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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA TRECE DE FEBRERO DE 2018, EN PRIMERA CONVOCATORIA. Fecha de aprobación del documento: 20/02/2018. Unidad Responsable: Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Unidad Dir 3 dependiente: LA0004613. ÓRGANOS DE GOBIERNO-
AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS. Fecha de última actualización: 20/02/2018.
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Excelentísimo Ayuntamiento de Leganés. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.2 del Reglamento Orgánico Municipal, que dice que una copia del Acta, conteniendo sólo la parte dispositiva, deberá publicarse en la página web municipal en el plazo de siete días a contar desde la aprobación, se hace pública este acta en dicha web
En este documento, los datos de carácter personal objeto de protección que pudieran aparecer, se encuentran sustituidos por (**) en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter personal. Permitida la reutilización de este documento. Es preciso preservar y no desnaturalizar el contenido así como citar la fuente, todo ello conforme a lo establecido en la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. Para más información acceda al aviso legal www.leganes.org/aviso legal CIF P2807400C. Ayuntamiento de Leganés. Plaza Mayor, 1, 28911. Tlf 912484010
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Firmado Digitalmente
JUAN MANUEL CINTAS SERRANO
19/04/2018 12:53:25
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ÍNDICE
1.- APROBAR EL BORRADOR DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS
CELEBRADAS LOS DÍAS 30 DE ENERO Y 6 DE FEBRERO Y DE LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA EL DÍA 2 DE FEBRERO DE
2018.......................................................................................................................5
2.- LICENCIAS DE OBRAS. ......................................................................................6
2.1 EXPTE. NÚM. 19.009/2017-010OMY, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE
UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR ADOSADA EN C/ ANTONIO CÁNOVAS
DEL CASTILLO, Nº 83...............................................................................6
2.2 EXPTE. NÚM. 19.067/2017-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ BATALLA DE
LEPANTO, Nº 4. .........................................................................................9
2.3 EXPTE. NÚM. 19.086/2017-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ SAN JORGE, Nº 8. ...11
2.4 EXPTE. NÚM. 19.092/2017-010OMY, PARA LA INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ RÍO TURIA, Nº 3. ....14
2.5 EXPTE. NÚM. 19.101/2017-010OMY, PARA LA INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ SAN NICOLÁS, Nº 11.
.................................................................................................................16
3.- LICENCIAS DE ACTIVIDADES. .......................................................................19
3.1 EXPTE. NÚM. 10.315/2009-019AIC, PARA LA ACTIVIDAD DE
COMERCIO DE VENTA AL PÚBLICO DE COMIDAS PREPARADAS EN
C/ ALCALDE PEDRO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Nº 13 BJ 1. .................19
3.2 EXPTE. NÚM. 5.892/1996-019AIC, PARA LA ACTIVIDAD DE
AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE RESIDENCIA PARA
DISMINUIDOS PSÍQUICOS EN AVD. DE LOS PINOS, Nº 28. ................19
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3.3 EXPTE. NÚM. 31/2017-235DAEP, PARA LA ACTIVIDAD DE
RESTAURANTE EN AVD. DE LA LENGUA ESPAÑOLA, Nº 25 BJ 57,
PARQUESUR. ..........................................................................................20
4.- APROBAR EL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
"MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS PUERTAS Y
PORTONES SECCIONALES Y CORREDERAS DEL PARQUE DE BOMBEROS
POR EL PERIODO 2018-2021". EXPTE. PLYCA NÚM. 591/2017. .....................20
5.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
DE "ELABORACIÓN DE DIVERSOS CONTENIDOS MULTIMEDIA PARA EL
AYUNTAMIENTO". EXPTE. PLYCA NÚM. 306/2016. ......................................23
6.- APROBAR LA SEGUNDA PRÓRROGA DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO
PARA EL SUMINISTRO DE "MATERIAL DEPORTIVO NO INVENTARIABLE
PARA LA DELEGACIÓN DE DEPORTES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA".
EXPTE. PLYCA NÚM. 15/2014. ..........................................................................25
7.- APROBAR EL PROYECTO DE ORDENANZA REGULADORA DEL
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES DE
CARÁCTER ECONÓMICO PARA SITUACIONES DE ESPECIAL NECESIDAD
Y/O NECESIDAD SOCIAL EN LOS SERVICIOS SOCIALES DEL
AYUNTAMIENTO..............................................................................................27
8.- DAR CUENTA DE RESOLUCIÓN JUDICIAL. ..................................................27
8.1- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 166/2017 DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 10 DE MADRID. .....................27
8.2- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 203/2017 DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 3 DE MADRID........................28
8.3 PROCEDIMIENTO ABREVIADO 392/2016 DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 18 DE MADRID. .....................28
9.- URGENCIAS. .....................................................................................................29
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10.- RUEGOS Y PREGUNTAS. .................................................................................29
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“ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN PRIMERA CONVOCATORIA.
En LEGANÉS, a TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO. Presididos por el Alcalde-Presidente, DON SANTIAGO LLORENTE GUTIÉRREZ, se reúnen en Sala Junta de Gobierno Local, Plaza Mayor, nº 1, los Sres. Concejales: DOÑA MARÍA ÁNGELES MICÓ VAQUERIZO, DOÑA MARÍA ELENA AYLLÓN LÓPEZ, DON LUIS MARTÍN DE LA SIERRA MARTÍN DE LA SIERRA, DON ARSENIO RUBÉN BEJARANO FERRERAS, no asistiendo con excusa: DON PEDRO ATIENZA MARTÍN, asistidos de la Concejal-Secretaria de la Junta de Gobierno Local DOÑA VIRGINIA JIMÉNEZ CALERO, según Decreto de Alcaldía de 15 de Junio de 2015, y presente la Interventora DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO, así como el Titular Acctal., de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, DON JUAN MANUEL CINTAS SERRANO, al objeto de celebrar la sesión Ordinaria por la Junta de Gobierno Local, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente convocados con arreglo al
Orden del Día.
Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las diez horas y cinco
minutos.
1.- APROBAR EL BORRADOR DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS CELEBRADAS LOS DÍAS 30 DE ENERO Y 6 DE FEBRERO Y DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA EL DÍA 2 DE FEBRERO DE 2018.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: APROBAR las actas de las sesiones ordinarias celebradas los días 30 de enero y 6 de febrero y de la sesión
extraordinaria urgente celebrada el día 2 de febrero de 2018.
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2.- LICENCIAS DE OBRAS.
2.1 EXPTE. NÚM. 19.009/2017-010OMY, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR ADOSADA EN C/ ANTONIO CÁNOVAS DEL CASTILLO, Nº 83.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder licencia de obras para la CONSTRUCCIÓN UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR ADOSADA en C/ ANTONIO CÁNOVAS DEL CASTILLO Nº 83, a D. ***,
según proyecto básico presentado y de acuerdo con el siguiente cuadro resumen que
consta en el informe del Arquitecto municipal de fecha 17 de enero de 2018:
CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROYECTO BÁSICO)
Licencia: 019009/2017-010OMY
Dirección: C/ ANT. CÁNOVAS CASTILLO,83 SUELO
Ordenanza: Vivienda colectiva en baja densidad
Descripción de las obras: OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UNA VIVIENDA
UNIFAMILIAR
Promotor:
D. ***
Presupuesto de ejecución material:
79.000,00 euros
Técnicos autores del proyecto:
D. ***
nºcº 11.598 del Coam.
Técnicos directores de obra:
D. ***
nºcº 11.598 del Coam.
Técnicos director de ejecución de obra:
Dª ***
nºcº 10.017 del Coaatm.
Coordinador de S+s en ejecución de obra:
Dª ***
nºcº 10.017 del Coaatm.
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Superficie de Parcela 200,00 m2SNúmero de plantas:
Sótano + II +B.C.
Número plazas aparcamiento 2 plazas
Plantas Sup. Construida Sup. Computable
Planta sótano 76,50 m2C 00,00 m2C
Planta baja 76,54 m2C 76,54 m2C
Planta primera 76,54 m2C 76,54 m2C
Planta bajo cubierta 44,00 m2C 00,00 m2C
TOTAL 273,58 m2C 153,09 m2C
SEGUNDO- Indicar que, de conformidad con lo establecido por la legislación urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
2.- Antes del comienzo de las obras, deberá contar con el Proyecto de Ejecución
visado.
3.- El plazo de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o
Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un año,
pudiendo ésta prorrogarse, por una sola vez, previa petición y por otro año; el plazo de
interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el artículo 70 de las
Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con
motivo del inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas,
para lo que se solicitarán las correspondientes inspección de los Servicios Municipales.
5.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
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6.- La presente licencia habilita únicamente para la contratación de los servicios de
agua y luz para la construcción autorizada, pero en ningún caso para la contratación de
los mencionados servicios con carácter definitivo, requiriéndose para ello la Licencia de
Primera Ocupación.
7.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos autorizados. Si se encontraran/generaran durante las obras
residuos peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión y en
concreto la aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.
8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo por
escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las responsabilidades
que se deriven para el titular.
9.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente. Igualmente, si la ejecución de la obra requiriera la utilización de
medios auxiliares que pudieran invadir el espacio delimitado por las “Servidumbres
Aeronáuticas”, como es el caso de grúas torre, grúas móviles, etc.), se deberá tramitar
la correspondiente autorización previa para poder realizar dicha instalación de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril, por el que se
modifica el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas (…) y
en el artículo 151 de la ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid.
10.- En aplicación del artículo 31 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico
de la Comunidad de Madrid, si durante el transcurso de las obras aparecieran restos de
valor histórico y arqueológico, deberá comunicarse en el plazo de tres días naturales a la
dirección general de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
11.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo
los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.
TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer los
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recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).
2.2 EXPTE. NÚM. 19.067/2017-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ BATALLA DE LEPANTO, Nº 4.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROP C/ BATALLA DE LEPANTO 4, la LICENCIA DE OBRA (Expte. Nº 19067/2017-010OMY), para la INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS en C/ BATALLA DE LEPANTO Nº 4, según
proyecto presentado y de acuerdo con el siguiente cuadro resumen que consta en el
informe del Arquitecto técnico municipal de fecha 15 de noviembre de 2017:
CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/
EJECUCIÓN)
Dirección:
C/ Batalla de Lepanto
nº 4
Ordenanza:
Municipal de
Instalación de
ascensores en
edificios
Residenciales
Licencia:
019067/2017
-010OMY
Descripción de las obras:
INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR EN HUECO JUNTO A ESCALERA
DEL EDIFICIO SITO EN C/ BATALLA DE LEPANTO Nº 4
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Promotor:
Comunidad de Propietarios
C/ Batalla de Lepanto nº 4
Técnico autor del proyecto:
D. *** (Arquitecto)
Técnico director de obra:
D. ***
Presupuesto de ejecución
material:
39.226,85 euros
Superficie hueco ascensor :
1.30x1.65=2,145 m2Número de plantas:
Baja+cuatro
SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
2.- Antes del inicio de las obras, deberá contar con la Hoja de Designación de
Coordinador de Seguridad y Salud.
3.- El plazo de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o
Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un año,
pudiendo ésta prorrogarse, por una sola vez, previa petición y por otro año; el plazo de
interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el artículo 70 de las
Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con motivo del
inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas, para lo que
se solicitarán las correspondientes inspección de los Servicios Municipales.
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5.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
6.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos. Si se encontrarán/generarán durante las obras, residuos
peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la
aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.
7.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo
por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las
responsabilidades que se deriven para el titular.
8.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente.
9.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo
los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.
TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer los
recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).
2.3 EXPTE. NÚM. 19.086/2017-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ SAN JORGE, Nº 8.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROP C/ SAN JORGE 8, la LICENCIA DE OBRA (Expte. Nº 19086/2017-010OMY), para la INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN
EDIFICIO DE VIVIENDAS en C/ SAN JORGE Nº 8, según proyecto presentado y de
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acuerdo con el siguiente cuadro resumen que consta en el informe del Arquitecto
técnico municipal de fecha 26 de enero de 2018:
CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/
EJECUCIÓN)0
Dirección:
C/ San Jorge nº 8
Ordenanza:
Municipal de
Instalación de
ascensores en
edificios Residenciales
Licencia:
019086/2017-010OMY
Descripción de las obras:
INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR EN HUECO JUNTO A ESCALERA
DEL EDIFICIO SITO EN C/ SAN JORGE 8
Promotor:
Comunidad de Propietarios
C/ San Jorge 8
Presupuesto de ejecución
material:
65.546,72 euros
Técnico autor del proyecto:
D. *** (Arquitecto)
Técnico director de obra:
D. ***
Dimensiones cabina :
0.80x0.80 m
Número de plantas:
Baja+cuatro
SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
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vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
2.- El plazo de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o
Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un año,
pudiendo ésta prorrogarse, por una sola vez, previa petición y por otro año; el plazo de
interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el artículo 70 de las
Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
3.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con motivo del
inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas, para lo que
se solicitarán las correspondientes inspección de los Servicios Municipales.
4.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
5.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos. Si se encontrarán/generarán durante las obras, residuos
peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la
aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.
6.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo
por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las
responsabilidades que se deriven para el titular.
7.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente.
8.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo
los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.
TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo puede interponer los
siguiente recursos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm 236
de 2/10/2015).
2.4 EXPTE. NÚM. 19.092/2017-010OMY, PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ RÍO TURIA, Nº 3.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROP C/ RÍO TURIA 3, la LICENCIA DE OBRA (Expte. Nº 19092/2017-010OMY), para la INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN
EDIFICIO DE VIVIENDAS en C/ RÍO TURIA Nº 3, según proyecto presentado y de
acuerdo con el siguiente cuadro resumen que consta en el informe del Arquitecto
técnico municipal de fecha 26 de enero de 2018:
CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/
EJECUCIÓN)
Dirección:
C/ Rio Turia nº 3
Ordenanza:
Municipal de
Instalación de
ascensores en
edificios
Residenciales
Licencia:
019092/2017-010OMY
Descripción de las obras:
INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR EN HUECO JUNTO A ESCALERA
DEL EDIFICIO SITO EN C/ RÍO TURIA 3
Promotor:
Comunidad de Propietarios
C/ Río Turia nº 3
Técnico autor del proyecto:
D. *** (Arquitecto)
Técnico director de obra:
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Presupuesto de ejecución
material:
75.310,37 euros
D. ***
Dimensión cabina ascensor :
1,05x1,20
Número de plantas:
Baja+cuatro
SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
2.- Antes del inicio de las obras, deberá contar con la Hoja de Encargo de Dirección de
Obra visada por el Colegio oficial.
3.- El plazo de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o
Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un año,
pudiendo ésta prorrogarse, por una sola vez, previa petición y por otro año; el plazo de
interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el artículo 70 de las
Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con motivo del
inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas, para lo que
se solicitarán las correspondientes inspección de los Servicios Municipales.
5.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
6.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos. Si se encontrarán/generarán durante las obras, residuos
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peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la
aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.
7.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo
por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las
responsabilidades que se deriven para el titular.
8.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente.
9.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo
los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.
TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo puede interponer los
siguiente recursos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm 236
de 2/10/2015).
2.5 EXPTE. NÚM. 19.101/2017-010OMY, PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN C/ SAN NICOLÁS, Nº 11.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROP C/ SAN NICOLÁS 11, la LICENCIA DE OBRA (Expte. Nº 19101/2017-010OMY), para la INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN
EDIFICIO DE VIVIENDAS en C/ SAN NICOLÁS Nº 11, según proyecto presentado y de
acuerdo con el siguiente cuadro resumen que consta en el informe del Arquitecto
técnico municipal de fecha 26 de enero de 2018:
C.S
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CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/
EJECUCIÓN)
Dirección:
C/ San Nicolás nº
11
Ordenanza:
Municipal de
Instalación de
ascensores en
edificios
Residenciales
Licencia:
019101/2017-010OMY
Descripción de las obras:
INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR EN HUECO JUNTO A ESCALERA
DEL EDIFICIO SITO EN C/ SAN NICOLÁS Nº 11
Promotor:
Comunidad de Propietarios
C/ San Nicolás nº 11
Presupuesto de ejecución
material:
75.294,12 euros
Técnico autor del proyecto:
D. *** (Arquitecto)
Técnico director de obra:
D. ***
dimensión hueco ascensor :
1.93x1.10 m
Número de plantas:
Baja+cuatro
SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
C.S
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2.- Antes del inicio de las obras, deberá contar con la Hoja de Encargo de la dirección
de Ejecución de Obra visada por el Colegio oficial y del Coordinador de Seguridad y
Salud.
3.- El plazo de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o
Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un año,
pudiendo ésta prorrogarse, por una sola vez, previa petición y por otro año; el plazo de
interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el artículo 70 de las
Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con motivo del
inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas, para lo que
se solicitarán las correspondientes inspección de los Servicios Municipales.
5.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
6.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos. Si se encontrarán/generarán durante las obras, residuos
peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la
aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.
7.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo
por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las
responsabilidades que se deriven para el titular.
8.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente.
9.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo
los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.
TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo puede interponer los
siguiente recursos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
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de 2/10/2015).
3.- LICENCIAS DE ACTIVIDADES.
3.1 EXPTE. NÚM. 10.315/2009-019AIC, PARA LA ACTIVIDAD DE COMERCIO DE VENTA AL PÚBLICO DE COMIDAS PREPARADAS EN C/ ALCALDE PEDRO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Nº 13 BJ 1.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder Licencia de Funcionamiento a D. ***, para la actividad de COMERCIO DE VENTA AL PUBLICO DE COMIDAS PREPARADAS en la dirección C/
ALCALDE PEDRO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, 13 BJ 1, quedando obligados los interesados a mantener en perfecto funcionamiento todas las medidas correctoras y al
cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.
SEGUNDO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá
interponer los recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).
3.2 EXPTE. NÚM. 5.892/1996-019AIC, PARA LA ACTIVIDAD DE AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE RESIDENCIA PARA DISMINUIDOS PSÍQUICOS EN AVD. DE LOS PINOS, Nº 28.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder Licencia de Funcionamiento a FUNDACIÓN AMAS SOCIAL, para la actividad de AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE RESIDENCIA
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PARA DISMINUIDOS PSÍQUICOS en la dirección AV PINOS, LOS, 28 ÚNICO, quedando obligados los interesados a mantener en perfecto funcionamiento todas las
medidas correctoras y al cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.
SEGUNDO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá
interponer los recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).
3.3 EXPTE. NÚM. 31/2017-235DAEP, PARA LA ACTIVIDAD DE RESTAURANTE EN AVD. DE LA LENGUA ESPAÑOLA, Nº 25 BJ 57, PARQUESUR.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: CONCEDER Licencia de Funcionamiento a FIVE GUYS SPAIN SL con NIF B8743404-9, para la actividad de
RESTAURANTE, en AV LENGUA ESPAÑOLA, 25 BJ 57 PARQUESUR 17B-19B-20B-
21B, con un AFORO MÁXIMO PERMITIDO de 215 personas quedando obligado el
interesado a mantener en perfecto funcionamiento todas las medidas correctoras y al
cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.
El incumplimiento de los requisitos y condiciones en que fue concedida la licencia de
funcionamiento determinará la revocación de la misma previa tramitación de un
expediente sumario con audiencia del interesado.
4.- APROBAR EL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE "MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS PUERTAS Y PORTONES SECCIONALES Y CORREDERAS DEL PARQUE DE BOMBEROS POR EL PERIODO 2018-2021". EXPTE. PLYCA NÚM. 591/2017.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
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PRIMERO.- Aprobar el expediente núm. 0591/2017 para la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS PUERTAS Y
PORTONES SECCIONALES Y CORREDERAS DEL PARQUE DE BOMBEROS POR
EL PERIODO 2018-2021, así como los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares
y de Prescripciones Técnicas que han de regir el contrato, mediante procedimiento
abierto, único criterio precio, no sujeto a regulación armonizada.
SEGUNDO.- Autorizar y aprobar el gasto correspondiente que comporta el presente contrato por:
Precio máximo/base licitación: 48.000,00 € más el IVA correspondiente por valor de 10.080,00 €: TOTAL IVA INCLUIDO: 58.080,00 € según el siguiente desglose:
a) Presupuesto máximo determinado para trabajos de mantenimiento preventivo
Presupuesto Anual: 4.800€/año. IVA (21%):1008€. Presupuesto total anual: 5808€/año
Presupuesto cuatro anualidades: 19.200 €/cuatro anualidades. IVA: 4.032€.
Presupuesto total mantenimiento preventivo: cuatro anualidades: 23.232,00 €
b) Presupuesto máximo estimado para trabajos de mantenimiento correctivo (por
valoración): 7.200 €/año. IVA (21%):1.512€: Presupuesto total anual: 8.712€/año
Presupuesto cuatro anualidades: 28.800 €/cuatro anualidades sin IVA. IVA: 6.048.00. Presupuesto total anual mantenimiento correctivo 4 anualidades: 34.848,00
El importe de la baja que se produzca sobre los trabajos de mantenimiento preventivo,
pasará a incrementar la cantidad disponible para los trabajos correctivos (por
valoración).
Precios base de licitación:
a) Para trabajos de mantenimiento preventivo:
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Presupuesto: 4.800€/año
IVA (21%):1.008€
Presupuesto total: 5.808€/año
b) Para trabajos de mantenimiento correctivo (por valoración):
PRECIO MANO DE OBRA: 38€/hora.
PRECIO PIEZAS: Cuadro precios unitarios establecido en el punto 3 del Anexo I del
PCAP.
Plazo de ejecución: CUATRO AÑOS, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el contrato podrá ser prorrogado por dos años más
expresamente, año a año, pudiendo el contrato alcanzar una duración máxima de seis
años.
Reserva de Crédito: Con cargo a las partidas 15/1360/21300 del ejercicio presupuestario 2018 y reserva de crédito ejercicios futuros que constan en el
expediente.
Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título
sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la
autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al
crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. (Artículo
155.1, L.R.H.L.). Asimismo, deberán reajustarse las cantidades consignadas en las
partidas presupuestarias, en función del día cierto de inicio del contrato.
TERCERO.- Anunciar la licitación pública en el Boletín Oficial del Estado y en el Perfil del Contratante, a los efectos de que cualesquiera empresas interesadas puedan presentar
ofertas.
CUARTO.- Nombrar responsable del contrato al Jefe del Servicio de Extinción de Incendios, D. Miguel Juan Albaladejo Pomares, a los efectos de lo previsto en el artículo
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52 TRLCSP.
QUINTO.- Comunicar del presente acuerdo a Intervención, Servicio de Contratación y Servicio Promotor del Contrato.
5.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE "ELABORACIÓN DE DIVERSOS CONTENIDOS MULTIMEDIA PARA EL AYUNTAMIENTO". EXPTE. PLYCA NÚM. 306/2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Asumir las actuaciones realizadas por la Mesa de Contratación en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2017 y en consecuencia, excluir la oferta presentada
por la empresa PLATÓ 2000, S.L. al presente procedimiento a los efectos del artículo 151
del TRLCSP.
SEGUNDO.- Proceder a la devolución de la garantía definitiva depositada por la empresa PLATO 2000, S.L. cuya oferta ha resultado excluida no resultando, en consecuencia
adjudicataria del servicio, por importe de 2.100,00 euros con cargo a la carta de pago nº
20170006619 de fecha 27 de octubre de 2017.
TERCERO.- Proceder a la devolución del pago del anuncio depositado por la empresa PLATO 2000, S.L. por importe de 607,83 € ingresado en Bankia con fecha 11 de octubre
de 2017, modelo 300 nº de justificante 3004001694601.
CUARTO.- Adjudicar a la empresa MANSO MEDIA, S.L., con C.I.F. B82291626, el contrato de SERVICIOS DE “ELABORACIÓN DE DIVERSOS CONTENIDOS
MULTIMEDIA PARA EL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS”. EXPTE. Nº 306/2016, por
un importe máximo para DOS ANUALIDADES COMPLETAS DE 42.000 € IVA no
incluido (CUARENTA Y DOS MIL EUROS IVA NO INCLUIDO), IVA 21% de 8.820
euros (IVA 21% de OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTE EUROS), importe máximo IVA
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21% incluido de 50.820 euros (CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTE EUROS IVA
21% INCLUIDO), a los precios unitarios indicados en la oferta presentada, en los
términos establecidos en los Pliegos de Condiciones, normativa de aplicación y oferta
presentada en lo que no se oponga a los mismos.
QUINTO.- El plazo de ejecución del contrato será de DOS AÑOS contados a partir de la firma del contrato, que podrá prorrogarse pon UN AÑO.
SEXTO.- Disponer el gasto con cargo a la partida 28/4910/227.99 del ejercicio de 2018 y reserva de créditos ejercicios futuros.
Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título
sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la
autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al
crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. (Artículo
155.1, L.R.H.L.). Asimismo, deberán reajustarse las cantidades consignadas en las
partidas presupuestarias, en función del día cierto de inicio del contrato.
SÉPTIMO.- Notificar el acuerdo a las empresas no adjudicatarias y a la empresa MANSO MEDIA, S.L, adjudicataria del contrato, con los recursos pertinentes,
comunicándole que la formalización del contrato deberá realizarse en el plazo de 15
días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de este acuerdo. En caso
de incumplimiento de este plazo por causas imputables al adjudicatario, el
Ayuntamiento de Leganés podrá acordar la incautación de la garantía definitiva, todo
ello de conformidad con lo previsto en el artículo 156 TRLCSP. La formalización del
contrato se publicará en el Perfil del Contratante y en los Boletines que procedan.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse
los recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015):
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a) O bien recurso potestativo de reposición a resolver por la Junta de Gobierno
Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
notificación del Acuerdo.
b) O bien recurso contencioso-administrativo directo, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente a la notificación de este Acuerdo. El recurso
contencioso administrativo deberá interponerse ante el Juzgado de lo
Contencioso con sede en Madrid
O cualquier otro recurso que en Derecho se considere.
OCTAVO.- Comunicar el acuerdo a Intervención, Tesorería y Servicio promotor del contrato.
6.- APROBAR LA SEGUNDA PRÓRROGA DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA EL SUMINISTRO DE "MATERIAL DEPORTIVO NO INVENTARIABLE PARA LA DELEGACIÓN DE DEPORTES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA". EXPTE. PLYCA NÚM. 15/2014.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Aprobar la SEGUNDA PRÓRROGA del contrato de SUMINISTRO DE MATERIAL DEPORTIVO NO INVENTARIABLE PARA LA DELEGACIÓN DE
DEPORTES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, Expte. 15/2014 con la empresa MOYPE
SPORT, S.A. con C.I.F. A78111549 quién se compromete a su realización con estricta
sujeción a los Pliegos de condiciones administrativas particulares y de condiciones
técnicas, oferta presentada en lo que no contradiga a los pliegos de condiciones y
contrato suscrito, por el periodo comprendido entre el 18 de mayo de 2018 al 17 de mayo
de 2019, ambos inclusive y por un importe máximo de CUARENTA Y DOS MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS (42.350,00 €) IVA INCLUIDO, a los precios
unitarios indicados en la oferta presentada, quedando condicionada la presente prórroga,
al afectar a ejercicios futuros, a la efectiva disponibilidad de crédito adecuado y suficiente.
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SEGUNDO.- Aprobar y comprometer el gasto por importe de CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS (42.350 €), con cargo a la partida 06/3400/22199,
reserva de crédito ejercicio 2018 y compromiso de gasto ejercicio 2019, de los cuales
TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA EUROS (32.670,00 €) corresponden al
año de presupuesto 2018 y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA EUROS (9.680€)
corresponden al ejercicio 2019.
Tratándose de un gasto plurianual en aplicación de lo dispuesto en el artículo 79.2 del
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del
Titulo Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales,
la autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al
crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos art. 155.1
LRHL)
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos resulten necesarios para la ejecución de este acuerdo.
CUARTO.- Dar traslado de l presente acuerdo a la empresa MOYPE SPORT, S.A., para la formalización de la prórroga en el plazo de quince días a partir de la recepción
de la notificación. Haciéndole saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el
mismo podrá interponer los recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de
2/10/2015):
a) O bien recurso potestativo de reposición a resolver por la Junta de Gobierno
Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación
del Acuerdo.
b) O bien recurso contencioso-administrativo directo, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente a la notificación de este Acuerdo. El recurso
contencioso administrativo deberá interponerse ante el Juzgado de lo
Contencioso con sede en Madrid
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O cualquier otro recurso que en Derecho se considere.
7.- APROBAR EL PROYECTO DE ORDENANZA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES DE CARÁCTER ECONÓMICO PARA SITUACIONES DE ESPECIAL NECESIDAD Y/O NECESIDAD SOCIAL EN LOS SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Aprobar el Proyecto de ORDENANZA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES DE CARÁCTER
ECONÓMICO PARA SITUACIONES DE ESPECIAL NECESIDAD Y/O NECESIDAD
SOCIAL EN LOS SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS.
SEGUNDO.- Remitir el Acuerdo al Secretario General del Pleno para que, a su vez, lo remita al Presidente de la Comisión Plenaria correspondiente, en cumplimiento del
artículo 198.1 del Reglamento Orgánico Municipal.
8.- DAR CUENTA DE RESOLUCIÓN JUDICIAL.
8.1- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 166/2017 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 10 DE MADRID.
La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:
Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo nº 10 de Madrid.
Fecha sentencia.- 7 de diciembre de 2017.
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Número procedimiento.- Procedimiento Abreviado 166/2017.
Demandante.- Particular.
Delegación.- Recursos Humanos.
Asunto.- Reclamación de cantidad.
Sentido de la Sentencia.- Estimatoria.
8.2- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 203/2017 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 3 DE MADRID.
La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:
Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Madrid.
Fecha sentencia.- 1 de febrero de 2017.
Número procedimiento.- Procedimiento Abreviado 203/2017.
Demandante.- Particular.
Delegación.- Seguridad Ciudadana.
Asunto.- Sanción infracción administrativa.
Sentido de la Sentencia.- Desestimatoria.
8.3 PROCEDIMIENTO ABREVIADO 392/2016 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 18 DE MADRID.
La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:
Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo nº 18 de Madrid.
Fecha sentencia.- 10 de enero de 2018.
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Número procedimiento.- Procedimiento Abreviado 392/2016.
Demandante.- Particular.
Delegación.- Hacienda, Patrimonio y Contratación.
Asunto.- Reclamación Patrimonial.
Sentido de la Sentencia.- Estimatoria parcial.
9.- URGENCIAS.
No hubo.
10.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
No hubo.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó la sesión, siendo
las diez horas y quince minutos, de todo lo que yo, como Secretaria doy fe.”
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CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/ EJECUCIÓN)0Ordenanza: Municipal de Instalación de ascensores en edificios ResidencialesSEGUNDO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer los recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).SEGUNDO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer los recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).
2018-04-19T12:53:25+0200autorCRIPTOLIB