanca en materia de endeudamiento y de

financiación con entidades financieras, dado evidentemente la evolución favorable

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364

de los intereses municipales y por tanto de los intereses generales de los tipos de

interés, que se encuentran prácticamente en entorno al 0% y que ello sin duda

permitirá obtener economías, que deben ser aprovechadas en otros usos

susceptibles de ser alternativos a las operaciones financieras. Con lo cual parece

también interesante que este ahorro se cuantifique en el futuro, en futuras

operaciones que ya tenemos suscritas por parte del Ayuntamiento y asimismo

también, se vea reflejado en otro tipo de usos que tengan más beneficio para la

ciudadanía de Salamanca.

En este sentido y viendo los ahorros positivos y por tanto las economías

que se generan para el Ayuntamiento que pueden ser como digo, susceptibles de

un uso alternativo en beneficio de la sociedad, votaremos a favor de los puntos, 5,

6 y 8 por estar íntimamente relacionados.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Es verdad ya se ha dicho, estas

modificaciones presupuestarias por suplemento de crédito nº1 y 2 de 2016 y por

crédito extraordinario nº1 también de 2016, tienen una misma motivación,

obedecen a una misma finalidad que es adoptar las medidas presupuestarias

necesarias para anticipar el pago de las anualidades 2016 y 2017 correspondientes

a la subvención municipal para las obras de construcción de la Ciudad Deportiva

de la Aldehuela, prevista en el contrato de construcción y gestión de dicha Ciudad

Deportiva.

Dicho contrato, ya se ha mencionado, prevé que las cantidades de la

subvención a abonar en 2016, 2.807.114 euros y 2017, 2.106.023 euros,

devengarán a favor de la empresa contratista un interés del 7% desde la fecha del

acta de la entrega de la obra al Ayuntamiento. Actualmente el Ayuntamiento está

en condiciones de financiar los dos pagos de la subvención pendientes a unos

tipos de interés mucho más bajos del 7%, de manera que acudir a sendas

operaciones de crédito, una de tesorería para el pago de la anualidad 2016 y otra

para anticipar a 2016 el pago de la anualidad 2017 va a suponer un ahorro de

costes financieros para el Ayuntamiento de unos 275.000 euros, entre los

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365

ejercicios 2016 y 2017 que podrán destinarse a otros gastos.

De igual manera, hay que decir que igual que desde el Gobierno Municipal

se acogió la propuesta de Intervención, como ya se ha dicho, de ir a una

financiación alternativa de los pagos de estas anualidades, pues también se está

estudiando como se ha comentado en la Comisión de Hacienda una reducción de

los costes financieros ligados a otras operaciones de crédito, que tiene el

Ayuntamiento tratando de comparar los tipos de interés a los que nos podemos

financiara ahora con los tipos de interés que en su momento venían ligados a

dichas operaciones.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

6.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO Nº 2/2016.

La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 5 de abril de 2016, ha conocido el expediente de

referencia, aprobando el siguiente DICTAMEN:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR

SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 2/2016

I. La Alcaldía Presidencia con fecha 28 de marzo de 2016, remite escrito a la

Directora de la Oficina Presupuestaria, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Primero.- El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se

aprobó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

establece que cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta

el ejercicio siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea

insuficiente o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación

ordenará la incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el

primer caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho

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366

artículo que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

Segundo.- Con fecha 28 de marzo de 2016, el Concejal Delegado de

Hacienda ha dirigido a la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento escrito que

literalmente transcrito dice:

“El Contrato de concesión de obra pública para la terminación de la

ampliación, reforma y explotación del Parque Deportivo de la Aldehuela,

modificado por acuerdo Plenario de 6 de enero de 2015, dispone en el punto 2b)

de la parte resolutoria que las cantidades correspondientes al pago de la

subvención por compensación de inversiones, cuyo importe asciende a

11.114.229,19 €, devengarían un interés del 7% anual desde la fecha de la

recepción final de la obra hasta el pago de cada una de ellas.

En relación a ello, y considerando el principio de prudencia financiera

recogido en el artículo 48 bis del T.R.L.R.H.L., el Interventor del Ayuntamiento

formuló, con fecha 11 de febrero de 2016, una propuesta en la que, con el visto

bueno del esta Concejalía, señalaba la conveniencia de buscar una financiación

alternativa a la subvención municipal a la que se ha hecho referencia

anteriormente, a la vista de que las condiciones financieras de las operaciones de

endeudamiento son más beneficiosas que las recogidas en el contrato de concesión

de obra pública para la terminación de la ampliación, reforma y explotación del

Parque Deportivo de la Aldehuela.

En base a lo anterior esta Concejalía, habida cuenta de que la disposición

final trigésimo primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos

Generales del Estado para el año 2013, con vigencia indefinida, permite acudir al

crédito para financiar inversiones cuando se tenga ahorro neto positivo y un

endeudamiento inferior al 110% de los recursos corrientes, propuso tramitar una

operación de crédito destinada a financiar inversiones del ejercicio 2016

actualmente financiadas con recursos propios.

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367

Una vez tramitado el expediente de modificación presupuestaria por

Suplemento de Créditos nº. 1/2016, esta Concejalía propone incrementar, en

2.606.023,23 €, el crédito de la aplicación presupuestaria 341,10-770,00

“Promoción Fomento del Deporte-Transferencias de Capital a empresas privadas”

para aplicar, con cargo al mismo, el pago de la cantidad que, inicialmente, estaba

previsto pagar en el ejercicio 2017 y que asciende a 2.606.023,93 €.

Dicho incremento se financiará con baja de las aplicaciones presupuestarias

que se indican a continuación

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 1.500.000,00

161,20-609,00 Redes de Agua. Inversiones nuevas en infraestructuras 993.500,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 112.523,93”

Tercero.- Por todo ello, y a efectos de suplementar el crédito

presupuestario del Capítulo VII al que hace referencia el Concejal de Hacienda en

su propuesta de fecha 28 de marzo de 2016, de conformidad con lo establecido

en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 37

del Real Decreto 500 y la Base 13 de las de Ejecución del Presupuesto, vengo a

ordenar la incoación del Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 2/2016 que se financiará mediante bajas de las

aplicaciones presupuestarias indicadas por el Concejal de Hacienda en la

propuesta transcrita anteriormente, , siendo ésta una de las vías de financiación

previstas en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004”.

II. Emite informe la Directora de la Oficina Presupuestaria en el que, a la

vista del escrito de la Alcaldía, informa que los gastos para los que se propone la

aprobación del Expediente de Suplemento de Crédito nº. 2/2016, tienen su origen

en la propuesta del Concejal de Hacienda, de fecha 28 de marzo de 2016 a la que

hace referencia el Alcalde en su escrito de incoación al expediente y consisten, en

definitiva, en habilitar, con los recursos así liberados del Capítulo VI del estado de

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gastos, crédito suficiente en el Capítulo VII para atender, en el ejercicio 2016, el

último pago de la subvención por inversiones a la concesionaria de la obra pública

para la terminación, reforma y explotación del Parque Deportivo de la Aldehuela,

cuya demora está devengando unos intereses anuales del 7%.

En base a lo anterior, y constituyendo la tramitación de los Expedientes de

Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos, una de las funciones

atribuidas a la Oficina Presupuestaria en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución

del Presupuesto, y a la vista de la documentación a la que se ha hecho referencia,

la Directora de la Oficina Presupuestaria informa lo siguiente:

- Que en el escrito de la Alcaldía de incoación del expediente, se especifica

que se financiará mediante bajas de diversas aplicaciones del Capítulo VI del

estado de gastos, siendo ésta una de las vías de financiación entre las previstas en

el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177 de

la L.R.H.L.).

- Que la aprobación del presente expediente conllevará la modificación del

Plan Económico Financiero y del Anexo de Inversiones que deberán ajustarse a

las modificaciones resultantes de la aprobación del expediente.

Por lo anterior, la Directora de la Oficina Presupuestaria, en cumplimiento

de lo ordenado por el Ilmo. Sr. Alcalde en su escrito de fecha 28 de marzo de

2016, propone la tramitación del Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Crédito número 2/2016, en los siguientes términos:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito 2/2016

Fuentes de Financiación:

Bajas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

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369

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 1.500.000,00

161,20-609,00 Redes de Agua. Inversiones nuevas en infraestructuras 993.500,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 112.523,93

Total 2.606.023,93

Altas de Crédito

341,10-770,00 Promoción y Fomento del Deporte. Transferencias Capital E.P. 2,606.023,93

Total 2.606.023,93

III. Por su parte la Viceinterventora del Ayuntamiento emitió informe el día

30 de marzo de 2016, en el que, tras invocar la legislación aplicable, señala entre

otros extremos, por lo que respecta al expediente objeto de informe, lo siguiente:

- Que en el expediente objeto de informe se propone dar de baja los créditos

consignados en las mismas aplicaciones presupuestarias objeto de incremento en

el expediente de modificación presupuestaria por Suplemento de Crédito nº.

1/2016, con el objeto de financiar la tercera aportación de la subvención en

compensación por las inversiones realizadas en el Parque Deportivo de la

Aldehuela, por las razones aducidas por el Interventor en su propuesta de fecha 11

de febrero, habiéndose realizado las correspondientes retenciones de crédito por

los importes, y en las aplicaciones propuestas.

- Que deben aprobarse las modificaciones del Plan Financiero y Anexo de

las Inversiones derivadas del presente expediente.

- Que el expediente no afecta a la estabilidad presupuestaria al financiarse

totalmente con bajas de crédito de otras aplicaciones presupuestarias, ni a la regla

de gasto, ni al límite máximo del gasto no financiero.

La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

Acuerde:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 2/2016, cuyo resumen es el siguiente:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito 2/2016

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Fuentes de Financiación:

Bajas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 1.500.000,00

161,20-609,00 Redes de Agua. Inversiones nuevas en infraestructuras 993.500,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 112.523,93

Total 2.606.023,93

Altas de Crédito

341,10-770,00 Promoción y Fomento del Deporte. Transferencias Capital E.P. 2,606.023,93

Total 2.606.023,93

SEGUNDO: APROBAR las modificaciones del Plan Económico Financiero y

del Anexo de Inversiones derivadas del presente expediente.

TERCERO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con arreglo

a lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

Haciendas Locales, exponiéndolo al público, previo anuncio en el B.O.P. durante

un periodo de quince días, transcurrido el cual, el expediente se entenderá

definitivamente aprobado si no se hubieran presentado reclamaciones; en caso

contrario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

7.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO Nº 3/2016.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 5 de abril de 2016, ha conocido el expediente de

referencia, aprobando el siguiente DICTAMEN:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR

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371

SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 3/2016

II. La Alcaldía Presidencia con fecha 30 de marzo de 2016, remite escrito a la

Directora de la Oficina Presupuestaria, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ Primero.- El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se

aprobó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

establece que cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta

el ejercicio siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea

insuficiente o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación

ordenará la incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el

primer caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho

artículo que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

Segundo.- Al día de hoy, obra en la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento la

siguiente documentación:

- Escrito del Concejal Delegado de Hacienda, de fecha 28 de marzo de

2016, que literalmente transcrito dice:

“En el informe del Interventor del Ayuntamiento de la Liquidación del

Presupuesto del año 2015 se hace constar que el importe del remanente de

Tesorería para gastos generales, del ejercicio 2015, asciende a 2.525.907,43 €,

habiéndose tenido en cuenta, para su determinación, la existencia de un exceso de

financiación afectada de 3.314.900,75 € de los que 336.926,73 € corresponden a

gastos corrientes y 2.977.974,02 € corresponden a gastos de capital.

En base a dichos datos se aprobaron en su momento los expedientes de

Incorporación de Remanentes de Créditos de ejercicios anteriores nº. 1/2016,

2/2016 y 3/2016, procediendo ahora la modificación del Presupuesto, a través de

un expediente de Suplemento de Crédito para incorporar los créditos, con

financiación afectada correspondientes al ingreso de 55.196,64 € destinados a las

obras de reforma de la Iglesia de San Polo así como al ingreso por parte de

AQUALIA de la cantidad de 115.791,00 € correspondientes a la tarifa de

utilización del agua, canon de regulación y tasa por explotación de obras y

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372

servicios.

Por ello, por medio del presente escrito le ruego inicie los trámites necesarios

para incrementar los créditos de las aplicaciones presupuestarias que se relacionan

a continuación:

931,30-225,00 Otros Servicios Financieros. Tributos 115.791,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 55.196,64

Y le señalo que dichos incrementos se financiarán con remanente de Tesorería

para gastos con financiación afectada por importe de 170.987,64 € (concepto

870,10)”.

- Escrito del Concejal de Hacienda de fecha 18 de marzo de 2016 en el que,

en cumplimiento de lo señalado por el Interventor del Ayuntamiento en el

apartado IV de su informe a la Liquidación del Presupuesto de 2015, propone

amortizar anticipadamente préstamo por importe de 21.804,60 € cantidad que

corresponde a la no ejecución de inversiones financieramente sostenibles,

financiadas con el remanente de Tesorería para gastos generales de la Liquidación

2014.

- Escrito del Concejal de Hacienda de fecha 29 de marzo de 2016 en el que

propone financiar con el remanente de Tesorería para gastos generales resultante

de la Liquidación de 2015 y que ascendió a 2.525.907,43 €, las aplicaciones

presupuestarias correspondientes a las obligaciones recogidas en la cuenta 413

“Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a Presupuesto”, y que

ascendían a 732.432,55 €, así como la aplicación 342,10-627,90 “Instalaciones

Deportivas. Proyectos Complejos” para atender el gasto de las obras de mejora de

la piscina de Garrido (Fase II).

- Escrito del Concejal de Hacienda, de fecha 30 de marzo de 2016 en el que,

con el fin de habilitar en la aplicación presupuestaria 920,20-226,11

“Indemnizaciones” el crédito necesario para atender el pago de la cantidad no

controvertida de la Sentencia 21/2016 que reconoce a la UTE “Aparcamiento los

Bandos” una indemnización por daño emergente, así como para atender el pago de

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373

la cantidad que el Ayuntamiento debe pagar en cumplimiento de la Sentencia

312/2015 recaída en el P.A. nº. 115/2014, interpuesto por Don José Antonio

Sánchez Gil. En su escrito el Concejal señala que el incremento propuesto que

asciende a 343.701,39 € se financiará mediante baja de 100.000,00 € de la

aplicación presupuestaria 929,01-500,00 “Fondo de Contingencia” y el resto, es

decir 243.701,39 € mediante baja de la aplicación presupuestaria 920,39-682,00

(Proyecto 16920390002. Adquisición Edificios) de la que especifica que puede

ser minorada sin que ello perjudique el normal funcionamiento del Servicio.

- Escrito de la Directora del Área de Bienestar Social, de fecha 16 de febrero

de 2016, en el que con el visto bueno de la Concejala Delegada de Familia e

Igualdad de Oportunidades, solicita incrementar, en 2.000,00 €, el crédito de la

aplicación presupuestaria 929,99-790,00 “Tercer Mundo. Transferencias de

Capital” para atender los gastos de inversión previsto en la convocatoria de

ayudas económicas a ONG’S del ejercicio 2016. En su escrito indican que dicho

incremento se financiará mediante baja de la aplicación presupuestaria 231,00-

226,14 “Servicios Sociales. Programas” que consideran reducible sin

perturbación del servicio por haberse tenido ya en cuenta las previsiones del gasto

estimado.

Tercero.- Por todo ello, y a efectos de suplementar los créditos a los que hacen

referencia el Concejal de Hacienda y las responsables del Área de Bienestar

Social, en los escritos anteriormente citados, de conformidad con lo establecido

en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 37

del Real Decreto 500 y la Base 13 de las de Ejecución del Presupuesto, vengo a

ordenar la incoación del Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 3/2016 que se financiará mediante bajas de las

aplicaciones presupuestarias indicadas por el Concejal de Hacienda y por las

responsables del Área de Bienestar Social, con los excesos de financiación

afectada a los que hace referencia el Concejal de Hacienda en su escrito de fecha

28 de marzo, y con el remanente de Tesorería para gastos generales resultante de

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374

la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2015, estando todas ellas entre las

vías de financiación previstas en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo

2/2004”.

III. Emite informe la Directora de la Oficina Presupuestaria en el que, a la

vista del escrito de la Alcaldía, informa que los gastos para los que se propone la

aprobación del Expediente de Suplemento de Crédito nº. 3/2016, tienen su origen

en las propuestas del Concejal de Hacienda y de las responsables del Área de

Bienestar Social, a las que hace referencia el Alcalde en su escrito de incoación al

expediente y consisten en incorporar los créditos correspondientes a ingresos

afectados cuales son las subvención del Ministerio de Educación y Cultura para la

restauración de la iglesia de San Polo y el ingreso de AQUALIA por diversas

tasas; también se incluyen gastos susceptibles de ser financiados con el remanente

de Tesorería para gastos generales, como son las aplicaciones presupuestarias

correspondientes a las obligaciones incluidas en la cuenta 413 y las obras que han

de llevarse a cabo en la piscina de Garrido. Finalmente se propone incrementar el

crédito de la aplicación 920,20-226,11 “Indemnizaciones” que, al tener carácter de

partida ampliable, no es susceptible de modificarse a través de un expediente de

transferencia de créditos, sin que pueda aplazarse para el ejercicio siguiente el

cumplimiento de las sentencias recaídas en los procedimientos a los que se ha

hecho referencia.

En base a lo anterior, y constituyendo la tramitación de los Expedientes de

Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos, una de las funciones

atribuidas a la Oficina Presupuestaria en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución

del Presupuesto, y a la vista de la documentación a la que se ha hecho referencia,

la Directora de la Oficina Presupuestaria señala lo siguiente:

- Que en el escrito de la Alcaldía de incoación del expediente, se especifica

que se financiará mediante ingresos afectados, con el remanente de Tesorería para

gastos generales y con bajas de diversas aplicaciones del estado de gastos, siendo

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ésta una de las vías de financiación entre las previstas en el artículo 177 del Real

Decreto Legislativo 2/2004.

- Que la utilización del crédito corresponde al Fondo de Contingencia para

atender el cumplimiento de sentencias, se adecua a lo recogido en el artículo 31 de

la Ley 2/2012 de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, y a la Base 118 de las de Ejecución del Presupuesto que establece que

la utilización del Fondo de Contingencia se hará necesariamente a través de

expedientes de crédito extraordinario o de suplemento de crédito.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177 de

la L.R.H.L.).

- Que la aprobación del presente expediente conllevará la modificación del

Plan Económico Financiero y del Anexo de Inversiones que deberán ajustarse a

las modificaciones resultantes de la aprobación del expediente.

Por lo anterior, la Directora de la Oficina Presupuestaria, en

cumplimiento de lo ordenado por el Ilmo. Sr. Alcalde en su escrito de fecha 30 de

marzo de 2016, propone la tramitación del Expediente de Modificación

Presupuestaria por Suplemento de Crédito número 3/2016, en los siguientes

términos:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito 3/2016

Fuentes de Financiación:

-870,00 Remanente de Tesorería para Gastos Generales 2.067.693,32

-870,10 Remanente de Tesorería gastos con financiación afectada 170.987,64

- Bajas de crédito

Aplicación Concepto Importe

231,00-226,14 Servicios Sociales. Programas 2.000,00

929,01-500,00 Fondo de Contingencia 100.000,00

920,39-682,00 Edificios. Adquisición y reforma 243.701,39

Total 345.701,39

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376

TOTAL 2.584.382,35

- Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

011,30-913,00 Deuda Pública. Banco Santander. Amortización préstamos 21.804,60

132,00-204,00 Policía Local. Arrendamiento material de transporte 31.210,93

136,00-221,03 Extinción de Incendios. Combustibles y carburantes 748,53

136,00-224,00 Extinción de Incendios. Primas de Seguros 234,74

136,00-226,14 Extinción de Incendios. Programas 12.077,13

153,20-227,99 Vialidad y Obras. Trabajos realizados por otras empresas 112.475,79

153,10-609,00 Vialidad y Obras. Inversiones nuevas en infraestructuras 102.727,90

165,10-221,00 Alumbrado Público. Energía eléctrica 296.954,93

231,21-202,00 Centro de Día de Mayores. Arrendamiento edificios 600,00

231,21-221,03 Centro de Día de Mayores. Combustibles y carburantes 104,82

231,21-226,14 Centro de Día de Mayores. Programas 7.114,31

231,40-226,14 Minorías Étnicas. Programas 104,03

231,90-226,99 Exclusión Social. Otros gastos diversos 4.671,19

231,91-226,99 Mujer. Otros gastos diversos 937,50

320,20-221,00 Centros de EGB. Energía eléctrica 37.351,50

320,20-221,03 Centros de EGB. Combustibles y carburantes 4.875,00

330,60.226,99 Juventud. Otros gastos diversos 1.260,00

332,10-221,03 Biblioteca. Combustibles y carburantes 2.498,14

341,10-226,14 Fomento del Deporte. Programas 6.000,00

342,10-221,00 Instalaciones Deportivas. Energía eléctrica 54.199,50

431,10-212,00 Mercados. Reparación y conservación 481,35

920,10-226,04 Secretaría General. Defensa jurídica 522,77

920,11-226,99 Archivo. Otros gastos diversos 5.734,85

920,20-162,00 Régimen Interior. Formación de funcionarios 1.540,00

920,20-221,04 Régimen Interior. Vestuario 21.421,67

920,20-222,01 Régimen Interior. Comunicaciones postales 187,40

920,20-227,99 Régimen Interior. Trabajos realizados por otras empresas 3.284,99

920,20-231,30 Régimen Interior. Servicio de transporte 195,70

920,30-221,00 Mantenimiento. Combustibles y carburantes 21.654,92

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377

920,30-224,00 Mantenimiento. Primas de seguros 504,05

923,10-226,02 Gabinete de Prensa. Publicidad y propaganda 707,85

924,10-202,00 Participación Ciudadana. Arrendamiento edificios 51,06

342,10-627,90 Instalaciones Deportivas. Proyectos complejos 1.313.456,17

Total 2.067.693,32

Aplicación Concepto

Importe

931,30-225,00 Otros Servicios Financieros. Tributos 115.791,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 55.196,64

Total 170.987,64

Aplicación Concepto Importe

920,20-226,11 Indemnizaciones 343.701,39

929,99-790,00 Tercer Mundo. Transferencias de capital 2.000,00

Total 345.701,39

TOTAL ALTAS 2.584.382,35

III. Por su parte la Viceinterventora del Ayuntamiento emitió informe el día 31

de marzo de 2016, en el que, tras invocar la legislación aplicable, analiza las

distintas fuentes de financiación, señalando en relación a cada una de ellas lo

siguiente:

- Financiación con bajas de crédito en varias aplicaciones presupuestarias

por importe de 345.701,39 €, siendo una de las aplicaciones que se propone como

baja la denominada “Fondo de Contingencia” respecto de la cual la

Viceinterventora señala los requisitos y procedimiento de aplicación recogidos en

el artículo 31 de la L.O.E.P.S.F. y en la Base 118 de las de Ejecución del

Presupuesto.

- Financiación con el remanente de Tesorería para gastos con financiación

afectada por importe de 170.987,64 € correspondientes a la subvención del

Ministerio de Cultura para el proyecto de conservación de la iglesia de San Polo,

por importe de 55.196,64 € y al ingreso, por AQUALIA, de la tarifa de utilización

del agua, canon de regulación y tasa por explotación del año 2015. En relación

con el exceso de financiación afectada de la Liquidación del año 2015, la

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Viceinterventora señala que ascendió a 3.314.900,75 € y que una vez aprobados

los expedientes de incorporación de remanentes nº. 1, 2 y 3 del ejercicio 2016 y el

que ahora es objeto de informe, el exceso de financiación afectada pendiente de

utilización será de 156.419,26 €.

- Financiación con el remanente de Tesorería para gastos generales derivado

de la Liquidación del ejercicio 2015 que ascendió a 2.525.907,43 €, y respecto del

cual, en la información trimestral que se remite al Ministerio, hay que efectuar un

ajuste negativo derivado del saldo de obligaciones pendientes de aplicar al

Presupuesto (Cuenta 413, por importe de 732.432,55) y del saldo de obligaciones

por devolución e ingresos pendientes (Cuenta 418 por importe de 890.75 €),

siendo por lo tanto el remanente de Tesorería para gastos generales ajustado, de

1.792.584,10 €.

El remanente de Tesorería para gastos generales pendiente de utilización,

una vez aprobado el Suplemento de Crédito nº. 3/2016 será de 458.214,11 €.

- Que debe aprobarse la modificación del Plan Financiero y Anexo de las

Inversiones derivadas del presente expediente.

- Que el expediente afecta a la estabilidad presupuestaria, por lo que es

objeto de informe separado.

IV. Con fecha 30 de marzo de 2016 la Viceinterventora emitió informe

relativo al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en el

Expediente de Suplemento de Crédito nº. 3/2016 en el que, tras invocar la

normativa aplicable, señalaba que la evaluación del cumplimiento del objetivo de

estabilidad presupuestaria, se efectuaba considerando las modificaciones

propuestas que supongan incremento de gastos en los Capítulos I al VII y que

ascienden a 2.216.876,36 €, siendo esta cantidad la necesidad de financiación que

resulta del presente expediente.

Informa la Viceinterventora que partiendo de los daños recogidos en el

informe del Interventor de Estabilidad Presupuestaria en la Liquidación del

Presupuesto de 2015, el Ayuntamiento tendría una capacidad de financiación de

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20.554.857,52 € y un margen de gasto de 21.728.504,10 € por lo que, teniendo en

cuenta que el expediente objeto de informe supone un incremento de gastos

computable y una menor capacidad de financiación por importe de 2.216.876,36

€, más 2.606.023,93 €, derivado del expediente por Suplemento de Créditos nº.

1/2016 concluye que el Ayuntamiento de Salamanca, siempre y cuando se

mantengan las premisas recogidas por el Interventor en su informe, cumple con el

objetivo de estabilidad presupuestaria y de regla de gasto.

Finaliza su informe señalando que la verificación del cumplimiento de los

objetivos de estabilidad y de la regla de gasto no sería requisito previo necesario

para la aprobación del expediente de modificación, sin perjuicio de la necesidad

de adoptar las medidas preventivas previstas en la L.O.E.P.S.F., en el supuesto de

que se estimara la posibilidad de incumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria y de regla de gasto, y en todo caso de la obligación de aprobar un

plan económico financiero como consecuencia de los datos derivados de la

Liquidación del año 2015.

También informa que el expediente afecta al límite máximo de gasto no

financiero para 2016 recogido en el informe del Interventor a la Liquidación 2015

y que ascendía a 153.823.314,06 €, que deberá ser incrementado por el importe

correspondiente a los gastos financieros con la subvención del Ministerio

(55.196,64 €), por aplicación de la Base 117 de las de Ejecución del Presupuesto,

por lo que el límite máximo de gasto no financiero, coherente con la regla de

gasto, será de 153.878.510,70 €.

La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

Acuerde:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 3/2016, cuyo resumen es el siguiente:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito 3/2016

Fuentes de Financiación:

- 870,00 Remanente de Tesorería para Gastos Generales 2.067.693,32

- 870,10 Remanente de Tesorería gastos con financiación afectada 170.987,64

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380

- Bajas de crédito

Aplicación Concepto Importe

231,00-226,14 Servicios Sociales. Programas 2.000,00

929,01-500,00 Fondo de Contingencia 100.000,00

920,39-682,00 Edificios. Adquisición y reforma 243.701,39

Total 345.701,39

TOTAL 2.584.382,35

- Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

011,30-913,00 Deuda Pública. Banco Santander. Amortización préstamos 21.804,60

132,00-204,00 Policía Local. Arrendamiento material de transporte 31.210,93

136,00-221,03 Extinción de Incendios. Combustibles y carburantes 748,53

136,00-224,00 Extinción de Incendios. Primas de Seguros 234,74

136,00-226,14 Extinción de Incendios. Programas 12.077,13

153,20-227,99 Vialidad y Obras. Trabajos realizados por otras empresas 112.475,79

153,10-609,00 Vialidad y Obras. Inversiones nuevas en infraestructuras 102.727,90

165,10-221,00 Alumbrado Público. Energía eléctrica 296.954,93

231,21-202,00 Centro de Día de Mayores. Arrendamiento edificios 600,00

231,21-221,03 Centro de Día de Mayores. Combustibles y carburantes 104,82

231,21-226,14 Centro de Día de Mayores. Programas 7.114,31

231,40-226,14 Minorías Étnicas. Programas 104,03

231,90-226,99 Exclusión Social. Otros gastos diversos 4.671,19

231,91-226,99 Mujer. Otros gastos diversos 937,50

320,20-221,00 Centros de EGB. Energía eléctrica 37.351,50

320,20-221,03 Centros de EGB. Combustibles y carburantes 4.875,00

330,60.226,99 Juventud. Otros gastos diversos 1.260,00

332,10-221,03 Biblioteca. Combustibles y carburantes 2.498,14

341,10-226,14 Fomento del Deporte. Programas 6.000,00

342,10-221,00 Instalaciones Deportivas. Energía eléctrica 54.199,50

431,10-212,00 Mercados. Reparación y conservación 481,35

920,10-226,04 Secretaría General. Defensa jurídica 522,77

920,11-226,99 Archivo. Otros gastos diversos 5.734,85

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920,20-162,00 Régimen Interior. Formación de funcionarios 1.540,00

920,20-221,04 Régimen Interior. Vestuario 21.421,67

920,20-222,01 Régimen Interior. Comunicaciones postales 187,40

920,20-227,99 Régimen Interior. Trabajos realizados por otras empresas 3.284,99

920,20-231,30 Régimen Interior. Servicio de transporte 195,70

920,30-221,00 Mantenimiento. Combustibles y carburantes 21.654,92

920,30-224,00 Mantenimiento. Primas de seguros 504,05

923,10-226,02 Gabinete de Prensa. Publicidad y propaganda 707,85

924,10-202,00 Participación Ciudadana. Arrendamiento edificios 51,06

342,10-627,90 Instalaciones Deportivas. Proyectos complejos 1.313.456,17

Total 2.067.693,32

Aplicación Concepto Importe

931,30-225,00 Otros Servicios Financieros. Tributos 115.791,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico 55.196,64

Total 170.987,64

Aplicación Concepto Importe

920,20-226,11 Indemnizaciones 343.701,39

929,99-790,00 Tercer Mundo. Transferencias de capital 2.000,00

Total 345.701,39

TOTAL ALTAS 2.584.382,35

SEGUNDO: APROBAR las modificaciones del Plan Económico Financiero y

del Anexo de Inversiones derivadas del presente expediente.

TERCERO: APROBAR, en aplicación de la Base 117 de las de Ejecución del

Presupuesto y en base al informe de la Viceinterventora un nuevo límite máximo

de gasto no financiero, coherente con la regla de gasto, de 153.878.510,70 €.

CUARTO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con arreglo

a lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

Haciendas Locales, exponiéndolo al público, previo anuncio en el B.O.P. durante

un periodo de quince días, transcurrido el cual, el expediente se entenderá

definitivamente aprobado si no se hubieran presentado reclamaciones”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

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382

SR. RISCO ÁVILA: Estamos en este punto en presencia también de un

expediente de suplemento de crédito nº3 /2016, pero en nuestra opinión con un

significado bastante diferente. Este es un expediente de modificación de créditos

entre los que se incluyen gastos, suplementar gastos de muy diversa naturaleza y

que en nuestra opinión no deberían aparecer todos juntos mezclados en el mismo

expediente. Aparecen desde facturas pendientes de aplicar al presupuesto, la

aplicación del remanente de tesorería con financiación afectada, etc., una serie de

gastos que desde nuestro punto de vista no tendríamos ningún inconveniente en

darle nuestra aprobación porque su finalidad es ir de la mano en la gestión

ordinaria del Ayuntamiento.

Sin embargo, hay dos tipos de gastos para los que se propone suplementar

crédito sobre los que Ganemos Salamanca queremos llamar la atención y que son

los que nos impiden votar a favor de este expediente.

Uno es un suplemento de crédito de 1.313.456,17 euros para el Proyecto

de las obras de Piscinas de Garrido segunda fase. Y otro es una cantidad en torno

a 337.000 euros para la indemnización que ya reconoce el Equipo de Gobierno del

Ayuntamiento, para la unión temporal de empresas a la que se adjudicó la obra del

aparcamiento de la Plaza de los Bandos.

Pues bien, estos dos gastos, estos suplementos para financiar estos gastos,

nos vuelven a mostrar desde nuestro punto de vista de la forma más dura y más

descarnada para la ciudad, la incompetencia del Equipo de Gobierno en la gestión

de los intereses públicos municipales.

En cuanto a la piscina de Garrido, la obra que ahora se suplementa es otro

desastre más a los que sumar al caso piscinas corregido y aumentado y del que ya

ha salido en varias ocasiones en este Pleno. ¿Por qué hay que gastar ese dinero en

las piscinas de Garrido en este momento? Pues pura y simplemente por la dejación

e incompetencia del Equipo de Gobierno del Partido Popular que no vigiló y no

hizo su trabajo para controlar las obligaciones de la empresa concesionaria Eulen

en el debido mantenimiento de la instalación municipal y por eso ahora hay que

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383

invertir 1.313.00 euros.

¿Cómo es posible, nos preguntamos, que si hace escasamente un año estas

piscinas estaban en un perfecto uso según todos los informes para proceder a su

adjudicación en este momento hay que realizar esta inversión?

Ustedes, Sres. del PP tienen la responsabilidad de este desastre en la

gestión de las piscinas públicas, ustedes que presumen de ser los mejores en la

buena gestión, son nefastos cuando se trata de la defensa de los intereses

generales. Pero además debemos de fijarnos en otro despropósito acumulado,

desde septiembre para acá el desaguisado en la piscina de Garrido ha ido en

aumento. En esa fecha las obras necesarias eran en torno a 640.000 euros, pues

bien, seis meses después, no sabemos por qué, las obras pasan a costar más del

doble, más de seiscientos mil euros añadidos.

A Ganemos Salamanca esto nos parece un escándalo y ¿quién lo paga?, los

mismo de siempre, la ciudadanía. La otra cantidad de 337.000 no es menos

escandalosa, el capricho de los responsables del Equipo de Gobierno del Partido

Popular se empeñó en adjudicar esa obra cuando ya la UNESCO había advertido

por activa y por pasiva que sin peligrar el título de Salamanca como Ciudad

Patrimonio de la Humanidad, ahí no se podía hacer ese aparcamiento. Pero insisto,

el Equipo de Gobierno del Partido Popular se empeñó en adjudicar y ahora hay

una sentencia del Juzgado de lo Contencioso que condena al Ayuntamiento a

indemnizar con más de 600.000 euros.

El Equipo de Gobierno ha decidido apelar la sentencia, recurrir, pero ya

admitir que hay una parte de esa indemnización a la que hay que hacer frente, en

torno a 337.000 euros y para eso se pide habilitar el crédito.

Desde Ganemos Salamanca queremos preguntar si nadie va a responder, si

nadie es responsable de estos despropósitos. La ciudadanía no puede resignarse a

que haya que pagar todas estas cuestiones, sin que nadie asuma ninguna

responsabilidad. Nadie tiene la responsabilidad política de estos despropósitos,

nadie va a responder de la responsabilidad económica por la que hay que hacer

estos pagos. Desde Ganemos Salamanca nos parece que esto es fundamental. No

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384

puede perpetuarse la gestión pública en detrimento de los intereses ciudadanos de

los intereses generales y exigimos desde este Pleno las responsabilidades políticas

y responsabilidades económicas.

Esta es la razón por la que en el fondo de todo este expediente nos

abstendremos, pero si hubiera venido solo el suplemento de crédito para estos

gastos, nuestro voto, evidentemente hubiera sido en contra de la aprobación de

estos gastos.

SR. GONZÁLEZ BUENO: En cuanto al expediente de modificación

presupuestaria por expediente de crédito nº3/2016 no podemos hacer otra cosa que

abstenernos. El Sr. Rodríguez nos va a mentar el principio de economía procesal,

pero que asuntos tan diversos se recojan en el mismo expediente no lo

entendemos, y por ello, no votaremos a favor.

Por enumerar, en este expediente, nosotros no tendríamos problema en

votar afirmativamente el suplemento de crédito para incorporar los ingresos

destinados a la reforma de la Iglesia de San Polo ni los ingresos en concepto de

canon de Aqualia, son asuntos de trámite como la amortización anticipada de

21.804 euros del dinero sobrante del remanente de tesorería de la liquidación del

2014.

Pero es que también nos encontramos con los gastos de mejora de la

piscina de Garrido a los que ya ha hecho referencia el Sr. Risco y está unido a

asuntos de trámite como hemos dicho, como el incremento de 2000 euros para la

convocatoria de ayudas económicas a ONGs de este ejercicio.

Pero nos vamos a abstener en cuanto se va a vaciar el fondo de

contingencia del presupuesto de todo el ejercicio en el cuarto mes del año por el

cumplimiento de sentencias, sobre todo por el pago en concepto de indemnización

por daño emergente reconocido por los propios técnicos del Ayuntamiento a la

Unión Temporal de Empresas, Aparcamiento Los Bandos.

Hoy saldrá adelante pagar una parte de la indemnización a esta UTE que

junto a otra indemnización por sentencias judicial hacen 343.701 euros que el

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385

Ayuntamiento va a pagar en indemnizaciones por sentencias judiciales, pero es un

adelanto. Lo que se va a pagar a la empresa del parking de Los Bandos es solo la

parte que ya los técnicos municipales reconocen que el Ayuntamiento debe pagar.

Estaremos pendientes de la apelación interpuesta ante los tribunales, porque con

bastante seguridad a lo que hoy hay que pagar, habrá que sumarle otro tanto.

Es por esto, como he dicho que nos vamos a abstener en este punto

número 7 del Orden del Día.

SR. MATEOS CRESPO: Efectivamente, se trata de una modificación

presupuestaria que tiene un contenido muy diverso, es decir, se han mezclado

muchos asuntos, yo creo que para intentar camuflar los que realmente suponen un

cierto o pueden generar una cierta controversia.

Ya se ha dicho cuáles son los dos que generan, fundamentalmente,

controversia pero también hay alguno más. Y también, para que la ciudadanía lo

conozca, quizás haya que decir cuáles son otro tipo de modificaciones que se

introducen en el presupuesto de este año. Se corresponde también a un suplemento

de crédito por 170.000 euros para el pago por parte de Aqualia del canon que se

tiene que pagar a la Confederación Hidrográfica del Duero, también para las obras

de la Iglesia de San Polo por parte del Ministerio de Cultura, el destino de

21.804,10 euros de remanente de tesorería para gastos generales de la liquidación

del año 2014, que quedaron pendientes de aplicar en 2015 y que tienen que ir

necesariamente a la amortización de deuda aunque podían haberse utilizado para

otras cosas.

Y también se encarga de aplicar el remanente positivo de tesorería de

2015, de dos millones y medio de euros, en el que va destinado a, se ha dicho ya,

más de un millón trescientos mil euros a las piscinas de Garrido. Efectivamente en

el caso de las piscinas, nos encontramos con una culpa vigilando a los

responsables del Partido Popular. Ya se ha debatido más en este pleno sobre esta

cuestión.

En este caso va sobre las piscinas de Garrido que recordemos además en el

mes de enero de este año han tenido que ser cerradas por deficiencias en su

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386

funcionamiento. Deficiencias que no fueron detectadas cuando se produjo la

sucesión entre empresas y que evidentemente deberían haber sido detectadas en

ese momento.

Unas obras que evidentemente tienen una gran envergadura, y

evidentemente también y aquí lo exigimos una vez más, que se ponga ya en

marcha de una vez por todas, el proceso de reclamación de responsabilidad para la

empresa;. Que se cuantifique realmente cuánto corresponde a la anterior empresa

concesionaria Eulen por falta de gestión diligente en el caso de las piscinas

municipales. Es más, así lo reconocen incluso nuestros servicios municipales de

mantenimiento, que no hubo una gestión diligente o lo que es mejor, lo que pone

el informe, hubo una gestión deficiente en el uso de las piscinas municipales. Y

evidentemente hay una responsabilidad en in vigilando por los diferentes

concejales de deportes y en su caso también de contratación, porque no hicieron lo

posible para detectar esas deficiencias antes. Y ahora, con el paso del tiempo,

tenemos que sufragar una serie de inversiones, que estaremos todos de acuerdo

que hay que realizar, efectivamente, pero tenemos que encontrar también el origen

de por qué se deben realizar esas inversiones.

Se ha dicho que otro de los puntos, que desde luego se incluyen dentro de

un batiburrillo de partidas presupuestarias, en el caso de la indemnización por la

construcción del parking de Los Bandos, una contumacia del Sr. Alcalde anterior

y que el Sr. Alcalde actual tardó en rectificar. Si, no me mire así, Sr. Alcalde,

usted anunció el 31 de enero de 2012 que renunciaba a la construcción del

parking, un día antes de que perdiéramos el título de Ciudad Patrimonio de la

Humanidad ante la amenaza de la UNESCO por la construcción dentro del casco

histórico de ese parking subterráneo.

Usted llegó a la Alcaldía en junio de 2011 tardó, por tanto, más de ocho

meses en rectificar. Sin embargo, y efectivamente, debo reconocerle que

seguramente en eso estemos de acuerdo usted y yo que el principal responsable de

esta contumacia sea el Sr. Alcalde anterior. El Sr. Lanzarote, que ahora estará me

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imagino, por ahí más a gusto que los que estamos aquí resolviendo muchas de sus

decisiones incorrectas. Decisiones que por cierto, fueron acompañadas por

algunos de los Concejales que se sientan en este Salón de Plenos y que a día de

hoy nos costará 337.000 euros por lo menos en el caso del parking de Los Bandos,

que es lo que hoy se quiere aprobar, pero que puede ser más, porque la empresas

concesionaria que firmó el contrato en noviembre del año 2009 quiso reclamar y

reclamó cuatro millones de euros. La sentencia le reconoce más de 680.000 y el

Ayuntamiento ya desde ahora le reconoce 337.000, que no podrán ser gastados en

servicios sociales, en empleo, en educación, en sanidad, porque hay un error y una

responsabilidad clara del Partido Popular de esta ciudad, y que probablemente

pueda suponer más del doble si se llega a desestimar el recurso y se llega a

confirmar la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de la ciudad de

Salamanca.

Por tanto, y como se incluyen muchas y diversas partidas, algunas de ellas

sobre las que estamos de acuerdo sobre gastos, que están pendientes de aplicar de

ejercicios anteriores y otras como el caso de la indemnización para la empresa

concesionaria de la UTE del parking de Los Bandos, nuestra postura será la

abstención, porque además, incluso en esa partida deberá por lo menos

reconocerse por parte de los miembros del Partido Popular que es única y

exclusivamente responsabilidad suya, porque fue única y exclusivamente un

empeño de los responsables del Partido Popular en esta ciudad, del anterior

Alcalde y de algunos de los Concejales que todavía hoy quedan en esta

Corporación.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Se trata de un expediente de modificación

presupuestaria, conviene aclararlo, para habilitar crédito en diferentes aplicaciones

presupuestarias para hacer frente a diversos gastos que ya se han comentado.

Me centraré por lo tanto en aquellos a los que se ha hecho referencia en las

intervenciones que me han precedido, en aquellos que han levantado más

polémica. En primer lugar, la licitación de la obra de reforma de la piscina

municipal de Garrido por 1.313.456 euros. Hace pocos días fue aprobado el

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proyecto y debe licitarse la obra para poder ser ejecutada, y para poder licitarla,

para poder adjudicarla y por lo tanto para poder ejecutarla, es necesario que exista

crédito en el presupuesto municipal. Por lo tanto aquí teníamos dos opciones. No

habilitar el crédito y entonces no se puede licitar la obra, no se puede ejecutar la

obra y por lo tanto no se puede mejorar la piscina de Garrido en beneficio de los

ciudadanos de Salamanca o habilitamos el crédito para que eso se pueda hacer.

Obviamente nosotros optamos porque se habilite el crédito para que se pueda

licitar y se pueda contratar la obra.

Aquí, simplemente tengo que aclarar que la cuantía del proyecto no la fija

el Gobierno Municipal, la fijan los técnicos municipales competentes de los que

por supuesto, nosotros nos fiamos plenamente.

Y como ya hemos comentado en este pleno, el que se habilite crédito para

la licitación de la obra de reforma de la piscina de Garrido no es incompatible con

el hecho de que el Ayuntamiento realice en su momento la oportuna reclamación

frente a la anterior concesionaria de la gestión de las piscinas municipales para

resarcirse del coste de aquellas obras, que el Ayuntamiento haya tenido que

ejecutar por el incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento y

conservación de las instalaciones, que incumbían a la anterior empresa

concesionaria. De hecho también hemos discutido en otras ocasiones que para

poder derivar la correspondiente responsabilidad a la empresa a través de la

pertinente reclamación, es necesario cuando menos que se hayan adjudicado las

obras de reforma de las piscinas, pues solo entonces se va a conocer el coste real

que el Ayuntamiento va a asumir y por tanto el coste real que puede reclamar a la

empresa. Y digo, cuando menos la adjudicación porque posiblemente sería

discutible si no hubiera que esperar a la ejecución de las obras para conocer ese

coste real. Por lo tanto, en cuanto a la piscina, pues estos son los argumentos.

Y en cuanto a la indemnización a la UTE por el aparcamiento de Los

Bandos, pues como se ha dicho, se trata de habilitar crédito a petición de la

asesoría jurídica municipal, para consignar judicialmente la parte de la

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indemnización por la resolución del contrato de concesión de obra pública del

aparcamiento de Los Bandos que ha sido reconocida en sentencia judicial y

admitida por el propio Ayuntamiento 337.158 euros con el fin de paralizar el

devengo de intereses por esa cantidad.

La otra parte de la indemnización reconocida en la primera Instancia

Judicial, ha sido impugnada vía recurso de apelación. Es preciso en todo caso

recordar que la empresa contratista reclamaba al Ayuntamiento más de 4 millones

de euros y que el Juzgado solo le ha reconocido 680.157 euros, menos de una

sexta parte de lo demandado y que de esos 680.157 euros se consignarán ahora

solo los citados 337.158 euros que son los que admite el Ayuntamiento.

También es preciso recordar que esa indemnización la pagará el

Ayuntamiento por renunciar a la construcción de un aparcamiento con el fin de no

poner en peligro el titulo de Ciudad Patrimonio de la Humanidad, atendiendo a los

requerimientos de la UNESCO sobre el particular. Un proyecto de aparcamiento

que hay que recordar que en su momento fue demandado por los comerciantes del

centro de la ciudad, avalado por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural y

por la Real Academia de las Bellas Artes de San Fernando, y respaldado por los

informes técnicos oportunos. El Ayuntamiento por lo tanto tenía base cuando

acordó acometer el proyecto pero desde luego entendió y lo entendió el actual

Alcalde que debían tener en cuenta las objeciones de la UNESCO y las

implicaciones que tenían para nuestro título de Ciudad Patrimonio de la

Humanidad. Y yo creo que no le debería parecer mal a nadie, desde luego, que el

Gobierno Municipal con el Alcalde a su cabeza pues haya ponderado más, los

peligros que podría tener para el título de Ciudad Patrimonio de la Humanidad el

seguir adelante con el proyecto ante los requerimientos de la UNESCO que los

otros argumentos técnicos que también, como digo, eran de peso, y que se

tuvieron en cuenta en su momento.

Eso es por lo tanto, la explicación de por qué se habilita crédito para

determinados gastos. No hay que olvidar, como digo, que estamos ante un

expediente de modificación presupuestaria. Si nosotros no habilitáramos crédito

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para poder consignar esta parte de la indemnización, pues no lo podríamos hacer y

por lo tanto estaríamos arriesgando un devengo de intereses innecesario. Y si no

habilitáramos crédito para las obras de reforma de la piscina de Garrido, pues no

las podrían contratar ni ejecutar lo cual, por supuesto, en nada beneficiaría a los

ciudadanos de Salamanca.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con la abstención de los Grupos

Ganemos Salamanca [4 concejales], Grupo Ciudadano [3 concejales] y Grupo

Socialista [7 concejales] y los votos a favor del Grupo Popular [12 concejales]

acuerda, por 12 votos a favor, aprobar el dictamen que antecede.

8.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA POR CRÉDITO EXTRAORDIANRIO Nº 1/2016.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 5 de abril de 2016, ha conocido el expediente de

referencia, aprobando el siguiente DICTAMEN:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR

HABILITACIÓN DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO NÚMERO 1/2016

I. La Alcaldía Presidencia con fecha 30 de marzo de 2016, remite escrito a la

Directora de la Oficina Presupuestaria, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Primero.- El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se

aprobó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

establece que cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta

el ejercicio siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea

insuficiente o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación

ordenará la incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el

primer caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho

artículo que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

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Segundo.- Con fecha 29 de marzo de 2016, el Concejal Delegado de Hacienda

ha dirigido a la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento escrito que literalmente

transcrito dice:

“Habiéndose detectado que, por error, no se incluyó en el Capítulo I del estado de

gatos del Presupuesto de 2015 la consignación presupuestaria necesaria para

atender el gasto derivado de la ayuda por minusvalía del personal adscrito al

Servicio de Vialidad y Obras, por medio de este escrito le ruego inicie los trámites

necesarios para habilitar crédito extraordinario, por importe de 760,77 € en la

aplicación presupuestaria 153,20-164,00, y le señalo que dicho crédito

extraordinario se financiará mediante baja de la aplicación presupuestaria 163,10-

227,00 “Limpieza Viaria. Trabajos realizados por otras empresas” que puede ser

minorada sin que ello suponga perturbación en el funcionamiento del servicio”.

Asimismo, con fecha 30 de marzo el Concejal de Hacienda, formuló propuesta

que literalmente transcrita dice:

“Visto el escrito del Tesorero del Ayuntamiento de fecha 8 de marzo de

2016 en el que, con el visto bueno de esta Concejalía, propone modificar el

Presupuesto para habilitar, en el Capítulo III, crédito extraordinario por importe de

15.283,58 € para atender los gastos financieros derivados de la operación de

Tesorería que se prevé concertar para realizar el pago de la anualidad del ejercicio

2016 de la explotación del Parque Deportivo de la Aldehuela, por medio del

presente escrito le ruego inicie los trámites necesarios para habilitar crédito

extraordinario, por importe de 15.283,58 €, en la aplicación 011,32-310,00

“Operación de Tesorería. Intereses”, y le señalo que dicho crédito extraordinario

se financiará mediante baja de la aplicación presupuestaria 934,10-352,00

“Tesorería. Intereses de demora” que puede ser minorada sin que ello suponga

perturbación en el funcionamiento del servicio”.

Tercero.- Por todo ello, y a efectos de habilitar los créditos

extraordinarios a los que hace referencia el Concejal de Hacienda en sus

propuestas de fecha 29 y 30 de marzo de 2016, de conformidad con lo

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establecido en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el

artículo 37 del Real Decreto 500 y la Base 13 de las de Ejecución del Presupuesto,

vengo a ordenar la incoación del Expediente de Modificación Presupuestaria por

Crédito Extraordinario número 1/2016 que se financiará con las bajas de las

aplicaciones presupuestarias señaladas por el Concejal de Hacienda, siendo ésta

una de las vías de financiación previstas en el artículo 177 del Real Decreto

Legislativo 2/2004”.

II. Emite informe la Directora de la Oficina Presupuestaria en el que, a la

vista del escrito de la Alcaldía, informa que los gastos para los que se propone la

aprobación del Expediente de Habilitación de Crédito Extraordinario nº. 1/2016,

tienen su origen en las propuestas del Concejal de Hacienda, de fechas 29 y 30

de marzo de 2016 a las que hace referencia el Alcalde en su escrito de incoación

al expediente.

En base a lo anterior, y constituyendo la tramitación de los Expedientes de

Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos, una de las funciones

atribuidas a la Oficina Presupuestaria en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución

del Presupuesto, y a la vista de la documentación a la que se ha hecho referencia,

la Directora de la Oficina Presupuestaria informa lo siguiente:

- Que en el escrito de la Alcaldía de incoación del expediente, se especifica

que se financiará mediante bajas de las aplicaciones presupuestarias indicadas por

el Concejal Delegado de Hacienda en sus propuestas para iniciar el expediente y

respecto de las cuales indica que pueden ser minoradas sin que causar

perturbación al funcionamiento del servicio, siendo ésta una de las vías de

financiación entre las previstas en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo

2/2004.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

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393

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177 de

la L.R.H.L.)

Por lo anterior, la Directora de la Oficina Presupuestaria, en

cumplimiento de lo ordenado por el Ilmo. Sr. Alcalde su escrito de fecha 30 de

marzo de 2016, propone la tramitación del Expediente de Modificación

Presupuestaria por Habilitación de Crédito Extraordinario número 1/2016, en los

siguientes términos:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Crédito Extraordinario nº.

1/2016

Fuentes de Financiación:

Bajas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

163,10-227,00 Limpieza Viaria. Trabajos realizados por otras empresas 760,77

934,10-352,00 Tesorería. Intereses de demora 15.283,58

Total 16.044,35

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-164,00 Vialidad. Ayuda familiar 760,77

011,32-310,00 Operación de Tesorería. Intereses 15.283,58

Total 16.044,35

III. Por su parte la Viceinterventora del Ayuntamiento emitió informe el día

31 de marzo de 2016, en el que, tras invocar la legislación aplicable, señala entre

otros extremos, por lo que respecta al expediente objeto de informe, lo siguiente:

- Que en el expediente objeto de informe se propone dar de baja los créditos

consignados en las aplicaciones presupuestarias que constan en el expediente, con

el objeto de habilitar crédito para atender los intereses de la operación de

Tesorería que pretende contratar el Ayuntamiento y para atender los gastos,

habiéndose realizado las correspondientes retenciones de crédito por los importes,

y en las aplicaciones propuestas.

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- Que el expediente no afecta a la estabilidad presupuestaria al financiarse

totalmente con bajas de crédito de otras aplicaciones presupuestarias, ni a la regla

de gasto, ni al límite máximo del gasto no financiero.

La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

Acuerde:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Habilitación de Crédito Extraordinario número 1/2016, cuyo resumen es el

siguiente:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Crédito Extraordinario nº. 1/2016

Fuentes de Financiación:

Bajas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

163,10-227,00 Limpieza Viaria. Trabajos realizados por otras empresas 760,77

934,10-352,00 Tesorería. Intereses de demora 15.283,58

Total 16.044,35

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-164,00 Vialidad. Ayuda familiar 760,77

011,32-310,00 Operación de Tesorería. Intereses 15.283,58

Total 16.044,35

SEGUNDO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con arreglo

a lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

Haciendas Locales, exponiéndolo al público, previo anuncio en el B.O.P. durante

un periodo de quince días, transcurrido el cual, el expediente se entenderá

definitivamente aprobado si no se hubieran presentado reclamaciones; en caso

contrario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

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9.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS

INTERINOS PARA OCUPAR VACANTES DE PLAZAS INCLUIDAS EN

LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO PÚBLICO.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior

conoció el informe emitido por el Departamento de Recursos Humanos que

trascrito literalmente dice:

“A partir del Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de diciembre, las sucesivas

leyes presupuestarias vienen recogiendo limitaciones en relación con la

incorporación de nuevo personal a las Administraciones Públicas y, en

concordancia con estas limitaciones, para la contratación de personal temporal y

para el nombramiento de funcionarios interinos.

Así el art. 3 de la norma citada recogía estas limitaciones de la siguiente

forma:

“Uno. A lo largo del ejercicio 2012 no se procederá a la incorporación de

nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos

selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores o

de plazas de militares de Tropa y Marinería necesarios para alcanzar los efectivos

fijados en la disposición adicional décima Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

Esta limitación alcanza a las plazas incursas en los procesos de

consolidación de empleo previstos en la disposición transitoria cuarta del Estatuto

Básico del Empleado Público.

Cinco. Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del

capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, la limitación contenida

en los apartados anteriores no será de aplicación a los siguientes sectores y

administraciones en los que la tasa de reposición se fija en el 10 por ciento:

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A. A las Administraciones públicas con competencias educativas para el

desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación

con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de

funcionarios docentes.

B. A las Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de

las plazas de hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud.

C. A las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado y a aquellas

Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía Autónoma propios

en su territorio, en relación con la cobertura de las correspondientes plazas.

D. A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de militares de carrera

y militares de complemento de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2007, de 19

de noviembre, de carrera militar, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo

siguiente.

E. A las Administraciones Públicas respecto de los Cuerpos responsables

del control y lucha contra el fraude fiscal y laboral.”

“Dos. Durante el año 2012 no se procederá a la contratación de personal

temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios

interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e

inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías

profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los

servicios públicos esenciales.”

Estas disposiciones, en cuanto a la incorporación de personal, han supuesto

limitar los sectores en los que se permitía convocar plazas, variando la tasa de

reposición entre el 10% y el 50%, con posibilidad en algunos casos de llegar al

100% previo cumplimiento de determinados requisitos relacionados con la

estabilidad presupuestaria y la posibilidad de endeudamiento.

Ello impedía que fuera de los sectores señalados pudiese convocarse plaza

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alguna.

En esta línea, y en coherencia con el modelo fijado en esta normativa, viene

repitiéndose la misma fórmula limitativa para las contrataciones temporales y

nombramientos interinos, si bien, en estos casos, las sucesivas normas no hablan

solo de sectores, sino también de “funciones y categorías profesionales, que se

consideren prioritarias o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos

esenciales”.

Por ello, el Pleno corporativo en sucesivos acuerdos a partir del inicial de 10

de febrero de 2012, ha ido acotando los sectores, funciones o categorías que

permitan formalizar dichas relaciones temporales.

Con la Ley 48/2015 de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado

para 2016 se ha producido un cambio importante ya que además de elevar la tasa

de reposición al 100% en los sectores que señala (conservando, por error, una

limitación en cuanto a la Policía Local y personal del Servicio de Extinción de

Incendios) permite convocar plazas en sectores no señalados fijando al tasa de

reposición en estos casos en el 50%.

En cambio, esta modificación, importante en cuanto a plazas de nueva

incorporación, no se ha trasladado al régimen de las relaciones temporales, para

las que conserva la misma formulación que viene plasmando la normativa desde

2011, probablemente por error, al igual que ocurre con el olvido de la posibilidad

de acumulación de plazas desde los sectores no señalados a los señalados, como

ya se puso de manifiesto en el informe del expediente de la Oferta de Empleo

Público.

Esta limitación debería haber seguido la línea de modificación introducida

en relación con la incorporación de personal de nuevo ingreso, suavizando el

régimen estricto que figura en la formulación señalada.

En cualquier caso, dado que ha conservado la fórmula restrictiva y al objeto

de salvar las objeciones que puedan plantearse, sería necesario ampliar los

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acuerdos plenarios citados donde se contemplan las posibilidades de formalizar

relaciones temporales, incluyendo entre ellas la de aquellos nombramientos

interinos que pretendan cubrir las plazas incluidas en la Oferta de Empelo Público.

La justificación de esta propuesta dimana de que la Oferta de Empleo recoge

las necesidades prioritarias para la incorporación de nuevo personal, prioridades

que, por otra parte, resultan insuficientes en relación con las necesidades de

personal, como ha quedado recogido en el expediente de la Oferta de Empleo, y,

por tanto, debe entenderse que la cobertura provisional, mediante interinidades, de

las plazas señaladas debe entenderse necesaria para el funcionamiento de los

servicios públicos.

Por lo expuesto esta Comisión, viene a elevar a V.E. para su aprobación,

el siguiente:

DICTAMEN:

Ampliar los acuerdos plenarios citados donde se contemplan las

posibilidades de formalizar relaciones temporales, incluyendo entre ellas la de

aquellos nombramientos interinos que pretendan cubrir las plazas incluidas en la

Oferta de Empleo Público”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. RISCO ÁVILA: Muy brevemente, para decir solo que Ganemos

Salamanca votaremos a favor de este dictamen, de este punto del orden del día y

queríamos manifestar solo dos apuntes. Por una parte que en realidad cuando el

punto dice “Dictamen de la Comisión de Régimen Interior sobre nombramiento de

funcionarios interinos” en realidad, de lo que se trata de aprobar es una

autorización del pleno para llevar a cabo el proceso de estos puestos de trabajo

con nombramientos de interinos.

En ese sentido, queremos dejar constancia que esta selección se haga con

transparencia, con publicidad y la mayor rapidez posible puesto que somos

conscientes de las limitaciones de sustitución de puestos de trabajo que ha habido

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durante todos estos años en detrimento del funcionamiento de la carga de trabajo,

que las personas tienen dentro de los diferentes departamentos del Ayuntamiento.

Y por otra parte, dejar constancia también, nuestra petición expresa, como

ya hicimos en la Comisión, de que los procesos de selección para cubrir los

puestos de trabajo de la oferta de empleo público de 2016 con carácter definitivo,

se empiecen ya a tramitar y en todo caso den comienzo las pruebas selectivas

antes del 1 de octubre, o en el mes de octubre para que esta manera cubrir los

puestos mediante interinidades no sea más allá de dos o tres meses y con un

carácter estrictamente temporal.

SR. GONZÁLEZ BUENO: Una de las metas de este Grupo Municipal es

el de adecuar la plantilla de funcionarios a la realidad del municipio como ya

hemos dicho en diversas ocasiones. A día de hoy nos encontramos que la plantilla

de funcionarios del Ayuntamiento de Salamanca está por debajo de las

necesidades de estos servicios y es por ello que apoyaremos este dictamen

siempre y cuando las plazas que se vayan a ocupar por interinos se hagan siempre

con los criterios de mérito y capacidad como no podía ser de otra forma y que

estas plazas se convoquen mediante oposición libre en el mismo año corriente.

SR. MATEOS CRESPO: Si, la propuesta, como se ha dicho, consiste en la

consideración de todas las plazas de la oferta de empleo público, las 14 que se han

publicado ya, como oferta de empleo público para este año 2016, como

prioritarios para que se puedan cubrir en régimen de interinidad. Una oferta de

empleo público que ya dijimos en su momento que resultaba claramente

insuficiente para las necesidades del Ayuntamiento de Salamanca y de los

servicios públicos municipales.

Una oferta de empleo público que se vio limitada por haber cerrado el año

pasado, el año 2015 en una situación de inestabilidad o no estabilidad

presupuestaria, al menos en términos de contabilidad nacional. Un déficit, por

decirlo de alguna manera, que según el Equipo de Gobierno es más formal que

real, pero desde luego que aunque su característica calificada por el Equipo de

Gobierno es de “formal”, la realidad es que, valga la redundancia, tiene

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400

consecuencias reales como es el no cubrir el 100% de algunas plazas de sectores

prioritarios como si permitiría la legislación si no hubiéramos cerrado en

inestabilidad presupuestaria.

Según se nos ha avanzado en la Comisión Informativa, ante las preguntas

de los diferentes Grupos Municipales en la Comisión de Hacienda del pasado

martes, parece ser que tres son las plazas que en principio se van a cubrir de

manera inminente bajo la modalidad de interinidad. Una es la de Ingeniero

Agrónomo en el Servicio Municipal de Parques y Jardines, otra, en el Patronato

Municipal de la Vivienda y Urbanismo con un Aparejador y un Ingeniero de

Caminos para el Área de Ingeniería Civil, aún cuando efectivamente y después de

la autorización que va a otorgar este pleno, todos los puestos, los 14 de la oferta

de empleo público, son susceptibles de ser cubiertos con interinos.

Sin embargo ya se ha dicho, evidentemente, nuestra reserva consiste en

que hay que ser extremadamente cautelosos para cubrir esos puestos con interinos.

Se debe actuar con las máximas garantías de objetividad, transparencia y

publicidad para la adjudicación de esa plaza.

En el momento de la oposición libre, evidentemente, el proceso selectivo

será diferente, no es un concurso sino una oposición y por tanto, el hecho de haber

sido interino no debería ser un mérito a valorar en la oposición libre. Ello no evita

que alguno de los que haya sido interinos pueda ser adjudicatario finalmente de la

plaza de la oferta de empleo público, pero ya se lo he comentado en varias

ocasiones. Hombre, ya sabemos que a veces a las personas se les coge cariño y

esperemos que por lo menos ese cariño luego no se convierta en la adjudicación

de la plaza en el proceso de selección y tras el proceso de selección.

Con lo cual, máxima objetividad, máxima transparencia, y máximo rigor y

garantías en el proceso primero, de la selección de personal interino para cubrir

las plazas que se nos ha comunicado y también la valoración del mérito, la

capacidad y toda la objetividad libre concurrencia y demás principios que deben

regir la contratación pública para el acceso a los puestos de trabajo mediante el

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401

acceso a la plazas de la oferta de empleo público definitivas.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: La propuesta que se trae a aprobación,

persigue que se declaren prioritarias a los efectos de nombramiento de personal

interino, las plazas incorporadas a las ofertas públicas de empleo que apruebe el

Ayuntamiento salvando así las limitaciones que la Ley de Presupuestos Generales

del Estado establece para la contratación de personal temporal y el nombramiento

de funcionarios interinos.

Como se ha señalado, con ello lo único que se trata es de permitir que

cuando las circunstancias así lo aconsejen o lo exijan, pues se puedan cubrir

temporalmente a través del nombramiento de funcionarios interinos, unas plazas

que en todo caso después serán objeto de cobertura definitiva a través de un

proceso de oposición libre en el que por lo tanto, la interinidad, el tiempo en que

se haya ocupado interinidad la plaza, no contará en ningún caso como mérito.

Y por supuesto, tanto en el proceso de cobertura de la interinidad,

cobertura provisional, como en el de la cobertura definitiva a través de la

oposición libre, pues todos los procesos cumplirán con los requisitos que marca la

legislación vigente y con los principios que marca la legislación vigente.

Ya adelanto como lo hice en la Comisión, que la intención es cubrir un

número muy limitado, muy pequeño de plazas a través de esta pequeña

autorización y solo en aquellos servicios en los que prácticamente no se pueda por

las circunstancias que concurran, esperar a la cobertura definitiva de las plazas. Y

en cualquier caso, ya lo señalo también como lo hice en la comisión, se va a dar

prioridad después a los procesos selectivos de cobertura definitiva de las plazas,

que previamente se hayan cubierto interinamente precisamente para que el tiempo

en que estén cubiertas interinamente sea el menor posible.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

COMISIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN.

10.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE BIENES Y

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402

CONTRATACIÓN SOBRE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DEL

MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LAS INSTALACIONES DE

ALUMBRADO PÚBLICO PARA EJECUTAR EL PROGRAMA DE

REPOSICIÓN DE LÁMPARAS DURANTE EL AÑO 2016.

“La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 20 de julio de 2012,

adjudicó el contrato del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LAS

INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE

SALAMANCA”, a la empresa ACEINSA MOVILIDAD, S.A., en su oferta,

formalizándose el correspondiente contrato administrativo con fecha 29 de mayo

de 2013, con una duración de cuatro años con posibilidad de prórroga de hasta un

máximo de dos años más, comenzando la prestación del servicio, a partir del día

siguiente a dicha formalización.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 27 de

marzo de 2015, se aprobó la reposición de lámparas para el año 2015 con una

valoración de 182.069,42 € incluida baja e IVA para el periodo marzo,

suscribiéndose el adenda al contrato el 5 de mayo de 2015.

Con fecha 17 de febrero de 2016 se recibe en el Servicio de Bienes y

Contratación, propuesta del Área de Ingeniería Civil, Sección de Alumbrado sobre

modificación del contrato consistente en la realización del programa de reposición

masiva de lámparas que corresponde realizar en el ejercicio 2016 por haber

superado la vida útil de las mismas, en cumplimiento de las periodicidades

establecidas en el apartado 2.2.3. del PPT que forma parte del contrato, con una

valoración de 191.968,41 € incluida baja e IVA.

Con fecha 8 de marzo de 2016, la Sra. Adjunto Jefe del Servicio de Bienes

y Contratación informa que, de acuerdo con el art. 194 de la LCSP aplicable a este

contrato, se permite modificar por razones de interés público el objeto de los

contratos, dándose audiencia al contratista, según el art. 195 del mismo texto

legal, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la

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403

Ley.

El art. 202 de la LCSP dice: “Una vez perfeccionado el contrato, el órgano

de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razón de interés público

en el mismo, siempre que sean debidas a causas imprevistas, justificándolo

debidamente en el expediente, no pudiendo afectar a las condiciones esenciales

del contrato”.

Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo

dispuesto en el art. 140.

No obstante el artículo 92 ter de la LCSP, introducido por Ley 2/2011 de

Economía Sostenible establece que el órgano de contratación podrá modificar el

contrato siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido

expresamente tal posibilidad detallándose de forma clara, precisa e inequívoca las

condiciones, alcance y límites de la misma. Con indicación expresa del porcentaje

del precio al que como máximo puede afectar y procedimiento a seguir.

Señala asimismo que, esta facultad de la Administración, aparte de

satisfacer directamente el interés público, deberá efectuarse dentro de unos límites

que establece la legislación vigente, y que afectan, tanto a las modificaciones

cuantitativas como a las cualitativas del contrato. El art. 282, de la Ley de

Contratos del Sector Público dice: “Cuando como consecuencia de

modificaciones del contrato de servicios de mantenimiento acordadas conforme a

lo establecido en el art. 202 y a el título V del Libro I se produzca aumento,

reducción o supresión de equipos a mantener o la sustitución de unos equipos por

otros, siempre que los mismos estén contenidos en el contrato, estas

modificaciones, serán obligaciones para el contratista, sin que tenga derecho

alguno, en caso de supresión o reducción de unidades o clases de equipos, a

reclamar indemnización por dichas causas”.

La modificación propuesta está incluida en el PCAP que forma parte del

contrato en su artículo 26 dentro de la posibilidad establecida por el artículo 92 ter

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404

de la LCSP e, incluida en el apartado 4 referente a: Programas anuales de

reposición masiva de lámparas, limpieza o pintura. El art. 23 del PCAP dispone

que se deben de aplicar a los cuadros de precios del PCT del Anexo II en función

de lo que la Corporación apruebe, siendo la cuantía máxima de modificación la

recogida en el cuadro de precios del art. 2 del PACP para este apartado.

Por tanto, informa favorablemente la propuesta del Área de Ingeniería

Civil de modificación del contrato por Programas anuales de reposición masiva de

lámparas, limpieza o pintura, por importe de 191.968,41 € para el año 2016, y que

no supera el límite establecido en el artículo 2 del Pliego de Clausulas

Administrativas Particulares.

Con fecha 10 de marzo de 2016, el Sr. Interventor fiscaliza el expediente

de conformidad, estando la modificación propuesta prevista en el PCAP, art. 26

del pliego (art. 92 ter LCSP). En la relación con la existencia de crédito, señala

que consta RC nº 2016/720.

Por todo lo anteriormente expuesto, vistos los informes que obran en el

expediente; la normativa aplicable en materia de modificación contratos y los arts.

23 y 26 del PCAP, así como la propuesta de la Adjunta Jefe del Servicio de

Bienes y Contratación, la Comisión de Bienes y Contratación, en sesión celebrada

el día 15 de marzo de 2016, informó favorablemente el siguiente DICTAMEN,

para su posterior elevación, si procede, al Excmo. Ayuntamiento Pleno:

Primero.- Aprobar la modificación del contrato del “MANTENIMIENTO Y

MEJORA DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL

MUNICIPIO DE SALAMANCA”, propuesta por la Sección de Alumbrado,

consistente en la realización del programa de reposición masiva de lámparas que

corresponde realizar en el ejercicio 2016 (Programas anuales de reposición masiva

de lámparas, limpieza o pintura), por importe de 191.968,41 €, incluida baja e

IVA.

Segundo.- Formalizar la modificación del contrato en documento

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405

administrativo que, como adenda, se incorporará al contrato suscrito el 29 de

mayo de 2013 entre el Excmo. Ayuntamiento de Salamanca y ACEINSA

MOVILIDAD, S.A. No obstante lo anterior, estando prevista la modificación del

contrato con carácter periódico, por razones de economía procesal se dispone que

las modificaciones sean incorporadas al contrato de forma acumulada mediante la

suscripción de adendas cada trimestre natural.

Tercero.- Notificar este acuerdo al contratista ACEINSA MOVILIDAD,

S.A. y dar traslado de su contenido a la Sección de Alumbrado Público”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones: [Debate

conjunto de los puntos 10, 11 y 12]:

SR. RISCO ÁVILA: Solo un apunte en relación con los tres puntos,

especialmente referido a aquel que tiene contenido de inversión, de los gastos de

inversión en el asunto del alumbrado público, puesto que queremos hacer especial

incidencia en que en este contrato del alumbrado público de nuestra ciudad, una

vez evaluado y terminado el plan de las mejoras que la empresa adjudicataria tiene

que llevar a cabo, es necesario desde nuestro punto de vista, hacer una revisión y

un plan de cuáles son las inversiones necesarias para poner el alumbrado público

en los mejores términos posibles de eficiencia del consumo energético.

Y esto, una vez terminado todo el plan de mejoras que lleva aparejada la

contratación, es imprescindible hacerlo de tal manera que el Ayuntamiento pueda

planificar con carácter anual, cuál va a ser el gasto preferente en este tipo de

inversiones, insisto, con el objetivo de mejorar la eficiencia y reducir por lo tanto

la factura ordinaria del consumo eléctrico en alumbrado público y que tenga

reflejo en los presupuestos municipales de ejercicios futuros.

SR. FERRERAS DE LA FUENTE: Hoy traemos al pleno estos tres puntos

que hacen referencia a la sustitución de las lámparas en primer lugar, en segundo

lugar a un contaje de las lámparas que tenemos, ya que según el número de

lámparas abonamos una cantidad por el mantenimiento, y la tercera a una

sustitución de luminarias por tecnología led que es la más avanzada.

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406

Nuestro Grupo siempre está de acuerdo, o ha estado de acuerdo, o ha

propuesto, que todas las mejoras que se hagan en el alumbrado público tienen que

redundar en dos temas, el primero es en un menor coste, y el segundo es que este

menor coste traiga consigo también una menor contaminación ambiental.

Estas tecnologías nuevas, las lámparas led producen este menor coste igual

que la sustitución de las lámparas produce también una menor contaminación, por

lo tanto, estamos de acuerdo con, digámoslo así, estos dos dictámenes. Sin

embargo en el tema de las mejoras sí que nos gustaría que en el calendario de

mejoras no se esperase al último año del contrato para tener las mejoras

realizadas. Hemos insistido en la Comisión, que se dé prioridad y que se haga un

cronograma para que todas las mejoras que contempla el contrato se realicen con

anterioridad a la finalización del contrato.

SR. GARCÍA CARBAYO: Efectivamente se ha puesto en marcha un

programa de sustitución de lámparas de descarga de gas de vapor de sodio y de

otro tipo de tecnología anterior por tecnología nueva, por tecnología led, con una

vida útil de unas cien mil horas lo que ofrece un uso de más de 25 años, es decir,

una duración muy superior a la ofrecida por otras lámparas y este programa se ha

puesto en marcha a cargo de las mejoras ofrecidas por el contrato, es decir, gratis

para el Ayuntamiento, más de tres millones de euros.

¿Qué significa? Que a medida que la tecnología led se vaya generalizando

en la ciudad, los programas de reposición de lámparas irán disminuyendo. Estos

programas de reposición de iluminarias están planificados y cuantificados los

ahorros. Esta planificación prioriza la sustitución progresiva de las viejas lámparas

en función de su antigüedad y de su mayor consumo y la consecuencia lógica de

esta medida es el ahorro energético y económico, que el servicio de alumbrado

tiene estimado así como también la reducción de los costes de mantenimiento y de

la contaminación.

Por tanto, en este sentido va a seguir trabajando el servicio de alumbrado

que siempre nos ofrece a los grupos municipales información sobre el ahorro que

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407

en cada momento, cada una de estas medidas va suponiendo a favor del

Ayuntamiento y por tanto de las salmantinas y salmantinos.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

11.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE BIENES Y

CONTRATACIÓN SOBRE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DEL

MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LAS INSTALACIONES DE

ALUMBRADO PÚBLICO, “REVISIÓN TRIMESTRAL DEL

INVENTARIO DE PUNTOS DE LUZ DE MARZO DE 2016.”

“La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 20 de julio de 2012,

adjudicó el contrato del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LAS

INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE

SALAMANCA”, a la empresa ACEINSA MOVILIDAD, S.A., en su oferta,

formalizándose el correspondiente contrato administrativo con fecha 29 de mayo de

2013, con una duración de cuatro años con posibilidad de prórroga de hasta un máximo

de dos años más, comenzando la prestación del servicio, a partir del día siguiente a

dicha formalización.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 31 de julio de 2015,

aprobó la revisión de precios del contrato en un 0,51% para el periodo de 29 de mayo de

2015 a 28 de mayo de 2016.

Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 5 de febrero

de 2016, se aprobó la revisión trimestral del inventario de puntos de luz de diciembre de

2015 y que era de aplicación para los meses de diciembre 2015, enero y febrero 2016 por

un total de 22.385 lámparas, quedando el canon de mantenimiento en 72.427,04 € al mes,

pendiente de suscribir el adenda al contrato.

Con fecha 17 de marzo de 2016 se recibe propuesta del Área de Ingeniería Civil,

Sección de Alumbrado sobre modificación del contrato referente a:

- Revisión de Inventario de puntos de luz de marzo de 2016 previsto en el

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408

apartado 1.3 del PPT.

También se adjunta documento de valoración del canon fijo de mantenimiento

que será de aplicación en los meses de marzo, abril y mayo de 2016, que con respecto al

anterior supone un aumento de 66,98 € al mes, baja e IVA incluido, quedando el canon

fijo de mantenimiento en 72.494,02 € al mes.

La modificación propuesta por la Jefe de Sección de Alumbrado Público, cuenta

con la conformidad del contratista.

La Adjunto Jefe de Servicio de Bienes y Contratación en informe emitido con

fecha 17 de marzo de 2016, señala que el art. 194 de la LCSP - norma aplicable a este

contrato - permite modificar por razones de interés público el objeto de los contratos;

exigiendo a su vez el art. 195 del mismo texto legal, la audiencia del contratista.

Y, en este sentido, el art. 202 de la LCSP establece que: “Una vez perfeccionado

el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razón de

interés público en el mismo, siempre que sean debidas a causas imprevistas,

justificándolo debidamente en el expediente, no pudiendo afectar a las condiciones

esenciales del contrato”.

Asimismo, las modificaciones del contrato deberán formalizarse de conformidad

con lo dispuesto en el art. 140 LCSP.

El artículo 92 ter de la LCSP, establece que “el órgano de contratación podrá

modificar el contrato siempre que en los Pliegos o en el anuncio de licitación se haya

advertido expresamente tal posibilidad detallándose de forma clara, precisa e inequívoca

las condiciones, alcance y límites de la misma. Con indicación expresa del porcentaje

del precio al que como máximo puede afectar y procedimiento a seguir”.

Cuando como consecuencia de modificaciones del contrato de servicios de

mantenimiento acordadas conforme a lo establecido en el art. 202 y a el título V del

Libro I se produzca aumento, reducción o supresión de equipos a mantener o la

sustitución de unos equipos por otros, siempre que los mismos estén contenidos en el

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409

contrato, estas modificaciones, serán obligaciones para el contratista, sin que tenga

derecho alguno, en caso de supresión o reducción de unidades o clases de equipos, a

reclamar indemnización por dichas causas.

Las modificación propuesta está incluida en el PCAP del “SERVICIO DE

MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO

PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE SALAMANCA”, en su artículo 26, dentro de la

posibilidad establecida por el artículo 92 ter de la LCSP e incluida en las siguientes:

1.- Revisiones trimestrales de inventario de lámparas

Asimismo el artículo 23 del PCAP dispone que se aplicarán los cuadros de

precios del PPT del Anexo I para el caso 1 en función de lo que la Corporación apruebe,

siendo la cuantía máxima de modificación la recogida en el cuadro de precios del

artículo 2 del PCAP para cada uno de los apartados.

El apartado 1.3. de PPT establece que el precio que se abonará al contratista por

las operaciones de Mantenimiento, vendrá determinado por el canon mensual, en

función de la cantidad y tipo de puntos de luz objeto del contrato de mantenimiento y

que se calcula con el Cuadro de Precios del Anexo I afectados de la baja ofertada por el

Contratista.

A tal efecto el Contratista está obligado a llevar un inventario actualizado en

todo momento de los puntos de luz existentes en el término municipal, reflejado en el

mismo todas las altas y bajas que se vayan produciendo.

El precio mensual por el mantenimiento de las instalaciones se revisará al

vencimiento de cada trimestre, presentando la justificación de altas, bajas y el cálculo

del nuevo precio de mantenimiento para el trimestre siguiente.

El Sr. Interventor fiscaliza el expediente con fecha 18 de marzo de 2016,

señalando que la modificación propuesta está previstas en el PCAP, y, en relación con la

existencia de crédito, informa que existe saldo disponible del “AD” nº 616/2016 por

importe de 725.220,04 €, con la advertencia de nulidad en el supuesto de asunción de

compromisos de gastos por importe superior al de los créditos autorizados. Asimismo

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410

señala, en relación con el inventario del trimestre anterior (diciembre 2015, enero-

febrero 2016), que existe un error en el código MG04 y en lugar de 4.184 unidades son

4.182 unidades, por tanto debe exigirse el reintegro de 17,82 € (IVA incluido),

Por todo lo anteriormente expuesto, vistos los informes que obran en el

expediente; la normativa aplicable en materia de modificación contratos y los arts.

23 y 26 del PCAP, así como la propuesta de la Adjunta Jefe del Servicio de

Bienes y Contratación, la Comisión de Bienes y Contratación, en sesión

extraordinaria celebrada el día 1 de abril de 2016, informó favorablemente el

siguiente DICTAMEN, para su posterior elevación, si procede, al Excmo.

Ayuntamiento Pleno:

Primero.- Aprobar la modificación del contrato del “MANTENIMIENTO Y

MEJORA DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL

MUNICIPIO DE SALAMANCA”, propuesta por la Sección de Alumbrado, para

realizar la revisión trimestral del inventario de puntos de luz de marzo de 2016,

que será de aplicación en los meses de marzo, abril y mayo de 2016, que con

respecto al anterior supone un aumento de 66,98 € al mes, baja e IVA incluido,

quedando el canon fijo de mantenimiento en 72.494,02 € al mes

Segundo.- Requerir a ACEINSA MOVILIDAD, S.A. para que proceda al

reintegro de 17,82 € (IVA incluido) como consecuencia del error el inventario del

trimestre anterior.

Tercero.- Formalizar la modificación del contrato en documento

administrativo que, como séptima adenda, se incorporará al contrato suscrito el 29

de mayo de 2013 entre el Excmo. Ayuntamiento de Salamanca y ACEINSA

MOVILIDAD, S.A. No obstante lo anterior, estando prevista la modificación del

contrato con carácter periódico, por razones de economía procesal se dispone que

las modificaciones sean incorporadas al contrato de forma acumulada mediante la

suscripción de adendas cada trimestre natural.

Cuarto.- Notificar este acuerdo al contratista ACEINSA MOVILIDAD,

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411

S.A. y dar traslado de su contenido a la Sección de Alumbrado Público”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

12.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE BIENES Y

CONTRATACIÓN SOBRE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DEL

SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LAS

INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO SOBRE MEJORAS DE

AHORRO ENERGÉTICO POR CAMBIO DE LUMINARIAS.

“Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 20 de julio de

2012 se acordó la adjudicación del contrato del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO

Y MEJORA DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL

MUNICIPIO DE SALAMANCA”, a la empresa ACEINSA MOVILIDAD, en su oferta:

Baja porcentual a aplicar a los precios de mantenimiento general de instalaciones

(Anexo I del pliego de prescripciones técnicas): 12,12%.

Baja porcentual a aplicar a los precios de programas de mantenimiento y trabajos

de ampliación, mejora o modificación y alumbrado festivo (Anexo II del pliego de

prescripciones técnicas): 22,22%.

Asimismo, ACEINSA MOVILIDAD, S.A. en su oferta se compromete a

realizar, a lo largo de la vigencia del servicio, las siguientes Mejoras, que cuantifica en

3.660.884,15 € y encuadran de forma resumida los siguientes epígrafes:

Mejoras de ahorro energético de acuerdo con el Reglamento de eficiencia

energética e instalaciones de alumbrado exterior aprobado por RD 1890/2008 de 14 de

noviembre.

Digitalización de planos del alumbrado artístico de la ciudad y elaboración de

aplicación informática para las labores de mantenimiento y almacén.

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412

Mejoras en la telegestión del alumbrado, tanto en sus componentes físicos como

en el software de control. Si se propone un nuevo software, éste deberá ser compatible

con las 24 placas de control ya instaladas en la ciudad.

El contrato se suscribe el 29 de mayo de 2013, con una duración de cuatro años

desde su formalización, con posibilidad de prórroga de hasta un máximo de dos años

comenzando la prestación del servicio, a partir del día siguiente de la firma del contrato.

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 31 de julio de

2015, se aprobó la revisión de precios del contrato con una disminución de un 0,51%

para el periodo de 29 de mayo de 2015 a 28 de mayo de 2016.

Por acuerdo del Pleno en sesión celebrada el 28 de diciembre de 2015 se aprueba

la modificación del contrato para realizar varias actuaciones, formalizándose la adenda

al contrato con fecha 19 de enero de 2016.

Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 4 de marzo

de 2016, se aprobó la modificación del contrato para realizar las primeras

modificaciones con carácter de inversión para la reposición de la instalación de

alumbrado público robados y destruidos del Espacio Verde en la zona de Zurgüén Bajo,

por una valoración de 28.039,52€ y un plazo de ejecución de dos meses y medio,

pendiente de suscribir la correspondiente adenda al contrato.

Con fecha 15 de marzo de 2016, se recibe en el Servicio de Bienes y

Contratación propuesta de la Jefe de Sección de Alumbrado sobre modificación del

contrato para realizar varias mejoras de ahorro energético con carácter de inversión para

cambiar las luminarias antiguas por luminaria de tecnología LED. Programa para el año

2016 la realización de una serie de mejoras de alumbrado consistente en cambiar las

luminarias existentes de Vapor de Sodio Alta Revisión de 250 W por luminarias de

tecnología LED:

1.- Cambio de Luminarias LED en varias calles del Barrio de Tejares.

Para el año 2016 propone continuar con otras calles de esta zona que son:

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413

Huertas de la Vega, Obispo Don Jerónimo, Sánchez Ruano, Gil González Dávila,

Bernardo Dorado Montero y Fernando Araujo, cuyo coste asciende a 39.282,15 €

(incluidos los coeficientes de revisión de precios, baja e IVA), suponiendo un ahorro

anual de 6.980,73 € y una amortización de 5,63 años, y con un plazo de ejecución de

dos meses. Consta la conformidad del contratista.

2.- Cambio de luminarias y disminución de potencia en varias calles del Barrio

Garrido Norte, siendo afectadas las calles Obispo Ramírez Villaescusa, Marcelo

Fernández Nieto, Acebos, Plaza del Mirto, Los Nardos, Las Lilas, Petunias, La Encina,

Las Moreras, Las Amapolas, Las Begonias, Calle Mirto, Monleón, Las Cañas, El Trébol

y Alfonso IX (entre El Greco y Federico Anaya) cambiándose en unas calles las

luminarias y en otras se baja la potencia, con un importe de la inversión de 89.917,83 €

(incluidos los coeficientes de revisión de precios, baja e IVA), suponiendo un ahorro

anual de 13.058,60 € y un plazo de amortización de 6,2 años, y un plazo de ejecución de

dos meses . Consta la conformidad del contratista.

3.- Cambio de las 9 últimas luminarias a LED en el Barrio Prosperidad para

concluir las actuaciones de años anteriores siendo éstas 8 luminarias en la Avda. de la

Aldehuela y 1 luminaria e la Calle Almansa con un importe de la inversión de 7.759,83€

(incluidos los coeficientes de revisión de precios, baja e IVA), suponiendo un ahorro

anual de 999,61 € y un plazo de amortización de 7,76 años, y un plazo de ejecución de

dos meses. Consta la conformidad del contratista.

Consta documento RC para atender al gasto por importe de 236.054,84€ de

fecha 10 de febrero de 20016.

La Sra. Adjunto Jefe del Servicio de Bienes y Contratación informa con fecha 15

de marzo de 2016 que, de acuerdo con el art. 194 de la Ley de Contratos del Sector

Público aplicable a este Contrato, se permite modificar por razones de interés público el

objeto de los contratos, dándose audiencia al contratista, según el art. 195 del mismo

texto legal, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la

Ley.

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414

Asimismo el art. 202 de la LCSP dice: “Una vez perfeccionado el contrato, el

órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razón de interés

público en el mismo, siempre que sean debidas a causas imprevistas, justificándolo

debidamente en el expediente, no pudiendo afectar a las condiciones esenciales del

contrato.

Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en

el art. 140.

No obstante el artículo 92 ter de la LCSP, introducido por Ley 2/2011 de

Economía Sostenible establece que el órgano de contratación podrá modificar el

contrato siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido

expresamente tal posibilidad detallándose de forma clara, precisa e inequívoca las

condiciones, alcance y límites de la misma. Con indicación expresa del porcentaje del

precio al que como máximo puede afectar y procedimiento a seguir.

Esta facultad de la Administración, aparte de satisfacer directamente el interés

público, deberá efectuarse dentro de unos límites que establece la legislación vigente, y

que afectan, tanto a las modificaciones cuantitativas como a las cualitativas del contrato.

El art. 282, de la Ley de Contratos del Sector Público dice:

Cuando como consecuencia de modificaciones del contrato de servicios de

mantenimiento acordadas conforme a lo establecido en el art. 202 y a el título V del

Libro I se produzca aumento, reducción o supresión de equipos a mantener o la

sustitución de unos equipos por otros, siempre que los mismos estén contenidos en el

contrato, estas modificaciones, serán obligaciones para el contratista, sin que tenga

derecho alguno, en caso de supresión o reducción de unidades o clases de equipos, a

reclamar indemnización por dichas causas.

Indica asimismo que la modificación propuesta está incluida en el Pliego de

Cláusulas Administrativas que forma parte del contrato en su artículo 26 dentro de la

posibilidad establecida por el artículo 92 ter de la LCSP e incluida en la siguiente:

El capítulo 3 referente a Mejoras con carácter de inversión en las instalaciones,

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415

el art. 23 del PCAP dispone que se deben de aplicar los cuadros de precios del PPT del

Anexo II en función de lo que la Corporación apruebe, siendo la cuantía máxima de

modificación la recogida en el cuadro de precios del artículo 2 del PCAP para este

apartado.

Comprobado la propuesta correspondiente a Mejoras con carácter de inversión

en las instalaciones, asciende a un total de 136.959,81 € IVA incluido para el año 2016

que con la anteriormente aprobada de 28.039,52 asciende a un total de 164.999,33 €

para el año 2016, no superando el límite establecido en el art. 2 del PCAP.

Para a aplicación al caso concreto respecto al importe máximo de las

modificaciones la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 30 de diciembre de

2014 interpretó que el importe máximo de la modificación de este contrato deben ser las

cuantías recogidas en el cuadro de precios del art. 2 del PCAP sin aplicar la revisión de

precios, ni la baja en el tipo de licitación.

Concluye su informe señalando que, en base al artículo 23 del PCAP, que forma

parte del contrato, procede la aprobación de la modificación del contrato en los

términos de la propuesta de la Jefe de Sección de Alumbrado enumerados en la parte

expositiva y correspondiente al apartado 3 del citado artículo, existiendo crédito

adecuado y suficiente según documento RC nº 555/2016 y una vez aprobado se deberá

formalizar el adenda correspondiente conforme a los dispuesto en el art. 140 de la

LCSP.

Con fecha 17 de marzo el Sr. Interventor fiscaliza el expediente señalando que

las modificaciones propuestas están previstas en el art. 26 del PCAP, siendo el importe

de 136.959,81 €.

Por todo lo anteriormente expuesto, en base al artículo 23 del PCAP que forma

parte del contrato, y, vista la propuesta de la Adjunto Jefe del Servicio de Bienes y

Contratación, la Comisión de Bienes y Contratación, en sesión celebrada el día 22 de

marzo de 2016, informó favorablemente el siguiente DICTAMEN, para su posterior

elevación, si procede, al Pleno de la Corporación:

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416

Primero.- Aprobar la modificación del contrato del “MANTENIMIENTO Y

MEJORA DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO

DE SALAMANCA”, suscrito con la empresa ACEINSA MOVILIDAD, S.A., para la

realización durante el año 2016 de una serie de mejoras de alumbrado consistente en

cambiar las luminarias existentes de Vapor de Sodio Alta Revisión de 250 W por

luminarias de tecnología LED:

1.- Cambio de Luminarias LED en varias calles del Barrio de Tejares: Huertas

de la Vega, Obispo Don Jerónimo, Sánchez Ruano, Gil González Dávila, Bernardo

Dorado Montero y Fernando Araujo, cuyo coste asciende a 39.282,15 € (incluidos los

coeficientes de revisión de precios, baja e IVA), suponiendo un ahorro anual de

6.980,73 €, una amortización de 5,63 años, con un plazo de ejecución de dos meses y

contando con la conformidad del contratista.

2.- Cambio de luminarias y disminución de potencia en varias calles del Barrio

Garrido Norte: Obispo Ramírez Villaescusa, Marcelo Fernández Nieto, Acebos, Plaza

del Mirto, Los Nardos, Las Lilas, Petunias, La Encina, Las Moreras, Las Amapolas, Las

Begonias, Calle Mirto, Monleón, Las Cañas, El Trébol y Alfonso IX (entre El Greco y

Federico Anaya) cambiándose en unas calles las luminarias y en otras se baja la

potencia, con un importe de la inversión de 89.917,83 € (incluidos los coeficientes de

revisión de precios, baja e IVA), suponiendo un ahorro anual de 13.058,60 €, un plazo

de amortización de 6,2 años, un plazo de ejecución de dos meses y contando con la

conformidad del contratista.

3.- Cambio de las 9 últimas luminarias a LED en el Barrio Prosperidad para

concluir las actuaciones de años anteriores siendo éstas 8 luminarias en la Avda. de la

Aldehuela y 1 luminaria e la Calle Almansa con un importe de la inversión de 7.759,83€

(incluidos los coeficientes de revisión de precios, baja e IVA), suponiendo un ahorro

anual de 999,61 €, un plazo de amortización de 7,76 años, un plazo de ejecución de dos

meses y contando con la conformidad del contratista.

Segundo.- Formalizar la modificación del contrato en documento administrativo

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417

que, como séptima adenda, se incorporará al contrato suscrito el 29 de mayo de 2013

entre el Excmo. Ayuntamiento de Salamanca y ACEINSA MOVILIDAD, S.A. No

obstante lo anterior, estando prevista la modificación del contrato con carácter

periódico, por razones de economía procesal se dispone que las modificaciones sean

incorporadas al contrato de forma acumulada mediante la suscripción de adendas cada

trimestre natural.

Tercero.- Notificar este acuerdo al contratista ACEINSA MOVILIDAD, S.A. y

dar traslado de su contenido a la Sección de Alumbrado Público”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

13.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE BIENES Y

CONTRATACIÓN SOBRE REVISIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO

DE LIMPIEZA DE CENTROS ESCOLARES Y DEPENDENCIAS

MUNICIPALES, PERIODO ENERO DE 2016 ENERO DE 2017.

“Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 30 de

diciembre de 2010 se adjudicó el SERVICIO DE LIMPIEZA DE CENTROS

ESCOLARES Y OTRAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES, a la empresa

CLEQUALI, S.L. por el precio de 12,99 € más IVA, con una bolsa de 1.463

horas/año gratuitas y otra serie de mejoras, formalizándose el contrato el 14 de enero

de 2011, con una duración de cuatro años, prorrogables por dos años más por mutuo

acuerdo.

Mediante diversos acuerdos tanto de la Junta de Gobierno Local como del

Pleno del Ayuntamiento, se aprobaron varias modificaciones del contrato de

limpieza.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 6 de marzo

de 2015 se aprobó la revisión de precios del presente contrato para el periodo 14 de

enero de 2015 al 13 de enero de 2016 por un precio de 16,71 €/hora (21% IVA

incluido) siendo el precio revisado de 3.172.614,10 €, resultado de aplicar el

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418

porcentaje del 0,935% (variación interanual IPC sector servicios Castilla y León de

diciembre 2013 a diciembre 2014 del 1,1% 85%=0,935%) correspondiendo al

Ayuntamiento la cantidad de 2.942.569,21 €.

Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 4 de

diciembre de 2015 se aprobó la prórroga del contrato, por mutuo acuerdo entre las

partes, por un año más, desde el 14 de enero de 2016 al 13 de enero de 2017.

Con fecha 4 de marzo de 2016, la Sra. Adjunto Jefe del Servicio de Bienes y

Contratación recibe expediente de solicitud de la empresa CLEQUALI, S.L. de

revisión de precios del contrato para el periodo del 14 de enero de 2016 al 13 de

enero de 2017, aplicando un 1,105% conforme al IPC del Sector Servicios de Castilla

y León del periodo diciembre 2014 a diciembre 2015 con el coeficiente reductor.

Con fecha 10 de marzo de 2016, el Sr. Encargado de la Unidad de Servicios

Internos del Área de Régimen Interior informa favorablemente la solicitud.

La Sra. Adjunto Jefe del Servicio de Bienes y Contratación informa con fecha

11 de marzo de 2016 que, de acuerdo con el art. 194 de la Ley 30/2007, de 30 de

octubre, de Contratos del Sector Público, aplicable a este contrato, el órgano de

contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos,

resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos y acordar su resolución

y efectos.

Así el art. 77 de la LCSP regula la revisión de precios de los contratos,

cuando se hubiese ejecutado el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año

desde su adjudicación, debiendo detallar el Pliego de Cláusulas Administrativas

Particulares la forma o sistema de revisión aplicables.

El art. 25 del Pliego de Cláusulas Administrativas que rige la contratación y

forma parte del contrato, establece que una vez transcurrido el primer año de

ejecución del contrato, se revisarán los precios anualmente conforme a la variación

en mas o en menos del IPC referido al sector de Servicios, publicado en la

Comunidad de Castilla y León, con un coeficiente reductor de un 0,15 no pudiendo

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419

superar el 85% de la variación experimentada por dicho índice, de acuerdo con los

arts. 77 y 78 de la LCSP, conforme al IPC de la Comunidad de Castilla y León. El

art. 99.2 de la LCSP caracteriza a los Pliegos como definiciones de los derechos y

obligaciones que asumirán las partes del contrato.

Por tanto, en aplicación del art. 25 del PCAP se revisará el precio/hora

conforme al IPC publicado en el BOE con el coeficiente reductor del 0,15 conforme a

los arts. 77 y 78 de la LCSP. Según consta en el certificado del INE durante el

periodo diciembre 2014-diciembre 2015 en Castilla y León, la variación de precios al

consumo asciende a un 1,3%.

Señala que el precio del contrato quedaría en 16,89 €/hora, con IVA, como

consecuencia de aplicar el porcentaje del 1,3% al precio del contrato, con el

coeficiente reductor del 0,15% quedando en 1,105. Por tanto, si el precio anual del

contrato es de 3.172.614,10 €, aplicando el 1,105%, quedaría en 3.207.671,49 € y la

parte correspondiente al Ayuntamiento es de 2.975.084,60 €

Concluye su informe señalando que procede aprobar la revisión de precios,

comprobándose la existencia de crédito adecuado y suficiente para dicha revisión, así

como para el abono de las diferencias en las facturas desde el 14 de enero de 2016

hasta la fecha de aprobación de la revisión del contrato.

El Sr. Interventor fiscaliza el expediente con fecha 15 de marzo de 2016

señalando que el importe revisado para el periodo 14/01/2016 a 13/01/2017 es de

3.207.671,49 €; que el importe revisado que corresponde al Ayuntamiento de

Salamanca es de 2.975.084,60 €; que el precio hora revisado es de 16,89 €/hora (IVA

incluido). En relación con la existencia de crédito, señala en su informe las

correspondientes retenciones de crédito de ejercicio 2016 aplicables a la revisión de

precios.

Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo señalado en el art.

25 del Pliego de Cláusulas Administrativas, y, vista la propuesta de la Sra. Adjunto

Jefe del Servicio de Bienes y Contratación, la Comisión de Bienes y Contratación, en

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sesión celebrada el día 5 de abril de 2016, informó favorablemente el siguiente

DICTAMEN, para su posterior elevación, si procede, al Excmo. Ayuntamiento

Pleno:

Primero.- Aprobar la revisión de precios del contrato suscrito con la empresa

CLEQUALI, S.L., del SERVICIO DE LIMPIEZA DE CENTROS ESCOLARES Y

OTRAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES, para el periodo 14 de enero de 2016 al

13 de enero de 2017, por un precio de 16,89 €/ hora (base imponible 13,96 + 21%

IVA 2,93 €= 16,89 €) siendo el precio revisado, IVA incluido, de 3.207.671,49 €

correspondiente a aplicar el porcentaje del 1,101 % (variación interanual IPC sector

servicios de Castilla y León de diciembre 2014 a diciembre 2015 del 1,3%, 85% =

1,101) y para el Ayuntamiento la cantidad de 2.975.084,60 €.

Segundo.- Se deberá efectuar la correspondiente liquidación para compensar

las facturas correspondientes desde el 14 de enero de 2016 incrementándolas en

función de la variación de precios aprobada”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

14.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE BIENES Y

CONTRATACIÓN SOBRE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE

LIMPIEZA DE CENTROS ESCOLARES Y DEPENDENCIAS

MUNICIPALES.

“La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 30 de diciembre de 2010

adjudicó el SERVICIO DE LIMPIEZA DE CENTROS ESCOLARES Y OTRAS

DEPENDENCIAS MUNICIPALES a la empresa CLEQUALI, S.L. por el precio de

12,99 € más IVA, con una bolsa de 1.463 horas/año gratuitas y otra serie de mejoras,

formalizándose el contrato el 14 de enero de 2011, con una duración de cuatro años

pudiéndose prorrogar por dos años más por mutuo acuerdo.

Mediante diversos acuerdos de la Junta de Gobierno Local, se aprobaron

varias modificaciones del contrato, con reasignación de horas entre distintos Centros

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Municipales.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 23 de enero

de 2015 se aprobó la prórroga del contrato por un año más con efectos de 14 de enero

de 2015, finalizando el 13 de enero de 2016.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 6 de marzo

de 2015 se aprobó la revisión de precios del presente contrato para el periodo 14 de

enero de 2015 al 13 de enero de 2016 por un precio de 16,71 €/hora (21% IVA

incluido) siendo el precio revisado de 3.172.614,10 €, resultado de aplicar el

porcentaje del 0,935% (variación interanual IPC sector servicios Castilla y León de

diciembre 2013 a diciembre 2014 del 1,1% 85%=0,935%) correspondiendo al

Ayuntamiento la cantidad de 2.942.569,21 €.

Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 4 de

diciembre de 2015 se aprobó la prórroga del contrato, por mutuo acuerdo entre las

partes, por un año más desde el 14 de enero de 2016, finalizando el 13 de enero de

2017.

Con fecha 11 de marzo de 2016, la Sra. Adjunto Jefe del Servicio de Bienes y

Contratación informó la revisión de precios del contrato para el periodo 14 de enero

de 2016 al 13 de enero de 2017 quedando en 16,89 €/hora, estando pendiente de

aprobación por el órgano de contratación.

Con fecha 14 de marzo de 2016, el Sr. Encargado de la Unidad de Servicios

Internos de este Ayuntamiento informa sobre la ampliación del contrato para la

prestación del servicio de limpieza en el Centro Municipal Luis Vives siendo

necesarias 35 horas semanales de lunes a viernes, para las zonas comunes (entradas,

pasillos, ascensor, aseos, patio) como también las aulas destinadas al uso de este

Ayuntamiento con un cuadro de frecuencias asimilable al desarrollado en el Centro

Municipal Julián Sánchez el Charro, y que cuantifica el importe desde el 14 de marzo

hasta el 30 de noviembre de 2016 en 22.032,21 €, resultado de multiplicar 1.304

horas por el precio hora revisado, 16,89 €.

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Con fecha 16 de marzo la empresa CLEQUALI, S.L. presenta en el Servicio

de Bienes y Contratación escrito de conformidad con las modificaciones de fecha 10

de marzo de 2016, relativo al servicio de limpieza de mantenimiento del Centro Luis

Vives en horario de 6:00 a 9:30 horas por dos personas y cuantificando el servicio de

limpieza en 2.117,26 €/mensuales, sin IVA.

Consta documento RC nº 1408, por importe de 20.597,16 € con cargo a la

aplicación 924.10-227.00 para el periodo 1 de abril al 30 de noviembre de 2016.

La Sra. Adjunto Jefe del Servicio de Bienes y Contratación informa con fecha

21 de marzo que, de acuerdo con el art. 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de

Contratos del Sector Público, aplicable a este contrato, el órgano de contratación

ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas

que ofrezca su cumplimiento, modificarlos y acordar su resolución y efectos.

Asimismo el pliego de cláusulas administrativas particulares, que forma parte

del contrato, en sus arts. 26 y 27, regula la modificación y ampliaciones del contrato,

remitiéndose al art. 202 LCSP.

Señala que el precio del contrato varía ya que la modificación consiste en un

incremento de 35 horas semanales para la limpieza del Centro Municipal Luis Vives

que, aunque inicialmente estaba previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas con

el mismo número de horas, pero anteriormente se habían asignado a otros Centros

(Centro Municipal Integrado Vía de la Plata) por el órgano de contratación,

suponiendo, por tanto, un incremento anual del contrato de 25.407,12 € sin IVA, y

para el periodo propuesto desde el 1 de abril 16.938,08 € sin IVA (20.495,08 € con

IVA), y con una prestación de servicios equivalente a la del Centro Municipal

Integrado Julián Sánchez El Charro descrito en el Pliego de Prescripciones Técnicas,

art. 2, apartado Q.

Por tanto considera que se podrá aprobar la modificación del contrato con la

empresa CLEQUALI, S.L. en el siguiente sentido: incorporar el Centro Municipal

Integrado Luis Vives con una limpieza de 35 horas reales, de lunes a viernes y por un

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importe mensual de 2.117,26 €/mensuales, IVA excluido, propuesto por la Empresa,

realizándose conforme al art. 2, apartado Q del Pliego de Prescripciones Técnicas,

suscribiéndose la correspondiente adenda al contrato administrativo, según dispone

el art. 202 en relación con el art. 140 de la LCSP.

Con fecha 22 de marzo de 2016 el Sr. Asesor Jurídico informa que no existe

inconveniente legar en llevar a cabo la modificación que se propone de mutuo

acuerdo de las partes.

El Sr. Interventor fiscaliza el expediente con fecha 29 de marzo señalando

que la ampliación del contrato propuesta se ajusta a la normativa aplicable, no

obstante su eficacia estará condicionada a la existencia de crédito suficiente y

adecuado en los respectivos presupuestos. El importe de la limpieza del Centro

Municipal “Luis Vives” asciende, IVA incluido, a 29.084,58 €/año, lo que representa

un incremento del contrato del 0,9776%; así, el importe del período comprendido

entre el 1 de abril al 30 de noviembre de la anualidad de 2016 es de 19.744,41 €, IVA

incluido, siempre que se apruebe el precio/hora de 16,89 €, caso contrario deberá

revisarse. Asimismo señala que deberá formalizarse la modificación del contrato y

reajustarse la garantía definitiva por importe de 1.201,84 €. También indica que

deberá requerirse a la Fundación Fundaneed el porcentaje de gastos comunes

derivados de la limpieza del Centro, si se aprueba la cesión en uso de parte del

inmueble a referida Fundación.

Por lo anteriormente expuesto y, vista la propuesta de la Sra. Adjunto Jefe del

Servicio de Bienes y Contratación, la Comisión de Bienes y Contratación, en sesión

celebrada el día 5 de abril de 2016, informó favorablemente el siguiente

DICTAMEN, para su posterior elevación, si procede, al Excmo. Ayuntamiento

Pleno:

Primero.- Aprobar la modificación del contrato suscrito con la Empresa

CLEQUALI, S.L., para SERVICIO DE LIMPIEZA DE CENTROS ESCOLARES Y

OTRAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES consistente en la prestación del servicio

de limpieza en el Centro Municipal Luis Vives siendo necesarias 35 horas semanales

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de lunes a viernes en horario de 6:00 a 9:30 horas por dos personas, para las zonas

comunes (entradas, pasillos, ascensor, aseos, patio) como también las aulas

destinadas al uso de este Ayuntamiento con un cuadro de frecuencias, y

cuantificando el servicio de limpieza en 2.46805 €/mensuales, con IVA, siempre que

se apruebe el precio hora de 16,89 €, caso contrario deberá revisarse.

Segundo.- Por haberlo propuesto así los Grupos Municipales representados en

la Comisión de Contratación, la Empresa, oída la representación sindical de la

misma, priorizará la contratación de mujeres que tengan acreditada una situación

personal como víctimas de violencia de género, para la realización de los trabajos

que sean objeto de la presente ampliación del contrato.

Tercero.- Requerir a CLEQUALI, S.L. para la formalización de la adenda al

contrato suscrito con 14 de enero de 2011, reajustándose la garantía definitiva por

importe de 1.201,84 €.

Cuarto.- La eficacia de la ampliación del contrato estará condicionada a la

existencia de crédito suficiente y adecuado en los respectivos presupuestos”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SRA. CARRERA GARROSA: Bueno, esta modificación supone de

primera partida una desviación de un fondo público, de un dinero público a una

empresa privada para que gestione un servicio, en este caso limpie el Colegio Luis

Vives. Entendemos que además este tipo de desviación, este tipo de traspaso de

dinero público a la empresa privada, lleva sobre todo garantizado una serie de

beneficios que muchas veces tienen que ver con la práctica laboral que estas

empresas hacen.

Prácticas laborales extremadamente precarias o que tienen poca dignidad

laboral, que hacen que en muchos casos las empresas se ahorren costes salariales

y costes que afectan a las plantillas en este caso, trabajadores y trabajadoras.

Creemos que en la actualidad, con la asignación que se da a este servicio, con la

asignación que se va a dar con esta modificación, hay la posibilidad de contratar

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de una manera mucho más digna y esto supone hablar con jornadas de contratos a

jornadas completas.

Entendemos, o creemos que este aumento que supone casi un 1% del

importe hasta el mes de noviembre, y hablando en términos económicos de 1.200

euros mensuales, con este dinero perfectamente se podía contratar a una persona a

jornada completa con el convenio colectivo de la ciudad de Salamanca vinculado

a la limpieza de edificios, locales, etc.

En la actualidad esta empresa nos tiene habituados a prácticas en los que la

contratación muchos casos tiene que ver con la norma básica laboral que es el

Estatuto de los Trabajadores, estaríamos hablando que mientras que una

trabajadora a jornada completa, con un convenio colectivo como el de limpiezas

podría cobrar alrededor de 500 euros, actualmente no va a llegar a esta cifra,

cuando se permitiría perfectamente por el dinero que están recibiendo a través de

esta modificación. Es importante que destaquemos esto, porque entendemos que

los puestos de trabajo precarios que se generan muchas veces con ese tipo de

modificaciones no son la solución. La solución, evidentemente tiene que ver con

contratos dignos, contratos no precarios y contratar jornadas más largas. Ya

hablamos de que en la actualidad, o conocemos que en la actualidad en este

Ayuntamiento conviven determinados trabajadores con situaciones laborales

realmente, no precarias, sino cuestionables desde la dignidad laboral.

Entendemos y obviamos, apostamos por positivo, el que se vincule este

tipo de contrato a personas, mujeres en este caso, con acreditación de víctimas de

violencia de género. Nos parece fundamental que haya un apoyo a este colectivo y

que evidentemente es un paso adelante para mejorar las condiciones de trabajo de

estas trabajadoras víctimas. No olvidemos también y siendo optimistas que en este

caso la empresa obtendrá una bonificación de 125 euros al mes porque creemos

que de alguna manera hará una contratación de carácter indefinido al ser un

servicio que tiene carácter de subrogación.

A Ganemos, la idea de pensar que cualquier servicio público se ve de

nuevo vinculado a la empresa privada nos horroriza, nos horroriza enormemente

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porque la solución no es ir dando pequeñas modificaciones a la empresa

“Clequali” sino que el dinero público se invierta en generar puestos de trabajo que

generen una estabilidad y evidentemente una dignidad. Hablaríamos por tanto de

que estos servicios no deben externalizarse sino ser utilizados para contratar

trabajadores municipales que están muy lejos de percibir salarios tan bajos como

los que perciben actualmente las trabajadoras que van a entrar a este tipo de

contratos.

Creemos que hay una oportunidad. Hay una oportunidad puesto que

tenemos ahora mismo un convenio encima de la mesa de la Junta de Castilla y

León por el cual tienen que contratarse 56 puestos de trabajo vinculados a nuestra

administración, a la administración local. ¿Es cierto que esos contratos de trabajo

sólo tienen una duración de seis meses? Si es cierto, pero también es cierto que el

contrato que tenemos actualmente suscrito con la empresa Clequali finaliza a

finales del mes de enero de 2017, por lo que clarísimamente puede ser una

solución el que a través de estos contratos que existen en la actualidad, por el

convenio que tenemos con la Junta, se pueda contratar una trabajadora adscrita al

servicio, a la administración local y dejar de estar planteando ofertas de trabajo

bastante precarias.

Entendemos que es el momento también como ha salido en varias

intervenciones en este Pleno, es el momento en el que tengamos de verdad una

oferta de empleo público digna, que cubra las demandas y las necesidades que

este Ayuntamiento necesita, porque hasta la actualidad, no está siendo así.

Así que no nos vale que nos hablen de estabilidad presupuestaria porque

ustedes cuando quieren se saltan la ley, y de su palabra ya hace mucho tiempo que

no nos fiamos, y les pedimos también que como saldrá adelante este dictamen y

esta modificación, haya una vigilancia para que esa propuesta que hicieron

algunos compañeros respecto de las víctimas de violencia de género, puedan ser

las destinatarias de estos contratos, y en segundo caso que haya también una

vigilancia para que estas trabajadoras que vayan a ser contratadas, no lo hagan con

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menores condiciones laborales, sino que realmente se les aplique un convenio

colectivo que garantice como mínimo la dignidad salarial.

SR. CASTAÑO SEQUEROS: Quisiera decir que a mí me hubiera gustado

hablar también en relación al alumbrado, y en relación a este punto, pero

sinceramente me he encontrado apretado por la ausencia de Tina. Y si, ya sé, ya

conocen ustedes que soy un poco excéntrico a estas alturas, pero sí me gustaría

dedicarle un par de palabras y en ese aspecto pediré la comprensión tanto de los

Grupos Municipales como del público, así como de los periodistas.

Yo le tengo alergia a las flores, pero no le tengo alergia a la muerte. Y

siempre he sentido que en la educación hemos tenido un déficit, porque de la

muerte no se habla ni se escucha, de la muerte se dan minutos de silencio. Se trata

como si fuera un hecho anti-natura. Y a mí siempre me gustan las palabras que me

dedicó un amigo mío que se moría, a todos nosotros, al grupo, a la pandilla, que

nos dijo que la muerte no es el contrario de la vida, la vida es el intervalo que se

da entre el nacimiento y la muerte. Entonces, a pesar de lo que podamos creer se

abre una gran esperanza y no deja de ser un gran viaje.

Y en este aspecto, ya uniendo, para que parezca que por lo menos he

tratado los puntos del orden del día en cuanto a la educación y las luminarias, sí

recuerdo además otro déficit que teníamos en el colegio, porque ya os digo que en

eso nos ganan los orientales, que nosotros sabremos hacer mejores puentes, pero

los puentes que de verdad importa no sabemos tenderlos.

Y recuerdo también en el colegio que cuando se hablaba de Juan Ramón

Jiménez se definía como un “poeta sin sal”, se decía que era algo así como la

poesía pura que no decía nada, pero nada de nada.

Y cuando me hice mayor, me preguntaba ¿A mí qué literatura me

enseñaron en el colegio? Y parafraseándole, me gustaría citar unos versos suyos

que dicen algo así como: “A dónde vas Tina, a otro lugar, donde el cielo sea más

alto y no brillen ante mi tantos luceros”. Me gustaría recordar que Tina ha sido un

cargo público, pues a pesar de que ha sido un cargo público y de su notoriedad, ha

dejado más amigos que conocidos. Ojalá yo pueda decir lo mismo. Gracias por

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vuestra comprensión.

SR. FERRERAS DE LA FUENTE: Estamos tratando el dictamen de una

comisión en la que yo sí que estuve, entonces, puedo hablar con conocimiento de

causa. En este dictamen de esta comisión, los técnicos municipales habían

requerido para la limpieza del Colegio Luis Vives dos personas en horario de seis

de la mañana a nueve y media. Cuando se planteó en la comisión, la necesidad de

ampliación del contrato de la limpieza para este Centro Luis Vives, a propuesta

del Grupo Municipal Socialista comentamos la posibilidad de hacer ya uso de un

tema que veníamos trabajando en él que son la incorporación de las cláusulas

sociales, y así, solicitamos que se contemplase en el contrato esta ampliación pero

con una condición. La condición es que las personas que se iban a contratar

tuvieran acreditadas ya una situación personal como víctimas de violencia de

género. El resto de los grupos, después de una discusión, se llegó a un acuerdo y

estábamos, si mal no recuerdo, todos de acuerdo en que se realizaría esta

ampliación, pero con la condición de que una vez oída como bien dice el

dictamen, la Junta de personal de la empresa, se contratase a las personas que

tenga acreditada una situación personal como víctimas de violencia de género. Era

una fórmula más de ir introduciendo ya las cláusulas sociales. Cláusulas sociales

que luego veremos, este Grupo Municipal Socialista considera que deben ser

incluidas en toda la contratación pública.

SR. GARCÍA CARBAYO: Ha resumido usted muy bien Don Arturo lo

que ocurrió en aquella sesión de la Comisión de Contratación. Efectivamente nos

encontrábamos ante la necesidad de dotar de un mayor número de horas de

limpieza al centro Luis Vives, de hacerlo de acuerdo con algún procedimiento

establecido en el pliego de condiciones, y con esta posibilidad, se establece una

modificación voluntaria que permite asignar esa serie de horas. Más que una

discusión se produjo una puesta en común de los distintos pareceres,

efectivamente, en el ámbito de la comisión, y llegamos al acuerdo a partir de esa

propuesta de que sería interesante, sería conveniente que la empresa contratara a

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dos personas, si era el caso, para que personas víctimas de violencia de género

pudieran tener la oportunidad de acceder a este tipo de prestación laboral.

Ese fue el acuerdo de los Grupos Municipales que yo creo que es un

acuerdo beneficioso para todas las partes.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con la abstención del Grupo Ganemos

Salamanca [4 concejales], y los votos a favor de los Grupos Socialista [7

concejales], Grupo Ciudadanos [3 concejales] y el Grupo Popular [12

concejales] acuerda, por 22 votos a favor, aprobar el dictamen que antecede.

COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE.

15.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE

SOBRE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO

PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA

PROVINCIA-GIRSA.

“La Comisión Municipal de Medio Ambiente, en Sesión celebrada el día 30

de marzo de 2016, ha conocido de la Modificación de los Estatutos del Consorcio

para la Gestión Integral de Residuos en la Provincia de Salamanca (GIRSA),

habiéndose emitido Informes al respecto por el Director del Área de Medio

Ambiente con fecha 25 de septiembre de 2014 y por el Sr. Asesor Jurídico

Municipal con fecha 1 de marzo de 2016.

Por el Consorcio se aprobó en Sesión de la Asamblea General celebrada el

día 30 de junio de 2014 la modificación de los Estatutos del Consorcio para la

Gestión Integral de Residuos en la Provincia de Salamanca (GIRSA).

El artículo 7 bis 2 e) de los Estatutos de GIRSA exige la ratificación del

acuerdo de modificación de los Estatutos de GIRSA por las Entidades

Consorciadas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 47.2 g) de la Ley 7 /1985 de 2 de

Abril de Bases de Régimen Local ( LBRL) se exige el quórum de mayoría

absoluta del número legal de miembros de la Entidad para la adopción del

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acuerdo.

Esta Comisión Informativa, por unanimidad, de conformidad a lo establecido

en los Estatutos y en el artículo 49 de la LBRL , propone al Pleno adopte los siguientes

ACUERDOS:

PRIMERO.- APROBACIÓN INICIAL de la Modificación de los Estatutos

del Consorcio para la Gestión Integral de Residuos en la Provincia de Salamanca (

GIRSA), en los términos que han sido aprobados por la Asamblea General del

Consorcio Gestión Integral de Residuos en la Provincia de Salamanca (GIRSA).

SEGUNDO.- ENCOMENDAR al Consorcio para la Gestión Integral de

Residuos en la Provincia de Salamanca ( GIRSA), que realice los trámites de

exposición al público, así como cualesquiera otros de mera gestión, que fuesen

necesarios para llegar a la aprobación definitiva y entrada en vigor de la presente

modificación.

TERCERO.- Este acuerdo de aprobación inicial, será sometido de nuevo al

Pleno/Asamblea para su aprobación definitiva, caso de existir alegaciones, y fueran

admitidas por la Asamblea General, de lo contrario se entiende automáticamente

elevado a definitivo este acuerdo inicial”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SRA. CARRERA GARROSA: Simplemente comentar que esta

modificación no es un capricho, esta modificación es una obligación, una

exigencia de adaptar los estatutos de GIRSA a la actual normativa y tal como

refleja la disposición transitoria sexta de la Ley de Racionalización y

Sostenibilidad de la Administración Local, nos obliga a modificar los estatutos.

Pero es que además esta disposición reconoce el plazo concreto durante el

que podemos o tenemos la posibilidad de modificar estos estatutos. Y la Ley

reconoce expresamente que el plazo para modificarlos es de un año. ¿Saben

cuándo se aprobó esta ley? Esta ley se apruebe el 30 de diciembre de 2013 ¿Saben

cuándo entra en vigor? Entra en vigor el 31 de diciembre de 2013.

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Si la ley reconoce que el plazo es de un año, a mis cuentas, no hace falta

ser muy lista para saber que llevamos, un año, tres meses y ocho días de retraso

respecto a esta modificación. ¿Por qué este retraso?. La pregunta es ¿por qué este

retraso?

Este Ayuntamiento que es el más grande del consorcio de GIRSA tendría

la obligación de dar ejemplo y ser los primeros que modificaran este tipo de

situaciones. Porque evidentemente si los más grandes y quizás con más recursos

no lo hacemos imagínense qué pasará con los que sean más pequeños y tengan

menos posibilidades.

Es más, no es una cuestión solo de ser los primeros y dar ejemplo, es una

cuestión también de cumplir la ley que aquí parece que la ley se cumple cuando

quiere. Muchas veces escucho en este Pleno y en las comisiones informativas que

ustedes, señores y señoras del Partido Popular son los primeros que cumplen la

ley. Evidentemente, parece que aquí se cumple la ley, solamente cuando ustedes

quieren.

SRA. FRESNADILLO MARTÍNEZ: Bueno Doña Virginia, ya se lo

comenté en la comisión, el proceso de modificación de los estatutos del GIRSA es

un proceso complejo. El primer paso es la aprobación por el Pleno de la Asamblea

General tras los preceptivos informes técnicos de Secretaría y de Intervención del

GIRSA. Posteriormente esa aprobación debe ratificarse por cada ente consorciado,

por la Diputación, por el Ayuntamiento de Salamanca, por los municipios, y por

los municipios mancomunados. Y eso se ha ido haciendo, pero dada la gran

cantidad de entidades consorciadas y en pro de la eficacia, ya que cada posible

modificación, debe ser estimada nuevamente por la Asamblea General y remitida

de nuevo a los entes consorciados, se decidió que los municipios pequeños,

bueno, pues, aprobaran sus modificaciones fueran tenidas en consideración de una

forma previa.

Es una manera de propiciar la participación de esos municipios más

pequeños. Y como le decía, se decidió que el Ayuntamiento de Salamanca fuera el

último en aprobar estos estatutos y esto se ha hecho. Por cierto, con todos los

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informes, tanto del Director del Área de Medio Ambiente, como de Secretaría e

Intervención, como de Asesoría Jurídica, bueno, pues positivamente.

SRA. CARRERA GARROSA: Evidentemente ha explicado muy bien el

proceso de cómo aprobar o llegar a la aprobación final de estos estatutos, pero la

tarea inicial que tiene este Ayuntamiento llega tarde, es decir, hay un informe de

Intervención, Secretaría de Diputación y Medio Ambiente desde hace un año y

medio, y estamos ahora fuera del plazo hablando de los estatutos. Podemos

facilitar las cosas a los municipios pequeños, podemos facilitar las cosas al resto

de consorciados, pero evidentemente dentro de la legalidad porque entonces

parece que la norma se utiliza dependiendo del estado, la situación o el capricho

de un grupo político, y por eso no estamos dispuestos a pasar.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

16.-ASUNTOS DE URGENCIA.

No se presentaron.

17.- MOCIONES.

17.1.- MOCIÓN CONJUNTA DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

MUNICIPALES SOBRE ADOPCIÓN DE ACUERDO EN MATERIA DE

INCORPORACIÓN DE CLÁUSULAS SOCIALES EN LA

CONTRATACIÓN PÚBLICA.

SR. SECRETARIO. El texto de la moción es el siguiente:

“La contratación pública no puede constituir solamente un medio para

adquirir materias, obras y servicios en las condiciones económicas más ventajosas

para las administraciones, es decir, al menor precio. Además, debe contribuir a la

consecución de objetivos sociales y medioambientales, formando parte de las

políticas públicas que se aplican en el ámbito económico, social y político.

La importancia de la contratación pública, tanto desde un punto de vista

cuantitativo -representa entre el 16 y el 18 % del PIB- como cualitativo -realiza

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las principales obras, suministros y servicios del país-, la convierten en un

instrumento adecuado para mejorar los estándares sociales y ambientales.

La inclusión de criterios sociales y medioambientales en la contratación

pública vienen siendo admitidos y fomentados tanto por las instituciones

comunitarias (Comunicación interpretativa de 15 de octubre de 2001; Directiva

2004/18/CE; documento de la Comisión Europea “Adquisiciones sociales: una

guía para considerar los aspectos sociales en las contrataciones públicas”), como a

nivel nacional (Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se

aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP);

Ley 31/2015 de 9 de septiembre), y autonómico, entre otras (Generalitat de

Cataluña – Guía para la inclusión de cláusulas contractuales de carácter social-;

Gobierno Vasco –Acuerdo de 29 de abril de 2008 sobre incorporación de criterios

sociales, ambientales y de otras políticas públicas en la contratación).

En base a esta legislación, se pueden incorporar cláusulas sociales en los

pliegos que regulan las contrataciones públicas complementando y mejorando las

valoraciones técnicas y económicas, como así ha sido realizado por los

Ayuntamientos de Castellón y Avilés mediante la aprobación de una “Instrucción

para incorporación de cláusulas sociales en los contratos públicos”.

El Pleno del Ayuntamiento de Salamanca, en sesión celebrada el 4 de

marzo de 2016 encomendó a la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y

Régimen Interior del Ayuntamiento de Salamanca la elaboración de una propuesta

donde se indicara el volumen o porcentaje anual respecto del total presupuestario

que deberá ser adjudicado mediante la figura del contrato reservado. Parece lógico

continuar con la incorporación y aplicación de cláusulas sociales tanto en los

criterios de selección, como de adjudicación y ejecución de la contratación

pública de este Ayuntamiento.

Estos criterios sociales deben hacer referencia, entre otros: a la

incorporación de trabajadores con discapacidad o en riesgo de exclusión social, al

porcentaje de plantilla indefinida que ejecutará la prestación, a la igualdad de

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oportunidades entre mujeres y hombres, a la contratación de mujeres víctimas de

violencia de género y a las condiciones laborales (seguridad y salud laboral) y

salariales.

Por lo expuesto, los Grupos Políticos Municipales, al amparo de lo

establecido en el artículo 88 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del

Excmo. Ayuntamiento de Salamanca, proponen al Pleno de la Corporación la

adopción de los siguientes acuerdos:

1.-Encomendar a la Comisión de Bienes y Contratación del Ayuntamiento

de Salamanca la constitución de una Comisión Técnica con representación

política de todos los grupos en la que, previa consulta a los agentes económicos y

sociales, elabore una Instrucción que incorpore criterios sociales en la

contratación del Ayuntamiento de Salamanca para su presentación y aprobación

por el Pleno”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar la

moción que antecede.

17.2.- MOCIÓN DE LOS GRUPOS MUNICIPALES GANEMOS

SALAMANCA, SOCIALISTA Y CIUDADANOS SOBRE LA

MODIFICACIÓN Nº 12 DEL P.G.O.U. “SECTOR SUNC Nº 33 PASEO

CARMELITAS/HOSPITAL SANTÍSIMA TRINIDAD.

El texto de la moción es el siguiente:

“El urbanismo tiene encomendadas, entre otras funciones, la gestión del

planeamiento municipal y el control del cumplimiento de la normativa en vigor y

de las condiciones de instalación de las construcciones. Las funciones de las

administraciones públicas con competencia en materia urbanística deben estar

encaminadas, en todo caso, a cumplir con las previsiones de la legislación vigente

y velar por la satisfacción del interés general a través de las diferentes actuaciones

urbanísticas que se produzcan en el ámbito territorial de su competencia. Toda

actuación contraria a estos objetivos generales puede merecer el reproche desde la

perspectiva política y, si es objeto de recurso, también en el ámbito judicial.

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En este sentido, y acudiendo a nuestro texto constitucional, el artículo 47

advierte de la obligación de los poderes públicos para proceder a regular la

utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la

especulación, exigiendo además que la comunidad participe en las plusvalías que

genere la acción urbanística.

El Ayuntamiento de Salamanca, por medio de Acuerdo de fecha 7 de

mayo de 2009, aprobó el Estudio de Detalle para la modificación de la

Ordenación Detallada del Sector SU-NC nº 33 “Pº de Carmelitas/Hospital de la

Stma. Trinidad”, promovido por Palco 3, S.L., y publicado en el Boletín Oficial

de Castilla y León de 27 de mayo de 2009. Este acuerdo fue recurrido por la

“Asociación Vecinos tras el Muro”, resultando este recurso rechazado por el

Ayuntamiento el 10 de septiembre de 2009 y motivando la impugnación por la

citada asociación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ, en

adelante) el 20 de noviembre de 2009. El Estudio de Detalle permitió una

transferencia de edificabilidad para conceder al terreno que alberga hoy día la

construcción de los 9.980 m2 iniciales a los 10.860 m

2 -880 m

2 más de

edificabilidad-.

En la sentencia de 18 de marzo de 2013, el TSJ declaró nulo de pleno

derecho el Estudio de Detalle aprobado por el Ayuntamiento al vulnerar el

artículo 45.2 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, pues la utilización de

este instrumento –promovida por la empresa Palco 3, S.L.- no puede modificar la

ordenación general establecida en el P.G.O.U. de la ciudad. Esta sentencia fue

recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, que resolvió mediante Auto de 30

de enero de 2014 la inadmisión del recurso presentado y declarando la firmeza de

la sentencia del TSJ de 18 de marzo de 2013.

Con fecha de registro de Entrada 12 de noviembre de 2014 se presenta en

este Ayuntamiento por la Mercantil Palco 3 S. L., documento de modificación

puntual Paseo de Carmelitas/hospital de la Santísima Trinidad” del P.G.O.U. de

Salamanca (con fecha octubre de 2014). Se abre Expediente en el Área de

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Urbanismo 000350/2014 INFG, y se remite el 15 de diciembre de 2014 la citada

documentación al Patronato de la Vivienda. La documentación completa para la

modificación puntual es aportada por la mercantil Palco 3, S.L. el día 3 de febrero

de 2015. Esta solicitud de modificación puntual, a propuesta de la mercantil, se

acaba aprobando inicialmente tan sólo dos días después por la Comisión de

Fomento el 5 de febrero de 2015 y un día después en la sesión Plenaria de 6 de

febrero de 2015 –en la que se introduce por la vía de urgencia el punto en el

Orden del Día-, y únicamente con los votos favorables del Partido Popular. Dicha

aprobación fue recurrida por las Asociaciones Asanber y Avemur el 24 de abril de

2015, sin haber tenido respuesta hasta la fecha actual.

Parece oportuno en este momento recordar que, para la construcción de

este edificio situado en el sector urbano antes mencionado, se procedió a la

apertura de una nueva calle para cuya urbanización se procedió a la modificación

sucesiva por tres veces de rasantes, cada una elevada respecto de la anterior para

intentar legalizar el exceso de altura del edificio, lo que fue aprobado por

Resolución de Alcaldía de 14 de septiembre de 2010. Asimismo, la edificación

estaba concebida inicialmente para albergar 101 apartamentos, local comercial,

locales de oficina y local garaje, también aprobado por la vía de urgencia sin

haber pasado por la Comisión de Fomento por Resolución de Alcaldía de 14 de

septiembre de 2010, ya que en ese momento se había denunciado por la

asociación Avemur que ya se estaba usando como hotel para turistas y selecciones

de baloncesto sin ninguna licencia, ni siquiera de Primera Utilización, lo que

simplemente originó un expediente sancionador y su cierre al cabo de tres

semanas; uso que fue modificado y aprobado por Resolución del Quinto Teniente

de Alcalde el 12 de septiembre de 2011 para convertirse en hotel, autorizando

también las consiguientes obras de adecuación, resultando la licencia de esta

resolución municipal anulada por la Sentencia del TSJ de 18 de noviembre de

2015, que fue declarada firme por el propio TSJ el pasado 22 de enero de 2016.

En base a los argumentos antes expuestos, y centrando la cuestión en el

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ámbito urbanístico, cabe entender que las actuaciones realizadas por este

Ayuntamiento por los sucesivos Equipos de Gobierno municipales del Partido

Popular en materia urbanística relativas a la construcción de esta edificación, no

han sido conformes a la defensa de los intereses generales. En este sentido, la

modificación puntual puesta en marcha y aprobada en febrero del año 2015, tal y

como se manifestó en la sesión plenaria en que la cuestión fue abordada y en los

recursos presentados por las asociaciones Asanber y Avemur, no responde a

nuestro juicio a una gestión urbanística conducente a la preservación y defensa de

los intereses generales y el cumplimiento de la legalidad, sino a resolver los

problemas de incumplimientos urbanísticos que tiene el citado edificio en relación

con el PGOU vigente.

Por todo lo antes expuesto, para su aprobación por el Ayuntamiento-Pleno,

se propone la adopción de los siguientes acuerdos:

1. Instar al Concejal Delegado de Fomento y Patrimonio para que continúe la

tramitación de la modificación puntual nº 12 del P.G.O.U. relativa al “Sector SU-

UN-Nº 33 Paseo Carmelitas/Hospital Santísima Trinidad”, aprobada inicialmente

en Pleno de 6 de febrero de 2015 y lo someta a la consideración del Pleno, a la

mayor brevedad posible o, en su caso, de cuenta de las causas que lo impidan.

2. Restaurar la legalidad urbanística con aplicación del PGOU vigente”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR RISCO ÁVILA: Presentamos hoy en este pleno esta moción, después

de haber hecho preguntas en otras sesiones plenarias y en multitud de reuniones

de la Comisión Informativa de Fomento y Patrimonio. El objetivo de todas estas

iniciativas por parte de los Grupos Municipales de la oposición ha sido traer al

pleno la exigencia para que por parte del Equipo de Gobierno del Partido Popular

se afronten los problemas de legalidad urbanística que tiene el edificio del Hotel

Corona Sol en el mencionado sector.

Y para ello es imprescindible comenzar por la restauración de la legalidad

urbanística sin que eso pueda llevarse a cabo mediante una modificación del

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PGOU que adapte la normativa a los incumplimientos. Por el contrario, en nuestra

opinión, solo se puede hacer adaptando lo construido a la normativa que toda la

ciudad tiene que cumplir, el Plan General que hemos mencionado.

En la justificación de esta moción hemos empezado por dejar constancia

de que es imprescindible cumplir el principio de la legalidad también en materia

urbanística. Este Ayuntamiento ha de someter su actuación a la Ley y a las normas

del Plan General. Esta es una cuestión que no ofrece duda, incluso desde el nivel

constitucional en su artículo 47, y también en la Ley de Urbanismo de Castilla y

León en el que dice claramente que el uso del suelo ha de realizarse conforme al

interés general.

En la propia exposición de motivos de esta moción, ya recogemos la

incidencia urbanística más importante que se ha producido en este sector Nº 33 de

la Trinidad, y en el edificio denominado Hotel Corona Sol como fue la aprobación

por el Ayuntamiento, el 7 de mayo de 2009, de un Estudio de Detalle cuyo

objetivo era dotar de la edificabilidad construida por el hotel, más de lo que en

principio le había otorgado la licencia de fecha 7 de septiembre de 2005 según la

propia documentación de la modificación en torno a 880 m2.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en sentencia de 18 de

marzo de 2013, declaró nulo este Estudio de Detalle por vulneración del artículo

45 de la Ley de Urbanismo, sentencia que fue recurrida pero el Tribunal Supremo

no admite el recurso y la declara firme en enero de 2014.

En noviembre de 2014, la sociedad promotora Palco 3 presenta un

documento para la modificación puntual del Plan. Esta solicitud de modificación

puntual, después de pasar por la Comisión de Fomento el 5 de febrero de 2015,

solo un día después, es aprobada en sesión plenaria en la que se introduce por vía

de urgencia y únicamente con los votos favorables del Partido Popular.

Esta aprobación es sometida posteriormente a información pública en la

que se presentaron alegaciones por las asociaciones de vecinos ASANBER y

AVEMUR, pero no ha continuado su tramitación impidiendo al Pleno, el órgano

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competente, pronunciarse sobre ella. Es importante también resaltar que la

construcción del Hotel Corona Sol continuó realizándose hasta su total

terminación.

Parece oportuno también en este momento recordar que para la

construcción de este edificio situado en el sector urbano mencionado, se procedió

a la apertura de una nueva calle para cuya urbanización se procedió a la

modificación sucesiva, por tres veces, de rasantes cada vez elevada respecto a la

anterior, para intentar legalizar el exceso de altura del edificio lo que fue aprobado

por resolución de Alcaldía de 14 de septiembre de 2010.

Asimismo, la edificación estaba concebida inicialmente para albergar 101

apartamentos, local comercial, locales de oficina y local de garaje. También

aprobado por vía de urgencia sin haber pasado por la Comisión de Fomento por

resolución de Alcaldía de 14 de septiembre de 2010. Ya que en ese momento se

había denunciado por la asociación AVEMUR que ya se estaba usando como

hotel para turistas y selecciones de baloncesto sin ninguna licencia, ni siquiera de

primera utilización, lo que simplemente originó un expediente sancionador y su

cierre al cabo de tres semanas. Uso que fue modificado y aprobado por resolución

del Quinto Teniente de Alcalde, de doce de septiembre de 2011 para convertirse

en hotel autorizando también las consiguientes obras de adecuación.

Esta licencia, otorgada mediante esa resolución, ha sido anulada por

sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 18 de noviembre de 2015 que fue

declarada firme en fecha 22 de enero de 2016. En base a los argumentos expuestos

y centrando la cuestión en el ámbito urbanístico, cabe entender que las

actuaciones realizadas por este Ayuntamiento por los sucesivos equipos de

gobierno municipales del Partido Municipal en materia urbanística relativas a la

construcción de esta edificación, no han sido conforme a la defensa de los

intereses generales. La modificación puntual puesta en marcha y aprobada en

febrero de 2015, tal y como se manifestó en esa misma sesión plenaria que la

cuestión fue abordada y en las alegaciones presentadas por las asociaciones

ASANBER y AVEMUR, esta modificación, decimos, no responde a nuestro

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juicio a una gestión urbanística conducente a la defensa de los interese generales.

Por todo lo expuesto, se propone la adopción de los siguientes acuerdos:

1.- Instar al Concejal Delegado de Fomento y Patrimonio para que

continúe la tramitación de la modificación puntual nº 12 del P.G.O.U. relativa al

“Sector SU-UN- Nº 33 Paseo Carmelitas/Hospital Santísima Trinidad”, aprobada

inicialmente en Pleno de 6 de febrero de 2015 y lo someta a la consideración del

Pleno, a la mayor brevedad posible o, en su caso, de cuenta de las causas que lo

impidan.

2.- Restaurar la legalidad urbanística del edificio construido con aplicación

del PGOU vigente.

SR. CASTAÑO SEQUEROS: Los papeles me los han tenido que bajar

porque era Tina la que se encargaba de traérmelos, siempre se me olvidaban, y

como a ella le gustaban mucho mis chascarrillos, quiero decir que el “Vivo al

bollo” y que este bollo se está quemando en el horno. Porque hubo mucha prisa en

introducirlo por una modificación puntual de todo un Plan General, que parece

hecho a la carta, en menos de tres días, de un 3 de febrero a un 6 de febrero,

pasando por una comisión por vía urgente por parte del pleno de la Corporación y

desde entonces nada. Parece que está durmiendo el sueño de los justos y parece

que se está requemando. ¿Qué problema hay porque lo discutamos? Está claro,

porque de fondo suenan diferentes sentimientos a los que había en la anterior

legislatura en esta Corporación Municipal.

Y es un asunto que debe tratarse porque como ha señalado Don Gabriel

Risco, llaman la atención diferentes cuestiones, sobre todo lo de la calle. Para

alguien que no entienda de urbanismo, que se eleve tres veces la misma calle y

que pases por allí y que parezca que es una calle un poco extraña en la que los

edificios están más abajo de lo que aparentemente debería corresponder; y te

pueden decir que hay razones técnicas, y si hay razones técnicas, pues muy bien,

podríamos aceptarlas. De hecho sería una solución que podría adoptarse en otras

calles cosa que no he visto en las otras delineaciones de nueva creación, o sea que

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es un caso aparentemente excepcional.

También sé que esta Corporación Municipal no creó en ningún caso, que

sería partícipe de situaciones tan extrañas y tan anómalas. Me consta la

profesionalidad de los responsables de esta Corporación Municipal. No me consta,

he de decirlo, la misma profesionalidad respecto de los anteriores miembros de la

anterior Corporación, en relación a este campo y a esta área. Siento reconocerlo de

esta manera. Nosotros hemos apoyado a esta Corporación, apoyamos a la actual

Corporación en relación a todos sus miembros, no hubiéramos apoyado

seguramente a la anterior. No tuvimos por qué apoyarla, porque todos sabemos

que hubo un proceso de limpieza o de corrección o una actualización de las listas

en su día motivada seguramente porque la prensa hizo un trabajo, bastante

saneante al respecto.

Siento ser tan duro, siento ser tan agrio, pero, es como lo siente una parte

de la ciudadanía. En este aspecto decir que creemos que se ha abierto un nuevo

marco en el que el interés general prima sobre el interés particular, en el que estas

urbanizaciones a la carta o estos planeamientos han pasado a una época distinta y

en el que estamos seguros de que no sucederá ni en esta legislatura ni en las

próximas por parte de ningún miembro de esta Corporación, ya sea de la

Presidencia o de la oposición.

Dicho esto, pues pedimos que se debata el planeamiento en cuestión, el

plan, la modificación del PGOU y que cada parte exponga sus razones de una

forma clara y pública a fin de que se clarifique este asunto y podamos mirar para

adelante y podamos cumplir con la legalidad urbanística.

SR. VEGAS SÁNCHEZ: Bien, el Grupo Municipal Socialista,

lógicamente como co-redactor y co-firmante de esta moción, la apoyará sin duda

alguna y en este sentido hacemos nuestra la defensa y exposición hecha por el Sr.

Risco Ávila y también parte de las palabras que ha utilizado el Sr. Castaño

anteriormente.

Tenemos que decir que, sin duda alguna, esta moción es una moción fruto

del diálogo, del consenso de los Partidos Políticos de la oposición y sobre todo de

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la sensibilidad política. Sensibilidad política en defensa del interés común, del

interés público y del interés general y cómo no, atendiendo y recogiendo las

reivindicaciones de un número importante de vecinos de esta ciudad que se ven

afectados por la nefasta actuación por la ilógica actuación del Equipo de Gobierno

del Partido Popular en materia urbanística una vez más. Y es que como bien

saben, este calvario que llevan pasando y sobre todo con este tema urbanístico y

con este sector, obliga a que se tomen cartas en el asunto y cuanto antes mejor

para poder poner de relieve la legalidad urbanística.

Resulta que ya hace un año y dos meses, ya un compañero nuestro de

Corporación, de la Corporación anterior, Joaquín Corona, mostraba sus sorpresa

por la celeridad por la rapidez con la que se había tratado este asunto. En tan solo

tres días desde que la promotora presentó la documentación completa. Es cierto

que un mes antes se había presentado parte de la documentación, pero la

documentación completa la presentó un tres de febrero y un seis de febrero,

después de haber aparecido todos los informes técnicos necesarios con una

celeridad absolutamente sorprendente y batiendo todos los récords de eficacia

profesional, se trajo a un pleno, también con carácter de urgencia, para hacer esa

aprobación inicial.

Hacen buenos en este sentido ustedes el refrán popular de “Arrancada de

caballo andaluz, y parada de burro manchego” porque desde esa rapidez para

aprobar inicialmente esta modificación del planeamiento, posteriormente no

sabemos muy bien, no nos explicamos muy bien qué ha podido pasar para que se

haya paralizado, para que haya existido esta inacción, esta dejadez en el

cumplimiento de las obligaciones urbanísticas y en el cumplimiento de la

normativa urbanística.

Alguna disculpa nos tendrán que dar y esperemos que sea una disculpa

coherente, porque no tiene mucho sentido que por parte del Equipo de Gobierno

que en sus propias palabras entendía que esta modificación presentada era

absolutamente racional, congruente y coherente con su entorno, que aumentaba la

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sostenibilidad y la calidad urbanística y que quedaba acreditado el interés público,

haya quedado paralizado, haya quedado sin efecto pese, como decía el Sr. Risco

Ávila, a todas las demandas de información, a todas las solicitudes de

explicaciones que se le han hecho por parte del resto de grupos políticos en el

pleno y en las correspondientes comisiones de fomento y patrimonio y que a fecha

de hoy un año y dos meses después de esa aprobación inicial todavía no se sepa

nada.

Como bien sabe el Equipo de Gobierno se está incumpliendo la legalidad,

se está incumpliendo el artículo 159.2 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y

León que establece que esa aprobación provisional, el trámite final por parte del

Ayuntamiento para aprobar esa modificación del planeamiento, es de nueve meses

cuando promueve esa modificación es un particular. Han pasado como les digo,

catorce meses y no se sabe absolutamente nada. Necesitamos que se cumpla la

legalidad urbanística. No tendrá nada que ver con aquellas insinuaciones y con

aquellas advertencias que le hacía mi compañero Joaquín Corona sobre la falta de

existencia de alguna documentación en materia ambiental. ¿No tendrá que ver con

los recursos y con los planteamientos que han hecho las asociaciones de vecinos,

los vecinos afectados, a los que entendemos que en parte este Equipo de Gobierno

ha desprestigiado y ha ninguneado?

Queremos saber sin duda alguna, vuelvo a repetir, por seguridad jurídica,

por seguridad jurídica de los vecinos afectados, por seguridad jurídica de la propia

promotora que presenta esa modificación, por seguridad jurídica de los

trabajadores de ese hotel que hoy están trabajando a pesar de existir la anulación,

mal que le pese Sr. Carbayo, aunque usted vaticinaba que no se iba a anular esa

licencia de cambio de uso de actividad, se anuló por el Tribunal Superior de

Justicia, y hoy se está ejerciendo una actividad “sine díe” sin que haya una

licencia para ello, decimos, por seguridad jurídica también para esos trabajadores

que están haciendo una actividad, cumpliendo una actividad en un establecimiento

sin la debida y preceptiva autorización. Necesitamos que se traiga a este Pleno,

que se cumpla la obligación de traer a este Pleno el informe para la aprobación

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provisional, o por lo menos para debatirlo y para ver si se tiene que aprobar o se

tiene que denegar, y en todo caso, si no se aprueba, que se aplique inmediatamente

la legalidad vigente que marca el Plan General de Ordenación Urbana vigente. Es

imperiosa la necesidad, deben de asumir la responsabilidad. ¿O pretenden también

con algún requiebro jurídico buscar que sea otra administración, la propia Junta de

Castilla y León quien asuma esas responsabilidades que le corresponde al Equipo

de Gobierno del Partido Popular.

Por todo ello, como le digo, apoyamos esta moción, y instamos al Equipo

de Gobierno para que a la mayor brevedad posible, presente esa modificación al

pleno para poder ser aprobado y poder ser debatido y que por lo tanto también se

restaure la legalidad urbanística y se aplique el Plan General de Ordenación

vigente.

SR. GARCÍA CARBAYO: Hemos tenido ocasión de debatir otras veces

sobre este asunto en el que pleitean desde hace años, la promotora Palco 3 y la

Asociación Tras el Muro. Voy a intentar resumir en cinco minutos este

proceso. La licencia de construcción del edificio del actual Hotel Corona Sol se

otorgó en 2005 y la licencia de primera utilización se concedió en 2010. Ambas

licencias son inatacables. Lo afirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso

Administrativo nº 2 de Salamanca de 30 de septiembre de 2014, el Auto del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 20 de octubre de 2015, la

sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 18 de noviembre

de 2015.

Cada vez que la asociación ha querido conseguir una declaración de

nulidad de esas licencia ha obtenido la misma respuesta de los tribunales, la

licencia de construcción y la licencia de primera utilización del edificio son

firmes. No se pueden atacar. Posteriormente se solicitó una licencia de cambio de

uso a hotel y la licencia concedida fue recurrida por la Asociación. La sentencia

de instancia consideró válida la licencia, y la sentencia del Tribunal Superior de

Justicia la anuló. ¿Motivo? Que el proyecto de cambio de uso iba firmado por un

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ingeniero y no por un arquitecto.

Leo lo que dice la sentencia: “Hay que resaltar que lo que aquí se resuelve

no es que el proyecto fuera en sí ilegal, sino que el técnico que lo redactó, no tenía

competencia para hacerlo, de manera que la restauración de la legalidad ha de

ceñirse a tal extremo. Para la ejecución de esta sentencia, la promotora ha

presentado proyecto de cambio de uso firmado por arquitecto que tiene ya informe

jurídico favorable y está a falta de un último informe” No tengan ninguna duda de

que el Ayuntamiento restaurará la legalidad como nos dice el Tribunal muy

claramente, que el proyecto “esté redactado por un arquitecto”.

En cuanto a la ordenación urbanística del ámbito, se aprobó un Estudio de

Detalle que fue anulado por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 18 de

marzo de 2013 ¿Motivo formal? La Sala estimó que el Estudio de Detalle no era

el instrumento de planeamiento adecuado ¿Cuál es ese instrumento? Lo dice la

Dirección General de Urbanismo en uno de sus informes. El instrumento de

planeamiento adecuado es una modificación del Plan General que es la que se está

tramitando. Creemos que esta es la auténtica forma de ejecutar esta sentencia, y no

la que se pretendía por la Asociación que era que se declarasen las licencias de

obra y de primera utilización nulas, lo que fue rechazado por la Sala porque como

os he dicho, esas licencias son inatacables, y por eso la sentencia se ha declarado

por la Sala ejecutada.

Esta modificación del Plan General que se encuentra en tramitación, fue

aprobada inicialmente y cuenta con todos los informes favorables. De los técnicos,

de los jurídicos, de Secretaría General, de la Dirección General de Urbanismo,

Comisión Patrimonio y Cultural, Subdelegación, Diputación Salamanca, y no está

paralizada. Continua su tramitación, es un largo proceso es verdad, en el que han

ocurrido muchas cosas, lo decía el compañero Fernando Castaño, incluso han

cambiado algunos letrados. Pero los pasos están muy avanzados.

En cuanto al interés general de la modificación, está refrendado por

distintos informes, todos constan en el expediente. Se produce un aumento de las

dotaciones urbanísticas tanto públicas como privadas, se reduce la densidad de

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población al detraer edificabilidad anteriormente destinada a viviendas en una

unidad urbana que ya tiene más de cien viviendas por hectárea. Se aumenta la

diversificación de usos y se mejora la accesibilidad y permeabilidad del espacio

público. Ustedes dicen que la modificación es contraria el interés general. Ustedes

lo dicen contra el parecer de los informes técnicos y jurídicos de todas las

administraciones. Ningún pronunciamiento judicial de todos los que han recaído

hasta el momento, ha dicho que no existe interés general, ninguno. Y no me

consta que más allá de la mera opinión, estén ustedes en posesión del interés

general.

Y ya que ha sacado el tema Don Fernando, tampoco me consta si ha

consultado esta cuestión a los trabajadores del hotel o del supermercado. Lo que sí

han dicho otros pronunciamientos judiciales es lo siguiente, que: “no se aprecia

que la finalidad de la modificación del Plan General 29 que permitía

compatibilizar el uso hotelero con el comercial, que fue impugnada por la

asociación, fuera la de legalizar a posteriori algo ilegal. Que no se advierte

desviación de poder ni tampoco reserva de dispensación por parte de la

Administración. Que la alegación de posibles infracciones en el PGOU que hace

la asociación, no afecta a la licencia de cambio de uso y que en todo caso debió

realizarse con ocasión de la concesión de las licencia de obra y de primera

utilización”

Es decir, los Tribunales han ido desestimando todos los motivos alegados

por la asociación sobre el fondo del asunto. Solo han prosperado dos motivos

formales que son precisamente los que se está corrigiendo. Por lo tanto, este

Equipo de Gobierno, con respeto total a los vecinos afectados, faltaría más,

seguirá dando cumplimiento a la legalidad y a las sentencias judiciales en sus

justos términos, de acuerdo con el interés general y el parecer y los informes, de

los funcionarios municipales y de los funcionarios de otras administraciones.

SR. RISCO ÁVILA: Bueno, por resumir, el asunto central de esta moción

es que los vecinos de esa zona, muchos de los cuales hoy están aquí presentes en

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esta sesión, lo que quieren es saber si el Ayuntamiento, si este Ayuntamiento,

garantiza que todos somos iguales ante la ley. Que todos los ciudadanos y todas

las empresas tenemos que cumplir la ley o hay excepciones. Esta es la cuestión

central que hoy aquí se ventila ¿Por qué? Porque está claro que la modificación

puntual que está tramitándose y ahora me referiré a otros aspectos de la misma, el

objetivo es otorgar la edificabilidad que ya ha realizado ese edificio. Si tan claro

estaba el interés público, el interés general y todas estas cuestiones de la

modificación, nuestra pregunta es, ¿Por qué no se hizo antes? ¿Por qué hay que

esperar al final, a toro pasado, para presentar estas modificaciones?

¿O es que en esta ciudad, en Salamanca desde su punto de vista, cada vez

que hay un incumplimiento de una licencia urbanística que no cuestionamos que

es firme la de 2005, cada vez que hay un incumplimiento de una licencia

urbanística la solución para restaurar la legalidad es hacer una modificación a la

carta del Plan General? ¿Esta es su propuesta? ¿Esto es su práctica?

Lo que nosotros decimos en esta moción es que esto no puede ser, que la

concreción del principio de igualdad de todos ante la ley y ante las normas implica

que esto no pueda ser así. Si alguien, una empresa, una persona, ha llevado a cabo

un incumplimiento, el procedimiento para restaurar será que esa persona o esa

empresa deshaga lo que hay hecho sin estar de acuerdo a los normas. Es así de

sencillo. No acomodar la norma a lo que esa empresa o persona ha hecho que es

de lo que se trata. Esto es esencialmente lo que hoy aquí estamos debatiendo y esa

es la respuesta de los vecinos, muchos de los cuales, insisto, están, están

esperando de este Ayuntamiento desde hace bastante tiempo. En relación a la

tramitación, porque este es el asunto central, no trate de diluir el asunto con

muchas licencias y muchas sentencias. Este es el asunto central de la moción y

que nos parece esencial.

En cuanto a la tramitación de esta modificación, mire, tendrá todos los

informes pero resulta que desde el mes de julio de 2015, los Grupos de la

oposición llevamos preguntando por este asunto y sólo se nos dan, también por

escrito, respuestas de que hay que tramitar, que se le ha notificado al promotor,

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que este tiene otros diez días para presentar, posteriormente que se le vuelve a

recordar que tiene que presentar más documentación. La impresión que da es que

ustedes no tienen ninguna voluntad de traerlo al pleno, que dicho sea de paso, es

el órgano competente para decidir y para dictaminar sobre el interés público

independientemente de los informes que haya en el expediente.

Y además, como ha recordado Fernando Vegas, están ya fuera de plazo

como en otras muchas coas. Más improvisación y más incompetencia en la

tramitación. Pero además ¿Qué está pasando? Si el expediente está concluso, el

Sr. Secretario lo habrá puesto en conocimiento de la Alcaldía para su inclusión en

un orden del día ¿O a qué están esperando?

¿Y cuál es el objetivo? Porque es el pleno el que debe de pronunciarse y ya

le adelanto que la posición inicial sobre todo lo que conocemos, que muchos de

los informes ya los conocemos, va a ser claramente estar en contra de esa

modificación. Parar esa modificación en la aprobación provisional ¿Por qué?

Porque entendemos que no puede utilizarse el planeamiento, el Plan General para

dar solución a incumplimientos concretos. Esta es la esencia del urbanismo y la

esencia del Plan General. El Plan General tiene que tener objetivos generales de

toda la ciudad, de ordenación general, no ir a resolver el incumplimiento que una

empresa o una promotora ha hecho en un edificio.

E insisto, este es el asunto central y esperamos que eso se tramite y la

restauración de la legalidad urbanística se haga con arreglo al PGOU vigente.

Como todo ciudadano que tiene que cumplirlo, insisto, no puede ser que los

incumplimientos de licencias este Ayuntamiento o este Equipo de Gobierno,

proponga que se resuelvan modificando a la carta, modificando la normativa del

Plan General. Esto es una aberración jurídica desde nuestro punto de vista, y sobre

todo, política ciudadana de la utilización de la normativa para obtener beneficios

particulares.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con los votos a favor de los Grupos

Ganemos Salamanca [4 concejales], Grupo Ciudadanos [3 concejales] y

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Grupo Socialista [7 concejales], y los votos en contra del Grupo Popular [12

concejales, acuerda, por 14 votos a favor aprobar la moción que antecede.

17.3.- MOCIÓN DE LOS GRUPOS MUNICIPALES SOCIALISTA Y

GANEMOS SALAMANCA EN RELACIÓN AL ACUERDO SOBRE

REFUGIADOS SUSCRITO POR LOS JEFES DE ESTADO Y DE

GOBIERNO DE LA UNIÓN EUROPEA CON TURQUÍA.

El texto de la moción es el siguiente:

“De conformidad con lo previsto en el Artículo 88 del texto de

Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Salamanca,

se somete a la consideración del Pleno la siguiente moción:

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El pasado martes 8 de marzo, los Jefes de Estado y de Gobierno de la

Unión Europea alcanzaron un principio de acuerdo para poner en marcha un

programa para deportar a Turquía a todos los migrantes –incluidas las personas

demandantes de asilo sirios y de cualquier otra nacionalidad–, que lleguen a la

Unión Europea a través de este país, a cambio de que los Estados de la Unión

reubiquen a un número equivalente de personas refugiadas sirias asentadas ya en

Turquía, y de otras medidas económicas y políticas a favor del Estado turco.

Este acuerdo fue ratificado el pasado 18 de marzo con ciertas

modificaciones que no evitan la deportación colectiva de miles de personas desde

suelo europeo a Turquía en las más lamentables condiciones, contraviniendo

claramente el derecho de asilo y múltiples convenios internacionales sobre

derechos humanos como la propia Carta de Derechos Fundamentales de la Unión

Europea y el Convenio Europeo de Derechos Humanos que todos los Estados se

obligaron a ratificar y cumplir en los acuerdos de integración en la comunidad

europea.

La Declaración Institucional del Congreso de los Diputados, redactada al

efecto por la Comisión mixta para la Unión Europea, comienza describiendo

cómo Europa asiste a una grave crisis humanitaria motivada por el desplazamiento

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de miles de personas que huyen del terror y la guerra en sus países, buscando un

lugar seguro en el que se respeten sus derechos.

En este sentido, los gobiernos europeos no deben ver esta situación y a

estas personas como una amenaza latente, deben en cambio impulsar una

alternativa enfocada hacia la garantía de sus derechos. En esta idea se basan las

peticiones de organizaciones no gubernamentales, Alto Comisionado de la ONU

para las personas refugiadas, y activistas pro derechos humanos, al denunciar,

rechazar y exigir la retirada del acuerdo de la Unión Europea y Turquía que

plantea devoluciones masivas, así como la exigencia de abordar con urgencia la

crisis de las personas refugiadas defendiendo los derechos humanos y

posibilitándoles el asilo entre los miembros de la Unión Europea.

II. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Por todo lo antes expuesto, los Grupos Municipales Socialista y Ganemos

Salamanca presentan para su aprobación por el Ayuntamiento-Pleno, la adopción

de los siguientes acuerdos:

1. Manifestar nuestra oposición al acuerdo firmado entre la Unión Europea y

Turquía por vulnerar los derechos humanos y el Derecho Internacional

humanitario.

2. Apoyar los puntos planteados en la Declaración Institucional del Congreso

de los Diputados”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones: [Debate

conjunto con el punto 17.10.1].

SR. DE LA MORA GONZÁLEZ: Bien, esta moción, la verdad es que

requiere poca defensa dado que todas y todos conocemos la situación que se ha

producido en estos días. Hubo un preacuerdo el 8 de marzo entre los Jefes de

Estado en el que se hablaba de una deportación masiva o urgente de todas aquellas

personas que estaban llegando a Grecia, inmediato a Turquía. Deportaciones

colectivas que evidentemente, el Derecho Comunitario, el Derecho Español, los

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Convenios Internacionales prohíben taxativamente, por ser una violación clara y

flagrante de los derechos humanos que nosotros mismos en Europa hemos

establecido como base de nuestra convivencia y además como punto de entrada en

la Unión Europea. Es decir, ningún país que quiera entrar en la Unión Europea

puede incumplir estos derechos y debe firmar la Carta de Derechos

Fundamentales y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Y sin embargo hay un preacuerdo entre los Jefes de Estado en el cual se

habla de una deportación colectiva a un país que evidentemente, según todos los

expertos, no es seguro. Bien, frente a eso existe una Declaración Institucional en

el Congreso de los Diputados, muy buena Declaración Institucional, por

unanimidad de todos los Grupos Políticos en la que se establece que eso no puede

ser. Finalmente existe un acuerdo al final de todos los Jefes de Estado, el 18 de

marzo, en el que el Gobierno del Partido Popular al final acepta aunque

efectivamente defiende la postura del Gobierno Español, del Estado Español,

acepta la deportación colectiva pero diciendo que habrá que hacer un análisis

individual de los casos que todas las organizaciones sociales y expertos dicen que

esto es realmente imposible.

Bien, la situación es que nos encontramos que a partir de un domingo,

miles de personas están siendo forzadas y deportadas a Turquía las organizaciones

están marchándose del país, los estados se han revolucionado, toda la ciudadanía

está indignada, organizaciones sociales, políticas y por tanto hace falta también,

que desde la ciudadanía salmantina que se ha movilizado especialmente con esta

cuestión, y este Ayuntamiento, se le reconoce, que también ha hecho su labor,

deba rechazar firmemente este acuerdo colectivo y desde luego como bien dice la

moción, apoyar esta declaración institucional, y como a nosotros nos hubiera

gustado finalmente, al Grupo Socialista y Ganemos, que además de hacer una

declaración Institucional y apoyar lo que ya está en el Congreso, que el Estado

Español hubiera tomado todas las medidas disponibles de persuasión y de presión,

que el derecho internacional le reconoce, para obligar a los Estados a que cuando

cometan hechos ilícitos internacionales o no quieran respetar sus obligaciones

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internacionales, en este caso incluso derecho comunitario, tomen todas las

medidas necesarias.

Además, también nos hubiera gustado y nosotros así lo proponíamos que

este Ayuntamiento además, apoyara a la sociedad civil, porque no comprendemos

realmente por qué después de presentar una moción con estos términos en los que

ahora mismo estoy comentando con los compañeros socialistas junto a los que se

ha presentado también en la Diputación, el Partido Popular junto a Ciudadanos

nos llega prácticamente en la Diputación, en el mismo pleno, y hoy aquí, hace

prácticamente, ayer, con otra moción en términos muy similares, no queriendo

apoyar el manifiesto de la sociedad civil ni exigiendo al Gobierno, sea cual sea,

que tome todas las medidas oportunas.

Creemos que esto es necesario, yo no lo llego a entender, si bien puede ser

que apenas hace unos días, creo que el miércoles, hubo en el Congreso un debate

bastante agrio sobre este asunto, donde entiendo que el Sr. Rajoy tuvo que

defender su postura, de apoyar este acuerdo que nosotros rechazamos gravemente.

Claro, cuando el Sr. Rajoy llega a decir que Turquía es un estado seguro, que

todos los países de Europa defienden la democracia, los derechos, las libertades,

en fin, pues tienen ustedes un papelón. Porque la verdad es que como bien dice

Jaume Sens, un jurista de reconocido prestigio, nos recuerda que en Polonia el

partido de la injustica ha llegado al poder con un discurso nacionalista, católico y

xenófobo. En Hungría el Primer Ministro dice que aspira a recuperar la pena de

muerte y salvar las raíces cristianas de Europa, en un clima de hostilidad contra

los gitanos, los musulmanes y los judíos. El frente Nacional francés, Amanecer

Dorado, el FPO Austriaco, pues ganan terreno. En Holanda, un país con gran

trayectoria democrática y tolerante, la ultraderecha trepa en todas las encuestas

con propuestas como prohibir el Corán. En Francia, la papeleta de Le Pen es la

más votada. En Dinamarca se aprueba desvalijar a los refugiados de todas sus

pertenencias, y sabemos lo que ha sucedido en Alemania.

Bien, hay que tomar medidas desde el Estado contra esto, si, ustedes, pues

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me gustaría que explicaran por qué no han dialogado con el Grupo Socialista y

Ganemos para llegar a un acuerdo conjunto con todos los Grupos y por qué nos

traen otra moción. Yo, de verdad, no quiero ser muy agresivo con esta situación,

porque creo que es necesario que entre todos los Grupos Políticos tomemos

conciencia y emitamos desde aquí una declaración que pueda ser enviada y que

desde todos los Ayuntamientos y Diputaciones de España haya una posición clara

y firme. Les invito a que aprueben también estos dos puntos que le solicitamos en

el manifiesto de la Sociedad Civil donde apenas se incluyen más puntos de los de

la Declaración Institucional y además le digamos al Gobierno Español que debe

tomar medidas contra estos estados que incumplen los derechos humanos y que

son nuestros socios o deberían de ser nuestros socios.

SRA. SUÁREZ OTERO: Bien, en las últimas 24 horas, hemos asistido a

un baile de mociones sobre el acuerdo de la Unión Europea respecto a Turquía, en

cuanto a las expulsiones colectivas. Hemos llegado a este Pleno con una situación

totalmente surrealista. Tenemos dos mociones, con una temática similar, y con

propuestas, en un caso que nos piden el apoyo a la declaración institucional de la

Comisión Mixta para la Unión Europea en el Congreso de los Diputados y en otro

caso que nos pide la adhesión a esa misma Declaración Institucional.

Declaración institucional por cierto que fue aprobada por unanimidad en el

Congreso de los Diputados, por todas las fuerzas políticas que además representan

a todos los grupos, los partidos que estamos en este Pleno. Simplemente por esta

unanimidad, ya sería innecesario traer a este pleno estas mociones, pero sí

entendemos que como hemos hecho en otras ocasiones, todas las cuestiones de

trascendencia, sobre todo aquellas que están relacionadas con los derechos

humanos, necesitan todos los gestos y todos los respaldos posibles. Desde el sitio

más chiquitito y desde los entornos donde, puede parecer que no llegan a ningún

lado, pero sí llegan.

Y como gesto de ese respaldo y como hemos hecho en otras ocasiones,

anuncio que desde el Grupo Ciudadanos apoyaremos ambas mociones.

Apoyaremos por una parte la moción planteada por Ganemos y por PSOE, en el

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momento en el que en el último momento han aceptado eliminar dos puntos que

nos parecían inasumibles, y la aceptaremos también, la apoyaremos también

aunque es cierto que en su texto expositivo, bueno, prima más la visceralidad que

otra cosa. Es la línea a la que nos tienen acostumbrados, así que tampoco nos ha

extrañado.

Apoyaremos también la moción presentada por el PP porque finalmente

reproduce casi literalmente los acuerdos, la Declaración Institucional, y es de tal

manera neutra que la hemos incluso aceptado suscribir de manera conjunta. Pero

sí es cierto que nos encontramos con dos mociones diferentes con un objetivo

común. Y esto parece que nos lleva a una competición infantil de a ver a quién le

importan más los refugiados. Estamos reproduciendo un patio de colegio

totalmente en el que además, quien no está conmigo está contra mí y no descarto

oírme este debate todavía, que la culpa es de los otros que ellos empezaron

primero y que nosotros lo intentamos pero ellos no quisieron hacernos caso.

¿Resultado de esta cabezonería triple? Pues que ninguna de las dos

mociones va a ser, previsiblemente, apoyada por unanimidad, que de acuerdo con

lo que decía, Don Gabriel, esta moción tendría que haber sido aprobada por todos

para poder tener la fuerza que necesita, para poder llegar lo más lejos posible,

pero no va a ser así, con lo cual, habremos perdido tiempo, habremos perdido

recursos sobre todo habremos perdido una oportunidad muy buena para demostrar

que sí éramos capaces de ponernos de acuerdo en algo tan importante como este

tema. Así que, muy bien, enhorabuena a todos.

SR. MATEOS CRESPO: Bien, evidentemente se ha puesto de manifiesto

aquí la situación general, a la que al final de mi intervención haré una reflexión.

Seguramente el Partido Popular en su intervención, adelantándome a lo que

seguramente, o anticipándome a lo que digan, esto es una cuestión lejana por

competencias o ajena. Pero la lejanía de las competencias estrictamente

municipales, o la marcada por los kilómetros de distancia, en esta ocasión no

deben ser excusa para abordar en este pleno esta cuestión, y más cuando el

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Ayuntamiento de Salamanca además es partícipe de un pacto institucional, local y

provincial para acoger a personas refugiadas procedentes de Siria.

Por tanto, creemos importante abordarlo en este Pleno a través de una

propuesta que está suscrita como proponente por nuestro Grupo junto al Grupo

Ganemos y también otra propuesta del Grupo Popular también suscrita

conjuntamente con el Grupo Ciudadanos. Desde luego, la situación que están

viviendo cientos de personas, miles de personas, puede ser calificada y lo es, una

verdadera crisis humanitaria, porque estas personas lo que están haciendo es huir

del terror de la guerra, buscando un lugar seguro, realmente seguro, para ver sus

derechos respetados.

Hablamos de personas, insisto porque es importante, que huyen de sus

países, a nadie le gusta huir de donde vive, de donde ha hecho su vida, de donde

ha nacido, donde ha desarrollado o quiere desarrollar su proyecto vital. Familias

enteras, niños, mujeres, que huyen de la guerra. Para intentar solventar esa

situación de manera errónea, los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión

Europea plantearon primeramente un acuerdo, el 8 de marzo, que luego con

algunas modificaciones suscribieron finalmente.

Que bajo nuestro punto de vista y así lo hemos manifestado en diferentes

foros, no ha sido una respuesta que haya estado a la altura de lo que se espera de

una institución u organización política como lo es la Unión Europea, entendida

como conjuntos de estados democráticos defensores de los derechos humanos en

todo el mundo.

El acuerdo del Consejo de Europa, que ratifica ante la Unión Europea el

acuerdo posteriormente firmado con Turquía, con el estado turco, establece la

devolución de los refugiados que accedan a Europa a través de la frontera con

Turquía, considerando que Turquía es un país seguro. Evidentemente esa

consideración, desde luego, no es a nuestro juicio motivo realmente confirmado,

cuando además hemos visto una terrible noticia que se suma a otras que se

producen diariamente en la frontera con Turquía, esta de 31 de marzo, leo el

titular pero es absolutamente esclarecedor: “La policía turca mata a tiros a sirios,

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entre ellos niños que intentaban cruzar sus frontera”.

Esto se suma a las denuncias manifestadas por Amnistía Internacional,

sobre hechos parecidos en épocas anteriores. Evidentemente el núcleo central de

la discusión es si Turquía es un país o no seguro, si es plenamente seguro. A la

vista está que desde luego, para personas vulnerables como los refugiados, no

resulta el 100% seguro. Se dirá, hombre, más seguro que los países de los que

proceden es. Sí, claro, más que un país en guerra lo es, pero desde luego no es un

país 100% seguro, como para considerarlo como un tercer estado con estas

características para acoger a refugiados.

Las deportaciones se producen en el marco del acuerdo porque es el fondo

de la cuestión en este caso y no se ajustan a derecho internacional como se

establece en nuestro texto, que prohíbe además las devoluciones masivas de

personas reclamantes de asilo o en países que son realmente territorio seguro y

que exigen un tratamiento individualizado. Un tratamiento individualizado que

efectivamente debe realizarse persona a persona y que dada la característica

masiva de las afluencias de personas en fronteras, es prácticamente imposible.

Es tremendo lo que sucede en las fronteras de nuestro continente europeo.

Y es tremendo cómo se trata de una amenaza, a unas personas que buscan refugio

humanitario, y además, se ponga precio a la acogida por parte de un país, un tercer

país que se considera seguro. Se hablaba inicialmente de la compensación por

utilizar palabras bien sonantes ante una situación que desde luego no lo es, de la

compensación de 3.000 millones de euros de la Unión Europea a Turquía por

acoger a refugiados. Se habló también de 6.000 millones. Se le está poniendo

precio a una crisis humanitaria, y las crisis humanitarias no tienen precio, tienen

soluciones y no se está dando la solución correcta en este caso.

En el caso concreto de España y la actuación del Gobierno Español,

porque es realmente el competente y el que acude al Consejo de Europa, y el que

luego tiene que dar cuenta aunque lo intente negarse ante el Congreso de los

Diputados, no ha actuado a la altura de las circunstancias. Recordemos que

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España tenía asignados unas 17.000 personas, procedentes de Siria para acoger en

nuestro territorio. Se han acogido 18, de 17.000.

Y han resultado contradictorias las declaraciones a lo largo del tiempo de

los diferentes responsables del Equipo de Gobierno del Sr. Rajoy, diciendo en

primer lugar que sí suscribía las devoluciones masivas, luego saliendo el Ministro

de Exteriores a decir que no, que bueno, que eso no se puede hacer, porque no se

puede hacer. Y finalmente oponiéndose a ese tipo de devoluciones. Para terminar,

sí que me gustaría hacer una reflexión sobre la situación de que se encuentren dos

mociones en este caso. Se han hecho cesiones por parte de los grupos proponentes

para lograr el acuerdo, fruto del diálogo. Finalmente no se ha conseguido.

Nosotros evidentemente por coherencia y porque la similitud de los textos es

evidente, apoyaremos ambos textos. El nuestro como proponentes y el que trae el

PP con Ciudadanos. Lo ilógico es que uno apoye uno y no apoye otro, eso sería lo

ilógico, que espero que no se produzca y por tanto haya unanimidad en la

Corporación.

SRA. KLIMOWITZZ WALDMANN: Nuestra postura ante el drama de

los refugiados ha sido siempre y sigue siendo muy clara, la misma. Es decir, ser

solidarios y ayudar. Consideramos que la respuesta a esta crisis humanitaria debe

basarse en el reconocimiento de los derechos humanos, de las personas

solicitantes de protección internacional y en el marco de la legislación vigente.

Queremos en primer lugar evitar que haya personas que ponen en peligro sus

vidas a manos de las mafias para llegar a Europa. Queremos ser solidarios con

Grecia, y los países que más refugiados reciben. Queremos ayudar a estos países a

acoger y a tratar a los refugiados con la dignidad que se merecen. Y también

queremos apoyar al resto de la Unión Europea para hacer realidad el derecho de

asilo de una forma ordenada y organizada, mediante la reubicación y el

asentamiento de los refugiados.

Estamos ante un tema de estado y de política comunitaria europea, que

debemos afrontar con sensibilidad, espíritu constructivo y a ser posible cero

demagogia. Y en el que ya hay un consenso institucional como es la declaración

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del Congreso aprobada por todas las fuerzas políticas parlamentarias y que nos

representa a todos. Ha sido en parte su intolerancia a la hora de llegar a un

acuerdo en lo que respecta a esta moción, lo que nos ha obligado a presentar una

moción conjunta, por urgencia, con el Grupo Municipal de Ciudadanos para

adherirnos a la Declaración del Congreso, eliminando cualquier tipo de evaluación

demagógica ante un drama como es la situación de los refugiados.

Frente a su moción, que cuestiona la legalidad de un acuerdo suscrito por

todos los países de la Unión Europea, nuestra moción respalda un acuerdo de

todos, el de todos los partidos representados en el Congreso de los Diputados y

porque una vez más, ustedes buscan dividir en un tema en el que ya había un

consenso previo, enmendando la plana a todos los Grupos Políticos, incluidos

aquellos que se supone les representan también a ustedes.

La Declaración Institucional del Congreso de los Diputados, del 18 de

marzo de 2016, establece de forma muy taxativa, unas líneas rojas que ha

defendido España en el Consejo Europeo y que incluyen que de forma explícita

estén presentes dos cuestiones fundamentales. La prohibición de las devoluciones

masivas de refugiados de manera expresa y en lugar principal, y una referencia

expresa a la tramitación individualizada de los expedientes de solicitud de asilo,

con la inclusión de estas dos referencias, a propuesta de España, lo que han

querido lograr la Unión Europea y Turquía es evitar la pérdida de vidas humanas,

combatir a las mafias y socavar este modelo de negocio, además de ofrecer a las

personas susceptibles de protección internacional una vía legal y segura para

solicitar asilo en Europa.

Todo ello en el marco de nuestro compromiso, en la defensa de la paz y de

los derechos humanos y con el cumplimiento de la legalidad como base para la

efectividad de todos los derechos. Por tanto, sinceramente, no vemos la

oportunidad de esta moción. Se pasan ustedes el día pidiendo acuerdos y

consensos y cuando estos se producen buscan el atajo. Es más, con la falta de

criterio que les caracteriza en muchas ocasiones, cuando han sabido que el Grupo

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Municipal de Ciudadanos y el Grupo Popular presentábamos una moción

adhiriéndonos a la Declaración del Congreso de los Diputados, ustedes, pero solo

entonces, no han tenido empacho en rectificar y modificar su moción sin darnos

espacio ni oportunidad para haber hecho todos juntos una moción. Algo que,

como digo, sigue estando carente de sentido, pero sí de mucho oportunismo

político.

Pero lo preocupante de este asunto no es la trascendencia de este debate en

este Salón de Plenos, y que se tengan que aprobar dos mociones, lo preocupante

es de verdad, que si hubiera en este sentido como dos de los Grupos que suscriben

la moción, un gobierno a la Valenciana, España se hubiera quedado sola en

Europa, se hubiera quedado aislada, además, frente al resto de todos los países

europeos, además de desatender el mandato del Congreso de los Diputados.

Por eso, y por el respeto que nos merecen, y solidaridad que nos merecen

los refugiados, mal hacemos dividiendo y produciendo debates que al final

muestran esa división. Por eso, a quien se empeñe en seguir haciendo demagogia,

recordarles que el que más devoluciones de refugiados lleva a cabo y es partidario

de las mismas, es el Gobierno Griego al que ustedes consideran en tal alta estima.

SR. DE LA MORA GONZÁLEZ: Miren, de verdad, que vengan aquí, con

las ganas de ser, no sé cómo explicarlo, yo llevé una moción hace quince días a la

Diputación, mucho más larga, con cinco puntos, hecha desde el conocimiento del

derecho internacional público, el conocimiento de lo que está sucediendo allí. Se

la propuse al Partido Socialista, allí, quince días antes de que se celebrase el

Pleno, y ellos dijeron, nosotros también queremos llevar esto porque hay que

hacerlo. Lo que queráis, la consensuamos.

El Partido Popular la tuvo una semana antes del Pleno de la Diputación.

En medio del pleno presenta otra, y yo, usted puede verlo, dije, me parece muy

bien, esa moción está muy bien. Yo se la apoyo ahora mismo esa declaración

Institucional punto por punto en la línea que nosotros queremos, pero

efectivamente se pueden poner más cosas. Esta misma moción que Ganemos

Salamanca y el PSOE consensua, se le presenta aquí al Partido Popular, en una

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Junta de Portavoces, el lunes, hoy es viernes Sra. Concejala, Sra. Ana. Y la

compañera dice “Gabriel”, yo mismo le digo: “Hay que incluir la Declaración

Institucional y lo que el Partido Popular ha incluido” sin ningún problema,

abiertos a todo, sin ningún problema, tiene que ser de todos.

Se crea en una página donde no hay un atisbo de demagogia, lo único que

se dice es que este acuerdo es claramente legal, claro que lo es, lo dicen todos los

expertos en derecho internacional público, es que lo es. O sea, ¿querían ustedes

cambiarlo? Haberlo dicho. Ni una sola llamada he recibido de ustedes para

decirme, “Gabriel este acuerdo no podemos ponerlo aquí que es ilegal, podemos

poner que es de dudosa legalidad, ningún problema. Cuatro puntos teníamos en

esta moción. Quitamos los puntos, que quede en lo que sea. Es que me parece

verdaderamente vergonzoso que se acuse aquí, en este punto concreto, de

demagogia, de que no se quiere llevar una cosa conjunta. Estoy bastante

avergonzado por ustedes, es que, de verdad pensaba que este asunto no merecía

esta situación.

Y como ven, he criticado lo que es criticable, que el Sr. Rajoy diga que

Turquía es un país seguro, podía haber dicho muchísimas más cosas de su

intervención ayer, muchísimo más graves que el Partido Nacionalista Vasco, que

el Sr. Ribera le dijo en el Congreso.

Esta moción que han presentado ustedes, claro que la íbamos a apoyar,

ningún problema, lo hemos dicho. De hecho, hasta el último momento dice, la

retiramos y la llevamos, que ningún problema. Les digo, retiremos las mociones

ahora mismo y para el próximo pleno traigamos otra cosa. Pero a mi me parece

que esta situación no debe de producirse y desde luego, no acuse gratuitamente a

este Grupo de estas cuestiones. Sin más solicito que se retiren.

ILMO. SR. ALCALDE: Cuánto me gustan sus últimas palabras. Porque

eso fue lo que, tanto el Portavoz del Grupo Popular como yo mismo como Alcalde

el lunes en la Junta de Portavoces dijimos, que en lo que se habían puesto de

acuerdo todas las fuerzas políticas en el Congreso de los Diputados, en lo que

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todos estábamos de acuerdo, lo defendiéramos aquí unidos. Creo que hay un

problema de comunicación. Pero nosotros, por nuestra parte, se retira si el resto de

Grupos Políticos, el proponente en este caso es el Grupo Municipal Ganemos, la

retira. Nuestra moción la retiramos los grupos políticos del siguiente punto,

quedan retirados, y seguimos discutiendo y dialogando sobre este asunto.

Los Grupos Municipales Socialista y Ganemos, que proponen la

moción que antecede, la retiran.

Incidencia: El Sr. Alcalde interrumpe la sesión a las 12,10 y se reanuda a

las 12,48 horas.

17.4.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA

EL IMPULSO DE UN NUEVO REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA.

El texto de la moción es el siguiente:

“De conformidad con lo previsto en el Artículo 88 del texto de

Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Salamanca,

se somete a la consideración del Pleno la siguiente moción:

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La participación ciudadana constituye la piedra angular sobre la que se

asienta la democracia, más si cabe en una época de cambio de paradigma social

como la actual. Es necesario, por tanto, profundizar en el fomento de la cultura

participativa a través del tejido asociativo y la actividad vecinal de nuestra ciudad,

que conviven con nuevas fórmulas de expresión y participación de la ciudadanía;

con el denominador común de entender la participación ciudadana como elemento

esencial para la construcción y consolidación de una sociedad libre, diversa e

igualitaria.

La participación debe concebirse no como objetivo, sino como herramienta

que nos posibilite desarrollar un proyecto de ciudad que genere compromiso

ciudadano y permita aglutinar el gran capital social que Salamanca atesora. Una

participación que alinee todas las aportaciones e inquietudes individuales para la

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toma de decisiones en un proyecto compartido de ciudad basado en el interés

general.

La participación ciudadana es un requisito esencial para la existencia de un

buen gobierno democrático y su acción transparente. Tradicionalmente, la

participación se ha desarrollado atendiendo a la relación entre entidades

ciudadanas y el propio Ayuntamiento. Los nuevos procesos de participación que

la ciudadanía va explorando exigen abordar espacios que incentiven tanto la

participación colectiva como la individual en la vida municipal, y en la realización

de aportaciones sobre los programas y servicios públicos que se ofrecen desde las

competencias y delegaciones municipales. Sin lugar a duda, estos espacios

requieren de elementos que faciliten la toma activa de decisiones en el ámbito del

desarrollo de las políticas públicas en el ámbito municipal, sus programas y su

evaluación, así como la simplificación en el acceso a los mecanismos de

participación.

El actual Reglamento para la participación democrática en la ciudad de

Salamanca fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el

31 de julio de 2008, siendo posteriormente modificado por acuerdo plenario de 4

de junio de 2009. Han pasado casi ocho años desde su aprobación y la cambiante

realidad social obliga a la adaptación de este documento, adoptando como

referencia parámetros diferentes y abordando desde otra perspectiva la

participación ciudadana, intentando dar respuesta a las demandas ciudadanas

actuales.

La propia web municipal de nuestro Ayuntamiento define el vigente

Reglamento como el documento que establece “un marco jurídico adecuado y

acorde con la realidad social actual, ampliando la participación ciudadana y

potenciando los cauces y espacios para hacerla efectiva, en el afán de conseguir

modelos de gestión basados en los principios de racionalización y modernización

que deben presidir en todo momento la administración pública”. Reiterando el

argumento antes expuesto, resulta absolutamente necesario adaptar los

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mecanismos de participación ciudadana en el Ayuntamiento de Salamanca a la

demanda social existente hoy en día, porque de poco sirve tener el instrumento si

su contenido resulta desfasado y alejado de la ciudadanía, convirtiéndolo por

tanto, en poco o nada operativo para su finalidad.

Resulta evidente que un nuevo Reglamento de Participación Ciudadana

debe ser capaz de dar respuesta a la nueva realidad social, innovando en la propia

concepción de los mecanismos y estructuras de participación, incorporando las

nuevas tecnologías de la información en el desarrollo de los procesos de

participación y la creación de un Portal de Participación que se alojará en la web

municipal. Se debe profundizar en un nuevo modo de hacer las cosas desde la

Administración Local que genere valor para la ciudadanía, lo haga de manera

sostenible y con sometimiento a la legitimación ciudadana. Asimismo, en el

nuevo documento debe tener cabida el mecanismo para la implantación de los

Presupuestos Participativos, sobre el que se ha manifestado la intención de poner

en marcha y se han realizado pasos de cara al Presupuesto municipal del próximo

año 2017.

Un nuevo Reglamento de Participación Ciudadana debe nacer desde la

propia participación, resultando conveniente la concepción de un mecanismo

eficaz para la recogida de propuestas, a lo largo de un proceso en el que deberán

participar los grupos políticos representados en la Corporación, técnicos

municipales, expertos en la materia, agentes económicos y sociales, colectivos

vecinales y ciudadanos, así como la ciudadanía en general.

De esta manera, conseguiremos que la gestión municipal se sustente en el

permanente diálogo con la sociedad civil, un diálogo abierto sobre programas

concretos para la consecución del desarrollo sostenible de la ciudad y la

protección y defensa de los derechos y libertades, con especial sensibilidad hacia

los grupos con mayores dificultades. La participación como oportunidad para la

construcción continuada de cultura democrática, con la incorporación de

instrumentos pedagógicos y de aprendizaje que tengan en cuenta la participación

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activa de los diferentes colectivos sociales de la ciudad, dedicando importantes

esfuerzos a la implicación de los más jóvenes en este proceso, y así garantizar la

continuidad del mismo en el futuro.

II. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Por todo lo antes expuesto, el Grupo Municipal Socialista presenta para su

aprobación por el Ayuntamiento-Pleno, la adopción de los siguientes acuerdos:

1. Iniciar, antes del mes de Junio de este año, el proceso para la redacción de

un nuevo Reglamento de Participación Ciudadana adaptado a la realidad social

actual, que permita una participación real y efectiva de la ciudadanía en la ciudad

de Salamanca. Este proceso deberá articularse para garantizar la implicación de

asociaciones, agentes económicos y sociales, colectivos, fuerzas políticas de la

Corporación Municipal y la ciudadanía en general.

2. La aprobación por el Pleno de la Corporación del nuevo Reglamento de

Participación Ciudadana de Salamanca deberá producirse antes de finalizar el

presente año 2016”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. MATEOS CRESPO: Bueno, todos tenemos disponible el texto. La

verdad es que es amplio, porque la justificación lo es, pero voy a destacar solo

algunas cuestiones para introducirlo con absoluta brevedad y también para que

vayamos agilizando en la medida de los posible, los debates del pleno que todavía

nos quedan.

Bien, como sabemos nos encontramos en una época de cambio y de

paradigma social, en los que determinados parámetros en torno a la participación

ciudadana han ido cambiando porque han ido evolucionando con el paso del

tiempo, y ahora, pues desde luego, nos parece necesario que en el momento en el

que nos encontramos en el Ayuntamiento de Salamanca, con un Reglamento para

la Participación Democrática en la ciudad, que procede del año 2008, se proceda

por tanto a una nueva redacción de un nuevo Reglamento de Participación

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Ciudadana en el que se recoja esos nuevos paradigmas o ese nuevo paradigma

social que existe en la actualidad.

Además creemos que se debe profundizar en la cultura participativa a

través del tejido asociativo y la actividad vecinal de nuestra ciudad, pero no solo

eso, hemos dicho y lo reflejamos así en la moción, que tradicionalmente se ha ido

concibiendo la participación atendiendo a una relación entre entidades ciudadanas

y el propio Ayuntamiento. Entidades que siguen existiendo, efectivamente, y

siguen manteniendo su actividad y con las que se debe seguir manteniendo un

contacto fluido para que sea eficaz la participación ciudadana, pero no es menos

cierto que la evolución social ha ido también aparejada a la evolución de las

nuevas tecnologías, y ello permite también, no solo la participación a través de

tejidos asociativos sino también la participación a nivel individual de la

ciudadanía. Que cada ciudadano pueda interesarse no solo a través de colectivos

sino a través de sí mismos por determinados procesos participativos.

Como digo, el actual reglamento que está vigente para la participación

democrática de la ciudad del Salamanca es del año 2008 aunque fue modificado

en el año 2009, por tanto han pasado, ocho años, desde su aprobación inicial. En

estos ocho años han sucedido muchas cosas. Muchas cosas y muchas

transformaciones en el ámbito político, social, de los colectivos incluso, del

desarrollo del acceso a la información y de la utilización de las nuevas

tecnologías.

Resulta por tanto evidente que todas esas cuestiones que no vienen

reflejadas a día de hoy en nuestro actual reglamento para la participación

democrática sean incluidas. Sean incluidas sobre todo con la finalidad de dar

respuestas, de dar respuestas a ese nuevo paradigma social, a ese nuevo escenario,

a ese nuevo contexto político, social, y de otras índoles que desde luego existe en

la actualidad.

También se han puesto en marcha recientemente, y así hacemos mención

en la moción, a los presupuestos participativos, al menos, el mecanismo inicial

para la puesta en marcha posterior de los presupuestos participativos, tras

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diferentes peticiones a lo largo del tiempo, y esa fórmula también debe ser

incluida en ese nuevo reglamento de participación ciudadana, así como una

reconsideración del principal órgano de participación de la ciudad de Salamanca

como es el actual Consejo de Ciudad que se puede ir avanzando hacia otros

modelos y hacia otros paradigmas.

El nuevo reglamento, evidentemente, si, tiene que hablar de la

participación, lo suyo es que sea fruto de un proceso participado por parte de la

ciudadanía y de los colectivos sociales que existen en nuestra ciudad. Eso es de

toda lógica y cabe en toda mente, desde luego en un permanente diálogo, no solo

en la redacción del reglamento sino luego en su desarrollo, un diálogo con la

sociedad civil que desde luego nos los agradecerán.

Y también incluimos la parte final de la exposición, una cierta pedagogía,

que se debe hacer sobre todo con las generaciones más jóvenes para garantizar en

el futuro que estos procesos participativos funcionan y permanezcan, pervivan con

el paso del tiempo. He dicho antes que tradicionalmente había un modelo de

participación vehiculado fundamentalmente a través de colectivos. A día de hoy

ya existe una novedad que pueden ser las demandas ya individuales de la sociedad

y que evidentemente entre los jóvenes se produce con mayor ahínco y con mayor

protagonismo esta demanda individualizada. Sin que ello le reste peso, desde

luego, a la participación vía colectivos.

Entonces, también, hay que hacer un esfuerzo pedagógico sobre todo por

parte de los que aquí nos sentamos cada mes en cada pleno para que ese esfuerzo

en torno a la participación se realice de manera especial, pero no solo sino que

tiene que afectar a toda la sociedad, de manera especial con los jóvenes.

Por lo tanto ahora paso a leer la propuesta de resolución:

Por todo lo antes expuesto, el Grupo Municipal Socialista presenta para su

aprobación por el Ayuntamiento-Pleno, la adopción de los siguientes acuerdos:

1.- Iniciar, antes del mes de Junio de este año, el proceso para la redacción

de un nuevo Reglamento de Participación Ciudadana adaptado a la realidad social

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actual, que permita una participación real y efectiva de la ciudadanía en la ciudad

de Salamanca. Este proceso deberá articularse para garantizar la implicación de

asociaciones, agentes económicos y sociales, colectivos, fuerzas políticas de la

Corporación Municipal y la ciudadanía en general.

2.- La aprobación por el Pleno de la Corporación del nuevo Reglamento de

Participación Ciudadana de Salamanca deberá producirse antes de finalizar el

presente año 2016.

SRA. CARRERA GARROSA: Bueno, al leer la propuesta del Grupo

Socialista nos llama la atención que el último reglamento y único junto con la

modificación del 2009 de esta materia sea tan reciente. Qué lamentable que en los

Ayuntamientos democráticos, la participación ciudadana no haya sido una materia

prioritaria o protagonista de la política del día a día.

La verdad es que la propuesta del Partido Socialista nos convence y por

tanto vamos a votar a favor, no solo porque consideremos que hay que modificar

este Reglamento sino casi todos los que nos hemos encontrado al llegar a esta

Corporación, básicamente porque en muchos casos ni siquiera responden a los

principios que buscan al propio nombre que los encabeza.

Si que es verdad que cuando leíamos la propuesta, vuestra propuesta,

entendíamos que lo que estabais buscando, lo que realmente reconoce esta nueva

moción, es que se oferten amplios compromiso, o que se busquen nuevas formas

para participar. Nuevas formas porque han cambiado los tiempos, porque hay

nuevas herramientas y porque evidentemente hay que generar la participación

ciudadana. Para Ganemos Salamanca esto es muy importante, hay nuevas formas

pero también creemos y entendemos que un buen reglamento de participación

ciudadana también tiene que apostar por una mayor participación.

Me gusta el comentario que decía el Sr. Mateos respecto “hay que hacer

pedagogía”, entendemos que un Ayuntamiento tiene una parte pedagógica, y

evidentemente hay que hacer pedagogía para esas nuevas generaciones, que

entiendo que nos incluimos tu y yo, evidentemente, por lo menos tú, ¿no? Por

supuesto. Pero más allá de esa nueva pedagogía, creemos que hay que generar

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espacios, espacios donde la participación sea real.

Con esto quiero decir que quizás no nos sirvan esos consejos que en la

actualidad tenemos, consejos sectoriales que se supone de participación, pero es

que muchas veces nos encontramos que no se pueden tomar decisiones políticas.

Consejos donde la sociedad civil tiene mucho que decir y exponer, pero que en

muchos casos se queda solo en intercambios, en debates, y meramente en

rendición de cuentas, muchas veces casi las menos, de su actividad.

Es decir, consideramos que la sociedad civil a través de esos consejos de

participación como son los sectoriales, tiene una primera parte cubierta, pero

quedaría una segunda que tiene que ver con otras formas. Creo que esta moción,

evidentemente pone de manifiesto que hay que utilizar más herramientas a parte

de los Consejos Sectoriales, para que tengamos la prioridad o el protagonismo de

la participación ciudadana entre nuestras acciones políticas. También, claro,

cuando leemos esta apuesta por un nuevo reglamento, por una nueva forma de

participar, nos viene a la cabeza, que será necesario el aumento de recursos

humanos para poder desarrollar realmente un buen reglamento de participación y

que esto sea una realidad, que no se quede en papel mojado.

Por eso me gustaría decir que en la actualidad tenemos en torno a diez

vacantes vinculadas al servicio de participación ciudadana y de centros cívicos. Y

directamente cinco puestos que van directamente vinculados a que la participación

ciudadana sea una realidad. Yo con esto creo que este reglamento, y lo echo en

falta, lo echamos en falta, tiene que abrir la puerta a que estas cinco vacantes y las

cinco restantes sean cubiertas. Que este Ayuntamiento de nuevo se preocupe por

su empleo municipal y que a través de estos recursos humanos, personales y tan

profesionales como nuestros trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento,

favorezcamos la participación ciudadana.

Apostaremos por este nuevo reglamento y por supuesto participaremos

para que sea lo más democrático y cercano posible.

SR. GONZÁLEZ BUENO: Hoy el Grupo Municipal Socialista trae a este

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pleno, como ya lo ha presentado, una iniciativa para redactar un nuevo reglamento

de participación ciudadana.

Una iniciativa que ya en julio del año pasado presenté yo mismo en rueda

de prensa acompañado del Alcalde junto a otras 39 medidas para fomentar la

participación ciudadana, la transparencia municipal y el voluntariado.

Concretamente en el apartado 4.6 del documento que se presentó como bien digo,

a principios de julio, se recoge expresamente el compromiso de modificación del

reglamento para la participación democrática en la ciudad de Salamanca.

Tras la presentación de estas medidas, este Grupo Municipal comenzó en

septiembre con la labor que ha consistido principalmente en reunirnos con las

principales asociaciones vecinales de nuestra ciudad, de cara a recoger las

carencias del actual reglamento para la participación democrática en la ciudad de

Salamanca, y proponer mejoras para poder elaborar un nuevo Reglamento de

Participación Ciudadana que se adapte mejor a los nuevos tiempos de la

participación vecinal que el Reglamento actual, obsoleto tras ocho años en vigor,

que no está preparado para ello. Como he dicho hace tan solo un mes después de

tomar posesión en este Ayuntamiento, en julio, firmamos un acuerdo con el

Equipo de Gobierno que recogía 40 medidas sobre transparencia, participación,

que el nuevo reglamento deberá contemplar.

Voy a enumerar solo alguna de las medias que presentamos y que debería

recoger este nuevo reglamento en el ámbito de las asociaciones vecinales.

Establecimiento de mecanismos que faciliten la presentación de propuestas

ciudadanas de cara a la elaboración de los presupuestos municipales. Fomentar las

relaciones con los ciudadanos y la sociedad a través de formularios web; correo

electrónico y redes sociales; apertura de los centros de participación los fines de

semana racionalizando los horarios existentes; ampliar la red de centros

municipales integrados de participación como la nueva Casa de las Asociaciones,

el Victoria Adrados, o el Luis Vives, un Plan Integral de Mantenimiento de los

Centros de Participación. Agilizar la resolución de las solicitudes de utilización de

los diferentes centros; mantener la posibilidad de utilizar los centros escolares

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públicos para actividades participativas; realizar periódicamente reuniones

sectoriales o por zonas de la ciudad con las asociaciones; comunicación a las

asociaciones de los órdenes del día, acuerdos y actas de plenos, juntas de gobierno

y comisiones informativas. En los centros de participación social se deberá

exponer los órdenes del día de los plenos ante de su celebración; habilitar canales

directos de comunicación para que las personas y asociaciones planteen sus

preguntas, dudas o sugerencias y seguimiento de las mismas. Potenciar y convocar

con mayor frecuencia los Consejos Sectoriales y el Consejo de Ciudad.

Comunicar y publicar sus órdenes del día y acuerdos. Actualización continúa de la

base de asociaciones de la ciudad de Salamanca.

Como pueden observar, en Ciudadanos hemos adquirido un especial

compromiso con el tejido asociativo de nuestra ciudad que desde hace tiempo

pedía una revisión del reglamento de participación ciudadana para potenciar los

cauces de participación integrando a las nuevas tecnologías y hacer de la

participación ciudadana uno de los principales pilares fundamentales sobre el que

se asiente la nueva política municipal.

SRA. SÁNCHEZ BELLOTA: Bueno, yo creo que en las exposiciones que

hemos oído aquí esta mañana con respecto a la modificación de este Reglamento,

yo creo que hay muchos acuerdos en general, y bien es verdad que todos estamos

trabajando ya en esa línea y concretamente el Partido Popular lleva trabajando en

esta línea desde septiembre con las asociaciones de vecinos con las que se ha

reunido hasta casi el mes de enero. Hemos mantenido ya contactos continuos y

cercanos con todas las asociaciones y ya hemos propuesto, no solo la

modificación de este Reglamento sino algunos otros objetivos a corto plazo que

voy a comentar.

Nosotros consideramos que la sociedad actual no se concibe sin una

participación activa de sus ciudadanos en aquellas cuestiones que directamente

nos afectan a todos. Este es un aspecto que ya se recoge en el reglamento que

actualmente el Ayuntamiento de Salamanca tiene. Es, sin duda, uno de los

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principios sobre los que se sustenta el funcionamiento democrático de las

instituciones recogido en nuestra Constitución. Al comienzo de la legislatura

como decía antes, el Partido Popular y Ciudadanos también firmaron un pacto

como bien ha dicho Don Alejandro, para el impulso de la participación ciudadana,

el voluntariado y la transparencia municipal, teniendo como horizonte el implicar

a la ciudadanía en este proceso público de toma de decisiones, cuarenta medidas.

Firmamos un plan de cuarenta medidas, entre estas medidas, efectivamente, se

encontraba la modificación del reglamento de participación democrático y

partiendo de este compromiso y siendo conscientes de la importancia de la

modificación de este plan, para que este fuera un plan de la ciudad de Salamanca

y de todos los salmantinos, venimos impulsando esta responsabilidad.

Fíjense si es así que como les decía, efectivamente, desde septiembre yo

llevo reuniendo prácticamente todas las semanas con las asociaciones de la ciudad

de Salamanca que como saben ustedes tenemos en nuestro registro más de 350

asociaciones que tienen actividad. Pues marcamos uno de los objetivos a corto

plazo que era esta modificación, pero no solo esta sino también la modificación de

la red del documento o del reglamento de organización y funcionamiento de la red

de centros de participación. El compromiso esta adquirido, y ya hemos empezado

a trabajar como bien les digo.

La participación ciudadana sabemos que es uno de los puntos

fundamentales de la política democrática de cualquier municipio. Además, ha sido

regulada en los diferentes, en las diferentes normas, desde la Constitución

Española a la Carta Europea de Autonomía Local, la Ley Reguladora de Bases de

Régimen Local, así como las recomendaciones del Consejo de Ministros de

Europa.

La reforma introducida en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local,

así como en la Ley de medidas de modernización del Gobierno Local, impulsa ya

los mecanismos de participación ciudadana para adaptarla a las reglas de

actuación que se llevan a cabo, tal y como ha manifestado en repetidas ocasiones,

el Consejo de Europa. Somos conscientes de los aspectos evolutivos de la

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sociedad que no están contemplados en nuestro Reglamento. Si bien es verdad, se

recogen, algunos de ellos, pero otros muchos que se están llevando a cabo, no

están recogidos en este Reglamento.

Es nuestro compromiso, un compromiso que este Equipo de Gobierno

pretende orientar la voluntad de crear y consolidar un sistema de participación

adecuado a la democracia local, que refuerce el derecho constitucional a la

participación en todos estos asuntos públicos, que además están proclamados ya

en nuestra Constitución.

Ustedes hablan en su exposición de motivos, como la participación

ciudadana, es un requisito esencial para la existencia de un buen gobierno

democrático y su acción transparente. Estamos de acuerdo como no podía ser de

otra manera, tanto es así, que ya cuando debatíamos sobre presupuestos

participativos en este mismo pleno, hablábamos de promover que la ciudadanía no

sea simple observadora de los acontecimientos y decisiones. Y que pueda

convertirse en protagonista activa de lo que ocurre en la ciudad, profundizando así

en la democracia participativa.

No puede perderse de vista también, y quiero dejarlo claro que este

reglamento municipal que sometemos a su modificación es una norma jurídica, y

como tal puede provocar la concreción de las obligaciones y responsabilidades

municipales respecto de su contenido. En tanto que norma jurídica, se encuentra

en nuestro ordenamiento, debe respetar todas las normas de rango superior y las

normas habilitadas de las competencias municipales. Desde la propia Constitución

a la Ley de Bases de Régimen Local, pasando por la normativa sectorial, los

reglamentos de desarrollo, etc.

Aún así, nosotros pretendemos llevar a cabo unos criterios de actuación

como son el desarrollo efectivo de la participación ciudadana con arreglo a lo

previsto en la Constitución y a la legislación vigente. Pretendemos impulsar la

participación de los ciudadanos y de sus organizaciones en los intereses generales

de la ciudad, estableciendo nuevas vías de participación que garanticen el

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desarrollo de esta democracia participativa de la que hablo y la eficacia de la

acción pública, así como fomentar la vida asociativa de la ciudad, hacer efectivos

los derechos y deberes de los vecinos de Salamanca y garantizar el acceso de los

vecinos del municipio a los recursos y servicios municipales de conformidad con

las normas y procedimientos establecidos en cada caso.

SR. MATEOS CRESPO: Bien, agradezco el apoyo de todos los demás

Grupos al texto planteado por el Grupo Municipal Socialista y únicamente hacer

varias referencias a cuestiones que se han planteado y que efectivamente me he

guardado inicialmente también para esta intervención y no la inicial que era sobre

todo hablar del texto.

Efectivamente, hay una carencia importante de personal en la Sección de

Participación Ciudadana, a día de hoy si no me falla la memoria únicamente hay

un jefe, jefa de sección y un administrativo. Si no recuerdo mal, en la sección

concreta de participación ciudadana, adscritos, creo recordar que solo hay dos. Ha

habido un técnico que ha pasado por allí unos meses y ha vuelto a su puesto de

trabajo, en la sección de juventud, e inicialmente el anterior Jefe de Sección ya no

se encuentra en la institución municipal por jubilación. No está a día de hoy,

laboralmente, activo. Con lo cual, tiene que ser una prioridad, que en el

departamento administrativo de la sección de participación ciudadana, existan

recursos humanos suficientes para abordar importantes cuestiones, que vienen en

el futuro también, la cuestión del reglamento de participación ciudadana.

Nosotros, en la moción, fijamos una serie de plazos que evidentemente

tendrán que ser, en la medida de los posible, cumplidos, porque además, cuando

uno llega a acuerdos, lo suyo es fijar unos plazos porque sino el tiempo pasa y no

se cumplen. De ahí que enlace con la intervención del Portavoz de Ciudadanos

diciendo que bueno, que es una propuesta que incluyeron en un acuerdo que

tienen con el Partido Popular, en el que los demás grupos no participamos sino

únicamente dos grupos representados en la Corporación, Partido Popular y

Ciudadanos en torno al reglamento de participación ciudadana así como otras

medidas de participación y transparencia.

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474

Me alegro que ahora sí sea una prioridad para el Equipo de Gobierno

cuando en oOctubre de 2011 el Grupo Socialista presentó una moción para

introducir ya mejoras en el Reglamento de Participación Ciudadana y en aquel

momento se rechazo, en aquel momento el reglamento era ya obsoleto,

imagínense ahora cuatro años después, más de cuatro años después.

Por eso los acuerdos a veces, y se lo digo al Portavoz del Grupo de

Ciudadanos, están para agilizarlos y sobre todo para que se hagan realidad antes

de que acabe la legislatura, porque ya llevamos consumidos casi un año, el 25% y

aunque fuera reflejado en julio del año pasado, pues se han hecho pocos avances

reales, aunque se hayan podido mantener encuentros, que todos los hemos

mantenido por otra parte. Evidentemente tiene que hacerse un reglamento de

participación ciudadana compatible con la legislación vigente, hombre, yo creo

que eso es una obviedad, de hecho, a veces no tanto porque sabemos en este

Ayuntamiento, hoy hemos hablado de ello, como a veces no siempre se cumple la

legalidad, entonces, está bien que la responsable delegada del Equipo de

Gobierno, aluda a ese compromiso con la legalidad y sobre todo el compromiso

con la ciudadanía, que también nosotros lo compartimos, siempre en todo

momento, también en participación ciudadana.

Y evidentemente se tendrán que incorporar nuevos paradigmas de la

participación democrática en la ciudad de Salamanca compatibles también con la

democracia representativa que nosotros aquí estamos ejerciendo.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar la

moción que antecede.

17.5.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS

SALAMANCA PARA DOTAR DE MAYOR PUBLICIDAD LOS

PROCESOS DE CONTRATACIÓN.

El texto de la moción es el siguiente:

“La transparencia en la gestión de uso del dinero público debe ser siempre

una obligación básica y prioritaria del servidor público, y especialmente cuando se

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generan situaciones de crisis y de corrupción se hace más necesario garantizar al

contribuyente que se realiza una gestión eficiente de sus impuestos.

La importancia económica y social de los contratos públicos se hace

necesario abordar el procedimiento de contratación pública con total

transparencia, en aras a contribuir a la reducción del déficit público, por un lado, y

por otro, para evitar la pérdida de legitimación democrática de las instituciones

administrativas y políticas, siendo una responsabilidad diaria, y donde el

representante político electo es el primer garante de la rendición de cuentas.

Parece coherente que los ciudadanos puedan conocer, de forma fácil y

sencilla, cuántos contratos han sido adjudicados por la administración a las

empresas. Esta información permitirá a la ciudadanía y a las organizaciones que

representan sus intereses, analizar esa información y colaborar en la mejora de los

procesos de compras públicas. Se trata de posibilitar la transparencia y el control.

El acceso a la información en el S. XXI no es una colección de gráficos,

recortados e inteligibles, sino que debe ser fácilmente accesible de la forma más

completa.

No olvidemos que por su naturaleza es información pública y, por tanto,

accesible a los ciudadanos. Lo contrario, la ocultación de la información, o incluso

su publicación de un modo que no sea fácilmente entendible, será el caldo de

cultivo perfecto para la corrupción y favorecerá la pérdida de la confianza de los

ciudadanos. Así, estamos obligados a adoptar cuantas medidas sean necesarias

para evitar el mal o inadecuado uso del dinero público.

Es por ello que en Ciudadanos somos especialmente exigentes y

reivindicativos en la necesidad de transparencia en todos los procesos de la

administración, siendo los representantes políticos electos quienes tenemos la

responsabilidad y el reto de llevar a cabo y cumplir con el objetivo de mejorar

aquellos procedimientos que redunden en una gestión mejor y más transparente de

cara al ciudadano.

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Por lo expuesto; el Grupo Municipal Ciudadanos al amparo de lo establecido

en el artículo 88 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Excmo.

Ayuntamiento de Salamanca, propone al Pleno de la Corporación la adopción del

siguiente acuerdo:

1- Dar máxima publicidad y transparencia, en un lenguaje de fácil

comprensión y accesible en la web municipal, a todo proceso de contratación a

realizar o realizado por el Ayuntamiento, ya sea por concurso, procedimiento

negociado o incluso contrato menor.

2- Publicación de forma transparente y fácilmente accesible en la web

municipal de las actas de las reuniones de las mesas de contratación, con las

salvaguardas debidas por protección de datos de carácter personal.

3- Crear, en un lugar destacado de la portada de la web municipal, una

sección de noticias sobre avisos de licitaciones, ofreciendo, además la posibilidad

de subscribirse a un boletín de avisos sobre próximas licitaciones”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. GONZÁLEZ BUENO: Hoy presentamos una moción que hemos

titulado “para dotar de mayor publicidad a los procesos de contratación”.

Y como dice la exposición de motivos, “la transparencia en la gestión de

uso del dinero público debe ser siempre una obligación básica y prioritaria del

servidor público, y especialmente cuando se generan situaciones de crisis y de

corrupción, se hace más necesario garantizar al contribuyente que se realiza una

gestión eficiente de sus impuestos.

La importancia económica y social de los contratos públicos se hace

necesario abordar el procedimiento de contratación pública con total

transparencia, en aras a contribuir a la reducción del déficit público, por un lado, y

por otro, para evitar la pérdida de legitimación democrática de las instituciones

administrativas y políticas, siendo una responsabilidad diaria, y donde el

representante político electo es el primer garante de la rendición de cuentas.

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477

Parece coherente que los ciudadanos puedan conocer, de forma fácil y sencilla,

cuántos contratos han sido adjudicados por la administración a las empresas. Esta

información permitirá a la ciudadanía y a las organizaciones que representan sus

intereses, analizar esa información y colaborar en la mejora de los procesos de

compras públicas. Se trata así de posibilitar la transparencia y el control.

El acceso a la información en el S. XXI no es una colección de gráficos,

recortados e inteligibles, sino que debe ser fácilmente accesible de la forma más

completa. No olvidemos que por su naturaleza es información pública y, por tanto,

accesible a los ciudadanos. Lo contrario, la ocultación de la información, o incluso

su publicación de un modo que no sea fácilmente entendible, será el caldo de

cultivo perfecto para la corrupción y favorecerá la pérdida de la confianza de los

ciudadanos. Así, estamos obligados a adoptar cuantas medidas sean necesarias

para evitar el mal o inadecuado uso del dinero público.

Es por ello que en Ciudadanos somos especialmente exigentes y

reivindicativos en la necesidad de transparencia en todos los procesos de la

administración, siendo los representantes políticos electos quienes tenemos la

responsabilidad y el reto de llevar a cabo y cumplir con el objetivo de mejorar

aquellos procedimientos que redunden en una gestión mejor y más transparente de

cara al ciudadano.

Por lo expuesto este Grupo Municipal trae al Pleno del Ayuntamiento de

Salamanca la adopción del siguiente acuerdo:

1.- Dar máxima publicidad y transparencia, en un lenguaje de fácil

comprensión y accesible en la web municipal, a todo proceso de contratación a

realizar o realizado por el Ayuntamiento, ya sea por concurso, procedimiento

negociado o incluso contrato menor.

2.- Publicación de forma transparente y fácilmente accesible en la web

municipal de las actas de las reuniones de las mesas de contratación, con las

salvaguardas debidas por protección de datos de carácter personal.

3.- Crear, en un lugar destacado de la portada de la web municipal, una

sección de noticias sobre avisos de licitaciones, ofreciendo, además la posibilidad

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de subscribirse a un boletín de avisos sobre próximas licitaciones”

SR. DE LA MORA GONZÁLEZ: Bien, nosotros evidentemente, vamos a

votar a favor de su moción, es evidente que es muy necesario transmitir de una

forma comprensible todo los procesos de contratación, no solo los que se vayan a

realizar sino también los realizados, cuestión interesante.

No obstante consideramos también cierto que igual que en el Área de

Participación hay muy pocos recursos humanos para esta labor, la transparencia

en esta administración requiere también aumentar mucho los recursos, de hecho

nosotros mismos proponíamos en nuestro programa electoral una oficina de

transparencia y espero que el Gobierno Municipal tenga en consideración que para

todas estas medidas que se quieren implementar, van a hacer falta más recursos, y

estudios sobre Ley de Datos y flujo de información.

Bien, como digo, la vamos a apoyar como también le recuerdo que le

apoyaríamos medidas como el derecho a acceso a la información, derecho a saber

cuánto, dónde y cómo se gasta el dinero de los impuestos. Transparencia y

accesibilidad en las informaciones, las sedes electrónicas de los Ayuntamientos

como punto de acceso a través de internet a la información municipal como

herramienta para agilizar los trámites; también apoyaríamos mostrar las

actividades municipales más importantes de los grupos como los plenos,

actividades institucionales, propuestas etc., mostrar retribuciones, etc., como

también la financiación de los Grupos Municipales, publicación de las cuentas

anuales especificando las aportaciones recibidas por cada uno de los Grupos.

Impulsando la creación de un registro público fácilmente accesible donde

pudieran consultarse las distintas aportaciones concedidas, obligando también a

los partidos además a publicar en su página web los reglamentos, estatutos,

cuentas, ingresos y gastos electorales, presupuestos y procedimientos de control

interno.

También les apoyaríamos en la desaparición y la limitación de los cargos

de libre designación a nivel 30 que todos los puestos por debajo de este nivel

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fueran de oposición e incluso les apoyaríamos en la desaparición de la figura de

los asesores externos como personal de confianza, si existe personal funcionario

especializado, capacitado para realizar dichas funciones, de hecho lo cumplimos.

De hecho, también les apoyaríamos en el derecho al “Open Data” que es mucho

más allá. Un gobierno abierto, “Open Data” es un concepto mucho más amplio, y

la contratación electrónica.

Bien, nosotros todo esto se lo apoyamos porque está en su programa

electoral como bien saben ustedes. Por tanto, todas estas cuestiones nosotros

también las llevamos en nuestro programa electoral y se las apoyaríamos. Por eso

les invito a trabajar en esta línea de mejora de la transparencia y que presionamos

todos al Grupo Municipal Popular que está en el Gobierno para que vaya

implementado poco a poco estas medidas.

No obstante le recuerdo que nos hubiera gustado, como bien le dijo mi

compañero, que ahora a continuación, tenemos otra propuesta que llevamos de

control y ejecución de los contratos, que en la contratación pública no solo es

necesario que haya una información pública abierta que se pueda conocer sino

también hay que controlar la ejecución y el desarrollo porque como bien estamos

viendo, una cosa es lo que se dice y lo que pone en los papeles y otra cosa es lo

que se ejecuta y se desarrolla en el Ayuntamiento.

Por tanto creíamos que podíamos haber ido conjuntamente y esta parte de

su moción haberla incluido en una moción conjunta del resto de grupos con la que

a continuación mi compañero trasladará. Por lo tanto, como digo, la apoyaremos,

y en esta línea trabajaremos todos juntos y juntas.

SR. MATEOS CRESPO: Bien, anuncio el voto favorable a la propuesta de

Ciudadanos, a las que haremos algunas consideraciones.

Se introduce efectivamente alguna pequeña medida para intentar hacer

más accesibles y entendibles los procesos de contratación a la ciudadanía,

cuestión que por otra parte no es sencilla. Sí que es cierto que introduce muchos

conocimientos técnicos tener la percepción de cómo se realiza desde el principio

hasta el final un proceso de contratación de la administración pública. Es más,

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cuando uno entra en una Corporación Municipal, muchas veces necesita varios

meses para saber y conocer realmente cómo funciona una administración pública

por dentro, entonces, los esfuerzos son todavía mayores, no es sencillo, pero

coincidimos en que pequeñas cuestiones concretas avanzando hacia la pedagogía

una vez más, insistimos, en torno a lo que se realiza dentro de las

administraciones pública, sin duda redundará en una mayor confianza de la

ciudadanía ante y frente a quienes nos han encomendado la representación

pública.

El reto por tanto es intentar reducir esa lejanía que existe entre los

procedimientos tasados por la legislación, lo que efectivamente se hace en las

administraciones. Y lo que efectivamente la ciudadanía puede percibir de una

manera sencilla y pedagógica. Por lo tanto, consideramos que en esa labor de

mayor transmisión de lo realizado con los recursos de la ciudadanía, desde que se

toma una decisión hasta que realmente se ve puesta en marcha es importante.

Estamos también de acuerdo en el principio a priori, que debe serlo así,

que a más transparencia, menos comportamientos susceptibles de corrupción, o al

menos, puede ser a priori disuasoria la transparencia frente a la corrupción. Ahora

bien, si que vamos a hacer algunas puntualizaciones muy pequeñas respecto al

texto planteado, porque la cuestión creemos que debe ser planteada desde el rigor

político y también técnico. Evidentemente a nosotros no se nos puede achacar o

no se nos debería achacar desconocimiento de la materia cuando nos sentamos

aquí. Si a la ciudadanía, que evidentemente no tienen todos los datos ni todos los

conocimientos que evidentemente esa brecha hay que reducirla.

Bien, el uso de los recursos públicos, evidentemente, tiene que ser

siempre, y subrayo lo de siempre, lo incluyen en su moción, una prioridad y

obligación de quienes estamos aquí sentados. No hay periodos en los que este

compromiso deba relajarse ni aumentarse, sino que debe ser absolutamente

siempre y en todo momento de manera rigurosa el uso de los recursos públicos

por parte de quienes nos sentamos o representamos a la ciudadanía.

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No es que en determinados momentos esto deba ser diferente. Si puedo

compartir que en determinados momentos la sensibilidad social en torno al uso de

los recursos públicos o respecto a la gestión pública pueda ser mayor o menor,

pero la prioridad respecto de nosotros en su uso de los recursos debe ser siempre y

en todo momento.

Por tanto, los mecanismos de control y uso eficiente no se deben relajar en

ningún momento. Dicen en su moción en la página 2, que el acceso a la

información en el siglo XXI no es una colección de gráficos recortados,

inteligibles sino que debe ser fácilmente accesible de la manera, de forma más

completa. Bueno, espero que los calificativos al gráfico, por lo menos los gráficos

si se publican, sigan siendo inteligibles, porque inteligibles quiere decir que se

pueden entender. Me imagino que querrían decir ininteligibles y será un error,

porque espero que aunque los gráficos aparezcan recortados, por lo menos sigan

siendo inteligibles, se sigan pudiendo entender. La verdad es que supongo que

habrá sido un error de palabra pero si me parece importante que lo aclaren no vaya

a ser que quitemos los gráficos, sigan estando recortados y encima no se puedan

entender a partir de ahora, con lo cual, bueno, quizás es importante que lo

maticen, entiendo que es un error en todo caso.

Respecto a las medidas concretas en la adopción de acuerdos, máxima

transparencia a todo el proceso de contratación, totalmente de acuerdo, reforzando

el perfil de contratante y otra nueva área de la página web que ustedes proponen.

Respecto a las actas de la mesa de contratación, evidentemente nosotros

somos muy partidarios de que se publiquen todas las actas de todas las reuniones

que se mantengan en este Ayuntamiento, así lo hemos manifestado con respecto a

las comisiones informativas, pero no es menos cierto que la mesa de contratación

tiene un carácter puramente técnico, y que a veces se suscita controversias de

carácter técnico entre responsables de los contratos en el Ayuntamiento, y eso

puede dar lugar, si se publican esos argumentos en la página web, a utilización por

parte de las empresas para la presentación de determinados recursos frente a

alguna adjudicación y ello puede derivar en una paralización parcial de las

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contrataciones públicas. Con lo cual, transparencia sí, pero con reservas de no

poner en peligro y en riesgo la actual administración pública o el normal

funcionamiento del Ayuntamiento de Salamanca.

Y el punto 3, evidentemente parece concordante con el punto número uno

y ya se había comentado en anteriores ocasiones, con lo cual sí estamos de

acuerdo con respecto a boletín.

Para terminar ya, las medidas que se proponen no son a nuestro juicio de

fondo sino pequeños avances que son necesarios pero que habrá que profundizar

en el futuro, por lo que nosotros sí que lo apoyaremos y estamos dispuestos a

trabajar para incluir estos y otros cambios de mayor profundidad, que realmente

supongan un reflejo de la transparencia y la contratación pública en este

Ayuntamiento y sobre todo un acercamiento de la misma a la ciudadanía.

SR. GARCÍA CARBAYO: El interés por la transparencia y el control de

las contrataciones es común y compartido por todos los Grupos Municipales y en

general por los salmantinos.

La transparencia de las contrataciones municipales, está reconocida y

garantizada en este Ayuntamiento. Mire usted Don Alejandro que son nuevo, ya

relativamente en este Ayuntamiento, lo que se han encontrado al llegar al

Ayuntamiento, no sé si lo sabían cuando entraron en él. El Ayuntamiento de

Salamanca obtiene la máxima puntuación en contratación, al 100% de

transparencia según el informe de transparencia internacional que es el organismo

independiente que elabora el índice que sirve de referencia a los principales

ayuntamientos españoles.

La información sobre las contrataciones del Ayuntamiento de Salamanca

se publica en el perfil del contratante y es muy prolija. Incluye además de los

pliegos completos, procedimientos de adjudicación, tramitación, presupuesto y

licitación, plazo de ejecución, fechas de publicación, fecha límite de presentación

de ofertas, apertura de ofertas, adjudicación, plazo para formalización del

contrato, documentación, formalización del contrato, documentación adjunta y

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hasta hay un apartado de observaciónes. Le estoy poniendo por ejemplo un

procedimiento de una obra que acabamos de comenzar en el Cerro de San

Vicente.

Además, recientemente, hemos habilitado una cuenta de correo genérica

[email protected], su enlace está en el perfil para cada contrato y en

ese correo recibimos comunicaciones y consultas de los licitadores y a través de él

se responde con lo que se ha convertido en un canal de comunicación muy

inmediato y bastante utilizado. Además, atendiendo al acuerdo sobre transparencia

pactado entre el Grupo Popular y Ciudadanos, que por cierto Don Gabriel estamos

desarrollando, y de eso se trata, se publican en la web municipal los contratos

menores por importe superior a 3.000 euros. Las licitaciones se publican en los

boletines correspondientes de la provincia, de la Unión Europea. La oposición

municipal tiene conocimiento de las resoluciones referentes a los contratos

municipales, puesto que el Equipo de Gobierno facilita una relación de estas

resoluciones que los portavoces de la oposición reconocen conocer en cada pleno.

Este conocimiento figura como uno de los puntos del orden del día.

De estas resoluciones se da también conocimiento en la Subdelegación del

Gobierno y a la Junta de Castilla y León y se exponen en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento. La oposición tiene representantes en la mesa de contratación, de la

que forman parte también el Interventor y el Secretario General de la Corporación,

así como el Jefe del Servicio de Contratación e igualmente la oposición forma

parte de la Comisión de Contratación y controla igualmente la contratación en el

Pleno municipal cuando este es competente.

Los expedientes municipales, a parte de esa publicidad, transparencia, y

control político al que he aludido, están sujetos al control de los empleados

públicos municipales, lo que se traduce en la emisión por estos de múltiples

informes. Informes vía jurídica, intervención, contratación, de las diversas áreas

municipales que a veces convierten los expedientes de contratación en

interminables, pero todos coincidiremos en que son necesarios estos controles

para garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia, de publicidad,

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de libre concurrencia que deben imperar en la contratación pública.

Por tanto, quizás más que mayor transparencia y control que son

exhaustivos, estamos hablando de cara a las medidas propuestas en esta moción,

de facilitar una mayor información sobre contratación pública a los salmantinos.

Puede que en algunos casos sea redundante con la que se habilita a través de otros

cauces de información municipales, donde se explican en términos más sencillos

qué contrataciones hace el Ayuntamiento. Nosotros no nos oponemos a ello, todo

lo contrario.

Vaya por delante nuestro agradecimiento a los técnicos municipales, no es

una tarea fácil como aquí se ha dicho, aunque pueda parecerlo, el procedimiento

administrativo es riguroso y el lenguaje que emplea también y eso obligará a los

funcionarios a redoblar sus esfuerzos para realizar esa labor divulgativa, hacerlo

apropiadamente y facilitar un conocimiento más amplio de las contrataciones

municipales, ya sea a través de esos avisos de licitaciones o de la suscripción al

boletín al que hace referencia esta moción.

Advierto que necesariamente habrá de conectarse con el perfil del

contratante para facilitar a las empresas interesadas la información más exacta y

precisa sobre la contratación en que están interesadas.

Y por último, en cuanto a la publicación de las actas de las sesiones de la

mesa de contratación, debo advertir que ya se publica una relación más o menos

amplia de estas actas, una selección que hace el Servicio de Contratación en la

web municipal, dentro del apartado de transparencia. Ahora se publicarán todas

debidamente redactadas. Es buena la precisión que ha hecho Don José Luis.

Por tanto, de acuerdo con las propuestas que deben ir acompañadas del

reconocimiento del esfuerzo, por el control y por la transparencia en la

contratación, que se hace en todas las áreas de este Ayuntamiento.

SR. GONZÁLEZ BUENO: Bueno, primero agradecer al Sr. De la Mora

que se conozca también nuestro programa electoral, se lo agradecemos porque así

tampoco se nos olvidará cuando traigamos poco a poco esas iniciativas aquí al

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pleno. También a Don José Luis Mateo. Solo pedirle perdón y siento no tener el

grado de perfección que usted tiene. A lo mejor ha ido a un colegio mejor que el

mío. Y en cuanto al Partido Popular, al Sr. Carbayo, decirle que si, sabemos el

esfuerzo que se está haciendo desde el Partido Popular en mejorar la

transparencia, pero siempre nos va a parecer poco, siempre vamos a tender a más.

Entonces, por lo tanto agradezco a todos los Grupos Municipales el apoyo

a esta moción que redundará en nuestro propio beneficio, al demostrar a los

salmantinos que no tenemos nada que esconder en cuanto a la contratación

municipal se refiere, pero no nos quedemos aquí, vayamos mas lejos, hagamos de

la transparencia en la contratación municipal bandera en esta legislatura. Es un

gran paso la publicación de todos los contratos de este Ayuntamiento, incluido los

contratos menores, es un gran paso el facilitar información de las próximas

licitaciones a las empresas y autónomos para mejorar la concurrencia en los

procesos de contratación, pero tenemos que seguir potenciando la información en

materias de urbanismos, obras públicas y medio ambiente y muchas más cosas

que nos ha relatado el Sr. De la Mora y que nos ha estropeado alguna sorpresa que

podíamos tener más adelante.

Del mismo modo que tenemos que ir fijando ya una fecha para que se

reúna la comisión informativa de contratación para hacer el examen anual de los

principales contratos de servicios del Ayuntamiento tal como acordamos hacer a

principio de la legislatura.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar la

moción que antecede.

17.6.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL GANEMOS

SALAMANCA SOBRE TRANSPARENCIA, CONTROL Y

SEGUIMIENTO EN LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DE LOS

CONTRATOS PÚBLICOS MUNICIPALES.

El texto de la moción es el siguiente:

“La contratación pública municipal es una cuestión de especial relevancia en

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el Ayuntamiento, tanto por el aspecto cuantitativo, por los elevados importes de

dinero público que suponen a lo largo del año en el presupuesto municipal, como

en el aspecto cualitativo, pues se refieren y abarcan a la mayoría de los servicios

públicos municipales cuya gestión se encuentra privatizada y que afectan a

derechos esenciales de la ciudadanía.

Como ya hemos manifestado en multitud de ocasiones, tanto en la Comisión

de Contratación como en este mismo Pleno, la libre y pública concurrencia, la

igualdad en el acceso a la contratación pública, la transparencia y la publicidad,

son aspectos esenciales en esta materia de los contratos municipales para

garantizar la defensa de los intereses generales de la ciudadanía y al mismo

tiempo una gestión pública eficiente en la prestación de los servicios públicos

municipales.

Con anterioridad ya hemos acordado iniciativas relacionadas con la fase de

preparación y adjudicación de los contratos, se trata ahora de presentar propuestas

referidas a la siguiente fase del proceso de contratación y tan importante o más

que la anterior: desarrollo y ejecución de las contrataciones. Comprobar de forma

permanente, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones

y obligaciones previstas en todos los contratos es, por una lado una obligación

irrenunciable e inamovible del Ayuntamiento, cuyo incumplimiento debe dar

lugar a la exigencia de responsabilidad y, por otro, la garantía para la ciudadanía

de una adecuada gestión de intereses públicos generales.

La imperiosa necesidad de la puesta en marcha de las propuestas contenidas

en esta Moción se ha puesto de manifiesto en los claros supuestos de deterioro de

los servicios públicos puestos de manifiesto recientemente, por falta de control y

seguimiento del desarrollo y cumplimiento de los contratos municipales por parte

del equipo de gobierno del Partido Popular y que están suponiendo un deterioro

para las arcas municipales que tiene que soportar las obras de mantenimiento de

instalaciones municipales que no ha exigido a la empresa concesionaria. Baste

citar el caso de las piscinas municipales y la falta de control a la anterior empresa

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concesionaria, Eulen.

Esta iniciativa contempla propuestas divididas en dos grandes apartados,

contratos de obras y de gestión de servicios públicos; los de suministro podrían

asimilarse en el control de su cumplimiento a los de obras. Incluye también

propuesta de cambio del departamento municipal responsable de algunos

contratos, para que queden ubicados en departamentos de carácter técnico.

Por último, la Moción propone que la concreción y puesta en marcha de

estas propuestas se lleven a cabo en el seno de la Comisión de Bienes y

Contratación, que dará cuenta al Pleno Corporativo del cumplimiento de la

misma.

Por todo lo anterior, en aplicación del artículo 88 del Reglamento Orgánico

del Ayuntamiento, se propone al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.- Puesta en marcha de medidas sobre transparencia y seguimiento

en la ejecución de los contratos de obras:

- Transparencia y planificación: información previa a los vecinos y demás

afectados y compromisos del Ayuntamiento en su ejecución.

- Seguimiento de la ejecución de los contratos del Ayuntamiento:

información a la Comisión sobre importe, plazo realmente ejecutado y

modificaciones del proyecto y del presupuesto, en su caso.

- Estudio de la no aplicación de la baja desproporcionada en algunos

contratos según la cuantía y plazo de ejecución.

Segundo.- Puesta en marcha de medidas sobre transparencia y seguimiento

del desarrollo de los contratos de gestión de servicios públicos y concesiones. Con

la introducción de medidas que afecten tanto a aquellos contratos en los que la

empresa concesionaria gestiona los ingresos de la ciudadanía por la prestación del

servicio, como a las que no gestionan esos ingresos y sólo reciben

contraprestaciones económicas.

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Tercero.- Que el departamento responsable de la ejecución y cumplimiento de

los contratos que ahora dependen de la Policía Local, pasen a depender de los

departamentos técnicos del Ayuntamiento”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. RISCO ÁVILA: Empezaré por decir que esta materia de la

contratación pública de nuestro Ayuntamiento, está claro la importancia y

trascendencia que tiene que todos los Grupos Municipales consideramos que es

una parte muy importante de lo que podría decirse el núcleo duro de la gestión

pública municipal. Nada menos que tres mociones en el pleno de hoy, esta es la

tercera, han pasado por aquí, tienen que ver con la contratación municipal, una

moción sobre las cláusulas sociales, la moción anterior relacionada con la

transparencia y la publicidad, y la actual centrada en el control y seguimiento de

los contratos.

Esta trascendencia de la contratación municipal es tal, tanto desde el punto

de vista cuantitativo, no olvidemos que una parte muy importante del presupuesto

municipal de este Ayuntamiento se va en pagar contrataciones públicas, y desde el

punto de vista cualitativo igualmente. La inmensa mayoría de los servicios

municipales, la gestión esta privatizada y está desarrollada a través de las

contrataciones.

Después de poner de manifiesto esta trascendencia de la contratación,

quería resaltar que esta tercera moción que hoy viene al Pleno tiene desde nuestro

punto de vista, un plus más allá de las mociones anteriores, donde se sitúa el

objetivo de esta moción es poner el acento en el seguimiento y en el control más

allá después de la adjudicación. Está muy bien la publicidad, la transparencia de

toda la fase de adjudicación, de preparación. Ya hicimos propuestas en relación a

eso. Esta perfecto todas estas propuestas pero desde nuestro punto de vista

debemos avanzar en el qué pasa después de la adjudicación de estos contratos.

Teniendo en cuenta además todos los principios que todos compartimos en

relación con la contratación pública, la libre concurrencia, la publicidad, la

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igualdad en el acceso, etc.

¿Por qué es importante en este momento traer una moción sobre

seguimiento y control de los contratos?. Es una imperiosa necesidad puesto que la

gestión pública municipal de estos contratos, han puesto de manifiesto que esto es

una fase trascendental si no queremos presenciar el grave deterioro de las

instalaciones públicas de los propios servicios públicos municipales. Cómo se

evita que se vuelva a producir el caso “Piscinas” cómo se evita que las

instalaciones públicas sean realmente conservadas por aquellas empresas

mercantiles privadas a las que el Ayuntamiento le adjudica la gestión de los

contratos públicos municipales. Se consigue con control y seguimiento de estos

contratos.

La propuesta que contiene esta moción, en primer lugar tiene como

objetivo que esas propuestas concretas se lleven a la Comisión Informativa de

Contratación y esta lleve a cabo un plan concreto de todas las medidas para

controlar y desde nuestro punto de vista diferenciando, por una parte los contratos

de obras en la ejecución de obras. Tenemos conocimiento perfecto hasta la fase de

ejecución, pero queremos que vuelva a la comisión de contratación cuál es el

resultado de esa ejecución, cumplimiento de plazos, de presupuesto, con un

objetivo fundamental, evitar y luchar contra las modificaciones del proyecto y

modificaciones presupuestarias, fuente en muchas ocasiones como vemos en el

panorama nacional, de la corrupción que existe en las administraciones públicas.

Un segundo apartado de control y seguimiento de los contratos de gestión

de los servicios públicos, diferenciando aquellos que gestionan ingresos y con

especial relevancia para la presentación de informes periódicos por parte de los

departamentos y órganos municipales responsables de cada uno de estos contratos,

y con especial relevancia también para los informes que se habrán de emitir por

parte de la Intervención Municipal. Añadiendo además la posibilidad de que

existan comparecencias ante la comisión, de los responsables de las empresas

contratistas, concesionarias y también en su caso, de los funcionarios

correspondientes si esto fuera necesario.

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Antes de pasar a leer la parte dispositiva de la moción, me gustaría decir

que esperamos contar con el voto a favor de esta moción, de los cuatro Grupos

Municipales que nos sentamos en este pleno. Desde luego, con los Grupos

Municipales de la oposición, pero también con el apoyo o el voto afirmativo del

Grupo Popular puesto que pensamos que es una moción planteada desde la

búsqueda del consenso y la búsqueda de mejorar la gestión pública municipal que

redundará en beneficios para la ciudadanía.

La parte dispositiva de la moción dice lo siguiente:

“Proponemos al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente

acuerdo:

Primero. Puesta en marcha de medidas sobre transparencia y seguimiento

en la ejecución de los contratos de obras:

- Transparencia y planificación: información previa a los vecinos y demás

afectados y compromisos del Ayuntamiento en su ejecución.

- Seguimiento de la ejecución de los contratos del Ayuntamiento:

información a la Comisión sobre importe, plazo realmente ejecutado y

modificaciones del proyecto y del presupuesto, en su caso.

- Estudio de la no aplicación de la baja desproporcionada en algunos

contratos según la cuantía y plazo de ejecución.

Segundo.- Puesta en marcha de medidas sobre transparencia y seguimiento

del desarrollo de los contratos de gestión de servicios públicos y concesiones. Con

la introducción de medidas que afecten tanto a aquellos contratos en los que la

empresa concesionaria gestiona los ingresos de la ciudadanía por la prestación del

servicio, como a las que no gestionan esos ingresos y sólo reciben

contraprestaciones económicas.

Tercero.- Que el departamento responsable de la ejecución y cumplimiento

de los contratos que ahora dependen de la Policía Local, pasen a depender de los

departamentos técnicos del Ayuntamiento.

Este último apartado referido y con un planteamiento no personalistas en

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el responsable de ese departamento de la Policía Local, sino pensando

exclusivamente en un planteamiento de eficacia en la gestión y desde el punto de

vista técnico.

SR. CASTAÑO SEQUEROS: Bien, el Grupo Municipal Ganemos busca

el consenso en esta materia, en esta moción, pero lo primero que hace es hablar

del “caso piscinas” o sea que me imagino que será difícil obtener la aprobación

del Partido Popular. Estamos de acuerdo en que se trata de la comisión de

contratación y la mesa de contratación, de una parte del núcleo duro de este

Ayuntamiento. Estamos de acuerdo que hay que seguir la ejecución de los

contratos, referente a los contratos públicos, lo que no estamos de acuerdo es que

parece insinuarse que no se realiza ese cumplimiento en las ejecuciones y ese

seguimiento.

En la moción de Ganemos se hace referencia a este seguimiento,

señalándose que no se ha llevado en relevantes casos con perjuicio de la

ciudadanía, como por ejemplo, en el caso de las piscinas municipales.

A mi me gustaría, y sobre todo a mi Grupo Municipal, saber en qué otros

casos concretos y que hayan pasado además, me gustaría sobre todo si han pasado

por la Comisión, en qué otros casos concretos no se ha hecho seguimiento de los

contratos de una forma adecuada.

Sabemos que en este aspecto hay una especial puesta en énfasis, no solo

del Partido, principalmente del Partido que gobierna, pero no solo del Partido

Popular sino del resto de las fuerzas políticas, que formamos parte de esta

Corporación. En cuanto a este seguimiento se han reforzado a través de un

protocolo estas medidas. Entendemos que no venía funcionando de una forma

muy negativa, a pesar de que se ha dado un caso concreto que ha habido que

analizar y ha habido que reforzar diferentes puntos que hasta ese momento no se

estaban llevando a lo mejor o posiblemente adecuadamente.

Dicho esto, creo que el protocolo de ejecución de los contratos es bastante

evidente y además es bastante competente. Si hubiera alguna parte en la que hay

algo que añadir, debiera de señalarse en la moción, y además estamos abiertos en

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la mesa de contratación, o en la comisión de contratación a cualquier sugerencia.

Más que de forma genérica, habría que ejecutar los contratos, especificar

concretamente en qué puntos, dónde si y dónde no y qué habría que añadirse a ese

respecto, más que decidir de forma genérica, mira, si se ejecutan y se cumplen los

contratos es porque nosotros hemos introducido una moción.

Dicho esto, entiendo que las formas de autopromoción de la política siguen

sus propias reglas. Parece que tenemos que estar enfrentados, no lo entiendo bien,

aunque estoy recibiendo clases aceleradas. La autopromoción la considero una

forma clásica como miembros de un Grupo o en este caso de una Comisión de

Contratación y de una Mesa de Contratación. Y he de decir que estamos rodeados,

que funcionan, porque estamos rodeados de profesionales. De eso no le cabe duda

a ningún Grupo Municipal ni creo que vaya a manifestar nada en contra, desde el

primero hasta el último.

Pero en este caso y aquí voy a hablar directamente de Don Gabriel, con lo

cual deberías coger el boli para después la réplica, he de decir que cuando

participas en la Comisión de Contratación, estoy satisfecho y seguro. Me siento

mucho mejor sabiendo que estas ahí. Porque eres un profesional y además eres

una persona muy concienzuda, que analizas todo, y que además siempre tienes

algo que aportar, y lo mismo puedo decir del Grupo Socialista. Principalmente a

través de Arturo Ferreras y de todos los que le acompañan. Pero además también

del Grupo Popular, porque se han ido adoptando todas las decisiones por

unanimidad prácticamente. Cuando ha habido alguna duda se han traído

intervenciones, se ha hecho llamar a cualquier funcionario, se han parado los

procedimientos, incluso procedimientos como ha pasado recientemente, que

estaban en marcha a través de una queja manifestada por el Grupo Municipal de

Ganemos, que señaló y puso en énfasis que podía haber algún tipo de anomalía.

Se estudió, se volvió a estudiar. En ese aspecto no tengo ninguna queja ni

ninguna duda en el funcionamiento de la comisión de contratación, y estoy muy

orgulloso en especial del Grupo Municipal Ganemos, lo digo sinceramente.

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Otra cosa es luego lo que aparenta o parece ser fuera de esa comisión de

contratación. Y en cuanto a vuestra moción, en relación a la información previa a

los vecinos, más que decir que se informe a los vecinos, habría que mirar qué

parte de la información que se está dando a los vecinos no es la adecuada. Porque

según hemos tenido nosotros acceso y aparte que, cualquiera que ha tenido obras

en una calle puede saber cómo funciona, se toman una serie de medidas en las que

intervienen diferentes sectores de este Ayuntamiento. No solo se hacen carteles, se

ponen carteles, se incorpora a la Policía Local. En los propios pliegos, hacemos

mención de cómo se tienen que hacer las cosas. Si en un momento dado

entendemos o hay alguna idea nueva, sabemos perfectamente que cualquiera de

los Grupos Políticos puede introducir esa modificación. No estamos aquí para

poner palos en las ruedas sino para clarificar. Estamos en el núcleo duro como

bien ha dicho el de Ganemos.

En relación a la ejecución de los contratos, ya he hablado. En cuanto al

estudio de la no aplicación de la baja desproporcionada de algunos contratos

según la cuantía del plazo de ejecución, pues hombre, la baja desproporcionada

hasta donde a mi me ha llegado, se aplica en los contratos abiertos. Y en los

contratos abiertos hacemos un análisis pormenorizado de cada caso concreto,

incluidos los Grupos Políticos, incluidas las áreas correspondientes para su

estudio. Con lo cual, mayor transparencia, mayor estudio de las circunstancias,

pues hombre, entiendo que si es necesario un informe, pues bastará con que haga

un ruego en la comisión correspondiente y sino de oficio este Presidente de la

Comisión de Contratación lo pedirá, pedirá el informe a los responsables

correspondientes para satisfacción del Grupo Municipal Ganemos.

Y en cuanto a la postura en relación a nuestro voto, pues hombre, entiendo

que no habría obstáculo para apoyarla, porque ya se están haciendo estas cosas,

pero dado el carácter o el tono que viene tomando, que parece que es que la

comisión de contratación no viene a funcionar de alguna manera, a mi me salía del

cuerpo el voto en contra. No obstante como tampoco sería entendible, que parece

que estuviéramos en contra del seguimiento de los contratos, al final parece que

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tenemos que ponernos de perfil y decir, pues mira, nos abstenemos en esta

cuestión independientemente de que cada uno de los puntos introducidos en la

moción, concretos serán estudiados en la comisión de contratación y serán

apoyados por este Grupo Municipal, cada cosa concreta que se le ocurra al Grupo

Municipal Ganemos que aporte algo más a la comisión de contratación y a los

pliegos de contratación.

SR. MATEOS CRESPO: Bien, en línea con lo manifestado anteriormente

cuando se trató la moción sobre contratación del Grupo Ciudadanos y por no

reiterar esos argumentos en esta, consideramos esencial la puesta en marcha de

nuevos mecanismos para favorecer la transparencia en la gestión de los contratos

públicos.

En esta ocasión se plantea, es verdad, en una fase distinta a la de

adjudicación como es la de desarrollo y ejecución de las propias contrataciones.

La preocupación sobre el empleo de recursos públicos no es solo patrimonio de un

grupo, lo ha dicho correctamente el que ha actuado como Portavoz en este caso

del Grupo Ciudadanos sino que es una causa generalizada de preocupación de

toda la Corporación y una prioridad.

La actual Corporación y al menos a la que este Grupo Municipal Socialista

ha pertenecido en el pasado, porque el Grupo Socialista ha venido reiterando

argumentos muy parecidos a los que ahora se plantean, en reiteradas comisiones

de contratación, mesas de contratación y también, en los plenos municipales y así

se puede comprobar a lo largo del tiempo en las actas que lo han recogido.

En este sentido y como no podía ser de otra manera, el Grupo Socialista

tiene un firme compromiso con los principios que rige la contratación pública

recogidos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, libertad

de acceso, publicidad y transparencia, no discriminación, libre competencia, etc.

Volviendo sin embargo al texto planteado por el Grupo proponente, nos

paree absolutamente necesario analizar todas las propuestas realizadas a lo largo

del tiempo por los diferentes Grupos Municipales en esta y en otras

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Corporaciones, que como digo, el Partido Socialista ha participado en ellas y ha

hecho causa de esta cuestión. ¿Para qué? Para concretar efectivamente la voluntad

que tenemos todos los miembros de esta Corporación y las antecedentes, de

cumplir con la ley y articular mecanismos eficaces de control y seguimiento en los

contratos públicos de este Ayuntamiento, en tanto suponen el uso de recursos, no

solo nuestros sino de toda la ciudadanía.

Coincidimos en la necesidad de articular un protocolo concreto, protocolo

probablemente en papel, para informar a los vecinos, comerciantes y empresarios

en general que puedan verse afectados por obras de cierta envergadura en la

ciudad de Salamanca. Así lo manifestamos desde este Grupo Municipal con las

recientes obras en el Mercado Central, y algunas otras de esta ciudad en los

últimos años.

Respecto al tema de las bajas desproporcionadas que se plantea el estudio

de su posible exclusión, estamos de acuerdo en que las bajas desproporcionadas,

son un mecanismo que permite la legislación, con lo cual son perfectamente

posibles. Lo que no compartimos efectivamente es que luego por otras vías se

modifiquen los contratos y en el fondo la baja desproporcionada queda sin efecto,

porque se ha adjudicado un contrato con una baja desproporcionada, imaginemos

el 20%, previa justificación evidentemente, y luego se acaba adjudicando el

contrato y en el transcurso del mismo se producen incrementos del importe por

ese mismo 20%, con lo cual, queda sin efecto. Ahora, excluir de primeras las

bajas desproporcionadas no estamos de acuerdo. Lo que si compartimos es que la

baja desproporcionada no sirva como criterio de adjudicación y luego se desvirtúe

con el paso del tiempo, eso sí, no la exclusión a priori. Porque las bajas

desproporcionadas a priori no son malas, el problema es la mala utilización que se

hace de las mismas una vez que transcurre el devenir del contrato en cuestión.

Compartimos la idoneidad para proceder al seguimiento sobre ejecución

de contratos en el seno de la comisión de bienes y contratación, en la que todos los

Grupos Municipales tenemos representación con la asistencia técnica de los

buenos profesionales que hay en este Ayuntamiento, como decía el Sr. Castaño,

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con la comparecencia además, y lo hemos reiterado, del responsable del contrato

municipal en la propia comisión de contratación y también del responsable de la

empresa concesionaria de determinado servicio u obra que hubiera que analizar.

Nos parece importante que comparezca el responsable municipal, el Concejal

Delegado de la materia, y también el gerente de la empresa concesionaria o

responsable de la empresa concesionaria.

Respecto al último punto sobre quitarle atribuciones al Jefe de la Policía

Local porque es el que las tiene atribuidas, las tiene la Policía Local pero las tiene

atribuidas en su nombre el Jefe de la Policía Local, que también es Jefe de

Tráfico, que fundamentalmente es en ese ámbito que tiene atribuidas esas

competencias. Nosotros hemos dicho que efectivamente, el Jefe de la Policía

Local quizás tiene demasiadas atribuciones y hombre, a veces, llegar a todo,

somos humanos y no es posible. De hecho se ha puesto de manifiesto con la

revisión de precios de los parkings recientemente y no es posible.

Ahora bien, si que nos parece que esa cuestión en esta moción se podía

haber planteado de otra manera porque parece metida con calzador el nombrar a la

Policía Local para poner el foco nuevamente y no digo que sea inmerecido, pero

nuevamente en el Jefe de la Policía. Parece introducido por tanto con calzador,

espero y aquí espero que me entiendan los compañeros de Ganemos, que esto no

sea un gol de esos que dicen que han venido aquí a meter, o al menos, que no sea

un gol de esos que se meten en fuera de juego.

Así que en general, dada la manifestación que hemos realizado como

Grupo Político, estamos de acuerdo en concretar esas medidas que plantea el

Grupo Ganemos y apoyaremos la moción planteada.

SR. GARCÍA CARBAYO: Efectivamente se ha obviado la lectura de

algún párrafo en la moción que manifiesta el interés por parte de un Grupo

Municipal, un interés partidista, por desacreditar la calidad de los servicios

públicos municipales. Que se contradice radicalmente con la valoración que se

hace por los ciudadanos de la calidad de estos servicios del Ayuntamiento y con la

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valoración que hacen los propios empleados públicos del Ayuntamiento puesta de

manifiesto por ejemplo con ocasión de las prórrogas de los contratos.

En el apartado de obras, se aplica desde hace tiempo, todo un elenco de

medidas que se dirigen a minimizar el impacto de las obras de los ciudadanos en

general y en el comercio en particular a través de la información a colectivos, la

publicación de los proyectos en la web municipal, información al inicio de la obra

“in situ”, los propios pliegos incluyen normas sobre señalización y medidas de

información y protección, sobre limitaciones al acceso, reubicación de

contenedores, necesidad de habilitar itinerarios peatonales accesibles a viviendas

y locales, zonas de acopio de materiales, limitación de emisiones de ruido y polvo,

limpieza de la obra, señalización de los desvío de tráfico, en la web municipal

figura la tipología de los carteles a utilizar, por lo tanto es un procedimiento

normalizado.

En cuanto al cumplimiento del plazo de ejecución cuya reducción no es

objeto de valoración en las adjudicaciones, lo sabe muy bien el Interventor, se

controla en todo momento por la dirección facultativa municipal y si es pertinente

la misma propone la correspondiente penalización si se da el caso de

incumplimiento.

Las obras de urbanización comprenden las sustitución de todas las

canalizaciones y servicios, y se advierte a todas las empresa suministradoras de

servicios de la necesidad de contar con la aprobación de la policía local para

cualquier afección al tráfico rodado y el tránsito peatonal e igualmente sobre las

normas que le son aplicables en materia de señalización de obras y medidas de

protección e información. Por otro lado, anualmente se les avisa a estas empresas

de las obras que tiene previsto ejecutar el Ayuntamiento en dicho ejercicio con

objeto de que adapten a ellas sus previsiones de expansión, advirtiéndoles

expresamente de que no en dos, en cuatro años siguientes a la recepción de cada

obra no se autorizara ninguna obra en dicho ámbito salvo supuesto de avería.

También se ha reforzado la coordinación con otras empresas para que el

Ayuntamiento conozca siempre con la debida antelación, las actuaciones que se

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van a realizar en la vía pública. ¿Control durante la ejecución de los contratos? El

importe adjudicado y las modificaciones de las obras son tramitadas a través de la

comisión de contratación. El plazo real y efectivo de las obras, el importe

ejecutado, figuran en el acta de recepción y en el informe de recepción de las

obras. Sin perjuicio de lo anterior, los proyectos modificados figuran de acuerdo

con los compromisos de transparencia institucional, en la página web municipal.

Y la posibilidad de que haya modificados de un proyecto es una posibilidad

prevista y tipificada en la legislación contractual, como también la responsabilidad

del técnico redactor del proyecto en caso de que este no se ajuste a la realidad.

Por dar una cifra, en el periodo 2011-2015, de las ochenta obras

gestionadas por el Área de Ingeniería Civil, las dos únicas que han sido objeto de

modificado representan menos del 0,50% del importe adjudicado. ¿Cuál es la

alternativa? Debe ser la paralización de las obras, la resolución del contrato, un

nuevo proyecto, nueva licitación y adjudicación de las obras, para evitar ese sin

sentido, la ley prevé la posibilidad de un modificado y establece los controles

oportunos.

En cuanto a la propuesta relacionada con las bajas desproporcionadas, ya

se ha dicho, la legislación contractual establece que la admisión de las bajas

desproporcionadas podrá considerarse la relación entre la solvencia de la empresa

y la oferta presentada. Por lo que eliminar en aquellos procedimientos en los que

se exige una determinada solvencia mínima se podrá hacer si ocurre en el

Ayuntamiento, en los procedimientos restringidos, negociados con y sin

publicidad, lo sabe también muy el Secretario General y el Interventor, por el

contrario será más arriesgado en aquellos en los que no se exige esa solvencia o

esta es mínima. Ocurre en muchos de los abiertos, en los que las obras tienen

carácter absolutamente objetivo en su adjudicación con el único criterio del

precio.

¿Qué permite el análisis de la baja desproporcionada? Valorar algunos

aspectos muy importantes. Que se respeten los convenios laborales, los

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compromisos de las empresas con los proveedores y pequeñas empresas, es decir,

es un instrumento que permite que el Ayuntamiento pueda controlar que el ahorro

de las obras no repercute negativamente ni en trabajadores ni en proveedores ni en

subcontratistas locales.

Por ultimo con respecto a la transparencia y control en el desarrollo de los

contratos de gestión y concesiones, dicho control y seguimiento, se vienen

realizando por los técnicos municipales de forma regular a través de los distintos

responsables del contrato y si se produce una situación no deseada, es realmente

excepcional. La regla más general es el alto grado de cumplimiento de las ofertas

contractuales y de las mejoras y eso confirma la buena valoración, como decía,

que hacen los vecinos de Salamanca de los servicios municipales.

Finalmente, pedimos coherencia, que las propuestas que hacen los partidos

políticos en la oposición, las apliquen en aquellos Ayuntamientos donde

gobiernan, porque lo contrario es meterse un gol en propia puerta.

SR. RISCO ÁVILA: Bueno, antes de nada dar las gracias al grupo

Socialista por el apoyo que la moción va a recibir y lamentar profundamente la

puesta de perfil del Sr. Castaño y su Grupo Municipal y lamentar que esta moción

que insisto, insistimos, solo tiene que ver con la pura gestión, no sea aprobada por

unanimidad. Empezaré por el fin, no sé donde ve usted ningún gol, nosotros no

gobernamos en ningún sitio, ni aquí ni en ningún sitio, o sea que repásese el mapa

político municipal de España para llegar a alguna conclusión.

Bueno, me referiré a algunas cosas que han salido en el debate. Para

empezar, bueno amigo Fernando, no hacía falta que hicieras tanto esfuerzo para

justificar la conclusión, no hacía falta, podías haber empezado por la conclusión y

haberte evitado, te agradezco, algunos comentarios positivos hacia mi persona o

algún otro compañero de Comisión, pero te los podías haber evitado. De lo que

estamos hablando es de otra cosa, no es una cosa de afinidades personales o del

trabajo de cada uno, que aquí venimos desarrollando, aquí hablamos radicalmente

de otra cosa.

Mira, sobre el seguimiento de los contratos, no sé de donde sacas que ya se

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hace. No se hace ningún seguimiento de los contratos. En la Comisión de

Contratación llegamos hasta la adjudicación, hasta la preparación, y en la mesa de

contratación hasta la propuesta de adjudicación. Nada más.

En cuanto a los contratos de obras, todo el tema de la información, todo se

hace fenomenal, todo se hace perfecto en este Ayuntamiento. Cuando nos pidió

reunirse con nosotros la Asociación de Empresarios de Salamanca, recientemente

constituida, una de sus principales reivindicaciones, son testigos mis compañeros

de Ganemos Salamanca, con los que estuvimos en la reunión, y de forma

insistente es que una cosa tan sencilla, informar a los comerciantes de la zona de

las obras que se iban a realizar, porque este Ayuntamiento no lo hacía. Nos lo dijo

la Asociación de Empresarios de Salamanca, no nos lo inventamos, y por eso es

nuestro interés, porque ustedes piensan a veces, estos de Ganemos con los

empresarios de comercio, son sus enemigos. No, nosotros tratamos dentro de

nuestros planteamientos, y dentro de nuestros errores o aciertos defender a la

ciudad y también a los comerciantes. Bueno, pues esto es lo que nos trasladaron,

que una cosa bien sencilla y que a ellos les causa múltiples trastornos con graves

consecuencias económicas, este Ayuntamiento no lo hacía.

Bien, Sr. Castaño, usted habla del compromiso en la comisión, cada vez

que pedimos alguna documentación la respuesta es la negativa en la práctica.

Sobre las bajas, mire, nosotros no cuestionamos nada de las bajas al Grupo

Socialista o al Grupo Popular que han hablado de las bajas, lo que planteamos

exclusivamente es que haya un informe por parte de la Secretaría General y de la

Intervención General que en la propia mesa de contratación, ellos desde su punto

de vista técnico, han puesto a manifiesto esta necesidad y esta posibilidad. Lo

único que pedimos es que se haga.

El Grupo Popular lo único que nos viene a decir aquí es que todo está bien.

Desde nuestro punto de vista todas estas medidas son imprescindibles. Analizar

cuál es el desarrollo con carácter semestral. Que esto solo redundará en una mejor

gestión pública municipal y lamentar profundamente que haya dos Grupos

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Municipales en este Consistorio que no están de acuerdo con mejorar la gestión

pública municipal.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con los votos a favor de los Grupos

Ganemos Salamanca [4 concejales] y Grupo Socialista [7 concejales], la

abstención del Grupo Ciudadanos [3 concejales] y con los votos en contra del

Grupo Popular [12 concejales] acuerda, por 12 votos en contra, desestimar la

moción que antecede.

17.7.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL GANEMOS

SALAMANCA SOBRE EL TRÁMITE DE AUDIENCIA A LA

“PROPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA,

ARQUITECTURA Y URBANISMO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA

DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE POR LA QUE SE APLICA EL

ARTÍCULO 56.2 DE LA LEY DE URBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN

AL SECTOR Nº 37 “AVENIDA FEDERICO ANAYA/ANTIGUO

CUARTEL JULIÁN SÁNCHEZ EL CHARRO” DEL PGOU.

El texto de la moción es el siguiente:

“Mediante escrito de fecha 16 de febrero, el Alcalde envió un escrito, en

nombre y representación del Ayuntamiento de Salamanca, a la Consejería de

Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, solicitando el inicio

del procedimiento previsto en el art. 56,2 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de

Urbanismo de Castilla y León, con el fin de dotar al ámbito del anulado sector 37

del PGOU de una normativa transitoria y un plazo para datarlo de la nueva

normativa de ordenación.

El día 1 de marzo tuvo entrada en nuestro Ayuntamiento escrito del

Consejero de Fomento y Medio Ambiente en el que remitía, en trámite de

audiencia a este Ayuntamiento, (no al Alcalde), por plazo de un mes, “Propuesta

de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, de Orden de la

Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se aplica el artículo 56,2 de

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la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León al ámbito del

anulado sector de suelo urbano no consolidado nº 37 “Avenida Federico

Anaya/antiguo cuartel Julián Sánchez el Charro” del Plan General de Ordenación

Urbana de Salamanca”.

Se trata de un asunto de especial importancia y relevancia para nuestra

ciudad y por lo tanto también para este Ayuntamiento. Los tribunales de justicia,

en sucesivas sentencias, han anulado la delimitación y la ordenación del sector de

SU-NC 37 del antiguo Cuartel Julián Sánchez el Charro. También los tribunales

de Justicia han anulado la licencia urbanística otorgada por este Ayuntamiento

para la construcción del centro comercial ubicado en dicho sector.

La propuesta de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente contiene

cuatro apartados dispositivos que se dirigen de forma clara a regular diversos

aspectos relacionados con la ordenación y la normativa urbanística de un sector,

de una parte de la ciudad.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

atribuye al Pleno del Ayuntamiento la competencia para “la aprobación que ponga

fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación

previstos en la normativa urbanística”. Nos parece claro, como acabamos de

referir, que la propuesta de la Consejería tiene un contenido de ordenación

urbanística y que por lo tanto por el principio de analogía debe ser considerado

competencia del pleno la realización de las alegaciones del trámite de audiencia

remitido por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Por otro lado, el Pleno es el órgano de representación democrática del

municipio. Siendo un asunto decisivo para nuestra ciudad debería haberse

respetado ese principio democrático y de reflejo del pluralismo político, para

llevarlo al pleno y no ser resuelto de forma exclusiva por el Alcalde.

También nos parece importante traer ahora a colación el principio de

prudencia en la adopción de los acuerdos y resoluciones administrativas.

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Admitiendo que resulte discutible cual sea el órgano competente para realizar las

citadas alegaciones, un mínimo principio de prudencia aconsejaría pasarlo por el

Pleno para que no haya ningún riesgo de que pudiera ser impugnada o anulada la

Orden que vaya a dictar la Consejería.

Este principio de prudencia si fue, por ejemplo, utilizado por este

Ayuntamiento con ocasión de la solicitud del proyecto Tormes “plus” en la

convocatoria de Estrategias de Desarrollo Sostenible Integrado, que fue aprobada

por el Pleno del Ayuntamiento, aunque había dudas sobre el órgano competente:

Pleno o Alcalde.

Por esta razón, por la exclusión que el Alcalde ha hecho del Pleno en este

trámite y en un asunto tan importante para nuestra ciudad, es por lo que

presentamos esta Moción al Pleno.

Además y en cuanto al fondo, en el escrito del Alcalde se solicita además

que se suprima de la propuesta enviada el dispositivo primero de la misma. Esta

solicitud no la compartimos, por dos motivos. Resulta contradictorio con la propia

solicitud que se hizo en su día por el Alcalde: aplicación del art 56,2: citado

expresamente en el escrito de fecha 16 de febrero. Y, no hay vacío normativo,

pues el efecto de la anulación de todo plan es que recobra su vigencia la

ordenación urbanística preexistente.

Por todo lo anterior, en cumplimiento de lo previsto en el art 88 del

Reglamento Orgánico del Ayuntamiento, proponemos al Pleno la adopción del

siguiente acuerdo:

1º.- Que se remita este acuerdo y copia de esta Moción a la Dirección

General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo de la Consejería de Fomento y

Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, para su constancia en el trámite

de audiencia y expediente de referencia.

2º.- El mantenimiento del dispositivo primero de la propuesta de la

Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, de Orden de la

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Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se aplica el artículo 56,2 de

la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León al ámbito del

anulado sector de suelo urbano no consolidado nº 37 “Avenida Federico

Anaya/antiguo cuartel Julián Sánchez el Charro” del Plan General de Ordenación

Urbana de Salamanca”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. RISCO ÁVILA. El texto de la moción lo conocen y hemos presentado

esta moción por parte de nuestro Grupo Municipal por el empeño del, del Sr.

Alcalde y del Equipo de Gobierno, en dejar a un lado al Pleno Corporativo en un

asunto que como ustedes afirman en innumerables ocasiones es un asunto de

especial trascendencia para la ciudad, para todos los salmantinos. La búsqueda de

una solución legal y definitiva para el antiguo sector de suelo urbano no

consolidado del antiguo cuartel Julián Sánchez el Charro en el que está construido

el Centro Comercial de El Corte Inglés.

Al actuar así han dejado de lado a la mayoría de la Corporación Municipal.

Me gustaría subrayarlo. ¿Cuál ha sido el interés por actuar de esta forma?

¿Conseguir modificar la propuesta de la Junta en la línea de la propuesta que

ustedes, el Equipo de Gobierno del Partido Popular, mantiene sobre la solución

Para este sector anulado?. Nos gustaría que a esto dieran alguna respuesta. No

entendemos cuál ha sido la pretensión al dejar de lado al Pleno en las alegaciones

que la Junta de Castilla y León, la Consejería de Fomento, ha trasladado al

Ayuntamiento con ocasión de la tramitación de las medidas del artículo 56 de la

Ley de Urbanismo. Lo que conocemos como la moratoria para la redacción de

nueva normativa que venga a solucionar con carácter definitivo este asunto.

Como decía, este es un asunto de especial trascendencia para nuestra

ciudad. Todos sabemos que los Tribunales de Justicia en sucesivas sentencias, han

anulado la delimitación y ordenación de ese sector 37. Y que también los

tribunales de justicia, han anulado la licencia urbanística otorgada por este

Ayuntamiento para la construcción del Centro Comercial, cuestión esta que tiene

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especial trascendencia y que me gustaría subrayar aquí, el Sr. Alcalde pudo evitar

antes del cambio de Corporación.

La propuesta de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente que ha

enviado al Ayuntamiento para el trámite de alegaciones, contiene cuatro apartados

dispositivos que se dirigen de forma clara a regular diversos aspectos relacionados

con la ordenación y la normativa urbanística de ese sector.

Bien, ponemos en cuestión, como he dicho antes, el que el Alcalde haya

contestado y arrogándose la competencia o ejerciendo la competencia del

Ayuntamiento, haya contestado a las alegaciones sin traerlas al Pleno Corporativo.

Solo mencionar, que la Ley de Bases de Régimen Local, establece claramente

como una competencia del pleno, la aprobación que ponga fin a la tramitación

municipal de, dice: “instrumentos de ordenación previstos en la normativa

urbanística”. A nosotros nos parece claro que las normas que están en la propuesta

de la Junta, afectan, tienen un contenido urbanístico y afectan a la competencia

atribuida al Pleno.

Pero por otra parte, es necesario dejar constancia que el Pleno, es el órgano

de representación democrática por excelencia de nuestro municipio, y siendo un

asunto decisivo para la ciudad debería en nuestra opinión, haberse respetado ese

principio democrático y de reflejo de pluralismo político y haberlo traído al Pleno.

Por último, nos parece también importante traer a colación el asunto del

principio de precaución o principio de prudencia en la adopción de los acuerdos

municipales, y en las resoluciones administrativas. Admitiendo que pudiera tener

dudas cuál era el órgano competente, nos parece que desde un punto de vista de

prudencia y precaución, nada había costado haberlo traído al Pleno Corporativo y

no poner en riesgo la propia legalidad y validez jurídica de la orden que dictará el

Consejero de Fomento y Medio Ambiente.

Este principio de prudencia, por otra parte, si fue utilizado en este

Ayuntamiento con ocasión de la solicitud del proyecto Tormes Plus para la

convocatoria de ayudas en las estrategias de desarrollo urbano sostenible puesto

que, ese proyecto sí fue aprobado por el pleno. Por esta razón, por la exclusión

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que el Alcalde ha hecho del Pleno es por lo que presentamos la moción.

Y en cuanto al fondo, solo decir que tampoco compartimos el fondo de las

alegaciones realizadas, con la pretensión de exclusión del, dispositivo uno, de la

propuesta de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, en la propuesta de

orden. Para terminar leo la parte dispositiva de la moción: “Proponemos al Pleno

la adopción del siguiente acuerdo:

1.- Que se remita este acuerdo y copia de esta Moción a la Dirección

General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo de la Consejería de Fomento y

Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, para su constancia en el trámite

de audiencia y expediente de referencia.

2.- El mantenimiento del dispositivo primero de la propuesta de la

Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, de Orden de la

Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se aplica el artículo 56,2 de

la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León al ámbito del

anulado sector de suelo urbano no consolidado nº 37 “Avenida Federico

Anaya/antiguo cuartel Julián Sánchez el Charro” del Plan General de Ordenación

Urbana de Salamanca”.

SR. GONZÁLEZ BUENO: Cuando se está de acuerdo poco más se puede

decir. Pero recapitulemos. Ante la sentencia que anulaba la delimitación y la

ordenación del sector de suelo urbano no consolidado, 37, el antiguo Cuartel

Julián Sánchez el Charro, si ante la posible ejecución de la sentencia que anulaba

la licencia urbanística para la construcción de El Corte Inglés, desde este Grupo

Municipal nos vemos en la necesidad de acogernos al principio de prudencia tal

como recoge la moción, que vamos a apoyar.

Entendemos, en nuestra interpretación, que la realización de las

alegaciones en el trámite de audiencia remitido por la Consejería de Fomento y

Medio Ambiente, debe ser considerado competencia del Pleno y como

entendemos que puede resultar discutible cuál es el órgano competente para

realizar las alegaciones a este trámite. Entendemos que elevándolo a la aprobación

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del pleno como se hizo, por ejemplo, como acaba de comentar el Sr. Risco con el

proyecto Tormes Plus, cuando no quedaba claro qué órgano era el competente,

esta Corporación, haciéndolo de esta forma, se intentará blindar ante una posible

impugnación o anulación de la orden de la Consejería.

Es por todo ello que votaremos a favor de esta moción. Este Grupo

Municipal seguirá tendiendo su mano para trabajar en la solución que restablezca

la legalidad urbanística de El Corte Inglés y creemos que la moción que hoy

apoyamos, ayuda en su consecución.

SR. VEGAS SANCHEZ: Y como preveo que mi intervención va a ser

breve, porque creo que ya se ha dicho por el representante de Ganemos y de

Ciudadanos casi el objeto y el fundamento de lo que va a ser nuestra posición,

permítame que empiece por hacerle un requerimiento. Y es que Sr. Alcalde, no se

olvide, de intentar cambiar el sistema de megafonía de este Salón de Pleno,

porque verdaderamente es bastante molesto, sobre todo cuando a uno le toca aquí

enfrente y no puede manejarse para mover los papeles. Bien, yendo al fondo del

asunto, quería, lo primero sería mostrar nuestro apoyo a esta moción del Grupo

Ganemos Salamanca y decir que la suscribimos íntegramente como ya lo hicimos

en la Comisión de Fomento y Patrimonio. Porque entendiendo que esto, bueno,

puede ser una cuestión técnico jurídica, y respetando como no puede ser de otra

manera, la opinión del técnico municipal que ha redactado este informe sobre

competencia del pleno o del Sr. Alcalde, el Director de Área de Licencias y

Planeamiento, entendemos que a la hora de solventar este trámite de audiencia, tal

y como establecen los artículo 21 y 22 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora

de las Bases de Régimen Local, establece claramente que efectivamente será

competencia del Pleno la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de

los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la normativa

urbanística.

Y no podemos olvidar que lo que hace la normativa urbanística transitoria

propuesta por la Consejería de la Junta de Castilla y León, esa que incluso ustedes

consideran que es absolutamente adecuada y que permite el mantenimiento en las

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condiciones actuales de uso y actividad de las edificaciones existentes en dicho

sector, es un verdadero instrumento de ordenación. Y por lo tanto, en virtud de los

artículos mencionados de la Ley de Bases, sin duda alguna entendemos que la

competencia hubiera sido de este Pleno de la Corporación y no del Sr. Alcalde.

Pero además es que entendemos que resulta evidente que esta cuestión no

puede, únicamente, analizarse desde el punto de vista técnico jurídico, donde la

discrepancia de interpretación es algo lógico dentro del sano ejercicio

interpretativo. No se puede limitar a esa cuestión técnico-jurídica. Esto es una

cuestión absolutamente política. Por su relevancia, por su trascendencia, por lo

que supone para la ciudad de Salamanca y por lo que supone la situación a la que

por desgracia nos ha vuelto a llevar una nefasta gestión urbanística del Grupo de

Gobierno de Partido Popular.

Y por ello, entendemos que siendo una cuestión absolutamente política,

debería de haberse, cuando menos, tratado en este Pleno Municipal. Haberse

discutido, haberse debatido y haberse en todo caso, fijado la posición final que

este Ayuntamiento iba a tener en ese trámite de audiencia concedido por la Junta

de Castilla y León en este expediente. Y esto no solo por ese principio de

prudencia que recoge la moción, sino por la aplicación de la pura lógica. Porque

hombre, mire, ustedes mismos Sres. del Partido Popular, Usted mismo Sr.

Alcalde, que dicen los castizos, haga lo que crea conveniente. Pero luego no

busque escudos, no busque parapetos, no busque vías de escape para eludir

posibles responsabilidades en caso de una hipotética impugnación o anulación por

cuestiones absolutamente competenciales, de esta orden que pueda dictar

finalmente la Consejería de la Junta de Castilla y León.

Y para finalizar, simplemente manifestar igualmente nuestra adhesión a la

otra cuestión de fondo que plantea la moción, y es la relativa a la solicitud de la

suspensión del dispositivo primero de la propuesta enviada por la Consejería.

Porque ciertamente entendemos que resulta contradictorio solicitar por una parte

la aplicación del artículo 56.2. de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, y al

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mismo tiempo querer limitar la aplicación de este artículo y de este precepto tan

solo a aquello a lo que supuestamente nos interesa.

Desde nuestro punto de vista y entrando nuevamente en el terreno y en el

juego de la interpretación normativa, sobre el alcance y las consecuencias de la

anulación de todo plan urbanístico, entendemos que lo lógico y lo acertado

siguiendo la inveterada doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo al respecto,

es que como se recoge también en la sentencia, entender que efectivamente no

existe tal vacío normativo y que por lo tanto, debe recobrar su vigencia la

ordenación urbanística preexistente.

Por todo ello, como digo, apoyaremos íntegramente la moción presentada

por el Grupo Ganemos Salamanca.

SR. GARCÍA CARBAYO: Vamos en primer lugar a lo que es más

importante, al fondo del asunto. Se ha pedido por el Alcalde a la Junta de Castilla

y León, una ordenación urbanística transitoria durante un plazo razonable, que

seguramente será de dos años, para dar la mayor certidumbre y seguridad jurídica

a todas las dotaciones públicas y a los empleos de El Corte Inglés. Una ordenación

urbanística que permita mantener abierto El Corte Inglés, que transmita

tranquilidad y confianza a todos los trabajadores y que garantice el uso de todas

las dotaciones públicas, Centro Julián Sánchez el Charro, la Plaza de la Concordia

y viales en las mismas condiciones que hasta el momento. Creemos que esto es lo

más razonable y responsable y además coherente, con las declaraciones que hasta

el momento venimos realizando todos los Grupos, tanto en Junta de Portavoces

como en comparecencias ante los medios de comunicación o en este Pleno.

Nos proponemos abordar y debatir durante ese plazo, cuál es la solución

urbanística definitiva más beneficiosa para la ciudad. Usted Sr. Risco que está

estrechamente vinculado, al recurrente, enfatizó que no, seran ustedes los que

pedirían la ejecución de las sentencias. Pues sin que tuviéramos conocimiento los

restantes Grupos, que yo sepa, al menos al Grupo Popular, no se lo habían

contado y advertido y creo, a lo mejor me equivoco, que los otros Grupos estaban

en la misma situación, deciden pedir ejecución de sentencia de nulidad del

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planeamiento. Podría decirse que lo hicieron con nocturnidad y alevosía. No nos

habíamos enterado los Grupos Municipales. Ni tampoco ningún medio de

comunicación, con tanta rueda de prensa que dan, nadie comprende cómo se les

pasó por alto informar de algo tan importante. Tanta transparencia de la que

presume usted Sr. Risco y cuando hay que demostrarla de verdad se vuelve usted

completamente opaco.

Desde el día 3 de marzo, fecha en la que se presenta el escrito ante la Sala,

silencio total. Tenía que haber visto la cara de algunos representantes de los

medios de comunicación, cuando se enteraron de que usted no les había

informado. Sobre los términos de esa petición no merece casi la pena detenerse,

pedían tres cosas que ya estaban hechas. Una, la publicación de la sentencia. Otra,

la aprobación inicial de una modificación en un plazo de tres meses, creo recordar,

nada que tenga que ver con lo que se venía hablando en la Junta de Portavoces, y

la aprobación también inicial de una modificación en la Plaza de los Bandos, digo,

cosas que ya están todas en marcha.

Tal es así que todo parece dar a entender que se va a proceder al archivo de

las actuaciones, pero no me gusta adelantar acontecimientos. Tenemos que dar

con la solución justa y más beneficiosa para la ciudad. Todos tenemos nuestra

opinión, para nuestro Grupo la realidad física actualmente existente en el ámbito

del antiguo cuartel Julián Sánchez el Charro ha resultado ser, buena para el barrio,

buena para el comercio, buena para el empleo y buena para el conjunto de la

ciudad.

Vamos al tema formal. Que si es competencia del Alcalde o del Pleno.

Ustedes disponen del informe jurídico que concluye que es competencia de la

Alcaldía. Creo que el informe es claro en sus conclusiones y que nadie esperaba

que estuvieran de acuerdo por muy razonado que esté el informe.

Y vamos por último al asunto de si hay o no un vacío de planteamiento.

Cualesquiera que sean los términos del dispositivo primero, que a nosotros nos

parece innecesario, hay un vacío de planeamiento. ¿Por qué lo hay? Porque lo dice

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la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que anuló la

revisión/adaptación del Plan General en este ámbito.

Y leo literalmente para evitar que alguien tenga la tentación de retorcer lo

que dice el pronunciamiento judicial, dice: “La revisión controvertida contiene

una norma expresa en cuya virtud se deroga totalmente el anterior Plan General y

las modificaciones del mismo, norma que no ha sido impugnada ni mucho menos

anulada”. Efectivamente, si hubiera alguna duda, la disposición derogatoria del

vigente Plan General remacha lo que dice esta sentencia “deroga el Plan General

anterior de 1984”. Pero, por encima de estas cuestiones que son más irrelevantes,

creemos que lo realmente importante, es poder disponer de un plazo razonable

esos dos años para plantear nuestra o una solución urbanística definitiva, cuando

hablaba de “nuestra” hablaba del Ayuntamiento lógicamente, y este sí que es el

compromiso de todos los Grupos Municipales.

SR. RISCO ÁVILA: En primer lugar, agradecer a los Grupos Socialista y

Ciudadanos, el apoyo a esta moción. En segundo lugar, Sr. García Carbayo, ya lo

dijo usted en otra rueda de prensa y no sé cómo expresarlo, diga usted la verdad,

cuando habla diga usted la verdad. Porque lo que acaba de decir no es cierto. No

es cierto. Yo hice manifestaciones en reuniones y públicas, de que nosotros no

íbamos a pedir la ejecución de la sentencia que anulaba la licencia, la licencia Sr.

García Carbayo. No sirve hacer un “totum revolutum” y manipular por mucha

costumbre que se tenga, no sirve eso.

Porque no es cierto, y ya lo dijo usted en una rueda de prensa, sabiendo

además como sabe que no es cierto. Usted cuenta cosas que no son verdad

sabiendo que no son verdad. Lo sabe usted perfectamente, que cuando

hablábamos era de la ejecución de la sentencia de la licencia, por qué, porque es la

que pone en cuestión el centro comercial. Porque la anulación, la sentencia que

anula el planeamiento, no tiene unas consecuencias sobre la apertura del centro

comercial. Puede tener otras pero no esa.

La que realmente tiene consecuencias vitales para el centro comercial es la

anulación de la licencia. Y lo que yo dije fue, no pediremos la anulación de la

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licencia, esto es lo que dije. Y no se puede ir por la vida contando cosas que no

son ciertas a sabiendas, por lo menos cuando se ejerce un cargo de representación

pública.

Por lo tanto, insisto y quiero que quede bien grabado, no es cierto que yo

dijera que íbamos a pedir la ejecución de la sentencia de la licencia.

Más adelante, en cuanto al resto de las cuestiones que usted plantea sobre

la cuestión formal, bien, en el informe usted sabe también que en la Comisión de

Fomento nosotros planteamos que ese informe, entre otras cosas por la

trascendencia, en nuestra opinión, que podemos estar equivocados, debería de

habérsele pedido al Sr. Secretario General que lo hubiera emitido sobre la

competencia de esta trascendencia.

Más cosas que usted acaba de decir, sobre el vacío de planeamiento, que

ha comentado, que está en la moción y que ha comentado el compañero Fernando

Vegas. Si lee la sentencia, como la ha leído, léala entera, léala entera. No se

pueden hacer así las cosas. Usted se ha quedado en que las modificaciones,

“norma que no ha sido impugnada y mucho menos anulada”, y usted se ha parado

ahí. Pero hay una coma. No termina ahí la parte de ese considerando de la

sentencia. Dice a continuación: “De suerte, que sin perjuicio de lo que pueda

resultar en fase de ejecución de sentencia no parece razonable hacer un

pronunciamiento que siquiera sea en pequeña parte tuviera como efecto

desconocerla”. No hay un pronunciamiento Sr. García Carbayo sobre ese asunto

en la sentencia. No manipulemos. Esto es lo que dice completamente la sentencia,

y si usted la lee, léala entera.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con los votos a favor de los Grupos

Ganemos Salamanca [4 concejales], Grupo Ciudadanos [3 concejales] y

Grupo Socialista [7 concejales], y los votos en contra del Grupo Popular [12

concejales], acuerda, por 14 votos a favor, aprobar la moción que antecede.

17.8.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL GANEMOS

SALAMANCA, SOCIALISTA Y CIUDADANOS DE APOYO A LOS

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TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE CEMUSA.

El texto de la moción es el siguiente:

“De conformidad con lo previsto en el Artículo 88 del texto de

Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Salamanca,

se somete a la consideración del Pleno la siguiente moción:

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El pasado mes de marzo, la empresa CEMUSA, a través de su director

general, anunció la puesta en marcha de los mecanismos para llevar a cabo un

Expediente de Regulación de Empleo que afectará al 80% de su plantilla en

España (245 trabajadores, de un total de 309). Del total de los despidos propuestos

en el ERE, 7 de ellos serán en Salamanca. El cambio de política empresarial tiene

su origen en el cambio de propiedad de CEMUSA -antes en manos de FCC- y que

fue adquirida por la francesa JCDecaux en 2015, tras una operación de venta entre

ambas empresas. Antes de producirse la venta, y entre otras condiciones, el grupo

francés exigió el saneamiento de la empresa a FCC.

Desde el año 1999 y por un periodo de 20 años, la empresa CEMUSA es la

encargada de la concesión municipal para la ocupación del espacio público en la

ciudad de Salamanca para la instalación de elementos o soportes publicitarios y

de información de interés general. En la oferta presentada por la citada empresa

durante la licitación de este contrato, se comprometió con una propuesta de

dotación concreta de personal y material para el correcto funcionamiento de la

concesión, que deberá mantener si no quiere incurrir en un incumplimiento

contractual y, por tanto, dar lugar a la resolución del mismo.

Las razones esgrimidas por los ahora responsables de la empresa

CEMUSA para llevar a cabo los despidos planteados en el ERE anunciado, son

de índole “económica y organizativa”. El intento de justificar los despidos por la

vía de las causas objetivas (de naturaleza económica y organizativa) no tiene

ninguna fundamentación real, toda vez que antes de la adquisición de CEMUSA

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por la francesa JCDecaux se llevó a cabo tras el saneamiento de la empresa por

la anterior propietaria. Por tanto, cabe deducir que las razones de los despidos no

responden realmente a lo declarado por los actuales responsables de CEMUSA,

resultando la justificación insuficiente, arbitraria e incluso moralmente

reprobable.

En este sentido, y puesto que una parte de los afectados por el ERE

pertenecen a la delegación de la empresa en Salamanca, es importante que desde

la Corporación municipal se traslade públicamente el apoyo a los trabajadores y

las trabajadas que pueden verse afectados por las drásticas medidas anunciadas.

Asimismo, como responsables públicos, debemos manifestar ante los

responsables de ésta y cualquier otra entidad empresarial que los derechos

sociales y laborales son para nosotros una prioridad, por lo que exigimos su

cumplimiento en todo momento; pudiendo dar lugar a la ruptura de la relación

contractual en caso de que esto no se produzca.

II. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Por todo lo antes expuesto, se presenta para su aprobación por el

Ayuntamiento-Pleno, la adopción del siguiente acuerdo:

1. Mostrar el apoyo público de la Corporación municipal del Ayuntamiento

de Salamanca a todos los trabajadores y todas las trabajadoras de la empresa

CEMUSA.

2. Estudiar el estado de la relación contractual que este Ayuntamiento

mantiene con CEMUSA, por si con el anuncio del ERE planteado con 7

despidos en Salamanca pudiera incurrir en un incumplimiento que motivara su

resolución.

3. Encomendar al Alcalde-Presidente de esta Corporación a mantener los

contactos que sean necesarios con la empresa CEMUSA para evitar los

despidos planteados, de manera especial los 7 referentes a la delegación de

Salamanca.

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4. Remitir una comunicación a los responsables de la empresa CEMUSA y

de JCDecaux con la argumentación de esta moción, añadiendo además la

siguiente consideración: cuando la legislación vigente y las condiciones

económicas lo permiten, los derechos sociales de los trabajadores y las

trabajadoras no son una opción, sino una obligación prioritaria; siendo su

transgresión motivo de rechazo hacia los responsables de la misma.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SRA CARRERA GARROSA: Bueno, lamentablemente los conflictos

laborales en nuestra ciudad son noticia cada día. El pasado mes de marzo la

empresa CEMUSA a través de su Director General nos informaba de la decisión

de un expediente de regulación de empleo, el cual iba a suceder que afectara al

80% de su plantilla en España. Hablamos de 245 trabajadores y trabajadoras, y

concretamente siete personas vinculadas a Salamanca, trabajadores de Salamanca.

Estos siete trabajadores están hoy aquí, están en este Pleno y están todavía sin

conocer ni saber qué va a pasar con su situación laboral, si van a poder seguir

trabajando, si van a poder tener posibilidades de tener un salario el día de mañana.

Por eso esta moción es necesaria, porque es una moción de carácter local. Afecta a

siete personas de nuestra ciudad.

Además hay que decir que llevamos en torno a 16, 17 años con la empresa

CEMUSA siendo la encargada de la concesión municipal para la ocupación del

espacio público de lo que viene a ser la instalación de los elementos y soportes

publicitarios, es decir, son las personas que día a día cambian las marquesinas de

los autobuses, ponen nuestra publicidad y podemos encontrarnos tranquilamente

con ellos haciendo su trabajo en nuestra ciudad. Por lo que es importante que

sepamos que es una moción de carácter municipal. Cuando esta empresa, la

empresa CEMUSA se presenta a la licitación de esta tarea, de esta concesión, se

compromete con una propuesta concreta de trabajadoras y trabajadores. Bueno,

lamentablemente son siete hombres, no hay ninguna mujer, hablaremos en

masculino. Cuando se presenta la empresa, en este caso, concreta el servicio con

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una dotación concreta de trabajadores, en este caso siete y creemos que esta

empresa debe mantener de alguna manera para que el funcionamiento sea el

correcto con ese número de trabajadores. Por eso, en el momento que esta

empresa incumpla con la dotación de recursos humanos, estará incumpliendo con

la relación contractual que tiene con este Ayuntamiento. Por lo tanto, si incumple

de esa manera, se dará por tanto una causa de resolución del contrato.

Cuando la empresa esgrime las razones para poner encima de la mesa el

expediente de regulación de empleo, la empresa alude al mismo motivo que

estamos hartos y hartas de escuchar siempre. Las cuestiones económicas y

organizativas, es decir, se justifican los despidos de los trabajadores por causas

objetivas. La frase más escuchada en estos últimos años como salida inmediata

para despedir a los trabajadores por parte de las empresas.

Tenemos que decir que estas causas objetivas son mentira, que cuando la

empresa que ha adquirido a CEMUSA, una empresa extranjera, una empresa

francesa adquiere la empresa, esta empresa está lo suficientemente saneada como

para que no tenga ninguna situación económica dificultosa. Porque no se puede

utilizar en este momento el despido objetivo como una causa para poner de patitas

en la calle a estos siete trabajadores, por lo que volvemos a decir que es mentira.

Y además, este tipo de actuaciones por parte de las empresas deben ser

reprobables, además, deben ser denunciadas y evidentemente son insuficientes

con justificaciones como ésta, por eso CEMUSA no puede utilizar las causas

objetivas para despedir a sus trabajadores.

Esta es la excusa de siempre, la mala gestión, la falta de responsabilidad,

las ansias de ganar y ganar que siempre pagan los mismos, los trabajadores. En

este caso concretamente, siete trabajadores, que están hoy aquí, repito, de la

ciudad de Salamanca. Y entendemos, como responsables públicos, entendemos

que es nuestra obligación defender siempre los derechos sociales y laborales.

Tiene que ser para Ganemos, pero también para toda la Corporación, una

prioridad, por lo que exigimos que en el momento que una empresa incumpla con

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la defensa de los derechos sociales y laborales, se rompan las relaciones posibles

con esta empresa.

¿Qué creemos? Que la Corporación debe estudiar, en primer lugar, la

relación que tenemos este Ayuntamiento con CEMUSA y ver si en todo momento

incumplen con la formulación del contrato que han firmado. En segundo lugar,

creemos que el Alcalde-Presidente de esta Corporación, debe de alguna manera

mantener los contactos necesarios con la empresa para que todos los despidos

sean evitados.

Sabemos por los medios de comunicación, y como nos anunció en Junta de

Portavoces si no me equivoco el Alcalde, que había mantenido comunicación, no

sé si vía telefónica, vía fax, vía correo con la empresa, la suficiente comunicación.

Consideramos que esto no es una cuestión puntual. Esto es una cuestión de

negociación. Y el Alcalde debe mantener contactos, no un contacto, con la

empresa para llegar a la solución más viable, más posible y más justa y es que

ningún trabajador se vea despedido.

Por último creemos que hay que remitir una comunicación a esta empresa,

una comunicación escrita que deje muy claro que no podemos utilizar las normas

ni la legislación ni las condiciones económicas para que se ponga de patitas en la

calle a nadie. Porque la situación actual es que esta empresa no tiene problemas

económicos. Por eso, desde aquí, creemos que este Ayuntamiento debe

posicionarse con los trabajadores de CEMUSA y esta moción debe ser aprobada

por el resto de los Grupos que hasta ahora no lo aprueban.

SR. GONZÁLEZ BUENO: Bueno, hoy tristemente se vuelve a trae al

Pleno el apoyo de este a unos trabajadores que corren el riesgo de ser despedidos.

Además, en esta ocasión, los trabajadores son de Salamanca y nos toca muy cerca.

Desde este Grupo Municipal queremos transmitir como siempre nuestro apoyo a

todos los trabajadores de CEMUSA, que corren el riesgo de ser despedidos y

especialmente a los sietes trabajadores que el expediente de regulación de empleo

va a afectarles en Salamanca.

Esperamos que si esta moción sale adelante se pueda frenar una situación

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que parece a todas luces injusta. Por lo que hemos podido saber, CEMUSA lleva

casi veinte años como concesionaria de la ocupación de espacio público municipal

en Salamanca para la instalación de elementos o soportes publicitarios y de

información e interés general.

Pedimos por lo tanto al Equipo de Gobierno que actúe y revise las bases de

la licitación por la que la empresa de la que hablamos consiguió el contrato con el

Ayuntamiento y que si en algún momento la empresa se comprometió a mantener

la plantilla actual, se le comunique que puede estar incurriendo en una causa que

motive la resolución del contrato. Asimismo, solicitamos al Alcalde que inicie los

contactos necesarios con la empresa CEMUSA para intentar de algún modo evitar

los sietes despidos de la delegación de Salamanca de dicha empresa. Muchísimo

ánimo a estos trabajadores, y vamos a hacer todo lo posible.

SR. MATEOS CRESPO: En primer lugar agradecer la presencia de los

siete afectados de la empresa CEMUSA de su delegación de Salamanca, que están

presentes en el Pleno Municipal. Se trata de una moción como ha dicho el

Secretario, que inicialmente estaba propuesta por el Grupos Ganemos y que tras

una negociación en cuanto a la redacción ha sido también firmada y apoyada por

los Grupos Ciudadanos y Socialista. Se ha convertido por tanto en una iniciativa

conjunta de la mayoría del pleno. De aquellos Grupos que no somos del Gobierno

Municipal, para mostrar en primer lugar nuestra solidaridad con los trabajadores

de la empresa CEMUSA, así como advertir de las consecuencias para esta

empresa si incurre en incumplimiento contractual para con este Ayuntamiento.

Es bueno aterrizar en la cuestión y aunque ya se ha dicho, la empresa

CEMUSA fue adquirida en el año 2015, hace apenas un año, por el Grupo Decó,

francés. Fue adquirido al grupo empresarial español FCC después de haber

realizado una petición de saneamiento de la empresa francesa a la empresa o

grupos empresarial español, que prácticamente hizo desaparecer la plusvalía

obtenida por el grupo español. La transacción fue aproximadamente de 80

millones de euros y el saneamiento fue, según las fuentes periodísticas que han

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publicado sobre la cuestión, fue en torno a esa cantidad económica, con lo cual, no

parece razonable que el grupo francés propietario a día de hoy de la empresa

CEMUSA, plantee un expediente de regulación de empleo que afecta al 80% de la

plantilla, siete de ellos en Salamanca. Estamos hablando de 245 personas

afectadas de 309.

En el caso de Salamanca, de la delegación con siete personas, el 80% son

5,6 es decir, seis redondeando, es decir, van a dejar la delegación con un solo

trabajador. Cosa que evidentemente es, debería resultar impensable para los que

nos sentamos aquí y desde luego intolerable. Cuando además, se justifica en

causas de naturaleza económica, porque si bien es cierto que durante los últimos

ejercicios presupuestarios la empresa dice no haber obtenido beneficios, cuando

anteriormente ha exigido al anterior propietario una actuación de saneamiento. No

procederá por tanto un despido de estas magnitudes, sino ha sido por una mala

gestión empresarial que acaban pagando siempre los mismos, que son los

trabajadores, la parte más débil de la relación laboral, con lo cual, no puede ser

consentido por este Ayuntamiento y es absolutamente necesario que nos

posicionemos en contra del planteamientos del Grupo francés en torno al ERE

planteado del 80%.

Un ERE que, por cierto, se plantea como he dicho por causas económicas,

pero que ofrecen luego a una parte de la plantilla recontratarla pero con peores

condiciones, con peores condiciones laborales. Es que hay que tener la cara dura,

hay que tener la cara muy dura para plantear un expediente de regulación de

empleo, despedir a la gente y luego contratarla sin antigüedad y sin los derechos

adquiridos. Hay que tener la cara muy dura. Y yo creo que nosotros no podemos

estar impasibles ante un hecho de estas características, que afecta directamente a

una empresa que presta servicios a este Ayuntamiento y en la ciudad de

Salamanca y que afecta a personas aquí presentes hoy en el pleno.

Por tanto, el Ayuntamiento de Salamanca con el Alcalde a su cabeza, que

es el máximo representante municipal, debe articular todas las medidas necesarias,

primero para comprobar que no existe incumplimiento contractual, porque la

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oferta presentada por CEMUSA en el año 1999 ya se comprometía a mantener

una plantilla, de once personas vinculadas al contrato, algunas de ellos no en la

delegación de Salamanca, que en concreto eran siete, ocho, las que tenían que

estar en la delegación de Salamanca, aunque once eran las adscritas a este contrato

para la prestación de la concesión, que tienen adjudicada sobre la ocupación de

vías pública para espacios publicitarios.

Pero hay que ser absolutamente exigentes en el cumplimiento del contrato

y si no, resolverlo inmediatamente. Pero no solo eso, antes hay que evitar que

lleguemos a esa situación y que por tanto los trabajadores se queden en la calle.

Eso es lo que hay que evitar y al Sr. Alcalde se lo exigimos. También se lo hemos

exigido respecto a otros conflictos laborales que se plantean en la ciudad, pero en

este también, de manera decidida. Con lo cual, absoluto respaldo a las demandas

de los trabajadores, solidaridad con ellos, y evidentemente, que el Equipo de

Gobierno asuma su responsabilidad, el Alcalde con él a su cabeza y de verdad se

impliquen en este tema para evitar que no haya ningún tipo de despido en la

ciudad de Salamanca con este expediente de regulación de empleo.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: El Grupo Municipal Popular se va a

abstener en la votación de esta moción. Compartimos y suscribimos, quiero que

quede muy claro, los objetivos y pilares esenciales de la misma, en primer lugar la

exigencia a la empresa CEMUSA en lo que respecta al cumplimiento de sus

obligaciones contractuales con el Ayuntamiento, y muy especialmente de aquellas

estrechamente ligadas al compromiso de mantenimiento de una plantilla de

trabajadores, suficiente para la adecuada prestación del servicio objeto del

contrato.

En segundo lugar, compartimos sin fisuras la exigencia a esta empresa y a

cualquier otro contratista del Ayuntamiento, del inexcusable respeto a los

derechos de los trabajadores reconocidos por la legislación vigente, en los

términos establecidos por dicha legislación y por supuesto compartimos también

sin fisuras nuestro posicionamiento de solidaridad con los trabajadores de la

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empresa.

Sin embargo, entendemos que debían haberse modificado dos cuestiones

del texto de la moción, que no alteraban para nada el contenido esencial de la

misma ni sus objetivos esenciales y que son los que han evitado que esta moción

fuera conjunta de los cuatros grupos, al no atenderse nuestra petición de cambio

de esos extremos, una petición que lamentamos que no fuera atendida, porque yo

creo que esta era una moción, que perfectamente podía haber venido como una

moción conjunta de los cuatros grupos municipales, porque como digo, todos, los

cuatro grupos municipales, compartimos los objetivos esenciales de la misma.

Estos dos extremos son, una calificación que se hace en la parte expositiva

de la conducta de la empresa, tachándola de arbitraria y moralmente reprobable,

porque entendíamos que eran calificativos que en una moción institucional pues

sobraban y que también, no se debe condenar a nadie sin oírle previamente y por

lo tanto nos parecían fuera de lugar, juicios de valor sin haber escuchado antes los

argumentos y explicaciones de la empresa.

Y en segundo lugar también, porque en una economía de mercado como es

la nuestra, donde la libertad de empresa está constitucionalmente reconocida, la

intervención del Ayuntamiento en este asunto debe circunscribirse al ámbito de la

relación contractual con la empresa CEMUSA, ya se ha mencionado antes, el

contrato es el marco de referencia donde el Ayuntamiento puede actuar.

Y el Ayuntamiento por lo tanto, y quede muy claro, puede y debe combatir

con todas las armas legales que tenga en su mano, cualquier despido de

trabajadores que vulnere las normas que regulan tal relación contractual, pero no

dispone ni tiene facultades y competencia para ir más allá, por eso propusimos

que la redacción del punto tercero de la parte dispositiva de la moción se ajustara

a lo ya expuesto y en lugar de referirse en general a todos los despidos planteados

por CEMUSA se ciñera a los despidos planteados por CEMUSA, que están

vinculados lógicamente al cumplimiento del contrato con el Ayuntamiento.

Entendiendo además que la encomienda que en él se hace, debía referirse al

Gobierno Municipal en su conjunto.

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En cualquier caso, con moción o sin moción, el Gobierno Municipal ha

estado y está ocupándose de este asunto, prueba de ello es que nada más

conocerse las noticias de posibles despidos de trabajadores de la empresa, el

primer teniente de Alcalde como Concejal Delegado de Contratación, se puso en

contacto con ella por escrito solicitando mantener una reunión urgente entre el

Ayuntamiento y la empresa. Reunión que ya anuncio, tendrá lugar la próxima

semana.

Igualmente también les anuncio, que estos contactos los extenderemos

también la próxima semana a la representación legal de los trabajadores con la que

nos queremos reunir, por supuesto también, para escuchar sus argumentos y para

que nos aporten las informaciones que obran en su poder. Para terminar, y para

que quede claro, el Gobierno Municipal, y en ese sentido así ha recibido

instrucciones precisas del Alcalde, no va a admitir ninguna extinción de contratos

de trabajo que suponga vulneración de los pactos contractuales entre el

Ayuntamiento y la empresa. Así de rotundo quiero expresarme y así de rotunda va

a ser la actuación del Gobierno Municipal en este asunto.

SRA. CARRERA GARROSA: Bueno, decir que echaba de menos

escuchar hoy al Sr. Rodríguez en este Pleno, me alegra enormemente su

pronunciamiento. Quiero decir una segunda cosa respecto a las intervenciones de

mis compañeros. Evidentemente, esta era una moción conjunta, estamos de

acuerdo y creo que es un posicionamiento político claro el estar en la defensa, en

primera fila, de los derechos laborales y sociales de los trabajadores y las

trabajadoras de cualquier empresa de nuestra ciudad.

Lamentablemente me llama muchísimo más la atención la respuesta que da

el Portavoz del Grupo Popular respecto a por qué se abstienen en esta moción, que

consideran de vital importancia, comparten cien por cien pero qué ocurre, hay dos

frases que no tienen nada que ver con el contenido, ni modifican ni alteran la

moción, pero bueno, no se pueden apoyar, porque evidentemente, hablar de

reprobación moral, hablar de arbitrariedad en las relaciones laborales, parece que

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el Sr. Portavoz del Grupo Popular, está muy lejos de lo que es la práctica laboral

diaria. Pues la verdad, lamentamos decirle, y que de verdad esto es una realidad

día a día, que las empresas, muchas, no todas, lamentablemente actúan

arbitrariamente y muchas veces de manera muy reprochable en sus prácticas

laborales.

Quiero decirle con esto que me llama la atención que utilicen esta cantidad

de frases, de excusas y evidentemente de ruborizaciones hacia ciertas

afirmaciones de la moción porque evidentemente, si ustedes quieren la aprueban,

si no quieren no, pero nos metan más rollos. Estos trabajadores están aquí con

todo el derecho del mundo para que esta Corporación unánimemente hubiera

apoyado a esta moción.

Entendemos y nos alegra que creemos que con la exposición que ha hecho

por parte del Grupo Popular el Sr. Rodríguez tendremos al Sr. Alcalde en primera

fila de las negociaciones con la empresa para que ninguno de esos trabajadores

sean despedidos.

ILMO. SR. ALCALDE: Vamos a ver, como he sido citado en varias

ocasiones por la práctica totalidad de los Grupos aquí presentes, y como entiendo

que me corresponde como Alcalde defender el interés general y en concreto el

interés de estas siete personas, yo quiero hacer una propuesta a todos los Grupos

Políticos y en concreto al Grupo Proponente. Eliminar estas dos frases que ha

mencionado el Grupo Popular para que la moción salga por unanimidad.

En cualquier caso quiero garantizar, viendo las caras de los siete

trabajadores aquí presentes, que independientemente de que se apruebe o no se

apruebe esta moción, el Alcalde y el Equipo de Gobierno es el competente para

defender sus intereses y desde el minuto uno en el que ustedes entraron por la

puerta, algunos de ustedes entraron por la puerta del Ayuntamiento y coincidimos

en al zaguán del Grupo Popular, desde ese mismo momento, que tuvimos

conocimientos hemos estado trabajando defendiendo sus intereses. Pero creo que

es fundamental que todos lleguemos al entendimiento para defender mejor los

intereses de estas siete personas. Por tanto le pido al resto de Grupos Políticos que

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hagamos una cesión de nuestras propuestas maximalistas para defender los

intereses de estas siete personas.

SRA. CARRERA GARROSA: Por supuesto los grupos de la oposición

estamos dispuestos a que esto sea una declaración unánime y evidentemente

entiendo que los trabajadores de CEMUSA también, pero de verdad, esto

podíamos haberlo arreglado antes de venir aquí.

Quiero decir, hemos hablado, nos vemos, subimos, bajamos las escaleras,

nos vemos en la Junta de Portavoces. Evidentemente, es la primera vez que en

este Pleno vemos esta fórmula para salir de un desaguisado como este. Le

agradecería Sr. Alcalde, que en futuras ocasiones en las que tengamos situaciones

similares, utilice también la forma del buen rollo, permítame, para salir de esta.

Por supuesto que aprobamos la propuesta del Sr. Rodríguez y por supuesto

que lo que queremos es que el Ayuntamiento se posicione en toda la negociación

del expediente de regulación a favor de los trabajadores y no se permita en ningún

momento que estos sean despedidos. Si es así, estamos de acuerdo los grupos de

la oposición que aceptamos la unanimidad de la moción.

ILMO. SR. ALCALDE: Vamos a ver, le voy a dar la palabra a Don

Fernando Rodríguez, pero antes, Doña Virginia, perdóneme, ya ha acabado usted

su turno, le voy a dar la palabra por alusiones a Don Fernando Rodríguez, pero

antes le voy a decir que no es la primera vez que he hecho esta apreciación.

En esta legislatura en el mes de julio hablando del Hospital, un tema no

menor, pedí a los Grupos de la oposición que se quedara encima de la mesa este

asunto para que llegáramos entre todos a una posición conjunta. Parecía que en

aquel momento estaban más preocupados de doblar la mano al Equipo de

Gobierno que de buscar el interés general.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Simplemente Sr. Alcalde para aclarar que

no es verdad lo que dice la Portavoz del Grupo Municipal Ganemos. A ella

personalmente, telefónicamente y al Portavoz del Grupo Socialista que no me

desmentirá, que eran inicialmente firmantes de la moción, yo les he manifestado

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que si se eliminaban esas dos cosas este grupo apoyaría la moción, y el Grupo

Municipal de Ganemos se negó rotundamente es más se negó Doña Virginia

Carrera Garrosa que es la que ha intervenido mintiendo descaradamente en este

Pleno.

SR. MATEOS CRESPO: Si, para evitar que otros grupos hablen por los

proponentes. Evidentemente el Grupo Socialista es proponente, nosotros

evidentemente aceptamos la propuesta que sí existió también con anterioridad, no

hay que negarlo, existió con anterioridad eliminar algunas cuestiones del texto de

la moción.

Y bueno, en aras de que haya consenso en torno a esta cuestión que ya hay

suficiente conflicto de los trabajadores con la empresa y creo que no debe ser esto

fruto de controversia mayor que la ya existe en el plano laboral. Si hay posibilidad

de acuerdo político por nuestra parte no hay ningún tipo de problema en eliminar

las referencias a las que ha hecho referencia el Grupo Popular, para que esta salga

por unanimidad. De hecho esa ha sido la intención de este Grupo al que

represento, desde el inicio, creemos que estas cuestiones que son de ciudad

siempre deben actuarse desde el máximo consenso político cuando además existe

voluntad para hacerlo.

ILMO. SR. ALCALDE: Doña Virginia ha sido aludida, le doy un

brevísimo turno para hablar de esa cuestión en concreto. Le ruego no reabra otros

turnos alusiones para evitar nuevos turnos e intervenciones sobre este asunto.

SRA. CARRERA GARROSA: Simplemente para cerrar, entiendo que es

una avance el que tengamos ahora mismo una moción aprobada por unanimidad, y

creo que cuando mantenemos conversaciones entre nosotros mismos, y

mantenemos conversaciones que lo que hacen es, de alguna manera, solicitar o

ceder, en este caso, cuando nosotros hemos hablado con el Grupo Popular, en todo

momento el Partido Popular no ha hecho la exposición que acaba de hacer ahora.

ILMO. SR. ALCALDE: Doña Virginia, vamos a ver, el debate ya se ha

realizado. Yo le voy a explicar, sé que las reglas del juego a usted le parecen en

función de lo que le conviene. Mire, le he estado dando un turno de alusiones por

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unas alusiones claras que le ha hecho Don Fernando, incluso duras y fuertes.

Hable de ese asunto y no reabra el debate que ya está terminado.

SRA. CARRERA GARROSA: Bueno, mire, como aquí el debate parece

que es cosa de quien está gobernando, evidentemente llegamos al acuerdo de que

todo el mundo estamos de acuerdo en que los trabajadores de CEMUSA sean

defendidos por este Ayuntamiento, estamos en el proceso de negociación para que

se eviten los despidos.

ILMO. SR. ALCALDE: Doña Virginia, no tiene la palabra, el tema se ha

acabado. Pasamos por tanto a la votación del texto con la supresión de esas dos

frases.

SR. SECRETARIO: Creo que debería precisarse antes de la votación.

ILMO. SR. ALCALDE: Don Fernando, diga las dos frases que hay que

suprimir. Pero por favor, para evitar que le tenga que quitar el turno de la palabra,

cíñase solo a citar las frases que hay que suprimir.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Es, en el párrafo tercero de la exposición de

motivos, en la frase final, donde pone “Resultando la justificación insuficiente”

pues hasta ahí correcto, y lo que nosotros proponíamos era que se eliminara

“arbitraria e incluso moralmente reprobable” simplemente eso.

Y en la parte dispositiva en el punto tercero, que pondría “Encomendar al

Alcalde de esta Corporación a mantener los contactos que sean necesarios con la

empresa CEMUSA para evitar los despidos planteados de manera especial los

siete referentes a la Delegación de Salamanca”, nosotros lo que proponíamos era,

“encomendar al Gobierno Municipal, evidentemente que ya incluía al Alcalde de

esta Corporación, que mantenga los contactos que sean necesarios con la empresa

CEMUSA para evitar cualquier despido que pudiera vulnerar los pactos

contractuales entre la empresa y el Ayuntamiento”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar la

moción con las siguientes modificaciones:

1º/ En la parte expositiva, párrafo tercero las dos últimas líneas donde dice

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“…. responsables de CEMUSA, resultando la justificación insuficiente, arbitraria

e incluso moralmente reprobable”. Debe decir:“….. responsables de CEMUSA

resultando la justificación insuficiente”. Esto es, se suprime “arbitraria e incluso

moralmente reprobable”.

2º/ En la parte dispositiva, II Propuesta de de Resolución, apartado 3 donde

dice:“Encomendar al Alcalde de esta Corporación a mantener los contactos que

sean necesarios con la empresa CEMUSA para evitar los despidos planteados, de

manera especial los 7 referentes a la delegación de Salamanca”.

Debe decir:“Encomendar al Gobierno Municipal de esta Corporación que

mantenga los contactos que sean necesarios con la empresa CEMUSA para evitar

cualquier despido que pudiera vulnerar los pactos contractuales entre la empresa

y el Ayuntamiento”.

17.9.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL GANEMOS

SALAMANCA DE APOYO A LA CONFEDERACIÓN GENERAL DEL

TRABAJO DE SALAMANCA INSTANDO LA MEJORA DEL SERVICIO

DE URGENCIA MÉDICAS EXTRA-HOSPITALARIAS.

El texto de la moción es el siguiente:

“Desde la Confederación General del Trabajo de Salamanca denuncian la

precariedad en materia de servicios sanitarios de urgencias extra hospitalarias en

la que se encuentra la provincia de Salamanca y en especial su capital.

Como se puede comprobar en las estadísticas de la página oficial 112

Castilla y León, en los últimos 5 años han aumentado de media en unas 5000

actuaciones sanitarias mensuales en la Comunidad. La provincia de Salamanca,

especialmente, ha notado este aumento tan significativo, sin que se hayan

aumentado los medios para paliar esta situación.

A día de hoy la ciudad de Salamanca y el alfoz tan solo cuentan con 3

equipos de soporte vital básico (SVB, uno de ellos tan solo durante 14 horas) y 1

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equipo de soporte vital avanzado (SVA) para toda su población, los mismos

efectivos desde hace más de 9 años, esto sumado al envejecimiento de la

población y a que la demanda es mucho mayor a lo largo de estos años, hace que

el servicio esté desbordado.

La “solución” que da el centro coordinador de urgencias medicas de Castilla

y León no es otra que cuando un SVB de la provincia (Alba de Tormes, la Fuente

de San Esteban, Peñaranda, etc.) queda libre en el Hospital, al haber realizado

cualquier servicio previo, se destine a efectuar servicios en la propia capital por la

falta de recursos que existe en la misma.

El problema se acrecienta con esta práctica, ya que la que queda desatendida

es la localidad a la que se priva de SVB por estar realizando labores fuera de su

zona, hasta el punto en algunos casos de realizar hasta 40 servicios mensuales por

ambulancia en la ciudad.

Para paliar estas deficiencias y dar un servicio adecuado a las necesidades

de la ciudadanía, este Grupo propone al Pleno la adopción del siguiente

ACUERDO:

Solicitar a la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León que de

forma urgente mejore la dotación del servicio médico de urgencias extra-

hospitalarias en la provincia de Salamanca, adoptando al menos las siguientes

medidas:

• Aumentar la dotación con al menos un equipo adicional de Soporte Vital

Básico (SVB) en la ciudad y otro de Soporte Vital Avanzado (SVA).

• Aumentar a 24 horas diarias los servicios de Soporte Vital Básico (SVB)

que ahora prestan servicio sólo durante 14 horas.

• Implantar un nuevo Soporte Vital Básico (SVB) de 24 horas en la

localidad de Ledesma”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

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SRA. MORENO GONZÁLEZ: Esta moción es una moción de las que se

enmarcan dentro del compromiso de nuestro Grupo para servir en esta

Corporación como altavoz de la ciudadanía. En este caso la moción es de apoyo a

la Confederación General de Trabajo de Salamanca para instar la mejora del

servicio de urgencias médicas extra-hospitalarias.

Desde la Confederación General del Trabajo de Salamanca denuncian la

precariedad en materia de servicios sanitarios de urgencias extra hospitalarias en

la que se encuentra la provincia de Salamanca y en especial su capital.

Ya desde los años 80 la Sociedad Española de Medicina Intensiva, elabora

el Plan de Actuación para la Atención de Urgencias y dentro del mismo forma una

parte fundamental las unidades de emergencias extra hospitalarias dentro de las

cuales los transportes son fundamentales, porque realmente son los que garantizan

que ante situaciones de emergencia vital, sobre todo de emergencia vital, una

atención, se pueda mantener en estos transportes hasta la llegada al hospital donde

puedan ser atendidos de una manera más eficiente.

Además, en las últimas décadas, ha tomado especialmente protagonismo

estas unidades al haberse producido un incremento generoso de la demanda,

posiblemente por un aumento de expectativas, y especialmente por el

envejecimiento de la población, siendo esta una realidad en nuestra ciudad, que

cada vez va la población siendo mayor.

Como se puede comprobar en las estadísticas de la página oficial 112

Castilla y León, y en el Portal de Salud de la Consejería de Salud de Castilla y

León, en los últimos 5 años han aumentado de media, en unas 5000 actuaciones

sanitarias mensuales en la Comunidad. La provincia de Salamanca, especialmente,

ha notado este aumento tan significativo, sin que se hayan aumentado los medios

para paliar esta situación.

A día de hoy la ciudad de Salamanca y el alfoz, no olvidemos que las

unidades que están ubicadas en Salamanca también tienen que cubrir a los pueblos

del alfoz, solo cuentan con tres equipos de soporte vital básico, que son los

equipos aquellos que solamente llevan un conductor, un técnico y en algunos

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casos un enfermero. Uno de ellos solamente está 14 horas, es decir, el horario

nocturno desaparece y 1 equipo de soporte vital avanzado (SVA) lo que

antiguamente se ha llamado o lo que sigue siendo, las UVIS móviles para toda su

población, los mismos efectivos desde hace más de 9 años, por lo que por los

motivos anteriormente expuesto hace que el servicio esté desbordado.

También en la última memoria de la Consejería de Sanidad, que las

últimas memorias también podemos decir que le pasa como a este Ayuntamiento,

son todas muy atrasadas. Esta última memoria es del año 2013. Se puede observar

que el ratio de personas de la Unidad Asistencial especialmente del Servicio Vital

Avanzando es el mayor de toda la Comunidad. Así, se dispone de una UVI móvil

para 276.989 habitantes, porque como he dicho anteriormente, esta UVI móvil es

para Salamanca y para el alfoz.

Es decir, estamos a la cabeza en Castilla y León, del ratio de población

por UVI móvil. También ocurre lo mismo, que las dos y media unidades de

soporte básico también deben atender a estos pueblos, y también los encontramos

a la cabeza de este ranking.

La solución que da el centro coordinador de urgencias medicas de Castilla

y León no es otra que cuando un SVB de la provincia (Alba de Tormes, la Fuente

de San Esteban, Peñaranda, etc.) quede libre en el Hospital, al haber realizado un

transporte, pues si hay que hacer un servicios, se utilicen a estas ambulancias

cuando pasan de camino por Salamanca.

Este problema se acrecienta, ya que la que queda desatendida y no nos

olvidemos que aunque nosotros aquí estemos en el Ayuntamiento de Salamanca,

también tenemos una responsabilidad por toda la provincia, porque no deja de ser

nuestra provincia, estamos utilizando servicios de la provincia para suplir los

déficit que tenemos en nuestra ciudad.

Espero, bueno, ahora terminaré, pero confío en que esta moción no levante

ampollas y que todos los Grupos nos pongamos de acuerdo para pedir, una cosa

tan evidente como es mejorar las condiciones de salud de nuestra población.

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SRA. SUÁREZ OTERO: No vamos a discutir la necesidad de un servicio

de transporte sanitario para emergencias que sea ágil, que llegue a tiempo, y que

sea eficiente, no vamos a ser nosotros los que discutamos la importancia de la

salud, y muchísimo menos en estos días en los que bueno, pues tenemos claro qué

es lo más importante que tenemos. Para nosotros cualquier gasto relacionado con

la salud, que pueda redundar en beneficio de los ciudadanos es una inversión. Y

como tal hemos reclamado todas las inversiones que sean necesarias desde los

inicios, en concreto respecto al Complejo Hospitalario de Salamanca en cuanto a

plantilla, en cuanto equipos, en cuanto a mantenimiento, y también respecto al

nuevo hospital, que algún día veremos, espero, en el que por cierto, tendremos un

elemento que puede ser muy interesante, que es el helipuerto que estará por fin en

las propias instalaciones del Hospital según los planes, y que ahorrará al servicio

de transporte sanitario esa ambulancia que ahora mismo se ve obligada a recoger a

los enfermos que llegan en Huerta Otea donde está el helipuerto actual, y

trasladarlos hasta el centro hospitalario.

Desde luego nos parece que todas las inversiones, como digo, que puedan

beneficiar a la ciudadanía, son un acierto en materia sanitaria. Pero de esta

moción, nos parece un desacierto hablar de solicitar un equipo de soporte vital

básico para Ledesma. Básicamente porque entendemos que Ledesma y su

Corporación Municipal se bastan y se sobran para solicitar lo que consideren

oportuno y porque yo me pregunto la cara que se nos pondría aquí a todos si desde

una Corporación Municipal externa a Salamanca solicitaran algo para nosotros.

No me veo en la situación, pero me parece ridícula.

Respecto al resto de peticiones, respecto a la solicitud de un nuevo servicio

soporte vital básico, un soporte vital avanzado, la ampliación de horas de 14 a 24,

de ese soporte vital básico, bueno, podrían ser interesantes. La duda que nos

queda a nosotros es si realmente ese tipo de medidas mejorarían sustancialmente

el servicio que se está ofreciendo ahora mismo.

Digo esto porque esta moción que un sindicato ha presentado al Equipo

Ganemos y que ellos nos han trasladado, dudamos si con algún filtro previo,

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poniéndola, contrastándola con profesionales del sector, nos dicen que ya no se

trata tanto de la cantidad de recursos, sino de su organización, es decir, que lo que

está fallando es esa gestión interna que esta filtrando mal los servicios que se

consideran emergencias. Estamos hablando de servicios que se están atendiendo

con transporte sanitario, que realmente no son emergencias. Estamos hablando de

una mezcla indefinida entre traslados para realizar pruebas y para realizar

intervenciones, todo tipo de tratamientos que se mezclan con servicios realmente

de emergencias. Entonces, nos queda la duda de si, simplemente, con aumentar

los equipos sería suficiente para solucionar el problema. ¿Qué ocurre en todo

esto? Pues que estamos hablando de mucho dinero, que tenemos la obligación de

dar la respuesta a la ciudadanía, pero tenemos también la obligación y la

responsabilidad de medir muy bien qué hacemos con el dinero que existe.

Por este motivo nosotros nos vamos a abstener en esta moción, porque si

queremos evidentemente, que mejore el servicio de emergencias sanitarias para

todos los ciudadanos, pero creemos que falta un paso previo que es averiguar si

realmente lo que solucionaría estas peticiones que nos plantea Ganemos, que nos

plantes este sindicato, tiene consonancia con el enorme gasto que va a suponer

para las Arcas Autonómicas.

SR. FERRERAS DE LA FUENTE: El Grupo Municipal Socialista, trata

de ser riguroso en sus planteamientos y nos gustaría que el resto de los Grupos

tuviera esa misma actuación respecto a las mociones que presenta este Pleno. En

esta moción que nos ocupa, no se ha acertado ni en el título, ya que anuncia que se

va a tratar de urgencia extra-hospitalarias y en realidad de lo que habla es de

emergencias sanitarias. Hay una importante distinción entre una cosa y otra, como

muy bien sabe la oponente Doña Pilar.

A partir de aquí, en cada párrafo, hay errores de concepto, e incluso datos

que nos proporcionan no se ajustan a la realidad.

Entre los errores de concepto, está el remitirnos a la estadística de la

página del 112 de Castilla y León que es el teléfono de atención a las llamadas de

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emergencias, que abarcan no solamente las sanitarias sino todo tipo de

emergencias como bombero, policía, Guardia Civil etc., es decir, que las

estadísticas que trata de manejar no se corresponden al contenido de la moción.

Emergencias sanitarias que publica sus memorias en su página web, la

última publicada como usted muy bien ha dicho, corresponde al año 2013, recoge

el histórico de los cinco últimos años de llamadas. El número de llamadas a

emergencias sanitarias ha pasado de 254.880 en el año 2008 a 236.565 en el 2013,

es decir, se ha producido una disminución de 18.315 llamadas a emergencias, el

7%, aquí he traído las estadísticas que se pueden comprobar de los datos.

Es decir que en los datos que nos suministran, no se corresponden con lo

que se trata y además ha disminuido. Respecto a los servicios que han realizado

las UMES, vamos a hablar de la terminología que realmente se habla, aquellas

ambulancias que tienen médico se llaman Unidades medicalizadas de emergencias

UMES a partir de ahora, no se llaman con la terminología que viene en la propia

moción que es una terminología anticuada y que no se emplea ni en los contratos.

Respecto a los servicios que han realizado las UMES en el periodo han

sido, 33.047 en 2008 y 32.310 en el 2013. Es decir, ha habido una reducción de

732 servicios. Y siguiendo las mismas estadísticas, las unidades de soporte vital

básico a las que también se hace referencia en la moción, han pasado de 156.089

en 2008, a 155.128 en 2013, es decir, ha habido una disminución de 761

actuaciones. Muy mal podemos exigir un aumento de los medios cuando se ha

producido una disminución de la utilización.

Esta disminución de actividad, contradice lo que se afirma en la moción.

La provincia de Salamanca, el funcionamiento de urgencias, aunque las bases

estén en Salamanca, no se corresponden solo para Salamanca. El trabajo en

urgencias abarca toda la provincia, incluso el helicóptero abarca varias provincias.

Es decir que aunque la base de un soporte vital básico o de una UME esté en un

sitio determinado, tiene que abarcar una serie de poblaciones.

La provincia de Salamanca está dotada de tres unidades medicalizadas de

emergencia, que son las UMES, lo que llaman en la moción las UVIS que no se

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llaman así, una para Ciudad Rodrigo y su comarca, otra para Béjar y su comarca y

una tercera para Salamanca ciudad, y para una amplia zona de influencia que

abarca desde Peñaranda de Bracamonte hasta Ledesma y de Pedrosillo el Ralo

hasta La Fuente de San Esteban. Teniendo por lo tanto unas grandes distancias

que recorrer para atender a la población.

Esto puede originar que el tiempo para la asistencia médica de las UMES

sea superior a 30 minutos, que se ha considerado como el estándar establecido

para la asistencia sanitaria. Siendo esta la razón, la superación del estándar, lo que

motivó, esta razón, que en el año 2011 se aprobase por este Ayuntamiento de

Salamanca una moción conjunta entre los Grupos Políticos que formaban el

Ayuntamiento en aquel entonces, en que se instaba a la Junta de Castilla y León al

establecimiento de dos unidades de emergencia medicalizadas, teniendo su base

en la ciudad de Salamanca, pero dividiendo el territorio de influencia entre dos

partes para intentar en todo momento alcanzar el estándar de los 30 minutos.

Por lo tanto, aun estando en desacuerdo con su argumentación, porque la

argumentación es el único punto que no he tocado, incluso el nombre que ustedes

dan a las UMES, pues emplean una terminología antigua, vamos a abstenernos

por considerar que el objetivo es la dotación de una UME. No obstante nos

comprometemos a traer al próximo pleno una moción, esta vez sí, con los

términos adecuados y consensuada entre todos los Grupos Políticos basada en una

argumentación real y rigurosa. También es labor nuestra la pedagogía para que la

ciudadanía pueda formarse un criterio basado en datos reales.

SRA. FRESNADILLO MARTÍNEZ: Bueno Doña Pilar, yo le adelanto

que nosotros vamos a votar en contra de su moción. Y ni que decir tiene que no es

porque no estemos a favor de que se garantice la salud y la seguridad de los

salmantinos y las salmantinas. Vamos a votar en contra porque esta moción

demuestra un gran desconocimiento, no solo de la situación concreta sino de la

Sanidad salmantina, y además nos parece que es superficial, carente de datos y sin

justificación, errónea, obsoleta en los parámetros que valora y con una gran falta

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de rigor.

Pedir por pedir, sin analizar, nuestro ahora que es lo realmente importante

y que partiendo de la suficiencia de toda la dotación de emergencias sanitarias,

bueno, pues los salmantinos y las salmantinas han dicho cuál era su prioridad, y su

prioridad es el nuevo Hospital, y nosotros tomamos esa prioridad y se convierte

también en nuestra prioridad. Porque queremos tener el mejor Hospital, dotado

con los mejores medios técnicos y humanos y mantener y seguir dotando el

hospital antiguo para que tenga, la máxima eficiencia hasta que el otro sea una

realidad.

Bueno hablábamos de recursos y de datos y yo creo que después de la

intervención del Dr. Ferreras, me queda poquito que añadir. Los recursos son

importantes, pero todos los datos, pues avalan que en este momento son

suficientes, y eso no es por capricho. Voy a intentar, marcar alguno de los que no

han sido mencionados y todos ellos pues, yo, considero que los que se han

mencionado son correctos.

Si empezamos por la Unidades de Soporte Vital Básico, bueno, pues decir

que en 2015, las 15 unidades han realizado, 4,52 servicios/día. En ningún caso

además puede hablarse que a lo largo de estos años y ya ha sido mencionado, haya

habido un aumento de demandas, sino que esta demanda ha estado mantenida o

bien ha disminuido. Además, las UMES con las que contamos, contamos con tres

UMES, han realizado 7,5 intervenciones/día en Salamanca, 2,1 intervenciones/día

en Béjar y 2,4 intervenciones/día en Ciudad Rodrigo. Si tenemos en cuenta que el

tiempo medio de ocupación es de 40 minutos, bueno, pues en el peor de los casos

estamos hablando de una ocupación de 5 horas en 24 horas.

Y además, ustedes se han olvidado el helicóptero sanitario, helicóptero que

presta un servicio rápido y además con una intervención al día como media. Pero

el parámetro fundamental y esto ya se ha dicho, no son las unidades que tenemos,

sino el tiempo de respuesta. Y ese tiempo de respuesta podría ser mejorable.

Siempre las cosas son mejorables, pero desde luego es suficiente. En el caso de las

UMES, aproximadamente en el 70% de los casos es de 15 minutos y en las

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unidades de soporte vital básico, el tiempo medio de respuesta son 13 minutos.

Y también ha sido mencionado y hay una característica muy importante

del sistema de emergencias de Castilla y León y es que la utilización de los

recursos de emergencia sanitaria se realiza de forma integral. No es una solución

improvisada del Centro Coordinador cuando una unidad queda libre. Eso significa

que con independencia de la zona y del recurso asignado a una localidad concreta,

se activa a los profesionales y a los medios, que puedan dar una respuesta más

adecuada en función de la urgencia, pero no solo de la urgencia, sino del contexto

de cada caso. Es decir, están ubicadas en determinadas localizaciones geográficas

pero su ámbito de actuación es el más adecuado en cada momento y en cada caso

concreto.

Otra cuestión a añadir, las Unidades de Soporte Vital Básico pueden

medicalizarse, ¿Y eso qué significa? Que pueden albergar personal sanitario y eso

va a hacer que tengan funciones superiores a las inicialmente asignadas, de tal

forma que se van a convertir en UVIS, en UMES ya que tienen el equipo técnico

adecuado y lo que le faltaría sería el personal que en cualquier momento puede

incluirse en esa unidad. Además, también, contamos con 30+2 unidades de

ambulancias convencionales concertadas, 24 de transporte colectivo y una UVI

móvil inter hospitalaria entre los hospitales de la ciudad, de la comunidad y de

otras comunidades.

Y algo fundamental, y es que día a día se trabaja en mejorar la

coordinación con los servicios de urgencia, tanto de atención primaria como

hospitalaria. Y en perfeccionar protocolos específicos para cuadros graves,

urgentes y frecuentes como por ejemplo el código ictus o el código infarto. Y por

cierto, ahora volvemos al comienzo y al Hospital, es decir, un hospital capaz de

asumir y capaz de dar respuesta adecuada a esos pacientes que llegan.

Como ven si importantes son los recursos, más importante es la correcta

utilización de esos recursos, y los datos que acabo de darle demuestran que con

los recursos existentes se proporciona una respuesta adecuada, porque es rápida,

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es coordinada, es equitativa, es efectiva, es eficaz y es eficiente.

Y termino y reitero, el Equipo de Gobierno siempre apoyará medidas que

den respuesta eficaz a las necesidades de salud de los salmantinos y de las

salmantinas. Si fuera necesario y si los datos y criterios técnicos así lo indicaran,

seriamos los primeros en solicitar las mejoras oportunas para garantizar la mejor

atención para nuestros conciudadanos.

A pesar de que los datos no lo avalen, hablaremos con el Consejero porque

como ya dije, todo es mejorable.

SRA MORENO GONZÁLEZ: Vamos a ver lo que está claro es que

ustedes tienen mucha estadística y no están en la calle. Y no están en la calle con

los técnicos sanitarios, no están en la calle con los médicos que estamos

atendiendo, no están en la calle ustedes. No han tenido la desgracia de que un día

les atropelle un coche y no haya ninguna UME ni ninguna UVI en la ciudad.

Bueno, no, se lo digo, vamos a ver, ¿Le puedo mirar Sr. Alcalde o no? Yo estoy

hablando al Pleno, vamos a ver. A alguien de este Pleno el Sr. Alcalde le ha

preguntado si se estaba dirigiendo a él ¿O me lo pregunta a mí por qué motivo?

Perdone, bueno, pero no me tiene usted que interrumpir para preguntarme

si yo le estoy interpelando. No, vamos a ver, esas formas que tienen ustedes,

cúmplanlas. Yo estoy dirigiéndome a la Presidencia de este Pleno, que está usted

ubicado ahí en el centro, y espero que este tiempo que he hablado no me lo quite

¿De acuerdo?

No, es que el tema es así de clarito, lo que les estoy diciendo es que la

realidad es que hay muchos datos estadísticos, también ustedes como son del

Gobierno, tienen los datos de 2015, lo que hay publicado en la página de la Junta

de Castilla y León, de la Consejería, las últimas estadísticas son de 2013 ¿vale?

Eso lo pueden mirar. Y también viene el número de traslados que hacen las

unidades salmantinas y las unidades de otras provincias. Y seguimos a la cabeza.

Las unidades salmantinas hacen una media de 5,7, eso sí, en el 2013, es que es lo

que yo tengo, porque yo soy de la calle. En el 2013 tenemos 5,7 atenciones al día

en relación con 2,2 de la media de Castilla y León. Y la UME hace de 7,3 frente a

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los 3,8 de la media de Castilla y León. En esto también estamos a la cabeza.

También podemos decirles que la realidad es que esas unidades básicas

que se pueden medicalizar ¿Saben ustedes con quién se medicalizan? Con los

médicos de familia, con los médicos de pueblo que cuando no hay cómo resolver

la cosa dice, oye, mandar al médico del pueblo con el maletín que vaya para allá

que ya ha llegado la ambulancia. Eso es otra realidad, que es una realidad muy

seria y no se rían, porque no tienen ninguna gracia. Porque ustedes no se han

encontrado en la situación de tener que atender, que tener que salir corriendo de

un centro de salud porque todas las unidades están utilizadas. Y eso es algo que le

afecta mucho a los técnicos de salud que están con el transporte sanitario, que se

encuentran verdaderos marrones y a los que estamos en atención primaria que

tenemos que resolver esos temas.

O sea que no es un tema de estadística, es un tema de realidades. Y luego,

le digo a Ana Suárez, mire usted, el transporte del día a día no lo hacen ni las

UMEs ni las UVEs, hay otro transporte sanitario que efectivamente es también

bastante deficitario, pero que no se lleva a nadie para hacer pruebas

complementarias en una unidad de soporte básico, que lo ha dicho usted ¿Vale? Y

eso es otra realidad. Entonces, simplemente decir, podemos poner desfibriladores

en todas las unidades que tengamos, en todos los centros públicos, en todos los

pabellones, pero también, necesitamos, tendríamos que tener una UME siempre

libre para que cuando una persona tiene realmente una necesidad de urgencia no

podamos decir que están haciendo un traslado que están viniendo de un sitio a

otro sitio.

Y en relación con lo de Ledesma, esta es una moción que hemos, como he

dicho al principio, que viene dentro de nuestro compromiso con los Grupos y con

la ciudadanía y así lo hemos metido. Pero desde luego, ya veo que ustedes no la

van a apoyar, espero que el Doctor Ferreras haga una maravillosa y una excelente,

junto con la Doctora María José Fresnadillo para que la apoyemos ¿de acuerdo?.

Pero yo les digo que dentro de los problemas que está habiendo, es necesario que

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aquí se aumente la dotación de transporte sanitario, y por supuesto, dígale usted,

ya que es Procurador en Cortes, dígale usted a la Consejería que a ver si mejora

eso que todos hemos dicho que es una mala gestión de las emergencias sanitarias.

ILMO. SR. ALCALDE: Ha estado usted cuatro minutos y once segundos,

creo que no le he quitado ni un solo segundo de lo que le correspondía e incluso

ha tenido más. Simplemente, yo no soy tan joven como Doña Virginia o como

Don José Luis pero soy joven y al menos me siento joven, pero ya tengo algún

año en esto, pregunte usted por qué en la ciudad y en la provincia de Salamanca

hay un helicóptero medicalizado, hay UMEs y por qué en esta Comunidad existe

un teléfono de urgencias y emergencias llamado 112.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con los votos a favor del Grupo

Ganemos Salamanca [4 concejales], la abstención de los Grupos Ciudadanos

[3 concejales] y Grupo Socialista [7 concejales], y los votos en contra del

Grupo Popular [12 concejales], acuerda, por 12 votos en contra desestimar la

moción que antecede.

17.10.- Otras Mociones:

17.10.1- MOCIÓN DE LOS GRUPOS MUNICIPALES POPULAR Y

CIUDADANOS EN RELACIÓN AL ACUERDO SUSCRITO POR LOS

JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE LA UNIÓN EUROPEA CON

TURQUÍA.

El texto de la moción es el siguiente:

“Desde comienzos del año 2015, la llegada a costas europeas de personas

que huyen de zonas de conflicto, principalmente, de la guerra de Siria, y que

buscan protección internacional en nuestro continente ha aumentado de forma

considerable.

Se trata de miles de personas, en muchos casos familias enteras, cuyas

vidas están en peligro, permanentemente amenazadas, y que huyen de la pobreza

y la miseria provocada por los conflictos armados de Oriente Próximo.

Los refugiados son un grupo de personas que se reconocen como

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migrantes forzados, pues en sus países son perseguidos por sus creencias, razas o

por conflictos armados o desastres naturales. Esta definición fue sentada en 1951

en la Convención sobre el Estatuto de refugiados de las Naciones Unidas.

La protección internacional de los refugiados se basa esencialmente en

asegurar la admisión en el país de refugio, el otorgamiento del refugio, el respeto

de los derechos humanos y el principio de “no-devolución” que es el derecho de

las personas que solicitan refugio a no ser obligadas a regresar a su país.

El 18 de marzo de 2016 el Congreso de los Diputados aprobó por

unanimidad de todas las fuerzas políticas una Declaración Institucional que insta

al Gobierno de España a que continúe demostrando su disposición a contribuir en

la acción conjunta de la UE frente a esta crisis. Este texto reafirma tanto los

compromisos de reubicación y reasentamiento, como los esfuerzos de la UE para

definir unos procedimientos acordes con la situación así como el incremento de

fondos destinados a este fin. Todo ello en el marco de la defensa de la paz y los

derechos humanos y con el cumplimiento de la legalidad como base para la

efectividad de todos los derechos.

Por lo expuesto, los Grupos Municipales Popular y Ciudadanos, al amparo

de lo establecido en el artículo 88 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento

del Excmo. Ayuntamiento de Salamanca, proponen al Pleno de la Corporación la

adopción del siguiente acuerdo:

La adhesión del Ayuntamiento de Salamanca a la Declaración Institucional

del Congreso de los Diputados de 18 de marzo”.

La moción que antecede presentada por urgencia, fuera del orden del

día, es retirada por los Grupos que la proponen, antes de proceder a la

votación de la declaración de urgencia.

17.10.2- MOCIÓN DE APOYO DEL GRUPO MUNICIPAL

GANEMOS SALAMANCA, SOCIALISTA Y CIUDADANOS A LOS

TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL BANCO CEIIS [CAJA

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DUERO/ESPAÑA].

El texto de la moción es el siguiente:

“La Conversión de la antigua Caja Duero en el Banco CEISS pone en duda

el futuro de sus trabajadoras, trabajadores, patrimonio inmobiliario y los restos de

su antigua obra social. De nuevos es noticia un posible nuevo Expediente de

Regulación de Empleo en el Banco CEISS que puede poner en peligro 1126

puestos de trabajo.

El Plan de Reestructuración que plantea la dirección del Banco puede

suponer echar a la calle a uno de cada tres empleados/as de las cajas,

especialmente en Castilla y León. En el caso del Banco CEISS éste recibió dinero

público para recapitalizar la entidad. Una inversión pública de más de 1000

millones de euros. El Banco CEISS tiene una deuda con la sociedad porque el

Estado con el dinero de las y los contribuyentes ayudó a dicha entidad a poder

salir de la situación de crisis financiera, que en ningún momento había provocado

la ciudadanía. La respuesta que da el Banco en situaciones de dificultad es reducir

la plantilla, despidiendo a los y las trabajadoras que no han sido culpables de

nada.

Ante esta situación no solo el Banco CEISS debe responder, la Junta de

Castilla y León debe responsabilizarse, tras mirar hacia otro lado durante años y

además debe poner sobre la mesa la exigencia de evitar el desmantelamiento

definitivo de la entidad. Igualmente quedan sobre la mesa las responsabilidades

políticas que tienen que exigirse inmediatamente. La Junta de Castilla y León

debe responsabilizarse de su dejadez y asumir su responsabilidad ahora que puede

evitar un nuevo “hachazo” al futuro financiero de la Comunidad y la provincia. Si

vuelve a mirar hacia otro lado seguirá siendo cómplice y corresponsable de este

saqueo.

El Ayuntamiento de la ciudad como administración más cercana a la

ciudadanía debe velar e intermediar para que en la medida de lo posible las y los

trabajadores de nuestro municipio no paguen las consecuencias de la mala gestión

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de la entidad, por ello se eleva al pleno las siguientes propuestas:

1º Que la Corporación muestre el apoyo público a todas y todos los

trabajadores y trabajadoras de la empresa Banco CEISS-Unicaja.

2º Que el Ayuntamiento evite en la medida de lo posible los despidos

exigiendo a la Junta de Castilla y León que tome medidas y evite nuevos despidos

en el Banco CEISS.

3º Que el Ayuntamiento de Salamanca, mantenga los contactos necesarios

con la empresa para evitar los despidos, especialmente los referentes a Salamanca.

4º Que el Ayuntamiento exija responsabilidades políticas a los gestores de

Caja Duero y Caja España, así como a los de Banco CEISS.”

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

ILMO. SR. ALCALDE: Vamos a ver, para que luego nadie diga que no se

ha hecho una oferta por parte del Grupo Popular en la Junta de Portavoces, en la

que se ha planteado una declaración institucional por parte de los cuatro grupos.

Hago mía esa propuesta que ha sido rechazada por los tres Portavoces, lo

hago públicamente delante de los tres Grupos Políticos y antes de pasar a votar la

urgencia, les pido a todos si somos capaces o no de hacer con tiempo, con

serenidad, con sosiego y con consenso, una declaración por parte de los cuatro

Grupos. ¿Les parece bien la oferta o seguimos adelante?. Los Grupos proponentes

son los que tienen la palabra.

SRA. CARRERA GARROSA: Enormemente nos alegra la propuesta y

vamos a aceptar esta declaración, o mejor dicho, este compromiso por parte del

Sr. Alcalde que asume como suyo y entendemos que la semana que viene para que

los plazos no se nos echen encima y porque además creemos que es tiempo

suficiente para poder tomar una decisión. Con esto, de alguna manera, habrá una

decisión política en la calle, en los medios de comunicación. Consensuada, que no

tenga ningún medio antes de ser aprobada y que evidentemente, responda a este

compromiso que por parte del Grupo Ciudadanos, Partido Socialista y Ganemos

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tenemos con los trabajadores y trabajadoras de Caja Duero/Caja España.

Por eso, para que esta moción se retire o mejor dicho, no se apruebe su

urgencia, y que realmente tenga el espíritu que planteaba esta oposición,

estaríamos de acuerdo en retirar nuestra propuesta en este momento y en el plazo

de una semana tendríamos, de alguna manera, decidido cómo salir, de alguna

manera, unitariamente el Ayuntamiento de Salamanca apoyando a los trabajadores

y trabajadoras del Banco Ceiss.

La moción que antecede presentada por urgencia, fuera del orden del

día, es retirada por los Grupos que la proponen, antes de proceder a la

votación de la declaración de urgencia.

18.- CONTROL Y FISCALIZACIÓN.

18.1-. CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA

DE FECHA 10 DE MARZO POR LA QUE SE APROBARON LOS

MARCOS PRESUPUESTARIOS PARA EL PERIODO 2017-2019.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

18.2-. CONOCIMIENTO DE LA LIQUIDACIÓN DEL

PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DEL EJERCICIO

2015.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

18.3-. CONOCIMIENTO DE LA LIQUIDACIÓN DEL

PRESUPUESTO DEL O.A.G.E.R. DEL EJERCICIO 2015.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

18.4-. CONOCIMIENTO DEL INFORME DEL INTERVENTOR

RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD

PRESUPUESTARIA EN LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL

EJERCICIO 2015.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

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18.5-. CONOCIMIENTO DEL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE

LAS INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

18.6-. CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA.

Se ha entregado a los Grupos Políticos el extracto de las Resoluciones

dictadas hasta el 15 de marzo de 2016. Igualmente en cumplimiento del art. 41 del

Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Excmo. Ayuntamiento de

Salamanca, las Resoluciones de Alcaldía dictadas desde la última sesión plenaria,

han estado a disposición de los Sres. Concejales en Secretaría General de la

Corporación.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

18.7.- INFORMACIÓN DE ALCALDÍA.

ILMO. SR. ALCALDE: Más que información un ruego. Por favor, hagan

más humano el Salón de Plenos Don Javier. No sólo el micrófono, sino la

temperatura, los asientos, los agradeceremos todos.

18.8.- CONTESTACIÓN A PREGUNTAS FORMULADAS EN LA

SESIÓN ANTERIOR.

18.8.1- CONTESTACIÓN A LA PREGUNTA FORMULADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA AL CONSEJO DE

CIUDAD.

SRA. SÁNCHEZ BELLOTA: En relación a la cuestión planteada por la

Sra. Mena, el Consejo de Ciudad está convocado para ser constituido la semana

que viene. Como bien sabe la composición del Consejo de Ciudad tal como se

establece en el artículo 52 del Reglamento de Participación Democrática de la

ciudad de Salamanca, está constituido por representantes de distintas

organizaciones, entidades, grupos políticos, así está configurado en este

Reglamento. Unas vez abierto el plazo de solicitud para la designación por parte

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de las entidades, organismos o representantes en el Consejo de Ciudad, si bien

digo, se han recibido las designaciones correspondientes a sus representantes que

cumplen con los criterios de esta designación, pero también se ha recibido en su

día una solicitud por parte de una organización de la ciudad de Salamanca,

solicitando su representación en este Consejo. Esto es lo que ha retrasado la

constitución del consejo pero como le comunico, la semana que viene será una

realidad.

SRA. MENA MARTÍN: Me parece muy bien que mi propuesta haya

servido para que el Equipo de Gobierno se vea obligado a ponerlo en marcha para

asegurar la participación democrática de la ciudadanía, y haya convocado el

Consejo de Ciudad, el próximo día 13 de abril.

No existía razón objetiva para no convocarlo, incumpliendo el Reglamento

de Participación Ciudadana, en concreto en su artículo 51.1.b.

Asimismo en ese sentido solicitamos un informe técnico donde se indiquen

las fechas en que se solicitó la designación de los representantes a las diferentes

entidades y las fechas en las que se recibieron en la Sección de Participación

Ciudadana estas designaciones, y si ha habido alguna cuestión técnica que haya

impedido su convocatoria o si se ha debido más bien a una decisión política

deliberada.

SRA. SÁNCHEZ BELLOTA: Bueno Doña Josefa, yo creo que ya le he

explicado cuál ha sido el motivo por el cual ha habido este retraso.

Una vez que se solicitaron, se pusieron en marcha la solicitud de todos los

organismos que corresponden, que tienen representación en todos los Consejos,

no solo en el de Ciudad, sino en todos los que se han constituido. Hemos ido

recibiendo por carta porque si se lo solicitamos también a las entidades, los

representados, cumpliendo con los criterios que están establecidos en el

Reglamento.

Bien es verdad que una vez que fuimos recibiendo toda esta

documentación, nos encontramos con la solicitud de una de las organizaciones de

nueva creación, que nos pedía su representación en el Consejo de Ciudad. Eso ha

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sido lo que ha retrasado la constitución y la convocatoria de este Consejo de

Ciudad, pero no hay ningún motivo, que no hay sido el que yo le explico en este

momento.

18.8.2- CONTESTACIÓN A LA PREGUNTA FORMULADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA AL COMIENZO DEL

FUNCIONAMIENTO DE LAS CÁMARAS Y SOFTWARE DE

RECONOCIMIENTO DE MATRÍCULAS.

SR. GARCÍA CARBAYO: La contratación de las cámaras fue informada,

aprobada, licitada, adjudicada, recibida y auditaba por Intervención Municipal. El

sistema está en funcionamiento en fase de pruebas, en tanto se van incorporando

datos y se está testando por los distintos usuarios su funcionamiento.

El proceso se está ultimando, la previsión es que el sistema se ponga en

marcha en las próximas semanas y de ello se informará con la debida antelación y

ampliamente también de esta circunstancia.

SR. FERRERAS DE LA FUENTE: Don Carlos, llevamos desde el 9 de

abril concretamente mañana va a hacer dos años en los cuales se adjudicó este

contrato por un valor de 228.690 euros y al cabo de dos años, seguimos sin

funcionar. Esto cuanto menos, es una gestión bastante deficiente del contrato.

Usted sabe, como sé yo y lo saben la mayoría de los ciudadanos, que esto no era

una demanda de la población, ningún colectivo lo había solicitado. Y que el

funcionamiento tiene unas dificultades que no se le escapan a usted y que, después

de dos años, pensamos que es difícil su entrada en funcionamiento porque no era

una demanda ni una necesidad que teníamos.

A mi me parece, a nuestro Grupo nos parece, que sí que sería conveniente

el ir pensando en otras alternativas porque sabemos que las cámaras no van a

funcionar. Tenemos otras necesidades que pueden estar, tener estas necesidades.

Esperamos que esos planteamientos alternativos puedan encontrar algún

tipo de solución, porque por lo que vemos después de dos años las cámaras siguen

sin funcionar. No obstante, usted, nos ha comentado que en fechas recientes van a

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empezar a funcionar, vamos a dar un margen para ver si el funcionamiento es

correcto, y si no, ya le proponemos la búsqueda de algún tipo de alternativas a las

cámaras.

SR. GARCÍA CARBAYO: Bien, como he dicho, el sistema no está puesto

en marcha pero las cámaras están funcionando y se están testando y si quiere un

día vemos cómo se está realizando este trabajo.

Sobre si hay necesidad o no, pues la misma, una necesidad similar a la que

ha existido en otras ciudades españoles que cuentan ya con este sistema, la

diferencia ya lo he dicho alguna vez, es que el ámbito peatonal de Salamanca

todavía es mucho más amplio que el de otras poblaciones, eso significa más

residentes, más comerciantes, más parkings, más centros educativos, más hoteles

que tienen que incorporarse al sistema, que en otras ciudades.

Y hay unas necesidades y objetivos claros. Facilitar a estos residentes el

acceso a domicilios y garajes, y la atención a sus familiares mayores o niños, a los

padres y madres el dejar y recoger a los niños de los colegios, a los comerciantes

la carga y descarga de sus vehículos, hoteles y parkings el acceso de sus clientes.

De hecho, se ha instalado ya el programa en 23 establecimientos hosteleros

y dos clínicas que se han conectado al sistema y nos transmiten las matrículas de

los coches de sus clientes y nos trasladan que hasta el momento no encuentran

problemas en la recogida, gestión y transmisión de los datos a la policía local.

Se mantuvieron reuniones informativas con las direcciones y AMPAS de

centros educativos. También se ha informado a la Dirección Provincial de

Educación, y la previsión es que la próxima semana si es posible, se va a empezar

a instalar en estos centros el programa para que se direccionen desde los centros

las matrículas de los vehículos de padres y madres a la base de datos de la policía

local, para que puedan acceder con sus vehículos durante los horarios de entrada y

salida de las clases sin ningún problema.

También se están incorporando las matrículas de vehículos de movilidad

reducida, ambulancias, taxis, policía nacional, Guardia Civil, Policía Local,

limpieza, jardines, alumbrado, vialidad, mantenimiento, es decir, las matrículas de

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los distintos vehículos de servicio. Y se han empezado a incorporar las matrículas

de los vehículos de residentes de zonas peatonales. Ya se han incorporado en

torno a 2.500 matrículas y constan en el registro. Esta es la parte más complicada,

y en los próximos días comenzaremos una campañas informativas en las

comunidades de vecinos para darles cuenta del funcionamiento del sistema y de

las facilidades que les ofrece, como decía, para acceder a sus garajes y domicilios,

lo mismo respecto de los comerciantes.

Finalmente los parkings que se encuentran dentro del entorno están

también en proceso informático de adaptación de sus programas al sistema

municipal para automatizar la transmisión de datos a las bases municipales de la

policía local de las entradas y salidas de clientes de sus instalaciones.

Por lo tanto, se está terminando de perfilar todo el sistema. A parte en

muchas ocasiones, y lo quiero agradecer, de las sugerencias y aportaciones,

también de las reclamaciones y quejas de los residentes en estas zonas peatonales,

y desde el Ayuntamiento insisto, avisaremos con la debida antelación sobre la

fecha exacta, el funcionamiento está en prueba, de la fecha exacta en que el

sistema se va a poner definitivamente en marcha. Muchas gracias.

19.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

19.1.1- PREGUNTAS FORMULADAS POR EL GRUPO

MUNICIPAL GANEMOS SALAMANCA SOBRE PRESUPUESTOS

PARTICIPATIVOS.

SRA. CARRERA GARROSA: Bueno, ¿en qué fecha exacta se va a

empezar a trabajar en los próximos presupuestos participativos?

¿Qué método se va a elegir para desarrollar unos presupuestos

participativos? Y por último ¿Va existir un Reglamento, qué formula se va a

utilizar para que entre toda la Corporación se consensue un modelo de

presupuestos participativos?

SRA. SÁNCHEZ BELLOTA: Bueno, con respecto a la fecha exacta para

iniciar el planteamiento del trabajo de presupuestos participativos, Sra. Carrera, yo

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creo que usted ya conoce que esto se ha puesto en marcha. Ya hace tiempo se

presentó en una Junta de Portavoces un modelo presentado por el Partido Popular

para llevar a cabo la implantación de estos presupuestos participativos.

Bien es verdad que usted alteró el acuerdo que se llevó a cabo en esta

Junta de Portavoces, porque allí se hablaba de dar un periodo de dos meses para

que los distintos Grupos Políticos realizaran las aportaciones que consideraran

oportunas de este modelo. Usted presentó en su momento una moción y alteró,

vuelvo a repetir, el consenso alcanzado en esta Junta de Portavoces.

No solo criticó el modelo que en ese momento se propuso, sino que a día

de hoy no hemos recibido ningún tipo de aportación por parte de su Grupo al

modelo que allí se planteó. Bien es verdad que nosotros hemos seguido trabajando

y que con las aportaciones de alguno de los otros Grupos Políticos, como bien

sabe, porque además usted estaba presente, se ha llevado cabo una jornada de

información para poder recoger las experiencias de otros Ayuntamientos que ya

tienen implantado este modelo de presupuestos participativos y que se valoró de

manera positiva, porque nos podía acercar a las experiencia que estos tres

ayuntamientos tienen ya en esta propuesta, en esta implantación de modelos y

además nos podían resolver muchas de las cuestiones que yo creo que todos

tenemos a la hora de implantar este modelo.

Bien es verdad que se requieren esfuerzos de preparación, de capacitación

y de un ejercicio práctico, modelo que ya hemos empezado a trabajar. En la

próxima Junta de Portavoces, se presentará ya el modelo definitivo para continuar

avanzando en la implantación de este modelo.

Respecto al método a desarrollar, el modelo que le propusimos, recoge

varias fases que hay que llevar a cabo para su desarrollo y en el que se explica

perfectamente el proceso. La puesta en marcha de este proceso de participación

implicará que a partir de la experiencia recogida en este primer año, se pueda

realizar un análisis de la misma, y se puedan lógicamente, ir mejorando la

implantación de este modelo que es una experiencia dinámica, que se irá

realizando poco a poco, paso a paso, como así ya nos manifestaron los tres

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ayuntamientos invitados a la jornada.

La implantación va a requerir una evaluación prolongada para ir

modificando algún aspecto a partir de la experiencia de este último año. Sobre la

existencia de un posible Reglamento, si le diré que si nos sometemos a un modelo,

el modelo a un Reglamento, nos vamos a ver también sometidos a una rigidez que

lógicamente regula cualquier reglamento para afrontar cualquier tipo de

modificación, que podamos ver en la evaluación inicial, que hagamos de la

implantación de este proceso.

Pretendemos garantizar el continuo análisis de este modelo escogido para

el desarrollo de este mecanismo de participación con el fin de ir rediseñando si es

preciso para vincularlo con las expectativas de los ciudadanos de Salamanca.

SRA. CARRERA GARROSA: Pues muchas gracias por su contestación

Doña Carmen, lo que pasa que respecto a su contestación, me da la pista o que

usted no ha escrito el documento que nos pasaban en la Junta de Portavoces, o

segundo, que usted no se acuerda bien de lo que pone ese documento.

Y en segundo lugar, aclarar que cuando se puso como acuerdo dentro de la

Junta de Portavoces, creo que fue del mes de diciembre, llegar a un acuerdo en un

plazo no superior a dos meses por parte de los Portavoces, aceptamos esa

propuesta. Yo, en ningún momento, ni me puse en contra, al contrario, incluso

llevé una moción para enriquecer esa propuesta.

Entonces, yo no sé si esto es una cuestión de que no hemos leído las actas

o que hay algún problema de memoria. Porque en ningún momento yo, en este

caso, la Portavoz de Ganemos alteró para nada el procedimiento de presupuestos

participativos. Al contrario, nuestro ejercicio, pues es responsable, hizo que

planteáramos una moción que pudiera ampliar en cualquier caso esa propuesta que

ustedes como vemos ya han incumplido en el plazo de dos mese tener un

reglamento, una fórmula, la que sea, de presupuestos participativos.

Por otro lado, le agradezco esas fases que usted tiene tan claras en su

cabeza, pero con ese documento desaparecen o que no se explayan, ni siquiera se

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recogen, porque creo que el empezar a poner en marcha los presupuestos

participativos, es poner en marcha los presupuestos participativos, no en la Sala de

la palabra del Liceo quedar las personas de la Corporación, algunas entidades

vinculadas a la participación social o ciudadana de la ciudad, y hablar de

presupuestos participativos.

Entendemos que tenemos diferente modelo, pero evidentemente,

bienvenida sea toda la propuesta que ha lanzado y evidentemente en un plazo no

superior a la Junta de Portavoces próxima tendrá desarrollada la propuesta de

Ganemos.

SRA. SÁNCHEZ BELLOTA: Vamos a ver, la jornada explicativa que fue

una solicitud de uno de los grupos políticos, nos pareció coherente para poder

poner en marcha el modelo que en la Junta de Portavoces se presentó. En el

modelo de presupuestos participativos que les llegó a todos los Grupos Políticos

están perfectamente incluidas las fases del proceso.

En el primer punto recogemos la información, en el segundo punto la fase

de propuestas, tanto particulares como asociaciones y colectivos. En el tercero

punto una información técnica que está desarrollada, en el cuarto punto una

comisión que se establecerá y en el quinto punto, la comunicación a las

asociaciones sobre el resultado de la puesta en marcha de estos presupuestos.

Entonces sí que es verdad que le recomiendo que se vuelva a repasar usted el

modelo que se presentó en esa Junta de Portavoces porque yo creo que hablamos

de modelos diferentes.

Muchísimas gracias, y por supuesto, estaré muy agradecida de recibir las

propuestas que también llegan tarde.

19.1.2.- PREGUNTAS FORMULADAS POR EL GRUPO

MUNICIPAL GANEMOS RELATIVAS A LA ASIGNACIÓN DE LA UNA

CALLE A MARÍA TELO.

SRA. CARRERA GARROSA: En el último Consejo de la Mujer, el Grupo

Municipal Ganemos, llevó una serie de propuestas para desarrollar actividades en

torno al 8 de marzo y una concreta, muy concreta además, era, que cada ocho de

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marzo este Ayuntamiento asumiera el nombramiento de una calle a una mujer

importante, reconocida mejor dicho, por la lucha y la defensa de los derechos de

las mujeres que tuviera alguna vinculación con la ciudad, que hubiera nacido aquí,

hubiera crecido o hubiera estudiado. No concretábamos concretamente qué

vinculación.

En ese Consejo de la Mujer nosotros llevamos una propuesta concreta que

era asignar una calle a María Telo, jurista reconocida además por ser la primera

mujer que consiguió que el derecho nos dejara de alguna manera, nos emancipara,

mejor dicho, y en ese Consejo, con esa propuesta, recibimos por un lado la

respuesta de la Concejala Delegada, la Sra. Klimowitz que no habría problema,

más o menos, sino que se estudiaría y que evidentemente, no recuerdo muy bien,

porque hablo de memoria, quedaba dentro de las propuestas lanzadas.

La pregunta es si se ha estudiado el tema. Si ante esta pregunta hay una

negativa, nos gustaría que nos contestara el por qué no se ha estudiado. El

segundo caso, si evidentemente el tema ya se ha empezado a estudiar, pues a que

conclusión se ha llegado. Y después de todo esto, pues, si hemos llegado a una

conclusión positiva, como se nos dijo y se nos transmitió en ese Consejo que sería

lo que se estudiaría, bueno, pues qué trámites necesarios se han puesto en marcha

para que María Telo tenga una calle.

Por último, si no ha sido así, nos gustaría conocer qué procedimiento es el

oficial para que podamos pedir una calle a María Telo o si esto simplemente es

una cuestión que queda a decisión del Equipo de Gobierno.

Y por último, cuándo se va a constituir una Comisión de Callejero para

que podamos todos y todas poner nombres a nuestras calles.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Respondiendo a sus preguntas Doña

Virginia sobre la asignación de una calle a Doña María Telo, le comento en

primer lugar que su propuesta en el sentido señalado de asignarle una calle a Doña

María Telo se ha estudiado y que se va a valorar junto a otras solicitudes y

propuestas en las próximas nominaciones del callejero.

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En segundo lugar, que la asignación de nombres a las calles de la ciudad es

una competencia de la Alcaldía no siendo preceptiva la existencia de comisión

alguna para el ejercicio de esa competencia. En este sentido les señalo que la

comisión del callejero que existió en su momento era una comisión asesora de la

Alcaldía y sus componentes eran designados por el propio Alcalde sin que tuviera

representación alguna los grupos políticos municipales.

En tercer lugar, que en el ejercicio de sus competencias y en aras a

designar el nombre a una calle de la ciudad, pues la Alcaldía como he dicho, tiene

en cuenta las diferentes propuestas o peticiones que se le hacen llegar sobre el

particular pudiendo asesorarse en cada momento de quien estime conveniente.

19.2.1.-RUEGO QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALISTA SOLICITANDO QUE LA LÍNEA DE AUTOBUSES

NÚMERO OCHO LLEGUE HASTA LAS INSTALACIONES DE LA

ALDEHUELA.

SR. SANTOS IGLESIAS: El día 16 de marzo en la Comisión de Policía,

Tráfico y Transporte, propusimos que con el motivo de la apertura de la Ciudad

Deportiva de La Aldehuela, la necesidad de que la línea 8 de autobuses urbanos

llegue hasta La Aldehuela, en aquel momento dijimos hasta la venta de Chan, por

ejemplo, que es hasta donde llegan los vehículos especiales cuando hay rastro, o

por ejemplo el otro día con la festividad del Lunes de Aguas.

El Concejal Delegado de Tráfico informó o así pone el Acta que tengo

delante, que se estaba estudiando dicha posibilidad. Al haber comprobado ayer

por la tarde por última vez que este cambio no se ha producido, rogamos que en el

menor tiempo posible este cambio se produzca y la línea ocho llegue por fin hasta

La Aldehuela.

19.2.2.- PREGUNTAS QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALISTA RELATIVAS AL PLAN MUNICIPAL DE ACCESIBILIDAD

DE LA CIUDAD DE SALAMANCA.

SRA. CAMPO BLANCO: En la sesión plenaria número once, del año

pasado, celebrado el 31 de julio, se acordó por unanimidad, la moción “Desarrollo

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de un Plan Municipal de Accesibilidad en la ciudad de Salamanca”. Acordamos

todos los Grupos, tres puntos en los que se iba a desarrollar este Plan Municipal

que comprendería entre 2015 y 2019, elaborar una nueva Ordenanza de

Accesibilidad, acorde con la normativa vigente dados los tremendos cambios que

han surgido en todos estos años, y crear un grupo de trabajo que planificaría esas

actuaciones y las realizaría.

Nuestras preguntas desde el grupo es Cuándo se va a crear este grupo de

trabajo?. Además en el íbamos a estar un representante de cada grupo político y

no tenemos conocimiento desde el Grupo con lo cual entendemos que no se ha

creado aún este grupo de trabajo. ¿Quién lo va a conformar?. Que áreas del

Ayuntamiento van a estar involucradas y si se ha realizado alguna planificación.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Le contestaremos en el próximo Pleno.

19.2.3.- PREGUNTA QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALISTA RELATIVA A LAS VIVIENDAS DEL MATADERO

SRA. MENA MARTÍN: Yo le quería preguntar que en qué situación se

encuentran las viviendas del matadero que están en el barrio del Tormes, porque

llevan más de 20 años sin cédula de habitabilidad, tienen muchísimas deficiencias,

el agua no le sale ya a los vecinos y están viviendo de una manera muy precaria.

Entonces, queremos saber qué se está haciendo para solucionarles este

problema.

SR. GARCÍA CARBAYO: Han ido los técnicos municipales a hacer las

visitas, han ido también los técnicos de la Junta de Castilla y León. Emitieron

informe técnico de la Junta, también el técnico municipal ha emitido un informe a

efectos de la concesión de la licencia de primera utilización, condicionando esa

posibilidad a que todos los elementos de protección y de seguridad estuvieran

efectivamente instalados.

Se ha trasladado ese informe por la Junta de Castilla y León a Valladolid

para que les den el ok y por nuestra parte y sin más espera ya vamos a iniciar esa

actuación que teníamos programada para impermeabilizar el suelo de los

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alrededores el que está efectivamente encima del garaje.

19.2.4.- PREGUNTA QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALISTA RELATIVA A LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO

DEL CENTRO COMERCIAL DE MERCASA LOS CIPRESES.

SR. FERRERAS DE LA FUENTE: En el pleno de mayo de 2014, se

amplió el plazo de cesión a Mercasa del Centro Comercial Los Cipreses, del 31 de

diciembre de 2027 hasta el año 2039. Para dicha ampliación Mercasa se

comprometía entre otras cuestiones a invertir unos 2,5 millones de euros y a

reflotar el Centro Comercial. Han transcurrido ya dos años desde este acuerdo, los

edificios del centro comercial están abandonados, llenos de humedades, con un

aspecto de dejadez y humedad y aún no se ha llevado a cabo ninguna de las

actuaciones a las que se comprometió Mercasa.

Nos gustaría saber cuál es el estado de la cuestión, es decir, qué

actuaciones está teniendo el Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Salamanca

con Mercasa para ver cuándo van a empezar las obras y cuando se va a

acondicionar correctamente el centro comercial.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Si, se le contestará en el siguiente pleno.

19.2.5.- PREGUNTAS QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

GANEMOS RELATIVAS A LOS PRECIOS POR LA UTILIZACIÓN DEL

GIMNASIO DEL COMPLEJO DEPORTIVO DE LA ALDEHUELA.

SR. RISCO ÁVILA: Esta pregunta tiene que ver con el Complejo

Deportivo de La Aldehuela y sus instalaciones. Todas estas instalaciones son

gestionadas por una empresa privada como todos sabemos “Enjoy Welness

Aldehuela” a través de una cesión de contrato de la concesionaria anterior.

Bien, en el proceso de concesión, el pliego de condiciones, en uno de sus

documentos, el estudio económico financiero, tiene como objetivo determinar el

dinero que el Ayuntamiento tiene que entregar anualmente a la empresa.

1.206.000 euros. Sin embargo los ingresos que se generan en esa instalación, son

gestionados por la empresa pero han de ser aprobados previamente por el

Ayuntamiento.

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Hay una instalación en el Complejo Deportivo La Aldehuela, que es el

gimnasio, que está en funcionamiento, abierto al público, con publicidad y con

precios por su utilización. Sin embargo estos precios por la utilización del

gimnasio no figuran en el estudio económico financiero de la concesión ni me

consta que hayan sido aprobados previamente por el Ayuntamiento.

Esta cuestión, la hemos planteado previamente, antes de traerla aquí al

pleno en varias comisiones informativas, en la de Hacienda, también en la de

Contratación, y a pesar de lo que hemos tenido ocasión de escuchar hoy aquí, sin

respuesta alguna para ello, es decir, no hay un seguimiento muy adecuado de los

contratos. Pero la pregunta es ¿Ha aprobado el Ayuntamiento los precios que se

están cobrando en la actualidad en el gimnasio de La Aldehuela? ¿Quién y con

qué fecha? ¿Por qué no figuran expresamente del gimnasio estos ingresos en el

estudio económico financiero del pliego de condiciones de La Aldehuela?

¿Considera el Equipo de Gobierno que la empresa concesionaria del Complejo de

La Aldehuela puede aprobar de forma unilateral los precios por la utilización del

gimnasio?.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Le contestaremos en el siguiente pleno.

19.2.6.- RUEGOS QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

GANEMOS RELATIVOS A LA ACCESIBILIDAD, AL SERVICIO DE

ATENCIÓN AL PACIENTE Y AL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO

DE PREVENCIÓN DE ÚLCERAS EN EL COMPLEJO HOSPITALARIO.

SRA. MORENO GONZÁLEZ: Esto es un ruego que realmente son tres

ruegos. Es un ruego también que me llega por parte de una ciudadana salmantina.

Ruego que este Ayuntamiento se interese ante los responsables sanitarios

del Complejo Hospitalario para que se cumpla la normativa sobre accesibilidad y

supresión de barreras en las habitaciones y se doten de aseos adaptados, y aunque

seguimos esperando a que la ley se pueda cumplir, cuando tengamos el nuevo

hospital, sin embargo ahora mismo ya en el año 2009 y ante la queja de una

persona, hubo un compromiso por parte del Procurador de Castilla y León y por

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parte de los responsables del Hospital de que se iban a habilitar seis habitaciones

con estas características. Pues bien, ha habido una persona ingresada que es la que

me ha pasado la información, que ahora mismo no están esas habitaciones, o por

lo menos no están disponibles para que se puedan utilizar, ni siquiera cuando se

han pedido se le ha contestado que estuvieran para poderse hacer.

Entonces, mi ruego se enmarca en esto y es decir, hay que pedir que no

podemos esperar a que el próximo hospital se termine. Tenemos que exigir que las

personas que tienen un problema de movilidad y de salud, puedan ser

correctamente atendidas en nuestro Complejo Hospitalario. Ruego que se traslade

esto a la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León.

El segundo ruego también es en relación con esto, es que se solicite a esas

mismas autoridades sanitarias que el servicio de atención al paciente en el

Complejo Hospitalario permanezca abierto sábados y domingos, puesto que estos

dos días se cierra.

Y un tercer ruego, que se interesa también con los responsables sanitarios

del cumplimiento del protocolo de prevención de úlceras por de cúbito y que está

claramente especificados en la página web corporativa y que en principio tendría

que ser obligatorias que se llevaran a cabo. Probablemente esto no se está

cumpliendo porque como ya está denunciado por sindicatos por la Plataforma de

la Sanidad Pública, no se ha repuesto la plantilla que ya se quitó y que ahora

mismo lo que hay es un déficit de personas trabajando allí, celadores y enfermeras

que no pueden hacer los cambios posturales, que exige ese protocolo, que es muy

exigente pero que lo que es fundamental para que las personas que tienen un

problema de movilidad salgan por lo menos, menos enfermas de lo que entraron

cuando accedieron al mismo.

Y sin más asuntos a tratar, siendo las quince horas y cincuenta

minutos, el Ilmo. Sr. Alcalde levantó la sesión, de la que se extiende la

presente acta por mí, el Secretario, y que con las formalidades preceptivas

firma ante mí el Sr. Alcalde, de todo lo cual DOY FE. -

El Alcalde, El Secretario Gral,