acta de la sesiÓn celebrada por elpleno del … · 2014. 11. 19. · página: 2012_2_3 23/02/2012...

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Página: 2012_2_3 23/02/2012 PLENO Plaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected] 227 ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER ORDINARIO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 23 DE FEBRERO DE 2012. ASISTENTES D. Francisco Javier Esquembre Menor Alcalde D. David Molina Motos Concejal Dª Mercedes Menor Céspedes Concejala D. José Tomás Molina Prats Concejal Dª Mª Virtudes Hernández Francés Concejala D. Carlos Beltrán Esteve Concejal D. Fulgencio José Cerdán Barceló Concejal Dª Isabel Micó Forte Concejala D. Pablo Juan Martínez Catalá Concejal D. Juan Francisco Richart Forte Concejal D. Juan Carlos Pedrosa Mira Concejal Dª Mª Josefa Hernández Sanjuán Concejala D. Francisco Abellán Candela Concejal D. José Joaquín Valiente Navarro Concejal D. Jesús Martínez Martínez Concejal D. José Tomás Peralta Ferriz Concejal Dª Margarita García Galbis Valiente Concejala D. Pedro Hernández Pardo Concejal Dª Ana María Mas Díaz Concejala Dª Elisa Aroca Molina Concejala Dª Amparo Macián García Secretaria General NO ASISTEN Dª Celia Lledó Rico Concejala Dª Lorena Soler Ripoll Interventora Accidental En la ciudad de Villena, y siendo las 20:00 del día 23 de febrero de 2012 se reúnen en el Salón de Actos del Ayuntamiento, los miembros anteriormente expresados, todos ellos componentes del Ayuntamiento Pleno, al objeto de celebrar sesión de acuerdo al orden del día previamente circulado. De orden de la Presidencia, se dio por comenzada la sesión.

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    ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DELAYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER ORDINARIO EN PRIMERACONVOCATORIA EL DÍA 23 DE FEBRERO DE 2012.

    ASISTENTES

    D. Francisco Javier Esquembre Menor AlcaldeD. David Molina Motos ConcejalDª Mercedes Menor Céspedes ConcejalaD. José Tomás Molina Prats ConcejalDª Mª Virtudes Hernández Francés ConcejalaD. Carlos Beltrán Esteve ConcejalD. Fulgencio José Cerdán Barceló ConcejalDª Isabel Micó Forte ConcejalaD. Pablo Juan Martínez Catalá ConcejalD. Juan Francisco Richart Forte ConcejalD. Juan Carlos Pedrosa Mira ConcejalDª Mª Josefa Hernández Sanjuán ConcejalaD. Francisco Abellán Candela ConcejalD. José Joaquín Valiente Navarro ConcejalD. Jesús Martínez Martínez ConcejalD. José Tomás Peralta Ferriz ConcejalDª Margarita García Galbis Valiente ConcejalaD. Pedro Hernández Pardo ConcejalDª Ana María Mas Díaz ConcejalaDª Elisa Aroca Molina ConcejalaDª Amparo Macián García Secretaria General

    NO ASISTEN

    Dª Celia Lledó Rico ConcejalaDª Lorena Soler Ripoll Interventora Accidental

    En la ciudad de Villena, y siendo las 20:00 del día 23 de febrero de 2012se reúnen en el Salón de Actos del Ayuntamiento, los miembros anteriormenteexpresados, todos ellos componentes del Ayuntamiento Pleno, al objeto decelebrar sesión de acuerdo al orden del día previamente circulado.

    De orden de la Presidencia, se dio por comenzada la sesión.

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    1.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria del día 26de enero de 2012.

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    Se da lectura al acta de la sesión celebrada por el Pleno Municipal,correspondiente a la sesión ordinaria, el día 26 de enero de 2012, aprobándolapor unanimidad los señores asistentes, ordenando su transcripción al Libro deActas, autorizándolas con las firmas del Sr. Alcalde y Secretaria de laCorporación.

    2.- Correspondencia, Decretos y Disposiciones oficiales.

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    Por la Secretaria de la Corporación, se da cuenta de la correspondencia ydisposiciones oficiales más importantes recibidas, destacando lo siguiente:

    Sentencia nº 48/2012, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,Número cuatro de Alicante, en el Procedimiento Ordinario nº 472/10,promovido por la Consellería de Industria contra el acuerdo del Pleno delAyuntamiento de Villena, de 28 de enero de 2010, por el que se acordaba elrechazo tajante a la recepción de residuos provinientes de fuera de la zona XIII,así como denunciar el convenio con VAERSA, gestora del funcionamiento de laplanta de tratamiento de residuos, cuyo fallo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Consellería de Industria de la GenealitatValenciana, declarando la nulidad de los acuerdos del Pleno de fecha 28 deenero de 2010, por invadir competencias correspondientes a la GeneralitatValenciana, y todo ello sin imponer las costas procesales causadas a ninguna delas partes.

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    Decretos de Alcaldía y Concejales Delegados, desde el nº 80, de fecha 24de enero de 2012, hasta el nº 176, de 20 de febrero de 2012.

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    La Corporación Municipal, por unanimidad, acuerda darse por enterada.

    3.- Dar cuenta de los datos relativos a la ejecución de los presupuestoscorrientes de ingresos y gastos del Ayuntamiento y de sus OrganismosAutónomos administrativos, sus modificaciones y movimientos de laTesorería.

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    Se da cuenta del escrito de la Tesorera Accidental, Dª Josefa SáezMartínez, de 16 de febrero de 2012, con objeto de dar cuenta de los estados dearqueo y ejecución de ingresos y gastos a fecha 30 de septiembre de 2011, en elque se hace constar lo siguiente:

    “Realizado el arqueo a fecha 30 de septiembre de 2011, y formalizada lacontabilidad a esta fecha, en virtud de la aplicación del artículo 207 del RDL.2/2004, en el que se establece que el Pleno determinará la periodicidad pararemitir al mismo la información que concreta los artículos 105 y 106 de laICAL, y que consiste en los datos relativos a la ejecución del presupuestocorriente de ingresos y gastos, sus modificaciones y los movimientos de lasituación de la Tesorería.

    Vista la Base 76ª.- Información al Pleno y Comisión Informativa deEconomía y Hacienda, de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipalpara el ejercicio 2012, aprobado provisionalmente por el Pleno de laCorporación el día 9 de febrero de 2012, o la antigua redacción de la mismaBase en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio2008.

    Estableciendo la nueva redacción que queda como sigue:

    “Se dará cuenta al Pleno en el momento en el que se adopte la resoluciónde aprobación de la liquidación del Presupuesto de los estados de ejecución delpresupuesto de gastos de ingresos y del estado de Tesorería del M.I.Ayuntamiento de Villena, mediante la dación de cuenta al Pleno del decreto dela liquidación del Presupuesto.

    Se dará cuenta al Pleno de la información trimestral de ejecución degastos e ingresos y de las actas de arqueo, es decir, a fecha 31 de marzo, 30 de

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    junio y 30 de septiembre, en el Pleno siguiente al que se firmen lascorrespondientes actas de arqueo. Este plazo en todo caso no podrá superar lafecha de 30 de noviembre del año en curso. En el caso de que no pudiera darsecuenta de esta información, el Presidente solicitará un informe a la TesoreríaMunicipal para que acredite las circunstancias del retraso.”

    Obra en el expediente Estados de situación de existencias en Tesorería delAyuntamiento y de los organismos autónomos municipales del año 2011.

    En base a cuanto antecede, la Corporación Municipal, de conformidad conel dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Personal, porunanimidad, acuerda darse por enterada.

    4.- Moción de la Concejala de Recursos Humanos sobre creación de la plazalaboral de Arquitecto y supresión de la de Arquitecto Técnico Municipalde la plantilla del Ayuntamiento.

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    Se da lectura a la Moción presentada por la Concejala de RecursosHumanos, Dª Mª Virtudes Hernández Francés, que transcrita literalmente, dice:

    “Que con el fin de materializar lo determinado en el Decreto nº 54/12, defecha 6-2-2012, del Juzgado de lo Social nº 2 de Alicante, por la que se readmitela relación laboral, con carácter de indefinido parcial “no fijo”, con efectos deldía 12-9-2011, del arquitecto superior D. Miguel Ángel Gómez Ñíguez, conD.N.I. 45.568.543-T, según demanda interpuesta, contra este Ayuntamiento, porel propio interesado en su día, y cuyo Decreto fue dado a conocer en la Junta deGobierno Local, celebrada el día 13 del presente mes, por la presente, ante elPleno Municipal, debo de:

    PROPONER:

    Primero.-

    Amortizar una plaza de Arquitecto Técnico en la plantilla de funcionariosdel Ayuntamiento de Villena, cuyo presupuesto económico es de un montante

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    total anual de 39.859,46 €.

    Segundo.-

    Crear una plaza de Arquitecto Superior en la plantilla del personal laboraldel Ayuntamiento de Villena, como laboral indefinido “no fijo”, con unarelación de dedicación de jornada parcial de 21 horas semanales, dada lanecesidad actual de los cometidos de este puesto de trabajo en el Departamentodel área de Urbanismo, tales como la dirección de las obras del Castillo, entreotros. El importe de costo económico a detallar en el Capítulo I de Gasto dePersonal, en la creación de dicha plaza, se sitúa en un presupuesto de 30.575,- €.

    Tercero.-

    Que dadas las cantidades de presupuesto económico que difieren en sí, encuanto que la plaza de Arquitecto Técnico con una dedicación de jornadacompleta, es superior a la que se crea como de Arquitecto Superior, debido a sujornada parcial, entiendo que no sufre, con la creación de dicha plaza, desfase elCapítulo I de Gastos de Personal del presente ejercicio 2012.”

    A continuación, se da lectura al informe emitido por el Departamento deRecursos Humanos, de fecha 16 de febrero de 2012, en el que se hace constar losiguiente:

    “Primero.- En la comunicación se hace referencia a que no consta informejurídico en cuanto a la tramitación a seguir en la Moción presentada. Noobstante, se acompaña a dicho expediente, escrito del equipo jurídico “Noguera-Abogados-Asesores” de fecha de R. de Entrada 9-2-12, en el que se pone demanifiesto el procedimiento llevado a cabo por dicho equipo jurídico en cuantoa la readmisión del Sr. Gómez Ñiguez, citando en este símil, una sentencia delTribunal Supremo de fecha 27-5-2002.

    No obstante, e independientemente de dicho escrito, este Departamento hasolicitado al mencionado equipo jurídico, que amplíe, mediante informejurídico, lo solicitado por ese Departamento de Intervención.

    Segundo.- En cuanto a los fundamentos de derecho en que se basa elDecreto nº 54/12, objeto del mencionado expediente, manifestar que, éste sebasa en el artículo 84 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS),

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    fundamento único del mencionado Decreto.

    Tercero.- Este Departamento de Recursos Humanos con referencia a esteexpediente, manifestar que en la Junta de Gobierno Local celebrada el día 13 delpresente mes, se dio cuenta de los antecedentes del Decreto nº 54/12, tal comoconoce ese Departamento de Intervención, no es conveniente paralizar losprocesos que conlleven a dar cumplimiento a lo acordado en dicho Decreto54/12, por cuanto:

    A).- Se establece el abono de salarios de tramitación por un importe de9.879’21 €, a abonar al Sr. Gómez Ñiguez, antes del día 15 de Marzo de 2012.

    B).- Abonar los salarios correspondientes, mediante nómina, desde el día13 del presente mes de Febrero, al Sr. Gómez Ñiguez.

    C).- Al abono de cuotas al Régimen General de la Seguridad Social, conreferencia a los salarios de tramitación, ya que en el caso que no se produzcandentro de los plazos reglamentarios, se podría incurrir en la correspondientereclamación en vía de apremio. En tal sentido, con fecha de hoy, se recibe unmensaje procedente de Tesorería General de la Seguridad Social, en la que sedetecta no existe cotización a dicho Régimen General, inicialmente del mes deEnero.

    Por todo lo expuesto, manifestar que este Departamento de RecursosHumanos, no se hace responsable de una demora en los procesos que conlleve adar cumplimiento al mencionado Decreto nº 54/12 y, por lo tanto, lasconsiguientes reclamaciones económicas que en su caso puedan producirse.”

    Asimismo, se da lectura al informe emitido por el Departamento deRecursos Humanos, de fecha 20 de febrero de 2012, como complemento delanterior, de fecha 16 de febrero de 2012, en el que se informa lo siguiente:

    “Que los documentos obrantes en el expediente de su razón, son lossiguientes:

    1.- Escrito de Reclamación Previa, de fecha 29-8-11, presentada por D.Miguel Ángel Gómez Ñíguez, solicitando nulidad de despido.

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    2.- Escrito de Reclamación Previa, de fecha 29-8-11, solicitandoreadmisión laboral.

    3.- Escrito de Reclamación Previa, de fecha 29-8-11, sobre reclamacionessalariales.

    4.- Decreto del Juzgado de lo Social nº 2 de Alicante, para celebración deacto de conciliación, el día 6-2-12, con referencia a las reclamaciones previasinterpuestas por D. Miguel Ángel Gómez Ñíguez (Autos nº 890/11).

    5.- Providencia nº 890/11 del Juzgado de lo Social nº 2 de Alicante, defecha 2-1-12, solicitando pruebas testifícales.

    7.- Escrito de fecha de Registro de Entrada 9-2-12, remitido por Noguera-Abogados-Asesores, adjuntando Decreto nº 54/12, de fecha 6-2-12, en donde selleva a cabo acuerdo de conciliación para la readmisión como laboral indefinido“no fijo”, en jornada parcial de 21 horas a la semana, de D. Miguel ÁngelGómez Ñíguez, así como el abono de salarios de tramitación por importe de9.879,21 €.

    7.- Moción de la Concejala Delegada de Recursos Humanos, sobrecreación de una plaza de Arquitecto Superior en la plantilla del personal laboraldel Ayuntamiento de Villena, como laboral indefinido “no fijo” con jornadaparcial, así como la amortización de una plaza de Arquitecto Técnico en laplantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Villena.

    Dicha Moción conlleva, en el caso de prosperar, la modificación de laplantilla del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Villena,existiendo en R.P.T., valoración llevada a cabo en su día, de la plaza deArquitecto Superior. Así mismo y con el fin de materializar en los plazosprevistos en dicho Decreto 54/12, no ha sido posible dar cuenta en Mesa Generalde Negociación, si bien las partes que conforma dicha Mesa General, tieneconocimiento de dicho Decreto, en el caso del Equipo de Gobierno y oposición,a través de la Junta de Gobierno Local celebra el día 13 del presente mes y por larepresentación sindical, de forma verbal a través de este Departamento. Noobstante, en la próxima Mesa de Negociación, se dará a conocer el procesoseguido al respecto.”

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    Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Hacienda y Personal, en sesión celebrada el día 20 de febrero de2012, en relación con una Moción de la Concejala Delegada de RecursosHumanos, mediante la que propone al Pleno Municipal la amortización de unaplaza de Arquitecto Técnico, existente en la plantilla de funcionarios delAyuntamiento, y la creación de una plaza de Arquitecto Superior en la plantilladel personal laboral del Ayuntamiento, como laboral indefinido “no fijo”, conuna relación de dedicación de jornada parcial de 21 horas, en primer lugar,interviene Dª Virtudes Hernández Francés, quien explica el contenido de laMoción.

    Seguidamente, interviene D. José Joaquín Valiente Navarro, indicandoque la modificación debía llevarse previamente a la Mesa General deNegociación, antes que al Pleno. Que había habido 18 días para convocar laMesa General de Negociación.

    Por último Dª Virtudes Hernández Francés, indica, que se lleva primero alPleno por la prisa que hay en adoptar el acuerdo de modificación de la plantilla.

    Sometida la Moción a dictamen, la Comisión Informativa de Hacienda yPersonal, por mayoría de sus miembros acordó informarla favorablemente, todavez que votan a favor de la misma los dos Concejales del Grupo MunicipalVerdes de Europa, D. David Molina Motos y Dª Virtudes Hernández Francés, laConcejala del Grupo Municipal Socialista Dª Isabel Micó Forte, y el Concejaldel Grupo Municipal Villena Centro Democrático, D. Juan Carlos Pedrosa Miray se abstienen los tres Concejales del Grupo Municipal Popular, D. José JoaquínValiente Navarro, D. José Tomás Peralta Ferriz y D. Pedro Hernández Pardo.

    Abierto el debate, Dª Mª Virtudes Hernández Francés, expone, que estanoche van a votar favorablemente y por unanimidad la creación de la plaza deArquitecto Superior y la amortización de la de Arquitecto Técnico, así como elconsiguiente traslado a la RTP, porque dotarán la plaza de Arquitecto a tiempoparcial a cambio de la amortización de la de Arquitecto Técnico, porque es unacto necesario para que un trabajador de este Ayuntamiento que fue contratadode forma irregular por la anterior Corporación, pueda regularizar su situación,realizar su trabajo y poder cobrarlo. Indica, que ese trámite es necesario, ya quees una obligación legal para cumplir el mandato jurídico del Juzgado nº 2 de loSocial de Alicante. También es obligacional para que esta persona pueda cobrarsus honorarios, como cualquier otro trabajador adscrito a un puesto de trabajo.Además es importante porque en el gabinete de Urbanismo que es donde estaba

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    la plaza de Arquitecto Técnico, es más necesaria la de Arquitecto para quepueda informar las licencias, que ya llevaba con anterioridad. Por otra parte, esono le cuesta nada al Ayuntamiento y no hay ninguna modificaciónpresupuestaria, al contrario, más bien a la baja, porque la plaza que estabadotada contaba con 39.000 euros y esta de Arquitecto a tiempo parcial va a tenerun coste de 30.000 euros. Considera que es importante esta cuestión, porque sellega a esta conciliación pensando en lo mejor para la ciudad, porque les permiteahorrar parte del salario que tendrían que pagar por la indemnización, lo utilizanpara que trabaje y lo rentabilizan, porque así se agilizan las licencias, lo quesignifica entrada de dinero al Ayuntamiento y se minora el tiempo en que esaslicencias están en el gabinete de Urbanismo. Por todo ello, le parece importanteque voten favorablemente y por unanimidad este asunto, porque es consecuenciade un largo periodo de tiempo que llevan trabajándolo.

    D. José Joaquín Valiente Navarro, manifiesta, que el PP va a votarfavorablemente esta Propuesta, como es lógico, ya que se ha de darcumplimiento al acuerdo homologado judicialmente, que recoge el acuerdo aque llegó la representación legal del Ayuntamiento y el Arquitecto, sin embargo,no puede estar de acuerdo con el procedimiento seguido, que el PP una vez mástrae a este Pleno. Sobre la referencia a la contratación irregular, ha de decir quelo que recoge el acuerdo es que lo irregular fue el despido que llevó a cabo esteequipo de gobierno. Recuerda que desde el 6 de febrero en que se toma elacuerdo con este trabajador, han pasado dieciocho días, durante ese tiempotenían que haber convocado la Mesa General de Negociación para dar cuenta delacuerdo que se había tomado en el Juzgado y comunicarlo a los Sindicatos, cosaque no han hecho, preguntando ¿en dieciocho días no ha habido tiempo paraconvocar una Mesa General de Negociación, aunque fuera única yexclusivamente con ese punto? Piensa que han tenido tiempo de sobra, ademásdurante ese tiempo se han aprobado unos presupuestos provisionales, si bien nova a tener influencia presupuestaria, porque la cuantía incluso es inferior, sí quese ha de cambiar la denominación y los conceptos. Por tanto, hay que hacer unamodificación presupuestaria, por lo que se podía haber llevado ya cuando seaprobaron los presupuestos, porque en ese mismo día se aprobaron laamortización de plazas y la relación de puestos de trabajo. Por todo lo expuesto,no estando de acuerdo con el procedimiento que se ha seguido, ya que es unamuestra más de la improvisación y falta de criterio que están teniendo en éste yotros muchos temas, aun así, van a votar favorablemente este tema.

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    Abierto el segundo turno de intervenciones, Dª Mª Virtudes HernándezFrancés, dice, que le parece curioso que el Sr.Valiente Navarro hable deimprovisación, cuando precisamente saben que llevan meses trabajando en estasconciliaciones, porque no es la única y sabe de qué son producto, pero tambiénconoce que jurídicamente cuando empieza la obligación del Ayuntamiento, escuando se produce la readmisión, que sucede el día 13. En cuanto a la finalidadde una Mesa de Negociación, es cierto que todas las cuestiones de plantilla sedeben negociar, pero esto no es una cuestión de negociación, sino como mucho,de comunicación. También es cierto que verbalmente se ha informado a losSindicatos de lo que se ha hecho, por qué, en qué condiciones y se llevará a laMesa General antes de la aprobación de los presupuestos definitivos, pero no esuna materia que puedan negociar, sino una situación jurídica sobrevenida, yaque les obliga el acuerdo homologado judicialmente y que tiene efectos desde eldía 13. Además los Sindicatos conocían la situación, no obstante, llevará a laMesa General la modificación de la plantilla con la RTP, pero ahora son elloslos que deben cumplir para regularizar la situación y dar cobertura legal a queese trabajador esté en el Ayuntamiento con todas las condiciones.

    D. José Joaquín Valiente Navarro, explica, que la creación de la plaza esuna obligación legal, que viene impuesta por un acuerdo homologadojudicialmente, eso no lo pueden discutir, pero lo que no le puede negar la Sra.Hernández Francés y decir que no es materia de negociación, la amortización deuna plaza que lleva también en la Propuesta, porque debe llevarlo a la MesaGeneral, cosa que no ha hecho, aunque dice que lo llevará con posterioridad, osea, que están obligados a crear la plaza, lo dice el Juzgado y, por ello, ha decrearse, sin embargo, la de Arquitecto Técnico no dice el Juzgado que seamortice, es la Concejala de Recursos Humanos la que lo hace sin negociar conlos Sindicatos, lo habrá comunicado a los Sindicatos que ha querido, pero, desdeluego, formalmente en una Mesa de Negociación no lo ha hecho, entonces, no lediga que eso no es improvisación, claro que lo es, porque ha amortizado unaplaza, ha ajustado el presupuesto, pero eso no es así, no ha seguido elprocedimiento que debía hacer. Pregunta a la Concejala Sra. Hernández Francés,que la plaza de Arquitecto Técnico fue adjudicada en su día a una persona,porque estaba vacante y se siguió un procedimiento, esta persona estuvotrabajando unos días, pero como sacó plaza también en otro Ayuntamiento, dejóla de Villena y se fue a la otra, su pregunta es si fue con reserva de plaza o no.

    Cierra el turno de intervenciones, Dª Mª Virtudes Hernández Francés,aclarando, que cuando presentaron el presupuesto provisional, ya dijo en el

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    Pleno que la plaza de Arquitecto Técnico estaba sin ocupar y sin obligación dereserva, por eso, se amortizaban todas las demás plazas no ocupadas y ésta ladejaban porque estaban pendientes de solucionar el tema del Arquitecto, luego,como podrá observar el Sr. Valiente Navarro, no hay improvisación y ahora lautilizan para lo que se dejó.

    Sometido a votación este asunto, por unanimidad de todos los miembrospresentes, la Corporación Municipal, acuerda:

    Primero.- Amortizar una plaza de Arquitecto Técnico en la plantilla defuncionarios del Ayuntamiento de Villena, cuyo presupuesto económico es deun montante total anual de 39.859,46 €.

    Segundo.- Crear una plaza de Arquitecto Superior en la plantilla delpersonal laboral del Ayuntamiento de Villena, como laboral indefinido “no fijo”,con una relación de dedicación de jornada parcial de 21 horas semanales, dada lanecesidad actual de los cometidos de este puesto de trabajo en el Departamentodel área de Urbanismo, tales como la dirección de las obras del Castillo, entreotros. El importe de costo económico a detallar en el Capítulo I de Gasto dePersonal, en la creación de dicha plaza, se sitúa en un presupuesto de 30.575,- €.

    Tercero.- Que dadas las cantidades de presupuesto económico quedifieren en sí, en cuanto que la plaza de Arquitecto Técnico con una dedicaciónde jornada completa, es superior a la que se crea como de Arquitecto Superior,debido a su jornada parcial, se entiende que no sufre, con la creación de dichaplaza, desfase el Capítulo I de Gastos de Personal del presente ejercicio 2012.

    5.- Propuesta de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasapor visita turística a los recursos monumentales de la ciudad de Villena.

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    Se da lectura a la Propuesta presentada por la Concejala Delegada deTurismo, Dª Mercedes Menor Céspedes, que transcrita literalmente, dice:

    “En el Pleno del Ayuntamiento de Villena, celebrado el día 27 de Enerode 2011, se aprobó de manera provisional la Ordenanza fiscal reguladora de la

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    tasa por visita turística a los recursos monumentales de la ciudad de Villena, quefue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n° 39 de fecha 25 de febrerode 2011, y elevado aquel a definitivo, en cumplimiento de lo preceptuado en elArt.70.2 de la Ley 7/1.985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal, yArt.17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

    En estos momentos y dada la situación económica del Ayuntamiento,hemos considerado poner en vigor la Ordenanza arriba mencionada y de estamanera se puede financiar el servicio de los recursos turísticos mediante losingresos obtenidos por los precios de las entradas.

    Revisando la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por visita turística alos recursos monumentales de la ciudad de Villena consideramos que los preciosincluidos en ella pueden desincentivar parcialmente las visitas, por lo tanto, ydespués de hacer un estudio de mercado sobre los precios que se están aplicandoen municipios de nuestra comarca, queremos exponer el siguiente análisis:

    Precios aprobados en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por visitaturística a los recursos monumentales de la ciudad de Villena enero 2011

    RECURSOS PATRIMONIALES PRECIO PRECIO GENERAL REDUCIDO

    Bono 1: Centro Recepción de Visitantes yCastillo de la Atalaya 5,00 3,50

    Bono Personal: Elección de tres recursos(Museo Arqueológico, Iglesia de Santiago,Museo Festero, Museo Navarro Santafé,Teatro Chapí o Santuario Ntra. Sra. delas Virtudes)

    5,00 3,50Tarjeta Turística Personal (dos días deDuración) Incluye el bono 1 y elección decuatro recursos. 10,00 8,00

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    RECURSOS PATRIMONIALES (Visita sin Bono PRECIO PRECIOPersonal ni Tarjeta Turística Personal) GENERAL REDUCIDO

    Museo Arqueológico José María Soler 2,50 2,00Iglesia de Santiago 2,50 2,00Museo del Festero 2,50 2,00Museo Navarro Santafé (sólo fines de semanaY festivos) 2,50 2,00Teatro Ruperto Chapí 2,50 2,00Santuario Ntra. Sra. de las Virtudes 2,50 2,00

    VISITAS TEATRALIZADAS CASTILLO DE LA PRECIO GENERAL/ATALAYA – CENTRO DE RECEPCIÓN DE PERSONAVISITANTES

    Visita teatralizada en el Castillo de La Atalaya 7,00Para las personas que hayan adquirido la TarjetaTurística Personal 2,00Para los niños con edades comprendidas entreLos 7 y 12 años 3,00

    VISITAS TEATRALIZADAS POR LA CIUDAD PRECIO GENERAL/ PERSONA

    Visita teatralizada por la ciudad 7,00Para las personas que hayan adquirido la TarjetaTurística Personal 2,00Para los niños con edades comprendidas entreLos 7 y 12 años 3,00

    Las personas interesadas en realizar las visitas teatralizadas sepreinscribirán en el Centro de Recepción de Visitantes o en la Oficina deTurismo, al existir aforo limitado para cada visita.

    GRATUIDAD:

    ? Menores de 7 años? Día Internacional de los Museos (18 de Mayo)? Día Internacional del turista (27 de septiembre)

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    ? El Pleno Municipal, la Junta de Gobierno Local y el Alcalde oAlcaldesa en casos excepcionales, podrán conceder visitas o entradasgratuitas al público en general o a grupos en particular, endeterminados días y horas y en aquellos casos excepcionales que porsu carácter y significado acuerde.

    ? Quienes residan en Villena podrán obtener un Carnet turístico previasolicitud y pago de 6 euros en concepto de expedición del mismo,dándole derecho de acceso libre a los monumentos reseñados en estaordenanza. El Carnet será para uso personal e intransferible y tendráuna duración de 3 años.

    ? Queda excluido del Carnet Turístico, como acceso libre las visitasteatralizadas al Castillo de la Atalaya y a la ciudad.

    TARIFA REDUCIDA:

    ? Los niños y niñas con edades comprendidas entre los 7 y 12 años.? Personas mayores de 65 años.? Grupos: Se considera grupo el formado por 20 personas o más? Los y las estudiantes y titulares del carnet joven hasta los 31 años.? Las personas titulares de la tarjeta de comercio i-más.? Las personas desempleadas que presenten documentación acreditativa? Las personas que hayan adquirido la Tarjeta Turística Personal se les

    aplicará el precio reducido en las visitas al resto de patrimonio.

    En Villena hay que tener en cuenta, a la hora de poner los precios, el perfilde los grupos que nos visitan, escolares, asociaciones, jubilados, etc.

    Por ejemplo, los grupos de escolares son el 60% de las visitas, seguidas deasociaciones y jubilados.

    Lo más visitado por los escolares son el Castillo y Museo Arqueológicoseguido de la Iglesia de Santiago. En este caso se debería poner un bono queincluyera la visita a estos 3 recursos turísticos sin olvidar el CRV que también sepuede potenciar incluyendo su entrada en este bono por un importe másreducido que el actual. También se debería tener en cuenta pax de personas quecomponen el grupo, porque no es lo mismo un grupo de 10, de 20, o de 50personas. El precio se debería reducir en función al pax de personas.

    Una vez revisados los precios aplicados en nuestra comarca y en laprovincia de Alicante en general, y teniendo en cuenta que se debería aplicar enVillena un precio de entrada a los diversos recursos turísticos.

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    Propongo al Pleno Municipal las siguientes modificaciones de precios einclusiones:

    RECURSOS PATRIMONIALES PRECIO GENERAL

    Castillo 3,00Museo Arqueológico J. M. Soler 2,00Iglesia de Santiago 1,50Sin guía 1,00Iglesia de Santa María 1,50Sin guía 1,00Museo del Festero 1,50Sin guía 1,00Museo Navarro Santafé 1,50Sin guía 1,00Teatro Ruperto Chapí 1,50Santuario Ntra. Sra. de las Virtudes 2,00Sin guía 1,00Plaza de Toros 1,50

    VISITAS TEATRALIZADAS CASTILLO PRECIODE LA ATALAYA – CENTRO DE GENERAL/RECEPCIÓN DE VISITANTES PERSONA

    Visita teatralizada en el Castillo de laAtalaya 5,00Para las personas que hayan adquiridola Tarjeta Patrimonial 2,00Para los niños con edades comprendidasentre los 7 y 14 años 3,00

    VISITAS TEATRALIZADAS PRECIOPOR LA CIUDAD GENERAL/

    PERSONA

    Visita teatralizada por la ciudad 5,00Para las personas que hayan adquiridola Tarjeta Patrimonial 2,00Para los niños con edades comprendidasentre los 7 y 14 años 3,00

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    REDUCCIÓN DE TARIFA A:

    ? 25% Niños/as de 7 a 14 años.? 25 % Personas mayores de 65 años.? 20% Grupos se considera grupo el formado por 15 personas o más.? 20% Las personas con discapacidad.? 20% Las personas titulares de la tarjeta de comercio i-mas.? 20%. Personas desempleadas documentación acreditativa.? 15% a la elección de tres recursos turísticos.

    Los descuentos no son acumulativos, excepto en la elección de tresrecursos turísticos.

    GRATUIDAD

    ? Menores de 7 años.? Día Internacional de los Museos (18 de Mayo).? Día Internacional del turista (27 de septiembre)? El Pleno Municipal, la Junta de Gobierno Local y el Alcalde o

    Alcaldesa, en casos excepcionales, podrán conceder visitas o entradasgratuitas al público en general o a grupos en particular, endeterminados días y horas y en aquellos casos excepcionales que porsu carácter y significado acuerde.

    ? Quienes residan en Villena podrán obtener un Tarjeta Patrimonialprevia solicitud y pago.

    ? Quienes residan en Villena podrán obtener una Tarjeta Patrimonialprevia solicitud y pago de 2 euros anualmente o de 5euros duracióntrianual en concepto de expedición del mismo, dándole derecho deacceso libre a los monumentos reseñados en esta ordenanza. LaTarjeta patrimonial será para uso personal e intransferible.

    ? Queda excluido de la Tarjeta Patrimonial, como acceso libre, lasvisitas teatralizadas al Castillo de la Atalaya y a la ciudad.”

    A continuación, se da cuenta del informe nº 20/2012, emitido por laInterventora Accidental, Dª Lorena Soler Ripoll, de fecha 17 de febrero de 2012,en el que se hace constar lo siguiente:

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    “Primero.- El expediente trasladado consta de la siguiente documentación:

    - Ordenanza en vigor año 2011, Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasapara la visita turística a los recursos monumentales de la ciudad deVillena.

    - Propuesta de Ordenanza que se somete a aprobación.- Propuesta de la Concejala Delegada de Turismo, acompañando

    previsión de ingresos.- Se acompaña informe de Tesorería al respecto del cobro de la tasa.

    Segundo.- La memoria económico financiera es la siguiente:

    Previsión de ingresos anuales:

    35.033 euros aproximadamente.

    Previsión de gastos anuales:

    Electricidad: no se cuenta con la información debido al coste que implicatener que calcular de tantos edificios y si realmente se debe imputar el 100% delcoste.

    Limpieza: la factura que llega a Intervención es agrupada, por lo quetendría que desglosarse a los efectos de poder conocer el gasto concreto queorigina el mercado.

    Personal: según el proyecto de presupuestos del ejercicio 2012, el coste depersonal adscrito a Turismo es de 27.491,14-euros incluida la Seguridad Social.En cuanto al coste del personal adscrito a Museo, que si bien hacen otrasfunciones que lo que es estrictamente dirigido al Turismo, se considera que sutrabajo repercute directamente en que se puedan visitar y tenga un atractivoturístico aquellos monumentos y piezas que ponen en valor, por lo que su coste areflejar en este informe se imputa al 100%, siendo el mismo de 185.843,02euros.

    Costes indirectos: se debería repercutir gastos de personal demantenimiento (brigada de obras, fontanería, electricidad) y también de personaladministrativo del Ayuntamiento (en cuanto a emisión de informes, cambio deordenanzas, contabilización de facturas, conserjería), y con ello también losgastos que implica este personal de suministros y servicios (electricidad,limpieza, etc. del propio Ayuntamiento). No obstante, no se cuenta con la

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    información necesaria para hacer esta imputación, por lo que no se tienen encuenta estos costes.

    Fundamentos de derecho

    1) Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía nº 921/2002,de 22 de julio, en la cual se establece la no necesariedad de memoria económico-financiera en el caso de que el incremento de las tasas se limite al IPC.

    2) Tasas:

    En base a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 8/1989, de 13 de abril deTasas y Precios Públicos en la redacción dada por la Ley 25/1998 de 13 de juliode modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y dereordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público y en elartículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales toda propuestade establecimiento o de modificación de la cuantía de una tasa deberá incluir unamemoria económico - financiera sobre la justificación del importe de la misma.

    El artículo 24.2 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Localesestablece que el importe de las tasas por la prestación de un servicio o larealización de una actividad no podrá exceder en su conjunto del coste real oprevisible del servicio o actividad de que se trate o en su defecto del valor de laprestación recibida teniendo en cuenta todos los costes tanto directos comoindirectos.

    Para la determinación del coste real o previsible, conforme al artículo 24.2del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su apartadosegundo, se tomarán en consideración los siguientes costes:

    - Costes directos.- Costes indirectos o generales.- Costes financieros.- Amortización del inmovilizado.- Los costes necesarios para garantizar el mantenimiento y desarrollo

    razonable del servicio.

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    3) Tramitación: art. 17 TRLRHL

    Artículo 17. Elaboración, publicación y publicidad de las ordenanzasfiscales.

    1. Los acuerdos provisionales adoptados por las corporaciones localespara el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación delos elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotastributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientesordenanzas fiscales, se expondrán en el tablón de anuncios de la Entidad durantetreinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinarel expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

    2. Las entidades locales publicarán, en todo caso, los anuncios deexposición en el Boletín Oficial de la Provincia, o, en su caso, en el de laComunidad Autónoma uniprovincial. Las Diputaciones Provinciales, losórganos de gobierno de las entidades supramunicipales y los Ayuntamientos depoblación superior a 10.000 habitantes deberán publicarlos, además, en un diariode los de mayor difusión de la provincia, o de la Comunidad Autónomauniprovincial.

    3. Finalizado el período de exposición pública, las corporaciones localesadoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamacionesque se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la Ordenanza,su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En elcaso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderádefinitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidadde acuerdo plenario.

    4. En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartadoanterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría,y el texto íntegro de las Ordenanzas o de sus modificaciones, habrán de serpublicados en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la ComunidadAutónoma uniprovincial, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado acabo dicha publicación.

    5. Las Diputaciones Provinciales, Consejos, Cabildos Insulares y, en todocaso, las demás entidades locales cuando su población sea superior a 20.000habitantes, editarán el texto íntegro de las Ordenanzas Fiscales reguladoras desus tributos dentro del primer cuatrimestre del ejercicio económicocorrespondiente.

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    En todo caso, las entidades locales habrán de expedir copias de lasOrdenanzas Fiscales publicadas a quienes las demanden.

    Conclusión:

    1- Procede la tramitación del expediente.2- Previamente al cobro efectivo de la tasa deben cumplirse las

    autorizaciones establecidas en el informe de la Tesorería Municipal.

    No obstante, se hace constar lo siguiente en cuanto a la tramitación delexpediente:

    A juicio de esta Intervención la tramitación de un expediente demodificación de Ordenanza fiscal debería tener los siguientes documentos yseguir la siguiente tramitación, ya que se considera que el departamento gestorde los expedientes de ordenanzas debe ser el departamento de Rentas ya que esen donde se debe centralizar la información en cuanto a todos los recibos yliquidaciones que se emitan.

    1.- Providencia de inicio del Concejal del Área en cuanto a la redacción omodificación de una Ordenanza Fiscal, dirigida al departamento de Rentas. En laprovidencia de inicio constará los aspectos a modificar, así como la previsión deingresos que se produciría con la modificación de las tasas. En el caso de que secuente con un técnico en el área, se emitirá un informe sobre la adecuación y lalegalidad de las modificaciones que se instan.

    2. - El departamento de Rentas abre un expediente, fotocopia laOrdenanza en vigor hasta el momento y elabora la Ordenanza con lasmodificaciones que insta el Concejal delegado. Asimismo, solicita de losdepartamentos correspondientes los gastos que se pueden repercutir al serviciopor el cual se realiza el cobro de la tasa. Por ejemplo:

    - Los gastos de personal, se solicitan al departamento de Personal.- Los gastos de suministros (electricidad, calefacción, etc.) y

    mantenimiento al departamento de Obras y Servicios.- Los gastos del ejercicio anterior relativos al servicio, al departamento

    de Intervención.- La documentación que se obtenga se incluirá en el expediente,

    emitiendo el departamento de Rentas un informe en cuanto a latramitación del expediente, en virtud del artículo 172 del ROF.

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    El departamento de Rentas también deberá solicitar informe aldepartamento de Tesorería si el cobro de las tasas que se proponen se van acobrar por otros medios que no sean la emisión de recibos y liquidaciones por eldepartamento de Rentas.

    3.-Informe de Intervención sobre si procede la tramitación vista ladocumentación y el contenido del expediente.”

    Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Hacienda y Personal, en sesión celebrada el día 20 de febrero de2012, en relación con la Propuesta de la Concejala Delegada de Turismo, sobremodificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa para la visita turísticaa los recursos monumentales de la ciudad.

    Sometida a dictamen la referida Propuesta, la Comisión Informativa deHacienda y Personal por mayoría de sus miembros acordó informarlafavorablemente, toda vez que votan a favor de la misma los dos Concejales delGrupo Municipal Verde de Europa, D. David Molina Motos y Dª VirtudesHernández Francés, la Concejal del Grupo Municipal Socialista, Dª Isabel MicóForte y el Concejal del Grupo Municipal Villena Centro Democrático, D. JuanCarlos Pedrosa Mira y se abstienen los tres Concejales del Grupo MunicipalPopular, D. José Joaquín Valiente Navarro, D. José Tomás Peralta Ferriz y D.Pedro Hernández Pardo.

    Abierto el debate, Dª Mercedes Menor Céspedes, expone, que semodifican las tasas por visita turística a los recursos monumentales, por la ofertaen el mercado, por la comparación respecto al precio de otros monumentos yrecursos turísticos de las localidades cercanas a la de Villena y porque cuandoaccedieron al gobierno municipal iban a poner en marcha estas tasas paraempezar a cobrarlas, pero al comunicarlo a los tour operadores y grupos depersonas que ya tenían las reservas para venir a Villena, se dieron cuenta de quemuchas de estas personas dieron marcha atrás y no querían venir porque lastasas no eran competitivas en el mercado, de hecho, las tasas de Biar, Bañeres,Denia, Castalla, etc., eran más bajas que las de aquí. Por ello, considerando queel cobrar esas tasas podía generar un parón en el flujo de visitantes, decidieronestudiar cuál era el mercado, la situación de otras localidades con recursossimilares y poner unas tasas que fueran competitivas, para que no sólo nofrenaran el flujo de los visitantes, sino también incentivar la venida de otros.

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    Deja claro, que para el Ayuntamiento de Villena, las tasas se aplican no sólopara que el servicio sea sostenible, una cosa que intentan es que no seadeficitario, pero si por conseguir eso hacen que no vengan visitantes, generan unmal mayor que el que haya déficit del servicio en algunos momentos, ésta es larazón del cambio de estas tasas.

    D. Jesús Martínez Martínez, en primer lugar, aclara, que en este Pleno seincluyen dos Mociones iguales o parecidas, una, la del equipo de gobierno,donde se propone una modificación de las tasas, que más o menos pueden ser de0,50 céntimos, es la insostenibilidad que alega la Concejala. No entiende cómose puede comparar el Castillo de Bañeres con éste o el Museo o Tesoro deVillena que es único en Europa, con no sabe qué otro, porque no conoceninguno más. La otra Moción es del PP, que se ha incluido en el punto 8 delorden del día y en ella se pide que se aplique la ordenanza aprobada. Conrespecto a la Moción que presenta el equipo de gobierno, anuncia el voto encontra por diversos motivos, entre otros, porque las diferencias no son notablesni mucho menos y no aporta nada nuevo, pero hay algo más importante respectoa la diferencia que puede marcar una y otra y es que en esta ordenanza que setrae no ha existido ningún contacto ni diálogo con ellos, no se les ha preguntadonada, mientras que la del PP, que se trajo dos veces al Pleno se aprobó porunanimidad, no porque vinieran con una ordenanza rehecha sin más y noestuvieran dispuestos a dialogar y escuchar, sino que se aprobó a la segunda vezporque todos y cada uno de los Partidos aportaron algo a esa ordenanza y, dehecho, se cambió para adaptarla a lo que cada uno de esos Partidos habíapropuesto. Por tanto, se consiguió una unanimidad que le daba visos decontinuidad, pero la sorpresa ahora es que no sólo no se ha aplicado desde suaprobación definitiva, como bien dijo su compañero D. Francisco Abellán, sepueden entender ciertos retrasos explicables a periodo vacacional, nuevo equipode gobierno, etc., pero llega un momento en que ya no es lógico no cumplir conun acuerdo unánime del Pleno, sino con una ordenanza de tasas aprobadadefinitivamente y publicada.

    El Sr. Martínez Martínez, considera, que no sólo se queda esto en unafalta de diálogo, sino que además hace quince días, aproximadamente, apruebanunos presupuestos donde se les olvida ponerlo como ingresos, no siquiera hayuna posible previsión por pequeña que ésta hubiera sido, nada de nada, ¿por quéno se pone en los presupuestos, si éstos eran los que iban a dictar la líneaprogramática del equipo de gobierno?, porque el programa no han queridomostrarlo y era en los presupuestos donde iba a estar esa línea, esa idea y esa

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    programación del equipo de gobierno, pero no figuraba, es decir, que el turismoes algo que está ahí, pero que se les olvida. Por otro lado, a su Grupo se lesplantea algunas dudas respecto de esta ordenanza.

    En primer lugar, ¿van a cobrar por ir a misa?, porque esto parecedesprenderse de la nueva ordenanza, ya que respecto de las iglesias de Santiagoy Santa María, no siendo de propiedad municipal, se recoge que se va a cobraruna tasa con guía y sin guía, ¿quién va a cobrarla?, ¿cómo se va a controlar?,¿cómo puede decirse que se va a cobrar por visitar la iglesia sin guía, por ir amisa? No lo entiende bien, porque precisamente esto fue uno de los puntos dedebate de la ordenanza anterior, ¿por qué se cobraba por monumentos como laiglesia de Santiago u otro que no eran de propiedad municipal? Contesta, que eraporque se le estaba añadiendo un servicio que era el de guía, pero si ahora secobra por entrar a la iglesia sin guía, ¿significa que se va a cobrar por ir a misa?

    En segundo lugar, añaden un monumento nuevo, que les parece bien,porque lo han indicado bastantes veces y cree que es lógico, pero también lesplantea alguna duda, es por entrar a la Plaza de Toros. Pregunta ¿van a poner unConserje y realizar algo de mantenimiento, aunque sea poco?, porque hastaahora deja bastante que desear ese mantenimiento. ¿Cómo se va a controlar eso?¿Van a utilizar el Centro de Recepción de Visitantes? Entonces, le preguntarán alas personas si van a visitar la iglesia de Santiago, pues, han de pagar un europero vayan solas, ¿es eso?

    Por último, dice el Sr. Martínez Martínez, que a su Grupo no le gusta estaforma de hacer las cosas, ni la falta de diálogo ni de improvisación, no les gustaen absoluto, pero esto es lo que está haciendo el actual equipo de gobierno,como ocurría con la Moción anterior, ocurre con ésta y con alguna más, por ello,no van a votar a favor de esta ordenanza. Sugiere que aprueben la Moción delPP que se incluye en el punto 8 de este Pleno y la pongan en vigor, que yatendrán tiempo de modificarla, pero lo suyo es que si esa otra ordenanza está envigor y fue aprobada por unanimidad, es la que tiene más legitimidad que la quepresentan ahora con esas lagunas tan extrañas. Por ello, déjenla sobre la mesa,pongan en vigor la que hay aprobada y a partir de ahí vean su evolución, pero nila crisis ni los precios de alrededor son excusas, lo que sí puede ser una excusaes la mala gestión, porque si el Castillo todavía está cerrado, el Rincón del Vinose ha cerrado, el Centro de Recepción de Visitantes funciona como estáfuncionando, etc., ¿quién va a venir aquí?, y si encima se les olvida poner esosingresos en los presupuestos de hace quince días, significa que el turismo paraeste equipo de gobierno no les importa. Por tanto, el PP votará en contra.

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    Abierto el segundo turno de intervenciones, Dª Mercedes MenorCéspedes, expresa, que le alegra que el Sr. Martínez Martínez hable de diálogocuando todavía no se ha podido sentar con él, porque cuando accedieron algobierno municipal, lo primero que ella hizo fue mantener una entrevista contodas las personas del anterior equipo de gobierno que habían compartido lasConcejalías que ella llevaba, tuvo la suerte de poder sentarse con el Sr. ValienteNavarro, que le pasó las carpetas, con Dª Elisa Aroca Molina, con D. FranciscoAbellán Candela y con Dª María Laguna Cerezo, que llevaba el Casco Histórico,pero con el Sr. Martínez Martínez, por más que lo ha intentado aún no haconseguido sentarse con él, porque ella le llamó igual que al resto de suscompañeros. Por otra parte, cuando D. Jesús Martínez Martínez le habla de malagestión y de unas tasas que se debían haber puesto en marcha antes, ha de decirque a la Moción siguiente del PP no la van a votar a favor, porque ya haexplicado y si esta persona sabe entender lo que ha querido decir, no se pusieronen marcha las tasas porque habría paralizado de golpe los flujos de visitantes quevenían a Villena y volver a ponerlo en marcha hubiese costado muchísimo,cuando ya existe un ritmo de trabajo generado antes por la gestión que se habíahecho y cuando ya hay visitantes que están llegando. Quiere decirle al Sr.Martínez Martínez, que cuando se refiere a la mala gestión y a por qué se hatardado tanto, una de las razones es porque no se ha dejado ningún dato de lostour operadores con los que se estaba trabajando o qué gestiones se habían hechopreviamente. Pone de manifiesto que cuando el PP cede a la empresa quegestionó en su momento el Centro de Recepción de Visitantes y con la cual elloscerraron el contrato, en una de las mejoras por la cual se les concedió la gestióndel Centro, aparecía que tendrían contratado un comercial, que haría loscontratos con los tour operadores, pero ella se ha cansado de pedir los contratos,de hecho, cuando resolvió el contrato con esta empresa, ésta borró el disco durodel Centro de Recepción de Visitantes, donde estaban los datos, cuestión éstaque se encuentra en mano de los abogados, con lo cual han tenido que empezardesde cero, no disponiendo de ningún dato sobre los tour operadores con los quese trabajaba ni sobre ninguna gestión realizada, por más que se le haya pedido aesa empresa, de ahí el retraso en las gestiones.

    Siguiendo con su intervención, la Sra. Menor Céspedes, hace referencia aque cuando el Sr. Martínez Martínez habla de que es una nimiedad las rebajasque hacen en las tasas, ha de decirle que ello es lo que hace que las personas semuevan de un sitio a otro y son las que habían paralizado los flujos. Para esteConcejal no es dinero, pero cuando están trabajando con un tour operador y conAsociaciones acostumbradas a gestionar viajes, dos euros arriba o abajo porpersona, hace que se decanten por uno u otro destino final y para ellos es

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    importante no perder ningún autobús, porque la inversión del turismo enVillena, no es sólo lo que paguen por las tasas, sino también lo que puedangastar en el comercio, servicios y hostelería de Villena. Por ello, era importantepara su Concejalía no perder ningún autobús o grupo de visitantes a Villena.Sobre lo que van a cobrar por la Iglesia de Santiago, de si van a misa o no,aclara, que han sido unas tasas fijadas para el futuro, para que luego no haya quemodificar la ordenanza. Por esto, aparece también la Plaza de Toros, por si enalgún momento quieren mostrarla al público, es decir, recogen de una maneraamplia todos aquellos servicios que puedan dar, de hecho, en la rueda de prensaque concedió, la Plaza de Toros no era un monumento que vaya a estar abiertodiariamente, sino que le fijan un precio por si por alguna situación especial hayalgún grupo que tiene interés en verlo y en ese momento la abren. En cuanto a laIglesia de Santiago, quede claro que el Ayuntamiento no va a cobrar por entrar aella, en horas de culto o en las que el Sacerdote la tiene abierta, sólo se va acobrar en aquel momento en que se abra por función específica del turismo,como es por las mañanas en que está abierta sólo para el turismo y ese dinerotambién repercutirá en la Iglesia de Santiago por el aumento de los costes.

    D. Jesús Martínez Martínez, en su segunda intervención, hace lassiguientes matizaciones:

    En primer lugar, la Concejala de Turismo ha hecho referencia a que estácomprometida, que lo importante es que vengan a gastar en el comercio,servicios, etc., y él se pregunta, ¿por eso se les olvidó de poner las tasas en lospresupuestos?, ¿se acordaron ahora?. El PP tuvo que recordárselo y por eso setrae ahora esta ordenanza. Se les dijo en el debate de los presupuestos y no loaceptaron tampoco, pero como la Concejala dice que es importante, consideraque si para el equipo de gobierno tiene importancia, ¿cómo se les olvida deponerlo en los presupuestos, donde se supone que iba su programa?.

    En segundo lugar, los tour operadores antes venían a Villena y ahora hande ir a Madrid a ver si los encuentran, pero él cree que no hace falta buscarmucho, sólo meterse en internet y encontrar los tour operadores más importantesde Europa, porque están ahí y no hace falta irse a Madrid, con que la Concejalavaya a Alicante, sobra, pero antes sí que venían aquí y ahora se va la Concejala,nada menos que a Madrid para buscarlos.

    En tercer lugar, los flujos a que alude la Sra. Menor Céspedes, es lainercia de la gestión que hizo el PP, eso es lo que les queda y ya les dura poco,porque se está acabando.

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    En cuarto lugar, la Concejala de Turismo habla de perder autobuses por50 céntimos, cuando le consta que los ha perdido por no atender a las personas,por no acudir ni a la reunión, por dejar a las personas plantadas, ¿cómo diceperder autobuses por 50 céntimos si ha sido por no asistir a una reunión despuésde haber quedado?.

    En quinto lugar, cuando se trajo la anterior ordenanza al Pleno, fueaprobada por unanimidad de todos los partidos, entonces tenían la ventaja detener el Plan de Dinamización del Producto Turístico y dentro del mismo habíaun equipo de técnicos especialistas, además uno de ellos era de Villena, que sonlos que estudiaron esa ordenanza. ¿Puede indicarle la Concejala qué técnicoshan revisado esta ordenanza si ya no los hay?. Ahora no hay técnicos en turismo,pero antes sí que los había. Por eso, esa ordenanza se aprobó por unanimidad detodos y con aportaciones de cada uno de los partidos políticos.

    En sexto lugar, cuando se ha referido a la Iglesia de Santiago, puede quehaya sonado un poco irónico, pero de la lectura de la ordenanza es que no sepuede deducir otra cosa y le surgen algunas dudas, ¿lleva guía o no?, ¿habrá unguía en la puerta para cobrar los tickets o estará en el Centro de Recepción deVisitantes?. Si no hay guía, ¿qué se va a cobrar, por entrar a ver la iglesia?.Piensa que eso lo puede hacer en cualquier momento una persona, porque ese noes el objetivo, han de dar un servicio añadido, ya que la Iglesia no es propiedadmunicipal. ¿Ha hablado con el cura?, ¿quién se va a quedar con el dinero?. Creeque la duda es bastante razonable.

    Finalmente, piensa que lo fácil aquí es criticar, quejarse, etc., pero no esasí y cada día que pase se dará cuenta la Concejala de lo mucho que hay quetrabajar para que esto funcione y de lo fácil que es destruirlo todo en segundos,es muy sencillo, no hace falta nada. Se reitera en que no son las formas, nopuede dedicarse sólo a destruir, hay que crear trabajo y acudir a las reunionescuando uno queda. Para que los autobuses vengan a Villena, no hace falta irse aMadrid a hacerse la foto, porque si no, el autobús ya no viene, como de hecho haocurrido. Piensa que la Concejala no debe echar balones fuera ni culpar a nadie,porque a él no le ha llamado, no tiene su teléfono, si no, nada le hubiera costadollamarle, pues, se han cruzado en un montón de sitios y jamás le ha dicho nada yson diez meses ya los que llevan, ni le ha dirigido la palabra salvo en ocasionescomo esta y a su compañera, por lo que ve, tampoco, o sea, que no diga cosasque no son ciertas. Propone que no aprueben esta ordenanza, la dejen sobre la

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    mesa y apruebe la del PP que va en el punto ocho del orden del día, que cree queserá bastante mejor.

    Cierra el turno de intervenciones, Dª Mercedes Menor Céspedes,manifestando que al Sr. Martínez Martínez le ha llamado, sin embargo, a Dª MªJosé Hernández Sanjuán no, porque no tienen ninguna Concejalía en común,también ha hablado con Dª María Laguna como persona que llevaba el cascohistórico. Cree que la palabra de uno contra la de otro es muy fácil, en ningúnmomento han perdido autobuses ni visitas no recibidas. Por otra parte, cuando elSr. Martínez Martínez se ha referido a que antes venían autobuses que ahora yano lo hacen, este Concejal sabrá qué gestión sostenible hicieron, porque desdeque ellos han llegado al gobierno los autobuses se han ido manteniendo y el Sr.Martínez Martínez recordará qué pasó cuando cesó el equipo del Centro deRecepción de Visitantes que se llevaron los datos, porque ahora no puedencomprobar ni siquiera qué autobuses venían y cuáles no, pues, durante los cuatroaños de la Concejalía de D. Jesús Martínez Martínez, sus gestiones no constanen ningún sitio, no hay un listado de tour operadores, ni de qué actividades serealizaban, lo único que consta es que invitaron a comer a dos grandes touroperadores, pero ni el número de teléfono de contacto ni las personas con las quese realizó la gestión ni los acuerdos a los que llegaron están, sólo un sitio dondeaparece esos tour operadores a los que se invitaron a comer y a darles una vueltapor Villena, pero lo que se consiguió no consta en una memoria, ya que de haberestado, seguirían en contacto con ellos. Por esto, decidieron ir a Fitur, a intentarcontactar con el resto de tour operadores para hacer su trabajo.

    Sobre las tasas, la Sra. Menor Céspedes, explica, que no son fruto de unno saber, como ha apuntado el Sr. Martínez Martínez, sino de un trabajoconcienzudo con técnicos de turismo que les han estado asesorando, así comotour operadores. Considera que es muy fácil llevar la oficina de turismo con todoel dinero que había del Plan de Dinamización y aun así la dejaron con déficit,con lo cual no le venga ahora a decir el Sr. Martínez Martínez que si buena omala gestión, cuando no hay una memoria ni un plan de viabilidad, claro quetenía técnicos, con todo el dinero de ese Plan de Dinamización, ahora estánhaciendo malabares para que con poco dinero, se puedan mantener los serviciosque hay. Por último, el equipo de gobierno va a aprobar estas tasas, porque lasve viables, porque ve que son las que pueden hacer que se mantengan los flujos,como dice el Sr. Martínez Martínez, al que pide que si puede le facilite los datosde las anteriores gestiones y de los tour operadores que venían a Villena, porquelos necesita para seguir con esos contactos.

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    Sometido a votación este asunto, votan en contra los nueve Concejalespresentes del Grupo Municipal Partido Popular, al no estar presente la ConcejalaDª Celia Lledó Rico y votan a favor los once Concejales de los GruposMunicipales Verdes de Europa, Socialista y Villena Centro Democrático. Portanto, por mayoría, la Corporación Municipal, acuerda:

    Primero.- Aprobar, provisionalmente, la modificación de la Ordenanzafiscal T-32 Reguladora de la Tasa para la visita turística a los recursosmonumentales de la ciudad de Villena, en lo que se refiere a las siguientesmodificaciones de precios e inclusiones:

    RECURSOS PATRIMONIALES PRECIO GENERAL

    Castillo 3,00Museo Arqueológico J. M. Soler 2,00Iglesia de Santiago 1,50Sin guía 1,00Iglesia de Santa María 1,50Sin guía 1,00Museo del Festero 1,50Sin guía 1,00Museo Navarro Santafé 1,50Sin guía 1,00Teatro Ruperto Chapí 1,50Santuario Ntra. Sra. de las Virtudes 2,00Sin guía 1,00Plaza de Toros 1,50

    VISITAS TEATRALIZADAS CASTILLO PRECIODE LA ATALAYA – CENTRO DE GENERAL/RECEPCIÓN DE VISITANTES PERSONA

    Visita teatralizada en el Castillo de laAtalaya 5,00Para las personas que hayan adquiridola Tarjeta Patrimonial 2,00Para los niños con edades comprendidasentre los 7 y 14 años 3,00

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    VISITAS TEATRALIZADAS PRECIOPOR LA CIUDAD GENERAL/

    PERSONA

    Visita teatralizada por la ciudad 5,00Para las personas que hayan adquiridola Tarjeta Patrimonial 2,00Para los niños con edades comprendidasentre los 7 y 14 años 3,00

    REDUCCIÓN DE TARIFA A:

    ? 25% Niños/as de 7 a 14 años.? 25 % Personas mayores de 65 años.? 20% Grupos se considera grupo el formado por 15 personas o más.? 20% Las personas con discapacidad.? 20% Las personas titulares de la tarjeta de comercio i-mas.? 20%. Personas desempleadas documentación acreditativa.? 15% A la elección de tres recursos turísticos.? 50% tour operadores habituales.

    Los descuentos no son acumulativos, excepto en la elección de tresrecursos turísticos.

    GRATUIDAD

    ? Menores de 7 años.? Día Internacional de los Museos (18 de Mayo).? Día Internacional del turista (27 de septiembre)? El Pleno Municipal, en casos excepcionales, podrá conceder visitas o

    entradas gratuitas al público en general o a grupos en particular, endeterminados días y horas y en aquellos casos excepcionales que porsu carácter y significado acuerde.

    ? Quienes residan en Villena podrán obtener un Tarjeta Patrimonialprevia solicitud y pago.

    ? Quienes residan en Villena podrán obtener una Tarjeta Patrimonialprevia solicitud y pago de 2 euros anualmente o de 5euros duracióntrianual en concepto de expedición del mismo, dándole derecho deacceso libre a los monumentos reseñados en esta ordenanza. LaTarjeta patrimonial será para uso personal e intransferible.

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    ? Queda excluido de la Tarjeta Patrimonial, como acceso libre, lasvisitas teatralizadas al Castillo de la Atalaya y a la ciudad.”

    Segundo.- Exponer al público el precitado acuerdo, por plazo de treintadías, mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia, afin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar lasreclamaciones que estimen oportunas.

    Tercero.- En el supuesto de que no se presenten reclamaciones durante elplazo de exposición pública, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado,procediéndose a la publicación íntegra de esta modificación en el Boletín Oficialde la Provincia.

    Cuarto.- Dar traslado del presente acuerdo a los departamentosresponsables de su aplicación, así como a la Concejalía de Turismo.

    6.- Expediente nº 1 de reconocimiento extrajudicial de obligaciones para suaplicación al Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio2012.

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    Se da lectura a la Propuesta presentada por el Concejal Delegado deHacienda, D. David Molina Motos, que transcrita literalmente, dice:

    “Vista la relación REC. 1.1/2012, por importe de 531.688,32 euros,correspondiente a facturas de ejercicios anteriores.

    Visto el informe de Intervención nº 21/2012.

    En virtud de las competencias que me otorga el Decreto de delegacionesnº 865, de fecha 16 de junio de 2011 y previo dictamen de la ComisiónInformativa de Hacienda y Personal, propongo al Pleno Municipal la adopcióndel siguiente acuerdo:

    Primero.- Aprobar el reconocimiento de la obligación de las facturas queconstan en la relación REC. 1.1./2012, por importe de 531.688,32 euros,

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    correspondientes a facturas de los proveedores:

    - Esteve Domene, Félix- Iberdrola Generación, S.A.U.- Iberdrola Comercialización de último recurso, S.A.

    Realizando, únicamente, la imputación presupuestaria de las siguientesfacturas:

    Referencia Importe

    700756900154 82.464,26 700756900155 21.019,60 700756900143 5.070,92 700559900152 11.446,6420110530030543931 6.399,6620110929030548308 7.726,3720110629030492138 5.855,6120110823010394693 459,0220110823010394694 459,0220110823010394699 459,0220110823010394700 241,69

    Total importe 141.601,81

    Y del resto, por importe de 379.348,39 euros, realizada la contabilizaciónse trasladarán a la Tesorería Municipal para su pago en función de lasdisponibilidades líquidas y plan de disposición de fondos.

    Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al departamento deIntervención y Tesorería.”

    A continuación, se da lectura al informe nº 21/2012, de 17 de febrero de2012, emitido por la Interventora Accidental, Dª Lorena Soler Ripoll, en el quese hace constar lo siguiente:

    “Exposición de hechos

    Vista la relación R. l realizada por el departamento de Intervención, porimporte de 531.688,32 euros, correspondientes a facturas del año 2011 que no se

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    pudieron incluir en sus partidas correspondientes porque no había créditosuficiente en el año o por haber tenido entrada en el departamento deIntervención durante el año 2012, o por no haber sido conformadas antes del 31-12-2011, se informa que las facturas correspondientes a suministro de energíaeléctrica no contaban con el crédito suficiente en el año de origen.

    El resumen de la imputación presupuestaria es el siguiente:

    Partidas de incorporación obligatoria por corresponder a financiaciónafectada del Plan Revita:

    - Esteve Domene, Félix, importe 9.705,82 euros, a la aplicación 903-43200-227000 o equivalente en la nueva estructura presupuestaria.

    - Esteve Domene, Félix importe 1.032,30 euros, a la aplicación 903-43200-62700 o equivalente en la nueva estructura presupuestaria.

    Partida en el presupuesto prorrogado "Suministro de energía eléctrica" porimporte de 520.950,20 euros, o en el nuevo proyecto de presupuesto, aprobadoprovisionalmente: 400.500 euros aplicación 4012-425-22100 denominada 2011Suministro de Energía Eléctrica y 120.450,20 euros de la aplicación 4012-425-22100 denominada Suministro de Energía Eléctrica.

    Distinguiendo que de las facturas, que a continuación se relacionanúnicamente se aprueba la imputación presupuestaria ya que ya han sidoabonadas en virtud del acuerdo de Pleno correspondiente al haber sido levantadapor el Pleno la discrepancia de falta de crédito de las mismas en el ejercicioanterior, y en cumplimiento del mismo que determinaba que corresponderíarealizar la imputación presupuestaria con la mayor brevedad posible.

    Referencia Importe

    700756900154 82.464,26 700756900155 21.019,60 700756900143 5.070,92 700559900152 11.446,6420110530030543931 6.399,6620110929030548308 7.726,3720110629030492138 5.855,6120110823010394693 459,0220110823010394694 459,02

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    20110823010394699 459,0220110823010394700 241,69

    Total importe 141.601,81

    Fundamentos de derecho

    1. Imputación temporal de los créditos: artículo 176 TRLHL dispone que concargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto sólo podráncontraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demásprestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propioejercicio presupuestario, si bien a continuación añade que no obstante lodispuesto en el apartado anterior, se aplicarán a los créditos del presupuestovigente, en el momento de su reconocimiento, las obligaciones siguientes:(...) c) las obligaciones procedentes de ejercicios anteriores a que se refiereel artículo 60.2 del RD 500/1990, manifestándose en iguales términos elartículo 26 RD 500/1990.

    2. Obligación en el pago: no obstante lo dispuesto en los artículos 25.2 RD500/1990 y 173.5 TRLHL a cuyo tenor no podrán adquirirse compromisosde gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en losestados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resolucionesy actos administrativos que infrinjan la expresada norma, el impago, sopretexto de falta de consignación presupuestaria, producirá un claroenriquecimiento injusto o sin causa que no debe crearse y que impone a estaadministración la compensación del beneficio económico recibido,habiéndose pronunciado en este mismo sentido la jurisprudencia delTribunal Supremo en sentencias de 11-5-89, 13-7-84, 20-10-87, 11-2-91,19-11-92, entre otras muchas y de los Tribunales Superiores de Justicia (portodas, la STSJ Cantabria 20-7-2000).

    3. Órgano competente: con arreglo al artículo 60.2 RD 500/1990,corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial decréditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operacionesespeciales de crédito, o concesiones de quita y espera, acuerdo a adoptar conel quórum de mayoría simple. Previamente el asunto deberá someterse adictamen de la Comisión Informativa de Hacienda.

    4. Se advierte asimismo que la carencia o insuficiencia de crédito en elmomento de la contratación es una causa de nulidad de derechoadministrativo, tal como establece el artículo 32 de la Ley 30/2007, de

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    Contratos del Sector Público.”

    Abierto el debate, D. David Molina Motos, expone, que lo que se trae aaprobación son facturas de energía eléctrica por importe de 522.000 euros,aproximadamente, y del Plan Revita por importe de 10.000 euros. Quizás estopodía haber quedado aquí, pero habida cuenta de las menciones expresas haciaellos de los olvidos en los presupuestos, le parece que cabe hacer una reflexiónacerca de esto. Señala, que los 532.000 euros excedidos significa que no secontabilizó adecuadamente la partida presupuestaria, que se olvidó deactualizarla el anterior equipo de gobierno, porque no presentó los presupuestosy se olvidaron de hacer los ajustes necesarios para que al final no repercutieranesas cantidades en el presupuesto. Como le ha gustado mucho la frase la inerciade la gestión del PP, pronunciada por D. Jesús Martínez Martínez, les dirá quesí, que pesada inercia la que les toca vivir, en este caso, en la inercia de lagestión del PP lo que tienen es la partida de energía eléctrica por 522.000 eurosdel ejercicio de 2011. Por tanto, es cierto que ha habido tres años de olvido, perotodavía hay una inercia en la gestión del PP, que al menos desde el punto devista haciendístico es tremendamente gravosa.

    D. José Joaquín Valiente Navarro, manifiesta, que el Concejal deHacienda se empeña en intervenir en un punto donde normalmente no seproduce debate. Pregunta ¿de qué les habla el Sr. Molina Motos si han tenidoseis meses para ajustar esas partidas y no lo han hecho? Podían haber aprobadolos presupuestos el primer día que entraron a gobernar, en el mes de julio, hantenido seis meses para ajustar las partidas y no lo han hecho. No obstante, se traeahora, si hubiera estado él, a lo mejor también lo hubiera hecho así, pero no sigavendiendo la moto que si el PP hizo o no hizo, porque desde el día 10 de juniode 2011 la responsabilidad es de D. David Molina Motos, el cual ha dejadoincluso el remanente sin aplicar, con el que podía haber ajustado alguna factura.

    Sometido a votación este asunto, por unanimidad de todos los miembrospresentes, la Corporación Municipal, de conformidad con el dictamen favorablede la Comisión Informativa de Hacienda y Personal, acuerda:

    Primero.- Aprobar el Expediente nº 1 de reconocimiento extrajudicial deobligaciones de las facturas que constan en la relación REC. 1.1/2012, porimporte de 531.688,32 euros, correspondientes a facturas de los proveedores:

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    - Esteve Domene, Felix- Iberdrola Generación, S.A.U.- Iberdrola Comercialización de último recurso, S.A.

    Realizando, únicamente, la imputación presupuestaria de las siguientesfacturas:

    Referencia Importe

    700756900154 82.464,26 700756900155 21.019,60 700756900143 5.070,92 700559900152 11.446,6420110530030543931 6.399,6620110929030548308 7.726,3720110629030492138 5.855,6120110823010394693 459,0220110823010394694 459,0220110823010394699 459,0220110823010394700 241,69

    Total importe 141.601,81

    Y del resto, por importe de 379.348,39 euros, realizada la contabilizaciónse trasladarán a la Tesorería Municipal para su pago en función de lasdisponibilidades líquidas y plan de disposición de fondos.

    Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a los departamentosmunicipales de Intervención y Tesorería, a los efectos que proceda.

    7.- Moción del Grupo Municipal Partido Popular sobre auditoría externa.

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    Se da lectura a la Moción presentada por el Grupo Municipal del PartidoPopular, que transcrita literalmente, dice:

  • Página:2012_2_3 23/02/2012 PLENOPlaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected]

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    “Tras ocho meses de continuas declaraciones vertidas por el tripartitosobre la mala gestión que realizamos el Partido Popular durante nuestralegislatura y el continuado discurso que han adquirido como excusa desde elinicio de su mandato, creemos que la ciudadanía tiene todo el derecho a serinformados sobre la verdadera situación, y la gestión realizada en las anterioreslegislaturas, sin que tengan una mala información con el único fin de buscar unrendimiento político.

    En el Pleno de febrero del 2011, el Grupo Municipal Socialista levaba alPleno una Moción donde solicitaba al entonces equipo de gobierno, unaauditoría externa del cumplimiento de la legalidad y situación financiera dealgunas áreas del Ayuntamiento, el Partido Popular mediante una enmiendasolicitábamos que la auditoría fuera de todas las áreas del Ayuntamiento, y quetambién se ampliara a los cuatro años anteriores a nuestro mandato. Esto, unavez debatido, fue aprobado por la mayoría del Pleno.

    Con lo cual, dado todas las manifestaciones falsas realizadas por eltripartito que gobierna nuestra ciudad, hacia la mala gestión que realizamos elanterior equipo de gobierno.

    Solicitamos al Pleno Municipal:

    1) Que se cumpla el acuerdo de Pleno y se efectúe una auditoria externatal y como se acordó en febrero del 2011 y que en esta auditoría se contemple lagestión de todas las áreas del Ayuntamiento desde el año 2003 hasta junio del2011, fecha en que el Partido Popular terminamos nuestro mandato.

    2) Que por los Técnicos Municipales, se realice a la mayor brevedad lospliegos de cláusulas administrativas que regirán la licitación y los trabajos aefectuar.

    3) Que se habilite la partida presupuestaría necesaria para poder efectuareste trabajo.”

    Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Hacienda y Personal, en sesión celebrada el día 20 de febrero de2012, en relación a una Moción del Grupo Municipal del Partido Popular sobreauditoría externa, y explicado su contenido por D. José Joaquín ValienteNavarro, la comisión Informativa de Hacienda y Personal, por mayoría de susmiembros acordó informarla favorablemente, toda vez que votan a favor de la

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    misma los tres Concejales del Grupo Municipal Popular, D. José JoaquínValiente Navarro, D. José Tomás Peralta Ferriz y D. Pedro Hernández Pardo, yse abstienen los dos Concejales del Grupo Municipal Verdes de Europa, D.David Molina Motos y Dª Virtudes Hernández Francés, la Concejala del GrupoMunicipal Socialista Dª Isabel Micó Forte, y el Concejal del Grupo MunicipalVillena Centro Democrático, D. Juan Carlos Pedrosa Mira, quienes la estudiarány se manifestarán en el Pleno.

    A continuación, por la Presidencia, se da lectura a una enmiendapresentada por el Concejal de Hacienda, D. David Molina Motos, a la Mocióndel Grupo Municipal del Partido Popular sobre auditoría externa, que transcritaliteralmente, dice:

    “Estando en conocimiento de los compromisos adquiridos en Pleno enrelación a la realización de una “Auditoría externa” que examinara elcumplimiento de las obligaciones derivadas de la gestión económica-financierade las dos legislaturas pasadas; informados del coste aproximado de dichoencargo a las empresas especializadas en dichas auditorías para laadministración pública y a la espera de los resultados finales de la auditoría queel “Síndic de Comptes” ha efectuado en este Ayuntamiento para el año 2009,

    PROPONEMOS:

    Que se acepten como enmiendas las siguientes modificaciones:

    1.- Con el espíritu de confluir en una Moción de consenso eliminar lospárrafos primero (“Tras ocho meses…”) y tercero (“Con lo cual dado…”) bajoel epígrafe-título de Moción que incluyen menciones beligerantes hacia el actualequipo de gobierno y no contribuyen en lo sustantivo de una propuesta deacuerdo.

    2.- Sustituir los tres puntos de la solicitud, que parecen desconocer ladifícil situación económica y su traducción a la propuesta de presupuesto 2012,por el siguiente párrafo:

    “Se cumpla el acuerdo de Pleno y se efectúe una auditoría respetando lasintenciones acordadas en el Pleno de febrero 2011, en el momento en el que lasituación económica del Ayuntamiento señale la oportunidad y permita ladotación presupuestaria adecuada; y una vez conocidos los resultados de laauditoría sobre el ejercicio 2009 efectuada por el Síndic de Comptes”.

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    Abierto el debate, D. José Joaquín Valiente Navarro, expone, que hacejusto un año, el Grupo Socialista presentó al Pleno una Moción para que seauditaran diversas áreas de gestión en el tiempo en que el PP había estadogobernando desde el año 2007. Recuerda que el PP enmendó aquella Moción delGrupo Socialista, pidiendo que la auditoría se extendiese hasta el año 2003 y queexaminase especialmente algunos temas. La enmienda presentada por el PP fueaceptada por la Corporación con el voto favorable del PP, PSOE y Concejalesno adscritos y con los dos votos en contra del Grupo Verde, en el que ya estabarepresentado el actual Sr. Alcalde, que votaron en contra, no porque noestuvieran de acuerdo en realizar esa auditoría, sino porque ésta se habíaextendido hasta los años 2003-2007, época en la que habían tenidoresponsabilidad de gestión y no les gustaba que se auditase la gestión de suscompañeros. Ha pasado un año desde que se aprobó aquella Moción, han pasadolas Elecciones Locales y los tres Partidos que hoy conforman el tripartitoreflejaron en sus programas electorales la elaboración de la auditoría, se hanaprobado provisionalmente los presupuestos y no se ha contemplado partidapara el auditoría. Desconoce si ahora la realización de ésta ya no es tanimportante para el equipo de gobierno.

    D. David Molina Motos, dice que la enmienda que presentan es conintención de llegar a un acuerdo, porque la Moción del PP ha sido redactada convoluntad beligerante y lo que pretenden es limar esas actitudes beligerantes yque sean realistas. Cree que el realismo no significa desconocer los acuerdos dePleno que se tomaron, sino buscar la oportunidad, ¿por qué no hay en lospresupuestos una partida destinada al cumplimiento de un compromiso que eselectoral en el caso de los tres Partidos? Explica, que una de las primeras cosasque hizo como Concejal de Hacienda fue conocer los compromisos que habíanestablecido electoralmente los tres Partidos que forman el equipo de gobierno yse dirigieron a los asesores financieros de esta ciudad que creían de másprestigio para que les informaran sobre las empresas capaces de elaborarauditorías para la administración local de la categoría de Villena, que soncontadas en este País, como Deloitte, TNG, etc., y con lo que se van a encontrares que para ocho años controlar todos los documentos contables en la gestióneconómica financiera, les va a costar algunos cientos de miles de euros,probablemente sea un precio justo para el volumen de trabajo, pero él sepregunta ¿es oportuno ahora gastar ese dinero? Creen en esto y en otroscompromisos electorales que han adoptado, aunque es necesario encontrar elmomento oportuno, porque los presupuestos están presentados desde la óptica

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    de la austeridad y de la absoluta atención a las prioridades. Por lo tanto, piensaque sí quieren aprobar una Moción que les recuerde que esto debe ser hecho,pero no en este primer año de legislatura, cosa que es muy difícil.

    Por otro lado, el Sr. Molina Motos, hace referencia a que su Propuestatambién recoge que están a punto de recibir las conclusiones de la auditoríarealizada por el Síndico de Cuentas, respecto del año 2009, sus resultados lesvan a dar el valor y el alcance de un ejercicio de auditoría a esta administración,con ello aprenderán que respetando el espíritu del acuerdo, podrán determinarqué es lo interesante para este Ayuntamiento, cómo puede